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POR MI SANTA CRUZ PLAN METODOLÓGICO DE TRABAJO 2019-2023 NOMBRE DEL CANDIDATO: María Jacqueline Loyola Reinoso DIGNIDAD A LA QUE ASPIRA: CONCEJAL RURAL DEL CANTÓN PROVINCIA DE GALÁPAGOS, CANTON SANTA CRUZ ORGANIZACIÓN POLITICA: MOVIMIENTO POR MI SANTA CRUZ PERIODO DE PLANIFICACION: 2019 - 2023 ESTRATEGIA: “El plan será implementado de forma sistémica para lograr la integralidad del desarrollo de las parroquias rurales y del cantón Santa Cruz, basado en los ejes de desarrollo sostenible” 19/12/2018

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POR MI SANTA CRUZ

PLAN METODOLÓGICO DE TRABAJO 2019-2023

NOMBRE DEL CANDIDATO: María Jacqueline Loyola Reinoso

DIGNIDAD A LA QUE ASPIRA: CONCEJAL RURAL DEL CANTÓN

PROVINCIA DE GALÁPAGOS, CANTON SANTA CRUZ

ORGANIZACIÓN POLITICA: MOVIMIENTO POR MI SANTA CRUZ

PERIODO DE PLANIFICACION: 2019 - 2023

ESTRATEGIA: “El plan será implementado de forma sistémica para lograr la

integralidad del desarrollo de las parroquias rurales y del cantón Santa Cruz,

basado en los ejes de desarrollo sostenible”

19/12/2018

1. FINALIDAD DEL DOCUMENTO

1.1. OBJETIVOS

Impulsar el desarrollo del sector rural a través de la gestión del Gobierno Autónomo Descentralizado

Municipal de Santa Cruz.

Fiscalizar el manejo de los recursos económicos, humanos y materiales del Gobierno Autónomo

Descentralizado Municipal de Santa Cruz.

1.2. PRINCIPIOS Y VALORES

1.2.1. Principios

PRINCIPIOS FILOSOFICOS. - Representar una corriente de opinión con base en el nuevo concepto

de hacer política fundamentada en la confianza, respeto a los demás, justicia, libertad y respeto de la

naturaleza y el ambiente; considerando que el desarrollo socio-económico y la conservación de los

ecosistemas no deben ser antagónicos si no complementarios.

Creemos indispensable la necesidad de adoptar una conciencia de fraternidad entre ciudadanos,

buscando encaminar su desarrollo sostenible, fundamentados en la Economía Popular y Solidaria,

comprometiéndose que toda acción o circunstancia deberá observar la Constitución de la Republica

Ecuador, Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, Ley Orgánica

de Régimen Especial de Galápagos, y las demás leyes que de ella emanen.

PRINCIPIOS POLITICOS.- La filosofía política básica va más allá de las diferencias ideológicas, existe

un problema común que afecta a toda nuestra sociedad, y son servicios básicos de calidad, salud,

turismo, educación, seguridad, buscando que se articulen con el desarrollo del turismo con

participación local, además desarrollando cambios eficaces en la conciencia de los niños y jóvenes de

nuestra sociedad, como parte de su formación integral, garantizando ciudadanos responsables con la

comunidad.

PRINCIPIOS IDEOLOGICOS. - El principio ideológico básico es el desarrollo sostenible de la sociedad

cuidando nuestro patrimonio natural, en un ambiente de autonomía, participación ciudadana, y el

Plan de trabajo presentado para la concejalía rural del cantón Santa Cruz

respeto a los demás, buscando mantener una sociedad multicultural, persiguiendo la equidad e

igualdad de géneros.

1.2.2. Valores

HONESTIDAD, es un valor que he demostrado toda la vida y será ese el baluarte para la administración

municipal.

CAPACIDAD, en todo lo que he emprendido siendo una administradora neta, pero con corazón y

sentimientos hacia los demás; con vocación de servicio.

EXPERIENCIA, que deseo trasmitir a Esta administración; poner todo mi conocimiento al servicio de

la parte rural y la ciudad

TRANSPARENCIA, de la gestión municipal y de sus funcionarios, actuando con honradez en el

ejercicio de sus funciones y en el uso de los recursos municipales entablando una apertura a los

ciudadanos como principales fiscalizadores del trabajo municipal.

IGUALDAD, garantizando el trato igualitario para todas las personas, sin distinción de raza, sexo,

ideología política, religiosa o de clase social.

VOCACIÓN DE SERVICIO, en el desempeño de las funciones municipales las cuales deben de

realizarse con eficiencia, trato amable, tolerante y calidad para satisfacer las necesidades y

expectativas de los ciudadanos que son la razón de ser y que tendrán como resultados una experiencia

agradable en los trámites municipales.

RESPONSABILIDAD, para cumplir a cabalidad las tareas y obligaciones que se asignen, asumiendo

las consecuencias de los actos u omisiones y tomando medidas correctivas en búsqueda de la mejora

continua.

MEJORAMIENTO CONTINUO, de acciones que permitan que los procesos y la gestión municipal sean

más competitivos en la satisfacción de las necesidades de los ciudadanos, comprometiéndose en la

búsqueda de resultados excelentes en su gestión.

COMPROMISO, para tomar conciencia de la importancia que tiene el cumplir con el desarrollo del

trabajo municipal asignado con profesionalismo, responsabilidad y lealtad, poniendo el mayor esfuerzo

para lograr superar las expectativas de los ciudadanos.

RESPETO, por los derechos de todas las personas, el ambiente, las necesidades de cada ciudadano

del cantón y la sociedad donde vivimos

1.3. MISIÓN

Ser una institución de gobierno moderna, responsable, renovada, innovadora y solidaria, que promueve el

trabajo participativo de la población de Santa Cruz como herramienta de planificación, ejecución y

distribución de los recursos asignados, y donde el usuario obtiene servicios óptimos y de calidad.

1.4. VISIÓN

Consolidarse como una institución donde se ha institucionalizado canales de participación ciudadana

permanentes para la toma de decisiones locales, buscando la participación de la comunidad en sus

diferentes niveles de organización, y donde el cantón cuenta con una infraestructura social básica integrada,

sus habitantes participan dinámicamente en las actividades económicas, se practica turismo sostenible,

desarrollándose de manera activa la generación de empleo directo e indirecto, con un manejo transparente

libre de corrupción en todos sus niveles.

