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VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA DE LAS ETV Y RESPONSABILIDADES DE LAS EAPB Dirección de Vigilancia y Análisis del Riesgo en Salud Pública Diciembre de 2015

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VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA DE LAS ETV Y RESPONSABILIDADES DE LAS EAPB

Dirección de Vigilancia y Análisis del Riesgo en Salud Pública

Diciembre de 2015

Instituto Nacional de Salud

Propósito de la vigilancia epidemiológica de las ETV en el territorio nacional

Fuente: Protocolo de Vigilancia epidemiológica de malaria. Instituto Nacional de Salud

Realizar el seguimiento continuo ysistemático del comportamiento delas enfermedades transmitidas porvectores, para establecer lafrecuencia y distribución de lamorbilidad y mortalidad en elterritorio nacional, con el fin depresentar datos y producirinformación útil y oportuna paraorientar estrategias de prevención ycontrol epidemiológico, en el marcode la estrategia de control integral delas ETV (EGI ETV)

Instituto Nacional de Salud

Objetivos de la Vigilancia epidemiológica de las enfermedades transmitidas por vectores

Describir lascaracterísticasdemográficas y socialesde los casos de lasenfermedadestransmitidas por vectores

Determinar la frecuenciay distribución deocurrencia de lamorbilidad y mortalidad

Establecer la proporciónde letalidad

Identificar los principalesfactores de riesgoinvolucrados

Revisar y clasificar latotalidad de los casosreportados por los entesterritoriales

Identificar los cambios enlos patrones deocurrencia y predecir laposible aparición debrotes o epidemias en elpaís

Definir y ejecutarestrategias deintervención operativa(inmediata).

Determinar la circulaciónde las diferentes especiesdel parasito y virus segúnevento en territorionacional

Fuente: Protocolo de Vigilancia epidemiológica de malaria. Instituto Nacional de Salud

Instituto Nacional de Salud

Protocolos de vigilancia

epidemiológicaLineamientos

generales de vigilancia en Salud Pública

Documentos de referencia para la vigilancia epidemiológica de las enfermedades transmitidas por vectores en Colombia

DECRETO 3518 DE 2006por el cual se crea y reglamenta el Sistema de Vigilancia en Salud Pública y se dictan otras disposiciones

Instituto Nacional de Salud

Fuente: Sivigila. Instituto Nacional de Salud

Vigilancia activa Vigilancia

pasiva

Estrategias de vigilancia epidemiológica

Instituto Nacional de Salud

Estrategias de vigilancia epidemiológica

• Notificación y análisis de los casos confirmados al sistema de información Sivigila individual

Vigilancia pasiva

• Búsquedas activas comunitarias

• Búsquedas activas institucionales

• Vigilancia comunitaria

Vigilancia activa

Vigilancia rutinaria

Situaciones de brote e identificación de nuevos focos de transmisión

Fuente: Protocolo de Vigilancia epidemiológica de malaria. Instituto Nacional de Salud

Instituto Nacional de Salud

Fuente: Sivigila. Instituto Nacional de Salud

Estrategias de vigilancia epidemiológica

DENGUE

Código: 210,220,580

MALARIA

Código: 465

LEISHMANIASIS

Códigos: 420,430 y

440

ENFERMEDAD DE CHAGAS

Código: 205

FIEBRE AMARILLA

Código: 310

CHIKUNGUNYA

Códigos 217 y 910

Instituto Nacional de Salud

Estrategias de vigilancia

Fuente: Sivigila. Instituto Nacional de Salud

VIGILANCIA PASIVA

Flujo de información

Instituto Nacional de Salud

INFORMACION PARA LA ACCION

Comunicación

Instituto Nacional de Salud

INFORMACION PARA LA ACCION

Fuente: Protocolo de vigilancia y control de las Leishmaniasis. Instituto Nacional de Salud

INFORMACION PARA LA ACCION

Comunicación

Instituto Nacional de Salud

Responsabilidades de las aseguradora en relación con el sistema de Vigilancia en Salud Pùblica

Implementar las directrices y procedimientos determinados por el Ministerio de la Protección Social en relación con los procesos básicos de la vigilancia en sus redes de servicios.

