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Preámbulo y Constitución de los Trabajadores Industriales del Mundo (I. W. W.) Revisado el 1 de enero del 2006 Organizado el 7 de julio de 1905

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Preámbulo y Constitución

de los Trabajadores

Industriales del Mundo

(I. W. W.)

Revisado el 1 de enero del 2006

Organizado el 7 de julio de 1905

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TABLA DE MATERIAS

PREÁMBULO .................................................... 1

ARTÍCULO I ...................................................... 3Nombre .................................................. 3Departamentos ........................................ 3Sindicatos ............................................... 4Comités .................................................. 7

ARTÍCULO II ..................................................... 8Membresía ............................................... 8Sucursales ............................................ 11Quórum ................................................ 12

ARTÍCULO III .................................................. 12Funcionarios .......................................... 12Elecciones ............................................. 13Administración ....................................... 13Obligaciones del Secretario-Tesorero General ..16Obligaciones de la Junta General Ejecutiva 18Comisión de Solidaridad Internacional

.................................................... 20

ARTÍCULO IV ................................................. 22Casa de Liquidación ................................ 22

ARTÍCULO V ................................................... 26Obligaciones de las Secretarías y Delegados de

Sucursales ..................................... 26

ARTÍCULO VI ................................................. 27

iv

Las Asambleas ....................................... 27Representación ...................................... 28Credenciales .......................................... 28Sesión Temporal ..................................... 29Elegibilidad de los delegados .................... 29Fichero de Delegados .............................. 30Delegados Comunes ............................... 30Endeudamiento ...................................... 30Comité de Auditoría de Cuentas ............... 31Resoluciones .......................................... 31

ARTÍCULO VII ................................................ 32Marca Universal ...................................... 32Sello ..................................................... 33

ARTÍCULO VIII ............................................... 33Ingresos ................................................ 33Cuotas Mensuales y de Iniciación .............. 33

ARTÍCULO IX ................................................. 37Enmiendas, Etc. ..................................... 37Partes Conflictivas .................................. 37Referéndums ......................................... 37Revocación de Funcionarios ..................... 41

ARTÍCULO X ................................................... 42Transferencias, Credenciales de Funcionarios,

Etc. .............................................. 42Retirada de Credenciales ......................... 43

ARTÍCULO XI ................................................. 44Estatutos ............................................... 44

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ARTÍCULO XII ................................................ 44Miembros Desempleados ......................... 44

REGLAMENTOS GENERALES .................... 45

ARTÍCULO I ................................................... 45

ARTÍCULO II .................................................. 46Defensa ................................................ 46

ARTÍCULO III ................................................. 49Acusaciones contra Miembros .................. 49

ARTÍCULO IV ................................................. 52Empleados ............................................ 52Miembros Expulsados ............................. 52

ARTÍCULO V .................................................. 52Delincuencia .......................................... 52

ARTÍCULO VI ................................................. 53Provisiones, Etc. .................................... 53

ARTÍCULO VII ................................................ 54Oradores y Organizadores ....................... 54

ARTÍCULO VIII ............................................... 54Intoxicación ........................................... 54

ARTÍCULO IX ................................................. 54

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Declinaciones ......................................... 54

ARTÍCULO X .................................................... 55Publicaciones ......................................... 55

ARTÍCULO XI ................................................. 55Acuerdos ............................................... 55

ARTÍCULO XII ................................................ 56Enmiendas ............................................. 56

ARTÍCULO XIII ............................................... 56Entrevistas Privadas ................................ 56

Artículo XIV ................................................... 56Comité de Mediación de Disputas ............. 56

RESOLUCIONES ADOPTADAS ........................... 58Partidos Políticos y Disciplina ................... 58Organización de Campañas ...................... 59Fondos para las Campañas de Organización 60Gastos .................................................. 62Comité de Finanzas ................................ 62Infraestructura de Comunicaciones ........... 63

Directorio de los Sindicatos Industriales ............. 65

INDICE .......................................................... 72

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PREÁMBULO

La clase trabajadora y la clase patronal no tiene nadaen común. No puede haber paz, mientras el hambrey la necesidad se encuentre entre millones detrabajadores en tanto que unos pocos, quecomponen la clase patronal, disfruten todas lasdelicias de la vida.

Entre estas dos clases habrá lucha hasta que lostrabajadores del mundo se organicen como clase,tomen posesión de la tierra y la maquinaria deproducción y anulan el sistema de salarios.

Encontramos que la centralización del manejo de lasindustrias imposibilita a los sindicatos de oficios losincapacita para luchar ventajosamente contra elcreciente poder de la clase patronal. Porque lossindicatos de oficios han creado una situación tal quehace que un grupo de trabajadores luche contra otrogrupo de trabajadores en la misma industria,ayudando así a ser derrotados en las luchas delsalario. Más todavía esas agrupaciones ayudan laclase patronal engañando a los trabajadoreshaciéndoles creer a los trabajadores que susintereses son los mismos que los de sus patrones.

Estas condiciones pueden ser cambiadas y el interésde la clase trabajadora sostenerse solamente poruna organización formada de tal manera que todossus miembros en una industria o en todas las

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industrias, si es necesario, gocen de trabajar, entodo tiempo que haya huelga o cierre en undepartamento, haciendo así que un daño a uno es undaño a todos.

En lugar del lema conservador de “Un buen salariopor un buen día de trabajo,” debemos inscribir ennuestra estandarte la divisa revolucionaria,“Abolición del sistema de salarios.”

Es la misión histórica de la clase trabajadora hacerdesaparecer el capitalismo. El ejército de laproducción debe ser organizado, no solamente parala lucha diaria contra el capitalismo, pero tambiénpara llevar a cabo la producción y distribucióncuando el capitalismo haya sido derrocado.Organizándonos industrialmente estamos formandola estructura de la nueva sociedad dentro de lacascarón de la vieja.

Conscientes de que tal organización esabsolutamente necesaria para nuestra emancipación,nos unimos bajo la siguiente constitución:

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ARTÍCULO I

Nombre y Estructura

Sección 1. Esta organización se conocerá como "THEINDUSTRIAL WORKERS OF THE WORLD" (LosTrabajadores Industriales del Mundo).

Sección 2. Los Trabajadores Industriales del Mundoestarán formados por trabajadores verdaderosasalariados, unidos en una organización compuestade Sucursales de Trabajo, Sucursales Industriales,Sucursales de Membresía General, SindicatosIndustriales, Departamentos Industriales, y ComitésRegionales de Organización.

Departamentos

Sección 3. (a) Un Departamento Industrial seformará de Sindicatos Industriales correspondientesa industrias afines, y apropiados para representaciónen dicho departamento, a cual serán asignados porla Junta General Ejecutiva de los TrabajadoresIndustriales del Mundo.

b) Un Departamento Industrial se formara por lomenos de dos Sindicatos Industriales, con un mínimode 20,000 afiliados en conjunto. Los Departamentosestarán encargados de supervisar el funcionamientode los Sindicatos Industriales correspondientes, noobstante, se decidirá sobre todos aquellos asuntos

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que incumban a los afiliados de la organización engeneral, mediante un referéndum de los mismos.

c) Los diversos Departamentos deberán serasignados de la siguiente manera:

1) Departamento de los Productos de laAgricultura, de la Tierra, de la Pesca, y delAgua.

2) Departamento de Minería.

3) Departamento de Construcción.

4) Departamento de Manufactura y ProducciónGeneral.

5) Departamento de Transporte yComunicación.

6) Departamento de Servicios Públicos.

Sindicatos Industriales

Sección 4. (a) Los Sindicatos Industriales, seformarán con trabajadores verdaderos asalariados deun ramo determinado, agrupados de acuerdo a lasnecesidades particulares de cada industria.

b) Una vez que se hayan organizado cinco o másSucursales Industriales en una determinadaindustria, con un mínimo de 100 afiliados en

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conjunto, la Junta General Ejecutiva expedirá unestatuto de Sindicato Industrial al recibir unasolicitud firmada por dos tercios de los afiliados dedichos Sindicatos Industriales.

c) Una vez ha recibido su estatuto, el SindicatoIndustrial convocará una convención o asamblea afin de adoptar el reglamento y fijar las cuotascorrespondientes, que deberán ser uniformes paratodos los afiliados de dicho sindicato. Asimismo,dicha asamblea o convención deberá nombrarcandidatos para el comité del sindicato, los cualesserán elegidos mediante el voto universal, arealizarse por correo, de los afiliados del mismo.

d) En el caso de que no exista un Sindicato Industrialpara determinada industria, se convocará a losSucursales Industriales correspondientes aestablecer un organismo de coordinación conforme ala sección 5.

Sección 5. Las partes integrantes del IWW podráncrear los organismos de coordinación que deseen,siempre y cuando los gastos de los mismos lossufraguen las secciones que las crearon; y,adicionalmente, siempre y cuando dichos organismosno anulen el poder de decisión de las bases.

Sección 6. Ningún grupo subordinado tendrá el poderpara promulgar legislación alguna, contradictoria a laconstitución del IWW.

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Sección 7. Los estatutos de los SucursalesIndustriales y demás organizaciones locales losexpedirá la Junta General Ejecutiva. Si existe unSindicato Industrial para una determinada industria,los estatutos de los Sucursales Industriales sólopodrán expedirse con la recomendación del ComitéOrganizativo General correspondiente al SindicatoIndustrial. En las demás industrias, los Sucursales deMembresía General podrán crear y administraragrupaciones locales de trabajadores de undeterminado ramo, en tanto éstas no soliciten yobtengan un estatuto de Sucursal Industrial.

En aquellas localidades donde haya un Sucursal deMembresía General (SMG) y uno u más SucursalesIndustriales, éstos podrán optar entre crear unconsejo de delegados para decidir asuntos de interéscomún (tales como actividades educativas, sociales yde defensa), o bien delegarlos al SMG. Lasobligaciones financieras comunes se las repartirándichas secciones de común acuerdo. Donde no existaun SMG, los afiliados del IWW convocarán areuniones ocasionales en las cuales todas laspersonas afiliadas, que residan en el área, ya seanmiembros de un Sindicato Industrial o no, puedandiscutir y planear actividades comunes.

La Junta General Ejecutiva (JGE) sólo expedirá unestatuto de Sucursal Industrial o de MembresíaGeneral si encuentra que les resulta factible a losafiliados del mismo reunirse. No se expedirá más deun estatuto de SMG en una determinada ciudad o

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área, a menos que a juicio del JGE existan otrasrazones prácticas, por motivos de idioma, detransporte, u otras que justifiquen dicha expedición.

