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PRESIDENCIA REGIONAL RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL No.3 tOg - 2011-GR-CAJ/P Que, con fecha 03 de enero del 2011, se suscribi6 el Contrato de Ejecuci6n de Obra NO 001-2011-GR.CAJ/GGR, entre el Gobierno Regional de Cajamarca y la Empresa Contratista CONSORCIO DEL NORTE, para la ejecuci6n de la obra denominada: "AMPLIACIONI.E.P. RAMOSCUCHO - DISTRITO DE PALLAN - PROVINCIA DE CELENDIN - CAJAMARCA", bajo el ",~G\ONA£ c"1. sistema de Precios Unitarios, por el monto de S/.555,556.50 (Quinientos Cincuenta yCinco Mil, ,.~.~~ uinientos Cincuenta y Seis con 50/100 Nuevos Soles, con un plazo de ejecuci6n de ciento veinte ~ 120) dias calendarios; . .. * iii' Que, mediante Carta N° 040-2011-CDN, de fecha 21/06/2011, la Empresa Contratista u'f.Q,'o CONSORCIO DEL NORTE, a traves de su Representante Legal, Sr. Martin Leoncio Castaneda Sevillano, presenta el Expediente del Adicional de Obra W 01, por el monto de S/.43,770.13, generado por la causal de deficiencias y omisiones en el expediente tecnico. Que, con Carta N° 035-2011-CC/SUP, de fecha 27/06/2011, el Ing. Francisco Chichipe Salazar, Supervisor de la obra, presenta a la Sub Gerencia de Supervisi6n, el Informe Tecnico sobre el Adicional de Obra W 01, manifestando su conformidad con la aprobaci6n de dicho adicional, sustentandose tecnicamente en 10 siguiente: EI Adicional tiene su origen en la Consulta sobre el mayor espesor de relleno de la Losa Deportiva, conforme se encuentra anotado en el Asiento W 082 - Residente, del Cuaderno de Obra, de fecha 19/05/2011, senalando el contratista que de respetarse 10 indicado en el expediente tecnico, la losa quedaria por debajo del nivel del terreno natural y del nivel de piso terminado del m6dulo administrativo, agregando que la excavaci6n a lIegado a -0.70 m, solicitando determinar si se continua de acuerdo al expediente tecnico 0 indicar otro nivel de losa deportiva para los efectos del relleno 0 incremente del espesor de la base granular. La Supervisi6n, mediante Asiento W 083, numeral 1, del Cuaderno de Obra, de fecha 19/05/2011, manifiesta que el nivel de excavaci6n para la losa deportiva debe ubicarse a- 0.70 m, respecto al 8M, lIegando el nivel del terreno apto para apoyar la losa deportiva. Lo antes indicado, origina detener los trabajos correspondientes a la losa deportiva, por 10 que, la Supervisi6n mediante Asiento W 119, numeral 1, del Cuaderno de Obra, de fecha 11/06/2011, hace de conocimiento al contratista para que tome las debidas acciones de acuerdo al quinto parrafo el articulo 20r del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La Supervisi6n y la Residencia de la obra, acuerdan la formulaci6n del Adicional, por deficiencias del Expediente Tecnico, de acuerdo a los criterios tecnicos que se obtienen directamente en el campo. En el expediente del Adicional de Obra, se describen las Partidas del Adicional, con su respectivo presupuesto, cuya ejecuci6n resulta necesaria para el cumplimiento de las metas del proyecto. Para la formulaci6n del Adicional de Obra, se ha tenido en cuenta las consultas por deficiencias del Expediente Tecnico, Mayores Metrados, Omisiones de Metrados, Costos Unitarios, Costos Ofertados en la Propuesta Econ6mica, Pactaci6n de Precios con el Contratista, Gastos Generales fijos y variables, los que han side calculados teniendo como referencia los gastos generales de su propuesta, asimismo, se ha incluido el porcentaje de utilidad ofertada, tal como 10 especifica el articulo 20r del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

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Page 1: PRESIDENCIA REGIONAL RESOLUCION …€¢ EI Adicional tiene su origen en la Consulta sobre el mayor espesor de relleno de la Losa Deportiva, conforme se encuentra anotado en el Asiento

