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1 Presentación El Honorable Ayuntamiento del Municipio de Nezahualcóyotl 2016-2018, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 124 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 31 fracciones I y XX XVI y 48 fracción III de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, ha tenido a bien publicar la Gaceta Municipal, Órgano Oficial informativo de la Administración Pública, que da cuenta de las disposiciones jurídicas y acuerdos tomados por el Ayuntamiento, así como de los reglamentos, circulares y demás disposiciones administrativas de observancia general dentro del territorio municipal.

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    Presentación

    El Honorable Ayuntamiento del Municipio de Nezahualcóyotl 2016-2018,

    en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 124 de la Constitución

    Política del Estado Libre y Soberano de México; 31 fracciones I y XX

    XVI y 48 fracción III de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México,

    ha tenido a bien publicar la Gaceta Municipal, Órgano Oficial

    informativo de la Administración Pública, que da cuenta de las

    disposiciones jurídicas y acuerdos tomados por el Ayuntamiento, así

    como de los reglamentos, circulares y demás disposiciones

    administrativas de observancia general dentro del territorio municipal.

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    “2018. Año del Bicentenario del Natalicio de Ignacio Ramírez Calzada, El Nigromante.”

    Nezahualcóyotl, Estado de México, a diez de septiembre del año dos mil dieciocho. EXPEDIENTE: CM/MABI-A-16/477/2015

    OFICIO-CITATORIO: CM/SJRA/NEZA/CIT/1434/2018 ASUNTO: SE CITA A GARANTÍA DE AUDIENCIA

    EDICTO

    C.MARTINEZ GARCIA JOSE LUIS P R E S E N T E. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1,14, 16, 109, fracción III, 113 115 fracción I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 130 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 2, 48 fracción XVI , 86, 110, 111, 112 y 168 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1, 2, 3 fracción VI, 4, 41, 42 fracción XIX, 43, 44, 47 párrafo tercero, 49, 52, 53, 59, 60, 79, 80, 80 bis y 91 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta; 1, 3, 25, 26, 27, 28, 30, 31 fracciones I y II, 106, 113, 114 y 129 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, de aplicación supletoria a la materia; 1.1, 1.2, 1.13 del Acuerdo que Norma los Procedimientos de Control y Evaluación Patrimonial de los Servidores Públicos del Estado de México y sus Municipios vigente al momento de los hechos, publicado en la Gaceta del Gobierno del Estado de México, Número 28, de fecha once de febrero del año dos mil cuatro; 1, 5, 45, 48 fracción IV del Bando Municipal de Nezahualcóyotl, dos mil dieciocho ;1, 2, 8 fracción IV, 9. 10, 36 tercero transitorio del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Nezahualcóyotl, Estado de México, vigente; así como el Acta de la Primera Sesión Ordinaria de Cabildo, de fecha primero de enero del año dos mil dieciséis, mediante la cual el Ayuntamiento de Nezahualcóyotl, Estado de México, otorga nombramiento al Contralor Interno Municipal; y en cumplimiento a lo dispuesto en los numerales 59 fracción I de la citada Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta y 129 fracción I del Código Procesal de la Materia, se le notifica que mediante oficio número 210094000/3770/2015, de fecha veinticinco de junio del dos mil quince, ingresado en la Oficialía de Partes de este Órgano de Control Interno el día uno de abril del dos mil quince con número de control 4051, el Licenciado LUIS VELASCO HERNÁNDEZ, en su cargo de Director de Conflicto de Intereses Manifestación de Bienes y Sanciones, adscrito a la Secretaria de la contraloría del Gobierno del Estado de México, remite a esta Contraloría Interna la remesa de los meses de enero, febrero y marzo 2015, relacionando los servidores públicos que fueron OMISOS y/o EXTEMPORANEOS en la presentación de Manifestación de Bienes por ALTA y/o BAJA; y su Declaración de Intereses Inicial, oficio en el que aparece el nombre del C.MARTINEZ GARCIA JOSE LUIS en su cargo de Coordinador Ejecutivo C adscrito a Dirección de Desarrollo Social del H. Ayuntamiento de Nezahualcóyotl, consistente en haber sido OMISO en presentar su Manifestación de Bienes por ALTA, en el servicio público, omisión que ocurrió el día doce de febrero del año dos mil quince, por lo que debió presentar su manifestación de bienes por alta durante los sesenta días naturales a la toma de posesión o alta del empleo, cargo o comisión; dicha infracción dio origen al acuerdo de fecha veintiocho de septiembre del año dos mil quince , emitido por esta Autoridad Administrativa ordenando, iniciar el correspondiente procedimiento administrativo disciplinario.

    Derivado de lo anterior, me permito solicitar su COMPARECENCIA DE MANERA PERSONAL, en las instalaciones que ocupa este Órgano de Control Interno, ubicadas en calle Faisán, número 110, colonia Benito Juárez, Código Postal 57000, Nezahualcóyotl, Estado de México, A LAS 17:40 DIECISIETE HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL DIA TRES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, razón por la cual deberá de presentarse con identificación oficial vigente, con la finalidad de desahogar su garantía de audiencia y para que manifieste lo que a su derecho convenga, por hechos que se le atribuyen. Asimismo, se hace de su conocimiento que durante el desahogo de la garantía de audiencia usted tiene el derecho de ofrecer pruebas y alegar lo que a sus intereses convenga, por sí o por medio de su defensor, respecto de los hechos que se le atribuyen; con el apercibimiento que para el caso de no presentarse el día y hora señalados se le tendrá por satisfecha su garantía de audiencia y por perdido el derecho para ofrecer pruebas y formular alegatos, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 59 fracción I de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta, en relación con los artículos 30 y 129 fracción III, primer párrafo, del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, así lo acordó el LIC. JOSÉ SALVADOR SALAZAR BARRIENTOS, CONTRALOR INTERNO MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE NEZAHUALCÓYOTL, ESTADO DE MÉXICO. Rubrica.

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    “2018. Año del Bicentenario del Natalicio de Ignacio Ramírez Calzada, El Nigromante.”

    Nezahualcóyotl, Estado de México, a diez de septiembre del año dos mil dieciocho. EXPEDIENTE: CM/MABI-A-14/223/2015

    OFICIO-CITATORIO: CM/SJRA/NEZA/CIT/1389/2018 ASUNTO: SE CITA A GARANTÍA DE AUDIENCIA

    EDICTO

    C.TORRES MARQUEZ JORGE LUIS P R E S E N T E. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1,14, 16, 109, fracción III, 113 115 fracción I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 130 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 2, 48 fracción XVI , 86, 110, 111, 112 y 168 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1, 2, 3 fracción VI, 4, 41, 42 fracción XIX, 43, 44, 47 párrafo tercero, 49, 52, 53, 59, 60, 79, 80, 80 bis y 91 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta; 1, 3, 25, 26, 27, 28, 30, 31 fracciones I y II, 106, 113, 114 y 129 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, de aplicación supletoria a la materia; 1.1, 1.2, 1.13 del Acuerdo que Norma los Procedimientos de Control y Evaluación Patrimonial de los Servidores Públicos del Estado de México y sus Municipios vigente al momento de los hechos, publicado en la Gaceta del Gobierno del Estado de México, Número 28, de fecha once de febrero del año dos mil cuatro; 1, 5, 45, 48 fracción IV del Bando Municipal de Nezahualcóyotl, dos mil dieciocho ;1, 2, 8 fracción IV, 9. 10, 36 tercero transitorio del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Nezahualcóyotl, Estado de México, vigente; así como el Acta de la Primera Sesión Ordinaria de Cabildo, de fecha primero de enero del año dos mil dieciséis, mediante la cual el Ayuntamiento de Nezahualcóyotl, Estado de México, otorga nombramiento al Contralor Interno Municipal; y en cumplimiento a lo dispuesto en los numerales 59 fracción I de la citada Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta y 129 fracción I del Código Procesal de la Materia, se le notifica que mediante oficio número 210094000/4115/2014, de fecha veinte de octubre del dos mil catorce, ingresado en la Oficialía de Partes de este Órgano de Control Interno el día veintinueve de octubre del dos mil catorce con número de control 8277, el Licenciado LUIS VELASCO HERNÁNDEZ, en su cargo de Director de Conflicto de Intereses Manifestación de Bienes y Sanciones, adscrito a la Secretaria de la contraloría del Gobierno del Estado de México, remite a esta Contraloría Interna la remesa del mes de julio 2014, relacionando los servidores públicos que fueron OMISOS y/o EXTEMPORANEOS en la presentación de Manifestación de Bienes por ALTA y/o BAJA; y su Declaración de Intereses Inicial, oficio en el que aparece el nombre del C.TORRES MARQUEZ JORGE LUIS en su cargo de Asistente Ejecutivo B adscrito a Dirección de Servicios Públicos del H. Ayuntamiento de Nezahualcóyotl, consistente en haber sido OMISO en presentar su Manifestación de Bienes por ALTA, en el servicio público, omisión que ocurrió el día nueve de julio del año dos mil catorce, por lo que debió presentar su manifestación de bienes por alta durante los sesenta días naturales a la toma de posesión o alta del empleo, cargo o comisión; dicha infracción dio origen al acuerdo de fecha veintitrés de febrero del año dos mil quince , emitido por esta Autoridad Administrativa ordenando, iniciar el correspondiente procedimiento administrativo disciplinario.

    Derivado de lo anterior, me permito solicitar su COMPARECENCIA DE MANERA PERSONAL, en las instalaciones que ocupa este Órgano de Control Interno, ubicadas en calle Faisán, número 110, colonia Benito Juárez, Código Postal 57000, Nezahualcóyotl, Estado de México, A LAS 10:50 DIEZ HORAS CON CINCUENTA MINUTOS DEL DIA TRES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, razón por la cual deberá de presentarse con identificación oficial vigente, con la finalidad de desahogar su garantía de audiencia y para que manifieste lo que a su derecho convenga, por hechos que se le atribuyen. Asimismo, se hace de su conocimiento que durante el desahogo de la garantía de audiencia usted tiene el derecho de ofrecer pruebas y alegar lo que a sus intereses convenga, por sí o por medio de su defensor, respecto de los hechos que se le atribuyen; con el apercibimiento que para el caso de no presentarse el día y hora señalados se le tendrá por satisfecha su garantía de audiencia y por perdido el derecho para ofrecer pruebas y formular alegatos, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 59 fracción I de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta, en relación con los artículos 30 y 129 fracción III, primer párrafo, del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, así lo acordó el LIC. JOSÉ SALVADOR SALAZAR BARRIENTOS, CONTRALOR INTERNO MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE NEZAHUALCÓYOTL, ESTADO DE MÉXICO. Rubrica.

