preguntas frecuentes directores

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  • 7/24/2019 Preguntas Frecuentes Directores

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    I.

    Introduccin

    1. En que consiste el nuevo proceso de seleccin de directores?

    Tal como establece la Ley 20.501, los directores de establecimientos educacionales de dependencia municipalcomienzan a ser elegidos por un nuevo proceso. En ste, entre otras cosas, se cambia la conformacin de las juntascalificadoras, se suma el apoyo de asesoras externas expertas en seleccin de personal y se incorpora el apoyo delConsejo de Alta Direccin Pblica. Con esto, lo que se pretende es elegir a los mejores lderes para cada una de nuestrasescuelas, los cuales adems podrn acceder a mayores atribuciones y rentas.

    2. Dnde se puede obtener informacin sobre los concursos de directores vigentes?

    Para conocer los concursos de director de establecimientos con convocatorias abiertas basta con seleccionaraqu.Otrava para acceder al buscador de concursos es visitar www.reformaescolar.mineduc.cl y en la seccin Directorespresionar Concurso abierto a directores.

    3.

    Cmo me informo sobre el procedimiento para conducir el proceso de concurso de director deestablecimientos?

    Informarse es sencillo. Para facilitar a los Sostenedores municipales (Daems y Corporaciones) el conocimiento yaplicacin de este nuevo proceso, como Ministerio de Educacin hemos elaborado unagua de apoyoonline, materialque explica en breves pasos cada una de las acciones que se deben implementar para desarrollar del mejor modo el

    proceso de concurso para directores de establecimientos. Para descargar esta gua puede presionaraqu.

    II.

    Apertura de Concurso

    4. Cmo se inicia el proceso para elegir a directores de establecimientos educacionales de dependencia municipal?

    El proceso se inicia oficialmente con la apertura de la convocatoria de parte del DAEM o de la Corporacin, la cual debeser de ampla difusin, debiendo ser comunicada a travs de la pgina web de la respectiva municipalidad o en un diariode circulacin nacional. Muy importante es considerar que apenas se desee abrir un concurso de director deestablecimiento, ello debe ser comunicado al Ministerio de Educacin y a la Direccin Nacional del Servicio Civil, demodo de ser ingresada en un registro pblico que permitir favorecer la difusin y ejecucin de dicho concurso.

    Para la apertura de dichas convocatorias un requisito es que las bases del concurso estn debidamente elaboradas deacuerdo alreglamento vigente.stas deben ser elaboradas por parte del jefe del Departamento de Administracin deEducacin Municipal respectivo o la Corporacin Municipal, segn corresponda, respetando las particularidades yoriginalidades de cada municipio y siendo para todos los casos aprobadas por el Sostenedor.

    PREGUNTAS FRECUENTES PROCESO DE SELECCIN DE DIRECTORES

    http://w7app.mineduc.cl/SeleccionDirectores/Buscador/BuscadorPublicohttp://w7app.mineduc.cl/SeleccionDirectores/Buscador/BuscadorPublicohttp://w7app.mineduc.cl/SeleccionDirectores/Buscador/BuscadorPublicohttp://www.reformaescolar.mineduc.cl/http://www.reformaescolar.mineduc.cl/http://www.mineduc.cl/usuarios/reducacional/doc/201202101708200.GuIadeapoyoFinal.pdfhttp://www.mineduc.cl/usuarios/reducacional/doc/201202101708200.GuIadeapoyoFinal.pdfhttp://www.mineduc.cl/usuarios/reducacional/doc/201202101708200.GuIadeapoyoFinal.pdfhttp://www.mineduc.cl/usuarios/reducacional/doc/201202101708200.GuIadeapoyoFinal.pdfhttp://www.mineduc.cl/usuarios/reducacional/doc/201202101708200.GuIadeapoyoFinal.pdfhttp://www.mineduc.cl/usuarios/reducacional/doc/201202101708200.GuIadeapoyoFinal.pdfhttp://papel.doe.cl/20120105/http://papel.doe.cl/20120105/http://papel.doe.cl/20120105/http://papel.doe.cl/20120105/http://www.mineduc.cl/usuarios/reducacional/doc/201202101708200.GuIadeapoyoFinal.pdfhttp://www.mineduc.cl/usuarios/reducacional/doc/201202101708200.GuIadeapoyoFinal.pdfhttp://www.reformaescolar.mineduc.cl/http://w7app.mineduc.cl/SeleccionDirectores/Buscador/BuscadorPublico
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    5. Cmo se notifica al Ministerio de Educacin y al Servicio Civil la apertura del concurso?

