prestacion servicios profesionales relacion

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  • 7/23/2019 prestacion servicios profesionales relacion

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    JUICIO DE AMPARO DIRECTO

    D.C. 469/2015.

    QUEJOSA: ROSA AURORA CRUZ MANJARREZDE LA PUENTE.

    MAGISTRADO PONENTE: CARLOS MANUEL

    PADILLA PREZ VERTTI.

    SECRETARIO: JAIME DELGADILLO MOEDANO.

    Mxico, Distrito Federal, acuerdo del Sexto

    Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito

    correspondiente ! "#$%&" '$ ($)"%$*+#$ '$ ',( *%!

    -%&$.

    VISTOS para resolver los autos del juicio de

    amparo directo D.C. 469/2015, promovido por Rosa

    Aurora Cruz Manjarrez de a !uen"e, por su propio

    derecho, contra la sentencia definitiva pronunciada por la

    ue! Dcimo "oveno Civil de Proceso #ral del Distrito

    Federal, el veintiocho de ma$o de dos mil %uince, en el

    juicio oral civil 10#/2015, acto %ue la %uejosa considera

    violatorio, en su perjuicio, de los derechos fundamentales

    establecidos en los art&culos '( $ ') constitucionales* $,

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    $ 2 $ D.C. 469/2015

    R % S & ' T A ( D O)

    !RIM%RO. Seg+n se advierte del expediente

    10#/2015, relativo al juicio de donde emana el acto

    reclamado, %ue la autoridad responsable remiti*

    mediante escrito presentado el dieciocho de febrero de

    dos mil %uince, en la #ficial&a de Partes Com+n "o- '.

    del Tribunal Superior de usticia del Distrito Federal,

    Caros An"on*o Ca+os -uerrero, por su propio

    derecho, demand de Rosa Aurora Cruz Manjarrez de

    a !uen"e, en la v&a oral civil, las siguientes prestaciones/

    A).- El pago de la cantidad de $367,516.80

    (trescientos sesenta y siete mil !inientos diecis"is

    pesos 80#100 .%.) !e arro&a la m!ltiplicaci'n de

    $15,056.00 (!n mill'n doscientos *einticinco mil

    cinc!enta y seis pesos 00#100 .%.) por 30+

    (treinta por ciento) con*enidos y pactados por

    concepto de onorarios a pagar al s!scrito

    licenciado arlos Antonio ampos !errero, por

    concepto de patrocinio &!r/dico, en demanda

    interp!esta en contra del nstit!to de eg!ridad y

    er*icios ociales de los 2raa&adores del Estado

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    $ $ D.C. 469/2015

    (2E) por los desc!entos !e indeidamente

    reali4aa dico instit!to a la pensi'n de la

    demandada, porcenta&e !e la demandada se

    olig' a c!rir al s!scrito por concepto de

    onorarios y !e reclamo en t"rminos del

    compromiso de pago de ser*icios, !e se anea a

    esta demanda como doc!mento !ndatorio de la

    acci'n, deri*ados de la inter*enci'n del s!scrito

    proesional en la elaoraci'n de la demanda iscal

    administrati*a de n!lidad y trmite del &!icio

    identiicado a&o el r!ro de osa A!rora r!4

    an&arre4 de la 9!ente*s, nstit!to de eg!ridad y

    er*icios ociales de los 2raa&adores del Estado

    (2E), epediente n:mero 3016#1-17-01-11,

    radicado en la 9rimera ala egional etropolitana

    del 2ri!nal ;ederal de

    Administrati*a, como se acreditar oport!namente

    en este litigio. - - - =).- El pago de la cantidad de

    $17,>16.? (diecisiete mil no*ecientos diecis"ispesos ?#100 .%.) por concepto de intereses

    legales moratorios sore la cantidad anteriormente

    demandada calc!lados desde el 01 de agosto de

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    $ 4 $ D.C. 469/2015

    01?, eca en !e inc!rri' en mora la

    demandada, asta el 15 de erero de 015, ms

    los !e se contin:en generando asta la total

    c!mplimentaci'n del ade!do, en t"rminos de lo

    disp!esto por el art/c!lo 3>5 del 'digo i*il para

    el @istrito ;ederal. - - - ).- El pago de los gastos y

    costas !e se originen d!rante la tramitaci'n

    procesal del presen &!icio.

    Como hechos de su demanda expres los %ue

    estim pertinentes-

    S%-&(DO. Correspondi conocer de la

    demanda de %ue se trata a la ue! Dcimo "oveno Civil

    de Proceso #ral del Distrito Federal, %uien, en prove&do

    de veinte de febrero de dos mil %uince, la admiti $

    orden empla!ar a la parte enjuiciada-

    Rosa Aurora Cruz Manjarrez de a !uen"e,

    por su propio derecho, contest la demanda entablada en

    su contra $ neg la procedencia de las prestaciones

    reclamadas, se refiri a los hechos como consider

    pertinente $ opuso las excepciones $ defensas %ue

    precis en su ocurso de contestacin de demanda-

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    $ 5 $ D.C. 469/2015

    0n auto de veinte de abril de dos mil %uince, la

    ue! Dcimo "oveno Civil de Proceso #ral del Distrito

    Federal, tuvo por contestada la demanda entablada en

    contra de la aludida demandada, dentro del trmino %ue

    para el efecto se concedi-

    T%RC%RO.Seguido el juicio por sus tr1mites

    legales, la ue! Dcimo "oveno Civil de Proceso #ral del

    Distrito Federal pronunci sentencia el veintiocho de

    ma$o de dos mil %uince, en la %ue resolvi lo siguiente/

    9E.- Ba sido procedente la */a oral

    ci*il, en la !e la parte actora ampos !errero

    arlos Antonio acredit' la procedencia de s!

    acci'n y la demandada r!4 an&arre4 de la

    9!ente osa A!rorano acredit' s!s ecepciones y

    deensasC en consec!encia. - - - ED%@.- e

    condena a la demandada r!4 an&arre4 de la

    9!ente osa A!rora al pago de la cantidad de

    $367,516.80 (trescientos sesenta y siete mil

    !inientos diecis"is pesos 80#100 .%.) lo !e

    deer pagar al actor ampos !errero arlos

    Antonioo a !ien s!s derecos represente, lo !e

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    $ 6 $ D.C. 469/2015

    deer acer en el t"rmino de % @A

    contados a partir de !e la presente resol!ci'n sea

    legalmente e&ec!tale, aperciida !e en caso de

    no acerlo se proceder al emargo de ienes de

    s! propiedad y con s! prod!cto se aga pago al

    actor, atento a lo *ertido en el considerando c!arto

    de este allo. - - - 2EE.- e condena a la

    demandada r!4 an&arre4 de la 9!ente osa

    A!rora, a pagar al actor ampos !errero arlos

    Antonio o a !ien s!s derecos represente, la

    cantidad de $17,8?.?0 (diecisiete mil ococientos

    *eintic!atro pesos ?0#100 .%.) por concepto de

    intereses moratorios generados del dos de agosto

    de dos mil catorce al !ince de erero del aFo en

    c!rso, lo !e deer acer en el t"rmino de %

    @A contados a partir de !e la presente

    resol!ci'n sea legalmente e&ec!tale, aperciida

    !e en caso de no acerlo se proceder al

    emargo de ienes de s! propiedad y con s!prod!cto se aga pago al actor, ms los intereses

    legales a ra4'n del n!e*e por ciento an!al sore la

    cantidad de $367,516.80 (trescientos sesenta y

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    $ $ D.C. 469/2015

    siete mil !inientos diecis"is pesos 80#100 .%.),

    !e se sigan generando asta el pago total del

    ade!do, mismos !e arn de ser c!antiicados

    en e&ec!ci'n de sentencia a tra*"s del incidente

    !e en s! caso se aga *aler, en m"rito de lo

    ep!esto en el considerando c!arto del presente

    allo. - - - DA2.- e condena a la demandada

    r!4 an&arre4 de la 9!ente osa A!roraal pago

    de los gastos y costas generados en la presente

    instancia, los c!ales sern c!antiicados en

    e&ec!ci'n de sentencia a tra*"s del incidente !e

    en s! caso se aga *aler. - - - GD%2.-

    %oti/!ese234.

    C&ARTO. 5nconforme con dicha sentencia,

    Rosa Aurora Cruz Manjarrez de a !uen"e, por su

    propio derecho, promovi demanda de amparo 6en la %ue

    obra la certificacin a %ue se refiere el art&culo ')7 de la

    8e$ de 9mparo6- :sta fue presentada en la #ficial&a de

    Partes Com+n "o- '. del Tribunal Superior de usticia del

    Distrito Federal, %uien la envi con sus anexos al

    u!gado Dcimo "oveno Civil de Proceso #ral del

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    $ # $ D.C. 469/2015

    Distrito Federal, $ ste a su ve! a la #ficina de

    Correspondencia Com+n de los Tribunales Colegiados en

    Materia Civil del Primer Circuito* $ por ra!n de turno toc

    conocer a este tribunal colegiado, cu$o presidente,

    mediante acuerdo de treinta de junio de dos mil %uince, la

    admiti a tr1mite-

    8a ue! Dcimo "oveno Civil de Proceso #ral

    del Distrito Federal rindi informe $ remiti para justificarlo

    los autos de +nica instancia- 9simismo, se empla! al

    tercero interesado-

    "otificado legalmente el 9gente del Ministerio

    P+blico de la Federacin adscrito, no formul pedimento-

    ;na ve! transcurrido el trmino de %uince d&as

    otorgado a las partes conforme lo dispuesto por el art&culo

    '7' de la 8e$ de 9mparo, el veintiuno de agosto de dos

    mil %uince, se turn el expediente al magistrado relator

    para formular el pro$ecto respectivo* $

    C O ( S I D % R A ( D O)

    !RIM%RO.0ste Tribunal Colegiado en Materia

    Civil del Primer Circuito es competente para resolver el

    presente negocio con fundamento en los art&culos '

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    $ 9 $ D.C. 469/2015

    fracciones 555, inciso a4* $ =, inciso c4, de la Constitucin

    >eneral de la ?ep+blica* @@, fraccin 55, @( $ ')< de la

    8e$ de 9mparo 6publicada en el Diario #ficial de la

    Federacin el dos de abril de dos mil trece, vigente a

    partir del d&a siguiente de su publicacin, %ue resulta

    aplicable al presente asunto6* @), fraccin 5, inciso c4, $

    @7, de la 8e$ #rg1nica del Poder udicial de la

    Federacin- 0llo, al reclamarse una sentencia definitiva

    dictada dentro de los autos de un juicio oral civil, por una

    autoridad jurisdiccional residente en este circuito-

    S%-&(DO. 0s cierto el acto reclamado a la

    autoridad seAalada como responsable, por%ue de las

    actuaciones originales %ue remiti la jue! para justificar

    su informe, se advierte su existencia-

    T%RC%RO. 0l juicio de amparo directo fue

    promovido dentro de los %uince d&as a %ue se refiere el

    art&culo ') de la 8e$ de 9mparo, dado %ue la sentencia

    reclamada se notific a la demandada, ho$ %uejosa, en la

    audiencia de juicio celebrada el veintiocho de ma$o de

    dos mil %uince, $ surti sus efectos el d&a siguiente* por lo

    %ue dicho pla!o "ransurr* de uno a d*e*nuee de

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    10/93

    $ 10 $ D.C. 469/2015

    jun*o de a3o en *"a, $ la demanda de amparo fue

    presentada e d*e*oo de jun*o de dos +* u*ne*

    esto es, el dcimo cuarto d&a del trmino previsto en la

    disposicin legal invocada-

    0llo, pues deben descontarse para el cmputo

    relativo los d&as treinta $ treinta $ uno de ma$o, as& como

    los d&as seis, siete, trece $ catorce de junio de dos mil

    %uince, por haber sido s1bados $ domingos, por tanto

    inh1biles de conformidad con los art&culos 'B de la le$

    referida $ '@ de la 8e$ #rg1nica del Poder udicial de la

    Federacin-

    C&ARTO. 8a sentencia pronunciada por el

    ju!gado responsable, se sustenta en las siguientes

    consideraciones/

    234 H. Enseg!ida se procede al est!dio,

    anlisis y *aloraci'n de los elementos de

    con*icci'n aportados por la actora, *alorados en s!

