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© ANF Autoridad de Certificación

Paseo de la Castellana, 79 - 28046 - Madrid (España)

Teléfono: 902 902 172 (Llamadas desde España)

Internacional +34 933935 946

Fax: +34 933 031 611 · Web: www.anf.es

Política de Examen

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IF:

A-8

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Política de Examen

OID 1.3.6.1.4.1. 18332.105.15

Nivel de Seguridad

DIFUSIÓN PÚBLICA

Aviso Importante

Este documento es propiedad de ANF Autoridad de Certificación

Está prohibida su reproducción y difusión sin autorización expresa de ANF Autoridad de Certificación

Copyright © ANF Autoridad de Certificación 2017

Dirección: Paseo de la Castellana, 79 - 28046 - Madrid (España)

Teléfono: 902 902 172 (Llamadas desde España) Internacional +34 933 935 946

Fax: +34 933 031 611. Web: www.anf.es

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Política de Examen

OID 1.3.6.1.4.1. 18332.105.15

CONTROL DEL DOCUMENTO:

Elaborado en conformidad con el Esquema de Certificación de la AEPD para DPD, las normas UNE-EN

ISO/IEC 17024:2012, y en harmonía con el Reglamento de Certificación de Personas ANF AC.

DOCUMENTOS VINCULADOS

Fecha Nombre Versión

24/11/2017 Reglamento de Certificación Personas v.1.1

24/11/2017 Política de Contenidos y criterio de pre-evaluación v.1.0

24/11/2017 Análisis imparcialidad Entidad Certificación ANF AC v.1.1

24/11/2017 Código de Ético de ANF AC v.1.2

2/10/2017 Esquema de Certificación de AEPD-DPD v.1.12, de octubre 2017 v.1.1

Diciembre 2012 Norma ISO IEC 17024:2012 2012

LISTA DE DISTRIBUCIÓN

Este documento debe ser depositado y custodiado por las siguientes personas pertenecientes a la ANF-

AC responsable de su conservación y actualización:

Nombre Cargo y Departamentos

Florencio Díaz Dirección General

M Carmen Mateo Dirección Dpto. Jurídico

Enric Castillo Responsable de Informática y Sistemas

Comité de Expertos Miembros

ABREVIATURAS OBRANTES EN EL DOCUMENTO

Abreviatura Nombre

AEPD Agencia Española de Protección de Datos

ANF AC ANF Autoridad de Certificación

EC Entidad de Certificación referida a ANF AC

ENAC Entidad Nacional de Acreditación

EC-AEPD-DPD Esquema de Certificación de AEPD-DPD v.1.12, de octubre 2017

Versión Fecha modificación / creación Autor / modificado por

1.0 2017/11/24 F. Díaz

Versión Propuesto por Aprobado por Fecha

modificación Fecha

Aprobación Autor

1.0 Director General Junta Rectora de la PKI

2017/11/24 F. Díaz

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Política de Examen

OID 1.3.6.1.4.1. 18332.105.15

INDICE.

1. OBJETO. ........................................................................................................... 6

2. PARTICIPACIÓN EN LA CONVOCATORIA. ......................................................... 9

2.1 Lugar, día y hora. ........................................................................................... 9

2.2 Ausencia y pérdida de derechos de examen abonados. .................................. 9

2.3 Tiempo límite de personanción en la prueba. ................................................. 9

2.4 Reprogramación de una convocatoria. ........................................................... 9

3. MODALIDADES DE PARTICIPACIÓN E IDENTIFICACIÓN CANDIDATOS.¡Error! Marcador no

definido.

3.1 Presencial. ..................................................................................................... 9

3.2 Exámenes a distancia ..................................................................................... 9

4. REQUISITOS PARA EL SITIO DEL EXAMEN. ................¡Error! Marcador no definido.

5. CONTRUCCIÓN PERSONALIZADA DEL EXAMEN, TIEMPO-CONTROL IN-¡Error! Marcador no

definido.

5.1 Inicio de sesión. ............................................................................................. 9

5.2 Identificación del candidato antes los servidores de confianza. ..................... 9

5.3 Inicio de la prueba. ........................................................................................ 9

5.4 Fin de la prueba. ............................................................................................ 9

5.5 Autenticación de la prueba. ............................................................................ 9

5.6 Cierre de sesión. ............................................................................................ 9

5.7 Recopilación y mantenimiento de datos estadísticos. .................................... 9

6. CAUSAS DE ANULACIÓN DE EXAMEN ..........................¡Error! Marcador no definido.

7. QUEJAS Y RECLAMACIONES ........................................¡Error! Marcador no definido.

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Política de Examen

OID 1.3.6.1.4.1. 18332.105.15

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Política de Examen

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1 OBJETO

La presente Política de Examen establece los criterios que supervisores y candidatos deben de

respetar en el momento de realizarse la prueba de evaluación. Determina el procedimiento que

se debe de seguir en las pruebas de examen.

