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Ciudad de México a 13 de noviembre de 2016 Comisión de Cultura y Cinematografía Cámara de Diputados - LXIII Legislatura Presente

PROPUESTA POR UNA LEY GENERAL DE CULTURA CON ENFOQUE DE DERECHOS Y DEMOCRACIA CULTURAL

En el año 2009, con la reforma al artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su párrafo 12 se estableció que “Toda persona tiene derecho al acceso a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia, así como el ejercicio de sus derechos culturales. El Estado promoverá los medios para la difusión y desarrollo de la cultura, atendiendo a la diversidad cultural en todas sus manifestaciones y expresiones con pleno respeto a la libertad creativa. La ley establecerá los mecanismos para el acceso y participación a cualquier manifestación cultural.” Este significativo logro oculta el riesgo de continuar una relación unilateral entre el ciudadano como agente receptor de la cultura, y el Estado como agente proveedor. Por ello es fundamental que en la elaboración de la Ley General de Cultura, los derechos amparados sean garantizados como derecho de ciudadanía, es decir, reconociendo en las personas y en las comunidades el epicentro de la política cultural, y de igual manera, el papel del Estado como agente facilitador de estos procesos. Las condiciones políticas para la elaboración de la Ley General de Cultura distan de aquellas en la que se decreta la creación del extinto Consejo Nacional para la Cultura y las Artes. En las últimas tres décadas hemos dado pasos importantes hacia la madurez democrática de nuestro país, por lo que la elaboración de la ley de cultura debiera ser ejemplo de participación amplia, plural y democrática. La propuesta que como agrupación hacemos llegar a la Comisión de Cultura y Cinematografía de la Cámara de Diputados, nace de una convocatoria ciudadana para motivar la participación de diversos sectores sociales en política cultural. Esperamos con esta propuesta motivar el diálogo hacia adentro y hacia afuera del Congreso de la Unión, aspirando a la necesaria transformación de las relaciones entre el Estado y la sociedad y así contribuir a generar mejores condiciones para la democracia y la diversidad. Con fundamento en la convocatoria emitida para presentar aportaciones a la elaboración de la Ley General de Cultura, proponemos que dentro de sus Disposiciones Generales se considere lo siguiente:

1. Respetar la definición de cultura consagrada en la Declaración de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural, entendida como el conjunto de los rasgos distintivos espirituales y materiales, intelectuales y afectivos que caracterizan a una sociedad o a un grupo social y que abarca, además de las artes y las letras, los modos de vida, las maneras de vivir juntos, los sistemas de valores, las tradiciones y las creencias.

2. Establecer los lineamientos de una política cultural de Estado que garantice a toda persona,

en igualdad de condiciones y en reconocimiento de la diversidad regional, el acceso a los medios, instrumentos e insumos necesarios para el pleno ejercicio de sus derechos culturales.

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3. Incluir de manera explícita las obligaciones del Estado Mexicano en materia de derechos culturales con base en la Observación General número 21, referente al Art. 15.1a. del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas (aprobada el 19 de noviembre, 2009 en Ginebra).

4. Definir las instancias y los mecanismos de gobernanza, que promuevan la participación y el

protagonismo de la sociedad civil en la elaboración, gestión y evaluación de las políticas culturales.

5. Determinar los esquemas de coparticipación y los mecanismos de coordinación y vinculación

entre ámbitos y niveles de gobierno con los sectores social y empresarial, que promuevan una gestión pública compartida y un desarrollo cultural solidario, democrático y participativo.

En concordancia, solicitamos considerar los siguientes aspectos sobre el Sistema Nacional de Cultura:

1. Determinar como responsabilidad de la Secretaría de Cultura la composición y funcionamiento de un Consejo Nacional de Cultura, órgano colegiado integrado por representantes de instancias públicas especializados en temas culturales y, en mayoría calificada, ciudadanos elegidos democráticamente para desempeñar su responsabilidad por un periodo determinado. Las resoluciones de este Consejo deberán ser vinculantes.

