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Política de Examen
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Política de Examen
OID 1.3.6.1.4.1. 18332.105.15
Nivel de Seguridad
DIFUSIÓN PÚBLICA
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Política de Examen
OID 1.3.6.1.4.1. 18332.105.15
CONTROL DEL DOCUMENTO:
Elaborado en conformidad con el Esquema de Certificación de la AEPD para DPD, las normas UNE-EN
ISO/IEC 17024:2012, y en harmonía con el Reglamento de Certificación de Personas ANF AC.
DOCUMENTOS VINCULADOS
Fecha Nombre Versión
24/11/2017 Reglamento de Certificación Personas v.1.1
24/11/2017 Política de Contenidos y criterio de pre-evaluación v.1.0
24/11/2017 Análisis imparcialidad Entidad Certificación ANF AC v.1.1
24/11/2017 Código de Ético de ANF AC v.1.2
2/10/2017 Esquema de Certificación de AEPD-DPD v.1.12, de octubre 2017 v.1.1
Diciembre 2012 Norma ISO IEC 17024:2012 2012
LISTA DE DISTRIBUCIÓN
Este documento debe ser depositado y custodiado por las siguientes personas pertenecientes a la ANF-
AC responsable de su conservación y actualización:
Nombre Cargo y Departamentos
Florencio Díaz Dirección General
M Carmen Mateo Dirección Dpto. Jurídico
Enric Castillo Responsable de Informática y Sistemas
Comité de Expertos Miembros
ABREVIATURAS OBRANTES EN EL DOCUMENTO
Abreviatura Nombre
AEPD Agencia Española de Protección de Datos
ANF AC ANF Autoridad de Certificación
EC Entidad de Certificación referida a ANF AC
ENAC Entidad Nacional de Acreditación
EC-AEPD-DPD Esquema de Certificación de AEPD-DPD v.1.12, de octubre 2017
Versión Fecha modificación / creación Autor / modificado por
1.0 2017/11/24 F. Díaz
Versión Propuesto por Aprobado por Fecha
modificación Fecha
Aprobación Autor
1.0 Director General Junta Rectora de la PKI
2017/11/24 F. Díaz
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Política de Examen
OID 1.3.6.1.4.1. 18332.105.15
INDICE.
1. OBJETO. ........................................................................................................... 6
2. PARTICIPACIÓN EN LA CONVOCATORIA. ......................................................... 9
2.1 Lugar, día y hora. ........................................................................................... 9
2.2 Ausencia y pérdida de derechos de examen abonados. .................................. 9
2.3 Tiempo límite de personanción en la prueba. ................................................. 9
2.4 Reprogramación de una convocatoria. ........................................................... 9
3. MODALIDADES DE PARTICIPACIÓN E IDENTIFICACIÓN CANDIDATOS.¡Error! Marcador no
definido.
3.1 Presencial. ..................................................................................................... 9
3.2 Exámenes a distancia ..................................................................................... 9
4. REQUISITOS PARA EL SITIO DEL EXAMEN. ................¡Error! Marcador no definido.
5. CONTRUCCIÓN PERSONALIZADA DEL EXAMEN, TIEMPO-CONTROL IN-¡Error! Marcador no
definido.
5.1 Inicio de sesión. ............................................................................................. 9
5.2 Identificación del candidato antes los servidores de confianza. ..................... 9
5.3 Inicio de la prueba. ........................................................................................ 9
5.4 Fin de la prueba. ............................................................................................ 9
5.5 Autenticación de la prueba. ............................................................................ 9
5.6 Cierre de sesión. ............................................................................................ 9
5.7 Recopilación y mantenimiento de datos estadísticos. .................................... 9
6. CAUSAS DE ANULACIÓN DE EXAMEN ..........................¡Error! Marcador no definido.
7. QUEJAS Y RECLAMACIONES ........................................¡Error! Marcador no definido.
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Política de Examen
OID 1.3.6.1.4.1. 18332.105.15
1 OBJETO
La presente Política de Examen establece los criterios que supervisores y candidatos deben de
respetar en el momento de realizarse la prueba de evaluación. Determina el procedimiento que
se debe de seguir en las pruebas de examen.
Se establece la figura del Supervisor, es la persona autorizada por la entidad de certificación
que administra o supervisa un examen. Durante el tiempo que dura la Convocatoria, es el
representante de la Entidad de Certificación [EC], el cual marca las pautas que todo candidato
debe de seguir y respetar.
Además, este documento define un modelo informático que genera de forma automática
exámenes bajo petición. Este procedimiento imposibilita el conocimiento previo del examen y,
por lo tanto, refuerza las garantías de imparcialidad, independencia y transparencia.
Así mismo se establece el procedimiento de identificación para las dos modalidades de
exámenes:
• Presencial.
• A distancia
Por último esta Política de Examen define el procedimiento a seguir para que los candidatos
puedan tramitar quejas, reclamaciones y apelaciones.
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2 PARTICIPACION EN LA CONVOCATORIA
2.1 Lugar, día y hora
La Entidad de Certificación ANF AC [EC], comunica por escrito a los candidatos: día, hora y
lugar en que se celebrará la Convocatoria de Examen en la cual están inscritos.
2.2 Ausencia y pérdida de derechos de examen abonados
Con una antelación mínima de siete días, el candidato puede comunicar a la Entidad de
Certificación ANF AC, su no disponibilidad para asistir a la Convocatoria de Examen. En ese
caso, la EC le propondrá la inscripción en la siguiente convocatoria que tenga plazas libres, y el
candidato podrá rechazar hasta tres propuestas, superado este margen el candidato perderá
los derechos abonados de examen.