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    “2018. Año del Bicentenario del Natalicio de Ignacio Ramírez Calzada, El Nigromante.”

    Nezahualcóyotl, Estado de México, a diez de septiembre del año dos mil dieciocho.

    EXPEDIENTE: CM/MABI-A-14/265/2015 OFICIO-CITATORIO: CM/SJRA/NEZA/CIT/1420/2018

    ASUNTO: SE CITA A GARANTÍA DE AUDIENCIA

    EDICTO C.SANCHEZ LEON ANTONIO P R E S E N T E. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1,14, 16, 109, fracción III, 113 115 fracción I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 130 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 2, 48 fracción XVI , 86, 110, 111, 112 y 168 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1, 2, 3 fracción VI, 4, 41, 42 fracción XIX, 43, 44, 47 párrafo tercero, 49, 52, 53, 59, 60, 79, 80, 80 bis y 91 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta; 1, 3, 25, 26, 27, 28, 30, 31 fracciones I y II, 106, 113, 114 y 129 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, de aplicación supletoria a la materia; 1.1, 1.2, 1.13 del Acuerdo que Norma los Procedimientos de Control y Evaluación Patrimonial de los Servidores Públicos del Estado de México y sus Municipios vigente al momento de los hechos, publicado en la Gaceta del Gobierno del Estado de México, Número 28, de fecha once de febrero del año dos mil cuatro; 1, 5, 45, 48 fracción IV del Bando Municipal de Nezahualcóyotl, dos mil dieciocho ;1, 2, 8 fracción IV, 9. 10, 36 tercero transitorio del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Nezahualcóyotl, Estado de México, vigente; así como el Acta de la Primera Sesión Ordinaria de Cabildo, de fecha primero de enero del año dos mil dieciséis, mediante la cual el Ayuntamiento de Nezahualcóyotl, Estado de México, otorga nombramiento al Contralor Interno Municipal; y en cumplimiento a lo dispuesto en los numerales 59 fracción I de la citada Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta y 129 fracción I del Código Procesal de la Materia, se le notifica que mediante oficio número 210094000/4813/2014, de fecha cuatro de diciembre del dos mil catorce, ingresado en la Oficialía de Partes de este Órgano de Control Interno el día diez de diciembre del dos mil catorce con número de control 8983, el Licenciado LUIS VELASCO HERNÁNDEZ, en su cargo de Director de Conflicto de Intereses Manifestación de Bienes y Sanciones, adscrito a la Secretaria de la contraloría del Gobierno del Estado de México, remite a esta Contraloría Interna la remesa de los meses de octubre y noviembre 2016, relacionando los servidores públicos que fueron OMISOS y/o EXTEMPORANEOS en la presentación de Manifestación de Bienes por ALTA y/o BAJA; y su Declaración de Intereses Inicial, oficio en el que aparece el nombre del C.SANCHEZ LEON ANTONIO en su cargo de Coordinador Ejecutivo B adscrito a Dirección de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del H. Ayuntamiento de Nezahualcóyotl, consistente en haber sido OMISO en presentar su Manifestación de Bienes por ALTA, en el servicio público, omisión que ocurrió el día veintiséis de septiembre del año dos mil catorce, por lo que debió presentar su manifestación de bienes por alta durante los sesenta días naturales a la toma de posesión o alta del empleo, cargo o comisión; dicha infracción dio origen al acuerdo de fecha veintitrés de febrero del año dos mil quince , emitido por esta Autoridad Administrativa ordenando, iniciar el correspondiente procedimiento administrativo disciplinario.

    Derivado de lo anterior, me permito solicitar su COMPARECENCIA DE MANERA PERSONAL, en las instalaciones que ocupa este Órgano de Control Interno, ubicadas en calle Faisán, número 110, colonia Benito Juárez, Código Postal 57000, Nezahualcóyotl, Estado de México, A LAS 11:50 ONCE HORAS CON CINCUENTA MINUTOS DEL DIA TRES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, razón por la cual deberá de presentarse con identificación oficial vigente, con la finalidad de desahogar su garantía de audiencia y para que manifieste lo que a su derecho convenga, por hechos que se le atribuyen. Asimismo, se hace de su conocimiento que durante el desahogo de la garantía de audiencia usted tiene el derecho de ofrecer pruebas y alegar lo que a sus intereses convenga, por sí o por medio de su defensor, respecto de los hechos que se le atribuyen; con el apercibimiento que para el caso de no presentarse el día y hora señalados se le tendrá por satisfecha su garantía de audiencia y por perdido el derecho para ofrecer pruebas y formular alegatos, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 59 fracción I de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta, en relación con los artículos 30 y 129 fracción III, primer párrafo, del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, así lo acordó el LIC. JOSÉ SALVADOR SALAZAR BARRIENTOS, CONTRALOR INTERNO MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE NEZAHUALCÓYOTL, ESTADO DE MÉXICO. Rubrica.

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    “2018. Año del Bicentenario del Natalicio de Ignacio Ramírez Calzada, El Nigromante.”

    Nezahualcóyotl, Estado de México, a diez de septiembre del año dos mil dieciocho.

    EXPEDIENTE: CM/MABI-A-14/226/2015 OFICIO-CITATORIO: CM/SJRA/NEZA/CIT/1428/2018

    ASUNTO: SE CITA A GARANTÍA DE AUDIENCIA

    EDICTO C.MORALES MEJIA SANTIAGO P R E S E N T E. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1,14, 16, 109, fracción III, 113 115 fracción I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 130 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 2, 48 fracción XVI , 86, 110, 111, 112 y 168 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1, 2, 3 fracción VI, 4, 41, 42 fracción XIX, 43, 44, 47 párrafo tercero, 49, 52, 53, 59, 60, 79, 80, 80 bis y 91 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta; 1, 3, 25, 26, 27, 28, 30, 31 fracciones I y II, 106, 113, 114 y 129 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, de aplicación supletoria a la materia; 1.1, 1.2, 1.13 del Acuerdo que Norma los Procedimientos de Control y Evaluación Patrimonial de los Servidores Públicos del Estado de México y sus Municipios vigente al momento de los hechos, publicado en la Gaceta del Gobierno del Estado de México, Número 28, de fecha once de febrero del año dos mil cuatro; 1, 5, 45, 48 fracción IV del Bando Municipal de Nezahualcóyotl, dos mil dieciocho ;1, 2, 8 fracción IV, 9. 10, 36 tercero transitorio del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Nezahualcóyotl, Estado de México, vigente; así como el Acta de la Primera Sesión Ordinaria de Cabildo, de fecha primero de enero del año dos mil dieciséis, mediante la cual el Ayuntamiento de Nezahualcóyotl, Estado de México, otorga nombramiento al Contralor Interno Municipal; y en cumplimiento a lo dispuesto en los numerales 59 fracción I de la citada Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta y 129 fracción I del Código Procesal de la Materia, se le notifica que mediante oficio número 210094000/3743/2014, de fecha once de septiembre del dos mil catorce, ingresado en la Oficialía de Partes de este Órgano de Control Interno el día veinticinco de septiembre del dos mil catorce con número de control 8983, el Licenciado LUIS VELASCO HERNÁNDEZ, en su cargo de Director de Conflicto de Intereses Manifestación de Bienes y Sanciones, adscrito a la Secretaria de la contraloría del Gobierno del Estado de México, remite a esta Contraloría Interna la remesa del mes de julio 2014, relacionando los servidores públicos que fueron OMISOS y/o EXTEMPORANEOS en la presentación de Manifestación de Bienes por ALTA y/o BAJA; y su Declaración de Intereses Inicial, oficio en el que aparece el nombre del C.MORALES MEJIA SANTIAGO en su cargo de Coordinador Ejecutivo C adscrito a Dirección de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del H. Ayuntamiento de Nezahualcóyotl, consistente en haber sido OMISO en presentar su Manifestación de Bienes por ALTA, en el servicio público, omisión que ocurrió el día uno de septiembre del año dos mil dieciséis, por lo que debió presentar su manifestación de bienes por alta durante los sesenta días naturales a la toma de posesión o alta del empleo, cargo o comisión; dicha infracción dio origen al acuerdo de fecha veintitrés de febrero del año dos mil quince , emitido por esta Autoridad Administrativa ordenando, iniciar el correspondiente procedimiento administrativo disciplinario.

    Derivado de lo anterior, me permito solicitar su COMPARECENCIA DE MANERA PERSONAL, en las instalaciones que ocupa este Órgano de Control Interno, ubicadas en calle Faisán, número 110, colonia Benito Juárez, Código Postal 57000, Nezahualcóyotl, Estado de México, A LAS 17:30 DIECISIETE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA TRES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, razón por la cual deberá de presentarse con identificación oficial vigente, con la finalidad de desahogar su garantía de audiencia y para que manifieste lo que a su derecho convenga, por hechos que se le atribuyen. Asimismo, se hace de su conocimiento que durante el desahogo de la garantía de audiencia usted tiene el derecho de ofrecer pruebas y alegar lo que a sus intereses convenga, por sí o por medio de su defensor, respecto de los hechos que se le atribuyen; con el apercibimiento que para el caso de no presentarse el día y hora señalados se le tendrá por satisfecha su garantía de audiencia y por perdido el derecho para ofrecer pruebas y formular alegatos, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 59 fracción I de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta, en relación con los artículos 30 y 129 fracción III, primer párrafo, del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, así lo acordó el LIC. JOSÉ SALVADOR SALAZAR BARRIENTOS, CONTRALOR INTERNO MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE NEZAHUALCÓYOTL, ESTADO DE MÉXICO. Rubrica.

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    “2018. Año del Bicentenario del Natalicio de Ignacio Ramírez Calzada, El Nigromante.”

    Nezahualcóyotl, Estado de México, a diez de septiembre del año dos mil dieciocho.

