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PRE-BASES
La Secretaría de Comunicaciones y Transportes, previo a la publicación en el
Diario Oficial de la Federación de la convocatoria y de las bases para participar
en la licitación pública que tiene por objeto la celebración de los contratos de uso
y aprovechamiento accesorio y temporal y demás instrumentos requeridos
conforme a las bases de licitación, a celebrarse con la Comisión Federal de
Electricidad para obtener el uso y aprovechamiento accesorio y temporal sobre
un par de hilos de fibra óptica oscura en la red de alta tensión de la Comisión
Federal de Electricidad y, como consecuencia, el otorgamiento de concesiones
para instalar, operar y explotar redes públicas de telecomunicaciones; difunde en
su página de Internet las presentes Pre-Bases para recibir comentarios a efecto
de, en su caso, considerarlos para enriquecer el proyecto, conforme a lo
siguiente:
1.- Plazo para formular comentarios
A partir de la publicación de las presentes Pre-Bases en la página de Internet de
la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (www.sct.gob.mx) y hasta el día
6 de noviembre de 2009, en días y horas hábiles, conforme a la Ley Federal de
Procedimiento Administrativo, cualquier persona física o moral podrá formular
comentarios para enriquecer las mismas.
2.- Lugar y forma
Los comentarios a las presentes Pre-Bases deberán formularse por escrito y en
un disco compacto (CD) usando el programa Microsoft Word y presentarse en el
domicilio de Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de
Banca de Desarrollo, ubicado en Insurgentes Sur No. 1971, Torre IV, Piso 10,
Colonia Guadalupe Inn, Delegación Alvaro Obregón, México, D.F., Código Postal
01020, a la atención de la Dirección de Banca de Inversión.
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En caso de persona física, se deberá adjuntar copia de su identificación oficial y,
en caso de persona moral, se deberá señalar la denominación y el nombre del
representante legal, debiendo adjuntar copia de la identificación oficial y del
poder con el que se ostenta.
3.- Reglas para formular comentarios
Los comentarios a las Pre-Bases deberán versar única y exclusivamente sobre
el contenido de las mismas.
Los comentarios de carácter anónimo, ofensivo o insidioso no serán tomados en
cuenta por la Secretaría.
4.- Alcances de las Pre-Bases
Las presentes Pre-Bases únicamente son un proyecto que no genera ningún
derecho a favor de quien formula los comentarios u obligación a cargo de la
Secretaría de Comunicaciones y Transportes o de la Comisión Federal de
Electricidad.
No podrá considerarse que el procedimiento de licitación ha dado inicio con la
publicación de las presentes Pre-Bases. Lo anterior, en virtud de que el
propósito de esta difusión es única y exclusivamente recibir comentarios que, en
su caso, serán tomados en consideración por la Secretaría de Comunicaciones y
Transportes para enriquecer el proyecto. En consecuencia, la Secretaría no se
encuentra obligada a dar respuesta a dichos comentarios.
5.- Naturaleza de los comentarios
Los comentarios que se formulen sólo constituyen sugerencias para fortalecer,
en su caso, el proyecto. La Secretaría de Comunicaciones y Transportes no
tiene ninguna obligación ni se encuentra vinculada para aplicar los mismos.
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PRE-BASES
CONVOCATORIA PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN PÚBLICA QUE
TIENE POR OBJETO LA CELEBRACIÓN DE LOS CONTRATOS DE USO Y
APROVECHAMIENTO ACCESORIO Y TEMPORAL Y DEMÁS
INSTRUMENTOS REQUERIDOS CONFORME A LAS BASES DE
LICITACION, A CELEBRARSE CON LA COMISIÓN FEDERAL DE
ELECTRICIDAD PARA OBTENER EL USO Y APROVECHAMIENTO
ACCESORIO Y TEMPORAL SOBRE UN PAR DE HILOS DE FIBRA ÓPTICA
OSCURA EN LA RED DE ALTA TENSIÓN DE LA COMISIÓN FEDERAL DE
ELECTRICIDAD Y, COMO CONSECUENCIA, EL OTORGAMIENTO DE
CONCESIONES PARA INSTALAR, OPERAR Y EXPLOTAR REDES
PÚBLICAS DE TELECOMUNICACIONES.
La Secretaría de Comunicaciones y Transportes, con fundamento en los
artículos 25, 26, 27, 28 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 1, 2 fracción I, 3 fracción I, 9, 11, 14, 16, 18, 26, 36 fracciones I, II, III
y XXVII y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 11,
14, 15, 17, 20, 22, 47, 57, 58 y 59 de la Ley Federal de las Entidades
Paraestatales; 1, 2, 3, fracciones VIII, X, XIV, 4, 5, 6, 7, fracciones I, II, XII y XIV,
8, 11 fracción II, 12, 24, 25, 26, 27, 35, 41 y 44 de la Ley Federal de
Telecomunicaciones; 1 fracciones I, II y VII, 2, 3, fracción IV, 4, 5, 6 fracción XI,
9, 10, 13, 15, 116, 142 y 143 fracción XI de la Ley General de Bienes
Nacionales; 8, 9, fracciones VII, VIII y IX, 12 y 13, fracción I de la Ley del
Servicio Público de Energía Eléctrica; 1º, 2º, 3º, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 21 Bis y
22 de la Ley Federal de Competencia Económica; 1, 3, 8, 13, 28, 83, 84 y 85 de
la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 11 del Reglamento de la Ley del
Servicio Público de Energía Eléctrica; 1, 15, 18, 22 y 27 del Reglamento de la
Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 1, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23,
24, 25, 26 y 27 del Reglamento de la Ley Federal de Competencia Económica;
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1º, 2º fracciones I, IV y XX, 3º, 4º, 5º, 6º, 10, y 25 del Reglamento Interior de la
Secretaría de Comunicaciones y Transportes; 1º, 3º y 8º del Estatuto Orgánico
de la Comisión Federal de Electricidad; el numeral 17 de las Normas para la
Enajenación y el Aprovechamiento Accesorio y Compatible de los Inmuebles de
la Comisión Federal de Electricidad, autorizadas por Acuerdo No. 76 de fecha 10
de julio de 2008 de la Junta de Gobierno de la Comisión Federal de Electricidad;
el Acuerdo No. 34/2009 de fecha 18 de mayo de 2009 de la Junta de Gobierno
de la Comisión Federal de Electricidad; el Convenio de Colaboración celebrado
con fecha 16 de julio de 2009 por la Secretaría de Comunicaciones y
Transportes y la Comisión Federal de Electricidad; el Acuerdo No. 45/2009 de
fecha 30 de julio de 2009 de la Junta de Gobierno de la Comisión Federal de
Electricidad; y demás disposiciones legales, reglamentarias y administrativas
aplicables, y
CONSIDERANDO QUE, el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos establece que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo
nacional a fin de garantizar que éste sea integral y sustentable y que mediante el
fomento del crecimiento económico y el empleo se logre una más justa
distribución del ingreso y la riqueza, lo cual permita el pleno ejercicio de la
libertad y la dignidad de los individuos; y que, bajo criterios de equidad social y
productividad, el Estado debe apoyar a las empresas de los sectores social y
privado de la economía, sujetándolos a las modalidades que dicte el interés
público y al uso, en beneficio general, de los recursos productivos, cuidando su
conservación y el medio ambiente.
CONSIDERANDO QUE, el artículo 26 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos establece que el Estado organizará un sistema de planeación
democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo,
permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la
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democratización política, social y cultural de la Nación, para lo cual, requiere de
la participación de los diversos sectores sociales para incorporarlos al Plan
Nacional de Desarrollo, al cual se debe sujetar obligatoriamente la
Administración Pública Federal.
CONSIDERANDO QUE, el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos establece que el Estado, sujetándose a las leyes, podrá en
casos de interés general, concesionar la prestación de servicios públicos o la
explotación, uso y aprovechamiento de bienes de dominio de la Federación, para
lo cual, las leyes fijarán las modalidades y condiciones que aseguren la eficacia
de la prestación de los servicios y la utilización social de los bienes y evitarán
fenómenos de concentración que contraríen el interés público.
CONSIDERANDO QUE, el artículo 134 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos señala que los recursos económicos de que
disponga la Federación se administrarán con eficiencia, eficacia, economía,
transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén
destinados. Asimismo, establece que, las adquisiciones, arrendamientos y
enajenaciones de todo tipo de bienes, así como la prestación de servicios de
cualquier naturaleza, se adjudicarán a través de licitaciones públicas mediante
convocatoria pública para que libremente se presenten proposiciones solventes
en sobre cerrado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar al Estado las
mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento,
oportunidad y demás circunstancias pertinentes.
CONSIDERANDO QUE, el artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal establece que a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes
le compete formular y conducir los programas y políticas para el desarrollo de las
comunicaciones de acuerdo a las necesidades del país.
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CONSIDERANDO QUE, la Ley Federal de Telecomunicaciones tiene como
objeto regular el uso, aprovechamiento y explotación de las redes de
telecomunicaciones y que le corresponde al Estado la rectoría en materia de
telecomunicaciones.
CONSIDERANDO QUE, es de interés público la instalación, operación y
mantenimiento de cableado subterráneo y aéreo y equipo destinado al servicio
de las redes públicas y que la Ley Federal de Telecomunicaciones tiene como
objetivos promover un desarrollo eficiente de las telecomunicaciones, ejercer la
rectoría del Estado en la materia para garantizar la soberanía nacional, fomentar
una sana competencia entre los diferentes prestadores de servicios de
telecomunicaciones a fin de que éstos se presten con mejores precios,
diversidad y calidad, en beneficio de los usuarios y promover una adecuada
cobertura social.
CONSIDERANDO QUE, el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, aprobado y
publicado por el titular del Ejecutivo Federal, en su Eje 2 Sección de Economía
Competitiva y Generadora de Empleos, en materia de Telecomunicaciones y
Transportes, expone como uno de sus principales objetivos el de garantizar el
acceso y ampliar la cobertura de infraestructura y servicios de transporte y
comunicaciones, tanto a nivel nacional como regional, a fin de que los
mexicanos puedan comunicarse y trasladarse de manera ágil y oportuna en todo
el país y con el mundo, así como hacer más eficiente el transporte de
mercancías y las telecomunicaciones hacia el interior y el exterior del país, de
manera que estos sectores contribuyan a aprovechar las ventajas comparativas
con las que cuenta México.