Garantizar la realización de acciones individuales tendientes a confirmar los eventos de interés en salud pública sujetos a vigilancia y asegurar las intervenciones individuales y familiares del caso.

Estructurar y mantener actualizadas las bases de datos sobre los eventos de interés en salud pública sujetos a vigilancia de acuerdo con los estándares de información establecidos por el Ministerio de la Protección Social.

Fuente: Decreto 3518 de 2006

Instituto Nacional de Salud

Responsabilidades de las aseguradora en relación con el sistema de Vigilancia en Salud Pùblica

Analizar y utilizar la información de la vigilancia para la toma de decisiones que afecten o puedan afectar la salud individual o colectiva de su población afiliada.

Suministrar la información de su población afiliada a la autoridad sanitaria de su jurisdicción, dentro de los lineamientos y fines propios del Sistema de Vigilancia en Salud Pública.

Participar en las estrategias de vigilancia especiales planteadas por la autoridad sanitaria territorial de acuerdo con las prioridades en salud pública.

Constituir comités de vigilancia en salud pública institucionales para el análisis y difusión de la información de vigilancia en salud pública de su competencia.

Implementación y desarrollo del sistema de Vigilancia

Fuente: Decreto 3518 de 2006

Instituto Nacional de Salud

Articularse con las direcciones territoriales para implementar las directrices y los lineamientos nacionales definidos por el nivel central en lo que corresponde a la vigilancia y control de las enfermedades transmitidas por vectores.

Garantizar la realización de acciones individuales tendientes a confirmar por laboratorio los casos

Recolectar, analizar y utilizar la información de la vigilancia para la toma de decisiones que afecten o puedan afectar la salud individual o colectiva de su población afiliada, al igual que para identificar las causas de morbilidad de los mismos.

Suministrar la información de su población afiliada a la autoridad sanitaria de su jurisdicción, dentro de los lineamientos y fines propios del Sistema de Vigilancia en salud pública.

Participar en las estrategias de vigilancia especiales planteadas por la autoridad sanitaria territorial de acuerdo con las prioridades en salud pública.

Garantizar el ajuste de casos en el sistema de información

RESPONSABILIDADES GENERALES ETV

Responsabilidades de las aseguradora

Fuente: Decreto 3518 de 2006

Instituto Nacional de Salud

Lineamientos nacionales de vigilancia

Lineamientos generales

Vigilancia en salud Publica

Garantizar los recursos financieros y humanos

POA

Dar cumplimiento a la vigilancia y control de los

eventos de interés en Salud Pública

Seguir las orientaciones individuales y colectivas de los

protocolos

DTO, Distrito Municipio , UPGD, EAPB.

Ejecutar planes de capacitación, asesoría, asistencias técnicas y

supervisión de las estrategias de vigilancia

Fuente: Documento lineamientos nacionales de vigilancia en Salud Pública año 2015. INS

Instituto Nacional de Salud

Lineamientos nacionales de vigilancia

Subsistema de Análisis

Vigilancia en salud Publica

Realizar el análisis del comportamiento de los eventos

Entidades territoriales

Conforme a lineamientos y protocolos

Entrega trimestral al nivel nacional

Desarrollo de espacios de análisis

DTO, Distrito Municipio, UPGD, EAPB.