2. Considerar entre los objetivos del Consejo Nacional de Cultura los siguientes:

a. Contribuir a la implementación de políticas culturales democráticas consensuadas entre los entes de la federación y la sociedad civil;

b. Estimular la conformación de consejos estatales y municipales de cultura, cuya estructura, integración y gestión sea definida mediante procesos democráticos de diálogo y concertación a nivel local y de acuerdo a los criterios enunciados en el punto 1;

c. Promover la transparencia del gasto público en materia de cultura;

3. Considerar entre las atribuciones del Consejo Nacional de Cultura las siguientes: a. Proponer y aprobar los contenidos del Plan Nacional de Cultura; b. Organizar consultas, foros y otros mecanismos de participación social ampliada que

contribuyan al logro de sus objetivos; c. Fiscalizar, evaluar y acompañar la ejecución del presupuesto público federal destinado

al Plan Nacional de Cultura; d. Promover la cooperación de las diferentes instancias de la Secretaría de Cultura con

los sectores social y empresarial.

4. Considerar en la integración de comités sectoriales del Consejo Nacional de Cultura las diversas áreas del quehacer cultural, incluyendo de manera enunciativa pero no limitativa:

a. Arte y creatividad;

(Artes visuales, artes digitales, música, danza, teatro, artes lúdicas, audiovisual, literatura, libro y lectura, arquitectura y urbanismo, diseño, moda, artesanía, entre otros.)

b. Patrimonio y diversidad; (Culturas populares, poblaciones indígenas, cultura alimentaria, poblaciones afromexicanas, entre otros.)

c. Minorías y grupos desprotegidos;

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(Cultura de grupos migrantes, cultura LGBTTTI, cultura de minorías religiosas, entre otros.) De igual manera, solicitamos considerar los siguientes criterios para la elaboración del Programa Nacional de Cultura:

1. Accesibilidad, disponiendo oportunidades efectivas y concretas para que las personas y las comunidades participen libremente en la vida cultural, sin discriminación alguna y en condiciones de igualdad, prestando especial atención a la protección de los derechos culturales de las mujeres, la infancia, las personas mayores, las personas con discapacidad, las minorías, los migrantes, los pueblos indígenas y las personas que viven en pobreza.

2. Flexibilidad y adaptabilidad en la pertinencia de las políticas, programas y medidas adoptadas

por el Estado, con la finalidad de que éstas formen parte de la vida cultural, siendo respetuosas con la diversidad cultural y las particularidades regionales de nuestro país.

3. El Programa Nacional de Cultura deberá ser presentado en formatos accesibles como Sistema

de Escritura Braille, además de ser traducido, al menos, a los idiomas Náhuatl, Maya, Tseltal, Chol, Chinanteco, Huasteco, Mazahua, Mazateco, Mixe, Mixteco, Otomí, Tarasco, Tlapaneco, Totonaco, Tsotsil, Zapoteco (idiomas con al menos 100,000 hablantes en el territorio nacional, sin menoscabo de otros idiomas que pudieran ser considerados).

Finalmente, solicitamos considerar los siguientes aspectos sobre la participación de la sociedad civil en el desarrollo cultural y de su acceso a recursos presupuestales:

1. Establecer mecanismos de cooperación entre ámbitos y niveles de gobierno para que los pueblos, grupos, comunidades y poblaciones que requieran una mayor atención y respuesta para la protección de sus derechos culturales dispongan, de manera prioritaria y con autonomía de gestión, de los medios e insumos necesarios para la creación, registro, gestión y difusión de sus iniciativas culturales.

2. Integrar y articular, en coordinación con los estados y los municipios, una Red Nacional de

Puntos de Cultura, entendida como un organismo en el que convergen instituciones públicas de cultura, universidades e instancias organizativas de la sociedad civil dedicadas a promover el reconocimiento y la ampliación de los derechos culturales a nivel local, a través de acciones como:

i. la promoción de ciudadanía y una cultura de paz; ii. la valoración de la diversidad cultural y regional; iii. la democratización de bienes y servicios culturales; iv. el reconocimiento de los saberes, de los modos de hacer y de los modos de vida de las poblaciones indígenas, rurales y tradicionales; v. la valoración de la infancia, la adolescencia y la juventud por medio de la cultura; vi. la incorporación de los jóvenes al mundo del trabajo cultural; viii. la inclusión cultural de poblaciones vulnerables; ix. y la incorporación en la vida cotidiana de las tecnologías de la información y la comunicación.