    con&!nto, de ac!erdo a las reglas de la l'gica y la

    eperiencia, de conormidad con lo disp!esto por

    los art/c!los 81, ?0 y ?03 y dems relati*os y

    aplicales del 'digo de 9rocedimientos i*iles

  • 7/23/2019 prestacion servicios profesionales relacion

    11/93

    $ 11 $ D.C. 469/2015

    2sic4, lo c!al se reali4a en el sig!iente sentidoI - - -

    Ja parte actora reclama de la demandada el pago

    de la cantidad de $367,516.80 (trescientos sesenta

    y siete mil !inientos diecis"is pesos 80#100 .%.),

    por concepto de pago de onorarios con*enido con

    la en&!iciada en el contrato *eral de prestaci'n de

    ser*icios proesionales celerado el primero de

    oct!re de dos mil doce, as/ como el pago de los

    intereses moratorios generados sore la citada

    cantidadC por lo !e para la procedencia de la

    acci'n, se dee acreditarI 1) la relaci'n contract!al

    entre la partes, ) la prestaci'n del ser*icio

    contratado y 3) !e el ser*icio reali4ado !e

    prestado por !n proesionista con c"d!la

    deidamente epedida por la a!toridad ac!ltada

    para ello. - - - 9or c!anto ace al primer elemento

    de la acci'n consistente en la relaci'n contract!al,

    !ed' deidamente acreditada al aerla

    reconocido la en&!iciada al contestar el ecomarcado con el n:mero !no, en el !e seFal' !e

    al ac!dir al 2E le recomendaron ir a la

    9;E@E2 para !e la asesoraran y a/ !e

  • 7/23/2019 prestacion servicios profesionales relacion

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    $ 12 $ D.C. 469/2015

    donde conoci' al actor y !e empleados de

    seg!ridad de dica dependencia se lo

    recomendaron por!e s! trmite tardar/a m!co y

    el actor le oreci' s! ay!da, por lo !e lo coment'

    con s!s i&os, !ienes le recomendaron !e s/

    lle*ara los papeles al licenciado, reiri"ndose al

    actor, !ien le reali4' la demanda correspondiente,

    negando aer pactado el monto de los onorarios

    indicados por el actor, lo c!al se ro!stece con la

    doc!mental relati*a al ac!se de eca doce de

    mar4o de dos mil trece, de c!yo teto contenido en

    el re*erso de la o&a dos se ad*ierte !e se asent'

    de p!Fo y letra yo Rosa Aurora Cruz Manjarrez de la

    Puente, me comprometo a pagar el .30% de la cantidad

    recuperada por concepto de pago de servicio cuando me

    entregue el !!!"# el pago$C doc!mental pri*ada !e

    go4a de *alor proatorio pleno, toda *e4 !e en

    a!diencia preliminar celerada el oco de mayo del

    aFo en c!rso, las partes pactaron como eco nocontro*ertido la s!scripci'n de p!Fo y letra de la

    demandada de lo escrito en la parte s!perior de

    dico doc!mento, lo c!al incl!si*e se ro!stece

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    $ 1 $ D.C. 469/2015

    con la pr!ea conesional a cargo de la parte

    demandada, ya !e reconoci' aer contratado al

    actor para !e el 2E le de&ara de descontar de

    s! pensi'n y &!ilaci'n de orma indeida, as/

    como la de*ol!ci'n de la cantidad !e le a/an

    descontado d!rante siete aFos, por lo !e con

    dicas proan4as !ed' deidamente acreditada

    la relaci'n contract!al eistente entre las partes,

    consistente en !n contrato de prestaci'n de

    ser*icios proesionales, c!yo o&eto !e !e el

    2E le de&ara de descontar a la en&!iciada de

    s! pensi'n y &!ilaci'n de orma indeida. - - -

    Aora ien, en c!anto al c!mplimiento dado por el

    actor al contrato ase de la acci'n, consistente en

    la prestaci'n del ser*icio, de ig!al orma se

    enc!entra acreditado, toda *e4 !e de las

    constancias procesales, mismas !e tienen *alor

    proatorio de conormidad con lo disp!esto por el

    art/c!lo ?03 en relaci'n con el 37, racci'n H,del 'digo de 9rocedimientos i*iles 2sic4, se

    desprende !e la parte actora en el eco !no de

    s! demanda maniest' !e la parte demandada !e

  • 7/23/2019 prestacion servicios profesionales relacion

    14/93

    $ 14 $ D.C. 469/2015

    asesorada en la demanda de n!lidad !e se

    present' con eca seis de no*iemre de dos mil

    doce, el c!al !e radicado ante la 9rimera ala

    egional etropolitana del 2ri!nal ;ederal de

    epediente 3016#1-17-01-11, por lo !e

    tramitado en todas s!s etapas, con eca treinta y

    !no de oct!re de dos mil trece, se dict' sentencia

    deiniti*a en la !e se declar' la n!lidad de la

    resol!ci'n imp!gnada, condenando al nstit!to de

    eg!ridad y er*icios ociales de los 2raa&adores

    del Estado a otorgar /ntegramente la pensi'n por

    &!ilaci'n y por *i!de4 en los t"rminos !e *en/an

    generndose asta antes de la emisi'n de la

    resol!ci'n imp!gnada, as/ como a eect!ar el pago

    de las dierencias generadas con moti*o del a&!ste

    eect!ado, eiiendo el actor las doc!mentales

    relati*as al ac!se de demanda presentada ante los

    agistrados de la B. ala egional etropolitanadel 2ri!nal ;ederal de

    Administrati*a, de c!yo teto se ad*ierte !e el oy

    actor !e a!tori4ado por la en&!iciada para o/r y

  • 7/23/2019 prestacion servicios profesionales relacion

    15/93

    $ 15 $ D.C. 469/2015

    reciir notiicaciones en el epediente n:mero

    3016#1-17-01-11, copia certiicada de sentencia

    de eca treinta y !no de oct!re de dos mil trece,

    dictada por la 9rimera ala egional etropolitana

    del 2ri!nal ;ederal de

    Administrati*a, en la !e se conden' a la a!toridad

    demandada a otorgar /ntegramente la pensi'n por

    &!ilaci'n y por *i!de4 a a*or de la en&!iciada,

    deiendo eect!ar el pago de las dierencias

    generadas con moti*o del a&!ste eect!adoC ac!se

    de eca once de aril de dos mil catorce, por

    medio del c!al el actor prom!e*e en el &!icio antes

    mencionado en s! carcter de a!tori4ado en

    t"rminos amplios por la oy en&!iciada, solicitando

    el c!mplimiento de la sentencia antes mencionadaC

    doc!mentales p:licas a las !e se les coniere

    *alor proatorio en t"rminos de lo disp!esto por el

    art/c!lo ?03 en relaci'n con el 37, racci'n H,

    del 'digo de 9rocedimientos i*iles 2sic4, de lasc!ales se desprende !e el oy accionante

    c!mpli' con el o&eti*o para el c!al !e contratado,

    ya !e reali4' la demanda con la !e inici' el

  • 7/23/2019 prestacion servicios profesionales relacion

    16/93

    $ 16 $ D.C. 469/2015

    procedimiento administrati*o ante la 9rimera ala

    egional etropolitana del 2ri!nal ;ederal de

    concl!y' con sentencia a*orale para la

    demandada ya !e se conden' a la a!toridad a

    otorgar /ntegramente la pensi'n por &!ilaci'n y por

    *i!de4 a a*or de la en&!iciada, deiendo eect!ar

    el pago de las dierencias generadas con moti*o

    del a&!ste eect!ado, ello a!nado a !e la

    demandada al desaogar la conesional a s!

    cargo, al!di' !e los trmites !e ella reali4'

    !eron con posterioridad al dictado de la sentencia,

    ante lo c!al, se reitera, el accionante &!stiic'

    plenamente aer dado c!mplimiento con el

    contrato de prestaci'n de ser*icios. - - - 9or otra

    parte, de conormidad con lo disp!esto por el

    art/c!lo 608 del 'digo i*il para el @istrito

    ;ederal, el c!al estalece !e los !e sin tener el

    t/t!lo correspondiente e&er4an proesiones parac!yo e&ercicio la ley ei&a t/t!lo, adems de inc!rrir

    en las penas respecti*as, no tendrn dereco de

    corar retri!ci'n por los ser*icios proesionales,

  • 7/23/2019 prestacion servicios profesionales relacion

    17/93

    $ 1 $ D.C. 469/2015

    por lo c!al es menester !e el accionante, acredite

    encontrarse a!tori4ado para e&ercer la proesi'n de

    licenciado en dereco, es decir, !e tienen tal

    calidad a tra*"s de la eiici'n de la c"d!la

    proesional, en *irt!d de !e el art/c!lo seg!ndo

    transitorio de la Jey de 9roesiones reglamentaria

    del art/c!lo 5K constit!cional relati*o al e&ercicio de

    las proesiones en el @istrito ;ederal, dispone !e

    las proesiones !e en s!s di*ersas ramas

    necesitan t/t!lo para s! e&ercicio son las sig!ientesI

    LAct!ario, Ar!itecto, =acteri'logo, =i'logo,

    ir!&ano @entista, ontador, orredor, Enermera,

    Enermera y 9artera, ngeniero, Jicenciado en

    @ereco, Jicenciado en Econom/a, arino,

    "dico, "dico Heterinario, etal:rgico, %otario,

    9iloto A*iador, 9roesor de Ed!caci'n 9reescolar,

    9roesor de Ed!caci'n 9rimaria. 9roesor de

    Ed!caci'n ec!ndaria, G!/mico. 2raa&ador

    ocialC ante lo c!al el actor dee acreditar !econtaa con c"d!la proesional al momento de

    reali4ar las act!aciones tendientes a dar

    c!mplimiento al contrato de prestaci'n de ser*icios

  • 7/23/2019 prestacion servicios profesionales relacion

    18/93

    $ 1# $ D.C. 469/2015

    ase de la acci'n, s!stenta lo anterior, el criterio

    sostenido en la &!rispr!dencia con n:mero de

    registroI ciento setenta y oco mil setecientos

    treinta y tres, emitida por la 9rimera ala en el

    emanario

    acreditado en la especie, ya !e el actor oreci'

    como pr!ea, la doc!mental relati*a a la copia

    certiicada de la c"d!la proesional n:mero

    138575, epedida a s! nomre por la @irecci'neneral de 9roesiones de la ecretar/a de

    Ed!caci'n 9:lica, el *eintitr"s de mar4o de mil

    no*ecientos no*enta, !e lo acredita como

  • 7/23/2019 prestacion servicios profesionales relacion

    19/93

    $ 19 $ D.C. 469/2015

    Jicenciado en @ereco, ello a!nado a !e eii'

    copia simple de la constancia de registro de s!

    c"d!la proesional ante la 9rimera ecretar/a de

    Ac!erdos de la 9residencia y del 9leno del 2ri!nal

    !perior de

    acreditaci'n del olio 00018313, aiendo eiido

    en la a!diencia preliminar celerada el oco de

    mayo del aFo en c!rso y en la a!diencia de &!icio

    para identiicarse el d!plicado de dica c"d!la, con

    lo !e se acredita !e dico proesionista contaa

    con la patente para e&ercer la proesi'n de

    Jicenciado en @ereco, al momento de reali4ar los

    ser*icios proesionales c!yos onorarios demanda.