    EXPEDIENTE: CM/MABI-B-14/257/2015 OFICIO-CITATORIO: CM/SJRA/NEZA/CIT/1419/2018

    ASUNTO: SE CITA A GARANTÍA DE AUDIENCIA

    EDICTO C.DIAZ ROSALES RUBI YESENIA P R E S E N T E. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1,14, 16, 109, fracción III, 113 115 fracción I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 130 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 2, 48 fracción XVI , 86, 110, 111, 112 y 168 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1, 2, 3 fracción VI, 4, 41, 42 fracción XIX, 43, 44, 47 párrafo tercero, 49, 52, 53, 59, 60, 79, 80, 80 bis y 91 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta; 1, 3, 25, 26, 27, 28, 30, 31 fracciones I y II, 106, 113, 114 y 129 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, de aplicación supletoria a la materia; 1.1, 1.2, 1.13 del Acuerdo que Norma los Procedimientos de Control y Evaluación Patrimonial de los Servidores Públicos del Estado de México y sus Municipios vigente al momento de los hechos, publicado en la Gaceta del Gobierno del Estado de México, Número 28, de fecha once de febrero del año dos mil cuatro; 1, 5, 45, 48 fracción IV del Bando Municipal de Nezahualcóyotl, dos mil dieciocho ;1, 2, 8 fracción IV, 9. 10, 36 tercero transitorio del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Nezahualcóyotl, Estado de México, vigente; así como el Acta de la Primera Sesión Ordinaria de Cabildo, de fecha primero de enero del año dos mil dieciséis, mediante la cual el Ayuntamiento de Nezahualcóyotl, Estado de México, otorga nombramiento al Contralor Interno Municipal; y en cumplimiento a lo dispuesto en los numerales 59 fracción I de la citada Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta y 129 fracción I del Código Procesal de la Materia, se le notifica que mediante oficio número 210094000/4588/2014, de fecha diecinueve de noviembre del dos mil catorce, ingresado en la Oficialía de Partes de este Órgano de Control Interno el día primero de diciembre del dos mil catorce con número de control 8819, el Licenciado LUIS VELASCO HERNÁNDEZ, en su cargo de Director de Conflicto de Intereses Manifestación de Bienes y Sanciones, adscrito a la Secretaria de la contraloría del Gobierno del Estado de México, remite a esta Contraloría Interna la remesa del mes de 2014, relacionando los servidores públicos que fueron OMISOS y/o EXTEMPORANEOS en la presentación de Manifestación de Bienes por ALTA y/o BAJA; y su Declaración de Intereses Inicial, oficio en el que aparece el nombre de la C.DIAZ ROSALES RUBI YESENIA en su cargo de Policía adscrito a Ramo 33 del H. Ayuntamiento de Nezahualcóyotl, consistente en haber sido OMISO en presentar su Manifestación de Bienes por BAJA, en el servicio público, omisión que ocurrió el día veintiuno de agosto del año dos mil catorce, por lo que debió presentar su manifestación de bienes por baja durante los sesenta días naturales a la conclusión o baja del empleo, cargo o comisión; dicha infracción dio origen al acuerdo de fecha veintitrés de febrero del año dos mil quince, emitido por esta Autoridad Administrativa ordenando, iniciar el correspondiente procedimiento administrativo disciplinario.

    Derivado de lo anterior, me permito solicitar su COMPARECENCIA DE MANERA PERSONAL, en las instalaciones que ocupa este Órgano de Control Interno, ubicadas en calle Faisán, número 110, colonia Benito Juárez, Código Postal 57000, Nezahualcóyotl, Estado de México, A LAS 11:30 ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA TRES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, razón por la cual deberá de presentarse con identificación oficial vigente, con la finalidad de desahogar su garantía de audiencia y para que manifieste lo que a su derecho convenga, por hechos que se le atribuyen. Asimismo, se hace de su conocimiento que durante el desahogo de la garantía de audiencia usted tiene el derecho de ofrecer pruebas y alegar lo que a sus intereses convenga, por sí o por medio de su defensor, respecto de los hechos que se le atribuyen; con el apercibimiento que para el caso de no presentarse el día y hora señalados se le tendrá por satisfecha su garantía de audiencia y por perdido el derecho para ofrecer pruebas y formular alegatos, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 59 fracción I de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta, en relación con los artículos 30 y 129 fracción III, primer párrafo, del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, así lo acordó el LIC. JOSÉ SALVADOR SALAZAR BARRIENTOS, CONTRALOR INTERNO MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE NEZAHUALCÓYOTL, ESTADO DE MÉXICO. Rubrica.

  • 7

    “2018. Año del Bicentenario del Natalicio de Ignacio Ramírez Calzada, El Nigromante.”

    Nezahualcóyotl, Estado de México, a siete de septiembre del año dos mil dieciocho.

    EXPEDIENTE: CM/MABI-B-16/562/2016 OFICIO-CITATORIO: CM/SJRA/NEZA/CIT/1176/2018

    ASUNTO: SE CITA A GARANTÍA DE AUDIENCIA

    EDICTO C.MORENO GALCIA JOSE DE JESUS P R E S E N T E. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1,14, 16, 109, fracción III, 113 115 fracción I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 130 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 2, 48 fracción XVI , 86, 110, 111, 112 y 168 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1, 2, 3 fracción VI, 4, 41, 42 fracción XIX, 43, 44, 47 párrafo tercero, 49, 52, 53, 59, 60, 79, 80, 80 bis y 91 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta; 1, 3, 25, 26, 27, 28, 30, 31 fracciones I y II, 106, 113, 114 y 129 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, de aplicación supletoria a la materia; 1.1, 1.2, 1.13 del Acuerdo que Norma los Procedimientos de Control y Evaluación Patrimonial de los Servidores Públicos del Estado de México y sus Municipios vigente al momento de los hechos, publicado en la Gaceta del Gobierno del Estado de México, Número 28, de fecha once de febrero del año dos mil cuatro; 1, 5, 45, 48 fracción IV del Bando Municipal de Nezahualcóyotl, dos mil dieciocho ;1, 2, 8 fracción IV, 9. 10, 36 tercero transitorio del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Nezahualcóyotl, Estado de México, vigente; así como el Acta de la Primera Sesión Ordinaria de Cabildo, de fecha primero de enero del año dos mil dieciséis, mediante la cual el Ayuntamiento de Nezahualcóyotl, Estado de México, otorga nombramiento al Contralor Interno Municipal; y en cumplimiento a lo dispuesto en los numerales 59 fracción I de la citada Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta y 129 fracción I del Código Procesal de la Materia, se le notifica que mediante oficio número 210094000/1745/2016, de fecha veintiocho de abril del dos mil dieciséis, ingresado en la Oficialía de Partes de este Órgano de Control Interno el día nueve de mayo del dos mil dieciséis con número de control 2201, el Licenciado LUIS VELASCO HERNÁNDEZ, en su cargo de Director de Conflicto de Intereses Manifestación de Bienes y Sanciones, adscrito a la Secretaria de la contraloría del Gobierno del Estado de México, remite a esta Contraloría Interna la remesa de los meses de marzo y abril 2014, relacionando los servidores públicos que fueron OMISOS y/o EXTEMPORANEOS en la presentación de Manifestación de Bienes por ALTA y/o BAJA; y su Declaración de Intereses Inicial, oficio en el que aparece el nombre del C.MORENO GALCIA JOSE DE JESUS en su cargo de Asesor Especializado C adscrito a Subdirección de Ingresos del H. Ayuntamiento de Nezahualcóyotl, consistente en haber sido OMISO en presentar su Manifestación de Bienes por BAJA, en el servicio público, omisión que ocurrió el día siete de marzo del año dos mil catorce, por lo que debió presentar su manifestación de bienes por baja durante los sesenta días naturales a la conclusión o baja del empleo, cargo o comisión; dicha infracción dio origen al acuerdo de fecha trece de julio del año dos mil dieciséis , emitido Por esta Autoridad Administrativa ordenando, iniciar el correspondiente procedimiento administrativo disciplinario. Derivado de lo anterior, me permito solicitar su COMPARECENCIA DE MANERA PERSONAL, en las instalaciones que ocupa este Órgano de Control Interno, ubicadas en calle Faisán, número 110, colonia Benito Juárez, Código Postal 57000, Nezahualcóyotl, Estado de México, A LAS 09:10 NUEVE HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL DIA CUATRO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, razón por la cual deberá de presentarse con identificación oficial vigente, con la finalidad de desahogar su garantía de audiencia y para que manifieste lo que a su derecho convenga, por hechos que se le atribuyen. Asimismo, se hace de su conocimiento que durante el desahogo de la garantía de audiencia usted tiene el derecho de ofrecer pruebas y alegar lo que a sus intereses convenga, por sí o por medio de su defensor, respecto de los hechos que se le atribuyen; con el apercibimiento que para el caso de no presentarse el día y hora señalados se le tendrá por satisfecha su garantía de audiencia y por perdido el derecho para ofrecer pruebas y formular alegatos, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 59 fracción I de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta, en relación con los artículos 30 y 129 fracción III, primer párrafo, del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, así lo acordó el LIC. JOSÉ SALVADOR SALAZAR BARRIENTOS, CONTRALOR INTERNO MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE NEZAHUALCÓYOTL, ESTADO DE MÉXICO. Rubrica.

  • 8

    “2018. Año del Bicentenario del Natalicio de Ignacio Ramírez Calzada, El Nigromante.”

