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“PLANES DE MANEJO DE RESIDUOS MINEROS”
DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN INTEGRAL
DE MATERIALES Y ACTIVIDADES RIESGOSAS
Puerto Vallarta, Jalisco. 26 y 27 de junio de 2014
Cámara Minera de México
Talleres de Intercambio de Experiencias
Ing. Luis Eduardo de Ávila Rueda
Introducción
Generación de Residuos Uno de los mayores problemas ambientales
Origen de Contaminación de agua y suelo
Emisiones de contaminantes atmósfericos
Riesgos a la salud pública
Manejo integral de residuos Factor para el Desarrollo Sustentable 2
Garantizar el derecho a toda persona a vivir en un medio ambiente adecuado
para su desarrollo y bienestar.
Propiciar el desarrollo sustentable a través de:
• Prevención de la generación de residuos.
• Minimización y valorización de residuos.
• Manejo integral de residuos.
• Quien genere residuos le corresponde el pago derivado de su manejo
integral y la reparación de daños.
• Responsabilidad compartida de productores, importadores, exportadores,
comercializadores, consumidores, empresas de servicio de residuos y los
tres órdenes de gobierno.
Principios de política de la LGPGIR
Establece como instrumento de la política en materia de prevención y gestión
integral de los residuos (en este caso los residuos mineros), a los Planes de
Manejo.
Faculta a la Federación para expedir las normas oficiales mexicanas para
regular el manejo integral de los residuos de la industria minera. Art. 7
fracción 3.
Establece que los residuos de la industria minera provenientes del minado,
tratamiento de minerales (jales) y residuos de los patios de lixiviación
abandonados son de regulación y competencia federal y están sujetos a los
planes de manejo previstos en la misma. Art. 17
Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los
Residuos (LGPGIR)
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NORMA TÍTULO DOF
NOM-052-
SEMARNAT-2005
QUE ESTABLECE LAS CARACTERÍSTICAS, EL PROCEDIMIENTO DE
IDENTIFICACIÓN, CLASIFICACIÓN Y LOS LISTADOS DE LOS RESIDUOS
PELIGROSOS
23/JUN/06
NOM-133-
SEMARNAT-2003
PROTECCIÓN AMBIENTAL – BIFENILOS POLICLORADOS (BPCS) –
ESPECIFICACIONES DE MANEJO. 23/ABR/03
NOM-138-
SEMARNAT/SS-
2003
LIMITES MÁXIMOS PERMISIBLES DE HIDROCARBUROS EN SUELOS Y LAS
ESPECIFICACIONES PARA SU CARACTERIZACIÓN Y REMEDIACIÓN. 29/MAR/05
NOM-141-
SEMARNAT-2003
QUE ESTABLECE LOS REQUISITOS PARA LA CARACTERIZACIÓN DEL SITIO,
PROYECTO, CONSTRUCCIÓN, OPERACIÓN Y POSTOPERACIÓN DE PRESAS
DE JALES.
13/SEP/04
NOM-147-
SEMARNAT-SSA1-
2004
QUE ESTABLECE CRITERIOS PARA DETERMINAR LAS CONCENTRACIONES
DE REMEDIACIÓN DE SUELOS CONTAMINADOS POR ARSÉNICO, BARIO,
BERILIO, CADMIO, CROMO HEXAVALENTE, MERCURIO, NÍQUEL, PLATA,
PLOMO, SELENIO, TALIO Y/O VANADIO.
02/MAR/07
NOM-155-
SEMARNAT-2007
QUE ESTABLECE LOS REQUISITOS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL PARA LOS
SISTEMAS DE MINERALES DE ORO Y PLATA. 15/ENE/10
NOM-157-
SEMARNAT-2009
QUE ESTABLECE LOS ELEMENTOS Y PROCEDIMIENTOS PARA
INSTRUMENTAR PLANES DE MANEJO DE RESIDUOS MINEROS. 30/AGO/11
NOM-159-
SEMARNAT-2011
QUE ESTABLECE LOS REQUISITOS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LOS
SISTEMAS DE LIXIVIACIÓN DE COBRE. 23/FEB/12
Normas Oficiales Mexicanas en
Materia de Residuos
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¿Qué es el Plan de Manejo?
