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Remonta, 2 52005 MELILLA TEL: 951 32 07 53 FAX: 952 69 80 28 [email protected] CORREO ELECTRONICO: GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE MELILLA EXP: PA_2016_02_GME PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO (SUJETO A REGULACION ARMONIZADA) DE SUMINISTROS, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DE LOS FUNGIBLES NECESARIOS PARA LA REALIZACIÓN DE SESIONES DE HEMODIÁLISIS Y CESIÓN DE EQUIPAMIENTO NECESARIO. HOSPITAL COMARCAL DE MELILLA INGESA

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Remonta, 2 52005 MELILLA TEL: 951 32 07 53 FAX: 952 69 80 28

[email protected]

CORREO ELECTRONICO:

GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE MELILLA

EXP: PA_2016_02_GME

PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO

(SUJETO A REGULACION ARMONIZADA) DE SUMINISTROS, MEDIANTE PROCEDIMIENTO

ABIERTO, DE LOS FUNGIBLES NECESARIOS PARA LA REALIZACIÓN DE SESIONES DE

HEMODIÁLISIS Y CESIÓN DE EQUIPAMIENTO NECESARIO.

HOSPITAL COMARCAL DE MELILLA INGESA

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CUADRO DE CARACTERÍSTICAS

1. IDENTIFICACIÓN DEL EXPEDIENTE

1.1. Nº Expediente: PA 2016-02-GME

1.2. Órgano de contratación: GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA

1.3. Perfil del contratante: www.contrataciondelestado.es

2. DESCRIPCIÓN DEL CONTRATO

2.1. Objeto del contrato: SUMINISTRO DE MATERIAL FUNGIBLE SANITARIO Y EQUIPAMIENTO NECESARIO PARA REALIZAR SESIONES DE HEMODIÁLISIS CON DESTINO

AL HOSPITAL COMARCAL DE MELILLA.

División por lotes: SI NO

Número máximo de lotes a que los empresarios podrán licitar: un lote varios todos los lotes

Denominación. CPV CPA

Suministro de material fungible sanitario necesario para realizar sesiones de hemodiálisis 33181520-3 32.50.50

2.2

3. NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER

La contratación del suministro definido en la cláusula anterior tiene como fin prestar la asistencia sanitaria correspondiente a las sesiones de hemodiálisis ( prestación

está incluida en la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud por el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre), mediante el procedimiento correspondiente

a la adquisición del material fungible y el equipamiento necesario para ello.

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4. PRESUPUESTO Y PRECIO

4.1. Presupuesto máximo sin IPSI: OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL QUINIENTOS SESENTA Y SEIS EUROS (851.566,00 €). IPSI: Exento

Presupuesto total: OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL QUINIENTOS SESENTA Y SEIS EUROS (851.566,00 IPSI: Exento

El precio del contrato será aquél al que ascienda la adjudicación, sin que, en ningún caso, el precio unitario de cada producto pueda exceder del precio unitario máximo

indicado en el pliego de prescripciones técnicas.

Anualidades

Centro de Gasto Ejercicio Importe € sin IPSI IPSI € Precio total € Aplicación presupuestaria

2016 141.927,67 € 0,00 € 141.927,67 €

2017 425.783,00 € 0,00 € 425.783,00 €

4.2.

5202

2018 283.855,33 € 0,00 € 283.855,33 €

22164

4.3. Tramitación del expediente: Normal Anticipada

4.4. Distribución del gasto por lotes: No procede

4.5.. Sistema de determinación del precio: Precio unitario

4.6. Valor estimado del contrato: UN MILLÓN SETECIENTOS TRES MIL CIENTO TREINTA Y DOS EUROS. (1.703.132,00 €)

4.7. Revisión de precios: SI NO En el presente contrato se establece la prohibición de revisión de precios. (ARTICULOS 87, 89, 131.1.d, 133.1 y 255.3 Y RELACIONADOS DEL Texto Refundido de la Ley de Contratos del sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, DISPOSICION ADICIONAL TERCERA LEY 2/2015 DE DESINDEXACIÓN DE LA ECONOMÍA ESPAÑOLA Y DISPOSICION ADICINAL 88 LEY 22/2013, DE 23 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 2014.

5. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO

5.1. Plazo de ejecución: 2 AÑOS Fecha de inicio de la ejecución: 01 de septiembre de 2016 , o, en su caso, al día siguiente de la formalización del contrato si esta fecha es

posterior a aquélla.

5.2. Prórroga: SI (2 años ) NO

El órgano de contratación podrá acordar una o sucesivas prorrogas del contrato hasta un periodo máximo igual al del inicial del contrato, sin que, por tanto, la duración

total del contrato pueda exceder de cuatro años. Las prórrogas serán obligatorias pare el empresario (art. 23.2 TRLCSP)

6. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN

6.1. Procedimiento: Procedimiento abierto, Tramitación ordinaria, sujeto a regulación armonizada (SARA)

6.2. Tramitación: Licitación electrónica o en formato papel

Licitación electrónica, exclusivamente

6.3. Medios electrónicos: SI NO Otros medios:

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6.4. Publicidad de la licitación: Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE)

Boletín Oficial del Estado (BOE)

Perfil del contratante (www.contrataciondelestado.es)

Plataforma de Contratación Electrónica (www.vortalhealth.es)

6.5. Importe máximo de gastos de publicidad: DOS MIL EUROS (2.000 €)

7. CLASIFICACIÓN Y SOLVENCIA DE LOS LICITADORES

7.1. Habilitación empresarial: NO SI

7.2. Clasificación: NO SI

7.3. Solvencia económica y financiera: Declaración sobre el volumen global de negocios de la empresa en el ámbito al que se refiera el contrato, referida a los tres

últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de actividades del licitador, debiendo cada año ser igual o superior al doble del presupuesto

estimado del contrato.

7.4. Solvencia técnica: Los licitadores deberán acreditar la solvencia técnica y profesional mediante la relación de los principales suministros de análoga naturaleza a

los de la presente contratación, efectuados durante los cinco últimos ejercicios, cuyo importe anual sea igual o superior al doble del presupuesto estimado del lote o

lotes a los que se oferte, indicándose su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Estos suministros se acreditarán de la siguiente forma:

- Cuando el destinatario sea una entidad del sector público: mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente.

- Cuando el destinatario sea un comprador privado: mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del

empresario.

Se considerará que los licitadores cumplen este requisito de solvencia técnica si aportan al menos un certificado de conformidad expedido por un destinatario de

dichos suministros y ejecutados por el licitador a plena satisfacción y por importe igual o superior al indicado en cada año.

7.5. Compromiso de adscripción de medios personales o materiales: NO SI

También tendrá carácter de obligación esencial el compromiso por parte del contratista de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o

materiales propuestos en su oferta técnica.

8. GARANTÍAS

8.1. Garantía provisional: NO SI

Será del 3% del precio de licitación (tres por ciento), dado el perjuicio que la retirada de la/s ofertas hasta la adjudicación del contrato. (Art. 95 a 103, 156,225, 271,310 y relacionados del TRLCSP)

8.2. Garantía definitiva: 5 por 100 del importe de la adjudicación

9. PROPOSICIONES DE LOS LICITADORES **Cada sobre ha de contener una relación detallada de los documentos contenidos**

9.1. Lugar, tiempo y forma para la presentación de las proposiciones: Véase cláusulas 7, 8 y 9 del presente pliego.

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9.2. Documentos que deben incluirse en el sobre 1: Véase cláusula 9.4.1 del pliego.

9.3. Documentos que deben incluirse en el sobre 2:

Los licitadores incluirán en este sobre la documentación técnica e información explicativa que puedan servir para valorar los criterios de adjudicación

dependientes de un juicio de valor.

9.4. Documentos que deben incluirse en el sobre 3: Véase cláusula 9.4.3 del pliego.

9.5. Variantes: SI NO

9.6. Mejoras: SI NO

9.7. Muestras: SI NO

Los licitadores deberán presentar muestras de los artículos objeto del suministro, antes de la finalización del plazo de presentación de proposiciones, a fin de que

éstas puedan ser tenidas en cuenta para su valoración. La presentación de dichas muestras se llevará a cabo teniendo en cuenta lo siguiente:

A) Se presentará cantidad suficiente de muestras, perfectamente identificadas, con el número de expediente, lote y/o código del artículo y referencia del fabricante.

Adjuntar un único albarán sin valorar debidamente cumplimentado con el detalle de las muestras entregadas.

B) Se presentarán muestras de todos los componentes unitarios o que conformen un equipo o kit.

C) Las muestras deberán ser entregadas en la siguiente dirección (Almacén general de Ingesa en Melilla):

“ Almacén general de la Gerencia de Atención Sanitaria de Melilla

Avenida de Europa, esquina Vía Francesa, Nave 34 52006 Melilla”

El horario de recogida de muestras será de lunes a viernes desde las 08.00h hasta las 14,00 horas.

D) Se enviará un único albarán sin cargo por el total de la mercancía entregada, especificando:

a) Número de procedimiento

b) Referencias de los productos

c) Código interno del Hospital/número de lote

d) Cantidad entregada

e) Caducidad, en su caso.

f) Características técnicas del producto.

No debe figurar el código de barras, puesto que se trata de un criterio de valoración

Deberán presentarlas en el ENVASE MÍNIMO a servir según su UNIDAD MÍNIMA DE ENTREGA.

E) Las muestras presentadas no serán devueltas.

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10. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN

10.1 Criterios evaluables mediante la aplicación de fórmulas Hasta 60 Puntos.

10.1.a.Criterio número 1.

Precio

Hasta 50 Puntos.

10.1.b.Criterio número 2. Horas de dialización para renovación de las máquinas Se valorará la reducción de 20.000 horas máximas de dialización de los monitores para su renovación según se describe en el PPT de forma proporcionalmente inversa a la mejor oferta.

Hasta 10 Puntos.

10.1.c.Criterio número 3. MEJORAS Hasta 10 puntos

Inclusión de equipamiento técnico para implantación, control y seguimiento de accesos vasculares. Equipo Ecodoppler + 2 sondas (Vascular + abdominal). Características detalladas en PPT.

Hasta 09 puntos

Inclusión de equipamiento técnico para control y seguimiento de la sobrehidratación y composición corporal de pacientes en diálisis. Monitor de Bioimpedancia, descritos en PPT

Hasta 01 puntos

10.2 Criterios evaluables mediante juicio de valor (Características técnicas y prestaciones ofertadas)

Hasta 30 Puntos

Criterio número 4. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS

Para valorar este aspecto se tendrán en cuenta las características técnicas del material ofertado, ponderándose exclusivamente aquellas proposiciones que, observando las especificaciones técnicas mínimas señaladas en el pliego de prescripciones técnicas, ofrezcan prestaciones adicionales, unos niveles de calidad de los materiales más elevados, una mayor bioseguridad ,mayor seguridad del paciente, mayor biocompatibilidad de la membrana, mayor Coeficiente de ultrafiltración, mayor superficie de la Membrana, mayor aclaramiento de Moléculas. (No serán evaluables membranas no esterilizadas por radiación o calor).

Dializadores Resto de material fungible

Software de Gestión de Pacientes

Hasta 20 puntos Hasta 05 puntos Hasta 05 puntos

Umbral mínimo de puntuación en los criterios evaluables mediante juicios de valor: Mínimo de 22 puntos para poder optar a la fase de apertura económica.

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11. OFERTAS CON VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS

El órgano de contratación, con arreglo a lo previsto en el apartado 2 del art. 152 del TRLCSP podrá estimar, por sí o a propuesta de la Mesa de contratación, como

desproporcionadas o anormales las proposiciones inferiores en más de veinticinco unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas, sin perjuicio de

la facultad del órgano de contratación de apreciar, previa tramitación del procedimiento y audiencia del licitador a que se refiere el apartado 3 del mismo precepto,

como susceptible de normal cumplimiento dicha proposición.

12. EJECUCIÓN DEL CONTRATO

12.1. Responsable del contrato: Dirección Médica del Hospital Comarcal o persona/s en quien delegue.

12.2. Condiciones de ejecución: Las señaladas en el pliego de prescripciones técnicas.

12.3. Recepción del suministro:

La Gerencia de Atención Sanitaria adquirirá, mediante pedidos o programaciones, las cantidades que vayan necesitando para su normal funcionamiento. Las cantidades

a suministrar que se señalan en el pliego de prescripciones técnicas son meramente estimativas del consumo de los 24 meses del año, no estando obligados a la

adquisición de su totalidad.

La entrega y recepción de los bienes se ajustará a lo dispuesto en el pliego de prescripciones técnicas. Se entenderá realizada la entrega cuando, depositados los bienes

en el lugar señalado en la cláusula 14.2.4 y examinados, se encuentren de conformidad con el presente pliego y el de prescripciones técnicas particulares. La simple

entrega del albarán no implicará la conformidad de la entrega en tanto no se compruebe la calidad y cantidad de la mercancía.

Si en el momento de la entrega, se estima que los bienes no se encuentran en estado de ser recibidos, se hará constar así en dicho acto y se darán las instrucciones

precisas al suministrador para que subsane los defectos observados o proceda a nuevo suministro, de conformidad con lo pactado.

12.4. Condiciones especiales de ejecución del contrato: SI NO

13. PENALIDADES

Podrán imponerse las penalidades previstas en el art. 212 del TRLCSP por los cumplimientos defectuosos e incumplimientos de la prestación, así como por la demora

de los plazos parciales de ejecución.

14. RÉGIMEN DE MODIFICACIÓN DEL CONTRATO (ART. 106 TRLCSP)

14.1. Modificaciones del contrato: SI NO

14.2. Condiciones, alcance y límites de la modificación contractual: De conformidad con lo previsto en la disposición adicional trigésima cuarta del TRLCSP, si durante la

vigencia del contrato las necesidades reales fuesen superiores a las estimadas inicialmente, deberá tramitarse la correspondiente modificación en los términos

previstos en el artículo 106 del TRLCSP. Esta modificación habrá de tramitarse antes de que se agote el presupuesto máximo inicialmente aprobado, reservándose a tal

fin el crédito necesario para cubrir el importe máximo de las nuevas necesidades.

14.3. Porcentaje máximo: 15 por 100 del presupuesto de licitación.

14.4. Procedimiento: Se ajustará al previsto en el RGLCAP

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15. SUBCONTRATACIÓN

No se autoriza la subcontratación total o parcial de este contrato

16. RÉGIMEN DE PAGOS

16.1. Forma de pago: Pago único Pagos parciales

El contratista tendrá derecho al abono del precio del suministro efectivamente entregado y formalmente recibido por la Administración

16.2. Pago en metálico y en otros bienes: SI NO

17. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

Las previstas en el presente documento (ver cláusulas 14.5 y 19.2), en el pliego de prescripciones técnicas y en la legislación aplicable al presente contrato.

18. PLAZO DE GARANTÍA

Plazo de garantía: NO SI

TRES MESES contados desde la recepción de conformidad de los bienes

19. INFORMACIÓN

19.1. Aspectos técnicos: DIRECCIÓN MÉDICA DEL HOSPITAL COMARCAL

Teléfono: 951320753 Fax: 952698028 Correo electrónico: [email protected]

19.2. Aspectos administrativos: UNIDAD DE SUMINISTROS Y CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

Teléfono: 951320753 Fax: 952698028 Correo electrónico: [email protected]

19.3. Órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública: DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y SERVICIOS GENERALES DE ASISTENCIA ESPECIALIZADA

Teléfono: 951320750 Fax: 952698034 Correo electrónico: dirges.ae.melilla@ ingesa.msssi.es

20. OTRAS OBSERVACIONES

El orden de los anexos sigue un principio metodológico y no de aparición en el pliego de cláusulas administrativas particulares

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL

SUMINISTRO DE MATERIAL FUNGIBLE SANITARIO NECESARIO PARA REALIZAR SESIONES DE

HEMODIÁLISIS CON DESTINO AL HOSPITAL COMARCAL DE MELILLA (PA 2016-02-GME)

1. RÉGIMEN JURÍDICO ........................................................................................................................ 10

2. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN ........................................................................................................ 11

3. OBJETO DEL CONTRATO ................................................................................................................. 11

4. NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER........................................................................... 12

5. PRESUPUESTO Y PRECIO................................................................................................................. 12

6. PLAZO DE EJECUCIÓN ..................................................................................................................... 12

7. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN ............................................................................. 12

8. REQUISITOS DE LOS LICITADORES .................................................................................................. 14

9. PROPOSICIONES DE LOS LICITADORES ........................................................................................... 19

10. VALORACIÓN DE LAS OFERTAS ....................................................................................................... 25

11. APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN ............................................... 28

12. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO ..................................................................................................... 30

13. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO .................................................................................................. 33

14. EJECUCIÓN DEL CONTRATO............................................................................................................ 34

15. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO..................................................................................................... 38

16. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN ....................................................................................................... 38

17. PAGO DEL PRECIO........................................................................................................................... 39

18. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.................................................................................................... 40

19. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO......................................................................................................... 40

20. PLAZO DE GARANTÍA ...................................................................................................................... 40

21. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN COMPETENTE .................................. 41

ANEXO 1 LICITACIÓN ELECTRÓNICA ...................................................................................................... 42

ANEXO 1 BIS ANEXO DEUC. INFORMACION E INSTRUCCIONES DEUC.................................................. 47

ANEXO 2 SOLICITUD PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN ................................................................... 59

ANEXO 3 DECLARACIÓN DE SOMETIMIENTO A LA JURISDICCIÓN DE LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES

ESPAÑOLES PARA LAS EMPRESAS EXTRANJERAS.................................................................................. 60

ANEXO 4 MODELO DE OFERTA ECONÓMICA Y CRITERIOS AUTOMATICOS .......................................... 61

ANEXO 4 BIS........................................................................................................................................... 62

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1. RÉGIMEN JURÍDICO

1.1. El contrato que regula el presente pliego tiene naturaleza administrativa, y se

regirá, además de por lo establecido en el mismo y en el de prescripciones

técnicas, por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de

noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del

Sector Público (en adelante, TRLCSP) y, en cuanto no se encuentre derogado por

ésta, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones

Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (en adelante,

RGLCAP) y el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo.

Respecto al uso de medios electrónicos para la tramitación del expediente de

contratación pública, se aplicará lo expresamente dispuesto en la Ley 11/2007, de

22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, el

Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, que la desarrolla parcialmente, y la

Orden EHA/1307/2005, de 29 de abril que regula el empleo de medios

electrónicos en procedimientos de contratación.

Asimismo, se aplica la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del

Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública (en particular, en

lo referente a su artículo 59), de ahora en adelante, la Directiva nueva o “DN” ,y

por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE; así como del Reglamento de

Ejecución (UE) 2016/7 de la Comisión, de 5 de enero de 2016, por el que se

establece el formulario normalizado del DUEC o documento europeo único de

contratación (en adelante, el Reglamento (UE) n.º 2016/7 ). Véase el anexo I bis

“INFORMACION E INSTRUCCIONES DUEC”.

Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de Derecho administrativo y,

en su defecto, las normas de derecho privado. La presentación de las

proposiciones supone la aceptación incondicionada por el empresario del

contenido de la totalidad de las presentes cláusulas, sin salvedad o reserva

alguna.

1.2. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en

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materia de legislación laboral y fiscal, así como de las que puedan promulgarse

durante la ejecución del contrato con respecto al personal que emplee en la

ejecución del mismo. No se derivará ninguna responsabilidad para el INGESA del

incumplimiento por parte del adjudicatario de estas obligaciones.

1.3. En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de los

documentos contractuales, prevalecerá el pliego de cláusulas administrativas

particulares, en el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las

partes del contrato.

2. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN

El órgano de contratación es la Dirección del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria. No

obstante, conforme a la Resolución de 6 de marzo de 2006, del Instituto Nacional de

Gestión Sanitaria, sobre delegación de competencias en diversos órganos del Instituto

(B.O.E. núm. 65, de 17 de marzo de 2006), corresponde al GERENTE DE ATENCIÓN

SANITARIA del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria de Melilla la celebración de

contratos, conciertos o convenios para la prestación de asistencia sanitaria así como sus

modificaciones, que correspondan a sus centros de gestión, cuando su cuantía no exceda

de 901.518,16 euros, y previa autorización del Director del Instituto cuando su importe

sea superior, y la tramitación y resolución de los recursos que se interpongan contra los

actos derivados de los mismos, de su adjudicación, efectos y extinción.

La dirección postal del órgano de contratación es la siguiente: calle Remonta nº 2, código

postal 52005, Melilla. Número de teléfono: 952698014; número de fax: 952698028. La

dirección electrónica es www.ingesa.msssi.gob.es.

El acceso a su perfil de contratante se verifica a través de la siguiente dirección

electrónica: www.contrataciondelestado.es.

3. OBJETO DEL CONTRATO

El objeto del contrato al que se refiere este pliego es la ejecución del suministro indicado

en el apartado 2 del cuadro de características del presente pliego y descrito en el pliego de

prescripciones técnicas.

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Asimismo, en el apartado 2 del cuadro de características se señalan las nomenclaturas

correspondientes a la Clasificación Estadística de Productos por Actividades (CPA) y del

Vocabulario Común de Contratos Públicos

4. NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER

La finalidad del suministro a contratar es satisfacer las necesidades señaladas en el

apartado 3 del cuadro de características y en el pliego de prescripciones técnicas.

5. PRESUPUESTO Y PRECIO

El presupuesto máximo de contratación, su distribución y detalle de imputación, la forma

de tramitación del expediente de gasto, el valor estimado del contrato y el sistema de

revisión de precios figuran en el apartado 4 del cuadro de características.

6. PLAZO DE EJECUCIÓN

El plazo de ejecución del contrato y sus posibles prórrogas se describen en el apartado 5

del cuadro de características.

7. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN

7.1. Procedimiento de adjudicación

El contrato se adjudicará mediante procedimiento abierto, sujeto a regulación

armonizada, conforme a lo dispuesto en los artículos 15, 138 y 157 a 161 del TRLCSP.

La adjudicación del contrato queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y

suficiente en los ejercicios económicos 2016, 2017, 2018 y 2019.

7.2. Forma de adjudicación

La tramitación de presente procedimiento podrá realizarse de forma electrónica o en

soporte papel.

7.2.1. Tramitación electrónica

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E IGUALDAD

Cuando los licitadores hayan optado por esta forma de tramitación del

expediente, el acceso y descarga de los pliegos, la presentación de las

solicitudes de participación y proposiciones, la aportación de documentos y

las comunicaciones y notificaciones entre licitador y órgano de contratación

se realizarán exclusivamente a través de la plataforma de contratación

pública utilizada por el INGESA para las licitaciones electrónicas en la

dirección www.vortalhealth.es, cuya descripción, características, sistema de

acceso y operatividad se establecen en el anexo 1 del presente pliego.

Conforme a lo dispuesto en la Orden EHA/1307/2005, de 29 de abril, por la

que se regula el empleo de medios electrónicos en los procedimientos de

contratación, la opción por el uso de medios electrónicos vincula al licitador

durante toda la fase de licitación del contrato.

7.2.2. Comunicaciones electrónicas

En los procedimientos tramitados exclusivamente de forma electrónica, las

comunicaciones, notificaciones, requerimientos e intercambio de información

entre la Administración y los licitadores sólo se realizarán a través de la

plataforma de contratación electrónica. Los licitadores habrán de

cumplimentar el Documento Europeo Único de Contratación, (en adelante

DEUC, ver anexo 1 bis) , y darse de alta en la página Web de la Plataforma de

Contratación del Estado para la realización y práctica de los trámites

señalados en el párrafo anterior.

En los demás casos, dichas comunicaciones podrán hacerse por correo,

telefax o medios electrónicos, informáticos o telemáticos. El órgano de

contratación determinará en el apartado 6.3 del cuadro de características los

medios a utilizar en cada procedimiento. Estos medios deberán estar

disponibles de forma general y, por tanto, de su uso no debe derivarse

ninguna restricción al acceso de los empresarios e interesados al

correspondiente procedimiento, con arreglo a lo dispuesto en las

disposiciones adicionales decimoquinta del TRLCSP y única del Real Decreto

817/2009.

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7.3. Publicidad de la licitación

El anuncio de licitación se publicará en los diarios oficiales y plataformas de

contratación señalados en el apartado 6.4 del cuadro de características.

Los gastos de publicidad originados por esta convocatoria serán por cuenta del

adjudicatario y su importe máximo no superará la cantidad señalada en el apartado

6.5 del cuadro de características.

La Administración repercutirá al contratista en el abono del primer pago a cuenta, o

de los sucesivos si resultara necesario, el importe de los gastos de publicidad sobre

la base de la factura previamente abonada por aquélla.

7.4. Publicidad de los pliegos

Los pliegos se pueden descargar del perfil del contratante de la Gerencia de Atención

Sanitaria de Melilla (www.contrataciondelestado.es) y de la plataforma de

contratación electrónica www.vortalhealth.es, conforme a lo dispuesto en el

apartado 3.2.4 de la Resolución de 16 de marzo de 2016, de la Dirección General del

Patrimonio del Estado, por la que se publica la Recomendación de la Junta Consultiva

de Contratación Administrativa, sobre efecto directo de las nuevas Directivas

comunitarias en materia de contratación pública (BOE de 17 de marzo de 2016).

8. REQUISITOS DE LOS LICITADORES

8.1. Condiciones de aptitud

Podrán optar a la realización del contrato las personas físicas o jurídicas, españolas o

extranjeras, a título individual o en unión temporal, que tengan plena capacidad de

obrar, cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato,

según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, acrediten su

solvencia económica y financiera y profesional o técnica en la forma que determina

este pliego y conforme a lo establecido en los artículos 74, 75 y 77 del TRLCSP, y no

estén incursas en algunas de las prohibiciones para contratar que enumera el art. 60

del TRLCSP.

Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o

15

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profesional que, en su caso, se exige en el apartado 7.1 del cuadro de características.

Para las empresas no comunitarias, comunitarias y uniones temporales, se estará a

lo dispuesto en los artículos 55, 58 Y 59 del TRLCSP, respectivamente.

Las personas empresarias que concurran agrupadas en uniones temporales

quedarán obligadas solidariamente y deberán nombrar a una persona

representante o apoderada única de la unión con poderes bastantes para ejercitar

los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la

extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que

puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la

licitación, deberán indicar los nombres y circunstancias de las que la constituyan y

la participación de cada una, así como que asumen el compromiso de constituirse

formalmente en unión temporal en caso de ser adjudicatarias del contrato.

No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la

elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del

contrato, por sí o mediante unión temporal de empresas, siempre que dicha

participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un

trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.

8.2. Criterios objetivos de solvencia

8.2.1. Los empresarios interesados en participar en el procedimiento de contratación

habrán de reunir las condiciones de solvencia económica y financiera y técnica

que se indican en los apartados 7.2 a 7.4 del cuadro de características.

8.2.2. Los licitadores se comprometerán a dedicar o adscribir a la ejecución del

contrato los medios personales o materiales suficientes para la debida

ejecución del contrato

8.3. Garantía provisional (apartados 8.1 del CCG)

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Conforme a los Art. 96 y 103 del TRLCSP , art. 55 y 57 y anexos III, IV, V y VI del RGLCAP

se establece una garantía provisional con valor del 3 por 100 del presupuesto del

contrato, excluido Impuestos, y el régimen de su devolución. La garantía provisional

podrá prestarse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 96 del TRLCSP:

a) En la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones

de Economía y Hacienda, o en la Caja o establecimiento público equivalente de las

Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir

efecto cuando se trate de garantías en efectivo.

b) Ante el órgano de contratación, cuando se trate de certificados de inmovilización de

valores anotados, de avales o de certificados de seguro de caución.

4. La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores

inmediatamente después de la adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía será

retenida al licitador cuya proposición hubiera sido seleccionada para la adjudicación

hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva, e incautada a las empresas

que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación.

5. El adjudicatario podrá aplicar el importe de la garantía provisional a la definitiva o

proceder a una nueva constitución de esta última, en cuyo caso la garantía provisional se

cancelará simultáneamente a la constitución de la definitiva.

8.4. Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos

8.4.1. Personalidad jurídica y la capacidad de obrar

1º. Si el licitador es persona física deberá presentar documento que acredite

debidamente su personalidad (Documento Nacional de Identidad para

españoles; y pasaporte, autorización de residencia y permiso de trabajo para

extranjeros).

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2º. Si los licitadores fueran personas jurídicas españolas, deberán presentar

la escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro

Mercantil cuando este requisito sea exigible conforme a la legislación

mercantil que les sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad

de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución,

estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que se

regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro

oficial, según el tipo de persona jurídica, de acuerdo con lo previsto en el

artículo 72 TRLCSP.

3º. La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados

miembros de la Unión Europea se acreditará mediante la inscripción en los

Registros correspondientes, de acuerdo con la legislación del Estado donde

están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o

un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación en

los términos exigidos en los artículos 58 y 72.2 del TRLCSP y 9 del RGLCAP.

Asimismo, deberán acreditar que cuenta con la autorización especial

regulada en el artículo 58.2 del TRLCSP o, en caso de no necesitarla para

ejecutar el contrato, deberán presentar una declaración responsable en la

que haga constar dicha circunstancia.

4º. La capacidad de obrar de los demás empresarios extranjeros se

acreditará en los términos exigidos en los artículos 55 y 72.3 TRLCSP y 10

RGLCAP.

A estos efectos, deberán aportar un informe de la Misión Diplomática

Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular

en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa en que se haga

constar:

- Que, previa acreditación de la empresa, figura inscrita en el Registro local

profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con

habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se

extiende el objeto del contrato.

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- Que su Estado de procedencia admite a su vez la participación de

empresas españolas en la contratación con la Administración y con los

entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los

enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente

análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá de

este informe de reciprocidad cuando se trate de empresas de Estados

signatarios del Acuerdo sobre Contratación Publica de la Organización

Mundial de Comercio.

8.4.2. Acreditación de la representación.

Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro

presentarán poder bastante al efecto y copia autenticada de su Documento

Nacional de Identidad o del documento que, en su caso, lo sustituya

reglamentariamente.

Si el licitador fuera persona jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el

Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es

necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el artículo

94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil.

8.4.3. Habilitación empresarial

Los licitadores habrán de presentar los documentos que, en su caso, se exijan

en el apartado 7.1 del cuadro de características.

8.4.4. Unión temporal de empresas (en adelante UTE)

Cuando dos o más empresas liciten agrupadas en una UTE, cada uno de los

empresarios que la componen acreditará su capacidad y personalidad en la

forma prevista en el presente pliego.

8.4.5. Solvencia económica, financiera y técnica

Los licitadores deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica

o profesional con los medios descritos en los apartados 7.2 a 7.4 del cuadro

de características.

8.4.6. Prohibición de contratar

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Declaración responsable de no estar incurso el licitador en las prohibiciones

para contratar señaladas en el artículo 60 del TRLCSP, conforme consta en el

DEUC. La prueba de esta circunstancia podrá hacerse también por cualquiera

de los otros medios señalados en el artículo 73 del TRLCSP.

La declaración responsable a que se refiere el párrafo anterior comprenderá

todas las circunstancias expresadas en el DEUC, (hallarse al corriente en el

cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social

impuestas por las disposiciones vigentes, antecedentes penales, etc….)

8.4.7. Empresas extranjeras

Las empresas extranjeras aportarán una declaración de someterse a la

jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas

las incidencias que, de modo directo o indirecto, pudieran surgir del contrato con

renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder

al licitante (anexo3).

Las empresas que figuren inscritas en el Registro Oficial de Licitadores y

Empresas Clasificadas del Estado quedarán exentas de aportar la documentación

exigida en los apartados 8.4.1 (párrafos 1º y 2º) y 8.4.2, siempre que aporten la

información precisa en el formulario normalizado del DEUC, acerca de la

inscripción en el citado Registro.

9. PROPOSICIONES DE LOS LICITADORES

9.1. Presentación de las proposiciones

Los empresarios que reúnan los requisitos de capacidad y solvencia establecidos en

la cláusula anterior podrán participar en el procedimiento de contratación

presentando la solicitud que figura en el anexo 2 y DEUC, acompañada de los tres

sobres relacionados en la cláusula 9.4 del presente pliego:

9.2. Plazo y lugar de presentación

9.2.1. Cuando se emplee el sistema de contratación electrónica, los licitadores

presentarán sus solicitudes y documentación, dentro del plazo señalado en

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el anuncio de licitación, a través de la plataforma electrónica de

contratación pública www.vortalhealth.es.

9.2.2. Cuando no sea preceptiva la tramitación electrónica del expediente, los

licitadores podrán presentar sus proposiciones personalmente o mediante

envío por mensajería en el Registro General de la Gerencia de Atención

Sanitaria antes de las quince horas (15:00) del último día del plazo señalado

en el anuncio público de licitación.

También podrá realizarse mediante envío por correo, en cuyo caso,

conforme a lo dispuesto en el artículo 80.4 RGLCAP, el empresario deberá

justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y

anunciar al órgano de contratación la remisión de la ofertas mediante fax o

telegrama en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos

(justificación de la fecha de imposición del envío y anuncio al órgano de

contratación) no será admitida la documentación si es recibida por el

órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la

terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante,

diez días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la

documentación, ésta no será admitida en ningún caso.

9.3. Forma de presentación

9.3.1. Para participar en el procedimiento los licitadores presentarán la solicitud

( anexo 2) y DEUC acompañada de los tres sobres cerrados, identificados

en su exterior con el objeto del contrato al que se concurre y firmados por

el licitador o persona que le represente, indicando el nombre y apellidos o

razón social de la empresa, número de teléfono y de fax y dirección de

correo electrónico, todo ello de forma legible. Con relación detallada de la

documentación contenida en cada sobre.

9.3.2. La documentación a presentar por los interesados habrá de ser original o

bien copia que tenga carácter de auténtica o compulsada conforme a la

legislación vigente en la materia, salvo, en su caso, el documento

acreditativo de constitución de la garantía provisional que, en todo caso,

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habrá de ser original.

9.3.3. Cuando las solicitudes de participación y la documentación que se exige en

este pliego se presenten en formato electrónico, deberán estar firmadas

mediante firma electrónica reconocida, válidamente emitida por un

prestador de servicios de certificación que garantice la identidad e

integridad de los documentos asociados a la misma, de conformidad con lo

dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica y

demás disposiciones sobre contratación pública electrónica.

9.3.3.1. Los formatos admisibles para la aportación de documentos

electrónicos habrá de tener alguna de las siguientes extensiones:

.doc, .xls, .ppt, .pdf, .rtf., jpg, .bmp, .tiff, .zip, y .7z.

9.3.3.2. Es responsabilidad de los interesados que los documentos se

envíen libres de virus que dificulten o imposibiliten su lectura. En

cualquier caso, la mera presencia de virus en la oferta no

determinará, por sí misma, la exclusión de la misma, siempre que

se pueda tener acceso a su contenido.

9.3.4. No se admitirán variantes, pero si las mejoras descritas en el pliego de

prescripciones técnicas, conforme al art. 147 del TRLCSP. Cada

licitador sólo podrá presentar una proposición y no podrá suscribir ninguna

oferta en unión temporal con otros empresarios si lo ha hecho

individualmente o figurar en más de una unión temporal. La contravención

de esta prohibición dará lugar al rechazo de todas las ofertas incursas en

duplicidad.

9.3.5. La documentación de las proposiciones, cualquiera que fuera la lengua

utilizada, incorporará una traducción oficial en castellano, inadmitiéndose

las que no cumplieran este requisito.

9.4. Contenido de las proposiciones

Los licitadores habrán de presentar TRES (3) SOBRES, que, en su caso, estarán

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disponibles en la plataforma de contratación electrónica vortalHEALTH

(www.vortalhealth.es), con la siguiente denominación:

- Sobre 1: Documentación administrativa o DEUC.

- Sobre 2: Documentación para valoración de criterios cuya cuantificación dependa

de un juicio de valor.

- Sobre 3 Oferta económica y documentación para valoración de criterios

cuantificables de forma automática.

- Cada sobre tendrá, en su caso, una relación detallada y enumerada de los

documentos contenidos.

9.4.1. Sobre 1: “Documentación administrativa”

9.4.1.1. Declaración responsable

Este sobre contendrá la declaración responsable del licitador

(DEUC) indicando que cumple las condiciones establecidas

legalmente para contratar con la Administración, según el

formulario normalizado que sirve de prueba preliminar, en

sustitución de los certificados expedidos por las autoridades

públicas o por terceros, o bien la documentación justificativa, de

conformidad con el artículo 59 de la Directiva 2014/24/UE.

El licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación

deberá presentar ante el órgano de contratación, previamente a la

adjudicación del contrato, los documentos relacionados en la

cláusula 8.4 del presente pliego.

En todo caso el órgano de contratación, en orden a garantizar el

buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento

anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los

licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento

de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.

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9.4.1.2. Garantía provisional

Documentación acreditativa del establecimiento de la garantía

provisional.

(Ver punto 8.1 del CCG, y cláusulas 8.3, 9.3.2, y 13.5 del

presente pliego).

9.4.1.3. Empresas vinculadas o pertenecientes al mismo grupo de

empresas

A los efectos previstos en el art. 86 RGLCAP, y 59 de la DN, los

licitadores aportarán estos datos en el DEUC, si optan a ello,

haciendo constar en dicho documento si otras sociedades del

mismo grupo empresarial, entendiendo por éstas las que se

encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código

de Comercio, han presentado proposiciones, relacionando, en

caso afirmativo, los nombres de las correspondientes empresas,

y sus respectivos DEUCs, si procede.

9.4.1.4. Unión temporal de empresas

Los empresarios que concurran en una unión temporal de

empresas, indicarán este dato en el DEUC, los nombres y

demás circunstancias solicitados en el formulario, (participación

de cada uno de ellos, el compromiso de constituirse

formalmente en unión temporal en caso de resultar

adjudicatarios y la persona o entidad que, durante la vigencia del

contrato, ha de ostentar la plena representación de todos ellos

frente a la Administración).

9.4.1.5. Documentación original

Los licitadores que formulen sus proposiciones a través de la

plataforma de contratación electrónica quedan obligados a que

el contenido de los documentos presentados concuerden

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fielmente con los originales y se comprometen a acreditarlo

cuando el órgano de contratación se lo requieran.

9.4.1.6. Empresas que tengan en su plantilla personas con discapacidad.

Los licitadores interesados en que se les aplique las preferencias

de adjudicación que se establecen en el presente pliego para el

caso de que dos o más proposiciones se encuentren igualadas,

deberán presentar los documentos que acrediten que, al tiempo

de presentar su proposición, tiene en su plantilla un número de

trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100, según lo

dispuesto en el apartado 2 de la disposición adicional cuarta del

TRLCSP.

9.4.2. Sobre 2: Documentación para valoración de criterios cuya cuantificación

dependa de un juicio de valor

Este sobre contendrá la documentación que permita aplicar los criterios

de adjudicación no evaluables mediante fórmula matemática y,

específicamente relacionada en el apartado 10 del cuadro de

características.

Toda la documentación técnica (catálogos, manuales, etc.) de los

productos habrá de venir en castellano.

La descripción y fichas técnicas de las mejoras referidas en el presente

pliego y en el de prescripciones técnicas que, en su caso, proponga el

licitador habrán de introducirse obligatoriamente en el sobre 3.

La introducción indebida en este sobre de informaciones o datos que

son valorados mediante criterios cuantificables de forma automática

determinará la exclusión del licitador.

9.4.3. Sobre 3: Oferta económica y documentación para valoración de criterios

cuantificables de forma automática

Este sobre contendrá exclusivamente la proposición firmada y redactada

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según el modelo que se adjunta como anexo 4 y 4 bis, así como la

documentación técnica relativa a las mejoras ofertadas, a fin de aplicar

los criterios de adjudicación evaluables mediante fórmula matemática.

El licitador, al formular su propuesta económica, incluirá en el precio

ofertado toda clase de gastos necesarios para la ejecución del contrato,

y, en concreto, los de transporte, exportación, montaje, instalación y

puesta en marcha de los bienes, así como aquellos otros expresamente

previstos en el pliego de prescripciones técnicas.

La falta de presentación de las muestras en el lugar, tiempo y forma

indicados en el citado apartado determinará la inadmisión del licitador o,

en su caso, la no valoración de su proposición respecto al lotes o lotes

cuyas muestras sean preceptivas.

9.4.4. Documentación confidencial

Las empresas licitadoras, si procede, podrán indicar, mediante una

declaración complementaria a entregar en cada uno de los sobres, los

documentos y datos presentados que, según su parecer, tienen carácter

confidencial, conforme dispone el artículo 140 TRLCSP.

10. VALORACIÓN DE LAS OFERTAS

10.1. Procedimiento y Criterios de valoración

Todas las ofertas serán valoradas de mejor a peor respecto a dichos criterios, en

función de sus características y de su comparación con el resto de las ofertas,

teniendo en cuenta su mayor adecuación a la mejora y perfeccionamiento de la

ejecución del objeto del contrato

10.2. Procedimiento de valoración.

El contrato se adjudicará, mediante procedimiento abierto, tomando como base

los criterios de adjudicación que se detallan en el apartado 10 del Cuadro General

de Características.

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P= (pm x O) / 10

10.2.1. Valoración de criterios no evaluables mediante fórmulas aritméticas

En primer lugar, la Mesa de Contratación realizará la evaluación de las

ofertas respecto a los criterios correspondientes a la propuesta técnica

que no pueden valorarse mediante la aplicación de fórmulas aritméticas.

A tal efecto se seguirá el siguiente procedimiento:

1º. Todas las ofertas serán valoradas de mejor a peor respecto dichos

criterios en función de sus características y de su comparación conjunta,

teniendo en cuenta su mayor adecuación a la mejora y

perfeccionamiento de la ejecución objeto del contrato. El resultado de

dicha valoración deberá ser argumentado y justificado en el

correspondiente informe de valoración.

2º. A la que se considere mejor oferta respecto de un criterio se le

asignará el valor 10, que corresponderá el máximo de los puntos de

ponderación correspondiente a dicho criterio.

3º. Al resto de las ofertas se les asignará un valor de cero a diez,

otorgándoles, en consecuencia, los puntos de ponderación que

proporcionalmente les correspondan por su diferencia con la mejor

oferta, de acuerdo con la siguiente fórmula:

P= Puntuación a obtener

Pm= Puntuación máxima del criterio de que se trate

O= Valoración sobre 10 asignada a la oferta que se está

puntuando

10= valoración correspondiente a la mejor oferta

Conforme a lo dispuesto en el art. 22.1.e) del Real Decreto 817/2009 de

8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 de 30 de

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octubre, la Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos considere

precisos para valorar las proposiciones, así como para verificar que las

ofertas cumplen con las especificaciones técnicas del pliego.

10.2.2. Valoración de los criterios evaluables mediante la aplicación de fórmulas

matemáticas (cifras o porcentajes)

Posteriormente, la Mesa de contratación valorará las ofertas respecto a

los criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas, y

asignará a cada una de ellas los puntos de ponderación correspondientes

a cada criterio, asignándole a la mejor oferta el máximo de los puntos

correspondientes al criterio de que se trate, de tal forma que:

1º.- Se asignará a la mejor oferta el máximo de puntos previsto en el

criterio correspondiente.

2º.- A las ofertas siguientes se les asignarán para cada criterio los puntos

que proporcionalmente correspondan por su diferencia con la mejor

oferta, de acuerdo con las fórmulas P= (pm*mo)/O, o bien, P=

(pm*O)/mo, según se trate, respectivamente, de proporción inversa o

proporción directa con la mejor oferta, (donde "P" es la puntuación,

"pm" es la puntuación máxima, "mo" es la mejor oferta y "O" es el valor

cuantitativo de la oferta que se valora).

10.2.3. Valoración global de las ofertas

Obtenida la puntuación de todas las ofertas respecto a cada uno de los

criterios, se sumará la puntuación total de cada una de ellas, resultando

seleccionada la que obtenga mayor puntuación. Si se produjera un

empate en la puntuación entre dos o más licitadores, éste se dirimirá a

favor del que hubiera obtenido mayor puntuación en la valoración de los

criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas; si

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persistiera el empate la propuesta de adjudicación se decidirá a favor del

que hubiera obtenido mayor puntuación en la valoración de los criterios

evaluables mediante juicios de valor, y de persistir tal situación, se

atenderá a los criterios preferenciales previstos en la disposición

adicional cuarta del TRLCSP.

10.2.4. Ofertas con valores desproporcionados o anormales

El carácter desproporcionado o anormal de las ofertas se apreciará, en su

caso, mediante la aplicación de los parámetros objetivos relacionados en

el apartado 11 del cuadro de características.

11. APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN

11.1. Mesa de contratación

El órgano de contratación estará asistido por una MESA DE CONTRATACIÓN que

será el órgano competente para valoración de las ofertas. Estará constituida por un

Presidente, un mínimo de cuatro vocales y un Secretario, designados por el órgano

de contratación, el último entre funcionarios del propio órgano de contratación o

en su defecto, entre el personal a su servicio. Entre los vocales deberá figurar

necesariamente un funcionario de entre quienes tengan atribuido legal o

reglamentariamente el asesoramiento jurídico del órgano de contratación y un

Interventor.

La composición de la Mesa se publicará en el perfil de contratante del órgano de

contratación correspondiente con una antelación mínima de siete días con

respecto a la reunión que deba celebrar para la calificación de la documentación

referida en el artículo 146 del TRLCSP.

En lo no previsto en el presente pliego, la Mesa procederá conforme a lo previsto

en los artículos 25 a 30 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, en cuanto

resulte de aplicación, y, en su defecto, por lo dispuesto en los artículos 81 a 83 del

RGLCAP.

11.2. Calificación de la documentación administrativa

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La Mesa de Contratación procederá, en sesión no pública, a calificar los

documentos presentados en tiempo y forma, a cuyos efectos, el Presidente

ordenará exclusivamente la apertura del sobre 1. La documentación contenida en

este sobre será examinada por la Mesa, acordando la admisión o el rechazo, en su

caso, de aquélla que no sea considerada bastante.

Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación

personal presentada, lo comunicará a los interesados verbalmente y a través de

correo electrónico, concediéndoles un plazo no superior a tres días hábiles a fin de

que los corrijan o subsanen ante la propia Mesa de contratación.

11.3. Apertura de proposición relativa a los criterios dependientes de un juicio valor.

Realizadas las actuaciones anteriores, se procederá a celebrar, en el lugar y día que

previamente se hayan anunciado, el acto público de apertura de las proposiciones

que, conforme a lo previsto en el art. 27 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo,

habrá de desarrollarse en un plazo no superior a siete días a contar desde la

apertura de la documentación administrativa.

En este acto sólo se abrirá el sobre 2 correspondiente a los criterios dependientes

de un juicio de valor a fin de proceder a la valoración de los mismos con

anterioridad a la de los criterios cuantificables automáticamente. Previamente a su

apertura, se comunicará a los asistentes el resultado de la calificación de la

documentación administrativa, y, atendiendo a las características de la presente

licitación, se procederá a la apertura de los sobres o correspondientes ficheros

electrónicos ante todos los asistentes a fin de que puedan comprobar en todo

momento la integridad e identidad de las ofertas presentadas o alojadas en la

plataforma de contratación pública, así como la fecha, hora y persona concreta que

las presentó.

Abiertos los sobres, se procederá a la lectura del índice que cada licitador haya

acompañado y se entregará la documentación correspondiente a la Unidad

encargada de su examen, con objeto de su posterior valoración por la Mesa.

11.4. Apertura de las proposiciones evaluables mediante criterios de evaluación

automática

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La apertura de los sobres que contienen las proposiciones económicas (sobre 3)

y/o criterios objetivos de valoración se realizará en sesión pública en el lugar, día y

hora indicados en el anuncio de la licitación. En este acto, previamente a la

apertura, el Presidente notificará el resultado de la calificación de los documentos

presentados, con expresión de las proposiciones rechazadas y causa de su no

admisión y de las proposiciones admitidas, y, asimismo, comunicará el resultado de

la evaluación las ofertas conforme de acuerdo a los criterios dependientes de un

juicio de valor.

Serán desestimadas aquellas proposiciones económicas que no concuerden con la

documentación presentada y admitida, excediesen del presupuesto de licitación,

variaran sustancialmente del modelo establecido, comportasen error manifiesto en

el importe de la proposición o cuando existiese reconocimiento por parte del

licitador de que la proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan

inviable.

Terminada la lectura de las proposiciones económicas, se invitará a los licitadores a

que manifiesten cuantas observaciones o reservas estimen oportunas contra el

acto celebrado, que, en las cuales deberán formularse por escrito en el plazo

máximo de dos días hábiles siguientes al de dicho acto, según lo dispuesto en el

art. 87.1 RLCAP.

11.5. Propuesta de adjudicación

La Mesa de Contratación elevará al órgano de contratación una propuesta de

adjudicación razonada que incluirá la ponderación de los criterios de valoración,

acompañada de las actas de las reuniones y de la documentación generada en sus

actuaciones, así como los informes que se hubieran emitido. Esta propuesta no

crea derecho alguno a favor del licitador propuesto.

No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o

proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.

12. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

12.1. El órgano de contratación podrá, siempre antes de la adjudicación, renunciar a la

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ejecución del contrato por razones de interés público debidamente justificadas

en el expediente, o desistir del procedimiento de adjudicación en caso de

haberse producido una infracción no subsanable de las normas de preparación

del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación, debiendo de

indemnizar a los licitadores, en ambos supuestos, de los gastos que su participación

en la licitación les hubiese efectivamente ocasionado.

12.2. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta

económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a

contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento,

presente la siguiente documentación justificativa:

a) Los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos previos

para contratar que se relacionan en la cláusula 8.4 del presente pliego.

b) Justificante de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades

Económicas, cuando se ejerzan actividades sujetas a dicho impuesto

mediante la presentación del alta y del último recibo de pago del impuesto

acompañado con una declaración responsable de no haberse dado de baja

en la matrícula del citado Impuesto.

c) Certificaciones positivas expedidas por los órganos competentes de

hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de

Seguridad Social a que se refieren los artículos. 13 y 14 del RGLCAP,

respectivamente, o declaración responsable de no estar obligado a

presentar las declaraciones o documentos relacionados en dichos

preceptos.

Esta información se obtendrá por el órgano de contratación cuando el

contratista hubiera presentado conformidad para la cesión por la

Administración competente de la información que acredite que la

empresa cumple las expresadas obligaciones tributarias y de la Seguridad

Social, entre otras, mediante firma de la parte VI del formulario DEUC.

d) Documento que acredite la constitución de una garantía definitiva por el

importe señalado en el apartado 8.2 del cuadro de características a

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disposición del órgano de contratación en cualquiera de las formas

previstas en el art. 96 del TRLCSP.

e) Cuando el adjudicatario tenga la condición de unión temporal de

empresas, la escritura pública de constitución inscrita en el Registro

Especial del Ministerio de Economía y Hacienda o análogo y

nombramiento de un representante o apoderado único de la unión con

poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones

que se deriven del contrato hasta su extinción.

12.3. La falta de cumplimentación adecuada del anterior requerimiento en el plazo

señalado o, en su caso, en el plazo de subsanación que tal efecto le confiera el

órgano de contratación si la documentación presentase defectos subsanables,

significará la retirada de la oferta del licitador, procediéndose en este caso a recabar

la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado

clasificadas las ofertas.

12.4. El órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles

siguientes a la recepción de la documentación descrita en el apartado anterior, y

antes del transcurso del plazo máximo de dos meses a contar desde el siguiente al

de la apertura pública de proposiciones. Este último plazo se ampliará en quince

días hábiles cuando existan proposiciones que puedan considerarse

desproporcionadas o anormales.

12.5. La adjudicación del contrato será motivada, se notificará a los licitadores y,

simultáneamente, se publicará en el perfil del contratante y, en su caso, en la

plataforma de contratación electrónica.

La notificación, cuyo contenido se adecuará a las previsiones recogidas en el artículo

151.4 del TRLCSP, se realizará por correo electrónico a la dirección que los

licitadores hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos

establecidos en el art. 28 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico

de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Por tanto, el plazo para considerar

rechazada la notificación, con los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, será de cinco días.

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12.6. El órgano de contratación podrá no comunicar determinados datos relativos a la

adjudicación cuando considere, justificándolo debidamente en el expediente,

que la divulgación de esa información pueda obstaculizar la aplicación de una

norma, resultar contraria al interés público o perjudicar intereses comerciales

legítimos de empresas públicas o privadas o la competencia leal entre ellas, de

acuerdo con el art. 153 del TRLCSP.

12.7. Las empresas no adjudicatarias no podrán retirar la documentación

administrativa presentada hasta haber transcurrido los plazos previstos para la

interposición de los recursos. Transcurrido ese plazo, dispondrán de un plazo

máximo de cuatro meses para retirar aquélla, que en caso contrario, será

destruida.

13. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

13.1. El contrato se formalizará en documento administrativo. No obstante, el

contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo

de su cargo los correspondientes gastos. En ningún caso, se podrán incluir en el

documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de

los términos de la adjudicación.

13.2. Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación

conforme al artículo 40.1 del TRLCSP, la formalización no podrá efectuarse antes

de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la

adjudicación a los licitadores y candidatos.

En este supuesto, el órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que

formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente

a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo

previsto en el párrafo anterior sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve

aparejada la suspensión de la formalización del contrato. De igual forma

procederá cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera

levantado la suspensión.

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13.3. El contrato será firmado mediante firma electrónica reconocida a través de la

plataforma electrónica de contratación (www.vortalhealth.es) si la licitación es

exclusivamente electrónica, o, en su caso, el adjudicatario optó por este sistema

de licitación. Igualmente, en el mismo acto la empresa adjudicataria firmara los

pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas.

13.4. La formalización del contrato se publicará en el perfil del contratante. Asimismo,

se publicará en el Boletín Oficial del Estado un anuncio en el que se dé cuenta de

dicha formalización en un plazo no superior a cuarenta y ocho días a contar

desde la fecha de la misma. En igual plazo deberá enviarse el anuncio al Diario

Oficial de la Unión Europea.

13.5. Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el

contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la

incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que

en su caso se hubiese exigido. Si las causas de la no formalización fueren

imputables a la Administración, se indemnizará al contratista de los daños y

perjuicios que la demora le pudiera ocasionar.

14. EJECUCIÓN DEL CONTRATO

14.1. Responsable del contrato

El órgano de contratación podrá designar un responsable del contrato, indicándolo

en el apartado 12.1 del cuadro de características, persona física o jurídica vinculada

o no a la Administración contratante, al que corresponderá supervisar su

ejecución, relacionarse con el coordinador técnico o responsable de la empresa

contratista y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin

de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de

las facultades que se le atribuyan.

Las relaciones con la empresa adjudicataria se llevarán a cabo a través de un

representante nombrado por la misma, con plena disponibilidad horaria, en los

términos previstos en el pliego de prescripciones técnicas cláusula 4.3.2.

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14.2. Condiciones de la ejecución

14.2.1. Principio de riesgo y ventura

La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista,

según lo dispuesto en el artículo 215 del TRLCSP.

14.2.2. Sujeción a los pliegos

El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las cláusulas contenidas en

este pliego, en el contrato y en la oferta realizada por el adjudicatario,

observando fielmente lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas

y conforme a las instrucciones que, para su interpretación, emita el

INGESA.

14.2.3. Obligación de confidencialidad

La empresa adjudicataria y su personal están obligados a guardar secreto

profesional respecto de los datos de carácter personal de los que haya

podido tener conocimiento por razón de la prestación del contrato. Este

deber subsistirá aún después de que el contrato se haya extinguido bien

por su cumplimiento bien por su resolución, de conformidad con el artículo

10 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos

de Carácter Personal.

14.2.4. Plazo y lugar de entrega

El adjudicatario estará obligado a efectuar la entrega de los bienes en los

plazos y lugar señalados en el pliego de prescripciones técnicas.

14.2.5. Otras condiciones de ejecución

El contrato habrá de ejecutarse con arreglo a las condiciones señaladas en

el apartado 12.2 del cuadro de características.

14.2.6. Recepción del suministro

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14.2.6.1. El contratista será responsable de la calidad técnica de los

suministros objeto del contrato, así como de las consecuencias

que se deduzcan para el INGESA o para terceros de las omisiones,

errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la

ejecución del contrato.

14.2.6.2. El órgano de contratación determinará si las prestaciones del

contratista se ajustan a las prescripciones establecidas para su

ejecución y cumplimiento, requiriendo en su caso, la entrega del

suministro contratado y la subsanación de los defectos observados

con ocasión de su recepción.

14.2.6.3. Si la Administración acreditase la existencia de vicios o defectos en

los bienes adquiridos, tendrá derecho a reclamar la reposición de

los que fuesen inadecuados, inservibles o presentase deficiencias

de calidad. El plazo de reposición será el establecido en el pliego

de prescripciones técnicas.

14.2.6.4. La recepción del suministro se producirá, en todo caso, en los

términos señalados en el apartado 12.3 del cuadro de

características.

14.3. Condiciones especiales de ejecución

A los efectos del art. 118 del TRLCSP, tendrán la consideración de condiciones

especiales de ejecución las contenidas expresamente en el apartado 12.4 del

cuadro de características.

14.4. Facultad de control e inspección

El control e inspección de la Administración se extenderá a todos los aspectos

relativos al contenido del suministro y al cumplimiento de las cláusulas y

prescripciones de los correspondientes pliegos administrativos y técnicos,

comprendiendo, entre otras, las siguientes facultades:

a) Comprobar la efectiva prestación del suministro por la adjudicataria,

estableciendo los sistemas de control que estime oportunos para

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verificar su cumplimiento conforme a la propuesta contenida en su

oferta técnica.

b) Recibir puntualmente el resumen de las actividades realizadas así

como cualquier otra información que le sea solicitada.

c) Requerir de la adjudicataria los informes o documentos que considere

necesarios relacionados con la prestación del suministro.

d) Efectuar comprobaciones sobre calidad del trabajo y bienes

suministrados.

14.5. Incumplimiento de las obligaciones contractuales

14.5.2. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución

del contrato y, en su caso, de los plazos parciales de entrega de los

bienes, así como de las obligaciones que se derivan del contrato. En caso

de ejecución defectuosa o demora, la Administración podrá optar por la

resolución del contrato o por la imposición de las penalidades señaladas

en el apartado 13 del cuadro de características.

14.5.3. La aplicación y pago de estas penalidades no excluye la indemnización

a que la Administración pueda tener derecho por daños y perjuicios

ocasionados con motivo del retraso imputable al contratista.

14.5.4. El importe de las penalidades o de los daños y perjuicios ocasionados a

la Administración se hará efectivo mediante la deducción de las mismas

en las sucesivas facturaciones. Asimismo, la garantía definitiva

responderá de las penalidades e indemnizaciones exigibles al

adjudicatario, quien, en todo caso, habrá de reponer o ampliar aquélla

en la cuantía que corresponda en el plazo de quince días desde la

ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.

14.6. Obligaciones y gastos exigibles al contratista

El contratista asumirá a su cargo exclusivo los gastos e impuestos, anuncios, ya

sea en Boletines, Diarios Oficiales o en cualquier medio de comunicación, los

de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública

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así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a

ejecutar correctamente el suministro contratado. Asimismo vendrá obligado a

satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento

del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y

desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo,

de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, aranceles y

cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante

la vigencia del mismo, sin que por tanto puedan ser éstos repercutidos como

partida independiente.

14.7. Responsabilidades del contratista

El contratista será responsable de todos los daños y perjuicios directos e

indirectos que se causen al INGESA y a terceros como consecuencia de las

operaciones que requiera la ejecución del contrato. Si los daños y perjuicios

ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una orden dada por la

Administración, ésta será responsable dentro de los límites señalados en las

leyes.

15. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO

15.1. El contrato podrá modificarse de acuerdo con lo establecido en los artículos 107

y 108 del TRLCSP, así como en los supuestos previstos en el apartado 14 del

cuadro de características.

15.2. La modificación del contrato se formalizará de acuerdo con lo dispuesto en el

artículo 156 del TRLCSP.

16. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN

16.1. Cesión del contrato

Los derechos y obligaciones derivadas del contrato podrán cederse por el

contratista a un tercero, en los términos y condiciones establecidos en el artículo

226 del TRLCSP.

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16.2. Subcontratación

16.2.1. No se podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación.

Deberá dejar constancia de ello DEUC.

17. PAGO DEL PRECIO

17.1. El adjudicatario tendrá derecho al abono del precio del suministro con arreglo a las

condiciones establecidas en el apartado 16 del cuadro de características.

17.2. En el supuesto de que por razones técnicas o económicas debidamente

justificadas en el expediente, se autorice el pago parcial de los bienes objeto del

suministro, parte en dinero y parte mediante la entrega de otros bienes de la

misma clase, el porcentaje máximo de éstos últimos no podrá exceder del 50 por

100 del precio total, estándose en este supuesto a lo previsto en el artículo 294

del TRLCSP.

17.3. El INGESA tendrá la obligación de abonar al contratista el precio dentro de los

treinta días siguientes a la fecha de aprobación de la conformidad de la

prestación ejecutada por el responsable del servicio que determine la Gerencia

de Atención Sanitaria. La Administración deberá aprobar esta conformidad

dentro de los treinta días siguientes a la prestación del suministro.

17.4. La demora en el pago por plazos superiores a los indicados devengará en favor

del contratista los interesas de demora y la indemnización por los costes de

cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que

se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones

comerciales, de conformidad con lo establecido en el art. 216.4 del TRLCSP.

Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses,

el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura ante el

registro administrativo correspondiente, en tiempo y forma, en el plazo de

treinta días desde la fecha de la prestación del suministro. Si se incumpliera este

plazo, el devengo de intereses no se iniciará hasta transcurridos treinta días

desde la fecha de presentación de la factura en el citado registro.

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17.5. Si la demora en el pago fuese superior a cuatro meses, el contratista podrá

proceder, en su caso, a la suspensión del cumplimiento del contrato, debiendo

comunicar a la Administración, con un mes de antelación, tal circunstancia, a

efectos del reconocimiento de los derechos que puedan derivarse de dicha

suspensión, en los términos establecidos en el TRLCSP.

17.6. El contratista que, según lo establecido en los párrafos anteriores tenga derecho de

cobro frente al INGESA, podrá ceder el mismo conforme a Derecho en los términos

previstos en el art. 218 del TRLCSP.

18. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

Sin perjuicio de lo establecido en la cláusula 20 respecto al plazo de garantía, el contrato

se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya prestado el suministro

conforme a los términos establecidos en este pliego y en el de prescripciones técnicas y a

satisfacción del INGESA.

19. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

19.1. El contrato se resolverá por las causas previstas en los artículos 223 y 299 del

TRLCSP, con los efectos previstos en los artículos 225 y 300 de la citada Ley.

19.2. La resolución del contrato se acordará por el órgano de contratación, de oficio o

a instancia del contratista, mediante expediente que se tramitará de acuerdo con

el procedimiento establecido en el artículo 109 del RGLCAP.

20. PLAZO DE GARANTÍA

20.1. El plazo de garantía será el señalado en el apartado 18 del cuadro de

características.

20.2. Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos

en la prestación ejecutada, la Administración tendrá derecho a reclamar al

contratista la subsanación de los mismos.

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21. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN COMPETENTE

21.1. El órgano de contratación ostenta las prerrogativas previstas en el artículo 210

del TRLCSP y los acuerdos que adopte en el ejercicio de las mismas pondrán fin

a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos.

21.2. El orden jurisdiccional competente para el conocimiento de las cuestiones

litigiosas relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y

extinción de de este contrato será el contencioso-administrativo, sin perjuicio

de que, en su caso, proceda la interposición de cualquiera de los regulados en

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

No obstante, no procederá la interposición de recursos administrativos

ordinarios contra los actos susceptibles de recurso especial en materia de

contratación.

21.3. El recurso especial podrá interponerse contra los anuncios de licitación, los

pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que

deban regir la contratación; los actos de trámites adoptados en el

procedimiento de adjudicación cuando decidan directa o indirectamente sobre

la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o

produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos,

y los acuerdos de adjudicación.

La tramitación del citado recurso se ajustará a lo dispuesto en los artículos 42 y

siguientes del TRLCSP. Contra la resolución de este recurso especial sólo

procederá la interposición del recurso contencioso administrativo.

- 42 -

GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE MELILLA

CORREO ELECTRONICO: [email protected]

Remonta, 2 52005 MELILLA TEL: 952 69 80 14 FAX: 952 69 80 28

ANEXO 1 LICITACIÓN ELECTRÓNICA

Normativa y principios

El apartado 3 de la disposición adicional decimosexta del TRLCSP dispone que en cumplimiento del

principio de transparencia en la contratación y de eficacia y eficiencia de la actuación administrativa,

se fomentará y preferirá el empleo de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en los

procedimientos de contratación pública por los licitadores o los candidatos.

Asimismo, la disposición adicional decimoquinta del citado texto legal establece que las

comunicaciones e intercambios de información que deban efectuarse en los procedimientos de

contratación pública podrán hacerse, de acuerdo con los que establezcan los órganos de

contratación o los órganos a los que corresponda su resolución, por correo, por telefax, o por

medios electrónicos, informáticos o telemáticos.

Por último, la disposición adicional única del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se

desarrolla parcialmente texto refundido de la Ley de Contratos del Sector, prevé que, al objeto de

fomentar la agilidad, eficacia y eficiencia de tales procedimientos, las comunicaciones

requerimientos y notificaciones podrán realizarse por medios electrónicos, informáticos o

telemáticos.

Por tanto, en aplicación de la citada normativa y de la Orden EHA/1307/2005, de 29 de abril, por la

que se regula el empleo de medios electrónicos en los procedimientos de contratación, la Gerencia

de Atención Sanitaria del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria de Melilla ha dispuesto que la

presente licitación se tramite por vía electrónica de forma que la presentación de las solicitudes de

participación y proposiciones, la aportación de documentos y las comunicaciones y notificaciones

entre los candidatos y licitadores y el órgano de contratación pueda efectuarse a través de la

plataforma de contratación pública electrónica que el INGESA pone a disposición de los

interesados en la dirección www.vortalhealth.es, garantizándose en todo momento la libre

concurrencia y no discriminación y restricción de acceso al procedimiento.

En el perfil del contratante de la Gerencia de Atención Sanitaria del INGESA en Melilla existe un

acceso directo a la citada plataforma de contratación pública, donde se encuentra disponible toda la

documentación relativa a la licitación en curso, así como un canal de comunicación directa con el

órgano de contratación por el que se podrán plantear preguntas, solicitar aclaraciones, presentar las

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ofertas y recibir las notificaciones, así como ejercer cualesquiera otros derechos confieran las

normas a los interesados.

La plataforma de contratación pública www.vortalhealth.es cumple íntegramente todos los

requisitos legales y técnicos exigidos por el TRLCSP y demás normativa de desarrollo, ajustándose a

los siguientes principios:

• Los medios electrónicos, informáticos y telemáticos no son discriminatorios, encontrándose a

disposición del público de forma compatible con las tecnologías de la información y

comunicación de uso general.

• Toda la información y las especificaciones técnicas necesarias para la presentación electrónica

de las ofertas y solicitudes de participación se encuentran a disposición de todas las partes

interesadas desde el perfil del contratante del órgano de contratación, siendo de uso general

y amplia implantación.

• Los sistemas de comunicaciones y para el intercambio y almacenamiento de información

garantizan la igualdad entre los licitadores y la integridad de los datos transmitidos y que sólo

los órganos competentes, en la fecha señalada para ello, puedan tener acceso a los mismos, o

que en caso de quebrantamiento de esta prohibición de acceso, la violación puede detectarse

con claridad.

• La aplicación permite acreditar la fecha y hora de la emisión o recepción de las

comunicaciones, la integridad de su contenido y el remitente y destinatario de las mismas.

• Todos los actos y manifestaciones de voluntad de los órganos administrativos o de las

empresas licitadoras o contratistas que tengan efectos jurídicos y se emitan tanto en la fase

preparatoria como en las fases de licitación, adjudicación y ejecución del contrato son

autenticados mediante una firma electrónica reconocida de acuerdo con la Ley 59/2003, de

19 de diciembre, de Firma Electrónica, garantizándose técnicamente que la firma se ajusta a

las disposiciones de esta norma.

• Las proposiciones junto con la documentación preceptiva se presentarán, dentro del plazo

señalado en el anuncio de licitación, a través de la plataforma electrónica de contratación

pública.

Registro en la plataforma de licitación electrónica

El acceso a esta plataforma electrónica es gratuito y permite realizar la consulta y descarga de los

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pliegos, el envío de notificaciones electrónicas y la presentación de las solicitudes de participación o

de las proposiciones.

Para acceder a la plataforma, los licitadores que no están dados de alta, deberán registrarse en la

misma conforme a los siguientes pasos:

- Acceda a www.vortalhealth.es y pulse el botón Login.

- Seleccione el mercado Sector Salud.

- Deberá seleccionar “Darse de alta” y cumplimentar el registro de usuario.

- Posteriormente deberá registrar su empresa, o asociarse a una empresa ya existente en la

plataforma.

- Y por último podrá solicitar el certificado de autenticación (cuya utilidad es la de

autenticarse en la propia plataforma), o bien utilizar el usuario y contraseña definido en el

proceso de registro para acceder a la misma.

Se podrá obtener más información sobre los trámites electrónicos relativos al registro en el portal

de contratación contactando con el Servicio de Gestión de Clientes de Vortal en el número 902 02

02 90 o a través del correo electrónico [email protected].

Forma de presentación de ofertas a través de la plataforma de contratación pública

Antes de adjuntar la documentación a través de la plataforma, los licitadores deberán firmar

mediante firma electrónica reconocida, válidamente emitida por un prestador de servicios de

certificación y que garantice la identidad e integridad del documento, la candidatura, la oferta y

todos los documentos asociados a la misma en los que sea necesaria la firma del interesado o su

representante, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, y demás

disposiciones de contratación pública electrónica, a excepción de aquellos documentos que

acrediten la constitución de la garantía provisional, si procede, que deberán ser en todo caso

originales.

La firma electrónica reconocida según el artículo 3 de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma

Electrónica es la firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido y generada

mediante un dispositivo seguro de creación de firma, (por ejemplo DNIe, u otras tarjetas

criptográficas que reúnan los requisitos establecidos en la norma de referencia).

En la Plataforma Electrónica el interesado, una vez acceda con el usuario y contraseña que definió

en el proceso de registro o con su certificado de autenticación, encontrará el procedimiento en el

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área “Servicios” y posteriormente pulsando en “Búsqueda de procedimientos de acceso público”

Para acceder a toda la información del procedimiento, deberá pulsar en “Detalle”.

Tras pulsar en “Estoy interesado”, para enviar la oferta, deberá pulsar en el bloque “MIS OFERTAS”

en el botón “Crear oferta”

o En la pestaña Información General, introduzca el nombre de su oferta.

o En la pestaña Formulario de respuesta deberá contestar a las preguntas efectuadas por el

INGESA en cada uno de los sobres del procedimiento. En este apartado se pueden efectuar

preguntas de respuestas abiertas, listados de precios unitarios, etc. Y donde

obligatoriamente tendrá que cumplimentar los precios de su oferta teniendo en cuenta los

datos mencionados en las columnas “Descripción” y “Unid.” Por tanto, deberá

cumplimentar, para cada una de las posiciones existentes el precio unitario, expresado en

euros, sin IVA. Una vez contestado el formulario de respuesta, deberá pulsar en “Cerrar

formulario”.

o En la pestaña Documentos deberá adjuntar toda la documentación requerida en el presente

pliego en sus Sobres correspondientes. Toda la documentación solicitada, deberá ser

firmada mediante firma electrónica reconocida, válidamente emitida por un Prestador de

Servicios de Certificación y que garantice la identidad e integridad del sobre y todos los

documentos asociados al mismo.

Una vez realizados todos los pasos anteriores, deberá pulsar el botón “Finalizar oferta”, y, a

continuación, pulsar el botón “Firmar todos” y seleccionar un certificado reconocido para la firma de

los documentos. Posteriormente deberá pulsar el botón “Encriptar” de tal manera que toda su

oferta, junto con la documentación asociada a la misma, quedará cifrada sin que se pueda acceder a

su contenido hasta la constitución de la mesa de contratación. A continuación, aparecerá una

ventana donde tendrá que aceptar las recomendaciones para el envío de la oferta en la plataforma

y para terminar, deberá pulsar el botón “Presentar”.

Todas las solicitudes de participación y proposiciones recibidas electrónicamente a través de la

plataforma electrónica de contratación serán custodiadas y encriptadas sin posibilidad de acceder a

su contenido en ningún caso hasta que se constituya la Mesa de Contratación.

Presentada la oferta a través de la plataforma electrónica de contratación (www.vortalhealth.es), se

generará un recibo electrónico que garantizará la fecha, hora y contenido de dicha solicitud.

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Una vez practicadas las actuaciones de calificación de la documentación y aplicación de los criterios

de selección por parte de la Mesa de Contratación, si se observasen defectos u omisiones

subsanables en la documentación presentada, se comunicará verbalmente y por medio de la

plataforma de contratación electrónica a los interesados, concediéndoles un plazo no superior a tres

días hábiles a fin de que los corrijan o subsanen a través de dicha plataforma.

Podrá obtener más información sobre cómo presentar su oferta a través de la plataforma de

contratación electrónica VORTALhealth, contactando con el Servicio de Gestión de Clientes de

Vortal en el número 902 02 02 90 o a través del correo electrónico [email protected].

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ANEXO 1 BIS ANEXO DEUC. INFORMACION E INSTRUCCIONES DEUC

“El documento europeo único de contratación (DEUC) consiste en una declaración de los licitadores interesados que

sirve de prueba preliminar, en sustitución de los certificados expedidos por las autoridades públicas o por terceros. De

conformidad con el artículo 59 de la Directiva 2014/24/UE (DN), constituye una declaración formal por la que el

operador económico certifica que no se encuentra en alguna de las situaciones en las que deba o pueda ser excluido;

que cumple los criterios de selección pertinentes. Su objetivo es reducir las cargas administrativas que conlleva la

obligación de presentar un número sustancial de certificados u otros documentos relacionados con los criterios de

exclusión y de selección”

Con arreglo al artículo 59, apartado 2, párrafo segundo, de la Directiva 2014/24/UE, el DEUC podrá coexistir hasta el

18 de abril de 2018 en versión totalmente electrónica o en papel. El servicio DEUC les permitirá cumplimentar el

documento por vía electrónica en todos los casos, permitiéndoles imprimir el documento cumplimentado

electrónicamente para disponer de un documento en papel que puede seguidamente transmitirlo por medios de

comunicación distintos de los electrónicos .

ACCESO AL DEUC

Los licitadores participantes podrán cumplimentar, descargar, enviar y/o imprimir el DEUC correspondiente al

procedimiento.

La unidad de contratación de Melilla utiliza el servicio en línea gratuito proporcionado por la Comisión Europea del

DEUC, el vínculo para acceder en español al servicio en línea del DEUC , en la siguiente dirección electrónica:

https://ec.europa.eu/growth/tools-databases/espd/filter?lang=es

Para su cumplimentación, es recomendable consultar las Recomendaciones de la Junta Consultiva de Contratación

Administrativa del Estado a los órganos de contratación en relación con la utilización del DEUC, a la que podrán acceder

en la siguiente dirección electrónica (véase más adelante):

http://www.minhap.gob.es/Documentacion/Publico/D.G.%20PATRIMONIO/Junta%20Consultiva/informes/Informes%2

02016/Recomendacion%20de%20la%20JCCA%20sobre%20el%20DEUC%20aprobada%20el%206%20abril%20de%20201

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Descargar DEUC electrónico

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En Microsoft Windows el DEUC electrónico puede descargarse a través de Chrome, ya que este lleva integrada una

impresora en PDF. En caso contrario, puede utilizar cualquier creador de documentos en PDF disponible en línea de

forma gratuita. En MacOSX o Linux, el DEUC electrónico puede imprimirse desde cualquier navegador.

Navegadores para poder acceder al DEUC

El DEUC electrónico funciona con las versiones más recientes de los navegadores más habituales, como Chrome,

Internet Explorer, Firefox, Safari y Opera. Se recomienda utilizar las versiones más recientes de dichos navegadores.

Debe tenerse en cuenta que ciertas funciones, como descargar un fichero, no se pueden realizar en los teléfonos

inteligentes ni en las tabletas.

El proceso para utilizar el DEUC por la unidad de contratación del Área Sanitaria de Melilla

A continuación, se describe el proceso implementado para facilitar a los licitadores la utilización del DEUC en los

procedimientos de contratación:

— Por parte de los responsables de la unidad de contratación se remitirá el anuncio de licitación al Diario

Oficial de la Unión Europea a través de la plataforma de contratación del estado.

— El identificador del anuncio permite a la unidad de contratación volcar los datos del anuncio como paso

previo a cubrir el resto de partes del DEUC en el servicio electrónico en línea.

Una vez que se termine de cubrir, la unidad de contratación obtendrá un archivo espd-request.xml

Para que los operadores económicos o licitadores puedan acceder a ese archivo y cumplimentar sus datos, el mismo se

publicará en el respectivo anuncio del perfil del contratante junto con toda la documentación relativa a la licitación

(pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas) y en VORTAL.

El proceso para utilizar el DEUC por los licitadores

A continuación, se describen el proceso que tendrán que utilizar los operadores económicos o licitadores que deseen

contratar:

• El licitador puede acceder al respectivo anuncio de licitación publicado en el perfil de contratante de la

Gerencia del Area Sanitaria de Melilla, o VORTAL donde se podrá descargar el archivo en formato XML y que

se ha generado por la unidad de contratación.

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• Después tienen que acceder al mismo servicio en línea para importar el DEUC. Para ello, es necesario marcar

la opción de «operador económico» y a continuación rellenar los correspondientes datos en cada fase de

conformidad con lo exigido en el pliego de cláusulas administrativas particulares.

• Finalizado el proceso de recogida de datos, la empresa participante puede imprimir el DEUC electrónico

desde la última página del servicio en línea. El formulario DEUC electrónico aparece tras pulsar en el botón

«Imprimir». Entonces, podrá seleccionar la función de impresión de su navegador.

Los operadores económicos pueden volver a utilizar la información facilitada en un DEUC que hayan empleado en un

procedimiento de contratación anterior siempre que la información sea correcta y siga siendo pertinente. Para ello lo más

fácil es insertar la información en el nuevo DEUC haciendo uso de las funciones apropiadas que incluye a tal efecto el

servicio DEUC electrónico antes mencionado. Por supuesto, también será posible reutilizar información a través de otras

modalidades para copiar y pegar datos, por ejemplo los datos almacenados en el equipo informático del operador

económico (ordenadores personales, tabletas, servidores, etc.).

Estructura y contenido del DEUC

El DEUC consta de las siguientes partes y secciones:

— Parte I. Información sobre el procedimiento de contratación y el poder adjudicador o entidad adjudicadora.

— Parte II. Información sobre el operador económico.

— Parte III. Criterios de exclusión.

— Parte IV. Criterios de selección.

— Parte V. Reducción del número de candidatos cualificados.

— Parte VI. Declaraciones finales.

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INSTRUCCIONES CUMPLIMENTACIÓN DEUC

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Parte II. Información sobre el operador económico

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CONSIDERACIONES.-

1. Si se solicitara la documentación electrónica prevista en el DEUC, los operadores económicos

proporcionarán al órgano de contratación la información necesaria para obtener la

documentación en el momento de comprobación de los criterios de selección, en vez de hacerlo

directamente.

2. El poder adjudicador o la entidad adjudicadora podrán pedir a los licitadores que presenten la

totalidad o una parte de los certificados y los documentos justificativos requeridos en cualquier

momento del procedimiento, cuando resulte necesario para garantizar el buen desarrollo del mismo.

3. Los operadores económicos pueden ser excluidos del procedimiento de contratación, o ser objeto de

enjuiciamiento con arreglo a la legislación nacional, en caso de que incurran en declaraciones falsas

de carácter grave al cumplimentar el DEUC o, en general, al facilitar la información exigida para

verificar que no existen motivos de exclusión o que se cumplen los criterios de selección, o en caso de

que oculten tal información o no puedan presentar los documentos justificativos.

4. Cuando los contratos estén divididos en lotes y los criterios de selección varíen de un lote a otro

el DEUC deberá cumplimentarse para cada lote (o grupo de lotes al que se apliquen los mismos

criterios de selección). El DEUC indica además la autoridad pública o el tercero encargado de

expedir los documentos justificativos e incluye una declaración formal en el sentido de que el

operador económico podrá, previa petición y sin demora, facilitar dichos documentos

justificativos.

5. Si el poder adjudicador o la entidad adjudicadora pueden acceder por vía electrónica a un extracto

del pertinente registro, valga como ejemplo el de antecedentes penales, el operador económico

podrá indicar dónde se halla esa información (esto es, el nombre del registro, la dirección de

internet, la identificación del archivo o documento, etc.), de modo que el poder adjudicador o la

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entidad adjudicadora puedan obtenerla. Al facilitar esos datos, el operador conviene en que el

poder adjudicador o la entidad adjudicadora podrán obtener la documentación pertinente, con

sujeción a las disposiciones nacionales de transposición de la Directiva 95/46/CE (13), relativa a la

protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales, y, en

particular, de categorías especiales de datos, como los relativos a infracciones, condenas penales o

medidas de seguridad.

6. De acuerdo con el artículo 64 de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo,

los operadores económicos que estén inscritos en listas oficiales de operadores económicos

autorizados o posean el pertinente certificado expedido por organismos de Derecho público o

privado, podrán, en lo referente a la información exigida en las partes III a V, presentar al poder

adjudicador o la entidad adjudicadora el certificado de inscripción expedido por la autoridad

competente o el certificado expedido por el organismo de certificación competente.

7. Solo el licitador propuesto como adjudicatario del contrato, deberá presentar los certificados y

demás documentación que se solicitan normalmente como prueba por parte de los poderes

adjudicadores (Administraciones Públicas). Si están disponibles y se autoriza su consulta por parte

de los licitadores, el poder adjudicador puede obtenerlos directamente de los respectivos registros

nacionales. Ello reducirá significativamente la carga administrativa relacionada con la

demostración de la elegibilidad de los participantes y el trabajo de comprobación de la unidad de

contratación pública.

No obstante, el poder adjudicador tiene derecho a solicitar en todo momento del procedimiento

también a otras empresas participantes que presenten pruebas a fin de garantizar la correcta

ejecución del procedimiento de licitación.

8. Reglas especiales para presentar el DEUC por parte de los licitadores

a) Un operador económico que participe por su cuenta y que no recurra a la capacidad de otras

entidades para cumplir los criterios de selección deberá cumplimentar un solo DEUC.

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b) Un operador económico que participe por su cuenta pero recurra a la capacidad de una o varias

otras entidades deberá garantizar que el poder adjudicador o la entidad adjudicadora reciban su

propio DEUC junto con otro DEUC separado, en el que figure la información pertinente, por cada

una de las entidades de que se trate.

c) Cuando grupos de operadores económicos, incluidas asociaciones temporales, participen

conjuntamente en el procedimiento de contratación, deberá presentarse un DEUC separado, en el

que figure la información requerida en las partes II a V, por cada operador económico participante.

d) En todos los casos en que más de una persona sea miembro del órgano de administración, de

dirección o de supervisión de un operador económico o tenga poderes de representación, decisión

o control en él, cada una de ellas firmaran el mismo DEUC, dependiendo de las normas

nacionales, incluidas aquellas que regulen la protección de datos.

e) En relación con la firma o firmas del DEUC, cabe destacar que puede ser innecesario estampar una

firma en dicho documento si éste forma parte de un conjunto de documentos transmitidos cuya

autenticidad e integridad están garantizadas a través de la firma o firmas preceptivas del medio de

transmisión.

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ANEXO 2 SOLICITUD PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPRESARIO LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS / RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE DEL LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

SOLICITA: Que sea admitido en el procedimiento abierto nº para la contratación del SUMINISTRO DE .

A tal efecto, sin perjuicio de las notificaciones que hayan de practicarse en la forma prevista en la normativa sobre contratos del sector

público y el pliego de cláusulas administrativas particulares, se autoriza al INGESA a notificar los actos e incidencias del presente

expediente de contratación a través del correo electrónico y número de fax que figuran en los datos de identificación del empresario

licitador.

En..................., a........de...............................de 2014

Fdo: (*) Táchese lo que no proceda

GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Remonta, 2, CP 52005

- 60 -

GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE MELILLA

CORREO ELECTRONICO: [email protected]

Remonta, 2 52005 MELILLA TEL: 952 69 80 14 FAX: 952 69 80 28

ANEXO 3 DECLARACIÓN DE SOMETIMIENTO A LA JURISDICCIÓN DE LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES

ESPAÑOLES PARA LAS EMPRESAS EXTRANJERAS

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPRESARIO LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS / RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE DEL LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier

orden para todas las incidencias que, de modo directo o indirecto, pudieran surgir del contrato de ( ), con

renuncia expresa, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que le pudiera corresponder.

Y para que conste se firma la presente en , a de de 2014.

GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Remonta 2,

- 61 -

GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE MELILLA

CORREO ELECTRONICO: [email protected]

Remonta, 2 52005 MELILLA TEL: 952 69 80 14 FAX: 952 69 80 28

ANEXO 4 MODELO DE OFERTA ECONÓMICA Y CRITERIOS AUTOMATICOS

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPRESARIO LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS / RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE DEL LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

D E C L A R A

Que, enterado de las condiciones y requisitos para concurrir al procedimiento abierto convocado por el INGESA para la contratación del

( ), considera que se encuentra en situación de participar como licitador del mismo.

Que conoce el Pliego de Cláusulas Administrativas particulares y el de prescripciones técnicas que sirve de base a la convocatoria, que lo

acepta incondicionalmente y que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.

Que se compromete en nombre (propio o de la Empresa que representa) a tomar a su cargo los trabajos objeto del contrato con estricta

sujeción a los expresados requisitos y condiciones y por los precios unitarios que se indican en el anexo 4 bis, que incluyen todos los gastos

derivados de la prestación del suministro:

Lugar, fecha y firma

GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Remonta, 2 52005 MELILLA

- 62 -

GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE MELILLA

CORREO ELECTRONICO: [email protected]

Remonta, 2 52005 MELILLA TEL: 952 69 80 14 FAX: 952 69 80 28

ANEXO 4 BIS

Criterio de valoración 1.Precio. Según apartado 10.1 del cuadro de características. Unids. Pc. MÁX. UNIDAD

Pc. OFERTA

UNIT.

IMPORTE TOTAL

DIALIZADOR CAPILAR DE MEMBRANA SINTÉTICA TIPO POLIETERSULFONA O SIMILAR (Dializador nº1) 12432 16,10 €

DIALIZADOR CAPILAR DE MEMBRANA SINTÉTICA TIPO POLIPHENYLENE O SIMILAR (Dializador nº2) 3888 13,64 €

DIALIZADOR CAPILAR DE MEMBRANA SINTÉTICA TIPO COPOLÍMERO ANIÓNICO DE ACRILONITRILO Y METIL SULFONATO DE SODIO O SIMILAR (Dializador nº3)

2400 35,80 €

DIALIZADOR HEPARINIZADO CAPILAR DE MEMBRANA SINTÉTICA TIPO COPOLÍMERO ANIÓNICO DE ACRILONITRILO Y METIL SULFONATO DE SODIO O SIMILAR (Dializador nº4)

528 38,55 €

DIALIZADOR CAPILAR DE MEMBRANA SINTÉTICA TIPO HELIOXONE O SIMILAR (ON LINE) (Dializador nº5) 2400 31,00 €

DIALIZADOR CAPILAR DE MEMBRANA SINTÉTICA TIPO HELIOXONE O SIMILAR (ON LINE) (Dializador nº6) 1200 31,00 €

SET DE LINEAS ARTERIAL Y VENOSA PARA EVOSET HDDN HC 17784 4,18 €

SET DE LINEA BIPUNCION ARTERIAL Y VENOSA PARA MAQUINA INTEGRA 384 5,61 €

SET DE LINEA BIPUNCION ARTERIAL Y VENOSA PARA MAQUINA EVOSYS 18684 4,18 €

SET DE LINEA UNIPUNCION PARA MAQUINA EVOSYS ARTISET HD 308 10,91 €

SET DE LINEA UNIPUNCION VENOSA PARA MAQUINA INTEGRA 28 6,71 €

SET DE LINEA PARA DIÁLISIS ON LINE 3600 15,00 €

SET DE LINEA PARA CALENTADOR DE SANGRE 79ML. 425CM. (UCI) 10 8,54 €

AGUJA FISTULA ARTERIAL 15G 9200 0,41 €

AGUJA FISTULA ARTERIAL 17G 500 0,41 €

AGUJA FISTULA ARTERIAL 16G 1000 0,41 €

AGUJA FISTULA VENOSA 14G 7700 0,41 €

AGUJA FISTULA VENOSA 15G 2200 0,41 €

AGUJA FISTULA VENOSA 16G 1200 0,41 €

AGUJA FISTULA VENOSA 17G 600 0,41 €

AGUJA UNIPUNTURA PARA FISTULA 16G 100 1,45 €

AGUJA P/FISTULA VENOSA PEDIATRICA 17G 600 0,46 €

PINZA KOCHER PLASTICO 600 0,00 €

ULTRAFILTRO 224 204,55 €

BOLSA 9LTS P/RECOGIDA LIQUIDOS ULTRAFILTRACION (UCI) 60 5,00 €

DESINFECTANTE CLEAN CART " A " DIARIO 4950 1,36 €

DESINFECTANTE CLEAN CART " C " SEMANAL 2574 1,36 €

DESINFECTANTE LIQUIDOP/MONITORES HEMODIALISIS (UCI) 108000 0,00 €

CARTUCHO POLVO BICARBONATO SODICO 18600 4,55 €

CONCENTRADO ACIDO CA-25 14400 0,55 €

CONCENTRADO ACIDO CA-30 73200 0,55 €

CONCENTRADO EN BOLSA CON SUPLEMENTO DE POTASIO C250 1494 3,05 €

CONCENTRADO EN BOLSA CON SUPLEMENTO DE POTASIO C304 390 3,05 €

KIT HEMOFILTRO PARA MONITOR PRISMAFLEX 150 CM. (UCI) 144 159,09 €

Suma total de la

oferta

Criterio de valoración 2.Servicio Técnico. Según apartado 10.1 del cuadro de características.

Inclusión EQUIPO ECO DOPPLER SI/NO

Inclusión de MONITOR DE BIOIMPEDANCIA SI/NO

Propuesta de HORAS MÁXIMAS PARA SUSTITUCIÓN DE MÁQUINAS HORAS