    - - - Aora ien, el actor reclama como concepto de

    onorarios deri*ado de la prestaci'n de s!s

    ser*icios proesionales, el pago de la cantidad de

    $367,516.80 (trescientos sesenta y siete mil

    !inientos diecis"is pesos 80#100 .%.), monto

    !e !ed' &!stiicado, toda *e4 !e, si ien delre*erso del ac!se de eca doce de mar4o de dos

    mil trece se ad*ierte !e se asent' de p!Fo y letra

    de la demandadaI yo Rosa Aurora Cruz Manjarrez de

  • 7/23/2019 prestacion servicios profesionales relacion

    20/93

    $ 20 $ D.C. 469/2015

    la Puente, me comprometo a pagar el .30% de la cantidad

    recuperada por concepto de pago de servicio cuando me

    entregue el !!!"# el pago$. in emargo en el

    presente caso dee determinarse si la *ol!ntad de

    las partes al celerar el contrato de prestaci'n de

    ser*icios proesionales !e la de estip!lar como

    pago por los ser*icios proesionales reali4ados por

    el actor, el treinta por ciento de la cantidad !e

    rec!perara la en&!iciada del nstit!to de eg!ridad

    y er*icios ociales de los 2raa&adores del

    Estado o ien el p!nto treinta por ciento de dica

    cantidad como lo ase*era la demandada. - - - Al

    respecto, el art/c!lo 1851 del 'digo i*il 2sic4

    estalece !e si los t"rminos de !n contrato son

    claros y no de&an d!da sore la intenci'n de los

    contratantes, se estar al sentido literal de s!s

    cl!s!las. i las palaras parecieren contrarias a la

    intenci'n e*idente de los contratantes, pre*alecer

    "sta sore a!ellaC por lo !e !na *e4 anali4ado elmaterial proatorio aportado por las partes, esta

    &!4gadora llega a la concl!si'n !e en el presente

    caso, la *ol!ntad de las partes al celerar el

  • 7/23/2019 prestacion servicios profesionales relacion

    21/93

    $ 21 $ D.C. 469/2015

    contrato de prestaci'n de ser*icios proesionales

    ase de la acci'n, !e la de pactar como pago de

    onorarios el importe del treinta por ciento de la

    cantidad !e la en&!iciada reciiera del nstit!to de

    eg!ridad y er*icios ociales de los 2raa&adores

    del Estado. - - - Jo anterior es as/, en *irt!d de !e

    al desaogar la pr!ea conesional !e oreci' la

    demandada a cargo del actor maniest' !e ese

    !e el porcenta&e pactado, y !e para eectos

    prcticos al no !edarle claro el porcenta&e de los

    onorarios a c!rir y tomando en consideraci'n

    !e los cel!lares no tienen la tecla de porcenta&e,

    se estaleci' !e al m!ltiplicar la cantidad otenida

    o rec!perada por el p!nto treinta, da como

    res!ltado la cantidad reclamada en el presente

    &!icioC dica proan4a se enc!entra adminic!lada

    con la pr!ea testimonial orecida por el actor a

    cargo de la . 2omasa Anastacio rtega, misma

    !e seFal' !e los onorarios pactados lo !eron ara4'n del 30+ (treinta por ciento) sore el importe

    del pago *eriicado por el 2E, testigo !e si

    ien constit!ye !n simple indicio, sin emargo se

  • 7/23/2019 prestacion servicios profesionales relacion

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    $ 22 $ D.C. 469/2015

    enc!entra adminic!lada con di*ersos medios de

    pr!ea como lo es, la conesional orecida por el

    actor a cargo de la en&!iciada, !ien maniest' !e

    el 2E le descontaa aproimadamente

    $?,600.00 d!rante siete aFos y asimismo la

    pensi'n de s! esposo !e dismin!yendo asta !e

    coraa $,800.00 y en el 2E le

    recomendaron meter s!s papeles por!e los

    desc!entos eran in&!stos y le comentaron !e ia a

    ganar el &!icio, pero !e desde !e le empe4' a

    descontar el 2E, se *io limitada en la c!esti'n

    econ'mica y eso ia a lle*ar c!nto dinero, !e la

    declarante no ten/a para demandar y !e c!ando

    !na personita la orient' para !e !era a la

    9;E@E2 !e !e donde conoci' al licenciado y

    le pidi' !e le iciera el escrito eco por !na

    persona !e t!*iera los conocimientos, de lo !e

    se ad*ierte !e la demandada ten/a pleno

    conocimiento del costo de los ser*iciosproesionales de !n aogado, p!esto !e s/ le

    a/an reali4ado desc!entos por siete aFos a

    ra4'n de $?,600.00 o ms como lo seFala,

  • 7/23/2019 prestacion servicios profesionales relacion

    23/93

    $ 2 $ D.C. 469/2015

    respecto de la pensi'n de s! esposo, res!lta

    e*idente !e los onorarios i&ados no podr/an ser

    menores incl!so a !n 2sic4 s'lo de esos

    desc!entos mens!ales, es decir a la cantidad de

    $3,675.16C ello no ostante !e los testigosAnali

    Higil r!4 an&arre4 y

  • 7/23/2019 prestacion servicios profesionales relacion

    24/93

    $ 24 $ D.C. 469/2015

    !e el di*erso testigo

  • 7/23/2019 prestacion servicios profesionales relacion

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    $ 25 $ D.C. 469/2015

    3016#1-17-01-11 promo*ido por osa A!rora

    r!4 an&arre4 de la ;!enteante la 9rimera ala

    egional etropolitana del 2ri!nal ;ederal de

    c!mplimiento dado a la sentencia, di*erso oicio

    por medio del c!al se notiica a la en&!iciada para

    !e compare4ca a reciir el ce!e n:mero de

    olio 0661?7?, el c!al contiene eca y irma de

    reciido y el acta administrati*a por comparecencia

    de la en&!iciada por medio de la c!al recie el

    citado ce!e mediante el c!al se da c!mplimiento

    a la sentencia deiniti*a de eca treinta y !no de

    oct!re de dos mil trece, orando copia simple de

    la identiicaci'n de la compareciente y del t/t!lo de

    cr"dito reciido con eca primero de agosto de

    dos mil catorce, por la cantidad de $15,056.00

    (!n mill'n doscientos *einticinco mil cinc!enta y

    seis pesos 00#100 .%.), doc!mental !e go4a de

    *alor proatorio en t"rminos de lo pre*isto por elart/c!lo 38, racci'n H, del 'digo de

    9rocedimientos i*iles 2sic4 y tomando en

    consideraci'n !e el actor maniest' !e el pag'

  • 7/23/2019 prestacion servicios profesionales relacion

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    $ 26 $ D.C. 469/2015

    de/a ser reali4ado por la en&!iciada al reciir el

    pago por parte del 2E en !na c!enta ancaria

    a s! nomre, aiendo seFalado la en&!iciada al

    contestar el eco marcado con el n:mero !no !e

    le reali4' al actor !n dep'sito, de lo !e se ad*ierte

    !e ten/a conocimiento de la c!enta ancaria a la

    !e de/a reali4ar el pago correspondiente, con lo

    !e s!rgi', la oligaci'n de la demandada de

    c!rir al oy actor los onorarios pactados, por lo

    !e al m!ltiplicar la cantidad !e recii' del

    2E por el 30+ (treinta por ciento) res!lta la

    cantidad de $367,516.80 (trescientos sesenta y

    siete mil !inientos diecis"is pesos 80#100 .%.),

    moti*os por los c!ales lo procedente es condenar a

    la demandada r!4 an&arre4 de la 9!ente osa

    A!rora al pago de la cantidad de $367,516.80

    (trescientos sesenta y siete mil !inientos diecis"is

    pesos 80#100 .%.) por concepto de onorarios

    proesionales, lo !e deer pagar al actorampos !errero arlos Antonio, o a !ien s!s

    derecos represente en el t"rmino de cinco d/as

    contados a partir de !e la presente resol!ci'n sea

  • 7/23/2019 prestacion servicios profesionales relacion

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    $ 2 $ D.C. 469/2015

    legalmente e&ec!taleC aperciida !e en caso de

    no acerlo se proceder al emargo de ienes de

    s! propiedad y con s! prod!cto se ar pago al

    actor. - - - on relaci'n a la prestaci'n marcada

    con el inciso ) del escrito inicial de demanda

    consistente en el pago de la cantidad de

    $17,>16.? (diecisiete mil no*ecientos diecis"is

    pesos ?#100 .%.) por concepto de intereses

    legales moratorios generados por la cantidad antes

    mencionada, al tipo legal del primero de agosto de

    dos mil catorce, eca en !e la en&!iciada inc!rri'

    en inc!mplimiento y asta el d/a !ince de erero

    de dos mil !ince, ms los !e se sigan generando

    asta el pago del ade!do, la misma res!lta

    parcialmente procedente, toda *e4 !e en t"rminos

    de lo pre*isto por el art/c!lo 1>?> del 'digo i*il

    2sic4, el per&!dicado por el inc!mplimiento de !na

    oligaci'n, se enc!entra ac!ltado para eigir,

    adems del c!mplimiento de la misma, elresarcimiento de los daFos y per&!icios ca!sados,

    los c!ales se trad!cen en el pago de intereses

    generados con moti*o del inc!mplimientoC

  • 7/23/2019 prestacion servicios profesionales relacion

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    $ 2# $ D.C. 469/2015

    asimismo el art/c!lo 3>5 del 'digo i*il para el

    @istrito ;ederal, dispone !e en caso de no aer

    estip!lado intereses las partes para el caso de

    inc!mplimiento, se dee estar al inter"s legal !e

    res!lta ser el n!e*e por ciento an!al, de lo !e se

    ace e*idente !e al no aer acreditado la

    demandada aer c!ierto los onorarios por los

    ser*icios antes en!nciados, deer pagar los

    intereses generados a ra4'n del n!e*e por ciento

    an!al a partir del d/a sig!iente en !e los

    onorarios reclamados !eron eigiles y no !eron

    pagados, esto es a partir del dos de agosto de dos

    mil catorce, d/a en !e la en&!iciada recii' el pago

    correspondiente, en consec!encia, de las simples

    operaciones aritm"ticas, sal*o error ! omisi'n se

    tiene !e del dos de agosto de dos mil catorce al

    !ince de erero de dos mil !ince, an

    transc!rrido seis meses, catorce d/as de mora, por

    lo !e en primer l!gar se calc!la la tasa moratoriamens!al aplicale respecto del >+ an!al, se di*ide

    dica tasa entre los doce meses contenidos en !n

    aFo, oteni"ndose !na tasa moratoria mens!al

  • 7/23/2019 prestacion servicios profesionales relacion

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    $ 29 $ D.C. 469/2015

    del .75+, la c!al es la !e se aplica en el presente

    casoC por tanto al m!ltiplicar el importe de la s!erte

    principal !e es $367,516.80 (trescientos sesenta y

    siete mil !inientos diecis"is pesos 80#100 .%.)

    por el .75+, se genera la cantidad de $,756.37

    (dos mil setecientos cinc!enta y seis pesos 37#100

    .%.) como inter"s moratorio mens!al, la c!al

    m!ltiplicada por los seis meses de mora, res!lta la

    cantidad de $16,538. (diecis"is mil !inientos

    treinta y oco pesos #100 .%.) y por lo !e

    respecta a los catorce d/as restantes, al di*idir el

    importe de intereses moratorios mens!ales, entre

    treinta !e corresponde a los d/as contenidos en

    !n mes, se otiene la cantidad de $>1.87 (no*enta

    y !n pesos 87#100 .%.) la c!al m!ltiplicada por

    catorce d/as, asciende a la cantidad de $1,86.18

    (!n mil doscientos ocenta y seis pesos 18#100

    .%.) por lo !e s!madas las anteriores

    cantidades, se genera la cantidad total de$17,8?.?0 (diecisiete mil ococientos *eintic!atro

    pesos ?0#100 .%.) por concepto de intereses

    moratorios generados del dos de agosto de dos mil

  • 7/23/2019 prestacion servicios profesionales relacion

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    $ 0 $ D.C. 469/2015

    catorce al !ince de erero del aFo en c!rso y !e

    deer pagar la en&!iciada r!4 an&arre4 de la

    9!ente osa A!rora al actor ampos !errero

    arlos Antonio, o a !ien s!s derecos represente

    en el t"rmino de % @A contados a partir de

    !e la presente resol!ci'n sea legalmente

    e&ec!tale, aperciida !e en caso de no acerlo

    se proceder al emargo de ienes de s!

    propiedad y con s! prod!cto se aga pago al actor,

    ms los intereses legales a ra4'n del n!e*e por

    ciento an!al sore la cantidad de $367,516.80

    (trescientos sesenta y siete mil !inientos diecis"is

    pesos 80#100 .%.), !e se sigan generando asta

    el pago total del ade!do, mismos !e arn de

    ser c!antiicados en e&ec!ci'n de sentencia a

    tra*"s del incidente !e en s! caso se aga *aler.

