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Pliego de prescripciones técnicas para la contratación del Servicio de Vigilancia y Seguridad en el Hospital de Alta Resolución de Alcalá la Real de la Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir. Página 1 de 23 CONTENIDO CONTENIDO CONTENIDO CONTENIDO 1. Objeto .................................................................................................................................. 2 2. Organización del servicio ...................................................................................................... 2 3. Normativa legal y requisitos aplicables.................................................................................. 2 4. Lugar de prestación de los servicios. .................................................................................... 3 5. Uniformidad y equipamiento................................................................................................. 3 6. Descripción del servicio. ....................................................................................................... 3 6.1. Funciones. ....................................................................................................................... 4 6.2. Actuaciones de vigilancia. ................................................................................................ 6 6.3. Actuaciones de protección................................................................................................ 6 6.4. Actuaciones de control ..................................................................................................... 6 6.5. Actuaciones de emergencia.............................................................................................. 7 6.6. Plan de Emergencia y Autoprotección ............................................................................... 7 6.7. Plantilla, elección, permuta y cese de los vigilantes........................................................... 8 6.8. Funcionamiento, coordinación y seguimiento.................................................................. 10 7. Formación y capacitación................................................................................................... 11 8. Instalaciones y equipamiento.............................................................................................. 12 8.1. Circuito cerrado de televisión, sistemas anti-intrusión y de control de rondas. ................. 12 8.2. Control de accesos por tarjetas magnéticas.................................................................... 13 8.3. Mantenimiento de instalaciones y equipamiento. ............................................................ 15 9. Plazos de ejecución de instalaciones. ................................................................................. 15 10. Documentación.................................................................................................................. 16 11. Facultad de inspección....................................................................................................... 17 11.1. Penalizaciones. .............................................................................................................. 17 12. Información técnica adicional a aportar por el licitador........................................................ 19 ANEXO 1. Relación de las instalaciones existentes........................................................................... 22 ANEXO 2. Actuaciones sobre las instalaciones existentes. ............................................................... 23

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Pliego de prescripciones técnicas para la contratación del Servicio de Vigilancia y Seguridad en el Hospital de Alta Resolución de Alcalá la

Real de la Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir.

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CONTENIDOCONTENIDOCONTENIDOCONTENIDO 1. Objeto..................................................................................................................................2 2. Organización del servicio ......................................................................................................2 3. Normativa legal y requisitos aplicables..................................................................................2 4. Lugar de prestación de los servicios. ....................................................................................3 5. Uniformidad y equipamiento.................................................................................................3 6. Descripción del servicio. .......................................................................................................3 6.1. Funciones. .......................................................................................................................4 6.2. Actuaciones de vigilancia. ................................................................................................6 6.3. Actuaciones de protección................................................................................................6 6.4. Actuaciones de control .....................................................................................................6 6.5. Actuaciones de emergencia..............................................................................................7 6.6. Plan de Emergencia y Autoprotección...............................................................................7 6.7. Plantilla, elección, permuta y cese de los vigilantes...........................................................8 6.8. Funcionamiento, coordinación y seguimiento..................................................................10

7. Formación y capacitación...................................................................................................11 8. Instalaciones y equipamiento..............................................................................................12 8.1. Circuito cerrado de televisión, sistemas anti-intrusión y de control de rondas. .................12 8.2. Control de accesos por tarjetas magnéticas....................................................................13 8.3. Mantenimiento de instalaciones y equipamiento. ............................................................15

9. Plazos de ejecución de instalaciones. .................................................................................15 10. Documentación..................................................................................................................16 11. Facultad de inspección.......................................................................................................17 11.1. Penalizaciones. ..............................................................................................................17

12. Información técnica adicional a aportar por el licitador........................................................19 ANEXO 1. Relación de las instalaciones existentes...........................................................................22 ANEXO 2. Actuaciones sobre las instalaciones existentes. ...............................................................23

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de la Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir.

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1.1.1.1. ObjetoObjetoObjetoObjeto El presente pliego de prescripciones técnicas tiene como principal objetivo la contratación del servicio completo de vigilancia y seguridad para el Hospital de Alta Resolución de Alcalá la Real, sito en Avenida de Iberoamérica S/N, 23680 Alcalá la Real (Jaén).

2.2.2.2. Organización del servicioOrganización del servicioOrganización del servicioOrganización del servicio El servicio de vigilancia a contratar estará formado, como mínimo, por la siguiente distribución de vigilantes de seguridad (V.S.) sin armas:

CentroCentroCentroCentro Turno de mañanaTurno de mañanaTurno de mañanaTurno de mañana Turno de TardeTurno de TardeTurno de TardeTurno de Tarde Turno de nocheTurno de nocheTurno de nocheTurno de noche H.A.R. de Alcalá la RealH.A.R. de Alcalá la RealH.A.R. de Alcalá la RealH.A.R. de Alcalá la Real 2 V.S. los 365 días del año 2 V.S. los 365 días del año 2 V.S. los 365 días del año

Los vigilantes habrán de estar perfectamente uniformados y equipados convenientemente. La empresa adjudicataria garantizará en todo momento la prestación del servicio en las condiciones que se contraten. Los servicios de vigilancia con armas, se prestarán exclusivamente en los casos tipificados por la ley 23/1992 de 30 de julio, en su art. 14.

3.3.3.3. Normativa legalNormativa legalNormativa legalNormativa legal y requisitos aplicables. y requisitos aplicables. y requisitos aplicables. y requisitos aplicables. La prestación de los servicios de vigilancia y seguridad mencionados estarán sujetos, en todo momento, a la legislación y reglamentación vigente en esta materia o en cualquier otra que pueda afectar al servicio objeto de contratación. Las empresas, por lo tanto, habrán de cumplir los requisitos normativos que les sean de aplicación a la fecha del contrato y durante la vigencia del mismo. La empresa que resulte adjudicataria, con carácter previo al inicio de la prestación del servicio, deberá proceder según regule cualquier normativa o reglamentación vigente en la fecha del contrato. En el aspecto económico, las ofertas deberán tener en cuenta y acatar los preceptos contenidos en el Convenio Colectivo Nacional de Seguridad Privada. El adjudicatario explotará directa y diariamente la contrata que se le adjudique, no pudiendo subrogar, subarrendar, ceder ni traspasar directa o indirectamente el servicio objeto del contrato.

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La prestación del servicio se regirá por:

• El presente Pliego y el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

• Decreto 132/2010 de 13 de abril (Artículo 9, apartado 8 y 10) por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación y Justicia.