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CONSIDERANDO QUE, el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, propone
dentro de sus estrategias las siguientes: (i) Estrategia 14.1. Incrementar la
competencia entre concesionarios con la finalidad de aumentar la cobertura de
los servicios en el país y contribuir a que las tarifas permitan el acceso de un
mayor número de usuarios al servicio; (ii) Estrategia 14.2. Promover la adhesión
de actores en todos los niveles de gobierno y de la sociedad para el diseño y
desarrollo de estrategias que faciliten el uso de las tecnologías de información y
comunicación; (iii) Estrategia 14.3. Promover el desarrollo de infraestructura
tecnológica de conectividad que permita alcanzar una penetración superior al
60% de la población, consolidando el uso de la tecnología de los servicios en
cualquier lugar, desarrollando contenidos de interés y de alto impacto para la
población; y (iv) Estrategia 14.6. Desarrollar mecanismos y las condiciones
necesarias a fin de incentivar una mayor inversión en la creación de
infraestructura y en la prestación de servicios de telecomunicaciones.
CONSIDERANDO QUE, el Programa Sectorial de Comunicaciones y
Transportes 2007-2012, aprobado por el titular del Ejecutivo Federal mediante
decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 18 de enero de
2008, dentro de su Agenda Estratégica (Sección III. Objetivos del Plan Nacional
de Desarrollo y metas de la Visión 2030 a los que contribuye el Programa,
Agenda Estratégica del Programa Sectorial 2007-2012, VII.
Telecomunicaciones), y por lo que se refiere a Telecomunicaciones señala como
problemáticas, entre otras: (i) Niveles de inversión inferiores a los de países de
la OCDE; (ii) Necesidad de incrementar la competencia entre prestadores de
servicios; (iii) Cobertura, calidad y precio en niveles poco competitivos; (iv)
Cobertura de telefonía fija, móvil y rural insuficiente; y (v) Cobertura de Internet y
banda ancha limitada.
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CONSIDERANDO QUE, el Programa Sectorial de Comunicaciones y
Transportes 2007-2012 (Sección III. Objetivos del Plan Nacional de Desarrollo y
metas de la Visión 2030 a los que contribuye el Programa, Agenda Estratégica
del Programa Sectorial 2007-2012, VII. Telecomunicaciones), para efectos de
dar solución a las problemáticas antes mencionadas, establece como temas
prioritarios, entre otros, los siguientes: (i) Optimización de la infraestructura de
telecomunicaciones; (ii) Convergencia de servicios de comunicaciones; (iii)
Competencia en las diferentes modalidades de servicios; y (iv) Condiciones de
interconexión eficientes y oportunas.
CONSIDERANDO QUE, el Programa Sectorial de Comunicaciones y
Transportes 2007-2012 (Sección IV. Estrategias y Líneas de Acción, 8.
Comunicaciones) propone los siguientes objetivos: (i) 8.2.1. Incrementar la
cobertura de los servicios y promover el uso óptimo de la infraestructura
instalada en el país, a efecto de que la población tenga acceso a una mayor
diversidad de servicios, ajustándose a las necesidades de los consumidores
mexicanos, especialmente en zonas urbanas y rurales de escasos recursos,
para sentar las bases de un desarrollo más equitativo en el país; (ii) 8.2.2.
Impulsar la convergencia de servicios de comunicaciones en un ámbito de
neutralidad tecnológica, a través de adecuaciones al marco regulatorio y de
mecanismos que incentiven la inversión, el desarrollo y modernización de los
servicios y redes instaladas en el país, y (iii) 8.2.3. Promover la competencia
entre las diferentes modalidades de servicios en un contexto de procesos
abiertos y transparentes que permita el desarrollo eficiente del sector, que se
refleje en más y mejores servicios a precios más accesibles para la población.
CONSIDERANDO QUE, en el citado programa se establecen las siguientes
estrategias y líneas de acción, aplicables en lo conducente: (i) Estrategia 1:
Impulsar el desarrollo y expansión de redes y servicios de comunicaciones con
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el objeto de que se proporcionen los servicios a aquellas zonas geográficas que
actualmente no son cubiertas con la finalidad de integrar económica, social y
culturalmente a una mayor población del país, y Línea de Acción: Impulsar la
ampliación de la cobertura de las redes públicas de telecomunicaciones, así
como fomentar una mayor diversidad de servicios prestados por los diferentes
operadores, a través de la modificación u otorgamiento de concesiones y
permisos, y (ii) Estrategia 2: Utilizar de manera óptima la infraestructura de
comunicaciones instalada en el país, con la finalidad de hacer frente a las
diferentes necesidades que tiene México en diversos sectores de la economía, y
Líneas de Acción: Promover el aprovechamiento de la infraestructura eléctrica
para la prestación de servicios de telecomunicaciones.
CONSIDERANDO QUE, para incrementar la competencia entre concesionarios
es conveniente el uso de nuevas redes troncales que puedan utilizarse para
prestar servicios de telecomunicaciones.
CONSIDERANDO QUE, la Comisión Federal de Electricidad ha instalado en el
cable de guarda de su red troncal de transmisión, hilos de fibra óptica que
constituyen una importante red de telecomunicaciones a nivel nacional, cuyo
objeto principal es incrementar la seguridad de dicho sistema al permitir su
operación en tiempo real.
CONSIDERANDO QUE, durante la primera sesión ordinaria de la Junta de
Gobierno de la Comisión Federal de Electricidad, realizada el 18 de mayo de
2009, dicho Órgano Colegiado aprobó el Acuerdo identificado bajo el número
34/2009, por el cual “La Junta de Gobierno, con fundamento en el artículo 12,
fracción X, de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, y a propuesta del
Director General, autoriza a la entidad para que realice las gestiones necesarias,
a efecto de que se liciten un par de fibras oscuras en aquellas rutas en las que
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CFE tenga capacidad disponible. La Secretaría de Comunicaciones y
Transportes, será quien determine las condiciones y forma de licitación de la
fibra oscura, con las modalidades que dicte la política nacional de
telecomunicaciones.”
CONSIDERANDO QUE, el Presidente de la República anunció durante el evento
“Conectividad para la Competitividad” celebrado con fecha 19 de mayo de 2009
que el Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Comunicaciones y
Transportes, determinaría las condiciones y formas de la licitación de un Par de
Hilos de Fibra Óptica Oscura en rutas con capacidad disponible en la red de la
Comisión Federal de Electricidad.
CONSIDERANDO QUE, mediante Oficio DG/116/2009 de fecha 26 de mayo de
2009, con base en el Acuerdo número 34/2009, la Comisión Federal de
Electricidad, con el fin de satisfacer los principios establecidos en el artículo 134
Constitucional, que deben regir las licitaciones públicas; es decir, la eficiencia,
eficacia, economía, transparencia y honradez, solicitó apoyo a la Secretaría de
Comunicaciones y Transportes, a fin de que la licitación pública del par de hilos
de fibra óptica oscura fuere llevada a cabo por la propia Secretaría de
Comunicaciones y Transportes, de acuerdo a su política nacional de
telecomunicaciones, sus facultades, experiencia, estructura y recursos en la
materia.
CONSIDERANDO QUE, con fecha 16 de julio de 2009 la Comisión Federal de
Electricidad y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes celebraron un
Convenio de Colaboración con el fin de que ésta última determinara las
condiciones y condujera la licitación para el uso y aprovechamiento accesorio y
temporal del par de hilos de fibra óptica oscura en rutas con capacidad
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disponible en la red de la Comisión Federal de Electricidad, de acuerdo a su
política nacional de telecomunicaciones.
CONSIDERANDO QUE, durante la segunda sesión ordinaria de la Junta de
Gobierno de la Comisión Federal de Electricidad, realizada el 30 de julio de
2009, dicho Órgano Colegiado aprobó el Acuerdo identificado bajo el número
45/2009, por el cual “La Junta de Gobierno, con fundamento en el artículo 12,
fracción X, de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, y a propuesta del
Director General, toma conocimiento de los términos del Convenio entre la CFE
y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, relativo a la licitación de dos
filamentos de la red de fibra óptica propiedad de la paraestatal.”
CONSIDERANDO QUE, para incrementar la disponibilidad de infraestructura en
el país para el transporte interurbano de datos y provisión de servicios de banda
ancha, así como para fomentar la competencia en el sector telecomuniciones,
resulta necesario aprovechar de la manera más eficiente la infraestructura de
telecomunicaciones existente en la red de alta tensión de la Comisión Federal de
Electricidad.
CONSIDERANDO QUE, para lograr los objetivos señalados en el considerando
anterior, es necesario adoptar medidas tendientes a prevenir la concentración y
acaparamiento de fibra óptica a nivel nacional, por lo que es conveniente que la
autoridad en materia de competencia económica intervenga en ejercicio de sus
facultades, conforme se establecen en las bases de la licitación.
CONSIDERANDO QUE, la demanda de transporte interurbano y banda ancha
supera los servicios provistos hasta el momento por la capacidad disponible en
el territorio nacional, la licitación del uso y aprovechamiento accesorio y temporal
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del par de hilos objeto de la convocatoria tendrá como consecuencia incrementar
esta capacidad.