    Nezahualcóyotl, Estado de México, a siete de septiembre del año dos mil dieciocho. EXPEDIENTE: CM/MABI-B-16/526/2016

    OFICIO-CITATORIO: CM/SJRA/NEZA/CIT/1190/2018 ASUNTO: SE CITA A GARANTÍA DE AUDIENCIA

    EDICTO

    C.MORALES VIZCAINO OCTAVIO JAVIER P R E S E N T E. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1,14, 16, 109, fracción III, 113 115 fracción I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 130 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 2, 48 fracción XVI , 86, 110, 111, 112 y 168 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1, 2, 3 fracción VI, 4, 41, 42 fracción XIX, 43, 44, 47 párrafo tercero, 49, 52, 53, 59, 60, 79, 80, 80 bis y 91 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta; 1, 3, 25, 26, 27, 28, 30, 31 fracciones I y II, 106, 113, 114 y 129 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, de aplicación supletoria a la materia; 1.1, 1.2, 1.13 del Acuerdo que Norma los Procedimientos de Control y Evaluación Patrimonial de los Servidores Públicos del Estado de México y sus Municipios vigente al momento de los hechos, publicado en la Gaceta del Gobierno del Estado de México, Número 28, de fecha once de febrero del año dos mil cuatro; 1, 5, 45, 48 fracción IV del Bando Municipal de Nezahualcóyotl, dos mil dieciocho ;1, 2, 8 fracción IV, 9. 10, 36 tercero transitorio del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Nezahualcóyotl, Estado de México, vigente; así como el Acta de la Primera Sesión Ordinaria de Cabildo, de fecha primero de enero del año dos mil dieciséis, mediante la cual el Ayuntamiento de Nezahualcóyotl, Estado de México, otorga nombramiento al Contralor Interno Municipal; y en cumplimiento a lo dispuesto en los numerales 59 fracción I de la citada Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta y 129 fracción I del Código Procesal de la Materia, se le notifica que mediante oficio número 210094000/1745/2016, de fecha veintiocho de abril del dos mil dieciséis, ingresado en la Oficialía de Partes de este Órgano de Control Interno el día nueve de mayo del dos mil dieciséis con número de control 6446, el Licenciado LUIS VELASCO HERNÁNDEZ, en su cargo de Director de Conflicto de Intereses Manifestación de Bienes y Sanciones, adscrito a la Secretaria de la contraloría del Gobierno del Estado de México, remite a esta Contraloría Interna la remesa de los meses de diciembre de 2015 y enero 2016, relacionando los servidores públicos que fueron OMISOS y/o EXTEMPORANEOS en la presentación de Manifestación de Bienes por ALTA y/o BAJA; y su Declaración de Intereses Inicial, oficio en el que aparece el nombre del C.MORALES VIZCAINO OCTAVIO JAVIER en su cargo de Asesor Especializado B adscrito a Presidencia Municipal del H. Ayuntamiento de Nezahualcóyotl, consistente en haber sido OMISO en presentar su Manifestación de Bienes por BAJA, en el servicio público, omisión que ocurrió el día uno de enero del año dos mil dieciséis, por lo que debió presentar su manifestación de bienes por baja durante los sesenta días naturales a la conclusión o baja del empleo, cargo o comisión; dicha infracción dio origen al acuerdo de fecha trece de julio del año dos mil dieciséis , emitido por esta Autoridad Administrativa ordenando, iniciar el correspondiente procedimiento administrativo disciplinario.

    Derivado de lo anterior, me permito solicitar su COMPARECENCIA DE MANERA PERSONAL, en las instalaciones que ocupa este Órgano de Control Interno, ubicadas en calle Faisán, número 110, colonia Benito Juárez, Código Postal 57000, Nezahualcóyotl, Estado de México, A LAS 09:55 NUEVE HORAS CON CINCUENTAY CINCO MINUTOS DEL DIA CINCO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, razón por la cual deberá de presentarse con identificación oficial vigente, con la finalidad de desahogar su garantía de audiencia y para que manifieste lo que a su derecho convenga, por hechos que se le atribuyen. Asimismo, se hace de su conocimiento que durante el desahogo de la garantía de audiencia usted tiene el derecho de ofrecer pruebas y alegar lo que a sus intereses convenga, por sí o por medio de su defensor, respecto de los hechos que se le atribuyen; con el apercibimiento que para el caso de no presentarse el día y hora señalados se le tendrá por satisfecha su garantía de audiencia y por perdido el derecho para ofrecer pruebas y formular alegatos, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 59 fracción I de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta, en relación con los artículos 30 y 129 fracción III, primer párrafo, del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, así lo acordó el LIC. JOSÉ SALVADOR SALAZAR BARRIENTOS, CONTRALOR INTERNO MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE NEZAHUALCÓYOTL, ESTADO DE MÉXICO. Rubrica.

  • 9

    “2018. Año del Bicentenario del Natalicio de Ignacio Ramírez Calzada, El Nigromante.”

    Nezahualcóyotl, Estado de México, a siete de septiembre del año dos mil dieciocho. EXPEDIENTE: CM/MABI-A-14/248/2015

    OFICIO-CITATORIO: CM/SJRA/NEZA/CIT/1418/2018 ASUNTO: SE CITA A GARANTÍA DE AUDIENCIA

    EDICTO

    C.SOLIS YOCELYN VIRIDIANA P R E S E N T E. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1,14, 16, 109, fracción III, 113 115 fracción I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 130 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 2, 48 fracción XVI , 86, 110, 111, 112 y 168 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1, 2, 3 fracción VI, 4, 41, 42 fracción XIX, 43, 44, 47 párrafo tercero, 49, 52, 53, 59, 60, 79, 80, 80 bis y 91 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta; 1, 3, 25, 26, 27, 28, 30, 31 fracciones I y II, 106, 113, 114 y 129 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, de aplicación supletoria a la materia; 1.1, 1.2, 1.13 del Acuerdo que Norma los Procedimientos de Control y Evaluación Patrimonial de los Servidores Públicos del Estado de México y sus Municipios vigente al momento de los hechos, publicado en la Gaceta del Gobierno del Estado de México, Número 28, de fecha once de febrero del año dos mil cuatro; 1, 5, 45, 48 fracción IV del Bando Municipal de Nezahualcóyotl, dos mil dieciocho ;1, 2, 8 fracción IV, 9. 10, 36 tercero transitorio del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Nezahualcóyotl, Estado de México, vigente; así como el Acta de la Primera Sesión Ordinaria de Cabildo, de fecha primero de enero del año dos mil dieciséis, mediante la cual el Ayuntamiento de Nezahualcóyotl, Estado de México, otorga nombramiento al Contralor Interno Municipal; y en cumplimiento a lo dispuesto en los numerales 59 fracción I de la citada Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta y 129 fracción I del Código Procesal de la Materia, se le notifica que mediante oficio número 210094000/4115/2014, de fecha veinte de octubre del dos mil catorce, ingresado en la Oficialía de Partes de este Órgano de Control Interno el día veintinueve de octubre del dos mil catorce con número de control 8277, el Licenciado LUIS VELASCO HERNÁNDEZ, en su cargo de Director de Conflicto de Intereses Manifestación de Bienes y Sanciones, adscrito a la Secretaria de la contraloría del Gobierno del Estado de México, remite a esta Contraloría Interna la remesa del mes de julio 2014, relacionando los servidores públicos que fueron OMISOS y/o EXTEMPORANEOS en la presentación de Manifestación de Bienes por ALTA y/o BAJA; y su Declaración de Intereses Inicial, oficio en el que aparece el nombre de la C.SOLIS SILVA YOCELIN VIRIDIANA en su cargo de Policía adscrito a Ramo 33 del H. Ayuntamiento de Nezahualcóyotl, consistente en haber sido OMISO en presentar su Manifestación de Bienes por BAJA, en el servicio público, omisión que ocurrió el día nueve de julio del año dos mil catorce, por lo que debió presentar su manifestación de bienes por baja durante los sesenta días naturales a la conclusión o baja del empleo, cargo o comisión; dicha infracción dio origen al acuerdo de fecha veintitrés de febrero del año dos mil quince , emitido por esta Autoridad Administrativa ordenando, iniciar el correspondiente procedimiento administrativo disciplinario.

    Derivado de lo anterior, me permito solicitar su COMPARECENCIA DE MANERA PERSONAL, en las instalaciones que ocupa este Órgano de Control Interno, ubicadas en calle Faisán, número 110, colonia Benito Juárez, Código Postal 57000, Nezahualcóyotl, Estado de México, A LAS 11:30 ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA TRES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, razón por la cual deberá de presentarse con identificación oficial vigente, con la finalidad de desahogar su garantía de audiencia y para que manifieste lo que a su derecho convenga, por hechos que se le atribuyen. Asimismo, se hace de su conocimiento que durante el desahogo de la garantía de audiencia usted tiene el derecho de ofrecer pruebas y alegar lo que a sus intereses convenga, por sí o por medio de su defensor, respecto de los hechos que se le atribuyen; con el apercibimiento que para el caso de no presentarse el día y hora señalados se le tendrá por satisfecha su garantía de audiencia y por perdido el derecho para ofrecer pruebas y formular alegatos, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 59 fracción I de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta, en relación con los artículos 30 y 129 fracción III, primer párrafo, del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, así lo acordó el LIC. JOSÉ SALVADOR SALAZAR BARRIENTOS, CONTRALOR INTERNO MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE NEZAHUALCÓYOTL, ESTADO DE MÉXICO. Rubrica.

  • 10

    “2018. Año del Bicentenario del Natalicio de Ignacio Ramírez Calzada, El Nigromante.”

