polÍtica nacional contra la trata de personas y sus formas ... · la trata de personas y sus...

109
AlSI1G0 Derce1191 Hurtan. OFICINA ENERAI DE ,1 ASES A JURÍDICA „fi - 001-2015-JUS APRUEBAN POLÍTICA NACIONAL FRENTE A LA TRATA DE PERSONAS Y SUS FORMAS DE EXPLOTACIÓN EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 4° de la Ley N.° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que las políticas nacionales y sectoriales son de obligatorio cumplimiento por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno, señalando asimismo que las políticas nacionales definen los objetivos prioritarios, los lineamientos, los contenidos principales de las políticas públicas, los estándares nacionales de cumplimiento y la provisión de servicios que deben ser alcanzados y supervisados para asegurar el normal desarrollo de las actividades públicas y privadas, agregándose que las políticas nacionales conforman la política general de gobierno; Que, el artículo 18° de la referida ley, establece que el Presidente del Consejo de Ministros coordina las políticas nacionales de carácter multisectorial; Que el numeral 22.2. del artículo 22° de la antes acotada ley, señala que los Ministerios diseñan, establecen, ejecutan y supervisan políticas nacionales y sectoriales, asumiendo la rectoría respecto de ellas, agregando los artículos 43° y 45° que los sistemas funcionales son los conjuntos de principios, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos que tienen por finalidad asegurar el cumplimiento de políticas públicas que requieren la articipación de todas o varias entidades del Estado; Que, el artículo 4° de la Ley N.° 29807, Ley que crea el Consejo Nacional de a Criminal - CONAPOC, establece entre sus funciones, estudiar el fenómeno criminal erú y elaborar el Diagnóstico Nacional sobre las causas del delito y los factores que en en su expansión, formular políticas y directrices criminológicas que deberán ser eropuestas a los diversos sectores y entidades involucradas en el sistema de control social, y, en particular, por aquellas que de manera directa se vinculan a la prevención, investigación y represión del delito, a la justicia penal y a la ejecución de penas y medidas de seguridad, con la finalidad de establecer líneas de trabajo orientadas hacia un mismo objetivo; Que, la Séptima Política de Estado del Acuerdo Nacional "Erradicación de la violencia y fortalecimiento del civismo y de la seguridad ciudadana" establece que el Estado deberá consolidar políticas orientadas a prevenir, disuadir, sancionar y eliminar aquellas conductas y prácticas sociales que pongan en peligro la tranquilidad, integridad o libertad de las personas, propiciando una cultura de convivencia pacífica; asimismo, se señala que deberá propiciar su presencia efectiva en las zonas de riesgo, optimizando el desempeño

Upload: hacong

Post on 12-Oct-2018

232 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

AlSI1G0 Derce1191 Hurtan.

OFICINA ENERAI DE ,1 ASES A JURÍDICA

„fi

- 001-2015-JUS

APRUEBAN POLÍTICA NACIONAL FRENTE A LA TRATA DE PERSONAS Y SUS FORMAS DE EXPLOTACIÓN

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 4° de la Ley N.° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que las políticas nacionales y sectoriales son de obligatorio cumplimiento por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno, señalando asimismo que las políticas nacionales definen los objetivos prioritarios, los lineamientos, los contenidos principales de las políticas públicas, los estándares nacionales de cumplimiento y la provisión de servicios que deben ser alcanzados y supervisados para asegurar el normal desarrollo de las actividades públicas y privadas, agregándose que las políticas nacionales conforman la política general de gobierno;

Que, el artículo 18° de la referida ley, establece que el Presidente del Consejo de Ministros coordina las políticas nacionales de carácter multisectorial;

Que el numeral 22.2. del artículo 22° de la antes acotada ley, señala que los Ministerios diseñan, establecen, ejecutan y supervisan políticas nacionales y sectoriales, asumiendo la rectoría respecto de ellas, agregando los artículos 43° y 45° que los sistemas funcionales son los conjuntos de principios, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos que tienen por finalidad asegurar el cumplimiento de políticas públicas que requieren la

articipación de todas o varias entidades del Estado;

Que, el artículo 4° de la Ley N.° 29807, Ley que crea el Consejo Nacional de a Criminal - CONAPOC, establece entre sus funciones, estudiar el fenómeno criminal erú y elaborar el Diagnóstico Nacional sobre las causas del delito y los factores que

en en su expansión, formular políticas y directrices criminológicas que deberán ser eropuestas a los diversos sectores y entidades involucradas en el sistema de control social, y, en particular, por aquellas que de manera directa se vinculan a la prevención, investigación y represión del delito, a la justicia penal y a la ejecución de penas y medidas de seguridad, con la finalidad de establecer líneas de trabajo orientadas hacia un mismo objetivo;

Que, la Séptima Política de Estado del Acuerdo Nacional "Erradicación de la violencia y fortalecimiento del civismo y de la seguridad ciudadana" establece que el Estado deberá consolidar políticas orientadas a prevenir, disuadir, sancionar y eliminar aquellas conductas y prácticas sociales que pongan en peligro la tranquilidad, integridad o libertad de las personas, propiciando una cultura de convivencia pacífica; asimismo, se señala que deberá propiciar su presencia efectiva en las zonas de riesgo, optimizando el desempeño

efectivo con respeto a los derechos humanos por parte de las diversas instituciones involucradas en la problemática de la violencia y la seguridad ciudadana;

" miniaterio de Juaticiu, '70erechos ~anos

ORIMEWAI-01 ISEIMÁTASIDICA

Que, mediante Decreto Supremo N.° 002-2004-IN, modificado mediante Decreto Supremo N.° 004-2006-IN, se constituye el Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente contra la Trata de Personas, como ente encargado de coordinar las acciones de las diversas entidades públicas y privadas comprometidas en la lucha contra la Trata de Personas, así como de procurar la articulación con organismos regionales e internacionales para prevenir, monitorear o controlar la trata de personas, cuya Secretaria Técnica es el órgano ejecutivo del Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente contra la Trata de Personas, la misma que se encuentra adscrita al Ministerio del Interior;

Que, mediante Decreto Supremo N.° 004-2011-IN, se aprobó el "Plan Nacional de Acción contra la Trata de Personas 2011-2016" como un documento de gestión orientado a la coordinación de las acciones desplegadas en el país en la lucha contra la trata de personas;

Que, mediante Sesión de fecha 14 de noviembre de 2014, el Consejo Nacional de Política Criminal aprobó "La Política Nacional contra la Trata de Personas y sus formas de explotación", por lo que es necesario aprobarla, conforme al artículo 4° de la Ley N.° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

Que, la Política Nacional contra la Trata de Personas y sus formas de lotación, busca orientar, a través de lineamientos generales y específicos, las acciones y ategias que despliega el Estado a través del instrumento de gestión que configura el Plan onal de Acción contra la Trata de Personas, así como aquellos planes o instrumentos de

tión conexos a la política nacional;

Que, conforme a lo dispuesto por el literal e) del artículo 7° de la Ley N.° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, concordante con el literal e) del numeral 5.2 del artículo 5° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 011-2012-JUS, son funciones específicas de dicho sector, orientar y contribuir con el establecimiento de la política criminal y formular la política penitenciaria del Estado;

Que, el artículo 70° del acotado Reglamento de Organización y Funciones del inisterio de Justicia y Derechos Humanos, establece que la Dirección General de Política

Criminal y Penitenciaria es el órgano de línea encargado de evaluar, diseñar y formular políticas de Estado en materia criminal y penitenciaria, así como efectuar el seguimiento y diagnóstico en la ejecución de dichas políticas, proponiendo los correctivos correspondientes;

[ D Minis y a

DE O • lo HUMANOS OESPAC POSTER1AL

TAC LA JUSTICIA

de Justicia Humanos

J. ila H.

lie, ► CA DEL

gee/itetu afiviee~ Que, asimismo, la Dirección General de Política Criminal y Penitenciaria ejerce

la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Política Criminal, asesorando y brindando asistencia administrativa y técnica al referido Consejo, conforme a lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley N.° 29807, Ley que crea el Consejo Nacional de Política Criminal, concordante con el Reglamento del Consejo Nacional de Política Criminal, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 008-2012-JUS;

De conformidad con el inciso 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú; la Ley N.° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley N.° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

DECRETA:

Artículo 1°.- Política Nacional Apruébese la Política Nacional contra la Trata de Personas y sus formas de

explotación, la misma que tiene por objetivo principal la prevención, el control y reducción del fenómeno de la trata de personas y sus formas de explotación, a través de la atención a los factores sociales y culturales que la generan; la persecución y sanción eficiente del delito de trata y todo aquel vinculado a la explotación de personas; y la atención, protección y recuperación integral de las víctimas.

Esta política constituye el principal marco orientador de política criminal en_ esta materia, y establece lineamientos criminológicos generales y específicos para su desarrollo, los que conjuntamente con el diagnostico criminológico, constituyen el Anexo que forma integrante del presente Decreto Supremo.

Artículo 2°.- Ámbito de aplicación La Política Nacional contra la Trata de Personas y sus formas de explotación

de aplicación obligatoria en los tres niveles de gobierno y de los diversos sectores y tidades involucradas en el sistema de control social, y en particular, por aquellas que de

manera directa se vinculan a la prevención, investigación y represión del delito, a la justicia penal y a la ejecución de penas y medidas de seguridad.

Artículo 3°.- Coordinación, articulación e implementación de la Política

El Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente contra la Trata de Personas, tiene a su cargo la coordinación, articulación e implementación de la Política Nacional contra la Trata de Personas y sus Formas de Explotación, con cuyo fin deberán establecerse las acciones específicas necesarias para complementar el Plan Nacional de Acción contra la

Nacional

GENERAL DE RIA JURÍDICA

R.. Jim nez M

Trata de Personas, así como los actores a cargo de las mismas, en el marco de sus funciones.

Artículo 4°.- Seguimiento, monitoreo y evaluación de la Política Nacional El Consejo Nacional de Política Criminal establece mecanismos de

coordinación con los entes rectores de los sistemas funcionales, en especial con el Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente contra la Trata de Personas, así como con otras entidades públicas y privadas para el seguimiento, monitoreo y evaluación de la política nacional.

El Consejo Nacional de Política Criminal promueve alianzas estratégicas para intervenciones conjuntas, orientadas a lograr objetivos comunes.

Artículo 5°.- Participación de los Gobiernos Regionales y Locales Corresponde a los Gobiernos Regionales y Locales, en el marco de sus

funciones y atribuciones, promover, formular y ejecutar las iniciativas necesarias, en concordancia con la presente Política Nacional, para controlar y reducir el fenómeno de la trata de personas y sus formas de explotación.

Para tal efecto, los gobiernos regionales y locales contarán con la asistencia técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente contra la Trata de Personas quien brindará asistencia para la implementación de la Política Nacional, así como de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Política Criminal, quien brindará asistencia para establecer los mecanismos y herramientas de seguimiento, monitoreo y evaluación de la Política Nacional.

Artículo 6°.- Financiamiento La implementación de las medidas y acciones efectuadas en el marco de lo

spuesto en la presente norma, se financia con cargo al Presupuesto Institucional autorizado los pliegos correspondientes, para los fines establecidos en el mismo, sin demandar ursos adicionales al Tesoro Público y conforme a las disposiciones legales vigentes.

Artículo 7°.- Publicación Disponer la publicación del presertíe Decreto Supremo en el Diario Oficial "El

Peruano" y su Anexo en el Portal Institucional del Estado Peruano (http://www.peru.qob.pe), en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (http://www.pcm.qob.pe ),

en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (http://www.mininter.gob.pe )' y en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (http://www.minius.gob.pe ), el mismo día de la publicación de la presente norma.

Artículo 8°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Presidenta del Consejo

de Ministros, por el Ministro del Interior y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

eriodelosticia echos Humunos

OFICI. DE ASES

Jiménez hl

ouCADEL0 ,•po

ec/xeitc), P_99,1~~, DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

Primera.- Adecuación del Plan Nacional contra la Trata de Personas El Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente contra la Trata de Personas,

dentro de los noventa (90) días calendario de publicado el presente Decreto Supremo, orientará las acciones y estrategias del Plan Nacional contra la Trata de Personas a los lineamientos generales y específicos de la Política Nacional.

Segunda.- Instrumentos para la implementación de la Política Nacional La Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Política Criminal, en

coordinación con el Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente contra la Trata de Personas, elabora las propuestas normativas necesarias que faciliten la adecuada implementación de la Política Nacional, dentro de los noventa (90) días calendario de publicado el presente Decreto Supremo.

Tercera.- Metodología de Evaluación Para establecer una adecuada y efectiva evaluación de la Política Nacional

contra la Trata de Personas y sus formas de explotación, el Consejo Nacional de Política Criminal, a través de su Secretaría Técnica, diseñará y establecerá la metodología de evaluación, identificando a las instituciones vinculadas con este fin, los e serán aprobados mediante Resolución del Titular del Ministerio de Justicia y Derechos H os

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veint

mes de enero del ario • quince.

°I101

OLLANTA 01101

•. ..... --- TASSO

-PresInnte Consttuucnal de la Renública

..)ENEYRA Humanos

.• ............. ERA

POLÍTICA NACIONAL

CONTRA LA TRATA

DE PERSONAS Y SUS

FORMAS DE EXPLOTACIÓN

CONSEJO NACIONAL DE POLÍTICA CRIMINAL

2

Contenido

1. INTRODUCCIÓN ..................................................................................................................... 5

2. MARCO CONCEPTUAL Y NORMATIVO DE LA TRATA DE PERSONAS Y SUS FORMAS DE

EXPLOTACIÓN...................................................................................................................... 10

a. Instrumentos internacionales.......................................................................................... 11

b. Instrumentos Nacionales................................................................................................. 14

c. Descripción típica del delito............................................................................................. 17

27. Bien jurídico protegido ................................................................................................ 17

29. Los elementos del tipo penal ....................................................................................... 17

32. La trata de personas y otros delitos conexos: ............................................................. 20

3. EL FENÓMENO DE LA TRATA DE PERSONAS A NIVEL MUNDIAL ......................................... 21

a. Características del fenómeno a nivel internacional. ....................................................... 22

45. El perfil de la víctima ................................................................................................... 25

50. El perfil del tratante .................................................................................................... 27

56. Las formas de explotación........................................................................................... 30

60. Las Rutas de la trata .................................................................................................... 31

4. EL FENÓMENO DE LA TRATA EN EL PERÚ Y SUS FORMAS DE EXPLOTACIÓN ..................... 34

a. Situación de las cifras nacionales sobre la trata de personas ..................................... 34

b. Perfil de las víctimas.................................................................................................... 35

i. Sexo y Edad ................................................................................................................. 35

ii. Características cualitativas (experiencia de victimización anterior, procedencia de

zonas vulnerables)............................................................................................................... 42

c. Perfil del tratante ........................................................................................................ 42

i. Sexo y edad ................................................................................................................. 42

ii. Nacionalidad................................................................................................................ 45

d. Características del proceso de la trata de personas.................................................... 46

i. Captación..................................................................................................................... 46

ii. Traslado y transporte .................................................................................................. 50

iii. Acogida, recepción y retención................................................................................... 50

i. Explotación sexual....................................................................................................... 57

ii. Explotación laboral – Trabajos o servicios forzados ................................................... 58

f. Las rutas de la trata .................................................................................................... 59

g. La Trata de personas y su relación con el crimen organizado..................................... 61

3

h. Actividades de riesgo y relación con la trata y sus formas de explotación ................. 62

i. Migración .................................................................................................................... 63

ii. Tala ilegal..................................................................................................................... 65

iii. Minería ilegal e informal ............................................................................................. 67

i. Abuso a mujeres y niños.............................................................................................. 76

ii. Permisividad a mantener relaciones sexuales con menores de edad ......................... 77

iii. Corrupción ................................................................................................................... 78

iv. Informalidad ................................................................................................................ 79

v. Falta de Asistencia y Protección a las víctimas ........................................................... 80

i. Deficiente persecución y sanción del delito de Trata de Personas .............................. 81

5. LA POLÍTICA NACIONAL CONTRA LA TRATA DE PERSONAS Y SUS FORMAS DE

EXPLOTACIÓN...................................................................................................................... 88

1. ENFOQUES........................................................................................................................... 89

1.1 Género............................................................................................................................... 89

1.2 Intercultural....................................................................................................................... 89

1.3 Derechos humanos............................................................................................................ 89

2. LINEAMIENTOS DE POLÍTICA ............................................................................................... 90

LINEAMIENTO GENERAL 01: "Intervención e implementación focalizada de la política

nacional contra la trata de personas, priorizando estrategias de prevención, persecución o

protección según la problemática identificada y promoviendo la cooperación entre los

órganos gubernamentales a nivel central y local." ................................................................. 90

LINEAMIENTO GENERAL 02: "Control y reducción de las situaciones de vulnerabilidad

asociados a la trata de personas, a través de la atención efectiva de los factores económicos

y sociales que las posibilitan".................................................................................................. 90

LINEAMIENTO GENERAL 03: "Reducción de la tolerancia social y cultural de las prácticas

asociadas a la trata de personas y sus formas de explotación".............................................. 91

LINEAMIENTO GENERAL 04: " Control y fiscalización de los procesos que facilitan la

captación, traslado, transporte, acogida, recepción y retención de la trata de personas y sus

formas de explotación". .......................................................................................................... 92

LINEAMIENTO GENERAL 05: "Intervención oportuna en espacios de explotación, con la

participación de las autoridades competentes que permitan viabilizar un posterior proceso

de desarticulación de organizaciones o personas vinculadas a la trata de personas". .......... 92

LINEAMIENTO GENERAL 06: "Fortalecimiento del sistema de justicia penal que permita una

investigación y sanción oportuna y eficiente del delito de trata de personas y sus formas de

explotación". ........................................................................................................................... 93

LINEAMIENTO GENERAL 07: "Fortalecimiento de la atención y protección integral a las

víctimas nacionales y extranjeros de trata de personas y sus formas de explotación".......... 94

4

LINEAMIENTO GENERAL 08: "Recuperación y reintegración efectiva de la víctima de trata de

personas y explotación." ......................................................................................................... 95

Anexos................................................................................................................................. 97

5

1. INTRODUCCIÓN

Grafico N° 01

Rutas internacionales: Nacionalidades de las víctimas registradas de acuerdo con las principales

regiones de destino, cantidad de víctimas registradas entre 2007 hasta 2010

1. La trata de personas es un delito de carácter internacional que, en la actualidad,

afecta a casi todos los países del mundo. Un reciente estudio de Naciones Unidas da

cuenta que, entre los años 2007 y 2010, se detectaron víctimas de 136 nacionalidades

diferentes en 118 países del mundo, lo que ha determinado la existencia de

aproximadamente 460 rutas de trata (United Nations Office on Drugs and Crime, 2012).

A pesar de la poca información que se cuenta al respecto, esto ha permitido identificar

los patrones o modalidades utilizadas en la trata de personas, entre los que destaca los

actos, los medios y los fines para los cuales se realiza.

2. Para el año 2000, la Asamblea General de las Naciones Unidas, representada por

Jefes de Estado y de Gobierno de los países miembro, aprobaron la Declaración del

En América del Norte, América

Central y el CaribeEuropa Central y Occidental Oriente Medio

Africanos Sub-Sahariana

Asiáticos del Este

Sudamericanos

6

Milenio1. En ella, entre otros compromisos, se reconoció la necesidad de intensificar la

lucha contra la delincuencia transnacional en todas sus dimensiones, incluidas la trata

y el contrabando de seres humanos y el blanqueo de dinero.

3. Dando cumplimiento a ello, la Organización de las Naciones Unidas estableció,

entre los tres protocolos que hacen parte de la Convención de las Naciones Unidas

contra la Delincuencia Organizada Transnacional del año 2000 (conocidos también

como protocolos de Palermo), el Protocolo de las Naciones Unidas para Prevenir,

Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños (en

adelante, Protocolo contra la Trata de Personas). Desde su entrada en vigor en el año

2003, el Protocolo contra la Trata de Personas ha sido ratificado por 154 estados, lo

que pone de manifiesto el interés y compromiso de los Estados partes en el combate a

tan execrable delito. Esto ha permitido además que, desde su vigencia, 134 países

hayan tipificado el delito de trata de personas en sus legislaciones internas.

4. Con la finalidad de seguir impulsado el Protocolo contra la Trata de Personas, se

diseñó el Plan de Acción Mundial de las Naciones Unidas para combatir la trata de

personas2. En él se destacan: i) medidas de prevención; medidas de protección y

asistencia para las víctimas; medidas de enjuiciamiento de los delitos; y refuerzo de las

alianzas contra la trata de personas. Entre los compromisos más resaltantes se

encuentran la creación del Fondo Fiduciario de las Naciones Unidas de contribuciones

voluntarias para las víctimas de la trata de personas, especialmente mujeres y niños.

5. El Perú ratificó en el año 2002 el Protocolo de las Naciones Unidas para Prevenir,

Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños. Como

muestra del compromiso del Estado Peruano, existen varias acciones que se han

desarrollado para implementar el mismo. Así, en el año 2004 se promulgó el Decreto

Supremo N° 002-2004-IN, mediante el cual se crea el Grupo de Trabajo Multisectorial

Permanente contra la Trata de Personas, que tiene entre sus principales funciones la

de coordinar las acciones de las diversas entidades públicas y privadas comprometidas

en la lucha contra la trata de personas, incluyendo la realización de actividades

conjuntas. Posteriormente a ello, se promulgó la Ley N° 28950, “Ley contra la Trata de

personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes”, de enero de 2007, por la cual se tipifica el

delito de trata de personas en el Código Penal (artículo 153°), la misma que fue

1 Véase Naciones Unidas. (2000). Resolución de la Asamblea General: Declaración del Milenio, de las

Naciones Unidas (A/RES/55/2).

2 Véase Naciones Unidas. (2010). Resolución de la Asamblea General: Plan de Acción Mundial de las

Naciones Unidas para combatir la trata de personas (A/RES/64/293).

7

regulada por Decreto Supremo N° 007-2008-IN, de noviembre de 2008, en el que se

establecen un conjunto de acciones de prevención, persecución y sanción, protección

y asistencia a víctimas, familiares directos dependientes, colaboradores, testigos y

peritos, así como de cooperación y solidaridad nacional e internacional frente a la trata

de personas.

6. Asimismo, el Estado, a través de la promulgación del Decreto Supremo N° 004-

2011-IN, viene implementando el "Plan Nacional de Acción contra la Trata de

Personas 2011-2016 (PNAT)". El PNAT es el principal instrumento de gestión que

coordina y concerta las acciones en los ejes de prevención, la persecución de los

tratantes así como la protección y asistencia a las víctimas de trata de personas al

2016. Con ello, plantea un conjunto de acciones de lucha contra la trata de personas

en el Perú para alcanzar un país organizado y preparado en su abordaje integral.

7. Asimismo, el Perú cuenta con una serie de planes nacionales que se relacionan con

el fenómeno de la trata de personas y diversas formas de explotación que fortalecen

los esfuerzos del Estado por luchar contra la trata de personas.

N° Plan DS. Medida

1 Estrategia Nacional para

la Prevención y

Erradicación del Trabajo

Infantil 2012-2021

Decreto Supremo

Nro. 015-2012-TR

Objetivo específico 5: incrementar y

fortalecer servicios de detección, protección

y sanción frente al trabajo infantil peligros y

la explotación infantil y adolecente

2 Plan Nacional de Acción

por la Infancia y la

Adolescencia

Decreto Supremo

Nro. 001-2012-

MIMP

Resultado 17: Niñas, niños y adolescentes

están protegidos

Integralmente ante situaciones de trata

(sexual, laboral, mendicidad).

3 II Plan Nacional para la

Lucha contra el Trabajo

Forzoso 2013-2017

N° 004-2013-TR

Comisión Nacional

para la Lucha

contra el Trabajo

Forzoso

De forma general desarrolla la relación entre

la trata de personas y el trabajo forzoso

4 Plan Nacional Contra la

Violencia Hacia la Mujer

2009-2015

Decreto Supremo

Nº 003-2009-

MIMDES

De forma general la violencia contra la mujer,

en especial en relación con la trata de

mujeres y niñas con fines de explotación

sexual

8

5 El Plan Nacional de

Igualdad de Género-

PLANIG 2012-2017

Decreto Supremo

Nº 004-2012-MIMP

Objetivo Estratégico 6: Reducir la violencia

de género en sus diferentes expresiones

6.3 Reducir la trata

de mujeres

6 Plan Nacional de

Derechos

Humanos 2014-2016

Decreto Supremo

Nº 005-2014-JUS

Objetivo Nº 9: Combatir la trata de

personas, el tráfico de migrantes y otras

formas

de migración forzada, mediante un sistema

articulado de protección y garantía de

sus derechos

8. Finalmente, mencionar que el Estado ha implementado una serie de protocolos

sectoriales para la atención y protección a la víctima. Así, a nivel del Ministerio

Público, se aprobó el “Protocolo del Ministerio Público para la atención de las víctimas

del delito de trata de personas”, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N°

257-2014-MP-FN del 23 de enero de 2014. Por su parte, la Policía Nacional del Perú,

aprobó el “Protocolo para la atención y protección de víctimas y testigos del delito de

trata de personas por parte de la Policía Nacional del Perú”, mediante Resolución

Ministerial Nº 1305-2013-IN/DGSD, del 30 de septiembre de 2013. Estos protocolos se

verán además complementados por el actual trabajo conjunto de las diversas

entidades estatales vinculadas a la trata que están elaborando el Protocolo

Intersectorial de Atención a Víctimas del Delito de Trata de Personas.