Plan de Manejo
(Instrumento de
gestión)
Objetivo
Minimizar la generación de residuos
Maximizar la valorización de residuos
Criterios
Eficiencia:
Ambiental, Tecnológica,
Económica y Social
Principios Responsabilidad compartida
Manejo integral
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PLANES DE MANEJO
Aspectos a considerar
Prevención
Características Físicas Características CRETIB Tipo de residuos Cantidades (Kg o Ton)
Justificación técnica y económica
Disposición final
Acciones para prevenir y minimizar su generación: Reducción en la fuente Segregación de residuos Buenas prácticas operacionales
Acciones para valorizar sus residuos: Reutilización Reciclaje Co-procesamiento Reciclaje energético
Aprovechamiento como insumos de otro proceso : Documentar la transferencia de la propiedad y describir el proceso. Fuera de la fuente de generación
Almacenamiento
Proceso
Residuos
Residuos
• Sustitución de materia prima
• Modificación en el proceso productivo
Manejo Integral de residuos
Tratamiento
Sujetos obligados a presentar Planes de Manejo para su
registro ante SEMARNAT
Grandes Generadores de Residuos Peligrosos
La industria Minero-Metalúrgica
Los productores, importadores, exportadores y
distribuidores de los productos que al desecharse
se convierten en residuos peligrosos.
Sujetos obligados
Art. 17 y 28 de la LGPGIR 8
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Trámite SEMARNAT-07-024. Registro de Planes de Manejo
• La presentación del Plan de Manejo para su registro es a través del trámite
SEMARNAT-07-024. Registro de Planes de Manejo
SEMARNAT-07-024. Registro del Plan de
Manejo
Registro de Plan de Manejo “ De productos que al desecharse se convierten en residuos peligrosos
Registro de Plan de Manejo “ Grandes Generadores ”
Registro de Plan de Manejo“ Residuos Minero-metalúrgicos ”
Registro de Plan de Manejo“ Con condiciones
particulares de manejo”
Adhesión o incorporación a un Plan de Manejo registrado
Plan de Manejo de la
Industria Minera NOM- 157- SEMARNAT-2009 Que establece los elementos y procedimientos para
instrumentar planes de manejo de residuos mineros.
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Identificación del
generador
Objetivos del Plan
de Manejo
Período estimado de
vigencia Se debe establecer el lapso que se estima durará la
generación de residuos y, por lo tanto, la vigencia del
plan de manejo.
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Elementos que debe contener el plan de
manejo de residuos mineros
Describir el objetivo específico del plan de manejo, el
cual debe considerar:
- las peculiaridades de los residuos,
- las circunstancias técnicas y económicas y
- el concepto de manejo integral.
a) Nombre, denominación o razón social.
b) Domicilio (incluir croquis con coordenadas
geográficas).
c) Giro o actividad preponderante del solicitante.
d) Nombre de su representante legal.
Incluir los plazos de aquellas actividades a
realizar para asegurar el manejo integral de los
residuos.