• Decreto 358/2003 de 16 de diciembre por el que se regulan determinados aspectos de la contratación de bienes y servicios para la seguridad de edificios en instalaciones de la Administración de la Junta de Andalucía.

• Real Decreto-ley 8/2007, de 14 de septiembre, de Seguridad Privada.

• R.D. 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada.

• R.D. 1123/2001, de 19 de octubre, para el que se modifica parcialmente el anterior.

• Y el resto de la normativa vigente que le sea de aplicación.

4.4.4.4. Lugar de prestación de los servicios.Lugar de prestación de los servicios.Lugar de prestación de los servicios.Lugar de prestación de los servicios. La prestación de los servicios descritos se realizará en el recinto y dependencias del Hospital de Alta Resolución de Alcalá la Real, sito en Avenida de Iberoamérica S/N, 23680 Alcalá la Real (Jaén) Los vigilantes desarrollarán sus funciones en el interior de los recintos especificados y/o de las propiedades de cuya seguridad están encargados, sin que tales funciones se puedan desarrollar en la vía pública.

5.5.5.5. Uniformidad y equipamientoUniformidad y equipamientoUniformidad y equipamientoUniformidad y equipamiento El ejercicio de las funciones objeto del contrato que se citan en el apartado siguiente será desempeñado por los vigilantes integrados en la empresa adjudicataria, vistiendo el uniforme reglamentario, portando la preceptiva acreditación y convenientemente equipado, así como ostentando el distintivo del cargo que sea preceptivo, que serán aprobados por el Ministerio del Interior, conforme al articulo 12.1 de la Ley de Seguridad Privada, Ley 23/1992, de 30 de julio, y sin perjuicio de la correspondiente acreditación o tarjeta identificativa que requiera la Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir.

6.6.6.6. Descripción del servicioDescripción del servicioDescripción del servicioDescripción del servicio....

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El contenido de las instrucciones recogidas en el presente apartado constituirá el plan general de organización del servicio de seguridad, el cual recoge la metodología de trabajo para ajustarse a los objetivos de calidad establecidos. No serán por tanto tomadas en consideración aquellas ofertas técnicas que planteen un objetivo de calidad de menores prestaciones.

6.1.6.1.6.1.6.1. Funciones.Funciones.Funciones.Funciones. El contratista quedará obligado a la adecuada vigilancia y seguridad en el recinto e instalaciones del Hospital de Alta Resolución de Alcalá la Real. A estos efectos quedará sujeto al estricto cumplimiento de cuantas instrucciones se le cursen desde el área de Servicios Generales o de la Dirección de la Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir, en orden al tiempo, modo, intensidad y formas de prestación del servicio. Específicamente y como funciones generales tendrá las establecidas en la normativa vigente. Además, se tendrán en cuenta los procedimientos que, en su caso, se estableciesen desde la Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir, amén de las funciones exigidas en los pliegos. No obstante lo anterior, al inicio de la prestación del servicio se podrá establecer un plan de organización y funcionamiento del servicio, adecuado a los inmuebles a proteger, entre responsables del hospital y técnicos del servicio de seguridad. Una vez finalizado, se daría cuenta del mismo al Jefe del Servicio de la empresa adjudicataria para su ejercicio en las condiciones convenidas. Las funciones objeto del presente concurso, son, sin ánimo de exhaustividad, las siguientes:

• Establecer la vigilancia, con carácter general, sobre las dependencias y locales del hospital, con atención especial a vestuarios, zonas de material de alto coste, almacén general de suministros, almacén de farmacia, etc.

• Protección a trabajadores y usuarios del hospital, velando porque el comportamiento de éstos

sea el adecuado para el carácter del centro hospitalario y cuidando de que se mantenga la debida corrección con el personal de plantilla o visitantes del hospital, particularmente en zonas donde sea posible la generación de conflictos: salas de espera, urgencias, entradas al centro, etc.

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• Vigilancia para asegurar el cumplimiento de normas de aparcamiento y circulación exterior que dicte en cada momento el Responsable de Servicios Generales o la Dirección de la Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir.

• Vigilancia para asegurar el estricto cumplimiento de las normas de acceso de personas al interior

del hospital y de circulación interior que dicte el Responsable de Servicios Generales del centro o la Dirección de la Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir.

• Vigilancia para asegurar el estricto cumplimiento de las normas que dicte el Responsable de

Servicios Generales o la Dirección de la Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir, en relación con la introducción de víveres, aparataje y objetos en general al interior del centro.

• Vigilancia para asegurar el correcto funcionamiento de las puertas del hospital, concretamente

en lo que se refiere al horario de apertura y funciones que tienen asignadas cada una en particular.

• Vigilancia especial a las instalaciones de alto riesgo del hospital, comprobando el correcto

funcionamiento de los sistemas de seguridad establecidos en instalaciones técnicas y/o de servicios, cuidando que no circulen por las mismas personas ajenas al servicio técnico.

• Comunicación diaria, por escrito, de incidencias al Responsable de Servicios Generales del

centro o la Dirección.

• Contribuir en todo lo que señale la Dirección o el Responsable de Servicios Generales del centro en referencia al plan de emergencia y autoprotección del centro.

• Los materiales necesarios para el correcto desarrollo de los trabajos objeto del contrato serán

por cuenta del adjudicatario. En lo referente a los medios de defensa y disuasión que porten los componentes de la plantilla del adjudicatario, se estará a lo ordenado por la legislación, normativa y reglamentación vigente a la firma del contrato y durante todo el periodo de vigencia del mismo.

• Control de llaves que les sea asignado por la Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir.

• Cuando el vigilante prevea cualquier situación que altere o pueda alterar el normal desarrollo de

la actividad en el edificio, centro, dependencia, instalación y medios de la Junta de Andalucía objeto de protección, inmediatamente dará conocimiento a quien proceda y adoptará las medidas de urgencia que se estimen necesarias.

• En el ejercicio de sus funciones, y en situaciones de necesidad, seguirá las instrucciones que

impartan los responsables de las fuerzas y cuerpos de seguridad; colaborará con los servicios de

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apoyo exterior (bomberos, protección civil, servicios sanitarios, etc.) en la ejecución de los planes de emergencia y evacuación de los edificios públicos donde presten sus funciones, que deberán conocer precisa, puntual y documentalmente; y en general, atenderá las incidencias relacionadas con sus funciones así como las que les fueran transmitidas por sus superiores.