9. Con la dación de la Ley N° 29807, el Estado ha asumido la tarea de planificar,

articular, supervisar y dar seguimiento a una política criminal de carácter reflexiva y

de largo plazo. Así, con la creación del Consejo Nacional de Política Criminal

(CONAPOC), el Estado busca formular políticas y directrices criminológicas que sean

propuestas a los diversos sectores y entidades involucradas en el sistema de control

social, en especial hacia los niveles de prevención, represión y resocialización, con la

finalidad de establecer líneas de trabajo orientadas hacia un mismo objetivo. Con ello,

el Estado busca establecer una política pública frente al fenómeno de la criminalidad,

la misma que deberá estar enmarcada en los tratados y convenios internacionales en

materia de prevención del crimen y justicia penal a los cuales se encuentra

comprometido, requiriéndose para ello un diagnóstico que explique las causas o

factores que determinan su nacimiento o inciden en su expansión, a fin de diseñar

acciones y estrategias multidimensionales de carácter nacional y regional, que

permitan reducir dicho fenómeno.

9

10. La construcción de un sistema político criminal sugiere un diagnóstico social

multidisciplinario del “estado de la cuestión criminal” en una comunidad

determinada. Este procedimiento comprende un análisis de las causas, factores de

riesgo, manifestaciones, consecuencias, eficacia de políticas vigentes, estadísticas,

sectorización, etc. Todo ello a efectos de conocer la real dimensión del fenómeno, y

delimitar los medios de respuesta. “Una prevención que pretenda verdaderamente

evitar la criminalidad antedelictum, tiene que ser necesariamente etiológica, es decir,

preguntarse por las causas, la génesis del fenómenos criminal” (Zúñiga, R. L., 2001, p.

42).

11. En sesión del 28 de febrero de 2013, el CONAPOC aprobó el Documento de

Trabajo Nº 03, denominado “Diagnóstico Situacional del Crimen en el Perú”3. Este

documento de trabajo permitió al Consejo tomar la decisión de avanzar al diseño

políticas criminales en las áreas de: delitos patrimoniales, minería ilegal, violación

sexual de menores de edad, sicariato, trata de personas, así como de las y los

adolescentes en conflicto con la ley penal. Asimismo, este documento estableció la

importancia de conocer la problemática de la estadística y cifras oficiales actuales que

se maneja sobre la criminalidad. En la actualidad, el CONAPOC ha diseñado y

propuesto al Estado dos Políticas Criminales que han sido elevadas, por el Consejo de

Ministros, a la calidad de Políticas Públicas de carácter nacional: "La Política de

Prevención y Tratamiento de las y los Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal"4 (D.S.

N° 014-2013-JUS) y la "Política Nacional frente a Delitos Patrimoniales"5 (D.S. N° 006-

2014-JUS)".

12. El diseño de la presente política pública ha sido posible gracias a la colaboración

de más de 22 instituciones gubernamentales y no gubernamentales. La visión

multisectorial y sistémica de la Política Criminal ha permitido recoger, tanto en las

mesas de trabajo intersectoriales, como en las entrevistas a expertos desarrolladas por

la Dirección General de Política Criminal y Penitenciaria del Ministerio de Justicia y

Derechos Humanos (DGPCP), los aportes de las instituciones que, directa o

indirectamente, participan en la prevención, represión y protección de las víctimas de

trata de personas y sus formas de explotación. Cabe precisar, que la DGPCP ejerce

3Disponible en: http://www.minjus.gob.pe/wp-content/uploads/2013/12/libro-03-minjus-2013-

color.pdf (fecha de consulta 30 octubre de 2014)

4 Disponible en: http://www.minjus.gob.pe/pnapta/ (fecha de consulta 30 octubre de 2014)

5 Disponible en: http://www.minjus.gob.pe/politica-nacional-frente-a-los-delitos-patrimoniales/ (fecha

de consulta 30 octubre de 2014)

10

como Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Política Criminal, de acuerdo con el

literal e) del artículo 71 del Reglamento de Organización y Funciones del MINJUS.

2. MARCO CONCEPTUAL Y NORMATIVO DE LA TRATA DE PERSONAS Y

SUS FORMAS DE EXPLOTACIÓN

Grafico N° 02

Flujo de la trata de personas y sus formas de explotación

Elaboración: Dirección General de Política Criminal y Penitenciaria - MINJUS.

*/** Añadidos en el tipo penal peruano que no se encuentran en la normativa internacional

13. De acuerdo con la definición de las Naciones Unidas6, la trata de personas es un

proceso mediante el cual las personas son reclutadas y explotadas por los traficantes,

6 En noviembre de 2000, en el marco de las Naciones Unidas, se adoptó la Convención de las Naciones

Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transnacional, como instrumento para combatir el crimen

organizado transnacional. Además se adoptaron acuerdos y protocolos adicionales para combatir la

trata de personas, el tráfico de migrantes y las armas de fuego. En relación con la trata, se adoptó el

Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, el

cual entró en vigencia el 25 de diciembre de 2003, habiendo sido ratificado por el Perú el 23 de enero de

2002.

11

utilizando el engaño y / o alguna forma de coacción para atraerlos y controlarlos. Bajo

esta definición, tres son los elementos distintivos de este delito: la conducta, los

medios y los fines del proceso de la trata de personas.

14. Por CONDUCTA se entiende a la captación, el transporte, el traslado, la acogida,

recepción o retención de la víctima; Por MEDIOS, a aquellos que suponen la anulación

de la voluntad mediante el uso de la violencia, la amenaza u otros tipos de coacción, la

privación de la libertad, el fraude, el engaño, el abuso de poder o de una situación de

vulnerabilidad, o de la concesión o pagos de beneficios, y los FINES o propósito de la

trata, esto es el lucrar a través de la explotación (sexual, laboral o comercial) de las

víctimas.

15. Cabe señalar que para poder entender esta definición es preciso tomar en

cuenta los instrumentos jurídicos internacionales y nacionales que la informan y

desarrollan, ya que de ese modo se pueda ofrecer una protección más amplia a las

víctimas de trata. Así, la inclusión de los derechos humanos amplía las obligaciones del

Estado, a nivel de prevención persecución del delito y protección y asistencia a las

víctimas de trata de personas. Esta aproximación, es especialmente importante en

países como el Perú, donde el fenómeno de la trata está intrínsecamente relacionado

con la falta de protección de los derechos humanos de las poblaciones más vulnerables

y donde la trata de personas debe ser también entendida como una violación de los

derechos humanos (United Nations., & Gallagher, A. T., 2010).

a. Instrumentos internacionales

16. Durante el siglo pasado se dieron una serie de tratados internacionales que

buscaban combatir la explotación contra las personas. Esto implicó un proceso de

transformación de la normativa internacional que fue desde la lucha contra la

esclavitud, la trata de blancas y la prostitución, hacia la regulación de las normas

laborales, la protección de los derechos humanos y de los derechos de los niños y las

mujeres.

17. A partir de esta evolución se llegó a la adopción de un instrumento más específico

de lucha contra la trata de personas, el Protocolo contra la Trata de Personas, que

hace parte de los tres protocolos adicionales de la Convención de las Naciones Unidas

Contra la Delincuencia Organizada Transnacional. Estos instrumentos fueron

diseñados específicamente para combatir la trata de personas y el tráfico de personas

y armas por parte de organizaciones delictivas de alcance internacional, teniendo en

especial consideración aquellas situaciones en las que la víctima es trasladada de un

país a otro.

12

18. El Protocolo contra la Trata de Personas contiene la siguiente definición:

“Artículo 3. Definiciones

Para los fines del presente Protocolo: a) Por “trata de personas” se

entenderá la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción

de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas

de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una

situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o

beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga

autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá,

como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de

explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las

prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de

órganos; b) El consentimiento dado por la víctima de la trata de personas

a toda forma de explotación intencional descrita en el apartado a) del

presente artículo no se tendrá en cuenta cuando se haya recurrido a

cualquiera de los medios enunciados en dicho apartado; c) La captación, el

transporte, el traslado, la acogida o la recepción de un niño con fines de

explotación se considerará “trata de personas” incluso cuando no se

recurra a ninguno de los medios enunciados en el apartado a) del presente

artículo; d) Por “niño” se entenderá toda persona menor de 18 años.”

19. Si bien el Protocolo contra la Trata de Personas constituye el principal instrumento

internacional en la materia, existen además otros instrumentos que también ofrecen

un marco de protección y establecen una serie de obligaciones para el Estado. Entre

estos encontramos:

INSTRUMENTOS INTERNACIONALES QUE

OBLIGAN AL PERÚ

POR ORDEN CRONOLÓGICO

VIGOR RATIFICACIÓN PERÚ ÁMBITO

Convenio 29 de la OIT relativo al trabajo

forzoso u obligatorio, del 28 de junio

1930

1 de mayo 1932 1 de febrero 1960 Trabajo forzado

Declaración Universal de los Derechos

Humanos

Adoptada el 10 de

diciembre 1948

Aprobada por

Resolución Legislativa

N° 13282 de 15

diciembre 1959

Derechos

humanos

Declaración Americana de los Derechos y

Deberes del Hombre

Adoptada en la IX

Conferencia

Internacional

Derechos

humanos

13

Americana 1948

Convenio 105 de la OIT relativo a la

abolición del trabajo forzoso de 25 de

junio de 1957

17 de enero de

1959

6 de diciembre de

1960

Trabajo forzado

Pacto Internacional de Derechos Civiles y

Políticos, de 16 de diciembre de 1966

23 de marzo de

1976

28 de abril de 1978 Derechos

humanos

Convención Americana sobre Derechos

Humanos, de 22 de noviembre de 1969

18 de julio de 1978 7 de diciembre de

1978

Derechos

humanos

Convención sobre la eliminación de todas

la formas de discriminación contra la

mujer de 18 de diciembre de 1979

3 de septiembre de

1981

13 de septiembre de

1982

Discriminación

contra la mujer

Convención sobre los derechos del niño,

de 20 de noviembre de 1989

2 de septiembre de

1990

4 de septiembre de

1990

Protección NNA

Convención interamericana para

prevenir, sancionar y erradicar la

violencia contra la mujer, Convención de

Belem do Pará de 9 de junio de 1994

5 de marzo de 1995 2 de abril de 1966 Discriminación

contra la mujer

Convención Interamericana sobre tráfico

internacional de menores de 18 de marzo

de 1994

15 de agosto de

1997

20 de abril de 2004 Explotación

sexual

Protocolo facultativo de la Convención

sobre los Derechos del Niño relativo a la

venta de niños, la prostitución Infantil y

la utilización de los niños en la

pornografía de 25 de mayo de 2000

18 de enero de

2002

8 de mayo de 2002 Protección NNA

Estatuto de Roma de 17 de julio de 1998 1 de julio de 2002 10 de noviembre de

2001

Penal

internacional

Convenio 182 de la OIT sobre la

prohibición de las peores formas de

trabajo infantil y la acción inmediata para

su eliminación del 17 de junio de 1999

19 de noviembre de

2000

10 de enero de 2002 Protección NNA

Trabajo forzado

20. Además de los instrumentos internacionales, las Naciones Unidas ha creado las

siguientes relatorías: “Relatoría especial sobre trata de personas, especialmente

mujeres y niños”; la “Relatoría Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y

consecuencias” y el “Grupo de trabajo para las nuevas formas de esclavitud”, que

14

tratan el tema de forma directa.7 Asimismo, otras instancias como el Comité para la

Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, a través de su Recomendación

General N° 19 de 1992, sobre la Violencia contra la Mujer, ha señalado por ejemplo

que la trata de personas es una forma de violencia de género.8 Del mismo modo, el

Consejo de Derechos Humanos a través de su resolución 23/5 del 13 de junio de 2013,

denominada “Trata de personas, especialmente de mujeres y niños: medidas para

combatir la trata de seres humanos en las cadenas de producción y distribución de las

empresas”, se ha pronunciado explícitamente al respecto, demostrando su

preocupación frente a este fenómeno.

b. Instrumentos Nacionales.

21. Constitución Política del Estado: A nivel constitucional, la defensa de la persona y

su dignidad son considerados el fin de la sociedad y del Estado9. Bajo este precepto, el

7 Adicionalmente, se puede mencionar los siguientes instrumentos internacionales: el Acuerdo

Internacional para asegurar una protección eficaz contra el tráfico criminal denominado trata de blancas

de 1904; el Convenio Internacional para asegurar una protección eficaz contra el tráfico criminal

denominado trata de blancas de 1910; la Convención Internacional para la supresión de la trata de

mujeres y niños de 1921 (el Perú se adhirió ad-referendum el 15 de septiembre de 1924, pero la

convención no se encuentra vigente), modificado por el Protocolo de 1947; la Convención sobre la

Esclavitud del 25 de septiembre de 1926 y su Protocolo modificatorio adoptado por la Asamblea General

de las Naciones Unidas el 23 de octubre de 1953; el Convenio para la represión de la trata de personas y

de la explotación de la prostitución ajena, de 2 de diciembre de 1949, vigente desde el 25 de julio de

1951 y la Convención Suplementaria sobre la abolición de la esclavitud, la trata de esclavos y las

instituciones y practicas análogas a la esclavitud de 1956.

8 El Artículo 6 de la Recomendación General N° 19 de 1992, señala, que se exige a los Estados que

adopten medidas para suprimir todas las formas de trata y explotación de la prostitución de la mujer:

14. La pobreza y el desempleo aumentan las oportunidades de trata. Además de las formas

establecidas, hay nuevas formas de explotación sexual, como el turismo sexual, la contratación

de trabajadoras domésticas de países en desarrollo en los países desarrollados y el casamiento de

mujeres de los países en desarrollo con extranjeros. Estas prácticas son incompatibles con la

igualdad de derechos y con el respeto a los derechos y la dignidad de las mujeres y las ponen en

situaciones especiales de riesgo de sufrir violencia y malos tratos.

15. La pobreza y el desempleo obligan a muchas mujeres, incluso a muchachas, a prostituirse. Las

prostitutas son especialmente vulnerables a la violencia porque su condición, que puede ser

ilícita, tiende a marginarlas. Necesitan la protección de la ley contra la violación y otras formas de

violencia.

16. Las guerras, los conflictos armados y la ocupación de territorios conducen frecuentemente a

un aumento de la prostitución, la trata de mujeres y actos de agresión sexual contra la mujer,

que requiere la adopción de medidas protectoras y punitivas.9 Artículo 1, Código Procesal Penal

15

Estado debe proveer los medios necesarios para garantizar los derechos de todas las

personas. Dentro de los derechos fundamentales recogidos a nivel constitucional,

cobra especial relevancia lo establecido en su 2.24, literal b) , donde se señala:

“No se permite forma alguna de restricción de la libertad personal, salvo en los casos

previstos por la ley. Están prohibidas la esclavitud, la servidumbre y la trata de seres

humanos en cualquiera de sus formas” (cursivas añadidas)

22. Ley N° 28950, Ley contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes,

promulgada el 16 de enero de 2007 y reglamentada mediante el Decreto Supremo N°

007-2008-IN del 30 de noviembre de 2008. A través de esta norma se dieron

modificaciones sustantivas en el artículo 153 del Código Penal, así como

modificaciones del Código Procesal Penal en el artículo 341. Cabe señalar que con

fecha 30 de septiembre de 2014, se volvió a modificar el tipo penal de trata, mediante

la Ley N° 30251, quedando redactado de la siguiente forma:

"Artículo 153.- Trata de personas

1. El que mediante violencia, amenaza u otras formas de coacción, privación de la

libertad, fraude, engaño, abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad,

concesión o recepción de pagos o de cualquier beneficio, capta, transporta,

traslada, acoge, recibe o retiene a otro, en el territorio de la República o para su

salida o entrada del país con fines de explotación, es reprimido con pena

privativa de libertad no menor de ocho ni mayor de quince años.

2. Para efectos del inciso 1, los fines de explotación de la trata de personas

comprende, entre otros, la venta de niños, niñas o adolescentes, la prostitución

y cualquier forma de explotación sexual, la esclavitud o prácticas análogas a la

esclavitud, cualquier forma de explotación laboral, la mendicidad, los trabajos o

servicios forzados, la servidumbre, la extracción o tráfico de órganos o tejidos

somáticos o sus componentes humanos, así como cualquier otra forma análoga

de explotación.

3. La captación, transporte, traslado, acogida, recepción o retención de niño, niña

o adolescente con fines de explotación se considera trata de personas incluso

cuando no se recurra a ninguno de los medios previstos en el inciso 1.

4. El consentimiento dado por la víctima mayor de edad a cualquier forma de

explotación carece de efectos jurídicos cuando el agente haya recurrido a

cualquiera de los medios enunciados en el inciso 1.

16

5. El agente que promueve, favorece, financia o facilita la comisión del delito de

trata de personas, es reprimido con la misma pena prevista para el autor".

23. Tras la ratificación del Estado peruano de la Convención de las Naciones Unidas

contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus dos Protocolos Adicionales en

octubre de 2001, a través de la Resolución Legislativa N° 27527, se incorporó dicho

cuerpo normativo a nuestro ordenamiento nacional. Tomando como base el modelo la

definición estipulada en el Protocolo contra la Trata de Personas, la norma penal

peruana además incorporó ciertos elementos que no están previstos en el mencionado

instrumento internacional:

Se incluye como una de las conductas típicas de la trata de personas la

“retención”, entendida como la privación de la libertad de una persona, sea

para que ésta permanezca en el territorio nacional o para su salida o entrada

en el mismo.

Se incluyen nuevos fines para la trata de personas: venta de niños,

sometimiento a la mendicidad y la extracción o tráfico de tejidos humanos.

24. Cabe señalar, que el delito de trata de personas se entiende como delito fuente

del delito de lavado de activos, en el entendido de que la trata de personas es

cometida en un contexto de crimen organizado, que genera ganancias ilícitas. En ese

sentido, modifica también el art. 6° de la Ley N° 27765, Ley penal contra el lavado de

activos.

25. De otro lado, la Ley N° 28950 establece aspectos procesales como la posibilidad

de la realización del proceso especial de colaboración eficaz a las personas que brinden

información relacionada al delito de trata de personas, a fin de poder recabar las

pruebas necesarias para sustentar la condena en contra de los autores. En tal sentido,

se modifica el numeral 2 del artículo 1° de la Ley N° 27378, Ley que establece

beneficios por colaboración eficaz en el ámbito de la criminalidad organizada. Se

modifica, asimismo, la figura del agente encubierto, con el fin de que pueda ser

utilizado en los casos de trata de personas, en la misma lógica de garantizar la

suficiencia probatoria requerida para sustentar una condena. Debido a ello, se

modificaron los numerales 1, 2, y 4 del art. 341° del Código Procesal Penal,

promulgado por el Decreto Legislativo N° 957.

17

26. El Plan Nacional de Acción contra la Trata de Personas 2011-2016 (PNAT):

aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2011-IN, establece 4 ejes estratégicos: la

prevención del delito, la persecución de los criminales, la protección y asistencia a las

víctimas (a través de la implementación de la ley 28950 contra la trata de personas y el

tráfico ilícito de migrantes y su reglamento), y la matriz de implementación,

seguimiento y monitoreo, que señalan los órganos y mecanismos para el seguimiento y

monitoreo del PNAT. La coordinación, seguimiento y monitoreo recaen en la Secretaría

Técnica de la Comisión de Derechos Humanos del MININTER y los Comités Regionales

de Implementación y Vigilancia, bajo la supervisión del Grupo de Trabajo Multisectorial

Permanente contra la Trata de Personas del Estado peruano.

27. Adicionalmente, se debe mencionar la Ley N° 28251 de 2004, Código de los Niños

y Adolescentes, que señala en su artículo 4 la imposibilidad de someter a ningún

menor a tortura, ni a trato cruel o degradante. Asimismo, se consideran formas

extremas que afectan su integridad personal, el trabajo forzado y la explotación

económica, así como el reclutamiento forzado, la prostitución, la trata, la venta y el

tráfico de niños y adolescentes.

c. Descripción típica del delito.

28. Bien jurídico protegido: El Tribunal Constitucional ha señalado que los bienes

jurídicos son “condiciones necesarias para el desarrollo de la vida del individuo y de la

sociedad (…) Tales condiciones pueden consistir en objetos, materiales o inmateriales,

relaciones, intereses o derechos, que en cualquier caso han de ser socialmente

valiosos y por ello dignos de protección jurídica” (STC. Exp. N° 00012 – 2006-AI/TC,

fundamento jurídico N° 30).

29. En el caso del delito de trata de personas, si bien existen posiciones que señalan la

pluriofensividad del mismo y, por ende, que protege más de un bien jurídico (v.gr.

además de libertad individual, estaría la vida humana, la integridad personal o la

libertad de trabajo, entre otros), nuestro legislador ha incorporado al delito de trata de

personas dentro del Libro Segundo, Titulo IV, Capítulo I, que corresponde a los delitos

contra la libertad.

30. Los elementos del tipo penal: Como se señaló anteriormente, según la definición

que propone el Protocolo contra la Trata de Personas y nuestro Código Penal, existen

por lo menos tres elementos fundamentales que permiten definir la trata: la conducta,

los medios y los fines. Estos elementos pueden ser a su vez analizados y estudiados de

manera pormenorizada, lo que originaría una diversidad de modalidades delictivas y

de situaciones a ser abordadas político– criminalmente, de forma más o menos

18

diferenciada.10

i) La conducta: Dentro de las conductas podemos encontrar diversos momentos:

o La captación: Es la primera cadena del eslabón del fenómeno de la trata de

personas. Básicamente, implica lograr el convencimiento de la víctima para ser

trasladada. En esa medida, se requiere llegar a cierto grado de acuerdo o

convenio con la víctima, aunque estos sean preliminares.

o El trasporte: Se refiere a aquellas conductas destinadas a brindar la movilidad

física de la víctima, ya sea dentro o fuera del territorio nacional.

o El traslado: Se refiere a aquellas conductas que garantizan el traspaso de

control sobre una persona que es víctima de trata, por lo que va más allá que la

movilidad física.

o La acogida: Significa admitir, aceptar, aprobar, en un ambiente o domicilio a

una persona objeto de trata.

o La recepción: implica recibir a la víctima que es trasladada de un lugar a otro,

sea el destino final o un lugar de tránsito.

o La retención: Implica privar la libertad de otra persona, en contra de su

voluntad. Esta conducta no se encuentra prevista en el Protocolo contra la Trata

de Personas pero ha sido incluida por el legislador peruano.

ii) Los medios: Dentro de los medios podemos encontrar los reseñados por el

Protocolo contra la Trata de Personas y el Código Penal. Así, la víctima puede ser

víctima de trata, debido a que sobre ella se ha ejercido violencia, amenaza u otras

formas de coacción, privación de la libertad, fraude, engaño, abuso de poder o de una

situación de vulnerabilidad, o se ha procedido a conceder o recibir pagos o beneficios

que limiten su libertad.

10 La diferencia entre la figura internacional y nacional es que en el Perú, la Ley 29850 que modifica el

artículo 153 del Código Penal, añade entre las acciones la “retención”. En relación con los medios utiliza

“privación de la libertad” en lugar de “rapto” y “violencia” en lugar de uso de la fuerza”. Finalmente en

relación con los fines, la legislación peruana explicita algunos ejemplos como la esclavitud sexual, la

venta de niños, mendicación y extracción o tráfico de tejidos humanos.

