practico b aux administrativo madrid 2002

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  • 7/31/2019 Practico B Aux Administrativo Madrid 2002

    1/8

    Supuesto

    ofimtico1 e jerc ic io

    B

    NO ABRA EL CUADERNILLO HASTA QUE SE LE INDIQUEESPERE LAS INSTRUCCIONES DEL EXAMINADOR

    El ob jetivo d el presente e xame n es va lora r su co noc imiento a c erca d el uso d e lasherra mienta s d e C orel Wordp erfect 7.0. Su ta rea c onsiste e n rep rod uc ir el c onte nido de la spginas siguientes.

    Deb er a justa rse a tod a s las c a ra c terstica s de p resenta c in que a pa rec en, talescomo bordes, rellenos, lneas, formatos de fuente, justificados, encabezados, paginado,ob jetos, ec uac iones, etc ., as c omo a la p gina do nde a pa rec e c ad a elemento y a supo sic in a proxima da de ntro d e la m isma .

    Su ob jetivo e s c onseguir un doc umento que sea lo m s pa recido posible a l mod eloentregado.

    Si se enc uentra c on a lgn a spe c to d el doc umento m od elo que no sab e reprod ucirntegramente, intente acercarse lo ms posible a ese resultado.

    Disp one d e 30 minutos pa ra rea lizar el primer ejerc ic io. Cuand o q ued e un minutopa ra finalizar, se le a visar p ara q ue p roc ed a a archivar el do c umento en e l disque te q ue sele ha entrega do . Debe r g uarda rlo c on el nomb re supuesto.wpd.

    A la vue lta d e e sta p g ina enc ontrar una s b reve s instruc c iones espe c fic a s p ara

    este supue sto c onc reto , referentes al tip o d e fuente , ta ma o y otros a spe c tos q ue d eb errespeta r en c ad a p g ina.

    INSTRUCCIONES GENERALES

    AUXILIARES ADMINISTRATIVOS DE LA C.A. DE MADRID

    -CONVOCATORIA 2002-

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    Instruc c iones espec ficas Supuesto B

    Lea la s siguientes instrucc ione s esp ec fic as pa ra c ada pg ina de e stesupuesto:

    En todo e l doc umento : Fuent e Aria l, ta ma o 11.Numerac in de p g inaPie d e p g ina

    Pg ina 1Textart: Fuente Aria l, texto: Ba jad a e n la zona EURO . Tama o d el

    c uad ro: 10,5 c m. de ancho x 1,5 c m. de a lto.Esquema: Tipo Lega l2

    Pg ina 2Borde de p gina Cuadro de texto: Insertar d entro de l ca r c ter esp ec ia l Tab la : Tam ao de c elda s ap roxima do .Ecuacin: Fuent e Aria l, ta ma o 17.

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    Pgina 1

    A excepcin de algunos pases1

    Estadsticos europeos

    Segn nota de Eurostat, la serie desestacionalizada de la produccin industrial de la ZonaaEuro baj un 1,2% en marzo de 2003 frente al mes anterior, tras un aumento de 0,4% de lasbcifras revisadas de febrero. Para el conjunto de la U NINEUROPEA la evolucin es la misma,c 1

    es decir, la produccin descendi un 1,2%, tras incrementos del 0,4% de febrero ( cifracifradrevisadarevisada).e

    f

    La produccin industrial decrece en todos los pases que presentan datos con la excepcingde Luxemburgo y Suecia.h

    Por pases se observa que:1 Crecimientos en

    1.00.00.00.01 Luxemburgo

    1.00.00.00.02 Dinamarca

    1.00.00.00.03 Espaa

    2 Descensos en:

    2.00.00.00.01 Irlanda

    2.00.00.00.02 Suecia

    2.00.00.00.03 Portugal

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    Exp < jx 2i %

    arcsin

    Pgina 2

    Estadsticos europeos

    5 Bajada media en lazona EURO de un 0,3%

    En concreto, en la Zona Euro se estimaprovisionalmente un descenso medio en marzo del0.3%, en trminos de tasas interanuales, dos puntosy tres dcimas por debajo del mes pasado.

    Serie desestacionalizada dela produccin industrial

    Luxemburgo0,7

    Suecia

    Espaa -0,1

    Holanda -2

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    Prueba develocidad

    2 ejercicio

    B

    NO ABRA EL CUADERNILLO HASTA QUE SE LE INDIQUEESPERE LAS INSTRUCCIONES DEL EXAMINADOR

    En las pginas siguientes encontrar el texto que tiene que mecanografiar,para lo cual dispone de 10 minutos .