• Cualquier otra función que señale la Dirección o Servicios Generales del centro, que se

encuentre comprendida en el concepto de vigilancia y seguridad.

6.2.6.2.6.2.6.2. Actuaciones de vigilancia.Actuaciones de vigilancia.Actuaciones de vigilancia.Actuaciones de vigilancia. Para realizar las distintas funciones de vigilancia se tendrán en cuenta las zonas en las que se divide el centro. La vigilancia se basará en la realización de rondas de seguridad y la permanencia en determinadas zonas que establecerán el Responsable de Servicios Generales del centro. Las ofertas que presenten las empresas licitantes deberán estar orientadas a este método de trabajo o, en caso de observancia de oportunidades de mejora, se podrán incluir sugerencias con dichas oportunidades de mejora. El adjudicatario aportará un sistema de control de rondas que permitirá al hospital el seguimiento de horas, frecuencia e itinerarios de las mismas.

6.3.6.3.6.3.6.3. Actuaciones de protecActuaciones de protecActuaciones de protecActuaciones de protecciónciónciónción La empresa adjudicataria deberá describir exhaustivamente los medios técnicos y humanos que pondrá a disposición del centro en cada momento para realizar este tipo de actividades. Asimismo indicará los cursos de perfeccionamiento y adiestramiento a que está sometido el personal que tenga previsto aportar al centro. Del mismo modo deberá indicar la capacidad de respuesta que como empresa dispone para afrontar situaciones de emergencias en un tiempo no superior a 1 hora y en situaciones normales, en un tiempo no superior a 24 h.

6.4.6.4.6.4.6.4. Actuaciones de controlActuaciones de controlActuaciones de controlActuaciones de control En este sentido, si el Responsable de Servicios Generales o la Dirección de la Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir consideran que la preparación del personal aportado por el adjudicatario no

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es la necesaria para realizar con garantía las citadas actuaciones de control, sobre alguna o la totalidad de las instalaciones objeto del servicio, los miembros de la plantilla que lo requieran vendrán obligados a recibir, a fin de interpretar correctamente la situación de los parámetros funcionales de los sistemas mecánicos, eléctricos o electrónicos de seguridad, los cursos de aprendizaje y perfeccionamiento necesarios, que les permitan realizar con eficacia las inspecciones visuales que se determinen.

6.5.6.5.6.5.6.5. AcAcAcActuaciones de emergenciatuaciones de emergenciatuaciones de emergenciatuaciones de emergencia El personal del adjudicatario vendrá obligado a realizar cursos de aprendizaje sobre las actuaciones a llevar a cabo en determinados casos de emergencia que puedan producirse en el centro hospitalario. En este sentido deberán tener, como mínimo, conocimientos específicos de:

• Actuación en caso de incendio. • Actuación ante parada de equipos elevadores. • Conocimiento del plan de emergencia y seguridad del hospital.

El personal adjudicatario deberá estar en disposición de informar a los usuarios, en caso necesario, de las situaciones de riesgo específicas que presentan determinadas zonas del hospital:

• Riesgo eléctrico. • Riesgo de explosión. • Riesgo de radiación. • Riesgo de contaminación biológica, etc.

6.6.6.6.6.6.6.6. Plan de Emergencia y AutoprotecciPlan de Emergencia y AutoprotecciPlan de Emergencia y AutoprotecciPlan de Emergencia y Autoprotecciónónónón El adjudicatario vendrá obligado a la confección e implantación completa del Plan de Emergencia y Autoprotección del Hospital de Alta Resolución de Alcalá la Real, en el cual no existe plan alguno. Éste será realizado en los términos que marque la normativa vigente y siguiendo las pautas marcadas por la Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir. Para completar y actualizar la implantación del mencionado Plan de Emergencia y Autoprotección, el adjudicatario prestará el correspondiente asesoramiento, incluyendo jornadas formativas al personal del centro que la Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir pudiera considerar necesario para completar la formación y difusión del mencionado plan.

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El Plan de Emergencia y Autoprotección deberá quedar confeccionado e implantado en los seis primeros meses de vigencia del contrato, a contar desde la firma del mismo. Previamente a la implantación, la documentación del mismo deberá ser revisada y aprobada por la Dirección de la Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir o por quien ésta designe. La coordinación y supervisión de la confección, implantación, revisión, actualización, etc. del Plan de Emergencia y Autoprotección del hospital, será realizada por el área de Prevención en Riesgos Laborales de la Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir.

6.7.6.7.6.7.6.7. Plantilla, elección, permuta y cese de los vigilantes.Plantilla, elección, permuta y cese de los vigilantes.Plantilla, elección, permuta y cese de los vigilantes.Plantilla, elección, permuta y cese de los vigilantes. La Dirección determinará el proceso de selección que deba seguirse para elegir a los vigilantes que prestarán el servicio. A tal efecto, la adjudicataria aportará, con carácter previo a la ejecución del contrato, el curriculum vitae de un número de vigilantes superior al doble de las unidades previstas, junto con la documentación que certifique el nivel académico y la formación adquirida por cada uno, que deberán estar en posesión de la correspondiente habilitación administrativa. Los vigilantes aportarán una declaración jurada de reunir los requisitos que establece en su Artículo 53 el Reglamento de Seguridad Privada aprobado en virtud del Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre. La Administración solicitará al Servicio de Seguridad de la Consejería de Gobernación, la realización de las Tarjetas de Identificación Personal (TIP) de los vigilantes seleccionados que los acreditarán como personal de vigilancia del edificio. En lo que a la plantilla de vigilantes se refiere, las sustituciones temporales, por periodos inferiores a un mes, que puedan producirse en el hospital, deberán ser comunicadas al Responsable de Servicios Generales del centro con una antelación de 24 horas. Éstas sólo serán autorizadas hasta que cese la causa que motivó la sustitución. La Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir o el Responsable de Servicios Generales del centro podrá exigir a la empresa adjudicataria, mediante propuesta debidamente razonada, la sustitución de los vigilantes que, por dejación o extralimitación, incumplan las obligaciones que tienen encomendadas o incurran en infracciones graves o muy graves de las tipificadas en la normativa legal. La empresa deberá aportar, con carácter previo a la sustitución, la habilitación profesional y la declaración jurada del suplente. Para cubrir vacaciones y licencias, la empresa adjudicataria podrá nombrar, para agilizar las sustituciones, a un número de vigilantes de la empresa que, aun prestando servicio en otros lugares, puedan ser sustituidos en los casos indicados. Estos cambios deberán ser notificados por la empresa

