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Integrantes: Valeska Carrillo Poblete. Katherine Silva Rañiman. Profesora: María Elena Mellado. Ayudante: Consuelos Aravena. Pedagogía en Educación Básica con Mención.

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Page 1: Presentación1

Integrantes: Valeska Carrillo Poblete.Katherine Silva Rañiman.

Profesora: María Elena Mellado.Ayudante: Consuelos Aravena.

Pedagogía en Educación Básica con Mención.

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Capítulo IJUSTIFICACIÓN

Se entregan los antecedentes principales que justifican la necesidad de contar con una Política Nacional a favor de la Infancia y la Adolescencia y su respectivo Plan de Acción Integrado para el período 2001 – 2010.

La preocupación del estado vi desde muchos años atrás en que las políticas se han modificado desde 1990, ya que se vio la importancia de proteger a los niños y adolescentes de algunas practicas, debido a que se participo en la “Cumbre Mundial en favor de la Infancia”.

Chile al unirse a lo Derechos de los Niños (CDN), ratifico la importancia de los infantes en el país.

Con esto se demostró la importancia de programas y beneficios para niñas y niños, en cual se plantearon estrategias políticas para la educación.

La CDN ha implicado un cambio radical en la concepción de la infancia, transformando al niño y niña de objeto a sujeto de derechos y regulando, desde esta perspectiva, su situación jurídica y sus relaciones con la familia, la sociedad y el Estado.

La Política pretende ser un marco orientador y ordenador de todas y cada una de las acciones que el gobierno realice a favor de la infancia y la adolescencia.

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La Política Nacional a favor de la Infancia y la Adolescencia reconoce como DERECHOS GENERALES de todos los niños, niñas y adolescentes que vivan en Chile, los siguientes:

1. Derecho intrínseco a la vida.

2. Derecho desde que nace a un nombre, a adquirir una nacionalidad y a preservar su identidad.

3. Derecho del niño, en la medida de lo posible, a conocer a sus padres.

4. Derecho de todo niño a un nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y

social.

5. Derecho a beneficiarse de la seguridad social.

6. Derecho del niño al disfrute del más alto nivel posible de salud y a servicios para el tratamiento de las enfermedades y la

rehabilitación de la salud.

7. Derecho del niño a la educación.

8. Derecho del niño al descanso y el esparcimiento.

9. Derecho a ser protegido contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o

explotación.

10. Derecho a ser protegido contra el uso ilícito de los estupefacientes y sustancias sicotrópicas enumeradas en los tratados

internacionales.

11. Derecho a estar protegido contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso

o entorpecer su Educación.

12. Derecho del niño a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.

13. Derecho a la protección de la ley contra injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada.

14. Derecho del niño a expresar su opinión libremente en todos los asuntos que afectan, teniéndose debidamente en cuenta las

opiniones del niño, en función de la edad y madurez del niño.

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15. Derecho del niño a la libertad de Expresión.

16. Derecho del niño a participar

plenamente en la vida cultural y

artística.

17. Derecho del niño a la libertad de asociación y a la libertad de celebrar reuniones pacíficas.

18. Derecho del niño y de sus padres a salir de cualquier país, incluidos el propio y de entrar en su propio país para los efectos de la reunión de la

familia.

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La Política Nacional a favor de la Infancia y la Adolescencia reconoce como DERECHOS ESPECIALES de los niños, niñas y adolescentes que vivan en Chile, los siguientes:

1. Derecho del niño que esté separado de uno o de ambos padres a mantener relaciones personales y contacto

directo con ambos padres de modo regular.

2. Todo niño cuyos padres residan en Estados diferentes tendrá derecho a mantener periódicamente.

3. Los niños cuyos padres trabajan tengan derecho a beneficiarse de los servicios e instalaciones de guarda de

niños para los que reúnan las condiciones requeridas.

4. Derecho a la protección y asistencia especiales del Estado, de los niños temporal o permanentemente privados

de su medio familiar.

5. Derecho del niño con discapacidad a recibir cuidados especiales.

6. Derecho del niño que ha sido internado en un establecimiento por las autoridades competentes para los fines

de atención.

7. Derecho del niño indígena o el que pertenece a minorías étnicas, religiosas o lingüísticas, a tener su propia

vida cultural, a profesar y practicar su propia religión, o a emplear su propio idioma, en común con los

demás miembros de su grupo.

8. Todo niño privado de su libertad tendrá derecho a mantener contacto con su familia por medio de

correspondencia y de visitas, salvo en circunstancias excepcionales.

9. Todo niño privado de libertad tendrá derecho a un pronto acceso a la asistencia jurídica y otra asistencia

adecuada.

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10. Derecho de todo niño de

quien se alegue que ha

infringido las leyes penales o

a quien se acuse o declare

culpable de haber infringido

esas leyes a ser tratado de

manera acorde con el

fomento de su sentido de la

dignidad y el valor, que

fortalezca el respeto del niño

por los derechos humanos y

las libertades fundamentales

de terceros y en la que se

tengan en cuenta la edad del

niño y la importancia de

promover la reintegración

del niño y de que éste asuma

una función constructiva en

la sociedad.

