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Retos del Protocolo Cívico en México durante los gobiernos de Felipe Calderón y Marcelo Ebrad (2006-2012) Por David Vázquez Aguirre. Preámbulo El cinco de febrero se celebraron los noventa años de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, Ordenamiento que reformó el mandato de 1857 que, por cierto, ese mismo día cumplió ciento cincuenta años de su proclamación. 1 Se supone que era obligación de nuestros poderes públicos (ejecutivos, legislativos y judiciales; federales, estatales y municipales) planear con anticipación la conmemoración de ambos sucesos. No lo hicieron, como tampoco lo hicieron las comisiones de enlace entre los gobiernos entrantes y los salientes. Todavía el 5 de febrero los diarios de circulación nacional preguntaban que actos cívicos se llevarían a cabo más allá de la ceremonia acostumbrada a las 9:00 a.m. en el Palacio Nacional, presidida por el C. Presidente de la República. Cabe preguntar entonces: lo ocurrido el pasado 5 de febrero, ¿fue un simple olvido?, ¿una omisión deliberada o un mensaje velado de naturaleza política?. ¿Qué planean nuestros gobernantes para conmemorar el año 2010?. La duda es propia de la Ciencia y las interrogantes sugeridas arriba son oportunas, toda vez que 2010 d.C. plantea un reto emotivo para la sociedad 1 La elección de esa fecha para la promulgación de la Carta Magna fue deliberada, pues el cinco de febrero la Nueva España y el México católico recordaban a San Felipe de Jesús, oriundo de la ciudad de México, muerto en Nagasaky, Japón, en 1597. Como sabemos, Fray Felipe de Jesús fue beatificado como mártir de la Iglesia Católica Romana el 14 de septiembre de 1627 y recibió el nombre de Santo Patrono de la ciudad de México y su Arquidiócesis, de modo que la conmemoración de su martirio se convirtió en la ceremonia cívico - social y religiosa más importante y rumbosa de toda la Nueva España, apenas superada por las celebraciones de Corpus Christi y del Paseo del Pendón (por el triunfo de Cortés el 13 de agosto de 1521). Y la elección produjo su efecto de inmediato en el México independiente, pues la promulgación de las Constituciones de 1857 y 1917 socavaron la importancia de la ceremonia cívico - religiosa dedicada a San Felipe de Jesús, Patrono de México, reduciéndola al interior de los templos y condenándola al lento olvido. Bajo esta misma política liberal de desacralizar las conmemoraciones coloniales e instituir otras nuevas, perdieron su fuerza y razón de existir la solemnidad de Corpus Christi, el divertido Paseo del Pendón con sus "juegos de cañas" y su engendro independentista: la celebración del 13 de agosto para festejar La Conquista de Tenochtitlan.

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Retos del Protocolo Cívico en México durante los gobiernos de Felipe Calderón y Marcelo Ebrad (2006-2012)

Por David Vázquez Aguirre.

Preámbulo

El cinco de febrero se celebraron los noventa años de la promulgación de la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, Ordenamiento

que reformó el mandato de 1857 que, por cierto, ese mismo día cumplió ciento

cincuenta años de su proclamación.1

Se supone que era obligación de nuestros poderes públicos (ejecutivos,

legislativos y judiciales; federales, estatales y municipales) planear con

anticipación la conmemoración de ambos sucesos. No lo hicieron, como

tampoco lo hicieron las comisiones de enlace entre los gobiernos entrantes y los

salientes.

Todavía el 5 de febrero los diarios de circulación nacional preguntaban

que actos cívicos se llevarían a cabo más allá de la ceremonia acostumbrada a

las 9:00 a.m. en el Palacio Nacional, presidida por el C. Presidente de la

República. Cabe preguntar entonces: lo ocurrido el pasado 5 de febrero, ¿fue un

simple olvido?, ¿una omisión deliberada o un mensaje velado de naturaleza

política?. ¿Qué planean nuestros gobernantes para conmemorar el año 2010?.

La duda es propia de la Ciencia y las interrogantes sugeridas arriba son

oportunas, toda vez que 2010 d.C. plantea un reto emotivo para la sociedad

1 La elección de esa fecha para la promulgación de la Carta Magna fue deliberada, pues el cinco de febrero la Nueva

España y el México católico recordaban a San Felipe de Jesús, oriundo de la ciudad de México, muerto en Nagasaky, Japón, en 1597. Como sabemos, Fray Felipe de Jesús fue beatificado como mártir de la Iglesia Católica Romana el 14 de septiembre de 1627 y recibió el nombre de Santo Patrono de la ciudad de México y su Arquidiócesis, de modo que la conmemoración de su martirio se convirtió en la ceremonia cívico - social y religiosa más importante y rumbosa de toda la Nueva España, apenas superada por las celebraciones de Corpus Christi y del Paseo del Pendón (por el triunfo de Cortés el 13 de agosto de 1521). Y la elección produjo su efecto de inmediato en el México independiente, pues la promulgación de las Constituciones de 1857 y 1917 socavaron la importancia de la ceremonia cívico - religiosa dedicada a San Felipe de Jesús, Patrono de México, reduciéndola al interior de los templos y condenándola al lento olvido. Bajo esta misma política liberal de desacralizar las conmemoraciones coloniales e instituir otras nuevas, perdieron su fuerza y razón de existir la solemnidad de Corpus Christi, el divertido Paseo del Pendón con sus "juegos de cañas" y su engendro independentista: la celebración del 13 de agosto para festejar La Conquista de Tenochtitlan.

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VÁZQUEZ AGUIRRE, David; Retos del Protocolo Cívico en México durante los gobiernos de Felipe Calderón y Marcelo Ebrad (2006 – 2012); Ponencia escrita para el

VIII Congreso de Protocolo organizado por AMPRO - UAM; México, D.F.; 20 de abril 2007

David Vázquez Aguirre 2

mexicana en su conjunto, para los tres poderes de la Unión y para los tres

niveles de gobierno (municipal, estatal y federal).

1. Los retos

En el año 2010 se cumplen: 1) el bicentenario del inicio de la guerra de

independencia; y, 2) el centenario del inicio de la Revolución Mexicana, que

alcanzó su momento culminante con la promulgación de la Constitución Política

del 5 de febrero de 1917, pues ésta cimbro al mundo entero con sus garantías

sociales vanguardistas contenidas en los artículos 3, 27 y 123.

Pero 2010 no es tan sólo un asunto nacional, puesto que otros países

americanos celebrarán también los respectivos bicentenarios de sus propias

gestas independentistas, de modo que se tratará de un año internacional

favorable para reconocer, con sobrio decoro diplomático:

- La diversidad de nuestros distintos orígenes y vocaciones, junto con la unidad de

nuestros orígenes y destinos comunes

- Nuestros valores morales y jurídicos primordiales

- Nuestra existencia como países independientes, revolucionarios y solidarios

- Nuestros mitos cosmogónicos, símbolos, héroes (sobre todo olvidados), sucesos,

tradiciones y costumbres, etc.

- La unidad de la nación mexicana e hispanoamericana en su diversidad de

identidades, entendidas éstas como pluralidad genética y cultural en una unión

territorial de naciones y continente.

El año se antoja importante y, con o sin la directriz y apoyo del poder público

constituido, seguramente los mexicanos encontremos modo, momento y lugar

para festejar nuestro bicentenario como nación y nuestro centenario como país

revolucionario.

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VIII Congreso de Protocolo organizado por AMPRO - UAM; México, D.F.; 20 de abril 2007

David Vázquez Aguirre 3

Pero ¿sucederá lo mismo que ocurrió el 5 de febrero en cuanto a la organización

política?. Es posible, en la medida en que continúen los vacíos jurídicos para

enfrentar este tipo de retos.

Desde este hipótesis de trabajo, el “olvido” del 5 de febrero de 2007 no fue

entonces un caso de “omisiones deliberadas” ni de “mensajes velados de

naturaleza política”, sino de ambigüedades y vacíos protocolares en los

ordenamientos vigentes, pues ninguno de ellos indica de manera clara y explícita

“a quién” o “a quienes” corresponde hacerse cargo de la organización de este

tipo de conmemoraciones.

La interpretación de la norma escrita pudiera llevarnos a suponer, de

manera más o menos segura, que legal y legítimamente corresponde al Titular

del Poder Ejecutivo conducir, coordinar, ejecutar y presidir las celebraciones

cívicas de carácter nacional y que esto debe hacerlo de manera cuidadosa y

expedita, obedeciendo y haciendo obedecer las leyes en vigor. Y podemos

suponer también que deberá hacerlo preferentemente a través de la Secretaría

de Despacho que convenga o de una comisión especial, de acuerdo con lo que

señale la Ley Orgánica de la Administración Pública correspondiente.2

En concordancia con lo antedicho y como muestra de voluntad política, el

jueves 8 de marzo de 2007 el Presidente Lic. Felipe Calderón Hinojosa dejó en

claro que él, personalmente, será quien encabece la Comisión Organizadora de

las conmemoraciones del Bicentenario y del Centenario, lo que, a mi criterio,

concuerda con las atribuciones que le confiere la Constitución como titular del

Poder Ejecutivo. Es claro que el Jefe de Gobierno de la ciudad de México: Lic.