Comités Regionales de Organización

Sección 8. (a) Los Comités Regionales deOrganización (COMRO) son secciones regionalessubordinadas al IWW. Donde existan 10 o másafiliados al IWW en una determinada región, podránsolicitar un estatuto del COMRO.

b) Los COMRO podrán fijar el monto de las cuotasque pagarán sus afiliados, así como el número deafiliados necesarios para formar una sección en suregión, y elegir su propio comité. Los COMRO y laAdministración General llegarán a un acuerdo sobrelos servicios que éste les prestará a aquellos.

c) Los COMRO podrán imprimir credenciales deafiliación y estampillas de cuotas en el idioma local.La numeración de las credenciales la asignará laSede Central.

d) La Administración General y los COMRO llegarán aun acuerdo sobre los servicios y la cantidad percápita que éstos entregarán para apoyar lasactividades de organización internacional.

e) Todo los COMRO estarán obligados a publicar unBoletín Organizativo u otro foro para las discusionesinternas accesibles a todos sus afiliados. Los

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Boletines Organizativos locales llevarán los informesinternacionales del Secretario-Tesorero General y dela Junta General Ejecutiva, que se les entregaránmensualmente a los COMRO.

f) En ausencia de un COMRO en una región, uno omás individuos podrán ser delegados por losmiembros regionales, o por el Secretario-TesoreroGeneral, por un periodo de un año, con el objetivode organizar un COMRO. Tales delegados informaránal Secretario-Tesorero General al menos cada tresmeses, y pueden retener las cuotas mensuales y deiniciación.

ARTÍCULO II

Membresía

Sección 1. (a) El IWW busca activamente el derechode representación para todos los miembros de laclase obrera y se opone a la intolerancia ydiscriminación en todas sus manifestaciones, ya seaen el trabajo o fuera de él. Ningún trabajador seráexcluido por razones de raza, origen étnico, sexo,nacionalidad, creencias filosóficas, incapacidadesmentales o físicas, u orientación sexual. Lamembresía está abierta únicamente a trabajadoresverdaderos asalariados, excepto en lo provisto en lasección 1(b), pero puede negarse la membresía aaquellos que posean un empleo incompatible con losobjetivos de este Sindicato.

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(b) Ningún trabajador jubilado o desempleado,ningún estudiante de la clase obrera, aprendiz, amade casa, prisionero o voluntario no asalariado queparticipe en un proyecto iniciado por el IWW ocualquier otra entidad, será excluido de lamembresía argumentando que no recibe en aquelmomento un salario o pago. Tales trabajadores sepodrán incorporar al Sindicato Industrial de la últimaindustria en que trabajaron; o bien, en el SindicatoIndustrial donde están recibiendo enseñanza, o endonde trabajan medio tiempo; o en el caso de losestudiantes y amas de casa, podrán incorporarse enel Sindicato Industrial de Trabajadores EducadoresNº 620 o en el Sindicato Industrial de Trabajadoresde Servicios Caseros Nº 680, respectivamente,según sea más práctico.

Esta provisión no negará a los Sindicatos Industrialeso los Sucursales Industriales el derecho de limitar elvoto en asuntos estrictamente del punto deproducción. Los trabajadores empleados en lascooperativas de una manera democrática sonbienvenidos. Los miembros que sean auto-empleados temporalmente, podrán retener sumembresía o bien solicitar su credencial de retiro,que también son emitidas a quienes deban retirarsesi llegan a ser empleadores.

(c) Ningún miembro de los Trabajadores Industrialesdel Mundo deberá ser oficial de un sindicato deoficios u oficial de ningún partido político.

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Cualquiera de los diferentes Sucursales podrápermitir a los miembros del IWW asumir puestosFuncionarios de los sindicatos de oficios siempre ycuando tales casos excepcionales sean reportadospreviamente a la Administración General. Ningúnmiembro del IWW en tal caso recibirá paga (exceptoel reembolso de cuotas y gastos generales) pormotivo de ser un oficial en un sindicato que nodemanda la abolición del sistema de salarios.Excepciones podrán ser hechas por los Sucursalespara permitir a Funcionarios no asalariados departidos políticos ser miembros.

Sección 2. Todos los aspirantes acordarán acatar lasnormas de la Constitución y las regulaciones delIWW y estudiarán atentamente los principios y seinformarán de los objetivos del mismo. Estaobligación deberá ser impresa en la solicitud demembresía.

Sección 3. Cuando los miembros del IWW esténempleados en más de una industria, serán miembrossimultáneos de más de un Sindicato Industrial oSucursal Industrial con todos los derechos para laparticipación democrática en dichas entidades,siempre y cuando demuestren ser trabajadoresverdaderos en tales industrias, que pagan todas lascuotas pertinentes y cumplen adecuadamente conlos requisitos de cada Sindicato Industrial o SucursalIndustrial de los que son miembros. Los miembrosque pertenezcan simultáneamente a más de unSindicato Industrial o Sucursal Industrial únicamente

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podrán emitir un sólo voto en las elecciones yreferéndum del IWW.

Sucursales de Trabajo

Sección 4. (a) Cuando haya cinco o más trabajadoresen el mismo empleo, constituirán por si mismos unsucursal de trabajo, y elegirán un comité de trabajoy un delegado de trabajo quien deberá asistir enrepresentación a todos los asuntos urgentes entrereuniones. Ningún miembro deberá pertenecer demanera permanente al comité. En cada reunión unnuevo comité deberá ser elegido. Todos losmiembros deberán tomar su turno para servir en loscomités.

b) Para estimular la práctica de los trabajadores enel manejo de los medios de producción y abolir elsistema de salarios, el IWW permitirá a lascooperativas de producción no asalariados afiliarsecomo cooperativas certificadas del IWW con elderecho de usar la marca del mismo en todos susproductos. Las cooperativas del mismo constarán depor lo menos tres miembros. Cualquier oficial decooperativa elegido será sujeto a una elección derevocación si lo demandan los miembros de supropia cooperativa. La recompensa de los miembrosen las cooperativas del IWW no debilitará los salariosde la Industria. Las cooperativas del IWW respetarántodos los boicots y huelgas. Las cooperativas delIWW usarán los productos y servicios de los

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sindicatos cuando sea posible y reciclarán losrecursos tanto como sea posible.

Quórum

Sección 5. (a) No menos de cinco miembros, sincontar al Secretario de Sucursal que es pagado,constituirán el quórum para la transacción denegocios.

b) Ningún oficial pagado de cualquier organismo delIWW podrá votar en las reuniones de Sucursales.

ARTÍCULO III

Funcionarios Generales

Sección 1. La Administración General constará deun(a) Secretario-Tesorero General (STG) y de unaJunta General Ejecutivo (JGE).

Sección 2. (a) El período oficial tendrá una duraciónde 1 año y el mismo comenzará a partir del primerode enero. Los Funcionarios, después de terminar suprimer período de servicio, sólo podrán ser elegidosúnicamente por dos períodos más, con excepción delas especificaciones que se estipulan en la Sección 3(c) y (d).

b) El JGE fijará los salarios de todos los empleados yorganizadores de la organización general.

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Elecciones

Administración General

Sección 3. (a) El Secretario-Tesorero General (STG)deberá ser miembro por tres años, y haber sidomiembro activo por lo menos 18 meses continuosantes de su nominación. La Junta General Ejecutiva(JGE) consistirá de 7 miembros, todos los cualesdeben haber sido miembros por 18 meses, y deberáncontar con12 meses como miembros activosanteriores a su nominación.

En el caso que no haya un candidato para el STG quecumpla con el requisito de membresía por 3 añosconsecutivos, el período será reducido a dos años,considerando los 18 meses de ejercicio continuocomo miembro activo, anteriores a su nominación.La persona elegida para ser oficial deberápermanecer como miembro activo hasta asumir elpuesto. De lo contrario perderá el derecho de asumirel puesto.

b) Las nominaciones para el STG y para losmiembros del JGE, serán hechas en la AsambleaGeneral del IWW o a través del correo con lasnominaciones selladas al término de dicha Asamblea.En cualquier caso, la elección será por referéndumgeneral tal como queda estipulado en el Artículo IX,Sección 2. La papeleta incluirá espacio paracandidatos escritos a última hora. Cada candidatonominado necesitará la aceptación verbal o escrita

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del pleno de la Asamblea General, dirigida estaúltima al STG. Ningún miembro podrá ser candidatopara un puesto oficial si ejerce otro cargo oficialadministrativo en el momento de ser abiertas lasconvocatorias.

c) Los tres candidatos que obtengan el mayornúmero de nominaciones para ser STG, pondrán susnombres en la papeleta. Los miembros que hayanservido tres períodos o más como STG no pondránsus nombres en la papeleta, al menos que sepresente el caso en que no se puedan encontrar trescandidatos de ninguna otra manera. En tal situación,los nombres de los candidatos nominados, quehayan servido por tres o más períodos consecutivos,podrán poner sus nombres en la papeleta, aunque lapapeleta denotará el número de períodos sucesivosque el candidato haya servido. Todos los candidatosescritos que cumplan los requisitos estipulados delArtículo III, Sección 3 (a) son candidatos calificados.El candidato que reciba el mayor número de votos enel referéndum será elegido.

d) Los 21 candidatos que obtengan el mayor númerode nominaciones para el JGE pondrán sus nombresen la papeleta. Los miembros que hayan hecho treso más periodos de servicio continuo en el JGE nodeberán poner sus nombres en la papeleta, al menosque se presente el caso de no poder encontrar a 15candidatos calificados de ninguna otra manera. Ental situación, se podrán poner en la papeleta losnombres de los candidatos nominados que hicieron

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tres o más períodos continuos de servicio, aunque lapapeleta deberá destacar el número de períodossucesivos que haya echo tal candidato nominado. Uncandidato escrito deberá recibir el número mínimo devotos igual a 5% del miembros del IWW en posiciónacreditada. Un candidato inscrito a última horadeberá recibir el número mínimo de votos ysatisfacer los requisitos del Artículo III, Sección 3 (a)para ser un candidato calificado. Los 7 candidatosnominados que reciban el mayor número de losvotos en el referéndum constituirán la Junta GeneralEjecutiva.

e) El presidente del JGE será el sustituto del STG.

f) Un miembro del JGE cesará automáticamente sucargo siempre y cuando: (i) Ese oficial deje de sermiembro activo; (ii) Ese oficial pase más de un messin presentar su informe al Consejo sin el permisoprevio del presidente (siempre y cuando ese permisono haya sido negado sin justificación), y si ese oficialno cumple con el requerimiento del presidente delJGE de presentar su informe dentro de diez días; (iii) Ese oficial renuncie su posición solicitando subaja por escrito al Consejo, al presidente del Consejoo al Secretario-Tesorero General; (iv) Ese oficialsea dado de baja por votación de los miembros deacuerdo con el Artículo IX;

g) Los sustitutos del JGE serán los demás candidatosnominados, estableciendo prioridades por el númerode votos que haya recibido cada candidato. En el

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caso de que haya un puesto libre en el JGE, contodos los consejeros elegidos por proceso osustitutos que ya trabajen bajo otro cargo, o bien noestén disponibles, el STG y el presidente del JGEnombrarán un miembro al puesto de consejero hastaque otro pueda ser elegido por referéndum.

h) Ningún funcionario de la Administración Generalpodrá ser funcionario o empleado pagado de ningúnSindicato Industrial perteneciente al IWW.

Las Obligaciones del Secretario-TesoreroGeneral

Sección 4. (a) Las obligaciones del STG serán las deencargarse de todas las cuentas, papeles y efectosde la oficina. Ella o él escribirán la correspondenciaperteneciente a su puesto. Ella o él será quiencustodie el sello de la organización, e imprimirá elsello sobre su firma oficial en todos los documentosFuncionarios. También brindará al comité decredenciales un informe sobre el estado financiero decada Sindicato Industrial. Tendrá voz pero no votaráen los organismos gubernamentales de laorganización.