    - - - in !e reporte eneicio a los intereses de la

    parte actora las doc!mentales relati*as a las

    copias simples de acta de comparecencia ycon*enio de *einte de mar4o de dos mil seis,

    concesi'n de pensi'n por *i!de4, concesi'n de

    pensi'n por &!ilaci'n, ac!se de promoci'n de die4

  • 7/23/2019 prestacion servicios profesionales relacion

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    $ 1 $ D.C. 469/2015

    de aril de dos mil catorce, cinco estados de

    c!enta ancarios, copia simple de asesor/a simple

    de eca *eintic!atro de oct!re de dos mil siete y

    cons!lta de saldo de ca&ero =aname de ecas

    diecis"is de diciemre de dos mil catorce y

    *eintid's de aril de dos mil !ince, toda *e4 !e

    de s! contenido no se ad*ierte oligaci'n alg!na

    por parte de la en&!iciada a a*or del actor toda *e4

    !e la en&!iciada neg' en todo momento aer

    reali4ado los pagos !e seFala el actor. - - - H. 9or

    c!anto ace a las ecepciones y deensas

    op!estas por la demandada, las de alta de acci'n

    y dereco, la deri*ada de lo disp!esto en el art/c!lo

    0 del 'digo i*il para el @istrito ;ederal, la de

    ineistencia del compromiso !e reiere el actor, la

    deri*ada de lo disp!esto en el art/c!lo 1803 del

    'digo i*il 2sic4, mismas !e se res!el*en de

    manera con&!nta dado la /ntima relaci'n !e

    g!ardan entres 2sic4 s/, al descansar sore elarg!mento de !e la en&!iciada :nicamente se

    olig' al pago de los onorarios a ra4'n del .30+

    de la s!erte principal, ecepciones !e res!ltan

  • 7/23/2019 prestacion servicios profesionales relacion

    32/93

    $ 2 $ D.C. 469/2015

    improcedentes, en *irt!d de !e d!rante la sec!ela

    del &!icio, la demandada no aport' medio de

    pr!ea alg!no !e &!stiicara tal circ!nstancia y por

    el contario !ed' plenamente acreditado !e se

    olig' a c!rir por concepto de onorarios, el 30+

    (treinta por ciento) del importe reciido en concepto

    de pago por parte del 2E. in !e la

    demandada acreditara !e el eco de !e !e ella

    !ien dio atenci'n y seg!imiento al &!icio, toda *e4

    !e del inorme rendido por el 9roc!rador de la

    9roc!rad!r/a de la @eensa del 2raa&o del @istrito

    ;ederal, maniest' !e la demandada no solicit'

    asesor/a en dica dependencia en el mes de

    septiemre de dos mil doce, aclarando !e dica

    dependencia no tiene ac!ltades para proporcionar

    asesor/a &!r/dica en &!icios ederales iscales

    administrati*os, espec/icamente ante la ala

    egional etropolitana y !e no c!entan con

    ormatos para la elaoraci'n de demandas,inormando !e el actor de&' de laorar para dica

    dependencia, antes de !e incl!si*e se celerara

    el contrato de prestaci'n de ser*icios, aiendo

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    $ $ D.C. 469/2015

    maniestado la propia demandada !e ella dio

    seg!imiento para la otenci'n del ce!e

    correspondiente, !na *e4 !e se t!*o sentencia

    deiniti*a en el &!icio de n!lidad, lo c!al corroor'

    s! testigo

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    $ 4 $ D.C. 469/2015

    impresi'n de olet/n laoral !rocrtico, toda *e4

    !e de las mismas no se ad*ierte el c!mplimiento

    dado por parte de la en&!iciada al contrato *eral

    materia de la litis. - - - H. 9or :ltimo, por c!anto

    ace al pago de gastos y costas, el art/c!lo 1?0 del

    'digo de 9rocedimientos i*iles 2sic4 estalece

    !e la misma se ar c!ando as/ lo pre*enga la ley

    o c!ando a &!icio del &!e4, se aya procedido con

    temeridad o mala e, estaleciendo los s!p!estos

    en !e siempre sern condenadas las partes. - - -

    @e lo anterior se ad*ierte !e el art/c!lo en est!dio

    estalece dos s!p!estos conorme a los c!ales es

    procedente la condenaci'n en costasC !no de

    carcter s!&eti*o !e tiene relaci'n con la

    cond!cta procesal as!mida por las partes, c!ando

    act:an con temeridad o mala e, c!ya caliicaci'n

    !eda al aritrio del &!4gador, !ien tiene !e

    ponderar la eistencia o no de esa cond!cta

    procesal inapropiada y por otra, !n s!p!estoo&eti*o, al tenor del c!al, la propia ley en!ncia los

    s!p!estos en !e la condenaci'n en costas dee

    ser or4osa para !ien se !i!e en la ip'tesis

  • 7/23/2019 prestacion servicios profesionales relacion

    35/93

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    $ 6 $ D.C. 469/2015

    transgredi' las prerrogati*as de la s!scrita en

    *irt!d de !e se apart' de los principios de

    legalidad y seg!ridad &!r/dicaC lo c!al !ed'

    e*idenciado por el eco de !e la responsale en

    los considerandos c!arto, !into y seto de la

    sentencia rec!rrida se ast!*o de aplicar las reglas

    del procedimiento contempladas en los art/c!lo

    2sic4 >71, >77, >8, ellos en relaci'n con lo

    estalecido en los ordinales ?0, 8> en relaci'n

    con el >5, 81 en relaci'n con el precepto 8

    todos ellos del 'digo de 9rocedimientos i*iles

    en *igor 2sic4 y con el deido respeto !e merece

    la a!toridad responsale, la s!scrita considera !e

    dica &!e4a a pesar de !e dee ser imparcial

    inc!rri' en *iolaciones procesales, de&ando de

    admitir pr!eas rele*antes en s! desaogo para la

    s!scrita, a pesar de !e incl!so el desaogo de

    dica pr!ea no admitida !e reiterado por el a!/

    tercero interesado, y la responsale, ordenando eldesaogo de pr!eas orecidas en id"nticos

    t"rminos !e la desecada, pero !e a*orec/an al

    actor en el &!icio nat!ral, rompiendo con ello el

  • 7/23/2019 prestacion servicios profesionales relacion

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    $ $ D.C. 469/2015

    e!ilirio e ig!aldad procesal !e dee imperar

    entre las partes, incl!si*e, la s!scrita considera !e

    la responsale, *alga la epresi'n L!pli' las

    deiciencias del actor en el nat!ral en el

    planteamiento de s!s pretensiones para declarar

    procedente s! acci'n, como se intentar eponer

    en los conceptos de *iolaci'n !e contienen este

    escrito de demanda. - - - 9EA HJAP% A

    JA EJA EE%AJE @EJ

    9E@E%2.- En primera instancia, se ace

    *aler la inadmisi'n de la pr!ea @DE%2AJ

    9Q=JA identiicada con el n:mero dos del

    cap/t!lo de pr!eas del escrito de contestaci'n de

    demanda prod!cida por la s!scrita ante la

    a!toridad responsale en el &!icio nat!ral, misma

    !e se transcrie a contin!aci'nI - - - .& 'A

    ()C*M#+"A'.& Consistente en el inorme -ue rinda a

    este . /uzgado el PR)C*RA()R #+#RA' (# 'A

    PR)C*RA(*R1A 2#(#RA' (# 'A (#2#+!A (#'"RAA/) 4PR)2#(#"5 -ue es un 6rgano

    (esconcentrado de la !ecretar7a del "ra8ajo y Previsi9n

    !ocial cuyo domicilio se encuentra en (octor /os: Mar7a

  • 7/23/2019 prestacion servicios profesionales relacion

    38/93

    $ # $ D.C. 469/2015

    ;ertiz nico (istrito 2ederal, (elegaci9n Cuau?t:moc, C.P.

    0@0, con relaci9n a lo siguienteB & & & =. ue inorme a

    este . /uzgado si en dic?a (ependencia la8or9 el C.

    CAR')! A+")+) CAMP)! *#RR#R) en el

    periodo -ue comprende de !eptiem8re de 0= al mes de

    agosto de 0=D. & & & . ue inorme el puesto -ue

    desempeEa8a el C. CAR')! A+")+) CAMP)!

    *#RR#R)en dic?a dependencia. & & & 3. ue inorme

    el ?orario de la8ores -ue ten7a el C. CAR')!

    A+")+) CAMP)! *#RR#R) en dic?a

    dependencia. & & & #s de ?acer notar a !u !eEor7a, A/)

    PR)"#!"A (# (#CR ;#R(A( -ue la suscrita

    carezco de la inormaci9n seEalada, sin em8argo, se

    adjunta al presente escrito la solicitud de la suscrita

    realizada a dic?a dependencia en la -ue le estoy

    solicitando dic?a inormaci9n -ue no estF a mi alcance.

    & & & Por lo anterior, solicit9 respetuosamente de !u

    !eEor7a, gire oicio a dic?a dependencia para -ue

    inorme los puntos solicitados. & & & #sta prue8a se

    relaciona con los ?ec?os =, , 3, D, G, @ y del escrito de

    contestaci9n de demanda. & & & 'o -ue la suscrita

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    $ 9 $ D.C. 469/2015

    pretendo acreditar con esta prue8a es -ue el C. CAR')!

