precio por palabra: 0.025 includo igv crÓnica judicial 1 · se amplia el monto de embargo en forma...

16

Upload: others

Post on 24-Apr-2020

5 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

1Chiclayo, jueves 13 de julio del 2017PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

Chiclayo, jueves 13 de julio del 2017 PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL2

Chiclayo, jueves 13 de julio del 2017

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUEMG. ALDO ENRIQUE ZAPATA LÓPEZ

Telf: 481030 - 239182

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

1. REMATE JUDICIAL

REMATE JUDICIAL EN TERCERA CONVOCATORIA

En el Exp. N° 00189-2012-0-1702-JP-CI-01 en los seguidos por JOSE ATILANO HEREDIA CHILCON, contra RAMIRO DELGADO TORRES, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, la Señora Juez del Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Cutervo, Dra. BENAVIDES FALEN ANA ROSA, Secretario Dr. CASTAÑEDA ROJAS GERARDO ALVERTO, han dispuesto sacar a Remate Público en TERCERA CONVOCATORIA el bien inmueble denominado EL SAUCE, con un área de 1.4299 Ha., ubicado el Sector de Vista Alegre de Yangachis, Distrito de Cutervo, Provincia de Cutervo, Departamento de Cajamarca, con Código de Predio N° 7_7459295_15234, debidamente inscrito en la Ficha N° 116095 de los Registros Públicos de Chota, remate que será efectuado por el Martillero Público Lenin Eduardo Chávez Ydrugo con Reg. N° 165, designado en autos de conformidad con lo dispuesto por ley N° 28371, que modifica los artículos 731 y 732 del CódigoProcesal Civil. VALOR DE TASACIÓN: S/ 17,799.00 (Diecisiete mil setecientos noventa y nueve con 00/100 Soles).BASE DE REMATE: S/ 9,081.19 [Nueve mil ochenta y uno con 19/100 Soles), que son las dos terceras partes menos dos veces el 15% de la tasación, por ser la tercera convocatoria.GRAVÁMENES Y CARGAS: 1.- MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN a favor de JOSe ATILANO HEREDIA CHILCON contra RAMIRO DELGADO TORRES, en consecuencia se ordena trabar embargo, contra el bien inmueble del demandado, denominado el Sauce, con un área de 1.4299 Ha. , ubicado el Sector de Vista Alegre de Yangachis, Distrito de Cutervo, Provincia de Cutervo, Departamento de Cajamarca, con Código de Predio N° 7_7459295_15234, debidamente inscrito en la Ficha N° 116095 de los Registros Públicos de Chota,hasta por la suma de S/. 3,500.00 nuevos soles. DÍA Y HORA DEL REMATE: 25 de Julio del 2017 a las 10:00 horas del día.LUGAR DEL REMATE: en el local del Juzgado de Paz Letrado de Cutervo, sito en la Av. San Juan N° 614-630, Segundo piso, Cutervo, LOS POSTORES: Oblarán el 10 % de la tasación en Cheque de Gerencia a su nombre o Efectivo (esto es 1,779.90 soles), adjuntando la tasa judicial (por derecho de participación de remate de bien inmueble, Código Banco de la Nación N° 7153) en original y copia de la misma en la que se consignará a este Juzgado, Número de Expediente y Número de DNI. Los honorarios del Martillero Público son por cargo del comprador, cuya escala está regulada mediante Decreto Supremo N° 008-2005-J, teléfono RPM #947413142.Cutervo, junio del año 2017.LENIN EDUARDO CHAVEZ YDRUGOMARTILLERO PUBLICOREG. N° 165ANA ROSA BENAVIDES FALENJUEZJUZGADO DE PAZ LETRADO CUTERVOPODER JUDICIAL-CSJLAP/ 6068337B/ 6452FP/ 13, 14, 17S/. 40.50

TERCERA CONVOCATORIA A SUBASTA PÚBLICAEn el expediente N° 130-2010 seguido por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CEÉDITO DE PIURA S.A.C: contra ELEUTERIO DIAZ JULCA Y SOFIA DIAZ DE DIAZ sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, el Octavo Juzgado Especializado en lo Civil con Subespecialidad Comercial de Lambayeque a cargo del señor Juez Dr. Sandro Ornar Aguilar Gaitan, Especialista Legal Elizabeth Ramírez Robalino, de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 731 y 732 del Código Procesal Civil ha facultado al Martillero Público Carlos Alberto Gonzáles Barzotti con Registro N° 195 para llevar a cabo la diligencia de Remate Publico en TERCERA CONVOCATORIA de los siguientes tres bienes inmuebles que se detallan a continuación:1.- Predio identificado con U.C. N° 9186, denominado El Limón, ubicado en el Sector de La Laguna San Pedro, distrito de Santo Domingo de la Capilla, Provincia de Cutervo y Departamento de Cajamarca, cuya área, linderos, medidas perimétricas y dominio corre inscrito en la Partida Electrónica N° 02086719 del Registro de Propiedad Inmueble, Zona Registral N° II, Sede Chiclayo, Oficina Registral Jaén.TASACIÓN: S/ 55,137.60 (Cincuenta y Cinco Mil Ciento Treinta y Siete con 60/100 Soles). BASE DE REMATE: S/ 26,557.94 (Veintiséis mil quinientos cincuenta y siete con 94/100 Soles, que son las dos terceras partes de la tasación de la Primera Convocatoria, menos el 15% por de la segunda Convocatoria, menos el 15% por tratarse de la Tercera convocatoria. AFECTACIONES: 1) Embargo.- Ordenado por el Juez Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitan, ha dispuesto conceder la Medida Cautelar fuera del proceso a favor de la demandante Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C., en consecuencia ordena se trabe Embargo en Forma de Inscripción hasta por la suma de S/ 16,000.00 (Dieciséis Mil y 00/100 Soles), así consta inscrito en el Asiento D00001; 2) Ampliación de Medida Cautelar de Embargo.- Ordenado por el Juez Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitan, ha dispuesto conceder Variación de la Medida Cautelar fuera del proceso a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C., en consecuencia SE AMPLIA EL MONTO DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION hasta por la suma de S/. 25,000.00 (Veinticinco Mil y 00/100 Soles), así consta inscrito en el Asiendo D00002, los asientos antes descritos corren registrados en la Partida Electrónica N° 02086719 del Registro de Propiedad Inmueble, Zona Registral N° II, Sede Chiclayo, Oficina Registral Jaén.DIA Y HORA DEL REMATE: 10 de Agosto del 2017, a horas 09:00 A.M. (Nueve de la mañana). LUGAR DE REMATE: En el local de la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicada en la calle San José N° 1052, Chiclayo.2.- Predio identificado con U.C. N° 9194 denominado Las Palmas, ubicada en el Sector de La Laguna San Pedro, distrito de Santo Domingo de la Capilla, Provincia de Cutervo, Departamento de Cajamarca, cuya área, linderos, medidas perimétricas y dominio corren inscritas en la Partida Electrónica N° 02086720 del Registro de Propiedad Inmueble, Zona Registral N° II, Sede Chiclayo, Oficina Registral Jaén.TASACIÓN: S/ 79,313.40 (Setenta y Nueve Mil Trecientos Trece con 40/100 Soles) BASE DE REMATE: S/ 38,202.62 (Treinta y ocho mil doscientos dos con

62/100 Soles), que son las dos terceras partes de la tasación de la Primera Convocatoria, menos el 15% de la Segunda Convocatoria, menos el 15% por tratarse de la Tercera Convocatoria.AFECTACIONES: 1) Embargo.- Ordenado por el Juez Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitan, ha dispuesto conceder la Medida Cautelar fuera del proceso a favor de la demandante Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C., en consecuencia ordena se trabe Embargo en Forma de Inscripción hasta por la suma de S/ 20,000.00 (Veinte Mil y 00/100 Soles), así consta inscrito en el Asiento D00001; 2) Ampliación de Medida Cautelar de Embargo.- Ordenado por el Juez Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán, ha dispuesto conceder Variación de la Medida Cautelar fuera del proceso a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C., en consecuencia SE AMPLIA EL MONTO DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION hasta por la suma de S/. 35,000.00 (Treinta y cinco Mil y 00/100 Soles), así consta inscrito en el Asiento D00002, los asientos antes descritos corren registrados en la Partida Electrónica N° 02086720 del Registro de Propiedad Inmueble, Zona Registral N° II, Sede Chiclayo, Oficina Registral Jaén.DIA Y HORA DEL REMATE: 10 de Agosto del 2017, a horas 09:30 a.m. (nueve con treinta minutos de la mañana).LUGAR DE REMATE: En el local de la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicada en la calle San José N° 1052, Chiclayo.3.- Predio identificado con U.C. N° 9195 denominado Las Palmas, ubicada en el Sector de La Laguna San Pedro, distrito de Santo Domingo de la Capilla, Provincia de Cutervo, Departamento de Cajamarca, cuya área, linderos, medidas perimétricas y dominio corren inscritas en la Partida Electrónica N° 02086721 del Registro de Propiedad Inmueble, Zona Registral N° II, Sede Chiclayo, Oficina Registral Jaén.TASACIÓN: S/.4,325.40 (Cuatro Mil Trescientos Veinticinco con 40/100 Nuevos Soles).BASE DE REMATE: S/ 2,083.40 (Dos Mil Ochenta y tres con 40/100 Soles), que son las dos terceras partes de la tasación de la Primera Convocatoria, menos el 15% por la Segunda Convocatoria, menos el 15% por tratarse de la Tercera Convocatoria.AFECTACIONES: 1) Embargo.- Ordenado por el Juez Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitan, ha dispuesto conceder la Medida Cautelar fuera del proceso a favor de la demandante Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C., en consecuencia ordena se trabe Embargo en Forma de Inscripción hasta por la suma de S/ 10,000.00 (Diez Mil y 00/100 Soles), así consta inscrito en elAsiento D00001; 2) Ampliación de Medida Cautelar de Embargo.- Ordenado por el Juez Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitan, ha dispuesto conceder Variación de la Medida Cautelar fuera del proceso a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C., en consecuencia SE AMPLIA EL MONTO DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN hasta por la suma de S/.15,000.00 (Quince Mil y 00/100 Soles), así consta inscrito en el Asiendo D00002, los asientos antes descritos corren registrados en la Partida Electrónica N° 02086721 del Registro de Propiedad Inmueble, Zona Registral N° II, Sede Chiclayo, Oficina Registral Jaén.DIA Y HORA DEL REMATE: 10 de Agosto del 2017, a horas 10:00 a.m. (Diez de la mañana).LUGAR DE REMATE: En el local de la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicada en la calle San José N° 1052, Chiclayo.LOS POSTORES: Oblarán el 10% de la

3Chiclayo, jueves 13 de julio del 2017PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

tasación en Cheque de Gerencia girado a su nombre o en efectivo, adjuntando DNI, tasa judicial por cada uno de los inmuebles materia de remate en la que se consignará a este Juzgado, Número de Expediente y Número de DNI; Carlos Alberto Gonzáles Barzotti, Martillero Público Registro N° 195; Especialista Legal Elizabeth Ramírez Robalino del Octavo Juzgado Especializado en lo Civil con Sub Especialidad Comercial de Lambayeque.Carlos Alberto Gonzáles BarzottiMartillero Público Registro N° 195DRA. BETTY DEL SOCORRO VARIAS CESPEDESESPECIALISTA LEGALOCTAVO JZUGADO CIVIL COMERCIAL CHICLAYOPODER JUDICIAL- CSJLAP/ 6068392F/ 3864FP/ 13, 14,17 jul.S/. 82.80

SEGUNDO REMATEEn los seguidos por MIBANCO - BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A., debidamente representando por su apoderado JOSÉ ANTONIO BURGA CHAVEZ contra LUIS LENIN DELGADO TANTALEAN sobre EJECUCION DE GARANTIAS, Expediente N° 00824-2015-0-1703-JR-CI-01; el Primer Juzgado Civil de Jaén, a cargo de la Señora Juez Dra. Lucien Eli MONTOYA URBINA, Especialista Legal Dr. Roberto Juan HUAMAN SANTISTEBAN, ordeno convocar al REMATE PUBLICO JUDICIAL EN SEGUNDA CONVOCATORIA sobre el inmueble U.C. 31694 ubicado en el Sector Balsahuayco, Distrito y Provincia de Jaén, Departamento de Cajamarca, cuyo dominio, área, lindero-y medidas perimétricas se encuentran inscritas en la Partida Electrónica N° 02091348 del Registro de Predios de la Oficina Registral De Jaén .VALOR DE TASACIÓN: US$ 15,000.00 (Quince Mil con 00/100 Dólares Americanos). PRECIO BASE DE REMATE: US$ 8,500.00 (Ocho Mil Quinientos con 00/100 Dólares Americanos), que corresponde a las dos terceras partes del valor de la tasación, menos el 15% conforme a ley. CARGAS Y GRAVÁMENES: 1). HIPOTECA inscrita asiento D00001 deudor Luis Lenin Delgado Tantalean, acreedor MIBANCO - BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A., el deudor ha constituido hipoteca sobre el inmueble de su propiedad inscrito en esta partida a favor del acreedor por la suma US$ 20,000.00 dólares americanos; conforme consta en Escritura Pública de fecha 25-08-2014, otorgado ante Notario Público de Jaén Dr. Elmer Bustamante Daza. 2). EMBARGO; inscrito asiento D00002, mediante Resolución N° 01 de fecha 28-05-2015, el Juez del 2° Juzgado de Paz Letrado de Jaén Dr. Manuel Mendoza Zavaleta, Secretario Julio Cesar LLuncor Terrones, Exp. N° 00240-2015-87-1703-JP-C1-02, dicta Embargo en Forma de Inscripción sobre la propiedad del demandado Luis Lenin Delgado Tantalean, solicitada por el demandante Caja Municipal de ahorro y Crédito de Piura S.A.C., hasta por la suma de S/. 18,000.00 Soles. DÍA Y HORA DEL REMATE: 27 de Julio de 2017 a las 09:00 a.m. LUGAR DEL REMATE: Sala de Remate ubicado: Calle Mariscal Castilla N° 490 (Segundo Piso) - Jaén. POSTORES: Oblaran el 10% del valor de la tasación en efectivo o cheque de gerencia (sin sello no negociable), presentaran arancel judicial por derecho de participación en remate judicial más DNI, personas jurídicas adicionaran vigencia de poder de representación. El postor que es declarado Adjudicatario deberá depositar el saldo del precio dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. HONORARIOS DEL MARTILLERO PÚBLICO a cargo del adjudicatario de acuerdo al Art. 732° del CPC y el D.S. N° 008-2005-JUS; afecto al IGV, pago a realizarse al término, firma y expedición del acta del remate. INFORMES:TELEFONO 9931-17572ABOG. ALVIDES ANDRES GONZALES SILVAMARTILLERO PUBLICO

REG. N° 257ROBARTO HUAMAN SANTISTEBANSECRETARIO JUDICIALPRIMER JUZGADO CIVIL MIXTO- JAENPODER JUDICIAL- CSJLAP/ 6068357F/ 1098FP/ 12, 13, 14 jul.S/. 37.80

EDICTO DE SUBASTA JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORiA

EXPEDIENTE 0064-2011-0-1706-JR-CO-08, En los seguidos por el BBVA BANCO CONTINENTAL-SUCURSAL CHICLAYO, contra tos ejecutados: PESCADOS KOKIN E.I.R.L. y en calidad de fiadores la sociedad conyugal conformada por Víctor YOCYA LLUEN y Yanet Sesibel RETES GONZALES; sobre ejecución de garantías, por orden del Magistrado que despacha el Octavo Juzgado Civil-Subespecialidad Comercial de Chiclayo de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, que despacha el Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitan y Especialista Legal Dra. Cecilia Guillermo Zambrano; han facultado al suscrito Martillero Público Abog. Edwin Abanto Peralta, con Registro N° 322, para sacar a Remate Judicial en PRIMERA CONVOCATORIA el bien inmueble dado en garantía por los ejecutados ubicado en la Avenida Conroy N° 1319 (Mz. F, Lote 08) Urbanización Las Mercedes del Distrito de Monsefú, Provincia de Chiclayo y Departamento de Lambayeque, inmueble cuya área, linderos, medidas perirnétricas y dominio corren escritas en la Partida Electrónica Número P11109808 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chiclayo. El predio cuenta con una edificación interna cuya extensión superficial y distribución se encuentra detallada en el informe de pericial de tasación de fecha 19 de Enero de 2016, formulado por los Peritos Ing. Néstor Salinas Vásquez y Ronald R. Espinoza Barrientos, aprobado mediante Resolución Número TRECE de fecha 24 de Junio de 2016;VALOR DE TASACIÓN: US$ 59,561.00 (Cincuenta y Nueve Mil Quinientos Sesenta y Uno con 00/100 Dólares Americanos).BASE DE REMATE: US$ 39,707.60 (Treinta y Nueve Mil Setecientos Siete con 00/100 Dólares Americanos), que equivale a las 2/3 partes del valor de tasación aprobado.CARGAS Y GRAVÁMENES: Constitución de Hipoteca inscrita en el asiento D0001, otorgada por los propietarios la sociedad conyugal conformada por Víctor Yocya Lluen y Yanet Sesibel Retes Gonzales a favor del BANCO CONTINENTAL, garantía que motiva el proceso de ejecución. Así y con más detalle obra en la Partida Electrónica N° 02009502 del Registro de Propiedad inmueble de la Zona Registral - Sede Chiclayo.DÍA Y HORA DE REMATE: Martes, 25 de Julio del 2017 a horas 02:00 P.M.LUGAR DE REMATE: Sala de remate de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque ubicada en Calle San José N° 1070 -segundo piso (sede antigua) ó tercer piso (edificio nuevo).Los postores oblarán el 10% de valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia. Asimismo deberán pagar en el Banco de la Nación el Arancel Judicial por derecho de participar en remate público de bien inmueble con el Código 07153, consignando número de expediente, Juzgado e identificación del postor y procederá validarlo en la Oficina de REPEJ-REMAP de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. Los honorarios «del Martillero son de cargo del adjudicatario.Chiclayo, 20 de Junio de 2017EDWIN ABANTO PERARLTAMARTILLERO PUBLICOR.M.P. N° 322DIANA EDITH YAMUNAQUE SECLENTESTIGO ACTUARIOOCTAVO JUGZADO CIVIL COMERCIALPODER JUDICIAL- CSJLAP/ 6065331F/ 3850FP/ 12, 13, 14, 17, 18, 19 jul.S/. 68.50

EDICTO DE SUBASTA JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA

EXPEDIENTE 0887-2015-0-1706-JR-CO-08, En los seguidos por el SCOTIABANK DEL PERU SAA, contra la ejecutada Andrea Pamela Pérez Lora; sobre ejecución de garantías, por orden del Octavo Juzgado Civil-Subespecialidad Comercial de Chiclayo de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, que despacha el Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitan y Especialista Legal Dra. Betty del Socorro Varías Céspedes; han facultado al suscrito Martillero Público Abog. Edwin Abanto Peralta, con Registro N° 322, para sacar a Remate Judicial en PRIMERA CONVOCATORIA el bien inmueble dado en garantía consistente en el Departamento 202, ubicado en la Avenida Andrés Avelino Cáceres N° 764, Urbanización Federico Villarreal, distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, cuya área, linderos, medidas perimétricas y dominio se encuentran inscritos en la Partida Nro. 111553608 del Registro de la Propiedad inmueble de la Zona Registral Número II -Sede Chiclayo:VALOR DE TASACIÓN COMERCIAL: US$ 87,012.50 (Ochenta y Siete Mil Doce con 50/100 Dólares Americanos).BASE DE REMATE: US$ 58,008.33 (Cincuenta y Ocho Mil Ocho con 33/100 Dólares Americanos), que equivale a las 2/3 partes del valor de tasación aprobado.CARGAS Y GRAVÁMENES: Constitución de Hipoteca inscrita en el asiento D0006, otorgada por la propietaria Andrea Pamela Pérez Lora a favor del SCOTIABANK PERU SAA, hasta por la suma de S/. 252,150.93 Nuevos Soles, a fin de garantizar un préstamo ascendente a 226,935.00 Nuevos Soles a un plazo de 20 años, con una tasa de interés compensatorio anual de 11.90%, garantía que motiva el proceso de ejecución. Así y con más detalle obra en la Partida Electrónica N° 02009502 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral II - Sede Chiclayo.DIA Y HORA DE REMATE: Martes, 25 de Julio del 2017 a horas 03:00 P.M.LUGAR DE REMATE: Sala de remate de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque ubicada en Calle San José N2 1070 - segundo piso (sede antigua) ó tercer piso (edificio nuevo).Los postores oblarán el 10% de valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia. Asimismo deberán pagar en el Banco de la Nación el Arancel Judicial por derecho de participar en remate público de bien inmueble con el Código 07153, consignando número de expediente, Juzgado e identificación del postor y proceder a validarlo en la Oficina de REPEJ-REMAP de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. Los honorarios del Martillero son de cargo del adjudicatario.Chiclayo, 20 de Junio de 3017.EDWIN ABANTO PERARLTAMARTILLERO PUBLICOR.M.P. N° 322DRA. BETTY DEL SOCORRO VARIAS CESPEDESESPECIALISTA LEGALOCTAVO JUZGADO CIVIL-COMERCIAL-CHICLAYOPODER JUDICIAL- CSJLAP/ 6068066F/ 3861FP/ 12, 13,14, 17, 18, 19 jul.S/. 66.60