1.5. POLÍTICAS

a. Fortalecer al Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz para lograr la consolidación de su

autonomía, promoviendo el proceso de descentralización, el desarrollo local y la reafirmación de la

autoridad municipal.

b. El Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz debe constituirse en el organismo promotor y

orientador del desarrollo de sus habitantes, organizándolos y fortaleciéndolos para lograr en conjunto

el desarrollo local, promoviendo formas de organización formal y encontrando los espacios o mesas

de concertación entre las instituciones y organismos representativos de su población que hagan posible

la formulación, ejecución y control herramientas de desarrollo local.

c. El Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz debe propiciar el desarrollo sostenible de su población,

con equidad, preservando el ambiente y rentabilidad económica en el ámbito de su localidad.

d. El Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz utilizará Presupuestos Participativos mismos que

serán sustentados en los espacios o mesas de concertación, en donde participarán los líderes de la

comunidad, quienes priorizarán los proyectos de sus respectivos ámbitos territoriales y/o barrios

vecinales.

e. La Autoridades Municipales tendrán total transparencia en la ejecución de las acciones administrativas,

económicas y financieras en el ámbito de su competencia, respetando la norma legal vigente e

informando regularmente a su comunidad sobre el uso y manejo de los recursos que administran, el

cumplimiento de las acciones que realiza la Municipalidad y la situación en que se encuentra.

f. Combatir frontalmente la corrupción en todos sus niveles, denunciando los delitos e infracciones

cometidas por las autoridades, funcionarios, servidores y otros, que se den en perjuicio de la

Municipalidad, vigilando su debido proceso judicial o administrativo.

2. INTRODUCCIÓN: Cantón Santa Cruz

Fecha de creación del cantón y constitución del Municipio de Santa Cruz. El 18 de febrero de 1973 es la

fecha que corresponde a la creación del cantón y constitución del Municipio de Santa Cruz.

Población total del cantón al 2010, la proyección de la población del cantón Santa Cruz al año 2010

corresponde a 17.562 hab. y al 2015 de 18.150 considerando una tasa de crecimiento del 3.35%.

3. DIAGNÓSTICO DE LA SITUACIÓN ACTUAL DEL CANTÓN SANTA CRUZ

Para el diagnóstico situacional, al ser Santa Cruz una ciudad que depende exclusivamente del turismo

como su principal fuente de ingresos, se ha tomado a los elementos del sistema turístico como elemento

base para el diagnóstico considerando los sistemas, del territorio, recursos, atractivos turísticos,

Infraestructura social básica, planta turística, superestructura y la demanda, como base principal de

planificación de acuerdo con las competencias y facultades de los GADs Municipales.

Este diagnóstico se realizó de manera participativa en talleres y reuniones con los principales grupos

organizados del cantón y la población en general.

3.1. Territorio:

El aumento de turistas está asociado al incremento de la población y la introducción de especies invasoras,

lo cual implica un riesgo para la conservación. Las modalidades de turismo más frecuentes son turismo de

crucero y turismo con base local. El turismo navegable fue hasta hace poco la modalidad con el mayor

número de turistas. Sin embargo, en los últimos años el turismo con base local superó en número al turismo

de crucero. Hay una presión considerable de los residentes por incrementar la estadía de los turistas en las

islas pobladas para promover el desarrollo económico a través del turismo.

3.2. Recursos

TERRITOTRIO

Control de gobernabilidad

Turismo con base

local

Informalidad

Costo de vida

Falta de servicios

básicos

Sobrepoblación

Los recursos turísticos se encuentran amenazados por la falta de conservación a por el desconocimiento

de las reglas por parte de los turistas ya que a pesar de que existen guías capacitados, los turistas prefieren

hacerlo por su cuenta y evitar gastos causando daños a los ecosistemas de la isla.

3.3. Atractivos turísticos

Las visitas a los atractivos deben ser controlados por parte del Parque Nacional Galápagos y otros

organismos puesto que de eso modo se podrá conservarlos de manera sostenible para que puedan ser

visitados por mucho tiempo más, ya que actualmente se encuentra en deterioro.

La informalidad en la prestación de servicios turísticos también es un problema que se busca solucionar

mediante el ordenamiento de las actividades por parte del GAD Municipal de Santa Cruz.

ATRACTVOS

Desorden

Descontrol de actividades

turísticas

Vacíos legales

Sobresaturación

Sobrecarga

3.4. Infraestructura Social Básica

La Isla Santa Cruz presenta varios problemas, siendo uno de los principales la sobrepoblación que se ha

venido dando durante los últimos años, puesto que al ser una de las islas más importantes por su ubicación

todo se concentra en ella, otro de los problemas que afecta de manera importante a la población es la falta

de servicios básicos puesto que no cuenta con agua potable ni alcantarillado mismas que son necesidades

urgentes para los habitantes, la educación es un servicio deficiente y las universidades no están presentes,

el sistema vial urbano se encuentra en mal estado por lo que la población acusa su inmediata solución.

3.5. Planta Turística

Alimentación.- Capacitaciones,

higiene, precio, calidad, producto,

precios de insumos

Transporte.- No hay organización

Hospedaje.- Sobreoferta, informalidad,

competencia desleal

PLANTA TURISTICA

La planta turística presenta problemas de organización, informalidad, sobresaturación en la oferta, y

deficiencia en las capacidades de los trabajadores.

La planta turística plantea la organización y el ordenamiento de la actividad dentro del cantón por parte de

las entidades a cargo de esta.

Los sitios recreacionales no se encuentran en buen estado por lo que su intervención es inmediata para

dar una mejor imagen al turismo con base local.

Los operadores presentan una deficiencia en el control de sus actividades, conjuntamente con las agencias

de viaje no tienen una coordinación en las actividades ni los servicios que prestan.

Existen guías naturalistas capacitados para prestar sus servicios, pero la sobre oferta de los mismos hace

que no todos puedan encontrar trabajo o si lo hacen tienen que hacerlo por mucho menos de lo que en

realidad cuesta a prestación de sus servicios, además que la presencia de un guía dentro de los grupos

que visitan Galápagos es importante puesto que ayudarían a que se cumplan las normas y reglas de

conservación.