El STG cerrará las cuentas del año fiscal en el últimodía de Junio. Ella o él harán un informe mensual alConsejo General Ejecutivo (JGE) y a la membresía.Además hará un informe completo de los asuntosincluidas las finanzas de su oficina para cadaAsamblea General.

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Preparará y firmará todos los estatutos emitidos porel JGE. Recaudará los fondos de los estatutos deSindicatos Industriales y departamentos industriales.Acusará recibo de tales fondos; cuidará y depositarátodo el dinero por mandato del JGE en un banco obancos solventes, que se retirará solamente parapagar deudas surgidas por conducto o a propósito delos asuntos de la organización, cuando losacreedores hayan presentado facturas El STGexpedirá un cheque en pago de tal factura.

El STG tendrá libertad para contratar los ayudantesque él o ella considere necesarios para llevar a cabolos asuntos de su oficina, siendo estos remuneradosconforme a lo asignado para tales casos por el JGE.

b) El publicará un boletín mensual de la organizacióngeneral que contenga tanto su informe mensualcomo el del JGE, así como las noticias Funcionarios,papeletas de referéndum, informes financierosmensuales y anuales; además de otros asuntos de laorganización. En caso de necesidad debido a lasituación financiera El STG queda autorizado apublicar menos de 12, pero por lo menos 8, boletinesal año. El boletín incluirá la correspondencia de losmiembros del IWW sobre referéndums y eleccionespresentes, campañas de organización, y otrosasuntos de la unión. Cualquier miembro o sucursaldel sindicato que este al día con las cuotas se lepermitirá 1 página al mes (250 palabras). Serequerirá una donación de $5 para cubrir los gastos,pero no será obligatorio para aquellos que no puedan

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pagar. Cualquier sumisión de más de una páginadeberá incluir una donación mínima de $20 porpágina para que sea publicado. Esta provisión no seaplica a los informes de los comités y la JuntaGeneral Ejecutiva, u otros materiales requeridos porla Constitución o Reglamentas para su inclusión en elBoletín de la Organización General. La STG publicarátodos los materiales recibidos antes de la fecha límitemensual, con la única omisión de epítetos y/oataques personales contra otros miembros (exceptoque los miembros tendrán completa libertad paracriticar la conducta de los Funcionarios del sindicatosin ninguna censura, según se estipula en lasprovisiones de la Sección 6 (a) del Artículo III de losReglamentas Generales.

Las Obligaciones de la Junta General Ejecutiva

Sección 5. (a) La Junta General Ejecutiva (JGE)elegirá su propio presidente entre sus miembros.

El JGE supervisará todos los asuntos de laorganización entre las Asambleas, y vigilará losintereses del sindicato en toda su jurisdicción. Seráasistido por los Funcionarios y los miembros detodas las organizaciones subordinadas a losTrabajadores Industriales del Mundo. Nombrará talesorganizadores cuando las condiciones de laorganización lo justifiquen.

b) La Junta General Ejecutiva no nombrará o causaráel nombramiento de cualquier delegado u

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organizador contra la protesta de, y sin primeronotificar al, Comité Organizador General delSindicato Industrial que posee jurisdicción en elterritorio que el delegado u organizador tenga queoperar.

Todos los organizadores designados trabajaránsiempre bajo el mando del JGE. Todos losorganizadores y miembros subordinados al JGE,mientras estén en el empleo del IWW, informarán alpresidente del JGE sobre sus actividades,formalmente por escrito por lo menos una vez a lasemana.

c) El JGE tendrá todo el poder para promulgarestatutos a departamentos industriales, secciones, yconsejos industriales de distrito.

d) EL JGE tendrá toda la autoridad y poder sobretodas las publicaciones del IWW y guiará su política.

e) Los miembros del JGE tendrán el poder de visitarcualquier entidad subordinada del IWW y tendrántoda la autoridad para examinar y revisar todas lascuentas de tal entidad, además de poner en vigor eluso de un sistema uniforme de teneduría de librossegún lo adoptado por la Asamblea General.

f) El JGE convocará reuniones ya sea por llamado delpresidente o bien por el voto mayoritario delConsejo.

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g) Todos los asuntos que pertenezcan a laorganización serán decididos por todo el JGE porcorreo o telegrama mientras esté ausente de la SedeCentral. Se necesitará un voto mayoritario pararesolver cualquier cuestión.

h) EL JGE tendrá poder para designar al Secretariodel Comité General de Defensa cuando lo considerenecesario.

i) El JGE elaborará un informe mensual sobre todassus actividades.

Comisión de Solidaridad Internacional

Sección 6. (a) La Comisión de SolidaridadInternacional consistirá de tres miembros con 18meses como miembros activos antes del referéndumgeneral en el cual sean elegidos.

b) El STG y el presidente de la Junta GeneralEjecutiva serán miembros ex oficio en dicha comisiónsin derecho al voto.

c) Los miembros de la Comisión de SolidaridadInternacional están sujetos a los mismosprocedimientos de nominación, elección y retiradacomo cualquier otro oficial del IWW.

d) La Comisión coordinará las relaciones del IWWcon otros sindicatos; mantendrá un intercambiocontinuo de información y publicaciones; y

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coordinará las campañas de solidaridadinternacional. La Comisión expedirá las apelaciones ydeclaraciones por parte del sindicato, sujetos al vetode la Junta General Ejecutiva.

Acusaciones en Contra de los FuncionariosGenerales

Sección 7. (a) Las acusaciones en contra decualquier Oficial General serán hechas por escrito enla Junta General Ejecutiva (JGE) o en la AsambleaGeneral, a discreción de la persona que haga laacusación. En caso de que un miembro del sindicato,que no sea un Oficial General, sea acusado deejercer la autoridad del JGE o del(de la) STG sinautorización, la acusación también se hará porescrito en el JGE o en la Asamblea General adiscreción de la persona que haga la acusación.

Si las acusaciones son tramitadas por el JGE, se haráde inmediato una copia de las acusaciones para elacusado, junto con la notificación de la fecha de laaudiencia para enfrentar tales cargos. Lasacusaciones elaboradas por la Asamblea Generaldeberán ser mandadas al STG por lo menos 30 díasantes de la fecha de convocación de la Asamblea.

Al recibir las acusaciones el STG dará una copia alacusado y se le notificará su convocación al juicio.

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b) Cualquier decisión del JGE sobre casosadjudicados a ese organismo será tema de discusiónen la próxima Asamblea General y de allí a losmiembros en general. La decisión de la AsambleaGeneral en cuanto a las acusaciones podrá serapelada a los miembros en general. Esta apelacióndeberá ser elaborada por la Administración Generalen un plazo de noventa (90) días, a partir de laclausura de la Asamblea General.

El costo de apelación a los miembros en general seráresponsabilidad de la entidad que lo hace. Si el votoen la apelación resulta a favor de la entidad que lopropone entonces la organización general devolveráel costo de la apelación.

ARTÍCULO IV

Casa de Liquidación

Sección 1. (a) La Sede General funcionará como uncentro que ajustará todas las deudas entre losSindicatos Industriales y la Oficina Central.

b) El STG expedirá todas las credenciales queautorizan a los miembros a iniciar a nuevosmiembros o para recaudar cuotas. El STG expedirátales credenciales a su discreción a recomendaciónde los Funcionarios del Sindicato Industrial uorganización local y deberá hacerlo bajo órdenes delJGE. Los que reciban credenciales deberán sermiembros por 6 meses, excepto los grupos

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recientemente organizados que podrán elegir a unode sus miembros para actuar como representante.Todas las credenciales llevarán un número distintivo,que habilita al portador a iniciar nuevos miembros ocobrar cuotas en todas las industrias.

c) El STG podrá, a petición de un Sucursal deMembresía General o un Sucursal Industrial,extender credenciales de delegado en blanco connumeración distintiva en bloques de cinco, alSecretario Tesorero del sucursal. El sucursal puedepedir tantos bloques de credenciales para delegadoscomo necesite, y el STG procurará extender todas laspeticiones para credenciales. El STG denegará laextensión de credenciales solamente cuando laSucursal que las pide lo ha hecho fuera del tiemporequerido por la Constitución de los TrabajadoresIndustriales del Mundo. El sucursal puede elegirdelegados y extender un bloque de credenciales enblanco a un nuevo delegado, si así lo consideraoportuno, sujeto al cumplimiento de las condicionesya dichas en la subdivisión (b). Los delegados reciénacreditados completarán un formulario expedido porEl STG que incluya información e historial, así comouna explicación de la necesidad de ser delegado. Undelegado de sucursal que expida las nuevascredenciales de delegado deberá comprometerse apatrocinar al nuevo delegado y firmará el formulariojunto con el nuevo delegado. El delegadopatrocinador será responsables de las actividadesemprendidas por el nuevo delegado en su funcióncomo tal hasta que El STG confirme al nuevo

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delegado. Delegados de la Sucursal de MembresíaGeneral o de un sindicato local podrán patrocinar aun nuevo delegado entre los miembrosrazonablemente distanciados de tal Sucursal. Elsucursal patrocinante se responsabilizará de proveeral nuevo delegado con los efectos necesarios.

d) Los delegados y otros acreditados registrarántodas las cuotas, precios y tasas en los formulariosdados por El STG. Los delegados apuntarán lasrecaudaciones en la página correspondiente en ellibro de cuotas y también en las estampillas con sunúmero de credencial y la fecha del día. El delegadoinformará mensualmente al STG, presentando elinforme junto con todas las solicitudes de afiliaciónfirmadas, así como el importe de las cuotas y pagosrecaudados. Cualquier Sindicato Industrial osindicato local o Sucursal de Membresía General através del cual el delegado ejerce su función podrádemandar que el informe sea transmitido a éste paraincluirlo en sus archivos y también podrá retener talporción de las recaudaciones que permiten laconstitución y los reglamentos pertinentes.

e) El presidente del JGE confirmará todos loscheques expedidos por El STG. Al mismo tiempo queel JGE selecciona su presidente El STG elegirá unmiembro que no sea del Consejo para confirmar loscheques. El confirmante tendrá los mismos requisitosde elegibilidad que cualquier miembro del Consejo.

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f) Los delegados de trabajo que actúan desde laSede Central remitirán todas las cuotas y precios deiniciación de los miembros empleados o de losmiembros desempleados. Los secretarios de lossucursals constituídos remitirán la mitad de dichascuotas a la Sede Central y retendrán la otra mitad enla tesorería del sucursal.

g) El STG será el responsable de los fondos de laMembresía General o del Sindicato Industrial localúnicamente a petición, a excepción de los fondosoperativos por los que los organizadores o losFuncionarios son responsables, de acuerdo con lasleyes locales. La Administración General no podráusar los fondos confiados a ella sin el permiso de losSindicatos Industriales locales u otras entidades aquienes pertenece el dinero, mientras continúendichas entidades.

h) Las provisiones expedidas a los delegados ysecretarios de sucursal por parte de los SindicatosIndustriales serán cargadas al mismo.

i) Los informes con la remesa de las cuotasmensuales, etc. pagados durante el mes seránremitidos al STG antes del décimo día del messiguiente. Si un Sindicato Industrial no lo hace así,se le suspenderá las provisiones hasta el recibo delos informes.

j) Cualquier candidato para el STG que deseecambiar la sede general tendrá que decirlo en su

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declaración de candidatura, y la intención seráanotada, incluyendo la localización propuesta, juntocon el nombre del candidato en las papeletas paraOficial General.