    A+")+) CAMP)! *#RR#R) carec7a del tiempo

    necesario para representarme en el juicio administrativo,

    y por consecuencia es -ue el acuerdo de ?onorarios entre

    el actor y la suscrita consisti9 en -ue :l ela8or9 el escrito

    de demanda y algunos escritos y yo en lo personal le

    dar7a puntual seguimiento a mi juicio ?asta lograr el

    co8ro de los inde8idos descuentos, y por tal motivo es

    -ue la suscrita le pagu: el 4sic5 actor la cantidad total de

    H30,000.00 4"R#+"A M' P#!)! 00I=00 M.+.5, y por

    tal motivo tam8i:n en el escrito de ec?a 0 de marzo de

    0=D, la suscrita me o8ligu: rente al enjuiciante a

    pagarle #' P*+") "R#+"A P)R C#+") (# 'A

    CA+"(A( A R#C*P#RAR!#. - - - omo se i4o

    *aler en la a!diencia preliminar !e t!*o

    *eriicati*o en el &!icio nat!ral, la .

    el desaogo de dica proan4a la s!scrita

    pretend/a demostrar la ecepci'n de alsedad

    eca *aler en el escrito de contestaci'n de

    demanda, adems de lo anterior, con el desaogo

    de dica proan4a, la s!scrita pretend/a

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    $ 40 $ D.C. 469/2015

    contro*ertir el eco !no el 2sic4 escrito de

    demanda (2EA @E A% EJEHA%A,

    9GDE E% EE EAJ2H 2sic4 EJ

    A2 E% EJ

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    $ 41 $ D.C. 469/2015

    A22D@ N 92DA @E JA 9A2E A2A

    E% EJ

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    $ 42 $ D.C. 469/2015

    tampoco *alor' !e la s!scrita no p!edo tener

    acceso a dicas copias por!e en esa indagatoria

    ten/a la calidad de proale responsale y al

    respecto eiste proiici'n legal para !e me

    !eran acilitadas por la calidad de indiciada. - - -

    ncl!so, para il!strar la incongr!encia de la

    responsale al de&ar de admitir dica proan4a, se

    ad*ierte de la misma graaci'n !e contiene la

    celeraci'n de la a!diencia preliminar !e la

    pr!ea identiicada con el n!meral tres del escrito

    de contestaci'n de demanda s/ !e admitida y

    ordenado s! desaogo por la responsale, !e

    incl!so oiciosamente orden' tanto en preparaci'n

    como en desaogo, siendo !e la s!scrita

    considera !na ranca y e*idente *iolaci'n al

    dereco !mano de t!tela &!dicial eecti*a de la

    s!scrita !e en e*idente contra*enci'n a las reglas

    esenciales del procedimiento la &!e4a responsale

    ordenara la inadmisi'n de !na doc!mental y laadmisi'n de di*ersa doc!mental, amas orecidas

    en id"nticos t"rminos, y con intenci'n de acreditar

    la procedencia de ecepciones y deensas

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    $ 4 $ D.C. 469/2015

    op!estas en el escrito de contestaci'n de

    demanda, amos elementos de pr!ea orecidos

    con el nimo de contro*ertir los ecos del escrito

    de demanda y en ase al 2sic4 principio de

    contradicci'n !e rige en los &!icio 2sic4 orales, y

    amas pr!eas reiteradas en s! orecimiento por la

    misma parte actora en el &!icio nat!ral, *iolaci'n

    procesal !e lle*a a pensar a la s!scrita en !e la

    &!e4 en todo momento admiti' y orden' la

    preparaci'n y desaogo de pr!eas !e p!dieran

    a*orecer al actor en el nat!ral. - - - Jo anterior, la

    s!scrita considero !e se trata de !na *iolaci'n

    procesal oc!rrida en la etapa de admisi'n de

    pr!eas dentro de la a!diencia preliminar del &!icio

    nat!ral !e dee ser reparada */a esta demanda

    de amparo, por lo !e se solicita el amparo y

    protecci'n de la

    *iolatorio, p!esto !e lo anterior, de&' a la s!scrita

    en estado de indeensi'n dentro del &!icio nat!ral alno permitir la responsale !e la s!scrita en !so y

    e&ercicio del principio de contradicci'n desaogara

    los elementos de pr!ea con los !e demostrar/a

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    $ 44 $ D.C. 469/2015

    la ecepci'n de alsedad eca *aler. - - -

    ED%@ 2sic4.- Es contrario a las reglas de la

    l'gica !e la responsale considere el eco de

    !e la !e s!scrie neg' aer pactado el monto

    de los onorarios indicados por el actor y me

    condene al pago de lo !e el actor reclama como

    concepto de onorarios deri*ado de la prestaci'n

    de s!s ser*icios proesionales, el pago de la

    cantidad de $367,516.80 (trescientos sesenta y

    siete mil !inientos diecis"is pesos 80#100 .%.),

    seFalando malamente la responsale !e dico

    monto !ed' &!stiicado toda *e4 !e, si ien del

    re*erso del ac!se de eca doce de mar4o de dos

    mil trece se ad*ierte !e se asent' de p!Fo y letra

    de la demandada yo osa A!rora r!4 an&arre4

    de la 9!ente, me comprometo a pagar el .30+ de

    la cantidad rec!perada por concepto de pago de

    ser*icio c!ando me entreg!e el 2E el pago.

    %o considerando !e la intenci'n del actor es la dea!sar de la s!scrita en relaci'n al pago otenido

    sin !e se aya con*enido dico porcenta&e. - - -

    iendo !e la *ol!ntad de las partes y el

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    $ 45 $ D.C. 469/2015

    compromiso de pago siempre !e como lo seFala el

    doc!mento @E ;EBA 92E GDE

    9DE=A EJ 9 AD@ E% EJ

    %2A2 HE=AJ EJE=A@ es decir el .

    30+ ya !e no es necesaria la aplicaci'n de

    alg!na ciencia ! operaci'n matemtica complicada

    para determinar !e el p!nto treinta de los

    onorarios y !e oedece a la J2EAJ@A@ @EJ

    @DE%2 GDE E ;P E% ;EBA

    92E, 9DE=A @EJ

    9 AD@ E% EJ %2A2

    HE=AJ N GDE ;DE ;E@ 9 JA A

    9A2E A2A asciende a la cantidad de

    $3,675.16 (tres mil seiscientos setenta y cinco

    pesos 16#100 .%.) ya !e el *erdadero ac!erdo

    de *ol!ntades con el en&!iciante !e el sig!ienteI

    - - - J#l actor realiz9 el escrito de demanda, por lo cual la

    suscrita le pagu: en eectivo la cantidad de H=0,000.00

    4diez mil pesos 00I=00 M.+.5. & & & JAl admitirse lademanda le entregu: la cantidad de HG,000.00 4cinco mil

    pesos 00I=00 M.+.5, en eectivo. & & & J#n el mes de

    octu8re de 0=3 la suscrita le entregu: al actor en

  • 7/23/2019 prestacion servicios profesionales relacion

    46/93

    $ 46 $ D.C. 469/2015

    eectivo la cantidad de H=0,000.00 4diez mil pesos

    00I=00 M.+.5. & & & JPara diciem8re de 0=D, la suscrita

    no ten7a dinero y el actor me ?a87a solicitado otros

    HG,000.00 4cinco mil pesos 00I=00 M.+.5, por lo -ue uno

    de mis amiliares le dep9sito al actor en ec?a 0@ de

    diciem8re de 0=D la cantidad de HD,@00.00 4cuatro mil

    seiscientos pesos 00I=00 M.+.5, con el compromiso de

    -ue la suscrita le completar7a lo -ue alta8a para los

    cinco mil pesos. Cantidad -ue le uera cu8ierta

    posteriormente. & & & JK el compromiso para cuando

    reci8iera el pago total la suscrita ue -ue le entregar7a el .

    30% 4P*+") "R#+"A P)R C#+")5 del monto

    total. ') A+"#R)R !# A(;#R"# (#' M!M)

    ()C*M#+") *# *+# K C)MPR)M#"# A 'A

    !*!CR"A 2R#+"# A' AC")R,

    C)+CR#"AM#+"# (# 'A ()C*M#+"A'

    (#+"2CA(A C)+ #' +LM#R) G, #! (#CR, 'A

    !*!CR"A (# M P*) K '#"RA M# )'*N, K

    P)R "A+") #O"#R+N M ;)'*+"A( #+ (C)

    ()C*M#+") (# PAAR A' AC")R #' .30%

    4P*+") "R#+"A P)R C#+")5 (# 'A

    CA+"(A( ")"A' R#C*P#RA(A, K #+ #!"#

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    $ 4 $ D.C. 469/2015

    !#+"() CA# (#!"ACAR #'

    C)+!#+"M#+") "C") K 'A C)+2)RM(A(

    C)+ !* C)+"#+() P)R PAR"# (#' AC")R,

    P*#!") *# #' "#O") A' *# A)

    R#2#R#+CA #+ #!"# APAR"A(), M# 2*#

    (C"A() P)R #' AC")R K P)!"#R)R A #''),

    ') 2RMN, ') 2RM6 M /A, ') R#;!6 #'

    AC")R K !# ') *AR(6 K C)+!#R;6 K #! #'

    M!M) *# A(/*+"6 A !* #!CR") +CA' (#

    (#MA+(A. & & & #!") !# (#(*C# (# 'A

    '#C"*RA (#' C)MPR)M!) *# R#A'CN 'A

    !*!CR"A #+ #' "#O") (#' #!CR") (# 2#CA

    0 (# MARQ) (# 0=3, #+ #' *# !# A(;#R"#

    K #! C'AR) #' C)+"#+() (#' "#O") .30%

    4P*+") "R#+"A P)R C#+")5, P)R "A+") #!

    2A'!) K #+ ++L+ M)M#+") M# )'*N

    C)+ #' AC")R A PAAR'# #' 30% P)R C#+").

    - - - es!ltando !e la responsale da por eco

    !e las partes al celerar el contrato de prestaci'n

    de ser*icios proesionales !e la de estip!lar como

    pago de los ser*icios proesionales reali4ados por

    el actor, el 2E%2A 9 E%2 de la cantidad

  • 7/23/2019 prestacion servicios profesionales relacion

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    $ 4# $ D.C. 469/2015

    !e rec!perara la en&!iciada del nstit!to de

    eg!ridad ocial y er*icios para los 2raa&adores

    del Estado. - - - @ndole prioridad a lo maniestado

    por el actor al desaogar la pr!ea conesional

    desaogada !e oreci' la s!scrita !ien maniest'

    !e ese !e el porcenta&e pactado, y !e para

    eectos prcticos al no !edarle claro el porcenta&e

    de los onorarios a c!rir y tomando en

    consideraci'n !e los cel!lares no tienen la tecla

    de porcenta&e, se estaleci' !e al m!ltiplicar la

    cantidad otenida o rec!perada por el p!nto

    treinta, da como res!ltado la cantidad reclamada

    en el &!icioC E%@ GDE @BA 9E%A E

    D% JE%A@ E% @EEB GDE% %

    @E=EA @E ESAJA GDE % JE GDE@A=A

    JA EJ 9E%2A

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    49/93

    $ 49 $ D.C. 469/2015

    @DE%2 ;DE ;A@ 9 testigo

    A%AJ= HJ DO A%

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    $ 50 $ D.C. 469/2015

    =A@ BA2A GDE N JE BE A=E N

    ;DE GDE EJ A2 GDEA E% J 9E

    @E B%A N E 9DE A @BA

    =A=A@A@. - - - En este sentido, s!s

    consideraciones de la responsale res!ltan

    ins!icientes para restar el *alor proatorio pleno

    !e merece el doc!mento ase de la acci'n en el

    &!icio nat!ral. - - - Ja responsale estaa oligada

    a anali4ar !e eist/a plena armon/a entre los

    !ndamentos y las concl!siones as/ como los

    medios proatorios eistentes, y toda *e4 !e

    como se a seFalado en prraos precedentes, tal

    armon/a no eiste en la especie, ya !e no le da el

    *alor proatorio pleno !e s!p!estamente seFala

    al doc!mento ase de la acci'n. - - - 9or lo anterior

    se ac!de ante esta a!toridad de amparo a eecto

    de !e se restit!ya a la s!scrita en el goce de mi

    dereco !mano a la seg!ridad &!r/dica protegida

    en las garant/as indi*id!ales !e !eron seFaladascomo *!lneradas. - - - 2EE 2sic4.-