Programa de actividades
Modalidad del
Plan de Manejo
• Sujetos que intervienen en ellos
• Sujetos obligados a su formulación y ejecución
• Conforme a su ámbito de aplicación
Privados o Mixtos
Nacionales o Regionales o Locales
Individuales o Colectivo
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El generador identificará sus residuos en función del proceso que los
genera:
Clasificación de los residuos
Residuos provenientes
del minado
• Terreros
• Tepetateras
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Residuos provenientes del beneficio de minerales
• Residuos de la concentración de minerales
Residuos del
beneficio físico (jales
de la separación
magnética o
electrostática y Jales
de la concentración
gravimétrica)
Residuos del beneficio
físico-químico (Jales
de flotación y
Reactivos gastados de
los procesos de
flotación)
Procesos químicos o
bioquímicos (Jales
cianurados y Mineral
gastado de sistemas
de lixiviación en
montones)
Residuos provenientes del beneficio de minerales
Residuos de los procesos
hidrometalúrgicos (Yesos de la neutralización de purgas
ácidas, Lodos de la precipitación del hierro (goetita, jarosita o
hematita) incluyendo lonas filtrantes deterioradas, Lodos de la
lixiviación en tanques, Lodos del ánodo electrolítico, Carbón
activado gastado, Lodos de la extracción por disolventes, Azufre
elemental proveniente de la lixiviación directa de concentrados de
zinc, Otros residuos)
Residuos de los procesos
pirometalúrgicos (Escorias vitrificadas,
Escorias carbonatadas, Catalizador gastado, Ladrillo
refractario, Lodos de la limpieza de gases incluyendo
lonas filtrantes deterioradas, Lodos del tratamiento del
ácido débil, Lodos del almacenamiento de ácido
sulfúrico, Lodos de las purgas de las plantas de ácido,
Polvos de hornos, Otros residuos)
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Datos sobre el tipo y volumen o cantidad generada de residuos con la cual se iniciará la formulación del plan de manejo.
Línea base de generación
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Generación anual estimada en unidades de masa
En el caso de los residuos peligrosos, se podrá establecer la línea base a partir de los volúmenes
registrados en la Cédula de Operación Anual
Caracterización de los residuos - Determinación de la Peligrosidad
Se realizará conforme:
A la Norma Oficial Mexicana NOM-157-SEMARNAT-2009, o conforme a
las
Normas oficiales mexicanas específicas para residuos mineros
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NORMA TÍTULO DOF
NOM-141-SEMARNAT-2003
QUE ESTABLECE LOS REQUISITOS PARA LA CARACTERIZACIÓN
DEL SITIO, PROYECTO, CONSTRUCCIÓN, OPERACIÓN Y
POSTOPERACIÓN DE PRESAS DE JALES.
13/SEP/04
NOM-155-SEMARNAT-2007 QUE ESTABLECE LOS REQUISITOS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
PARA LOS SISTEMAS DE MINERALES DE ORO Y PLATA. 15/ENE/10
NOM-157-SEMARNAT-2009 QUE ESTABLECE LOS ELEMENTOS Y PROCEDIMIENTOS PARA
INSTRUMENTAR PLANES DE MANEJO DE RESIDUOS MINEROS. 30/AGO/11
NOM-159-SEMARNAT-2011 QUE ESTABLECE LOS REQUISITOS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
DE LOS SISTEMAS DE LIXIVIACIÓN DE COBRE. 23/FEB/12
Las muestras del residuo deben de ser obtenidas de acuerdo a la NOM-157 o a las
normas específicas:
a) antes del inicio de operaciones o cuando se modifiquen procesos, de las
pruebas metalúrgicas realizadas en el laboratorio, y/o
b) durante la operación, de las corrientes donde se generan los residuos o
directamente de los depósitos de residuos.
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Muestreo para la caracterización de los residuos
El método empleado en el laboratorio debe
simular el proceso de tratamiento y/o fundición
o refinación que se realizará durante la
operación.
En la etapa de operación se hará un compósito
anual durante la vida útil del proyecto que sea
representativo.
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Pruebas para determinar la peligrosidad del residuo
conforme a la NOM-157
Etapa del proceso minero Pruebas a realizar en el estudio
Minado y tratamiento de minerales
Concentración total
Movilidad
Potencial de generación de drenaje
ácido
Producción de metales mediante
procesos pirometalúrgicos o
hidrometalúrgicos
Concentración total
Movilidad
pH de la disolución del residuo en
agua
Prueba: Concentración Total
Determinar la concentración total en base
seca de los elementos mediante los métodos:
a) Espectrofotometría de absorción atómica
b) Espectrofotometría de emisión con
plasma acoplado inductivamente.
Límites máximos permisibles (LMP) para los constituyentes
tóxicos en base seca.
