procedimiento de formaciÓn de la ley ......cualquier ley que contraríe la constitución política...
TRANSCRIPT
PROCEDIMIENTO DE FORMACIÓN
Y SANCIÓN DE LA LEY
FORO 5
Art. 157 Constitución Política de la
República de Guatemala
POTESTAD
LEGISLATIVA
CONGRESO
REPÚBLICA
DE
GUATEMALA
Art. 171 inc., a)
cprg
DECRETAR
REFORMAR
DEROGAR
05/04/2018 M.Sc. Viviana Vega 2
PRINCIPIO DE SUPREMACÍA
CONSTITUCIONAL
05/04/2018 M.Sc. Viviana Vega 3
Cualquier ley que contraríe la Constitución Política de la
República es nula de pleno derecho (ipso iure) Art. 175 cprg
05/04/2018 M.Sc. Viviana Vega 4
DISTINCIONES
Principio de primacía legislativa
Principio de primacía de la ley
Consiste en que pese, al veto del presidente de la república, si el Congreso lo rechazare por las 2/3 partes del total de sus miembros, el Ejecutivo debe obligadamente sancionar y promulgar y si no lo hiciere la J.D del Congreso ordenará su publicación en un plazo que no exceda de 3 días.
Art. 179 cprg
Contra la observancia de la ley no puede alegarse ignorancia, desuso, costumbre o práctica en contrario.
Art. 3 loj
05/04/2018 M.Sc. Viviana Vega 5
ETAPAS EN LA FORMACIÓN DE
LA LEY
05/04/2018 M.Sc. Viviana Vega 6
Iniciativa
Discusión
Aprobación
Sanción
Promulgación
Publicación
Vigencia
05/04/2018 M.Sc. Viviana Vega 7
INICIATIVA
REFORMAS A CPRG DE LEY
Presidente de la República en Consejo de Ministros.
Diez o más diputados al Congreso de la R.
La Corte de Constitucionalidad
El pueblo petición dirigida al CRG por no menos de cinco mil ciudadanos debidamente empadronados por el Registro de Ciudadanos.
Art. 277 cprg
Diputados al CRG
Organismo Ejecutivo
Corte Suprema de Justicia
Universidad de San Carlos
de Guatemala
Tribunal Supremo Electoral.
Art. 174 cprg
05/04/2018 M.Sc. Viviana Vega 8
INICIATIVA:
Facultad de presentar anteproyectos del ley
al CRG
DISCUSIÓN
3 sesiones, excepto de urgencia nacional
176 cprg
APROBACIÓN VETO PRESIDENCIAL
SANCIÓN, PROMULGACIÓN,
PUBLICACIÓN
VIGENCIA:
Momento a partir del cual la ley empieza a
regir. 05/04/2018 M.Sc. Viviana Vega 9
ACTITUDES PRESIDENCIALES
05/04/2018 M.Sc. Viviana Vega 10
DENTRO DE QUINCE DÍAS DE HABER
RECIBIDO DECRETO
SANCIONAR, PROMULGAR Y ORDENAR SU
PUBLICACIÓN
VETAR LA LEY: previo acuerdo tomado en Consejo de
Ministros podrá devolver al Congreso con las
observaciones que estime pertinentes.
No puede vetar parcialmente. Art. 178 cprg
El congreso puede hacer uso de su primacía legislativa.
Art. 179 cprg
CONDUCTA PASIVA. No sancionar ni vetar.
05/04/2018 M.Sc. Viviana Vega 11
EFECTOS DEL VETO Y
CONDUCTA PASIVA
05/04/2018 M.Sc. Viviana Vega 12
05/04/2018 M.Sc. Viviana Vega 13
• CRG pone en conocimiento del pleno en sig sesión
• Plazo no +30d reconsidera o rechaza.
• Rechaza: 2/3 del total de miembros, Ejecutivo debe sancionar y promulgar en 8 días sig recibido. Art. 179 cprg
• No lo hace: j.d. ordena publicación no+3 días.
VETO
EFECTOS DEL VETO Y LA CONDUCTA
PASIVA
05/04/2018 M.Sc. Viviana Vega 14
• Se tiene por sancionado el Dto.
• CRG debe promulgar dentro 8d sig. Art. 178 cprg
NO DEVUELVE
SANCIÓN PROMULGACIÓN
Es el acto jurídico del
Ejecutivo por medio del cual
confirma o da por aceptada
una ley que le ha sido
enviada por el congreso.
Acto jurídico del Presidente
de la República por medio
del cual, con el refrendo
ministerial, ordena el
cumplimiento de ley a sus
destinatarios y se concretiza
o materializa en la frase:
Publíquese y cúmplase.
05/04/2018 M.Sc. Viviana Vega 15
VIGENCIA
Período a partir del cual la ley empieza a regir.
SINCRÓNICO: el mismo día en todo el territorio. Art.
180 cprg y 6 loj.
SUCESIVO: Va adquiriendo vigencia poco a poco. P.e. el
Código Procesal Penal.
05/04/2018 M.Sc. Viviana Vega 16
REFORMAS A LA CPRG POR EL
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
05/04/2018 M.Sc. Viviana Vega 17
REFORMA POR EL CRG Art. 280 cprg
Congreso aprueba con voto afirmativo de 2/3 partes del total de diputados.
RATIFICACIÓN POR CONSULTA POPULAR
ENTRA EN VIGENCIA SESENTA DÍAS DESPUÉS QUE EL TSE ANUNCIE EL RESULTADO DE LA CONSULTA
05/04/2018 M.Sc. Viviana Vega 18
IRREFORMABLES
Libertad, independencia y soberanía del Estado de Guatemala, art. 140 cprg
La soberanía radica en el pueblo, art. 141 cprg
Desconocimiento del presidente por causas del inciso g) art. 165 cprg.
Prohibiciones para optar al caro de presidente y vicepresidente de la República, art. 186 cprg
Prohibición de reelección, art. 187 cprg.
La forma republicana de gobierno
Principio de no reelección de la presidencia
La alternabilidad en el ejercicio de la presidencia.
05/04/2018 M.Sc. Viviana Vega 19
ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE
05/04/2018 M.Sc. Viviana Vega 20
Tiene competencia para reformar:
Art. 278 cprg
Cualquiera de los artículos del Capítulo I, título II de la
Constitución.
¿JUEZ CREADOR DE
DERECHO?
05/04/2018 M.Sc. Viviana Vega 21
05/04/2018 M.Sc. Viviana Vega 22
Si la jurisprudencia (conjunto de sentencias proferidas
por los jueces) es fuente formal del ordenamiento
jurídico guatemalteco, qué papel juega el juez.
Si el juez no es creador de Derecho, por qué la
jurisprudencia (conjunto de sentencias proferidas por los
jueces) es fuente formal del ordenamiento jurídico
guatemalteco. ¿Debe derogarse entonces el artículo 2 de
la loj en este aspecto?