Se establece la figura del Supervisor, es la persona autorizada por la entidad de certificación

que administra o supervisa un examen. Durante el tiempo que dura la Convocatoria, es el

representante de la Entidad de Certificación [EC], el cual marca las pautas que todo candidato

debe de seguir y respetar.

Además, este documento define un modelo informático que genera de forma automática

exámenes bajo petición. Este procedimiento imposibilita el conocimiento previo del examen y,

por lo tanto, refuerza las garantías de imparcialidad, independencia y transparencia.

Así mismo se establece el procedimiento de identificación para las dos modalidades de

exámenes:

• Presencial.

• A distancia

Por último esta Política de Examen define el procedimiento a seguir para que los candidatos

puedan tramitar quejas, reclamaciones y apelaciones.

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Política de Examen

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2 PARTICIPACION EN LA CONVOCATORIA

2.1 Lugar, día y hora

La Entidad de Certificación ANF AC [EC], comunica por escrito a los candidatos: día, hora y

lugar en que se celebrará la Convocatoria de Examen en la cual están inscritos.

2.2 Ausencia y pérdida de derechos de examen abonados

Con una antelación mínima de siete días, el candidato puede comunicar a la Entidad de

Certificación ANF AC, su no disponibilidad para asistir a la Convocatoria de Examen. En ese

caso, la EC le propondrá la inscripción en la siguiente convocatoria que tenga plazas libres, y el

candidato podrá rechazar hasta tres propuestas, superado este margen el candidato perderá

los derechos abonados de examen.

Si la comunicación la realiza con un periodo de antelación inferior a los siete días, el candidato

perderá el 50 % de los derechos de examen. Si lo comunica el mismo día del examen o

simplemente no realiza aviso alguno, perderá el 100 % de los derechos abonados de examen.

2.3 Tiempo límite de personación en la prueba

La presencia del candidato a la prueba de examen se tiene que producir a la hora establecida

en la convocatoria. El Supervisor de la EC, determinará el momento en el que se inicia la

prueba, ningún candidato se podrá incorporar a la sala de examen si la prueba se ha iniciado.

2.4 Reprogramación de una convocatoria

Una convocatoria de examen, puede ser reprogramada cuando se presenten causas sub-

estándar, o de emergencia, o caso fortuito. Bajo esas circunstancias la Dirección General de la

EC, podrá:

• Si el candidato llegó a realizar en su integridad alguno de los Dominios del Esquema de

Certificación AEPD-DPD, se podrá guardar durante 1 mes las calificaciones obtenidas en

el examen (s) para que durante este tiempo el candidato pueda sólo desarrollar la parte

de los Dominios pendientes de examen.

• Destruir la parte de examen realizada y realizar nueva convocatoria. En caso de

destrucción de examen, informáticamente se implementarán los controles necesarios

para que en la nueva convocatoria el contenido del examen a realizar sea distinto.

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Política de Examen

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Condiciones sub-estándar:

• Fallo del equipamiento informático.

• Fallo de las comunicaciones (internet)

• Se descubre una situación insegura en el área de evaluación que no se puede controlar.

• Se descubre un incumplimiento con los requisitos para el sitio de examinación práctica

y no se puede corregir inmediatamente

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Política de Examen

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3 MODALIDADES DE PARTICIPACION E IDENTICACIÓN

DE LOS CANDIDATOS

Existen dos modalidades de participación en las Convocatorias de Examen:

• Presencial.

• A distancia

Todos los exámenes realizados por la Entidad de Certificación ANF AC [EC], cuentan con un

Supervisor de examen. Todos los exámenes se realizan empleando medios informáticos. A fin

de garantizar la integridad, identidad y no repudio del examen realizado, este documento

deberá ser firmado electrónicamente.

3.1 Presencial

El candidato que se somete a examen debe de personarse a la Sala de Examen a la hora

establecida en la Convocatoria de Examen, superada esa hora queda a criterio del Supervisor

aceptar su participación en el examen o denegarla. En ningún caso, iniciada la prueba se podrá

admitir la incorporación de candidatos que hayan llegado con retraso.

El candidato se tiene que presentar portando:

• Cedula de ciudadanía, pasaporte, o tarjeta de residencia siempre en estado de

vigencia. Si el candidato no se presenta con la identificación válida, el supervisor no

permitirá su participación en la Convocatoria, calificándolo como no personado.

