principio de gratuidad

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  • 8/16/2019 Principio de Gratuidad

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    PRINCIPIO DE GRATUIDAD DE LA ENSEÑANZA DECLARADO

    EN EL ARTÍCULO 71 DE NUESTRA CONSTITUCIÒN

    Supone la exoneración por parte del Estado de los gastos de matrícula ytambién la obligación del Sistema Educativo público de brindar a losalumnos apoyo y recursos necesarios para poder culminar con éxito sus

     procesos de aprendizaje.

    Este principio es el pilar fundamental de la Educación pública uruguaya,implica la obligación del Estado de tomar las medidas necesarias para ueningún educando carezca de los medios ue le permitan el acceso y la

     permanencia en los centros educativos y proveer los recursos económicosue sean necesarios y su!cientes para ello.