19

iii) Fines: Es el objetivo al cual se orienta las conductas desplegadas con el uso de los

medios antes descritos que, en el caso de la trata de personas, es la explotación a la

cual los traficantes someten a sus víctimas, sea esta sexual, de trabajo forzoso, la

servidumbre o la venta de personas u órganos.

o Explotación sexual: Se considera a todo tipo de actividad en que una

persona usa el cuerpo de otra para sacar ventaja o provecho de carácter sexual,

basándose en una relación de poder. Esta puede venir acompañada de una

transacción monetaria o en especies (alimentación, educación, entre otros).

o Explotación doméstica: De acuerdo con el Convenio núm. 189 “trabajo

doméstico” de la OIT, se trata del trabajo realizado en un hogar u hogares o

para los mismos y “trabajador doméstico” designa a toda persona, de género

femenino o género masculino, que realiza un trabajo doméstico en el marco de

una relación de trabajo.11

31. El término “trabajo doméstico” abarca una amplia diversidad de tareas y servicios

que varían de un país a otro, y pueden ser distintos en función de la edad, el género,

los antecedentes étnicos y la situación de migración de los trabajadores interesados,

así como del contexto cultural y económico en el que trabajan. Esto significa que

establecer una definición del trabajo doméstico y de los trabajadores involucrados en

él basándose únicamente en las tareas que deben realizarse lo más probable es que

siempre sea incompleta. El Convenio núm. 189 se basa más bien en la característica

común y distintiva de que los trabajadores domésticos son empleados por hogares

particulares y prestan servicios a éstos.

o El trabajo doméstico puede convertirse en una fuente de explotación, en

especial ante la falta de conocimiento de los derechos de las y los trabajadores

del hogar, la poca valoración y reconocimiento social de esta actividad, así

como la dificultad de fiscalización y control de la misma de acuerdo a la

naturaleza interna en la que se presta el servicio en el hogar.

11 Cabe precisar que el Convenio 189 de la OIT a la fecha no es jurídicamente vinculante para el Perú.

Este instrumento se encuentra sujeto al procedimiento de consultas tripartitas necesarios para su

incorporación al ordenamiento nacional

20

o Trabajo forzado y servidumbre: Según la Organización Internacional del

Trabajo el concepto de trabajo forzado consta de dos elementos básicos: Por

un lado la ausencia de consentimiento (o falta de voluntad) para realizar el

trabajo («comienzo» de la situación de trabajo forzoso); por el otro, la amenaza

de pena (medios para mantener a alguien en una situación de trabajo forzoso)

(Conferencia Internacional del Trabajo, Oficina Internacional del Trabajo., & Oficina

Internacional del Trabajo, 2005).

32. Respecto a la servidumbre o esclavitud, esta es entendida como "el estado o

condición de un individuo sobre el cual se ejercitan los atributos del derecho de

propiedad o algunos de ellos"12

o Mendicidad: La mendicidad se presenta como una figura más en la trata de

personas, pues involucra otra forma de explotación y esclavitud, siendo los

niños entre los 0 y los 6 años la población más vulnerable a este tipo de

explotación. Esta población es la utilizada por personas adultas que usan a los

menores como objeto para inspirar lástima en las personas.

33. La trata de personas y otros delitos conexos: El delito de trata de personas

presenta similitudes con otras figuras delictivas, por lo que resulta necesario

establecer las distinciones respectivas. En primer lugar, la trata de personas fue

relacionada con la figura del tráfico ilícito de migrantes, debido a que en algunos casos,

las víctimas de trata de personas que iban a ser sometidas a explotación ingresaban a

otro país incumpliendo la legislación migratoria respectiva. Sin embargo, esto ya ha

sido superado, dado que el tráfico ilícito de migrantes se encuentra regulado de

manera específica en el art. 303° - A del Código Penal, con un contenido distinto e

independiente de la figura de trata de personas. Asimismo, la trata de personas se

llegó a confundir también con el favorecimiento a la prostitución y proxenetismo,

regulados en los arts. 179° y 181° del Código Penal, lo cual ha sido resuelto

precisándose que la trata de personas constituye un acto previo, que favorece la

comisión de los actos de explotación.

12Artículo 1.1 de la Convención sobre la Esclavitud, firmada en Ginebra el 25 de septiembre de 1926.

21

3. EL FENÓMENO DE LA TRATA DE PERSONAS A NIVEL MUNDIAL

Grafico N° 03

PRINCIPALES FORMAS DE EXPLOTACIÓN, POR LA PROPORCIÓN DE VÍCTIMAS DETECTADAS, POR PAÍS

2007-2010

34. La trata de personas es un delito complejo que se manifiesta de diversas maneras

en todo el mundo (United Nations Office on Drugs and Crime, 2012). Si bien el proceso

se encuentra definido por la constitución de tres elementos (conducta, medios y

finalidad), las variables que se presentan en cada uno de ellos puede diferir de un país

a otro.

35. A la complejidad del delito se suma la poca información que se tiene sobre su

desarrollo, en especial sobre las formas de explotación. Si bien la información

estadística oficial de muchos países hacen referencia a la mayor incidencia de

explotación sexual como fin último de la trata de persona, esto se debe a su visibilidad

y notoriedad, a diferencia de la explotación laboral u otras formas de explotación poco

visibles. Esto determina que gran parte del fenómeno permanece oculto y que sólo

conocemos la punta del iceberg de este fenómeno (UnitedNations Office onDrugs and

Crime, 2012).

Formas más frecuentes de explotación detectadas

Explotación sexual

Explotación sexual y trabajo forzado

Trabajo forzado

Trabajo forzado y otras formas

No existe data

22

36. Asimismo, a nivel internacional se considera que la trata es un negocio altamente

rentable. Si bien no existen cifras concluyentes, de acuerdo con el Informe de la OIT,

los beneficios anuales promedio provenientes de la trata de personas se calculan en

32,000 millones de dólares. Es decir, se trataría del tercer negocio ilícito más rentable

en el mundo (International Labour Office, 2009).

37. Esto ha hecho que el interés mundial en la trata de personas haya crecido y se

haya ido conociendo sus características: si bien en sus inicios se entendía vinculada a la

esclavitud y la trata de blancas, poco a poco fue cobrando entidad propia (Newman, B.,

2013) (CHS Alternativo, 2010). Así, con el paso del tiempo el concepto se fue

ampliando incluyendo otras modalidades de trata además de las de fines de

explotación sexual, implicando a otras víctimas además de mujeres y niñas. En este

sentido, el Protocolo contra la Trata de Personas, significó un hito en la protección de

la trata en todos los niveles (United States, 2010) (Shoaps, L., 2013). No se crearon

únicamente más tratados y disposiciones de softlaw, sino que ello redundó

directamente en los Estados que comenzaron a introducir normas y políticas al

respecto.

38. Si bien el Protocolo contra la Trata de Personas no es un instrumento de derechos

humanos, toda vez que surgió dentro del ámbito de la prevención y lucha contra el

crimen organizado transnacional, la importancia de la relación entre los derechos

humanos y la trata es hoy en día innegable y constituye uno de los principales ejes de

trabajo del Sistema Universal de Derechos Humanos.13 Cabe además señalar que

muchas de las prácticas asociadas al fenómeno de la trata de personas están

absolutamente prohibidas en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos,

tanto de forma convencional como consuetudinaria. En este sentido, las obligaciones

del Estado peruano respecto a la lucha contra la trata se ven además reforzadas desde

el ámbito internacional de los derechos humanos (United Nations & Office of the High

Commissionerfor Human Rights, 2010).

a. Características del fenómeno a nivel internacional.

39. A continuación se procederá a analizar las principales características de la trata de

personas a nivel internacional. Sin embargo, cabe hacer la aclaración de que la data

13 Aspecto reforzado por el mandato que recibió la Relatora Especial sobre la trata de personas,

especialmente mujeres y niños, a quién se le encargó analizar los aspectos de derechos humanos que

presenta la trata de personas. E/CN.4/2004/110 (Comisión de Derechos Humanos 2004/110)

23

existente sobre el número de casos de trata, modalidades, perfiles de víctimas y

autores, es escasa y difícil de estimar (Goździak, Instituto for the Study of International

Migration, & National Institute of Justice (U.S.), 2008). Esto se debe a que por la

naturaleza del delito no tiende a ser denunciado, ya que las víctimas muchas veces se

encuentran en situación ilegal o bajo una situación de gran vulnerabilidad que hace

que el delito permanezca oculto (International Labour Office, International Labour

Office, Special Action Programme to Combat ForcedLabour, & ILO International

Programme on the Elimination of Child Labour, 2012). Del mismo modo, la medición

del delito presenta retos importantes, ya que las técnicas de levantamiento de

información no suelen ser adecuadas para develar este tipo de delitos. Además de las

dificultades que entraña la falta de información sistemática y confiable, tampoco

existen estudios cualitativos comprehensivos que den información sobre la dimensión

del fenómeno, las características de las víctimas, sus experiencias de vida y

trayectorias, el modus operandi de los traficantes y sus redes y la falta de evaluación

de las políticas en contra de la trata y la eficacia de los programas a favor de las

víctimas (Goździak et al., 2008).14

40. Así, en realidad lo que se conoce sobre la trata de personas es sólo una parte

ínfima del fenómeno, normalmente sólo caracterizada por la información proveniente

de las denuncias de casos individuales o estimados que muchas veces se usan en

informes dirigidos a generar atención o financiamiento en el tema (Kangaspunta,

2003). La consecuencia de la falta de investigaciones profundas sobre el tema a nivel

internacional, hace que se desconozca el verdadero perfil de las víctimas, tratantes y

modus operandi de los mismos. En este sentido, se requiere que el fenómeno de la

trata sea investigado de forma más profunda para generar programas para proteger a

las víctimas y potenciales víctimas.

41. A pesar de estas dificultades, es esencial contar con una aproximación aunque sea

referencial al fenómeno. A nivel internacional existen algunas iniciativas para generar

14De acuerdo con análisis de la literatura sobre trata, la gran mayoría de las publicaciones en este tema

son estudios que no están basados en evidencia empírica, y que aquellos pocos que la incluyen están

basados en data cualitativa (casos de estudio, casos comparativos, etc.). La temática ha estado centrada

principalmente en trata con fines de explotación sexual y centrada en víctimas mujeres. Asimismo, los

estudios sobre trata y en especial la trata con fines de explotación sexual han estado permeados por

fuertes sesgos ideológicos que responden a posiciones activistas contra temas relacionados a la trata

como la prohibición de la prostitución. En el caso de la trata con fines de explotación laboral, no ha

habido intentos recientes para desarrollar nuevas teorías para explicar este fenómeno. Asimismo, las

metodologías de recojo de información no se encuentran bien desarrolladas. (Goździak, Institute for the

Study of International Migration, & National Institute of Justice (U.S.), 2008)

24

data confiable que cruce información de diferentes fuentes. Así existe el Proyecto de

Estadísticas de Trata de la UNESCO (Trafficking Statistics Project), La Red de Respuesta

Estratégica de Información sobre Trata de Personas SIREN (Strategic Information

Response Network) y las cifras proporcionadas por UNICEF que han sido consultadas

para elaborar este documento. Asimismo, la información que se presenta se ha nutrido

de los informes internacionales producidos por la Oficina de Naciones Unidas para la

Droga y el Delito (UNODD), la Organización Internacional del Trabajo y la data

producida por la UNESCO y la OIM, así como referencias a fuentes confiables

producidas por organismos no gubernamentales.

42. Entre las características del fenómeno que pueden apuntarse en base a la

información disponible, se puede señalar que existe la presencia de vulnerabilidad y

poder. Según un estudio de Naciones Unidas, muchos de los casos que se traducen en

trata de personas comienzan con la misma propuesta: mejorar las condiciones de vida

de quien será la futura víctima (United Nations Office on Drugs and Crime, 2012). Esta

modalidad de "captación" muestra un factor previo que hace propicia o incrementa la

probabilidad de la trata de personas, esto es, el estado de vulnerabilidad de la víctima.

Como regla, esta vulnerabilidad posibilita que la promesa de mejora se convierta, una

vez producido el proceso de la trata, en la explotación y el abuso. Por ello, se dice que

"el reclutamiento y explotación de una persona vulnerable es relativamente fácil y, a

menudo, lleva un bajo riesgo de ser detectado" (United Nations Office on Drugs and

Crime, 2012).

43. Las poblaciones objetivo que presentan la mayor vulnerabilidad varían según la

región en que se produce la trata. No obstante ello, podemos citar y caracterizar a

muchas de éstas: las niñas y niños, quienes son mucho más vulnerables que los

adultos, toda vez que "no son lo suficientemente maduros ni legalmente facultados

para tomar sus propias decisiones" (United Nations Office on Drugs and Crime, 2012);

la desigualdad de género en el acceso a oportunidades, lo que ha posibilitado una

mayor incidencia de víctimas mujeres en la explotación sexual; los migrantes y su

tránsito por territorios no conocidos, la situación migratoria irregular en la que puedan

estar, el uso de documentos fraudulentos, etc.; así como las personas con

discapacidad, especialmente para la explotación por mendicidad.

44. Si bien los factores de género, edad, estatus migratorio, comunidad etnolingüística

o pobreza no son suficientes por sí solos para explicar y fundamentar esta

vulnerabilidad, lo cierto es que cuando van asociados a otros factores, en especial

discriminación por parte del resto de la comunidad, su probabilidad como factor de

riesgo se incrementa y puede ser determinante.

25

45. En relación con el tratante, la diferencia entre la vulnerabilidad y el poder que

detenta el tratante se hace patente. Así, los traficantes a nivel mundial tienen una

misma característica: recursos financieros y, con ello, el desarrollo de actividades

económicas ilícitas o negocios fraudulentos. Los tratantes se valen de toda una red

que, a nivel mundial, determinan el proceso de la trata: captadores que operan a

través de agencias de contratación; los transportistas, que utilizan agencias de

camiones o taxis; los recepcionistas o explotadores, que son al mismo tiempo

propietarios de restaurantes o burdeles.

46. El perfil de la víctima: Como se señaló previamente, existen ciertos factores como

el sexo, la edad, el estado migratorio, la procedencia etnolingüística y la pobreza; que

si bien no pueden explicar completamente la situación de vulnerabilidad de ciertos

grupos, si son elementos constantes que aparecen entre las víctimas de trata (United

Nations Office on Drugs and Crime, 2012).

47. Así, el informe de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito

(UNODC) señala que las mujeres y los niños son los grupos de víctimas de trata más

reportados, constituyendo en conjunto el 76% de los casos registrados.15 Asimismo,

son las mujeres mayores de edad el grupo más extenso representando el 59% de los

casos reportados. En este sentido, de acuerdo con las cifras registradas, se trataría de

un crimen con un sesgo de género que señala la existencia de circunstancias especiales

de vulnerabilidad para las mujeres y niñas que las llevan a ser víctimas de trata (United

Nations Office on Drugs and Crime, 2012a).

15 Cabe señalar que la data internacional también se encuentra afectada por la poca denunciabilidad de

este crimen y la tendencia de los estudios a focalizarse en la trata con fines de explotación sexual en

mujeres.

26

Grafico N° 04

Elaboración: Dirección General de Política Criminal y Penitenciaria - MINJUS

Fuente: UNODC, Informe 2012

48. En relación con la edad de las víctimas, casi un tercio de las personas víctimas de

trata son menores de edad. Así, en el período 2007-2010, UNODC detectó una

tendencia al incremento de casos de trata de niños, que tuvo una especial

manifestación en las partes sur y este de Asia. Por su parte, el continente americano se

mantuvo dentro del promedio mundial, ya que aproximadamente 27% de las víctimas

de trata fueron niños.

Grafico N° 05

Elaboración: Dirección General de Política Criminal y Penitenciaria -MINJUS

Fuente: UNODC, Informe 2012

49. Las cifras presentadas muestran que las principales víctimas de trata son las

27

mujeres y los niños, lo que confirmaría la especial vulnerabilidad de estos grupos y su

propensión a convertirse más fácilmente en víctimas de trata. Esto se puede ver

reflejado en el nombre completo del Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la

Trata de Personas, especialmente mujeres y niños, que "singulariza a la trata de

mujeres y niños como temas de especial preocupación" (United Nations Office on

Drugs and Crime, 2012, p. 25).

50. Finalmente, es necesario no perder de vista la trata de hombres adultos, la cual

estaría asociada a minorías etnolingüísticas o de bajo nivel socioeconómico , así como

a la población migrante o en situación ilegal en determinados países. (United Nations

Office on Drugs and Crime, 2012).

51. El perfil del tratante: En contraste con la vulnerabilidad de las víctimas, es el

poder que poseen los tratantes lo que les permite cometer el delito de trata de

personas. En relación con su perfil, a nivel internacional para el período 2007-2010,

Naciones Unidas informó que aproximadamente las dos terceras partes de los

procesados y sentenciados por trata eran varones.

52. A pesar de que la mayoría de los procesados por este crimen son varones, resulta

interesante notar una alta presencia de mujeres como autoras o partícipes de este

crimen. De acuerdo al estudio de UNODC, la presencia de mujeres es más común en la

trata de niñas, además de que normalmente desempeñan cargos menores dentro de la

cadena de trata y por ende se encuentran también más expuestas a ser detectadas y

procesadas que los varones, que suelen ocupar puestos más altos en la cadena

criminal (United Nations Office on Drugs and Crime, 2012).

28

Grafico N° 06

23%

58%

59%

67%

77%

79%

77%

42%

41%

33%

23%

21%

0% 20% 40% 60% 80% 100%

Europa del Este y Asia Central

Américas

Asia del Sur, del Este y el Pacífico

Global

Europa Central y del Este

África y Oriente Medio

Personas sentenciadas por trata de personas por género y regiones/subregiones

Varones sentenciados Mujeres sentenciadas

Elaboración: Dirección General de Política Criminal y Penitenciaria

Fuente: UNODC, Informe 2012

53. La tasa de mujeres condenadas para todos los delitos, según estudio realizado en

66 países, no supera el 15 por ciento promedio. No obstante ello, es en el delito de

trata de personas donde esta tasa porcentual se incrementa con la participación de las

mujeres en condenas. Así, se dice que son muy poco los otros delitos que registran

este nivel de participación femenina y, por consiguiente, no es sorprendente que un

delito donde el 75-80 por ciento de las víctimas detectadas son de género femenino,

también implique una mayor tasa de mujeres delincuentes, demostrándose un vínculo

entre el perfil de las víctimas y el de los delincuentes (United Nations Office on Drugs

and Crime, 2012).

29

Grafico N° 07

CORRELACIÓN ENTRE LA PROPORCIÓN DE NIÑAS DETECTADAS COMO VÍCTIMAS Y LA PROPORCIÓN DE MUJERES

CONDENADAS POR EL DELITO DE TRATA DE PERSONAS

2007-2010

Elaboración: Dirección General de Política Criminal y Penitenciaria

Fuente: UNODC, Informe 2012

54. La información internacional muestra que allí donde la tasa de víctimas femeninas

son la de mayor incidencia en el delito de trata de personas, mayor es la tasa de

mujeres condenas por este delito; viceversa, donde las víctimas de género femenino

son menores, menores también son las tasas de mujeres condenadas. Esto, a primera

luz de las cifras, sugiere la existencia de una correlación, donde las mujeres traficantes

o tratantes tendrían una mayor facilidad, debido a su condición, para captar más

víctimas femeninas.

55. No obstante lo dicho, los estudios sugieren que las mujeres tratantes se

encuentran normalmente, dentro de la cadena de la trata, en posición de bajo rango y

que sus tareas se encontrarían más expuestas a la detección y consiguiente

enjuiciamiento. Es más, en muchos de los casos las mujeres tratantes han sido víctimas

de trata y han pasado, con el tiempo, a formar parte de la cadena de captación o

acogida16.

16 Un estudio realizado en Italia, muestra que las mujeres son utilizadas normalmente para actividades

como la vigilancia de las víctimas en el lugar donde la explotación se lleva a cabo, ya sea la calle o en un

burdel, o recibir dinero de los clientes (Ciccone, 2005).

30

56. Finalmente, en relación con la nacionalidad de los procesados, la mayoría de ellos

son nacionales de los propios países donde se cometen estos crímenes, aunque el

involucramiento de extranjeros procesados es mayor respecto a otros crímenes

(United Nations Office on Drugs and Crime, 2012).

57. Las formas de explotación: A nivel internacional se presentan diversas

modalidades de trata de personas, entre las cuales, la explotación sexual reporta el

mayor número de casos registrados. Sin embargo, también existe trata con fines de

explotación laboral, servidumbre, mendicidad o extracción de órganos.17

58. Sin embargo, las modalidades de trata varían de región a región. Por ejemplo,

África, Oriente Medio y el sur y este de Asia, reportan más casos de trata con fines de

explotación laboral que otros tipos de trata. Por su parte, se han reportado más casos

de trata con fines de explotación sexual en América, Europa y Asia Central. En el

continente americano, los casos de trata con fines de explotación sexual corresponden

a más de la mitad de los casos, mientras que la trata con fines de explotación laboral

corresponde al 44% de los casos, aunque como ya señalamos previamente, existe un

sub-registro considerable que podría cambiar dicha figura.

Grafico N° 08MODALIDADES DE EXPLOTACIÓN POR REGIONES/SUBREGIÓN DEL TOTAL DE VICTIMAS REGISTRADAS

Elaboración: Dirección General de Política Criminal y Penitenciaria

Fuente: UNODC, Informe 2012

17 Ya que el registro de este delito varía significativamente de región a región, los registros

proporcionados por Europa que refieren en su gran mayoría a casos de trata con fines de explotación

sexual, se reflejan de forma desproporcionada frente a las cifras internacionales, generando de ese

modo una subestimación de la cifra de trata con fines de explotación laboral (UnitedNations Office

onDrugs and Crime, 2012b, p. 11)

31

59. Asimismo, los casos de trata con fines de explotación laboral han incrementado

significativamente, pasando de un 18% en el período 2003-2006 a un 36% para el

período 2007-2010. Esto podría deberse a que muchos países han incrementado su

capacidad para detectar casos de trata con fines de explotación laboral, han mejorado

sus sistemas de denuncia y han introducido mejoras en su legislación para asegurar

que esa modalidad de trata quede tipificada.18

60. El reporte de otras modalidades de trata es muy inferior al de la trata con fines de

explotación sexual y laboral, señalándose que los casos de trata de personas con fines

de extracción de órganos, constituyen solo el 0.2 % de los casos de trata a nivel

mundial. Lo mismo ocurre respecto a otras modalidades no incluidas en la definición

de trata del Protocolo contra la Trata. Así la trata con fines de mendicidad, matrimonio

forzado, adopción ilegal, participación en conflictos armados y comisión de crímenes,

constituye en conjunto, únicamente el 6% de los casos reportados en el 2010 (United

Nations Office on Drugs and Crime, 2012b).

61. Las Rutas de la trata: La trata de personas es un crimen que afecta a casi todos los

países del mundo, pudiendo detectarse casos en casi todas las regiones del mundo.

Así, en el periodo 2007-2010, se detectaron víctimas de 136 nacionalidades en 118

países del mundo, lo que lo convierte un crimen global.

62. Cabe señalar que la mayor parte de las personas tratadas lo son a nivel intra-

regional, es decir que el país de origen y destino se encuentra en la misma región,

seguido por la trata interna y finalmente por la inter-regional.

18Cabe señalar que en el caso de la trata con fines de explotación laboral, el problema ha sido abordado

también desde el ámbito del trabajo forzado (International Labour Office, 2011).

32

Grafico N° 09

27%

24%4%

45%

Distribución de los flujos locales, regionales e internacionales del número total de víctimas

de trata registradas

Locales - Víctimas dentro del propio país

Internacionales - Víctimas internacionalesen diferentes regiones

Regionales - Víctimas de subregiones

cercanas

Regionales - Víctimas de la propia subregión

Elaboración: Dirección General de Política Criminal y Penitenciaria

Fuente: UNODC, Informe 2012

63. Al igual que en el caso del perfil de las víctimas, la situación de vulnerabilidad de

las víctimas, es también útil para analizar las rutas de la trata. Así, es posible observar

que las víctimas de trata suelen provenir de zonas empobrecidas y que el destino de

las mismas las lleva hacia zonas que cuentan con niveles de vida más altos. Así por

ejemplo, es posible determinar ciertas constantes en los flujos de trata como los

movimientos del campo hacia la ciudad o los movimientos desde países más pobres

hacia países más ricos (United Nations Office on Drugs and Crime, 2012b).19

64. En relación con las rutas y procesos por lo general los tratantes suelen contar con

una amplia red de recursos sociales y económicos, muchas veces relacionados a otras

actividades criminales (United Nations Office on Drugs and Crime, 2012b). Estos

medios, les permiten desde captar a las víctimas a través de falsas agencias de empleo,

modelaje u otros, transportarlas legal o ilegalmente a través de fronteras

internacionales hasta localizarlas en negocios que se prestan a su explotación. Todo

este proceso implica una red de acceso de los tratantes a medios sociales y

económicos que permiten la comisión del crimen y que debe ser expuesta para ser

combatida efectivamente por los Estados.

65. Finalmente, es necesario señalar que si bien la data internacional proporciona

información relevante - como las regiones de mayor vulnerabilidad o los sectores de la

19 El flujo es definido por la UNODC como las conexiones entre dos países o dos lugares al interior de un

mismo país en el que se haya detectado al menos cinco víctimas de trata de personas. (United Nations

Office on Drugs and Crime, 2012, p. 16)

33

población que pueden ser potencialmente víctimas de trata -, es necesario tomar en

cuenta las particularidades del fenómeno a nivel nacional. Así, podremos comprobar

que en muchos aspectos la trata de personas en el Perú, presentan una serie de

particularidades que requieren un análisis focalizado que permita establecer una

política adecuada para enfrentarla.