La integración de la Red Nacional de Puntos de Cultura y su incorporación al Sistema Nacional de Cultura, facilitarán una gestión compartida del Plan Nacional de Cultura a través de la

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transferencia de recursos financieros, técnicos e institucionales del Estado hacia la sociedad civil para el desarrollo de proyectos culturales sostenibles y para el fortalecimiento de las capacidades autogestivas de las iniciativas culturales de la sociedad civil organizada.

Al presentar esta propuesta, consideramos que establecer principios e instrumentos de participación social en la Ley General de Cultura es un paso fundamental para lograr el reconocimiento al derecho de toda persona a participar en el desarrollo de la comunidad a la que pertenece, así como en la definición, formulación y aplicación de políticas y decisiones que afecten el ejercicio de sus derechos culturales. Animamos a la Comisión de Cultura y Cinematografía a continuar la revisión del marco legal del sector cultura para fortalecer la participación social y la transparencia en la gestión pública. Asimismo, y en coherencia con la propuesta que hemos presentado, exhortamos socializar y transparentar de manera amplia y oportuna los trabajos para la elaboración de la Ley General de Cultura (publicación de las propuestas recibidas y conclusiones de las audiencias), y el Proyecto de Dictamen previo a su discusión y aprobación en la Comisión a la que tienen a bien pertenecer. Como agrupación y colectivo de la sociedad civil que se ha organizado a nivel nacional alrededor de este asunto, confirmamos nuestra completa disposición para apoyar a la Comisión en los trabajos de socialización y revisión del Proyecto de Dictamen con el apoyo de activistas, expertos y profesionales de la cultura. Sin más por el momento y agradeciendo las atenciones que sirvan dar a la presente, les enviamos un cordial saludo.

ATENTAMENTE

Plataforma #AbreCultura México www.abrecultura.org.mx

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Aportes desde la sociedad civil para la elaboración de una Ley de Cultura con

perspectiva de Derechos humanos y Democracia Cultural

Propuestas

Catálogo de derechos culturales fundamentales

1. Solicitamos incluir de forma indicativa más no limitativa, un catálogo amplio

de derechos culturales fundamentales en la Ley de Cultura para lo cual

proponemos los siguientes:

● Derecho a la identidad nacional y a la identidad cultural propia;

● Derecho al reconocimiento, respeto y protección legal del patrimonio cultural

material e inmaterial;

● Derecho a conocer, acceder y disfrutar de los monumentos y zonas

arqueológicos, históricos, artísticos y paleontológicos de la nación;

● Derecho a la creación y producción cultural y artística;

● Derecho a acceder a los bienes y servicios culturales que otorgan la

Federación, estados y municipios;

● Derecho a la protección de los derechos de autor, individuales y colectivos;

● Derecho a participar en la elaboración, resolución, ejecución y evaluación de

los planes, proyectos y programas culturales;

● Derecho a participar en la elaboración, resolución, ejecución y evaluación de

las decisiones gubernamentales que afectan el ejercicio de los derechos

culturales, así como a tener instancias reconocidas legalmente que permitan

hacer efectivo este derecho;

● Derechos de asociación, reunión e intercambio intercultural;

● Derecho a acceder al espectro radioeléctrico para la difusión educativa y

cultural;

● Derecho a la información y a la libre expresión;

● Derecho a la salvaguarda de la diversidad cultural ante los procesos

globalizadores a través de un desarrollo autogestivo y participativo;

2. Solicitamos incluir derechos específicos para los pueblos, comunidades e

individuos indígenas, para lo cual proponemos los siguientes:

● Derecho al reconocimiento, respeto, protección, conservación y

fortalecimiento de su patrimonio biocultural y de los sistemas de conocimiento

que de él se derivan;

● Derecho a conservar los beneficios de su producción cultural, sea esta de

autoría individual o colectiva;

● Derecho a contar con instancias, procedimientos, mecanismos y medios

específicos que conduzcan a la vigencia real de sus derechos culturales, así

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como a participar en la elaboración, decisión y evaluación de políticas, planes

y programas tendientes a ese fin;

● Derecho a tener órganos y mecanismos específicos para reclamar

jurídicamente las violaciones a sus derechos humanos y culturales;

● Derecho a fortalecer su autonomía para decidir sus procesos y cambios

culturales;

● Derecho a emplear los medios masivos de comunicación;

● Derecho a decidir sobre el uso de sus derechos culturales y patrimoniales;

● Derecho a que el reconocimiento y respeto a la pluriculturalidad, y en

particular a la cultura de los pueblos y comunidades indígenas, sea parte de

la conciencia identitaria del pueblo mexicano.