Comités de vigilancia epidemiológica

Reuniones de análisis

Salas situacionales

Entidades territoriales

Formular recomendaciones científicas y técnicas concretas y sostenibles

Efectuar el seguimiento a los planes de mejoramiento formulados en los

espacios de Análisis EAPB, IPS, Direcciones de Salud a nivel: local, municipal, distrital y

departamental conforme a las competencias

Fuente: Documento lineamientos nacionales de vigilancia en Salud Pública año 2015. INS

Instituto Nacional de Salud

Lineamientos nacionales de vigilancia

Enfermedades transmitidas por vectores

Realizar reuniones periódicas de grupo funcional según las necesidades y el

comportamiento de los eventos

Entidades territoriales

Soportar con las respectivas actas

Realizar investigaciones epidemiológicas de campo en casos de brote e identificación de nuevos

focos de transmisión

Realizar el envío del informe final

Entidad territorial

Vigilancia activa en situaciones de brote

BAC

BAI

Entidades territoriales

Realizar y enviar junto con el informe de investigación de

campo

Fuente: Documento lineamientos nacionales de vigilancia en Salud Pública año 2015. INS

Instituto Nacional de Salud

Lineamientos nacionales de vigilancia

Análisis de muertes

Vigilancia en salud Publica

UPGD-MPIO-DTO

Realizar el análisis de la totalidad de muertes en

estudio para malaria

Entidad territorial

Envío al nivel nacional (INS)

Grupo ETV

Equipo de enfermedades transmisibles

(máximo 45 días después de la notificación de la muerte)

Entidad territorial

Realizar el análisis utilizando idealmente la metodología “ la

ruta de la vida, camino a la supervivencia (cuatro demoras)

Adjuntar: Investigación de campo o entrevista Copia del resumen de historia clínica. Copia del acta del análisis del caso en el

nivel departamental o distrital. Copia del plan de mejoramiento. Copia certificado de defunción Reporte de autopsia (si aplica)

En los casos de muertes por EISP

es obligatoria la toma de

muestras para estudio

anatomopatológico y su envío al

laboratorio de patología del

Instituto Nacional de Salud.

Malaria: Envío de láminas de gota

gruesa

Fuente: Documento lineamientos nacionales de vigilancia en Salud Pública año 2015. INS

Instituto Nacional de Salud

DENGUE

Garantizar la realización de acciones individuales tendientes a confirmar porlaboratorio los casos de dengue y dengue grave (IgM dengue por la técnicaELISA), y asegurar las intervenciones individuales y familiares del caso .

Responsabilidades de las aseguradora

RESPONSABILIDADES ESPECIFICAS ETV

Instituto Nacional de Salud

Lineamientos

Los casos sospechosos de chikunguña se reportaran individualmente bajo el código 217 yde forma colectiva bajo el código 910 con periodicidad semanal de conformidad a laestructura y contenidos mínimos establecidos en el subsistema de información para lavigilancia de los eventos de interés en salud pública.

En los municipios donde no hay casos autóctonos confirmados de chikunguña, seseguirá notificando en ficha individual con el código Sivigila 217 y se enviara muestrasal laboratorio de virología para su confirmación; una vez se confirme por laboratorio lacirculación autóctona del virus de chikunguña, la notificación se seguirá realizando enficha colectiva bajo el código sivigila 910 como casos confirmados por clínica

chikunguña

Instituto Nacional de Salud

Lineamientos

Los casos sospechosos de chikunguña en recién nacidos, menores de un año, mujeres embarazadas, 65 años y más y personas con comorbilidades, deben ser notificados de manera individual bajo el código 217, así el municipio ya esté notificando de manera colectiva. Se garantizará la confirmación de estos casos mediante pruebas virológicas directas o

serológicas.

chikunguña

Instituto Nacional de Salud

Instituto Nacional de Salud

PBX: (57-1) 220 77 00

Bogotá, COLOMBIA

www.ins.gov.co

Línea gratuita nacional: 01 8000 113 400

GRACIAS

Sara Esmeralda Gómez Romero

Daniela Salas Botero

Equipo de enfermedades transmitidas por Vectores y zoonosis

Grupo de Enfermedades Transmisibles

Subdirección de Prevención, Vigilancia y Control en Salud Publica

Dirección de Vigilancia y Análisis del Riesgo en Salud Pública

Correo electrónico: [email protected]