    Debe ceirse estrictamente al contenido de dicho texto,independientemente del formato del documento (fuente, tamao, mrgenes...etc).

    Transcurrido el tiempo y una vez que el examinador d orden de finalizar, Vd.deber archivar el documento en el disquete que se le ha entregado con elnombre velocidad.wpd.

    INSTRUCCIONES GENERALES

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    La Generalidad de Catalua constrie su reivindicacin a la titularidad sobre las

    potestades de ejecucin administrativa que pueda ostentar la Comunidad

    Autnoma sobre la LORTAD y sus normas sobre funciones de tutela

    administrativa precisas para la aplicacin de dicha Ley respecto de los ficheros

    de titularidad privada y de aqullos creados por la Administracin Local en

    Catalua. Razona la Generalidad de Catalua a continuacin que ni la

    Constitucin ni los Estatutos de Autonoma, incluido el suyo, han atribuido

    expresamente competencias sobre la regulacin legislativa, desarrollo

    normativo, o ejecucin sobre la gestin informtica de los datos de carcter

    personal. Desde el punto de vista competencial, sigue diciendo la Generalidad

    de Catalua, el elemento dotado de relevancia en esta cuestin es el relativo a

    la naturaleza y utilidad de la informacin que pueda almacenarse y gestionarse

    en tales ficheros, que puede afectar a muy diversos sectores materiales y

    mbitos competenciales, se trate de ficheros de titularidad privada o de

    titularidad pblica; siendo justamente este carcter de tcnica instrumental lo

    que provoca que se trate de una actividad para la que no existe ni en la

    Constitucin ni en los Estatutos de Autonoma una especfica materia

    competencial sobre el particular. De hecho la LORTAD no refiere a ttulo

    competencial alguno que habilite al Estado o a la Agencia de Proteccin de

    Datos para reservarse ntegramente la tutela administrativa sobre los ficheros

    mencionados. Ahora bien, ni esa omisin del legislador estatal ni la falta de un

    enunciado especfico constitucional o estatutario sobre la cuestin permiten

    sostener, afirma la recurrente, que esas funciones de tutela administrativa

    constituyan una competencia residual del Estado (Art. 149.3 CE) (SSTC

    123/1984, 133/1990).

    Al igual que sucedi en el asunto resuelto por la STC 76/1984 (Sentencia sobre

    la actividad cartogrfica), que la tutela administrativa sobre los ficheros de

    datos de carcter personal sea o no materia competencial residual asumible

    por el Estado depender de si la misma puede ser encuadrada o no por medio

    de los criterios interpretativos ordinarios en alguna de las ya existentes y

    distribuidas entre el Estado y las Comunidades Autnomas. Sostiene la

    Generalidad de Catalua que no se precisa de la titularidad de una especficacompetencia para que un Ente administrativo, estatal, autonmico o local

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    (SSTC 87/1985, 37/1987, 227/1988). Nada impide, entonces, desde la

    perspectiva constitucional, que la Comunidad Autnoma asuma funciones,

    incluso legislativas, cuando la actividad sancionadora recae sobre materias de

    competencia autonmica (STC 37/1987). El Art. 149.1.1 CE no puede

    interpretarse, dice la Generalidad de Catalua, de forma tal que vace de

    contenido las legtimas competencias de la Comunidad Autnoma, lo que

    podra ocurrir con la atribucin en exclusiva de competencias ejecutivas a la

    Agencia de Proteccin de Datos creada y regulada por la LORTAD.

    Concluye la recurrente sealando que el desarrollo normativo o la concrecin

    sectorial y las actuaciones administrativas particulares propias de la tutela

    administrativa sobre la gestin informatizada de datos de carcter personal slo

    debe ser emprendida por el titular de la competencia en los distintos sectores

    materiales en los que tengan aplicacin los ficheros informticos. En

    consecuencia, es inconstitucional la distribucin de competencias de tutela

    administrativa llevada a cabo por la Ley Orgnica impugnada en cuanto

    atribuye en exclusiva esa competencia a la Agencia de Proteccin de Datos,

    rgano estatal, respecto de todos los ficheros de titularidad privada, sea cual

    sea la materia sobre la que versen.