presentacion politica institucional, normas legales de la educación argentina

58
Aspectos fundamentales de desarrollo, participación, administración y ejecución del Sistema Educativo en Argentina y la Provincia de Buenos Aires.

Upload: daniela-pedemonte

Post on 14-Jul-2015

252 views

Category:

Documents


1 download

TRANSCRIPT

Aspectos fundamentales de desarrollo, participación,administración y ejecución del Sistema Educativo enArgentina y la Provincia de Buenos Aires.

LNE, arts. 2 y 3

LPE, íd.

Es un bien público;

Es un derecho personal y social;

Es prioridad nacional y provincial y se constituye en política de Estado.

Responsables de la Educación

(LNE y LPE, 6) El estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (a través de la DGCyE);

Los municipios, las confesiones religiosas reconocidas oficialmente y las organizaciones de la sociedad;

La familia, como agente natural y primario.

LNE, art. 11

LPE, art.16

ASEGURAR la calidad educativa con igualdad de oportunidades y condiciones;

PROMOVER la inclusión;

GARANTIZAR la educación integral con Formación Ciudadana corporal y social

Obligatoriedad, gratuidad (LNE, 4,11 y 16/ LPE, 3 y 16)El Estado Nacional y la Provincia

GARANTIZAN la igualdad, gratuidad y equidad de los servicios de gestión estatal, en todos los niveles y modalidades;

OBLIGATORIEDAD: desde los 5 años a nivel Nacional y a partir de los 4 años en la Provincia, hasta la finalización del Nivel Secundario en todo el país.

Estructura del Sistema EducativoNacional (LNE, 17) Bonaerense (LPE, 1) Cuatro niveles: Educación

Inicial, Primaria, Secundaria y la Educación Superior;

8 modalidades: Educación Técnico Profesional, Artística, Ed. Especial, Ed. Permanente de Jóvenes y adultos, Ed. Rural, Intercultural Bilingüe, Ed. En Contextos de Privación de Libertad y Ed. Domiciliaria y Hospitalaria.

Cuatro Niveles (coinciden con LNE);

Ocho Modalidades: Educación Técnico-Profesional; Ed. Artística; Ed. Especial; Ed. Permanente de Jóvenes, Adultos, Adultos Mayores y Formación Profesional; Ed. Intercultural; Ed. Física; Ed. Ambiental; Psicología Comunitaria y Pedagogía Social.

Características del Nivel Secundario(LNE, 29/ LPE, 28)Es OBLIGATORIO;

De SEIS AÑOS de duración (LPE);

Se divide en dos ciclos: Básico y Orientado;

Está DESTINADO a adolescentes y jóvenes que hayan cumplido con la Educación Primaria.

Objetivos del Nivel Secundario(LNE, 30/ LPE, 28)

FORTALECER la Identidad, el respeto a los derechos humanos y a la interculturalidad;

PROPICIAR la continuación de los estudios y ASEGURAR la inclusión, permanencia y continuidad;

FORMAR sujetos responsables vinculados al mundo del trabajo, la ciencia y la tecnología;

Objetivos del Nivel Secundario(LNE, 30/ LPE, 28)

GARANTIZAR los mecanismos de participación;

FORMAR lectores críticos y usuarios de la cultura;

ESTIMULAR la creación artística y la libre expresión;

DESARROLLAR la orientación vocacional, actividades extracurriculares y la formación corporal y motriz.

LNE, arts. 67, 68, 125, 126, 127, 128, 129

LPE, arts. 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94

De los/as alumnos/asLNE, arts. 125, 126, 127

LPE, arts. 88 y 89

Derechos:

- EDUCACIÓN integral e igualitaria;

- CONCURRIR a la escuela hasta concretar la educación obligatoria;

- SER PROTEGIDOS contra toda agresión;

- INTEGRAR asociaciones estudiantiles y PARTICIPAR en la formulación de proyectos;

De los/as alumnos/asLNE, arts. 125, 126, 127

LPE, arts. 88 y 89

- RECIBIR orientación vocacional;

- SER EVALUADOS;

- DESARROLLAR sus aprendizajes en edificios idóneos;

- SER INCLUIDOS en el mismo turno que sus padres y/o hijos (LPE).