Y CONSIDERANDO QUE, ampliar y mejorar el acceso a insumos esenciales
para la provisión y ampliación de servicios de telecomunicaciones, permitirá
mejorar precios, diversidad y calidad de los servicios finales, en beneficio de la
sociedad y el público consumidor, por lo que resulta de interés público llevar a
cabo la licitación y asignar de la manera más eficiente el uso del par de hilos de
fibra oscura; en este acto:
CONVOCA para participar en la Licitación Pública que tiene como objeto la
celebración de los Contratos de Uso y Aprovechamiento Accesorio y
Temporal y demás instrumentos requeridos conforme a las bases de
licitación, a celebrarse con la Comisión Federal de Electricidad para
obtener el uso y aprovechamiento accesorio y temporal sobre un Par de
Hilos de Fibra Óptica Oscura en la red de alta tensión de dicha Comisión y,
como consecuencia, el otorgamiento de Concesiones para instalar, operar
y explotar redes públicas de telecomunicaciones, de conformidad con las
siguientes:
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B A S E S
Índice
1.- Bases Generales de la Licitación
1.1.- Objeto de la Licitación
1.1.1.- Contratos de Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal
1.1.2.- Contratos de Prestación de Servicios de Instalación y Mantenimiento
1.1.3.- Contrato de Sub-Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal
1.1.4.- Títulos de Concesión de Red Pública
1.2.- Aspectos Generales
1.3.- Resolución favorable de COFECO
2.- Participación de Testigo Social
3.- Etapas de la Licitación
3.1. Aclaraciones a las Bases
3.2.- Recepción por la Secretaría del Formulario de Calificación, Garantía
de Seriedad y comprobante de pago de derechos por el estudio de la
solicitud de otorgamiento de los Títulos de Concesión de Red Pública
3.3.- Entrega por parte de la Secretaría de las Constancias de Participación
o Constancias de No Participación a cada Interesado
3.4.- Propuestas Económicas
3.5.- Fallo de la Licitación
3.6.- Constitución de Sociedad en caso de Grupo de Inversionistas
3.7.- Pago de Contraprestación a CFE y exhibición de comprobante de
pago de derechos a la Secretaría por expedición de los Títulos de
Concesión de Red Pública
3.8.- Firma de contratos y otorgamiento de títulos de concesión
4.- Penalidad
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5.- Liberación de la Garantía de Seriedad
6.- Causales de Descalificación de los Participantes
7.- Causales para declarar desierta, suspender o cancelar la Licitación
8.- Prácticas Monopólicas
9.- Inconformidades de los Interesados o Participantes
10.- Modificaciones
11.- Asesores de la Licitación
12.- Responsabilidad de la Secretaría
13.- Jurisdicción y Competencia del Procedimiento de Licitación
14.- Relación de Anexos
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1.- Bases Generales de la Licitación
1.1.- Objeto de la Licitación
Seleccionar al o a los Participantes Ganadores con quienes la CFE celebrará los
Contratos de Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal y demás
instrumentos requeridos conforme a las Bases para obtener el uso y
aprovechamiento accesorio y temporal sobre un Par de Hilos de Fibra Óptica
Oscura en la red de alta tensión de la CFE y, como consecuencia, el
otorgamiento de concesiones para instalar, operar y explotar redes públicas de
telecomunicaciones.
1.1.1.- Contratos de Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal
1.1.1.1.- Para efectos de la Licitación el Participante Ganador celebrará con la
CFE un Contrato de Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal por cada
Ruta conforme al Anexo 1 de las Bases, en el que se establecen los términos y
condiciones a los que se sujetarán las partes respectivas.
1.1.1.2.- En caso de discrepancia entre lo establecido en el Contrato de Uso y
Aprovechamiento Accesorio y Temporal y las Bases, prevalecerá lo establecido
en el primero.
1.1.1.3.- La Contraprestación establecida en el Contrato de Uso y
Aprovechamiento Accesorio y Temporal cubierta por el Participante Ganador por
cada Ruta, no se someterá a ajustes o montos adicionales durante la vida del
plazo original de dicho instrumento.
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1.1.1.4.- En caso de un supuesto de terminación anticipada del Contrato de
Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal por parte de la CFE, el o los
Participantes Ganadores tendrá derecho a exigir el monto establecido en los
términos y condiciones de dicho instrumento.
1.1.2. Contratos de Prestación de Servicios de Instalación y
Mantenimiento
1.1.2.1.- Para los efectos de la Licitación el Participante Ganador celebrará con
la CFE un Contrato de Prestación de Servicios de Instalación y Mantenimiento
por cada Ruta conforme al Anexo 2 de las Bases, en el que se establecen los
términos y condiciones a los que se sujetarán las partes y el cual estará
vinculado con el Contrato de Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal que
coincida con la Ruta específica.
1.1.2.2.- En caso de discrepancia entre lo establecido en el Contrato de
Prestación de Servicios de Instalación y Mantenimiento y las Bases prevalecerá
lo establecido en el primero.
1.1.2.3.- Los costos, términos y condiciones del servicio de mantenimiento,
tanto preventivo como correctivo, se establecen en el Anexo Técnico (Anexo 3).
1.1.2.4.- La CFE podrá optar por incluir los términos y condiciones del Contrato
de Prestación de Servicios de Instalación y Mantenimiento dentro del Contrato
de Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal.
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1.1.3.- Contrato de Sub-Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal
El Contrato de Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal establece los
términos y condiciones para el otorgamiento del sub-uso y aprovechamiento
accesorio y temporal del tramo correspondiente al Par de Hilos de la Fibra
Óptica Oscura, el cual se celebrará en los términos del formato del Contrato de
Sub-Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal conforme al Anexo 4 de las
Bases.
1.1.4.- Títulos de Concesión de Red Pública
1.1.4.1.- Para que el o los Participantes Ganadores puedan prestar servicios
de telecomunicaciones por sí, o a través de terceros, se otorgarán Títulos de
Concesión de Red Pública por cada Ruta, cuyo modelo se contiene en el Anexo
5 de las Bases.
1.1.4.2.- Los Títulos de Concesión de Red Pública se otorgarán de forma
simultánea a la celebración de los Contratos de Uso y Aprovechamiento
Accesorio y Temporal y demás instrumentos requeridos conforme a las Bases.
1.1.4.3.- En caso de discrepancia entre lo establecido en el Título de
Concesión de Red Pública y las Bases, prevalecerá lo establecido en el primero.
1.2.- Aspectos Generales
1.2.1.- Las definiciones de los diversos conceptos y términos que se utilizan
a lo largo de las Bases, Formulario de Calificación y demás Documentos de la
Licitación se establecen en el Anexo 6.
-18-
1.2.2.- La CFE conservará la propiedad del Par de Hilos de Fibra Óptica
Oscura materia de la Licitación y de la infraestructura de la que forma parte el
mismo.
1.2.3.- El servicio público de energía eléctrica tendrá prioridad sobre
cualquier uso que se le dé al Par de Hilos de Fibra Óptica Oscura materia de la
Licitación. La CFE tendrá facultades para realizar en todo momento y sin
responsabilidad alguna, los trabajos necesarios para garantizar la continuidad y
seguridad en la prestación del servicio público de energía eléctrica, aún en los
casos en que, para tal efecto, sea necesario interrumpir durante el tiempo que se
requiera dicho uso. Las condiciones para realizar los trabajos e interrumpir el uso
se establecen en los Contratos de Uso y Aprovechamiento Accesorio y
Temporal, en el Anexo Técnico, así como en el Contrato de Prestación de
Servicios, Instalación y Mantenimiento.
1.2.4.- El idioma oficial de la Licitación es el español. La documentación que
sea presentada ante la Secretaría deberá ser en dicho idioma. La
documentación que se encuentre en otro idioma, deberá acompañarse de su
correspondiente traducción oficial.
1.2.5.- La Licitación se dividirá en tres partidas que corresponden a cada una
de las Rutas.
1.2.6.- En el caso de que los Interesados o Participantes sean personas
físicas o personas morales que deseen concursar de manera individual, deberán
tener la nacionalidad mexicana. Adicionalmente, en el caso de personas
morales deberán cumplir con lo establecido en la Ley de Inversión Extranjera, la
Ley Federal de Telecomunicaciones y demás Leyes Aplicables.
-19-
1.2.7.- En caso de que los Interesados o, en su caso, Participantes deseen
concursar como Grupo de Inversionistas, deberán presentar el Contrato de
Grupo de Inversionistas en el cual se refleje la estructura accionaria de dicho
grupo, a fin de acreditar el cumplimiento con lo establecido en la Ley de
Inversión Extranjera, la Ley Federal de Telecomunicaciones y demás Leyes
Aplicables.
1.2.8.- Los Participantes podrán concursar en la Licitación de una o más
Rutas. En caso de concursar por más de una Ruta, el Participante deberá
formular Propuesta Económica para cada una de ellas de manera independiente.
1.2.9.- Los miembros de un Grupo de Inversionistas no podrán participar
directa o indirectamente, ya sea a través de un tercero o de otro Interesado o
Participante, en la Licitación de la misma Ruta por la cual el Grupo de
Inversionistas presente Propuesta Económica. No obstante, podrán participar en
la Licitación de otra(s) Ruta(s), en los términos de las Bases.
1.2.10.- El o los Participantes Ganadores podrán prestar por sí o por medio de
terceros los servicios autorizados en los Títulos de Concesión de Red Pública,
en los términos y condiciones establecidos en los mismos. Dichos servicios
deberán de proveerse en las mismas condiciones o términos que el o los
Participantes Ganadores o los terceros referidos se provean a sí mismos, a sus
filiales, afiliadas o subsidiarias.
1.2.11.- El o los Participantes Ganadores que presten los servicios por sí, o
través de terceros, instalarán la capacidad necesaria en la red pública de
telecomunicaciones objeto de los Títulos de Concesión de Red Pública para
satisfacer la demanda de servicios de conformidad con las Leyes Aplicables y
los términos y condiciones de los contratos que convengan con el solicitante.
-20-
1.2.12.- El o los Participantes Ganadores sólo estarán sujetos a las reglas
tarifarias, tecnológicas y de operación establecidas en las Leyes Aplicables.
1.2.13.- Los Contratos de Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal que
celebrarán el o los Participantes Ganadores y la CFE por cada Ruta y los Títulos
de Concesión de Red Pública que en consecuencia se otorguen, tendrán una
vigencia de 20 años prorrogables en los términos de los mismos, por lo que
desde su origen se encuentran vinculados. Dicha vinculación consiste en que la
vigencia de los Contratos de Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal y de
los Títulos de Concesión de Red Pública son mutuamente dependientes, de tal
suerte que, la terminación por cualquier causa de uno implicará
automáticamente la terminación del otro.
1.2.14.- De conformidad con los artículos 18 y 19 de la Ley Federal de
Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, cuando los
Interesados o Participantes entreguen la documentación a que se hace
referencia en las Bases, deberán señalar expresamente los documentos que
contengan información confidencial, reservada o comercial reservada. La
información que los Interesados o Participantes hayan señalado con tal carácter
será resguardada por la Secretaría, sujeto a lo previsto en las Leyes Aplicables.