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al hospital, en un plazo de 24 horas; pudiendo no ser válidos aquellos que se notifiquen fuera de plazo. Todos los cambios y sustituciones correrán por cuenta de la empresa adjudicataria que garantizará en todo momento el número de vigilantes, en las condiciones y con el equipamiento contratado. Las sustituciones temporales superiores a un mes, se regirán por las mismas pautas que para la elección de vigilantes nuevos, expresadas anteriormente. La Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir quedará facultada para, en cualquier momento, computar por el medio que considere más idóneo el número de trabajadores exactamente empleado, pudiendo solicitar a la empresa adjudicataria relación nominal de los trabajadores de vigilancia y seguridad en el centro y su situación laboral. El aumento o disminución del número inicial, así como el número existente en cada momento, deberá comunicarse con anterioridad y por escrito al Responsable de Servicios Generales del centro. La falta de notificación o de autorización reseñada, podrá dar lugar a la rescisión del contrato con pérdida de la fianza y de las retenciones habidas. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, por cuanto éste tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de patrono y deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral y de Seguridad Social, referidas al propio personal a su cargo, incluyendo lo contemplado en el Convenio Colectivo Nacional de Seguridad Privada. El adjudicatario se compromete a facilitar al Responsable de Servicios Generales del centro, antes de iniciar la prestación del servicio, la relación nominal de personas que van a prestar sus servicios, debiendo presentar copias compulsadas de los títulos de nombramientos de vigilantes de seguridad, o en su defecto de vigilante privado, para prestar servicio sin armas, sabiendo que la inactividad del personal de seguridad por tiempo superior a 2 años, exigirá su sometimiento a nuevas pruebas para poder desempeñar las funciones que le son propias. El personal aportado poseerá la suficiente formación en materia de seguridad, debiendo acreditar suficientemente tal extremo. Tanto el personal permanente como el eventual deberán acreditar su relación laboral con la empresa adjudicataria antes de comenzar a prestar sus servicios en el centro. La Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir supervisará en todo momento dicha relación laboral, vigilando por el estricto cumplimiento de los convenios colectivos de aplicación en el centro objeto del contrato y durante la duración del mismo, así como los niveles retributivos, tanto en salarios base como en complementos y pluses. Cualquier acuerdo entre la empresa adjudicataria y los trabajadores de la misma que suponga aumentos retributivos por encima de los estipulados en convenios colectivos, o cualquier otro acuerdo que incremente los derechos adquiridos por los trabajadores

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sobre los que por convenio les correspondan, deberán ser previamente autorizados por la Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir. El adjudicatario será responsable de que los trabajadores a su cargo cumplan las reglas generales de disciplina, buen comportamiento, aseo y horario de trabajo.

6.8.6.8.6.8.6.8. Funcionamiento, coordinación y seguimiento.Funcionamiento, coordinación y seguimiento.Funcionamiento, coordinación y seguimiento.Funcionamiento, coordinación y seguimiento. Con carácter previo a la prestación del servicio, la adjudicataria presentará la documentación donde se recoja el procedimiento utilizado para calcular el número de vigilantes necesarios, a fin de cumplir con la composición del servicio ofertado y el requerido por la Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir, siempre bajo el estricto cumpliminto de la normativa vigente. Los servicios de 24 horas se prestarán necesariamente en turno de 8 horas como máximo. El servicio de vigilancia se prestará ininterrumpidamente, en los turnos establecidos para éste, no pudiendo ningún vigilante, bajo ningún concepto, abandonar el lugar de trabajo sin una sustitución previa. Para aumentar la eficacia de los vigilantes y su seguridad, la empresa adjudicataria procurará los medios para establecer las vías de comunicación permanente entre ellos y el hospital. En el caso de usar radiotransmisores, éstos deberán estar dotados de un sistema de auricular o similar con una doble finalidad: por un lado, preservar la confidencialidad de las conversaciones de seguridad y, por otro, contribuir a la tranquilidad de los usuarios hospitalizados y familiares preservando de ruidos las áreas por las que transitan los vigilantes. En este sentido, la empresa adjudicataria, si así lo requiere el Responsable de Servicios Generales del hospital, dotará a éste de un radiotransmisor en conexión con el servicio de seguridad, para comunicación permanente con el mismo. No obstante, cualquier incidencia que interrumpa el normal desarrollo de sus funciones deberá ser comunicada por el vigilante de forma inmediata al Responsable de Servicios Generales del centro. En el ejercicio de sus funciones, el vigilante deberá portar en todo momento y en lugar visible su tarjeta de identificación personal. La empresa elaborará un cuadrante en donde se refleje los turnos de trabajo y el nombre del vigilante de cada turno. El cómputo horario anual por vigilante no podrá exceder de las horas establecidas en el Convenio Nacional de Seguridad Privada. Cuando la contratación se realice por un periodo inferior a un año, el cómputo horario se calculará proporcionalmente al número de meses que se contraten. Del referido cuadrante quedará una copia en el centro de trabajo. Con la periodicidad establecida por la Dirección o el Responsables de Servicios Generales y con antelación suficiente, la empresa remitirá al Responsable de Servicios Generales del centro una copia del citado cuadrante. La Empresa Pública

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Hospital Alto Guadalquivir se reserva el derecho de comprobar la veracidad de los datos remitidos por la empresa. La empresa adjudicataria procurará, entre sus vigilantes, la redacción de un parte diario de incidencias en el que se incluirá como mínimo la fecha, turno, nombre del vigilante, firma de éste y en su caso las incidencias que hayan tenido lugar expresadas de la forma más detallada. Todos los partes diarios que se generen serán presentados al Responsable de Servicios Generales, el cual podrá exigir a la empresa la remisión de aclaraciones complementarias de algún asunto en particular, debiendo cumplimentarlo ésta de la forma más rápida posible (fax, e-mail, etc.). Independientemente de lo anterior, todos los partes diarios que se generen estarán a disposición del Servicio de Seguridad de la Consejería de Gobernación y serán entregados aquellos que se les demanden en el momento en que lo soliciten. El contratista queda obligado a designar para el hospital un coordinador del servicio de seguridad. Éste será el encargado de velar por el cumplimiento de las funciones encomendadas a los vigilantes, y será en primera instancia, el interlocutor válido en materia de seguridad entre el centro y la empresa. El contratista será en exclusiva el único interlocutor con los representantes sindicales del personal en cualquier proceso negociador o conflicto. El Servicio de Seguridad de la Dirección General de Interior, Emergencias y Protección Civil se reserva el derecho a realizar cuantas supervisiones estime oportunas, a fin de conocer el grado de cumplimiento del servicio y si este se presta en las condiciones contratadas.