3.6. Superestructura

Deficientes SERVICIOS RECREACIONALES

OPERADORES Falta de control

Capacitados

Orden en actividades

Sobre oferta

GUIAS

Los organismos de control no trabajan coordinadamente en el cantón, por lo que es necesario una

intervención para lograr una cadena sistemática en los servicios que produzcan la mejoría a los usuarios

3.7. Diagnóstico del sistema POLÍTICO - INSTITUCIONAL

El GAD Municipal de Sata Cruz es una de las instituciones con mayor nivel de organización institucional en

cuanto a la adopción de estructuras orgánicas, sin embargo, no se han definido claramente procedimientos

para ser una institución totalmente eficiente. Los vacíos legales, generan conflictos de competencias y

escenarios de desarticulación entre la planificación local con la gestión territorial nacional y regional. Se

fomentan procesos de articulación interinstitucional, sin embargo, presentan conflictos que no permiten la

articulación de los niveles territoriales de gobierno cantonal y provincial. Santa Cruz se presenta como el

cantón que concentra más del 60% de la población a nivel provincial, lo que intensifica los niveles de

conflictos de carácter social y de distribución de recursos provenientes de las actividades productivas; así

mismo, las demandas de atención en servicios, la planificación de proyectos de carácter social y

productivos, lo que sugiere un nivel de coordinación institucional y articulación fuerte. Los recursos

provenientes del criterio de insularidad permiten al GAD, la inversión en áreas prioritarias para la atención

de servicios básicos y saneamiento ambiental, pero con un claro desbalance con la atención a criterios de

desarrollo social. La Participación Ciudadana es un proceso formal pero no instrumentado en la gestión

institucional, donde las instancias y mecanismos de participación son usados como espacios de consulta,

debilitando los principios mismos de la participación ciudadana activa y corresponsable.

4. Metodología y estructura del contenido

4.1. Ejes de planificación

Una sociedad sostenible se define como la que es capaz de satisfacer sus necesidades sin disminuir las

posibilidades de las generaciones futuras o más bien La sustentabilidad (o sostenibilidad) es un término

SUPERESTRUCTURA MTOP

Gads

Parque Nacional Galápagos

Ministerio de Turismo

Consejo de Gobierno ANT

SRI

que se puede utilizar en diferentes contextos, pero en general se refiere a la cualidad de poderse mantener

por sí mismo, sin ayuda exterior y sin agotar los recursos disponibles.

Normalmente son 3 ejes de sustentabilidad más comunes o más bien, las más importantes:

1. Social

2. Ambiental

3. Económico

4.2. Articulación entre los criterios de sostenibilidad y las herramientas e instrumentos de

planificación gubernamental

CRITERIOS DE SOSTENIBILIDAD

S.1. Promoción de la salud y la

seguridad.

S.2. Garantía de la educación, el

desarrollo personal y la identidad

de las personas.

A.1. Mantenimiento de los

hábitats naturales y la

biodiversidad.

A.2. Control del uso de los

recursos renovables.

A.3. Freno al uso de recursos no

renovables.

E.1. Crecimiento del empleo y

de la renta.

E.2. Mantenimiento del capital

productivo (humano y social).

E.3. Mejora de la competitividad

y de la capacidad innovadora

S.3. Promoción de la cultura, del

patrimonio histórico y del capi‐tal

social.

S.4. Garantía de la igualdad ante

la ley, la seguridad jurídica y la

igualdad de derechos.

S.5. Promoción de la solidaridad

dentro y entre generaciones.

S.1. Educación y aprendizaje.

S.2. Salud, bienestar, prevención

y seguridad jurídica.

S.3. Libertad, independencia,

identidad individual.

S.4. Identidad colectiva, cultura.

S.5. Valores sociales.

S.6. Solidaridad y sentido de

comunidad.

S.7. Apertura y tolerancia.

S.8. Seguridad social, tasa de

pobreza.

S.9. Igual de oportunidades y de

trato, participación.

A.4. Freno de la contaminación.

A.5. Reducción de desastres

ambientales.

A.1. Biodiversidad.

A.2. Clima.

A.3. Emisiones.

A.4. Paisaje rural, áreas no

utilizadas y áreas de importancia

cultural.

A.5. Agua.

A.6. Materiales, organismos,

residuos.

A.7. Energía.

A.8. Suelo, tierra arable,

fertilidad.

A.9. Riesgos ambientales.

E.4. Adopción de precios de

mercado.

E.5. Transferencia de carga

financiera a las generaciones

futuras.

E.1. PIB per cápita.

E.2. Infraestructuras y servicios

eficientes.

E.3. Inversiones de valor

añadido.

E.4. Sostenibilidad del

endeudamiento público.

E.5. Uso eficiente de recursos.

E.6. Competitividad.

E.7. Potencial laboral.

E.8. Capacidad innovadora,

investigación productiva.

E.9. Marco regulatorio.

CRITERIO SOCIAL CRITERIO AMBIENTAL CRITERIO ECONÒMICO

-SOCIAL CULTURAL: que

aborda temas como la

educación, salud pública, la

cultura, el patrimonio, seguridad

social, ciencia y tecnología,

seguridad humana y buen vivir.

-BIOFÍSICO: que considera la

necesidad de proteger el

territorio y la no afectación del

sistema protegido del PNG.

El conocimiento de la

biodiversidad y la calidad

ambiental

-ECONÓMICO: redefiniendo la

nueva economía y sus

Actividades. Define las

potencialidades del territorio,

mercados y alianzas

estratégicas

-POLÍTICO INSTITUCIONAL Y

PARTICIPACIÓN

-ASENTAMIENTOS

HUMANOS: estructurados en la

-MOVILIDAD, ENERGÍA Y

CONECTIVIDAD: consumo

CIUDADANA: que garantiza la

participación ciudadana y el

control social y el fortalecimiento

institucional para poner en

vigencia el Plan de Desarrollo y

Ordenamiento del Territorio,

estableciendo las redes y

relaciones de gobernanza

interinstitucional, propiciando la

articulación de la gestión

territorial, para definir

complementariedad de las

acciones del desarrollo, define

las posibilidades de

conformación de circuitos para la

implementación de servicios a la

comunidad local e insular.

nueva definición del desarrollo.

