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PRENDA MINERA, SOCIEDADES CONTRAACTUALES Y SUCURSALES DE SOCIEDADES EXTRANJERAS PREGUNTAS: 1. ¿QUÉ ES UNA PRENDA? Es el acto jurídico por el cual el propietario de un bien mueble constituye sobre él. 2. ¿CUÁNDO SE REQUIERE ESCRITURA PUBLICA EN UNA PRENDA? Se va a requerir escritura pública siempre y cuando exceda los 40 UIT, de lo contrario no va a tener ningún efecto jurídico. 3. ¿CUÁLES SON LAS CARACTERISTICAS JURÍDICAS DE UNA PRENDA? a. Es una obligación accesoria.- Garantiza siempre una obligación principal, de tal forma que rigen los principios de que si ésta se extingue, se extingue también la prenda. b. Es una obligación indivisible.- Cada una de las cosas prendadas garantizan la totalidad de la deuda y que mientras una parte de ésta, no haya sido pagada, la garantía no puede ser cancelada ni reducida. c. Debe recaer sobre bienes muebles.- Se consideran como tal a los bienes corporales (los que pueden trasladarse de un lugar a otro sin perder su valor económico) y los bienes incorporales (créditos ordinarios, pólizas de seguros, valores mobiliarios, acciones, letras de cambio, warrants, certificados de embarque, patentes, derechos de autor), entre otros. d. El bien dado en garantía debe entregarse física o jurídicamente al acreedor o al depositario que debe guardarlo. e. La prenda se extiende a todos los accesorios del bien. Los frutos y aumentos del bien prendado pertenecen al propietario, salvo pacto distinto. f. La entrega jurídica sólo procede respecto de bienes muebles inscritos y sólo surte efectos desde su inscripción en el registro respectivo. g. La prenda debe constituirse por documento privado con firmas legalizadas notarialmente y siempre que su valor no

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Page 1: Preguntas

PRENDA MINERA, SOCIEDADES CONTRAACTUALES Y SUCURSALES DE SOCIEDADES EXTRANJERASPREGUNTAS:

1. ¿QUÉ ES UNA PRENDA?Es el acto jurídico por el cual el propietario de un bien mueble constituye sobre él.

2. ¿CUÁNDO SE REQUIERE ESCRITURA PUBLICA EN UNA PRENDA?Se va a requerir escritura pública siempre y cuando exceda los 40 UIT, de lo contrario no va a tener ningún efecto jurídico.

3. ¿CUÁLES SON LAS CARACTERISTICAS JURÍDICAS DE UNA PRENDA?a. Es una obligación accesoria.- Garantiza siempre una obligación principal, de tal forma que rigen los principios de que si ésta se extingue, se extingue también la prenda. b. Es una obligación indivisible.- Cada una de las cosas prendadas garantizan la totalidad de la deuda y que mientras una parte de ésta, no haya sido pagada, la garantía no puede ser cancelada ni reducida. c. Debe recaer sobre bienes muebles.- Se consideran como tal a los bienes corporales (los que pueden trasladarse de un lugar a otro sin perder su valor económico) y los bienes incorporales (créditos ordinarios, pólizas de seguros, valores mobiliarios, acciones, letras de cambio, warrants, certificados de embarque, patentes, derechos de autor), entre otros. d. El bien dado en garantía debe entregarse física o jurídicamente al acreedor o al depositario que debe guardarlo. e. La prenda se extiende a todos los accesorios del bien. Los frutos y aumentos del bien prendado pertenecen al propietario, salvo pacto distinto. f. La entrega jurídica sólo procede respecto de bienes muebles inscritos y sólo surte efectos desde su inscripción en el registro respectivo. g. La prenda debe constituirse por documento privado con firmas legalizadas notarialmente y siempre que su valor no exceda de 40 UIT, en caso contrario se requiere de escritura pública, de lo contrario no surte ningún efecto jurídico.

4. ¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS DE ALIDEZ DE UNA RENDA MINERA?a. Debe ser gravado por el propietario del bien. b. Que el bien se entregue física o jurídicamente al acreedor, a la persona designada por éste que se le denomina depositario o a la persona que señalen ambas partes.

5. ¿QUÉ SON LAS SOCIEDADES MINERAS?Existen dos clases de sociedades mineras, la primera de ellas es la sociedad contractual, llamada así en virtud de que su génesis parte de un contrato celebrado voluntariamente por las partes; mientras que la segunda es la sociedad legal, en vista que es la autoridad administrativa quien constituye dicha sociedad en determinadas ocasiones.

6. ¿CUÁL ES EL RÉGIMEN LEGAL APLICABLE A LAS SOCIEDADES CONTRACTUALES?Es la Ley General de Sociedades y el TUO de la Ley General de Minería, las cuales tienen que inscribirse obligatoriamente en el INACC.

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7. ¿QUÉ ES UNA SUCURSAL DE SOCIEDAD?De conformidad con el artículo 469 del código de comercio, “Son extranjeras las sociedades constituidas conforme a la ley de otro país y con domicilio principal en el exterior”.

8. ¿DÓNDE SERÁ INSCRITA UNA SUCURSAL DE SOCIEDAD CONSTITUIDA EN EL PERÚ?El acuerdo de establecer una sucursal por una sociedad constituida en el Perú, se inscribirá en la partida de la sociedad y en el Registro del lugar de su funcionamiento.Para la inscripción de la sucursal en el Registro del lugar de su funcionamiento, además de los documentos exigidos por el artículo 398 de la Ley, deberá presentarse copia literal del asiento de inscripción del acuerdo en la partida de la sociedad.