De los/as Alumnos/asLNE, arts. 125, 126, 127

LPE, arts. 88 y 89

Obligaciones:

- ASISTIR a clase;

- RESPETAR la integridad, la libertad de conciencia y la autoridad legítima;

- PARTICIPAR en las actividades formativas;

- CONSERVAR y hacer buen uso de las instalaciones.

- ESFORZARSE para desarrollar sus capacidades

De los/as DocentesLNE, art. 67

LPE, arts. 93 y 94

Derechos:

- DESEMPEÑARSE en cualquier jurisdicción;

- CAPACITACIÓN estatal;

- LIBERTAD de cátedra y enseñanza;

- CONDICIONES DIGNAS de seguridad e higiene;

- SEGURIDAD social;

- SALARIO DIGNO y ESTABILIDAD en el cargo;

De los/as DocentesLNE, art. 67

LPE, arts. 93 y 94

- PARTICIPAR en el gobierno de la educación y en la elaboración del proyecto institucional;

- PARTICIPAR en las paritarias colectivas;

- ACCEDER a los cargos por concurso de antecedentes y oposición;

- A la LIBRE ASOCIACIÓN y respeto integral.

De los/as DocentesLNE, art. 67

LPE, arts. 93 y 94

Obligaciones:

- RESPETAR los principios constitucionales y normativa;

- CUMPLIR con la política educativa y diseños curriculares vigentes;

- CAPACITARSE Y ACTUALIZARSE

- GARANTIZAR los derechos del niño y adolescente y RESPETAR la libertad de conciencia.

De los padres, madres, tutoresLNE, arts. 128 y 129

LPE, arts. 90 y 91

Derechos:

- SER RECONOCIDOS como agentes primarios de la educación;

- PARTICIPAR;

- ELEGIR la institución;

- SER INFORMADOS/AS sobre la evolución y evaluación.

De los padres, madres, tutoresLNE, arts. 128 y 129

LPE, arts. 90 y 91

Obligaciones:

- HACER CUMPLIR la educación obligatoria;

- ASEGURAR la concurrencia;

- SEGUIR y APOYAR la evolución;

- RESPETAR y hacer respetar la autoridad pedagógica y la libertad de conciencia.

Del personal técnico-administrativo, profesional, auxiliar y de servicio.LNE, art. 68

LPE, art. 92

Tiene derecho a:

- CAPACITACIÓN;

- PARTICIPACIÓN;

- ESTABILIDAD

- SEGURIDAD SOCIAL, jubilación, seguros, obra social y salario digno.

Del personal técnico-administrativo, profesional, auxiliar y de servicio.LNE, art. 68

LPE, art. 92

Su misión principal será contribuir a asegurar el funcionamiento de las instituciones educativas.

Sus derechos y obligaciones se establecen en sus estatutos.

:

REGLAMENTO GENERAL DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETO 2299/11

CUIDADO DE ALUMNOS

ENSEÑANZA

ACREDITACIÓN DE SABERES

FORMACIÓN CONTINUA

CREACIÓN E INNOVACIÓN PEDAGÓGICA

TRABAJO EN EQUIPO

REUNIONES INSTITUCIONALES

ACTOS Y ACTIVIDADES

AUTOEVALUACIÓN INSTITUCIONAL

EVALUACIÓN DE LA CALIDAD EDUCATIVA

HORARIOS Y TURNOS

INFORMACIÓN

VESTIMENTA

RIESGO Y NORMATIVA

LO SOCIO EDUCATIVO

LO SOCIO COMUNITARIO

Los docentes no deberán: CONTRARIAR la

concepción democrática;

PROMOVER actitudes discriminatorias;

RECIBIR beneficios personales indebidos;

DIFUNDIR el consumo de sustancias prohibidas en el establecimiento;

SUMINISTRAR información privada del alumno y su familia;

DEMOSTRAR afecto o desafecto inapropiados con los alumnos;

AGREDIR física o psicológicamente a alumnos o miembros de la institución.

REGLAMENTO GENERAL DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETO 2299/11

LNE, art. 122

LPE, art. 63

La Institución Educativa (I.E.)REGLAMENTO GENERAL DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETO 2299/11

LNE, art. 122

LPE, art. 63

“Es la Unidad Pedagógica del sistema responsable de los procesos de Enseñanza y de Aprendizaje destinados al logro de los objetivos establecidos por la legislación”.