34

4. EL FENÓMENO DE LA TRATA EN EL PERÚ Y SUS FORMAS DE

EXPLOTACIÓN

66. La trata de personas en el Perú muestra características específicas que se

distancian en algunos aspectos del modelo descrito a nivel internacional. Podemos

afirmar esta diferencia a partir de la información recolectada en diversos estudios de

investigación realizados en el país, los cuales incluyen trabajo de campo, informes de

asociaciones que trabajan en la materia, documentación disponible y principalmente,

cifras oficiales del delito de trata cuando están disponibles.

a. Situación de las cifras nacionales sobre la trata de personas

67. El fenómeno criminal presenta las características de ser complejo y elusivo. Las

cifras sobre criminalidad, por lo general, presentan considerables deficiencias debido a

la naturaleza del fenómeno que intentan registrar. En el Perú, si bien se han iniciado

recientemente importantísimos esfuerzos por mejorar las cifras de la criminalidad20, las

deficiencias son aún significativas.

68. Siendo difícil obtener estadísticas confiables sobre criminalidad en el Perú, el

delito de trata de personas presenta un elevado sub-registro, ya que muy pocas veces

es denunciado. Adicionalmente, el proceso de denuncia y posterior intervención del

sistema de administración de justicia desalienta a las víctimas a denunciar, ya que

éstas pueden ser expuestas en el proceso a situaciones peligrosas o traumáticas,

generando un contexto de re-victimización.

69. Ciertas características culturales también contribuyen a que este delito se sub-

registre. La permisividad cultural hacia diversas formas de trabajo infantil y

adolescente; sumada a la aceptación cultural de sostener relaciones sexuales con

menores de edad o la violencia contra la mujer, entre otros, conduce a que muchas

prácticas asociadas a la trata de personas no se reconozcan como delitos.

20 En el año 2013 se creó el Comité Estadístico Interinstitucional de la Criminalidad (CEIC) que tiene por

finalidad la estandarización y mejora de la información estadística sobre criminalidad en el Perú. La

primera publicación del CEIC corresponde a la estandarización de la cifra de homicidios del año 2012

(Comité Estadístico Interinstitucional de la Criminalidad, 2014).

35

70. Los informes realizados en el país dan cuenta de que existe una alta permisividad

frente a este delito incluso entre las autoridades, las cuales en ocasiones juegan un rol

encubridor o incluso protector de los autores o promotores de este delito (Centro de la

Mujer Peruana Flora Tristán, 2005; ECPAT International, 2005; UNODC, 2011).

71. Por las razones mencionadas gran parte de los delitos de trata no llegan a ser

denunciados a nivel policial o fiscal y consecuentemente tampoco alcanzan a las

demás instituciones del sistema de administración de justicia.

72. No obstante las deficiencias descritas, la información estadística disponible nos

aporta valiosos datos a partir de los cuales se pueden desarrollar herramientas como

perfiles de víctimas y agresores, además de identificar espacios geográficos, así como

actividades económicas en las que puede encontrarse el fenómeno. Conociendo las

limitaciones de los registros estadísticos sobre este delito consideramos que el

diagnóstico y conclusiones deben atender tanto a la estadística oficial como a la

información cualitativa que se encuentra en los numerosos informes realizados a nivel

nacional y aquella obtenida en mesas de trabajo y entrevistas con expertos.

b. Perfil de las víctimas

i. Sexo y Edad

73. Al igual que en el caso de los reportes internacionales, los estudios nacionales

realizados muestran que, a pesar de tener severos inconvenientes con la información

estadística disponible, la trata de personas afecta mayormente a las mujeres y

especialmente a las más jóvenes. Si bien no existe un perfil muy bien delimitado de las

víctimas de trata de personas, ya que las modalidades de este delito son diversas y las

víctimas provienen de diferentes escenarios, la alta incidencia de víctimas del sexo

femenino y la captación en áreas de condiciones precarias de vida son características

presentes también en el país. Asimismo, se encuentra una relación entre la trata de

mujeres y la explotación sexual, y la vinculación entre la trata de personas de varones y

la explotación laboral.

74. Entre el año 2009 a abril del 2014 el Observatorio de la Criminalidad del Ministerio

Público registró 1911 denuncias en 32 distritos fiscales, de las cuales el 67.3% se

registraron en 10 regiones del país (Lima, Loreto, Madre de Dios, Cusco, Piura, San

Martín, Puno, Amazonas, Arequipa y Junín).

36

Tabla N° 01

TRATA DE PERSONAS SEGÚN DISTRITO FISCAL Y AÑO

2009 - 2013

N

º

Distrito

fiscal2009 2010 2011 2012 2013 2014*

Tot

al%

1 Lima 25 56 59 50 52 40 282 15.2

2 Loreto 4 17 29 55 58 41 204 10.7 408

3Madre de

Dios15 36 56 35 31 5 178 9

4 Cusco 7 26 53 44 28 6 164 8.5

5 Piura 2 18 18 22 30 3 93 4.9

67.30%

6 San Martín 1 9 20 42 17 3 92 4.7

7 Puno 7 24 16 31 10 88 4.5

8 Amazonas 10 24 19 19 1 73 3.7

9 Arequipa 2 7 17 12 15 7 60 3.3

10 Junín 6 9 8 8 19 6 56 2.9

11 Sullana 4 21 25 4 54 2.7

37

12 Lima Norte 4 10 3 8 15 7 47 2.4

13 Lima Sur 7 9 11 11 6 3 47 2.4

14 Moquegua 12 10 6 4 6 3 41 2.3

15 Huánuco 4 8 9 4 12 2 39 2.2

16 Ucayali 5 3 8 12 7 3 38 2.1

17 Callao 3 4 8 7 12 5 39 2

18 Ica 2 6 8 10 8 1 35 1.8

19 Ayacucho 1 6 9 13 6 35 1.8

20 La Libertad 2 5 12 6 4 29 1.6

21 Tacna 4 6 8 7 6 1 32 1.6

32.70%

22 Lima Este 12 19 31 1.6

23 Tumbes 2 3 5 6 9 2 27 1.4

24 Ancash 3 8 6 1 6 24 1.3

25 Lambayeque 1 1 2 4 11 3 22 1.2

38

26 Cajamarca 2 3 3 2 3 7 20 1

27 Apurímac 2 4 5 5 3 1 20 1

28 Huaura 3 2 1 10 3 19 1

29 Cañete 1 5 1 7 0.4

30 Pasco 1 1 1 1 3 7 0.4

31 Huancavelica 2 2 1 5 0.3

32 Santa 1 1 1 3 0.2

Total 124 298 403 457 458 171 1,911 100

Elaborado: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos –DGPCP.

Fuente: Sistema de Información de Apoyo al Trabajo Fiscal (SIATF) y Sistema de Gestión Fiscal

(SGF).Sistema de Información Estratégica sobre Trata de Personas (SISTRA)Información proporcionada

por las Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los distritos judiciales a nivel nacional.

75. En este mismo periodo, se registró a 3129 víctimas de trata de personas,

observándose que el 79.6 % de las víctimas eran mujeres, frente a un 16.1% de casos

de varones, que representan 503 casos.

39

Tabla Nº 02Presuntas víctimas de trata de personas según sexo y año

Ministerio Público - Fiscalía de la Nación2009 - 2013

Nº Sexo

2009 2010 2011 2012 2013 Total

%

1 Femenino 268 387 614 626 596 2,491 79.6

2 Masculino 23 76 128 115 161 503 16.1

3

No hay

información17 34 25 13 46 135

4.3

Total 308 497 767 754 803 3,129 100

Fuente: Sistema de Apoyo al Trabajo Fiscal (SIATF) y Sistema de Gestión Fiscal (SGF). Sistema de Información

Estratégica sobre Trata de Personas (SISTRA)

Elaborado: Observatorio de Criminalidad del Ministerio Público

76. Mientras que el rango de edad de mayor vulnerabilidad se encuentra entre los

13 y 17 años con un 53.1 %., seguido de aquellos casos en los que las víctimas cuentan

con edades entre los 18 y 24 años.

Grafico N° 10

PRESUNTAS VÍCTIMAS DE TRATA DE PERSONAS POR RANGO DE EDAD

2009-2013

Elaborado: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos –DGPCP.

Fuente: Sistema de Información de Apoyo al Trabajo Fiscal (SIATF) y Sistema de Gestión Fiscal (SGF).Sistema de

Información Estratégica sobre Trata de Personas (SISTRA)Información proporcionada por las Presidencias de las

Juntas de Fiscales Superiores de los distritos judiciales a nivel nacional.

40

77. Los datos de la PNP en la serie temporal 2004-2013, nos muestran la misma

realidad, pues la mayoría de agraviados por el delito de trata de personas son mujeres

(260 casos de 286 casos) y que éstas se concentran en mayor número entre las edades

de 14 a 18 años (66.2% de los casos).

78. En relación con los agraviados varones, se encuentra que presentan menores

números de denuncias en relación a las mujeres. Para el año 2013, de las 276

denuncias, se registraron 16 donde los agraviados son varones (6.2% del total de

denuncias). Históricamente en la serie, la mayor cantidad de denuncias en las que los

agraviados son varones, se concentran en los grupos de edad de 11 a 14 años y de 14 a

18 años, periodos en los que serían por lo general explotados laboralmente.

Tabla Nº 03

DENUNCIA DE TRATA DE PERSONAS POR TIPO DE DELITO SEXO Y EDAD DEL AGRAVIADO,

REGISTRADOS POR LA PNP

2004 – 2013

Años

SEXO Y EDAD DEL AGRAVIADO

TOTALMasculin

o

Menores

de 11

años

11 a

14

años

14 a

18

años

18 a

25

años

25 a

más años

Femenin

o

Menores

de 11

años

11

a 14

año

s

14 a

18

años

18 a

25

años

25 a

más

años

2004 14 5 0 2 3 0 0 9 0 1 6 1 1

2005 42 16 5 6 5 0 0 26 0 4 20 2 0

2006 78 30 3 3 17 4 3 48 0 4 27 15 2

2007 101 39 3 11 16 7 2 62 0 8 34 16 4

2008 157 43 2 9 23 4 5 114 2 22 70 18 2

2009 99 13 2 4 5 2 0 86 0 5 54 24 3

2010 253 113 81 19 7 4 2 140 17 12 81 25 5

2011 286 26 1 8 17 0 0 260 0 24 158 68 10

2012 232 29 1 6 18 4 0 203 2 31 134 35 1

2013 276 16 0 5 11 0 0 260 1 42 172 38 7

Elaborado: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos –DGPCP.

Fuente: Ministerio del Interior – Direcciones Territoriales PNP.

79. Los datos de las presuntas víctimas registrados por el Ministerio Público, también

muestran una gran mayoría de casos en los que las víctimas son de nacionalidad

peruana con un 84%, no obstante aparecen en número reducido pero constante

víctimas (mayormente mujeres) de otras nacionalidades, en su mayoría de países

como China, Colombia, Ecuador y Bolivia. Así, para el año 2013, de las 3129 víctimas

41

registradas, 2649 eran peruanas (ver tabla N° 04).

80. Tanto los datos del Ministerio Público y la PNP muestran que el mayor volumen de

denuncias por trata de personas se dan a nivel nacional, no obstante es patente la

presencia de casos de trata que han surgido de una red internacional, situación que no

debe ser desatendida y para la cual se cuenta con diversas herramientas

internacionales en legislación e intervención conjunta.

Tabla N° 04

TRATA DE PERSONAS SEGÚN NACIONALIDAD DE LAS PRESUNTAS VÍCTIMAS

CASOS REGISTRADOS EN EL MINISTERIO PÚBLICO

2009 – 2013

Nacionalidad 2009 2010 2011 2012 2013 Total %

Peruana 214 444 696 711 584 2649 84.7%

China 26 26 0.8%

Colombiana 10 11 3 2 26 0.8%

Ecuatoriana 3 5 11 5 24 0.8%

Boliviana 7 8 1 16 0.5%

Haitiana 9 9 0.3%

Bangladés 6 6 0.2%

India 5 5 0.2%

Brasilera 2 1 3 0.1%

Dominicana 1 1 2 0.1%

Senegalés 2 2 0.1%

Paraguaya 1 1 0.0%

Tanzano 1 1 0.0%

No hay información 49 42 54 26 188 359 11.5%

Total 308 497 767 754 803 3129 100.0%

Elaborado: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos –DGPCP.

Fuente: Ministerio del Interior – Direcciones Territoriales PNP.

42

ii. Características cualitativas (experiencia de victimización anterior, procedencia

de zonas vulnerables)

81. La literatura sobre la trata de personas en el Perú nos permite conocer que

normalmente las víctimas provienen de zonas vulnerables o de bajo desarrollo

socioeconómico y presentan experiencias de victimización anteriores a la trata de

personas21.

82. En áreas específicas de la Amazonía la trata de personas y explotación sexual de

mujeres menores de edad se inserta en un ciclo perverso que inicia con la

desprotección de los niños y niñas, que luego da pase al periodo de explotación sexual

y termina en el momento en que las mujeres abandonan los servicios sexuales para

dedicarse a otras actividades (Mujica & Cavagnoud, 2011). Incluso muchas víctimas

mujeres, luego de haber pasado por un periodo de explotación, se incorporan al grupo

de agresores al actuar como captadoras de nuevas víctimas o incluso regentar

negocios vinculados a la explotación sexual y laboral22 (UNODC, 2011).

c. Perfil del tratante

i. Sexo y edad

83. Los datos de Instituto Nacional Penitenciario muestran que en los últimos años,

periodo 2011 – 2013, se ha incrementado la población penitenciaria por el delito de

trata de personas. En el año 2011 existían 81 internos por este delito y para el año

2013 aumentaron a 121. Este aumento puede obedecer a que los operadores de

justicia han venido siendo capacitados con mayor frecuencia desde el año 2011 con el

fin de perseguir y sancionar con mayor eficiencia.

21 Muchas víctimas de trata de personas del sexo femenino han tenido experiencias anteriores de

maltrato infantil o han experimentado diversas formas de violencia (psicológica, física, sexual o de otro

tipo). Entre los hombres jóvenes también puede encontrarse el patrón de presentar experiencias de

trabajo infantil. En los casos internacionales de trata de personas muchas veces la explotación viene

precedida por el tráfico ilegal de migrantes.

22 En espacios ambiguos como los bares en que se ejerce la prostitución las mujeres, por lo general

menores de edad, pueden “trabajar” como damas de compañía, es decir brindando acompañamiento,

conversación amena, caricias a los hombres e induciéndolos al consumo de bebidas alcohólicas. Esta

situación se debe a que en muchos casos las transacciones sexuales son complementarias a los negocios

de venta de licor, y a que las propias mujeres obtienen ganancias por la cantidad de licor que logran que

sus clientes consuman.

43

Gráfico Nº 11

POBLACIÓN PENAL POR DELITO DE TRATA DE PERSONAS

2011- 2013

Elaborado: Ministerio de Justicia – DGPCP.

Fuente: Instituto Nacional Penitenciario – Unidad de Estadística.

84. Los datos de la Fiscalía de la Nación de los años 2011 y 2012, muestran un mayor

porcentaje de presuntos autores del delito de trata de personas del sexo femenino

(331 casos en 2012 frente 273 casos de presuntos autores varones) (ver tabla N° 05).

85. Esto se relaciona con que, muchas veces estos lugares son regentados por mujeres

por lo que es probable que un mayor porcentaje de las acusaciones se dirijan contra

ellas. Las mujeres también juegan un rol activo en la captación de otras mujeres

jóvenes para fines de explotación sexual (Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán,

2005). En algunas zonas también se ha identificado las relaciones de parentesco o

afinidad entre las mujeres explotadas y las explotadoras (Mujica & Cavagnoud, 2011).

Por último, la experiencia internacional también menciona que en muchos casos las

mujeres se encuentran en los puntos más visibles en las redes que facilitan la trata de

personas, por lo que se encuentran en los espacios donde pueden ser identificadas con

mayor facilidad (United Nations Office on Drugs and Crime, 2012a).

Tabla N° 05

TRATA DE PERSONAS SEGÚN SEXO DE PRESUNTOS AUTORES

2009 - 2013

Sexo 2009 2010 2011 2012 2013 Total %

Femenino 115 230 321 331 290 1287 47.7%

Masculino 93 189 259 273 281 1095 40.6%

44

No hay

información 19 42 70 71 116 318 11.8%

Total 227 461 650 675 687 2700 100%

Elaborado: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos – DGPCP.

Fuente: Ministerio Público – Observatorio de Criminalidad.

Tabla N° 06

TRATA DE PERSONAS SEGÚN EDAD DE PRESUNTOS AUTORES

2009 - 2013

Rango de edad 2009 2010 2011 2012 2013 Total %

13 - 17 años 3 4 2 11 20 0.7%

18 - 24 años 23 72 69 94 87 345 12.8%

25 -34 años 62 116 91 162 149 580 21.5%

35 - 44 años 41 81 73 114 109 418 15.5%

45- 54 años 36 62 42 93 62 295 10.9%

55 - 64 años 11 22 21 37 22 113 4.2%

Mayores de 64 años 6 4 6 15 8 39 1.4%

No hay información 48 101 344 158 239 890 33.0%

Total 227 461 650 675 687 2700 100.0%

Elaborado: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos – DGPCP.

Fuente: Ministerio Público – Observatorio de Criminalidad.

86. La información de la población penal por el delito de trata de personas evidencia

que el rango de edad del mayor porcentaje de condenados por trata de personas, se

encuentra entre los 20 y 34 años y que el segmento específico que cuenta con mayor

número de internos va desde de los 30 a 34 años (ver tabla N° 06).

45

Gráfico N° 12

POBLACIÓN PENAL POR EL DELITO DE TRATA DE PERSONAS RANGO DE EDADES

2011 – 2013

Elaborado: Ministerio de Justicia – DGPCP.

Fuente: Instituto Nacional Penitenciario – Unidad de Estadística.

ii. Nacionalidad

87. La información del Ministerio Público muestra que la gran mayoría de presuntos

autores del delito de trata de personas son de nacionalidad peruana. Son pocos los

casos en que los autores son de otras nacionalidades aunque se ha registrado casos en

que los presuntos autores son norteamericanos, hindúes o ecuatorianos (ver Tabla N°

07).

Tabla N° 07

TRATA DE PERSONAS SEGÚN NACIONALIDAD DE LOS PRESUNTOS AUTORES

2009- 2013

Nacionalidad 2009 2010 2011 2012 2013 Total %

Peruana 185 374 543 577 453 2132 79.0%

Colombiana 1 3 1 5 0.2%

China 2 2 4 0.1%

46

Ecuatoriana 1 2 1 4 0.1%

Bangladés 3 1 4 0.1%

Hindú 4 4 0.1%

Estadounidense 1 3 4 0.1%

Boliviana 2 1 3 0.1%

Brasilera 1 2 3 0.1%

Chilena 3 3 0.1%

Dominicana 2 2 0.1%

Cubana 2 2 0.1%

Sueca 1 0.0%

Italiana 1 0.0%

Indonesia 1 1 0.0%

Rusa 0.0%

No hay información 40 75 95 85 231 526 19.5%

Total 226 461 650 675 687 2697 100%

Elaborado: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos – DGPCP.

Fuente: Ministerio Público – Observatorio de Criminalidad.

d. Características del proceso de la trata de personas

i. Captación

88. La captación se hace en su mayoría a través de ofertas de empleo. Este es por

ejemplo el caso de Madre de Dios (Novak & Namihas, 2009) donde las falsas ofertas

laborales se colocan como avisos de empleo en lugares de concurrencia masiva

(mercados, tiendas, paraderos de buses interprovinciales, barrios periféricos).

Asimismo, estos se difunden a través de radioemisoras y repartición de volantes por

personajes conocidos como “enganchadores” (Novak & Namihas, 2009, p. 45)

89. El registro policial para los años 2004-2013, refleja la misma realidad, las ofertas

de empleo como el mecanismo de captación más generalizado, con 1053 víctimas

captadas a través de ofrecimientos de oportunidades laborales, que nunca se

47

concretizaran.

Grafico N° 14

TRATA DE PERSONAS POR MECANISMO DE CAPTACIÓN

2004-2013

Elaborado: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos – DGPCP.

Fuente: Ministerio del Interior – Policía Nacional de Perú.

90. Otra de las modalidades que ha sido detectada, especialmente entre menores de

edad, es la captación a través de otros menores de edad, amigos o pares de su misma

edad, e incluso en muchos casos por sus propios familiares (Novak & Namihas, 2009).

48

Grafico N° 13

TRATA DE PERSONAS POR VINCULO TRATANTE-VICTIMA

2004-2013

2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013

Conyuge 0 0 0 1 0 0 0 0 1 1

Familiar 0 4 7 6 5 10 114 6 6 9

Tutor 3 3 3 5 5 1 1 7 1 5

Conocido 5 2 7 15 18 9 39 86 72 105

Otro 6 33 61 74 129 79 99 187 152 156

0

40

80

120

160

200

Elaborado: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos – DGPCP.

Fuente: Ministerio del Interior – Policía Nacional de Perú.

91. Cabe señalar que ya que los tratantes suelen adelantar a sus víctimas dinero para

el viaje, operan a través de la modalidad en enganche (Novak & Namihas, 2009). Esta

deuda crece con el tiempo y genera una situación de falta de libertad de la víctima

para terminar la relación con el tratante. En muchos casos incluso, se ve amenazada

físicamente y coartada psicológicamente.

92. Otro mecanismo de captación muy utilizado –y muy aceptado socialmente- sobre

todo en las zonas alto andinas de nuestro país, es el llamado “padrinazgo”, por el cual,

se expone principalmente a niños y niñas menores que bajo la promesa de la

superación económica en la ciudad, y de una supuesta educación y alimentación a

cambio de trabajos menores en el hogar, son trasladados a otras zonas o ciudades,

donde quedan expuestas a todo tipo de explotación (CHS Alternativo, 2010b., p.2).

93. Por otro lado, el internet, dentro de lo que se conoce como tecnologías de la

información y comunicación, es en la actualidad uno de los medios de comunicación

masivo de mayor uso, por su fácil acceso y difusión, a través de éste se ve a diario

infinidad de anuncios de ofertas de empleo, agencias de modelaje o anfitrionas,

servicios de adopción, etc. Según la Encuesta Nacional de Hogares (ENAHO-2011), el

20% de hogares no pobres tiene acceso a internet, mientras que el 3.1% de los hogares

considerados pobres aceden a este servicio.

49

Tabla N° 08

TRATA DE PERSONAS SEGÚN MODALIDADES DE CAPTACIÓN

2009 -2013

Modalidad de captación 2009 2010 2011 2012 2013 Total %

Ofrecimiento de un puesto de trabajo 211 271 398 399 287 1566 50.0%

Ofrecimiento de apoyo económico por

parte del(a) presunto(a) autor(a) a las

víctimas o a sus familiares para su

alimentación, estudios u otras

necesidades básicas 28 48 37 8 18 139 4.4%

Convencimiento por parte de

amistades o familiares 16 7 26 49 1.6%

Por amenaza o coacción de familiares o

personas extrañas 2 4 39 45 1.4%

Padrinazgo. Las víctimas fueron

encargadas por sus padres a familiares

o conocidos quienes las trasladarían a

la ciudad para brindarles mejores

condiciones de vida 5 9 4 9 2 29 0.9%

Presunto secuestro 1 2 9 9 2 23 0.7%

Adopciones (reales o ficticias), a través

de las cuales los(as) presuntos(as)

autores(as) ofrecieron brindar mejores

condiciones de vida a las víctimas en el

Perú o en el extranjero 2 3 7 2 14 0.4%

Seducción 5 5 0.2%

No se ha determinado la modalidad de

captación 10 43 64 56 173 5.5%

No se realizó captación 25 97 122 3.9%

En investigación 51 121 205 260 327 964 30.8%

Total 308 497 767 754 803 3129 100%

Elaborado: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos – DGPCP.

Fuente: Ministerio Público – Observatorio de Criminalidad.

50

ii. Traslado y transporte

94. El transporte y traslado de las víctimas de trata en el Perú, se dan mayormente a

través de las rutas de transporte comercial usualmente conocidas. El hecho que no se

hayan desarrollado otras rutas más complejas que oculten el traslado de la víctima, se

debe en gran medida a la falta de medios de supervisión y fiscalización de pasajeros en

los medios de transporte formal. Ello a pesar de los esfuerzos que ha desplegado el

Estado para implementar estas campañas de forma obligatoria en todos los medios de

transporte. Adicionalmente, el problema imperante en el Perú de informalidad, hace

que sea difícil realizar dicho control en empresas que operan en la ilegalidad.