1.2.15.- Salvo que sea una respuesta a una solicitud, pregunta o aclaración
emitida por escrito por la Secretaría con la participación del Testigo Social y en
tanto no concluya la Licitación, ningún Interesado o Participante, sus
representantes, directivos, asesores, empleados o agentes, podrán comunicarse
de forma alguna con los servidores públicos de la Secretaría, o sus asesores, en
relación con cualquier asunto relativo a la Licitación. Cualquier esfuerzo de un
Interesado o Participante, sus representantes, directivos, asesores, empleados o
-21-
agentes, para influir en los servidores públicos de la Secretaría o sus asesores
en la evaluación de cualquier información o documentación, comparación de las
Propuestas Económicas, en las decisiones para emitir el Fallo de la Licitación o
en la emisión de cualquier acto dentro de la Licitación, será considerado como
una causal de descalificación del o los Interesados o Participantes de que se
trate, sin perjuicio de lo que para tales casos establezcan las Leyes Aplicables.
1.2.16.- El Avalúo será secreto y no será proporcionado a los Interesados y/o
Participantes sino hasta el momento del Fallo de la Licitación que declare un
Participante Ganador en los supuestos previstos en las Bases, salvo lo
establecido en el numeral 3.4.1.18.
1.2.17.- Todos las actas que se levanten conforme a lo establecido en las
Bases, Formulario de Calificación y Documentos de la Licitación estarán
disponibles para consulta de los Interesados o Participantes en el Domicilio de la
Licitación, salvo aquella información que sea considerada con el carácter de
confidencial o reservada en términos de las Leyes Aplicables.
1.2.18.- Los Interesados o Participantes en el proceso de la presente Licitación
deberán designar domicilio en el Distrito Federal para oír y recibir todo tipo de
notificaciones. Cualquier cambio o sustitución de dicho domicilio deberá
informarlo a la Secretaría, en tanto no se lleve a cabo, las notificaciones se
continuarán realizando en el domicilio registrado.
1.2.19.- La Secretaría podrá, de considerarlo conveniente, solicitar la
presencia de un Fedatario Público que dé fe, total o parcialmente, de la
Licitación.
-22-
1.3.- Resolución favorable de COFECO
1.3.1.- A partir de la publicación de la presente Convocatoria y de las Bases,
los Interesados presentarán ante COFECO la solicitud de inicio de procedimiento
de notificación de concentración a que se refiere el Capítulo III de la Ley Federal
de Competencia Económica. Será responsabilidad del Interesado adoptar las
medidas necesarias para obtener de manera oportuna la resolución a su
solicitud. El acuse de recibo de dicha solicitud o copia certificada del mismo,
debéra ser presentada a la Secretaría por los Interesados en la Licitación como
parte del Formulario de Calificación identificado como Anexo 7 de las Bases.
1.3.2.- La solicitud a que se refiere el numeral anterior se presentará a la
COFECO en sus instalaciones ubicadas en Avenida Santa Fe No. 505, piso 24,
Colonia Cruz Manca, Delegación Cuajimalpa, C.P. 05349, a fin de que dicho
organismo emita resolución conforme a la Ley Federal de Competencia
Económica y su Reglamento.
1.3.3.- Los Interesados deberán cubrir a la Federación los derechos que en
su caso procedan en términos de las Leyes Aplicables, a efecto de que la
COFECO realice la revisión de la documentación correspondiente.
1.3.4.- Para cualquier información relacionada con las gestiones que el
Interesado deberá llevar a cabo ante la COFECO, podrá comunicarse en Días
Hábiles al teléfono (55) 27-89-65-00 o directamente en sus oficinas ubicadas en
el domicilio señalado anteriormente, de las 9:00 a las 14:00 horas y de las 15:00
a las 16:30 horas.
-23-
1.3.5.- Los Interesados, o en su caso los Participantes, deberán entregar a la
Secretaría, la resolución favorable emitida por COFECO, a más tardar el Día
Hábil inmediato anterior al Acto de Presentación de Propuestas Económicas.
2.- Participación de Testigo Social:
2.1.- Con el fin de transparentar la Licitación, la Secretaría consideró
conveniente la participación del organismo , para que con base
en su experiencia en este tipo de tareas, y al escrutinio y observación que lleve a
cabo dentro del presente procedimiento, dé testimonio de que la Licitación se
lleva a cabo con integridad, honestidad y ética.
2.2.- es un organismo civil que no tiene fines de lucro y
que está orientado a la promoción de políticas públicas y actitudes privadas en
contra de la corrupción y a favor de la transparencia. tiene autorización
para recibir donativos, a través de los cuales se cubren los gastos operativos de
esa organización, así como los gastos relativos a la participación en este
proceso del Testigo Social designado por dicho organismo.
2.3.- Los gastos derivados de la participación de , no
serán cubiertos por el o los Participantes Ganadores.
2.4.- La participación de se llevará a cabo en los términos
del contrato o convenio suscrito entre la Secretaría y ese organismo.
2.5.- tendrá acceso a toda la información que se genere
con motivo del presente procedimiento incluyendo su participación como Testigo
Social en todos los eventos, reuniones y en cada una de las etapas de la
Licitación, las diferentes sesiones que dentro del procedimiento se lleven a cabo,
-24-
el acto de protocolo de recepción de documentación, la evaluación de la
documentación, la entrega de constancias de participación que procedan, la
presentación de las Propuestas Económicas, el Fallo de la Licitación y en
cualquier otro evento vinculado con este procedimiento y hasta la firma de los
instrumentos jurídicos correspondientes y los títulos de concesión respectivos.
2.6.- Los Interesados deberán entregar la Declaracion Unilateral de
Integridad durante el acto de protocolo para la recepción de la documentación a
que se refiere el Formulario de Calificación.
3.- Etapas de la Licitación
La Licitación se desarrollará conforme a las etapas que se describen en el
presente numeral. En el Programa de Actividades que se encuentra en el Anexo
8 de las Bases, se describen las fechas, lugares y horarios de ejecución de
dichas etapas.
Etapa 1.- Publicación de la Convocatoria y de las Bases en el Diario Oficial.
Etapa 2.- Aclaraciones a las Bases.
Etapa 3.- Recepción por la Secretaría del Formulario de Calificación, Garantía
de Seriedad y comprobante de pago de derechos por el estudio de la
solicitud de otorgamiento de los Títulos de Concesión de Red Pública.
Etapa 4.- Entrega por parte de la Secretaría de las Constancias de Participación
o Constancias de No Participación a cada Interesado
Etapa 5.- Propuestas Económicas
Etapa 6.- Fallo de la Licitación
Etapa 7.- Constitución de Sociedad en caso de Grupo de Inversionistas
-25-
Etapa 8.- Pago de Contraprestación a CFE y exhibición de comprobante de
pago de derechos a la Secretaría por expedición de los Títulos de
Concesión de Red Pública
Etapa 9.- Firma de contratos y otorgamiento de títulos de concesión
3.1.- Aclaraciones a las Bases
3.1.1.- Los Interesados que deseen formular preguntas o aclaraciones sobre
cualquier parte o documento de las Bases, Formulario de Calificación y/o
Documentos de la Licitación, deberán realizarlas mediante el formato a que se
refiere el Anexo 9 de las Bases, y presentarlo en el domicilio y en las fechas y
horas que se señala en el Programa de Actividades.
3.1.2.- Con la finalidad de facilitar el proceso de revisión y respuesta a
preguntas o aclaraciones, los Interesados deberán acompañar sus preguntas o
aclaraciones en un disco compacto (CD) en versión Word.
3.1.3.- Las preguntas o aclaraciones versarán exclusivamente sobre el
contenido de las Bases, Formulario de Calificación y Documentos de la
Licitación.
3.1.4.- La Secretaría responderá por escrito a dichas preguntas o
aclaraciones en la Sesión de Respuestas y Aclaraciones en el domicilio y en las
fechas y horas que se señala en el Programa de Actividades. Las respuestas
serán entregadas a todos los Interesados durante el desahogo de dicha sesión.
-26-
3.1.5.- La Secretaría no estará obligada a responder preguntas o
aclaraciones presentadas después de la fecha límite establecidas en el
Programa de Actividades. No obstante, en la Sesión de Respuestas y
Aclaraciones, los Interesados podrán presentar preguntas o aclaraciones
adicionales por escrito conforme al formato establecido en el Anexo 9 de las
Bases, las cuales serán recibidas únicamente en ese mismo acto. En este
supuesto, la Secretaría podrá diferir la Sesión de Respuestas y Aclaraciones.
3.1.6.- A la Sesión de Respuestas y Aclaraciones, podrán acudir hasta 4
(cuatro) representantes por cada Interesado. La inasistencia del Interesado o de
sus representantes, no lo eximirá del cumplimiento de las obligaciones que se
deriven de dicha sesión.
3.1.7.- La Secretaría levantará un acta de la Sesión de Respuestas y
Aclaraciones en la que se hará constar el desahogo de la misma y se adjuntarán
las respuestas entregadas a todos los Interesados. Dicha acta será firmada por
los representantes de la Secretaría, el Testigo Social y por cada uno de los
Interesados que estén presentes y deseen hacerlo.
3.1.8.- Las respuestas que por escrito emita la Secretaría formarán parte de
las Bases de Licitación.
3.2.- Recepción por la Secretaría del Formulario de Calificación,
Garantía de Seriedad y comprobante de pago de derechos por el estudio de
la solicitud de otorgamiento de los Títulos de Concesión de Red Pública
-27-
3.2.1.- Garantía de Seriedad
3.2.1.1.- A efecto de garantizar la seriedad de su participación en la Licitación,
los Interesados deberán constituir una Garantía de Seriedad por cada Ruta en
que se encuentren interesados en participar por el monto señalado en el
Formulario de Calificación y conforme al formato establecido en el Anexo 10 de
las Bases. Dicho formato no podrá ser modificado por los Interesados.
3.2.1.2. Para constituir la Garantía de Seriedad, los Interesados deberán
entregar carta de crédito confirmada y expedida por una institución de crédito
debidamente autorizada en México, pagadera a la vista, incondicional e
irrevocable, a favor de la Secretaría.