Marcelo Ebrad Casaubón, habrá de formar parte importante de dicha Comisión.

¿Cuáles retos deberán enfrentar para el efecto el Sr. Presidente de la

República y el Jefe de Gobierno de la ciudad de México para el 2010?: se dice

fácil, pero es muy complicado: promover ante el Congreso de la Unión y ante la

Legislatura del Distrito Federal, junto con los gobernadores y presidentes

2 Consultar en: 1) Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en lo relativo a las atribuciones del Titular

del Poder Ejecutivo Federal y de las Secretarías del Despacho de la Administración Pública Federal (Título IV); Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (específicamente en las atribuciones que establece para las

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David Vázquez Aguirre 4

municipales en sus propias legislaturas, la promulgación de regulaciones

diversas y un Código de Leyes sobre Ceremonial Público y su Protocolo, que sea

claro, preciso y sintético por lo menos en los siguientes rubros: 1) facultades y

responsabilidades de la federación, de las entidades federativas, de los

municipios, de las instituciones y de las comunidades mismas, en cuanto a

ceremonial cívico y diplomático; 2) atribuciones y obligaciones de los funcionarios

públicos para el efecto; 3) derechos y obligaciones de la sociedad civil y de los

ciudadanos; 4) mecanismos de control y sanción por violaciones a lo dispuesto

en las leyes; 5) orden de prelación, ritos, etc.

Sobra decir que lo que el Presidente de la República y el Jefe de Gobierno

promuevan sobre el particular, son retos que afectarán su gestión desde el inicio

hasta el fin y que, más que retos, deben ser considerados como oportunidades

para que las futuras generaciones continúen reconociendo y fortaleciendo sus

orígenes en la unidad plural de nuestra identidad nacional.

2. El problema: las leyes en vigor

Si admitimos que:

- El Poder Legislativo representa directamente al pueblo a través de la Cámara de

Diputados, e indirectamente a través Cámara de Senadores (que representa a las

entidades federativas de la Nación).

- Las normas que expide el Poder Legislativo, en su papel de Constituyente Permanente,

expresan la voluntad soberana del pueblo que el titular del Poder Ejecutivo debe

obedecer y hacer obedecer.

- Protocolo es el conjunto de normas que regulan el ceremonial público, "los buenos

modales" y las cortesías.

- De la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en vigor se derivan:

Secretarías de Gobernación, Relaciones Exteriores, Educación Pública, Defensa y Marina); Ley Orgánica de la Secretaría de Gobernación, Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, etc.etc.

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1. Los aspectos más generales de "orden, prelación y tratamiento"3; y,

2. Las regulaciones secundarias, orgánicas y reglamentarias que tratan sobre el

ceremonial y los símbolos, tales como la Ley sobre las Características y el Uso

del Escudo, la Bandera y el Himno Nacional Mexicano; el Decreto que Declara

Oficial el Himno Nacional; o, el Reglamento que describe cómo debe realizarse

el Ceremonial de la Bandera, entre otras.

Es indiscutible que nuestro país cuenta con un protocolo cívico que debe ser

observado por los Poderes de la Unión y por los poderes estatales y municipales,

cada cual en sus ámbitos y esferas de competencia y siempre en acato de

nuestra Norma Suprema, de las constituciones particulares de los estados y de

los bandos específicos de cada municipio, así como de las demás normas

secundarias, orgánicas y reglamentarias que resulten aplicables (sean federales,

estatales o municipales)… Aunque dicho protocolo esté muy disperso, sea

ambiguo y esté lleno de vacíos, como probaré enseguida.

3. Antecedentes del ceremonial cívico y su protocolo

Si estudiamos a fondo el asunto de las conmemoraciones cívicas, notaremos que

su cantidad y calidad reflejan nítidamente la evolución de México en cuatro fases:

i) nacimiento y ascenso; ii) esplendor; iii) decadencia; y, iv) muerte y

transfiguración.4

3 Artículos 4, 12, 13, 24, 25, 35, 49, 83, 84, 87, 89, 90,108, 115, 116, 117, 118, 119, 120, 121, 122, 124, 128,130 y 133

entre otros. 4 Un ejemplo de lo dicho en este párrafo lo observamos en la conmemoración del 5 de febrero: a pesar de las

sistemáticas violaciones sufridas desde 1872, durante el régimen de Porfirio Díaz (incluido el periodo de Manuel González), el aniversario de la Constitución del 57 se realizó conforme al espíritu de la época: estrenando obras públicas, efectuando certámenes artísticos de pintura, música, canto y poesía, publicando obras científicas, jurídicas y literarias alusivas, etc. Y el 5 de febrero de 1882, por ejemplo, fue inaugurado en Cuernavaca el Teatro Porfirio Díaz (hoy José María Morelos) y las siguientes conmemoraciones del 5 de febrero fueron ocasión de nuevas inauguraciones, como el faro de Tampico en 1883 y el Hospital General de México en 1905. En el cincuentenario, a lo largo de enero y febrero de 1907, Porfirio Díaz inauguró algunas de las obras públicas importantes: la primera fue la apertura de la línea de ferrocarril de 304 kilómetros de longitud para el tráfico interoceánico por el istmo de Tehuantepec, y las formidables obras portuarias de Salina Cruz. El 5 de febrero, el presidente participó en la Sesión Solemne que celebró el Congreso en su sede con la presencia de los poderes Ejecutivo y Judicial. El 7 de febrero se puso la primera piedra del Toreo de la Condesa y el día 9 se inauguró la Escuela de Enfermería del Hospital General de México. Luego, en compañía de su gabinete y del cuerpo de embajadores, inauguró el 17 de febrero el Palacio Postal. En el ámbito académico y editorial, en 1907 la Biblioteca Jurídica Mexicana dio a la luz una edición de la Constitución de 1857… tradición que por fortuna se conserva hasta nuestros días, siendo verdaderamente extraordinaria la versión actualizada que cada año obsequia la SEGOB el 5 de febrero.

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3.1. Nacimiento y ascenso de la nación y del ceremonial cívico

Tras la Guerra de Independencia de los Estados Unidos de América (1776 -

1783) y la Revolución Francesa (1789 - 1799), las naciones liberales que

surgieron a lo largo y ancho de los siglos XIX y XX d.C., confiaron sus valores

éticos y su progreso al estricto cumplimiento de una Norma Suprema y a la

esmerada formación cívica de la población, para:

Obrar bien, siempre en aras de la justicia y del bienestar social;

Mantener la unidad de la Patria;

Fortalecer la Identidad nacional; y,

Convivir de manera armónica, pacífica, fraternal y civilizada con el resto del

mundo.

Así, el imperio de la ley y la formación cívica se convirtieron en los instrumentos

liberales destinados a asegurar el desarrollo, la independencia y la unidad de las

naciones.

En esta línea de pensamiento - a partir de 1821 en México y otros

países americanos - la promulgación de leyes liberales y la formación cívica

de la población, se convirtieron en tareas fundamentales del gobierno,

trocándose las normas escritas, las escuelas públicas y el ceremonial “de

Y para el centenario (1957) los actos conmemorativos de la Constitución de 1857 no fueron menos numerosos y sustanciales: no menos de 28 actos en la capital y los estados, entre ceremonias, desvelaciones, edición de libros, monumentos a algunos constituyentes, la emisión de una medalla conmemorativa por la Casa de Moneda y la creación del "Recinto de Homenaje a Juárez" en el ala norte del Palacio Nacional. En 1907 el gobierno de Díaz cuidaba las formas y rendía homenajes cívicos a la Patria, a la Constitución (que en la práctica violaba) y a los héroes. Era la época de oro en que se construía la Nación. En 1957, el gobierno PRIísta también cuidaba las formas y honraba a la Patria, a sus viejas Constituciones (a decir verdad, el país gozaba ya de libertades cívicas), a sus héroes y a las instituciones nacidas de la Reforma y la Revolución. Era una época en que todavía parecía viable el crecimiento económico y político de un México cada vez más moderno y fuerte como Nación. Pero a partir de 1982 - setenta y cinco años después de 1917 - y hasta la fecha, la celebración de las Constituciones de 1857 y de 1917, parece sufrir los estertores de su muerte, junto con el ceremonial cívico que sobrevive por inercia, porque ahora, en 2007, cuando por fin en los Estados Unidos Mexicanos gozamos de cierta madurez democrática en sentido occidental y una tremenda libertad social y política que raya en el libertinaje, parece cada vez más incierto el crecimiento económico y político de nuestra Patria como Nación independiente, pero es más claro su destino manifiesto como territorio propicio para regalo de intereses extranjeros.

