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Manual para docentes Prevención de riesgos

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Prevención de Riesgos Laborales para el Profesorado

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Prevención de Riesgos Laborales para el Profesorado

ÍNDICE 1. INTRODUCCIÓN 2. CONCEPTOS BÁSICOS SOBRE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO

2.1. MARCO NORMATIVO 2.1.1. Normativa Internacional 2.1.2. Normativa nacional básica 2.1.3. Ley 31/1995 LPRL 2.1.4. Ley de reforma del marco normativo de la Ley 31/95 2.1.5. Reglamento 39/97 2.1.6. Derechos y deberes del empresario 2.1.7. Derechos y deberes del trabajador 2.1.8. Responsabilidades

2.2. CONTROL DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES 2.3. ACCIDENTE, INCIDENTE Y AVERÍA 2.4. ENFERMEDADES PROFESIONALES

3. GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

3.1. ORGANISMOS INTERNACIONALES RELACIONADOS CON LA PRL 3.2. ORGANISMOS NACIONALES RELACIONADOS CON LA PRL 3.3. ÓRGANOS DE PREVENCIÓN EN EL CENTRO DE TRABAJO 3.4. MODALIDADES ORGANIZATIVAS DE LA PREVENCIÓN

4. RIESGOS ESPECÍFICOS DE LOS DOCENTES

4.1. RIESGOS DERIVADOS DEL TRABAJO

4.1.1. Riesgo eléctrico 4.1.2. Caídas al mismo nivel 4.1.3. Orden y limpieza 4.1.4. Riesgos del medio ambiente

4.1.4.1. Ruido 4.1.4.2. Condiciones termo higrométricas 4.1.4.3. Iluminación 4.1.4.4. Ventilación

4.2. RIESGOS DERIVADOS DE LA CARGA DE TRABAJO

4.2.1. Riesgos derivados de la voz y su prevención 4.2.2. Problemas músculo esqueléticos 4.2.3. Trabajo con pantallas de visualización de datos 4.2.4. Riesgos psicosociales específicos

4.2.4.1. Insatisfacción laboral 4.2.4.2. Estrés 4.2.4.3. Síndrome de Burnout 4.2.4.4. Mobbing (hostigamiento psicológico en el trabajo)

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5. PLAN DE EMERGENCIAS Y PRIMEROS AUXILIOS

5.1. EMERGENCIAS Y EVACUACIONES 5.2. PRIMEROS AUXILIOS

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MÓDULO 1: INTRODUCCIÓN La Prevención de Riesgos Laborales ha evolucionado con rapidez en la última década, pasando de la anterior perspectiva de PROTECCIÓN a un enfoque basado en la PREVENCIÓN. Es decir, evitar, antes de que se produzca, cualquier daño a la salud del trabajador. El desarrollo de la sociedad actual permite cada día una mejor calidad de vida. Sin embargo, los accidentes y las enfermedades profesionales continúan produciéndose. Para reducirlo se destina cada vez más inversiones a fomentar la prevención dentro y fuera de la empresa. Además de esta inversión, la sociedad y las empresas deben realizar acciones, para que los trabajadores posean la cualificación profesional necesaria para ejecutar correctamente su trabajo. No obstante debe ser el propio trabajador quien se preocupe por su propia salud y seguridad en el trabajo; cuanto mayor sea la formación y la información de la que disponga el trabajador, más consciente será de lo que significa la prevención y de su importancia social, humana y económica.

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MÓDULO 2: CONCEPTOS BÁSICOS SOBRE

SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

MARCO NORMATIVO

Normativa Internacional En la legislación sobre Prevención de Riesgos Laborales se debe tener en cuenta la normativa que por ser miembro de la Unión Europea nos vemos obligados a cumplir y el respeto de los acuerdos firmados a través de convenios internacionales. La directiva fundamental 89/391/CEE de 12 de junio de 1989 relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y salud de los trabajadores o más conocida como directiva marco de seguridad se divide en cuatro secciones:

Disposiciones generales: promover la mejora de la seguridad y salud de los trabajadores en su actividad laboral

Obligaciones de los empresarios Obligaciones de los trabajadores Disposiciones varias: destacar la vigilancia de la salud y la

protección específica de los grupos de población especialmente sensibles.

Desde esta Directiva marco se desarrollan otras directivas para aspectos más concretos que se diferencian según su contenido. Teniendo temas tan variados como colectivos especiales de trabajadores o agentes contaminantes, entre otros. Además de las directivas europeas existen diversos convenios y disposiciones firmados por España. Entre ellos destaca el Convenio nº 155 de la OIT (Organización Internacional del Trabajo) que tiene como base sentar las bases para las políticas nacionales de Prevención de Riesgos Laborales, centrándose en los siguientes puntos:

Actuaciones relacionadas con los componentes materiales del trabajo (medio ambiente, herramientas…)

Relación entre los componentes materiales del trabajo y el propio trabajador

Formación para alcanzar el nivel adecuado de conocimientos en prevención y salud laboral

Comunicación y cooperación a cualquier nivel, nacional o internacional

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Proteger a los trabajadores y a sus representantes en las actuaciones relacionadas con la aplicación de la política de prevención y salud laboral en cada Estado.

Normativa Nacional Básica La Constitución española de 1978 art 40.12 “Los poderes públicos (…) velarán por la seguridad e higiene en el trabajo” y en el art. 43 además reconoce “el deber de los poderes públicos de velar por la salud de los ciudadanos a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios”. El Estatuto de los trabajadores indica los derechos y obligaciones del trabajador en materia de seguridad e higiene, y las obligaciones del empresario y de los órganos internos de la empresa, comités y representantes legales. El Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social introduce las definiciones de accidente profesional y enfermedad profesional con sus prestaciones económicas correspondientes. Incluso en el Código Civil se establecen las responsabilidades por los actos propios, así como las responsabilidades subsidiarias. En el Código Penal se establece el delito contra la salud de los trabajadores.

Ley 31/1995 LPRL La Ley 31/1995 transpone al derecho español la directiva 89/391/CEE, e incluye aspectos de otras directivas para incorporarlas a nuestro ordenamiento. Se configura el marco general en el que habrán de desarrollarse todas las acciones preventivas. Con ella se actualizan todas las regulaciones desfasadas y regula muchas situaciones nuevas no contempladas con anterioridad. Logra poner fin a la dispersión de la normativa anterior a su publicación.

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Esta ley se aplica universalmente a todos los trabajadores del estado español (excluye a los empleados de hogar); incluido el ámbito de la Administración Pública (salvo para los Cuerpos de Seguridad del Estado) no sólo con carácter de legislación laboral, sino como norma básica del régimen estatutario de los funcionarios públicos, por lo que es de plena aplicación a los funcionarios docentes y por tanto exigible en cualquier momento. Dado que es la ley más importante en el tema de la Prevención de Riesgos Laborales cabe hacer un pequeño resumen de los capítulos. Capítulo 1: Objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Capítulo 2: Política en materia de prevención de riesgos para proteger la seguridad y la salud en el trabajo Capítulo 3. Derechos y obligaciones de los trabajadores y empresarios Capítulo 4. Servicios de prevención y organización de los mismos dentro de la empresa. Capítulo 5. Consulta y participación de los trabajadores Capítulo 6 Obligaciones de los fabricantes, importadores y suministradores Capítulo 7. Responsabilidades y sanciones derivadas del incumplimiento de la ley. Ley de Reforma del Marco Normativo de la Ley 31/95 La Ley 54/2003 de Reforma del Marco Normativo de la Prevención de Riesgos Laborales, subsana las deficiencias detectadas desde la entrada en vigor de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales, así como la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) para mejorar el control del cumplimiento de la normativa de Prevención de Riesgos Laborales. Los problemas a los que trata de poner solución, son entre otros:

La deficiente incorporación del nuevo modelo de prevención

La falta de integración de la prevención en la empresa.

El cumplimiento más formal que eficiente de la normativa de Prevención de Riesgos Laborales.