ARTÍCULO V

Obligaciones de las Secretarías y Delegados deSucursales

Sección 1. A menos que se indique de otra maneraen el Sucursal o en los Reglamentos Generales delSindicato Industrial, las secretarías de sucursal sonlos custodios de todos los archivos del sucursal,fondos y provisiones; expedirán tales provisiones alos delegados del sucursal y recibirán sus informes;mantendrán los récords de todas las transaccionescomo requieren los reglamentos generales oprogramas de organización; informaránmensualmente al STG de todas las transacciones;ademas de enviar al STG copias de las actas de lasreuniones y de su propio informe mensual desucursal; procurará mantener a todos los miembrosen estado de miembros activos e informados sobretodos los referéndums. El o ella informarámensualmente al STG sobre los asuntos yexpectativas de su sucursal.

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ARTÍCULO VI

Las Asambleas

Sección 1. (a) Los Trabajadores Industriales delMundo convocarán una Asamblea General delSindicato cada año en una fecha y un lugardeterminados por la Asamblea en sesión antes de suclausura.

b) La Asamblea General del IWW no estará en sesiónmás de10 días. Antes de la Asamblea General, laJunta General Ejecutiva (JGE) publicará una agendapara los delegados de la Asamblea General quemarque los límites temporales para la discusión decada asunto. Todas las resoluciones seránentregadas al cuartel general al menos 60 días antesde la apertura de la Asamblea General, y el cuartelgeneral proveerá copias de la agenda y de todas lasresoluciones a todas las Sucursales establecidas, alComité Organizador Regional y a los candidatosregistrados, al menos 30 días antes de la apertura dela Asamblea. Ninguna resolución que no hayacirculado anteriormente será considerada por laAsamblea, exceptuando una emergencia en cuyocaso los delegados deberán obtener un voto enmayoría de dos tercios para poder incluirla en laagenda.

Sección 2. La Asamblea General del IWW es laentidad legislativa del sindicato y tiene la autoridadde expulsar a cualquier miembro por violación de la

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constitución del IWW, los Reglamentos Generales olos Principios. Las decisiones de la Asamblea tienenel peso de la ley, puesto que el referéndum generallo aprueba. Los referéndums para aprobar lasmociones se regirán según los términos del ArtículoIX, Sección 2.

Representación

Sección 3. (a) La representación en la AsambleaGeneral del IWW será de los miembros generales ydelegados a razón de un voto por miembro.

b) Los delegados podrán tener más de un votosolamente si tienen instrucciones por escrito delmiembro o cuerpo que representan.

c) Si dos o más delegados representan a un soloSindicato Industrial en la Asamblea, el voto delSindicato Industrial será dividido de maneraequitativa entre los delegados.

d) Los gastos de los delegados a la AsambleaGeneral, incluyendo el transporte, irán a cargo de laentidad que representan.

Credenciales

Sección 4. (a) Anualmente, el día 1 de julio o antes,El STG enviará al presidente del Comité General deOrganización (COMGO) de cada Sindicato Industrialsuficientes credenciales en blanco para cubrir el

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número de delegados y delegados alternos quetienen derecho a participar en la convención.

b) El presidente(a) del COMGO del SindicatoIndustrial completará todas las credenciales enblanco recibidas del STG y mandará lascorrespondientes copias a la Sede Central antes del15 de agosto. Otra copia será presentada por eldelegado al comité de credenciales cuando seconvoque la Asamblea.

Sesión Temporal

Sección 5. El JGE generará una lista de los delegadosque no hayan sido objetos de ninguna objeción en laSede General. El STG convocará la convención,llamará al orden y leerá dicha lista. Los delegados enla lista convocarán una organización temporal paraelegir un director y un Comité de credenciales.

Elegibilidad de los delegados

Sección 6. (a) Los delegados de la Asamblea Generalde los Sindicatos Industriales deberán ser miembrosdel IWW por un año y ser miembros activos 60 díasantes de la nominación.

b) Los Funcionarios de Administración General serándelegados en general, con voz pero sin voto. Todoslos Funcionarios y empleados asalariados del IWWdeberán ser retirados de la nómina 90 días antes dela convocación de la Asamblea General para ser

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elegibles como delegados. Cualquier miembro que nohaya estado inscrito en la nómina del IWW por 10días consecutivos durante los tres meses anterioresa la Asamblea, será eligible como delegado. Ningúndelegado ejercerá mas de un voto en la votación deelegibilidad de un delegado o grupo de delegados.Ningún delegado votará más de una vez por laexpulsión de un miembro.

c) Los delegados de la Asamblea General no serviránpor dos términos consecutivos.

Fichero de Delegados

d) La Casa de Liquidación dará un fichero completode cada delegado elegido a la Asamblea General delIWW al presidente del JGE y STG para facilitar eltrabajo del Comité de credenciales de la AsambleaGeneral.

Delegados Comunes

Sección 7. Dos o más sindicatos, con un total demenos de 500 miembros, podrán delegar a unrepresentante a la Asamblea, y el voto de dichodelegado será basado en la representaciónmencionada.

Endeudamiento

Sección 8. Los Sindicatos Industriales que tengandeudas con los órganos Funcionarios o con la oficina

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de publicaciones controlada por la organización y quedispongan de los fondos suficientes para saldar ladeuda no tendrán derecho a representación en laAsamblea General.

Comité de Auditoría de Cuentas

Sección 9. La Asamblea General del IWW elegirá aun comité de auditoría de cuentas para revisar lasprovisiones y los libros de la Sede Central. Losgastos serán responsabilidad de la OrganizaciónGeneral. Se expedirá el informe dentro de 90 días desu elección, y se publicará este informe en el Boletínde la Organización General.

Resoluciones

Sección 10. Las resoluciones de la Asamblea Generalserán hechas en la convención del SindicatoIndustrial, y si no la hay, entonces los sucursalesque tengan dicha responsabilidad deberán mandarlasal presidente de la junta ejecutiva o comitéorganizativa del Sindicato Industrial para suclasificación; y cada resolución será escrita en unapágina por separado y se duplicará. Ningunaresolución propuesta por un individuo seráconsiderada por la Asamblea General.

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ARTÍCULO VII

Marca Universal

Sección 1. Habrá una Marca Universal para toda laorganización. Será de un color carmesí y siempre conel mismo en diseño. El uso de la Marca Universalnunca será delegado a empleadores, sino que seráinvestido completamente en nuestra organización.Excepto en pegatinas, circulares y literaturaproclamando los méritos del IWW, y expedido por lasOficinas Generales del IWW, la Marca Universal seráimpresa solamente como prueba de que el trabajo hasido hecho por los trabajadores del IWW.

Cuando la marca se imprima así ello se hará bajo laautoridad de nuestra organización, sin laintervención de ningún empleador.

Siempre que la Marca Universal sea puesta en unartículo como evidencia del trabajo hecho por losTrabajadores Industriales del Mundo, iráacompañada por una inscripción debajo de la marcaque diga qué trabajo ha sido hecho por losTrabajadores Industriales, el nombre delDepartamento Industrial y el número o los númerosde los sindicatos; además, la Marca Universal nuncaserá impresa como evidencia del trabajo hecho sinesta inscripción.

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Sello

Sección 2. Cada sindicato y sucursal recibirá un sellodel STG, el cual llevará el número del sindicato, ytodos los papeles Funcionarios del sindicato o laSucursal portarán una marca del sello, y ningúnpapel será legal sin esta impresión.

ARTÍCULO VIII

Ingresos

Sección 1. Los ingresos del sindicato se establecende la siguiente manera: El precio de estatuto será$25 para los Departamentos Industriales y $10 paralos Sindicatos Industriales. Las secciones de losSindicatos Industriales pagarán $2 por su sello yestatuto.

Cuotas Mensuales y de Iniciación

Sección 2. (a) Los Sindicatos Industriales tienen elderecho de fijar y cobrar sus propias cuotas deiniciación, cuotas mensuales, y tasas, excepto lastasas de la Organización General. No es la políticadel IWW imponer obstáculos financieros que impidanque cualquier trabajador se afilie al Sindicato. Por lotanto, ni las cuotas de iniciación, ni las cuotasmensuales ordinarias superarán los $15. LosSindicatos Industriales cobrarán cuotas suficientesque cubran los gastos necesarios para el buenfuncionamiento de los mismos. Ninguna parte de las

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cuotas ya mencionadas será usada como prestaciónpor muerte o enfermedad, sino que todo el dinero asírecaudado quedará en la tesorería, como fondogeneral para cubrir gastos legítimos.

b) Los Sindicatos Industriales y SindicatosIndustriales locales gozarán de autonomía paraestablecer sus cuotas de iniciación, cuotasmensuales y tasaciones. Sin embargo, es necesarioestablecer cuotas de tal valor que permita elcontinuo pago per capita. Las cuotas son para laAdministración General y entidades constituidas(tales como los Sucursales de Membresía General ysus descendientes) según se describe en (e) másabajo.

c) Es la política del IWW no imponer obstáculosfinancieros que impidan que cualquier trabajador seafilie a la organización. Los Sindicatos Industriales ylos Sucursales Industriales no impondrán cuotas deiniciación ni mensuales excesivas. En ningún caso lascuotas de iniciación y mensuales deberán exceder eldoble del salario base por hora del miembro.

d) Todos los Sindicatos Industriales y SindicatosIndustriales locales cobrarán cuotas mensualessuficientes para cumplir con sus obligaciones ygastos. Ninguna parte de las cuotas ya mencionadasserá aplicada como prestación por muerte oenfermedad, sino que todo el dinero así recaudadoquedará en el tesorería, como fondo general paracubrir gastos legítimos.

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(e) Las cuotas mensuales pagadas por los miembrosde un Sindicato Industrial local a los delegadosconstarán de tres partes:

1) La cuota mensual del Sindicato Industrial;

2) El valor per cápita debido a laAdministración General, definido como 50% dela suma ya definida en la sección (a) arriba;

3) El valor per cápita debido al Sucursal deMembresía General o a sus descendientes, quese negociará entre éstas entidades y losSindicatos Industriales locales.

f) La Junta General Ejecutiva está autorizado, a sudiscreción, a renunciar o reducir cuotas de iniciación,en caso de incorporar obreros ya organizados o encampañas que organicen trabajadores de escasosrecursos económicos sometidos a condicionesgraves. El JGE también tiene autorización paraeliminar cuotas durante una huelga o un cierrepatronal.

g) Todos los Sindicatos Industriales están obligadosa utilizar una estampilla idéntica, que no indique elvalor de la cuota.

h) Habrá una página en las credenciales que expliqueclaramente la cuota de iniciación y las cuotasmensuales de cada Sindicato Industrial para

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información de los delegados y secretarías desucursal.

i) En los Estados Unidos y Canadá, la cuota deinscripción será:

1) $6 para los que ganan menos de $1000mensuales;

2) $12 para trabajadores que ganan entre$1000 y $2000 mensuales; y

3) $18 para los que ganan más de $2000mensuales.