7.7.7.7. Formación y capacitación.Formación y capacitación.Formación y capacitación.Formación y capacitación. La adjudicataria garantizará que los vigilantes adscritos al servicio de vigilancia objeto del contrato a que se refiere el presente Pliego de Prescripciones Técnicas tienen la formación y capacidades necesarias para hacerse cargo de estas funciones. En aquellos puestos de trabajo en los que se exija una preparación técnica especial, la Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir establecerá un periodo formativo específico, a impartir por la adjudicataria, en el manejo de estos equipamientos. En el caso de incorporar nuevos recursos técnicos que exijan un adiestramiento específico para su adecuado manejo, se establecerá entre ambas partes un Plan de Formación que abarque a aquellos vigilantes cuyo destino operativo esté relacionado con su utilización. La ejecución de dicha formación correrá por cuenta de la empresa adjudicataria. La sustitución temporal o definitiva de los vigilantes de seguridad destinados en un determinado servicio, cualquiera que sea la causa que la motive, implicará la existencia de un periodo formativo

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del vigilante que se incorpore a dicho puesto, previo a la incorporación. Estas incorporaciones deberán contar con el visto bueno del organismo contratante. La duración del referido periodo será convenida por el Responsable de Servicios Generales y el Jefe de Seguridad de la adjudicataria, dependiendo de las características propias del servicio, pero siempre por un plazo mínimo que abarque un turno laboral en el propio puesto de vigilancia. Este adiestramiento se realizará acompañado por aquel o aquellos vigilantes que cuenten con la suficiente experiencia en el recinto a custodiar. La adjudicataria deberá garantizar en todo momento que su personal posee el adecuado nivel de formación y capacitación específico para desarrollar el servicio en óptimas condiciones físicas, psíquicas y de entrenamiento. Los vigilantes adscritos al servicio de vigilancia objeto del contrato a que se refiere el presente Pliego de Prescripciones Técnicas deberán superar los cursos de reciclaje contemplados en la normativa aplicable a este tipo de contrataciones, así como los cursos de formación permanente previstos en el Reglamento de Seguridad Privada.

8.8.8.8. Instalaciones y equipamiento.Instalaciones y equipamiento.Instalaciones y equipamiento.Instalaciones y equipamiento.

8.1.8.1.8.1.8.1. Circuito cerrado de televisión, sistemas antiCircuito cerrado de televisión, sistemas antiCircuito cerrado de televisión, sistemas antiCircuito cerrado de televisión, sistemas anti----intrusión y de control de rondas.intrusión y de control de rondas.intrusión y de control de rondas.intrusión y de control de rondas. La Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir pondrá a disposición del adjudicatario un local acondicionado para la ubicación de un centro de control, con su correspondiente acometida eléctrica y telefónica. El adjudicatario deberá instalar el cuadro eléctrico de mando y protección necesario para los sistemas colocados. En el Hospital de Alta Resolución de Alcalá la Real existe una instalación anti-intrusión, de control de accesos y de CCTV previa, que se detalla en el Anexo nº 1Anexo nº 1Anexo nº 1Anexo nº 1 del presente pliego. La instalación es propiedad de la Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir. Esta instalación será objeto de revisión y adaptación a las necesidades relacionadas en este pliego en su Anexo nº 2Anexo nº 2Anexo nº 2Anexo nº 2. Así mismo podrán ofertar nuevos equipos que favorezcan el servicio de seguridad o complementen a los ya instalados. La valoración del equipamiento se realizará en función de la cantidad y calidad del mismo, así como la optimización de la cobertura y garantía de seguridad. La instalación y puesta en funcionamiento serán por cuenta del adjudicatario y no podrán repercutir a la Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir ningún coste adicional derivado de aquéllas.

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de la Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir.

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El adjudicatario deberá detallar el equipamiento del sistema de seguridad, contra-intrusión y vigilancia por CCTV adecuado para el servicio, y que será supervisado en todo momento por uno de los vigilantes. La canalización, cableado, mano de obra, instalación y puesta en marcha de dichos equipos correrá a cargo del adjudicatario, así como cualquier otro gasto que fuera necesario para el buen funcionamiento del sistema. El plazo para la instalación completa de todo el equipamiento y las reformas que sean necesarias sobre los equipos existentes, así como para que esté completamente funcional será como máximo de 60 días, a contar desde la fecha de firma del contrato. El adjudicatario se compromete, durante el periodo del contrato al mantenimiento de los equipos instalados en perfecto estado, corriendo a su cargo los costes que ello suponga, debiendo presentar dentro de los dos primeros meses de contrato, un plan de mantenimiento preventivo para todas las instalaciones, tanto la existente como la nueva dotación. A la terminación completa y puesta en funcionamiento de la instalación y una vez se encuentre plenamente operativa, todo el equipamiento instalado, relacionado con ella directa o indirectamente y sin excepción, pasará a ser propiedad de la Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir, no pudiendo el adjudicatario reclamar en todo o en parte dicha propiedad ni reclamar importe económico alguno. Se exceptúa el sistema de control de rondas, que será propiedad del adjudicatario a la finalización del contrato. Una vez terminada la instalación se aportarán planos donde se reflejarán todos los equipos instalados en el hospital ya sean los instalados previamente como los de nueva instalación. Asimismo, se reflejarán los trazados de las instalaciones. Se acompañarán estos planos con la documentación de todos los equipos suministrados y con los esquemas de principio y comentarios que indiquen como funcionan los sistemas instalados, especialmente los de control de accesos en lo que se refiere a la apertura y cierre de puertas. El montaje, señalización, trazados, etc se realizará siguiendo las pautas establecidas por el responsable de Servicios Generales y Mantenimiento de modo que las instalaciones nuevas mantengan los mismos criterios de ejecución que las ya existentes.