95. En este sentido, se hace patente la necesidad de generar estrategias de reducción

de la informalidad en todos los medios de transporte, sean estos terrestres, fluviales o

aéreos. Asimismo, es necesario que exista un nivel de fiscalización en puntos de

control y centros de embarque que garantice que nadie está siendo transportado

como parte de un proceso de trata de personas.

iii. Acogida, recepción y retención

96. En relación con la acogida, recepción y retención, en el Perú no existe data

suficiente y confiable que arroje información sobre los posibles centros donde las

víctimas son recibidas temporalmente o retenidas por largos periodos.

97. Es posible que estos sitios estén relacionados con restaurantes, domicilios

particulares, campamentos, galpones y los propios lugares de explotación. En el caso

de Madre de Dios, se sabe que en caso de ser entregados a “patrones” o “capataces”

la acogida, recepción y retención de las víctimas se podía dar por periodos específicos

de 90 días. En aquellos casos en los cuales no eran entregados directamente por los

familiares, los plazos podían ser mucho mayores incluso años (Novak & Nahaminas,

2009)

51

e. Las formas de explotación de la trata en el Perú

Gráfico N° 15

CASOS REGISTRADOS DE TRATA DE PERSONAS POR TIPO DE EXPLOTACIÓN

2009 -2013

Elaborado: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos – DGPCP.

Fuente: Ministerio Público – Observatorio de Criminalidad.

52

98. Los datos del Ministerio Público entre los años 2011 y 2012 registran que, en los

casos que no se encuentran en investigación, la explotación producto de la trata de

personas se da principalmente en el tipo sexual. Le sigue en importancia la explotación

laboral y en tercer lugar la explotación para el trabajo doméstico (ver gráfico 15).

99. Los datos de la PNP muestran también que la trata de personas se relaciona

principalmente con los fines de explotación sexual y laboral. La tabla N° 8 muestra que,

a partir de la información de las denuncias, los principales escenarios donde se realiza

la explotación son: prostíbulos, night clubs, campamentos de minería artesanal,

campamentos de industria maderera, servicio doméstico y mendicidad en la vía

pública.

Gráfico N° 16

TRATA DE PERSONAS POR TIPO DE RECLUTAMIENTO, REGISTRADOS POR LA PNP

2004 – 2013

Elaborado: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos –DGPCP.

Fuente: Ministerio del Interior – Direcciones Territoriales PNP.

100. Los datos del Ministerio Público entre los años 2011 y 2012 registran que, en los

casos que no se encuentran en investigación, la explotación producto de la trata de

personas se da principalmente en el tipo sexual. Le sigue en importancia la explotación

laboral y en tercer lugar la explotación para el trabajo doméstico (ver gráfico N°15).

101. Los datos de la PNP muestran también que la trata de personas se relaciona

53

principalmente con los fines de explotación sexual y laboral. La tabla N° 10 muestra

que, a partir de la información de las denuncias, los principales escenarios donde se

realiza la explotación son: prostíbulos, night clubs, campamentos de minería artesanal,

campamentos de industria maderera, servicio doméstico y mendicidad en la vía

pública.

Tabla N° 09

TRATA DE PERSONAS POR LUGAR DONDE SE REALIZA LA EXPLOTACIÓN

REGISTRADOS POR LA PNP

2004-2013

AÑOS

D O N D E S E R E A L I Z A L A E X P L O T A C I O N

TO

TAL

Pro

stíb

ulo

s

Nig

ht

Clu

b

Estu

dio

de

Mo

de

laje

Ce

ntr

od

eM

asaj

es

Pro

du

cció

nP

orn

ogr

afía

Art

esa

nal

de

Lad

rillo

s

Segr

ega

ció

n/B

asu

ra

Min

erí

aA

rte

san

al

Ind

ust

ria

Mad

era

Serv

icio

Do

més

tico

Me

nd

icid

adV

íaP

úb

lica

Otr

os

2004 14 4 5 0 0 0 0 0 0 3 0 2 0

2005 42 3 6 0 0 0 3 2 0 0 0 0 28

2006 78 4 23 0 0 0 2 0 0 0 5 1 43

2007 101 8 21 0 2 0 0 0 0 0 6 5 59

2008 157 6 44 2 1 0 1 5 2 3 9 0 84

2009 99 12 36 0 2 0 0 0 2 0 13 0 34

2010 253 14 41 0 0 0 0 1 16 4 18 85 74

2011 286 106 73 1 0 0 3 1 17 0 19 3 63

2012 232 23 101 0 0 0 0 0 17 0 13 0 78

2013 276 43 81 0 0 0 0 0 2 6 12 1 131

Fuente: Ministerio del Interior – Direcciones Territoriales PNP

Elaboración: Dirección General de Política Criminal y Penitenciaria- MINJUS.

102.La trata de personas es un fenómeno de naturaleza secuencial. Su proceso

permite distinguir cierto orden de sucesión con etapas que culminan en el intento o en

54

la consumación de la explotación de seres humanos. Esta última fase comprende,

como sucede en todo flujo, el objetivo principal que fundamenta el desarrollo de las

fases previas. Desde la captación hasta la retención de una persona, todo adquiere un

sentido siempre y cuando dichas acciones se realicen para los fines de explotación.

103.Lamentablemente, la realidad de medio-fin, que establece un elemento subjetivo

permanente (explotar), mantiene restringido el descubrimiento del fenómeno hasta su

última etapa. Las fases de desarrollo previas a la consumación no presentan (o raras

veces lo hacen) distintivos visibles que permitan afirmarlas a priori y certeramente

como parte de un flujo de trata. Esta circunstancia facilita el camuflaje, el cambio de

planes, el desistimiento durante estas etapas; en general, dificulta una estrategia

eficiente de identificación y control. De este modo, nos encontramos ante un

fenómeno complejo que normalmente será identificable recién en la explotación23.

104.El caso peruano no es la excepción, más aún cuando el modelo de trata no posee

la complejidad que sí acontece en la criminalidad organizada internacional.

Aparentemente ello jugaría a favor de su persecución; no obstante, es relativo, pues al

tratarse de modalidades de tráfico con estructura dinámica y eventual, se producen

mayores dificultades de identificación. El fenómeno como flujo se presenta menos

homogéneo en su desarrollo y permanencia, dejando menos espacios para

investigaciones previas a la explotación. Asimismo, esta última fase se puede presentar

de manera aislada, esto es, sin etapas previas definidas o con secuencias

descoordinadas, originando dificultades para gestionar los conflictos por parte de las

instituciones encargadas. Clara muestra de ello es la imposibilidad de identificar un

número significativo de casos de trata para realizar diagnósticos24, además de la

reducida cifra de casos que logra captar el sistema de administración de justicia. Sobre

esto último basta observar la cantidad de procesos penales seguidos por el delito de

trata de personas en el Perú entre los años 2001 y 2013.

23 El “Plan Nacional de Acción contra la Trata de Personas en el Perú 2011-2016” (PNAT) señala que son

poco los países que se atreven a ofrecer estadísticas del fenómeno ya que además de lo expuesto, no

existen mecanismos adecuados y sistematizados. Plan Nacional de Acción contra la Trata de Personas en

el Perú 2011-2016, Ministerio del Interior, Lima, 2012, p. 11.

24 Según la Defensoría del Pueblo, entre los años 2007 y 2012, se han conocido tan solo ochenta y un

(81) casos en nuestra administración de justicia. (Defensoría del Pueblo, 2012, p. 82).

55

Gráfico N° 17

NUMERO DE PROCESOS POR EL DELITO DE TRATA DE PERSONAS (ART. 182 - 153)

PERÍODO 2001 - 2013

Fuente: Información estadística del Poder Judicial.

Elaboración: Dirección General de Política Criminal y Penitenciaria- MINJUS.

105.Consecuentemente, es necesario priorizar en la descripción de los contextos

donde normalmente desemboca el proceso de trata. Conocer su fase visible no solo

permite un diagnóstico más certero o una base real para desarrollar uno completo,

sino que también contribuye a que las intervenciones gubernamentales (policiales,

fiscales, municipales, etc.) tengan mayores probabilidades de cubrir casos de trata de

personas. Los núcleos de riesgo, además de cobijar diversos delitos conexos

(proxenetismo, rufianismo, trabajo forzoso, etc.), están estrechamente

comprometidos con potenciales casos de trata de personas. Ello no supone abandonar

estrategias de prevención o diagnósticos generales que incluyan todas las etapas del

proceso criminal; sin embargo, siendo la información sobre el flujo de la trata anterior

a la explotación es menos accesible, es necesario analizar y trabajar sobre sus

manifestaciones más identificables.

106.De acuerdo con el PNAT, la trata se configura en las siguientes modalidades:

explotación sexual, explotación laboral, mendicidad, compra y venta de menores de

edad, comercialización de órganos y tejidos, fines relacionados a la comisión de delito,

y reclutamiento forzoso. Su incidencia está vinculada con diversos factores colaterales

que sustentan la violencia estructural de nuestra sociedad actual, entre ellas: la

violencia contra mujeres en todas sus formas, abuso infantil, la falta de una normativa

laboral adecuada, leyes restrictivas de migración y las estrategias de desarrollo

56

económico mal diseñadas (Global Rights, 2005). Un conglomerado que puede

traducirse en contextos de precariedad que son padecidos por algunos sectores de la

sociedad, y que los vuelve más vulnerables frente a modelos de producción.

107.Claro ejemplo de lo antedicho es lo acontecido en nuestra Amazonía, en la que la

explotación sexual y laboral, según investigaciones de campo, parecen estar

estrechamente vinculadas a contextos específicos de precariedad, pobreza y

desigualdad (Mujica, Jaris, 2014).

108.Entre las modalidades con mayor incidencia en el caso peruano se encuentra la

explotación sexual y laboral. Según el PNAT, la trata con fines de explotación sexual y

laboral serían las modalidades de mayor incidencia en nuestro medio25. De otro lado,

el Departamento de Estado de los Estados Unidos de América en su reporte sobre el

tráfico de personas a junio de 2013, identifica la situación actual del Perú como un país

cuya principal fuente de trata son la minería ilegal, la tala, la agricultura y el servicio

doméstico, esto es, explotación laboral (United States, 2013).

109.Un reporte más específico sobre el Sistema RETA de la PNP muestra que las dos

principales finalidades de trata de personas en el Perú, serían la explotación sexual y la

explotación laboral. En el siguiente cuadro, puede observarse el porcentaje de los 318

casos registrados entre los años 2004 y 2010 (CHS Alternativo, 2010c):

Tabla N° 10

PORCENTAJES DE CASOS DE TRATA DE PERSONAS POR MODALIDAD - RETA

2004-2010

Fuente

Explotación

sexual

Explotación

laboral Mendicidad

Venta de

niños

Extracción de órganos y

tejidos humanos

RETA

PNP 70,3% 15,3% 1,6% 1,9% 0

Fuente: RETA PNP, CHS Alternativo.Elaboración: Dirección General de Política Criminal y Penitenciaria - MINJUS

25 Ver: Plan Nacional de Acción contra la Trata de Personas en el Perú 2011-2016, p. 21. Ver también:

Plan Regional de Acción contra la Trata de Personas Loreto, 2013-2017, OIM, Lima, 2013, p. 63. Plan

Regional de Acción contra la Trata de Personas Ayacucho, 2012-2016, OIM, Lima, 2012, p. 22.

57

i. Explotación sexual

110.Si bien la explotación sexual puede acontecer sin necesidad de tener origen en un

proceso de trata, la explotación es un fenómeno que sirve de estímulo a la trata de

personas, en tanto desenlace casi seguro de dicho proceso criminal. La demanda en el

mercado sexual invita a la cosificación de las personas, reduciéndolas a un bien

corpóreo de satisfacción física. Esta circunstancia induce a la captación de insumos

humanos que sirvan para ello, llegando a concretar su mayor perversión en la

generación de redes dedicadas exclusivamente al tráfico de seres humanos.

111.De otro lado, no puede obviarse la existencia de población especialmente

vulnerable a ser captada en procesos de trata que conllevan a la explotación sexual de

estas personas. Las niñas, niños y adolescentes víctimas de este fenómeno, como bien

señala el Plan Nacional contra la Explotación Sexual Comercial de Niñas, Niños y

Adolescentes 2006-2010, son tratados como objeto sexual y mercancía a través de

coerción, manipulación o engaño, estableciéndose en muchas oportunidades

relaciones de servidumbre y sometimiento a instancias de su inmadurez y debilidad,

las cuales son aprovechadas por los adultos que los explotan (Plan Nacional contra la

Explotación Sexual Comercial de Niñas, Niños y Adolescentes 2006-2010). Una práctica

conocida por ejemplo, es el uso de niños, niñas y adolescentes por algunas agencias de

viajes u operadores de turismo como víctimas de comercio sexual.(PNAT 2011-2016).

Al respecto, acertadamente, la Defensoría del Pueblo ha enfatizado en la necesidad de

proteger a estas personas como grupo vulnerable frente a la trata de personas

(Defensoría del Pueblo, 2012).

112.Asimismo, se advierte que el comercio sexual posee raíces culturales que van en

desmedro del género femenino. En el caso peruano el Plan Nacional contra la Violencia

hacia la Mujer 2009 – 2015, afirma que la trata de personas en el Perú es un fenómeno

que afecta principalmente a las mujeres, y que la mayoría de casos se encuentran

vinculados a la explotación sexual (Plan Nacional contra la violencia hacia la mujer 2009-

2015). A decir de Quintanilla, “la concepción acentuada de asumir que «el sexo vende»

se visualiza desde la publicidad sexista hasta el tráfico de personas pasando por la

pornografía, las «llamadas eróticas», las «call–girls» y chicas acompañantes, los

espectáculos de provocación sexual como el «strip–tease» o el «sex–show», la

compra–venta de novias por correo, la prostitución callejera o la desempeñada en

prostíbulos clandestinos o legales, las casas de masajes o el turismo sexual, las visitas a

grupos concentrados de varones como militares y trabajadores de explotaciones

petrolíferas o plantaciones”(Quintanilla, 1997).

58

113.De este modo, no es dato menor que la Asamblea General de las Naciones Unidas

enfatice en la protección de niñas y mujeres como potenciales víctimas de trata.

Asimismo, la Asamblea ha expresado su preocupación por el número cada vez mayor

de ellas que son objeto de este delito, inclusive con destino a países desarrollados, así

como dentro de las regiones26. Coincidente con ello, la Defensoría del Pueblo

estableció la necesidad de un enfoque de género en el análisis de la trata. De este

modo queda en evidencia la especial condición de vulnerabilidad que presentan las

niñas y adolescentes mujeres como potenciales víctimas (Defensoría del Pueblo, 2012).

114.A partir de un estudio sobre trata de mujeres realizado en las ciudades de

Arequipa, Cajamarca, Cusco, Iquitos, Lima, Puno, Puerto Maldonado y Tarapoto, el

Centro de la Mujer Peruana, Flora Tristán, ha señalado que en nuestro país se favorece

la explotación sexual de mujeres y niñas mediante la informalidad imperante que

permite el incremento de las mafias y el establecimiento de locales dedicados a la

explotación sexual de mujeres y niñas, bajo la fachada de night clubs o centros de

diversión nocturna (Centro de la mujer peruana Flora Tristán, 2008). Ello parece

confirmarse en un estudio de Naciones Unidas en el Perú, en el que se desmiente que

la explotación sexual constituya una actividad rentable aislada, sino más bien que se

encuentra asociada al manejo de negocios colaterales como bares, restaurantes,

picanterías y otros donde se vende comida y alcohol de manera informal. Al parecer

los mismos victimarios son dueños de estos locales o resultan familiares cercanos de

quienes los administran, de modo que las víctimas son expuestas para el lucro de los

comensales (UNODC, 2011).

ii. Explotación laboral – Trabajos o servicios forzados

115.La explotación se entiende como “el aprovechamiento de una persona enbeneficio de otra” en situaciones como la explotación sexual, el trabajo o servicioforzoso, la esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre, o laextracción de órganos. De la misma forma, se entenderá por trabajo o servicioforzado “el exigido a un individuo bajo la amenaza de una pena cualquiera y para elcual dicho individuo no se ofrece voluntariamente” según aparece definido en elConvenio 29 de la OIT. No obstante, debemos recordar que en el caso de menoresde edad el consentimiento que den respecto a realizar dichas labores, no varía lascondiciones de explotación.

116.Al respecto, se debe señalar el vínculo entre la trata y el trabajo forzoso, al menos

en lo referente a sus diferencias. La trata de personas es un delito que vulnera la

26 Ver: Resolución 65/190, 11 de marzo de 2011, p. 3

59

libertad y dignidad personal a través de un proceso que comienza con el reclutamiento

de la persona, continua con su traslado y culmina con su explotación. De allí que, a

diferencia de la ausencia de consentimiento como elemento esencial central para

definir el trabajo forzoso, la trata de personas tiene como elemento constitutivo

fundamental el movimiento o traslado de la persona víctima de explotación.

117.En otras palabras, no todo trabajo forzoso será consecuencia de la trata de

personas, aunque la mayoría de casos de trata de personas derivan en alguna forma de

trabajo forzoso, ya sea explotación sexual o explotación laboral.

f. Las rutas de la trata

118.Los diversos informes y estudios de los casos denunciados e investigados de trata

de personas por la Policía Nacional del Perú o Ministerio Público ha permito establecer

una aproximación a las que serían las principales rutas del delito de trata de personas,

tomando en consideración los fines de la explotación ya sea esta sexual o laboral

(International Organization for Migration. & Movimiento El Pozo., 2004)(CHS

Alternativo, 2009)(UNODC, 2011)(Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán, 2005).

i. Rutas de la Trata Interna

Gráfico N° 18

RUTAS NACIONALES DE TRATA DE PERSONAS

Fuente: CHS Alternativo, Capital humano y social

60

119.La estadística y los diversos estudios concluyen que es Madre de Dios una de la

zonas con mayor incidencia de casos de personas explotadas con fines sexuales y

laborales. Así, se ha establecido que en caso de la explotación laboral en actividades

como la minería aurífera o la tala ilegal de madera, las víctimas son captadas en

Apurímac, Cusco, Arequipa y Puno, luego son trasladadas hasta el distrito de Mazuco

donde son distribuidos a los diversos lavaderos de oro o al distrito de Iñapari hacia los

distintos aserraderos de la zona (Pontificia Universidad Católica del Perú. & Instituto de

Estudios Internacionales., 2009)

120.En tanto las rutas identificadas en casos de trata con fines de explotación sexual,

al norte del país las zonas de captación identificadas son Chiclayo en Lambayeque con

destino a Cajamarca, San Martin con destino a Chiclayo y Lambayeque, Amazonas con

destino a Piura (Tambogrande), además de Trujillo y Ancash como zonas de destino de

explotación.

121.En el caso de la Selva norte, desde Yurimaguas hacia Lambayeque, desde las zonas

de Iquitos, hacia Tarapoto, y desde Tarapoto a la Zona de Tocache; hacia Amazonas

(Bagua) desde Piura (Paita), siendo San Martin, desde Iquitos hasta Piura, pasando por

Tarapoto y Lambayeque. Mientras que en la selva sur el principal destino de

explotación son las localidades de Ucayali (Pucallpa) y Madre de Dios, las víctimas son

principalmente captadas o trasladas desde departamentos como Cusco, Puno,

Apurímac, Arequipa pasando por Puno.

122.Hacia Lima desde los departamentos de Ica, Arequipa, Cusco, Huánuco, Loreto,

Cajamarca, Ucayali, San Martin, Iquitos, Piura, La libertad, Ancash y Ayacucho,

convirtiendo a esta ciudad como la de mayor presencia de casos y victimas detectadas.

123.Finalmente, la zona sur del país tiene como principales ciudades de explotación

sexual, a Cuzco, Arequipa, Puno (La Rinconada), Apurímac (Andahuaylas) y Moquegua,

con víctimas que provienen desde Iquitos, Lima, Piura, Huánuco, Ucayali, Puno y

Arequipa.

61

ii. Rutas de la trata internacional

Gráfico N° 18

RUTAS NACIONALES DE TRATA DE PERSONAS

Fuente: OIM / Movimiento el Pozo.

124.La información con la que se cuenta establece que existen casos de trata de

personas desde y hacia países como Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, China, Chile,

Ecuador, España, Estados Unidos, Guatemala, Gabón, Francia, Holanda, Italia, Japón,

México, República Dominicana y Venezuela. Siendo el Perú un país de origen, destino,

y tránsito, con casos de trata con fines explotación sexual, servidumbre, trabajo

forzoso y explotación doméstica como las principales modalidades (International

Organization for Migration. & Movimiento El Pozo., 2004)(CHS Alternativo,

2009)(Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán, 2005).

g. La Trata de personas y su relación con el crimen organizado

125.Si a nivel global la trata de personas es operada por grupos con alto nivel de

organización que son capaces de ejecutar complejas acciones para burlar controles

migratorios y articular redes ilegales de explotación, en el Perú las organizaciones que

intervienen en el proceso de trata no presentan, en la mayoría de los casos, estos

niveles de organización. Incluso, en muchos casos la trata puede estar asociada a los

entornos familiares de las víctimas.

126.Del mismo modo, los tratantes tampoco desarrollan formas especializadas de

explotación que hagan de este delito una actividad especialmente rentable a través de

las formas de explotación sexual o laboral. Incluso la trata puede ser una práctica

62

económica subsidiaria de otras más rentables (venta de licor o alimentos) en el

contexto de una economía informal (UNODC, 2011).

127.Así, en el caso peruano el crimen organizado no se presenta como el principal

responsable de la trata,27 sino que todo indica que este delito se encuentra asociado a

la acción de agrupaciones criminales de menor complejidad. No obstante, si bien la

mayoría de casos de trata registrados presentan características locales y de poca

organización, se ha registrado que en el país también operan grupos dedicados a la

trata de personas internacional (Ver tabla N° 06 - Nacionalidad de las víctimas). Así, si

bien no en una gran magnitud, el Perú ocupa un lugar entre los países de origen,

tránsito y destino en lo referido a la trata de personas a nivel internacional, lo que

evidencia la presencia de organizaciones criminales en el territorio.

h. Actividades de riesgo y relación con la trata y sus formas de explotación

128.Usualmente la trata de personas es un medio que tiene como finalidad la

explotación de personas. Las formas más comunes de explotación asociadas a la trata

son la explotación sexual y la explotación laboral28. En el contexto peruano se

identifican varios escenarios en los que concurren economías informales e ilegales,

débil presencia del Estado y prácticas de explotación sexual y laboral29(Mujica &

Cavagnoud, 2011). En estos escenarios coexisten casos de explotación sexual y laboral,

provenientes de la trata de personas, con otros tantos que no necesariamente están

asociados a este delito. Estos son espacios donde confluyen transacciones y prácticas

informales e ilegales donde se superponen dinámicas de comercio, trabajo y

explotación.

129.Así, los “empleadores” (explotadores) pueden tener bajo su mando tanto a

trabajadores que deciden voluntariamente someterse a condiciones de explotación

laboral, como a víctimas de trata de personas. En las mismas condiciones conviven

víctimas de explotación laboral y sexual, y víctimas de trata de personas,

principalmente, para fines de explotación sexual y laboral. Los escenarios en que

27 Entendiendo a este a nivel de la criminalidad como el de mayor organización posible.

28No existen registros de casos asociados a la trata de personas con fines de tráfico de órganos (ver tabla

10).

29 Campamentos de minería ilegal, campamentos de tala de árboles, economías asociadas al

narcotráfico, bares y locales similares donde se ejerce la prostitución ilegalmente, escenarios de trabajo

infantil doméstico y agropecuario.

63

coexisten y las condiciones en que se encuentran las víctimas de trata de personas y de

explotación laboral y sexual generan consecuencias a nivel físico y psicológico similares

en las víctimas (Mujica & Cavagnoud, 2011). Estas consecuencias para las víctimas de

trata, entre mujeres y adolescentes en Europa han sido también descritas como

similares a los casos de otras poblaciones marginalizadas como mujeres migrantes,

mujeres abusadas sexual y domésticamente, víctimas de tortura, trabajadoras sexuales

y mujeres en situación de explotación sexual (Zimmerman, 2003, p. 3).

130.Estas similitudes permiten que las intervenciones dirigidas a atacar la trata de

personas, tengan también efectos en los casos de explotación sexual y laboral. La

continuidad y contigüidad entre estos fenómenos habilita el desarrollo de una

estrategia que, en la medida de lo posible, identifica escenarios en los cuales existe

una alta probabilidad de encontrar escenarios donde coexisten trata y explotación,

además de elaborar guías de intervención que incluyan acciones contra las formas de

explotación asociadas a la trata y a sus elementos característicos, alcancen la fase de

explotación.