    Nezahualcóyotl, Estado de México, a diez de septiembre del año dos mil dieciocho. EXPEDIENTE: CM/MABI-B-16/525/2016

    OFICIO-CITATORIO: CM/SJRA/NEZA/CIT/1191/2018 ASUNTO: SE CITA A GARANTÍA DE AUDIENCIA

    EDICTO

    C.MORALES CELIS ANGEL EDUARDO P R E S E N T E. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1,14, 16, 109, fracción III, 113 115 fracción I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 130 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 2, 48 fracción XVI , 86, 110, 111, 112 y 168 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1, 2, 3 fracción VI, 4, 41, 42 fracción XIX, 43, 44, 47 párrafo tercero, 49, 52, 53, 59, 60, 79, 80, 80 bis y 91 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta; 1, 3, 25, 26, 27, 28, 30, 31 fracciones I y II, 106, 113, 114 y 129 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, de aplicación supletoria a la materia; 1.1, 1.2, 1.13 del Acuerdo que Norma los Procedimientos de Control y Evaluación Patrimonial de los Servidores Públicos del Estado de México y sus Municipios vigente al momento de los hechos, publicado en la Gaceta del Gobierno del Estado de México, Número 28, de fecha once de febrero del año dos mil cuatro; 1, 5, 45, 48 fracción IV del Bando Municipal de Nezahualcóyotl, dos mil dieciocho ;1, 2, 8 fracción IV, 9. 10, 36 tercero transitorio del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Nezahualcóyotl, Estado de México, vigente; así como el Acta de la Primera Sesión Ordinaria de Cabildo, de fecha primero de enero del año dos mil dieciséis, mediante la cual el Ayuntamiento de Nezahualcóyotl, Estado de México, otorga nombramiento al Contralor Interno Municipal; y en cumplimiento a lo dispuesto en los numerales 59 fracción I de la citada Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta y 129 fracción I del Código Procesal de la Materia, se le notifica que mediante oficio número 210094000/1745/2016, de fecha veintiocho de abril del dos mil dieciséis, ingresado en la Oficialía de Partes de este Órgano de Control Interno el día nueve de mayo del dos mil dieciséis con número de control 6446, el Licenciado LUIS VELASCO HERNÁNDEZ, en su cargo de Director de Conflicto de Intereses Manifestación de Bienes y Sanciones, adscrito a la Secretaria de la contraloría del Gobierno del Estado de México, remite a esta Contraloría Interna la remesa del mes de diciembre 2015 y enero 2016, relacionando los servidores públicos que fueron OMISOS y/o EXTEMPORANEOS en la presentación de Manifestación de Bienes por ALTA y/o BAJA; y su Declaración de Intereses Inicial, oficio en el que aparece el nombre del C.MORALES CELIS ANGEL EDUARDO en su cargo de Asesor Especializado B adscrito a Dirección de Medio Ambiente del H. Ayuntamiento de Nezahualcóyotl, consistente en haber sido OMISO en presentar su Manifestación de Bienes por BAJA, en el servicio público, omisión que ocurrió el día uno de enero del año dos mil dieciséis, por lo que debió presentar su manifestación de bienes por baja durante los sesenta días naturales a la conclusión o baja del empleo, cargo o comisión; dicha infracción dio origen al acuerdo de fecha trece de mayo del año dos mil dieciséis , emitido por esta Autoridad Administrativa ordenando, iniciar el correspondiente procedimiento administrativo disciplinario.

    Derivado de lo anterior, me permito solicitar su COMPARECENCIA DE MANERA PERSONAL, en las instalaciones que ocupa este Órgano de Control Interno, ubicadas en calle Faisán, número 110, colonia Benito Juárez, Código Postal 57000, Nezahualcóyotl, Estado de México, A LAS 09:50 NUEVE HORAS CON CINCUENTA MINUTOS DEL DIA CINCO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, razón por la cual deberá de presentarse con identificación oficial vigente, con la finalidad de desahogar su garantía de audiencia y para que manifieste lo que a su derecho convenga, por hechos que se le atribuyen. Asimismo, se hace de su conocimiento que durante el desahogo de la garantía de audiencia usted tiene el derecho de ofrecer pruebas y alegar lo que a sus intereses convenga, por sí o por medio de su defensor, respecto de los hechos que se le atribuyen; con el apercibimiento que para el caso de no presentarse el día y hora señalados se le tendrá por satisfecha su garantía de audiencia y por perdido el derecho para ofrecer pruebas y formular alegatos, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 59 fracción I de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta, en relación con los artículos 30 y 129 fracción III, primer párrafo, del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, así lo acordó el LIC. JOSÉ SALVADOR SALAZAR BARRIENTOS, CONTRALOR INTERNO MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE NEZAHUALCÓYOTL, ESTADO DE MÉXICO. Rubrica.

  • 11

    “2018. Año del Bicentenario del Natalicio de Ignacio Ramírez Calzada, El Nigromante.”

    Nezahualcóyotl, Estado de México, a diez de septiembre del año dos mil dieciocho. EXPEDIENTE: CM/MABI-B-16/522/2016

    OFICIO-CITATORIO: CM/SJRA/NEZA/CIT/1192/2018 ASUNTO: SE CITA A GARANTÍA DE AUDIENCIA

    EDICTO

    C.MARTINEZ ESCOBAR LUIS P R E S E N T E. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1,14, 16, 109, fracción III, 113 115 fracción I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 130 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 2, 48 fracción XVI , 86, 110, 111, 112 y 168 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1, 2, 3 fracción VI, 4, 41, 42 fracción XIX, 43, 44, 47 párrafo tercero, 49, 52, 53, 59, 60, 79, 80, 80 bis y 91 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta; 1, 3, 25, 26, 27, 28, 30, 31 fracciones I y II, 106, 113, 114 y 129 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, de aplicación supletoria a la materia; 1.1, 1.2, 1.13 del Acuerdo que Norma los Procedimientos de Control y Evaluación Patrimonial de los Servidores Públicos del Estado de México y sus Municipios vigente al momento de los hechos, publicado en la Gaceta del Gobierno del Estado de México, Número 28, de fecha once de febrero del año dos mil cuatro; 1, 5, 45, 48 fracción IV del Bando Municipal de Nezahualcóyotl, dos mil dieciocho ;1, 2, 8 fracción IV, 9. 10, 36 tercero transitorio del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Nezahualcóyotl, Estado de México, vigente; así como el Acta de la Primera Sesión Ordinaria de Cabildo, de fecha primero de enero del año dos mil dieciséis, mediante la cual el Ayuntamiento de Nezahualcóyotl, Estado de México, otorga nombramiento al Contralor Interno Municipal; y en cumplimiento a lo dispuesto en los numerales 59 fracción I de la citada Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta y 129 fracción I del Código Procesal de la Materia, se le notifica que mediante oficio número 210094000/1745/2016, de fecha trece de agosto del dos mil catorce, ingresado en la Oficialía de Partes de este Órgano de Control Interno el día dieciocho de agosto del dos mil catorce con número de control 6846, el Licenciado LUIS VELASCO HERNÁNDEZ, en su cargo de Director de Conflicto de Intereses Manifestación de Bienes y Sanciones, adscrito a la Secretaria de la contraloría del Gobierno del Estado de México, remite a esta Contraloría Interna la remesa de los meses de diciembre 2015 y enero 2016, relacionando los servidores públicos que fueron OMISOS y/o EXTEMPORANEOS en la presentación de Manifestación de Bienes por ALTA y/o BAJA; y su Declaración de Intereses Inicial, oficio en el que aparece el nombre del C.MARTINEZ ESCOBAR LUIS en su cargo de Asesor Especializado B adscrito a Presidencia Municipal del H. Ayuntamiento de Nezahualcóyotl, consistente en haber sido OMISO en presentar su Manifestación de Bienes por BAJA, en el servicio público, omisión que ocurrió el día uno de enero del año dos mil dieciséis, por lo que debió presentar su manifestación de bienes por baja durante los sesenta días naturales a la conclusión o baja del empleo, cargo o comisión; dicha infracción dio origen al acuerdo de fecha trece de julio del año dos mil dieciséis , emitido por esta Autoridad Administrativa ordenando, iniciar el correspondiente procedimiento administrativo disciplinario.

    Derivado de lo anterior, me permito solicitar su COMPARECENCIA DE MANERA PERSONAL, en las instalaciones que ocupa este Órgano de Control Interno, ubicadas en calle Faisán, número 110, colonia Benito Juárez, Código Postal 57000, Nezahualcóyotl, Estado de México, A LAS 12:00 DOCE HORAS CON CERO MINUTOS DEL DIA TRES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, razón por la cual deberá de presentarse con identificación oficial vigente, con la finalidad de desahogar su garantía de audiencia y para que manifieste lo que a su derecho convenga, por hechos que se le atribuyen. Asimismo, se hace de su conocimiento que durante el desahogo de la garantía de audiencia usted tiene el derecho de ofrecer pruebas y alegar lo que a sus intereses convenga, por sí o por medio de su defensor, respecto de los hechos que se le atribuyen; con el apercibimiento que para el caso de no presentarse el día y hora señalados se le tendrá por satisfecha su garantía de audiencia y por perdido el derecho para ofrecer pruebas y formular alegatos, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 59 fracción I de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta, en relación con los artículos 30 y 129 fracción III, primer párrafo, del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, así lo acordó el LIC. JOSÉ SALVADOR SALAZAR BARRIENTOS, CONTRALOR INTERNO MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE NEZAHUALCÓYOTL, ESTADO DE MÉXICO. Rubrica.

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    “2018. Año del Bicentenario del Natalicio de Ignacio Ramírez Calzada, El Nigromante.”

    Nezahualcóyotl, Estado de México, a siete de septiembre del año dos mil dieciocho.

    EXPEDIENTE: CM/MABI-B-14/196/2015 OFICIO-CITATORIO: CM/SJRA/NEZA/CIT/1429/2018

    ASUNTO: SE CITA A GARANTÍA DE AUDIENCIA

    EDICTO C.HERNANDEZ AVENDAÑO MANUEL P R E S E N T E. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1,14, 16, 109, fracción III, 113 115 fracción I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 130 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 2, 48 fracción XVI , 86, 110, 111, 112 y 168 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1, 2, 3 fracción VI, 4, 41, 42 fracción XIX, 43, 44, 47 párrafo tercero, 49, 52, 53, 59, 60, 79, 80, 80 bis y 91 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta; 1, 3, 25, 26, 27, 28, 30, 31 fracciones I y II, 106, 113, 114 y 129 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, de aplicación supletoria a la materia; 1.1, 1.2, 1.13 del Acuerdo que Norma los Procedimientos de Control y Evaluación Patrimonial de los Servidores Públicos del Estado de México y sus Municipios vigente al momento de los hechos, publicado en la Gaceta del Gobierno del Estado de México, Número 28, de fecha once de febrero del año dos mil cuatro; 1, 5, 45, 48 fracción IV del Bando Municipal de Nezahualcóyotl, dos mil dieciocho ;1, 2, 8 fracción IV, 9. 10, 36 tercero transitorio del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Nezahualcóyotl, Estado de México, vigente; así como el Acta de la Primera Sesión Ordinaria de Cabildo, de fecha primero de enero del año dos mil dieciséis, mediante la cual el Ayuntamiento de Nezahualcóyotl, Estado de México, otorga nombramiento al Contralor Interno Municipal; y en cumplimiento a lo dispuesto en los numerales 59 fracción I de la citada Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta y 129 fracción I del Código Procesal de la Materia, se le notifica que mediante oficio número 210094000/3743/2014, de fecha once de septiembre del dos mil catorce, ingresado en la Oficialía de Partes de este Órgano de Control Interno el día veinticinco de septiembre del dos mil catorce con número de control 6846, el Licenciado LUIS VELASCO HERNÁNDEZ, en su cargo de Director de Conflicto de Intereses Manifestación de Bienes y Sanciones, adscrito a la Secretaria de la contraloría del Gobierno del Estado de México, remite a esta Contraloría Interna la remesa del mes de junio de 2014, relacionando los servidores públicos que fueron OMISOS y/o EXTEMPORANEOS en la presentación de Manifestación de Bienes por ALTA y/o BAJA; y su Declaración de Intereses Inicial, oficio en el que aparece el nombre del C.HERNANDEZ AVENDAÑO MANUEL en su cargo de Policía adscrito a Seguridad Pública del H. Ayuntamiento de Nezahualcóyotl, consistente en haber sido OMISO en presentar su Manifestación de Bienes por BAJA, en el servicio público, omisión que ocurrió el día dieciséis de junio del año dos mil catorce, por lo que debió presentar su manifestación de bienes por baja durante los sesenta días naturales a la conclusión o baja del empleo, cargo o comisión; dicha infracción dio origen al acuerdo de fecha veintitrés de febrero del año dos mil quince , emitido por esta Autoridad Administrativa ordenando, iniciar el correspondiente procedimiento administrativo disciplinario.

