presentacion norma covenin

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República Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria Instituto Universitario de Tecnología Industrial “Rodolfo Loero Arismendi” Extensión-Cumaná NORMA COVENIN 2254-95 CALOR Y FRÍO. LÍMITES PERMISIBLES DE EXPOSICIÓN EN LUGARES DE TRABAJO. (1RA. REVISIÓN) Realizado por: Milagros, Marval C.I. 18.905.876 Sección: A3TA Prof. Leonel Núñez Cumaná, Diciembre 2015

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República Bolivariana de VenezuelaMinisterio del Poder Popular para la Educación

UniversitariaInstituto Universitario de Tecnología Industrial

“Rodolfo Loero Arismendi”Extensión-Cumaná

NORMA COVENIN 2254-95CALOR Y FRÍO. LÍMITES PERMISIBLES DE EXPOSICIÓN EN LUGARES DE TRABAJO.

(1RA. REVISIÓN)

Realizado por:Milagros, MarvalC.I. 18.905.876

Sección: A3TAProf. Leonel Núñez

Cumaná, Diciembre 2015

NORMA COVENIN 2254-95

Esta Norma Venezolana establece:

Los límites máximos permisibles a las exposiciones al calor y frío en los lugares de trabajo.

El método para la evaluación del calor en el trabajo mediante el índice TGBH (Temperatura de Globo y Bulbo Húmedo).

Los límites de exposición máxima diaria al frío en el trabajo.

La evaluación del efecto del calor sobre la persona expuesta en el trabajo.

NORMA COVENIN 2254-95

Para los propósitos de esta Norma Venezolana se aplican las siguientes definiciones:

Índice de Temperatura de Globo, Bulbo Húmedo Natural y Bulbo Seco:

Es el término que se utiliza para evaluar la sobrecarga térmica de la combinación de dichas temperaturas.

Calor Metabólico:Es el calor generado por el metabolismo basal y

por la actividad física durante cualquier trabajo.

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Temperatura de Globo (tg):Es la temperatura obtenida por un sensor de

temperatura colocado en el centro de una esfera metálica hueca . Es decir, es la que depende del calor radiante.

Temperatura de Bulbo Seco (ta):Es la temperatura medida por un sensor colocado

directamente con el medio ambiente.

Temperatura de Bulbo Húmedo Natural (thn):Es la temperatura que es medida por un sensor

que esta en contacto con una manga humedecida con agua destilada.

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EL CALOR.

Se define como la transferencia de energía térmica que se da entre diferentes cuerpos o diferentes zonas de un mismo cuerpo que se encuentran a distintas temperaturas.

Factores que se deben tener en cuenta en el lugar de trabajo, según esta Norma Venezolana:

Valor límite permisible de la exposición:

La exposición al calor en los lugares de trabajo no deberá sobrepasar los valores establecidos en la tabla 3; que relaciona las categorías de carga de trabajo con el índice TGBH teniendo como parámetro los ciclos de trabajo-recuperación.

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Método de evaluación de la exposición.

Cálculo del índice TGBH: Este cálculo se determina mediante las siguientes expresiones:

a)Interior y exterior de edificaciones sin exposición directa a la energía solar:

TGBH: 0,7thn + 0,3tg.

b)Exterior de las edificaciones con exposición directa a la energía solar:

TGBH: 0,7thn + 0,2tg +0,1ta.

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Medición de las condiciones ambientales en el lugar de trabajo.

Equipo y/o instrumentos (véase la figura 1)a)Medidor de temperatura de bulbo húmedo natural, con

las siguientes características: Termómetro de vidrio de mercurio, con un diámetro de

6mm, longitud 30mm y con un rango de 5ºC a 40ºC. Manga de tela de algodón absorbente, blanca y limpia

con una longitud de 200mm. Recipiente abierto para el agua destilada. Frasco lavador o jeringa.

b) Termómetro de globo con un rango de 20ºC a 120ºC, con una apreciación 5ºC y que utilice mercurio. Y termómetro de bulbo seco con un rango de 10ºC a 60ªC

c) Esfera hueca metálica de 150mm de diámetro.

d) Soporte de altura variable y 4 pinzas para fijar los instrumentos (véase figura 1).

NORMA COVENIN 2254-95

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Reactivos.a) Agua destilada.

Procedimiento para la medida del calor en el lugar de trabajo.a) Condiciones ambientales homogéneas alrededor del trabajador:

Se efectúa en el momento más caluroso, utilizando el sistema de medición (figura 1) tratando que no se restrinja el libre flujo de aire en los bulbos y los termómetros deben estar en posición vertical.

Se moja el algodón con agua destilada 30 min antes de hacer la lectura, se anotan las temperaturas de los termómetros una vez que se estabilicen lo cual tardara aprox., 25 min.

Por último se calcula el índice TGBH.

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b) Condiciones ambientales heterogéneas alrededor del trabajador:

Se realiza en el día más caluroso de la jornada; ajustando 3 medidores siguiendo el mismo procedimiento anterior, con la única variante que el sistema de termómetros se ubicara de la siguiente forma:

Se calcula el índice TGBH, correspondiente a cada altura.Por último el índice TGBH promedio mediante la fórmula siguiente: TGBH: TGBH1 + (2XTGBH2) + TGBH3

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Si el trabajador esta de pie, las medidas deben ser 0,1m; 1,1m y 1,7m, según la superficie donde se apoya el trabajador.Si el trabajador esta sentado, las medidas deben ser 0,1m, 0,6m y 1,1m, según donde se apoye el trabajador.