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Estado”, en los principales instrumentos del poder público constituido para guiar

el pensamiento de la población. Y que mejor medio que el culto a los símbolos

independentistas y libertarios como: i) la Madre Patria (o Nación); ii) la voluntad

soberana del pueblo, cristalizada en la Constitución Política; iii) la Revolución

Mexicana; y, iv) los héroes muertos y los mitos cosmogónicos destinados a

exaltar y fomentar las virtudes republicanas, en oposición a los decadentes vicios

monárquicos, despóticos y absolutistas.

Fue así como la promulgación de leyes antimonacales y anticoloniales,

junto con la educación laica y la “construcción” de un calendario cívico oficial de

ceremonias, se convirtieron en la "construcción" misma de la "Patria".

Infortunadamente - por inercia histórica, política y jurídica derivadas del sitio de

residencia de los poderes nacionales y de los intereses personales y de grupo -

la dirección y la realización del ceremonial público continuó recayendo en el

Ayuntamiento de la Ciudad de México como lo había hecho desde 1521.

Situación de facto (que no de jure) que se desprende de la lectura de diversos

bandos de dicho Ayuntamiento, como los del 15 y 27 de septiembre de 1821, los

del 14 de septiembre de 1822, 1824, 1825 y 1844, el del 26 de septiembre de

1844, etc.5

Pero más allá de: 1) las “Fiestas Patrias” por el inicio y la consumación de

la gesta de Independencia (16 y 27 de septiembre);6 y; 2) el célebre concurso

que celebró Antonio López de Santa Anna para darnos un Himno Nacional; no

fue sino hasta los inicios del porfiriato cuando propiamente se definió el primer

calendario cívico oficial que fijó las conmemoraciones destinadas a fomentar y

fortalecer la identidad nacional y el amor a la Patria mediante la sacralización de

símbolos, fechas, sucesos, héroes y valores.

En esta etapa de nacimiento y ascenso de la nación, el ceremonial cívico

sirvió para desplazar, lentamente, las solemnidades religiosas de carácter

público, pues la gente, rebosante de fervor patrio, conseguía divertirse en las

5 A lo largo de toda La Colonia, los ceremoniales cívicos y religiosos de toda la Nueva España, estuvieron a cargo de los

cabildos civil y religioso de la ciudad de México, Nunca fueron asunto de la Real Audiencia ni de los virreyes. 6 Celebraciones que iniciaron Miguel Hidalgo, Ignacio Pérez Rayón y Agustín de Iturbide, un año después de consumados

esos sucesos (1811 y 1822, respectivamente)

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novedosas ceremonias, a pesar de lo prolongado y “acartonado” de sus ritos. De

todas maneras, no había muchos espectáculos gratuitos que presenciar.

Además, las celebraciones cívicas del siglo XIX eran muy fastuosas e incluían

misa solemne en catedral, desfile militar, banquetes oficiales con la presencia del

Sr. Presidente, del Alcalde, del alto clero y cuerpo diplomático acreditado,

rumbosas ferias populares, comercio, certámenes de poesía y música épica, etc.

Desde luego, era muy honroso y patriótico ser premiado con una flor natural o un

libro cívico en alguno de tales concursos.

3.1. Esplendor del ceremonial cívico (juarismo y porfiriato)

Con la caída de Maximiliano, las cosas cambiaron un poco a partir de 1867.

Formalmente el clero fue sesgado de las celebraciones y las misas solemnes

dejaron de ser una parte de las ceremonias cívicas, aunque en la práctica las

cosas permanecieron prácticamente como antes.

Del mismo modo, la enseñanza obligatoria del civismo en las escuelas

públicas, sustituyó lentamente al catecismo que impartían las escuelas religiosas.

Y no era para menos: el asunto de la dirección ideológica y moral de la población

cobró renovada importancia con Juárez y Díaz, pues dejar el asunto “en manos

del clero" y "de particulares" suponía "dejar la Iglesia en manos de Luthero", pues

era obligación del supremo gobierno educar esmeradamente a la población

mexicana, inculcándole elevados principios morales y valores éticos centrados

en la identidad y la unión nacional, el culto a la Madre Patria, la libertad, la

igualdad, la fraternidad, la justicia, el bienestar social, la cultura universal y el

desarrollo económico armónico, pacífico y civilizado.

Fue durante el porfiriato cuando se elaboró un calendario cívico oficial más

amplio y menos religioso que en el siglo XIX; además, se incrementó la “oferta”

de espacios y monumentos públicos destinados específicamente a la realización

del “ceremonial de Estado”.

Por lo que toca al Calendario Cívico oficial, este dejó claro que: el 5 de

febrero habría de conmemorarse la promulgación de la Constitución de 1857; el

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21 de marzo el natalicio de Don Benito Juárez; el 2 de abril el triunfo del General

Díaz al tomar Puebla en 1867; el 5 de mayo el triunfo del General Zaragoza

sobre los franceses. Sendos días se destinarían para conmemorar las muertes

de Hidalgo, Morelos, Matamoros, Allende, y Juárez. El 21 de agosto se

recordaría la ejecución de Cuauhtémoc en el camino a las Hibueras; el 15 de

septiembre se festejaría el natalicio de Porfirio Díaz y los días 16 y 27 de ese

mismo mes se evocaría el inicio y la consumación de la gesta de Independencia,

respectivamente.

En ese calendario se conservaron también las principales festividades

religiosas heredadas de La Colonia, incluso después de la separación del Estado

y la Iglesia.

Por lo que toca a los espacios y monumentos públicos destinados al

“ceremonial de Estado”, como el Hemiciclo a Juárez, por ejemplo, en ellos se

hacían colocar templetes, tarimas y graderías, para que la población disfrutase

las ceremonias. A los “invitados especiales” y al cuerpo diplomático acreditado se

les servían banquetes rituales, refrigerios y “vinos de honor”.

Al acercarse la fecha de alguna conmemoración, los preparativos se

convertían en asunto importante para los regidores (1821 – 1928) del

Ayuntamiento de la ciudad de México, quienes nunca escatimaron en el cuidado

de los detalles.

La nación liberal seguía en plena construcción y todas las

conmemoraciones y guardias de honor eran presididas - con gran pompa,

magnificencia y solemnidad “sacro-militar” - por el Presidente de la República

en persona, por lo que se invitaba no sólo a los gabinetes legales y ampliados

del propio Presidente y del Gobernador del Distrito Federal, sino también al

Cuerpo Diplomático acreditado en el país, al alto clero y a las representaciones

de los estados y municipios. El cumplimiento del protocolo cívico era muy escrupuloso y las ceremonias

y festejos, verdaderos espectáculos que conjugaban costumbres “sacro –

militares” heredadas de la colonia y las guerras decimonónicas. Se incuían,

desde luego, verbenas populares que se prolongaban por días y hasta semanas,

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VIII Congreso de Protocolo organizado por AMPRO - UAM; México, D.F.; 20 de abril 2007

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con venta de alimentos, juegos de azar, gallos, teatro, certámenes, música,

danza, poesía, oratoria, etc.

De este modo, el Supremo Gobierno Nacional y el Gobierno del Distrito

Federal ejercían su hegemonía (rectoría ideológica y cultural) sobre la sociedad,

financiando, orientando y controlando las conmemoraciones.

Sobra decir que, durante el juarismo y el porfiriato, el ceremonial cívico

oficial siguió siendo muy útil para la construcción y consolidación de la nación, ya

que la gente, rebosante de fervor patrio, conseguía emocionarse y divertirse, a

pesar de lo cada vez más prolongado y “acartonado” de los ritos. Cabe decir que,

sin embargo, más allá de las ceremonias públicas, los espectáculos populares

gratuitos eran pocos.

Podemos afirmar que durante el siglo XIX y el profiriato: “nacimiento,

ascenso y primer esplendor” de la nación, el calendario cívico y su ceremonial se

distinguieron porque: 1) Conservaron un conjunto mínimo de treinta a treinta y seis conmemoraciones con “festividad

anual fija” (además de las misas dominicales que siguieron siendo “moralmente” obligatorias). 2) El propósito de las “celebraciones” siguió siendo claramente hegemónico y “globalizador”: la

conducción ideológica y cultural de la población mediante valores, usos, costumbres, inclinaciones, etc., dirigidos al fortalecimiento del “fervor patrio”, la "unidad nacional", etc.