La falta de adecuación de la normativa de Prevención de Riesgos

Laborales a las nuevas formas de organización del trabajo, en especial a las diversas formas de subcontratación.

Son cuatro los objetivos básicos que se plantea esta nueva ley:

Combatir de manera activa la siniestralidad laboral Fomentar una auténtica cultura de la prevención

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Reforzar la necesidad de integrar la prevención de los riesgos laborales en los sistemas de gestión de la empresa.

Mejorar el control del cumplimiento de la normativa.

Reglamento 39/97 La publicación del Reglamento de los Servicios de Prevención (RD 39/1997 de 17 de Enero) se suma a la Ley, desarrollando los procedimientos de evaluación de riesgos, modalidades de organización, funcionamiento y control de los servicios de prevención que deben existir, con carácter obligatorio, en todas las empresas. Se pueden diferenciar cuatro conceptos fundamentales: 1.- Integración de la actividad preventiva en todos los niveles jerárquicos lo que implica la atribución a todos ellos de la obligación de incluir la prevención de riesgos en cualquier actividad de la empresa. 2.- Evaluación de riesgos: se configura como el inicio de la actividad preventiva y se define como el proceso dirigido a estimar la magnitud de aquellos riesgos que no hayan podido evitarse. 3.- Organización de recursos para las actividades preventivas que el empresario, en función de su situación particular deberá elegir entre: - asumir personalmente la actividad - designar a uno o varios trabajadores - constituir un servicio de prevención propio - recurrir a un servicio de prevención ajeno. 4.- Planificación de la actividad preventiva para eliminar o reducir los riesgos conforme a un orden de prioridades en función de la magnitud y el número de trabajadores expuestos. Derechos y Deberes del Empresario Con carácter general, el empresario tiene el deber de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores, promover actividades de prevención, información y formación. Además deberá:

Realizar la planificación de la prevención de riesgos laborales, a partir de una evaluación de riesgos.

Acondicionar los lugares y medios de trabajo Proporcionar los Equipos de Protección Individual (EPIs) Diseñar las medidas de emergencia.

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Asegurar la vigilancia periódica del estado de salud de los trabajadores

Registrar y comunicar todos aquellos datos relacionados con la prevención de riesgos laborales.

Coordinarse con todas las empresas que compartan un mismo centro de trabajo, así como las subcontratas.

Derechos y Deberes del Trabajador Su principal deber es cumplir todas las normas sobre prevención, colaborar y cooperar con el empresario. Otros derechos de carácter general son:

Recibir formación (teórica y práctica) al ser contratado, cuando cambien las funciones que deba desempeñar o se introduzcan nuevas tecnologías o equipos de trabajo

Recibir información de los riesgos para la salud de su puesto de trabajo

Interrumpir su actividad en caso de riesgo grave o inminente Disponer de vigilancia periódica de su estado de salud Cambiar de puesto de trabajo, de acuerdo con las

características individuales de cada trabajador. Responsabilidades RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA Es aquella en que se incurre por no cumplir alguna norma o ley, independientemente de los efectos que este incumplimiento tenga sobre los trabajadores.

Por ejemplo, si un centro de trabajo no tiene su plan de prevención de riesgos laborales, el responsable del centro incurrirá en la responsabilidad administrativa, aún cuando no se haya producido ningún accidente laboral.

Las sanciones vienen recogidas en el RD Legislativo 5/2000 (LISOS). Dentro de cada sanción, su cuantía se puede apreciar en grado mínimo, medio y máximo. La cuantía de mayor valor es de 819.780 €. Y la sanción de mayor cuantía para la ausencia de plan es de 40.985 €.

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RESPONSABILIDAD CIVIL Es aquella que tiende a restituir los daños y perjuicios dañados por culpa o negligencia con respecto al deber de seguridad, ya sea por incumplimiento de este deber o por incumplimiento que ocasiona un accidente de trabajo. Un empresario para quedar eximido de su responsabilidad civil ante los actos realizados por terceros, no basta con que demuestre que no actuó de forma culpable o negligente: debe también probar que su comportamiento fue diligente, es decir, que cumplió correctamente con las normas y medidas aplicables. La Ley también contempla la posibilidad de establecer responsables subsidiarios para aquellos casos en que el responsable directo no pueda hacerse cargo de las obligaciones civiles. RESPONSABILIDAD PENAL Es la que se origina cuando se comete una falta o delito tipificado en el Código Penal. Como por ejemplo:

Delitos contra los derechos de los trabajadores. El hecho de

favorecer un riesgo será delito, independientemente de que el perjuicio se produzca o no.

Lesiones. Se establecen las condenas en función de la gravedad de las mismas.

El homicidio que conlleva penas de entre 10 y 15 años. La responsabilidad penal lleva aparejada la responsabilidad civil. RESPONSABILIDAD DISCIPLINARIA El empresario puede sancionar a los trabajadores que infrinjan la normativa sobre prevención de riesgos laborales o incumplan las instrucciones que a tal efecto les sean dadas por sus superiores. Las faltas pueden ser: - Faltas leves: amonestación verbal o amonestación por escrito. - Faltas graves: ej. traslado del puesto de trabajo dentro del mismo centro - Faltas muy graves: suspensión de empleo y sueldo, despido…

CONTROL DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES

Entre las muchas definiciones de la salud podemos tomar la siguiente:

El mayor grado posible de bienestar físico, psíquico y social que permite una forma de vida autónoma, solidaria y gozosa.

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Dentro del ámbito laboral, la prevención no se reduce sólo a los riesgos dentro de la empresa, sino que debe buscar también el aumento del nivel de salud del colectivo de trabajadores. Lo que implica no solo prevenir los riesgos dentro de la empresa, sino también la aparición de enfermedades comunes, propagar hábitos de vida saludables, hábitos higiénicos-dietéticos… Según la OMS existen tres niveles de prevención:

PREVENCIÓN PRIMARIA: el trabajador sano coexiste con los factores de riesgo. Aún no ha desarrollado patologías y convive con una serie de factores agresivos para la salud.

PREVENCIÓN SECUNDARIA: El trabajador ya está afectado por la enfermedad aunque puede que no existan todavía signos o síntomas clínicos. Esta fase también se llama subclínica y con un diagnóstico precoz y un tratamiento adecuado, se puede evitar una fase más grave.

PREVENCIÓN TERCIARIA: Ya aparecen los síntomas y en la exploración médica existen signos evidentes de enfermedad. Es la fase clínica y puede provocar.

Que la enfermedad sigua su curso irreversible Que la enfermedad se detenga si se evita el contacto de la persona

afectada Que el trabajador se cure sin secuelas Que el trabajador se cure pero persistan secuelas de la

enfermedad que le incapaciten para cualquier trabajo, le impida la realización de su trabajo habitual o sólo de algunas tareas.

RECONOCIMIENTOS MÉDICOS Según el art. 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales el empresario debe garantizar a los trabajadores la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo. Esta vigilancia tendrá un carácter voluntario para el trabajador salvo cuando:

Los representantes de los trabajadores consideren, previo informe, que son imprescindibles para poder conocer los efectos de las condiciones de trabajo

Verificar si la salud de un trabajador puede ser un riesgo para él

mismo o para un compañero

Cuando así lo marque una disposición legal en relación con la protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad. Por ejemplo vértigos en personal que tiene que subirse en altura.

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En la elección del reconocimiento se tendrán en cuenta las pruebas que menos perjudiquen al trabajador y con total respeto a la dignidad e intimidad de la persona, así como la confidencialidad de toda la información relacionado con su estado de salud. Los resultados serán comunicados directamente a los trabajadores afectados. Aunque el empresario y las personas u organismos con responsabilidades en materia de prevención serán informados de las conclusiones, pero nunca conocerá los resultado médicos de los trabajadores. Solo recibirá el APTO o NO APTO de los trabajadores para los puestos sobre los que son analizados.