3.2.1.3.- La presentación de la Garantía de Seriedad por parte del Interesado
implica la aceptación expresa e incondicional de los términos y condiciones
establecidos en las Bases, Formulario de Calificación y/o Documentos de la
Licitación.
3.2.2.- Pago de derechos por el estudio de la solicitud de otorgamiento
de los Títulos de Concesión de Red Pública
3.2.2.1.- Para la expedición de los Títulos de Concesión de Red Pública, el
Interesado deberá presentar la solicitud correspondiente en términos de la Ley
Federal de Telecomunicaciones y demás Leyes Aplicables.
3.2.2.2.- De conformidad con la Ley Federal de Derechos vigente, el
Interesado adjuntará a su solicitud de otorgamiento de Títulos de Concesión de
Red Pùblica, el comprobante que acredite el pago de derechos por concepto de
estudio de dicha solicitud.
-28-
3.2.3.- Recepción de la documentación de cada Interesado.
3.2.3.1.- Para ser objeto de calificación por parte de la Secretaría y continuar
en el procedimiento de Licitación, los Interesados deberán presentar en las
fechas señaladas en el Programa de Actividades los requisitos e información
señalados en el Formulario de Calificación (Anexo 7) de las Bases.
3.2.3.2.- El procedimiento de recepción de la documentación a la que se refiere
este numeral iniciará con el acto de protocolo para la recepción de
documentación, que para el efecto se llevará a cabo conforme la fecha
establecida en el Programa de Actividades.
3.2.3.3.- En el acto de protocolo, la Secretaría informará a los representantes
legales de cada uno de los Interesados respecto la hora y en su caso el día en
que deberán presentar su documentación. Tales horas y fechas se asignarán en
atención al número de Participantes y conforme al estricto orden que se registre
en la lista de asistencia que se levantará durante dicho acto. Para tal efecto,
podrán estar presentes hasta 2 (dos) representantes legales de cada uno de los
Interesados.
3.2.3.4.- Los Interesados deberán incluir, en su documentación, el formato de
Declaración Unilateral de Integridad contenido en el Formulario de Calificación.
Dicha declaración deberá cumplir con lo siguiente:
a) En el caso de personas morales, deberá llevar las firmas autógrafas
del Director General de la empresa o su equivalente, así como de los
representantes legales designados por ésta de acuerdo al Formulario
-29-
de Calificación y de las personas facultadas para presentar la
Propuesta Económica.
b) Tratándose de personas físicas, deberán incluir las firmas autógrafas,
tanto del Interesado como del o de los representantes legales que, en
su caso, designe, así como de los representantes legales autorizados
por éste para presentar Propuesta Económica, de acuerdo con lo que
el Interesado señale en la información entregada para efecto de
cumplir con lo dispuesto en el Formulario de Calificación.
c) En el caso de Grupo de Inversionistas, deberá contener las firmas
autógrafas de cada uno de los integrantes del mismo, atendiendo a
los criterios para personas físicas o morales señalados en los incisos
a) y b) de este numeral, así como las firmas de los representantes
legales designados por el grupo y de las personas facultadas para
presentar la respectiva Propuesta Económica, de acuerdo con lo que
el Grupo de Inversionistas señale en la información entregada para
efecto de cumplir con lo dispuesto en el Formulario de Calificación.
3.2.3.5.- La Secretaría verificará que las solicitudes se encuentren debidamente
integradas conforme a lo establecido en las Bases, Formulario de Calificación y
Documentos de la Licitación.
3.2.3.6.- En el Formulario de Calificación, los Interesados deberán señalar la
Ruta o Rutas de interés por las cuales presentará Propuesta Económica.
3.3. Entrega por parte de la Secretaría de las Constancias de
Participación o Constancias de No Participación a cada Interesado
3.3.1.- La Secretaría emitirá Constancia de Participación o Constancia de No
Participación a los Interesados, para lo cual evaluará: (i) el Formulario de
-30-
Calificación conforme a los criterios de evaluación establecidos en la relación de
documentos del Anexo 11 de las Bases; (ii) cumplimiento de la o las Garantía(s)
de Seriedad presentadas por el Interesado; (iii) cumplimiento del pago de
derechos correspondiente por el análisis de la solicitud para el otorgamiento de
los Títulos de Concesión de Red Pública y (iv) cumplimiento de la exhibición del
acuse de recibo o copia certificada de la solicitud de inicio de procedimiento de
notificación de concentración a la que se refieren el Capítulo III de la Ley Federal
de Competencia Económica y Capítulo IV de su Reglamento.
3.3.2.- La Secretaría, conforme a la fecha establecida en el Programa de
Actividades, entregará a los Interesados, en los casos que resulte procedente,
su Constancia de Participación a fin de que puedan continuar en el
procedimiento de Licitación y puedan presentar Propuesta Económica respecto
de las Rutas que para tal efecto se hayan elegido por su parte en el Formulario
de Calificación.
3.3.3.- En caso de Grupo de Inversionistas, las personas físicas o morales
que participen en el grupo, de manera directa o indirecta, no podrán ser titulares
de Constancias de Participación adicionales, directa o indirectamente, de
manera individual o incluso, a través de otros Grupos de Inversionistas, respecto
de la misma Ruta, pero sí respecto de otras Rutas, de manera individual, como
parte del mismo u otro Grupo de Inversionistas.
3.3.4.- En los casos en que resulte procedente, la Secretaría emitirá
Constancia de No Participación. En consecuencia, los Interesados no tendrán el
carácter de Participante por lo que no podrán continuar dentro del procedimiento
de la Licitación.
-31-
3.3.5.- En la Constancia de Participación y la Constancia de No Participación
según corresponda, la Secretaría señalará las razones respecto de cada
Interesado, por las cuales se emitió en uno u otro sentido cada una de dichas
constancias.
3.3.6.- La entrega a los Interesados por parte de la Secretaría de la
Constancia de Participación ó la Constancias de No Participación, se realizará
en la fecha, lugar y hora indicada en el Programa de Actividades. Dicha entrega
se realizará con la presencia de los Interesados y del Testigo Social y se
levantará el acta respectiva. La omisión de firma por cualquiera de los
Interesados no afectará la validez de la sesión o el acta respectiva.
3.3.7.- La no asistencia de algún Interesado a la entrega a que se refiere el
presente numeral se entenderá como su negativa de continuar en la Licitación.
En este supuesto la Secretaría expedirá una Constancia de No Participacion, la
cual será notificada en el domicilio que el interesado haya señalado en el
Formulario de Calificación.
3.4.- Propuestas Económicas
3.4.1.- Presentación y Apertura de Propuestas Económicas
3.4.1.1.- La presentación y apertura de Propuestas Económicas se llevará a
cabo de conformidad con el Programa de Actividades.
3.4.1.2.- Las Propuestas Económicas de los Participantes deberán presentarse
conforme al formato de Propuesta Económica que se adjunta a las Bases como
Anexo 12. Dicho formato deberá presentarse por cada Ruta por la que se haya
obtenido Constancia de Participación, en los términos que se describe en la
-32-
relación de documentos que deben proporcionar los Participantes en la
presentación de la o las Propuestas Económicas, de conformidad con el Anexo
17.
3.4.1.3.- En caso de Grupo de Inversionistas, las personas físicas o morales
que participen en el grupo, de manera directa o indirecta, no podrán presentar
Propuestas Económicas adicionales, directa o indirectamente, de manera
individual o incluso, a través de otros Grupos de Inversionistas, respecto de la
misma Ruta, pero sí respecto de otras Rutas, de manera individual, como parte
del mismo u otro Grupo de Inversionistas.
3.4.1.4.- Ningún formato de Propuesta Económica podrá ser modificado por los
Participantes.
3.4.1.5.- La Secretaría recibirá las Propuestas Económicas de cada uno de
ellos, en el orden en que se hubieran registrado y con la presencia de los
Participantes o sus representantes o autorizados y del Testigo Social.
3.4.1.6.- Por cada Ruta en la que concurse el Participante, deberá presentar
una Propuesta Económica y la Garantía de Cumplimiento en un sobre cerrado
de forma inviolable. Cada sobre deberá indicar el nombre de la Licitación, la
Ruta en la que se está participando, el nombre de la Secretaría, el nombre del
Participante y el título de “ORIGINAL” debidamente foliado. Los Participantes
deberán presentar adicionalmente y en la misma forma dos copias de lo anterior
que deberán presentarse en forma separada indicando en la parte exterior del
sobre o sobres los datos señalados anteriormente y el título de “COPIA 1” y
“COPIA 2” en lugar legible.
-33-
3.4.1.7.- Ninguna Propuesta Económica podrá ser modificada después de la
fecha de presentación de Propuestas Económicas.
3.4.1.8.- Salvo autorización expresa de la Secretaría, en el Acto de
Presentación de Propuestas Económicas podrán asistir hasta 4 (cuatro)
representantes por cada Participante, en el entendido de que invariablemente
deberá asistir un representante legal.
3.4.1.9.- El representante legal o los autorizados por el Participante podrán
participar en el Acto de Presentación de Propuestas Económicas siempre que
acrediten su personalidad, inclusive mediante carta poder expedida a su favor
por el Representante Legal del Participante, cuyo original se entregará previo al
inicio del Acto de Presentación de Propuestas Económicas, debiendo exhibir el
original y copia de su identificación oficial con fotografía. Los Participantes o
representantes que ya tengan acreditada su personalidad en la Licitación
únicamente deberán exhibir la identificación oficial señalada.
3.4.1.10.- La Secretaría no asumirá responsabilidad alguna en el caso de que
las Propuestas Económicas no cumplan con las indicaciones señaladas en las
Bases, Formulario de Calificación y/o Documentos de la Licitación. En este
supuesto el Participante será descalificado.
3.4.1.11.- La Secretaría conservará bajo su custodia los originales y las copias
de las Propuestas Económicas de los Participantes para su evaluación posterior.
3.4.1.12.- La Secretaría procederá a la apertura de los sobres que contengan el
original de la Propuesta Económica y la Garantía de Cumplimiento de cada
Participante, por Ruta y hará constar la documentación que la integra y el
-34-
número de folios declarados por el Participante conforme a las características
establecidas en las Bases.