    HAJAP% @E J EJEE%2 @E

    9DE=A GDE E A9A2P @E JA EJA

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    $ 51 $ D.C. 469/2015

    EE%AJE @EJ 9E@E%2.- En este

    concepto de *iolaci'n sern ep!estos los moti*os

    por los c!ales la s!scrita !e&osa considero !e la

    responsale reali4' !n indeido anlisis de las

    pr!eas aportadas por las partes en el &!icio

    nat!ral. - - - Ja s!scrita !e&osa sostengo lo

    anterior por!e a mi &!icio el actor no acredit' de

    manera deida las condiciones pactadas en la

    prestaci'n de ser*icio !e reali4' a la s!scrita. - - -

    En eecto, si ien es cierto el actor en el &!icio

    nat!ral acredit' la eistencia del ser*icio prestado,

    tami"n cierto es !e no !e as/ en relaci'n a las

    condiciones pactadas, esto es as/ p!esto !e con

    ning:n elemento de pr!ea &!stiic' las condiciones

    pactadas en el contrato *eral celerado como se

    eplica a contin!aci'n. - - - i ien es cierto la

    &!e4a responsale sostiene !e c!ando aya d!da

    en la interpretaci'n de las cl!s!las de los

    contratos se estar a la intenci'n de las partes,9EHA A EA %JDP% @E JA

    E9%A=JE, T2A @E=P BA=E

    A%AJOA@ @E E%2A@A N D%

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    $ 52 $ D.C. 469/2015

    EGD2 @E 9E@E%A @E JA AP%

    E% EJ

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    $ 5 $ D.C. 469/2015

    GDE JA D2A 9JAT AJ EHE @EJ

    E2 E% E%P%. - - - J A%2E E

    A 9GDE 9R2AE%2E EJ A2 %

    ;EP 9DE=A AJD%A % JA GDE

    9D@EA AE@2A ;EBAE%2EE%2E

    GDE 9A2P % JA D2A GDE

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    $ 54 $ D.C. 469/2015

    A%AJ=N 2sic4 HJ N

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    $ 56 $ D.C. 469/2015

    EDJ2A@ @E D% JEAJ A%RJ

    E%2%E JJEHA A A= @BA

    %2E9E2AP%, J DAJ % A%2EP

    @E ;A AJD%A, N % 2@ E9E2,

    @E %%D%A A%EA EDJ2A HRJ@A

    EMDA EM9JAP%

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    $ 5 $ D.C. 469/2015

    ase de la acci'n carece de *alor proatorio pleno

    dndole prioridad a la intenci'n de las partes

    desconociendo totalmente "sta. - - - En

    consec!encia, no eiste ra4onamiento l'gico-

    &!r/dico alg!no !e la responsale p!eda in*ocar

    para s!stentar el sentido de s! determinaci'n,

    res!ltando procedente se conceda a la !e&osa el

    amparo y protecci'n de la

    solicita. - - - En este orden de ideas, res!lta

    procedente otorgar al !e&oso 2sic4 el amparo y

    protecci'n de la

    p!es la responsale omiti' el c!mplimiento de s!s

    oligaciones en materia de *aloraci'n de las

    pr!eas. - - - As/ mismo, la responsale en el acto

    de a!toridad reclamado, tom' en consideraci'n

    arg!mentos y ecos no*edosos !e no !eron

    planteados por el actor en s! escrito inicial de

    demanda y !e deieron de ser desestimados por

    la &!e4a responsale, al grado !e a &!icio de las!scrita la responsale *iol' el principio de

    ig!aldad procesal !e dee eistir entre las partes

    y por tal ra4'n, se sostiene !e la responsale en

  • 7/23/2019 prestacion servicios profesionales relacion

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    $ 5# $ D.C. 469/2015

    todo momento *iol' las reglas esenciales del

    procedimiento, p!esto !e dio !n trato procesal al

    actor en el &!icio nat!ral de orma pri*ilegiada como

    si !era polaci'n *!lnerale o persona en estado

    de indeensi'n !e re!iere s!plencia de la !e&a

    en la deiciencia de s!s planteamientos *iolando

    con ello las reglas estalecidas para tal eecto

    dando a pensar con ello la &!e4a responsale act!'

    s!pliendo a!ellas deiciencias procesales en !e

    inc!rri' el actor para demostrar legalmente la

    procedencia de s!s pretensiones ecas *aler en

    el &!icio nat!ral, no ostante de !e el actor es !n

    licenciado en dereco, es decir !n perito en la

    materia. - - - En eecto, a lo !e la s!scrita me

    reiero con la epresi'n Lecos no*edosos, a los

    !e la &!e4a responsale le da *alor y crediilidad

    en los considerandos de la sentencia y !tili4' como

    !no de los arg!mentos para condenarme en

    sentencia deiniti*a, es a los arg!mentos&!stiicati*os del en&!iciante en el &!icio nat!ral

    c!ando ace aclaraci'n del por!" se coloc' el .30

    por ciento al re*erso del doc!mento irmado por la

  • 7/23/2019 prestacion servicios profesionales relacion

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    $ 59 $ D.C. 469/2015

    s!scrita !e&osa, siendo completamente ilegal !e

    la &!e4a en la sentencia reclamada sostenga !e el

    actor aclar' en el desaogo de la conesional por

    !" la s!scrita !e&osa a/a colocado el .30 por

    ciento como pago de lo rec!perado al re*erso del

    doc!mento, y se sostiene !e es completamente

    legal por el eco de !e Ls!pliendo al actor, la

    &!e4a, !tilice palaras y arg!mentos &!stiicati*os

    en a*or del actor !e ni "l mismo di&o en el

    desaogo de la conesional como p!ede ad*ertirse

    de la *ideograaci'n de la a!diencia de &!icio !e

    t!*o l!gar ante la responsale. - - - En eecto, para

    corroorar lo anterior, asta conrontar lo !e

    maniest' el actor en el &!icio nat!ral al momento

    de desaogar la conesional a s! cargo con lo !e

    la &!e4a responsale en la sentencia reclamada,

    dice aclar' el actor, es decir, la &!e4a incl!so sin

    !e as/ ore en las pr!eas aportadas, en la

    sentencia reclamada ampl/a la aclaraci'n del actoren el &!icio nat!ral a manera se sostiene de s!plir

    la serie de deiciencias en !e inc!rri' el actor. - - -

    N en este sentido, para acreditar !e se trata de

  • 7/23/2019 prestacion servicios profesionales relacion

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    $ 60 $ D.C. 469/2015

    ecos no*edosos a la litis, *iene a ien anali4ar el

    c'mo !ed' cerrada la litis en el &!icio nat!ralC esto

    es, el actor demanda de la s!scrita las

    prestaciones !e reiere en s! lielo inicial de

    demanda, mismas !e solicito se tengan por

    reprod!cidas como si a la letra se insertasen y

    reali4a el planteamiento de s!s ecos, &ams

    ace aclaraci'n alg!na a !e por !n error

    (s!p!estamente) la s!scrita asent" el .30 por

    ciento al re*erso del doc!mento, desp!"s de !e

    !i empla4ada a &!icio, prod!&e mi contestaci'n de

    demanda y con las ecepciones y deensas

    op!estas se le dio *ista al actor, misma !e

    desaog' en orma oport!na con sendo 2sic4

    escrito constante de ms de die4 o&as en tamaFo

    oicio, E% %%D%A 9A2E @EJ E2 @E

    @EA%@A. % @EJ E2 E% EJ GDE EJ

    A2 E% EJ %A2DAJ @EABP JA H2A

    % JA EME9%E N @E;E%A, BOAJAAP%, A%;E2AP%

    EM9JAP% AJD%A E% EJAP% AJ 2EA

    EJA%A@ % EJ .30 9 E%2 @E J

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    $ 61 $ D.C. 469/2015

    ED9EA@, l!ego entonces carec/a de

    c!al!ier *alor la aclaraci'n la parcial aclaraci'n

    eca */a desaogo de conesional por el actor en

    el nat!ral, aclaraci'n !e en sentencia la &!e4a

    pereccion' a per&!icio del e!ilirio procesal e

    imparcialidad !e deieron imperar y esto se

    solicita en orma m!y respet!osa a este tri!nal de

    amparo !e lo analice a conciencia, por!e en

    ase a 2sic4 lo anterior, c'mo es !e la &!e4a

    responsale ace s!yos ecos no*edosos para

    !tili4arlos como arg!mentos para condenar a la

    s!scrita !e&osa, !e no !edaron dentro de la litis

    planteada, "stos en la demanda, contestaci'n de

    demanda y desaogo de *ista con ecepciones y

    deensas. - - - Jo anterior ocasionan 2sic4 !na

    ranca y e*idente *iolaci'n a las reglas esenciales

    del procedimiento !e la responsale act!ali4' en

    la sentencia materia del acto reclamado y !e dee

    ser materia de concesi'n de protecci'n de la

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    $ 6 $ D.C. 469/2015

    contienen los preceptos constit!cionales seFalados

    como *!lnerados por el eco de !e la

    responsale, condena a la s!scrita al pago de los

    gastos y costas, apartndose para dica condena

    de los lineamentos !e a s! *e4 estalece el

    art/c!lo 1?0 del 'digo de 9rocedimientos i*iles

    en *igor 2sic4 para el @istrito ;ederal. - - - En

    eecto, de la lect!ra al considerando seto de la

    sentencia reclamada se ad*ierte !e la

    responsale decide condenar a la s!scrita !e&osa

    al pago de los gastos y costas ca!sados pero para

    ello lo ace apartndose de las ip'tesis a !e se

    reiere el precepto legal in*ocado en este concepto

    de *iolaci'n, por lo anterior la responsale inc!rre

    en !na incorrecta aplicaci'n de la ley en per&!icio

    de la a!/ !e&osa !e dee ser reparado a tra*"s

    de la protecci'n y amparo de la

    - GD%22sic4.- JEAJ@A@ @EJ E%2 @E

    % @E JA A 9AA JA %@E%A EJ2sic4%2EEE A2.- N inalmente es de

    ad*ertir !e la responsale condena a la s!scrita al

    pago de intereses moratorios y para tal eecto,

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    65/93

    $ 65 $ D.C. 469/2015

    A2 9EAJ E BAE A D HEO JA

    %2E9EJAP% @E 9A N @E AB E

    2E%E GDUE 2sic4 JA A D2E AJ @A

    DE%2E @E @BA %2E9EJAP% N %

    JEAJE%2E 2E%E JA

    E9%A=JE E% EJ ;AJJ 9D%A@, E%

    DA%2 A GDE JA A %AP A 9A2 @EJ

    @ @E A2 @E 01?, J DAJ E

    %;D%@A@ N 2A=T% HJA JA AA%2A

    @E ED@A@

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    $ 66 $ D.C. 469/2015

    0n primer lugar se emprender1 el estudio de los

    motivos de %ueja en los %ue se alude a violaciones a las

    le$es del procedimiento, cu$o estudio es preferente por

    prelacin lgica-

    0n efecto, en el primer concepto de violacin el

    %uejoso alude a violaciones al procedimiento, las cuales

    hace consistir en el desechamiento de las pruebas

    documentales p+blicas ofrecidas en los apartados $

    del cap&tulo relativo del escrito de contestacin de

    demanda, la primera, consistente en el informe a cargo

    del Procurador >eneral de la Procuradur&a Federal de 8a

    Defensa del Trabajo 2P?#F0D0T4, respecto de si en

    dicha dependencia labor el actor Carlos 9ntonio Campos

    >uerrero, en el periodo %ue comprende de septiembre de

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    $ 6 $ D.C. 469/2015

    de un juicio oral civil, no existe recurso ordinario en contra

    de las violaciones procesales, por lo %ue se encuentran

    reunidos los re%uisitos establecidos en los art&culos ')' $

    ')( de la 8e$ de 9mparo-

    0n torno a ello, alega %ue se le deja en estado de

    indefensin, en tanto %ue con las pruebas de mrito

    pretend&a demostrar la excepcin de falsedad %ue hi!o

    valer, $ controvertir el hecho I'J del escrito de demanda* $

    no obstante %ue cumpli con los re%uisitos de los

    art&culos 7. $ 7B del Cdigo de Procedimientos Civiles

    para el Distrito Federal, la jue! responsable dej de

    admitirlas, como se advierte de la audiencia preliminar, la

    cual deb&a adminicularse con los dem1s medios

    probatorios, sin %ue la ju!gadora del conocimientofundara $ motivara su inadmisin, $ sin valorar %ue la