• Certificado cualificado de firma electrónica expedido por ANF AC, en estado de

vigencia. Si el candidato no dispone de este instrumento, al concluir el examen será el

Supervisor el que autentique la prueba del examen realizado, siempre y cuando el

candidato firme de forma manuscrita tal petición y autorización a favor del superfisor.

Para ello utilizará el formulario de autorización OID 1.3.6.1.4.1. 18332.105.39.

Es recomendable estar en disposición de presentar el comprobante del pago de tasas, dado

que no consta que el candidato haya realizado el pago completo de las tasas, no podrá

examinarse. Igualmente es conveniente llegar una copia impresa del comunicado de

convocatoria e inscripción recibido, puesto que si no costa inscrito en la convocatoria, no podrá

examinarse.

Si la foto del documento de identidad no es lo suficientemente nítida o el supervisor alberga

dudas sobre la identidad cierta del candidato, podrá solicitar otros documentos en los que

conste la fotografía del candidato, p.ej, carnet de conducir. Si aun así, el supervisor alberga

dudas sobre la identidad del candidato, podrá permitir su participación siempre que el

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Política de Examen

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candidato permita la captura de datos biométricos y se comprometa a una posterior

comprobación de identidad según procedimiento que fijará el Director Jurídico de la EC.

En caso de detectar suplantaciones de identidad, el Departamento Jurídico de la EC,

interpondrá la correspondiente denuncia ante las autoridades competentes.

La Entidad de Certificación, cuando lo consideré oportuno y siempre que cuente con el

consentimiento de los candidatos, podrá realizar una videograbación de las pruebas como

medida de seguridad interna.

3.2 Exámenes a distancia

El candidato debe de estar en posesión y en disposición de uso de un certificado cualificado de

firma electrónica vigente emitido por ANF AC. Sin este instrumento no es posible garantizar la

identidad del candidato, ni autenticar la prueba realizada.

El terminal informático empleado deberá disponer de lector de huellas dactilares o Secure

Palm, así como Web Cam que será enfocada en cada momento como determine el supervisor,

y que deberá permanecer operativa durante todo el tiempo de la prueba. Caso de interrupción

de la señal de video, el supervisor podrá suspender temporal o definitivamente la prueba.

Con el fin de que las garantías del examen a distancia sean equiparables a las de un examen

presencial, es necesario adoptar las siguientes medidas de seguridad:

• La garantía de identidad será cumplimentada con la captura de datos biométricos.

• La acreditación de presencia y evidencia de supervisión, se empleará medios de video

grabación de toda la prueba realizada.

Se solicitará al candidato que firme electrónicamente un consentimiento expreso para llevar a

cabo el proceso indicado. Caso de denegar esta autorización, el examen se deberá realizar de

forma presencial.

Con carácter previo al inicio de la prueba, el Supervisor comprobará la imagen que se posee

del solicitante. Está imagen y sus datos biométricos, constan en los registros de ANF AC, desde

el momento que se le capturó para el realizar el trámite de emisión del certificado cualificado

de firma electrónica.

Si el Supervisor alberga dudas sobre la correspondencia de la imagen archivada e igualmente

existen dudas del resultado de confirmación de identidad mediante comprobación de otros

datos biométricos como huella dactilar o Secure Palm, podrá rechazar su participación en el

examen o, siempre que el candidato lo permita, podrá capturar nuevos datos biométricos,

permitiendo la realización cautelar del examen, pero supeditada a una posterior comprobación

de identidad según procedimiento que fijará el Director Jurídico de la EC.

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Política de Examen

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En caso de detectar suplantaciones de identidad, el Departamento Jurídico de la EC,

interpondrá la correspondiente denuncia ante las autoridades competentes.

En caso de que el candidato desee curar una queja o reclamación, el Supervisor le asesorará

respecto a sus derechos y forma de tramitarla de acuerdo con lo reseñado en el Apartado

Quejas y reclamaciones.

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Política de Examen

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4 REQUISITOS PARA EL SITIO DEL EXAMEN

El Supervisor de examen comprobará, con carácter previo al inicio de la Convocatoria de

examen, que:

• El lugar donde se va a llevar a cabo el examen debe ser un sitio que asegure un

ambiente adecuado para los candidatos: luz, limpieza, pupitres, escritorios o mesas con

sillas con un espacio adecuado entre los candidatos.

• En el lugar solo deben de estar presentes los candidatos y el Supervisor.

• El candidato no puede utilizar su propio equipo informático, debe de emplear

equipamiento informativo que ponga a su disposición el Supervisor.