131.Los contextos en que se da la trata de personas y sus formas de explotación son

múltiples. Sin embargo, presentan como características comunes, que se tratan de

áreas en las que el control del Estado es débil y se desarrollan en contextos de

extendida informalidad en los que se desarrollan economías ilegales y diversos delitos

conexos.

132.La informalidad y el gran flujo de dinero que caracteriza a las “actividades de

riesgo” generan zonas que concentran al mismo tiempo gran cantidad de riqueza, pero

también pobreza. En estos contextos, donde la ausencia del Estado es patente,

proliferan una serie de actividades que pueden potencialmente conducir a la trata de

personas y formas de explotación asociadas. Así, algunas de las actividades que se

pueden identificar en el contexto peruano son: la migración, la tala ilegal, la minería

ilegal e informal, los bares y prostíbulos, el trabajo doméstico y el narcotráfico.

i. Migración

133.Históricamente, el delito de trata de personas se asociaba a prácticas antiguas

vinculadas a la esclavitud, el comercio de personas y la reproducción de siervos o

mano de obra de bajo costo (Chiarotti, 2003). En nuestra era, la trata de personas se

encuentra estrechamente relacionada a procesos de migración al interior y exterior de

las fronteras nacionales (Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán, 2005; Chiarotti,

2003).

64

134.La migración nacional e internacional se profundizó debido a los acelerados

procesos de transformación que se iniciaron al interior de los países - especialmente

después de la década de 1950 del siglo pasado – e influenciaron el desarrollo de

medios de transporte y comunicación, que, a su vez, facilitaron el traslado de las

personas y aumentaron sus posibilidades de relacionarse y conocer sus medios.

135.Estos grandes factores, entre otros procesos, han generado una corriente mundial

de migración. En este proceso los habitantes de los espacios “periféricos” se dirigen

hacia las áreas “centrales” motivados por la esperanza de alcanzar mejores

condiciones educativas, laborales o de acceso a servicios. La corriente migratoria fluye,

al interior de los países, desde las áreas rurales a las urbanas, y a nivel internacional

desde los países del “sur” hacia el “norte”.

136.En el contexto mundial, la migración es una constante que genera en muchos

casos una gran necesidad de los pobladores de zonas periféricas por salir de sus

lugares de origen. De este modo, surgen oportunidades para los tratantes y traficantes

quienes por medio de la fuerza, engaño o coerción aprovechan los deseos de migrar y

la desinformación de sus potenciales víctimas, así como su disposición a aceptar

condiciones precarias, riesgosas o abiertamente abusivas de viaje, instalación y trabajo

(Chiarotti, 203)30

137.En el Perú, durante las últimas cinco décadas, la sociedad peruana ha tendido a

migrar hacia áreas urbanas, pasándose de una población mayoritariamente rural en

1940 (65%) a una población predominantemente urbana en 1993 (70%) (Migraciones

Internas en el Perú, INEI, 1995).

Tabla N° 10

DISTRIBUCIÓN DE LA POBLACIÓN CENSADA SEGÚN ÁREA URBANA Y RURAL

1940, 1961, 1972, 1981, 1993

ÁREAS 1940 1961 1972 1981 1993

URBANO 35.4% 47.4% 59.5% 65.2% 70.1%

LIMA METROPOLITANA 10.4% 18.6% 24.4% 26.9% 28.7%

OTRAS 31 CIUDADES 7.9% 11.2% 15.4% 18.9% 21.5%

30 A partir de esta situación se puede identificar plenamente la relación existente entre el tráfico de

migrantes y la trata de personas.

65

RESTO URBANO 17.1% 17.6% 19.7% 19.4% 19.9%

RURAL 64.6% 52.6% 40.5% 34.8% 29.9%

TOTAL 100% 100% 100% 100% 100%

Elaborado: Dirección General de Política Criminal y Penitenciaria - MINJUS

Fuente: INEI – Censos Nacionales

138.La migración cuando implica modalidades ilegales de cruce de fronteras, puede

relacionarse con casos de trata de personas. Así, aquellos que buscaban nuevas

oportunidades de vida, terminan siendo víctimas no sólo de tráfico ilícito de migrantes,

sino también de trata de personas que suele concluir en una situación de explotación

en el lugar de destino.

ii. Tala ilegal

139.La tala ilegal constituye uno de los principales problemas del sector forestal

peruano. Se calcula que cerca del 40% de madera extraída en el Perú es ilegal

(INRENA). En los últimos años el precio de especies como la caoba y el cedro

incrementaron sus precios de forma exorbitada. Así a pesar de las políticas estatales

para fiscalizar la extracción y comercialización de maderas, el cedro pasó de costar

USD 595/m3 en el 2001 a USD 996/m3 en el 2007 (Organización Internacional de

Maderas Tropicales, 2011).

Gráfico N° 19

PRECIO DE EXPORTACIÓN DE CEDRO, POR AÑO

2000-2008

Fuente: Organización Internacional de las maderas tropicales - OIMT, 2011

140.Esta actividad se encuentra íntimamente relacionada con una serie de actividades

ilegales e informales, que la convierten en un caldo de cultivo para la aparición de

66

otras actividades ilegales como la explotación laboral, sexual y la trata de personas.31

141.La tala ilegal se inserta en el grupo de actividades de carácter informal que

generan una serie de perjuicio no solo a la economía nacional, sino a la protección de

los derechos humanos de grupos de población vulnerable (Bedoya Garland & Bedoya

Silva-Santisteban, 2005)

142.El trabajo forzado en esta actividad afecta principalmente a los grupos más

vulnerables de la sociedad. Esto se debe a que éstos se encuentran en situación de

extrema pobreza, son más vulnerables a ser involucrados en actividades informales o

ilegales, además de no contar con la capacidad para ejercer sus derechos más básicos.

Esto sucede especialmente en el caso de las poblaciones indígenas y grupos de

mujeres donde la explotación, se manifiesta como una forma extrema de

discriminación.

143.De acuerdo a los estudios realizados, las regiones más afectadas por la extracción

ilegal de madera son Ucayali, Loreto y Madre de Dios32(Bedoya Garland & Bedoya

Silva-Santisteban, 2005; Novak & Namihas, 2009). Se calcula además que existen cerca

de 33000 afectados, sometidos a explotación laboral, la mayoría de los cuales

provienen de diversos grupos étnicos, entre ellos grupos indígenas aislados o semi-

aislados (Bedoya Garland & Bedoya Silva-Santisteban, 2005).

144.Es necesario considerar que la actividad de extracción maderera, en la mayoría de

casos ilegal, se da en zonas aisladas, donde no hay presencia del Estado. Debido a ello

es de difícil control y fiscalización. Considerando que la extracción de madera de

manera ilegal depreda los bosques, las nuevas zonas de extracción muchas veces se

adentran en territorios protegidos. En esta situación las comunidades nativas muchas

veces pueden ser víctimas de explotación en el interior de sus comunidades (Novak &

Namihas, 2009)

31 Cabe señalar que parte de la madera extraída de forma ilegal, es “blanqueada” y pasa a formar cerca

del 35% a 45% de la demanda de los conglomerados madereros.

32 Estas regiones son las que lideran la producción de madera tanto aserrada como rolliza (ver anexo A

producción de madera rolliza por regiones, y anexo B producción de madera aserrada por regiones) . De

acuerdo con la OIT, Ucayali (cuencas de los ríos del Alto Yurúa, Mapuya , Alto Purús, Blanco, Santa Ana,

Abujau y Callería, Alto Tamaya y Alto Ucayali) y Madre de Dios (Tahuamanu y cuenca de los ríos Los

Amigos y Las Piedras), son zonas especialmente sensibles, donde se da el sistema de habilitación-

enganche y posterior explotación en el marco de la extracción ilegal de madera. (Bedoya Silva-

Santiesteban&Belser, 2007)

67

145.Las formas más comunes, a través de las cuales las poblaciones más vulnerables se

ven envueltas en la extracción ilegal de madera, es a través del reclutamiento por

enganche y en campamentos madereros. En el primer caso, ésta modalidad se da en

dos tercios de los casos de trabajadores forzosos, y se basa en un sistema de

habilitación-enganche por dinero o bienes, que conduce a las víctimas a un sistema de

servidumbre por deudas que implica a su vez, una pérdida de libertad (a través de

amenazas de muerte, retención de documentos, establecimiento de límites a su

movilidad y amenazas de no pagarles lo adeudado), explotación e incluso en algunos

casos esclavitud.

146.El segundo sistema de captación se da a través de la creación de campamentos

madereros, donde laboran personas en condiciones infrahumanas. En muchos casos, el

reclutamiento de trabajadores es forzoso, a través de la coacción que ejercen

“personas armadas” que capturan indígenas y los obligan a trabajar en estos

campamentos. En otros casos, si bien, el inicio de la relación no se da a través de la

coacción, si se va transformando progresivamente en una relación de trabajo forzoso.

Hacia el año 2005 un estudio (Bedoya Garland & Bedoya Silva-Santisteban, 2005), p.19)

señaló que en el Perú existían cerca 1500 de estos campamentos donde se

reproducían estas formas forzosas de trabajo. El lugar de origen de las personas

reclutadas en estos campamentos eran principalmente Puno, Cusco, Pucallpa o Puerto

Maldonado.

147.Estos campamentos, involucran además la existencia no sólo de explotación

laboral, ya que en estos sitios también se encuentra la presencia de mujeres que

trabajan como ayudantes o cocineras que además son explotadas sexualmente (Novak

& Namihas, 2009, p. 70).

148.Como se puede observar, si bien, no todos estos casos de explotación laboral y

sexual que se dan en la extracción ilegal de madera, provienen de la trata de personas,

sí se tratan de espacios potencialmente riesgosos donde se pueden encontrar víctimas

de trata siendo explotadas. Adicionalmente, si bien como señalan los autores, dichas

relaciones muchas veces no se inician a través de una captación propiamente dicha, es

decir a través del vicio de la voluntad, pero sí en el transcurso de las mismas, las

personas se ven atrapadas y forzadas a continuar con la relación de explotación sin

mediar su consentimiento libre y voluntario.

iii. Minería ilegal e informal

149.Como se señaló en el caso de la extracción ilegal de madera, aquellos lugares

68

donde se dan actividades extractivas con poca presencia del Estado, constituyen

contextos donde se vuelve más probable encontrar casos de trata de personas (Mujica,

2014).

150.La actividad minera se ha incrementado exponencialmente el Perú desde inicios

de este siglo. Así por ejemplo, la onza del oro pasó de costar US$ 271.23 dólares en el

2001 a US$ 1,669.87 en el 2012. Igualmente, el precio del cobre pasó de costar

US$71.60 en el 2001 a costar US$ 360. 55 en el 2012.

Tabla N° 11

EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LOS PRINCIPALES MINERALES

1995-2013

AÑO

COBRE ORO ZINC PLATA PLOMO ESTAÑO

Ctvs.US$/lb US$/OzTr Ctvs.US$/lb US$/OzTr Ctvs.US$/lb Ctvs.US$/lb

1995 133.18 384.52 46.78 5.19 28.62 281.82

1996 104.14 388.25 46.52 5.19 35.12 279.62

1997 103.28 331.56 59.75 4.89 28.32 256.09

1998 75.02 294.48 46.46 5.54 23.98 251.3

1999 71.32 279.17 48.82 5.25 22.8 245.07

2000 82.24 279.37 51.16 5 20.59 246.57

2001 71.6 271.23 40.17 4.39 21.6 203.4

2002 70.74 310.13 35.32 4.63 20.53 184.18

2003 80.7 363.62 37.54 4.91 23.36 222.03

2004 129.99 409.85 47.53 6.69 40.21 383.13

2005 166.87 445.47 62.68 7.34 44.29 334.84

2006 304.91 604.58 148.56 11.57 58.5 398.29

2007 322.93 697.41 147.07 13.42 117.03 659.47

2008 315.51 872.72 85.04 15.01 94.83 839.6

2009 233.52 973.62 75.05 14.68 77.91 615.83

2010 342.28 1225.29 98.18 20.19 97.61 926.63

2011 400.2 1569.53 99.5 35.17 108.97 1183.96

69

2012 360.55 1669.87 88.35 31.17 93.54 958.08

2013 332.31 1411 86.65 23.86 97.17 1012.24

Fuente: Ministerio de Energía y Minas – Estadísticas / Cotizaciones. (Boletín estadístico de minería,

2013)

Tabla N° 12

COTIZACIÓN - PROMEDIO MENSUAL

2013COBRE ORO ZINC PLATA PLOMO ESTAÑO

Ctvs.US$/lb US$/OzTr Ctvs.US$/lb US$/OzTr Ctvs.US$/lb Ctvs.US$/lb

Ene. 365.11 1672.74 92.22 31.17 106.15 1118.53

Feb. 366.07 1627.4 96.58 30.28 107.78 1103.42

Mar. 347.58 1593.37 87.81 28.78 99.04 1058.55

Abr. 335.67 1534.14 83.97 27.16 92.79 1023.33

Fuente: Boletín estadístico de minería, 2013 (Ministerio de Energía y Minas)

151.Si bien estas cifras se refieren al total de la producción de extracción minera en el

Perú, la totalidad de dicho volumen no proviene únicamente de la actividad legal.

Además de la minería legal existe la minería informal y la minería ilegal. Así, mientras

la minería formal es una actividad que se desarrolla en zonas aptas para la actividad, la

minería ilegal se realiza en espacios prohibidos (como riberas de ríos, cabeceras de

cuenca o áreas naturales protegidas). Asimismo, en muchos casos, la minería ilegal

utiliza equipo y maquinaria pesada, que no corresponde al tipo de equipos permitidos

utilizados por la pequeña minería o minería artesanal.33

152.Es necesario tomar en cuenta que también existe la minería informal, la cual se

configura cuando se utiliza equipo y maquinaria que no corresponde a las

características de la actividad minera que debería estar desarrollando, o sin cumplir

con las exigencias de las normas de carácter administrativo, técnico, social y

medioambiental que rigen dichas actividades, en zonas no prohibidas para la actividad

minera, por aquellas personas naturales o jurídicas que han iniciado un proceso de

33 El Decreto Legislativo Nº 1105 la minería ilegal, como la actividad desarrollada por aquellos que no

cumplen con las exigencias administrativa, técnicas, sociales y ambientales de ley, o que se realiza en

zonas en las que esté prohibida.

70

formalización de acuerdo a las etapas establecidas por el Estado. En otras palabras, los

mineros informales no pueden operar en zonas prohibidas, ni utilizar maquinaria que

no corresponden a su categoría. El proceso de formalización se encuentra regulado por

los Decretos Legislativos 1099 al 1107 y de acuerdo al proceso de reforma en marcha,

ya se ha formalizado el 40% de los 77.000 mineros ilegales.

153.Cabe señalar que todas las regiones del Perú tienen presencia de minería ilegal e

informal; incluidas 17 áreas naturales protegidas y sus zonas de amortiguamiento, en

mayor o menor grado. Sin embargo, es Madre de Dios la región que presenta una

mayor afectación por este problema, ya que más de 50 mil hectáreas de bosques han

sido arrasadas por esta actividad.34

154.Debido en gran medida a la informalidad que acompaña a esta actividad, no

existen datos confiables sobre su dimensión o expansión. Sin embargo, por datos del

Ministerio de Energía y Minas, se sabe que esta actividad se incrementó

aceleradamente en los últimos años, convirtiéndose en un problema mucho más

grave. Esta situación, vista en un contexto mundial, indica que el 20 a 25% del oro a

nivel mundial es producido por la minería artesanal y pequeña minería. Actualmente,

esta actividad ha pasado a incrementar su producción, capitales, recursos y

mecanismos de extracción. En el caso del oro ilegal, éste es trasladado a Lima por vía

aérea, desde donde se exporta a varios países como EE.UU., Francia, Dubai y Suiza, a

través de diversas estrategias de “legalización del oro”. Así por ejemplo, se utilizan

empresas exportadoras registradas; pero poco cuidadosas, o agentes legales que

acopian previamente oro en zonas de minería ilegal. Finalmente, el oro ilegal también

puede ser exportado de contrabando («Especial de minería ilegal: ¿cómo nace el oro

ilícito?», 2014).

155.Al igual que en el caso de la tala ilegal, es lamentable reconocer que el factor de la

informalidad es una constante en esta actividad. En Madre de Dios, por ejemplo, el

90% de la actividad minera es ilegal o informal. Lo preocupante es que un escenario

similar se repite en las 25 regiones que tiene el Perú, siendo Puno y La Libertad las que

siguen el paso a la mencionada región amazónica (Alvarado, Laura, 2014).

156.Frente a esta situación, el Estado peruano ha realizado en los últimos meses

operativos de interdicción, que se han ido incrementando progresivamente, pero no

responden a una estrategia articulada para desplazar de manera definitiva a la minería

ilegal. Por ejemplo, en la zona de exclusión minera o zona prohibida para la minería

ilegal en Madre de Dios o en Puno, aún sigue ejerciéndose esta actividad sin que exista

34 Ver: http://www.minam.gob.pe/mineriailegal/2014/01/31/especial-de-mineria-ilegal-como-nace-el-

oro-ilicito/ (fecha de acceso: 3 de octubre de 2014)

71

un mayor control del Estado. Se calcula que actualmente hay cerca de 50 mil

trabajadores mineros ejerciendo directamente la minería ilegal y unas 300 mil son las

personas directa o indirectamente dependientes de la misma.

157.Al igual que en el caso de la tala ilegal, la minería ilegal se encuentra asociada a

una serie de efectos perjudiciales como daños a la salud, contaminación ambiental,

explotación laboral y sexual, trata de personas y pérdidas económicas para el Estado.

Entre estas se encuentra la explotación laboral y sexual de personas, muchas de ellas

producto de la trata de personas. Así por ejemplo, de acuerdo al Ministerio del

Ambiente, en la zona minera de Huepetuhe, Pukiri y Delta, se calcula que 400 púberes

y adolescentes son explotadas sexualmente en las cantinas, llamadas localmente

“prostibares”.35

iv. Bares y Prostíbulos

158.En muchas zonas donde se desarrollan actividades de riesgo como la tala y la

minería ilegal o el narcotráfico, aparecen también bares, cantinas, restaurantes o night

clubs que operan como fachadas de prostíbulos ilegales. Algunos de estos locales

cuentan incluso con licencias de funcionamiento y otros requisitos para operar,

aunque de forma encubierta realizan actividades ilegales como la explotación sexual

de mujeres y menores de edad. Si bien, no todos los casos en los que se ofrecen

servicios sexuales en bares y prostíbulos, vienen necesariamente de la trata de

personas, muchos de ellos, sí corresponden a dicha situación, involucrando incluso la

explotación sexual de menores de edad.36

159.Existen dos patrones de captación, por un lado están aquellos casos en los que las

víctimas, la mayoría mujeres, son captadas para trabajar en bares, discotecas, saunas o

night clubs, generalmente con la promesa de trabajar como meseras, masajistas,

recepcionistas o bailarinas y poder así mejorar su situación económica (International

Organization for Migration. & Movimiento El Pozo., 2004). Sin embargo, al llegar al

lugar de destino, se les impide el movimiento, se les retiran sus documentos, les

35Ver: http://www.minam.gob.pe/mineriailegal/los-efectos-de-la-mineria-ilegal/ (fecha de acceso 12 de

septiembre de 2014)

36 Cabe hacer la diferencia entre las prácticas de explotación sexual y el “trabajo sexual” como tal,

concepto que hace referencia al comercio sexual con una demanda de reconocimiento y reivindicación

de los derechos laborales en materia de condiciones de higiene, remuneraciones adecuadas y

protección frente a posibles agresiones, reinvidicadas por trabajadoras sexuales. Por otro lado, la

explotación sexual no respeta los derechos de los sujetos, se ejerce en condiciones de inseguridad y

muchas veces bajo coacción o consentimiento viciado (Mujica &Cavagnoud, 2011).

72

retienen sus pagos o se las amenaza con la finalidad de obligarlas a seguir

prostituyéndose.

160.Debido a que normalmente se les adelanta un monto de dinero, una vez en dicho

lugar, las víctimas son retenidas con la excusa de pagar la deuda de su viaje,

alimentación, ropa y alojamiento. En muchos casos, estos locales de explotación sexual

operan las 24 horas del día, durante todos los días de la semana y van rotando a las

víctimas de un lugar a otro para mantenerlas desarraigadas y confundidas. En

consecuencia, las víctimas devienen en estados de depresión y resignación, por el

miedo a que sus seres queridos sean dañados o porque mantienen la esperanza de

poder enviar dinero a sus familias. Es por ello también, que los tratantes suelen

preferir captar a víctimas en situación de vulnerabilidad, con hijos o familiares a su

cargo o en extrema pobreza (International Organization for Migration. & Movimiento

El Pozo., 2004).

161.El segundo patrón de captación, se da a través de los propios familiares y

conocidos de la víctima. Como señala el informe de OIM y El Pozo, se han detectado

numerosos casos en los que los padres entregan a sus hijos menores de edad a cambio

de una ínfima cantidad de dinero, con la esperanza de que les den un trabajo y tenga

una “mejor vida” (International Organization for Migration. & Movimiento El Pozo.,

2004). En otros casos también, la explotación hace parte de la vida cotidiana de las

mujeres, quienes combinan sus actividades diarias con la atención en restaurantes y

bares, que a su vez implican el ofrecimiento de servicios sexuales.

162.Como señalan algunos informes, la trata se refuerza en zonas de intercambio y

auge comercial en zonas tales como la Rinconada, Puno; Tambogrande, Piura; el “107”

en Inambari, Madre de Dios; la ruta norte del río Ucayali en Pucallpa; la frontera entre

Tumbes y Ecuador, entre otras (International Organization for Migration. &

Movimiento El Pozo., 2004)(Mujica & Cavagnoud, 2011). La existencia de ciertas

actividades comerciales como la tala de madera, puertos y centros mineros o

comerciales, generan la existencia de locales donde se vende comida y alcohol,

añadido a la compañía de mujeres y adolescentes que dan servicios sexuales .

73

v. Trabajo Doméstico

163.El trabajo doméstico servil es una práctica arraigada en el Perú, que guarda sus

raíces en el trabajo de la servidumbre de las haciendas en el campo. Debido a las

difíciles condiciones del trabajo rural, el trabajo doméstico en hogares urbanos ha sido

tradicionalmente vista como una oportunidad de superación y oportunidad, ello

incluso a pesar de las precarias condiciones en las que se ha dado en el Perú

(International Labour Office., 2007).

164.Ya que el trabajo doméstico se desarrolla en el ámbito privado del hogar, es muy

difícil cuantificarlo y visibilizar su real magnitud. Es también debido a ello que resulta

problemático determinar cuántos casos de trabajo doméstico implican situaciones de

explotación laboral, y mucho peor, cuántos de ellos provienen de la trata de personas.

165.Como es sabido, el trabajo doméstico es una tarea poco valorada, ya que se

entiende como una actividad de poco rango, asociada en la mayoría de casos a los

roles de género asignados a las mujeres. En América Latina y el Caribe más del 90% de

los menores de edad que realizan trabajo doméstico son niñas (ILO Regional Office for

Latin America and the Caribbean. &ILO International Programme on the Elimination of

Child Labour., 2002). Esto aunado a la especial vulnerabilidad de los menores de edad

para hacer valer sus derechos, hace que las niñas y adolescentes trabajadoras

domésticas, estén particularmente expuestas al acoso y abuso.

166.Especial mención requiere el trabajo doméstico infantil, ya que por la

vulnerabilidad de los NNA que lo realizan, éstos pueden ser más propensos a

situaciones de explotación y trata de personas. De las estadísticas existentes, se señala

que aproximadamente 2 millones de menores de 18 años trabajan (Oficina

Internacional del Trabajo., 2002). En el Perú, de acuerdo a la ENAHO del 2001, el 28.6%

de los niños entre 6 y 17 años se encuentra trabajando. Asimismo, la mayoría de los

NNA que realizan trabajo doméstico se encuentran entre los 12 y 17 años de edad y la

mayoría son mujeres (79%) (ILO Regional Office for Latin America and the Caribbean. &

ILO International Programme on the Elimination of Child Labour., 2002).

167.Como señala el informe de la OIT sobre trabajo doméstico infantil, existen una

serie de especificidades de sexo, edad y raza que cuestiona la tolerancia social al

maltrato y violencia contra los niños y niñas que realizan trabajo doméstica (ILO

Regional Office for Latin America and the Caribbean. & ILO International Programme

on the Elimination of Child Labour., 2002). Así, los NNA que se dedican al trabajo

doméstico provienen de familias en situación de pobreza extrema, origen rural y

numerosas; convirtiéndose el trabajo doméstico en una estrategia de sobrevivencia.