La Comunidad Educativa (C.E.) GARANTIZA la

participación de todos los miembros de la C.E. y PROMUEVE la creación de organizaciones democráticas y/o representativas.

La D.G.C.y E. ASEGURARÁ el ejercicio de los derechos a participar de la C.E.

Estudiantil independiente

Centros de estudiantes.

Asociación de ex Alumnos.

Asociación de Padres y Responsables.

Asociación Cooperadora Escolar.

Consejos de Escuela.

REGLAMENTO GENERAL DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETO 2299/11

Se constituyen con el Equipo Docente y el Equipo Administrativo y/o Auxiliar de la Institución.

Equipo de conducción Institucional COMPUESTO por: Director, Vicedirector, Regente

(Técnico y de Estudio) y Secretario.

ACCIONES:

Supervisión,

Organización,

Coordinación,

Articulación,

Atención,

Orientación del personal a su cargo.

DIMENSIONES de acción:

i. Lo pedagógico;

ii. Lo administrativo;

iii. Lo socio-comunitario.

Otros cargos de conducción PRO SECRETARIO

JEFE DE ÁREA

JEFE DE DEPARTAMENTO DE INTEGRACIÓN CURRICULAR

SUBJEFE DE ÁREA

JEFE DE PRECEPTORES

SUBJEFE DE PRECEPTORES

JEFE DE MEDIOS DE APOYO

PRECEPTOR RESIDENTE

CARGOS DOCENTES de base (REG., ARTS. 72 Y 73)

PROFESOR- MAESTRO

PRECEPTOR

BIBLIOTECARIO

ENCARGADO DE MEDIOS DE APOYO TÉCNICO- PEDAGÓGICO

TAREAS COMUNES IMPULSAR la participación y la mejora

pedagógica;

CUMPLIR con el cuidado íntegro de los alumnos;

EJECUTAR los cargos administrativos correspondientes;

FORMARSE continuamente;

COMUNICARSE y PARTICIPAR activamente.

Otros cargos docentes PROFESOR- MAESTRO DE APOYO

PROFESOR- MAESTRO ESPECIAL

PROFESOR- MAESTRO ESPECIALIZADO

MAESTRO DOMICILIARIO y/o HOSPITALARIO

PROFESOR- MAESTRO DE SALA DE NIVEL INICIAL

PROFESOR- MAESTRO DE NIVEL PRIMARIO

PROFESOR- MAESTRO DE MODALIDAD ESPECIAL

MAESTRO INTEGRADOR

OTROS CARGOS HOMOLOGABLES

Cargos técnico- docentes de base MÉDICO

PSICÓLOGO DE MODALIDAD ESPECIAL

FONOAUDIÓLOGO

ASISTENTE EDUCACIONAL

ASISTENTE SOCIAL

MAESTRO RECUPERADOR

TERAPISTA OCUPACIONAL

KINESIÓLOGO

OTROS CARGOS HOMOLOGABLES

Equipo de trabajo administrativo CUIDA Y LIMPIA EL ESTABLECIMIENTO Y SUS

DEPENDENCIAS

SE CONFORMA DE:

-PERSONAL AUXILIAR

-PERSONAL TÉCNICO/ ADMINISTRATIVO/ OBRERO/ DE SERVICIO (PUEDE INCLUIR UN CASERO Y UN CHOFER)

REGLAMENTO GENERAL DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETO 2299/11

ContenidosASPECTOS TÉCNICO-

PEDAGÓGICOS

ASPECTOS TÉCNICO-ADMINISTRATIVOS

ASPECTOS SOCIOEDUCATIVOS

Plan de Continuidad Pedagógica

Es una HERRAMIENTA de intervención institucional;

ASEGURA el Proceso de Aprendizaje de los Alumnos;

DA CUMPLIMIENTO efectivo a la jornada escolar.