Fortalecimiento de la cultura comunitaria

3. Solicitamos integrar en la Ley de Cultura nuevos conceptos y esquemas para

reconocer, promover y fortalecer la participación de las iniciativas culturales

autogestivas en el desarrollo cultural de la nación. En este sentido sugerimos

revisar la Ley de Promoción de los Puntos de Cultura de la República del

Perú, la Ley número 13.018 de 2014 de la República Federativa de Brasil y el

proyecto de Ley de Apoyo a la Cultura Comunitaria, Autogestiva e

Independiente de la República Argentina.

4. Solicitamos también integrar en el glosario de términos de la Ley de Cultura

el concepto trabajo cultural comunitario, definido de la siguiente manera:

“Un trabajo localizable de reconocimiento y ampliación

de derechos culturales protagonizado por los

integrantes de una o varias comunidades,

preocupados por la construcción de lo común

colectivo desde lazos de solidaridad y reciprocidad,

atendiendo procesos de larga y mediana duración; un

trabajo que integra el ejercicio de derechos culturales

con elementos de la vida cotidiana, pero también con

posiciones políticas y económicas alternativas a los

intereses de mercado”.

Principios e instrumentos de participación social

5. Solicitamos que la Ley de Cultura, cuente con disposiciones normativas que

garanticen mecanismos para favorecer la participación social en el desarrollo

cultural.

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6. Solicitamos la creación de un organismo especializado e intersectorial al

interior de la Secretaría de Cultura, integrado primordialmente por

representantes de la sociedad civil, vinculados al sector cultural, elegidos

democráticamente y reunidos para la construcción, implementación y

evaluación del Plan Nacional de Cultura.

Acceso a los bienes y servicios culturales que presta el Estado

7. Solicitamos establecer en la Ley de Cultura los siguientes principios para la

prestación de los servicios culturales del Estado:

○ deben ser equitativos en su distribución;

○ deben responder a las demandas de la sociedad, atendiendo a sus

peculiaridades culturales en el marco de la diversidad cultural del país;

○ deben adecuarse a las necesidades de la población con base en su

diversidad social, cultural, sexual y la cualidad de sus capacidades

diferentes;

○ deben ser de acceso gratuito y público;

○ deben contar con recursos públicos suficientes, aunque su

financiamiento puede estar abierto a la coparticipación social.

Observaciones a los proyectos Ley de Cultura en el Senado

Proyecto de decreto que expide la Ley General de Cultura presentada el 31 de

marzo de 2016.

● Sobre el proyecto de ley presentado por el Senador Rabindranath Salazar

(PRD) identificamos una concepción idealista de la cultura basada en rasgos,

expresiones e identificaciones que dificultan un planteamiento de la

ciudadanía cultural como ejercicio de derechos culturales, más allá del simple

acceso a ciertos bienes y servicios.

● Celebramos la propuesta de integración de un Sistema Nacional de Cultura

que contempla la participación de los sectores social y privado; al mismo

tiempo consideramos un error la propuesta de integración de un Consejo

Nacional de Cultura sin la participación del sector social pues dificulta la

construcción democrática de la política cultural nacional.

● Saludamos la propuesta de creación de mecanismos para ampliar la

posibilidad de creación de artistas con discapacidad e invitamos a ampliar la

mirada y establecer criterios para una política pública que garantice la

participación libre en la vida cultural de toda persona y comunidad, sin

discriminación alguna y en condiciones de igualdad.

● En este sentido urgimos prestar especial atención a la protección de los

derechos culturales de las mujeres, la infancia, las personas mayores, las

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personas con discapacidad, las minorías, los migrantes, los pueblos

indígenas y las personas que viven en pobreza.