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO

(EXP. N° 00491-2016-0-1706-JR-CO-08)En el proceso seguido por el CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE PIURA SAC AGENCIA DE MOTUPE con GONZALO TESEN ARROYO, ALEXIS DIEGO ARMANDO TESEN SOPLAPUCO sobre EJECUCIÓN DE GARANTIAS, ante el 8vo. Juzgado Especializado en lo Civil - Sub Especialidad Comercial de Chiclayo, a cargo del Juez Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán, Especialista Legal Dra. Diana Yamunaque Seclén Exp. N° 00491-2016, se ha dispuesto sacar a Remate Público En Primera Convocatoria el inmueble ubicado en Lote 23 Mz. 18 del Asentamiento Humano Señor de Los Milagros distrito de Olmos, provincia y

departamento de Lambayeque, cuya área dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características obran inscritas en la Partida Electrónica N° P10137899, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo. VALOR DE TASACIÓN: $. 87,849.68 (ochenta y siete mil ochocientos cuarenta y nueve con 68/100 dólares americanos.BASE DE REMATE: $. 58,566.45 (cincuenta y ocho mil quinientos sesenta seis con 45/100 dólares americanos) equivalente a las 2/3 partes del valor de la tasación. GRAVÁMENES: Asiento N° 00006 Inscripción de Hipoteca a favor de Caja municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. hasta por la suma de US$ 83,773.68 en esta línea se incluye S/. 148,000.00 Escritura Pública N° 725 de fecha 21/03/2014 Notario Público Henry Macedo Villanueva en la ciudad de Chiclayo. DÍA Y HORA DEL REMATE: El 09 de Agosto del año 2017 a las 10:00 horas. LUGAR DEL REMATE: La Sala de Remates del Distrito Judicial de Lambayeque, sito en la sede antigua de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicada en la calle San José N° 1052 - Chiclayo.El postor deberá presentar antes del remate una cantidad no menor al 10 % del Valor de Tasación del inmueble materia del presente remate, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre (1 oblaje por ítem) y la respectiva tasa judicial (con copia de este y su DNI si es persona natural o poderes en caso de ser persona jurídica, 1 tasa por ítem), suscribiendo dicha tasa, con el número del expediente y generales de ley debiendo validarlo previamente al remate con el sello en el área de Recaudación Judicial de la Corte en cumplimiento al Oficio Circular N° 050-2012-GAD-CSJLA-PJ. Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario de acuerdo a Ley. Ivés Andrés Navarrete Castro Martillero Público Reg. 290. 6 veces.DIANA EDITH YAMUNAQUE SECLENTESTIGO ACTUARIOOCTAVO JUGZADO CIVIL COMERCIALPODER JUDICIAL- CSJLAIVÉS ANDRÉS NAVARRETE CASTRO MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 290P/ 6067625F/ 3854FP/ 12, 13, 14, 17, 18, 19 jul.S/. 75.60

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO

(EXP. N° 00321 -201 3-0-1 706-JR-CO-08)En el proceso seguido por el SCOTIABANK PERU SAA con INCOMA EIRL, NELLY ERNESTINA TUESTA ESPINO DE URPEQUE, ÓSCAR ANTONIO URPEQUE SOZA, TERCEROS HERLINDA ELIZABETH CARRERAVDA DE CHIMOY, CINDY DANNA URPEQUE TUESTA, HECTOR VASQUEZ GUEVARA, CESAR AUGUSTO SANTISTEBAN RINZA sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, ante el 8vo. Juzgado Especializado en lo Civil - Sub Especialidad Comercial de Chiclayo, a cargo del Juez Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán, Especialista Legal Dra. Betty Varías Céspedes Exp. N° 00321-2013, se ha dispuesto sacar a Remate Público En Primera Convocatoria los inmuebles denominados:a)PREDIO RURAL MOPOYUC con UNIDAD CATASTRAL N° 116128, Sector Taymi Pítipo, Valle Chancay - Lambayeque, distrito de Mochumí, provincia y departamento de Lambayeque, cuya área,linderos, medidas perimétricas y dominio se encuentran inscritos en la Partida Electrónica N°11187109 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral N° II - Sede Chiclayo.VALOR DE TASACION: $. 20,065.75 (VEINTE MIL SESENTA Y CINCO CON 75/100 DÓLARES AMERICANOS.BASE DE REMATE: $. 13,377.17 (TRECE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE y 17/100 DÓLARES AMERICANOS) equivalente a las 2/3 partes del valor de la tasación.GRAVÁMENES: D0001 Embargo en

Chiclayo, jueves 13 de julio del 2017 PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL4

forma de inscripción por la suma de S/.35, 000.00 e inscrito en el asiento D00002 de la P.E. N° 11025325 (Res. Judicial N°01 modificada por Res. Judicial N°02 8°Juzg Civil de Chiclayo Admitir a trámite la solicitud de medida cautelar fuera de proceso) – Chiclayo 17/01/2014.DIA Y HORA DEL REMATE: El 09 de Agosto del año 2017 a las 12:30 horasb)PREDIO RURAL MOPOYUC con UNIDAD CATASTRAL N° 116129, Sector Taymi Pítipo, Valle Chancay - Lambayeque, distrito de Mochumí, provincia y departamento de Lambayeque, cuya área, linderos, medidas perimétricas y dominio se encuentran inscritos en la Partida Electrónica N° 11187110 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral N° II - Sede Chiclayo.VALOR DE TASACIÓN: $. 17,668.19 (DIECISIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO Y 19/100 DÓLARES AMERICANOS).BASE DE REMATE: $. 1 1 ,778.79 (ONCE MIL SETECIENTOS SETENTA Y OCHO y 79/100 DÓLARES AMERICANOS ) equivalente a las 2/3 partes del valor de la tasación.GRAVÁMENES: D0001 Embargo en forma de inscripción por la suma de S/.35,000.00 e inscrito en el asiento D00002 de la P.E. N° 11025325 (Res. Judicial N°01 modificada por Res. Judicial N°02 8°Juzg Civil de Chiclayo Admitir a trámite la solicitud de medida cautelar fuera de proceso) Chiclayo17/01/2014.DIA Y HORA DEL REMATE: El 09 de Agosto del año 2017 a las 12:45 horas.LUGAR DEL REMATE: La Sala de Remates del Distrito Judicial de Lambayeque, sito en la sede antigua de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicada en la calle San José N° 1052 -Chiclayo.El postor deberá presentar antes del remate una cantidad no menor al 10 % del Valor de Tasación del inmueble materia del presente remate, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre (1 oblaje por ítem) y la respectiva tasa judicial (con copia de este y su DNI si es persona natural o poderes en caso de ser persona jurídica, 1 tasa por ítem), suscribiendo dicha tasa, con el número del expediente y generales de ley debiendo validarlo previamente al remate con el sello en el área de Recaudación Judicial de la Corte en cumplimiento al Oficio Circular N° 050-201 2-GAD-CSJLA-PJ. Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario de acuerdo a Ley. Ives Andrés Navarrete Castro Martillero Público Reg. 290.6 veces.DRA. BETTY DEL SOCORRO VARÍAS CÉSPEDES ESPECIALISTA LEGAL 8VO. JUZGADO CIVIL COMERCIAL DE CHICLAYOPODER JUDICIAL- CSJLAP/ 6064964F/ 3849FP/ 11, 12, 13, 14, 17 jul.S/. 99.00

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO

(EXP. N2 00316-2016-0-1706-JR-CO-08)En los seguidos por EDER GARCIA VASQUEZ con KELLY JESUS ROJAS CUSMA sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, el 8° Juzgado Civil Sub Especializado Comercial de Chiclayo a cargo del Juez Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán, Especialista Legal Dra. Carolina Portocarrero Estela, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA El bien Inmueble embargado consistente en el Terreno Rústico denominado San Felipe, Ubicado en Sector Chacupe - Valle Chancay del Distrito de La Victoria, Provincia de Chiclayo y Departamento de Lambayeque, Cuya Área, Linderos, Medidas Perimétricas y Dominio se encuentran inscritos en la Partida Nro. 11237725 del registro de la propiedad inmueble de la zona registral Número II - Sede Chiclayo.VALOR DE TASACION COMERCIAL:

US $ 82,400.00 (OCHENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS)BASE DE REMATE: US $ 54,933.33 (CINCUENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y TRES Y 33/100 DÓLARES AMERICANOS) que constituyen las 2/3 partes del valor de la tasación.CARGAS Y GRAVÁMENES:D0001 EMBARGO Por Resolución Judicial N° 02 de fecha 17/05/2016 aclarada mediante Resolución Judicial N°.03 de fecha 21/06/2016 Juez del Octavo Juzgado Comercial de Chiclayo, en el cuaderno de medida cautelar SE RESUELVE Trábese embargo de bien inmueble no inscrito hasta por la suma de CIENTO OCHENTA MIL Y 00/100 SOLES (S/. 180,000.00) Exp. N° 00316-2016-72-1706-JR-CO-08.DIA Y HORA DEL REMATE: El 09 de Agosto del año 2017 a las 10:30 horas.LUGAR DEL REMATE; Sala de remates ubicada en la Calle San José N° 1052 -Antigua Corte Superior en la Ciudad de Chiclayo. El postor deberá presentar antes del remate una cantidad no menor al 10 % del Valor de Tasación del presente remate, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre y la respectiva tasa judicial (con copia de este y su DNI si es persona natural o poderes en caso de ser persona jurídica), suscribiendo dicha tasa, con el número del expediente y generales de ley. Validar la tasa en el área de Recaudación Judicial con el sello respectivo para su utilización en el remate según Oficio Circular N° 50-2012-GAD-CSJLA-PJ Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario de acuerdo a Ley. Gladys Castro Pérez Vargas de Navarrete Martillero Público Reg. 260MANUEL GILBERTO ROMERO BALCAZARESPECIALISTA JUDICIALOCTAVO JUZGADO CIVIL COMERCIALPODER JUDICIAL- CSJLAGLADYS CASTRO PEREZ VARGASMATILLERO PUBLICOREGISTRO N° 260P/ 6059452B/ 6387FP/ 10, 11, 12, 13, 14, 17 jul.S/. 63.00

PRIMER REMATE JUDICIALEn los seguidos por BBVA BANCO CONTINENTAL contra JUAN PABLO GUERRA FERNANDEZ y CARMEN DEL PILAR MACALOPU YOVERA sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 00191-2012-0-2601-JR-CI-01, el Juzgado Civil Permanente de Tumbes a cargo del Señor Juez Dr. Rodrigo Marcial Cueva Ramírez, con intervención del Especialista Legal Dr. Julio Nicolás Nizama Huiman, ha dispuesto que el suscrito Martillero Público, con Matricula Nro. 209, saque a REMATE en PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en: LT 17 DE LA MZ. B, DE LA URBANIZACIÓN “LOS PINOS” DEL DISTRITO Y PROVINCIA DE CHICLAYO, DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE. CUYA AREA (174.40 M2), LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS SE ENCUENTRAN INSCRITAS EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N° 11082410 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE CHICLAYO. VALOR DE LA TASACIÓN (Comercial): US$ 31,720.00 Dólares Americanos. BASE DE REMATE: US$ 21,146.67 Dólares Americanos, equivalente a las 2/3 partes de la tasación. AFECTACIONES: HIPOTECA.- A favor de BANCO CONTINENTAL inscrita en el Asiento D00002, hasta por la suma de US$. 56,364.00 Dólares Americanos. De la Partida N° 11082410 del Registro de Propiedad Inmueble de Chiclayo. LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE: 24 de julio de 2017, a horas 12:10 pm. En el local del Juzgado Civil de Tumbes, ubicado en Panamericana Norte k.m. 4.5 —Tumbes. LOS POSTORES: Oblarán el diez por ciento del valor de la tasación en efectivo o cheque de gerencia (negociable) a su nombre, deben presentar Arancel Judicial con número de expediente y generales de ley (copia del arancel

y DNI). Los Honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario, de conformidad con la Ley del Martillero Publico y su Reglamento y están afectos al IGV. Teléfonos: 999098701 / RPM *404496, correo electrónico: [email protected]. Por 06 veces. Diario de Avisos Judiciales de Chiclayo y Tumbes. Tumbes, 9 de junio de 2017Dr. Asdel Vega TiradoMartillero PublicoMatricula 209JULIO N. NIZAMA HUIMANSECRETARIO JUDICIALPODER JUDICIAL TUMBESPedido: 6060799Fact./003-001354DIAS: 07-10-11-12-13-14 – JUL.-2017S/. 101.25

PRIMER REMATEEn los seguidos por BBVA BANCO CONTINENTAL contra MELENDEZ PEREZ, JOSE HUMBERTO sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, Expediente N° 00897-2015-0-1706-JR-CO-08; el Octavo Juzgado Civil -Comercial de Chiclayo, que despacha el Señor Juez Dr. Sandro Omar AGUILAR GAITAN, Especialista Legal Dra. Diana YAMUNAQUE SECLEN, mediante Resolución N° 10 de fecha 18 de noviembre de 2016, ha ordenado convocar al PRIMER REMATE PUBLICO JUDICIAL sobre el inmueble ubicado en el Asentamiento Humano La Victoria Manzana A2 - Lote 23, Sector 1, (Calle Inca Roca N° 987), Distrito de La Victoria, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque; cuyo dominio, linderos y medidas perimétricas se encuentran inscrito en la Partida Electrónica N° P10006158 de los Registros de Propiedad Inmueble - Oficina Registral de Chiclayo. VALOR DETASACIÓN: US$ 135,160.00 (Ciento Treinta y Cinco Mil Ciento Sesenta con 00/100 Dólares Americanos). PRECIO BASE DE REMATE: US$ 90,106.00 (Noventa Mil Ciento Seis con 00/100 Dólares Americanos), que corresponde a las dos terceras partes del valor de la tasación. CARGAS Y GRAVAMENES: HIPOTECA: Inscrita en el Asiento 00015, el propietario del inmueble constituye hipoteca a favor del BBVA Banco Continental hasta por la suma de US$ 87,750.00 Dólares Americanos. La hipoteca garantiza el pago de todas las obligaciones asumidas por el deudor frente al acreedor.Asimismo garantiza el pago de toda deuda u obligación que a título personal e individualmente mantengan o pudieran mantener frente al Banco. Así y más extensamente se detallan en la Escritura Pública N° 429 de fecha 02/02/2012, otorgada ante el Notario Público Carlos Caballero Burgos de la Ciudad de Chiclayo.DÍA Y HORA DEL REMATE: 26 de Julio de 2017 a las 10:35 a.m. LUGAR DE REMATE: Sala de Remates sede Corte Superior de Lambayeque ubicado en Calle San José N° 1070 - 2do. Piso (Sede Antigua). LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de la tasación en efectivo o cheque de gerencia (sin sello no negociable) y presentarán original de arancel judicial por derecho de participación en remate judicial más DNI y copia de ambos, suscribiendo dicho arancel con generales de ley, personas jurídicas adicionaran vigencia de poder de representación. El postor que es declaradoAdjudicatario deberá depositar el saldo del precio de adjudicación dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate.HONORARIOS DEL MARTILLERO PÚBLICO a cargo del adjudicatario de acuerdo al Art. 732° del C.P.C. y al D.S. N° 008-2005-JUS; afecto al IGV, pago a realizarse al término y expedición del acta del remate. INFORME: TELEFONO 9931-17572.ALCIDES ANDRES GONZALES SILVAMARTILLERO PUBLICO REG. 257DIANAN EDITH YAMUNAQUE SECLENESPECIALISTA LEGALOCTAVO JUZGADO CIVIL COMERCIALPODER JUDICIAL- CSJLAP/ 6057283

F/ 3813FP/ 7, 10, 11, 12, 13, 14 jul.S/. 73.80

PRIMER REMATE PUBLICOExp. N° 699-2015, en los seguidos por BANCO DE CREDITO DEL PERU con ROXANA RUBIO CASTAÑEDA sobro Ejecución de Garantías, el Octavo Juzgado Especializado Civil Subespecialidad Comercial de Chiclayo a cargo del señor Juez, D.R. SANDRO OMAR AGUILAR GAITAN y Especialista Legal Dra. BETTY DEL SOCORRO VARÍAS CÉSPEDES, ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO en PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble constituido por el Departamento 503-Torre 10, ubicado en la Vía de Evitamiento s/n, Lazo Norte - Oeste, CC.HHZRESID. Los Parques de San Gabriel. Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque; cuya área, linderos, medidas perimétricas y dominio se encuentran inscritos en la Partida N° 11198735 del Registro de Predios de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo, Oficina Registral de Chiclayo. TASACION: US$52,229.33 (Cincuenta y dos mil doscientos veintinueve con 33/100 dólares americanos). BASE: US$34,819.55 (Treinta y cuatro mil ochocientos diecinueve con 55/100 dólares americanos) equivalente a las 2/3 partes de la tasación. GRAVAMEN: HIPOTECA a favor del Banco de Crédito del Perú hasta por la suma de S/.. 145, 751.97 Nuevos Soles, según Escritura Publica N° 533 de fecha 25 de febrero de 2014, otorgada ante Notario Público Carlos Alberto Caballero Burgos en la ciudad de Chiclayo, As. D00002 de la Partida N° 11198735 DIA HORA DEL REMATE: 26 de JULIO de 2017 a las 10:00 am. LUGAR DEL REMATE: Sala de Remates ubicada en Calle San José N° 1052-1070 Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, Sede Antigua de la Corte Superior de Justicia de LambayequeMartillero Público que se encargará de realizar el Remate Público- Rodolfo Reategui Herrera. POSTORES: Oblarán el 10% del valor de Tasación en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre: presentarán documento de identidad (copia y originan) Arancel Judicial (original y copia firmados y validado) donde conste el número del Juzgado, expediente y documento de identidad. El adjudicatario pagará los honorarios del Martillero Público que están afectos al IGV.Chiclayo, 29 de mayo de 2017RODOLFO REATEGUI HERRERAABOGADOMARTILLERO PUBLICOREG. N° 123DRA. BETTY DEL SOCORRO VARÍAS CÉSPEDESESPECIALISTA LEGAL OCTAVO JUZGADO CIVIL COMERCIAL- CHICLAYOPODER JUDICIAL- CSJLAP/ 6056819F/ 3810FP/ 6, 7, 10, 11, 12, 13 jul.S/. 72.00

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO

En los seguidos, por el BBVA BANCO CONTINENTAL contra ANA BEATRIZ CUBAS DIAZ y ELMER MANUEL VASQUEZ GONZALES, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, expediente N° 00720-2016-0-1706-JR-CO-08 a cargo del Señor Juez del Octavo Juzgado Civil Subespecialidad Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque: Dr. SANDRO OMAR AGUILAR GAITÁN, Especialista legal: CAROLINA PORTOCARRERO ESTELA, quienes han dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en la Mz. B Lote 22 de la habilitación urbana Los Sauces, distrito de Pimentel, provincia de Chiclayo y departamento de Lambayeque, cuyo dominio, área, linderos, medidas perimétricas y demás