    Derivado de lo anterior, me permito solicitar su COMPARECENCIA DE MANERA PERSONAL, en las instalaciones que ocupa este Órgano de Control Interno, ubicadas en calle Faisán, número 110, colonia Benito Juárez, Código Postal 57000, Nezahualcóyotl, Estado de México, A LAS 17:30 DIECISIETE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA UNO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, razón por la cual deberá de presentarse con identificación oficial vigente, con la finalidad de desahogar su garantía de audiencia y para que manifieste lo que a su derecho convenga, por hechos que se le atribuyen. Asimismo, se hace de su conocimiento que durante el desahogo de la garantía de audiencia usted tiene el derecho de ofrecer pruebas y alegar lo que a sus intereses convenga, por sí o por medio de su defensor, respecto de los hechos que se le atribuyen; con el apercibimiento que para el caso de no presentarse el día y hora señalados se le tendrá por satisfecha su garantía de audiencia y por perdido el derecho para ofrecer pruebas y formular alegatos, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 59 fracción I de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta, en relación con los artículos 30 y 129 fracción III, primer párrafo, del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, así lo acordó el LIC. JOSÉ SALVADOR SALAZAR BARRIENTOS, CONTRALOR INTERNO MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE NEZAHUALCÓYOTL, ESTADO DE MÉXICO. Rubrica.

  • 13

    “2018. Año del Bicentenario del Natalicio de Ignacio Ramírez Calzada, El Nigromante.”

    Nezahualcóyotl, Estado de México, a siete de septiembre del año dos mil dieciocho. EXPEDIENTE: CM/MABI-A-14/222/2015

    OFICIO-CITATORIO: CM/SJRA/NEZA/CIT/1435/2018 ASUNTO: SE CITA A GARANTÍA DE AUDIENCIA

    EDICTO

    C.SANCHEZ REYES CELSO P R E S E N T E. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1,14, 16, 109, fracción III, 113 115 fracción I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 130 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 2, 48 fracción XVI , 86, 110, 111, 112 y 168 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1, 2, 3 fracción VI, 4, 41, 42 fracción XIX, 43, 44, 47 párrafo tercero, 49, 52, 53, 59, 60, 79, 80, 80 bis y 91 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta; 1, 3, 25, 26, 27, 28, 30, 31 fracciones I y II, 106, 113, 114 y 129 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, de aplicación supletoria a la materia; 1.1, 1.2, 1.13 del Acuerdo que Norma los Procedimientos de Control y Evaluación Patrimonial de los Servidores Públicos del Estado de México y sus Municipios vigente al momento de los hechos, publicado en la Gaceta del Gobierno del Estado de México, Número 28, de fecha once de febrero del año dos mil cuatro; 1, 5, 45, 48 fracción IV del Bando Municipal de Nezahualcóyotl, dos mil dieciocho ;1, 2, 8 fracción IV, 9. 10, 36 tercero transitorio del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Nezahualcóyotl, Estado de México, vigente; así como el Acta de la Primera Sesión Ordinaria de Cabildo, de fecha primero de enero del año dos mil dieciséis, mediante la cual el Ayuntamiento de Nezahualcóyotl, Estado de México, otorga nombramiento al Contralor Interno Municipal; y en cumplimiento a lo dispuesto en los numerales 59 fracción I de la citada Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta y 129 fracción I del Código Procesal de la Materia, se le notifica que mediante oficio número 210094000/4115/2014, de fecha veinte de octubre del dos mil catorce, ingresado en la Oficialía de Partes de este Órgano de Control Interno el día veintinueve de octubre del dos mil catorce con número de control 8277, el Licenciado LUIS VELASCO HERNÁNDEZ, en su cargo de Director de Conflicto de Intereses Manifestación de Bienes y Sanciones, adscrito a la Secretaria de la contraloría del Gobierno del Estado de México, remite a esta Contraloría Interna la remesa del mes de julio 2014, relacionando los servidores públicos que fueron OMISOS y/o EXTEMPORANEOS en la presentación de Manifestación de Bienes por ALTA y/o BAJA; y su Declaración de Intereses Inicial, oficio en el que aparece el nombre del C.SANCHEZ REYES CELSO en su cargo de Asistente Ejecutivo B adscrito a Dirección de Servicios Públicos del H. Ayuntamiento de Nezahualcóyotl, consistente en haber sido OMISO en presentar su Manifestación de Bienes por ALTA, en el servicio público, omisión que ocurrió el día nueve de julio del año dos mil catorce, por lo que debió presentar su manifestación de bienes por baja durante los sesenta días naturales a la conclusión o baja del empleo, cargo o comisión; dicha infracción dio origen al acuerdo de fecha veintitrés de febrero del año dos mil quince , emitido por esta Autoridad Administrativa ordenando, iniciar el correspondiente procedimiento administrativo disciplinario.

    Derivado de lo anterior, me permito solicitar su COMPARECENCIA DE MANERA PERSONAL, en las instalaciones que ocupa este Órgano de Control Interno, ubicadas en calle Faisán, número 110, colonia Benito Juárez, Código Postal 57000, Nezahualcóyotl, Estado de México, A LAS 17:30 DIECISIETE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA TRES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, razón por la cual deberá de presentarse con identificación oficial vigente, con la finalidad de desahogar su garantía de audiencia y para que manifieste lo que a su derecho convenga, por hechos que se le atribuyen. Asimismo, se hace de su conocimiento que durante el desahogo de la garantía de audiencia usted tiene el derecho de ofrecer pruebas y alegar lo que a sus intereses convenga, por sí o por medio de su defensor, respecto de los hechos que se le atribuyen; con el apercibimiento que para el caso de no presentarse el día y hora señalados se le tendrá por satisfecha su garantía de audiencia y por perdido el derecho para ofrecer pruebas y formular alegatos, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 59 fracción I de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta, en relación con los artículos 30 y 129 fracción III, primer párrafo, del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, así lo acordó el LIC. JOSÉ SALVADOR SALAZAR BARRIENTOS, CONTRALOR INTERNO MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE NEZAHUALCÓYOTL, ESTADO DE MÉXICO. Rubrica.

  • 14

    “2018. Año del Bicentenario del Natalicio de Ignacio Ramírez Calzada, El Nigromante.”

    Nezahualcoyotl, Estado de México, a diez de septiembre del año dos mil dieciocho. EXPEDIENTE: CM/MABI-B-14/021/2015

    OFICIO-CITATORIO: CM/SJRA/NEZA/CIT/1414/2018 ASUNTO: SE CITA A GARANTÍA DE AUDIENCIA

    EDICTO

    C. ESPINOZA ACOSTA FRANCISCO P R E S E N T E. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1,14, 16, 109, fracción III, 113 115 fracción I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 128 fracción XVI, 130 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 48 fracción XX y XVI, 110, 112 fracción XVI y 168 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1, 2, 3 fracción VI, 4, 41, 42 fracción XIX, 43, 44, 47 párrafo tercero, 49, 52, 53, 59, 60, 79, 80, 80 bis y 91 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta; 1, 3, 25, 26, 27, 28, 30, 31 fracciones I y II, 106, 113, 114 y 129 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, de aplicación supletoria a la materia; 1.1, 1.2, 1.13 del Acuerdo que Norma los Procedimientos de Control y Evaluación Patrimonial de los Servidores Públicos del Estado de México y sus Municipios vigente al momento de los hechos, publicado en la Gaceta del Gobierno del Estado de México, Número 28, de fecha once de febrero del año dos mil cuatro; 1, 5, 45, 48 fracción IV del Bando Municipal de Nezahualcóyotl, dos mil dieciocho ;1, 2, 8 fracción IV, 9. 10, 36 tercero transitorio del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Nezahualcóyotl, Estado de México, vigente; así como el Acta de la Primera Sesión Ordinaria de Cabildo, de fecha primero de enero del año dos mil dieciséis, mediante la cual el Ayuntamiento de Nezahualcóyotl, Estado de México, otorga nombramiento al Contralor Interno Municipal; y en cumplimiento a lo dispuesto en los numerales 59 fracción I de la citada Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta y 129 fracción I del Código Procesal de la Materia, se le notifica que mediante oficio número 210094000/3743/2014 ONCE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE, ingresado en la Oficialía de Partes de este Órgano de Control Interno el día veinticinco de septiembre del año dos mil catorce con número de control 7567 el Licenciado LUIS VELASCO HERNÁNDEZ, en su cargo de Director de Conflicto de Intereses Manifestación de Bienes y Sanciones, adscrito a la Secretaria de la contraloría del Gobierno del Estado de México, remite a esta Contraloría Interna la remesa del mes de junio del 2014, relacionando los servidores públicos que fueron OMISOS y/o EXTEMPORANEOS en la presentación de Manifestación de Bienes por ALTA y/o BAJA; y su Declaración de Intereses Inicial, oficio en el que aparece el nombre del C. ESPINOZA ACOSTA FRANCISCO en su cargo de POLICIA adscrito a SEGURIDAD PUBLICA, de este H. Ayuntamiento de Nezahualcóyotl, consistente en haber sido OMISO en presentar su Manifestación de Bienes por ALTA, en el servicio público, omisión que ocurrió el día diecisiete de junio del año dos mil catorce, por lo que debió presentar su manifestación de bienes por alta durante los sesenta días naturales siguientes a la toma o posesión del cargo; dicha infracción dio origen al acuerdo de fecha Veintitrés de febrero del año dos mil quince, emitido por esta Autoridad Administrativa ordenando, iniciar el correspondiente procedimiento administrativo disciplinario.