    Esta notificacin se realiza ingresando a la zona privada de www.comunidadescolar.cl (acceso sostenedor) yposteriormente en el apartado de Procesos de Seleccin de Directores Municipales, seleccionando el icono bases

    del establecimiento a convocar. Luego deber rellenar una ficha ingresando las bases y fechas relevantes del concurso.Al presionar guardar y enviar el concurso ser notificado. En caso de dudas sobre este proceso se recomienda revisar

    los dos videos tutoriales efectuados para facilitar este procedimiento:video 1yvideo 2.

    6.

    Existe alguna ayuda para poder elaborar las bases de concurso?

    La correcta realizacin de las bases es de completa responsabilidad del sostenedor. Sin embargo, a modo de apoyo, elMinisterio de Educacin ha elaborado ejemplos orientadores para facilitar la ejecucin de las bases de parte de lossostenedores. Estos se pueden encontrar en el sitio web www.reformaescolar.mineduc.cl y en la gua de apoyo,existiendo propuestas para losperfiles,convenio de desempeoy la revisin pormenorizada de lo que deben contenerlas bases de acuerdo a la ley. Es importante destacar que estos insumos tan solo representan ejemplos orientadores,siendo responsabilidad del sostenedor el cumplir con la normativa vigente y el adecuar estas orientaciones generales ala particular necesidad de cada establecimiento.

    7. Puede un sostenedor utilizar una misma base para abrir concursos para ms de un establecimiento?

    No. Cada establecimiento tiene una situacin particular, por lo cual requiere de un determinado perfil de director. Deeste modo, cada base de concurso debe referir a un solo establecimiento, y de tal manera lo solicitar el sistema denotificacin dewww.comunidadescolar.cl. Si se desea iniciar ms de un concurso se deben efectuar tantas bases comoconcursos se desee implementar.

    8. Cuntas convocatorias se pueden abrir a la vez?

    Eso depende del sostenedor. Sin embargo la recomendacin es abrir los concursos espaciadamente en el tiempo,pudiendo as atraer a ms postulantes por concurso y tener mejores candidatos a seleccionar. De este modo, auncuando depende de las caractersticas del municipio, no se aconseja tener ms de dos concursos abiertos a la vez.

    9. En las escuelas rurales con Profesor Encargado es posible llamar a concurso para director de establecimiento?

    S. Todo establecimiento es susceptible de poder iniciar concurso para director de establecimiento. La figura delProfesor Encargado aun cuando tiene un reconocimiento legal (art. 13 Ley 19.715) representa un tipo de administracinde excepcin en zonas rurales con establecimientos de poca matricula. Debe tenerse claro eso s, que al momento denombrar un director la figura del profesor encargado desaparece para ese establecimiento.

    10. Si el Jefe de Educacin Municipal se encuentra subrogando puede iniciar y administrar un concurso de Director

    de Establecimiento?

    S, puede. No existe impedimento siempre y cuando est subrogando el cargo de acuerdo a las condiciones queestablece la ley. De acuerdo a ella, la vacancia del cargo de DAEM no podr prolongarse ms all de seis meses desdeque dej de ejercer sus funciones, al cabo de los cuales obligatoriamente deber llamarse a concurso.

    11.

    Puedo convocar a concursos de director de establecimiento antes de la fecha de vacancia del cargo?