5Chiclayo, jueves 13 de julio del 2017PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

características obran inscritas en la Partida N° 10130914 del Registro de Propiedad Inmueble (Registro de Predios) de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo.VALOR COMERCIAL: US$152,308.00 (CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS OCHO CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS).BASE DE REMATE: US$101,538.66 (CIENTO UN MIL QUINIENTOS TREINTIOCHO CON 66/100 DÓLARES AMERICANOS), que equivalen a las dos terceras partes del valor de tasación.CARGAS Y GRAVÁMENES: 1. HIPOTECA (Asiento 00012).- Hipoteca a favor de la entidad ejecutante hasta por la suma de US$135,675.00. 2. INSCRIPCIÓN DE EMBARGO (Asiento 00014).- Ordenado por el Octavo Juzgado Civil de Chiclayo, mediante Oficio N° 327-2015-89-1706-J-CI-8° en los seguidos por la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE PIURA S.A.C. contra ELMER MANUEL VASQUEZ GONZALES y ANA BEATRIZ CUBAS DIAZ hasta por la suma de S/65,000.00 soles. 3. INSCRIPCIÓN DE EMBARGO (Asiento 00015).-Ordenado por el Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Chiclayo, mediante Oficio N° 1746-2015-19-1706-JP-CI/LPD/RCVHS en los seguidos por la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TRUJILLO S.A. contra ELMER MANUEL VASQUEZ GONZALES y ANA BEATRIZ CUBAS DIAZ hasta por la suma de S/38,500.00 soles. 4. INSCRIPCIÓN DE EMBARGO (Asiento 00016).- Ordenado por el Juez del Octavo Juzgado Civil, mediante Oficio N° 00475-2015-42-1706-JP-CO-08 en los seguidos por el BANCO INTERNACIONAL DEL PERU - INTERBANK contra ELMER MANUEL VASQUEZ GONZALES y ANA BEATRIZ CUBAS DIAZ hasta por la suma de S/115,500.00 soles.DIA Y HORA DEL REMATE: 20 DE JULIO DE 2017, A LAS 10:00 HORAS.LUGAR DEL REMATE: En la Sala de Remates, sito en la Calle San José N° 1052, Segundo Piso, con ingreso por Calle San José N° 1074, del Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque.REQUISITOS PARA SER POSTORES: Los postores oblarán no menos del 10% del VALOR DE LA TASACIÓN en efectivo o cheque de Gerencia (endosable y con una antigüedad menor a 30 días) girado a su nombre y entregarán en original y copia: DNI/RUC del postor, Vigencia de Poder (para representantes) y el recibo del arancel judicial correspondiente (tributo 07153) donde conste el nombre del Juzgado, el número de Expediente y Generales de Ley del postor, validado (Sellado) por el Área de Recaudación Judicial. Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario conforme al artículo 18 del D.S. No. 008-2005-JUS y serán cancelados a la firma del acta de remate. FUNCIONARIO QUE EFECTUARÁ EL REMATE: Enrique Orlando Chumioque Hidalgo - Martillero Público N° 197- RPC 947910594.MANUEL GILBERTO ROMERO BALCAZARESPECIAILSTA JUDICIALOCTAVO JUZGADO CIVIL COMERCIALPODER JUDICIAL- CSJLAENRIQUE ORLANDO CHUMIOQUE HIDALGOMARTILLERO PÚBLICO REG. N° O.R.L.C N°197P/ 6057113F/ 3812FP/ 6, 7, 10, 11, 12, 13 jul.S/. 106.20

2. EDICTOS CLASIFICADOS

INSCRIPCIÓN Y RECTIFICACIÓN DE PARTIDA

RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO

En el presente proceso signado con el N° 01774-2017-JP-CI-01, se pone de conocimiento que ante el JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MOTUPE, que despacha la señorita Juez Mariela Lucerito Santa Cruz García y Especialista Legal Dialethy Mercedes Zapata Ventura, se ha presentado doña MARIA JULIA

VILCHEZ DE CORNEJO, solicitando la Rectificación de su Partida de Nacimiento Número 184 del año 1,938, debido a que en el margen y en el cuerpo de la aludida partida se ha consignado en forma errónea su primer prenombre como M° siendo lo correcto MARIA y sin su apellido materno de ORDINOLA, siendo sus verdaderos nombres y apellidos como MARIA JULIA VILCHEZ ORDINOLA por lo que de ahora en adelante se le debe de identificar a la recurrente como MARIA JULIA VILCHEZ ORDINOLA. Lo que se hace de público conocimiento, para los fines de ley.DIALETHY MERCEDES ZAPATA VENTURAESPECIALISTA LEGAL JUZGADO DE PAZ LETRADO MOTUPEPODER JUDICIAL- CSJLAP/ 6068840B/ 6460FP/ 13 jul.S/. 5.40

RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO

EXP. N° 00172-2017-CI. Ante el segundo Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Jaén, que despacha el Dra. VICTORIA MILAGROS ACOSTA PUICON, secretario JULIO CESAR LLUNCOR TERRONES, en el Proceso de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO presentado por el señor JOSE RUITOR CARRASCO GASTULO, donde solicita ha éste Juzgado Rectificar la Partida de Nacimiento N° 007780 de mi señor padre JOSE RUITOR CASTRO CARRION, respecto al segundo prenombre debiendo rectificarse en el extremo de adicionar el nombre de ANTONIO; así como también RECTIFICARSE el primer apellido paterno “CASTRO” siendo lo correcto “CARRASCO” el mismo que deberá quedar como JOSE ANTONIO CARRASCO CARRION, solicitando a su Juzgado se declare fundada la demanda, publicación que se realizara en el diario encargado de los Avisos Judiciales y otro de mayor circulación por un día, teniendo en cuenta que la Audiencia de Rectificación es el día tres de julio del dos mil diecisiete a horas diez de la mañana, en el local del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Jaén, bajo apercibimiento de archivar el Proceso en caso de inasistencia de las partes. interpuesta por don JOSE RUITOR CARRASCO GASTULO sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO.Jaén 16 de mayo de 2017JULIO CESAR LLUNCOR TERRONESSECRETARIO JUDICIALSEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADOPJ- CSJLA- JAENP/ 6069688F/ 1103FP/ 13 jul.S/. 7.50

RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE MATRIMONIO

En el proceso N° 01796-2017-0-1706-JP-CI-01, seguido por BLANCA LUZ YAMUNAQUE JIMENEZ sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA, la señorita Juez del Juzgado de Paz Letrado Mixto Transitorio de Lambayeque Dra. Yngrid Vera Montenegro y Secretario Judicial Manuel Herrera Vallejos ha dispuesto la notificación por Edictos publicándose un extracto de la RESOLUCIÓN UNO de fecha 21-11-2016. SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la VÍA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO la demanda presentada por BLANCA LUZ YAMUNAQUE JIMENEZ, sobre Rectificación De Partida De Matrimonio. Téngase por apersonado y Por Ofrecidos los medios probatorios que precisa; PUBLIQUESE un extracto de la solicitud en diario “La República”, por TRES VECES, según lo dispuesto por Ley N° 30293 de fecha 28-12-14, que modificó entre otros el Artículo 167° del Código Procesal Civil. RESOLUCIÓN DOS de fecha 28-06-2017. SE RESUELVE: INTEGRAR EL AUTO ADMISORIO contenido en

la RESOLUCIÓN NÚMERO UNO, en el sentido que la AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL, se llevará a cabo el día TRES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a horas UNA DE LA TARDE, en el local del juzgado y a la hora exacta, bajo apercibimiento de aplicarse lo dispuesto en el artículo 760° del Código Procesal Civil en caso de inconcurrencia.-Lambayeque, 07 de Julio del 2017ABOG. MANUEL HERRERA VALLEJOSSECRETARIO JUDICIALJUZGADO DE PAZ LETRADO MIXTO TRANSITORIOPODER JUDICIAL- CSJLAP/ 6064010B/ 6423FP/ 11, 12, 13 jul.S/. 22.50

PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA

PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA El 4° Juzgado Civil de Chiclayo, Juez Héctor Conteña Vizcarra, Secretaria Rossana Montenegro Arana, Exp. N° 00325-2017, expide:PETITORIO DE DEMANDA: Que, don Pablo Aquiles Peláez Guerrero tiene como pretensión principal se le declare propietario por prescripción adquisitiva del Predio Las Pampas con UC N° 111031, Via Secundaria 11 Norte - Este, Sector Las Pampas Distrito de Pimentel. Chiclayo, Lambayeque y como pretensión accesoria solicita su Inscripción en la Partida N° 02198151 del registro de Predios de Chiclayo y su cancelación del derecho de Propiedad sólo en el área de 3,358.38 metros cuadrados.RESOLUCIÓN N° DOS: 08-03-2017, dispone publicación de extracto de la demanda:AUTOS Y VISTOS; y CONSIDERANDO: SE RESUELVE: ADMITIR en PROCESO ABREVIADO, demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO presentada por PABLO AQUILES PELAEZ GUERRERO contra GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE, Traslado a demandados para que dentro del plazo no mayor de 10 DÍAS se apersonen al proceso y contesten la demanda. Téngase por citados a los colindantes. Publíquese un extracto de la demanda por tres veces con un intervalo de tres días en el Diario Oficial y de ésta Corte de Justicia.-Chiclayo, 13 de Junio de 2017ROSSANA MONTENEGRO ARANA, EXPSECRETARIA CUARTO JUZGADO CIVILPODER JUDICIAL- CSJLAP/ 6058055B/ 6368FP/ 7, 13, 19 jul.S/. 22.50

SUCESIÓN INTESTADA

SUCESIÓN INTESTADAEl Juzgado de Paz Letrado de Cutervo, el Juez JOSE DAVID BAUTISTA ROMERO, el secretario GERARDO ALBERTO CASTAÑEDA ROJAS, en el Exp. N° 169-2016-C, mediante resolución número UNO, ADMITE a trámite la solicitud de Sucesión Intestada presentada por NILSON VÁSQUEZ MEJÍA, de su Madre quien en vida fue: Doña MARIANA MEJÍA PÉREZ: a fin de que se les declare como únicos y universales herederos de la causante, fallecida: el quince de junio del año dos mil dieciséis; y tuvo su ultimo domicilio real en el Caserío de Vista Alegre S/N -Distrito de Choros y Provincia de Cutervo, del Departamento de Cajamarca; a favor de su hijo: Nilson Vásqusz Mejía.Cutervo, 21 de noviembre del 2016.DR. GERARDO ALBERTO CASTAÑEDA ROJASSECRETARIOJUZGADO DE PAZ LETRADO DE CUTERVOP/ 6069628

F/ 1103FP/ 13 jul.S/. 4.50

3. NOTIFICACIONES POR EDICTOS

PETICIÓN Y /O EXCLUSIÓN DE HERENCIA

LA SEÑORA JUEZ DEL SEXTO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL DE LA PROVINCIA DE CHICLAYO, DRA: IRMA ELVIRA ROJAS SENMACHEy la ESPECIALISTA LEGAL DRA: GLORIA ALICIA MORÍ VELASQUEZCERTIFICO:Que, en el EXP.- N°.-4184.-2014.-6a.-J.-CL-CH.-GAMV - HPH.- seguido por: JAIME. ALEJANDRO CUADRA CHECA, contra JOSEFA CHECA RUÍZ VDA DE CARREJOS, y MARIA YSOLJNA ALVA CHECA sobre PETICIÓN Y /O EXCLUSIÓN DE HERENCIA la señora Juez ha dispuesto la presente notificación por edictos a los sucesores procesales de doña: JOSEFA CHECA RUIZ VDA DE CARREJOS, resolución numero dos.-2.- de fecha treinta de enero dos -mil quince.- AUTO ADMISORIO: SE RESUELVE: L-ADMITIR a trámite en la VIA DE CONOCIMIENTO la demanda de PETICIÓN DE HERENCIA y DECLARATORIA DE HEREDEROS, interpuesta por: JAIME ALEJANDRO CUADRA CHECA contra JOSEFA CHECA RUIZ VDA. DE CARREJOS (Hija) y MARIA YSOLINA ALVA CHECA (nieta) 2.-TRASLADO de la demanda a los demandados por el plazo de TREINTA DIAS a fin de que se a absuelven, Téngase por ofrecidos los medios probatorios que se indican y por señalado el domicilio procesal de la accionante. -Resolución numero catorce. -de fecha uno de junio dos mil diecisiete..- SE RESUELVE:1. -SUSPENDER la tramitación del presente proceso, por el periodo de TREINTA DIAS, hasta que los sucesores de la demandada: Josefa Checa Ruíz Viuda de Cabrejos, se apersonen al proceso y continúen con la tramitación del mismo, debiendo dentro del citado termino los sucesores presentar la inscripción de sucesión intestada. 2.-PUBLIQUESE un extracto de la demanda, resolución admisoria, y la presente resolución en el diario oficial “El Peruano “ y en “La República “ por tres veces y con un intervalo entre una y otra de tres días, para que los sucesores procesales se apersonen al proceso, en el plazo de SESENTA DÍAS y ejerciten su derecho de defensa, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Chiclayo, 22 Junio 201 7. GLORIA ALICIA MORI VELASQUEZSECRETARIA JUDICIALSEXTO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVILPODER JUDICIAL- CSJLAP/ 6058374B/ 6376FP/ 7, 13, 19 jul.S/. 31.50

DECLARATORIA DE HEREDEROSEn el presente proceso signado con el N° 01656-2017-0-1708-JP-CI-01, se pone de conocimiento que ante el JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MOTUPE, que despacha la señorita Juez Mariela Lucerito Santa Cruz García y Especialista Legal Dialethy Mercedes Zapata Ventura, se ha presentado doña FELICIA MERCEDES GARAVITO VIUDA DE ZUÑIGA, solicitando la Declaratoria de Herederos de quien en vida fue su esposo don JOSE LIZARDO ZUÑIGA SANCHEZ, fallecido el día 26 de Noviembre del año 1,998, en el Hospital Nacional Almanzor Aguinaga Asenjo de la ciudad de Chiclayo, debido a una grave enfermedad, siendo que su último domicilio real fue en la calle Elias Aguirre N° 461 del Distrito de Jayanca. Lo que se hace de público conocimiento, para los fines de ley.-Motupe, 10 de Julio del 2017DIALETHY MERCEDES ZAPATA VENTURAESPECIALISTA LEGAL JUZGADO DE PAZ LETRADO MOTUPEPODER JUDICIAL- CSJLA

Chiclayo, jueves 13 de julio del 2017 PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL6

P/ 60688440B/ 6460FP/ 13 jul.S/. 5.40

DECLARACIÓN JUDICIAL DE FILIACIÓN EXTRAMATRIMONIAL

Con motivo del expediente N° 5628-2017, el Señor Juez del Cuarto Juzgado de Familia Dr. Silverio Julián Rivera Palomino ha expedido la siguiente resolución; Resolución número dos: Chiclayo, 14 de junio del 2017; SE RESUELVE: ADMITIR a trámite vía proceso de Conocimiento la demanda interpuesta por VIOLETA SANTAMARÍA YSLA, contra Orfilia Hernández Hernández y contra los SUCESORES del fallecido Carlos Díaz Hernández, sobre DECLARACIÓN JUDICIAL DE FILIACIÓN EXTRAMATRIMONIAL; TRASLADO a la Sucesión de CARLOS DIAZ HERNANDEZ mediante EDICTOS que se publicarán en el diario oficial “La República” y “El Peruano” por el plazo de tres días hábiles, para que en el plazo de SESENTA DIAS comparezcan al proceso, bajo apercibimiento de nombrarles Curador Procesal.-Chiclayo, 03 de julio del año 2017ANIBAL BALCAZAR ZELADASECRETARIO JUDICIALCUARTO JZUGADO DE FAMILIAPODER JUDICIAL- CSJLAP/ 6064098B/ 6429FP/ 11, 12, 13 jul.S/. 15.50

ALIMENTOS Con motivo del Exp. N° 172-2017-3-PJ-CSjLA-JPL-SI, seguido por YOHANA KATHERINE CONTRERAS OCUPA, contra HUMBERTO WILLIAM CARHUAPOMA PEREZ, sobre ALIMENTOS, el señor Juez del Juzgado de Paz Letrado de San Ignacio, con intervención del Especialista Legal Maxandré César Félix Taboada Ramón, ha dispuesto la PUBLICACIÓN, por edictos del extracto de la demanda y resolución admisoria.Petitorio: Que a través de la presente demanda pretendo que el demandado Humberto William Carhuapoma Perez, acuda con una pensión alimenticia por el monto de OCHOCIENTOS NUEVOS SOLES a favor de sus menores hijos de doce y ocho años de edad ...”Resolución Número: Uno, de fecha veintisiete de marzo del dos mil diecisiete!...); SE RESUELVE: 1.- ADMITIR A TRAMITE, EN VÍA DE PROCESO ÚNICO la demanda de ALIMENTOS interpuesta por doña YOHANA KATHERINE CONTRERAS OCUPA, acción que dirige contra HUMBERTO WILLIAM CARHUAPOWA PEREZ, por señalado su domicilio REAL Y PROCESAL en el lugar que indica, y, POR OFRECIDOS sus medios probatorios.2.-CONFIÉRASE TRASLADO al demandado por el plazo de CINCO DÍAS, pare que comparezca al proceso y conteste la demanda, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y seguirse el juicio en tal estado. Se debe tener presente que al apersonarse el demandado deberá señalar domicilio procesal dentro del radio urbano de la ciudad y cumplir con los requisitos exigidos por los artículos 442°, 444°, además adjuntar el requisito especial que señala el artículo 565° del Código Procesal Civil, como es adjuntar la última declaración jurada presentada para le aplicación de su impuesto a la renta o del documento que legalmente la sustituye o en su caso acompañará una certificación jurada de sus ingresos con firma legalizada bajo apercibimiento de no admitirse su contestación. Admitirse su contestación.3.- Notifíquese al demandado por EDICTCS, según los artículos. 165, 167 y 168 del Código Procesal Civil, ya que la demandante a cumplido con el requisito de ley, en consecuencia, Publíquese un extracto de la presente resolución por el periodo de TRES DÍAS en el diario oficial de mayor circulación de la circunscripción, diario La República.

San Ignacio, 03 de Mayo del 2017MAXANDRÉ CÉSAR FÉLIX TABOADA RAMÓNESPECIALISTA LEGAL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE SAN IGNACIOP/ 6067254B/ 1096FP/ 11, 12, 13 jul.S/. 37.80

4. EDICTOS PENALES

EDICTO PENALESPECIALISTA: RICARDO QUISPE LOBATON.EN EL EXP. N° 04562-2017-0 - EL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPAR.ATORIA - FLAGRANCIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DEJÓSE LEONARDO ORTIZ, DE CHICLAYO, A CARGO DE LA DR. DÍAZ, CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO WILSON ALEXANDER PERALTA DAVILA, CONDNI N° 27432863, CON DOMICILIO UBICADO EN CALLE ALFONSO SOTO MARTÍNEZ N° ¡34 - URB. FEDERICO VILLARREAL - CHICLA YO Y CALLE GREGORIO MALCA N° 971-9?5 - CHOTA - CAJAMRCA - PARA QUE SE PRESENTE A LA SALA DE AUDIENCIA N° 2 DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIA DEJÓSE LEONARDO ORTIZ. EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGUENTE: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO José Ieonardo Qrtiz, tres de julio De 1 dos; mil diecisiete.-SE RESUELVE:1 - CITAR a AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR requerido por el Ministerio Publico, contra el imputado antes indicado, por la presunta comisión del delito Omisión a la Asistencia Familiar en agravio de Mike Likhi Perlata Arellano, para el día VEINTICINCO DE JULIO DEL. AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS 09.00 DE LA MAÑANA, en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080-Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194. 2, OFICÍESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia con sede en este distrito con la finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias, a la Coordinadora de la Defensoría Pública de Lambayeque Dra. Erlita Galacio Llontop. 3.- Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado por EDICTO a la brevedad posible en el diario oficial la República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fiscal.4 NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio real, bajo apercibimiento de remitir copias aI órgano de control es caso que el notificador no devuelva los cargos de notificación antes de la audiencia.-5 Al señor Fiscal notifíquesele en su local Institucional o casilla electrónica, INFORMÁNDOSE que si no concurre se REMITÍAN copias al Órgano de Control del Ministerio Público, y ¡si no puede concurrir deberé: coordinar dicho representante del Ministerio Público con otro Fiscal ya que la Fiscalía Penal de José Leonardo Ortiz es un ente corporativa.RICARDO QUISPE LOBATON.ESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA JLOPODER JUDICIAL- CSJLA

FP/ 13, 14, 15 jul.

EDICTOJUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LAMBAYEQÜEJUEZ YANE RAMOS SILVAESPECIALISTA LEGAL: SAMPEDRANOEXP. N° 9127-2016-79-1708-JR-PE-01Por el pte., cito llamo y emplazo al acusado ELIBRANDO HUAMAN CRUZ domiciliado en Avenida 28 de Julio sin número en el distrito de Mórrope o donde se encuentre, para que se presente al Juzgado Penal Unipersonal a mi cargo ubicado en calle Víctor Doig y Lora 185 en esta ciudad el día 11 de Octubre del año en curso a las 9 de la mañana, con motivo de llevar a cabo la Audiencia de Juicio Oral en el Exp. N° 9127-2016-79 que se le sigue por el delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de inasistencia.-Lambayeque, 04 de Julio del 2017YANE RAMOS SILVAJUEZJUEZ PENAL UNIPERSONAL DE LAMBAYEQUEPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 13, 14, 15 jul.

EDICTO PENALEXPEDIENTE N° 01439-2016-39.La Señora Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, REQUIERE al Sentenciado BRANNY GEORGE FARROÑAY COTRINA, identificado con DNI N° 45748920, COMPAREZCA PERSONAL Y OBLIGATORIAMENTE a esta Corte Superior de Justicia - Av. José L. Ortiz 155 -Chiclayo - primer piso - Área de Registro y Control Biométrico a fin de que tome conocimiento respecto a las fechas que deberá concurrir para registrar su firma, debiendo portar su Documento Nacional de Identidad, BAJO APERCIBIMIENTO de aplicársele el artículo 59° del Código Penal, previo requerimiento fiscal y audiencia, en caso de incumplimiento. Asimismo, REQUIERE el cumplimiento de manera Inmediata cancele la totalidad del Pago de los Treinta Días Multas, ascendente a la suma de s/200.00 Soles, Bajo Apercibimiento de convertirle cada día multa no pagado en un día de pena privativa de Libertad, previo requerimiento Fiscal; en el Expediente N° 01439-2016-39, proceso seguido contra el Sentenciado precitado, por el delito USO DE DOCUMENTO FALSO, en agravio de El Estado - Sunart; lo que notifica de acuerdo a ley.Especialista Legal: Jorge Enrique Tello Gonzáles.MARISOL VASQUEZ RUIZJUEZ2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAPJ-NCPP- CSJLAMBFP/ 13, 14, 15 jul.

EDICTO PENALCuaderno: 03855-2017-80-1706-JR-PE-06Imputado: CHRISTIAN ANTHONY VALLEJOS AYALAAgraviado: SEGUNDO DANIEL BAUTISTA CAMPOSDelito:ROBO AGRAVADOPor el presente edicto, la Señora Jueza del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, notifica al imputado CHRISTIAN ANTHONY VALLEJOS AYALA, identificado con DNI 74222867, con laresolución número cinco de fecha 6 de julio del 2017 y con un extracto del requerimiento de prisión preventiva.RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO1. REPROGRAMAR LA AUDIENCIA PÚBLICA DE CONTROL DE REQUERIMIENTO DE PRISIÓN PREVENTIVA para el día 26 de julio del 2017 a las 08:10, en la Sala de Audiencias N° 13 ubicada en el 2° piso de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, sito av. José Leonardo Ortiz, 155 (Centro Cívico) - Chiclayo.

EXTRACTO DEL REQUERIMIENTO DE PRISIÓN PREVENTIVAPetitorio: De conformidad con lo establecido por los artículos 268° y 271° del NCPP, la representante del Ministerio Público formula requerimiento de prisión preventiva contra Christian Anthony Vallejos Ayala, como presunto coautor del delito de Robo Agravado, en agravio de Segundo Daniel Pulache Serrato.Hechos: (...)Se tiene como hechos denunciados por Segundo Daniel Pulache Serrato, quien señala que el día 30 de abril del 2017 a las 04:00 horas, en circunstancias que se encontraba en el jardín de su casa libando licor con su amigo Kenyi Paúl Ordinola Muro y al acabarse el licor (cerveza) se han dirigido a la tienda de la señora María Muro a comprar más cerveza, donde al llegar o dicho tienda se presentó una mototaxi de color roja, sin placo de rodaje, de donde bajaron las personas de Isai Julián Pérez Maldonado. Jhonan Daniel Bautista Campos y Cristian Anthony Vallejos Ayala, portando cada uno, un arma de fuego, diciéndole “ya perdiste, mentándole la madre”, para después comenzar a rebuscarle en sus prendas de vestir, hecho que aprovechó su amigo Kenyi para correrse de! lugar, llegando a quitarle la suma de S/. 50 soles que se encontraba en el bolsillo de su pantalón y luego tuvo en la mano y el teléfono celular marca Etoway, con teclado, color rojo, de lo empresa Movistar, luego sin motivo, indica el denunciante, que los denunciados le comenzaron a golpearlo con puñetes y patadas, rompiendo una botella con la cual presume le hayan cortado en la espalda, dejándolo tirado en el suelo, para después subir a la mototaxi y al retirarse hacían disparos al aire, logrando el agraviado incorporarse para dirigirse a suícasa, donde su madre le prestó el auxilio respectivo, luego de 10 minutos sintió qua/arrojaban piedras en la puerta de su casa y una voz que decía “NO VAYAS A DENUNCIAR PORQUE LA PRÓXIMA TE VA PEOR”, retirándose con destino desconocido. Es de mencionarse, que el agraviado precisa que ISAÍ JULIÁN PÉREZ MALDONADO fue quien lo cogoteo y los otros dos (dígase CHRISTIAN ANTHONY VALLEJOS AYALA y JONAN DANIEL BAUTISTA CAMPOS) le rebuscan los bolsillos de su pantalón, sacando su celular la persona de CHRISTIAN ANTHONY VALLEJOS AYALA, mientras y JONAN DANIEL BAUTISTA CAMPOS le quita el dinero (cincuenta soles) que tenía en su mano para comprar la cerveza; indica que al prestar resistencia el agraviado, CHRISTIAN ANTHONY VALLEJOS AVALA y JONAN DANIEL BAUTISTA CAMPOS lo golpearon, logrando luego soltarse de ISAI JULIÁN PÉREZ MALDONADO, pretendiendo correr el agraviado, pero ISAI JULIÁN PÉREZ MALDONADO rompió una botella de cerveza y con el pico empezó a hincarle en su nuca, señala el agraviado que trataba de defenderse, “luego se cogió con sus manos y vio sangre, además de ello no podía ver bien con su ojo izquierdo porque se le estaba hinchando, yo que le habían tirado con la cocha del arma cerca de su ojo, luego ellos subieron a la mototaxi y se dieron a la fuga haciendo disparos al aire”.Plazo Solicitado: NUEVE MESES de prisión preventiva.MARIA YOLANDA GIL LUDEÑAJUEZ6° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAPODER JUDIDICIAL- CSJLAFP/ 13, 14, 15 jul.

EDICTO PENALSegundo Juzgado de Investigación Preparatoria de JaénN° 00134-2017-0-1703-JR-PE-02.JOSÉ MANUEL PAREDES GUADALUPE Y OTROCONSUELO OBREGON ZARATE.HURTO AGRAVADO Y OTRODr. Orlando Parí Gonzáles. Nidya Pretell AlejandríaPor el presente Edicto, el señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Jaén, NOTIFICA a ‘los investigados JOSÉ MANUEL PAREDES GUADALUPE Y ROBERTO MARTIN VILLAVICENCIO REGALADO; y a la

7Chiclayo, jueves 13 de julio del 2017PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

agraviada CONSUELO OBREGON ZARATE , con laResolución N° 01 + Disposición Fiscal de Formalización de la Investigación Preparatoria; y Resolución N° 03.DISPOSICIÓN FISCAL DE FORMALIZACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA.Revisados los actuados de la presente carpeta fiscal en torno a la Investigación preliminar seguida contra JOSÉ MANUEL PAREDES GUADALUPE, por la presunta comisión del Delito contra el Patrimonio, en su modalidad de HURTO AGRAVADO; y, contra ROBEBTO MARTÍN VILLAVICENCIO REGALADO, por la presunta comisión del Delito contris el Patrimonio, en su modalidad de RECEPTACIÓN, en agravio de CONSUELO OBREGÓN ZARATE; ¡lícitos penales previstos y sancionados por los artículos 186^ teniendo como base el articulo 1852; y, 194 de Código Penal respectivamente; y, en atención al estado de la Investigación, es pertinente emitir la presente DISPOSICION,CIRCUNSTANCIAS PRECEDENTES, CONCOMITANTES y POSTERIORES;Que, como refirió la denunciante Consueto Obregón Zarate, el día 05 de Agosto, a horas 07:00 aproximadamente, en circunstancias que se encontraba en su domicilio ubicado en la Calle Dos de Mayo N° 149 - Jaén, cuando recién se levantaba, se percató que el tripley QUE usa como puerta para la calle de su inmueble., se encontraba levantado, que sus máquinas de construcción: un (01) taladro., una (01) cortadora; así (01) galonera de aceite de 5 litros, una (01) tetera, una (01} olla, una (01) bolsa de productos naturales, todo lo antes Indicado valorizada en aproximadamente S/.1,500,00, no se encontraban en su inmueble; así como, pudo observar que tanto en el patío de su casa y como en el piso de su cocina habían gotas de sangre, sospechando de la persona de “Manuel Paredes”, quien domicilia por la calle Ayacucho cuadra 02 - Jaén, por cuanto a eso de las 8:30 de la mañana del mismo día lo había visto con la mano sangrando.Según el Acta de Arresto Ciudadano, de fecha 06-Agosto-2016, personal de Serenazgo de de la Municipalidad Provincial de Jaen intervino a JOSE MANUEL PAREDES GUADALUPE, quien acepto haber cometido los hechos denunciados, precisando que los bienes hurtados RESOLUCIÓN NÚMERO: UNOJaén, veintiséis de enero Del año dos mil diecisiete. -jTÉNGASE POR COMUNICADA LA FORMALIZACIÓN Y CONTINUACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA, contra JOSÉ MANUEL PAREDES GUADALUPE, por la presunta comisión del Delito Contra El Patrimonio, en su modalidad de HURTO AGRAVADO; y contra ROBERTO MARTIN VILLAVICENCIO REGALADO, por lo presunta comisión del delito Contra El Patrimonio, en su modalidad de Receptación, en agravio de CONSUELO OBREGÓN ZARATE; Ilícitos penales previstos y sancionados en el artículo 185° y 194° del Código Penal; debiendo la señora Fiscal a cargo de la presente investigación, tener en cuenta lo establecido por el artículo 71° numeral 1, 2, 3, y artículo 127o y 289° del Código RESOLUCIÓN NÚMERO: TRESJaén, tres de julio de) Año dos mil diecisiete.-DADO CUENTA; con el presente expediente y, disposición Fiscal numero tres que antecede: TENGASE POR CONCLUIDA LA INVESTIGACIONFP/ 13, 14, 15 jul.

EDICTO PENALEXPEDIENTE: 7202-2013-45-1706-JR-PE-02 ACUSADO: JOSÉ SANTISTEBAN RIOJA DELITO: HURTO AGRAVADO ART. 189 DEL CP AGRAVIADO: ADRIÁN MENDOZA FRÍASA través del presente EDICTO, se notifica al acusado JOSÉ SANTISTEBAN RIOJA, sin Documento Nacional de Identidad, nacido el diecinueve de marzo

de mil novecientos setenta y nueve en el distrito de Túcume, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, hijo de Juan Del Carmen Santisteban Rioja y Gunercinda Siesquén De La Cruz, con grado de instrucción quinto año de aducación secundaria, de ocupación mototaxista, y estado civil soltero, a fin de nacerle conocer para los fines de Ley que conciernan, que en el presente proceso de encuentra en condición de REO CONTUMAZ, declarado así mediante resolución .número TRES del quince de agosto del dos mil quince, motivo por el cual; DEBERÁ PRESENTARSE ante el Noveno Juzgado Penal Unipersonal de Chiclayo, sito en Avenida José L. Ortiz N° 155 - tercer piso - sala número dieciocho de la Nueva Sede Judicial - Chiclayo, a fin de regularizar su situación jurídicaChiclayo, 20 de junio del 2017SEVERINO VARGAS CALDERONJUEZNOVENO JUZGADO PENAL UNIPERSONALPJ- NCPP- CSJLAMBFP/ 13, 14, 15 jul.

EDICTO EXPEDIENTE N°: 167-2014-0-1707-JM-PC-01JUZGADO: JUZGADO DE FA_MILIA TRANSITORIO DE FERREÑAFEJUEZ: YRIS MELISA NUÑEZ ALCÁNTARASECRETARIA JUDICIAL: DIANA MARÍA MONTENEGRO MUROSe NOTIFICA a: ROSA MARÍA DE LA CRUZ RODRÍGUEZ con la resolución número TRES y CUATRO-SENTENCIA de fecha treinta y uno de Mayo del dos mil diecisiete, en la cual se ha RESUELTO:1.-Declarar fundada la Demanda interpuesta por la Fiscal Provincial Mixta de Ferreñafe, por actos de VIOLENCIA FAMILIAR, en la modalidad de MALTRATO PSICOLÓGICO contra MARÍA DE LA CRUZ RODRÍGUEZ en agravio de ROSA LISBETH PURIHUAMAN DE LA CRUZ. DISPONE: 1.- Medidas de Protección la ABSTENCIÓN de todo acto que implique agresión física, verbal o acoso por parte de la demandada, 2.-Tratamiento Psicológico que la demandada deberá seguir en el Hospital Referencia! de Ferreñafe y 3.- El pago de una Reparación Civil de S/. 200.00 nuevos soles (Doscientos 00/100 Nuevos Soles)YRIS MELISA NUÑEZ ALCANTARAJUEZJUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO DE FERREÑAFEPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 13, 14, 15 jul.

EDICTO PENALEn el Exp. N° 00148-2014-0-1714-JM-CI-01, seguido por SUSANA ELIZABETH RIVERA MIRANDA contra MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ sobre IMPUGNACIÓN DE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA; la Sra. Juez del JUZGADO DE FAMILIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ, Dra. MATILDE MESONES MONTANO, ha dispuesto NOTIFICAR por edictos a la Empresa INDULAC E.I.R.L. a través de su representante legal, con lo siguiente: DEMANDA.- Petitorio: Nulidad de la Resolución de Alcaldía N° 301-2014-MDHJLO/A del 28.03.2014, que declara improcedente el recurso de apelación y agotada la vía administrativa, más costas del proceso, daños y perjuicios;. ..RESOLUCIÓN UNO.- SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda sobre IMPUGNACIÓN DE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA; RESOLUCIÓN ONCE.- INTEGRAR a la relación procesal a la Empresa INDULAC E.I.R.L., por cuanto el procedimiento que derivó a la clausura del depósito de la actora fue promovida por el Gerente de la misma, quien denunció práctica irregular del chatarreo; ...RESOLUCIÓN DIECINUEVE.- NOTIFIQUESE mediante EDICTOS a dicha empresa, publicándose por TRES DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS para que en el plazo de VEINTE DÍAS SIGUIENTES a la última publicación, se apersone, bajo

apercibimiento de nombrársele curador procesal;. ..Dra. MATILDE MESONES MONTANO, Juez; Dra. GLORIA PRADO CABREJOS, Especialista Legal.José Leonardo Ortiz, 03 de Julio de 2017.GLORIA PRADO CABREJOSSECRETARIA JUDICIALJUZGADO DE FAMILIA MBJ- JLOFP/ 13, 14, 15 jul.

EDICTO PENALSegundo Juzgado de Investigación Preparatoria de JaénExpediente: Nº 01081-2017-0-1703-JR-PE-02.Procesado: JOSÉ CIRO TONGO DELGADOAgraviado: LESLIER LUIS MARTIN CELIS SALAZAR.Delito: LESIONES CULPOSAS GRAVESJuez: Dr. Orlando Parí Gonzáles.Esp. Juzgado: Nidya Pretell AlejandríaPor el presente Edicto, el señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Jaén, NOTIFICA al JOSÉ CIRO TONGO DELGADO con la Resolución Nº 01 y Resolución Nº 02 + Requerimiento Fiscal de Acusación Directa.PETITORIO:Que, de conformidad con el artículo artículo 336S inciso 4] del Código Procesal Penal vigente, formulo ante vuestro Despacho, REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN DIRECTA contra JOSÉ CIRO TONGO DELGADO como autor del Delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud en la figura de LESIONES CULPOSAS GRAVES en agravio de LESLIER LUÍS MARTÍN CELiS SALAZAR, ¡lícito pena] previsto y sancionado por el cuarto párrafo da] artículo 124S del Código Penal,!V. DESCRJPCIÓM DE LOS HECHOS ATRIBUIDOS:Según Informe Policial N2 90-2017-DÍVPOL-JAEN/CSPNP-SlAT el día 28.122016 a las 22:40 horas aproximadamente,, en las calles José Gálvez y Alfredo Bastos, encontraron a la peruana)de LesJíer Luis Martín Celis Salazar,quien manifestó haber sufrido un accidente de transito (choque por alcance) en circunstancias que conducía su vehículo motocicleta de placa de rodaje 5725-DM Junto con su acompañante Zuly Díaz Huancas, por parte de la camioneta de placa de rodaje M1U880 conducida por JOSÉ CIRO TONGO DELGADO, con quien había tenido un intercambio de palabras (insultos) cuando se encontraban en la intersección de las calles Torre Tagle y La Marina de esta ciudad, sufriendo lesiones, de acuerdo a! siguiente detalle: a) Certificado Médico Legal N2 S6-PF-AR correspondiente a Leslier Luís Martin Celis Salazar, que concluyó: “JÉ, Presenta lesión contusa reciente par suceso de tránsito según RML Ns 3186-LT, 2. Paciente presenta fractura de cóccix según informe Médico, 3. Requiere 8 días de a tención facultativa y 45 días de incapacidad médico ¡mal” (fs. 34), Y, b) Certificado Médico Legal N2 3185- LT correspondiente a Zuli Jamil Díaz Huancas, que concluyó: “1. Presenta lesión confusa reciente por suceso de tránsito, 2, Requiere 02 días facultativa)’ 08 días de incapacidad médico legal (fs, 32) el cual al no sobrepasar los 15 días de incapacidad médico legal, es de competencia deí Juzgado de Paz Letrado, de conformidad con el artículo 441® último párrafo del Código PenaLSe recabó los Certificados de Dosaje Etílico Nü ODS9-1273 y 1272 de arabos conductores, con resultado negativo (fs. 27/28).Segura INSPECCIÓN TÉCNICA POLICIAL concluyó como Factor Determinante:“El operativo del conductor del vehículo mayor camioneta da placa de rodaje M1U 880 por realizar tina persecución al vehículo menor motocicleta de placa de rodaje 5725-DM y como Factor Contributivo: “El operativo del conductor de la motocicleta de placa de rodaje 5725-DM, Leslier Luis Martín Celis Solazar, al tratar de escapar, al momento que era perseguida por un vehículo mayor camioneta de placa de rodaje M1U-880, que ero conducido por José Ciro Tongo Delgado” (fs,09/13)RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO

Jaén, dos de junio delAño dos mil diecisiete.-SE RESUELVE: CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo de DIEZ DIAS útiles, a efectos de que puedan por escrito: 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, 10) Solicitar, si así lo estimare la parte agraviada la constitución en actor civil, y 11) Plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; bajo apercibimiento de declararse improcedente; PRECÍSESE a las partes procesales que de observar el requerimiento de acusación, deberán hacerlo por escrito y debidamente fundamentado durante el traslado conferido, conforme a lo dispuesto por la Casación N° 53-2010-Piura, todo ello en aplicación del principio de igualdad de armas, bajo apercibimiento de declararse infundado dicha observación; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar correspondiente; PRECÍSESE que el procesado se encuentra con la medida de COMPARECENCIA SIMPLE; PRECÍSESELE al Señor Fiscal a cargo de la presente investigación que deberá hacer entrega de sus elementos de convicción en pleno acto antes que culmine la audiencia preliminar de control de acusación, bajo apercibimiento de dar cuenta a su Superior en caso de incumplimiento; cumplido que sea y, de conformidad con lo previsto por el artículo 351° numeral 1 del Código Procesal Penal; CÍTESE para el día VEINTE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, a horas UNA DE LA TARDE (01:00 p.m.) hora exacta, para la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN DIRECTA en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Jaén, ubicada en la esquina de las calles Mariscal Castilla y Huamantanga de ésta ciudad (2do piso), con la presencia obligatoria del Fiscal y Abogada Defensora del procesado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de ésta último de excluirla de la defensa, subrogarla, y designar en ese mismo acto procesal a un Defensor Público u otro letrado en ese mismo acto, puesto que esta audiencia es de carácter inaplazable.-RESOLUCIÓN NÚMERO: DOSJaén, trece de junio delAño dos mil diecisiete.-NOTIFÍQUESE mediante EDICTOS con un extracto del requerimiento de acusación directa, resolución número uno y, la presente resolución; asimismo, al tratarse de una audiencia inaplazable, CUMPLA el asistente Judicial con OFICIAR a la Defensoría Pública a fin de que se designe un defensor público para la audiencia de control de acusación directa señalada en autos. Notifíquese.-

EDICTO PENALEXPEDIENTE Nº: 00956-2017-0-1703-JR-PE-01JUEZ: DRA. ELIZABETH CAMPOS IDROGOESP. DE JUZGADO: VIOLETA CORONADO NUÑEZSE HACE SABER A: SILVA DIAZ MARTIN AUGUSTOEl Señor Juez Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Jaén, mediante el presente EDICTO NOTIFICA AL IMPUTADO : SILVA DIAZ MARTIN AUGUSTO con el requerimiento de Proceso Inmediato con RES N° 01 de fecha 10 de mayo del año dos mil diecisiete, Dado cuenta con el requerimiento de proceso Inmediato presentado por la señora Representante del Ministerio Público, y de conformidad con lo establecido por

Chiclayo, jueves 13 de julio del 2017 PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL8

que la cantidad de droga correspondiente a cannabis sativa (marihuana)comisada a JHORGE LUIS MATAQLLANA CARREJOS supera el mínimo legal de ocho gramos permitido para su propio e inmediato consumo, el delito de tráfico ilícito de drogas en la modalidad de MICROCOMERCIALIZACION, previsto en el Art. 298 del C.P. se configura en su aspecto objetivo, la pena será privativa de la libertad no menor de tres ni mayor de siete años y de ciento ochenta a trescientos sesenta días, multa, la estimamos proporcionalmente en UN MIL NUEVOS SOLES: Solicito a Ud., Señor Juez tenga por formulado el presente requerimiento de acuerdo a Ley.JOSÉ LEONARDO ORTIZ 6 DE JUNIO DEL 2017REYNERIO DIAZ TARRILLO JUEZ2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAMODULO BÁSICO DE JUSTICIA JLOJULIO CESAR BENAVENTE DELGADOFP/ 11, 12 jul.