3) Hubo un gran vacío de regulaciones positivas de carácter federal - que fuesen ajenas al

Cabildo del Ayuntamiento de la ciudad de México y al Cabildo Eclesiástico de la ciudad de México - que ordenasen, explícita y claramente:

a) Ritos, ceremonias y conmemoraciones habrían de efectuarse cíclicamente para fomentar

el “fervor patrio” y “el espíritu del liberalismo”;

b) Forma concreta en que deberían efectuarse ritos y ceremonias;

c) Cortesías aconsejables para cada caso;

d) Obligatoriedad de su cumplimiento y realización; y,

e) Obligatoriedad de que la población asistiese a ellas.

Debido a ese vacío jurídico nacional, el calendario cívico oficial y su ceremonial

siguieron siendo normados, de facto, que no de jure, por la potestad “moral” del

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clero, los regidores del Ayuntamiento de la ciudad de México, los maestros de

escuela y el Ejercito.

Y fue por causa de ese vacío, que el Ayuntamiento de la Ciudad de

México continuó emitiendo los bandos para organizar las conmemoraciones

nacionales a costa de la ciudad, sin aclarar muchas veces, los tipos de

solemnidad que ameritaba cada ceremonia, los ritos que habrían de realizarse y

las reglas de prelación, cortesía y “buen gusto” que convenía aplicar en cada

caso. Como consecuencia de estos descuidos jurídicos, los ceremoniales y sus

ritos siguieron realizándose bajo la tradición “sacro-militar” rígida y acartonada

del siglo XIX, con ribetes de festival de escuela primaria.

Y a pesar de que se conservaron la música militar de banda, los

banquetes rituales, el boato y las verbenas populares, algunas ceremonias se

volvieron más solemnes, más severas, más “sagradas” y menos festivas.

Por lo que toca a la obligación de organizar, realizar y asistir a las

conmemoraciones de carácter público, ésta siguió atenida a reglas morales no

escritas, derivadas de la tradición secular de conducirse por lo “socialmente

aceptado”: “buenas costumbres”, “decoro” y obediencia a “los mandamientos de

Moisés y de la Santa Madre Iglesia de santificar las fiestas”. Imperativos que

continuaron difundiéndose en México a través del catecismo, de la buena

educación familiar y de una esmerada instrucción básica escolarizada. Dicho de

otra manera: la tradición y el honor de participar en la organización de las

“conmemoraciones cívicas” y asistir a ellas, siguió obedeciendo a la “integridad

moral de las personas” y a su “buena educación y patriotismo”, es decir, a los

valores morales aprendidos en la casa, en la iglesia y en la escuela.

3.2. Decadencia del ceremonial cívico tras la Revolución

Para empeorar la ambigüedad jurídica sobre la organización de las

conmemoraciones cívicas, la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos de 1857 estableció las bases de organización y funcionamiento para

el Distrito Federal, que, en su texto original, señalaba que esta entidad federativa

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quedaba a cargo de gobernadores dependientes directamente del Presidente de

la República, quien los nombraba y removía libremente. De este modo se

terminaba con las disputas frecuentes entre el Gobierno de la República

asentado en la ciudad de México y el gobierno del Ayuntamiento de la misma.

Por ello fue que, al concluir los movimientos armados de 1910-1921, la

Secretaría de Gobernación del Gobierno Federal que dependía de un

gobernador nombrado por el Presidente de la República, quedó como la

instancia encargada de reorganizar y enriquecer el calendario cívico oficial,

agregando héroes y fechas.7

A partir de 1920, Álvaro Obregón renovó el culto juarista - porfiriano a la

investidura presidencial e impulsó el “fomento del amor patrio” desde la

perspectiva de la “Madre Revolución”, de modo que, desde el mismo Estado,

Obregón y Vasconcelos impulsaron la creación artística (pintura, narrativa,

música, danza folklórica, etc.) de carácter nacionalista, con cargo al presupuesto.

Fue una nueva etapa, la segunda, de esplendor en el ceremonial cívico: las

celebraciones y “Guardias de Honor” continuaron organizándose con gran

detalle, pompa y solemnidad, siendo presididas por el Presidente de la República

e invitándose no sólo a los gabinetes legales y ampliados del propio Presidente,

del Regente del Departamento del Distrito Federal, sino también al Cuerpo

Diplomático acreditado en el país y a las representaciones de los estados.

En aquellos años las celebraciones siguieron siendo un verdadero

espectáculo lleno de actividades culturales y verbenas populares.

7 Los muy dudosos criterios empleados entre 1921 y 1998 consistieron en: - Ensalzar personajes masculinos de origen liberal, que destacaron durante las diversas gestas patrióticas

(preferentemente generales, mariscales y ex presidentes, incluyendo los triunfos de Díaz);

- Atenerse a sucesos y héroes liberales de los siglos XIX y XX, excluyendo mujeres, conmemoraciones, ideas, datos y personajes de naturaleza “conservadora” (así, por ejemplo, se desecharon algunas líneas de los “Sentimientos de la Nación” y los nombres de Josefa Ortiz de Domínguez, Leona Vicario y muchas otras heroinas);

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3.2.1. Los años de la “Regencia” (un segundo esplendor, no tan decadente)

Como es sabido, la reforma al artículo 73, fracción VI de la Constitución Política

ocurrida a finales de 1928, suprimió el régimen municipal del Distrito Federal y

encomendó el gobierno de la entidad en forma absoluta y directa al Presidente

de la República, quien gobernaría por conducto de los órganos que determinasen

las leyes secundarias y reglamentarias respectivas.

Para cumplir con esa disposición, el 31 de diciembre de 1928 se expidió la

primera Ley Orgánica del Distrito y Territorios Federales, donde se dispuso la

creación del Departamento del Distrito Federal.

Tras la desaparición del Ayuntamiento de la Ciudad de México, el

Presidente de la República comenzó a ejercer la hegemonía del Estado a través

de la Secretaría de Gobernación y del Jefe del Departamento Central o del

Distrito Federal (apéndice estructural de la federación, con rango de Secretaría

de Estado) que, hasta 1941, siguió encargándose de la elaboración del

Calendario Cívico “oficial” a través de una pequeña oficina central “para el

desarrollo comunitario” llamada Dirección General de Acción Educativa, de

Reforma, Recreativa y Social, dependencia de importancia estratégica cuya

organización quedó íntimamente ligada a funcionarios superiores.8

Quizá el cambio más radical entre 1924 y 1935 en cuanto a la

conmemoración de fechas cívicas y protocolo, ocurrió tras la “Guerra Cristera”,

que marcó la separación definitiva entre el “poder temporal del Estado” y el

“poder espiritual de la Iglesia”. Fue a partir de entonces cuando las ceremonias

del Calendario Cívico “oficial” se restringieron exclusivamente a los sucesos,

héroes y símbolos nacionales, dejándose de invitar “extraoficialmente” al clero a

8 Esta Dirección aplicó los mismos criterios de “fomento cívico” indicados en el subapartado anterior, agregando dos más:

- Conmemorar el natalicio y la muerte de ex presidentes de la República, el aniversario o “día” de algunas instituciones (preferentemente militares) y de algunos personajes “notables”, sugeridos por las altas autoridades o sus familiares (sin importar contradicciones, ni malas obras que hubiesen cometido en perjuicio del pueblo); y,

- Conseguir que el ceremonial cívico oficial facilitase la "construcción" del nuevo gran mito de la nación: “La Revolución Mexicana” y de sus héroes consentidos, ofrecidos como símbolos de entereza, patriotismo y generosidad.

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las ceremonias de Estado y excluyéndose del calendario las conmemoraciones

“nacionales” de fechas origen religioso (corpus, muertos, 12 de diciembre, etc.).

Luego, con fundamento en el decreto carrancista del 29 de septiembre de

1916, que declaró vigente el del decreto del 14 de abril de 1823, el gobierno

confirmó que nuestro escudo sería nuevamente “un águila real vista de perfil”; de

modo que, el 5 de febrero de 1934 se autentificaron los modelos de los símbolos

nacionales (salvo el Himno Nacional) y se depositaron copias en el Archivo

General de la Nación, en el Museo Nacional de Arqueología, Historia y

Etnografía y en la Casa de Moneda.

Fue también entre 1928 y 1940 cuando se establecieron las primeras

regulaciones para fijar el ceremonial los protocolos civil y diplomático. Pero en

virtud de que entre 1325 (fundación de Tenochtitlan) y 1928, “las potestades

militares y religiosas” fijaron los calendarios, formatos, estilos y protocolos para

los ceremoniales, el Constituyente Permanente estimó prudente dejar los

ordenamientos elementales del ceremonial cívico dentro de la reglamentación

educativa y militar, pero no en la Constitución. Asimismo, la obligatoriedad de

organizar, asistir y participar en las ceremonias cívicas siguió siendo un asunto

de "moral", de “patriotismo”, de “buenas costumbres” y de tradición secular

aprendida en las escuelas.