3.4.1.13.- El acto formal de apertura de Propuestas Económicas será presidido
por la Secretaría, con la participación del Testigo Social. A efecto de mantener la
secrecía de las Propuestas Económicas, no podrán a asistir a este acto, los
Participantes o sus representantes legales o personas autorizados.
3.4.1.14.- La Secretaría levantará un acta de la apertura de Propuestas
Económicas, en la que asentará lo acontecido y la cual contendrá como mínimo:
a) Los nombres de los asistentes;
b) El nombre de los Participantes que presentaron Propuesta
Económica;
c) La Contraprestación ofertada por el Participante en cada Ruta;
d) El nombre de los Participantes, en su caso, que hayan sido
descalificados indicando el fundamento y motivo que causaron la
descalificación; y
e) El nombre del Testigo Social o su representante.
3.4.1.15.- El acta deberá ser firmada por los representantes de la Secretaría y el
Testigo Social.
3.4.1.16.- Para aceptar o descalificar una Propuesta Económica, la Secretaría
sólo tomará en cuenta los documentos presentados en la misma, sin considerar
ninguna clase de elemento o evidencia externa.
-35-
3.4.1.17.- Para que la Propuesta Económica del Participante, formulada de
manera individual, en una o más Rutas, sea considerada como Propuesta
Económica Solvente, ésta deberá ser igual o mayor a la Contraprestación
Mínima.
3.4.1.18.- En el supuesto de que en alguna Ruta en específico resulte que todas
las Propuestas Económicas ofrecidas por los Participantes son Propuestas
Económicas No Solventes, la Secretaría sin revelar las mismas, por una sola
ocasión, convocará a un nuevo Acto de Presentación de Propuestas
Económicas, el cual tendrá verificativo al Día Hábil siguiente.
3.4.1.19.- En el caso señalado en el numeral anterior, la Secretaría revelará la
Contraprestación Mínima a los Participantes, a fin de que se encuentren en
condiciones de presentar una nueva Propuesta Económica bajo el mismo
mecanismo establecido en las Bases. No se dará a conocer la Contraprestación
Mínima cuando sólo exista una Propuesta Económica. Del mismo modo, la
Secretaría procederá a la apertura de la o las nuevas Propuestas Económicas.
3.4.2. Garantía de Cumplimiento
3.4.2.1.- A efecto de garantizar el cumplimiento en el pago de la
Contraprestación en la Licitación, los Participantes deberán presentar junto con
la o las Propuestas Económicas por cada Ruta la(s) Garantía(s) de
Cumplimiento de conformidad con el formato establecido en el Anexo 13 de las
Bases. Dicho formato no podrá ser objeto de modificación alguna por parte de
los Interesados.
3.4.2.2.- La presentación de la Garantía de Cumplimiento por parte del
Participante implica la aceptación expresa e incondicional de los términos y
-36-
condiciones establecidos en las Bases, Formulario de Calificación y/o
Documentos de la Licitación.
3.4.2.3.- La liberación de la Garantía de Cumplimiento presentadas por los
Participantes se realizará a partir de la firma de los Contratos de Uso y
Aprovechamiento Accesorio y Temporal y demás instrumentos y el otorgamiento
de los Títulos de Concesión de Red Pública, previa solicitiud del Participante
respectivo.
3.4.3.- Criterios a seguir para la evaluación de las Propuestas
Económicas
3.4.3.1.- Durante el periodo comprendido entre el Acto de Presentación de
Propuestas Económicas y el Fallo de la Licitación, la Secretaría realizará el
análisis de las Propuestas Económicas y Garantías de Cumplimiento que hayan
sido aceptadas. Con base en dicho análisis, la Secretaría emitirá la resolución
correspondiente en la que señalarán las razones para admitir o descalificar las
Propuestas Económicas de los Participantes.
3.4.3.2.- Las Propuestas Económicas que sean aceptadas porque cumplen con
los requisitos establecidos en las Bases, Formulario de Calificación y
Documentos de la Licitación, se declararán como Propuestas Económicas
Solventes.
3.4.3.3.- Las Propuestas Económicas que no sean aceptadas porque no
cumplen con los requisitos establecidos en las Bases, Formulario de Calificación
y Documentos de la Licitación, se declararán como Propuestas Económicas No
Solventes.
-37-
3.4.3.4.- Las Propuestas Económicas Solventes se ordenarán de manera
ascendente. La Secretaría seleccionará como Propuesta Económica Solvente
Ganadora por cada Ruta la que ofrezca el mayor valor económico, más el
impuesto al valor agregado correspondiente.
3.4.3.5.- La Propuesta Economica Solvente en Segundo Lugar podrá fungir
como Propuesta Económica Solvente Ganadora en caso de que el Participante
Ganador sea descalificado y sucesivamente con las restantes Propuestas
Económicas Solventes, en su caso.
3.4.3.6.- En caso de discrepancia durante el proceso de evaluación de
Propuestas Económicas, se aplicarán los criterios siguientes:
a) Entre el original de la Propuesta Económica y las copias, el original
prevalecerá; y
b) Entre las cantidades escritas con letra y las cantidades escritas con
número, prevalecerán las cantidades escritas con letra.
3.4.3.7.- Cada Ruta se evaluará por parte de la Secretaría de manera
independiente.
3.4.3.8.- El Participante Ganador podrá ser el mismo en una o varias Rutas; sin
embargo, la Propuesta Económica que haya realizado en una Ruta no
modificará los resultados en la evaluación y calificación de la Propuesta
Económica realizada en una Ruta diferente.
-38-
3.4.4.- Vigencia de las Propuestas Económicas
3.4.4.1.- Las Propuestas Económicas estarán vigentes a partir de la fecha del
Acto de Presentación de Propuestas Económicas, hasta la firma de los
Contratos de Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal y demás
instrumentos establecidos en las Bases y expedición de los Títulos de Concesión
de Red Pública.
3.4.4.2.- La presentación de una Propuesta Económica por sí misma
constituirá una manifestación unilateral y aceptación expresa por parte del
Participante de que:
a) Cuenta con los recursos necesarios para cubrir los pagos previstos en
las Bases, Formulario de Calificación y demás Documentos de la
Licitación, así como para llevar a cabo el objeto mismo de la
Licitación.
b) Cualquier deficiencia, omisión o error que contenga la Propuesta
Económica, será de la exclusiva responsabilidad del Participante.
c) Acepta incondicionalmente todos y cada uno de los términos y
condiciones de la Licitación.
d) Guardará la confidencialidad de la información que se le proporcione
en relación con la Licitación, que no tenga carácter público.
3.4.4.3.- El Gobierno Federal, la Secretaría, el Testigo Social, la CFE y el o los
Participantes Ganadores, en ningún caso tendrán mayores obligaciones
derivadas del procedimiento de Licitación que aquéllas expresamente señaladas
en las Bases, Formulario de Calificación, demás Documentos de la Licitación, los
-39-
Contratos de Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal y demás
instrumentos señalados en las Bases, los Títulos de Concesión de Red Pública y
las Leyes Aplicables.
3.5.- Fallo de la Licitación
3.5.1.- La junta pública en la que la Secretaría dará a conocer el Fallo de la
Licitación se realizará conforme al Programa de Actividades.
3.5.2.- La Secretaría presidirá el acto con la participación del Testigo Social y
los Participantes que acudan al evento.
3.5.3.- Los representantes de los Participantes autorizados para asistir al
Acto de Presentación de Propuestas Económicas, también podrán acudir al Fallo
de la Licitación. En el caso de que a dicho acto asista un representante no
registrado, éste podrá acreditar su personalidad inclusive mediante carta poder
expedida en su favor por el Representante Legal del Participante, la que
entregará previo al inicio del acto de la emisión del Fallo de la Licitación. Salvo
autorización expresa de la Secretaría, en dicho acto podrán estar presentes
hasta 4 (cuatro) representantes por cada Participante.
3.5.4.- En el Fallo de la Licitación, la Secretaría informará a los Participantes
sobre las determinaciones que se hayan hecho para distinguir entre las
Propuestas Económicas Solventes y las Propuestas Económicas No Solventes
de acuerdo con los requisitos señalados en las Bases, Formulario de Calificación
y demás Documentos de la Licitación.
3.5.5.- La Secretaría emitirá el Fallo de la Licitación, el cual incluirá lo
siguiente:
-40-
a) Una reseña cronológica de las etapas del procedimiento de la
Licitación;
b) El resultado de la evaluación del Formulario de Calificación;
c) El resultado de la evaluación de las Propuestas Económicas;
d) Las razones del rechazo o aceptación de las Propuestas Económicas;
e) El análisis comparativo de las Propuestas Económicas Solventes a
nivel de comparación por Ruta; y
f) Las Propuestas Económicas Solventes Ganadoras por cada una de
las distintas Rutas y las que, en su caso, hayan quedado en segundo
lugar y ulteriores, indicando las razones de ello.
3.5.6.- La Secretaría declarará al o a los Participantes Ganadores que
hubieren presentado la Propuesta Económica Solvente Ganadora, en virtud de
haber ofrecido el mayor valor económico, monto al que además deberá
agregarse el impuesto al valor agregado correspondiente.
3.5.7.- Durante el acto, la Secretaría dará a conocer el nombre del o los
Participantes Ganadores y el del o los Participantes cuya Propuesta Económica,
en su caso, haya quedado en segundo lugar.
3.5.8.- En caso de que exista el supuesto de dos o más Propuestas
Económicas Solventes más altas idénticas, se realizará un sorteo con la
participación del Testigo Social, mismo que se desarrollará conforme al
Procedimiento del Sorteo que se indica en el Anexo 14 de las Bases.
3.5.9.- El incumplimiento del o de los Participantes Ganadores de entregar a
la Secretaría los documentos necesarios para la firma de los Contratos de Uso y
Aprovechamiento Accesorio y Temporal y demás instrumentos y el otorgamiento
-41-
de los Títulos de Concesión de Red Pública respectivos, o su negativa a
recibirlos o firmarlos, en los plazos establecidos conforme al Programa de
Actividades de las Bases, ocasionará que el Participante Ganador pierda su
derecho de suscribirlos y ser titular respectivamente.