8.2.8.2.8.2.8.2. Control de accesos por tarjetas magnéticas.Control de accesos por tarjetas magnéticas.Control de accesos por tarjetas magnéticas.Control de accesos por tarjetas magnéticas. Será obligatoria la instalación y completa puesta en funcionamiento, en un plazo máximo de 60 días desde la adjudicación, de un sistema de control de accesos con sistema de lectores de tarjeta de proximidad identificativa para el personal del centro, debiendo incluir todos los elementos necesarios para su correcta puesta en funcionamiento (lector, cerraduras adecuadas al tipo de puertas en las que se instalen, pasadores, ventosas electromagnéticas, etc.). El sistema debería controlar los

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accesos a las dependencias que sean necesarios, por su carácter, como laboratorios, almacenes generales y de farmacia, archivos de historias clínicas, centros de proceso de datos, etc. Ellos habrán de ser concretados por la Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir una vez adjudicado el contrato, aunque las empresas oferentes incluirán en sus ofertas los accesos (número y características) que se controlarán con el sistema, que al menos serán: • Archivo de historias clínicas • Laboratorio • Almacén General • Almacén de Farmacia • CPD • Almacén de Lencería. El sistema de control de accesos del centro pasará a ser propiedad de la Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir. El control de altas y bajas de permisos de accesos del personal podría realizarse desde el centro de control de seguridad. Para el mencionado control de accesos no será necesario ofertar impresora de tarjetas magnéticas, pero sí un PC para las altas y bajas y una dotación inicial de tarjetas identificativas para la puesta en funcionamiento, que se estima en unas doscientas unidades y deberán ser idénticas a las que se usan en el resto de los hospitales de la Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir. Dada la uniformidad en las instalaciones de control de accesos de todos los centros dependientes de la Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir, el sistema instalado debe ser idéntico al resto de los hospitales de esta empresa. Además de los accesos indicados anteriormente, será necesario la instalación de sistema que impida el acceso libre al área quirúrgica, de radiología y de urgencias, pero sin necesidad de conocer los datos de la persona que accede por ellos. Dichos sistemas podrán ser de iguales características a los relacionados anteriormente (tarjetas de proximidad) o mediante teclados numéricos autónomos. Se valorará positivamente la incorporación de sistemas que mediante tarjeta de proximidad controlen el acceso de los ascensores a la planta sótano del edificio, según se expresa en los criterios de adjudicación. Las puertas controladas por estos sistemas deberán contar con los mecanismos necesarios para que en el caso de estar dotadas con elementos de evacuación antipánico, estos sean totalmente operativos prevaleciendo su apertura sobre cualquier sistema de cierre con que se haya dotado a la correspondiente puerta. Los sistemas de condena (cerraderos eléctricos, ventosas magnéticas, etc) deberán ser instalados prestando especial atención a la estética de las puertas a controlar, sin olvidar por supuesto la función para la que están encomendados.

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Para el dimensionamiento del sistema de control de accesos y el número de lectores, así como para el tipo de tarjetas, etc. se recomienda contactar con la Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir. El sistema de control de accesos no podrá repercutir coste alguno a la Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir derivado de su instalación y puesta en funcionamiento o de su mantenimiento, que correrán íntegramente por cuenta del adjudicatario en el periodo de vigencia del contrato, debiendo presentar, en los dos primeros meses de contrato, un plan de mantenimiento preventivo para todas las instalaciones.

8.3.8.3.8.3.8.3. Mantenimiento de instalaciones y equipamiento.Mantenimiento de instalaciones y equipamiento.Mantenimiento de instalaciones y equipamiento.Mantenimiento de instalaciones y equipamiento. En lo relativo a las instalaciones y equipamiento (circuito cerrado de televisión, sistemas anti-intrusión y de control de rondas), el adjudicatario será el responsable del mantenimiento de las mencionadas instalaciones, debiendo presentar en la oferta el plan de mantenimiento (tanto preventivo como correctivo) de las mismas. En caso de avería de algún equipo el adjudicatario tendrá la obligación de sustituirlo por otro equipo de similar características durante todo el tiempo que dure la reparación, asumiendo el adjudicatario todos los costes que ello suponga. Si durante la prestación del servicio se averiase algún equipo de manera irreversible y hubiese de ser sustituido por otro nuevo, el adjudicatario deberá reemplazarlo por otro de, al menos, las mismas características del inicial, corriendo por su cuenta todos los gastos necesarios, sin repercutir a la Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir coste alguno. Para conocer el estado de los equipos existentes, las empresas licitantes podrán visitar las instalaciones del hospital para el que se contrata el servicio.

9.9.9.9. Plazos de ejecución de instalaciones.Plazos de ejecución de instalaciones.Plazos de ejecución de instalaciones.Plazos de ejecución de instalaciones. Los plazos de ejecución de las instalaciones y equipamiento que el adjudicatario aporte en su oferta así como de las reformas necesarias en la instalación existente a las que obliga el presente pliego no serán nunca superiores a 60 días60 días60 días60 días desde la adjudicación definitiva. Se considerarán terminadas las instalaciones y reformas cuando, además de que estén operativas al 100%, se aporten los manuales y documentos de los medios técnicos, esquemas y planos de la instalación (incluyendo conexiones a cuadros eléctricos, etc.), etc., así como los planes de mantenimiento preventivo y correctivo.

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Se valorará positivamente la disminución en los plazos de ejecución y terminación de las instalaciones por debajo de los 60 días especificados como máximo, según se expresa en los criterios de valoración. En cualquier caso, el adjudicatario habrá de cumplir los plazos establecidos o, si oferta otros más exiguos, los ofertados. En caso de no cumplirlos se aplicarán las penalizaciones expresadas en el capítulo correspondiente de este pliego.

10.10.10.10. Documentación.Documentación.Documentación.Documentación. Con carácter obligatorio presentarán al inicio del servicio, y dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, la siguiente documentación:

• Certificado de apertura de la delegación y/o sucursal en la provincia donde se preste el servicio que se contrata, conforme al artículo 17.2 del Reglamento de Seguridad Privada. En caso contrario, el certificado versará sobre los motivos que hacen innecesaria la existencia de delegación o sucursal..

• Programa de formación que tiene previsto impartir entre sus vigilantes para dar

cumplimiento a lo establecido en el Artículo 57 del Reglamento de Seguridad Privada. En todo caso, los cursos de actualización y especialización exigidos, deberán realizarse en los primeros 9 meses de duración del contrato.

• En caso de no haberlo incluido en la oferta o que sea necesario realizar cualquier

modificación del mismo, estudio sobre la adecuación del servicio que se presta a los riesgos que hayan sido detectados en el correspondiente análisis de amenazas efectuado en el edificio. Todo ello en cumplimiento de lo que establece el artículo 23 del citado Reglamento.