ACCIDENTE, INCIDENTE Y AVERÍA

Cualquier suceso anormal, indeseado, que se presenta de forma brusca e interrumpe el proceso normal de trabajo es un incidente. Si un incidente puede causar daño a las personas es un accidente, mientras que si el incidente no pudo causar daño a las personas, tenemos una avería. La avería solo conlleva daños materiales o económicos. Mientras que el accidente laboral puede implicar daños materiales y sobre todo algún daño o deterioro del bienestar del trabajador No obstante debemos tener en cuenta:

Se considera accidentes del trabajo los producidos en un trabajo por cuenta ajena y en caso de autónomos que tienen contratada las contingencias profesionales tienen A.T., al igual que los pescadores por cuenta propia y los autónomos dependientes, que tiene el mismo concepto de AT que los trabajadores por cuenta ajena.

Se incluyen los accidentes que el trabajador sufre al ir o volver al lugar de trabajo: accidentes in itinere.

Se deben contar también los acaecidos en el desempeño de cargos electivos sindicales y los acaecidos en actos de salvamento en relación con el trabajo.

Todos los accidentes tienen unas causas naturales y explicables que se pueden explicar.

ENFERMEDADES PROFESIONALES

Alteración o pérdida de salud que experimenta el trabajador y que

tiene su origen en las condiciones ambientales a las que está expuesto de forma continuada en su puesto de trabajo

El RD 1299/06, 10 DE NOVIEMBRE determina las patologías y las actividades en las que se producen.

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MÓDULO 3: GESTIÓN DE LA

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

ORGANISMOS INTERNACIONALES RELACIONADOS CON

LA PRL

O.I.T. ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO. Se encarga de la elaboración de Convenios y Recomendaciones con las que condiciona la política de los Estados; aunque no son de obligado cumplimiento, la Organización dispone de medios para lograr que se respeten y adopten por los distintos estados miembros. COMITÉ CONSULTIVO PAR A LA SEGURIDAD, HIGIENE Y PROTECCION DE LA SALUD EN EL PUESTO DE TRABAJO. Es un órgano de consulta de la Comisión Europea y está compuesto por dos representantes de cada Gobierno, dos de las Organizaciones Sindicales de trabajadores y dos de las Asociaciones empresariales. FUNDACIÓN EUROPEA PARA LA MEJORA DE LAS CONDICIONES DE VIDA Y DE TRABAJO. Su sede está en Dublín (Irlanda) y su labor se centra en la recogida, análisis, debate y difusión de información útil para la mejora de las condiciones sociales relacionadas con el trabajo. AGENCIA EUROPEA PARA LA MEJORA DE LAS CONDICIONES DE VIDA Y TRABAJO. Con sede en Bilbao, se creó para recoger toda la información técnica, científica y económica relativa a la salud y seguridad en el trabajo, examinar y validar esta información y distribuirla a través de una red. Para desarrollar sus funciones cuenta con 15 centros de referencia. En España es el Instituto Nacional para la Seguridad e Higiene en el Trabajo (I.N.S.H.T.).

ORGANISMOS NACIONALES RELACIONADOS CON LA

PRL

MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN. Le corresponde dictar las condiciones en materia de Seguridad e Higiene del Trabajo, es decir, las normas básicas y medidas sanitarias de tutela o de cualquier otro tema relacionado con:

Eliminar o reducir los riesgos de los distintos centro de trabajo Estimular y desarrollar en los trabajadores una actitud positiva y

constructiva respecto a la prevención

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Lograr, tanto individual como colectivamente, un buen estado sanitario

Dictar normas de seguridad y salud en el trabajo Dirigir, coordinar y vigilar las actuaciones en materia de

seguridad e higiene Ejercer, por medio de la Inspección de Trabajo, la vigilancia y

fiscalización respecto al cumplimiento de las disposiciones en esta materia.

Los organismos mas importantes son la Dirección General de Trabajo, que vigila las disposiciones referentes a condiciones de trabajo o directamente relacionadas con la vida del trabajador, así como la aprobación de normas técnicas de homologación. En cuanto a la ejecución y vigilancia de las disposiciones sobre prevención de riesgos, han sido transferidas a las Comunidades Autónomas. INSPECCION DE TRABAJO: Es el órgano de la Administración pública encargado de velar por el cumplimiento de la legislación laboral. Sus competencias se extienden a todas las empresas y centros de trabajo, incluyendo la Administración pública. Sus competencias son:

Vigilancia y control en la apertura o reanudación de actividades en el centro de trabajo

Asesoramiento para eliminar o reducir riesgos en los centros de trabajo y formular los requerimientos y advertencias oportunas

Información sobre los accidentes mortales, graves, u otros de importancia, además de enfermedades profesionales.

Acordar en casos excepcionales, la paralización de trabajos cuando se tienen un peligro grave para la vida o la salud de las personas.

Iniciar y proponer la sanción correspondiente por las infracciones.

INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO (I.N.SH.T) Es el organismo científico técnico especializado de la Administración General del Estado que tiene como misión el análisis de las condiciones de seguridad y salud del trabajo, así como la promoción y apoyo a la mejora de las mismas. Para ello establece la cooperación necesaria con los órganos de las Comunidades autónomas con competencias en esta materia.

En las Comunidades autónomas y dependiendo directamente de este instituí, existen los Gabinetes de Seguridad e Higiene del trabajo, en función de las competencias que tengan asignadas. INSTITUTO NACIONAL DE MEDICINA Y SEGURIDAD DEL TRABAJO. Tiene como competencias:

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Investigación de medios de prevención, higiene y riesgos laborales.

Asesoramiento en materia de prevención de riesgos laborales a entidades oficiales, empresas y particulares

Divulgación entre los trabajadores de los conocimientos de higiene y prevención de los accidentes.

COMISIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL: Es el órgano asesor de las Administraciones Públicas para formular políticas de prevención, así como órgano de participación institucional en materia de seguridad y salud del trabajo. LAS MUTUAS: Son asociaciones empresariales sin ánimo de lucro para colaborar en la gestión de la Seguridad Social en los accidentes laborales y en las enfermedades profesionales y en la gestión de las prestaciones económicas. ORGANISMOS PÚBLICOS AUTONÓMICOS: Las Comunidades que tienen transferidas competencias en materia de ejecución de la legislación laboral, disponen de la potestad sancionadora, que se realizará a propuesta de la Inspección de Trabajo de la Seguridad Social. Los órganos de estas Comunidades reciben distintas denominaciones, según la Comunidad de que se trate. Desarrollan funciones de investigación de accidentes, formación y asesoramiento técnico en estas materias y constituyen junto con la Inspección de Trabajo el vínculo más directo de la Administración con los trabajadores y las empresas.

ÓRGANOS DE PREVENCIÓN EN EL CENTRO DE TRABAJO

DELEGADOS DE PREVENCIÓN: son los representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención de riesgos en el trabajo y velarán por la defensa de los intereses de los trabajadores.

Son designados por y entre los representantes del personal, siendo su número proporcional al de trabajadores que integra la plantilla de la empresa.

Sus competencias son:

Colaborar con la dirección de la empresa en la mejora de la

actividad preventiva Promover y fomentar la cooperación de los trabajadores en la

ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales Ser consultados por el empresario, con carácter previo a la

ejecución de dichos planes. Ejercer una labor de vigilancia y control sobre el cumplimiento de

la normativa de prevención de riesgos laborales y del sistema de prevención impuesto.

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Para el desempeño de sus funciones los delegados de prevención tiene ciertas garantías comos son:

No ser despedido ni sancionado por el ejercicio de estas tareas,

durante su mandato ni dentro del año siguiente a la expiración del mismo.

Disponer de horas para el ejercicio de sus funciones. Prioridad de permanecer en la empresa en los supuestos de

suspensión por extinción por motivos económicos o tecnológicos Recibir la formación y medios necesarios para el desempeño de

sus funciones. Los Delegados de Prevención tienen la obligación de mantener el sigilo profesional. Es decir, mantener la confidencialidad sobre los datos que conozcan en el ejercicio de sus funciones preventivas.

COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD: Es un órgano paritario, integrado a partes iguales por representantes de la empresa y de los trabajadores (delegados de prevención).

Se reunirá trimestralmente y siempre que lo solicite alguna de las representaciones en el mismo. El Comité adoptara sus propias normas de funcionamiento y sus competencias serán:

Participar en la elaboración, puesta en práctica y evaluación de

planes y programas de prevención en la empresa.

Promover iniciativas sobre métodos y procedimientos preventivos, proponiendo medidas correctoras para mejorar las condiciones de trabajo.

MODALIDADES ORGANIZATIVAS DE LA PREVENCIÓN

La organización de los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades preventivas se realizará por el empresario según alguna de las siguientes modalidades, que se desarrollan en el Reglamento de Prevención:

A) ASUMIENDO PERSONALMENTE LA PREVENCION: El empresario podrá desarrollar personalmente la actividad de la prevención (salvo las actividades relativas a la vigilancia de la salud de los trabajadores) cuando se cumpla:

Que se trate de una empresa de menos de seis trabajadores Que las actividades desarrolladas en la empresa no sean

especialmente peligrosas Que el empresario desarrolle de forma habitual su actividad

profesional en el centro de trabajo

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Prevención de Riesgos Laborales para el Profesorado

Que tenga la capacidad y formación correspondiente en Prevención de Riesgos Laborales

La vigilancia de salud que no puede asumir deberá cubrirse mediante el uso de alguna de las restantes modalidades de organización preventiva. Además estará obligado a realizar una auditoría periódicamente; aunque puede solicitar la suspensión de esta auditoria evaluando los riesgos y presentando la documentación correspondiente ante la Autoridad Laboral.

B) DESIGNANDO A TRABAJADORES. El empresario podrá designar a

una o mas personas para ocuparse de la prevención que reúnan los siguientes requisitos:

Que pertenezcan a la empresa. Debe tener un nivel de conocimientos prácticos y técnicos, así

como habilidades y aptitudes para el desempeño del cargo Disposición de tiempo y medios facilitados por el empresario

para desarrollar adecuadamente su función.

C) CREACIÓN DE UN SERVICIO DE PREVENCIÓN PROPIO que debe reunir medios humanos y materiales para la realización de las actividades de prevención. El empresario deberá constituirlo cuando se trate de empresas que cuenten con más de 500 trabajadores, o entre 250 y 500 trabajadores si la empresa desarrolla actividades recogidas en el Anexo I del RD 39/1997 o si así lo decide la Autoridad Laboral competente, por la elevada siniestralidad o peligrosidad de la empresa. Deberá tener un carácter interdisciplinario compuesto de un Técnico en dos o más disciplinas técnicas o científicas de prevención de riesgos laborales. Sus integrantes se dedicarán de forma exclusiva a las actividades de prevención. Las actividades preventivas que no sean asumidas por el servicio propio serán concertadas con uno o más servicios de prevención ajenos.

D) CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE PREVENCIÓN AJENO que es una entidad especializada en prevención de riesgos laborales y que asesorará y dará apoyo a la empresa en la materia. El empresario recurrirá a uno o varios servicios de prevención ajenos cuando concurra alguno de los siguientes puntos:

Que la designación de uno o varios trabajadores sea insuficiente Que no se hay optado por la creación de un servicio propio Que solo se haya sumido parcialmente la actividad preventiva

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MÓDULO 4: RIESGOS ESPECÍFICOS DE LOS

DOCENTES

RIESGOS DERIVADOS DEL TRABAJO

Riesgo Eléctrico Los accidentes eléctricos ocurren cuando una persona entra en contacto con la corriente eléctrica, ya sea por contacto directo con las partes activas (las que normalmente tienen tensión: cables, enchufes...) o por contacto indirecto con una parte conductora de la instalación que se encuentra accidentalmente bajo tensión. Aunque las instalaciones eléctricas y los aparatos eléctricos que se utilizan para un correcto desarrollo de las clases deberán cumplir la normativa en seguridad marcada, es recomendable seguir algunas pautas para eliminar o disminuir los contactos accidentales con la electricidad. Algunos de ellos son:

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Prevención de Riesgos Laborales para el Profesorado

Antes de la utilización de cualquier aparato conoceremos su manejo y confirmaremos su buen estado.

Nunca manipularemos ni la instalación eléctrica ni los aparatos con corriente si no tenemos formación para ello.

En caso de avería, se desconectará el equipo de la corriente y se informara al técnico o al departamento de mantenimiento.

No trabajaremos con electricidad cerca del agua o de zonas húmedas. Los equipos eléctricos tienen que situarse en lugares secos y nunca mojarse.

No desconectar el equipo tirando del cable. No sobrecargar los enchufes con varios equipos conectados al

mismo.

Caídas al Mismo Nivel Se produce cuando tenemos una caída en el mismo plano de trabajo. Se suele deber al mal estado del lugar de trabajo o a una incorrecta disposición del mobiliario. Algunas recomendaciones para evitar este riesgo pueden ser:

Reducir el caos y el desorden de las aulas. El suelo de los pasillos y zonas de paso deberán estar limpias de cualquier obstáculo: carpetas, bolsos, libros …

Cuando la zona de trabajo esté sucia, resbaladiza o tenga irregularidades se avisará a mantenimiento para que lo subsanen a la mayor brevedad.

Utilizar ropa y calzado adecuado al tipo de trabajo que realizamos y mantenerlo en buen estado.

Si existen desniveles en los pasillos, se deben instalar rampas para evitar tropiezos y caídas.

Iluminar correctamente las zonas de trabajo y paso.

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Prevención de Riesgos Laborales para el Profesorado

Orden y Limpieza El orden y la limpieza del centro y del lugar de trabajo constituyen un principio básico de seguridad. El desorden y la falta de limpieza es el causante de muchos de los golpes y caídas que se producen diariamente. Algunas recomendaciones son:

Dejar todos los materiales en los lugares habilitados para su recogida.

Al final de la jornada, las personas encargadas deberán realizar la limpieza de la clase.

Implicación de los alumnos en un buen orden y limpieza. No es más ordenado quien mejor ordena, sino quien menos desordena.

Riesgos del Medio Ambiente Los riesgos relacionados con el medio ambiente de trabajo son aquellos que tiene que ver con la posibilidad de sufrir alguna alteración de la salud por la exposición a contaminantes ambientales. En nuestro caso tendremos que valorar las condiciones que se generan en el microclima de la clase. En el ámbito de la docencia estos contaminantes están relacionados con:

1. El ruido ambiental: sensación sonora, desagradable o no, que puede

lesionar el órgano auditivo o producir trastornos fisiológicos.

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Prevención de Riesgos Laborales para el Profesorado

Los niveles de ruido en las aulas, estudiadas por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo lleva a la conclusión que dichos niveles no son superiores a los límites mínimos legales para adoptar medidas preventivas como posibles causantes de sordera profesional. Aunque tanto el ruido en la clase como el ruido ambiental que se produce fuera del aula pueden provocar molestias e interferencias que impiden la concentración del profesor y la atención de los alumnos. También es importante destacar la acústica de las aulas. En muchos casos los materiales utilizados en la construcción provocan reverberaciones en las aulas, dificultando la comprensión del profesor por parte del alumnado. Por el contrario en los gimnasios, salas de usos múltiples… la acústica es deficiente, lo que requiere un mayor esfuerzo por parte del alumno para atender y por lo tanto mayor grado de distracción en la mayoría.

2. Las condiciones termohigrométricas son las condiciones

específicas de temperatura, humedad y ventilación que mal reguladas pueden dar lugar a un riesgo térmico.