Que especifica la nueva

normativa para uso y ocupación

del territorio, con una propuesta

de distribución del crecimiento

poblacional y urbano.

energético y conectividad

insular, para propiciar la

relación del desarrollo

económico con los

asentamientos humanos,

considerando el ahorro

energético y la disminución de

combustibles fósiles

4.3. Validación y Jerarquización de obras, servicios y estudios en instancias de participación

ciudadana

El artículo 304 del COOTAD señala que los GAD, deben implementar un Sistema de Participación

Ciudadana, que se regulará por acto normativo del correspondiente GAD y que se explica en el siguiente

esquema:

La Asamblea Local constituye el espacio de deliberación pública, fortalecimiento, de interlocución con las

autoridades (art. 56 de la LOPC). Los GAD deberán definir, al momento de activar su sistema de

participación ciudadana, si es la Asamblea su máxima instancia de participación, sin desconocer las otras

instancias que deben complementar la acción de su gestión. Lo ideal sería que esto ocurra, y que de la

Asamblea Ciudadana se propicien o surjan otras instancias de participación, sin desconocer el derecho que

tienen los ciudadanos y ciudadanas de manera individual o colectiva, hacer uso del derecho de

participación. En los siguientes gráficos se esquematiza su conformación a nivel nacional y local:

5. Principales propuestas para el desarrollo cantonal (Por Mi Santa Cruz)

EJES ÁMBITOS PROYECTOS Años

1 2 3 4 5

SOCIAL

Ciudadano

Gestión para la apertura de una academia bilingüe X

Gestión para la atención a grupos prioritarios X

Gestión para el mejoramiento del ornato parroquial X

AMBIENTAL Desarrollo

Ambiental

Gestión para la educación ambiental X

Gestión para el control de la especies introducidas X

Desarrollo

Económico

Local

Gestión para la implementación de feria de productores locales X

Gestión para el fortalecimiento del centro agrícola X

Fortalecimiento de la cadena productiva de hortalizas legumbres y frutas X

ECONOMICO Implementación de un centro de acopio en la parroquia de Bellavista X

Implementación de invernaderos para ornamentación y productos de consumo local X

Gestionar la creación circuitos turísticos que integre Bellavista, Santa Rosa y Cascajo X