Fue hasta el 31 de diciembre de 1941 cuando apareció la segunda Ley

Orgánica del Departamento del Distrito Federal que rigió hasta 1970. Bajo este

nuevo ordenamiento, la antigua Dirección General de Acción Educativa, de

Reforma, Recreativa y Social se transformó en Dirección General de Acción

Social, dependencia que siguió encargándose de elaborar y ejecutar el

Calendario Cívico “oficial” del gobierno federal, su ceremonial y su protocolo,

aunque la aprobación de las propuestas la hacía ya el Presidente de la República

a través de la Secretaría de Gobernación y de la Secretaría de Relaciones

Exteriores, según sus atribuciones y ámbitos de competencia.

En esa misma dinámica, el 23 de diciembre de 1967, el gobierno de la

República expidió la Ley sobre las Características y el Uso del Escudo, la

Bandera y el Himno Nacionales, misma que fue publicada en el Diario Oficial de

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la Federación el 17 de agosto de 1968, previa autenticación de los símbolos

nacionales (incluido el Himno) ocurrida el 27 de diciembre de 1967, en ceremonia

solemne.

Dos años después, a finales de 1970, la Ley Orgánica del Departamento

del Distrito Federal fue reformada y adicionada nuevamente, por lo que la vieja

Dirección General de Acción Social fue reorganizada y enriquecida bajo el

nombre de Dirección General de Acción Social y Cultural, institución reformada

ex – profeso” para fortalecer al aparato hegemónico operativo del Gobierno

Federal especializado en el desarrollo y fomento cívico a través de la difusión

cultural, el ceremonial y el protocolo.

Nuevas reformas y adiciones a la Ley Orgánica del Departamento se

introdujeron en 1972, lo que se tradujo en una serie de redefiniciones de

atribuciones. De jure, las Secretarías de Gobernación y de Relaciones Exteriores

siguieron normando lo referente al ceremonial y al protocolo; de facto, tales

funciones estaban ya depositadas - desde su creación - en el Estado Mayor

Presidencial, en la Secretaría de la Defensa, en la Secretaría de Marina, en la

Secretaría de Educación Pública y en la citada Dirección General de Acción

Social y Cultural, del Departamento del Distrito Federal.

En ese contexto, el 29 de diciembre de 1978 el Diario Oficial de la

Federación publicó una nueva Ley Orgánica del Departamento del Distrito

Federal. Para reglamentarla, el 6 de febrero de 1979 apareció, en el mismo

Diario, el primer Reglamento Interior del Departamento del Distrito Federal. Con

este nuevo marco jurídico, la Dirección General de Acción Social, Cultural y

Deportiva continuó fortaleciéndose. En esa misma línea, con el propósito de

“renovar y engrandecer el culto a los símbolos patrios”, el 24 de febrero de 1983

el Gobierno Federal expidió un Acuerdo que, en su artículo noveno, establecía:

“La Secretaría de Gobernación, con el debido respeto a sus autonomías, invitará a

los gobernadores de los Estados y a los Ayuntamientos de la República, para que en

el ámbito de sus respectivas esferas de competencia, impulsen el culto a los

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símbolos nacionales, de ser posible con criterios similares contenidos en este

Acuerdo.

Asimismo, esta Dependencia deberá realizar los estudios necesarios para sugerir

reformas o adiciones a la ley sobre las características y el uso del Escudo, la

Bandera y el Himno Nacionales, a fin de que dicho instrumento legal dé un nuevo

impulso al culto de dichos símbolos en todo el ámbito de la República”.

Enseguida, el 29 de diciembre de 1983 el Diario Oficial de la Federación

promulgó la nueva Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, que

sustituyó y abrogó a la de 1967. Igualmente la Ley Orgánica del Departamento

del Distrito Federal sufrió cambios y adiciones que se vieron reflejados en un

nuevo Reglamento Interior que publicó el Diario Oficial de la Federación el 17 de

enero de 1984. Bajo este nuevo marco jurídico, la “gastada” Dirección General

de Acción Social, Cultural y Deportiva, fue sustituida por la poderosísima

Dirección General de Acción Cívica, Cultural y Turística (SOCICULTUR9) que,

desde entonces y hasta 1998 quedó coordinada por la Secretaría General de

Desarrollo Social del DDF.

Cabe señalar que, a pesar de tantas reformas, ni la Constitución Política

de los Estados Unidos Mexicanos en vigor, ni el Acuerdo, ni la Ley sobre el

Escudo mencionadas, ordenaron tampoco, explícitamente, la realización de

ceremonias de Calendario Cívico “oficial”. Cuando mucho, el artículo 73,

Fracción XXIX-B de la propia Carta Magna, apenas otorgó facultades al

Congreso de la Unión:

“Para legislar sobre las características y uso de la Bandera, Escudo e Himno

Nacionales"

Mientras que el Artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno

Nacionales de 1983, se estipula claramente:

9 En realidad, entre 1970 y 1998, SOCICULTUR prácticamente se dedicó a efectuar ceremoniales de

Estado, bajo un marco jurídico muy claro que regulaba su quehacer.

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David Vázquez Aguirre 17

“En los términos del Artículo 15 de esta Ley, la bandera Nacional deberá izarse: a)

A toda asta en las siguientes fechas y conmemoraciones: …; y, b) A media asta en

las siguientes fechas y conmemoraciones: …”

Izamientos (que no ceremonias) confirmados por el Artículo 19 de la misma

norma:

“En acontecimientos de excepcional importancia para el país, el Presidente de la

República podrá acordar el izamiento de la Bandera Nacional en días distintos a los

señalados en el Artículo anterior. Igual facultad se establece para los gobernadores

de las Entidades Federativas, en casos semejantes dentro de sus respectivas

jurisdicciones”

Nada indica explícitamente en algún lugar de ambas leyes, cuáles son el

“formato del ceremonial”, el “protocolo” a obedecer y las “obligaciones” para

efectuar cada una de las posibles ceremonias. De este vacío normativo se

desprende el supuesto de que se ha de seguir lo establecido en los reglamentos

del ceremonial militar y naval, lo mismo que lo estipulado en el reglamento del

ceremonial para los planteles educativos de enseñanza básica, conjeturando que

se trata de normas que pueden ser consideradas como supletorias para regular

la realización de un ceremonial civico “de Estado”.

A la confusión es necesario agregar que el 18 de marzo de 1986 se

expidió el Decreto por el que se establecen las bases y procedimientos para que

el Poder Ejecutivo Federal ordene … los homenajes póstumos que al efecto se

determinen”; norma para la Rotonda de los Hombres Ilustres que establece:

ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO.- El Poder Ejecutivo Federal determinará los honores

que deban rendirse en la ceremonia de inhumación y los demás homenajes que

hayan de realizarse en la Rotonda de los Hombres Ilustres, según la naturaleza y la

relevancia de los actos que motivaren la expedición del Decreto respectivo. Los

honores a que se refiere el párrafo anterior serán sin perjuicio de lo que dispongan

otros ordenamientos.

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ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO.- La administración y el funcionamiento de la Rotonda

de los Hombres Ilustres del Panteón Civil de Dolores, corresponden al Departamento

del Distrito Federal, en los términos de la Ley Orgánica y de las disposiciones

reglamentarias aplicables. Los gastos que se eroguen con motivo de inhumaciones y

homenajes que se lleven a cabo serán con cargo a su presupuesto.

ARTÍCULO VIGÉSIMO.- La Rotonda de los Hombres Ilustres deberá tener, en lugar

destacado y prominente, un astabandera cuyo pedestal ostente el Escudo Nacional, y

donde deberán rendirse los honores correspondientes a la Bandera Nacional, en los

términos de la Ley en la Materia.

La disposición normativa sobre la Rotonda se mantiene en vigor, aunque no se

haya sustituido el nombre de “Departamento” por el de “Gobierno” del Distrito

Federal. En otras palabras, homenajes, ceremonias y gastos en la Rotonda,

siguen siendo responsabilidad del Distrito Federal, como en los tiempos

virreinales.

En ese sentido, la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito

Federal que rigió a partir de 1994 y que sufrió modificaciones en 1995 y 1997,

en su artículo 25; “Sobre la Secretaría de Educación, Salud y Desarrollo Social”,

ordenó:

“II. Impulsar las actividades de acción social, cívica y cultural de la población del

Distrito Federal.

III. Impulsar las actividades de fomento cultural y artísticas del Distrito Federal.

IV. Organizar los actos cívicos del gobierno del Distrito Federal, en

coordinación con las Delegaciones.