    Es justamente lo que establece la ley. El sostenedor tiene la responsabilidad de realizar los concursos con la anticipacinnecesaria de modo que el cargo no quede vacante. A modo de excepcin, se tolera un espacio de vacancia el cual nopodr prologarse ms all de seis meses desde que el director anterior dej de ejercer sus funciones, al cabo de loscuales obligatoriamente se debe llamar a concurso. De este modo, es responsabilidad de cada sostenedor planificarse yevitar el periodo de vacancia. En el caso de ya estar en la situacin de vacancia se debe iniciar concursos cuanto antes.

    http://www.comunidadescolar.cl/http://www.comunidadescolar.cl/http://www.youtube.com/watch?v=6dKD9frpUM8http://www.youtube.com/watch?v=6dKD9frpUM8http://www.youtube.com/watch?v=6dKD9frpUM8http://www.youtube.com/watch?v=7tHsknxWC00&feature=youtube_gdatahttp://www.youtube.com/watch?v=7tHsknxWC00&feature=youtube_gdatahttp://www.youtube.com/watch?v=7tHsknxWC00&feature=youtube_gdatahttp://www.reformaescolar.mineduc.cl/http://www.reformaescolar.mineduc.cl/http://www.mineduc.cl/usuarios/reducacional/doc/201202101708200.GuIadeapoyoFinal.pdfhttp://www.mineduc.cl/usuarios/reducacional/doc/201202101708200.GuIadeapoyoFinal.pdfhttp://www.mineduc.cl/index3.php?id_portal=58&id_seccion=3927&id_contenido=17085http://www.mineduc.cl/index3.php?id_portal=58&id_seccion=3927&id_contenido=17085http://www.mineduc.cl/index3.php?id_portal=58&id_seccion=3927&id_contenido=17085http://www.mineduc.cl/usuarios/reducacional/doc/201202101806520.IndicadoresparaelconveniodedesempeNo.xlshttp://www.mineduc.cl/usuarios/reducacional/doc/201202101806520.IndicadoresparaelconveniodedesempeNo.xlshttp://www.mineduc.cl/usuarios/reducacional/doc/201202101806520.IndicadoresparaelconveniodedesempeNo.xlshttp://www.comunidadescolar.cl/http://www.comunidadescolar.cl/http://www.comunidadescolar.cl/http://www.comunidadescolar.cl/http://www.mineduc.cl/usuarios/reducacional/doc/201202101806520.IndicadoresparaelconveniodedesempeNo.xlshttp://www.mineduc.cl/index3.php?id_portal=58&id_seccion=3927&id_contenido=17085http://www.mineduc.cl/usuarios/reducacional/doc/201202101708200.GuIadeapoyoFinal.pdfhttp://www.reformaescolar.mineduc.cl/http://www.youtube.com/watch?v=7tHsknxWC00&feature=youtube_gdatahttp://www.youtube.com/watch?v=6dKD9frpUM8http://www.comunidadescolar.cl/
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    12.

    Qu ocurre cuando no se cumple el periodo mximo de seis meses de vacancia para el cargo directivo?

    Tal como seala el reglamento,el periodo de vacancia mximo para el cargo de director de establecimiento no podrser mayor a seis meses de terminado el contrato del director anterior. De este modo, debe hacerse el llamado aconcurso antes de que finalice este plazo o en caso de que ya se haya vencido, efectuar la apertura del concurso a labrevedad. De incumplirse este mandato legal se incurre en las responsabilidades administrativas que establece la ley

    18.883.

    13. Slo pueden ser directores de establecimientos municipales quienes posean el ttulo de docente?

    No. La ley 20.501 establece que al cargo de director de establecimientos municipales pueden postular, junto con losdocentes, quienes estn en posesin de un ttulo profesional o licenciatura de al menos 8 semestres y hayan ejercidofunciones docentes al menos durante tres aos en un establecimiento educacional. As, personas de distintas carreras,pero con probada y destacada trayectoria en educacin, tambin podrn participar de los concursos de directores deestablecimiento.

    III.

    Evaluacin y Seleccin

    14. Qu debe hacer el DAEM cuando recibe las postulaciones?

    El departamento de Educacin Municipal o la Corporacin al recibir las postulaciones al cargo, debe establecer unsistema transparente de revisin de los antecedentes, centrando su labor en verificar si los postulantes cumplen con losrequisitos y acreditaciones formales establecidos en las bases. Luego de ello, debern entregar toda la informacin alasesor externo contratado, quien continuar con el proceso de seleccin. Es importante resaltar que el criterio derevisin es puramente formal siendo las asesoras quienes efectan la preseleccin de los candidatos idneos.

    15.

    Quines son los que integran la Comisin Calificadora?