74

Otro factor recurrente entre los NNA es un entorno familiar desfavorable,

caracterizado en muchos casos por abandono, violencia familiar o abuso sexual contra

los menores.

168.Esto hace más fácil que tanto los “empleadores”, así como los menores que

realizan estas labores, no perciban el trabajo doméstico que se realiza sin condiciones

adecuadas como un acto de explotación. Expresiones como “solo ayudan, no

trabajan”, “la estoy criando”, “es como de la familia” o las calificaciones como sobrinas

o ahijadas terminan por invisibilizar el fenómeno. Así, lo que inicia siendo un trabajo

temporal de soporte familiar se convierte en la forma de vida de los menores,

introduciéndolos en un ámbito de explotación y marginación que trunca su desarrollo

futuro. Así por ejemplo, de acuerdo a la ENAHO 1999, 62 de 100 adolescentes

dedicadas al trabajo doméstico no asistía a la escuela.

169.El trabajo infantil doméstico adquiere características de explotación y vulneración

de derechos cuando los NNA se encuentran sometidos a extenuantes y prolongadas

jornadas de trabajo, desarraigo familiar, alejamiento de su entorno cultural afectivo, el

hecho del no percibir una remuneración por su trabajo, entre otras razones. En la

mayoría de los casos los NNA no cuentan con contratos laborales ni con las garantías

que todo trabajador debe recibir, situación que se agudiza cuando el menor se

encuentra en régimen de “cama adentro”. Para ello es necesario analizar la naturaleza

de las actividades que le son requeridas a los NNA (nivel, magnitud y riesgo) y las

condiciones en las cuales deben realizarlas.

170.Entre los indicadores para detectar la trata de personas elaborados por la UNODC

y el análisis elaborado por UNICEF, las personas que han sido víctimas de trata con

fines de explotación en el servicio doméstico probablemente: viven con la familia y

trabajan a tiempo completo en jornadas laborales extenuantes, no tienen un espacio

privado o en condiciones adecuadas de descanso, no abandonan nunca la casa salvo

en compañía, no reciben paga alguna o una remuneración adecuada o son maltratados

física o psicológicamente por sus “empleadores” o realizan trabajos que socavan su

dignidad y autoestima y perjudican su desarrollo pleno social y psicológico (Indicadores

de Trata de Personas, UNODC) (UNICEF, Estado mundial de la infancia 1997, Trabajo

infantil).

vi. Narcotráfico

171.El narcotráfico es una actividad delictiva que tiene una especial incidencia en

nuestro país debido a los volúmenes de dinero que genera y su asociación con otras

actividades delictivas. El Perú junto con Colombia se encuentra entre los primeros

75

productores mundiales de hoja de coca. Gran parte de dicha producción se concentra

en el valle de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro, zona conocida como VRAEM.

(Rodriguez, 2014).

172.Asimismo, es posible encontrar que el tráfico ilícito de drogas se encuentra

relacionado con la seguridad ciudadana, debido a su relación con homicidios y

lesiones; la contaminación ambiental que genera la producción de la droga; su

asociación con la financiación del terrorismo; diversas formas de explotación laboral y

sexual asociados a su contexto de producción, o temas de corrupción de funcionarios

del Estado.

173.La relación entre la trata de personas y el narcotráfico en el Perú, se da en dos

ámbitos: a través de la explotación sexual de mujeres en bares y cantinas que

proliferan en las zonas de cultivo de coca, también conocidos como “prostibares”.37 La

segunda manera es a través de la explotación laboral de hombres y mujeres en el

circuito del narcotráfico. Muchas de las propias niñas y mujeres previamente

explotadas sexualmente, así como varones jóvenes son sometidos a trabajos forzosos

en los campos de coca y en la producción y transporte de pasta básica de cocaína

(Mejía, 2010)( Rodriguez, 2014).

174.En el caso de los niños, la práctica común de emplearlos en tareas agrícolas en el

país, se hace mucho más patente en el cultivo de la coca que resulta más rentable. Así

por ejemplo el 96% de los menores trabaja o ayuda a sus padres en dicha labor

(UNICEF, 2006). Asimismo, el transporte interno de la coca de los lugares de

producción a centros urbanos, se realiza por jóvenes llamados “mochileros”. Si bien

muchos realizan esta labor de forma voluntaria, en muchos casos se tratan de

menores, cuyo consentimiento se encontraría entonces siempre viciado o por

personas amenazadas por los narcotraficantes (Rodriguez, 2014).

175.La coacción sobre las víctimas se ve intensificada debido al contexto, ya que gran

parte los cultivos de coca se encuentran en lugares poco accesibles y con pocas vías de

comunicación, lo que complica la posibilidad de que las víctimas puedan liberarse de

37 Si bien no existen datos globales, existen estudios regionales que dan cuenta de dicha situación en

lugares como Tocache, Uchiza, Juanjuí, Sión y Campanilla en San Martín. Asimismo, se estimaba por

ejemplo que para el 2003, cerca de 1560 jóvenes de San Martín, que acababan de terminar el colegio se

encontraban haciendo labores para el narcotráfico. Fabian Novak, Sandra Namihas y Jaime García, La

situación en la región San Martin en: (Pontificia Universidad Católica del Perú. & Instituto de Estudios

Internacionales., 2009). Ver también: (Capital Humano y Social Alternativo, 2013).

76

una situación de explotación, además de las amenazas del uso de la fuerza en su

contra (Mejía, 2012).

176.En estos contextos, de nuevo la ausencia del Estado se hace patente, reflejado en

la ausencia de controles aduaneros, policiales o migratorios. Este espacio es

aprovechado por los tratantes y narcotraficantes para continuar con la explotación de

personas. De este modo es posible verificar que “el narcotráfico facilita, promueve y

agrava la trata de personas” (Rodriguez, 2014, p. 36).

177.Finalmente, cabe hacer mención al caso del narcoterrorismo, ya que el terrorismo

que sufrió nuestro país en la década de los ochentas y noventas, se transformó, tras su

declive, en la fuerza armada del narcotráfico en la zona del Valle VRAEM.

178.Tal y como documentó la Comisión de la Verdad y Reconciliación, Sendero

Luminoso aprehendió y utilizó niños y niñas en las hostilidades de forma generalizada y

sistemática desde el inicio del conflicto, reclutando de forma forzada a los menores.

Así, muchos niños, conocidos como “pioneros”, eran capacitados en el uso y

manipulación de armas y entrenados para participar en acciones armadas (Comisión

de la Verdad y Reconciliación, 2003).El reclutamiento forzoso, si bien no está incluido

como parte de los fines de la trata, mencionados de forma explícita, si podría

considerarse como “cualquier forma análoga de explotación”, mencionada en el tipo

penal peruano.

i. Factores de riesgo

179.Existen ciertas prácticas y actitudes que se basan en una tolerancia social y

cultural que permite mantener ciertos patrones de explotación, relacionados con una

cultura machista y que afecta los derechos de grupos más vulnerables, como los NNA y

las mujeres. Asimismo, existen prácticas desde el Estado que perpetuán situaciones de

explotación y trata de personas, a través de su ausencia e inoperancia, a la

aquiescencia e incluso el encubrimiento.

180. Todos estos factores son esenciales para entender por qué la trata y

explotación de personas se da de forma tan extendida en nuestro país. Entre estos

encontramos por ejemplo, el abuso a mujeres y niños, la permisividad a mantener

relaciones sexuales con menores de edad, la corrupción

i. Abuso a mujeres y niños

77

181.El contexto latinoamericano y peruano presenta fuertes características de

maltrato a las mujeres. Este problema tiene relación con la difusión de un imaginario

cultural en el que los varones ocupan un rol predominante en la sociedad, mientras

que las mujeres quedan relegadas a roles subalternos. Como consecuencia de dicho

imaginario, existen múltiples discursos y prácticas que promueven, justifican o

encubren diversas formas de violencia contra la mujer.

182.Una consecuencia de este fenómeno es la naturalización de múltiples formas de

violencia contra la mujer. En muchos casos tanto agresores como víctimas no conciben

sus acciones con un carácter negativo o reprochable, sino como prácticas “normales”,

naturalizadas en la cotidianidad.

183.Los niños y niñas también son concebidos en roles subalternos con respecto a los

adultos, antes que como sujetos derechos. Esta situación deviene en la naturalización

de situaciones de maltrato, como la violencia física, psicológica, entre otras, hacia los

niños y niñas. El lugar subalterno de los niños y niñas en el imaginario social también

influye en la permisividad hacia formas de trabajo inadecuadas o altamente riesgosas

para niños, niñas y adolescentes. De acuerdo a las investigaciones nacionales sobre

trata de personas, en muchos casos son los propios padres quienes exponen o

entregan directamente a sus hijos o hijas a posibles explotadores o traficantes como

un medio de aumentar los ingresos económicos familiares, o con la esperanza de que

en otro espacio sus hijos alcances mejores condiciones de vida (Centro de la Mujer

Peruana Flora Tristán, 2005; UNODC, 2011).

184.De acuerdo a estos reportes, incluso en muchos casos son los propios familiares

de niños, niñas y adolescentes quienes cumplen un rol como explotadores, ya sea en

actividades relacionadas a la explotación laboral (en labores extractivas) o sexual

(prostitución y trabajo como damas de compañía) (Mujica & Cavagnoud, 2011).

ii. Permisividad a mantener relaciones sexuales con menores de edad

185.En algunos territorios del país se encuentra extendido un imaginario cultural de

prácticas sexuales altamente permisivas hacia las relaciones sexuales con menores de

edad. Principalmente, esto se encuentra en áreas andinas o de la Amazonía, aunque

también se puede encontrar en áreas de la costa. Esta práctica se sustenta en ideas

que atribuyen características positivas y altamente deseables a las relaciones sexuales

78

con menores de edad (ECPAT International, 2005; Mujica & Cavagnoud, 2011)38.

Asimismo, en muchos casos la permisividad hacia las relaciones sexuales con menores

de edad procede de prácticas naturalizadas culturalmente que permanecen sin

cuestionarse, esto se encuentra especialmente en áreas donde la iniciación sexual se

da a edades muy tempranas.

186.La permisividad hacia las relaciones sexuales con menores de edad presenta,

entonces, un carácter de amparo cultural que merece ser cuestionado, pues estas

prácticas no derivan, en la mayoría de casos, de condiciones psicopatológicas de los

sujetos, sino de la recreación de prácticas habituales naturalizadas por la costumbre39.

El recurrir a servicios sexuales en los cuales media una transacción económica con

menores de edad, si bien es reconocido como prohibido legalmente, no es reconocido

como una práctica negativa o indigna que deba ser erradicada por muchos hombres en

el país.

iii. Corrupción

187.La persecución del delito de trata de personas y sus formas de explotación

presenta hasta la fecha serias deficiencias. Como señalan varios informes, existe una

alta permisividad frente a este delito entre las autoridades, las cuales en ocasiones

juegan un rol encubridor o incluso protector de los autores o promotores de este

delito (Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán, 2005)(UNODC, 2011)(ECPAT

International, 2005).

188.La trata y explotación de mujeres y hombres que se da en las actividades de riesgo

antes mencionadas, se da en un contexto de permisividad absoluta por parte del

Estado, que no previene, persigue ni sanciona dicha actividad. Incluso peor, se han

dado casos en que la autoridad ha promovido e incluso encubierto dichos delitos.

189.Ello por ejemplo explicaría porque a pesar de que muchas veces se conoce

públicamente los lugares de explotación sexual y laboral de personas, en algunos casos

no se realizan los operativos necesarios.

38 Mayor intensidad del placer, posición de dominio en la relación sexual, mayor seguridad sanitaria,

entre otras.

39 La naturalización de recurrir al servicio de prostitución como medio de satisfacer una “necesidad”

masculina y la permisividad hacia la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes.

79

iv. Informalidad

190.Como señalamos previamente, la trata de personas y sus formas de explotación se

encuentran asociadas a condiciones de vulnerabilidad. Existe una multiplicidad de

factores que generan un ambiente favorable para el desarrollo de este fenómeno.

191.Entre los factores que generan esa situación de vulnerabilidad está la informalidad

en la que se dan las transacciones económicas en el país. Desde el 2007, cerca del 59%

de la Población Económicamente Activa (PEA) se desempeñó en un empleo informal y

el 19% del Producto Bruto Interno (PBI) del país provenía del sector informal (Cuenta

Satélite de la Economía Informal 2007-2012, INEI). Esto da cuenta de la magnitud de la

informalidad en nuestro país.

192.La informalidad además guarda especial relación con la pobreza, ya que los

hogares cuyos ingresos provienen de empleos formales, tienen ingresos per cápita

mucho más altos que aquellos hogares cuyos ingresos provienen de empleos

informales.

Grafico N° 20

193.El proceso de la trata, es decir, la captación, traslado, transporte, acogida y

recepción, se ve facilitado por que se desarrollan en espacios donde el control del

Estado es mínimo o inexistente. La serie de transacciones que se requieren para que

una víctima sea captada, trasladada y retenida en el lugar de explotación demuestran

que todas aquellas acciones pueden darse sin el control del Estado. Así, por ejemplo,

80

las víctimas son captadas a través de anuncios publicados en de manera informal por

empresas falsas, que no cuentan con los requisitos necesarios para operar. Luego son

trasladadas a través de buses, camiones o autos que operan en rutas que carecen de

control estatal. Finalmente, como es sabido, la explotación se da también en ámbitos

caracterizados por la informalidad, donde resulta sencillo explotar a las víctimas por la

poca presencia del Estado.

194.Además si tomamos en cuenta que para el 2007 el empleo informal total en la

economía representaba un 79% de la actividad laboral (INEI, Producción y Empleo

Informal en el Perú, 2012). En estos ambientes el control y fiscalización de las

condiciones laborales por parte de Estado es nulo. Esto facilita a que en estos

ambientes se den situaciones de explotación que ocurren fuera del alcance de la

fiscalización estatal.

195.Es necesario que se implementen políticas que pongan énfasis en la especial

vulnerabilidad de ciertos colectivos en el ámbito laboral, especialmente en actividades

cuyas externalidades se vinculan potencialmente a la violación de los derechos

humanos de las víctimas.40 Más aún es necesario considerar el rol de las Gerencias

Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo, encargadas de realizar las inspecciones

y sancionar a aquellos empleadores que están incumpliendo las normas.

v. Falta de Asistencia y Protección a las víctimas

196.Al respecto, el Estado peruano, en lo referente a la asistencia y protección, tiene el

reto de enfrentar la carencia de albergues especializados para la atención a las

víctimas, adolescentes y adultos, varones y mujeres, y que reciban la asistencia de los

servicios del Estado para su recuperación y reinserción conforme a la Ley Nº 28950 –

Ley contra la Trata de Personas y su Reglamento. En este sentido, merece destacar un

avance importante en la elaboración de protocolos de intervención a víctimas por

parte de los principales operadores de justicia.

197.El Ministerio del Interior aprobó el “Protocolo para Asistencia y Protección a las

40 La informalidad y los mecanismos de control de la Trata de Personas. Trata de Personas en el Perú: La

Agenda Pendiente 2013-2016. 2012

81

víctimas y testigos del delito de trata de personas por parte de la Policía Nacional del

Perú 41 y el Ministerio Público hizo lo propio con el “Protocolo del Ministerio Público

para la atención a víctimas de trata de personas”42, ambos instrumentos buscan

intervenir desde sus competencias evitando la revictimización.

i. Deficiente persecución y sanción del delito de Trata de Personas

198.Las cifras del Misterio Público nos señalan que entre el año 2009 a 2014 se han

registrados 1911 casos de trata de personas a nivel policial-fiscal, sin embargo, la

estadística judicial nos muestra que entre el año 2001 al 2013 solo se han registrado

633 casos de trata de personas, 104 en el último año. No obstante, se registran 2693

procesos por favorecimiento a la prostitución y 1170 procesos por proxenetismo.

Grafico N° 21

PROCESOS JUDICIALES POR EL DELITO DE TRATA DE PERSONAS / DELITOS CONEXOS

2001-2013

Fuente: Poder Judicial.

Elaborado: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos – DGPCP.

199.Esto podría demostrar la falta de conocimiento de los elementos del tipo penal

por parte de los operadores jurisdiccionales, que conllevaría a tipificaciones erróneas

de hechos vinculados a la trata de personas donde se ha consumado la explotación

41 Resolución Ministerial Nº 1305-2013-IN/DGSD, del 27 de setiembre 2013.

42Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 257-2014-MP-FN del 23 de enero de 2014

82

sexual; así como las dificultades que representa para estos operadores el desarrollo de

la investigación con el objetivo de recabar los medios probatorios necesarios y

suficientes que respalden una condena por el delito de trata de personas. Todo ello

por la falta de capacitaciones adecuadas que orienten a una investigación y sanción

eficiente según los estándares y recomendaciones internacionales.

200.El reflejo de esta realidad judicial se ve en la población penitenciaria por el delito

de trata de personas, tan solo 249 internos entre los años 2011 a 2013.

Grafico N° 22

POBLACIÓN PENITENCIARIA POR EL DELITO DE TRATA DE PERSONAS / DELITOS CONEXOS

2011-2013

Fuente: INPE

Elaborado: Dirección General de Política Criminal y Penitenciaria – MINJUS

201. Por otro lado, la información disponible a nivel de análisis del modo en el que se

lleva a cabo las investigaciones y procesos, indican que se estarían dando graves

violaciones a los derechos de las víctimas de trata de personas que muchas veces

terminan en situaciones de revictimización, al ser vistos como medios de pruebas y no

sujetos de derecho que requieren ser protegidos desde su primer contacto (Capital

Humano y Social Alternativo. & Valdés Cavassa, 2011).

83

Bibliografía

Arrieta D., A., &Jungbluth Melgar, W. (2013). El Perú subterráneo.

Bedoya Garland, E., & Bedoya Silva-Santisteban, Á. (2005). El Trabajo Forzoso en la

Extracción de la Madera en la Amazonía Peruana. OIT.

Capital Humano y Social Alternativo. (2010). La percepción de la trata de personas

en el Perú. Lima: Capital Humano y Social Alternativo.

Capital Humano y Social Alternativo., &ValdésCavassa, R. (2011). El proceso penal

peruano en el delito de trata de personas: 14 casos en Lima y Loreto. Lima: CHS

Alternativo.

Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán. (2005). Diagnóstico sobre trata de

mujeres, niños y niñas en ocho ciudades del Perú́. Lima: Centro de la Mujer Peruana

Flora Tristán, Programa de Derechos Humanos de las Mujeres.

Chiarotti, S. (2003). La trata de mujeres: sus conexiones y desconexiones con la

migración y los derechos humanos. Santiago de Chile: Naciones Unidas, CEPAL/ECLAC :

Centro Latinoamericano y Caribeño de Demografía (CELADE) - División de Población :

Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

Defensoría del Pueblo. (2013). Informe Defensorial 158. La trata de personas en

agravio de niños, niñas y adolescentes. Lima, Perú.

ECPAT International. (2005). ¿Mercancía Sexual?: Cómo Hemos Creado la Demanda

para la Explotación Sexual Comercial de Niños, Niñas y Adolescentes en el Perú. ECPAT

International.

Garland, E. B., & Silva-Santisteban, A. B. (2005). Trabajo forzoso en la extracción de

la Madera en la Amazonía Peruana.Geneva: International Labour Office.

Goździak, E. M., Bump, Georgetown University, Institute for the Study of

International Migration, & National Institute of Justice (U.S.). (2008). Data and

research on human trafficking: bibliography of research-based literature : final report,

September 2008. Washington, D.C.: Georgetown University, Walsh School of Foreign

Service, Institute for the Study of International Migration.

Hale, T., Held, David. (2011). Handbook of transnational governance: institutions

and innovations. Cambridge; Malden, MA: Polity.

84

ILO global estimate of forced labour results and methodology. (2012). Geneva:

International Labour Office.

ILO Regional Office for Latin America and the Caribbean.,&ILO International

Programme on the Elimination of Child Labour. (2002). Invisible y sin derechos:

aproximación al perfil del trabajo infantil doméstico en el Perú. Lima: OIT.

Informe Alternativo. Un balance desde la sociedad civil sobre la situación de la trata

de personas en el Perú. (2013). CHS Alternativo.

International Labour Office, &ILO International Programme on the Elimination of

Child Labour. (2013). Erradicar el trabajo infantil en el trabajo doméstico y proteger los

jóvenes trabajadores contra las condiciones de trabajo abusivas. Ginebra: OIT.

International Labour Office, International Labour Office, Special Action Programme

to Combat Forced Labour, &ILO International Programme on the Elimination of Child

Labour. (2012). Hard to see, harder to count: survey guidelines to estimate forced

labour of adults and children. Geneva: ILO.

International Labour Office. (2007). Invertir en la familia: estudio sobre factores

preventivos y de vulnerabilidad al trabajo infantil doméstico en familias rurales y

urbanas de Colombia, Paraguay y Perú. Lima: OIT.

International Labour Office. (2009). El trabajo forzoso y la trata de personas:

manual para los inspectares de trabajo. Ginebra: OIT.

International Organization for Migration. (2009). Caring for trafficked persons:

guidance for health providers. Geneva: International Organization for Migration.

International Organization for Migration.,&Movimiento El Pozo. (2004). Trata de

mujeres para fines sexuales comerciales en el Perú.Lima: OIM ; Movimiento El Pozo.

Kane, J., ILO, & International Programme on the Elimination of Child Labour. (2004).

Ayudantes o esclavos?: comprender el trabajo infantil doméstico y cómo intervenir.

Ginebra: OIT.

Kangaspunta, K. (2003). Mapping the Inhuman Trade: Preliminary Findings of the

Database on Trafficking in Human Beings. Forum on Crime and Society Forum on Crime

and Society, 3(1-2), 81-103.

Luebker, M., Oelz, M., Simonovsky, Y., International Labour Office, Conditions of

Work and Employment Branch, & International Labour Organization. (2013). Domestic

workers across the world global and regional statistics and the extent of legal

protection. Geneva [Switzerland]: International Labour Organization.

85

Mejía Navarrete, A. Y. (2003). ¿El regreso a casa...? La reinserción social en un

programa de protección para niñas y adolescentes víctimas de explotación sexual

comercial infantil en Lima, Perú. Lima, Perú.

Ministerio del Interior. (s. f.). Plan Nacional De Acción Contra La Trata De Personas

En El Perú 2011 -2016.

Mujica, J., &Cavagnoud, R. (2011). Mecanismos de explotación sexual de niñas y

adolescentes en los alrededores del puerto fluvial de Pucallpa. ANTHROPOLOGICA,

(29), 91-110.

Murillo Hernández, R. (2007). La Situación De Explotacion Sexual Comercial Y

Laboral De Niños, Niñas Y Adolescentes (NNA) En La Provincia De Maynas Región

Loreto. Lima, Perú: CHS Alternativo.

Naciones Unidas. (s. f.). Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de

personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las

Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.

Novak, F., &Namihas, S. (2009). La trata de personas con fines de explotación

laboral: El caso de la minería aurífera y la tala ilegal de madera en Madre de Dios.

Lima, Perú: IDEI.

Oficina Internacional del Trabajo. (2002). Un futuro sin trabajo infantil: informe

global con arreglo al seguimiento de la Declaración de la OIT relativa a los principios y

derechos fundamentales en el trabajo. Ginebra: Oficina Internacional del Trabajo.

OIM. (2007). La Trata de Personas Una Realidad en el Perú. (D. Cortés, Ed.) (2° ed.).

Lima, Perú.

Organización Internacional para las Migraciones. (2007). La Trata de Personas: Una

Realidad en el Perú. Diagnóstico y Módulo de Capacitación de Capacitadores IOM

International OrganizationforMigrationOIMOrganisation (2.a ed.). Lima Perú: OIM.

Phinney, A. (s. f.). Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas,

especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones

Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional. Progamamujer, salud y

desarrollo.

Pitts, Chip. (2011). Voluntary Principles on Security and Human Rights. En T., Held,

David Hale (Ed.), Handbook of transnational governance: institutions and innovations.

Cambridge; Malden, MA: Polity.

86

Pontificia Universidad Católica del Perú., & Instituto de Estudios Internacionales.

(2009). El mapa del narcotráfico en el Perú. Lima, Perú: IDEI, Instituto de Estudios

Internacionales, Pontificia Universidad Católica del Perú.

United Nations Office on Drugs and Crime. (2012). Global report on trafficking in

persons: 2012. Vienna: United Nations Office on Drugs and Crime.

United Nations Office on Drugs and Crime. (2012). Global report on trafficking in

persons: 2012. Vienna: United Nations Office on Drugs and Crime.

United Nations,& Office of the High Commissioner for Human Rights. (2010).

Principios y directrices recomendados sobre derechos humanos y trata de personas

comentario. Nueva York: Naciones Unidas.

UNODC. (2011). El Estado de la Trata de Personas en el Perú. Lima, Perú.