Cuotas mínimas de $3 por mes podrán ser pagadaspor miembros en mala situación económica. Lascuotas de los miembros en esta categoría, y quepertenezcan a sucursals organizados, serándistribuidas de la siguiente manera: $2.50 a laAdministración General, y 50 centavos al sucursal.

Las cuotas de iniciación serán equivalentes a un mesde la cuota mensual. Cada uno de los miembrosnuevos recibirá una copia del panfleto, Un SindicatoSolo y Grande (“One Big Union”), y la Constitucióndel IWW.

j) Los Comités Regionales de Organización (COMRO)fijarán las cuotas en su región. Si no existe dichaentidad en la región, las cuotas serán establecidas en

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moneda local, por El STG en consulta con losmiembros de esa región.

k) La Junta General Ejecutiva está autorizado, a sudiscreción, para permitir que los participantes en unacampaña de organización retengan 50% de losfondos recaudados, siempre y cuando los delegadosreporten mensualmente al Consejo sobre el progresode la campaña y mantengan cuentas de todos losgastos e ingresos.

ARTÍCULO IX

Enmiendas, Etc.

Sección 1. (a) Todas las enmiendas propuestas a laConstitución y los Reglamentos Generalesestipularán claramente el artículo, sección, y párrafoa que se aplica la enmienda. Nuevos artículos ysecciones se indicarán como tales. Cada cláusula aenmendar estará escrita en una página distinta.

Partes Conflictivas

b) Todas los partes de la Constitución que estén enconflicto con las enmiendas ratificadas por un votode referéndum quedan, desde entonces, anuladas.

Referéndums

Sección 2. (a) Todo referéndum que trate decualquier cuestión de organización, incluyendo los de

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enmienda constitucional, será iniciado por el JGE o apetición de 5% de los miembros activos. El númerode miembros al principio de cada año será utilizadodurante el año entero como el número total.

b) Todas las propuestas de referéndum presentadascorrectamente estarán incluidas en una votación quese celebrará cada año, no más tarde del 15 deoctubre. La notificación de todas las propuestas dereferéndum, incluyendo el texto completo de laspropuestas a votar y los nombres de todos losnominados a la oficina de Administración Generalque no hayan renunciado su candidatura, seráenviada a todos los miembros al menos 30 díasanteriores a la celebración de la votación. Seanunciará a través de la publicación en el Boletín dela Organización General o en él periódico del IWW"Industrial Worker," y también a través del correo atodas las Sucursales constituidas oficialmente, yanunciará la fecha límite para la sumisión dediscusiones concernientes a la celebración delreferéndum, para su publicación en el Boletín de laOrganización General que acompañara las papeletas.Las papeletas serán enviadas a todos los miembrosque estén al día con sus cuotas y el período devotación será por lo menos 30 pero no más de 45días. Las papeletas serán enviadas por correo detercera clase a aquellos miembros que residan en losEstados Unidos, y por correo aéreo a aquellosmiembros que residan en otros países. La fechalímite para el recibo de papeletas en la sede generalestará impresa en la papeleta, pero en ningún caso

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será más tarde del 30 de noviembre. Las papeletasse contarán y los resultados se darán a conocer nomás tarde de la media noche del 1 de diciembre.

c) Papeletas extendidas por los COMRO locales en unreferéndum de todo el sindicato podrán ser contadaspor el comité de elecciones del COMRO. El comité deelecciones del COMRO deberá entonces comunicarlos resultados a través de correspondencia segura alcomité de elecciones de la sede general. Losresultados recibidos por el COMRO serán abiertos almismo tiempo que los resultados de todas laspapeletas individuales. El resultado de los votos delos COMRO individuales no podrá anunciarse antesdel recuento de todos los votos en el sindicato.

d) Las papeletas del referéndum permanecerán en laSede Central en sobres sellados hasta que se reúnael comité de sufragios. El comité de sufragios sereunirá inmediatamente después de la expiración deltiempo permitido para entregar las papeletas. El STGnotificará al Sindicato Industrial o entidad que inicióel referéndum la fecha para contar los votos.

e) El comité de sufragios se compondrá de lasiguiente manera: Tres miembros activos durante 1año anterior a la elección serán elegidos por losSindicatos Industriales de la ciudad en la cual selocaliza la Sede Central. Al informar a través delboletín mensual los resultados de las referéndums oelecciones el STG informará a la membresía generallos nombres de los miembros del comité de sufragios

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junto con sus números de tarjeta y sucursal a loscuales pertenezcan.

f) El Sindicato Industrial o entidad que inicia unreferéndum pagará los gastos de sus propiosdelegados en el comité de sufragios a menos que segane el referéndum, en cuyo caso la organizacióngeneral pagará los gastos.

g) Los resultados de referéndums de cada SindicatoIndustrial no podrán superar el número de miembrosactivos por los tres meses anteriores a la votacióndel referéndum.

h) Las papeletas serán diseñadas para asegurar elvoto secreto y serán en duplicado para permitir almiembro mantener un comprobante de su voto. Paraasegurar la confidencialidad completa, todos losreferéndums del IWW usarán un sistema de dossobres. La papeleta estará incluida en el sobreinterior y no tendrá ninguna información queidentifique al miembro. Toda la información personaldel miembro y su actividad estará en el sobreexterior. Una vez que el comité de sufragios apruebela papeleta, el sobre interior quedará sellado y seseparará de la información que identifica el miembro.Todos las papeletas deberán ser numeradas. Laspapeletas sin número, no selladas, o de miembros noactivos no serán válidas. Cualquier miembro cuyapapeleta haya sido invalidada será notificado porcorreo de primera clase dentro de siete (7) días de la

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decisión del comité de sufragios, con una explicacióndel porqué se la declaró inválida.

i) Todos los cambios constitucionales ratificados porun referéndum general se implementarán el 1 deenero, a no ser que la Asamblea General decida deforma diferente.

j) Cualquier parte de esta Constitución Generalpuede ser abolida o suspendida por 1 año si así seaprueba en referéndum general, iniciado como seprovee en la Sección 2(a) de este artículo.

Revocación de Funcionarios

Sección 3. Los Funcionarios de la AdministraciónGeneral estarán sujetos a revocación porreferéndum, iniciado por el procedimiento descrito enla Sección 2 (a), Artículo IX. A más tardar tres díasdespués de recibir una petición o moción derevocación, la Administración General notificará atodas las Sucursales y administraciones constituidasde lo mismo, y detallará el tiempo durante el cual losmiembros pueden enviar argumentos que atañen aeste tema, para su publicación en el Boletín de laOrganización General que acompaña la papeleta parala revocación de Funcionarios. Las papeletas seránexpedidas dentro de 30 días después de recibir losargumentos, y se numerarán acorde a lo provisto enel Artículo IX, Sección 2. Los Funcionarioscontinuarán en su puesto durante el referéndum derevocación.

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ARTÍCULO X

Transferencias, Credenciales de Funcionarios,Etc.

Sección 1. Habrá un intercambio de credencialesentre todas las organizaciones subordinadas a losTrabajadores Industriales del Mundo, y cadaSindicato Industrial aceptará, en vez de una cuota deiniciación, la credencial de membresía de cualquiersindicato.

Sección 2. (a) Los miembros de un SindicatoIndustrial que cesen de trabajar en una industria ytrabajen en otra industria por 30 días o más,deberán transferirse al nuevo Sindicato Industrial.Ningún miembro estará autorizado a transferirse amenos que verdaderamente trabaje en la industria ala que pretende transferirse.

b) Cualquier miembro de sindicato constituido quetrabaje en otro Sindicato Industrial por más de 30días y no se transfiera será considerado comomiembro no activo.

Sección 3. Los miembros atrasados en los pagos delas cuotas mensuales y las imposiciones no puedentransferirse de un Sindicato Industrial a otro. Losdelegados delincuentes no podrán realizartransferencias.

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Sección 4. (a) Todos los delegados que transfieranun miembro de un Sindicato Industrial a otro lonotificarán inmediatamente a la Casa de Liquidación.

b) Cualquier miembro del IWW que, 90 días o menosantes de la convocación de la Asamblea General, haasistido, con voz y voto, a una conferencia deSindicato Industrial o convención en la cual se hantramitado resoluciones para la presentación a laAsamblea General, o en la cual fuesen elegidos uno omás delegados, no tendrá ni voz ni voto en cualquierotra convención de Sindicato Industrial o conferenciaque ocurra antes de la Asamblea General.

Retirada de Credenciales

Sección 5. Los miembros que cesen de sertrabajadores a sueldo solicitarán la retirada de sucredencial al Secretario-Tesorero de la Casa deLiquidación que registrará la fecha de retirada en lapágina de transferencias en el libreto de membresía,junto con su firma oficial, y devolverá dicho libreto almiembro retirado.

Sección 6. El Sindicato Industrial expedirá unatarjeta especial de membresía con el privilegio detener voz en la sección de "Bienestar," pero sin vozen los asuntos del sucursal a cualquier miembroactivo por 10 años continuos que esté incapacitadode por vida.

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ARTÍCULO XI

Estatutos

Sección 1. El número mínimo de firmas necesariopara la solicitud de un Estatuto no será menos de 10firmas.

Sección 2. El estatuto de un sindicato o sucursal sedevolverá cuando la membresía caiga por debajo de5 miembros.

Sección 3. Cuando un sindicato devuelve su estatuto,la Junta General Ejecutiva designará unrepresentativo de los Trabajadores Industriales delMundo para encargarse del mismo, equipamiento,propiedad y fondos de dicho sindicato. Los miembrosu Funcionarios de dicho sindicato que rehúsen laentrega del estatuto, equipamiento, propiedad ofondos del sindicato a los representantes autorizadosdel IWW serán expulsados de la organización.

ARTÍCULO XII

Miembros Desempleados

Sección 1. Excepto cuando los Sindicatos Industrialesdigan diferente, cualquier miembro que gane menosde $800 en el mes precedente tiene derecho a pagarla mínima cuota mensual de tres dólares, incluyendoa estudiantes que trabajen a tiempo parcial. Si unmiembro pagase la cuota mensual por adelantado y

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al aumentar su salario a más de los $800 antedichos,deberá pagar la diferencia en cuota correspondienteal nuevo salario desde el mes que éste aumentó. Lacasa de liquidación expedirá las estampillasespeciales de salario mínimo y éstas seránregistradas por separado en todas las cuentas.

Sección 2. Miembros con estampillas de cuotasmínimas tienen derecho a todos los privilegios; losrepresentantes en las Asambleas no discriminarán deninguna manera entre los dos tipos de cuota,exceptuando lo provisto los miembros que paguencuotas mínimas estarán obligadas a pagar todas lastasaciones cobradas a los miembros con empleo.

REGLAMENTOS GENERALES

ARTÍCULO I

Sección 1. Los sindicatos tendrán el poder depromulgar sus reglamentos de gobierno conforme asus necesidades particulares siempre y cuando noestén en conflicto con la Constitución y losreglamentos generales de los TrabajadoresIndustriales del Mundo (IWW).