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Capítulo II: PRINCIPIOS RECTORES Y ORIENTADORES

Se presenta los principios rectores generales y los principios orientadores específicos, que deberán estar a la

base del diseño, implementación y evaluación de todos y cada uno de los programas, servicios y beneficios

que el Estado y, en particular el Gobierno, pone a disposición de todos los niños, niñas y adolescentes, para

garantizar el cumplimiento efectivo de sus derechos fundamentales.

Aquí se plantean principios de rectores generales los cuales son:

El niño sujeto de derecho especial

El interés superior del niño

Responsabilidad primordial de los padres y la familia en la crianza de sus hijos, e igualdad entre la madre y

el padre.

Titulares de derechos y corresponde a los padres, por sobre cualquier otra institución de la sociedad, la

responsabilidad primordial en el respeto y protección de estos derechos.

Los padres poseen “obligaciones comunes” respecto a su crianza y a garantizar el desarrollo del niño y la niña y el respeto de sus derechos.

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Capítulo II: PRINCIPIOS RECTORES Y ORIENTADORES

Principios orientadores específicos:

Igualdad de derechos y de oportunidades

Autonomía progresiva del niño en el ejercicio de sus derechos

No discriminación y respeto de la propia identidad

Libertad de pensamiento y de expresión

El Estado garantiza, promueve, asiste, y repara los derechos de los niños, niñas y adolescentes, mirando el

interés superior del niño.

Efectividad en la aplicación de los derechos del niño

Todos los principios rectores y orientadores están relacionado a los Derechos de los Niños claramente, cada

uno de estos principios son fundamentales para respetar a los niños y niñas, adolescente.

También implica el reconocimiento de necesidades prioritarias, especiales y particulares en cada una de las

etapas del desarrollo de los niños, niñas y adolescentes. Incorporar esta mirada genera un desafío de

integralidad para las políticas públicas..

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Capítulo III: VISIÓN Y MISIÓN DE LA POLÍTICA NACIONAL A FAVOR DE LA

INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA Se da cuenta del consenso alcanzado en torno a la visión de futuro en relación con las condiciones y la

calidad de vida de los niños, niñas y adolescentes, y a la misión que se encomendará a la Política Nacional a favor de la Infancia y la Adolescencia.

Los niños, niñas y adolescentes chilenos del 2010, este plan ha sido formulado por las expectativas que tienen el país para llegar al bicentenario como una nación desarrollada. Se plantean objetivos tales como:

Sean sujetos plenos de derechos, conscientes y activos también en el cumplimiento de sus deberes y obligaciones.

Tengan sus derechos fundamentales garantizados por el Estado y por toda la sociedad.

Estén plenamente integrados a la sociedad que los recibe y los acoge.

Tengan la posibilidad de desarrollarse al máximo de sus capacidades y potencialidades.

Vivan en un ambiente familiar que los proteja, los oriente, los guíe y los conduzca a su pleno desarrollo.

Tengan una educación de calidad que genere real igualdad de oportunidades y considere su origen.

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Capítulo IV: ÁREAS ESTRATÉGICAS DE INTERVENCIÓN

En este capitulo se proponen las áreas de estratégicas de intervención de la Política señalada y sobre la base

de las cuales se ha organizado el Plan de Acción Integrada 2001 – 2010.

Se presentan cincos estrategias por área en las cuales se mencionan la importancia de los niños y

adolescentes.

El país debe difundir los derechos del niño y adolescente. Debe fortalecer el contexto familiar de los

jóvenes, para que se formen como una persona integral.

Se deben coordinar las políticas que se imparten en la nación respeto a los derechos. Se debe crear una área

en la cual se pueda respetar los derechos, para que no puedan ser vulnerados los niños y niñas en sus

derechos.

Se deben crear actividades para promover la infancia, y que se produzcan grandes desarrollo en ella.

Todas estas estrategias son de gran relevancia para el Estado, porque se observa como a cambiado la mirada

de los niños, y por fin se demostró la gran importancia que tienen los niños.

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Capítulo V: MODELO DE GESTIÓN DE LA POLÍTICA NACIONAL A FAVOR DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA

El modelo de gestión a través del cual se organizará la coordinación, implementación, monitoreo y

evaluación de este instrumento intersectorial de planificación.

Se instaure estas políticas deben sortear algunos desafíos para poder llevarse a cabo y se deben tener claros

como un problema o desafío es la equidad que se encuentra en el país. O el de participación de la

ciudadanía.

Muchos actores son fundamentales para que se lleve a cabo esta misión y son los ministros de educación,

salud, justicia y el ministro del trabajo y previsión social, entre otros. Los subsecretarios.

Se debe crear un comité consultivo ampliado, para escuchar otras propuestas o opiniones para que aporten

en esta misión, que es defender los derechos de los niños.

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Bibliografía: POLÍTICA NACIONAL A FAVOR DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA 2001 – 2010. 2010

Gobierno de Chile.