Zimmerman, C. (2003). The health risks and consequences of trafficking in women

and adolescents: findings from a European study : human rights analysis of health and

trafficking and principles for promoting the health rights of trafficked women.London:

London School of Hygiene& Tropical Medicine.

Páginas web

CHS Alternativo, Las rutas detectadas a nivel nacional. Disponible:

http://www.chsalternativo.org/contenido.php?men=L&pad=32&hij=37&shi=61&pla=2

&sal=2&id=E

http://www.minam.gob.pe/mineriailegal/2014/01/31/especial-de-mineria-ilegal-

como-nace-el-oro-ilicito/

http://www.minjus.gob.pe/pnapta/ (fecha de consulta 30 octubre de 2014)

http://www.minjus.gob.pe/politica-nacional-frente-a-los-delitos-patrimoniales/

(fecha de consulta 30 octubre de 2014)

http://www.minjus.gob.pe/wp-content/uploads/2013/12/libro-03-minjus-2013-

color.pdf (fecha de consulta 30 octubre de 2014)

Quintanilla, Tammy. La Globalización del comercio sexual. Recuperado de

http://www.apramp.org/Upload/DOC30_globalizacioncomerciosexual1997_esp.pdf

87

88

5.LA POLÍTICA NACIONAL CONTRA LA TRATA DE

PERSONAS Y SUS FORMAS DE EXPLOTACIÓN

La política criminal contra la trata de personas es un sistema de lineamientos técnicos

que orienta y organiza la intervención del Estado a efectos de contrarrestar el

fenómeno criminal y fomentar la seguridad de la sociedad.

En este sentido, a continuación se presenta la política contra la trata de personas:

Esta política considera enfoques y lineamientos que orientarán su implementación a

través de los ejes de prevención, persecución del delito y protección de la víctima, los

cuales se muestran en el siguiente esquema.

Prevenir, controlar y reducir el fenómeno de la trata de personas, a través

de la atención a los factores sociales y culturales que la generan; la

persecución y sanción eficiente de los delitos de trata y explotación de

personas, y la efectiva protección, recuperación y reintegración de las

víctimas.

89

1. ENFOQUES

1.1 Género

Este enfoque permite reconocer las diferencias y desigualdades de género, para

atender o adaptar las intervenciones a tales diferencias. Busca no sólo el acceso

igualitario a oportunidades, sino también al goce efectivo de los derechos humanos de

mujeres y hombres. Ello implica cuestionar la cultura, los valores y los roles

tradicionales de género que reproducen y mantienen la trata de personas en sus

diversas modalidades. El objetivo es integrar esta perspectiva desde el diseño,

implementación, monitoreo y evaluación de políticas y programas y en todas las

esferas y niveles de cualquier acción planificada.

1.2 Intercultural

Este enfoque permite reconocerlas diferencias culturales, sin discriminar ni excluir,

buscando generar una relación reciproca entre los distintos grupos étnico-culturales

que cohabitan en un determinado espacio. Esto implica para el Estado, incorporar y

asimilar como propias las diferentes concepciones de bienestar y desarrollo de los

diversos grupos étnico-culturales en la prestación de sus servicios, así como adaptar

los mismos a las particularidades socio-culturales de los mismos. No obstante, ello de

ninguna manera significa aceptar prácticas culturales que violen los derechos

humanos, obstaculicen el goce de igualdad de derechos o que toleren la violencia

hacia grupos en situación de vulnerabilidad, exclusión y/o subordinación.

1.3 Derechos humanos

Este enfoque aplicado a la trata de personas implica reconocer que la trata de

personas y las prácticas que lleva asociada suponen, desde todo, una violación de los

derechos humanos. Esto implica comprender las distintas maneras en que el flujo de la

trata vulnera los derechos humanos de las personas y entender las obligaciones que

consecuentemente se desprenden para los Estados en virtud del derecho internacional

de los derechos humanos. Así mismo, supone reconocer que los derechos humanos

son inherentes a todos los seres humanos, se fundan en el respeto de la dignidad de la

persona humana y son interrelacionados, interdependientes, e indivisibles.

90

2. LINEAMIENTOS DE POLÍTICA

LINEAMIENTO GENERAL 01: "Intervención e implementación focalizada de la

política nacional contra la trata de personas, priorizando estrategias de

prevención, persecución o protección según la problemática identificada y

promoviendo la cooperación entre los órganos gubernamentales a nivel

central y local."

Debido a la particularidad que adopta el fenómeno de la trata en cada una de las

regiones del país, es necesario que las intervenciones derivadas de la política se basen

en contextos locales y nacionales.

Lineamientos específicos:

1.1. Creación de espacios de coordinación y consulta a nivel central y local, que

promuevan la ejecución de las estrategias para luchar contra la trata de personas y sus

formas de explotación, estableciendo para ello las competencias y funciones exclusivas

y/o compartidas de sus miembros.

1.2. Diseño e implementación de planes locales contra la trata de personas y sus

formas de explotación que aborden las características particulares del fenómeno en

cada región del país, estableciendo acciones y estrategias, indicadores y metas e

instituciones que intervienen, por cada uno de los lineamientos generales y específicos

de la política nacional a desarrollar por los espacios de coordinación y consulta local.

1.3. Diseño de herramientas de gestión que permitan el adecuado monitoreo y

seguimiento a los planes locales contra la trata de personas y sus formas de

explotación.

LINEAMIENTO GENERAL 02: "Control y reducción de las situaciones de

vulnerabilidad asociados a la trata de personas, a través de la atención

efectiva de los factores económicos y sociales que las posibilitan".

Este lineamiento busca, a través de la prevención social, eliminar los factores

estructurales de riesgo que facilitan la existencia de la trata de personas. Dentro de

todos los factores asociados, los más relevantes a abordar por la política son aquellos

relacionados a la generación de oportunidades laborales y facilitar el acceso a la

educación y salud de las poblaciones en riesgo.

91

Lineamientos específicos:

2.1. Identificación de la población en situación de vulnerabilidad asociada a la trata

de personas, con la finalidad de focalizar y priorizar las intervenciones sociales y

económicas.

2.2. Generación de oportunidades laborales para la población en situación de

vulnerabilidad asociada a la trata de personas, fomentando la empleabilidad y el

emprendimiento de las personas, así como la reducción de la informalidad y el

desarrollo sostenible de una oferta laboral local.

2.3. Fortalecer el acceso a servicios sociales a población en situación de

vulnerabilidad asociada a la trata de personas, con énfasis en la educación y la salud.

LINEAMIENTO GENERAL 03: "Reducción de la tolerancia social y cultural de las

prácticas asociadas a la trata de personas y sus formas de explotación".

Es necesario generar un cambio social y cultural respecto de la trata de personas y las

prácticas que lleva asociadas, logrando que la sociedad conozca, prevenga, rechace y

denuncie este delito. Por otra parte, se espera que el Estado intervenga

oportunamente en los casos de mayor vulnerabilidad como los relacionados con niños,

niñas y adolescentes.

Lineamientos específicos:

3.1. Desarrollo de una cultura de rechazo hacia las prácticas que ocultan, encubren,

posibilitan o refuerzan la trata de personas y sus formas de explotación.

3.2. Fortalecimiento continuo de una cultura de la denuncia de la trata de personas

y sus delitos conexos, facilitando los medios, protegiendo la confidencialidad de la

información, brindando garantías para los denunciantes, así como el desarrollo de

incentivos para la denuncia.

3.3. Fortalecimiento de los programas sociales orientados a población en situación

de vulnerabilidad, en especial de las niñas, niños y adolescentes, bajo un enfoque de

protección integral, con la finalidad de reducir prácticas asociadas a la trata de

personas y sus delitos conexos.

92

LINEAMIENTO GENERAL 04: " Control y fiscalización de los procesos que

facilitan la captación, traslado, transporte, acogida, recepción y retención de

la trata de personas y sus formas de explotación".

A través de la prevención situacional, este lineamiento está orientado a identificar y

priorizar aquellos procesos que están relacionados directa o indirectamente con el

flujo de la trata de personas (captación, traslado, transporte, acogida, recepción y

retención), con la finalidad de promover la implementación de controles y realizar

acciones de fiscalización que permitan evitar que las víctimas lleguen a ser finalmente

explotadas.

Lineamientos específicos:

4.1. Intervención en procesos vinculados a la captación para la trata de personas,

diseñando mecanismos de control sobre las actividades, insumos o recursos, y

fiscalizando a los actores involucrados.

4.2. Intervención en los medios de transporte aéreo, terrestre, marítimo, lacustre y

fluvial, a nivel interno y en zonas de frontera, estableciendo procedimientos de control

que eviten la trata de personas, así como la realización de las acciones de fiscalización

que garanticen su cumplimiento.

4.3. Intervención en espacios que, por la naturaleza de sus actividades puedan

operar como centros de acogida, recepción o retención de posibles víctimas de trata de

personas, diseñando mecanismos de control sobre sus actividades, insumos o recursos,

y fiscalizando el cumplimiento de las mismos

LINEAMIENTO GENERAL 05: "Intervención oportuna en espacios de

explotación, con la participación de las autoridades competentes que permitan

viabilizar un posterior proceso de desarticulación de organizaciones o

personas vinculadas a la trata de personas, evitando en todo momento la

revictimización y cualquier afectación a las víctimas".

Debido a que, por lo general, el delito de trata de personas se hace evidente en la fase

de explotación, es fundamental centrar esfuerzos en acciones de inteligencia e

intervención multisectorial que intervengan en estos espacios que garanticen la

efectiva persecución del delito y los derechos de las víctimas.

93

LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS:

5.1. Fortalecimiento del proceso de investigación e inteligencia que permita obtener

evidencias o indicios razonables sobre la existencia de espacios de explotación.

5.2. Intervención de los espacios de explotación, que respondan al diseño de

estrategias específicas según sea el caso, con participación multisectorial que permita

su clausura y cierre definitivo, así como la desarticulación de las organizaciones

delictivas o personas vinculadas a la trata de personas.

LINEAMIENTO GENERAL 06: "Fortalecimiento del sistema de justicia penal que

permita una investigación y sanción oportuna y eficiente del delito de trata de

personas y sus formas de explotación, garantizando en todo momento los

derechos de las víctimas".

El sistema de justicia penal es un elemento central en la persecución de la trata de

personas y sus delitos conexos, ya que cierra el círculo de persecución del delito. En

este sentido, el sistema de justicia requiere contar con los recursos y herramientas

adecuados que le permitan cumplir con sus funciones a cabalidad.

Lineamientos específicos:

6.1. Establecimiento de mecanismos de coordinación interinstitucional entre los

operadores que participan en la persecución penal que permita generar y acopiar

evidencia, información y elementos necesarios para un oportuno procesamiento.

6.2. Implementación de procedimientos y mecanismos ágiles y efectivos que

permitan investigar, procesar y sancionar adecuada y oportunamente la trata de

personas y sus formas de explotación.

6.3. Fortalecimiento de los procedimientos y garantías de las víctimas y testigos

dentro de las investigaciones y procesos penales, que permitan su participación

efectiva, dotando de información necesaria para el procesamiento del delito de trata

de personas y sus formas de explotación.

6.4. Fomento de la predictibilidad en las decisiones jurisdiccionales que permitan un

procesamiento y sanción eficaz y oportuna del delito de trata de personas.

94

6.5. Adecuación de la normativa relacionada con la trata de personas acorde a

nuestro contexto, con referencia a las obligaciones internacionales.

6.6. Optimización de la gestión de la información sobre casos de trata de personas a

nivel local, regional y nacional.

LINEAMIENTO GENERAL 07: "Fortalecimiento de la atención y protección

integral a las víctimas nacionales y extranjeros de trata de personas y sus

formas de explotación".

Una de las obligaciones más importantes del Estado, de acuerdo con la Constitución y

las obligaciones internaciones asumidas por éste, es la protección de la víctima y la

salvaguarda de sus derechos. En este sentido, sus recursos deben estar centrados en

ofrecer un marco de protección adecuado a las víctimas nacionales y extranjeras, que

garantice una actuación concertada y articulada de todos los agentes estatales,

ofreciendo una asistencia multisectorial inmediata y adecuada.

Lineamientos específicos:

7.1. Fortalecimiento e implementación de equipos interdisciplinarios para la

atención integral y oportuna a las víctimas de trata y explotación, desde el ámbito

psicológico, jurídico y social.

7.2. Desarrollo de centros de acogida temporales y permanentes para víctimas de

trata de personas y sus formas de explotación, que permitan la recuperación y

reintegración de la víctima a la sociedad, a través de programas de reintegración y

protección social.

7.3. Fortalecimiento de las capacidades de los actores involucrados en la atención a

las víctimas de trata de personas en dichos contextos, incluyendo a las oficinas

consulares en el extranjero

95

LINEAMIENTO GENERAL 08: "Recuperación y reintegración efectiva de la

víctima de trata de personas y sus formas explotación."

En el contexto de los lineamientos anteriores y considerando que la trata de personas

afecta diversas fases del desarrollo personal de las víctimas, la atención a las mismas

no solo debe limitarse solo a una atención inmediata, sino que la protección debe

extenderse a través de un tratamiento y seguimiento a la víctima en el largo plazo,

garantizando su reintegración a la sociedad.

Lineamientos específicos:

8.1. Diseño e implementación de programas de protección, tratamiento y

acompañamiento sostenible a las víctimas de trata de personas y sus formas de

explotación que implique programas de tratamiento y recuperación de su salud física y

mental.

8.2. Restitución de derechos a favor de las víctimas de trata y explotación,

facilitando la regularización u obtención de documentación que le otorgue un

reconocimiento jurídico.

8.3. Priorización de apoyo a la reintegración educativa y/o laboral de las personas

víctimas de trata y explotación.

96

Creación de espacios de

coordinación y consulta

Diseño e implementación

de planes locales

Diseño de herramientas de

gestión

ProtecciónPersecuciónPrevención

Reducción y control de las

situaciones de vulnerabilidad

Reducción de la tolerancia

social y cultural de prácticas

Fiscalización y control de los

procesos

Intervención oportuna en

espacios de explotación

Fortalecimiento del sistema

del sistema de justicia penal

Recuperación y reintegración

efectiva

Atención y protección integral

a las victimas

Identificación de la

población vulnerable

Generación de

oportunidades laborales

Fortalecer el acceso a

servicios sociales

Identificación de la

población vulnerable

Generación de

oportunidades laborales

Fortalecer el acceso a

servicios sociales

Intervención en procesos

vinculados a la captación

Intervención en los medios

de transporte

Intervención en espacios

de acogida

Investigación y desarrollo

de inteligencia

Clausura y cierre definitivo

de los espacios

Mecanismos de coordinación

interinstitucional

Procedimientos y mecanismos

agiles y efectivos

Procedimientos y garantías

de las víctimas y testigos

Fomento de la

predictibilidad

Adecuación de la

normatividad

Optimización de la gestión

de información

Implementación de

equipos interdisciplinarios

Desarrollo de centros de

acogida

Fortalecimiento de

capacidades

Implementación de

programas de protección

Restitución de derechos a

favor de víctimas

Priorización de apoyo a la

reinserción

Intervención e implementación focalizada de la política nacional

ENFOQUES

Género

Intercultural

Derechos Humanos

97

Anexos

Cuadro A: Tala

Producción de madera rolliza por regiones (metros cúbicos)

AÑO 2007 2008 2009 2010 2011 2012

Loreto 624029.6 742300.51 541056.59 637557.4 514211.58 662266.61

Ucayali 460958.06 479411.58 446457.23 435621.32 532788.81 459136.81

Madre de Dios 196652.85 253498.91 290449.52 330659.04 293847.26 280460.26

Huancavelica 47280.39 10397.57 8338.69 22694.98 7009.24 198547.83

Junín 159953.44 230301.03 164872.64 195196.95 203549.1 196890.21

Cusco 60256.6 101319.69 106852.81 71007.27 119765.82 135686.97

Cajamarca 55787.91 71646.01 61682.76 68201.92 83560.18 111107.69

La Libertad 125516.75 168735.29 110675.39 150280.69 147209.5 94778.91

Pasco 53026.51 31689.8 10309.18 7516.36 16377.79 80407.03

Tumbes 2660 2753.75 1620 1808 1820 58580

98

Áncash 31469.83 45830.41 39647.66 59903.05 99138.32 56632.03

San Martín 105668.5 44525.29 23311.02 42012.5 33661.87 35655.84

Amazonas 33056.88 22123.14 16668.58 697.12 28440.87 30462.74

Apurímac 30685.43 60822.85 28974.2 30859.25 32277.85 30310.12

Ayacucho 2722.47 5718.13 5228.45 2781.86 5893.52 18438.91

Huánuco 84971.97 177876.58 176724.89 38635.04 40908.92 12835.73

Piura 6073.92 6495.09 3896.19 3933.36 6818.73 11177.98

Puno 4731.77 12432.3 5655.49 1269.71 1501.52 2099.43

Lambayeque 338.32 680.39 3996.25 29972.15 358.63 568.74

Arequipa 212.33 222.48 1001.59 287.72 348.34 384.6

Tacna 136.14 479.32 721.02 834.05 331.33 212.4

Ica 147.29 132.8 80.08 71.07 231.9 149.63

Lima 185.93 778.43 469.11 24880.73 60.65 56.3

Moquegua - - 28.8 8.8 149.31 13.68

Total Nacional 2086523 2470171 2048718 2156690 2170261 2476860

FUENTE: Ministerio de Agricultura y Riego - Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre - INEI

99

Cuadro B: Producción de madera aserrada por regiones (metros cúbicos)

AÑO 2007 2008 2009 2010 2011 2012

Loreto 278568 270906 126591.26 107957.29 151446.68 148032.92

Madre de Dios 99665 128377 139315.52 134614.16 152800.58 145787.77

Ucayali 280077 177624 143995.93 145249.65 184354.28 126619.85

Junín 84053 92488 75698.95 119741.59 103208.93 109603.29

Pasco 20025 7402 2975.16 19513.3 6647.98 40407.61

Cusco 8515 23814 25522 23137.96 27035.38 34359.66

San Martín 50755 27508 14921.42 20675.47 17700.81 18570.75

Apurímac 11249 16265 14004.38 16631.75 16674.76 17382.35

Amazonas 17311 11463 8900.55 10290.85 15045.49 15715.78

Huancavelica 64 107 236.67 209.14 129.68 14318.53

Cajamarca 12516 13014 7664.67 10229.9 10929.48 10442.29

Ayacucho 242 405 590.13 959.28 3417.67 9003.14

Huánuco 52174 19281 54425.14 9086.06 10740.7 6122.15

100

La Libertad 12857 12245 8312.6 6339.13 7263.56 4080.9

Áncash 1832 862 1356.25 1998.87 3312.31 3860.78

Puno 2175 1402 711.2 508.98 447.33 683.46

Arequipa 190 20 209.89 379.33 379.53 169.03

Piura 2997 2838 175.21 - 11.16 123.9

Ica - - 8.26 - - 70.15

Moquegua - - 15 71.56 77.64 47.68

Lima 9 223 67.24 53.34 2 29.33

Tacna 1 209 - - - 15.98

Lambayeque 59 79 71.93 403.85 1.4 -

Tumbes 1333 1302 - - - -

Total Nacional 936667 807834 625769.3 628051.5 711627.4 705447.3

FUENTE: Ministerio de Agricultura y Riego - Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre - INEI

101

Cuadro C: Minería

Canon minero por regiones (Nuevos Soles)

AÑO 2008 2009 2010 2011 2012 2013

Áncash 1338674464 816767200.3 785418631.7 769599169.7 1017677231 1016926205

Cajamarca 181838139.8 308454099.5 505021529.7 540534577.2 586014932.6 601400455.2

La Libertad 265103857.4 372663283.4 422507164.4 459769619.6 562882073.7 532531739

Arequipa 458511400.8 550023476.8 352296103.6 667406440.1 791050487 448003908

Moquegua 211377736.7 389462118.7 243552099.7 398595050.4 332927544.9 291145767.5

Tacna 709943649.1 312614942 190203358.3 350128904.6 348073274.1 252039558.7

Puno 169169714.5 240236854.1 182727596.5 307659671.9 304620069.3 218658501.9

Ica 71752535.9 112611856.8 74042298.6 202236847.9 347183888.2 186400513.2

Lima 182447781.1 76532608.2 80933146.4 115206364.7 188808881.8 108345152.2

Pasco 377211536 125876511.7 151087859.6 182407077.4 197235397.1 96661158.3

Junín 123300569.8 39791562.4 63146125.5 78767100 106365667.8 63043603.6

Cusco 241821965.3 136049817.2 107550026.7 167144479.9 347500924.6 36601302.3

Ayacucho 41237133.3 12374122.7 34540083.7 58151804 82297102.4 16844312.3

Apurímac 24322177.4 16021140.9 11778439.9 2216364.1 7273718.2 11609712

Huancavelica 48343833.7 17440664.7 5917153.4 8703339.1 22063751.7 7656953.6

102

Piura 10105.8 33815 20064.8 129007.5 181552.6 6035333.6

San Martín 488648.7 441002.6 448382.3 635051.1 1252710.3 2475814.3

Madre de Dios 42873.2 40560 429822.3 166396.2 1804491.6 1592012.5

Huánuco 7543697 2792221.2 1591747.1 4300644 4192621.7 1125063.1

Lambayeque 46.8 253130.6 1166081.4 496057.7 427150.2 94225.1

Amazonas 16797.7 66235.1 99826.3 122736.8 2651.7 1125.1

Callao 1885.7 127 33.9 56.3 1056.7 478.2

Loreto - - - - - -

Tumbes - - - - - -

Ucayali - - - - - -

Total Nacional 4453160549 3530547351 3214477576 4314376760 5249837179 3899192894

FUENTE: Ministerio de Economía y Finanzas – INEI

Producción de oro (miles de onzas finas)

AÑO 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013

La Libertad 1154.99 1798.09 1735.43 1837.63 1693.83 1545.34 1509.44 1681.02 1530.79

Cajamarca 3318.21 2613.62 1566.95 1844.37 2202.23 1661.13 1640.67 1775.66 1464.35

Madre de Dios 524.97 510.89 529.39 539.64 557.75 614.23 727.71 394.54 518.4

103

Arequipa 595.14 535.9 566.59 519.22 546.47 561.92 559.47 533.51 442.55

Ayacucho 1.15 71.11 97.79 139.12 151.21 172.9 192.02 210.74 324.24

Moquegua 211 189.9 169.58 152.97 176.01 213.07 203.95 182.97 163.3

Puno 3.58 25.89 70.02 105.67 107.45 90.11 96.7 124.71 157.43

Tacna 3.59 2.81 2.4 2.02 3.06 3.01 2.8 2.36 119.63

Cusco 32.55 40.38 38.79 36.64 37.54 75.63 107.62 81.19 119.4

Áncash 630.44 511.57 522.47 404 276.13 197.64 157.8 113.35 96.9

Lima 13.35 15.74 17.28 21.55 18.66 18.38 24.55 43.81 41.71

Pasco 50.89 60.26 49.51 67.67 69.33 45.07 48.4 34.53 29.09

Ica - - - - 0.04 0.05 0.08 0.39 6.72

Huancavelica 102.86 108.56 76.82 50.08 38.85 43.7 38.15 14.99 6.7

Junín - - - 50.42 33.93 33.24 33.65 0 0

Apurímac 44.67 36.14 30.16 11.95 3.04 - - - -

Total Nacional 6687.38 6520.85 5473.19 5782.95 5915.54 5275.41 5343.01 5193.76 5021.21

FUENTE: Ministerio de Energía y Minas - Dirección General de Minería – INEI

104

Cuadro D: Hidrocarburos

Producción fiscalizada de gas natural (Miles de pies cúbicos)

AÑO 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013

Cusco 38448965 70726970 95364679 102341589 234315022 382342097 396411361 415832898

Piura 11288522 11464829 11959291 10274074 11307192 12260163 11195813 9392891

Ucayali 13818712 14014655 14906174 12683950 9987016 6567165 11187577 5333354

Total Nacional63556199 96206454 122230145 125299614 255609230 401169425 418794751 430559143

FUENTE: PERUPETRO S. A. – INEI

Producción fiscalizada de petróleo crudo (barril)

AÑO 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013

Piura 10992717 11713596 12030816 13964223 14805523 15264458 15140389 15072539 13845197

Loreto 16548134 16600615 16115621 14062858 11121339 11266803 10246415 9323037 9110831

Total Nacional 27540851 28314211 28146437 28027081 25926862 26531261 25386804 24395576 22956028

Nota: El departamento de Piura, incluye la Producción de la empresa BPZ (Lote Z-1, Piura-Tumbes). - El departamento de Loreto, incluye la Producción de la empresa MAPLE (Lote 31B/31D,

Loreto-Huánuco).

FUENTE: Ministerio de Energía y Minas – PERUPETRO- INEI