• El equipo informático debe de disponer de los instrumentos necesarios para poder

realizar capturas de datos biométricos: lector de huellas dactilares o Secure Palm, y

Video-cámara. Además el terminal informático debe de disponer de entrada de conector

USB, para insertar dispositivo de firma.

• El sistema operativo del terminal informático será Windows, y el navegador preferente

Chrome.

• Si se llegara a presentar que estos requisitos no se cumplen y se pone en peligro la

seguridad de los participantes o de las instalaciones y/o del equipo, el supervisor puede

cancelar la actividad. Posponiendo a los candidatos a nueva convocatoria.

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5 CONSTRUCCIÓN PERSONALIZADA DEL EXAMEN,

TIEMPO -CONTROL INICIO Y FINAL-.

Cada candidato está identificado por la EC, mediante un identificador unívoco. A este

identificador se asocia su cédula de identidad, el número de serie de su certificado.

El procedimiento de examen, una vez superado el control del Supervisor, tiene las siguientes

etapas:

5.1 Inicio de sesión

El Supervisor es el encargado de activar el Sistema de Informático de la Convocatoria:

a) Para activar el sistema, el Supervisor emplea su certificado cualificado de firma

electrónica. Esta credencial es verificada ante los servidores de confianza de ANF AC.

En caso de confirmación, automáticamente se abre el acta de convocatoria.

b) El sistema informático comprueba mediante protocolo de comunicaciones NTP y

conexión al Laboratorio de tiempo del Real Observatorio de la Armada (Institución

acreditada por el BOE como fuente segura de tiempo en España), que el día y hora se

corresponde con la hora de Convocatoria.

c) Verificada que el momento en el tiempo es el correcto, con un margen de 1 hora

superior a la hora fijada en la convocatoria. El sistema queda activado para pasar a la

Etapa siguiente.

5.2 Identificación del candidato ante los servidores de confianza de ANFAC.

a) Cada candidato con la ayuda del Supervisor, y empleando el navegador accede a la

Pagina Web de la convocatoria de examen.

b) Cada candidato se identifica ante el sistema por alguno de los siguientes sistemas:

1) Mediante certificado cualificado de firma electrónica.

2) Caso de no tener disponibilidad de este instrumento, el Supervisor introduciendo

el identificador del candidato y, con expreso consentimiento el mismo, procede a

identificar el candidato.

c) El sistema procede a verificar que el candidato está inscrito en la Convocatoria, y que

consta el pago de tasas.

1) Caso de no constar inscrito en el sistema informático, el candidato podrá

acreditar su inscripción mediante la comunicación que le fue remitida por escrito.

En caso de acreditación. El Supervisor anotará en el sistema la incidencia

enviando captura fotográfica, y habilitará la prueba.

2) Caso de no constar el pago de la tasa, el candidato podrá acreditar con el

correspondiente comprobante de pago original su pago. El Supervisor anotará en

el sistema la incidencia enviando captura fotográfica, y habilitará la prueba.

d) El sistema anotará automáticamente en el Acta los candidatos que están presentes en

la prueba (5.1.a)) . El sistema a la Etapa siguiente.

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5.3 Inicio de la prueba

Cada terminal activa, según el caso, el proceso de video-grabación, y de forma

simultáneamente publica una página que representa un Contador de Tiempo “5 minutos

marcha atrás”.

El sistema en ese momento genera el examen correspondiente al candidato. Esta generación

incorpora las siguientes medidas.

a) Con el identificador de usuario, el sistema comprueba en el expediente del candidato si

ha participado en otras convocatorias. En caso afirmativo, determina las preguntas

sobre las que ya se ha sometido a prueba, esas preguntas quedan invalidadas para el

nuevo examen.

b) Mediante algoritmo aleatorio y aplicando la Política de Contenidos, elabora un examen

para cada candidato. Este examen es codificado con un identificador unívoco, ese

identificador queda anotado en el expediente del candidato, y no es visible al ojo

humano.

c) Llegada la hora 0, se muestra el examen al candidato y se activa.

a. Contador que tiene fijado el tiempo en cuatro horas.

b. En su caso se inicia la video-grabación.

5.4 Fin de la prueba

Culminado el tiempo autorizado de la prueba (cuatro horas), o pulsando el candidato el botón

FIN DE PRUEBA, el sistema cierra el examen. Automáticamente el momento de cierre queda

registrado en el acta (5.1.a))

Una vez finalizada la prueba, ya no es posible volver a acceder al examen.