PRESIDENCIA REGIONAL

RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL No.3 tOg - 2011-GR-CAJ/P

Que, con fecha 03 de enero del 2011, se suscribi6 el Contrato de Ejecuci6n de Obra NO001-2011-GR.CAJ/GGR, entre el Gobierno Regional de Cajamarca y la Empresa ContratistaCONSORCIO DEL NORTE, para la ejecuci6n de la obra denominada: "AMPLIACION I.E.P.RAMOSCUCHO - DISTRITO DE PALLAN - PROVINCIA DE CELENDIN - CAJAMARCA", bajo el

",~G\ONA£ c"1. sistema de Precios Unitarios, por el monto de S/.555,556.50 (Quinientos Cincuenta y Cinco Mil,,.~.~~ uinientos Cincuenta y Seis con 50/100 Nuevos Soles, con un plazo de ejecuci6n de ciento veinte

• ~ 120) dias calendarios;. ..*

iii' Que, mediante Carta N° 040-2011-CDN, de fecha 21/06/2011, la Empresa Contratistau'f.Q,'o CONSORCIO DEL NORTE, a traves de su Representante Legal, Sr. Martin Leoncio Castaneda

Sevillano, presenta el Expediente del Adicional de Obra W 01, por el monto de S/.43,770.13,generado por la causal de deficiencias y omisiones en el expediente tecnico.

Que, con Carta N° 035-2011-CC/SUP, de fecha 27/06/2011, el Ing. Francisco ChichipeSalazar, Supervisor de la obra, presenta a la Sub Gerencia de Supervisi6n, el Informe Tecnico sobreel Adicional de Obra W 01, manifestando su conformidad con la aprobaci6n de dicho adicional,sustentandose tecnicamente en 10 siguiente:

• EI Adicional tiene su origen en la Consulta sobre el mayor espesor de relleno de la LosaDeportiva, conforme se encuentra anotado en el Asiento W 082 - Residente, del Cuadernode Obra, de fecha 19/05/2011, senalando el contratista que de respetarse 10 indicado en elexpediente tecnico, la losa quedaria por debajo del nivel del terreno natural y del nivel depiso terminado del m6dulo administrativo, agregando que la excavaci6n a lIegado a -0.70 m,solicitando determinar si se continua de acuerdo al expediente tecnico 0 indicar otro nivel delosa deportiva para los efectos del relleno 0 incremente del espesor de la base granular.

• La Supervisi6n, mediante Asiento W 083, numeral 1, del Cuaderno de Obra, de fecha19/05/2011, manifiesta que el nivel de excavaci6n para la losa deportiva debe ubicarse a -0.70 m, respecto al 8M, lIegando el nivel del terreno apto para apoyar la losa deportiva.

• Lo antes indicado, origina detener los trabajos correspondientes a la losa deportiva, por 10que, la Supervisi6n mediante Asiento W 119, numeral 1, del Cuaderno de Obra, de fecha11/06/2011, hace de conocimiento al contratista para que tome las debidas acciones deacuerdo al quinto parrafo el articulo 20r del Reglamento de la Ley de Contrataciones delEstado.

• La Supervisi6n y la Residencia de la obra, acuerdan la formulaci6n del Adicional, pordeficiencias del Expediente Tecnico, de acuerdo a los criterios tecnicos que se obtienendirectamente en el campo.

• En el expediente del Adicional de Obra, se describen las Partidas del Adicional, con surespectivo presupuesto, cuya ejecuci6n resulta necesaria para el cumplimiento de las metasdel proyecto.

• Para la formulaci6n del Adicional de Obra, se ha tenido en cuenta las consultas pordeficiencias del Expediente Tecnico, Mayores Metrados, Omisiones de Metrados, CostosUnitarios, Costos Ofertados en la Propuesta Econ6mica, Pactaci6n de Precios con elContratista, Gastos Generales fijos y variables, los que han side calculados teniendo comoreferencia los gastos generales de su propuesta, asimismo, se ha incluido el porcentaje deutilidad ofertada, tal como 10 especifica el articulo 20r del Reglamento de la Ley deContrataciones del Estado.