Pautas de enmarcación del PCP PARTICIPACIÓN de todo el equipo docente;

DESARROLLO de distintas estrategias didácticas;

ARTICULACIÓN con otros contenidos;

ABORDAJE de las particularidades institucionales;

PARTICIPACIÓN de otros actores de la comunidad;

COMUNICACIÓN como estrategia;

EVALUACIÓN permanente;

ACTUALIZACIÓN.

Acuerdos de Convivencia

Finalidad principal: FACILITAR las condiciones adecuadas para el ejercicio de los derechos de enseñar y aprender, y el cuidado integral de todos los sujetos involucrados.

Deberán garantizar:La construcción democrática y participativa;

La periódica actualización y revisión;

Las particularidades del Proyecto Institucional, explicitando las estrategias de intervención respecto de la obligación de cuidado.

El respeto al principio de inclusión educativa.

Obligatoriedad escolarCOMPRENDE el acceso y trayectoria de los

alumnos;

ARTICULA acciones con organizaciones comunitarias;

La CARENCIA de documento de identidad, sea nacional o extranjero NO IMPIDE la matriculación;

EXCLUYE todo tipo de práctica discriminatoria y/o expulsiva.

Jornada escolar Horario de funcionamiento de turnos en la Institución,

establecida por cada Nivel y/o Modalidad.

Puede ser: SIMPLE, COMPLETA o EXTENDIDA

Los TURNOS (franja horaria) pueden ser:

i. DIURNOS (mañana y tarde)

ii. VESPERTINOS

iii. NOCTURNOS

Otros aspectos administrativos Entrada y salida de

alumnos

Permanencia y retiro anticipado

Traslado

Práctica de la Enseñanza

Biblioteca

Vestimenta Escolar

Museo escolar

Archivo histórico escolar

Símbolos, actos escolares y calendario

Clasificación de los actos escolares

Libros, útiles e instrumental de laboratorio

Aspectos organizacionales

Planta Orgánico Funcional y Planta Orgánico Funcional Analítica;

Estructura organizativa gradual;

Formación de secciones y cantidad de alumnos por aula;

Estados administrativos;

Actas, Libros, Registros, Legajos;

Instrumentos de Comunicación Escuela-Padres

REGLAMENTO GENERAL DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETO 2299/11

Es responsabilidad indelegable del Estado la defensa del interés superior del Niño y el Adolescente.

Organismos estatales de vinculación Servicios Locales de

Promoción y Protección de Derechos: Ley Nº 13.298 y su Decreto Reglamentario Nº 300/05 (MUNICIPALES)

Servicios Zonales de Promoción y Protección de Derechos: Ley 13.298 y el Decreto Nº 300/05

Fuero De Responsabilidad Penal Juvenil establecido por la Ley Nº 13.298, Ley Nº 13.634, Ley Nº 13.675 y el Decreto Reglamentario Nº 300/05 y el Decreto Nº 151/07

Situaciones de vulneración Víctima y/o victimario de abuso sexual.

Víctima de violencia familiar, fuera o dentro de la escuela.

Alumno en posesión de armas.

Alumno que produce acciones violentas.

Alumno con supuesta ingesta y/o presencia de sustancias tóxicas.

Amenaza y/o intento de suicidio.

Situaciones de Trabajo y explotación Infantil.

Situaciones de prostitución infanto-adolescente.

Situaciones de abandono y/o discontinuidad.

Otras situaciones de vulnerabilidad.

Acciones a realizarse en caso de vulneración ASISTIR inmediatamente al alumno/a.

LABRAR las Actas necesarias .

DAR inmediato conocimiento a sus familiares cuando no sean éstos los involucrados en el hecho.

REALIZAR el acompañamiento necesario y requerir la asistencia necesaria.

MANTENER reserva de identidad del alumno, en todos los casos exceptuando Juez y/o Fiscalía interviniente.

BIBLIOGRAFÍA CONSULTADA Ley de Educación Nacional 26206/06

Ley de Educación Provincial 13688/07

Reglamento General de Instituciones Educativas de la Provincia de Buenos Aires: Decreto 2299/11

LA EDUCACIÓN NO ES UN PRIVILEGIO, ES UN DERECHO CIUDADANO FUNDAMENTAL

CRUZ, Verónica

ISTURIZ, Jonatan

PEDEMONTE, Daniela

Profesor Carlos Bernardez

Año 2013