Proyecto de decreto que expide la Ley General de Cultura presentado el 29 de

marzo de 2016

● Coincidimos en gran medida con el proyecto de ley presentado por los

Senadores Angélica de la Peña Gómez (PRD), José de Jesús Santana

García (PAN), Luis Humberto Fernández Fuentes (PRD), Luz María Beristain

Navarrete (PRD), Iris Vianey Mendoza Mendoza (PRD), Alejandra Roldán

Benítez (PRD), Fidel Demédicis Hidalgo (PRD) y Fernando Enrique Mayans

Canabal (PRD).

● Celebramos la enunciación de derechos culturales generales y la vinculación

de la Secretaría de Cultura y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos

para la defensa y promoción de los derechos humanos.

● Saludamos la propuesta de creación de un Consejo Consultivo de Cultura a

nivel federal, pero advertimos la necesidad de profundizar su carácter

democrático; invitamos a observar la experiencia del Consejo Nacional de

Política Cultural en Brasil.

● Saludamos la propuesta de creación de Consejos Consultivos Locales y

Municipales y recomendamos considerar la creación de Consejos

Ciudadanos de Cultura; invitamos a observar la experiencia del estado de

Jalisco.

Proyecto de decreto que expide la Ley General para el Acceso, Fomento y Disfrute

de la Cultura.

● Coincidimos en varios puntos con la propuesta presentada por los Senadores

Blanca María del Socorro Alcalá Ruíz (PRI), Arely Gómez González (PRI),

Marcela Guerra Castillo (PRI), Ana Lilia Herrera Anzaldo (PRI), Graciela Ortíz

González (PRI), Zoé Robledo Aburto (PRD) y Juan Carlos Romero Hicks

(PAN).

● Celebramos la enunciación de derechos culturales generales e invitamos a

ampliar el catálogo de derechos con las recomendaciones del Colegio de

Etnólogos y Antropólogos Sociales.

● Saludamos la propuesta de establecer un sistema financiero para garantizar

el acceso de las poblaciones vulnerabilizadas a los bienes y servicios

culturales públicos y privados.

Otras observaciones

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● Celebramos la atención al desarrollo de las empresas culturales y creativas,

sin embargo, urgimos a un igual reconocimiento de las organizaciones de la

economía social que también participan en el desarrollo cultural de la nación.

● Observamos ambigüedad al establecer la función sustantiva de la

participación social en la fiscalización, evaluación y acompañamiento del

ejercicio del gasto público.

AbreCultura es una iniciativa latinoamericana para promover la transparencia y la participación

social en materia de legislación y políticas culturales. Surge en 2013 por un esfuerzo de las redes

Telartes (Bolivia), Culturaperu.org (Perú), Fora do Eixo (Brasil) y la Red Sudamericana de Danza.

En México AbreCultura comienza a articularse en torno a la coyuntura de la elaboración de la Ley

de Cultura federal.

El documento “Aportes de la sociedad civil para la elaboración de una Ley de Cultura con

perspectiva de Derechos y Democracia Cultural” que AbreCultura México presenta y entrega a la

Comisión de Cultura del Senado de la República el jueves 24 de noviembre de 2016 es producto

de las aportaciones que organizaciones culturales, promotores y académicos realizaron durante el I

Foro de Políticas Públicas, Derechos Culturales y Cultura Viva celebrado el pasado mes de octubre

en la Ciudad de México.

Colaboraron para la elaboración de este documento integrantes de la red Cultura Viva Comunitaria,

Red Cultural Azcapotzalco y Red Cultural Oriente de la Ciudad de México, Red_es Cultura, Cuerpo

Académico de Gestión de la Cultura en Ambientes Virtuales de la Universidad de Guadalajara,

Habitajes Centro de Estudios y Acciones sobre el Espacio Público, Traza Consulting, Red de

Espacios Culturales Independientes de la ciudad de León, Wikipolítica Jalisco/Ciudad de México,

Ideas para la Cultura, A.C., Contrasentido.MX, redLab, Colegio de Etnólogos y Antropólogos

Sociales, Centro Cutlural Autogestivo Ki’ki’taan, Colectivo Comunitlán entre otros.

Con el fin de que este documento no sea considerado anónimo, se adjudica la responsabilidad de

su redacción y presentación a Lisa Moncada Mercado, Gerardo Daniel Padilla González y Rafael

Paredes Salas. Contacto: [email protected]