    %uejosa no puede tener acceso a la referida indagatoria-

    9grega %ue la responsable incurri en

    incongruencia al dejar de admitir la prueba de informes,

    en tanto %ue el informe ofrecido en el apartado I@J del

    escrito de contestacin a la demanda s& fue admitida $ se

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    $ 6# $ D.C. 469/2015

    orden su preparacin $ desahogo oficiosamente

    violando las reglas esenciales del procedimiento, no

    obstante %ue fueron ofrecidas en idnticos trminos-

    9hora bien, adversamente a lo sostenido, es

    inexacto %ue la jue! responsable ha$a desechado la

    prueba de informes ofrecida en el apartado IJ del

    cap&tulo de pruebas del escrito de contestacin de

    demanda-

    0n efecto, de las constancias del juicio naturalremitido por la autoridad responsable, se advierte %ue en

    el acta de audiencia preliminar celebrada el ocho de

    ma$o de dos mil %uince, en el apartado IH Admisi'n de

    9r!easJ, se acord/

    Ve admite como !na pr!ea de&adas (sic) de

    orecer por alg!na de las partes, las sig!ientesI

    1.- Ja testimonial a cargo deA%AJ= HJ DO

    A%

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    $ 69 $ D.C. 469/2015

    D$$&( '$! T#+=, (9;E@E2), el c!al ser

    tramitado por cond!cto del personal adscrito al

    &!4gado, a eecto de !e la citada a!toridad de

    (sic) contestaci'n a los p!ntos seFalados por

    amas partesV

    Sobre el particular, es menester precisar %ue si

    bien la aludida prueba fue ofrecida por la parte

    demandada, ho$ %uejosa* empero, seg+n se advierte del

    escrito de desahogo de vista de las excepciones, el actor

    se adhiri al ofrecimiento de la prueba de informes,

    ampliando los puntos $ cuestiones sobre los cuales

    versar&a dicha prueba* asimismo, del disco compacto

    digital 2CD4 en donde se contiene la grabacin de la

    audiencia preliminar, se advierte %ue en el minutoveintinueve con treinta $ seis segundos, la jue!

    responsable admiti dicho informe como prueba de la

    demandada- Sin embargo, m1s adelante, en el minuto

    treinta $ cinco con treinta $ tres segundos, prove$ en el

    sentido de %ue se dejaba de admitir como prueba de las

    partes, para recibirla como una prueba tra&da a juicio, $ se

    orden su preparacin por conducto del propio ju!gado-

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    $ 1 $ D.C. 469/2015

    0n efecto, del contenido de la grabacin de la

    audiencia preliminar %ue obra en el CD remitido por la

    responsable, constancia a la %ue se le concede pleno

    valor probatorio en trminos de lo dispuesto en los

    art&culos 'B, 'B),

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    $ 2 $ D.C. 469/2015

    pre*ia por !na den!ncia por el delito de amena4as

    sin emargo la c!esti'n penal no es materia de la

    litis, :nicamente la litis se est centrando en el

    pago de onorarios en los t"rminos en los c!ales

    se s!&etaron, por lo tanto al no estar relacionada

    con los ecos del deate !e es materia de la litis

    no se admite dica proan4aV

    Mientras %ue la %uejosa +nicamente argument al

    respecto lo siguiente/

    Viendo el caso !e a &!icio de la s!scrita el

    desaogo de dico elemento de pr!ea (pr!ea de

    inorme), adminic!lada con los dems elementos

    proatorios aportados al s!mario por la s!scrita,

    tendr/a reperc!si'n en el sentido de la sentencia

    dictada, (,+#$ ",', ),#-$ *&$# '$ $=$*)!,

    $& $! =%%, '$ ,#%>$& $! ",# *$&%,&

    %#&("&%( ? )#$($&% '$ )$#(,&(

    '%;$#(( !, -$ ( ;$@ *$&%,& &"$ $! C.

    A>$&"$ '$! M%&%("$#%, PB+!%, ? -$ ,&(" $&

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    $ $ D.C. 469/2015

    !( ,)%( $#"%%'( '$ !( ,&("&%( -$

    %&"$>#& ! ;$#%>%& )#$;% (,!%%"'

    (%$&', -$ ! =$@ &, &' &% *,"%; !

    %&'*%(%& '$ '% )#$+ ? "*),,

    ;!,# -$ ! ((#%" &, )$', "$&$#

    $(, '%( ,)%( por!e en esa

    indagatoria ten/a la calidad de proale

    responsale y al respecto eiste proiici'n legal

    para !e me !eran acilitadas por la calidad de

    indiciadaV

    De ah& %ue el +nico argumento %ue expuso es

    %ue la jue! no fund ni motiv la inadmisin de esa

    prueba* empero, no controvierte la ra!n fundamental en

    %ue se apo$ la responsable, es decir, %ue la aludida

    proban!a no ten&a relacin con la materia de la litis, pues

    tal consideracin no es rebatida por la %uejosa-

    Por otra parte, es infundado %ue el

    desechamiento de la prueba care!a de fundamentacin $

    motivacin* ello, pues adversamente a lo sostenido, la

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    $ 4 $ D.C. 469/2015

    jue! responsable s& expuso las ra!ones de su proceder,

    cumpliendo con el re%uisito de motivacin* $ si bien es

    verdad %ue no se apo$ en alg+n precepto legal, ello no

    implica %ue care!ca de motivacin, en tanto %ue al tenor

    de lo dispuesto en el art&culo '

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    $ 5 $ D.C. 469/2015

    de lo %ue reclama el actor por concepto de honorarios

    seAalando %ue su monto %ued justificado, pues si bien

    en el reverso del acuse de doce de mar!o de dos mil

    trece se advierte %ue se comprometi a pagar el -@< K

    2punto treinta por ciento4 de la cantidad recuperada por

    concepto de pago de servicio, no considera %ue la

    intencin del actor es abusar del pago %ue obtuvo, sin

    %ue se hubiere pactado el porcentaje %ue reclama, $a %ue

    el compromiso de pago fue el %ue se estableci

    literalmente en el aludido documento, %ue es de fecha

    posterior al acuerdo de voluntades, %ue consisti en el

    pago de die! mil pesos por el escrito de demanda, cinco

    mil pesos al admitirse* en el mes de octubre de dos mil

    trece reali! otro pago por die! mil pesos, en diciembre

    de dos mil catorce el actor exigi otro pago de cinco mil

    pesos, de los %ue se depositaron cuatro mil seiscientos $

    posteriormente cubri la cantidad restante* $ %ue el

    compromiso para cuando recibiera el pago total, fue %ue

    le entregar&a el -@

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    $ 6 $ D.C. 469/2015

    la intencin de las partes fue la de estipular el @

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    $ $ D.C. 469/2015

    indebido an1lisis de las pruebas aportadas al juicio, $a

    %ue aun%ue es cierto %ue el actor acredit la existencia

    del servicio prestado, no demostr con ninguna prueba

    las condiciones pactadas en el contrato verbal, pues si

    bien la jue! responsable ra!on %ue cuando ha$a duda

    en la interpretacin de las cl1usulas de un contrato se

    estar1 a la intencin de las partes, primero debi anali!ar

    si en el juicio %ued demostrado el acuerdo de voluntades

    con los elementos esenciales del contrato, $ despus de

    ello, acudir a dichas reglas, pero %ue la jue! identifica

    como si fuera en un mismo acto o momento de

    celebracin, el acuerdo verbal celebrado con muchos

    meses de anticipacin a la suscripcin del compromiso

    %ue obra en el reverso del escrito de siete de mar!o de

    dos mil %uince 2sic4, para darle una apariencia de

    legalidad a su sentencia $ desmerecer el valor probatorio

    de lo plasmado en el aludido compromiso, el cual no

    acredita las condiciones pactadas en el acuerdo verbal,

    pues pr1cticamente no ofreci ninguna prueba de ello-

    9l respecto, la %uejosa alega %ue ella si demostr

    %ue pact con el actor el -@

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    $ # $ D.C. 469/2015

    de lo recuperado, con el testimonio de 9nalb$ =igil $

    onathan Cru! Manjarre!, $ con el manuscrito de %ue

    aparece al reverso del escrito de siete de mar!o de dos

    mil trece, del %ue se desprende %ue reiter su obligacin

    de pagar el punto treinta por ciento de lo recuperado,

    puesto %ue $a le hab&a dado otros pagos* adem1s de la

    aceptacin t1cita del actor, al conformarse con el texto del

    documento $ presentarlo en juicio, por lo %ue reitera %ue

    la responsable reali! una deficiente valoracin de

    pruebas, $ la sentencia reclamada es incongruente, $a

    %ue no debe romper los principios de legalidad, en tanto

    %ue ten&a %ue reali!ar un examen armonioso de los

    medios probatorios-

    Tambin aduce %ue la jue! responsable tom en

    consideracin argumentos $ hechos novedosos %ue no

    fueron planteados por el actor en su escrito de demanda,

    los cuales debieron ser desestimados, por lo %ue

    transgredi las reglas esenciales del procedimiento al dar

    un trato privilegiado al actor $ suplir su deficiencia, pues

    le da valor $ credibilidad a los argumentos justificativos

    del enjuiciante, en la parte en la %ue hace la aclaracin

  • 7/23/2019 prestacion servicios profesionales relacion

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    $ 9 $ D.C. 469/2015

    del por%u se coloc el -@

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    $ #0 $ D.C. 469/2015

    de doce de mar!o de dos mil trece, pues deb&a

    interpretarse la voluntad de las partes, %ue en su

    concepto, fue la de estipular un porcentaje del treinta por

    ciento de la cantidad %ue recuperara la enjuiciada con

    motivo del procedimiento instaurado ante el 5nstituto de

    Seguridad $ Servicios Sociales de los Trabajadores del

    0stado* ello, bajo la premisa %ue al desahogar la prueba

    confesional a su cargo, el actor, ho$ tercero interesado,

    manifest %ue ese fue el porcentaje convenido-

    De manera %ue, si la jue! responsable

    b1sicamente sustent su decisin en las manifestaciones

    %ue efectu el actor al desahogar la prueba confesional a

    su cargo en relacin con las ra!ones del por%u en el

    documento %ue adjunt a su escrito de demanda se

    estipul un porcentaje del -@

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    $ #1 $ D.C. 469/2015

    Para ma$or ilustracin es oportuno reproducir en

    lo %ue interesa, las consideraciones %ue sustentaron el

    sentido del fallo reclamado-

    VS%& $*+#>, $& $! )#$($&"$ (, '$+$

    '$"$#*%($ (% ! ;,!&"' '$ !( )#"$( !

    $!$+## $! ,&"#", '$ )#$("%& '$ ($#;%%,(

    )#,$(%,&!$( $ ! '$ $("%)!# ,*, )>, ),#

    !,( ($#;%%,( )#,$(%,&!$( #$!%@',( ),# $!