La adjudicataria estará obligada a mantener actualizada la documentación exigida, siempre que se produzca alguna modificación de las circunstancias contempladas al inicio. La Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir podrá exigir en cualquier momento, la referida actualización mediante indicación expresa y motivada del Responsable de Servicios Generales. También, el adjudicatario deberá aportar:

• Certificado del seguro de vida y accidentes suscrito con una entidad privada para los vigilantes que vayan a desempeñar el servicio.

• Fotocopia de la acreditación del título-nombramiento de los vigilantes que vayan a

desempeñar el servicio.

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• Fotocopia compulsada del documento que acredite el vínculo contractual entre

empresa y vigilantes previstos para el servicio. La Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir se reserva el derecho de exigir en cualquier momento del período de vigencia del contrato, la presentación de algunos de los documentos citados, para comprobar si los requisitos exigidos al inicio se cumplen a lo largo del tiempo de servicio contratado.

11.11.11.11. Facultad de inspección.Facultad de inspección.Facultad de inspección.Facultad de inspección. La Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir a través del Responsable de Servicios Generales en el centro, podrá inspeccionar al personal y a su trabajo en todo lo que el contrato se refiere. Como resultado de la inspección o como consecuencia de cualquier dejación de las obligaciones expresadas en cualquiera de los documentos contractuales, se podrá levantar, si el hospital así lo estima necesario, un acta de no conformidad en el momento de la inspección en la que se harán constar las deficiencias del servicio. El adjudicatario vendrá obligado de forma inmediata a la corrección de las irregularidades o alteraciones observadas. Tres actas de no conformidad podrán ser causa de rescisión del contrato, con pérdida de fianza. La Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir tendrá potestad para rescindir o no el contrato tras la tercera acta de no conformidad. Si aquélla decide no rescindir, será necesaria una más para rescindir el contrato con pérdida de fianza, a criterio de la Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir, y así sucesivamente.

11.1.11.1.11.1.11.1. Penalizaciones.Penalizaciones.Penalizaciones.Penalizaciones. El adjudicatario quedará obligado a indemnizar la Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir, como responsable directo, de los daños que el personal a su servicio ocasione por dolo o negligencia, previa valoración de los mismos por el personal técnico de la institución. La indemnización consistirá en reposición o devolución de la facturación mensual. Podrá ser objeto de penalización al adjudicatario, las acciones u omisiones de su personal en orden a la uniformidad, puntualidad, compostura y atención al público y personal del hospital, defectos en la ejecución del servicio y en general cuantos hechos puedan ser constitutivos de faltas de carácter leve. En este caso, se remitirá al adjudicatario un informe de las incidencias observadas, indicando la penalización sobre la facturación mensual, que será de un 5% por cada falta observada.

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de la Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir.

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En el caso de interrupción en la seguridad, sea cual fuere la causa, sin la previa autorización del Responsable de Servicios Generales, la empresa deberá indemnizar a la Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir con una cantidad doblemente proporcional a la disminución o interrupción producida, sobre el importe de la facturación mensual cuando la disminución o interrupción se mantenga por espacio igual o inferior a un día. La indemnización aumentará al triple de la cantidad proporcional resultante, en el caso de que la interrupción o disminución exceda de un día. Los importes correspondientes a las indemnizaciones aludidas se detraerán de la facturación mensual y/o de las siguientes. El retraso en completar la implantación del Plan de Emergencia y Autoprotección también podrá ser objeto de penalización, si éste no es imputable a causas ajenas al adjudicatario. De esta forma, si no se encontrase el Plan de Emergencia y Autoprotección correctamente confeccionado y totalmente implantado y en funcionamiento en el plazo indicado en el presente pliego, se podrá descontar de la facturación mensual el 20% del importe de la misma, disponiendo la empresa de un mes más para completar dicha labor. Si en el siguiente mes tampoco se hubiera completado el trabajo, se penalizará con un 10% más, lo que hace un descuento total de un 30% sobre la facturación mensual; y así sucesivamente se irá descontando un 10% adicional por cada mes de retraso hasta completar el trabajo. El retraso en completar la instalación o ampliación de los medios técnicos especificados en el presente pliego (CCTV, cámaras, cableado, controles de accesos, etc.) también podrá ser objeto de penalización, si éste no es imputable a causas ajenas al adjudicatario (sin contar como causas ajenas el acopio y disponibilidad del material). De esta forma, si no se encontrasen los mencionados medios correcta y totalmente instalados y en funcionamiento en el plazo ofertado por el adjudicatario o indicado en el presente pliego, se podrá descontar de la facturación mensual el 20% del importe de la misma, disponiendo la empresa de diez días naturales más para completar dicha labor. Si en este tiempo adicional tampoco se hubiera completado el trabajo, se penalizará con un 10% más, lo que hace un descuento total de un 30% sobre la facturación mensual; y así sucesivamente se irá descontando un 10% adicional por cada diez días naturales de retraso hasta completar el trabajo. También podrá ser objeto de penalización, la falta de conservación en perfecto estado de los equipos y medios materiales de seguridad cuyo mantenimiento sea por cuenta del adjudicatario. De esta forma, si se detecta un fallo en el funcionamiento de cualquiera de ellos y aquél no se soluciona en el plazo de quince días naturales, se podrá imputar una penalización de un 10% de la facturación mensual, disponiendo el adjudicatario de otros quince días naturales para su solución. Si persiste la anomalía, se aplicará un 5% adicional sobre el importe de facturación mensual, esto es, un 15% en total; y así sucesivamente hasta que se dé solución a la anomalía. Independientemente de todo lo anterior, la Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir a través del Responsable de Servicios Generales o en quien delegue la Dirección, podrá realizar controles de calidad del servicio que arrojarán informes mensuales con ratios cuantitativos de la misma, de los

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que serán puntualmente informada la empresa adjudicataria. Si dichos resultados son negativos, la Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir podrá aplicar penalizaciones en la facturación mensual en una proporción igual a la disminución del ratio de calidad mensual sobre el valor máximo del mismo, en el cómputo del mes evaluado. Por ejemplo, si una vez evaluado el nivel de calidad de un mes, resulta un valor del 87% sobre el nivel óptimo de calidad, se aceptará una facturación máxima para ese mes del mismo porcentaje sobre el total mensual, aceptándose el 87% del importe de factura.

12.12.12.12. Información Información Información Información técnica técnica técnica técnica adicional a aportar por el licitador.adicional a aportar por el licitador.adicional a aportar por el licitador.adicional a aportar por el licitador. Como complemento a lo requerido en el Anexo IV del Cuadro ResumenAnexo IV del Cuadro ResumenAnexo IV del Cuadro ResumenAnexo IV del Cuadro Resumen del Pliego de Cláusulas del Pliego de Cláusulas del Pliego de Cláusulas del Pliego de Cláusulas AdministrativasAdministrativasAdministrativasAdministrativas Particulares Particulares Particulares Particulares (Documentación a aportar relativa a los criterios de adjudicación valorados mediante juicio de valor), el licitador tendrá en cuenta las siguientes consideraciones a la hora de aportar la documentación técnica:

- Cada oferente deberá aportar en su oferta, además del número total de trabajadores que pondrá en el centro, el detalle de los puestos de trabajo y jornada de cada trabajador expresando la distribución por turnos y horarios de mañana, tarde y noche, que mantendrán permanentemente en presencia física todos y cada uno de los días de la semana.

- La empresa oferente indicará la dirección de su sede social y las de sus delegaciones

provinciales; indicando teléfono de contacto y nombre/s de la/s persona/s responsables/s, con capacidad de decisión suficiente para resolver problemas que en la prestación del servicio puedan suscitarse.

- Las empresas deberán presentar en su oferta la relación de prendas que conforman el

uniforme, color y características de los mismos y distintivos que la identifican, pudiendo aportar folletos donde aparezcan fotografías que lo documenten; así como relación del equipamiento propio que portarán los vigilantes en la prestación del servicio. Se distinguirá entre uniformidad de invierno y de verano.

- Las empresas concursantes deberán exponer en su oferta técnica la preparación técnico-

profesional de que estará dotado el personal que constituya la plantilla en el hospital, a nivel de interpretación de parámetros de funcionamiento de determinadas instalaciones que se consideren vitales.

- Los licitadores deberán presentar un programa explicativo del servicio, que incluya:

o Descripción de la organización en cuanto al personal a emplear en las diferentes

áreas en que se ha dividido el centro.

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o Descripción de la metodología de trabajo a emplear. Órdenes de puesto tales como: - Normas generales. - Descripción del puesto. - Funciones especificas. - Horario de actuación. - Control de llaves. - Etc.

o Actuaciones en caso de emergencia, como: - Incendio - Amenaza de bomba. - Atraco - Etc.

o Descripción de la tecnología que pueden aportar (a su cargo) para una mayor calidad y rapidez en el servicio.

- Los licitadores informarán sobre los sistemas de formación y reciclaje profesional del

personal adscrito al hospital. Asimismo, indicarán la modalidad y cantidad de cursillos y/o similares instructivos sobre emergencias para voluntarios del personal.

- Los licitadores presentarán un informe detallado y exhaustivo de los medios e instrucciones

técnicas que incluyen en su oferta, para cobertura de las necesidades de seguridad en el hospital.

- Las empresas ofertantes deberán detallar en sus ofertas todo el equipamiento que se

comprometen a instalar, para la adecuación del actual sistema a las necesidades reales del hospital, así como sus características y funcionalidad.

- Para su valoración, el licitante deberá incluir una memoria con los distintos detectores a

emplear (volumétricos, infrarrojos, alarma de apertura de puertas, etc.), así como su ubicación y características técnicas. En particular, se deberá incidir en el sistema de control y supervisión de estos sensores. Para la instalación del sistema anti-intrusión, así como el sistema de cámaras, se recomienda la visita a las instalaciones objeto del contrato por parte de las empresas licitadoras, previa petición de cita. De igual forma se indicarán medios para realizar control de rondas, etc.

- Además, se deberá presentar en la oferta:

o Certificado de inscripción, como empresa de seguridad, el registro de la Dirección General de la Policía.

o Nº de registro y ámbito de actuación.

o Certificado de autorización para el inicio de actividades.

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o Póliza de seguro de responsabilidad civil.

o Valor hora, diurna y nocturna, que aplica a sus empleados según convenio. Indicándose el convenio a que se encuentre acogida.

o Certificado de adaptación de la oferta económica a los requisitos del convenio colectivo.

o Fotocopia de los TC1 y TC2 en el ámbito provincial de los dos meses anteriores a la presentación de oferta.

- Las empresas concursantes presentarán proyectos de vigilancia y seguridad, así como

cuantas mejoras e innovaciones técnicas y materiales incorporen a las condiciones mínimas exigidas en este pliego de prescripciones técnicas.

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de la Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir.

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ANEXOANEXOANEXOANEXO 1. 1. 1. 1. Relación de las instalaciones existentesRelación de las instalaciones existentesRelación de las instalaciones existentesRelación de las instalaciones existentes.... Se recomienda girar visitas a las instalaciones para comprobar in situ las características técnicas de los elementos del listado expuesto.

UnidadesUnidadesUnidadesUnidades ElementoElementoElementoElemento MarcaMarcaMarcaMarca ModeloModeloModeloModelo

32 CÁMARAS FIJAS SAMSUNG SCC-B5352P

4 MINIDOMOS SONY TS-PTZ10P

25 CONTACTOS MAGNETICOS

PRASTEL MPROXMINI

3 MONITOR SAMSUNG SMC219PV

3 VIDEO GRABADOR SAMSUNG SHR 6164 P

1 TECLADO/JOSTICK CONTROL MINIDOMOS SONY TS-PTZ10P

1 CENTRAL ANTI-INTRUSIÓN

SIEMENS SI 411 ES

2 VOLUMETRICOS IMQ IR120C

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ANEXOANEXOANEXOANEXO 2 2 2 2.... Actuaciones sobre las instalaciones existentesActuaciones sobre las instalaciones existentesActuaciones sobre las instalaciones existentesActuaciones sobre las instalaciones existentes.... Se recomienda girar visitas a las instalaciones para comprobar in situ las tareas a realizar.

ElementoElementoElementoElemento Actuación a realizarActuación a realizarActuación a realizarActuación a realizar

SISTEMA VIDEOVIGILANCIA

Se realizará el cambio de posición de 9 cámaras. Se cambiará la ubicación de las videograbadoras y monitores situados en planta baja a la nueva ubicación del CCTV situado en planta primera en el área de urgencias siendo allí donde se deberá recibir por tanto la señal de vídeo de todas las cámaras. Así mismo los minidomos móviles deberán ser comandados desde el CCTV situado en urgencias.

SISTEMA ANTIINTRUSION Se realizará el cambio de ubicación de la centralita antiintrusión al CCTV situado en urgencias