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CONCURSO DE OPOSICIÓN Y MÉRITOS PARA LA INTEGRACIÓN DEL CONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y CONTROL SOCIAL Construimos Democracia REPUBLICA DEL ECUADOR

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Page 1: PresentacióN Senami Miriancita

CONCURSO DE OPOSICIÓN Y MÉRITOS PARA LA INTEGRACIÓN DEL CONSEJO DE PARTICIPACIÓN

CIUDADANA Y CONTROL SOCIAL

Construimos Democracia REPUBLICA DEL ECUADOR

Page 2: PresentacióN Senami Miriancita

FASES DEL CONCURSO

2. CONVOCATORIA3. POSTULACIONES

a. Los requisitosb. Las prohibicionesc. Las inscripcionesd. Los expedientese. Lugar y recepción de expedientes

4. ADMISIBILIDAD5. CONCURSO DE OPOSICIÓN Y MÉRITOS

a. Concurso de oposición.b. Evaluación de méritosc. Calificación y notificaciónd. Recalificacióne. Difusión de resultados

11. IMPUGNACION CIUDADANA12. ASIGNACIÓN, DESIGNACIÓN Y POSESIÓN

Page 3: PresentacióN Senami Miriancita

FASES:

1. CONVOCATORIA La convocatoria para el concurso se realizará a través de

cadena nacional de radio y televisión, mediante publicación en tres diarios de mayor circulación nacional en los idiomas de relación intercultural (castellano, kichwa y shuar). (18 de Octubre del 2009)

Se publicará en el portal web del Consejo Nacional Electoral www.cne.gov.ec.

Las organizaciones sociales y la ciudadanía en general tendrán el término de diez (10) días (19 – 30 de octubre) para presentar las postulaciones respectivas.

En el exterior los Consulados, serán responsables de la difusión y promoción de la convocatoria, a fin de obtener la participación activa de las ecuatorianas/os.

Page 4: PresentacióN Senami Miriancita

2. POSTULACIONES

a. Los requisitos.- Los postulantes deberán cumplir los siguientes requisitos (Art. 3 del Reglamento):

Ser ecuatoriana o ecuatoriano Estar en goce de los derechos. Haber cumplido 18 años de edad. Acreditar probidad notaria Los ecuatorianos y ecuatorianas domiciliados en el exterior

podrán efectuar las declaraciones juramentadas ante el respectivo Cónsul.

Page 5: PresentacióN Senami Miriancita

b. Las prohibiciones.- No podrán postularse quienes incurran en las siguientes prohibiciones: (Art. 4 Reglamento)

Se hallaren en interdicción judicial. Hayan recibido sentencia ejecutoriada. Mantengan contrato con el Estado. No hayan cumplido con medidas de rehabilitación resueltas. Hayan ejercido autoridad ejecutiva en gobiernos de facto. Hayan sido sentenciados por delitos. Tengan obligaciones pendientes con SRI En los últimos dos años hayan sido miembros de directivas de

partidos políticos. Sean jueces o juezas de función judicial. Sean miembros de Fuerzas Armadas y Policía Nacional. Adeuden pensiones alimenticias. Sean conyugues o sean parientes con los miembros de CNE. Incurran en las demás prohibiciones que determine la constitución y

la ley.

Page 6: PresentacióN Senami Miriancita

c. Las inscripciones.- Los interesados deberán llenar el formulario de inscripción disponible en la pág. Web del CNE, www.cne.gov.ec e imprimirlo, de acuerdo a las pautas establecidas en el reglamento del concurso. El formulario de inscripción deberá ser acompañado por los documentos personales del postulante.

d. Los expedientes.- Los postulantes deberán presentar en original y copia debidamente sumillados. Toda información descrita en la hoja de vida deberá contener información de respaldo. (desde 19 de octubre hasta 30 de octubre)

e. Lugar y recepción del expediente.- se receptarán en los respectivos consulados, y concluirá a las 17H00 horas del último día establecido en la convocatoria (30 de octubre), de acuerdo al uso horario de cada país.

Page 7: PresentacióN Senami Miriancita

3. ADMISIBILIDAD

Se realizará la notificación por correo electrónico de quienes hayan cumplido con los requisitos documentales para participar en el concurso.

Los postulantes podrán solicitar la revisión, misma que debe ser clara, precisa y fundamentada, y se recibirá en el Consulado respectivo, para enviarla por fax o correo electrónico al CNE.

La lista definitiva de los postulantes admitidos será publicada en los principales medios de difusión nacional, y a través del correo electrónico de los postulantes.

Page 8: PresentacióN Senami Miriancita

4. CONCURSO DE OPOSICIÓN Y MÉRITOS

a. Concurso de oposición.- La prueba para evaluar a los postulantes se llevará a cabo simultáneamente en el lugar, día y hora señalados por el CNE. Para rendir la prueba el postulante deberá presentar la cédula de ciudadanía o pasaporte y el certificado de votación del último proceso electoral.La prueba versará sobre temas relacionados con cultura general, realidad nacional, participación ciudadana, control social y ética pública. Las preguntas serán objetivas y de opción múltiple.

b. Evaluación de méritos.- La calificación de los meritos se realizará de acuerdo a los cuadros establecidos en el Art. 14 del Reglamento.

c. Calificación y notificación.- La calificación de oposición corresponderá al 50% de la evaluación total y los méritos al 50% restante, y se notificará una vez que el Pleno del CNE disponga, de conformidad en el Art. 28 de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana.

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d. Recalificación.- Los postulantes podrán solicitar la recalificación de los resultados obtenidos en el concurso de oposición y méritos. La solicitud de recalificación se referirá exclusivamente a los resultados numéricos del concurso, y se presentarán ante el respectivo Consulado.

e. Difusión de resultados.- Concluido el proceso de calificación, se publicará el listado con los resultados de los 24 postulantes mejores puntuados, a través de cadena nacional de radio y televisión. Los consulados en el exterior serán responsables de su difusión, vía electrónica y a través de carteleras informativas.

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5. IMPUGNACION CIUDADANA

Evaluados los méritos y la oposición de los candidatos se publicará la lista con los 24 mejores puntuados y se abrirá el proceso público de impugnación ciudadana.

La impugnación será documental y motivada.

En el exterior las impugnaciones se presentarán en el respectivo Consulado, quien remitirá inmediatamente escaneando al Consejo Nacional Electoral, para luego enviar los originales al mismo organismo.

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6. ASIGNACIÓN, DESIGNACIÓN Y POSESIÓN

Concluido el proceso de impugnaciones, el CNE procederá a designar a los siete consejeras y consejeros (entre los cuales el séptimo deberá ser un miembro de las nacionalidades indígenas , montubios o negros)

El Pleno del CNE, concluido el proceso de asignación y designación, proclamará los resultados definitivos del concurso de oposición y méritos, y remitirá a la Asamblea Nacional los nombres a fin de que se proceda a su posesión.