Sección 2. El voto mayoritario gobernará laorganización general y sus secciones subordinadas.

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ARTÍCULO II

Defensa

Sección 1. El Comité General de Defensa (CGD)deberá ser formado por comités generales dedefensa locales, iniciado por los SindicatosIndustriales y/o los miembros de los sindicatoslocales y CDG regionales iniciados por los COMRO enáreas fuera de los Estados Unidos.

Sección 2. (a) Un Comité General de Defensa deberáconstar al menos de cinco miembros activos del IWWy deberá permanecer abierto a los no miembros delIWW que se suscriban a los principios generales ymetas tanto del IWW como del CGD.

b) La Junta General Ejecutiva aprobará y expedirálos estatutos de los Comités Generales de Defensa.Un estatuto local podrá ser suspendido por elSindicato Industrial o Sucursal de Membresía Generalque tiene jurisdicción, quedando la revocación de talestatuto a cargo de la JGE. El CGD local podrá apelarla decisión del JGE considerando los estatutos a lamembresía del IWW.

c) Cada una de las secciones instituidas elegirá unSecretario-Tesorero quien actuará como delegado delcuerpo y habrá de encargarse de custodiar lasregistros, los fondos, y las provisiones, y decoordinar los esfuerzos conjunto con otros locales.

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d) Todos los Funcionarios locales elegidos deberánser miembros del IWW.

e) Ninguna Sucursal instituida creará legislación omoción que este en conflicto con la constitución delos Trabajadores Industriales del Mundo.

Sección 3. Ningún miembro expulsado del IWWpodrá ser elegido como miembro del CGD.

Sección 4. (a) Los Funcionarios del CGD consistiránde un(una) Secretario-Tesorero General que seráelegido por todos los miembros en general delsindicato en un referéndum que empezará en el año2000, y un Comité de Organización de DefensaGeneral que será elegido por los miembros del CGDempezando en el 2001.

b) El Secretario-Tesorero General actuará comoguardián del fondo central del CGD. El secretariodebe hacer informes cada quince días a la sedegeneral y actuar como casa de liquidación para lasestampillas y tarjetas.

c) La Junta General Ejecutiva tendrá el poder denombrar un Secretario del Comité General deDefensa, si el puesto está libre.

d) El comité de organización será responsable desupervisar la distribución de fondos del CGD.

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Sección 5. Se mantendrán dos fondos por el CGDcentral.

El Fondo General será mantenido como fondooperacional para el CDG, con el objetivo de cubrirgastos, impresos u otras necesidades que se puedanpresentar.

El Fondo Central del CGD se mantendrá en otracuenta separada con el objetivo de cubrir el trabajode defensa.

Sección 6. La cuota de afiliación para miembros delCGD será de $5 y la cuota trimestral será de $5.Cada sección local retendrá el 75% de las cuotasreunidas.

Sección 7. Los miembros del CGD podrán solicitarfondos del Fondo Central del CGD por medio de unreferéndum avalado por todos los miembrosintegrantes del CGD.

Sección 8. El CDG tratará siempre de apoyar acualquier miembro de la clase trabajadora que seencuentre en problemas legales debido a suparticipación en la lucha de clases. Los localespueden involucrarse en huelgas de apoyo u otrasactividades consistentes con los objetivos yprincipios del IWW.

Sección 9. El CDG estará regulado por leyes, pasadaspor un comité especial de la Asamblea General y

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aprobadas por la Asamblea General en masa hastaque llegue el momento en que leyes permanentespuedan ser redactadas y aprobadas por el CDG, através de un referéndum.

ARTÍCULO III

Acusaciones contra Miembros

Sección 1. Las acusaciones de un miembro del IWWcontra otro miembro del mismo Sindicato Industrialdeberán quedar asentadas por escrito, especificandolos hechos y suscribiendo el nombre completo de losinvolucrados y sus respectivos testigos, señalandopuntualmente los cargos de los que se acusa alcompañero miembro del IWW. Los cargos deberánser leídos en la siguiente reunión local regular delIWW, donde cinco miembros del plenario deberánser elegidos para integrar un comité de juicio. Ni elacusador ni el acusado podrán participar en laelección del comité ni podrán participar comomiembros del mismo.

El comité dará al acusado una copia fiel del actadonde se estipulen los cargos en su contra ya seapor medio de correo certificado o bien por entregapersonalizada, esto es mano a mano, en presenciade un testigo. El Comité de Juicio designará la fechade la audiencia y deberá recopilar todo tipo deevidencias, tanto a favor como en contra delacusado. Al finalizar la audiencia deberá reunir todoslos puntos tratados en la misma, para ser expuestos

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conjuntamente, tanto evidencias como cargos yconclusiones en la siguiente reunión regular, cuandopodrán aceptar o rechazar el resultado de lainvestigación.

Si ambas partes quedan conformes con la sentenciadel Comité, este enviará por correo certificado laresolución a la Dirección Central del SindicatoIndustrial. Si alguna de las partes no estuvieraconforme con la decisión tomada por el Comitédeberá apelar a la Convención del SindicatoIndustrial. La apelación podrá tomar 30 días para sugestión en la Convención del Sindicato Industrial ypara ser acordada por referéndum por losintegrantes del IWW.

Sección 2. Una acusación hecha en contra de unmiembro perteneciente a otro Sindicato Industrialdiferente, tendrá que presentar las acusaciones conlos puntos requeridos en el apartado anterior, alsucursal de la región o distrito industrial al que elacusado pertenece, de existir estos en el lugar de laofensa alegada. Si la ofensa por la que se acusa aotro miembro del Sindicato Industrial tuviese lugaren una ciudad o distrito industrial que no tenga unsucursal o representación del Sindicato Industrial, loscargos se remitirán a cualquier otro sucursal delIWW en la ciudad, en caso de que haya dos o másSucursales del IWW en la ciudad el juicio no secelebrará en la que el acusado pertenece.

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Sección 3. Es opcional para cada Sindicato Industrialla elaboración de reglamentos locales que remitandirectamente las acusaciones a la Convención delSindicato Industrial.

Sección 4. Tanto el acusador como el acusadopodrán apelar la decisión del Sindicato Industrial enla Asamblea General.

Sección 5. (a) No se le retirará a ningún miembro sucredencial fuera de las reuniones regulares delsucursal, conferencias o convenciones.

b) No se publicará ninguna suspensión en ningunade las publicaciones del IWW sin la previaautorización de la Convención del Sindicato Industrialo la Asamblea General. Una vez tomada la decisiónsobre la suspensión, la Asamblea General o laConvención del Sindicato Industrial, indicarán lainformación a publicarse sobre cada uno de loscasos.

Sección 6. (a) Las acusaciones de un miembro encontra de otro miembro, sin sustento y sinpresentación oficial de las mismas por escrito, seránmotivo de expulsión del miembro que las haga.

b)Ningún miembro del IWW deberá ser suspendidopor más de noventa días hábiles. Todos los cargosdeberán ser aclarados en dicho periodo de tiempo yla situación del miembro acusado definida ya sea enexpulsión o en reinstalación.

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Sección 7. Cuando el miembro acusado nopertenezca a algún Comité Regional de Organizacióno Sindicato Industrial que tenga la capacidad decelebrar un juicio, se buscará la intervención de laJunta General Ejecutiva para que esta instanciapromueva un juicio justo y busque el acuerdo entreel acusador y el acusado.

ARTÍCULO IV

Empleados

Sección 1. Todos los trabajadores empleados por elIWW deben ser miembros de este cuando seaposible.

Miembros Expulsados

Sección 2. La organización en general así como losSindicatos Industriales deben abstenerse de emplearmiembros expulsados hasta que estos hayan sidoreinstalados y reconocidos por el sindicato osindicatos del que fueron expulsados.

ARTÍCULO V

Delincuencia

Sección 1. Se pagarán las cuotas mensuales elprimer día de cada mes. Los miembros que seatrasen en el pago de las cuotas mensuales porsesenta días (sesenta días desde el primer día del

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mes en que ha de ser pagada la cuota mensual)serán declarados miembros no activos que no tienenderechos ni beneficios en el IWW hasta que seapagada la cuota mensual que debe. Después de seismeses de no ser miembro activo, éste no podráasistir a las reuniones de carácter oficial.

Sección 2. Los delegados delincuentes son miembrosno activos. La delincuencia de los delegados serádefinida por el Sindicato Industrial a la quepertenece.

Sección 3. Todos los delegados viajeros (transitorios)de Comités Organizativos Generales, y todos lossecretarios de Sucursales, deben anotar, en latarjeta de membresía del delegado el número de lascredenciales expedidas, la fecha, y el expediente delmismo. Cuando la cuenta del delegado sea liquidado,la Casa de Liquidación le expedirá una estampilla deliquidación de las deudas para fijar en la tarjeta delmembresía.

ARTÍCULO VI

Provisiones, Etc.

Todas las organizaciones subordinadas del IWW(dónde no haya COMRO local) deberán obtenerdirectamente del STG todas las estampillas, tarjetas,broches oficiales, rótulos e insignias oficiales. Todoeste tipo de accesorios deberán ser de diseñouniforme.

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ARTÍCULO VII

Oradores y Organizadores

Sección 1. Ningún miembro del IWW representará ala organización ante un grupo de trabajadores sin laprevia autorización de la JGE o una secciónsubordinada del IWW.

Sección 2. Ningún organizador del IWW mientraspertenezca a éste deberá promover o apoyarninguna plataforma política de ningún partidopolítico.

ARTÍCULO VIII

Intoxicación

[Revocado]

ARTÍCULO IX

Declinaciones

Cualquier miembro que haya aceptado ser nominadopara una posición oficial y la rechaza después dehaber sido escrito en la papeleta no podrá serelegido ni nominado para ningún otro oficio durantedos años. Esto no se aplica en caso de que elmiembro en cuestión haya rechazado elnombramiento por causas justificables ycomprobables como enfermedad o encarcelamiento.

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ARTÍCULO X

Publicaciones

Cualquier publicación patrocinada por el IWW podráaceptar advertencias, única y exclusivamente deempresas organizadas por el IWW y entidadesartesanales y cooperativas (miembros del IWW quecontrolan sus medios de producción) a discreción ycosto de los redactores y/o editores de la mismapublicación.

ARTÍCULO XI

Acuerdos

Sección 1. Cada Sindicato Industrial debe tener laautoridad para elaborar los reglamentos relativos alos acuerdos entre los sucursales de trabajo y lospatrones.

Sección 2. Ningún acuerdo hecho por cualquierasección subordinada del IWW estipulará larecaudación de las cuotas por el patrón ni obligará alos miembros del sindicato a trabajar con el fin dederrotar u obstaculizar cualquier huelga.

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ARTÍCULO XII

Enmiendas

Ninguna cláusula de los Reglamentos Generales en laConstitución General se considerará válida al menosque sea votada por referéndum e incluida en laConstitución General y los Reglamentos Generales.

ARTÍCULO XIII

Entrevistas Privadas

Ningún oficial o miembro del sindicato debe buscarentrevista alguna o reunión con ningún empleadordurante las negociaciones del contrato o la huelga.