    Existir una comisin calificadora integrada por:

    El jefe del Departamento de Administracin de Educacin Municipal o de la Corporacin Municipal, segncorresponda.

    Un miembro del Consejo de Alta Direccin Pblica o un representante de este consejo elegido de una lista deprofesionales de reconocido prestigio en el mbito educacional aprobada por el propio consejo.

    Un docente perteneciente a la misma dotacin municipal que se desempee en otro establecimientoeducacional elegido por sorteo. En este ltimo caso, el docente deber cumplir con los siguientes requisitos:Pertenecer a la red de maestros de Maestros o estar acreditado como Profesor de Excelencia Pedaggica, ohaber sido evaluado como profesor de desempeo destacado. De existir ms de uno de estos docentesdestacados deber efectuarse un sorteo entre todos ellos.

    16.

    Cmo son se financian las asesoras externas para efectos de implementar el mecanismo de seleccin de

    directores?

    La ley crea un fondo transitorio de 5 aos a cargo del Ministerio de Educacin para el financiamiento de las asesorasexternas para efectos de implementar el mecanismo de seleccin directiva. De este modo, por cada concurso abiertolos municipios contarn con un monto de apoyo, el cual, de acuerdo a la ley, se hace efectivo una vez que es nombradoel nuevo director del establecimiento.

    El aporte del Ministerio de Educacin para el pago de estas asesoras variar de acuerdo a los tramos de costo de ellas.As, el pago est mediado por la siguiente tabla de valores:

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    Financiamiento proceso de seleccin de directivos de establecimientos

    municipales

    De 0 a 1.500.000 pesos.

    Ministerio de Educacin financia el 100% delgasto de la asesora externa

    De 1.500.000 a 2.000.000 Se financia el 50% del gasto incurrido en laasesora por sobre 1.500.000 y hasta 2.000.000

    De 2.000.000 a 2.500.000 MINEDUC financia un 25% del gasto incurridopor sobre 2.000.000 y hasta 2.500.000

    De 2.500.000 o ms 0% de financiamiento por parte del MINEDUC.

    Por ejemplo, si en la Comuna de San Ramn ingresan al nuevo proceso de eleccin de directivos por alta direccinpblica, y el proceso tiene un valor de 2.800.000. El Ministerio de Educacin paga: $1.500.000 + $250.000 + $125.000 +$0 = $1.875.000 (el mximo). Si el proceso cuesta un monto menor a $1.500.000 el monto es pagado en su totalidad por

    el Ministerio de Educacin. Esto siempre y cuando haya existido un nombramiento efectivo del director deestablecimiento.

    17. Cundo se paga? Qu pasa con el pago si el concurso se declara desierto?

    El fondo transitorio para el pago de asesores externos se hace efectivo solo una vez que existe nombramiento. De estemodo, si el concurso se declara desierto el nombramiento no existe, debiendo iniciarse el proceso nuevamente. De estamanera el traspaso del fondo se efectuar una vez que se nombre un nuevo director, una vez por concurso,independiente de la cantidad de veces que ste se declare desierto. As, del costo sumando entre la asesora del primerconcurso y la del segundo y las consecutivas hasta que exista nombramiento, el Ministerio de Educacin solo pagarcomo tope $1.875.000 pesos.

    IV.

    Nombramiento

    18. Cunto dura el cargo de Director de establecimiento municipal?

    El cargo tiene una duracin de 5 aos. Sin embargo, la duracin en el cargo est directamente asociada al cumplimientode convenio de desempeo suscrito por el postulante y el sostenedor. De esta forma, los convenios tendrn unaduracin de 5 aos desde el nombramiento del nuevo director del establecimiento educacional, al trmino de los cualesse deber efectuar un nuevo concurso, al cual podr postular el director en ejercicio. Sin perjuicio de lo anterior, elconvenio de desempeo se evala de manera anual, por lo que el sostenedor est en condiciones de pedir ladesvinculacin del directivo en caso que ste no cumpla con las metas anuales fijadas previamente.

    19. Cules son las nuevas atribuciones que posee el Director de establecimiento con la nueva forma de seleccin va

    Alta Direccin Pblica?