9. ¿CUÁL ES EL CONTENIDO DEL ASIENTO DE INSCRIPCIÓN?En el asiento de inscripción de la sucursal de una sociedad constituida en el Perú deberá constar lo siguiente:

a. El acuerdo de establecimiento de sucursal y la mención que la identifique como tal;b. Denominación o razón social de la sociedad principal y la indicación de su partida registral

en la Oficina Registral correspondiente;c. Nombre y documento de identidad del representante legal permanente y sus facultades.

Si hubiere más de uno, la misma información respecto de cada uno de ellos;d. Las actividades a desarrollarse; y, e. Cualquier otra información que el Registrador estime relevante, siempre que aparezca del

título.

10. ¿QUÉ SE DEBE PRESENTAR PARA LA CANCELACIÓN DE UNA SUCURSAL DE SOCIEDAD DE SOCIEDAD CONSTITUIDA EN EL PERÚ?Para la inscripción de la cancelación de la sucursal de la sociedad constituida en el Perú, debe presentarse el balance de cierre de operaciones a que se refiere el artículo 402 de la Ley, debidamente suscrito y sellado por contador público colegiado y por el representante legal permanente.Quien solicita la cancelación de la sucursal deberá presentar declaración jurada con firma legalizada notarialmente, precisando el legítimo interés económico que invoca. El Registrador no asume responsabilidad por la falsedad o inexactitud del interés alegado por el solicitante, aun cuando hubiera exigido que el mismo le sea comprobado.

11. ¿CUÁLES SON LAS CLASES DE PRENDAS?

Prenda con desplazamiento: cuando el bien dado en garantía es entregado físicamente. Prenda sin desplazamiento: el bien dado en garantía queda en poder del deudor. Prenda jurídica: el bien es entregado jurídicamente al acreedor mientras a un queda en

poder del deudor.

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12. ¿CUÁL ES LA LEY QUE RIGE LAS SOCIEDADES CONTRACTUALES Y SUCURSALES?Las sociedades mineras contractuales se regirán por lo dispuesto en la Ley General de Sociedades y en el TUO.

13. ¿CUAL ES EL OBJETIVO DE UN CONTRATO DE PRENDA MINERAcGarantizar las obligaciones para el objeto mismo de la industria minera, es decir para que tanto el acreedor como el deudor cumplan con sus responsabilidades.

14. ¿EN LA PRENDA MINERA QUE TIPO DE BIENES SE PUEDEN DAR EN GARATÍA?Existen dos tipos de bienes que se pueden dar en garantía;

La maquinaria y equipos: los cuales son bienes del activo fijo de la empresa minera , los cuales podrían ser los camiones, cargadores frontales, perforadoras, tractores , incluso parte o la totalidad de la planta concentradora

Los minerales y bienes consumibles: Estos son bienes cuyo destino es consumirse rápidamente con el uso tales como los reactivos, las bolas de molino, barrenos, mangueras, lubricantes. También se incluyen los minerales cualquiera sea su estado; siempre y cuando ya hayan sido extraidos y sean de propiedad del que los da en garantía

15. ¿QUÉ CONDICIÓN SE ESTABLECE EN EL CONTRATO DE PRENDA MINERA CUANDO TODOS LOS BIENES EN GARANTÍA SON MINERALES Y BIENES CONSUMIBLES RÁPIDAMENTE POR SU USO?

Se establece condiciones y plazos para que el garante los reponga. Por esta razón, esta modalidad de prenda es conocida en doctrina jurídica como "prenda flotante", esto es que en un momento determinado las existencias pueden ser mayores que las gravadas, y en otros haber desaparecido completamente pero con la obligación de restituirlos en la forma, número y plazo previamente convenido.

16. ¿Cómo se clasifican los contratos de prenda? Mercantil . El Código de Comercio y la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito

regulan diferentes tipos de prenda. Algunos créditos tienen como garantía natural la prenda sobre el activo fijo y en ocasiones sobre el circulante, como son los créditos refaccionarios y los de habitación y avío.

Administrativo . Cuando se garantiza un crédito fiscal como prensa (Artículo 141, fracción II del Código Fiscal de la Federación)

Fiscal . El Código Fiscal, en el artículo 141 establece."Los contribuyentes podrán garantizar el interés fiscal en alguna de las formas siguientes: II. Prenda o Hipoteca."

Irregular. Cuando se entregan bienes fungibles, en cuyo caso se convierte en traslativo de dominio, pues el acreedor regresa otros de la misma especie y calidad.

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17. ¿Cuál es la naturaleza jurídica del contrato de prenda?

El contrato de prenda es un contrato real. Ello significa que para su perfección se exige la entrega de la cosa. Si el objeto de la prenda no fuera susceptible de entrega (prenda sin desplazamiento), como ocurre con la prenda de créditos, la perfección del contrato puede conllevar asimismo obligaciones formales (normalmente su inscripción en un registro público), que suplirían a la entrega (traditio) de la prenda con desplazamiento.

18. ¿Cuáles son las obligaciones del acreedor prendario?(*) cosa: El término cosa, en el Derecho privado, se refiere al objeto de la relación jurídica, que puede ser un bien, un derecho o incluso una obligación, en la que además intervendrán personas, siendo éstas los sujetos de tal relación.

Conservar la cosa. El acreedor debe conservar la cosa dada en prenda en el estado en que la recibió y no tiene derecho a usarla, salvo que lo autorice expresamente el deudor prendario.

Restituir la cosa. Una vez que la deuda ha sido liquidada y pagada, el acreedor tiene obligación de restituir la cosa dada en prenda.