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PRESIDENCIA REGIONAL

RE50LUCION EJECUTIVA REGIONAL No. )j 8'1 -2011-GR-CAJ/P

• EI presupuesto Adicional de Obra NO 01, asciende a la suma de 5/.43,770.13, el cualrepresenta un porcentaje de incidencia de 7.95% del presupuesto aprobado, siendo elporcentaje de incidencia menor al 15% del monte del contrato, requisito previa que se debecumplir para que sea procedente mediante autorizaci6n directa por parte de la Entidad ysiempre y cuando se cuente con la disponibilidad presupuestal correspondiente.

• La aprobaci6n del presente adicional constituye un asunto no atribuible al contratista, portratarse de omisiones y/o deficiencias en el expediente tecnico del proyecto.

• Asimismo, la supervisi6n sefiala que el Cronograma de Ejecuci6n para el presenteAdicional de Obra es de 15 dias calendarios.

Que, mediante Informe W 084-2011-GR.CAJ-GRI-5GLlNOQ, de fecha 04/07/2011, el Ing.Nelson Oblitas Quispe, en su calidad de Coordinador de la obra, emite opini6n favorable a laaprobaci6n del presente adicional de obra, de conformidad alas consideraciones tecnicas antescitadas, sefialando que la causal para este adicional es por deficiencias y omisiones en elexpediente tecnico. En tal sentido, en la plataforma deportiva se propone dar un mayor espesor derelleno de la losa deportiva, con la finalidad que quede a nivel de terreno natural, determinandosemayores metrados en el relleno de la losa y la modificaci6n de pianos, asimismo, se ha determinadoque existe mayores metrados a los especificados en el expediente tecnico, los mismas que son

'0,<. ~ necesarios para el funcionamiento de la obra; agrega ademas que las partidas contempladas en elj'.f.}" \ adicional de obra W 01 no generan deductivos vinculantes.

,. Que, mediante Formato N° 02, Periodo Febrero - Junio del 2011, que se adjunta alexpediente, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial,otorga disponibilidad presupuestal por el monto de 5/.651,695.00 nuevos soles.

Que, con Oficio N° 702-2011-GR.CAJ-GRI/SGSL, de fecha 05 de julio del 2011, el SubGerente de Supervisi6n y Liquidaci6n de Obras, Ing. Cesar A. Plasencia Fernandez, da suCONFORMIDAD, a la aprobaci6n del Expediente del Adicional de Obra N° 01, solicitando suaprobaci6n via Resoluci6n;

Que, mediante Informe Legal N° 031-2011-GR.CAJ/DRAJ/FMRP, de fecha 07 de julio del2011, se emite opini6n favorable a la aprobaci6n del Adicional de Obra N° 01, advirtiendose que elsustento legal para la procedencia del presente Adicional de Obra N° 01, se encuentra tipificado enel Art. 41° de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Legislativo No 1017, dondeestablece que: 'Tratandose de obras, las prestaciones adicionales podran ser hasta por el quincepor ciento (15%) del monto total del contrato original, restandole los presupuestos deductivos

. vinculados, entendidos como aquellos derivados de las sustituciones de obra directamente'R~ relacionadas can las prestaciones adicionales de obra, siempre que ambas respondan a la finalidad

~«; ,~~ del contrato original. Para tal efecto, los pagos correspondientes seran aprobados por el Titular de lao v'· -j'Z-l' ntidad. En el supuesto de que resultara indispensable la realizaci6n de prestaciones adicionales de(!) ",,,•• "~ .'.,: f? bra por deficiencias del Expediente Tecnico 0 situaciones imprevisibles posteriores a la suscripci6n(\ • del contra to, mayores alas establecidas en el segundo parrafo del presente articulo y hasta un..• .

. .'·~M,..d' maximo de cincuenta por ciento (50%) del monto originalmente contratado, sin perjuicio de la-- responsabilidad que pueda corresponder al proyectista, el Titular de la Entidad podra decidir

autorizarlas. Para ello se requerira contar con la autorizaci6n del Titular de la Entidad, debiendo parala ejecuci6n y el pago contar con la autorizaci6n previa de la Contraloria General de la Republica ycon la comprobaci6n de que se cuentan con los recursos necesarios (. ..r;

Que, asimismo el Art. 207° del Reglamento de la norma acotada, establece que: "S610procedera la ejecuci6n de obras adicionales cuando previa mente se cuente con la certificaci6n decredito presupuestario y la resoluci6n del Titular de la Entidad y en los casas en que sus montos,rest8ndole los presupuestos deductivos vinculados, sean iguales 0 no superen el quince por ciento(15%) del monto del contrato original (. ..). Cuando se apruebe la prestaci6n adicional de obras, elcontratista estara obligado a ampliar el monto de la garantfa de fiel cumplimiento";