Ordenanza para la creación del corredor turístico X

6. Evaluación y rendición de cuentas

6.1. Evaluación

Nombre del

Proyecto

Objetivo

General

Objetivos específicos Línea base Meta Actividades Estrategias Evaluación

Gestión para la

apertura de una

academia bilingüe

Abrir una

academia

bilingüe

Identificar que parte de la

población con necesidades

de aprender un segundo

idioma

Mejorar las capacidades de

la población en un segundo

idioma

Población con

necesidades de

aprender otro

idioma

Población con

conocimientos en

un segundo

idioma

Identificación de los

grupos con

necesidades de un

segundo idioma

Gestionar la

implementación de

la academia

bilingüe

Iniciar la academia

bilingüe

Gestión ante los

organismos

competentes

Rendición de

cuentas

Número de

personas que se

preparan en la

academia

Gestión para la

atención a grupos

prioritarios

Prestar atención

inclusiva a

grupos

prioritarios

Identificar los grupos

prioritarios presentes en la

parroquia

Establecer una agenda de

atención a grupos

prioritarios

Atender a los grupos

prioritarios de la parroquia

Grupos

prioritarios

presentes en la

parroquia

Grupos

prioritarios con

atención

permanente

Definición de los

grupos prioritarios

Elaboración de una

agenda de atención

Atención a grupos

prioritarios de

acuerdo a la

agenda

Gestión ante

organismos

competentes

Rendición de

cuentas

Número de

grupos

prioritarios

atendidos

Gestión para el

mejoramiento del

ornato parroquial

Mejorar la

imagen de la

parroquia

Identificar los espacios con

una imagen deficiente en la

parroquia

Desarrollar un modelo de

mejoramiento de ornato

parroquial

Mejorar la imagen de la

parroquia con la aplicación

del modelo

Estado actual del

ornato parroquial

Ornato parroquial

con mejor imagen

Definición de los

espacios a mejorar

Diseño de un

modelo de

mejoramiento del

ornato

Implementación del

modelo

Autogestión Rendición de

cuentas

Porcentaje de

ornato parroquial

mejorado

Gestión para la

educación

ambiental

Implementar un

plan de

educación

ambiental

Analizar los vacíos de

conocimientos ambientales

Elaborar un plan de

capacitación ambiental

parroquial

Establecer un cronograma

de aplicación de la

educación ambiental

Pensum de

estudios de las

instituciones

educativas

Mejoramiento de

las capacidades

para el cuidado

del ambiente

Talleres

participativos con

instituciones

educativas

Elaboración del

plan de

capacitación

Capacitación a los

ciudadanos en

educación

ambiental

Talleres

participativos

Rendición de

cuentas

Número de

talleres

realizados

Plan de

capacitación

Gestión para el

control de la

especies

introducidas

Controlar las

especies

introducidas

Identificar las especies

introducidas ilegalmente

Reducir el ingreso ilegal de

especies introducidas

Entregar especies locales

como alternativa a las

especies introducidas

Estado actual de

especies

introducidas

existentes en la

parroquia

Especies

introducidas con

una menor

población

Identificación de las

especies

introducidas

Control en el

ingreso de especies

introducidas

Entrega de

alternativas a las

especies

introducidas

Participación

ciudadana

Rendición de

cuentas

Porcentaje de

reducción de

especies

introducidas

Gestión para la

implementación

de feria de

productores

locales

Implementar una

feria de

productores

locales

Crear una base de datos de

productores locales

Evaluar el destino de los

productos locales

Implementar una feria de

productos locales

Detalle de

producción local

Feria de

productores

activa

Desarrollo de una

base de datos de

productos locales

Avaluación del

destino de los

productos locales

Implementación de

una feria de

productos locales

Asociatividad

Participación

ciudadana

Rendición de

cuentas

Número de ferias

realizadas

Gestión para el

fortalecimiento del

centro agrícola

Fortalecer el

centro agrícola

Diagnóstico de la situación

actual del centro agrícola

Desarrollar un plan de

negocios para el centro

agrícola

Estado actual del

centro agrícola

Centro agrícola

con una

funcionalidad

estable

Diagnóstico

participativo del

centro agrícola

Identificación de

aliados estratégicos

Elaboración de un

plan de negocios

Gestión

participativa

Rendición de

cuentas

Informe de

evaluación

Porcentaje de

fortalecimiento

del centro

agrícola

Fortalecimiento de

la cadena

productiva de

hortalizas

legumbres y frutas

Fortalecer de la

cadena

productiva de

hortalizas

legumbres y

frutas

Diagnosticar de la cadena

productiva

Elaborar un plan de

negocios para la cadena

productiva

Estado actual de

la cadena

productiva

Cadena

productiva

estructurada y

operando

Diagnóstico de la

cadena productiva

Elaboración y

aplicación de un

plan de negocios

Participación

ciudadana

Rendición de

cuentas

Porcentaje

Implementación

de un centro de

acopio en la

parroquia de

Bellavista

Implementar un

centro de acopio

en la parroquia

de Bellavista

Identificar el lugar a

destinarse el centro de

acopio

Elaborar el estudio para el

centro de acopio

Construir el centro de

acopio

Detalle de

producción local

Centro de acopio

funcional en la

parroquia

Definición del sitio a

construirse el

centro de acopio

Contratar el estudio

para el centro de

acopio

Consultoría

Gestionar el

financiamiento

ante los

organismos

competentes

Rendición de

cuentas

Estudio del

centro de acopio

Porcentaje de

construcción del

centro de acopio

Construir el centro

de acopio

Implementación

de invernaderos

para

ornamentación y

productos de

consumo local

Implementar

invernaderos

para

ornamentación y

productos de

consumo local

Diagnóstico de productos

de consumo local

Realizar el estudio para la

implementación de

invernaderos

Construir los invernaderos

Detalle de

producción local

Invernaderos

produciendo

Diagnosticar los

productos de

consumo local

Elaboración del

estudio para la

implementación de

invernaderos

Construcción de los

invernaderos

Participación

ciudadana

Rendición de

cuentas

Número de

invernaderos

construidos

Gestionar la

creación circuitos

turísticos que

integre Bellavista,

Santa Rosa y

Cascajo

Implementar

circuitos

turísticos que

integre

Bellavista, Santa

Rosa y Cascajo

Diagnóstico de la situación

actual del turismo en las

parroquias Bellavista y

Santa Rosa

Diseñar técnicamente de

los circuitos turísticos

Implementar los circuitos

turísticos

Situación actual

del turismo en las

parroquias

Bellavista y Santa

Rosa

Circuitos

turísticos

operando al

público

Diagnóstico de la

situación actual

Diseño técnico de

circuitos

Implementación de

los circuitos

Modelos

participativos

Sistema turístico

Rendición de

cuentas

Número de

circuitos creados

Número de

circuitos

implementados

6.2. Rendición de cuentas

Según el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, la Rendición de Cuentas es un proceso

participativo, periódico y oportuno, mediante el cual quienes toman decisiones sobre la gestión de lo público,

cumplen su deber y responsabilidad de responder sobre el manejo de lo público encomendado a ellos y los

resultados logrados.

Es un espacio donde los ciudadanos ejercen su derecho de conocer y evaluar si se cumplen o no con los

planes, obras o servicios priorizados y demandados por la ciudadanía y si los recursos están siendo

administrados con transparencia y con eficiencia.

UTILIDAD DEL PROCESO: Sirve para controlar e incidir sobre la gestión de lo público y corregirla o

revocarla permitiendo que ciudadanos y ciudadanas - en forma individual o colectiva - ejerzan su derecho

a participar de manera protagónica en el control de las instituciones del Estado, de la sociedad y de sus

representantes.

Para el presente Plan de Gobierno, el mecanismo de rendición de cuentas contempla los siguientes

elementos:

a. La planificación operativa institucional

b. Evaluación y seguimiento de la planificación operativa institucional

c. Rendición de cuentas permanente

d. Elaboración y difusión del informe de gestión por cada año

e. Foro ciudadano de rendición de cuentas

7. ANEXOS

7.1. MARCO LEGAL

7.1.1. Constitución de la República del Ecuador

Art. 238.- Los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y

financiera, y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial, integración

y participación ciudadana. En ningún caso el ejercicio de la autonomía permitirá la secesión del territorio

nacional.

Art. 239.- El régimen de gobiernos autónomos descentralizados se regirá por la ley correspondiente, que

establecerá un sistema nacional de competencias de carácter obligatorio y progresivo y definirá las políticas

y mecanismos para compensar los desequilibrios territoriales en el proceso de desarrollo.

Art. 240.- Los gobiernos autónomos descentralizados de las regiones, distritos metropolitanos, provincias

y cantones tendrán facultades legislativas en el ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales.

Las juntas parroquiales rurales tendrán facultades reglamentarias.

Todos los gobiernos autónomos descentralizados ejercerán facultades ejecutivas en el ámbito de sus

competencias y jurisdicciones territoriales.

Art. 241.- La planificación garantizará el ordenamiento territorial y será obligatoria en todos los gobiernos

autónomos descentralizados.

Art. 264.- Los gobiernos municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras

que determine la ley:

1. Planificar el desarrollo cantonal y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, de

manera articulada con la planificación nacional, regional, provincial y parroquial, con el fin de regular el uso

y la ocupación del suelo urbano y rural.

2. Ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón.

3. Planificar, construir y mantener la vialidad urbana.

4. Prestar los servicios públicos de agua potable, alcantarillado, depuración de aguas residuales, manejo

de desechos sólidos, actividades de saneamiento ambiental y aquellos que establezca la ley.

5. Crear, modificar o suprimir mediante ordenanzas, tasas y contribuciones especiales de mejoras.

6. Planificar, regular y controlar el tránsito y el transporte público dentro de su territorio cantonal.

7. Planificar, construir y mantener la infraestructura física y los equipamientos de salud y educación, así

como los espacios públicos destinados al desarrollo social, cultural y deportivo, de acuerdo con la ley.

8. Preservar, mantener y difundir el patrimonio arquitectónico, cultural y natural del cantón y construir los

espacios públicos para estos fines.

9. Formar y administrar los catastros inmobiliarios urbanos y rurales.

10. Delimitar, regular, autorizar y controlar el uso de las playas de mar, riberas y lechos de ríos, lagos y

lagunas, sin perjuicio de las limitaciones que establezca la ley.

11. Preservar y garantizar el acceso efectivo de las personas al uso de las playas de mar, riberas de ríos,

lagos y lagunas.

12. Regular, autorizar y controlar la explotación de materiales áridos y pétreos, que se encuentren en los

lechos de los ríos, lagos, playas de mar y canteras.