XIII. Fomentar el desarrollo de programas de asistencia y bienestar social…”

Igualmente, el correspondiente Reglamento Interior del Distrito Federal estipuló:

“Corresponde a la Dirección General de Acción Social, Cívica y Cultural:

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III. Mantener, fomentar y acrecentar la educación cívica y la solidaridad social

entre los habitantes del Distrito Federal”

Por último, la Sección Segunda del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal de

agosto de 1994 (reformado luego en 1995 y 1997), en su artículo 67, fracción

XXIX confirmó como obligaciones de la Regencia:

“Proporcionar a los Poderes Federales los apoyos que se le requieran para el

ejercicio expedito de sus funciones. Asimismo, prestar los apoyos y servicios para la realización de festividades cívicas, conmemoración de fechas, actos oficiales, ceremonias especiales, desfiles, y en general, de aquellos que se

realicen con motivo de acontecimientos relevantes.”

Con este marco jurídico, los criterios no escritos que aplicó SOCICULTUR para

dar cumplimiento a las tradiciones ceremoniales heredadas de casi dos siglos,

fueron los siguientes:

- Mantener y fortalecer los usos, tradiciones y costumbres (ceremonias y

discursos) que enriquecen los izamientos señalados como obligatorios en la Ley

sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.

- Ensalzar personajes liberales (preferentemente masculinos), que hubiesen

destacado en las diversas gestas patrióticas (mayoritariamente se recordaban

generales, mariscales, ex presidentes y “personajes notables”).

- Excluir sucesos, personajes y símbolos de origen “conservador” (por lo que

siguieron olvidados nombres como el de Doña Leona Vicario).

- Conmemorar, acríticamente, el natalicio y la muerte de ex presidentes de la

República, el aniversario o “día” de algunas instituciones (preferentemente

militares) y de algunos personajes “notables”, sugeridos por las altas autoridades

o sus familiares (sin importar las contradicciones, ni las malas obras que

hubiesen cometido en perjuicio del pueblo).

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- Promover y fomentar una cultura cívica y artística de “bajo nivel cultural”, con el

patrocinio y apoyo de las grandes radiodifusoras y televisoras, las cuales recibieron

como beneficio la aprobación encubierta del Gobierno Federal, para ejercer, de

manera paralela, otra rectoría ideológica y cultural de la Nación, de acuerdo con los

intereses de empresarios particulares.

- Organizar, facilitar y producir, de manera selectiva, asistencial y clientelar, todo tipo

de apoyos, “acarreos” y ayudas solicitadas por la población para fiestas, carteles,

becas, alimentos, ropa, logística, etc.

Del mismo modo, bajo las premisas comentadas en concordancia con la Ley

sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional (que sólo ordena “izamientos”)

y el Decreto comentado para la Rotonda de los Hombres Ilustres (incluyendo su

“CONSIDERANDO”, que señala “que conviene mantener viva la memoria de los

hombres y mujeres que participaron en la forja de los ideales que plasma la

Constitución, para lograr una democracia como sistema de vida encaminada al

constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo”), el Calendario

Cívico “oficial” elaborado entre 1994 y 1998 por la Secretaría de Gobernación del

Gobierno Federal, consto de 39 “izamientos”,10 complementados con 32

homenajes no ordenados explícitamente en las leyes.

Por lo que toca al ceremonial y su protocolo de los años 1928 a 1997, los

homenajes y “Guardias de Honor” organizadas por Presidencia de la República,

Secretaría de Gobernación, Estado Mayor Presidencial y DDF (a través de sus

delegaciones políticas y SOCICULTUR), continuaron siendo presididas por el

Presidente de la República y organizándose con gran cuidado, detalle, pompa,

magnificencia y solemnidad (desde SOCICULTUR, por supuesto y con cargo a la

ciudad de México, como ocurrió desde 1325); invitándose no sólo a los gabinetes

legales y ampliados del propio Presidente y del Regente, sino también al Cuerpo

Diplomático acreditado en México y a las representaciones de los estados (esto

siguió siendo así hasta noviembre de 1997). Desde luego, el formato y el estilo

10 FUENTE: IFE; Calendario Cívico 2001; Secretaría de Gobernación; México D.F.

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David Vázquez Aguirre 21

continuaron la línea “sacro-militar” decimonónica con reminiscencias de misa

católica, solemnidad castrense y festival escolar.

3.2.2. El Gobierno electo por el pueblo para el cambio (la decadencia)

Como resultado del triunfo electoral del Ing. Cuauhtémoc Cárdenas (6/07/1997),

el 5 de diciembre de ese mismo año dio inicio el primer gobierno de elección

popular en el Distrito Federal, que en ese mismo instante dejó de ser apéndice

del Gobierno de la República, por lo que inició un proceso todavía inacabado de

redistribución de atribuciones, esferas y ámbitos de competencia con respecto al

Gobierno Federal.

Fue así como, durante la primera “negación dialéctica” del pasado priísta,

el gobierno electo se empeñó en la tarea de desmantelar el viejo aparato

hegemónico que había engendrado el gobierno federal para sus fines políticos:

SOCICULTUR; Dirección General que formalmente desapareció a mediados de

1998 tras la creación del Instituto de Cultura de la Ciudad de México, con lo que

el antiguo proyecto “cívico” encaminado a fomentar el “amor a la Patria”,

comenzó a ser desarticulado deliberadamente y reducido en una pequeña oficina

a la que se le asignó muy poco presupuesto: la Dirección de Cultura Cívica y

Protocolo, misma que durante 1998 todavía se vio obligada a cumplir

íntegramente con el Calendario “oficial” heredado de la Regencia.

De conformidad con el artículo tercero del Decreto por el que se creó el

Instituto de Cultura de la Ciudad de México, mismo que entró en vigor el 1° de

julio de 1998, dicho organismo tenía entre sus atribuciones:

I.- Coordinar las acciones culturales y cívicas en el ámbito de su competencia,…;

X.- Promover el conocimiento de la Ciudad de México, de su historia, de su

naturaleza geográfica, urbanística y cívica, así como de la riqueza social y

cultural de sus habitantes;

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David Vázquez Aguirre 22

Fue por ello que la Dirección de Cultura Cívica y Protocolo conservó al personal

especializado en ceremonial y protocolo, mientras que la entonces Subdirección

de Logística y Equipamiento, dependiente de la Administración de Servicios

Generales del propio Instituto, recibió por completo todos los equipos logísticos

que tuvo SOCICULTUR para llevar a cabo las ceremonias y homenajes.

De este modo, el Instituto de Cultura de la Ciudad de México heredó la

tradición secular de efectuar las ceremonias “de Estado” prescritas como

“izamientos” por la ley correspondiente, lo mismo que los homenajes a los que

hace referencia el Decreto para la Rotonda de los Hombres Ilustres.

Finalmente, aunque el calendario no fue modificado durante 1998, el

formato del ceremonial y sus protocolos sí experimentaron cambios nunca antes

vistos: sólo aquellas conmemoraciones que el (la) propio (a) Jefe (a) de Gobierno

del Distrito Federal considerasen dignas de su presencia, serían presididas por él

(ella), delegando las restantes a sus secretarios (as), subsecretarios (as) o

directores (as) generales. Y lo mismo sucedió con los discursos, la solemnidad y

el boato: se dejó de invitar al Presidente de la República, a la Secretaría de

Gobernación, al cuerpo diplomático y a las representaciones estatales.

Igualmente, la “pompa y solemnidad sacro – militar” se redujo al mínimo del

“decoro republicano”.

En plazas y jardines siguieron organizándose actividades culturales y

populares, pero la labor comenzó a realizarse con un enfoque lúdico - recreativo

completamente “nice”, desvinculado del quehacer cívico, aunque con los mismos

criterios de “promoción de baja cultura entre los sectores populares” casualmente

vinculados con los intereses y orientaciones políticas e ideológicas que, desde

los años cuarenta, marcaron las grandes radiodifusoras, disqueras y televisoras.

Hasta febrero de 1999, el Calendario Cívico oficial que operó en la Ciudad

de México, contenía 69 fechas además de los “apoyos” logísticos y artísticos

que el Gobierno Federal y la población le solicitaban (por decenas) a la Dirección

de Cultura Cívica y Protocolo.

A las cargas de trabajo de esa dirección de área, debemos agregar

también las de las ceremonias de “Entrega de Llave de la Ciudad” que

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VÁZQUEZ AGUIRRE, David; Retos del Protocolo Cívico en México durante los gobiernos de Felipe Calderón y Marcelo Ebrad (2006 – 2012); Ponencia escrita para el

VIII Congreso de Protocolo organizado por AMPRO - UAM; México, D.F.; 20 de abril 2007

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organizaba el Gobierno del Distrito Federal en el Cabildo del Palacio Virreinal

(hasta el 4 de diciembre del año 2000).