3.5.10.- En el caso del numeral anterior, la Secretaría hará efectiva la Garantía
de Seriedad, expedirá la declaratoria correspondiente para señalar la
descalificación del Participante Ganador original, la designación del segundo
lugar original como nuevo Participante Ganador y la designación del nuevo
segundo lugar conforme al Fallo de la Licitación. Acto seguido, la Secretaría
convocará al nuevo Participante Ganador para efecto de que proceda al pago de
la Contraprestación y a la firma de los Contratos de Uso y Aprovechamiento
Accesorio y Temporal y demás instrumentos, así como al pago de los derechos
correspondientes a la expedición del Título de Concesión de Red Pública. En
este supuesto, deberán realizarse los mismos pasos y cumplirse los requisitos
establecidos en las Bases aplicables al Participante Ganador.
3.5.11.- El procedimiento señalado en el numeral anterior deberá seguirse las
veces necesarias hasta la firma de los Contratos de Uso y Aprovechamiento
Accesorio y Temporal y demás instrumentos señalados en Bases y el
otorgamiento de los Títulos de Concesión de Red Pública o, en su caso, la
declaración del procedimiento de Licitación como desierto.
3.5.12.- A partir de la fecha en que el segundo o ulteriores lugares de la o las
Rutas respectivas sea considerado por la Secretaría como el nuevo Participante
Ganador, éste deberá cumplir los términos, requisitos, condiciones y plazos
establecidos en las Bases para el Paticipante Ganador. En tales supuestos, las
fechas establecidas en las Bases se considerarán automáticamente prorrogadas
y la Secretaría fijará las nuevas fechas que correspondan.
-42-
3.6.- Constitución de Sociedad en caso de Grupo de Inversionistas
El Grupo de Inversionistas que hubiere presentado una Propuesta Económica
Solvente Ganadora y que resulte Participante Ganador en una o más Rutas,
deberá constituir dentro del plazo establecido en el Programa de Actividades,
una sociedad mercantil de nacionalidad mexicana de conformidad con lo
dispuesto en las Bases. Con dicha sociedad mercantil la CFE celebrará el o los
Contratos de Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal y los demás
instrumentos y a la cual se le otorgarán el o los Títulos de Concesión de Red
Pública respectivos. En caso de que el Participante Ganador no cumpla con lo
anterior será causa de descalificación procediendo en consecuencia en términos
de las Bases.
3.7.- Pago de Contraprestación a CFE y exhibición de comprobante de
pago de derechos a la Secretaría por expedición de los Títulos de
Concesión de Red Pública
3.7.1.- Pago de la Contraprestación a la CFE por los Contratos de Uso y
Aprovechamiento Accesorio y Temporal.
3.7.1.1.- El o los Participantes Ganadores de conformidad con el Fallo de la
Licitación deberán pagar a la CFE la Contraprestación, más el impuesto al valor
agregado en la fecha indicada en el Programa de Actividades, sin posibilidad de
prórroga.
3.7.1.2.- La Contraprestación deberá pagarse mediante transferencia
electrónica de fondos haciendo uso del Sistema de Pago Electrónico
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Interbancario (“SPEI”) en la cuenta de la CFE o, en su caso,
mediante cheque certificado o cheque de caja expedido a favor de la CFE, el
cual deberá ser entregado en la Caja General de la CFE ubicada en la Planta
Baja de Paseo de la Reforma, número 164, México, D.F.
3.7.1.3.- La CFE deberá emitir y entregar al o a los Participantes Ganadores
que hayan realizado el pago de la Contraprestación en términos del numeral
anterior, la o las facturas correspondientes, las cuales deberán cumplir con todos
los requisitos establecidos en las Leyes Aplicables, dentro de un plazo no mayor
a 5 (cinco) días hábiles contados a partir del pago correspondiente.
3.7.1.4.- La Contraprestación es independiente a los otros pagos y/o
contraprestaciones establecidos en los contratos de Uso y Aprovechamiento
Accesorio y Temporal por concepto de servicios, así como los Contratos de
Prestación de Servicios de Instalación y Mantenimiento y los Títulos de
Concesión de Red Pública. Dichos pagos y contraprestaciones se pagarán por
separado en los términos previstos en las Bases y en dichos instrumentos.
3.7.2.- Pago de derechos a la Secretaría por expedición de Títulos de
Concesión de Red Pública.
3.7.2.1.- El o los Participantes Ganadores deberán exhibir el comprobante de
pago de derechos por concepto de expedición del o los Títulos de Concesión de
Red Pública, de conformidad con la Ley Federal de Derechos vigente.
3.7.2.2.- El pago de la Contraprestación a la CFE y el pago de los derechos por
la expedición de los Títulos de Concesión de Red Pública deberán realizarse en
Pesos y dentro del plazo establecido en el Programa de Actividades.
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3.7.3.- En caso de que el o los Participantes Ganadores sean un Grupo de
Inversionistas, los pagos a que se refiere el presente numeral se realizarán por
la sociedad que constituyan conforme a las Bases y al plazo establecido en el
Programa de Actividades.
3.7.4.- Para mayor claridad, en el Anexo 18 se contiene una lista de pasos y
documentos requeridos al Participante Ganador para la firma de los contratos y
los títulos de concesión correspondientes.
3.8.- Firma de contratos y otorgamiento de títulos de concesión
3.8.1.- El o los Participantes Ganadores deberán firmar los Contratos de Uso
y Aprovechamiento Accesorio y Temporal y demás instrumentos señalados en
las Bases con la CFE por cada Ruta de conformidad con el Programa de
Actividades. En esa misma fecha, la Secretaría expedirá los Títulos de
Concesión de Red Pública, correspondientes a cada Ruta específica.
3.8.2.- En caso de que el o los Participantes Ganadores consistan en un
Grupo de Inversionistas, tanto los Contratos de Uso y Aprovechamiento
Accesorio y Temporal como demás instrumentos establecidos en las Bases, así
como los Títulos de Concesión de Red Pública respectivos, se entregarán al
representante legal de la sociedad mercantil constituida de conformidad con las
Bases.
3.8.3.- En la firma de los Contratos de Uso y Aprovechamiento Accesorio y
Temporal y demás instrumentos señalados en las Bases, la Secretaría firmará
en su carácter de testigo.
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4.- Penalidad
La Secretaría hará efectiva por concepto de pena convencional, la Garantía de
Seriedad, cuando se actualice cualquiera de las causales de descalificación u
ocurra algún incumplimiento a las Bases, Formulario de Calificación y
Documentos de la Licitación, siempre y cuando prevean como consecuencia
dicha penalización.
5.- Liberación de la Garantía de Seriedad
5.1.- La Secretaría expedirá la carta liberatoria correspondiente a la
institución de crédito nacional de que se trate, dentro de los 10 (diez) días
hábiles siguientes a la fecha de solicitud del Interesado o del Participante.
5.2.- La liberación de la garantía de seriedad sólo podrá realizarse cuando:
a) El Interesado no obtenga la Constancia de Participación.
b) Se retire de la Licitación en virtud de haberse modificado las Bases o
se haya suspendido la misma mediante el formato establecido en el
Anexo 16 de las Bases.
c) Se declare desierta la Licitación.
d) Se cancele la Licitación.
e) La Licitación llegue a su fin, a partir de la firma de los Contratos de
Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal y demás instrumentos
y el otorgamiento de los Títulos de Concesión de Red Pública.
6.- Causales de Descalificación de los Participantes
6.1.- Serán causales de descalificación las siguientes:
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a) Exhibir resolución desfavorable de COFECO.
b) No presentar la resolución favorable de COFECO de conformidad con
las Bases.
c) Presentar una Propuesta Económica No Solvente.
d) La falta de validez jurídica o autenticidad en los documentos,
incluyendo las manifestaciones escritas bajo protesta de decir verdad,
o información proporcionada para acreditar su capacidad económica,
técnica y jurídica, conforme a las Bases, el Formulario de Calificación
y Documentos de la Licitación, en cualquier etapa del procedimiento,
salvo que dicho documento o información sea convalidable y, a juicio
de la Secretaría, no trascienda a la evaluación de la documentación
proporcionada por los Interesados. En este supuesto se hará efectiva
la Garantía de Seriedad.
e) Los actos o intentos del Participante, sus asesores, agentes,
empleados o subcontratistas, para influir de manera ilegal en
cualquier parte del procedimiento de la Licitación y de cualquier forma,
a la Secretaría o cualquiera otra autoridad gubernamental, para
obtener un beneficio indebido. En este supuesto se hará efectiva la
Garantía de Seriedad.
f) Toda modificación a la documentación evaluada por la Secretaría
para acreditar la capacidad económica, técnica y jurídica del
Interesado o Participante conforme a las Bases, Formulario de
Calificación y Documentos de la Licitación, sin la previa autorización
de la propia Secretaría, en cualquier etapa del procedimiento de la
Licitación. En este supuesto se hará efectiva la Garantía de Seriedad.
g) Incurrir en prácticas monopólicas a las que se hace referencia en las
Bases y/o Leyes Aplicables. En este supuesto se hará efectiva la
Garantía de Seriedad.
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h) Cuando un miembro que forme parte de un Grupo de Inversionistas
participe directa o indirectamente, ya sea a través de un tercero o de
otro Interesado o Participante, en la Licitación de la misma Ruta por la
cual el Grupo de Inversionistas del que forma parte presente
Propuesta Económica. En este caso, la descalificación sólo aplicará
al miembro de dicho Grupo de Inversionistas. En caso de que el
miembro forme parte de uno o más Grupos de Inversionistas que
participen por la misma Ruta, la descalificación aplicará a sendos
Grupos de Inversionistas.
i) Presentar una Propuesta Económica condicionada y/o en un formato
distinto al establecido en las Bases, Formulario de Calificación y
Documentos de la Licitación. En este supuesto se hará efectiva la
Garantía de Seriedad
j) La terminación de la vigencia de la Garantía de Cumplimiento, durante
la Licitación.
k) El incumplimiento de cualquier requisito u obligación contemplado en
las Bases, Formulario de Calificación y Documentos de la Licitación
y/o en las Leyes Aplicables.
6.2.- En los supuestos antes mencionados, la Secretaría emitirá la
resolución correspondiente descalificando al Participante. A partir de la fecha de
notificación de la resolución de descalificación cesarán los derechos para
participar en la Licitación.