13. Gestionar los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios.

14. Gestionar la cooperación internacional para el cumplimiento de sus competencias.

7.1.2. Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía Descentralización

Art. 54.- Funciones.- Son funciones del gobierno autónomo descentralizado municipal las siguientes:

a) Promover el desarrollo sustentable de su circunscripción territorial cantonal, para garantizar la realización

del buen vivir a través de la implementación de políticas públicas cantonales, en el marco de sus

competencias constitucionales y legales;

b) Diseñar e implementar políticas de promoción y construcción de equidad e inclusión en su territorio, en

el marco de sus competencias constitucionales y legales;

c) Establecer el régimen de uso del suelo y urbanístico, para lo cual determinará las condiciones de

urbanización, parcelación, lotización, división o cualquier otra forma de fraccionamiento de conformidad con

la planificación cantonal, asegurando porcentajes para zonas verdes y áreas comunales;

d) Implementar un sistema de participación ciudadana para el ejercicio de los derechos y la gestión

democrática de la acción municipal;

e) Elaborar y ejecutar el plan cantonal de desarrollo, el de ordenamiento territorial y las políticas públicas

en el ámbito de sus competencias y en su circunscripción territorial, de manera coordinada con la

planificación nacional, regional, provincial y parroquia, y realizar en forma permanente, el seguimiento y

rendición de cuentas sobre el cumplimiento de las metas establecidas;

f) Ejecutar las competencias exclusivas y concurrentes reconocidas por la Constitución y la ley y en dicho

marco, prestar los servicios públicos y construir la obra pública cantonal correspondiente con criterios de

calidad, eficacia y eficiencia, observando los principios de universalidad, accesibilidad, regularidad,

continuidad, solidaridad, interculturalidad, subsidiariedad, participación y equidad;

g) Regular, controlar y promover el desarrollo de la actividad turística cantonal en coordinación con los

demás gobiernos autónomos descentralizados, promoviendo especialmente la creación y funcionamiento

de organizaciones asociativas y empresas comunitarias de turismo;

h) Promover los procesos de desarrollo económico local en su jurisdicción, poniendo una atención especial

en el sector de la economía social y solidaria, para lo cual coordinará con los otros niveles de gobierno;

i) Implementar el derecho al hábitat y a la vivienda y desarrollar planes y programas de vivienda de interés

social en el territorio cantonal;

j) Implementar los sistemas de protección integral del cantón que aseguren el ejercicio garantía y

exigibilidad de los derechos consagrados en la Constitución y en los instrumentos internacionales, lo cual

incluirá la conformación de los consejos cantonales, juntas cantonales y redes de protección de derechos

de los grupos de atención prioritaria. Para la atención en las zonas rurales coordinará con los gobiernos

autónomos parroquiales y provinciales;

k) Regular, prevenir y controlar la contaminación ambiental en el territorio cantonal de manera articulada

con las políticas ambientales nacionales;

l) Prestar servicios que satisfagan necesidades colectivas respecto de los que no exista una explícita

reserva legal a favor de otros niveles de gobierno, así como la elaboración, manejo y expendio de víveres;

servicios de faenamiento, plazas de mercado y cementerios;

m) Regular y controlar el uso del espacio público cantonal y, de manera particular, el ejercicio de todo tipo

de actividad que se desarrolle en él la colocación de publicidad, redes o señalización;

n) Crear y coordinar los consejos de seguridad ciudadana municipal, con la participación de la Policía

Nacional, la comunidad y otros organismos relacionados con la materia de seguridad, los cuales formularán

y ejecutarán políticas locales, planes y evaluación de resultados sobre prevención, protección, seguridad y

convivencia ciudadana;

o) Regular y controlar las construcciones en la circunscripción cantonal, con especial atención a las normas

de control y prevención de riesgos y desastres;

p) Regular, fomentar, autorizar y controlar el ejercicio de actividades económicas, empresariales o

profesionales, que se desarrollen en locales ubicados en la circunscripción territorial cantonal con el objeto

de precautelar los derechos de la colectividad;

q) Promover y patrocinar las culturas, las artes, actividades deportivas y recreativas en beneficio de la

colectividad del cantón;

r) Crear las condiciones materiales para la aplicación de políticas integrales y participativas en torno a la

regulación del manejo responsable de la fauna urbana; y, s) Las demás establecidas en la ley.

Art. 55.- Competencias exclusivas del gobierno autónomo descentralizado municipal.- Los gobiernos

autónomos descentralizados municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de

otras que determine la ley;

a) Planificar, junto con otras instituciones del sector público y actores de la sociedad, el desarrollo cantonal

y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera articulada con la planificación

nacional, regional, provincial y parroquial, con el fin de regular el uso y la ocupación del suelo urbano y

rural, en el marco de la interculturalidad y plurinacionalidad y el respeto a la diversidad;

b) Ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón;

c) Planificar, construir y mantener la vialidad urbana;

d) Prestar los servicios públicos de agua potable, alcantarillado, depuración de aguas residuales, manejo

de desechos sólidos, actividades de saneamiento ambiental y aquellos que establezca la ley;

e) Crear, modificar, exonerar o suprimir mediante ordenanzas, tasas, tarifas y contribuciones especiales de

mejoras;

f) Planificar, regular y controlar el tránsito y el transporte terrestre dentro de su circunscripción cantonal;

g) Planificar, construir y mantener la infraestructura física y los equipamientos de salud y educación, así

como los espacios públicos destinados al desarrollo social, cultural y deportivo, de acuerdo con la ley;

h) Preservar, mantener y difundir el patrimonio arquitectónico, cultural y natural del cantón y construir los

espacios públicos para estos fines; i) Elaborar y administrar los catastros inmobiliarios urbanos y rurales;

j) Delimitar, regular, autorizar y controlar el uso de las playas de mar, riberas y lechos de ríos, lagos y

lagunas, sin perjuicio de las limitaciones que establezca la ley;

k) Preservar y garantizar el acceso efectivo de las personas al uso de las playas de mar, riberas de ríos,

lagos y lagunas;

l) Regular, autorizar y controlar la explotación de materiales áridos y pétreos, que se encuentren en los

lechos de los ríos, lagos, playas de mar y canteras;

m) Gestionar los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios; y, n) Gestionar la

cooperación internacional para el cumplimiento de sus competencias.

Art. 56.- Concejo municipal.- El concejo municipal es el órgano de legislación y fiscalización del gobierno

autónomo descentralizado municipal. Estará integrado por el alcalde o alcaldesa, que lo presidirá con voto

dirimente, y por los concejales o concejalas elegidos por votación popular, de conformidad con lo previsto

en la ley de la materia electoral. En la elección ele los concejales o concejalas se observará la

proporcionalidad de la población urbana y rural prevista en la Constitución y la ley.