    Derivado de lo anterior, me permito solicitar su COMPARECENCIA DE MANERA PERSONAL, en las instalaciones que ocupa este Órgano de Control Interno, ubicadas en calle Faisán, número 110, colonia Benito Juárez, Código Postal 57000, Nezahualcóyotl, Estado de México, A LAS ONCE HORAS CON VEINTE MINUTOS DEL DIA TRES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, razón por la cual deberá de presentarse con identificación oficial vigente, con la finalidad de desahogar su garantía de audiencia y para que manifieste lo que a su derecho convenga, por hechos que se le atribuyen. Asimismo, se hace de su conocimiento que durante el desahogo de la garantía de audiencia usted tiene el derecho de ofrecer pruebas y alegar lo que a sus intereses convenga, por sí o por medio de su defensor, respecto de los hechos que se le atribuyen; con el apercibimiento que para el caso de no presentarse el día y hora señalados se le tendrá por satisfecha su garantía de audiencia y por perdido el derecho para ofrecer pruebas y formular alegatos, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 59 fracción I de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta, en relación con los artículos 30 y 129 fracción III, primer párrafo, del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, así lo acordó el LIC. JOSÉ SALVADOR SALAZAR BARRIENTOS, CONTRALOR INTERNO MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE NEZAHUALCÓYOTL, ESTADO DE MÉXICO. Rubrica.

  • 15

    “2018. Año del Bicentenario del Natalicio de Ignacio Ramírez Calzada, El Nigromante.”

    Nezahualcóyotl, Estado de México, a diez de septiembre del año dos mil dieciocho. EXPEDIENTE: CM/MABI-A-15/639/2015

    OFICIO-CITATORIO: CM/SJRA/NEZA/CIT/1062/2018 ASUNTO: SE CITA A GARANTÍA DE AUDIENCIA

    EDICTO C.LOPEZ ORTEGA HUMBERTO P R E S E N T E. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1,14, 16, 109, fracción III, 113 115 fracción I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 128 fracción XVI, 130 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 48 fracción XX y XVI, 110, 112 fracción XVI y 168 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1, 2, 3 fracción VI, 4, 41, 42 fracción XIX, 43, 44, 47 párrafo tercero, 49, 52, 53, 59, 60, 79, 80, 80 bis y 91 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta; 1, 3, 25, 26, 27, 28, 30, 31 fracciones I y II, 106, 113, 114 y 129 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, de aplicación supletoria a la materia; 1.1, 1.2, 1.13 del Acuerdo que Norma los Procedimientos de Control y Evaluación Patrimonial de los Servidores Públicos del Estado de México y sus Municipios vigente al momento de los hechos, publicado en la Gaceta del Gobierno del Estado de México, Número 28, de fecha once de febrero del año dos mil cuatro; 1, 5, 45, 48 fracción IV del Bando Municipal de Nezahualcóyotl, dos mil dieciocho ;1, 2, 8 fracción IV, 9. 10, 36 tercero transitorio del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Nezahualcóyotl, Estado de México, vigente; así como el Acta de la Primera Sesión Ordinaria de Cabildo, de fecha primero de enero del año dos mil dieciséis, mediante la cual el Ayuntamiento de Nezahualcóyotl, Estado de México, otorga nombramiento al Contralor Interno Municipal; y en cumplimiento a lo dispuesto en los numerales 59 fracción I de la citada Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta y 129 fracción I del Código Procesal de la Materia, se le notifica que mediante oficio número 210094000/3770/2014 VEINTICINCO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, ingresado en la Oficialía de Partes de este Órgano de Control Interno el día Primero de septiembre del año dos mil quince con número de control 4051, el Licenciado LUIS VELASCO HERNÁNDEZ, en su cargo de Director de Conflicto de Intereses Manifestación de Bienes y Sanciones, adscrito a la Secretaria de la contraloría del Gobierno del Estado de México, remite a esta Contraloría Interna la remesa del mes de enero febrero y marzo del 2015, relacionando los servidores públicos que fueron OMISOS y/o EXTEMPORANEOS en la presentación de Manifestación de Bienes por ALTA y/o BAJA; y su Declaración de Intereses Inicial, oficio en el que aparece el nombre de la C. LOPEZ ORTEGA HUMBERTO en su cargo de ESPECIALISTA TECNICO B adscrito a SUBDIRECCION DE DESARROLLO SOCIAL , de este H. Ayuntamiento de Nezahualcóyotl, consistente en haber sido OMISION en presentar su Manifestación de Bienes por ALTA, en el servicio público, OMISION que ocurrió el día doce de febrero del dos mil quince, por lo que debió presentar su manifestación de bienes por ALTA durante los sesenta días naturales siguientes a la toma o posesión del cargo; dicha infracción dio origen al acuerdo de fecha veintiocho de septiembre del año dos mil quince, emitido por esta Autoridad Administrativa ordenando, iniciar el correspondiente procedimiento administrativo disciplinario.

    Derivado de lo anterior, me permito solicitar su COMPARECENCIA DE MANERA PERSONAL, en las instalaciones que ocupa este Órgano de Control Interno, ubicadas en calle Faisán, número 110, colonia Benito Juárez, Código Postal 57000, Nezahualcóyotl, Estado de México, A LAS QUINCE HORAS CON CERO MINUTOS DEL DIA TRES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, razón por la cual deberá de presentarse con identificación oficial vigente, con la finalidad de desahogar su garantía de audiencia y para que manifieste lo que a su derecho convenga, por hechos que se le atribuyen. Asimismo, se hace de su conocimiento que durante el desahogo de la garantía de audiencia usted tiene el derecho de ofrecer pruebas y alegar lo que a sus intereses convenga, por sí o por medio de su defensor, respecto de los hechos que se le atribuyen; con el apercibimiento que para el caso de no presentarse el día y hora señalados se le tendrá por satisfecha su garantía de audiencia y por perdido el derecho para ofrecer pruebas y formular alegatos, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 59 fracción I de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta, en relación con los artículos 30 y 129 fracción III, primer párrafo, del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, así lo acordó el LIC. JOSÉ SALVADOR SALAZAR BARRIENTOS, CONTRALOR INTERNO MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE NEZAHUALCÓYOTL, ESTADO DE MÉXICO. Rubrica.

  • 16

    “2018. Año del Bicentenario del Natalicio de Ignacio Ramírez Calzada, El Nigromante.”

    Nezahualcoyotl, Estado de México, a diez de septiembre del año dos mil dieciocho. EXPEDIENTE: CM/MABI-B-14/021/2015

    OFICIO-CITATORIO: CM/SJRA/NEZA/CIT/1414/2018 ASUNTO: SE CITA A GARANTÍA DE AUDIENCIA

    EDICTO

    C. ORTIZ RODRIGUEZ JOSE LUIS P R E S E N T E. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1,14, 16, 109, fracción III, 113 115 fracción I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 128 fracción XVI, 130 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 48 fracción XX y XVI, 110, 112 fracción XVI y 168 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1, 2, 3 fracción VI, 4, 41, 42 fracción XIX, 43, 44, 47 párrafo tercero, 49, 52, 53, 59, 60, 79, 80, 80 bis y 91 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta; 1, 3, 25, 26, 27, 28, 30, 31 fracciones I y II, 106, 113, 114 y 129 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, de aplicación supletoria a la materia; 1.1, 1.2, 1.13 del Acuerdo que Norma los Procedimientos de Control y Evaluación Patrimonial de los Servidores Públicos del Estado de México y sus Municipios vigente al momento de los hechos, publicado en la Gaceta del Gobierno del Estado de México, Número 28, de fecha once de febrero del año dos mil cuatro; 1, 5, 45, 48 fracción IV del Bando Municipal de Nezahualcóyotl, dos mil dieciocho ;1, 2, 8 fracción IV, 9. 10, 36 tercero transitorio del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Nezahualcóyotl, Estado de México, vigente; así como el Acta de la Primera Sesión Ordinaria de Cabildo, de fecha primero de enero del año dos mil dieciséis, mediante la cual el Ayuntamiento de Nezahualcóyotl, Estado de México, otorga nombramiento al Contralor Interno Municipal; y en cumplimiento a lo dispuesto en los numerales 59 fracción I de la citada Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta y 129 fracción I del Código Procesal de la Materia, se le notifica que mediante oficio número 210094000/3743/2014 ONCE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE, ingresado en la Oficialía de Partes de este Órgano de Control Interno el día veinticinco de septiembre del año dos mil catorce con número de control 7567 el Licenciado LUIS VELASCO HERNÁNDEZ, en su cargo de Director de Conflicto de Intereses Manifestación de Bienes y Sanciones, adscrito a la Secretaria de la contraloría del Gobierno del Estado de México, remite a esta Contraloría Interna la remesa del mes de junio del 2014, relacionando los servidores públicos que fueron OMISOS y/o EXTEMPORANEOS en la presentación de Manifestación de Bienes por ALTA y/o BAJA; y su Declaración de Intereses Inicial, oficio en el que aparece el nombre del C. ORTIZ RODRIGUEZ JOSE LUIS en su cargo de Auxiliar administrativo c adscrito a PARQUES Y JARDINES , de este H. Ayuntamiento de Nezahualcóyotl, consistente en haber sido OMISO en presentar su Manifestación de Bienes por ALTA, en el servicio público, omisión que ocurrió el día dieciséis de junio del año dos mil catorce, por lo que debió presentar su manifestación de bienes por alta durante los sesenta días naturales siguientes a la conclusión del cargo; dicha infracción dio origen al acuerdo de fecha Veintitrés de febrero del año dos mil quince, emitido por esta Autoridad Administrativa ordenando, iniciar el correspondiente procedimiento administrativo disciplinario.