Artículo XIV

Comité de Mediación de Disputas

Sec. 1: La Asamblea General, el JGE, cualquierSucursal de Membresía General, cualquier comitéregional de organización y cualquier CongresoIndustrial tiene el derecho de designar miembrosactivos para servir en el Comité de Mediación deDisputas, y la Sede General será informadaprontamente de tal hecho.

Sec. 2: Los miembros designados servirán por unplazo de dos años a partir de la fecha de nominaciónmientras permanezcan en estado activo y podrán

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servir términos consecutivos sin límite siempre quesean re-elegidos por cualquiera de los cuerposmencionados en la Sección 1. Se entiende que loscuerpos que efectúan esa elección se reservan elderecho de dar de baja y/o reemplazar su(s)representante(s) en el CMD cuando así lo decidan.

Sec. 3: La Sede General mantendrá una lista de losmiembros del CMD que incluirá la declaración decada miembro detallando sus calificaciones e historialen el sindicato, así como sus señas de contactocorrientes.

Sec. 4: Los miembros del CMD debidamentedesignados elegirán un coordinador entre susmiembros cada mes de diciembre y este ocupará esecargo durante el siguiente año. El coordinador seráresponsable de preparar un informe anual para laAsamblea General acerca de las actividades del CMD,y estará regularmente en contacto con los demásmiembros del CMD durante el año para facilitar lalabor y asegurarse de que el Comité tenga acceso amateriales de instrucción apropiados y demás apoyosnecesarios para el desempeño de sus deberes.

Sec. 5: Los miembros del sindicato que tenganquejas de otros miembros que no puedan resolversea nivel local podrán solicitar la asistencia del CMD.Los miembros que soliciten esta ayuda darán unbreve informe sobre la situación a la Sede General ya otras partes interesadas. Estas partes recibirán unalista de los miembros del CMD disponibles y

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acordarán nombrar un mediador neutral ya bien poracuerdo mutuo o, si ello no es posible, borrandonombres de la lista alternativamente (la otra partepodrá rechazar esa cancelación) así hasta llegar anominar un mediador.

Sec. 6: El mediador elegido consultará con ambaspartes para tratar de ayudarlos a llegar a un acuerdomutuo. Dado que la mediación es, por definición, unsistema de consulta voluntario, el papel del mediadory del CMD no será imponer una solución, sino másbien facilitar el trabajo en buena fe de ambas partespara llegar a una resolución de la disputa.

Sec. 7: Al final del proceso el mediador preparará uninforme describiendo la queja y si se llegó a unasolución conforme para ambas partes. A menos queasí lo soliciten, los nombres de ambas partes noserán divulgados.

RESOLUCIONES ADOPTADAS

Partidos Políticos y Disciplina

Considerando que la meta prioritaria del IWW es unira todos los trabajadores en el campo industrial debatalla; y

Considerando que el sindicato en cualquier sentidosupone la disciplina en todas las seccionessubordinadas al conjunto y del individuo a la entidadde que es parte; por consiguiente:

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Es resuelto, a fin de promover la unidad industrial yde asegurar la disciplina necesaria en laorganización, el IWW rechaza todas las alianzasdirectas e indirectas con todos los partidos políticosde hoy, las sectas en contra de la política, y declinala responsabilidad de cualquier opinión individual queesté en conflicto con dicho fin.

Organización de Campañas

Queda resuelto, que la norma siguiente se adopte enla organización de campañas:

1. Los delegados afiliados con un Sucursal deMembresía General (SMG) obtendrán elconsentimiento del sucursal antes de comenzar unacampaña de organización. El sucursal seráresponsable por seguir adelante con la campaña dela manera más efectiva posible.

2. Los delegados no afiliados a un SMG obtendrán elconsentimiento del Comité regional de OrganizaciónGeneral o del Consejo Ejecutivo General antes deempezar una campaña de organización. Tendrán lasresponsabilidades siguientes: (a) Poseerán conocimiento del trabajo y de laindustria en la cual planean la campaña deorganización; (b) Serán capaces de garantizar sin duda alguna,que permanecerán en la región hasta que seconcluye la campaña;

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(c) Se habrá formulado un plan práctico para elfinanciamiento de la campaña; (d) Informarán regularmente al Comité deOrganización Regional o el Consejo Ejecutivo Generalsobre el progreso de la campaña.

Fondos para las Campañas de Organización

1 (a). Cualquier sucursal del IWW, agencia decolocación, Grupo o Delegado tienen derecho depedir fondos para organizar a trabajadores por mediode una petición claramente escrita a la Casa deLiquidación. Se incluirá en la petición, pero sin tenerque limitarla a esto, la información siguiente:persona o grupo que pide los fondos; una propuestade presupuesto (incluyendo los estipendios, gastosde teléfono, equipamiento, viajes, etc.). La peticiónde presupuesto incluirá una propuesta para recibir elreembolso mensual; además de una descripción dela campaña de organización; y un horario para lacampaña.

b) Al recibir la petición, la Liquidación de Liquidaciónmandará inmediatamente copias de la petición alConsejo General Ejecutivo.

c) La Junta General Ejecutiva (JGE) tendrá unmáximo de 45 días (desde la fecha de la marcapostal en la petición) para votar sobre la petición. Siquienes hicieron la petición piden un voto porteléfono para acelerar la tramitación de la petición, elConsejo Ejecutivo General deberá votar por teléfono.

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Una petición solo puede ser aprobada por un voto demayoría del JGE.

2 (a). Inmediatamente después aprobada la petición,los fondos serán repartidos mensualmente a losdelegados, grupos, agencias de colocación, osucursal que solicitó los fondos.

b) Mandarán informes mensuales obligatorios a laCasa de Liquidación para explicar el progreso de lacampaña de organización. Los informes incluirán uninforme financiero con los recibos de los gastos. Losfondos no serán desembolsados sin los informesmensuales.

c) Se suspenderán los fondos en cualquier momentopor un voto de mayoría del JGE. Si esto ocurriera, elbalance de los fondos que aún no se han gastado, sedevolverán a la Casa de Liquidación rápidamente.

3. Cualquier decisión del JGE se puede apelar a lamembresía general mediante un referéndum (verArtículo IX de la Constitución).

Traducciones

El STG puede autorizar la creación de fondosnecesarios para la traducción y reproducción de laliteratura del IWW con fines organizativos, acualquier idioma solicitado por un Sucursal deMembresía General, agencia de colocación, grupo delIWW o incluso cualquier delegado.

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Resoluciones

Las resoluciones sometidas a votación por laAsamblea General deben ser presentadas a losmiembros a través del Boletín de la OrganizaciónGeneral por lo menos dos meses antes de que laAsamblea convenga para permitir la votación porpoderes de los asuntos propuestos. Las resolucionessometidas a la Asamblea que no sean publicadas conanticipación en el boletín, como se menciona en laslíneas anteriores, solo serán sometidas a votación sila Asamblea acepta mayoritariamente que elcontenido de tales resoluciones tiene carácterurgente por afectar directamente el buen desarrollode las actividades del sindicato.

Gastos

Los gastos que excedan de $5,000 únicamentepodrán ser autorizados a través de un referéndum detodos los miembros.

Comité de Finanzas

Queda acordado que en la Asamblea General delIWW se incluirá a un Comité de Finanzas, formadode:

1. Un máximo de 5 miembros, que deben sermiembros activos del IWW, escogidos por laAsamblea General. 2. El STG

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3. El Presidente del JGE

El Comité de Finanzas: 1. Aconsejará el JGE en materias financieras 2. Asistirá en la preparación de un presupuestooperativo 3. Aconsejará al cuartel general en materiaspresupuestarias y de los procedimientos decontabilidad 4. Elaborará un informe para los miembros, al menosuna vez durante el año fiscal

También se acuerda que las definiciones yresponsabilidades del Comité de Finanzasespecificadas arriba, se imprimirán en la sección deResoluciones Adoptadas dentro de la Constitución.

Infraestructura de Comunicaciones

Será la norma del IWW el implementar apoyosistemático para la adopción de infraestructura deInternet dentro del IWW: Con el fin de comunicarnosentre nosotros y el con el mundo Para suplementaroperaciones de la Administración General, incluyendofunciones en la sede general, tales como membresía,bases de datos con las cuotas, contabilidad yreportes financieros, referéndums, etc. y se proveerápara ello en nuestros planes colectivos depresupuesto, cualquier decisión posterior referente aesto que sea adoptada y los voluntarios técnicosdentro del sindicato pueden proceder con estaconfianza.

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ORDEN DE ASUNTOS

1. Apertura y llamada de orden.

2. Lectura de las actas de la reunión anterior.

3. Lectura de las aplicaciones para admisión.

4. Informes de comités permanentes y especiales.

5. Informes de delegados y de funcionarios

6. Lectura de comunicaciones y cuentas.

7. Informe semanal del secretario financiero,incluyendo lectura de ingresos y gastos.

8. Asuntos anteriores.

9. Asuntos nuevos.

10. Nominaciones, Elecciones, and Instalaciones.

11. Bienestar de la organización.

12. Levantamiento.

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Directorio de los Sindicatos Industriales

Para uso de los delegados al iniciar nuevosmiembros.

Departamento de Agricultura y Pesca No.100

Sindicato Industrial de Trabajadores Agricultores, Nº.110: Todos los trabajadores de granjas, ranchos,huertas, fincas y plantaciones.

Sindicato Industrial de Trabajadores Forestales, Nº.120: Todos los trabajadores forestales. Todos lostrabajadores que se ocupen en las labores de lasilvicultura, en los aserraderos y en la preparación deleña como combustible y para la construcción.

Sindicato Industrial de Pescadores, Nº. 130: Todoslos trabajadores de la pesca en océanos, lagos y ríos.Trabajadores en granjas de ostras y almejas.Colectores de perlas, coral y esponjas. Trabajadoresen criaderos de pescado.

Sindicato Industrial de Trabajadores Floricultores,Nº. IU 140: Todos los trabajadores de invernaderos,semilleros, jardineros, los cultivadores de seda.Distribución de productos florales.

Departamento de Minería y Minerales No.200

Sindicato Industrial de Trabajadores Metalúrgicos,Nº. 210: Todos los trabajadores relacionados con

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minas de metales y minerales. Todos lostrabajadores en refinerías, fundidoras, y plantasmetalúrgicas. Todos los trabajadores de la piedra ycanteras.

Sindicato Industrial de Minas de Carbón, Nº. 220:Todos los trabajadores de las minas de carbón y dela producción de coque y briquetas.

Sindicato Industrial de Trabajadores Petroleros, Nº.230: Todos los trabajadores del petróleo, gasolina yenergía geotermal. Todos los trabajadores de lasplataformas petrolíferas, la gasolina, y la energíageotérmica, las refinerías y las actividades deprocesamiento. Todos los trabajadores que seocupan de la distribución de tales productos.

Departamento de la Construcción GeneralNo.300

Sindicato Industrial de Trabajadores de ConstrucciónGeneral, Nº. 310: Todos los trabajadores que seocupan de la construcción de diques, ferrocarriles,carreteras, calles, puentes, alcantarillados, túneles,canales, viaductos, canales de irrigación y cañerías.