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c) Condiciones ambientales variables con el tiempo:

Se selecciona el momento más caluroso; se determinan los índices TGBH y luego se calcula el índice TGBH ponderado para una hora, si la exposición es continua y para dos horas si es intermitente; según la siguiente fórmula:

TGBH: (TGBH1Xt1) + (TGBH2Xt2) +...+ (TGBHaXta)

t1+t2+…+tn

Determinación del Calor Metabólico.a) El calor metabólico se obtiene de la tabla 1, según la

actividad que realiza el trabajador.

b) En caso que la actividad varíe, el calor se determinará mediante la siguiente ecuación:

M: M1Xt1 + M2Xt2 +....+ MnXtn

t1 + t2 … + tn

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Determinación del Grado de Exposición al Calor.

Con los valores del índice TGBH y la categoría de carga de trabajo, utilizando la tabla 3; se determina el grado de exposición al calor en relación al límite permisible para el ciclo de trabajo- recuperación que corresponda.

Informe de Evaluación.

Debe contener el nombre de la norma bajo la cual se realizo el ensayo; fecha, hora y lugar de realización; persona quien la realizo y los resultados obtenidos.

Frecuencia de Evaluación.

Se debe hacer recién instalado; cada 2 meses si esta por encima del límite y cada 6 meses si esta por debajo del límite.

NORMA COVENIN 2254-95

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FRÍO  Es la ausencia total de calor o como la presencia de bajas temperaturas. 

Factores que se deben tener en cuenta en el lugar de trabajo, según esta Norma Venezolana:

Valores límites permisibles de exposición:

La exposición al frío en lugares de trabajo deberá cumplir con los valores dados en la tabla 2, según el rango de temperatura.

Método de evaluación de la exposición:

Equipos y/o instrumentos:a) Un sensor de temperatura con un rango de 10ºC a -80ºC y con una exactitud de +/- 0,5ºC.

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Condiciones del ensayo.

Se selecciona el momento de mayor exposición al frio de la jornada de trabajo.

Procedimiento para la medida del frio en el lugar de trabajo.

a) Se coloca el sensor a la altura del centro del tórax.

b) Se registra la lectura una vez estabilizado el sensor.

Informe de evaluación.

Debe contener el nombre de la norma bajo la cual se trabajo; fecha, hora y lugar de realización; nombre de la persona que la realizo y los resultados obtenidos.

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TABLA 1: Clasificación de los niveles del calor metabólico

para varios tipos de actividades.Categoría Calor Metabólico

(M) Kcal/h1

Descripción de la Actividad

Descansando < 100 Sueño. Sentado tranquilo.

Trabajo liviano 100 a 200

Sentado cómodamente: trabajo manual ligero (escribir a máquina, a mano, dibujar, coser); trabajar con el brazo y la mano (herramientas pequeñas, inspección, ensamblaje, o clasificación de materiales ligeros); trabajar con el brazo y la pierna (maneja un vehículo en circunstancias normales, operar un suiche de pie o pedal).Parado: taladrar (piezas pequeñas); fresar (piezas pequeñas); bobinar; fresar con herramientas de baja potencia; caminar tranquilamente (velocidad máxima de 3,5 Km/h).

Trabajo Moderado

200 a 350

Trabajo continuo con el brazo y la mano (martillando clavos y limando); trabajo de brazo y pierna (operar un autocamión fuera del camino, tractores o equipos de construcción); trabajo de torso y brazo (trabajo con un martillo neumático, tractores, ensayar, manejo intermitente de material relativamente pesado, desmalezar, limpiar con azadón, recoger frutas o vegetales, empujar o halar carretillas livianas, caminar a una velocidad de 3,5 Km/h a 5,5 Km/h, fraguar).

Trabajo Pesado 350 a 500

Trabajo intenso de torso y brazo: cargar material pesado, palear, trabajar con una mandarria, serruchar, cepillar o cincelar madera, segar a mano, cavar, caminar a una velocidad mayor de 5,5 Km/h.Empujar o halar carretillas con cargas muy pesadas, cincelar piezas muy fundidas, colocar ladrillos de concreto.Actividad muy intensa a un ritmo rápido o máximo, trabajar con un hacha, palear o cavar con fuerza, subir escaleras o rampas, caminar con pasos cortos, correr.

Nota 1: Kcal/h: Kilocalorías por hora.

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TABLA 2: Valores límites máximos de tiempo para exposición

diaria al frío

Rango de Temperatura (ºC)

Exposición máxima diaria(1)

0 a -18-18 a -34-34 a -57-57 a -73

Sin límite, para una persona adecuadamente protegida.Tiempo total de trabajo: 4 horas, alternando una hora dentro y una hora fuera del área a baja temperatura.Dos periodos de 30min, cada uno, con intervalos de por lo menos 4 horas. Tiempo total de trabajo a baja temperatura permitido: 1 hora.Tiempo máximo permisible de trabajo: 5 min, durante un día de 8 horas de trabajo. Para estas temperaturas extremas se recomienda el uso de casco hermético que cubra totalmente la cabeza equipada con un tubo respirador que pase por debajo de la ropa hasta la pierna para precalentar el aire.

1) La persona expuesta deberá estar protegida con el quipo de protección personal indicado en la Norma Venezolana COVENIN 2237.

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TABLA 3:Valores límites permisibles de exposición al calor (Valores dados en ºC y correspondientes a TGBH)

Régimen deTrabajo-Descanso

Carga de Trabajo

Liviano Moderado Pesado

Trabajo continuo 30.0 26.7 25.075% Trabajo

25% Descanso, cada hora

30.6 28.0 25.9

50% Trabajo

50% Descanso, cada hora

31.4 29.4 27.9

25% Trabajo

75% Descanso, cada hora

32.2 31.1 30.0

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FIGURA 1.Esquema de la Disposición de los Instrumentos

para la Medición de las Condiciones Ambientales en el Lugar de Trabajo.

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