    Derivado de lo anterior, me permito solicitar su COMPARECENCIA DE MANERA PERSONAL, en las instalaciones que ocupa este Órgano de Control Interno, ubicadas en calle Faisán, número 110, colonia Benito Juárez, Código Postal 57000, Nezahualcóyotl, Estado de México, A LAS DOCE HORAS CON QUINCE MINUTOS DEL DIA TRES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, razón por la cual deberá de presentarse con identificación oficial vigente, con la finalidad de desahogar su garantía de audiencia y para que manifieste lo que a su derecho convenga, por hechos que se le atribuyen. Asimismo, se hace de su conocimiento que durante el desahogo de la garantía de audiencia usted tiene el derecho de ofrecer pruebas y alegar lo que a sus intereses convenga, por sí o por medio de su defensor, respecto de los hechos que se le atribuyen; con el apercibimiento que para el caso de no presentarse el día y hora señalados se le tendrá por satisfecha su garantía de audiencia y por perdido el derecho para ofrecer pruebas y formular alegatos, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 59 fracción I de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta, en relación con los artículos 30 y 129 fracción III, primer párrafo, del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, así lo acordó el LIC. JOSÉ SALVADOR SALAZAR BARRIENTOS, CONTRALOR INTERNO MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE NEZAHUALCÓYOTL, ESTADO DE MÉXICO. Rubrica.

  • 17

    “2018. Año del Bicentenario del Natalicio de Ignacio Ramírez Calzada, El Nigromante.”

    Nezahualcoyotl, Estado de México, a diez de septiembre del año dos mil dieciocho. EXPEDIENTE: CM/MABI-A-14/019/2015

    OFICIO-CITATORIO: CM/SJRA/NEZA/CIT/1412/2018 ASUNTO: SE CITA A GARANTÍA DE AUDIENCIA

    EDICTO

    C. LUCIO VALEDEZ CELSO P R E S E N T E. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1,14, 16, 109, fracción III, 113 115 fracción I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 128 fracción XVI, 130 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 48 fracción XX y XVI, 110, 112 fracción XVI y 168 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1, 2, 3 fracción VI, 4, 41, 42 fracción XIX, 43, 44, 47 párrafo tercero, 49, 52, 53, 59, 60, 79, 80, 80 bis y 91 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta; 1, 3, 25, 26, 27, 28, 30, 31 fracciones I y II, 106, 113, 114 y 129 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, de aplicación supletoria a la materia; 1.1, 1.2, 1.13 del Acuerdo que Norma los Procedimientos de Control y Evaluación Patrimonial de los Servidores Públicos del Estado de México y sus Municipios vigente al momento de los hechos, publicado en la Gaceta del Gobierno del Estado de México, Número 28, de fecha once de febrero del año dos mil cuatro; 1, 5, 45, 48 fracción IV del Bando Municipal de Nezahualcóyotl, dos mil dieciocho ;1, 2, 8 fracción IV, 9. 10, 36 tercero transitorio del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Nezahualcóyotl, Estado de México, vigente; así como el Acta de la Primera Sesión Ordinaria de Cabildo, de fecha primero de enero del año dos mil dieciséis, mediante la cual el Ayuntamiento de Nezahualcóyotl, Estado de México, otorga nombramiento al Contralor Interno Municipal; y en cumplimiento a lo dispuesto en los numerales 59 fracción I de la citada Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta y 129 fracción I del Código Procesal de la Materia, se le notifica que mediante oficio número 210094000/3743/2014 ONCE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE, ingresado en la Oficialía de Partes de este Órgano de Control Interno el día veinticinco de septiembre del año dos mil catorce con número de control 7567 el Licenciado LUIS VELASCO HERNÁNDEZ, en su cargo de Director de Conflicto de Intereses Manifestación de Bienes y Sanciones, adscrito a la Secretaria de la contraloría del Gobierno del Estado de México, remite a esta Contraloría Interna la remesa del mes de junio del 2014, relacionando los servidores públicos que fueron OMISOS y/o EXTEMPORANEOS en la presentación de Manifestación de Bienes por ALTA y/o BAJA; y su Declaración de Intereses Inicial, oficio en el que aparece el nombre del C. LUCIO VALEDEZ CELSO en su cargo de Auxiliar administrativo c adscrito a PARQUES Y JARDINES , de este H. Ayuntamiento de Nezahualcóyotl, consistente en haber sido OMISO en presentar su Manifestación de Bienes por ALTA, en el servicio público, omisión que ocurrió el día Tres de junio del año dos mil catorce, por lo que debió presentar su manifestación de bienes por alta durante los sesenta días naturales siguientes a la conclusión del cargo; dicha infracción dio origen al acuerdo de fecha Veintitrés de febrero del año dos mil quince, emitido por esta Autoridad Administrativa ordenando, iniciar el correspondiente procedimiento administrativo disciplinario.

    Derivado de lo anterior, me permito solicitar su COMPARECENCIA DE MANERA PERSONAL, en las instalaciones que ocupa este Órgano de Control Interno, ubicadas en calle Faisán, número 110, colonia Benito Juárez, Código Postal 57000, Nezahualcóyotl, Estado de México, A LAS DOCE HORAS CON QUINCE MINUTOS DEL DIA TRES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, razón por la cual deberá de presentarse con identificación oficial vigente, con la finalidad de desahogar su garantía de audiencia y para que manifieste lo que a su derecho convenga, por hechos que se le atribuyen. Asimismo, se hace de su conocimiento que durante el desahogo de la garantía de audiencia usted tiene el derecho de ofrecer pruebas y alegar lo que a sus intereses convenga, por sí o por medio de su defensor, respecto de los hechos que se le atribuyen; con el apercibimiento que para el caso de no presentarse el día y hora señalados se le tendrá por satisfecha su garantía de audiencia y por perdido el derecho para ofrecer pruebas y formular alegatos, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 59 fracción I de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta, en relación con los artículos 30 y 129 fracción III, primer párrafo, del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, así lo acordó el LIC. JOSÉ SALVADOR SALAZAR BARRIENTOS, CONTRALOR INTERNO MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE NEZAHUALCÓYOTL, ESTADO DE MÉXICO. Rubrica.

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    “2018. Año del Bicentenario del Natalicio de Ignacio Ramírez Calzada, El Nigromante.”

    Nezahualcóyotl, Estado de México, a diez de septiembre del año dos mil dieciocho.

    EXPEDIENTE: CM/MABI-A-14/325/2015 OFICIO-CITATORIO: CM/SJRA/NEZA/CIT/1423/2018

    ASUNTO: SE CITA A GARANTÍA DE AUDIENCIA

    EDICTO C. SALAZAR HERNANDEZ ANGEL P R E S E N T E. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1,14, 16, 109, fracción III, 113 115 fracción I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 128 fracción XVI, 130 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 48 fracción XX y XVI, 110, 112 fracción XVI y 168 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1, 2, 3 fracción VI, 4, 41, 42 fracción XIX, 43, 44, 47 párrafo tercero, 49, 52, 53, 59, 60, 79, 80, 80 bis y 91 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta; 1, 3, 25, 26, 27, 28, 30, 31 fracciones I y II, 106, 113, 114 y 129 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, de aplicación supletoria a la materia; 1.1, 1.2, 1.13 del Acuerdo que Norma los Procedimientos de Control y Evaluación Patrimonial de los Servidores Públicos del Estado de México y sus Municipios vigente al momento de los hechos, publicado en la Gaceta del Gobierno del Estado de México, Número 28, de fecha once de febrero del año dos mil cuatro; 1, 5, 45, 48 fracción IV del Bando Municipal de Nezahualcóyotl, dos mil dieciocho ;1, 2, 8 fracción IV, 9. 10, 36 tercero transitorio del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Nezahualcóyotl, Estado de México, vigente; así como el Acta de la Primera Sesión Ordinaria de Cabildo, de fecha primero de enero del año dos mil dieciséis, mediante la cual el Ayuntamiento de Nezahualcóyotl, Estado de México, otorga nombramiento al Contralor Interno Municipal; y en cumplimiento a lo dispuesto en los numerales 59 fracción I de la citada Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente al momento de desplegar la conducta y 129 fracción I del Código Procesal de la Materia, se le notifica que mediante oficio número 210094000/4813/2014 CUATRO DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE, ingresado en la Oficialía de Partes de este Órgano de Control Interno el día diez de diciembre del año dos mil catorce con número de control 8983 el Licenciado LUIS VELASCO HERNÁNDEZ, en su cargo de Director de Conflicto de Intereses Manifestación de Bienes y Sanciones, adscrito a la Secretaria de la contraloría del Gobierno del Estado de México, remite a esta Contraloría Interna la remesa del mes de septiembre del 2014, relacionando los servidores públicos que fueron OMISOS y/o EXTEMPORANEOS en la presentación de Manifestación de Bienes por ALTA y/o BAJA; y su Declaración de Intereses Inicial, oficio en el que aparece el nombre del C. SALAZAR HERNANDEZ ANGEL en su cargo de POLICIA adscrito a DIRECCION DE SEGURIDAD PUBLICA, de este H. Ayuntamiento de Nezahualcóyotl, consistente en haber sido OMISO en presentar su Manifestación de Bienes por ALTA, en el servicio público, omisión que ocurrió el día treinta de septiembre del año dos mil catorce, por lo que debió presentar su manifestación de bienes por alta durante los sesenta días naturales siguientes a la toma o posesión del cargo; dicha infracción dio origen al acuerdo de fecha Veintitrés de febrero del año dos mil quince, emitido por esta Autoridad Administrativa ordenando, iniciar el correspondiente procedimiento administrativo disciplinario.

    Derivado de lo anterior, me permito solicitar su COMPARECENCIA DE MANERA PERSONAL, en las instalaciones que ocupa este Órgano de Control Interno, ubicadas en calle Faisán, número 110, colonia Benito Juárez, Código Postal 57000, Nezahualcóyotl, Estado de México, A LAS DIECISEIS HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA TRES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, razón por la cual deberá de presentarse con identificación oficial vigente, con la finalidad de desahogar su garantía de audiencia y para que manifieste lo que a su derecho convenga, por hechos que se le atribuyen. Asimismo, se hace de su conocimiento que durante el desahogo de la garantía de audiencia usted tiene el de