Fue a partir del 1° de marzo de 1999, cuando por instrucciones verbales

del Lic. Ramón Lépez Vela, entonces Director de Cultura Cívica y Protocolo,

inicié yo el primer esfuerzo en casi cien años para re elaborar el calendario cívico

heredado de los gobiernos priístas y de re orientar el anacrónico estilo del

ceremonial y del protocolo. Los criterios que inicialmente se aplicaron para este

esfuerzo, fueron los siguientes:

- Garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley del Escudo, Bandera e Himno Nacional,

efectuando mínimamente los izamientos que ordena para los edificios públicos en las fechas

indicadas, pero reduciendo drásticamente los costos e imprimiendo “sobriedad republicana”

estricta a las ceremonias;

- Reducir la cantidad de ceremonias de apoyo y de calendario, en concordancia con la

tremenda reducción del presupuesto que se ha venido dando año con año, desde 1999

(puesto que el Instituto de Cultura de la Ciudad de México y el Gobierno del Distrito Federal

dejaron de considerar al ceremonial cívico y diplomático como prioridades importantes);

- Eliminar ceremonias a héroes o acontecimientos que, ciertamente, deben ser conmemorados

por el Gobierno Federal, pero no necesariamente por el Gobierno del Distrito Federal (Felipe

Carrillo Puerto, Jesús Silva Herzog, Vito Alessio Robles, etc.);

- Eliminar las ceremonias destinadas a honrar ex presidentes, ex gobernadores, políticos y

militares que, por razones del cargo, amistad o compadrazgo, aparecieron en el calendario

oficial hasta 1998;

- Eliminar las ceremonias presididas por el Presidente de la República (“Marcha de la Lealtad”

del 9 de febrero, “Día de la Bandera en el Zócalo de la Ciudad de México” el 24 de febrero,

“Jura de Bandera” del 5 de mayo, desfile militar del 16 de septiembre y desfile deportivo del

20 de noviembre);

- Desconcentrar hacia las delegaciones los actos cívicos que, por su origen y naturaleza,

pudieran enriquecer la actividad ceremonial de las demarcaciones, pero que son poco interés

para los habitantes del Distrito Federal en general (por ejemplo, la ceremonia por la

“Expedición de la Ley Agraria” del 6 de enero por Venustiano Carranza);

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- Sin exceder los presupuestos, agregar fechas, sucesos y personajes olvidados que tengan

importancia para el Distrito Federal o para la Nación: “Natalicio de Cuauhtémoc;

“Cumpleaños de la Ciudad”; “Triunfo de las Tropas Mexica sobre las huestes españolas de

Hernán Cortés”; “Defensa Civil de Churubusco”, “Leona Vicario”, “Batallón de San Patricio”,

“Consumación de la Independencia”, “Dos de Octubre” y “Decreto de Creación del Distrito

Federal”.

Vale la pena agregar que los cambios practicados bajo este enfoque, se

tradujeron en una sensible reducción de costos.

Por lo que toca al formato y al estilo del ceremonial, entre marzo de 1999 y

diciembre del año 2001, se intentó que los oradores pronunciasen discursos

breves (de 5 a 8 minutos máximo), sobrios, anecdóticos, emotivos y

contundentes. También se redujo “el cartón ritual” con arte de calidad (danza,

poesía, música y narrativa). Por supuesto que entonces se pensó en reintroducir

teatro, música de cámara y de concierto, guiñol, talleres y juegos recreativos,

mesas redondas, visitas guiadas, etc.

Mas a pesar de los esfuerzos renovadores, la verdad es que desde enero

de 1999 el Gobierno Federal y el Gobierno del Distrito Federal entraron en

abierto proceso de abandono del ceremonial cívico. Y esto ocurrió, en buena

medida, como resultado del proceso histórico que se inició en 1947 para

“desmantelar el viejo Estado Nacional”, transfiriendo a los grandes rectores

ideológicos, políticos y económicos de los “estrategas globalizadores” (B.I.D.,

B.M., F.M.I., radio, cine y televisión), la función hegemónica que por derecho

conservó el Estado mexicano hasta antes de 1947.

Este fenómeno de abandono - con la consecuente desvalorización de

nuestros mitos y símbolos de identidad - se manifestó claramente a partir del

año 2000, como un marcado desinterés por parte de las autoridades federales,

estatales y municipales, para presidir los actos cívicos, así como para darles

atención y asignarles presupuestos adecuados.

En este contexto de abierto abandono del quehacer cívico, a finales de

1999 la Ley de Cultura del Distrito Federal abrogó la Ley de creación del Instituto

de Cultura de la Ciudad de México, sin modificar la esencia del organismo ni

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suprimir ninguna de sus atribuciones, por lo que el Artículo Tercero de creación

de la Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal establece que la

institución sigue conservando entre sus atribuciones, las de:

I.- Coordinar las acciones culturales y cívicas en el ámbito de su competencia,…;

X.- Promover el conocimiento de la Ciudad de México, de su historia, de su

naturaleza geográfica, urbanística y cívica, así como de la riqueza social y

cultural de sus habitantes;

Situación de jure que hasta diciembre de 2001 posibilitó la realización decorosa

de las ceremonias cívicas dispuestas en el calendario cívico local, de acuerdo

con lo dispuesto en los siguientes ordenamientos:

- 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en vigor (fomentar

el amor a la Patria en la conciencia de la “solidaridad internacional”).

- 121, fracción I, de la propia Norma Suprema (las leyes de los estados sólo tendrán

efecto en sus propios territorios);

- 122, apartado C, Base Segunda, fracción II, incisos (a) y (f) de la misma Carta

Magna (facultades y obligaciones constitucionales del Jefe de Gobierno)

- 17, fracción II, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal (los habitantes de la

ciudad tienen derecho a la prestación de los servicios públicos)

- 67, fracciones III y XXIX, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal (es

obligación del Jefe de Gobierno cumplir y ejecutar las leyes relativas que expida el

Congreso de la Unión relativas al Distrito Federal y vinculadas con la materia de su

competencia; proporcionar a los Poderes Federales los apoyos que se le requieran

para el ejercicio expedito de sus funciones. Asimismo, prestar los apoyos y

servicios necesarios para la realización de festividades cívicas, conmemoración de

fechas, actos oficiales, ceremonias especiales, etc.).

- 5°, 12, 14, 23, fracciones XXVII y XXVIII (formular y coordinar la implementación

de las políticas de desarrollo cívico, cosa que hasta la fecha no ha cumplido; así

como organizar los actos cívicos del Gobierno del Distrito Federal en coordinación

con las delegaciones, cosa que ha seguido haciendo el Instituto de Cultura hasta

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el año 2001); y, 28, fracción V (Formular, fomentar, coordinar y ejecutar políticas,

programas y acciones de difusión, promoción y preservación de la cultura en

México; y el ceremonial y el protocolo, en tanto tradiciones con altos contenidos

simbólicos sobre la identidad, son parte constitutiva de esa cultura) de la Ley

Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.

- 15, fracción XVII, 27 fracciones IX y X, y 137, fracciones I y X del Reglamento

Interior de la Administración Pública del Distrito Federal (a la Subsecretaría de

Gobierno le corresponde coadyuvar en la formulación y coordinar la

implementación de las políticas de desarrollo cívico; y, organizar los actos cívicos

de la Administración Pública, en coordinación con los órganos político

administrativos).

- 9° del Acuerdo por el que se reafirma y fortalece el culto a los Símbolos

Nacionales (impulsar el culto a los símbolos nacionales).

- 15 y 19 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales (en las

fechas declaradas solemnes para la Nación, deberá izarse la Bandera Nacional…;

y, otros izamientos).

- 3° de la Ley de Cultura del Distrito Federal (que ordena promover el conocimiento

de la Ciudad de México, …, de su naturaleza … cívica)

4. Los inicios del siglo XXI: 2001 – 2007 (la agonía sin transfiguración)

Tras el ascenso del Lic. Andrés Manuel López Obrador a la Jefatura de Gobierno

del Distrito Federal, en el año 2001 el ceremonial cívico volvió al esquema de los

discursos acartonados, vacíos y sin “tiempo límite” de funcionarios de muy bajo

nivel. Infortunadamente para la ciudad de México y para el país, la Secretaría de

Cultura del GDF se dedicó, desde enero de 2002, a apenas cumplir, sin interés ni

decoro, con el calendario cívico preestablecido.