    Los directores elegidos mediante el nuevo sistema podrn gozar de una serie de nuevas atribuciones, teniendo msherramientas para liderar sus establecimientos. En resumen, algunas de ellas son:

    En el mbito administrativo: organizar, supervisar y evaluar el trabajo de los docentes y del personal.

    En el ejercicio de sus facultades podr proponer anualmente al sostenedor el trmino de la relacin laboral dehasta un 5% de los docentes del respectivo establecimiento siempre que hubieren resultado mal evaluados enla evaluacin docente.

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    Proponer al sostenedor el personal a contrata y de reemplazo, designar y remover a quienes ejerzan los cargosde Subdirector, Inspector general y Jefe tcnico del establecimiento.

    Ser consultado en la seleccin de profesores cuando vayan a ser destinados a ese establecimiento.

    Proponer al sostenedor los incrementos de las asignaciones y asignaciones especiales, adems de promoveruna adecuada convivencia en el establecimiento.

    20.

    El nuevo director tiene la facultad de desvincular al 5% de los docentes siempre que hubieren resultado malevaluados, cmo se implementa eso en la prctica?

    La atribucin permite proponer anualmente al sostenedor el trmino de la relacin laboral de hasta un 5% de losdocentes del respectivo establecimiento, siempre que hubieren resultado mal evaluados, entendiendo por ello, quepresenten un desempeo insatisfactorio o bsico en la Evaluacin Docente. Quienes sean desvinculados fruto de estaatribucin no podrn volver a formar parte de la dotacin de la misma municipalidad o corporacin por un plazo decinco aos.

    En los casos en que los establecimientos contaren con menos de 20 docentes podrn poner trmino anualmente a larelacin laboral de un docente. Los docentes que dejen de pertenecer a la dotacin docente como consecuencia de estacausal tendrn derecho a una bonificacin de cargo del empleador la cual deber calcularse de acuerdo a la formula

    establecida en el articulo 73 bis del Estatuto Docente.

    21. Todos los nuevos directores deben regirse por las nuevas asignaciones que establece laley?

    S. Sean docentes o no, los nuevos directores podrn acceder a mayores rentas. Estos aumentos se otorgarn mediantelas asignaciones de responsabilidad directiva y de responsabilidad tcnico-pedaggica, las cuales dejan de tener un topemximo calculado sobre la remuneracin bsica mnima nacional, establecindose porcentajes mnimos, los queadems estn relacionados con el tamao de la matricula del establecimiento en que se desempean. La asignacin deresponsabilidad directiva aumenta tambin segn el grado de concentracin de alumnos prioritarios de losestablecimientos educacionales en que se desempean. El detalle de como aumentan se puede apreciar en el sitiowww.refromaescolar.mineduc.clen seccin directores de establecimiento.

    22.

    El nuevo director podr designar a un equipo directivo de confianza, cmo lo nombra y qu pasa con losanteriores?

    Efectivamente el nuevo director podr contar con un equipo de exclusiva confianza seleccionado por l mismo,pudiendo as mantener o remover el equipo existente en el establecimiento. ste equipo lo conformarn quienesejerzan los cargos de Subdirector, Inspector General y Jefe Tcnico. Vale aclarar que esta facultad opera en el caso deque los profesionales escogidos para el cargo formen parte de la dotacin docente de la comuna. De no ser as, serequerir de la aprobacin del sostenedor para hacer los nombramientos.

    Cuando el director cambie a alguno de dichos funcionarios de los mencionados cargos, estos permanecern en ladotacin docente de la respectiva municipalidad por el mismo nmero de horas que servan, manteniendo lasasignaciones que les correspondan hasta el cumplimiento del periodo para el cual haban sido nombrados, pudiendoasumir alguna de las funciones a las que refiere el artculo 5 del decreto con fuerza de ley N1 1996 del Ministerio deEducacin, en establecimientos educacionales de la misma Municipalidad o Corporacin.

    Al trmino del perodo de su nombramiento, el sostenedor podr optar entre que contine desempendose, en elcaso de existir disponibilidad en la dotacin docente, en alguna otra funcin al interior de la dotacin, por el mismonmero de horas que servan sin necesidad de concursar; o ponerle trmino a sus relaciones laborales en cuyo casotendrn derecho a la indemnizacin establecidas en el artculo 73 bis del Estatuto Docente.

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