¡ Cuando la
concentración total de los
elementos normados sea
mayor que el
correspondiente límite
máximo permisible en
base seca, se deberán
realizar las pruebas de
movilidad !
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Prueba: Movilidad
Determinar los constituyentes tóxicos mediante
alguna de las siguientes pruebas de extracción :
a) Lixiviación con agua en equilibrio con
dióxido de carbono (pH = 5.50 ajustado con
burbujeo de dióxido de carbono).
b) Procedimiento de movilidad con agua
meteórica.
c) Lixiviación de precipitación sintética con
mezcla de ácido sulfúrico/ácido nítrico.
Límites máximos permisibles (LMP) para los
constituyentes tóxicos en el extracto PECT.
¡ Cuando la concentración en el extracto de uno o varios de los elementos
listados, sea superior a los límites permisibles PECT, se concluye que el residuo
representado por la muestra es peligroso, por la toxicidad asociada con la
movilidad del elemento en cuestión ! 20
Prueba: Determinación del pH
Se determinará mediante el procedimiento indicado en la Norma mexicana NMX-
AA-025-1984, Protección al ambiente - Contaminación del suelo - residuos
sólidos - determinación del pH - método potenciométrico.
¡ Cuando el valor del pH sea menor o igual que 4
o mayor que 10, se considera que el residuo es
peligroso !
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Prueba: Potencial de generación de drenaje ácido.
Determinar el potencial de generación aplicando la prueba modificada de balance ácido-base.
prueba ABA (por sus siglas en inglés) establecida en los Anexos Normativos 1 y 5 (II) de la
NOM-141-SEMARNAT-2003 y se sujeta a los siguientes límites establecidos:
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Manejo integral de residuos
a) Reducción en la fuente
f) Disposición final
b) Separación
c) Valorización
d) Tratamiento
e) Almacenamiento
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a) Reducción en la fuente
innovación de procesos
nuevas tecnologías
sustitución de materias primas
b) Separación
Asegurar el manejo
separado de los residuos
dadas sus características,
peligrosidad e
incompatibilidad 24
Para la reutilización:
las características técnicas del material o
residuo a reutilizar,
los procesos productivos en los cuales serán
utilizados,
su capacidad anual de reutilización y
su balance de materia.
Para el reciclaje o co-procesamiento:
los procedimientos, métodos o técnicas de
reciclaje o co-procesamiento que se proponen,
las cargas de residuos peligrosos, emisiones,
efluentes y generación de otros residuos,
así como los parámetros de control de
proceso.
Para el aprovechamiento energético:
el balance de energía,
el poder calorífico del residuo y
el proceso al cual será incorporado.
c) Valorización de los residuos en la
fuente que los genero
d) Tratamiento En el caso de que el residuo sea peligroso, deben describirse las
medidas aplicadas para contar con las especificaciones de ingeniería
y mantenimiento que aseguren su estabilidad física.
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e y f)
Almacenamiento
y disposición
final …
Indicar las condiciones para evitar la liberación de
contaminantes al ambiente y sus posibles afectaciones a la
salud de la población y al ambiente.
Identificar los elementos del ambiente presentes en el sitio en que
se depositarán los residuos, aquéllos que sean susceptibles de
afectación por los impactos generados, así como la capacidad del
entorno para atenuar dichos impactos, conforme al estudio de la
caracterización del sitio del numeral 5.3 de la NOM-141-
SEMARNAT-2003.
Durante el proyecto, construcción, operación y cierre de los
depósitos de almacenamiento y disposición final de residuos, se
deberán contar con las especificaciones de ingeniería y
mantenimiento que aseguren su estabilidad física.
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Durante las etapas de operación y post-operación, en todo depósito se
deberá monitorear los cuerpos de agua vulnerables.
En el caso de los terreros, tepetateras y demás depósitos de
residuos mineros no sujetos a una Norma Oficial Mexicana
específica, se deben establecer medidas de control para:
Evitar procesos de erosión eólica e hídrica, así como los
arrastres mecánicos.
