preparado por: roberto amores c al 30 de septiembre de 2020

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REGIMEN DE MICROEMPRESAS INFORMACIÓN REFERENCIAL RELEVANTE Preparado por: Roberto Amores C Al 30 de Septiembre de 2020. www.knight.com.ec Quito Coruña E25-58 y San Ignacio. Edificio Altana Plaza. Oficina 312. Telefs: 593-2-3230039 /593-2-3230332

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Page 1: Preparado por: Roberto Amores C Al 30 de Septiembre de 2020

REGIMEN DE MICROEMPRESASINFORMACIÓN REFERENCIAL RELEVANTE

Preparado por: Roberto Amores C

Al 30 de Septiembre de 2020.www.knight.com.ec

Quito Coruña E25-58 y San Ignacio. Edificio Altana Plaza. Oficina 312. Telefs: 593-2-3230039 /593-2-3230332

Page 2: Preparado por: Roberto Amores C Al 30 de Septiembre de 2020

Antes y después del régimen de Microempresas

CE

Sociedades y PNOC

(todos eran AR)

Personas naturales no

obligadas a llevar contabilidad

CE

AR

Microempresas y AR a la vez *

Microempresas

Personas naturales no obligadas a llevar

contabilidad

CE: Contribuyentes especiales AR: Agente de retenciónPNOC: Personas naturales obligados a llevar contabilidad * : 30331 de las 983330 Microempresas también son AR

Page 3: Preparado por: Roberto Amores C Al 30 de Septiembre de 2020

Es nueva la denominación de “Agente de Retención”?

• En el artículo 29 del Código Tributario vigente se definen “Otros Responsables” dentro de los cuales se establece “1. Los agentes de retención, entendiéndose por tales las personas naturales o jurídicas que, en razón de su actividad, función o empleo, estén en posibilidad de retener tributos y que, por mandato legal, disposición reglamentaria u orden administrativa, estén obligadas a ello.”

Base legal actual

Base legal histórica de referencia

Reflexión

• Esta calidad de contribuyente ha existido desde el año 1975 inclusive (Decreto Supremo No. 1016-A, R.O. 958-S, 23-XII-75) en ella también se refería en el artículo 28 “1. Los Agentes de Retención, entendiéndose por tales laspersonas naturales o jurídicas que, en razón de su actividad, función o empleo, estén en posibilidad de retenertributos y que, por mandato legal, disposición reglamentaria u orden administrativa, estén obligadas a ello.”

• En el artículo 2 del Reglamento a la Ley de Régimen Tributario se establecía “Son sujetos pasivos del impuesto a larenta en calidad de agentes de retención: las personas naturales y las sucesiones indivisas obligadas a llevarcontabilidad, las sociedades definidas como tales por la Ley de Régimen Tributario Interno, las instituciones delEstado y las empresas públicas reguladas por la Ley Orgánica de Empresas Públicas y las sucursales oestablecimientos permanentes de sociedades extranjeras, que realicen pagos o acrediten en cuenta valores queconstituyan ingresos gravados para quienes lo reciban.”

• Esto quiere decir que este tipo de agentes no son un concepto nuevo la diferencia radica en que actualmente por la creación del régimen de Microempresas el SRI se ha visto obligado a nombrar agentes de retención y crear un catastro de microempresas (de las cuales aprox 3% también las ha nombrado AR). Previamente solo por el hecho de ser sociedad o persona natural obligada a llevar contabilidad ya se tenía la calidad de Agente de Retención.

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Retenciones y declaraciones desde el punto de vista de: Microempresa

•Declaración semestral de renta (desde periodo fiscal 2021, en 2020 la declaración es anual como se venía llevando acumulado los dos semestres declarando en enero 2020)

•Tarifa 2% sobre ventas netas provenientes de la actividad empresarial sujetos a este régimen

•Son sujetos a retención de renta por parte de AR y CE del 1.75% sea por bienes o servicios ( de los ingresos sujetos a este régimen).

•Deberán adicionalmente presentar la declaración anual de Renta en Marzo las Personas naturales (o sucesiones indivisas) o en Abril las personas jurídicas en los siguientes casos: a) Sociedad, b) Personas naturales que obtengan ingresos de actividades adicionales a la actividad empresarial sujeta al Régimen Impositivo para Microempresa, c) Personas naturales que requieran solicitar el pago en exceso o presentar el reclamo de pago indebido del impuesto a la renta (lo pagado en las declaraciones semestrales será considerado crédito tributario)

Declaración Impuesto a la

renta

•No retienen renta. Únicamente retienen en los siguientes casos: a) Distribución dividendos, b) Venta de acciones / participaciones, c) Pagos y reembolsos al exterior, d) retenciones a empleados en relación de dependencia, e) Pago de intereses, f) Pago con liquidación de compras.

•Se declara estas retenciones de forma semestral solamente si hubiera efectuado retenciones.

Retención de renta

•Declaración semestral de IVA (a partir de julio 2020, el periodo ene – jun debe ser mensual).

•* Podrán escoger en enero de cada año si realizan la declaración mensual de IVA lo cual aplicará para todo el año

Declaración de IVA

Retención de IVA• No retienen IVA salvo en el caso de Importación de servicios

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Cambios desde el punto de vista de: Agente de retención

• Deben ser nombrados mediante resolución

• Se mantiene esa calificación hasta que el SRI la revoque.

• Deben incluir esa leyenda de su calidad de agente de retención en los comprobantes de venta que emite y la resolución asociada.

Nombramiento

• Se mantienen igual salvo por el caso de comprar a una entidad bajoel régimen de Microempresa a la cual le deberán retener el 1.75%sea por compra de bienes o servicios si es que los mismospertenecen al Régimen de Microempresas.

Retención de renta

• El principal cambio es que deberán retener a otros AR y Microempresas. (VER MATRIZ DE RETENCION DE IVA ADJUNTA)(Este cambio aplica desde el 01/10/20)

• Se emite resolución RESOLUCIÓN Nro. NAC-DGERCGC20-00000061 el 29/09/20 principal cambio artículo 4 de esa resolución.

Retención de IVA

Page 6: Preparado por: Roberto Amores C Al 30 de Septiembre de 2020

Retenciones y declaraciones desde el punto de vista de: Microempresa que es a la vez Agente de Retención

•Declaración semestral de renta (desde periodo fiscal 2021, en 2020 la declaración es anual como se venía llevando acumulado los dos semestres declarando en enero 2020)

•Tarifa 2% sobre ventas netas provenientes de la actividad empresarial sujetos a este régimen

•Son sujetos a retención de renta por parte de AR y CE del 1.75% sea por bienes o servicios ( de los ingresos sujetos a este régimen).

•Deberán adicionalmente presentar la declaración anual de Renta en Marzo las Personas naturales (o sucesiones indivisas) o en Abril las personas jurídicas en los siguientes casos: a) Sociedad, b) Personas naturales que obtengan ingresos de actividades adicionales a la actividad empresarial sujeta al Régimen Impositivo para Microempresa, c) Personas naturales que requieran solicitar el pago en exceso o presentar el reclamo de pago indebido del impuesto a la renta (lo pagado en las declaraciones semestrales será considerado crédito tributario)

Declaración Impuesto a

la renta

• Retienen renta normalmente como Agente de retención. Deben declarar semestral las retenciones de impuesto a la renta solamente si hubiera efectuado retenciones.

Retención de renta

• Declaración semestral de IVA (a partir de julio 2020, el periodo ene – jun debe ser mensual).

• * Podrán escoger en enero de cada año si realizan la declaración mensual lo cual aplicará para todo el año.

Declaración de IVA

Retención de IVA

El principal cambio es que deberán retener a otros AR y Microempresas. (VER MATRIZ DE RETENCION DE IVA ADJUNTA)(Este cambio aplica desde el 01/10/20)Se emite resolución RESOLUCIÓN Nro. NAC-DGERCGC20-00000061 el 29/09/20 principal cambio artículo 4 de esa resolución.

Page 7: Preparado por: Roberto Amores C Al 30 de Septiembre de 2020

Dudas presentadas1. En el Catastro del SRI de microempresas existen las columnas 2020 y 2021 como sería la aplicación del Régimen de Microempresa en cada caso?

La X en cada año determina los periodos fiscales en los cuales pertenece al régimen de Microempresa. Los contribuyentes sujetos al Régimen Impositivo para Microempresas desde el ejercicio fiscal 2020, deberán declarar y pagar el impuesto a la renta de dicho ejercicio fiscal, considerando las operaciones de enero a diciembre de 2020 (declarar renta de forma normal en marzo o abril dependiendo si es persona natural o sociedad) para el caso de IVA y retenciones de renta deberán aplicar el régimen desde el siguiente mes de constar en este catastro (esto para los nombrados en febrero 2020, desde el 2021 al ser incluidos en el catastro deberán aplicar el régimen desde el primer día del siguiente periodo fiscal). En los casos que se señale solo 2021 quiere decir que el régimen lo deberán aplicar para IVA y Renta desde el 1 de enero de 2021.

(Normalmente los contribuyentes que constaban en el catastro de microempresas de Febrero de 2020 son los que se mantienen con la X en el año 2020, los nuevos son los que constarían desde 2021). El SRI publicará el catastro en septiembre de cada año y deberán aplicar el régimen desde el siguiente periodo fiscal.

2. Como se procede con el envío de la información de ATS en Microempresas?

Los anexos mensuales deben ser consistentes con la información reportada en las declaraciones de impuestos. Si se realiza una declaración semestral el ATS se debe enviar con esa periodicidad semestral que debe ser consistente con la información de la declaración presentada. Si se optó por declaración de IVA mensual el ATS debe igualmente ser presentado con información mensual.

3. Se emite retención de impuestos en cero en el caso de las Microempresas?

No se debe emitir comprobantes en cero. Únicamente se debe emitir comprobantes en los casos específicos que deben aplicar la retención como está determinado en las diapositivas anteriores.

Page 8: Preparado por: Roberto Amores C Al 30 de Septiembre de 2020

Dudas presentadas4. Se indica que para Microempresas no se debe presentar formulario 103 salvo cuando se tenga valores a pagar de casillero 302 (Retención relación dependencia) se debe presentar un 103 consolidado en Diciembre para que cuadre con el anexo RDEP?

Si los empleados de la Microempresa no fueron sujetos a retención de dependencia no se debe realizar la declaración 103 (por no superar la fracción básica de impuesto a la renta o proyectar que no van a tener impuesto a la renta causado). El anexo RDEP justificará el hecho de que no se generó impuesto a la renta para los empleados.

5. Cómo debe llevar la contabilidad una Microempresa?

Las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad deberán llevar un registro ingresos y egresos. Los Obligados con organismo de control deacuerdo a normativa de organismo de control (Superintendencia de Compañías deben llevar bajo NIIFs o NIIFs para Pymes según sea aplicable). LosObligados a llevar contabilidad sin organismo de control deberán llevar la contabilidad bajo NIIF para Pymes.

6. Cómo puedo identificar si la empresa que me vende los servicios es Microempresa o Agente de Retención?

Los Contribuyentes Especiales y Agentes de Retención deben hacer constar la leyenda de su calidad de contribuyente en los comprobantes de venta queemiten en el cual también debe constar la resolución en la que fueron nombrados como tal.

Las microempresas también deben hacer constar la leyenda de “Contribuyente Régimen Microempresas” en sus comprobantes de venta.

También se podrá validar la calidad del contribuyente en la consulta de RUC en el portal Web del SRI.

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Dudas presentadas7. Para la retención de impuesto a la renta a Microempresas (desde AR o CE) siempre se debe retener el 1.75% sean bienes o servicios?

Solamente se retiene 1.75% en bienes o servicios en el caso que dicho ingreso se encuentre contemplado en el Régimen de Microempresas. Los casos siguientes no se encuentran dentro del Régimen de Microempresas y se debe retener renta según sea aplicable:

a) Ingresos por contratos de construcciónb) Ingresos de la actividad de urbanización, lotización y otras similaresc) Actividades de ocupación liberal, así como las personas naturales cuya actividad económica sea la prestación de servicios profesionales, notarios y registradores.d) Servicio de transporte terrestre público de pasajeros, así como los servicios de transporte terrestre comercial.e) Ingresos sujetos al impuesto a la renta único. f) Ingresos en relación de dependenciag) Ingresos de rentas de capital (Intereses y rendimientos financieros, Arrendamientos, Regalías, Marcas y Patentes)

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Base legal utilizadai. LEY ORGÁNICA DE SIMPLIFICACIÓN Y PROGRESIVIDAD TRIBUTARIA. Suplemento del Registro Oficial No. 111 , 31 de Diciembre 2019. RÉGIMEN

IMPOSITIVO PARA MICROEMPRESAS.ii. REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DE SIMPLIFICACIÓN Y PROGRESIVIDAD TRIBUTARIA.(Decreto No. 1114). RÉGIMEN

IMPOSITIVO PARA MICROEMPRESASiii. RESOLUCIÓN Nro. NAC-DGERCGC20-00000060. NORMAS PARA LA APLICACIÓN DEL RÉGIMEN IMPOSITIVO PARA MICROEMPRESAS de 29/09/20.

Edición especial No. 1100 del Registro Oficial del 30 de Septiembre de 2020.iv. RESOLUCIÓN Nro. NAC-DGERCGC20-00000057. EXPEDIR LAS NORMAS PARA LA CALIFICACIÓN, PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES Y PAGO DE

IMPUESTOS, DE LOS AGENTES DE RETENCIÓN Y DE CONTRIBUYENTES ESPECIALES v. RESOLUCIÓN Nro. NAC-DNCRASC20-00000001vi. Código Tributario. Suplemento del Registro Oficial No. 473 , 6 de Abril 2015vii. RESOLUCIÓN Nro. NAC-DGERCGC20-00000061. FIJAR LOS PORCENTAJES DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) de 29/9/20.

Edición especial No. 1100 del Registro Oficial del 30 de Septiembre de 2020.

Page 11: Preparado por: Roberto Amores C Al 30 de Septiembre de 2020

Edificio Altana Plaza. Oficina 312. Coruña y San Ignacio – Quito – (593)-2-3230039 / (593)-2-3230332 [email protected]