Sindicato Industrial de Trabajadores de laConstrucción de Barcos, Nº. 320: Todos lostrabajadores que se ocupan de la construcción y/oreparación de barcos, buques y navíos. Todos lostrabajadores del dique seco.

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Sindicato Industrial de la Construcción de Edificios,Nº. 330: Todos los trabajadores que se ocupan de laconstrucción de edificios y casas así cómo la entregade materiales de construcción.

Departamento de Manufactura y ProducciónGeneral No.400

Sindicato Industrial de Trabajadores Textiles yVestidos, Nº. 410: Todos los trabajadores que seocupan de la producción de ropa de fibra sintética onatural. Todos los trabajadores que se ocupan de lamanufacturación de ropa.

Sindicato Industrial de Trabajadores en Mueblerías,Nº. 420: Todos los trabajadores de carpinterías yfábricas de muebles. Todos los trabajadores que seocupan de producir cajas de madera.

Sindicato Industrial de Trabajadores en Química, Nº.430: Todos los trabajadores que se ocupan deproducir medicamentos, drogas, pinturas,explosivos, plásticos, fibras sintéticas y productosquímicos en general.

Sindicato Industrial de Trabajadores en Metal yMaquinaria, Nº. 440: Todos los trabajadores que seocupan de los hornos de alta temperatura, lasfundidoras de acero, las plantas de aluminio, etc.Todos los trabajadores que se ocupan de fabricarmaquinaria para agricultura, carros, locomotoras,motores, automóviles, bicicletas, aviones y sus

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respectivos accesorios; así cómo la elaboración deherramientas, joyería y relojes.

Sindicato Industrial de Trabajadores de Imprenta yPublicación, Nº. 450: Todos los trabajadores que seocupan de la producción de impresos.

Sindicato Industrial de Trabajadores en Comestibles,Nº. 460: Todos los trabajadores, con excepción delos trabajadores de la agricultura y pesca, que seocupan del procesamiento de alimentos, bebidas yproductos de tabaco.

Sindicato Industrial de Trabajadores en Cueros, Nº.470: Todos los trabajadores que se ocupan depeletería, así cómo aquellos que trabajan en fábricasde productos de piel, como maletas, botas y calzadoen general.

Sindicato Industrial de Trabajadores en Cristalería yAlfarería, Nº. 480: Todos los cristaleros y alfareros.Todos los trabajadores del cristal, porcelana, barro,baldosa, y fabricantes de tejas y ladrillos.

Sindicato Industrial de Trabajadores en Pulpa yPapel, Nº. 490: Todos los trabajadores de pulpa ypapel que se ocupan de pulpa, papel, contenedores yenvases de papel.

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Departamento de Transporte y ComunicaciónNo.500

Sindicato Industrial de Trabajadores del TransporteMarítimo, Nº. 510: Todos los trabajadores deltransporte marítimo. Todos los trabajadores endiques y terminales.

Sindicato Industrial de Trabajadores Ferrocarrileros,Nº. 520: Todos los trabajadores que se ocupan deferrocarriles de carga de larga distancia y deltransporte de pasajeros. Todos los trabajadores delocomotoras, vagones, y reparación de los mismos.Todos los trabajadores de los ferrocarriles depasajeros.

Sindicato Industrial de Trabajadores del Transporte aMotor, Nº. 530: Todos los trabajadores ocupados enel transporte de cargo y pasajeros por camión,autobús y taxis. Todos los trabajadores determinales de camiones y estaciones de autobús depasajeros.

Sindicato Industrial de Trabajadores del TransporteMunicipal, Nº. 540: Todos los trabajadores de latransportación municipal y a corta distancia.

Sindicato Industrial de Trabajadores del TransporteAéreo, Nº. 550: Todos los trabajadores en el servicioy mantenimiento del transporte aéreo.

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Sindicato Industrial de Trabajadores deComunicación, Telecomunicación, y Computación,Nº. 560: Todos los trabajadores de teléfonos,telégrafos, radio, televisión, comunicaciones víasatélite y computadoras, incluyendo programadoresy técnicos de redes de comunicación.

Departamento de Servicios Públicos No.600

Sindicato Industrial de Trabajadores de Sanidad, Nº.610: Todos los trabajadores empleados en loshospitales y servicios para la recuperación de lasalud.

Sindicato Industrial de Trabajadores de Educación,Nº. 620: Todos los trabajadores en las institucionesde educación.

Sindicato Industrial de Trabajadores de Recreación,Nº. 630: Todos los trabajadores en patios de recreoy los lugares de diversión y recreo. Todos los actoreso músicos profesionales.

Sindicato Industrial de Trabajadores Hoteles,Restaurantes, y Servicios de Edificación, Nº. 640:Todos los trabajadores en las facilidades deacomodación. Todos los trabajadores de serviciopara edificios.

Sindicato Industrial de Trabajadores de Oficinas deAbogados, de Financieros, de los Intereses Públicos,y Generales, Nº. 650: Todos los trabajadores que

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trabajan en las oficinas financieras, de interéspúblico, legal y general, además de las institucionesque no se involucran directamente en las demásindustrias.

Sindicato Industrial de Trabajadores de Distribuciónen General, Nº. 660: Todos los trabajadores en lasfacilidades de distribución general, a la venta mayoro venta al por menor.

Sindicato Industrial de Trabajadores Municipales y delos Utilidades Públicos, Nº. 670: Todos lostrabajadores de la transmisión, provisión, ymantenimiento de gas, electricidad, agua y losservicios de alcantarillas. Todos los trabajadores enla recolección y el refinamiento de las materias dedesecho, reciclaje y salva.

Sindicato Industrial de Trabajadores Domésticos, Nº.680: Todos los trabajadores que proveen serviciosen la casa.

Sindicato Industrial de Trabajadores Sexuales, Nº.690: Todos los trabajadores de baile, modelos,trabajadores telefónicos de sexo, actores y otrostrabajadores que usan la sexualidad cómo elementofundamental de comercio (excluyendo a todos losagentes del jefe que tienen el poder de emplear odespedir o poseen el poder equivalente de coerción o punitivo).

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INDICE

Acuerdos ........................................................ 55no derrotar huelgas ................................. 55

Acusacionesapelaciones ...................................... 22, 51contra funcionarios ................................. 21contra miembros ..................................... 49

Asamblea General ............................................ 27acusaciones ...................................... 21, 22agenda .................................................. 27apoderados ............................................ 28autoridad ......................................... 27, 28credenciales ........................................... 28delegados ......................................... 29, 30lugar ...................................................... 27nominaciones .................................... 13, 14Representación ...................................... 28resoluciones ..................................... 27, 31

Boletín de la Organización ................................ 17comité de sufragios ................................. 39informes ........................................... 18, 31propuestas ............................................. 38resoluciones ........................................... 62revocación de funcionarios ........................ 41

Campañas de organización ......................... 17, 59fondos ................................................... 60

Casa de Liquidación ........................ 22, 30, 43, 53del Comité de Defensa ............................. 47fondos para campañas ....................... 60, 61

COMGO .......................................................... 28Comité de Auditoría de Cuentas ......................... 31

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Comité de Finanzas ................................... 62, 63Comité General de Defensa

(CGD) .................................................... 46secretario ......................................... 20, 47

Comités Regionales de Organización .................... 7Cooperativas .................................................... 9Cuotas ........................................................... 33

de iniciación ........................................... 33de los Comités Regionales ..................... 7, 8división .................................................. 35mensuales .............................................. 33no excesivas ........................................... 34no recaudadas por patrón ........................ 55reembolso .............................................. 10uniformes ................................................ 5

Cuotas de iniciaciónrenunciación ........................................... 35

Declinaciones ................................................. 54Delegados .................................................. 8, 28

campañas .............................................. 59consejos .................................................. 6credenciales ........................................... 23

Delincuencia .................................................. 52Departamentos Industriales ................................ 3Elecciones ...................................................... 13Empleadores, entrevistas ................................. 56Empleados del sindicato ............................. 29, 52

salarios .................................................. 12Endeudamiento .............................................. 30Enmiendas ............................................... 37, 56estatutos ........................................................ 44

de Comités de Defensa ............................ 46

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de Comités Regionales .............................. 7de organizaciones locales .......................... 6de Sindicatos Industriales ....................... 5, 6devolución .............................................. 44precios ................................................... 33

Funcionarios de Sucursales ............................... 26Funcionarios generales

dimisión o deposición ............................... 15elecciones ........................................ 13, 14Revocación ............................................. 41

Gastos grandes ............................................... 62informes

de delegados .......................................... 26de sucursales .......................................... 26

Informes financieros .................................. 16, 63Junta General Ejecutiva .................................... 12

acusaciones ............................................ 21candidatos escritos ............................ 14, 15comités de defensa .................................. 46elecciones .............................................. 14eliminar cuotas ....................................... 35estatutos de sindicatos .............................. 5estatutos de Sucursales ............................ 6fondos para campañas ....................... 60, 61informes ............................................. 8, 17miembros ............................................... 13nominaciones .................................... 13, 14obligaciones ...................................... 12, 18presidente ........................ 15, 18, 20, 24, 63referéndums ........................................... 38salarios de empleados .............................. 17sustitutos ......................................... 15, 16

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y Comisión de Solidaridad In .................... 20y departamentos ....................................... 3

Marca Universal ............................................. 32Mediación de Disputas ..................................... 56Membresía

elegibilidad ............................................... 8no discriminar ........................................... 8

Miembros Desempleados .................................. 44Miembros Expulsados ................................ 47, 52Oradores ....................................................... 54organismos de coordinación ................................ 5Organizadores ..................................... 18, 19, 54

salarios .................................................. 12Partes conflictivas ........................................... 37Partidos políticos ............................................. 58Período oficial ................................................. 12Preámbulo ........................................................ 1Prestación por muerte o enfermedad ................. 34Provisiones ............................................... 25, 53Publicaciones ....................................... 19, 51, 55

advertencias ........................................... 55Quórum ........................................................ 12Referéndums ................................................. 37

comité de sufragios ................................. 39correspondencia sobre ............................. 17mociones de las asambleas ...................... 28números de resultados ............................ 40sobres ................................................... 40

Renunciación de cuotas .................................... 35Retirada de Credenciales .................................. 43Revisión de cuentas

por Asamblea General ............................. 31

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por Junta General Ejecutiva ...................... 19Salarios

de empleados y organizadores .................. 12Secretario-Tesorero General ....................... 12, 13

candidatos escritos .................................. 14informes .................................................. 8nominaciones .......................................... 13obligaciones ............................................ 16

Sectas anti-políticas ......................................... 59Sello

Para sindicatos y sucursales ...................... 33Sindicatos Industriales

Directorio ............................................... 65Sucursales

de Membresía General .............................. 3de Trabajo .......................................... 3, 11Industriales .......................................... 3, 6informes ................................................. 26obligaciones ............................................ 26reglamentos .......................................... 45

sufragios ................................................... 39-41Sustitutos ....................................................... 15

presidente .............................................. 16TABLA DE MATERIAS ........................................ iiiTasas ............................................................. 33

de la Organización General ....................... 33Traducciones .................................................. 61Transferencias ................................................. 42Voto mayoritario gobierna ................................ 45