    ",# $! "#$%&" ),# %$&", '$ ! &"%'' -$

    #$)$## ! $&=%%' '$! I&("%"", '$

    S$>#%'' ? S$#;%%,( S,%!$( '$ !,(

    T#+=',#$( '$! E("', , +%$& $! )&", "#$%&"

    ),# %$&", '$ '% &"%'' ,*, !, ($;$# !

    '$*&''.

    Al respecto, el art/c!lo 1851 del 'digo i*il 2sic4

    estalece !e si los t"rminos de !n contrato son

    claros y no de&an d!da sore la intenci'n de los

    contratantes, se estar al sentido literal de s!s

    cl!s!las. i las palaras parecieren contrarias a la

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    $ #2 $ D.C. 469/2015

    intenci'n e*idente de los contratantes, pre*alecer

    "sta sore a!ellaC por lo !e !na *e4 anali4ado el

    material proatorio aportado por las partes, $("

    =@>',# !!$> ! ,&!(%& -$ $& $!

    )#$($&"$ (, ! ;,!&"' '$ !( )#"$( !

    $!$+## $! ,&"#", '$ )#$("%& '$ ($#;%%,(

    )#,$(%,&!$( +($ '$ ! %& $ ! '$

    )"# ,*, )>, '$ ,&,##%,( $! %*),#"$ '$!

    "#$%&" ),# %$&",de la cantidad !e la en&!iciada

    reciiera del nstit!to de eg!ridad y er*icios

    ociales de los 2raa&adores del Estado.

    L, &"$#%,# $( (

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    $ # $ D.C. 469/2015

    rec!perada por el p!nto treinta, da como res!ltado

    la cantidad reclamada en el presente &!icioC dica

    proan4a se enc!entra '*%&%!' ,& !

    )#$+ "$("%*,&%!orecida por el actor a cargo

    de la . 2omasa Anastacio rtega, misma !e

    seFal' !e los onorarios pactados lo !eron a

    ra4'n del 30+ (treinta por ciento) sore el importe

    del pago *eriicado por el 2E, "$("%>, -$ (%

    +%$& ,&("%"?$ & (%*)!$ %&'%%,, sin emargo

    se enc!entra '*%&%!' ,& '%;$#(,( *$'%,(

    '$ )#$+ ,*, !, $( ! ,&$(%,&! orecida

    por el actor a cargo de la en&!iciada, !ien

    maniest' !e el 2E le descontaa

    aproimadamente $?,600.00 d!rante siete aFos y

    asimismo la pensi'n de s! esposo !e

    dismin!yendo asta !e coraa $,800.00 y en el

    2E le recomendaron meter s!s papeles

    por!e los desc!entos eran in&!stos y le

    comentaron !e ia a ganar el &!icio, pero !edesde !e le empe4' a descontar el 2E, se

    *io limitada en la c!esti'n econ'mica y eso ia a

    lle*ar c!nto dinero, !e la declarante no ten/a

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    $ #4 $ D.C. 469/2015

    para demandar y !e c!ando !na personita la

    orient' para !e !era a la 9;E@E2 !e !e

    donde conoci' al licenciado y le pidi' !e le iciera

    el escrito eco por !na persona !e t!*iera los

    conocimientos, de lo !e se ad*ierte !e la

    demandada ten/a pleno conocimiento del costo de

    los ser*icios proesionales de !n aogado, p!esto

    !e s/ le a/an reali4ado desc!entos por siete

    aFos a ra4'n de $?,600.00 o ms como lo seFala,

    respecto de la pensi'n de s! esposo, res!lta

    e*idente !e los onorarios i&ados no podr/an ser

    menores incl!so a !n 2sic4 s'lo de esos

    desc!entos mens!ales, es decir a la cantidad de

    $3,675.16C $!!, &, ,+("&"$ -$ !,( "$("%>,(

    A&!+% V%>%! C#@ M&=##$@ ? J,&"& V%>%!

    C#@ M&=##$@ *&%$("#,& -$ !,(

    ,&,##%,( )"',( $#,& #@& '$! )&",

    "#$%&" ),# %$&", '$ ! &"%'' -$ ($

    #$)$##, en *irt!d de !e, la testigoAnali Higilr!4 an&arre4, maniest' aer conocido al actor

    c!ando se i4o el contrato en */a oral, se entreg'

    doc!mentaci'n y se i4o el primer pago por

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    $ #5 $ D.C. 469/2015

    $10,000.00 (die4 mil pesos 00#100 .%.) en

    eecti*o, ai"ndose celerado el contrato en el

    mes de septiemre de dos mil doce y

    posteriormente seFal' !e no se encontraa

    presente c!ando se celer' el ac!erdo *eral,

    p!esto !e "ste se lle*' a cao en !na primera

    re!ni'n a la !e ac!di' s! ermano, por lo !e

    res!lta e*idente !e a dica testigo no le consta el

    porcenta&e con*enido entre las partes, ante lo c!al

    no es dale otorgarle *alor proatorioC mientras

    !e el di*erso testigo

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    $ #6 $ D.C. 469/2015

    prestaci'n de ser*icios proesionales !e la de estip!lar

    como pago por los ser*icios proesionales reali4ados por

    el actor, $! "#$%&" ),# %$&",3J, fue lo manifestado por

    el actor en el desahogo de la confesional a su cargo, en

    el sentido de %ue/ I3$($ $ $! ),#$&"=$ )"',3J

    L, si bien el actor explic la ra!n por la %ue en el

    documento %ue ofreci como prueba de su parte aparece

    el -@

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    $ # $ D.C. 469/2015

    sostenido por el #ctavo Tribunal Colegiado en Materia

    Civil del Primer Circuito, en la tesis 5-7o-C-' C, visible

    en la p1gina )

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    $ ## $ D.C. 469/2015

    proceder deviene ilegal-

    9hora bien, no pasa inadvertido %ue la jue!

    responsable precis %ue el valor probatorio %ue concedi

    a dicha IconfesinJ se adminiculaba con el testimonio de

    Tomasa 9nastacio #rtega, al %ue le concedi valor

    indiciario, $ %ue a su ve! lo adminicul con el resultado de

    la confesional a cargo de la demandada, de la %ue dijo,

    demostraba %ue ten&a conocimiento del costo de los

    servicios profesionales de un abogado* empero, es

    evidente %ue ante la conclusin alcan!ada, en el sentido

    de %ue fue ilegal %ue concediera valor probatorio a la

    presunta confesin, entonces las dem1s pruebas %ue dijo

    haber adminiculado con a%uella, son ineptas para

    sustentar por s& solas su conclusin-

    9dem1s, como refiere la %uejosa, para demostrar

    las condiciones de pago pactadas en el contrato verbal,

    esto es, el porcentaje del treinta por ciento de lo %ue se

    recuperara con motivo del juicio de nulidad,

    pr1cticamente slo prueba en favor del actor, la

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    $ #9 $ D.C. 469/2015

    testimonial a cargo de Tomasa 9nastacio #rtega, a la cual

    la jue! responsable +nicamente le concedi valor

    indiciario* mientras %ue el %uejoso ofreci entre otras, la

    testimonial a cargo de 9nalb$ =igil $ onathan Cru!

    Manjarre!* M1xime %ue existi un reconocimiento t1cito

    del actor al haber presentado de su parte el acuse de

    recibo en cu$o reverso obra el compromiso de pago del -

    @

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    $ 90 $ D.C. 469/2015

    proteccin constitucional a la %uejosa-

    0l amparo se concede para el efecto de %ue la

    autoridad responsable deje insubsistente la sentencia

    reclamada, $ en su lugar, reitere las consideraciones %ue

    no fueron motivo de la concesin de amparo,

    relacionadas con el acreditamiento de la relacin

    contractual, $ el cumplimiento del actor a las obligaciones

    asumidas, as& como el re%uisito de ser licenciado en

    derecho* $, por otra parte, atendiendo a los lineamientos

    de esta ejecutoria, resuelva con plenitud de jurisdiccin

    conforme a derecho corresponda-

    9nte la conclusin alcan!ada, es innecesario

    emprender el examen de los motivos de %ueja

    relacionados con el tema de la condenacin en costas,

    as& como lo relativo a los intereses a %ue fue condenada

    la %uejosa, toda ve! %ue atento a los efectos del fallo

    protector, la autoridad responsable estar1 constreAida a

    determinar con plenitud de jurisdiccin, si el actor acredit

    en su totalidad los elementos constitutivos de la accin*

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    $ 91 $ D.C. 469/2015

    de manera %ue no es procedente pronunciarse acerca de

    la procedencia al pago de costas, ni de la prestacin

    accesoria relativa al pago de intereses, pues ello

    depender1 del resultado del juicio-

    Por lo expuesto, fundado $ con apo$o adem1s en

    los art&culos )@ al )) de la 8e$ de 9mparo, se resuelve/

    =(ICO- Para los efectos precisados en la parte

    final del +ltimo considerando de esta ejecutoria, la usticia

    de la ;nin AM!ARA > !ROT%-%a Rosa Aurora Cruz

    Manjarrez de a !uen"e, contra la sentencia definitiva de

    veintiocho de ma$o de dos mil %uince, pronunciada por la

    ue! Dcimo "oveno Civil de Proceso #ral del Distrito

    Federal, en el juicio oral civil 10#/2015-

    (o"*8?uese@$ con testimonio de esta ejecutoria

    por oficio a la autoridad responsable* devulvanse los

    autos al u!gado Dcimo "oveno Civil de Proceso #ral

    del Distrito Federal, $ una ve! %ue se d cumplimiento a

    lo establecido en el art&culo 'B de la 8e$ de 9mparo, en

    su oportunidad, arch&vese el presente expediente como

    asunto concluido-

    9s& lo resolvi el Sexto Tribunal Colegiado en

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    $ 92 $ D.C. 469/2015

    Materia Civil del Primer Circuito por unanimidad de votos

    de los Magistrados C9?8#S M9";08 P9D5889 P:?0

    =0?TT5, presidente, 5SM908 N0?"O"D0 F8#?0S $

    >;ST9=# ?- P9??9# ?#D?>;0, siendo ponente el

    primero de los nombrados, %uienes firman ante el

    Secretario de 9cuerdos 0rnesto ?ui! Pre! %ue da fe-

    MA-ISTRADO !R%SID%(T%

    CAR'OS MA(&%' !ADI''A !BR% V%RTTI

    MA-ISTRADO MA-ISTRADO

    ISMA%' %R(E(D% -&STAVO R. !ARRAO F'OR%S RODRG-&%

    S%CR%TARIO D% AC&%RDOS

    'IC. %R(%STO R&I !BR%

    %' S&SCRITO S%CR%TARIO D% AC&%RDOS D%' S%7TOTRIH&(A' CO'%-IADO %( MAT%RIA CIVI' D%' !RIM%RCIRC&ITO, AC% CO(STAR) &% CO( F%CA &I(C% D%OCT&HR% D% DOS MI' &I(C% > D%(TRO D%' TBRMI(O&% S%A'A %' ARTGC&'O 1#4 D% 'A '%> D% AM!ARO, S%

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    $ 9 $ D.C. 469/2015

    %(TR%-J A 'A S%CR%TARGA D% AC&%RDOS D% %ST%TRIH&(A' %' %(-ROS% D%' AM!ARO DIR%CTO CIVI'D.C. 469/2015.$ DO> F%.

    %' S%CR%TARIO D% AC&%RDOS D%' S%7TOTRIH&(A' CO'%-IADO %( MAT%RIA CIVI'

    D%' !RIM%R CIRC&ITO

    'IC. %R(%STO R&I !BR%