Impedir la dispersión en el ambiente de drenaje ácido,
lixiviados y escurrimientos, en su caso.
e y f) Almacenamiento y disposición final …
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Para los depósitos de residuos provenientes de procesos
pirometalúrgicos e hidrometalúrgicos, se debe cumplir
además con lo siguiente:
Depositar únicamente residuos sólidos de naturaleza
inorgánica y compatibles entre sí.
Asegurar el aislamiento adecuado del depósito para
impedir el contacto de los residuos con cuerpos de agua,
así como para evitar su transporte por viento o arrastres.
Contar con un sistema de captación y canalización del agua
pluvial, acorde a las condiciones climáticas locales.
El Art. 34 del Reglamento de la LGPGIR establece que las
disposición final de residuos de la industria minera se
podrán disponer en minas subterráneas utilizando el
proceso de relleno hidráulico o cualquier otro proceso,
conforme a lo establecido en las normas oficiales
mexicanas para tal efecto.
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Presa de Jales – NOM-141-
SEMARNAT-2003
Patio de lixiviación de
minerales de oro y plata –
NOM-155-SEMARNAT-
2007
Patios o terreros de
lixiviación de cobre– NOM-
159-SEMARNAT-2011
Disposición final considerada en Normas específicas y LGPGIR
Confinamiento de residuos
peligrosos y minas
subterráneas . LGPGIR
Los mecanismos de
evaluación y mejora del
plan de manejo
Incluir uno o varios indicadores de desempeño,
el procedimiento y periodicidad de su evaluación,
el registro de las conclusiones y mejoras
correspondientes.
Conservar registro de los programas que se realicen,
así como de las evidencias de su cumplimiento y
mejora.
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Documentos anexos a la solicitud del
registro del Plan de Manejo
Anexo 1. Identificación oficial o documento que acredite al representante legal.
Anexo 2. Documento que contenga el Plan de Manejo.
Anexo 3. Instrumentos celebrados para la implementación del plan de manejo.
Anexo 4. Instrumentos celebrados para la adhesión o incorporación al plan de
manejo.
Anexo 5. Escrito mediante el cual el sujeto obligado acepta la incorporación.
Anexo 6. Informes de laboratorio en original o copia certificada que contengan las
pruebas analíticas, la cadena de custodia y el método de muestreo.
Anexo. 7 Opcional. Resolutivos en materia de impacto ambiental para la
construcción y operación de presas de jales.
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Errores más comunes en la presentación
del Plan de Manejo
No se identifican los residuos mineros en función de los procesos y clasificación de la NOM-157
y NOM´s específicas.
Las pruebas analíticas para determinar la peligrosidad de los residuos mineros no se realizan
conforme a la NOM-157 o a las NOM´s específicas, según sea el caso.
Los informes de laboratorio no se anexan al Plan de Manejo en original o copia certicada, ni
contienen la cadena de custodia y método de muestreo realizado.
No se establecen medidas para prevenir, reducir, aprovechar y valorizar los residuos mineros
Falta describir las medidas para evitar la liberación de contaminantes al ambiente de los sitios
para disponer finalmente los residuos mineros.
No se describen las especificaciones de ingeniería y mantenimiento que aseguren la estabilidad
física de los sitios de disposición final.
No se describen las medidas de control para evitar procesos de erosión eólica e hídrica, así
como los arrastres mecánicos e impedir la dispersión en el ambiente de drenaje ácido,
lixiviados y escurrimientos, en su caso.
Falta detallar el proceso, método y demás información respecto a las minas subterráneas
utilizando el proceso de relleno hidráulico, que asegure la estabilidad física de la mina y cómo
se evita la liberación de contaminantes al ambiente.
No se tiene presente el solicitar a la DGGIMAR la autorización correspondiente para el
confinamiento de residuos peligrosos, cuando este sea el caso.
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¡Muchas gracias por su atención!
Ing. Luis Eduardo de Ávila Rueda Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas /SEMARNAT [email protected] Tel. 56243603