Se considera riesgo térmico cuando la temperatura interna del cuerpo aumenta o disminuye 1 grado centígrado respecto a la temperatura media del cuerpo. No obstante, los efectos dependen de cada persona por la aclimatación. A mejor aclimatación menores consecuencias perjudiciales para el individuo. La temperatura óptima del aula dependerá de la actividad que se desarrolle en ella. La humedad relativa del aire también debe ser controlada para garantizar ambientes térmicos confortables y para evitar las molestias ocasionadas por las descargas de la electricidad estática ocurridas en ambientes excesivamente secos. En las aulas el problema suele venir por tener valores inferiores a los recomendados y por la utilización de calefacciones. En el caso de los gimnasios y espacios abiertos los problemas surgen por exceso de humedad. Con una buena ventilación lograremos evitar un viciado del aire, por el exceso de calor y frío, la humedad o sequía y los olores desagradables. Las emanaciones de polvo, fibras, humos, gases y nieblas deben ser extraídas en su fuente, antes de que afecten a los trabajadores. La renovación periódica del aire en el aula ayuda a mantener un ambiente más limpio y contribuye a incrementar el confort y bienestar durante el desarrollo de la actividad docente.

3. La iluminación. Una buena iluminación puede ayudar a proporcionar salud, seguridad y bienestar a los trabajadores, mientras que una

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iluminación inadecuada dificulta el trabajo y contribuye a aumentar los accidentes.

El hecho de que el ojo humano se adapte a condiciones deficientes de iluminación, hace que muchas veces no se cuide suficientemente este tema. La intensidad de la luz variará en función de las actividades que se deban desarrollar.

Si es posible, la iluminación debe ser natural. Las ventanas no deben estar situadas frente al profesor y los alumnos sino en los laterales del aula para evitar reflejos y deslumbramientos.

RIESGOS DERIVADOS DE LA CARGA DE TRABAJO

Se denomina carga laboral o carga de trabajo al conjunto de esfuerzos físicos (carga física) y psíquicos (carga mental) a los que el trabajador se ve sometido a lo largo de la jornada laboral. Cuando la carga de trabajo excede la capacidad de resistencia de la persona pueden producirse alteraciones de la salud que se deben prevenir para lograr optimizar el tiempo y ritmo de trabajo Riesgos de la Voz y su Prevención La disfonía es el trastorno de la voz más común entre los docentes. En casos graves se puede llegar a una afonía, o falta de voz. Para prevenir los problemas de la voz es importante que los profesores reciban una formación específica sobre la fisiología de la voz, la impostación y las medidas de higiene que deben adoptar, para utilizar de la mejor manera posible la voz. Las causas principales de los trastornos de la voz de los docentes son:

Desconocer el mecanismo correcto de respiración, relajación y resonancia

Hablar demasiado fuerte Inspirar por la boca Inspirar insuficientemente o de forma incorrecta Articular rápida y pobremente Estar tenso No dar importancia a los trastornos de la voz y continuar hablando

Algunos buenos hábitos para cuidar la voz son:

No abusar de bebidas alcohólicas, ya que favorecen la aparición de flemas.

Evitar bebidas muy calientes o muy frías

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Evitar las comidas picantes Evitar fumar Evitar enfriamientos en la cabeza y pies Utilizar tizas redondas porque despiden menos polvo Evitar las prendas que opriman el abdomen.

La emisión de la voz ha de efectuarse teniendo en cuenta las siguientes consignas:

Aprender los métodos adecuados de respiración, relajación y resonancia No forzar excesivamente la emisión de voz Si los alumnos hablan o gritan, es mejor bajar la intensidad de la voz que

elevarla para captar su interés Mantener la musculatura en estado natural y relajado Procurar no hablar cuando se padezcan infecciones de las vías

respiratorias Beber mucha agua durante la clase.

Problemas Músculo Esqueléticos

La exposición de los contenidos en el aula se realiza, generalmente, de pie. Esta postura obliga al profesor a desplazarse, flexionar el tronco, girar el cuerpo o permanecer en una misma posición durante un espacio prolongado de tiempo, que provoca fatiga y dolores musculares. Los profesores de educación física a veces, fuerzan hasta el límite sus posibilidades físicas. Los profesores de educación infantil tienen que levantar o ayudar a levantar a niños, con más peso que las cargas que se empujan o manipulan en la industria o grandes almacenes. Los profesores aplican su fuerza física, la mayoría de las veces en posturas forzadas y dolorosas, sobre escolares inválidos físicos o psíquicos. Algunas medidas de prevención serían:

Si estamos mucho tiempo de píe, no posar ambos pies juntos y de ser posible avanzaremos alternativamente hacia delante uno y otro. Si es posible utilizar un reposapiés.

La silla debe ser adecuada y proporcionar a la espalda un apoyo suficiente para la relajación de la musculatura.

En posición de sentado, los pies se apoyaran cómodamente en el suelo y si es posible, en un reposapiés.

Alternar las posturas de trabajo de pie y sentado. Las inclinaciones han de efectuarse con las piernas flexionadas

y el tronco recto El entorno de trabajo será amplio y flexible para facilitar los posibles

cambios frecuentes de postura. Deben evitarse las posturas forzadas y asimétricas.

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Trabajo con Pantallas de Ordenador Cada día más, el trabajo de un docente de cualquier nivel se desarrolla delante de un ordenador, ya sea para explicar algún programa que los alumnos necesitan conocer, para desarrollar explicaciones de temas que nada tengan que ver con la informática, preparando materiales para las clases… El RD 488/1997 está destinado a proteger la salud de los usuarios de pantallas de visualización de datos. Esta protección se relaciona con los siguientes riesgos:

Fatiga física: por la tensión muscular estática y que se manifiesta con síntomas a nivel de la columna vertebral, contracturas, hormigueos y síndrome del túnel carpiano.

Fatiga visual: molestias oculares, trastornos visuales y trastornos

extraoculares.

Fatiga metal por el esfuerzo intelectual o mental excesivo.

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El puesto de trabajo esta constituido por los siguientes elementos:

A.-PANTALLA.

COLOCACIÓN DE LA PANTALLA Debe poder orientarse e inclinarse a voluntad, para poder adaptarse a

las necesidades del usuario. Se debe situar a una distancia superior a 40 cm respecto a los ojos

del usuario, y a una altura tal que pueda ser visualizada dentro del espacio comprendido entre la línea de visión horizontal y la trazada 60º grados bajo la horizontal.

CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LA PANTALLA

La imagen de la pantalla deberá ser estable sin destellos u otras formas de inestabilidad.

La luminosidad y el contraste entre los caracteres y el fondo de la pantalla deben de poder ser regulables por el propio personal trabajador.

El tamaño y resolución debe ser adecuado al tipo de tarea que se realice.

B.- TECLADO. Debe permitir al personal trabajador localizar y accionar las teclas con rapidez y precisión y precisión, sin que ello le ocasione molestias o disconfort.

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CARACTERISTICAS

La altura de la tercera fila de teclas no excederá de 30 mm sobre la superficie soporte de trabajo.

Estará comprendida entre 0 y 25º respecto al plano horizontal.

Se podrá mover con facilidad dentro del área de trabajo. El cuerpo del teclado debe ser de tono neutro, ni muy claro ni muy

oscuro. Se recomienda la impresión de caracteres oscuros sobre fondo claro

en las teclas. El cuerpo del teclado no debe presentar esquinas ni aristas agudas.

C.- MESA O PLANO DE TRABAJO.

Deberá ser mate para evitar reflejos. Será de baja transmisión térmica para evitar molestias, y sin esquinas

o aristas agudas. Debe permitir colocar la pantalla, el teclado, los documentos, el

material y accesorios de forma flexible.

D.- ASIENTO.

DISEÑO DEL ASIENTO Asiento con respaldo de altura regulable; la altura relativa entre la

silla y la mesa de trabajo debe ser tal que las manos queden a la altura del teclado, con un ángulo de articulación del codo de 90 a 100º.

El respaldo será ligeramente convexo para un buen apoyo de la zona lumbar. Deberá regularse hacia atrás para cubrir la necesidad de adoptar diferentes grados de inclinación. El respaldo debe medir de 20 a 30 cm.

La silla debe tener cinco pies y ruedas que faciliten su desplazamiento (silla giratoria).