Art. 57.- Atribuciones del concejo municipal.- Al concejo municipal le corresponde:

a) El ejercicio de la facultad normativa en las materias de competencia del gobierno autónomo

descentralizado municipal, mediante la expedición de ordenanzas cantonales, acuerdos y resoluciones;

b) Regular, mediante ordenanza, la aplicación de tributos previstos en la ley a su favor;

c) Crear, modificar, exonerar o extinguir tasas y contribuciones especiales por los servicios que presta y

obras que ejecute;

d) Expedir acuerdos o resoluciones, en el ámbito de competencia del gobierno autónomo descentralizado

municipal, para regular temas institucionales específicos o reconocer derechos particulares;

e) Aprobar el plan cantonal de desarrollo y el de ordenamiento territorial formulados participativamente con

la acción del consejo cantonal de planificación y las instancias de participación ciudadana, así como evaluar

la ejecución de los mismos;

f) Conocer la estructura orgánico funcional del gobierno autónomo descentralizado municipal;

g) Aprobar u observar el presupuesto del gobierno autónomo descentralizado municipal, que deberá

guardar concordancia con el plan cantonal de desarrollo y con el de ordenamiento territorial; así como

garantizar una participación ciudadana en el marco de la Constitución y la ley. De igual forma, aprobará u

observará la liquidación presupuestaria del año inmediato anterior, con las respectivas reformas;

h) Aprobar a pedido del alcalde o alcaldesa traspasos de partidas presupuestarias y reducciones de crédito,

cuando las circunstancias lo ameriten;

i) Autorizar la contratación de empréstitos destinados a financiar la ejecución de programas y proyectos

previstos en el plan cantonal de desarrollo y el de ordenamiento territorial, en el monto y de acuerdo con

los requisitos y disposiciones previstos en la Constitución, la ley y las ordenanzas que se emitan para el

efecto;

j) Aprobar la creación de empresas públicas o la participación en empresas de economía mixta, para la

gestión de servicios de su competencia u obras públicas cantonales, según las disposiciones de la

Constitución y la ley. La gestión de los recursos hídricos será exclusivamente pública y comunitaria de

acuerdo a las disposiciones constitucionales y legales;

k) Conocer el plan operativo y presupuesto de las empresas públicas y mixtas del gobierno autónomo

descentralizado municipal, aprobado por el respectivo directorio de la empresa, y consolidarlo en el

presupuesto general del gobierno municipal; l) Conocer las declaraciones de utilidad pública o de interés

social de los bienes materia de expropiación resueltos por el alcalde, conforme la ley;

m) Fiscalizar la gestión del alcalde o alcaldesa del gobierno autónomo descentralizado municipal, de

acuerdo al presente Código;

n) Destituir, con el voto conforme de las dos terceras partes de sus integrantes, al alcalde o alcaldesa, al

vicealcalde o vicealcaldesa o concejales o concejalas que hubieren incurrido en una de las causales

previstas en este Código, garantizando el debido proceso;

o) Elegir de entre sus miembros al vicealcalde o vicealcaldesa del gobierno autónomo descentralizado

municipal;

p) Designar, de fuera de su seno, al secretario o secretaria del concejo, de la terna presentada por el alcalde

o alcaldesa;

q) Decidir la participación en mancomunidades o consorcios;

r) Conformar las comisiones permanentes, especiales y técnicas que sean necesarias, respetando la

proporcionalidad de la representación política y poblacional urbana y rural existente en su seno, y aprobar

la conformación de comisiones ocasionales sugeridas por el alcalde o alcaldesa;

w) Expedir la ordenanza de construcciones que comprenda las especificaciones y normas técnicas y legales

por las cuales deban regirse en el cantón la construcción, reparación, transformación y demolición de

edificios y de sus instalaciones;

x) Regular y controlar, mediante la normativa cantonal correspondiente, el uso del suelo en el territorio del

cantón, de conformidad con las leyes sobre la materia, y establecer el régimen urbanístico de la tierra;

y) Reglamentar los sistemas mediante los cuales ha de efectuarse la recaudación e inversión de las rentas

municipales;

z) Regular mediante ordenanza la delimitación de los barrios y parroquias urbanas tomando en cuenta la

configuración territorial, identidad, historia, necesidades urbanísticas y administrativas y la aplicación del

principio de equidad interbarrial;

a) Emitir políticas que contribuyan al desarrollo de las culturas de su jurisdicción, de acuerdo con las leyes

sobre la materia;

b) Instituir el sistema cantonal de protección integral para los grupos de atención prioritaria; y, cc) Las demás

previstas en la Ley.

7.1.3. Código de Planificación y Finanzas Públicas

7.1.4. Ley de Galápagos

7.1.5. Código de la Democracia

7.1.6. Código Orgánico del Ambiente

Art. 27.- Facultades de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Metropolitanos y Municipales en

materia ambiental. En el marco de sus competencias ambientales exclusivas y concurrentes corresponde

a los Gobiernos Autónomos Descentralizados Metropolitanos y Municipales el ejercicio de las siguientes

facultades, en concordancia con las políticas y normas emitidas por los Gobiernos Autónomos Provinciales

y la Autoridad Ambiental Nacional:

1. Dictar la política pública ambiental local;

2. Elaborar planes, programas y proyectos para la protección, manejo sostenible y restauración del recurso

forestal y vida silvestre, así como para la forestación y reforestación con fines de conservación;

3. Promover la formación de viveros, huertos semilleros, acopio, conservación y suministro de semillas

certificadas;

4. Prevenir y controlar incendios forestales que afectan a bosques y vegetación natural o plantaciones

forestales;

5. Prevenir y erradicar plagas y enfermedades que afectan a bosques y vegetación natural;

6. Elaborar planes, programas y proyectos para los sistemas de recolección, transporte, tratamiento y

disposición final de residuos o desechos sólidos;

7. Generar normas y procedimientos para la gestión integral de los residuos y desechos para prevenirlos,

aprovecharlos o eliminarlos, según corresponda;

8. Regular y controlar el manejo responsable de la fauna y arbolado urbano;

9. Generar normas y procedimientos para prevenir, evitar, reparar, controlar y sancionar la contaminación

y daños ambientales, una vez que el Gobierno Autónomo Descentralizado se haya acreditado ante el

Sistema Único de Manejo Ambiental;

10. Controlar el cumplimiento de los parámetros ambientales y la aplicación de normas técnicas de los

componentes agua, suelo, aire y ruido;

11. Controlar las autorizaciones administrativas otorgadas;

12. Elaborar programas de asistencia técnica para suministros de plántulas;

13. Desarrollar programas de difusión y educación sobre el cambio climático;

14. Insertar criterios de cambio climático en los planes de desarrollo y ordenamiento territorial y demás

instrumentos de planificación cantonal de manera articulada con la planificación provincial y las políticas

nacionales;

15. Establecer y ejecutar sanciones por infracciones ambientales dentro de sus competencias, y;

16. Establecer tasas vinculadas a la obtención de recursos destinados a la gestión ambiental, en los

términos establecidos por la ley Cuando el Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial tenga la

competencia, los Gobiernos Autónomos Municipales o Metropolitanos de la misma provincia solo ejercerán

estas facultades en la zona urbana.