5.5 Autenticación de la prueba

El sistema requiere la autenticación mediante firma electrónica de la prueba, se producen las

posibles circunstancias siguientes:

a) El usuario dispone de dispositivo de firma vigente, con él procede a firmar la prueba.

b) El usuario no dispone de dispositivo de firma vigente, el supervisor, con el

consentimiento expreso y firmado manuscritamente por el candidato, procede a firmar

la pruena.

5.6 Cierre de sesión

Firmada la prueba, el sistema procede a cerrar la sesión.

5.7 Recopilación y mantenimiento de datos estadísticos

ANF AC, realiza una recopilación de datos relativos a los exámenes realizados con fines estadísticos. El

objetivo es reafirmar, a intervalos definidos y justificados, la equidad, validez, fiabilidad y desempeño

general de la política elaboración de exámenes, y en caso necesario, corregir toda deficiencia identificada.

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6 CAUSAS DE ANULACIÓN DE EXAMEN

El Supervisor puede suspender o anular un examen, si se presenta una o varias de las

siguientes condiciones:

• El candidato siga contestando el examen cuando el tiempo estipulado se ha terminado y

el supervisor o examinador ha dado la orden de finalizar.

• Todos los exámenes son una propiedad intelectual de la EC ANF AC. Está prohibido

fotografiar o copiar las preguntas del examen por cualquier medio, incluido el escrito.

• El candidato se niega a entregar el examen cuando el examinador lo ha solicitado.

• El candidato intenta observar la prueba de otro candidato.

• El candidato incurre en intento de fraude o copia.

• El candidato manipula un celular o dispositivo electrónico no permitido.

• El candidato se retira del área de examinación sin autorización del examinador.

• Cuando el candidato ejerza presión sobre el examinador para manipular los resultados

de su examen a favor suyo atentando contra la imparcialidad, independencia y

confidencialidad del proceso.

• Cuando el candidato emplea cualquier tipo de subterfugio que no sea su puro

conocimiento, para la realización del examen.

• El candidato se niegue a firmar el examen.

• Cualquier actitud que el supervisor considere impropia por parte del candidato.

El Supervisor deberá documentar lo ocurrido tal y como se establece en el apartado Quejas y

Reclamaciones.

En los casos anteriores, el Supervisor podrá proponer que el candidato sea descalificado, en

caso de los órganos superiores de la EC, confirmen está propuesta el proceso se dará por

terminado sin derecho a reembolso.

Según la gravedad de lo ocurrido, la decisión última de la EC podrá ser la descalificación

general del candidato para poder volver a presentarse a Convocatorias de esta EC.

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7 QUEJAS Y RECLAMACIONES

En cualquiera de los dos supuestos, presencial o remoto, el Supervisor que sea requerido

facilitará a la persona interesada, Formulario de Reclamación OID 1.3.6.1.4.1. 18332.105.38.

En el cual, el interesado realizará las consideraciones que estime oportunas, el Supervisor

incluirá su versión de los hechos. El interesado y el supervisor firmaran el documento,

quedando en poder de cada uno de ellos una copia firmada.

El Supervisor informará al interesado de los medios que tiene a su disposición para continuar

su trámite de reclamación.

El Supervisor remitirá inmediatamente copia del documento al Departamento Jurídico de ANF

AC.

Cuando la Convocatoria es presencial, y el lugar geográfico en que se celebra disponga de

norma reguladora de Defensa de los Consumidores, y tal norma disponga de formulario oficial

para cursar reclamaciones. El Supervisor informará de tal derecho y dará al interesado la

opción de utilizar el formulario correspondiente a la normativa de consumidores, o el

formulario de ANF AC.

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Política de Examen

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8 ADMINISTRACIÓN DE LA POLÍTICA

ANF AC como Entidad de Certificación del Esquema de Certificación de personas para el

ejercicio profesional de Delegado de Protección de Datos de la Agencia Española de Protección

de Datos, se asegura que esta Política se revisa y valida de forma sistemática para mantener

su adecuación con la última versión del Esquema.

El Departamento jurídico de ANF AC será el responsable de la revisión y en su caso, elaborar

propuestas de modificación. La Junta Rectora de la Entidad de Certificación ANF AC, será la

responsable de su aprobación.

Independientemente de que no se produzca cambio de versión del Esquema de Certificación, el

Departamento Jurídico llevará a cabo como mínimo una vez al año una revisión del

Reglamento.

El Reglamento será gestionado con un control de versionado. La Junta Rectora en caso de

cambio, será responsable de notificar a todas las partes interesadas.

17.1 Publicación

El Reglamento estará permanentemente disponible en su última versión, en la Web corporativa

de la Entidad de Certificación ANF AC

http://www.anf.es