EDICTO PENALExpediente N° 5085 -2017 -o -1706-JR-PE-oi CASPJuzgado: 2 Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortiz - LambayequeEspecialista: César Augusto Solazar Piscoya.Imputado: DIEGO BEDER ROJAS GONZÁLESDelito: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDADAgraviado: LA SOCIEDADSE NOTIFICA A :Nombre: DIEGO BEDER ROJAS GONZÁLES Domicilio: Mz “ B “ Lote 31 A v. Culpan - José L. OrtízREQUERIMIENTO FISCAL r Se solicita la incoación del proceso inmediato en su contra, por el delito de conducción en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad, toda vez que ha sido intervenido en la Jurisdicción de José Leonardo Ortíz, al haber conducido el vehículo de placa de rodaje , en aparente en estado de ebriedad, a consecuencia de ello se realizó el afoso/e etílico resultando con 0-53 g/lRESOLUCIÓN NUMERO UNO : Procedente el requerimiento fiscal fecha de audiencia 12-07 - -17 horao/:oo pm Sala de Audiencia N° 02 délos Juzgados de Investigación Preparatoria de José L. Ortíz,.-José L. Ortíz, 12 Junio 2017.CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYAESPECIALISTA DE JUZGADOMBJ- JLOPJ- NCPP- CSJLAMBFP/ 11, 12 jul.

EDICTO PENALEXPEDIENTE: N° 9778-2016-23-1706-JR-PE-02JUZGADO: CUARTO JUZGADO U N I P E R S O N A L P E N A L SUPRAPROVINCIAL DE CHiCLAYOJUEZ: HIROKO SANDRA HIYANE RAMÍREZESP. JUDICIAL: JOSUÉ MOISÉS MENDOZA JIMÉNEZSe NOTIFICA al acusado JUAN ANTONIO VILCABANA ROJAS, cor el acta de audiencia de fecha 09 de junio del año 2017, en la cual se ha RESUELTO:SE RESUELVE: LA IMPOSIBILIDAD DE INSTALAR FORMALMENTE LA PRESENTE AUDIENCIA y reprogramar la misma para el día DIECIOCHO DE JULIO DEL AÑO EN CURSO a horas OCHO Y TREINTA MINUTOS DE LA DE LA MAÑANA, en esta misma Sala de audiencias N° 10, queda notificados de manera personal en este acto la Representante del Ministerio Público, el Abogado defensor público y la parte agraviada con los mismos apremios contenidos en el auto de citación a juicio oral, asimismo notifíquese a! imputado en su domicilio real señalado en su ficha RENIEC esto es Calle Francisco de Zela N° 163 - Pro Vivienda • Pimental y mediante edictos con el apercibimiento de ser declarado reo contumaz y ordenarse su captura a nivel nacional.

Notificándose conforme a Ley.HIROKO SANDRA HIYANE RAMIREZJUEZCUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONALPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALEXPEDIENTE: N°. 3384-2016-JPLLYJUZGADO DE PAZ LETRADO DE LAMBAYEQUEJUEZ:Dra. VERÓNICA SANTA CRUZ RONDOYSECRETARIA: CARMEN D. SANTAMARÍA DE VERAPor el presente edicto se CITA, LLAMA y EMPLAZA GLADYS PETRONILA SAUCEDO VELIZ quien domicilia en la Manzana B-5-LOTE 20 Asentamiento Humano Las Dunas del Pueblo Joven San Martin -Las Dunas -Lambayeque, para que se haga presente a este Despacho el día 20 de julio del año 2017 a horas 11:40 DE LA MAÑANA ; para que se lleve a cabo la audiencia por faltas.-Por haberse ordenado en el proceso Penal por faltasNRO.3384-2016, seguido contra GLADYS PETRONILA SAUCEDO VELIZ y otros por FALTAS CONTRA EL PATRIMONIO - DAÑOS, en agravio de ANGELA JOSEFA ROSAS RUIZ.-Entendido que de no hacerlo así, quedará sujeto a lo que la Ley determine.Dra. VERÓNICA SANTA CRUZ RONDOYJUEZJUZGADO DE PAZ LETRADO DE LAMBAYEQUEPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALJUZGADO: JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JAÉNJUEZ: DRA. ESMERALDA GUÍSELA CARLOS PERALTACITA Y EMPLAZA al acusado ROBERTH CACHIQUE SHUPINGAHUA, identificado con DNI 80327436, para que se ponga a Derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el Cuaderno Judicial No 17-2014-1703, por el Delito HOMICIDIO CALIFICADO, en agravio de TEODORO CORDOVA CORDOVA, para que tenga conocimiento de la audiencia programada de Juicio Oral para el día VEINTICUATRO DE JULIO DE DOS MIL DIECISIETE A HORAS NUEVE Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA-(HORA EXACTA),, en la sala de audiencias de la Corte Superior de Lambayeque -sede Jaén, ubicado en las intersecciones de las calles Huamantanga y Mariscal Castilla de la ciudad de Jaén. Por haberse dispuesto así en el Expediente N° 17-2014-1703-JPCSJ, seguido contra ROBERTH CACHIQUE SHUPINGAHUA en agravio de TEODORO CORDOVA CORDOVA por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO.DRA. ESMERALDA GUÍSELA CARLOS PERALTAJUEZDIRECTORA DE DEBATES JUZGADO PENAL COLEGIADO JAÉNPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALOficio N° 584-2011-31-1706-JR-PE/EIFSEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CHICLAYO JUEZ: JULIO RENATO GAMARRA LUNA VICTORIA ESPECIALISTA: EDWIN IBAÑEZ FARFANCITA Y EMPLAZA; a los acusados de autos MANUEL EUGENIO FALEN LEYVA, MARCO ANTONIO LACHOS DAVILA, ADRIÁN WALTER DÍAZ CAJO ,WELTI ALVARADO QUIJANO , ALVARADO LOZANO CARHUAJULCA,FLOR LIRIA REQUEJO BARTUREN , SEGUNDO ÓSCAR PADILLA ACHA, VÍCTOR ALEJANDRO RODRÍGUEZ ZELADA,FLANKLIN MERINO CHEVEZ , ALADINO FERNANDEZ DÍAZ , FERNANDO BARTRA GROSSO Y

NELSON DAVID MERA MONTENEGRO, para que se pongan a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el proceso penal N° 584-2011-31-1706, que se le sigue por el delito de FALSEDAD IDEOLÓGICA en agravio de EL ESTADO, notificándosele para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL programada para el día VEINTICUATRO DE JULIO del año dos mil DIECISIETE a horas OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA\hora. exacta),_la misma que se realizara en la sala de audiencia numero CINCO-05 . de los Juzgado Penales unipersonales, ubicada en el segundo piso de la nueva sede judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 115 - Centro Cívico - Chiclayo.Por haberse dispuesto así en el cuaderno de debates N° 584-2011 -31-1706-JR-PE-04, que se sigue contra MANUEL EUGENIO FALEN LEYVA Y OTROS por el delito de FALSEDAD IDEOLÓGICA en agravio de MUNICIPALIDAD DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ Notificándose bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso u ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Edictos que deberán ser publicados por el plazo de tres días.JULIO RENATO GAMARRA LUNA VICTORIAJUEZ2° JUZGADO PENAL UNIPERSONAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALSEGUNDO JUZGADO PENAL COLEGIADO DE CHICLAYO ESPECIALISTA: MIGUEL GUZMAN CARRANZACITA Y EMPLAZA: al acusado de autos DIEGO ARMANDO MARCO CAMPOS, notificándosele para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL programada para el día VEINTICUATRO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a horas OCHO Y TREINTA de la mañana fhora exacta), lamisma que se realizará en la sala de audiencia número diecisiete Í17V de los Juzgados Colegiados, sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico - 4° piso - Chiclavo, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, reservándose el proceso provisionalmente. Al haberse ordenado así en el Exp. N° 00240-2016-74-1706-JR-PE, que se sigue en su contra por el delito de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD en agravio de la persona de inicíales F.D.Z.C.Chiclayo, 19 de Junio del 2017EVA VASQUEZ VASQUEZDIRECTOR DE DEBATESJUZGADO COLEGIADO PERMANENTEPJ- NCPP- CSJLAMBFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO JUDICIALEn el Expediente 06332-2017-0-1714-JR-FT-01 seguido por FISCALÍA MIXTA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ sobre INVESTIGACIÓN TUTELAR a favor del menor FERNANDO DAVID TIMOTEO GONZALES; la Sra. Juez que en adición a sus funciones asume el despacho del JUZGADO CIVIL DE J. L. ORTIZ, Dra. PATRICIA CUEVA SAMPEN, ha dispuesto la NOTIFICACIÓN mediante edictos a doña MARÍA ELENA GONZALES BRAVO y don FERNANDO TIMOTEO TIMOTEO con la RESOLUCIÓN UNO.- J. L. Ortíz, veintiuno de junio del dos mil diecisiete. AUTOS y VISTOS; (...) Se resuelve: ABRIR INVESTIGACIÓN TUTELAR a favor del menor FERNANDO DAVID TIMOTEO GONZALES sobre DECLARACIÓN DE ABANDONO DE MENOR (...) 3.- SEÑÁLESE fecha para la DECLARACIÓN de don FERNANDO TIMOTEO TIMOTEO y doña MARÍA ELENA GONZALES BRAVO (supuestos padres biológicos), para el día VEINTICUATRO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE, a horas ONCE DE LA MAÑANA (hora exacta), la cual se desarrollará en local del juzgado, debiendo notificarse la presente en el domicilio signado en la FICHA RENIEC de los declarantes, sin perjuicio

el artículo 447º numeral 1 del Código Procesal Penal, modificado mediante decreto legislativo N° 1194; si bien dicha normatividad procesal señala que la audiencia se debe convocar en el término de cuarenta y ocho horas, pero advirtiéndose en el presente caso que el domicilio del imputado se encuentra ubicado en lugar distante a esta ciudad de Jaén, a efectos de garantizar el irrestricto derecho de defensa, se debe fijar la audiencia dentro de un margen de tiempo prudente y razonable; en consecuencia, CÓRRASE TRASLADO A LAS PARTES PROCESALES; SE RESUELVE: PROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DIA VEINTISEIS DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 AM); Diligencia que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicado en la intersección de las calles Huamantanga y Mariscal Castilla de la ciudad de Jaén Por haberse ordenado así en el Expediente Me dirijo a Usted, 00956-2017-0-1703-JR-PE-01, seguido contra SILVA DIAZ MARTIN AUGUSTO, por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de SILVA LOZANO SUKIN DAYANA, Va a efecto de que sea publicado por tres veces consecutivas.FP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALEXP.Nro. 04918-2017-0 JULIO BENAVENTEDELGADO.EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ A CARGO DEL DR. DÍAZ TARRILLO: NOTIFICA AL IMPUTADO JOEL AGUSTÍN GUERRERO DAVILA EXP. 04918-2017-0 JBD. POR EL DELITO MICROCOMERCIALIZACION O MICROPRODUCCION EN AGRÁ VIO DE ESTADO PROCURADOR PUBLICO MINISTERIO DEL INTERIOR SE LE NOTIFICA A LA : AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACCION DE PROCESO INMEDIATO, PARA EL DÍADOCE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA) EN LA SEGUNDA SALA DE AUDIENCIAS CITO EN VIRREY TOLEDO CUADRA DIEZ SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ Mario Antonio López Navarro, Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, con fecha 17 de los corrientes, se ha recepcionado el informe pericial forense de droga de la ciudad de lima, con el informe pericial positivo a droga, , al amparo de lo establecido en el numeral 4 del articulo 336 y 349 del Código Procesal Penal, contra JORGE LUIS MATALLANA CABREJOS por el delito contra la Salud Pública, trafico ilícito de drogas- MICROCOMERCIALIZACION en agravio del Estado Peruano, representado por el Procurador Publico encargado de los asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativo a TID, , procedo a formular ACUSACIÓN se atribuye a JORGE LUIS MATALLANA CABREJOS, el día 27-09-2015 a horas aproximadamente, LUEGO DE QUE EL PERSONAL POLICIAL QUE REALIZABA PATRULLAJE POR LA Cale Túpac Amaru y Av. México, lo avisara a bordo de una moto taxi color azul, a la que le dan alcance a la altura del inmueble ubicado en la calle Loreto N°. 381 del PJ las Mercedes, , bajarse en la calle Jorge Chávez, haber sido intervenido con una bolsa de polietileno color blanco tipo chequera, conteniendo en su interior seis envoltorios con papel periódico, cada uno con hierba seca(tallos, semillas y hojas) con características /y olor a cannabis sativa (marihuana), la que lo llevaba en sus partes intimas, según el análisis químico al que fue sometido en la ciudad de lima, arrojo que corresponde a marihuana con un peso de 41 gramos y neto de 26 gramos, El hecho configura el delito de Trafico Ilícito de Droga en su modalidad de micro comercialización tipo penal contenido en el numeral uno del primer párrafo del Art. 298 del C.P., en la medida

9Chiclayo, jueves 13 de julio del 2017PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

de notificársele mediante EDICTOS; quienes deberán concurrir debidamente identificados. Con la participación del Representante del Ministerio Público para que concurra a dicha diligencia (...) Dra. PATRICIA CUEVA SAMPEN, Juez. Dr. JULIO VALERA RENGIFO, Especialista Legal.José L. Ortiz, 22 de junio del 2017JULIO VALERA RENGIFOESPECIALISTA LEGALJUZGADO CIVIL MBJ- JLOPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALEXP. N°: 05557-2015-29-1708-JR-PE-01JUEZ: DR. JUAN VALDERA OLIVOS. ESP. DE JUZG.: ABOG. NANCY RAMOS MONTOYAIMPUTADO: DE LA CRUZ CHAPOÑAN SEGUNDO FERNANDOAGRAVIADO: DE LA CRUZ PAICO SEGUNDO FERNANDO Y OTRO Por el presente, CITO LLAMO Y EMPLAZO, al acusado DE LA CRUZ CHAPOÑAN SEGUNDO FERNANDO con DN117588062, quien deberá concurrir a la Audiencia de Juicio Oral señalado en la presente causa seguidos en su contra como presunto autor del delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de DE LA CRUZ PAICO SEGUNDO FERNANDO Y OTRO, señalada para el día VEINTICUATRO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS OCHO CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias de este Juzgado de Motupe. NOTIFICAR al acusado DE LA CRUZ CHAPOÑAN SEGUNDO FERNANDO; en su domicilio real consignado por el representante del ministerio publico asimismo, NOTIFIQUESE mediante EDICTOS JUDICIALES, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de ser DECLARADO REO CONTUMAZ, y ordenarse su Ubicación y captura a nivel nacional. Publíquese el presente edicto por tres días consecutivos.JUAN E VALDERA OLIVOSJUEZJUP ,MOT CSJLAMBFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO EXPEDIENTE N° : 369-2014-0-1 707- JM-PC-01JUZGADO: JUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO DE FERREÑAFEJUEZ: YRIS MELISA NUÑEZ ALCÁNTARASECRETARIA JUDICIAL: DIANA MARÍA MONTENEGRO MUROSe NOTIFICA a: RAMIRO JULCA HUAMANCHARI, con la resolución número CUATRO de fecha veintisiete de Abril del dos mil diecisiete, en la cual se ha RESUELTO:1.-Mediante Resolución Número UNO, admitir a trámite la demanda por Violencia Familiar en agravio de JUANA PURIHUAMAN CASTRO; asimismo indicar que mediante resolución Numero CUATRO se fija fecha para audiencia para ‘ el día LUNES VEINTICUATRO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE, a horas OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA, bajo apercibimiento de declararse REBELDE. Por haberse dispuesto así en el Expediente N° 369-2014-0-1707-JM-PC-01 en el proceso seguido contra el acusado RAMIRO JULCA HUAMANCHARI por VIOLENCIA FAMILIAR.YRIS MELISA NUÑEZ ALCÁNTARAJUEZJUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO DE FERREÑAFEPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO EXPEDIENTE N°: 181-2015-0-1707-JM-PC-01JUZGADO: JUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO DE FERREÑAFEJUEZ: YRIS MELISA NUÑEZ ALCÁNTARASECRETARIA JUDICIAL: DIANA MARÍA MONTENEGRO MURO

Se NOTIFICA a: ELMER IVAN MEJIA CALVEZ, con la resolución número CUATRO de fecha dieciocho de Mayo del dos mil diecisiete, en la cual se ha RESUELTO:1.-Mediante Resolución Número CUATRO, se ordena notificar a la parte demandada, donde se indica fecha para la AUDIENCIA ÚNICA, para el día VEINTICUATRO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA. Por haberse dispuesto así en el Expediente N° 181-2015-0-1707-JM-PC-01 en el proceso seguido contra ELMER IVAN MEJIA CALVEZ por VIOLENCIA FAMILIAR.YRIS MELISA NUÑEZ ALCÁNTARAJUEZJUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO DE FERREÑAFEPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO EXPEDIENTE N°: 07-2015-0-1707-JM-PC-01JUZGADO: JUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO DE FERREÑAFEJUEZ: YRIS MELISA NUÑEZ ALCÁNTARASECRETARIA JUDICIAL: DIANA MARÍA MONTENEGRO MUROSe NOTIFICA a: ROSA NOEMI CUMBIA SANCHIUN, con la resolución número CUATRO de fecha dieciocho de Mayo del dos mil diecisiete, en la cual se ha RESUELTO:1.-Mediante Resolución Número CUATRO, se ordena notificar a la parte demandada, donde se indica fecha para la AUDIENCIA ÚNICA, para el día VEINTICUATRO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS DOCE DEL MEDIO DÍA. Por haberse dispuesto así en el Expediente N° 07-2015-0-1707-JM-PC-01 en el proceso seguido contrp ROSA NOEMI CUMBIA SANCHIUN por VIOLENCIA FAMILIAR.YRIS MELISA NUÑEZ ALCÁNTARAJUEZJUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO DE FERREÑAFEPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO EXPEDIENTE N° : 576-2015-0-1707-JM-PC-01JUZGADO: JUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO DE FERREÑAFEJUEZ: YRIS MELISA NUÑEZ ALCÁNTARASECRETARIA JUDICIAL: DIANA MARÍA MONTENEGRO MUROSe NOTIFICA a: EMANUEL GUILLERMO SÁNCHEZ MORALES, con la resolución numero TRES de fecha dieciocho de Mayo del dos mil diecisiete, en la cual se ha RESUELTO:1.-Mediante Resolución Número TRES, se ordena notificar a la parte demandada, donde se indica fecha para la AUDIENCIA ÚNICA, para el día VEINTICUATRO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS DOCE Y TREINTA DEL MEDIO DÍA. Por haberse dispuesto así en el Expediente N° 576-2015-0-1707-JM-PC-01 en el proceso seguido contra EMANUEL GUILLERMO SÁNCHEZ MORALES por VIOLENCIA FAMILIAR.YRIS MELISA NUÑEZ ALCÁNTARAJUEZJUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO DE FERREÑAFEPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO EXPEDIENTE N°: 211-2015-0-1707-JM-PC-01JUZGADO: JUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO DE FERREÑAFEJUEZ:YRIS MELISA NUÑEZ ALCÁNTARASECRETARIA JUDICIAL: DIANA MARÍA MONTENEGRO MUROSe NOTIFICA a: FLORENCIO SÁNCHEZ BENITES, con la resolución número DOS de fecha dieciocho de Mayo del dos mil diecisiete, en la cual se ha RESUELTO:

1.-Mediante Resolución Número DOS, se ordena notificar a la parte demandada, donde se indica fecha para la AUDIENCIA ÚNICA, para el día VEINTICUATRO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS DIEZ DE LA MAÑANA. Por haberse dispuesto así en el Expediente N° 211-2015-0-1707-JM-PC-01 en el proceso seguido contra FLORENCIO SÁNCHEZ BENITES por VIOLENCIA FAMILIAR.YRIS MELISA NUÑEZ ALCÁNTARAJUEZJUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO DE FERREÑAFEPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO EXPEDIENTE N° : OFICIO N° 202-2015-0-1707-JM-PC-01JUZGADO: JUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO DE FERRENAFEJUEZ: YRIS MELISA NUÑEZ ALCÁNTARASECRETARIA JUDICIAL: DIANA MARÍA MONTENEGRO MUROSe NOTIFICA a: DALMACIO DÍAZ PAZ, con la resolución número TRES de fecha dieciocho de Mayo del dos mil diecisiete, en la cual se ha RESUELTO: t1.-Mediante Resolución Número TRES, se ordena notificar a la parte demandada, donde se indica fecha para la AUDIENCIA ÚNICA, para el día VEINTICUATRO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS ONCE DE LA MAÑANA. Por haberse dispuesto así en el Expediente N° OFICIO N° 202-2015-0-1707-JM-PC-01 en el proceso seguido contra DALMACIO DÍAZ PAZ por VIOLENCIA FAMILIAR.YRIS MELISA NUÑEZ ALCÁNTARAJUEZJUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO DE FERREÑAFEPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO EXPEDIENTE N° : 482-2015-0-1707-JM-PC-01JUZGADO: JUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO DE FERREÑAFEJUEZ: YRIS MELISA NUÑEZ ALCÁNTARASECRETARIA JUDICIAL: DIANA MARÍA MONTENEGRO MUROSe NOTIFICA a: PEDRO ARMANDO ASALDE RAMOS Y MARINA SANTAMARÍA SANDOVAL, con la resolución número TRES de fecha dieciocho de Mayo del dos mil diecisiete, en la cual se ha RESUELTO:1.-Mediante Resolución Número TRES, se ordena notificar a la parte demandada, donde se indica fecha para la AUDIENCIA ÚNICA, para el día VEINTICINCO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA, Por haberse dispuesto así en el Expediente N° 482-2015-0-1707-JM-PC-01 en el proceso seguido contra PEDRO ARMANDO ASALDE RAMOS Y MARINA SANTAMARÍA SANDOVAL por VIOLENCIA FAMILIAR.YRIS MELISA NUÑEZ ALCÁNTARAJUEZJUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO DE FERREÑAFEPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 00465-2015-0-1706- TR-PE-70ACUSADO: SALVADOR ROLANDO MARTÍN MAJAIL CALDERÓN Y OTROSDELITO: COLUSIÓN y OTROAGRAVIADO: ESTADOSÉTIMO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CHICLAYOJUEZ: MARY ISABEL NUÑEZ CORTIJOESPECIALISTA: JANET CECILIA SÁNCHEZ CAJOPor el presente edicto, el Señor Juez del Sétimo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA al acusado SALVADOR ROLANDO MARTÍN MAJAIL CALDERÓN, con la resolución judicial DIECISÉIS, de fecha diez de abril del dos mil diecisiete la

misma que dispone:1)REPROGRAMAR la presente audiencia para el día 24 DE JULIO DEL 2017 a horas 08:30 AM.. enla SALA DE AUDIENCIA ONCE - 2° PISO DE LA C.S.T.L. se NOTIFICA a los asistentes a la presente audiencia.2)DESIGNAR a la DRA. KELLY TARRILLO SALDAÑA, la defensa de los acusados GUILLERMO RICARDO PLAZA ARBULÚ y JOSÉ CARLOS GONZALES ODAR.3)DESIGNAR a la DRA. AMPARO ABANTO CHUOJUILIN la defensa de los acusados VÍCTOR RAÚL TENORIO VELEZ, JOSÉ GREGORIO GÓMEZ GUZMAN.4)DESIGNAR al DR. WILMER VILLALOBOS OBANDO la defensa del acusado SALVADOR ROLANDO MARTÍN MAJAIL CALDERÓN.5)OFÍCIESE a la Administración del Nuevo Código Procesal Penal, a fin de que brinde las facilidades para el uso de la Sala de Uso Múltiple (Auditorio) ubicada en el tercer piso de esta sede Judicial para el día 24-07-2017 desde las 08:30 de la mañana a fin de llevar a cabo la audiencia de control de acusación en el presente proceso, proceso que se sigue contra 17 procesados.6)NOTIFICAR a:- A TODOS LOS ACUSADOS en sus domicilios reales y respecto a los acusados:** TAPIA SALASNANCYdeberá notificársele en el domicilio ubicado en la calle La Llanura N° 182. Urbanización 03 de octubre - Chiclayo. debiendo ACTUALIZARSE su domicilio real en el SIT.** SALVADOR ROLANDO MARTÍN MAJAIL CALDERÓN, deberá notificársele en la calle Teatro N° 633 - Distrito y Provincia de Chiclayo: sin perjuicio de hacerlo mediante EDICTOS JUDICIALES. Debiendo anexarse copia del requerimiento acusatorio, copia de la resolución que confiere traslado y copia de la presente acta de audiencia. - A LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO.7) MANTENER subsistentes los mismos apercibimientos establecidos en autos conforme a ley; ello ante la inconcurrencia de los sujetos procesales obligados para su asistencia a la audiencia convocada.MARY ISABEL ISABEL NUÑEZ CORTIJOJUEZ7° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

ED8CTO PENALEXPEDIENTE N°: 05211-2017-0-1706-JR-PE-02JUZGADO: SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARTORIADE JOSÉ LEONARDO ORTIZJUEZ: REYNERIO DÍAZ TARRILLOESPECIALISTA : KARINA GONZALES PAREDESSe NOTIFICA a: MIGUEL ÁNGEL VILCHEZ BAZAN, con la resolución numero uno de fecha veintidós de junio del dos mil diecisiete, en la cual se ha RESUELTO:1.-CITAR A JUICIO ORAL para el día VEINTICUATRO DE JULIO DEL AÑO EN CURSO a horas DOCE Y MEDIA DE LA MAÑANA, la misma que se realizará en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Modulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080 -Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Publico, el abogado defensor del imputado, del propio imputado, bajo apercibimiento en caso de inasistencia dei abogado defensor del procesado se aplicara el articulo 85° inciso 1) dei nuevo código procesal penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el articulo 447.4 del código procesal penal modificajfe-por-«( decreto legislativo 1194.KARINA GONZALES PAREDESESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA

Chiclayo, jueves 13 de julio del 2017 PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL10

MODULO BASICO DE JUSTICIA- JLOFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALEXPEDIENTE N°: 05136-2017-0-1706-JR-PE-02JUZGADO: SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARTORIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZJUEZ: REYNERIO DÍAZ TARRILLOESPECIALISTA : KARINA GONZALES PAREDESSe NOTIFICA a: YERSI ORTIZ MÍO, con la resolución numero uno de fecha veintidós de junio del dos mil diecisiete, en la cual se ha RESUELTO:1.-CITAR A JUICIO ORAL para el día VEINTICUATRO DE JULIO DEL AÑO EN CURSO a horas DOCE DEL MEDIO DÍA la misma que se realizará en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Modulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Publico, el abogado defensor del imputado, del propio imputado, bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicara el articulo 85° inciso 1) del nuevo código procesal penai, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194.KARINA GONZALES PAREDESESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAMODULO BASICO DE JUSTICIA- JLOFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALE X P E N D I E N T E N ° : 03654-2017-0-1706-JR-PE-lJUZGADO: SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARTORIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZJUEZ: SARA VERÓNICA VERA ZULOETAESPECIALISTA: KARINA GONZALES PAREDESSe NOTIFICA a: JOSÉ ELIAS ESTELA PÉREZ, con la resolución número dos de fecha veintiocho de junio del dos; mil diecisiete, en la cual se ha RESUELTO:1).- DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCIA y se REPROGRAMA para el día VEINTICUATRO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a horas ONCE DE LA MAÑANA. PRECISÁNDOSELE al acusado que tiene derecho a elegir un abogado de su libre elección; así misino de absolver la acusación de conformidad con el artículo 350° del Código Procesal Penal.KARINA GONZALES PAREDESESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAMODULO BASICO DE JUSTICIA- JLOFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALEN EL EXP. N° 07196-2014-0 - EL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ, DE CHICLAYO, A CARGO DE LA DRA. SARA VERA ZULOETA, CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO ALCIDES DRAUSIN JIMÉNEZ PALACIOS, CON DNI N° 44335382, SOLTERO, HIJO ALCIDES v MARLENY, CON DOMICILIO EN CALLE ROOSVELT N° 930 -JLO. O CALLE PURÍSIMA N° 1281 -JLO..; PARA QUE SE PRESENTE A LA SALA DE AUDIENCIA N° 1 DEL PRIMER JUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIA DEJÓSE LEONARDO ORTIZ, LA SEÑORA JUEZ A DISPUESTO LO SIGUENTE: RESOLUCIÓN NRO: SEIS José Leonardo Ortiz, dieciséis de junio Del año dos mil diecisiete.AUTOS Y VISTOS, dado cuenta con el requerimiento fiscal de ACUSACIÓN presentado por la señora fiscal de la Segunda Fiscalía Provincial Penal

Corporativa de José Leonardo Ortiz JUANA EDITH VASQUEZ SERRANO; en el presente proceso seguido contra ALCIDES DRAUSIN JIMÉNEZ PALACIOS corno autor del delito contra la Patria Potestad en la modalidad de Rehusamiento a entrega de menor, en agravio de la menor DARIANA KASSANDRA ALISSON JIMÉNEZ REYES (05) representada por Leydy Carmen Reyes Díaz y CONSIDERANDO:PRIMERO, Que el Art. 349° del Código Procesal Penal, señala los requisitos que debe contener la acusación fiscal, precisando además que ésta debe formularse debidamente motivada. La acusación presentada por el señor representante del Ministero Público reúne los requisitos señalados en el dispositivo legal antes invocado y se encuentra debidamente motivada con los fundamentos de hecho y de derecho. SEGUNDO: El Art. 350° del CPP, establece que la acusación debe ser notificada a los demás sujetos procesales, a fin de que éstos en el plazo de diez días propongan los hechos que aceptan, los acuerdos acerca de los medios probatorios necesarios y presenten las objeciones que crean pertinentes a fin de que todo ello sea debatido en la audiencia preliminar de control de acusación,TERCERO: El artículo 80° del CPP prescribe que el Servicio Nacional de la Defensa de Oficio a cargo del Ministerio de Justicia, proveerá la defensa gratuita a todos aquellos que dentro del proceso penal, por sus escasos recursos, no puedan designar Abogado defensor de su elección, o cuando resulte indispensable el nombramiento de un Abogado defensor de oficio para garantizar la legalidad de una diligencia y el debido proceso. Por cuanto “La defensa del imputado es una actividad esencial del proceso pues protege la libertad y ¡os derechos fundamentales: no responde únicamente al interés del perseguido, sino al interés público (...); advirtiéndose que el acusado cuenta con Abogado Defensor designado, resultaría innecesaria la designación de una defensor público, en tal sentido debe de precederse a notificar a su abogado defensor en el domicilio consignado en autos. Ein consecuencia. SE RESUELVE:1.- TÉNGASE por comunicado a este juzgado con la disposición fiscal recepcionada con fecha cinco de junio del dos mil diecisiete en donde dispone Formular Acusación, CÓRRASE TRASLADO a los demás sujetos; procesa es por el plazo perentorio 10 DÍASHÁBILES, a efectos de que puedan por escrito: 1) obseivar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa 3) solicitar la imposición o revocación cíe una medida de coerción, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los med os» de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de lo?; medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estim€)n probados y; 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación.2.- CÍTESE para el DÍA VEINTICUATRO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 a.m - hora exacta); para la realización de la audiencia de Control de Acusación, la misma que se llevará a cabo en la sala de audiencia N° UNO del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de José Leonardo Ortiz; F’RECÍSESE al Señor Fiscal a cargo de la presente investigación que deberá hacer entrega de sus elementos de convicción en pleno acto antes que culmine la audiencia preliminar de control de acusación, la audiencia se realizará, bajo apercibimiento de: a) Por inconcurrencia del señor (a) Fiscal informarse a su superior para su conocimiento y fines, b) Por inconcurrencia de la parte agraviada (actor civil) y su defensa, si fuese el caso, prescindirse de su presencia y continuarse con la audiencia fijada, c) Por inconcurrencia del acusado (s) o del

señor abogado de la defensa privada del acusado designado, si fuese el caso, ser excluido de la misma y en ese acto, ser inmediatamente sustituido por un defensor público pena de conformidad con el articulo 85 inciso 1). Teniendo en cuenta que requerimientos de autos.3.- PRECÍSESE que los acusados no cuentan con medida de coerción personal subsistente.4.- NOTIFIQUESE a las partes en su domicilio real y procesales de autos. PRECÍSESE oue las resoluciones dictadas oralmente en la Audiencia Preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16° incisos 1 y 2 del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ. Precísese a las partes procesales que deben señalar domicilio procesal dentro de:l radio urbano. REQUIÉRASE a los s;ujetos procesales señalar su casilla electrónica de manera obligatoria conforme lo establece los artículos 155-D y 155-G de la Ley N° 30229, bajo apercibimiento en caso cíe incumplimiento de imponérsele la multa respectiva. Notifíquese a las partes procesales de acuerdo a ley. Interviene el secretario cursor por disposición superior.José /. Ortiz, 28 de junio del 2017RICARDO QUISPE LOBATONESPECIALISTA DE CAUSAJUEZGADO DEINVESTIGACION PREPARATORIA JLOPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO JUDICIALEn el Expediente 06332-2017-0-1714-JR-FT-01 seguido por FISCALÍAMIXTA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ sobre INVESTIGACIÓN TUTELAR a favor del menor FERNANDO DAVID TIMOTEOGONZALES; la Sra. Juez que en adición a sus funciones asume el despacho del JUZGADO CIVIL DE J. L. ORTIZ, Dra. PATRICIA CUEVA SAMPEN, ha dispuesto la NOTIFICACIÓN mediante edictos a doña MARÍA ELENA GONZALES BRAVO y don FERNANDO TIMOTEO TIMOTEO con la RESOLUCIÓN UNO.- J. L. Ortíz, veintiuno de junio del dos mil diecisiete. AUTOS y VISTOS; (...) Se resuelve: ABRIR INVESTIGACIÓN TUTELAR a favor del menor FERNANDO DAVID TIMOTEO GONZALES sobre DECLARACIÓN DE ABANDONO DE MENOR (...) 3.- SEÑÁLESE fecha para la DECLARACIÓN de don FERNANDO TIMOTEO TIMOTEO y doña MARÍA ELENA GONZALES BRAVO (supuestos padres biológicos), para el día VEINTICUATRO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE, a horas ONCE DE LA MAÑANA (hora exacta), la cual se desarrollará en local del juzgado, debiendo notificarse la presente en el domicilio signado en la FICHA RENIEC de los declarantes, sin perjuicio de notificársele mediante EDICTOS; quienes deberán concurrir debidamente identificados. Con la participación del Representante del Ministerio Público para que concurra a dicha diligencia (...) Dra. PATRICIA CUEVA SAMPEN, Juez. Dr. JULIO VALERA RENGIFO, Especialista Legal. J.Ortiz, 22 de junio del 2017.JULIO VALERA RENGIFO ESPECIALISTA LEGALJUZGADO CIVIL MBJ- JLOPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALCuaderno:06210-2012-71-1706-JR-PE-06Despacho: SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CHICLAYOJuez: CLARA TORRES CAMPOSEsp. Aud: RAFAEL MARQUILLO ROMEROEsp. Juzgado: PEDRO DE JESÚS ESCAJADILLO LIZA

Sentenciado: ALBERTO ELOY SAAVEDRA NÚÑEZAgraviados: NAYELLI IVON SAAVEDRA VALLADOLID Y OTROSDelito: INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIALugar: SALA DE AUDIENCIAS N° 13Fecha y Hora: 03 de julio DEL 2017 - 08:10Por el presente edicto, la señorita Juez del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA al imputado con la resolución numero VEINTE, en la cual señala lo siguiente:DECLARAR POR NO INSTALADA LA AUDIENCIA; en consecuencia, REPROGRAMAR LA AUDIENCIA PÚBLICA DE CONTROL DE REQUERIMIENTO DE REVOCATORIA DE LA PENA para el día 24 de julio del 21017 a las 08:10. en la Sala de Audiencias N° 13 ubicada en el 2° piso de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, sito av. José Leonardo Ortiz, 155 (Centro Cívico) - Chiclayo.NOTIFICAR CON CARÁCTER DE URGENTE al sentenciado con el requerimiento de revocatoria de la pena y con la presente resolución en sus domicilios reales ubicados en la mz. Q, lote 146 (I Etapa) - Las Casuarinas - Turnan y en la Mz. Q, lote 151 - Las Casuarinas - Turnan y por EDICTOS asimismo, REQUERIR al sentenciado cumpla con cancelar el saldo restante de la reparación civil ascendente a la suma S/ 2.736.25 soles a favor de los agraviados, debiendo cancelar el sentenciado hasta el día de la reprogramación de la audiencia la suma de S/ Z.736.25 soles, balo apercibimiento en caso de incumplimiento de aplicarse lo establecido por el artículo 59° numeral 3 del código penal.CLARA TORRES CAMPOSJUEZPJ- NCPP- CSJLAMBFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALEXPEDIENTE 475-2016-JIP-SI/CSJL. (Requerimiento Acusatorio)CARPETA: 251-2016-2-FPPC-S.l. IMPUTADO: ALIX ALVARADO MARTÍNEZ OSCAR ALEJANDRO MANZANARES ALVARADO AGRAVIADO: ALIX ALVARADO MARTÍNEZ OSCAR ALEJANDRO MANZANARES ALVARADO DELITO:LESIONES LEVES RECÍPROCAS JUEZ:Dr. HÉCTOR HUMBERTO HINOSTROZA HUERTAEsp. Jud.: Abg. CLARA CECILIA LEONARDO RIOJAPor el presente edicto, el Señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de San Ignacio, ha dispuesto NOTIFICAR al acusado-agraviado ALIX ALVARADO MARTÍNEZ y ÓSCAR ALEJANDRO MANZANARES ALVARADO, con la RESOLUCIÓN NUMERO TRES de fecha 05.06.2017, mas extracto de la RESOLUCIÓN NUMERO DOS de fecha 15.05.2017, en la cual se DISPONE:RESOLUCIÓN NUMERO 02: DADO CUENTA, con la disposición remitida por el Ministerio público quien comunica la Conclusión de la Investigación Preparatoria, seguida contra ALIX ALVARADO MARTÍNEZ y ÓSCAR ALEJANDRO MANZANARES ALVARADO, por el Delito de LESIONES LEVES RECIPROCAS, tipificado en el artículo 122° del código Penal, en agravio de ALIX ALVARADO MARTÍNEZ y ÓSCAR ALEJANDRO MANZANARES ALVARADO, por cumplir con los requisitos legales y CONSIDERANDO PRIMERO.- Se ha presentado la Disposición Fiscal que remite la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Ignacio: en la que dispone la conclusión de la presente investigación, a razón que se ha concluido con el objeto de la investigación; SEGUNDO: Con el escrito de Requerimiento de Acusación Fiscal, efectuado por la representante del Ministerio Publico; Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa

11Chiclayo, jueves 13 de julio del 2017PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

de San Ignacio, ha remitido a este órgano jurisdiccional su requerimiento de acusación, conforme a lo dispuesto por el artículo 350° del CPP, en consecuencia corresponde otorgar a los demás sujetos procesales el plazo perentorio de 10 (DIEZ) días útiles, para que de ser el caso puedan por escrito las partes]: a) observar la acusación, b) deducir excepciones y otros medios de defensa, cj solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, d) pedir el sobreseimiento, ej Instalar la aplicación de un criterio de oportunidad, f) ofrecer prueba para el juicio, g) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, h) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio, todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de Control de Acusación; CUARTO: Que, el plazo de absolución de 10 (DIEZ), son improrrogables, computándose sin excusa alguna a partir del día siguiente de la notificación con la presente resolución a las partes procesales, con prescindencla de la variación del abogado defensor del acusado no comunicada oportunamente al órgano jurisdiccional, se le debe Invocar para su concurrencia a la Defensa Pública, para los efectos de garantizar el derecho de defensa dispuesto en el artículo IX del Título Preliminar del Código Procesal Penal; QUINTO: En ese orden correlativo el artículo 350° inciso 1 del Código citado, señala que cumplido el termino del traslado de los diez días y verificada la correcta notificación de las partes procesales Inmersas en el presente proceso con el requerimiento acusatorio, sin que hayan estas planteado alguno de los supuestos señalados en la normativldad Invocada, se procederá conforme a su estadio procesal efectuándose la audiencia preliminar de Control de Acusación; QUINTO: Se advierte así mismo que los órganos jurisdiccionales de la Provincia de San Ignacio (Juzgado de Investigación Preparatoria y Liquidador Transitorio , Juzgado Mixto, Juzgado Unipersonal y Juzgado de Paz Letrado) cuentan con un solo personal notificador y al ser inaccesible las zonas geográficas de los lugares (distantes) de la Provincia de San Ignacio ( llámese sectores, caserío, centro poblados) lo que dificulta la rapidez en el diligencíamiento de las cédulas de notificación de los sujetos procesales, los cuales tienen como consecuencia la demora o el retardo de la devolución de las cédulas de notificación debidamente diligenciadas, por lo que en aplicación del Principio de Racionalidad y Celeridad Procesal, aunado a ello existen audiencias programadas con antelación, resulta necesario la programación de audiencia de control de acusación, en un plazo razonable, para los efectos de notificar debidamente a los justiciables y no vulnerar el derecho a la defensa, Por las consideraciones expuestas y artículos invocados: SE RESUELVE: 1) CONFIÉRASE TRASLADO, a las partes procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES.... PRECÍSESE: Que, las resoluciones dictadas se tendrán por notificadas a las partes asistentes, y también a quienes hayan concurrido, conforme lo dispuesto por el artículo 16° incisos 1” y 2° del Reglamento de notificaciones, citaciones y comunicaciones bajo las normas del Código Procesal Penal1, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ; 4) INFÓRMESE; Que la carpeta fiscal y sus elementos de convicción se encuentran en la oficina de fiscalía encargada del caso; 5) CONCEDER, el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, a los Imputados para que ratifiquen a sus defensas técnicas y lo comuniquen al juzgado; en caso contrario, se designara a un abogado de oficio que asegure la defensa técnica de los Imputados desde el Inicio del proceso, se deja salvo su derecho de sustituirlo por otro abogado defensor en cualquier momento; 6) NOTIFÍQUESE: A las partes procesales con el requerimiento Fiscal y la presente resolución.RESOLUCIÓN NUMERO 03: DADO CUENTA, con la razón que antecede,

se DISPONE: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN FISCAL PARA EL DÍA VEINTICINCO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA (10:30 AM), la misma que se llevara a cabo en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de esta Provincia (Av. Mariano Melgar’ Ref. subiendo el Malecón de la Av. Mariano Melgar-Tercer Piso), con la presencia obligatoria del representante del Ministerio Público, y el abogado de la defensa pública conforme se aprecia de autos ya ha sido debidamente notificado en fecha veintisiete de marzo del presente año con la resolución número dos y Requerimiento Acusatorio. EJECÚTESE el apercibimiento decretado en la resolución dos de fecha quince de marzo del presente año “CONCEDER, el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, a los imputados para que raliíiquen a sus defensas técnicas y lo comuniquen al juzgado; en caso contrario, se designara a un abogado de oficio que asegure la defensa técnica de los imputados desde el inicio del proceso, se deja salvo su derecho de sustituirlo por otro abogado defensor en cualquier momento”. NOTIFÍQUESE a sus domicilios reales de los acusados.- HABILÍTESE al Especialista en comunicaciones a fin de que notifique a las partes procesales, sin perjuicio de oficiarse al Juez de Paz de Única Nominación del Caserío Las Cidras -Distrito de la Coipa -San Ignacio, para que notifique a la parte agraviada y procesada, A fin de evitar dilación en el proceso notifíquese vía EDICTOS con la presente resolución y extracto de la resolución número dos. Proceda el Asistente Judicial a solicitar las constancias de notificación de las resoluciones pertinentes. Téngase presente la razón expuesta. NOTIFÍQUESEPor haberse ordenado así en el Expediente N° 475-2016-00, seguido contra ALIX ALVARADO MARTÍNEZ por el delito de Lesiones Leves Reciprocas, en agravio de ÓSCAR ALEJANDRO MANZANARES ALVARADO. San Ignacio, 05 de junio de 2017.Dr. HÉCTOR HUMBERTO HINOSTROZA HUERTAJUEZJUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA SAN IGNACIOESP. JUD.: ABG. CLARA CECILIA LEONARDO RIOJAJUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA SAN IGNACIOPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALEXPEDIENTE N° 3713-2017-0- La Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, cita y emplaza al imputado RAÚL SEMBRERA ABARCA, a fin de que concurra a la audiencia de INCOACCION DE PROCESO INMEDIATO reprogramada para el día 25 DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS NUEVE Y DIEZ DE LA MAÑANA, a realizarse en la Sala de audiencias número CUATRO, del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155, Segundo Piso - Chiclayo, en el Expediente N° 3713-2017-0. proceso seguido contra el imputado precitado, por el delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de ANDREW SEMBRERA PINTADO; lo que notifica de acuerdo a ley.Especialista Legal: MARIELA SANTA CRUZ GARCÍACECILIA M. GRANDEZ ROJASJUEZ4° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAPJ- NCPP- CSJLAMBFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALEXPEDIENTE N° 809-2017-0

El Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, cita y emplaza al acusado JOSÉ ANTONIO GARIBAY PALOMINO, a fin de que concurra a la audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN, reprogramada para el día 25 DE JULIO del presenta año, a horas 09:00 A.M, a realizarse en la Sala de audiencias número VEINTE, del Noveno o Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155, Segundo Piso - Chiclayo, en el Expediente N° 8784-2016-0-0. proceso seguido contra el acusado precitado, confiriéndosele traslado del requerimiento acusatorio por el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES a fin de que ejerza su derecho de defensa en el proceso que se le sigue por la presunta comisión del delito TRÁFICO ILEGAL DE PRODUCTOS FORESTALES MADERABLES, en agravio del ESTADO; lo que notifica de acuerdo a ley.Especialista Legal: ROBERTO IZA MAYORGA. JORGE MARCELINO PEREZ TOROJUEZJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIADELITOS AMBIENTALES Y ADUANEROSPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALEXPEDIENTE N°: 2951 -2015-61-1706-JR-PE-07.JUZGADO: OCTAVO JUZGADO UNIPERSONAL DE CHICLAYOJUEZ: JORGE ASBEL ROJAS CUBAS.ESPECIALISTA JUDICIAL : KARINBA FERNANDEZ RAMÍREZ.Se NOTIFICA a: TORIBIA GONZALES CAPUÑAY, con el acta de audiencia de fecha 06 DE MARZO DEL 2017, en la cual se ha RESUELTO:1.-RESUELVE: DECLARAR la IMPOSIBILIDAD DE INSTALAR LA PRESENTE audiencia REPROGRAMAR la audiencia para el VEINTICINCO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA TARDE en la misma sala de audiencia número 16 ubicada en el segundo piso de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque.QUEDA NOTIFICADO la representante del Ministerio Publico, bajo apercibimiento de serexcluida del juicio y requerir al Fiscal Superior en Grado, designe su reemplazo conforme loestablece la norma procesal, sin perjuicio de poner en conocimiento del órgano de control delMinisterio Público su inasistencia.SE DISPONE SE NOTIFIQUE a la acusada, en su domicilio señalado en autos sin perjuicio publicar por edictos; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia ajuicio oralQueda notificado en este acto el Defensor Público, bajo apercibimiento de excluirlo de la defensa y nombrar otro defensor público en caso de inasistencia, de verificarse los presupuestos previstos en el inciso 5 del artículo 359° del Código Procesal SE NOTIFIQUE a los órganos de prueba, bajo apercibimiento de ser conducida compulsivamente en caso de inasistencia.JORGE ASBEL ROJAS CUBAS.JUEZOCTAVO JUZGADO UNIPERSONAL PJ- NCPP- CSJLAMBFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICRO PENALEXPEDIENTE N° 809-2017-0El Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, cita y emplaza al acusado MELANIO CAYATOPA CAMPOS, a fin de que concurra a la audiencia de INCOACCIÓN DE PROCESO INMEDIATO, reprogramada para el día 25 DE JULIO del presenta año, a horas 08:40 A.M, a realizarse en la Sala de audiencias número CUATRO, del Cuarto Juzgado de Investigación

Preparatoria de Chiclayo, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155, Segundo Piso - Chiclayo, en el Expediente N° 809-2017-0. proceso seguido contra el acusado precitado, por el delito CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD; lo que notifica de acuerdo a ley.Especialista Legal: JORGE TELLO GONZALES.CECILIA M. GRANDEZ ROJASJUEZ4° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAPJ- NCPP- CSJLAMBFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALEXPEDIENTE N°: 07467-2015-15-1706-JR-PE-01.JUZGADO : OCTAVO JUZGADO UNIPERSONAL DE CHICLAYOJUEZ: JORGE ASBEL ROJAS CUBAS.ESPECIALISTA JUDICIAL: CORINA SILVA ZELADA.Se NOTIFICA a: LUIS MIGUEL DUCEP GAVIDIA, con el acta de audiencia de fecha 05 DE ABRIL DEL 2017, en la cual se ha RESUELTO:RESUELVE:DECLARAR la IMPOSIBILIDAD DE INSTALAR LA PRESENTE audienciaREPROGRAMAR la audiencia para el día VEINTICINCO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISISTE A HORAS TRES Y TREINTA MINUTOS DE LA TARDE en esta misma sala de audiencia número 16 ubicada en el segundo piso de la Corte Superior de Justicia de LambayequeQUEDA NOTIFICADO el representante del Ministerio Publico, bajo apercibimiento de ser excluida del juicio y requerir al Fiscal Superior en Grado, designe su reemplazo conforme lo establece la norma procesal, sin perjuicio de poner en conocimiento del órgano de control del Ministerio Público su inasistencia. Recomendándosele tome las previsiones del caso para que la presente audiencia no se vuelva a frustrar.SE DISPONE SE NOTIFIQUE al acusado, en su domicilio señalado en autos: Mz. B Lt 12 Posope -Patapo y en calle 28 de julio S/N Sector B-3, y por EDICTOS en el diario oficial; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia a juicio oralQueda notificada en este acto la Defensora Publica, bajo apercibimiento de excluirlo de la defensa y nombrar otro defensor público en caso de inasistencia, de verificarse los presupuestos previstos en el inciso 5 del articulo 359° del Código ProcesalSE NOTIFIQUE a los órganos de prueba, bajo apercibimiento de ser conducida compulsivamente en caso de inasistencia.CHCILAYO DE ABRIL 2017JORGE ASBEL ROJAS CUBAS.JUEZOCTAVO JUZGADO UNIPERSONAL PJ- NCPP- CSJLAMBFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO JUDICIALEn el Expediente No. 0982-2015-26-2101-JR-PE-01. seguido en contra de PABLOSAMIENTO REYES, y de DIONISIO ROJAS MAMANI por la comisión del delito delito Contra la FePublica en su modalidad de Disposiciones Comunes en su forma de Falsedad Genérica, agravio deMunicipalidad Provincial de Puno El Primer Juzgado Unipersonal Penal de Puno NOTIFICA a PABLOSAMIENTO REYES, y de DIONISIO ROJAS MAMANI, con la siguiente resolución: RESOLUCIÓNNo. 01.-Puno, siete de marzo Del año dos mil diecisiete.-VISTOS. OÍDOS YCONSIDERANDO.. SE RESUELVE: CONVOCAR AJUICIO ORAL y con carácter INAPLAZABLE en contra de los procesados: 1.- PABLO SAMIENTO REYES, con DNI N° 00828263, nacido en el distrito de Salas, provincia y departamento de

Chiclayo, jueves 13 de julio del 2017 PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL12

I^ambayeque, en lecha veintitrés de enero de mil novecientos cincuenta y nueve, sexo masculino, casado, grado de instrucción secundaria completa, nombre de los padres Paulino y Juana; y 2.- DIONISIO ROJAS MAMANI, con DNI N° 02151111, nacido en el distrito de Juliaca, provincia de San Román y departamento de Puno, en lecha seis de noviembre de mil novecientos sesenta y nueve, sexo masculino, soltero, grado de instrucción superior completa, nombre de sus padres Simeón y Catalina, como coautores de la presunta comisión del delilo Contra la Fe Publica en su modalidad de Disposiciones Comunes en su forma de Falsedad Genérica, previsto y sancionado en el artículo 438° del Código Penal, en agravio del Estado Peruano, representado por la Municipalidad Provincial de esta ciudad. Audiencia que se realizará el próximo MARTES VEINTICINCO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE. A HORAS OCHO CON TREINTA DE LA MAÑANA (08:30am) (teniendo en cuenta la programación de agenda del Juzgado y la agenda judicial electrónica); en la Sala de Audiencias de los Juzgados Penales Unipersonales (01), ubicado en el segundo piso de la sede central de la Corle Superior de Justicia de Puno. Para cuyo efecto: 1) NOTTFIQUESE a los acusados: 1.-PABLO SAMIENTO REYES ; bajo apercibimiento en caso de inasistencia injustificada de ser declarado ausente y/o contumaz. Así como a su abogado defensor FELIPE MILTON IRURI DAVILA. bajo apercibimiento en caso de inasistencia injustificada de ponerse en conocimiento de la Coordinación de la Defcnsoría Pública y/o designar en el acto a otro abogado defensor, 2.- DIONISIO ROJAS MAMANI,; bajo apercibimiento en caso de inasistencia injustificada de ser declarado ausente y/o contumaz. Así como a su abogado defensor PERCY WILFREDO METÍA QUISPE. bajo apercibimiento en caso de inasistencia injustificada de ponerse en conocimiento de la Coordinación de la Dclcnsoría Pública y/o designar en el acto a otro abogado defensor, conforme lo autoriza el artículo 85°. 1 del Código Procesal Penal. II) NOTIFÍQUESE al Representante del Ministerio Público MARY SANDRA LINO TALAYERA. Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativo de Puno,. III) NOTIFÍQUESE a la paite agraviada, PROCURADOR DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DED PUNO, Vidal Michael Huaiiatico Coiidori, notificándose en el Jr. Deustua uro. 458 Puno. 2) CÍTESE a los siguientes órganos de prueba: Del Ministerio Público: Testigo y/o perito; 1.- Declaración de Héctor Mario Holguín Holguín. 2.-Edgar Mamani Zapata. 3.- Ricardo William Álvarez Gonzales. 3) COMUNIQÚESE que de haberse admitido documentales, éstas deberán ser incorporadas a través de los órganos de prueba en cuanto corresponda; salvo las excepciones prevista en el artículo 383° del Código Procesal Penal.4) FÓRMESE EL EXPEDIENTE JUDICIAL en sujeción a lo indicado en el considerando segundo de la presente resolución. Con dicha finalidad REQUIÉRASE a las partes procesales, según corresponda, remitan en el día las documentales admitidas en la etapa intermedia y los que precisan el artículo 136M del Código Procesal Penal que hayan sido debidamente incorporadas al proceso; y para fines formales las declaraciones previas del acusado conforme lo señala el artículo 376°. 1 del Código Procesal Penal. CUMPLIDO SEA, PÓNGASE a disposición de las partes procesales por el plazo de CINCO DÍAS hábiles, para sus fines consiguieiites.5) FÓRMESE EL CUADERNO DE DEBATES, conforme a lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución.6) COMUNIQÚESE a las partes procesales, que siendo el juicio oral de carácter inaplazable regirán los alcances del artículo 85°. 1 del Código Procesal Penal; asimismo, las resoluciones que serán dictadas oralmente se entenderán notificadas desde el momento de su pronunciamiento; y que el desarrollo íntegro del juicio oral será registrado

en audio.Puno, 07 de Marzo del año 2017MARCELO H PASSANO DEL CARPIOESPECIALISTA DE CAUSAS JURISDICCIONALESPODER JUDICIALCORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNOFP/ 11, 12, 13 jul.

ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA DE JUZGAMIENTO POR FALTAS

I. • INTRODUCCIÓN.En el Distrito de José Leonardo Ortiz, siendo el día diecinueve de abril del dos mil diecisiete, a horas doce y treinta de la mañana, presentes en el Segundo Juzgado de Paz Letrado Mixto de José Leonardo Ortiz - de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, la Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado Mixto Modulo Básico de José Leonardo Ortiz , María Mercedes Domínguez Huatnán, a fin de llevar a cabo la Audiencia de JUICIO ORAL en el expediente N° 13-2017-0-1706-JP-PE-02 correspondiente al proceso penal seguido contra ALCÁNTARA CASTILLO MARCIAL por faltas contra la persona en su modalidad de lesiones dolosas en agravio de JULÓN LEIVA MARILU.La Juez deja constancia que la presente audiencia está siendo registrada en el sistema de audio, conforme a los dispuesto en el artículo 361° del código procesal penal y artículo 26° del reglamento general de audiencias.II.- ACREDITACIÓN.IMPUTADO: ALCÁNTARA CASTILLO MARCIAL Con DNI N° 40233407,natural Chiclayo, fecha de nacimiento 10-11-78, tiene treintaiocho añosde edad, estado civil soltero, ocupación Estibador, ganaaproximadamente veinte soles diarios, domiciliado en calle Osear RBenavides Mz “C” Lt “14” 2° sector Santa Ana- José Leonardo Ortiz, notiene antecedentes penales.ABOGADO DEL IMPUTADO:: DR. PÉREZ FERNANDEZ JOSÉASUNCIÓN Con Registro leal N° 4304, Casilla Electrónica N° 1232.JUEZ: Advierte la inconcurrencia de la agraviada por no ser debidamente notificada y a fin de llevar un debido proceso por el principio de igualdad de armas se reprograme la presente audiencia para el día veinticinco de Julio del dos mil diecisiete a las nueve de la mañana en punto. (Se registró en audio)JUEZ: Corre traslado al imputado. (Se registró en audio)IMPUTADO: manifesto estar conforme. (Se registró en audio)ABOGADO DEL IMPUTADO. Manifestó estar conforme. (Se registró en audio)III.-DECISIÓN DE LA JUEZ: RESOLUCIÓN NÚMERO; CINCOChiclayo, diecinueve de abril Del dos mil diecisietePARTE EXPOSITIVA. (Se registro en audio) PARTE CONSIDERATIVA. (Se registro en audio) PARTE RESOLUTIVA: (Se registro en audio y transcrita) SE RESUELVE;•DECLARAR LA IMPOSIBILIDAD DE INSTALAR LA PRESENTE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL POR FALTAS. Por no estar debidamente notificada la parte agraviada. •REPROGRAMAR LA MISMA PARA EL DÍA VEINTICINCO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE, a horas NUEVE EN PUNTO DE LA MAÑANA, en esta misma Sala de Audiencias del segundo juzgado de paz letrado Mixto - del módulo básico de justicia de José Leonardo Ortiz.QUEDA NOTIFICADO EL IMPUTADO bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente en caso de inconcurrencia.QUEDA NOTIFICADO EL ABOGADO DEL IMPUTADO: Bajo apercibimiento, de no presentarse se nombrará un defensor de oficio.Sin perjuicio de OFICIAR A LA DEFENSORIA PUBLICA.OFICÍESE a los peritos respectivosNOTIFICAR A LA AGRAVIADA EN LOS MEDIOS Y DIRECCIONES SIGUIENTES:CALLE ÓSCAR R. BENAVIDES MZ “C” LT “14” PP. JJ 2° SECTOR SANTA

ANA- JOSÉ LEONARDO ORTIZ.AV. CHICLAYO MZ “C” LT “14” REFERENCIA MOLINO RICHARDCELULAR: 995-491-913ASIMISMO VÍA EDICTO.JUEZ: Notifica a las partes procesales concurrentes con la presente resolución. (Se registró en audio).IMPUTADO: Conforme. (Se registró en audio).ABOGADO DEL IMPUTADO: Conforme. (Se registró en audio).IV.- CONCLUSIONSiendo las doce con cuarentaicinco minutos de mediodía del diecinueve de abril del dos mil diecisiete, se da por terminada la audiencia y por cerrada la grabación de audio, procediendo a firmar-’el director de debate y la especialista de audiencia encargada de la/redacción/del acta, conforme lo dispone el artículo 121° del código procesal penal.MARIA MERCEDES DOMINGUEZ HUAMANJUEZ2° JUZGADO PENAL DE PAZ LETRADO MIXTO JLOPODER JUDICIAL- CSJLAMARSELA ISABEL DIAZ FUENTESSECRETARIA JUDICIAL2° JUZGADO DE PAZ LETRADO EN COMISARIA JLOPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTOINST. NRO: 13-2017-0-1706-JP-PE-02.SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO -COMISARIA JLO.SECRETARIO: MARCELA DÍAZ FUENTES.Por intermedio de la presente, SE CITA Y EMPLAZA a MARILU JULÓN LEIVA, para que concurra al SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO -COMISARIA JLO. (sito en Av. Virrey Toledo S/N), el día VEINTICINCO DE JULIO DEL AÑO EN CURSO, a horas NUEVE DE LA MAÑANA, a efecto de prestar su DECLARACIÓN EN LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL . Habiéndose dispuesto en el Exp. N° 13-2017-0-1706-JP-PE-02, seguido contra MARCIAL ALCÁNTARA CASTILLO por Falta contra la Persona-Lesiones, en agravio de MARILU JULÓN LEIVA. Fdo. Dra. YANE RAMOS SILVA. Juez Supernumeraria. Sec. Marcela Díaz FuentesJosé Leonardo Ortiz, 03 de Mayo del 2017MARSELA ISABEL DIAZ FUENTESSECRETARIA JUDICIAL2° JUZGADO DE PAZ LETRADO EN COMISARIA JLOPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDCITO PENALEXPEDIENTE: 02570-2015-68-1706-JR-PE-05 JUEZ: JORGE ASBEL ROJAS CUBAS ESPECIALISTA: VÍCTOR MONTEZA BASAURI MINISTERIO PUBLICO: PEÑA DELGADO, LUIS MIGUELIMPUTADO: VALDERA INOÑAN, MARCOSDELITO: HURTO AGRAVADO.AGRAVIADO: CUBAS MEDINA, MIGUEL ÁNGELJUEZ: JORGE ASBEL ROJAS CUBAS : VÍCTOR MONTEZA BASAURIPor el presente, CITO LLAMO Y EMPLAZO, al acusado MARCOS VALDERA INOÑAN como autor del delito Contra el Patrimonio en su figura de HURTO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, en agravio de MIGUEL ÁNGEL CUBAS MEDINA, ¡lícito que se encuentra previsto y penado por el artículo185° del Código Penal y las agravantes contenidas en el artículo 186° del mismo cuerpo de leyes, primer párrafo inciso 1) y 5) e inciso 9 del segundo párrafo y 16° del Código Penal, debiendo de CONCURRIR a la audiencia del día VEINTICINCO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE a horas UNA Y DIEZ de la tarde; diligencia que se realizará en la Sala de Audiencias N° DIECISEIS del Octavo

Juzgado Unipersonal de Chiclayo -Segundo Piso, sito en la avenida José Leonardo Ortiz número 155 - Chiclayo, bajo expreso apercibimiento en caso de inconcurrencia de ser DECLARADO REO CONTUMAZ, reservarse el proceso y disponer su conducción compulsiva.JORGE ASBEL ROJAS CUBAS.JUEZOCTAVO JUZGADO UNIPERSONAL PJ- NCPP- CSJLAMBFP/ 11, 12, 13 jul.

EDCITO PENALEXPEDIENTE: 02570-2015-68-1706-JR-PE-05 JUEZ: JORGE ASBEL ROJAS CUBAS ESPECIALISTA: VÍCTOR MONTEZA BASAURI MINISTERIO PUBLICO: PEÑA DELGADO, LUIS MIGUELIMPUTADO: VALDERA INOÑAN, MARCOSDELITO: HURTO AGRAVADO.AGRAVIADO: CUBAS MEDINA, MIGUEL ÁNGELJUEZ: JORGE ASBEL ROJAS CUBAS : VÍCTOR MONTEZA BASAURIPor el presente, CITO LLAMO Y EMPLAZO, al acusado MARCOS VALDERA INOÑAN como autor del delito Contra el Patrimonio en su figura de HURTO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, en agravio de MIGUEL ÁNGEL CUBAS MEDINA, ¡lícito que se encuentra previsto y penado por el artículo185° del Código Penal y las agravantes contenidas en el artículo 186° del mismo cuerpo de leyes, primer párrafo inciso 1) y 5) e inciso 9 del segundo párrafo y 16° del Código Penal, debiendo de CONCURRIR a la audiencia del día VEINTICINCO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE a horas UNA Y DIEZ de la tarde; diligencia que se realizará en la Sala de Audiencias N° DIECISEIS del Octavo Juzgado Unipersonal de Chiclayo -Segundo Piso, sito en la avenida José Leonardo Ortiz número 155 - Chiclayo, bajo expreso apercibimiento en caso de inconcurrencia de ser DECLARADO REO CONTUMAZ, reservarse el proceso y disponer su conducción compulsiva.JORGE ASBEL ROJAS CUBAS.JUEZOCTAVO JUZGADO UNIPERSONAL PJ- NCPP- CSJLAMBFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALOficio N° 4294-2016-77-17Q8-JR-PE-01/JCMivfJUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LAMBAYEQUE JUEZ: José Luís Cháñame Parraguez ESPECIALISTA: Juan Carlos HoyosCITA Y EMPLAZA; a los imputados LÁZARO SEGUNDO CHAYAN DAMIÁN, VÍCTOR HUGO CHAPOÑAN DAMIÁN, LUÍS CARLOS MANCILLA SUAREZ y EFRA1N DAMIÁN REYES, a fin de CUMPLIR con notificársele por el presente medio con el tenor de la resolución N° OCHO cíe fecha nueve cíe junio del año dos mil diecisiete, por el cual se REPROGRAMA la audiencia PRELIMINAR PARA DEBATIR LOS FUNDAMENTOS DEL REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO y ACUSACIÓN - REQUERIMIENTO MIXTO, diligencia que se programara para el DJA VEINTICINCO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a horas DOCE DEL MEDIO DÍA (hora exacta), la cual se instalara en la sala de audiencias del Juzgado Penal de Investigación Preparatoria, sito en A\>. Víctor Dois y Lora ^f0 185 - Lanib(iyeijiie\ con la presencia obligatoria del señor Fiscal Provincial Penal y de los Abogados Defensores del acusado designado por este. AUDIENCIA que es de carácter inaplazable, rige lo dispuesto en el numeral 1 de! artículo 85 conforme al decreto legislativo N° 1307 y el articulo 144° inciso 2) del Código Procesal Penal respectivamentePor haberse ordenado así en el expediente N° 4294-2016-77-1708-JR-PE, que se sigue contra LÁZARO

13Chiclayo, jueves 13 de julio del 2017PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

SEGUNDO CHAYAN DAMIÁN y Otros por la presunta comisión del delito de LESIONES GRAVES, en agravio de Johny Rolando Marlincz Tigre y OtrosJOSE LUIS CHANAME PARRAGUEZJUEZ PENALJUZGADO DE IVESTIGACION PREPARATORIA LAMBAYEQUEPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALEXP. N| 6133-2016EL SEÑOR JUEZ DEL QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACIN PREPARATORIA DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL DECHICLAYO, DR. SERGIO RALPH CHIMPEN ASENJO Por la presente: se cita, llama, emplaza y Pone de Conocimiento al agraviado TORIBIO TORRES PANTA identificado con D.N.I N° 03877899, que mediante Resolución N° TRES de fecha 14 de Junio del 2017, se resolvió lo siguiente: NOTIFICAR al agraviado a través de EDICTOS, haciéndole de su conocimiento lo siguiente:1) CORRER TRASLADO a los sujetos procesales con el requerimiento de Sobreseimiento, presentado por la Señora Fiscal de la Primera Fiscalía Provincial Peal Corporativa de Chiclayo, por el plazo de diez días para que absuelvan lo que a su derecho corresponda.REPROGRAMAR la presente AUDIENCIA DE REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO para el día 25 DE JULIO DEL 2017 A LAS 08:30 AM.[HORA EXACTA). EN LA SALA DE AUDIENCIAS NÚMERO DOCE del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, quedando notificados en este acto los sujetos procesales asistentes.NOTIFICAR al agraviado Toribio Torres Panta mediante EDICTOS, conforme lo ordenado en audiencia.ESPECIALISTA LEGAR: DR. Cristian Danilo Ramos HerreraChiclayo 14 de junio del 2017SERGIO R. CHIMPEN ASENJOJUEZ5° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIOPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 4350-2017-0-1706-JR-PE-04ESPECIALISTA:JORGE TELLO GONZALESIMPUTADO: JOSÉ CARLOS PÉREZ SILVADELITO : CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDADAGRAVIADO: LA SOCIEDADESP. DE AUDIENCIA : ARTURO ANDREY ADRIANZEN GALÚA.Por el presente Edicto, La Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, SE RESUELVE:REPROGRAMAR la presente audiencia DE INCOACCION DE PROCESO INMEDIATO para el día VEINTICINCO DE JULIO del 2017, a horas DOCE DEL MEDIO DÍA en esta sala de audiencias número CUATRO, ubicada en la Av. ]osé Leonardo Ortiz N° 155 Segundo Piso - Chiclayo, quedandodebidamente notificados los sujetos procesales asistentes.NOTIFIQUESE al imputado JOSÉ CARLOS PÉREZ SILVA solamente a través de EDICTOS por el plazo de tres días en el diario Oficial “La República”Se NOTIFICA en este acto la resolución oralizada a las partes:CECILIA M. GRANDEZ ROJASJUEZ4° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAPJ- NCPP- CSJLAMBFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALOficio N° 7520-2016-0-1706-JR-PE-01/

DRMQYJUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA TRANSITORIO DEJOSÉ LEONARDO ORTIZJUEZ: EDGARDO ASENJO TAMAYESPECIALISTA: Dante Quiñones YahiroCITA Y EMPLAZA; al imputado de autos JOSÉ ROBER PÉREZ BARDALES a efectos de notificarle con el tenor de la resolución tres - de fecha 29 de marzo de 2017 que contiene la resolución que CONFIERE TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan por escrito: 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria enjuicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados y, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación; Así mismo por el principio de celeridad y economía procesal: se le notifica con la resolución número seis - de fecha 15 de junio de 2017, que PROGRAMA AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día VEINTICINCO DE JULIO DE DOS MIL DIEClSIETE a horas NUEVE DE. LA MAÑA NA (hora exacta), la misma que se realizara en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de José Leonardo Ortiz, sito en calle Virrey Toledo cuadra 10 - PPJJ Atusparias - Módulo Básico de Justicia del distrito de José Leonardo Ortiz.Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 7520-2016-0-1706-JR-PE seguida contra José Pérez y otros, por el delito de Lesiones Leves, en agravio de William Huaymana.-DANTE QUIÑONES YAHIROESPECIALISTA DE JUZGADOJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIOMBJ- JLO- CSJLA- PJFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALOficio N° 5292-2016-0-1708-JR-PE/DRMQYJUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA TRANSITORIO DE JOSÉLEONARDO ORTIZJUEZ: EDGARDO ASENJO TAMAYESPECIALISTA: DANTE QUIÑONES YAHIROCITA Y EMPLAZA: a los imputados de autos MARIBEL GONZALES FLORES y EVELYN CARLY LEÓN PORTALES a quienes se les notifica en este acto con el tenor de la resolución número cinco - fecha catorce de junio del año dos mil diecisiete, que contiene la resolución que reyroqrama la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día VEINTICINCO DE JULIO DE DOS MIL DIECISIETE a horas OCHO DE LA MAÑANA fhora exacta), la misma que se realizará en la sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de José Leonardo Ortiz, sito en calle Virrey Toledo cuadra 10 -PPJJ Atusparias - Módulo Básico de Justicia del distrito de José Leonardo Ortiz, audiencia que se instalará con presencia obligatoria del señor Fiscal Provincial Penal y del Abogado Defensor del acusado designado por éste, bajo apercibimiento al abogado defensor del acusado, y del representante del Ministerio Publico, que en caso de inasistencia injustificada a la audiencia programada en autos, se aplicara lo dispuesto en el articulo 85° modificado por la Ley N° 30076 y el articulo 144°

inciso 2) del Código Procesal Penal respectivamente.Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 5292-2016-0-1708-JR-PE seguida contra Maribel Gonzáles y otra por el delito de Estafa, en agravio de Rosa Mori.DANTE QUIÑONES YAHIROESPECIALISTA DE JUZGADOJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIOMBJ- JLO- CSJLA- PJFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENAL:EXPEDIENTE: 2017-41-JPU-SIACUSADO: AMERICO VARGAS SANTACRUZDELITO:OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIARAGRAVIADO: DEYBIS VARGAS HEREDIAJUEZ: DR. MARLO ROBLEDO CORDOVAESP. JUDICIAL: ABOG. CARLOS EDUARDO DE LA TORRE CÉSPEDESSE EMITE LA PRESENTE RESOLUCIÓN NÚMERO SIETE donde se dispone A CITAR A LA PRESENTE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA VEINTICINCO DE JULIO DEL 2017 A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA, audiencia que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del local de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede San Ignacio, ubicado en el Av. Mariano Melgar N° 375 de esta ciudad, para que se notifique al acusado AMERICO VARGAS SANTACRUZ, en el proceso seguido al acusado AMERICO VARGAS SANTACRUZ, como autor del delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de DEYBIS VARGAS HEREDIA ; Se le notifica para que tenga conocimiento la parte acusada; Este proceso se encuentra ventilándose con número de expediente 41-2017-JPU-SI en el Juzgado Penal Unipersonal de La Provincia de San Ignacio; perteneciente a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Primera Fiscalía Penal de la ciudad de San Ignacio. Y se remite el presente edicto para que disponga su PUBLICACIÓN, en el diario de la República de la ciudad de Jaén, por el lapso de 3 DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 128° del Código Procesal Penal.DR. MARLO ROBLEDO CORDOVAJUEZ EDL JUZGADO PENAL UNIPERSONALY JUZGADO PENAL LIQUIDADOR- SAN IGNACIOCARLOS EDUARDO DE LA TORRE CESPEDESESPECIALISTA LEGALJUZGADO PENAL UNIPERSONALCSJLA- SAN IGNACIOFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALEXPEDIENTE N°: 05302-2017-0-1706-JR-PE-02JUZGADO: SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARTORIADE JOSÉ LEONARDO ORTIZJUEZ: REYNERIO DÍAZ TARRILLOESPECIALISTA : KARINA GONZALES PAREDESSe NOTIFICA a: KEVING LIVINS NEVADO DELGADO, con la resolución numero uno de fecha veintidós de junio del dos mil diecisiete, en la cual se haRIESUELTO:1.-CITAR A JUICIO ORAL para el día VEINTICINCO DE JULIO DEL AÑO EN CURSO a horas DIEZ Y MEDIA DE LA MAÑANA la misma que se realizará en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Modulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080 - Atusparias, con leí presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Publico, el abogado defensor del imputado, del propio imputado, bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicara el articulo 85° inciso 1) del nuevo

código procesal penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el articulo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194.KARINA GONZALES PAREDESESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAMODULO BASICO DE JUSTICIA- JLOFP/ 11, 12, 13 jul.

EDICTO PENALEXPEDIENTE N°: 05274-2017-0-1706-JR-PE-02JUZGADO: SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARTORIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZJUEZ: REYNERIO DÍAZ TARRIILLOESPECIALISTA : KARINA GONZALES PAREDESSe NOTIFICA a: JUAN SAMUEL VÉNTURA CUBAS, con la resolución numero uno de fecha veintidós de junio del dos mil diecisiete, en la cual se ha RESUELTO:1.-CITAR A JUICIO ORAL para el día VEINTICINCO DE JULIO DEL AÑO EN CURSO a horas DIEZ DE LA MAÑANA la misma que se realizará en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Modulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Publico, el abogado defensor del imputado, del propio imputado, bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicara el articulo 85° inciso 1) del nuevo código procesa! penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo_447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194.KARINA GONZALES PAREDESESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAMODULO BASICO DE JUSTICIA- JLOFP/ 11, 12, 13 jul.

EDCITO PENALEXPEDIENTE N° 3649-2017-0El Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, cita y emplaza al imputado ROBERTH GAVIDIA PAREDES, a fin de que concurra a la audiencia de Incoación de Proceso Inmediato que ha sido reprogramada para el día VEINTICINCO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE. A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, a realizarse en la Sala de audiencias número TRES, del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155, Segundo Piso - Chiclayo, en el Expediente N° 3649-2017-0, proceso seguido contra el imputado citado, por el delito contra la Seguridad Pública, en su figura de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD; lo que notifica de acuerdo a ley.Especialista Legal: Jorge Enrique Tello Gonzales.VICTOR TORRES SANCHEZJUEZ3° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAPJ- NCPP- CSJLAMBFP/ 11, 12, 13 jul.

Chiclayo, jueves 13 de julio del 2017 PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL14

ÓRGANO JURISDICCIONAL FECHA PROGRAMADA NUEVA FECHA

Juzgado Mixto de San Ignacio 31-07-2017/01-08-2017 17 y 18-07-2017

Juzgado Penal Unipersonal de San Ignacio 02-08-2017 19-07-2017

Juzgado de Inv. Preparatoria de San Ignacio 03-08.2011 20-07-2017

Juzgado de Paz Letrado de san Ignacio 04-08-2011 21-07-2017

50 Juzgado de Familia de Chiclayo 01 y 08-08-2017 04 y 05-07-2017

60 Juzgado de Familia de Chiclayo 09 y 10-08-2017 06 y 07-07-2017

15Chiclayo, jueves 13 de julio del 2017PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

Línea de formación

Área temática

Denominación Horas lectivas Créditos Expositor Modalidad

educativa Sede de

ejecución Fecha de ejecución

Especializada Procesal Penal

Conferencia Internacional “El principio

acusatorio en el proceso

penal”

03 0

Dr. Jordi Gimeno Beviá Abogado español,

especialista en Derecho procesal de las personas

jurídicas,. Director Académico de Relaciones Internacionales y profesor de Derecho Procesal de la Universidad Catilla La

Mancha.

Presencial

Lambayeque Chiclayo

Auditorio de la Universidad

San Martin, Sito en Los

Eucaliptos S/N Urb. La Pradera

Chiclayo.

Martes 18 de julio de 2017

Horario: 18:00 a 20:15 horas Registro de asistencia:

De 17:30 a 18:00

Chiclayo, jueves 13 de julio del 2017 PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL16