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Cláusula Suelo
¿Qué es?
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Es una cláusula tipo o modelo que se añade en la escritura hipotecaria (entre las páginas 20 a 30 aproximadamente), y tiene un contenido similar al siguiente:
<<“LIMITES DE VARIABILIDAD DEL TIPO DE INTERÉS: Las partes acuerdan que a efectos obligacionales, el tipo resultante
de la revisión del tipo de interés aplicable, sea este el ordinario o el sustitutivo, no podrá ser
Otro ejemplo:
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inferior al 4, 30 % nominal anual” >>-
…el tipo de interés que resulte por aplicación de esta cláusula NO PODRÁ SER
INFERIOR AL…<<Cláusula Suelo >>
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Una cláusula suelo real en escritura:
Que habrá pagado al banco prácticamente
un interés fijo.
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¿qué implica?
Que su cuota no ha disminuido
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el pago de su mensualidad o de su cuota es igual o muy parecido desde hace años.
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El tipo de interés nunca será inferior al que se
indica en esa cláusula, aunque existan bonificaciones o aunque el Euribor o índice
de referencia que le sustituya sea
notablemente inferior al tipo de interés que fija la cláusula
suelo.
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¿Se puede modificar?• Si.• Necesita contactar con su abogado a fin de que le asesore
con plena objetividad y defienda sus intereses.• Tendrá que acompañar la escritura donde consta la hipoteca
que en su día suscribió, las cuotas o parte de las cuotas hipotecarias que le ha estado emitiendo el banco a fin de poder tener un cálculo o promedio de las cantidades que el banco debe devolverles.
• Usted puede recuperar la diferencia de los importes que el banco le ha cobrado de más eliminando la cláusula.
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¿por qué y cuándo es nula?
• Porque no se daba la información precisa y necesaria, con total TRANSPARENCIA, por ejemplo, para recibir bonificaciones, usted tenia contratado el o los seguros de vida, el o los planes de pensiones, la o las tarjetas bancarias,…pero su hipoteca seguía igual y no sabía por qué.
• O No hubo oferta vinculante o existiendo no especificaba consecuencias….
• O en definitiva, no existía plena conciencia de esta situación, de lo que se firmaba…
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¿es necesario ir a la vía judicial?
• No es necesario acudir a la vía judicial, siempre es conveniente agotar las posibilidades de acuerdos extrajudiciales, pero no a cualquier precio.
• Usted ya ha pagado un precio desorbitado.• Es posible que el banco niegue la posibilidad de un acuerdo, en cuyo
caso si será necesario ir a la vía judicial o estudiar la posibilidad de presentar la reclamación ante el Banco de España.
• Incluso puede tramitar nueva hipoteca con mejores condiciones en otro banco, mientras se gestiona la devolución de las cantidades que pagó de más…, su caso siempre es único y personal, usted es una persona no un número.
• Tenga especial CUIDADO con los documentos que FIRME, puede firmar una renuncia a derechos que le pertenecen, CONSULTE SIEMPRE con un PROFESIONAL ajeno al banco e INDEPENDIENTE.
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RECLAME SUS DERECHOS
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