Que, de la revisi6n de los actuados, se tiene que el porcentaje de incidencia del Adicionalde Obra N° 01 es de 7.95%, el cual es menor al 15% del monte contractual; porcentaje que se ajusta

Page 3: PRESIDENCIA REGIONAL RESOLUCION …€¢ EI Adicional tiene su origen en la Consulta sobre el mayor espesor de relleno de la Losa Deportiva, conforme se encuentra anotado en el Asiento

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. ~"- ARTicULO TERCERO.- AUTORIZAR, a la Empresa Contratista CONSORCIO DEL

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~ NORTE, ejecutar el presente Adicional de Obra N° 01, a partir del dfa siguiente de notificada con lal&presente resoluci6n.i! V \. .

n :[ ARTICULO CUARTO.- DISPONER que la empresa contratista amplfe la garantia de fielm" cumplimiento por el monte otorgado como Adicional de Obra N° 01, aprobado en el Articulo Primero

de la presente resoluci6n, en un plazo no mayor de cinco (5) dias Mbiles de realizada lanotificaci6n, segun 10 establecido por el articulo 207° del Decreto Supremo NO184-2008-EF.

PRESIDENCIA REGIONAL

RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL No. 6E 3

a 10 dispuesto por la parte pertinente del Art. 41° de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobadopor Decreto Legislativo N° 1017 Y el Art. 207° de su Reglamento, asi como con 10 dispuesto en laQUINTA DISPOSICI6N FINAL MODIFICADA de la Ley General del Sistema Nacional dePresupuesto Ley N° 28411, sobre la procedencia de ejecuci6n de obras adicionales, y en los casosen que su valor restandole los presupuestos deductivos vinculados a tales adicionales, no superenel quince por ciento (15%) del monte total del contrato original yen cumplimiento a 10 dispuesto a laResoluci6n de Contraloria N° 196-201 O-CG, de fecha 23/07/2010, que aprueba la Directiva W 002-2010-CG/OEA: "Control Previo Externo de las Prestaciones Adicionales de Obra"; consideracionesque conllevan a determinar que se debe proceder a la aprobaci6n del Adicional de Obra NO01, porser necesarios para cumplir con la finalidad del contrato.

Estando al Oficio N° 702-2011-GR.CAJ-GRI/SGSL, de fecha 05 de julio del 2011, con laconformidad del Sub Gerente de Supervisi6n y Liquidaci6n de Obras y a 10 Informado por elInspector de Obra, y allnforme Legal N° 031-2011-GR.CAJ/DRAJ/FMRP; Y en uso de las facultadesconferidas por la Ley N° 27783; Ley de Bases de la Descentralizaci6n; Ley N° 27867, Ley Organicade Gobiernos Regionales, modificada por Ley N° 27902; Ley General del Sistema Nacional dePresupuesto N° 28411; Decreto Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado; DecretoSupremo N° 184-2008-EF; Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; y con la visaci6n dela Sub Gerencia de Supervisi6n y Liquidaci6n de Obras, Gerencia Regional de Infraestructura,Direcci6n Regional de Asesorfa Juridica, y conformidad de Gerencia General Regional;

ARTICULO PRIMERO.-APROBAR, el Adicional de Obra N° 01, por el monto de5/.43,770.13 (Cuarenta y Tres Mil, Setecientos Setenta con 13/100 Nuevos Soles), solicitado porel contratista CONSORCIO DEL NORTE, para la ejecuci6n de la obra denominada: "AMPLIACIONI.E.P. RAMOSCUCHO - DISTRITO DE PALLAN - PROVINCIA DE CELENDIN - CAJAMARCA",por la causal de Omisiones en el Expediente Tecnico.

ARTICULO SEGUNDO.- ESTABLECER que el porcentaje de incidencia del Adicional deObra N° 01, es de 7.95%, del monte del contrato principal.

ARTicULO QUINTO.- DISPONER, la notificaci6n al contratista, de acuerdo a Ley.

REGiSTRESE Y COMUNiQUESE