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7.- Causales para declarar desierta, suspender o cancelar la
Licitación
7.1.- Se declarará desierta la Licitación cuando:
a) Ninguna persona participe.
b) La Secretaría no otorgue ninguna Constancia de Participación.
c) Todos los Interesados o Participantes se retiren de la Licitación.
d) No se reciba ninguna Propuesta Económica.
e) Todas las Propuestas Económicas resulten Propuestas Económicas
No Solventes una vez agotado el procedimiento en las Bases.
f) Todos los Interesados y/o Participantes sean descalificados.
g) No se firmen los Contratos de Uso y Aprovechamiento Accesorio y
Temporal y demás instrumentos conforme a las Bases, así como los
Títulos de Concesión de Red Pública y no exista un Participante que
pudiera considerarse Participante Ganador conforme a las Bases.
7.2.- Se suspenderá o cancelará la Licitación cuando:
a) Se cause o se pueda causar un perjuicio al Gobierno Federal;
b) Lo ordene autoridad competente;
c) Existan causas de interés general u orden público debidamente
justificadas; o
d) Sobrevenga caso fortuito o fuerza mayor
7.2.1.- En caso de que se suspenda o cancele la Licitación, la Secretaría no
será responsable de forma alguna ni por cualquier causa, incluyendo de forma
enunciativa más no limitativa, de los gastos en que hubieran incurrido los
-49-
Interesados o Participantes, ni tendrá la obligación de otorgar contraprestación o
indemnización alguna.
7.2.2.- La Secretaría notificará a los Interesados o Participantes a la
brevedad posible la resolución en la que determine la suspensión o cancelación
de la Licitación.
7.2.3.- Cuando la suspensión de la Licitación dure más de 20 (veinte) Días
Hábiles, los Interesados o Participantes podrán retirarse, manifestándolo
mediante el formato establecido en el Anexo 15 de las Bases sin que proceda
reclamación alguna.
7.2.4.- En caso de que se reanude el procedimiento de Licitación, la
Secretaría publicará en el Diario Oficial la recalendarización del Programa de
Actividades.
8.- Prácticas Monopólicas
8.1.- En términos del artículo 9 de la Ley Federal de Competencia
Económica, son prácticas monopólicas absolutas los contratos, convenios,
arreglos o combinaciones entre agentes económicos competidores entre sí, cuyo
objeto sea establecer, concertar o coordinar posturas o la abstención en la
subasta.
8.2.- Queda estrictamente prohibido que antes o durante el procedimiento
de la Licitación, los Interesados o Participantes cooperen, colaboren, discutan, o
revelen de manera alguna sus estrategias de participación en la Licitación o que,
teniendo conocimiento de que otros Interesados o Participantes hayan incurrido
en dichas prácticas monopólicas, no lo revelen a la Secretaría.
-50-
8.3.- En caso de que se pruebe la existencia de comportamientos colusivos
de algún Interesado o Participante, se estará a lo establecido en la Ley Federal
de Competencia Económica, sin perjuicio de las sanciones que, en su caso,
procedan en términos de las Bases y/o Leyes Aplicables.
9.- Inconformidades de los Interesados o Participantes
9.1.- La Secretaría es el órgano competente en la esfera administrativa
para aplicar e interpretar las Bases, Formulario de Calificación y/o Documentos
de la Licitación, así como para resolver cualquier controversia o inconformidad
que se sucite en la Licitación.
9.2.- Los Interesados o Participantes podrán formular cualquier
inconformidad o someter cualquier controversia a la Secretaría, la cual resolverá
lo conducente.
9.3.- En caso de que un Interesado o Participante interponga o tramite ante
las instancias legales respectivas, recursos administrativos o procedimientos
judiciales, en forma frívola o sin fundamento legal, o incurra en cualquier otra
conducta tipificada por el artículo 231 del Código Penal Federal, además de la
responsabilidad penal en que pudiera incurrir, será responsable frente a la
Secretaría o terceros por los daños y perjuicios que tales conductas le
ocasionen.
-51-
10.- Modificaciones
10.1.- La Secretaría podrá modificar las Bases, Formulario de Calificación
y/o Documentos de la Licitación hasta 5 (cinco) Días Hábiles anteriores al Acto
de Presentación de Propuestas Económicas.
10.2.- Los plazos y fechas establecidos en el Programa de Actividades
podrán modificarse por la Secretaría en cualquier momento.
10.3.- Las modificaciones que realice la Secretaría deberán notificarse a los
Interesados o Participantes y publicarse en el Diario Oficial.
10.4.- Cualquier modificación, aclaración o corrección a las Bases,
Formulario de Calificación o demás Documentos de la Licitación, emitidas por la
Secretaría, dejará sin efecto cualquier disposición de las Bases que haya sido
emitida con anterioridad a la modificación dentro del procedimiento de Licitación.
Lo anterior incluye cualquier enmienda, modificación o respuesta emitida por la
Secretaría dentro del procedimiento, en la medida en que ésta sea incompatible
con la modificación, aclaración o corrección correspondiente.
10.5.- En caso de cualquier modificación, aclaración o corrección de las
Bases, el Interesado o Participante podrá retirarse, sin que proceda reclamación
alguna en contra de la Secretaría y tendrán derecho a que la Secretaría emita la
carta liberatoria de la Garantía de Seriedad correspondiente en términos de las
Bases. La manifestación de retiro por parte del Participante deberá realizarse
mediante el formato establecido en el Anexo 16 de las Bases y deberá ser
entregado a la Secretaría dentro de los 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a la
fecha de publicación de la modificación correspondiente en el Diario Oficial, en el
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Domicilio de la Licitación. Transcurrido dicho plazo sin que exista solicitud de
retiro, se entenderá que el Interesado o Participante continuará en la Licitación.
10.6.- Cualquier Interesado o Participante será responsable de que cualquier
documento presentado en la Licitación cumpla con todos y cada uno de los
requisitos establecidos en las Bases, Formulario de Calificación y demás
Documentos de la Licitación y, en su caso, sus modificaciones, adoptando las
medidas y exhibiendo la documentación adicional que se requiera, so pena de
ser descalificado.
11.- Asesores de la Licitación:
11.1.- Para la elaboración de la Convocatoria, Bases, Formulario de
Calificación y demás Documentos de la Licitación y el desarrollo de la Licitación,
la Secretaría cuenta con los servicios de NAFIN y de los asesores que se
señalan a continuación: Otto Kemberg, S.A. de C.V.; Asesores en Litigios
Económicos y Financieros, S.C.; y Barrera, Siqueiros y Torres Landa, S.C.
11.2.- Ningún Interesado o Participante podrá ser asesorado, directa o
indirectamente, por dichos asesores bajo pena de descalificación.
11.3.- Asimismo, ningún empleado, asesor o representante de los asesores,
podrá formar parte de los órganos de decisión o administrativos de los
Interesados o Participantes durante la Licitación.
12.- Responsabilidad de la Secretaría
12.1.- La CFE es la única responsable del contenido, veracidad y exactitud
del Anexo Técnico, así como de cualquier declaración, representación o
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responsabilidad que recaiga directa o indirectamente a cargo de la CFE y de los
actos que haya llevado o lleve a cabo en relación con las Bases, Formulario de
Calificación, Documentos de la Licitación y, los Contratos de Uso y
Aprovechamiento Accesorio y Temporal y demás instrumentos señalados en las
Bases. En virtud de lo anterior, la Secretaría se excluye de cualquier
responsabilidad.
12.2.- La Secretaría no es ni será responsable respecto del cumplimiento de
los Contratos de Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal y demás
instrumentos señalados en las Bases.
12.3.- Salvo por lo expresamente establecido en las Bases, Formulario de
Calificación y Documentos de la Licitación, la Secretaría no tendrá ninguna otra
responsabilidad derivada del procedimiento de Licitación. Los Interesados y
Participantes liberan a la Secretaría de toda responsabilidad, incluyendo la de
carácter laboral y se obligan a su cargo y costo, a sacarla en paz y a salvo por
cualquier demanda o denuncia que se presente en su contra con relación al
procedimiento de Licitación, por cualquier persona física o moral, nacional o
extranjera, que tenga una relación con el Interesado o Participante.
12.4.- Los Interesados o Participantes deberán absorber todos los costos
que, en su caso, implique el análisis, preparación, formulación, y presentación de
cualquier documento dentro del procedimiento de Licitación. La Secretaría en
ningun supuesto será responsable por dichos costos, ni aún en el caso de que el
procedimiento sea declarado desierto, suspendido o cancelado, lo que es
aceptado incondicionalmente por los Interesados o Participantes por el solo
hecho de participar en el presente procedimiento de Licitación.
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13.- Jurisdicción y Competencia del Procedimiento de Licitación
Todos los Interesados o Participantes, por el simple hecho de participar en el
presente procedimiento de Licitación, renuncian al fuero que pudiera
corresponderles por razón de su domicilio, o por cualquier otro motivo, y se
someten a la competencia de las Leyes Aplicables y tribunales federales con
sede en la Ciudad de México, Distrito Federal.
14.- Relación de Anexos
Anexo No. Contenido
1 Formato de Contrato de Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal
2 Formato de Contrato de Prestación de Servicios de Instalación y Mantenimiento
3 Anexo Técnico
4 Formato de Contrato de Sub-Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal
5 Modelo de Titulo de Concesión de Red Pública
6 Definiciones
7 Formulario de Calificación
8 Programa de Actividades
9 Formato para la realización de Preguntas o Aclaraciones
10 Modelo de Carta de Crédito Irrevocable como Garantía de Seriedad
11 Relación de Documentos que integran el Formulario de Calificación
12 Formato para la presentación de Propuesta Económica
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Anexo No. Contenido
13 Modelo de Carta de Crédito Irrevocable como Garantía de Cumplimiento
14 Procedimiento del Sorteo
15 Formato para informar retiro de la Licitación
16 Descripción de las Rutas
17 Relación de documentos que deben proporcionar los Participantes en la presentación de la o las Propuestas Económicas
18 Lista de pasos y documentos requeridos al Participante Ganador para la firma de los contratos y los títulos de concesión correspondientes
México, D.F. a de 2009
Atentamente
México, D.F., a .- El Secretario de Comunicaciones y
Transportes, .- Rúbrica.