7.1.7. Facultades a Gobiernos Autónomos – Desarrollo Actividades Turísticas

Art. 9.- Facultades de los gobiernos autónomos descentralizados municipales y metropolitanos.- En el

marco del desarrollo de actividades turísticas, corresponde a los gobiernos autónomos

descentralizados municipales y metropolitanos, en su respectiva circunscripción territorial, el ejercicio de

las facultades de planificación cantonal, regulación cantonal, control cantonal y gestión cantonal, en los

términos establecidos en esta resolución y la normativa nacional vigente.

Art. 10.- Planificación cantonal.- En el marco del desarrollo de actividades turísticas, corresponde a los

gobiernos autónomos descentralizados municipales y metropolitanos, en su respectiva circunscripción

territorial, las siguientes atribuciones de planificación:

1. Elaborar planes, programas y proyectos turísticos de carácter cantonal, sujetándose a la planificación

nacional del sector turístico aprobada por la Autoridad Nacional de Turismo.

2. Formular el plan cantonal de turismo, mismo que debe, a su vez, sujetarse a la planificación nacional del

sector turístico.

3. Las demás que estén establecidas en la ley y la normativa nacional vigente.

Art. 11.- Regulación cantonal.- En el marco del desarrollo de actividades turísticas, corresponde a los

gobiernos autónomos descentralizados municipales y metropolitanos, en su respectiva circunscripción

territorial, y con sujeción a la normativa nacional vigente, las siguientes atribuciones de regulación:

1. Expedir las ordenanzas y resoluciones de carácter cantonal que contribuyan al fortalecimiento y

desarrollo del turismo, en concordancia con la planificación nacional del sector turístico, la normativa

nacional vigente y las políticas públicas expedidas por la Autoridad Nacional de Turismo.

2. Regular los horarios de funcionamiento de los establecimientos turísticos, en coordinación con la

Autoridad Nacional Competente.

3. Regular el desarrollo del sector turístico cantonal en coordinación con los demás gobiernos autónomos

descentralizados, promoviendo especialmente la creación y funcionamiento de organizaciones asociativas

y de turismo comunitario, conforme la normativa vigente.

4. Las demás que estén establecidas en la ley y la normativa nacional vigente.

Art. 12.- Control cantonal.- En el marco del desarrollo de actividades turísticas, corresponde a los gobiernos

autónomos descentralizados municipales y metropolitanos, en el ámbito de su circunscripción territorial, las

siguientes atribuciones de control:

1. Controlar que los establecimientos turísticos cumplan con la normativa nacional y cantonal vigente.

2. Controlar las actividades turísticas en las áreas de conservación y uso sostenible municipales o

metropolitanas, en coordinación con las entidades nacionales competentes.

3. Establecer mecanismos de protección turística dentro de su circunscripción territorial.

4. Otorgar y renovar la licencia única anual de funcionamiento, en función de los requisitos y estándares

establecidos por la Autoridad Nacional de Turismo.

5. Controlar y vigilar la prestación de las actividades y servicios turísticos que han obtenido la licencia única

anual de funcionamiento, sin que esto suponga categorización o re categorización, de conformidad con la

normativa expedida por la Autoridad Nacional de Turismo.

6. Aplicar las sanciones correspondientes por el incumplimiento de la licencia única anual de funcionamiento

y los requisitos para su obtención, siguiendo el debido proceso y conforme a la normativa vigente.

7. Las demás que estén establecidas en la ley y la normativa nacional vigente.

Art. 13.- Gestión cantonal.- En el marco del desarrollo de actividades turísticas, corresponde a los gobiernos

autónomos descentralizados municipales y metropolitanos, en su respectiva circunscripción territorial, las

siguientes atribuciones de gestión:

1. Promover el desarrollo de la actividad turística cantonal en coordinación con los demás gobiernos

autónomos descentralizados, promoviendo especialmente la creación y funcionamiento de organizaciones

asociativas y empresas comunitarias de turismo, conforme la normativa vigente.

2. Actualizar el catastro de establecimientos turísticos del cantón, de conformidad con la normativa nacional

vigente.

3. Elaborar y actualizar el inventario de atractivos turísticos de su circunscripción, de conformidad con la

normativa expedida por la Autoridad Nacional de Turismo.

4. Actualizar y dar mantenimiento adecuado a la señalización turística, así como la señalética turística del

cantón.

5. Impulsar campañas de concienciación ciudadana que generen una cultura sobre la importancia del

turismo.

6. Recaudar los valores por concepto de imposición de sanciones por el incumplimiento de la licencia única

anual de funcionamiento y los requisitos para su obtención.

7. Desarrollo de productos o destinos turísticos que posibiliten la promoción conjunta y acceso a nuevos

mercados en coordinación con los demás niveles de gobierno.

8. Elaborar y difundir material promocional e informativo turístico cantonal.

9. Otorgar asistencia técnica y capacitación a los prestadores de servicios turísticos del cantón, en el marco

de la normativa nacional.

10. Coordinar mecanismos de bienestar turístico con los distintos niveles de gobierno, así como con las

entidades nacionales competentes.

11. Receptar, gestionar, sustanciar los procesos de denuncias efectuadas por parte de los distintos turistas,

respecto a los servicios recibidos, y reportarlas trimestralmente a la Autoridad Nacional de Turismo.

12. Realizar y apoyar ferias, muestras, exposiciones, congresos y demás actividades promocionales del

turismo de acuerdo a los lineamientos de la Autoridad Nacional de Turismo.

13. Participar en la elaboración de las estadísticas de turismo cantonal, de acuerdo a las condiciones

establecidas por la Autoridad Nacional de Turismo.

14. Fomentar proyectos turísticos cantonales que guarden concordancia con la legislación vigente.

15. Dotar de facilidades en los sitios identificados como turísticos, en articulación con la Autoridad Nacional

de Turismo y los gobiernos autónomos descentralizados provinciales.

16. Las demás que estén establecidas en la ley y la normativa nacional vigente.

CERTIFICO QUE EL PRESENTE DOCUMENTO FUE TRABAJADO Y DISCUTIDO EN LA SEDE DEL

MOVIMIENTO POLITICO X MI SANTA CRUZ

SILVIA DEL CARMEN GUERRERO VILLALVA

SECRETARIA XMSC