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E.- POSTURA DE TRABAJO. A la hora de diseñar el puesto de trabajo, es necesario minimizar las posturas estáticas prolongadas y permitir los cambios de posición de los miembros superiores e inferiores del cuerpo.

En toda concepción de un puesto de trabajo las recomendaciones a seguir son:

La postura se debe de poder modificar a voluntad, a fin de reducir el

estatismo postural. Las uniones o ligazones con la máquina deben de ser las mínimas

posibles. La duración del mantenimiento de la postura debe de ser lo más breve

posible. Se debe tener en cuenta el alcance manual de objetos. Los esfuerzos estáticos deben de ser reducidos.

Recomendaciones básicas para el trabajo con PVD´s Antes de iniciar el trabajo:

► Ajustar la altura del asiento de forma que: • El borde superior de la pantalla quede por debajo de la línea

horizontal de visión • El codo forme, aproximadamente, un ángulo de 90º entre el brazo

y el antebrazo • Los muslos queden en posición horizontal, formando un ángulo

entre 90º y 110º con el tronco • Si es preciso se usará reposapiés • Ajustar la inclinación del respaldo de la silla entre 10 y 20º

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► Orientar la pantalla y regular el contraste y el brillo de la misma. ► Colocar el teclado a 10 centímetros del borde de la mesa, para apoyar las

muñecas. Durante el trabajo:

► Deben realizarse pausas, por ejemplo, cinco minutos cada hora. Estas pausas puede ser utilizadas para facilitar el mantenimiento de un adecuado tono muscular y para fomentar la comunicación interpersonal.

Riesgos Psicosociales Específicos Factores Psicosociales son aquellos que hacen referencia a las interacciones entre: Las Condiciones del trabajo (Organización, Contenido, demandas de la tarea, ambiente en que se desarrolla) y las características individuales del trabajador. Dicha interacción influye en: La salud, el Rendimiento y la Satisfacción laboral:

RIESGOS La presencia de factores psicosociales nocivos en el trabajo originan riesgos del tipo:

• Estrés Laboral • Burnout ( síndrome del quemado) • Mobbing (acoso laboral)

Los profesores que trabajan en los Institutos son los profesionales que más bajas laborales por depresión suelen sufrir en nuestro país. Los especialistas elevan entre el 20% y el 30% el porcentaje de docentes que sufren malestar psicológico: ansiedad o depresión. Estos procesos no siempre implican baja laboral, pero pueden llevar a provocar una verdadera fobia al trabajo. Las bajas por motivos psicológicos suelen durar hasta tres veces más que la media, con el elevado coste social y económico que esto conlleva.

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ESTRÉS La interrelación existente entre las demandas del trabajo como profesor y las características del propio individuo está produciendo una serie de trastornos psicosomáticos que se agrupan dentro del término genérico de estrés. En el ámbito de la psicología del trabajo, el estrés se define como un conjunto de reacciones emocionales, cognitivas, fisiológicas y del comportamiento a ciertos aspectos adversos o nocivos del contenido, la organización o el entorno de trabajo. Es un estado que se caracteriza por altos niveles de excitación y de angustia, con la frecuente sensación de no poder hacer frente a la situación.

LOS PRINCIPALES SÍNTOMAS:

• Falta de ilusión y expectativas • Apatía, perdida de interés y desmotivación • Ansiedad y depresión, como uno de sus efectos más graves • Agotamiento físico y mental • Dificultades de concentración • Sensación de frustración • "Sufrimiento" al entrar en clase, miedo para enfrentarse a los alumnos.

La relación con el alumnado se percibe como una confrontación • Sentimiento de soledad y tendencia a auto culparse de todo lo que sucede

en clase y en la relación con los alumnos.

LAS PRINCIPALES CAUSAS:

• Individuales y situacionales (edad, tiempo de permanencia en el centro educativo en el que ejercen, tipo de institución escolar de la que forman parte, estado civil, sexo, nivel profesional, antigüedad profesional, tiempo de desempeño del actual puesto de trabajo, nivel académico, situación familiar).

• La formación del profesorado está poco adaptada a las necesidades y problemáticas sociales actuales. La sociedad cambia mucho más rápido que la formación/reciclaje que recibe el profesorado. Como consecuencia hay poca correspondencia entre el modelo educativo y los cambios sociales

• El profesorado a veces carece de estrategias y habilidades para hacer frente a los problemas y dificultades en clase

• Inseguridad en uno mismo, pensar que no se puede dominar la situación • Fuerte disminución del prestigio de la profesión, de la autoridad del

profesor en el aula, a la par que aumenta la presión social que recibe • La familia delega gran parte de la responsabilidad de la educación de los

hijos en los profesores y en la escuela • Falta de medios y de inversión económica por parte de las

administraciones • Falta de la motivación del alumnado • Excesivo número de alumnos por clase y grupos muy heterogéneos

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• Cambios en el sistema educativo que obligan a todos los alumnos estar en clase hasta los 16 años.

• Por parte de algunas familias n0 se fomenta el esfuerzo personal. No hay normas y límites claros para los adolescentes

• Nivel creciente de agresiones físicas o verbales del alumnado (a veces de los padres).

• Son profesionales observados y juzgados la mayor parte del tiempo.

BURNOUT Consecuencia del estrés laboral crónico. Respuesta emocional que precisa de una adaptación psicológica y un esfuerzo muy elevados. Es el final de un proceso continuado de tensión y estrés, y su característica principal es el agotamiento o cansancio emocional, o lo que es igual, la “sensación de no poder dar más de si”. Implica cambios de actitud y conductas que se desarrollan como mecanismos de defensa ante las tensiones experimentadas, por ejemplo procesos como: Despersonalización: la persona se siente indefensa y comienza un distanciamiento afectivo con los demás. Trato frío y descortés. Baja realización personal: surgen los errores profesionales, las quejas de los demás, la acumulación de tareas y se daña la autovaloración personal. MANIFESTACIONES EMOCIONALES

• Sensación de que los problemas laborales y personales le superan • Sensación de estar quemado por el trabajo • Sentimiento de estar acabado profesionalmente • Sensación de frustración continua en el trabajo • Relaciones conflictivas con los demás • Sensación de inutilidad o de no valer para la profesión • Sensación de no poder enfrentarse emocionalmente a nada • Frialdad ante el alumno: los alumnos son quizás los más perjudicados. El

profesor pierde todo interés, los desatiende y cierra todas las vías de conexión con ellos, producto de un estado de distanciamiento emocional experimentado como mecanismo de defensa ante la frustración.

Factores que influyen en el origen de este tipo de estrés: • Además de las citadas en el apartado anterior: Carga laboral (“Ocupo/no

ocupo, habitualmente, casi todo el tiempo de que dispongo en la realización de mi trabajo”).

• Ausencia/presencia de estímulos laborales adecuados (“Mi trabajo es/no es estimulante para el desarrollo personal”).

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• Índole conflictiva (“En mi trabajo afronto/no afronto constantemente problemas que afectan a las personas con las que mantengo relaciones laborales”).

• Autonomía (“Tengo/no tengo capacidad de decisión y control sobre el trabajo que realizo”).

• Aislamiento (“Cuando me enfrento con dudas, tengo/no tengo ayuda para salir de ellas”).

• Expectativas cumplidas/no cumplidas (“En general, el trabajo que realizo, y las expectativas que me formé acerca de la actividad laboral, se corresponden/no se corresponden con lo que esperaba al incorporarme a la organización”).

• Participación (“Habitualmente, tengo/no tengo la oportunidad de dar mi opinión acerca de lo que conviene y no conviene hacer en el desempeño de mi trabajo”).

• Soporte social (por parte de los superiores, colegas, familiares, amigos

MOBBING Acoso Psicológico – manifestado en el entorno laboral-. Fue el profesor Hans Leyman, en la década de los 80, quién habla de mobbing y lo conceptúa como “continuo y deliberado maltrato que recibe un trabajador por parte de sus jefes o de los otros trabajadores, para conseguir su destrucción Psicológica y su salida de la organización”. Si algo caracteriza y diferencia al Mobbing de los enfrentamientos que en todo trabajo se pueden producir, es que las acciones son deliberadamente hostiles y se llevan a cabo de forma continuada, durante 6 meses como mínimo, y cuenta con la permisividad o al menos pasividad del resto de los trabajadores. ¿COMO SE MANIFIESTA?

• Negativa de comunicación e información profesional • Actitud de rechazo de los compañeros • Crítica sistemática a su trabajo • Maledicencias sobre su vida privada • Gritos y amenazas • Asignación de trabajos de categoría inferior • Atribución de fallos psicológicos y de falsas enfermedades • Ridiculización del aspecto físico • Asignación de tareas humillantes • Aislamiento físico Y Social • Inactividad prolongada

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CARACTERÍSTICAS DEL MOBBING Persigue la autoexclusión o el abandono del puesto de trabajo por parte de la víctima. Tiene un carácter consciente y deliberado de producir daño moral. Cuenta con el silencio o la complicidad de los compañeros de la víctima (testigos mudos). Continuidad en el tiempo. Efectos devastadores a nivel psicológico y físico de las victimas. ERROR BÁSICO DE ATRIBUCIÓN

- Consiste en percibir a la victima como merecedora del mobbing. En lugar de intervenir, buscan la explicación de este en características de la persona. Se da entre los compañeros, jefes, familia.

- “Algo habrá hecho”, “Se lo merece”

PREVENCION DEL MOBBING

Fijación de normas morales / Elaboración de Protocolo antimobbing/ Procedimiento de manejo de conflictos.

PROTOCOLO ANTIMOBBING

Se trata de un documento que busca la defensa de los derechos de los trabajadores y establece el procedimiento de queja, derechos, deberes, obligaciones y responsabilidades de cada uno. Así mismo debe:

Definir la población protegida Tipo de conductas que inician el procedimiento de queja Ante quien debe presentarse Obligación de respuesta por parte de la organización Garantizar la confidencialidad Garantizar que no habrá represalias ni para el denunciante ni para

los que aporten información

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CONSECUENCIAS PARA LA SALUD EFECTOS DE LOS RIESGOS PSICOSOCIALES

TECNICAS PREVENTIVAS /INTERVENCIÓN

La actuación sobre los factores de riesgo psicosocial pasa en primer lugar por el establecimiento de medidas preventivas: La intervención, desde un enfoque organizacional. Se centrarían en la mejora de las condiciones de trabajo. Por ejemplo:

Diseñar estrategias de cambio prolongado a largo plazo Disminución de ratios Profesorado especialista y de apoyo en el aula Distribución equitativa de alumnos con necesidades educativas

especiales Posibilidad de sancionar de forma inmediata y directa conductas

de indisciplina en la clase Formación continua y adaptada en respuesta a las necesidades

reales Formación muy específica relativa a psicología de la adolescencia Entrenamiento para responder ante situaciones complejas y

conflictivas Colaboración y comunicación fluida entre todos los profesionales

que intervienen en la educación: profesorado, psicólogos, pedagogos, técnicos de las administraciones…

Implicación efectiva de la administración, en todas las fases del proceso de cambio o mejora: Compromiso explícito, aportación de recursos, intervención visible en las distintas etapas. Establecer procesos de participación de los trabajadores desde la primera a la última fase

Psicológicos

AP. Digestivo Alt. Sueño

Ap. Circulatorio Enf. Cardiovasculares

Trastornos respiratorios TME Etc.

Depresión Ansiedad

Frustración Cons. Drogas Agresividad

Atención Memoria

Perdida de la autoestima

Irritabilidad

Fisiológicos Sociales Laborales

Ocio Familia

Vida social

Accidentes Absentismo

Bajas laborales Conflictos

Producción Calidad

Empobrecimiento de clima laboral

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Desde un enfoque individual se centran en dotar al individuo de información para que lleven a cabo patrones de conducta saludables, así como técnicas de afrontamiento adecuadas para la situación.

Usted puede estar en situación de riesgo si:

* Hay un desequilibrio entre sus expectativas profesionales y la realidad del trabajo cotidiano. Esto lo puede llevar a no tener ganas de ir a trabajar, reflejándose en un alto nivel de absentismo laboral e incluso a que su consumo de tabaco, cafeína o alcohol aumente progresivamente.

* Tiene la mala fortuna de tener un Director acosador: aquel que grita, es frío y no reconoce los méritos de su equipo.

* Le parece que todo lo que su jefe le pide le exige un esfuerzo demasiado grande.

* Las reuniones le parecen una pérdida de tiempo y no se esfuerza por aportar nada. Se limita a bostezar.

* El ambiente de trabajo es pesado, con mucha competencia y malas relaciones entre los compañeros.

* Presenta estos síntomas físicos: fatiga crónica, trastornos del sueño, úlceras y desórdenes gástricos, así como tensión muscular.

* Tiene estos síntomas emocionales: está irritable y ansioso, se le dificulta concentrarse, su autoestima ha disminuido, se ha distanciado afectivamente de sus compañeros de trabajo (hostilidad) y en ocasiones, también de sus familiares.

¿Qué puedo hacer?

Cuando la sensación de fatiga impide, incluso, descansar, alterando el sueño de manera reiterativa y además hay depresión y tristeza sin razón aparente, es hora de consultar al psicólogo o al psiquiatra, que puede ayudarle a manejar el trastorno, detectando cuáles son sus causas.

El médico descartará desarreglos hormonales y alteraciones del sistema nervioso, al tiempo que indagará sobre su ritmo de vida.

Los especialistas también recomiendan revisar en profundidad la relación laboral y carga de trabajo.

Pida entrenamiento en la solución de problemas, asertividad y manejo del tiempo.

Es saludable hacer pausas para evaluar qué está haciendo, cómo lo está haciendo y cómo se siente con sus responsabilidades laborales. No olvide hacer pequeños descansos a lo largo de la jornada laboral y cuando llegue a su casa,

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trate de desconectarse de las preocupaciones de clase, mediante la práctica de otras actividades, deportivas o artísticas.

Usted también debe compensar las cargas con una buena alimentación y descanso, ya que esto ayuda a prevenir un deterioro mayor en su organismo.

Esfuércese también en mejorar sus relaciones con otras personas y procure que sus amigos no sean sólo los del trabajo; cambie de rutinas y hábitos en las actividades cotidianas: lo importante es hacer de cada día una experiencia diferente, creativa y enriquecedora para su cuerpo y su mente.

A continuación se indican una serie de estrategias que (con la ayuda y orientación del Psicólogo/a) van a facilitar a los profesores afrontar las situaciones de estrés y disminuir sus efectos negativos. Estas técnicas se pueden clasificar en:

Generales: se busca dotar a las personas con una serie de recursos

personales genéricos como estar en un buen estado de forma física, llevar una dieta adecuada, aprender a distraerse… que les va a permitir afrontar de la mejor manera posible situaciones de estrés.

Cognitivas: cuya finalidad es modificar la interpretación errónea o negativa de una situación por otra interpretación más positiva.

Fisiológicas: buscan cambiar las respuestas fisiológicas que una situación de estrés produce en las personas. Destacamos las técnicas de relajación física, de control de respiración…

Conductuales: que intentan facilitarnos una serie de habilidades para afrontar el problema, como el entrenamiento asertivo, que desarrolla la autoestima, el entrenamiento en habilidades sociales, que ayuda a comportarse con seguridad, o la técnica de resolución de problemas.

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MÓDULO 5: EMERGENCIAS Y PRIMEROS AUXILIOS

Una situación de emergencia es aquella que se produce cuando se presentan circunstancias inesperadas y súbitas en la actividad laboral que pueden tener consecuencias de peligro para los trabajadores, el centro y el medio ambiente. A continuación se ofrecen una serie de nociones básicas para actuar en una situación de emergencia, evitando o minimizando los daños a personas y/o instalaciones.

► Comunicar el incidente (teléfono, alarma…). ► Ante una evacuación, no arriesgar la vida. ► Cortar, si es posible, las fuentes de entrada de energía.

En caso de ser necesaria la prestación de primeros auxilios es importante conocer los distintos tipos de lesiones que se pueden producir y las formar de actuar; principalmente en el sector agrario, debido a las características del trabajo (normalmente suelen estar alejados y se realiza en pequeños grupos o en solitario, además de resultar más difícil el acceso al mismo). Botiquín de Primeros Auxilios Es necesario tener un botiquín que hay que renovar y revisar periódicamente. Debe tener: gasas, algodón, vendas, alcohol, pinzas, tijeras, guantes de un solo uso, desinfectantes y antisépticos, apósitos adhesivos, esparadrapo. Cuando en una empresa existan riesgos específicos, el contenido del botiquín se adaptará a ellos.

Ante un accidente

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Heridas Leves Heridas Graves

• Proteger, Avisar, Evacuar, para lo cual: o Taponar la herida con gasas limpias o con compresas estériles si se

disponen de ellas. o Aplicar una venda sobre la herida, más o menos apretada en

función de la importancia de la hemorragia, cuidando de no interrumpir la circulación sanguínea.

o Si es un miembro superior, colocar un cabestrillo. o Avisar al TELÉFONO DE EMERGENCIAS 112.

Heridas del Tórax

• Taponamiento oclusivo parcial ( un lado sin cerrar) • Colocar al herido sentado o acostado sobre el lado herido, cabeza y

hombros algo incorporados, evacuándolo de esta manera. Traslado urgente.

• Cubrir la herida con varias capas de compresas grandes a ser posible estériles.

• No extraer cuerpos extraños alojados (inmovilizarlos). • No dar de beber ni comer. • Vigilar las constantes vitales.

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Heridas del Abdomen

• Poner una compresa grande y sujetarla con esparadrapo. • No poner compresas; si el intestino sale no intentar meterlo, sólo cubrir

la herida con un paño húmedo muy limpio y a ser posible estéril. • Si algún objeto permanece clavado (cuchillo, punzón, etc,) no quitarlo,

evacuar al herido moviéndolo lo menos posible e inmovilizar el objeto. • No dar de beber ni comer.

Mordeduras de Animales

Lavar la zona y aplicar cualquier antiséptico. Se deberá vigilar al animal para descartar la presencia de rabia.

Amputaciones

Debido al atrapamiento con máquinas se pueden producir amputaciones de algún dedo de la mano.

Se debe poner un vendaje compresivo en la herida, manteniendo ésta elevada por encima del nivel del corazón. Realizar torniquete si procede. Se buscará la parte amputada y se envolverá en una gasa o tela limpia, se meterá en una bolsa de plástico y ésta a su vez en una bolsa con hielo.

Traslado a un centro especializado.

emorragiasH

nte cualquier tipo de hemorragia se debe actuar de la siguiente forma:

• Tumbar al accidentado en posición horizontal con los miembros

• gia externa, deteniéndola mediante compresión o

• evitar cualquier movimiento.

A

inferiores elevados. Buscar una hemorratorniquete, si procede. Arropar al accidentado y

• Avisar al TELÉFONO DE EMERGENCIAS 112.

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Shock

caso de shock se debe pedir ayuda sanitaria y mientras llega se tiene ue mantener a la persona tumbada, aflojarle la ropa para mejorar la circulación

Ante unqy abrigarla para evitar que pierda calor. No darle nada de beber, sólo mojar los labios con un pañuelo húmedo.

Quemaduras Térmicas

primir la causa. Si la ropa está en llamas, impedir que el accidentado corra, enrollarlo en una manta o abrigo o

• posibles lesiones como hemorragias, shock, fracturas.

mpresas estériles. manta para evitar el enfriamiento

• uemada la espalda o boca abajo si tiene quemados los

FONO DE te.

Quemadura

• Eliminar o su

hacerlo rodar por el suelo.

Acostar a la persona afectada con la cabeza más baja que el resto del cuerpo.

• Realizar evaluación inicial. Mantener signos vitales. Buscar otrasSe tratará siempre primero la lesión más grave.

• Desnudar la zona afectada.

Cubrir las quemaduras con sábanas limpias o co• Cubrir al herido con unageneral.

Posición horizontal del quemado (de espaldas o en posición lateral si tiene qcostados y la espalda).

No dar de beber ni comer al quemado grave.

• Avisar a los servicios de urgencias (TELÉEMERGENCIAS 112) y evacuar inmediatamen

s Eléctricas Norma P.A.S.

1. Pedir ayuda 2. Rescatar o desenganchar al accidentado:

Cortar la corriente.

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Si no es posible, hay que desenganchar a la persona electrizada no conductores (cuerda, silla de madera,

3. Aplicar los pr

mediante elementoscinturón de cuero, palo o rama seca…) o agarrarle de la ropa estando el socorredor bien aislado. imeros auxilios hasta que llegue la atención sanitaria:

Quemaduras Químicas.

Ante pérdida de conocimiento, extraer los posibles cuerpos extraños e inclinar la cabeza hacia atrás (hiperextensión del cuello).

Ante paro respiratorio, hay que emprender la asistenciarespiratoria, mediante el método boca a boca.

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Quemaduras Químicas (piel en contacto con ácido o bases potentes)

• Retirar el producto químico de la piel del sujeto. • Cuidado con salpicaduras o contacto directo de nuestra piel con la

sustancia química. • Tranquilizar al paciente. • Lavar con abundante agua la zona afectada. • Cubrir la zona quemada con paños limpios. • Trasladar al paciente a un centro sanitario.

Fracturas

• Fractura abierta: cortar la hemorragia, cubrir la herida e inmovilizar. Tapar al accidentado. Evacuación.

• Fractura de extremidades: utilizar una férula o tabla.

• Fractura del tronco: es necesario mantener a la persona inmóvil y pedir ayuda sanitaria. Evitar movimientos.

Atragantamientos

Dar 4 golpes secos entre

los omoplatos

• Si no expulsa el objeto hay que realizar 4 presiones en el abdomen:

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Presionar 4 veces en el abdomen

Accidentes oculares (cuerpos extraños, traumatismos y quemaduras)

• No frotarse el ojo. Lavarlo con abundante agua. En caso de quemadura química durante más de 20 minutos. Jeringuilla estéril llena de agua.

• En caso de haberse clavado un objeto de metal, madera, etc, no debe intentarse su extracción, se debe acudir al centro sanitario más cercano en el asiento de atrás del coche e inmóvil.

• En caso de traumatismo, cubrir con gasas y trasladar al herido al centro sanitario.

• En caso de quemaduras, se debe lavar el ojo con abundante agua durante más de 20 minutos y dirigirse al centro sanitario.

Intoxicaciones

• Intoxicación por ingestión. o Si la persona está consciente hay que provocarle el

vómito (en menos de dos horas); excepto en caso de que haya ingerido productos que además de ser tóxicos sean corrosivos o cáusticos (ejemplo, la lejía), por tanto, aquí no se provocará el vómito, se le darán uno o dos vasos de agua para diluir el producto y se trasladará a la persona a un centro sanitario.

o Si está inconsciente, no se puede provocar el vómito,

colocar a la persona en posición de seguridad, aflojarle la ropa y abrigarlo con una manta. Traslado a un centro sanitario.

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Prevención de Riesgos Laborales para el Profesorado

• Intoxicación por inhalación. Hay que sacar a la persona al exterior o abrir las puertas y ventanas para que salga el gas. Inmediatamente se llamará al teléfono de emergencias y en caso de ser necesario se iniciarán los primeros auxilios hasta que llegue el personal sanitario.

• Intoxicación por contacto. Quitar la ropa humedecida con

el producto y lavar la piel con agua y jabón sin frotar.

Transporte de heridos

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Prevención de Riesgos Laborales para el Profesorado Prevención de Riesgos Laborales para el Profesorado

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