Por lo que toca al formato y al estilo ceremonial que se utiliza a partir de

entonces, se regresó a los viejos esquemas priístas de “acarrear” niños de las

escuelas, sólo que ahora los actos son presididos por funcionarios menores y

bastante ignorantes. Desde luego ya se invita al Presidente de la República y los

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Jefes de Gobierno y lo delegados políticos rara vez muestran respeto e interés

por esas actividades.

Desde luego, desde enero de 2002 tampoco se invita al Gobierno Federal,

a los Poderes de la Unión, al cuerpo diplomático, ni a las representaciones de los

estados. Por lo que toca al respeto, al decoro, a la pompa y a la circunstancia,

tampoco las cosas no son mejores: el traje ceremonial ya ni se usa y las

alfombras, tarimas, templetes, podios, sonido, etc., se encuentran en estado

lamentable de deterioro (hace más de seis años que no se renuevan ni se

reparan). Por su parte, los oradores hacen discursos “al vapor” y rara vez

muestran una articulación de ideales con los mandatos plasmados en nuestra

Constitución y con sus programas de trabajo.

Y por si lo anterior fuese poco, la situación que prevalece en la Dirección

de Fomento Cívico de la Secretaría de Gobernación - dependencia encargada

desde 1999 del ceremonial cívico del Gobierno de la República, incluidos los

abanderamientos de escuelas, instituciones públicas y prevadas, etc. - es

lamentable, pues también carece del apoyo presupuestal suficiente y ofrece ya

un descuido proverbial en la ejecución de las solemnidades del Gobierno

Federal.

5. Conclusiones y propuesta

Podemos afirmar que el ceremonial cívico – social es una tradición secular a la

que la población está acostumbrada, aunque sólo asista por curiosidad, no

imperativos “jurídicos”, por lo que resulta altamente probable que espere que

2010 sea un año de festejos.

Sin embargo, poca gente conoce las regulaciones sobre “izamientos”,

“ceremonias luctuosas”, “ceremonial de bandera” y calendario cívico federal, que

hasta 1999 publicó el Instituto Federal Electoral, institución a la que se da más

presupuesto para desarrollo cívico, que a la Dirección de Fomento Cívico que fue

creada ex – profeso dentro de la Secretaría de Gobernación.

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De mi exposición analítica se desprende, por otra parte, que la insólita

distribución de competencias entre el Gobierno Nacional y el Gobierno de la

ciudad de México a lo largo de toda nuestra historia (1325 – 2007), ha sido causa

“de confusión”, evasión y “vacío jurídico” en el protocolo, tal vez porque resulta

muy cómodo esperar que una supuesta “autoridad competente” (la autoridad

política de la ciudad de México: sea Ayuntamiento, Regencia o Gobierno) se

encargue de normar y realizar todo lo conducente.

Esa extraña distribución de competencias, junto con la falta de claridad de

nuestros legisladores para promulgar una normativa ceremonial sencilla, clara y

suficientemente detallada, lo único que ha ocasionado es que el protocolo cívico

sea, por un lado, demasiado general y ambiguo, como es el caso de la normativa

sobre el uso de símbolos, del calendario de “Izamientos” y del ceremonial “de

bandera”, mientras que por el otro lado a veces resulta “vacío”, a veces

demasiado detallado y a veces de aplicación restringida a “lo interno”, toda vez

que se desprende de Bandos específicos, oficios, circulares, recomendaciones

escritas o simples invitaciones.

Sin duda las cosas mejoraron bastante durante las gestiones de Benito

Juárez, Porfirio Díaz y los regentes priístas, en gran medida en virtud de que el

Ejecutivo Federal normaba y sancionaba las propuestas del DDF como si se

tratase de un mismo bloque. Pero durante La Colonia, la época prejuarista y la

época del gobierno perredista, el Ayuntamiento de la ciudad de México ha

obrado como mejor le ha parecido a sus regidores y Jefes, lo que entraña una

pérdida de nivel en un instrumento del Estado nacional, para ejercer su

hegemonía.

Partiendo de las siguientes afirmaciones:

- Que la población de la ciudad de México y de toda la Nación sigue conservando usos,

costumbres y tradiciones ceremoniales con más de cuatro mil años de antigüedad, lo que

permite asegurar que encontrará la manera, lugar y momento para conmemorar bicentenario y

centenario.

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- Que el propósito central del fomento y desarrollo del ceremonial cívico consiste en fortalecer la

identidad patria y los valores republicanos, mediante la creación y recreación sacralizada de

símbolos, héroes y acontecimientos mitificados.

- Que el protocolo cívico es poco claro, muy ambiguo y está muy disperso.

- Que - a partir de 1999 (y quizá desde 1934) - el reto se ha manifestado como la urgencia

inaplazable de reorientar y normar el ceremonial cívico y diplomático.

Sugiero que:

Antes de continuar con la tormenta de ideas en los distintos poderes públicos, la

Comisión para los Festejos del Bicentenario y del Centenario, cuya presidencia

asumió el Titular del Poder Ejecutivo Federal, proponga iniciativas de ley entre

2007 y 2009, tendientes a compilar un Código de Ceremonial Público (cívico y

diplomático) que contenga, entre otras, la Ley Federal de Ceremonial

Diplomático, la Ley Federal de Ceremonial Cívico, una renovada Ley de

Símbolos y su uso, el calendario cívico oficial de izamientos, ceremonias

luctuosas y otras conmemoraciones (que describa con detallada precisión

presidencia, ritos, atuendos, etc.), así como sus respectivas leyes

reglamentarias, de modo que las normas tengan contenidos claros y precisos,

sobre todo al señalar atribuciones, deberes y sanciones para todas las

dependencias, entidades y organismos públicos, federales, estatales y

municipales, según sus esferas de autoridad y ámbitos de competencia. Desde

luego esta propuesta es extensiva al Gobierno de la ciudad de México y a los

demás gobiernos estatales y municipales.

Un Código Federal de esta naturaleza, complementado con códigos

locales, evitaría preguntas cómo aquella de: ¿qué actos y ceremonias se

llevarían a cabo para conmemorar el bicentenario y el centenario, y a quién le

corresponde presidirlos y organizarlos?.

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De cualquier modo, es conveniente que nuestras autoridades integradas en la

Comisión para los Festejos, comprendan que para rescatar, preservar, reorientar

y renovar el ceremonial cívico y su protocolo, es necesario que admitan primero

el potencial hegemónico (conducción ideológica y cultural) que tienen estos

instrumentos del Estado moderno… Y que no se trata de una actividad para

presumir ni para atraer turistas, sino de una oportunidad para fortalecer

identidades y programas a futuro.

Sugiero, desde luego, que dicha Comisión incluya en sus programas de

trabajo:

- La investigación profesional sobre ceremonial cívico y diplomático.

- La voluntad política para financiar decorosamente las actividades cívicas y diplomáticas.

- Dedicar tiempo de sus agendas para la acción cívica y diplomática, presidiendo las

ceremonias.

- Ingenio innovador eficaz (bajo costo y alto impacto); y, sobre todo,

- Promover la participación ciudadana voluntaria, sin acarreos.

La renovación y la reordenación del civismo, del ceremonial y del protocolo así

sugerida, requiere, además, de presupuestos adecuados y de estructura de

investigación y normativa que abarquen cuatro campos:

Normativo (para elevar propuestas legislativas sobre vexilología y protocolo).

Investigación interdisciplinaria (jurídica, antropológica, histórica, etnohistórica,

sociológica, política, semiológica, publicitaria, etc.).

Productivo (es decir, de diseño y creación de ceremonias y actividades, su recreación constante y la producción de nuevos símbolos, códigos, significados, significantes, ritos sacralizadores, espectáculos cívicos, jornadas cívicas de voluntariado ciudadano, etc.); y

Operativo (diseño, organización, planeación, programación, gestión, realización,

seguimiento y evaluación).

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Es claro que la tarea debe formar parte de un proyecto cultural amplio e

incluyente de país, donde el civismo no sólo se piense como “el fomento del

amor a la Patria”, sino también y sobre todo, como el conjunto de valores éticos,

tradiciones, costumbres y actividades civiles voluntarias en bien de la

colectividad (civilidad), que ponen de manifiesto nuestro grado de desarrollo y

solidaridad (civilización).

En cualquier caso, los integrantes de la Comisión para los Festejos deben

romper: 1) el marcado desinterés que manifiestan las altas autoridades para

participar en las ceremonias solemnes destinadas a fortalecer símbolos e

identidades heredados del pasado; 2) el desinterés que muestran para

rescatarlas, etc.; y 3) la idea de que el desarrollo y fomento cívico; el ceremonial

y su protocolo, “son herencias del priísmo que ellos deben destruir en su

revolucionaria negación dialéctica de ese pasado”, “ruptura epistemológica de la

seudo objetividad priísta” y otras calificativos que utilizan.

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