Si la comunicación la realiza con un periodo de antelación inferior a los siete días, el candidato
perderá el 50 % de los derechos de examen. Si lo comunica el mismo día del examen o
simplemente no realiza aviso alguno, perderá el 100 % de los derechos abonados de examen.
2.3 Tiempo límite de personación en la prueba
La presencia del candidato a la prueba de examen se tiene que producir a la hora establecida
en la convocatoria. El Supervisor de la EC, determinará el momento en el que se inicia la
prueba, ningún candidato se podrá incorporar a la sala de examen si la prueba se ha iniciado.
2.4 Reprogramación de una convocatoria
Una convocatoria de examen, puede ser reprogramada cuando se presenten causas sub-
estándar, o de emergencia, o caso fortuito. Bajo esas circunstancias la Dirección General de la
EC, podrá:
• Si el candidato llegó a realizar en su integridad alguno de los Dominios del Esquema de
Certificación AEPD-DPD, se podrá guardar durante 1 mes las calificaciones obtenidas en
el examen (s) para que durante este tiempo el candidato pueda sólo desarrollar la parte
de los Dominios pendientes de examen.
• Destruir la parte de examen realizada y realizar nueva convocatoria. En caso de
destrucción de examen, informáticamente se implementarán los controles necesarios
para que en la nueva convocatoria el contenido del examen a realizar sea distinto.
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Condiciones sub-estándar:
• Fallo del equipamiento informático.
• Fallo de las comunicaciones (internet)
• Se descubre una situación insegura en el área de evaluación que no se puede controlar.
• Se descubre un incumplimiento con los requisitos para el sitio de examinación práctica
y no se puede corregir inmediatamente
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3 MODALIDADES DE PARTICIPACION E IDENTICACIÓN
DE LOS CANDIDATOS
Existen dos modalidades de participación en las Convocatorias de Examen:
• Presencial.
• A distancia
Todos los exámenes realizados por la Entidad de Certificación ANF AC [EC], cuentan con un
Supervisor de examen. Todos los exámenes se realizan empleando medios informáticos. A fin
de garantizar la integridad, identidad y no repudio del examen realizado, este documento
deberá ser firmado electrónicamente.
3.1 Presencial
El candidato que se somete a examen debe de personarse a la Sala de Examen a la hora
establecida en la Convocatoria de Examen, superada esa hora queda a criterio del Supervisor
aceptar su participación en el examen o denegarla. En ningún caso, iniciada la prueba se podrá
admitir la incorporación de candidatos que hayan llegado con retraso.
El candidato se tiene que presentar portando:
• Cedula de ciudadanía, pasaporte, o tarjeta de residencia siempre en estado de
vigencia. Si el candidato no se presenta con la identificación válida, el supervisor no
permitirá su participación en la Convocatoria, calificándolo como no personado.
• Certificado cualificado de firma electrónica expedido por ANF AC, en estado de
vigencia. Si el candidato no dispone de este instrumento, al concluir el examen será el
Supervisor el que autentique la prueba del examen realizado, siempre y cuando el
candidato firme de forma manuscrita tal petición y autorización a favor del superfisor.
Para ello utilizará el formulario de autorización OID 1.3.6.1.4.1. 18332.105.39.
Es recomendable estar en disposición de presentar el comprobante del pago de tasas, dado
que no consta que el candidato haya realizado el pago completo de las tasas, no podrá
examinarse. Igualmente es conveniente llegar una copia impresa del comunicado de
convocatoria e inscripción recibido, puesto que si no costa inscrito en la convocatoria, no podrá
examinarse.
Si la foto del documento de identidad no es lo suficientemente nítida o el supervisor alberga
dudas sobre la identidad cierta del candidato, podrá solicitar otros documentos en los que
conste la fotografía del candidato, p.ej, carnet de conducir. Si aun así, el supervisor alberga
dudas sobre la identidad del candidato, podrá permitir su participación siempre que el
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candidato permita la captura de datos biométricos y se comprometa a una posterior
comprobación de identidad según procedimiento que fijará el Director Jurídico de la EC.
En caso de detectar suplantaciones de identidad, el Departamento Jurídico de la EC,
interpondrá la correspondiente denuncia ante las autoridades competentes.
La Entidad de Certificación, cuando lo consideré oportuno y siempre que cuente con el
consentimiento de los candidatos, podrá realizar una videograbación de las pruebas como
medida de seguridad interna.
3.2 Exámenes a distancia
El candidato debe de estar en posesión y en disposición de uso de un certificado cualificado de
firma electrónica vigente emitido por ANF AC. Sin este instrumento no es posible garantizar la
identidad del candidato, ni autenticar la prueba realizada.
El terminal informático empleado deberá disponer de lector de huellas dactilares o Secure
Palm, así como Web Cam que será enfocada en cada momento como determine el supervisor,
y que deberá permanecer operativa durante todo el tiempo de la prueba. Caso de interrupción
de la señal de video, el supervisor podrá suspender temporal o definitivamente la prueba.
Con el fin de que las garantías del examen a distancia sean equiparables a las de un examen
presencial, es necesario adoptar las siguientes medidas de seguridad:
• La garantía de identidad será cumplimentada con la captura de datos biométricos.
• La acreditación de presencia y evidencia de supervisión, se empleará medios de video
grabación de toda la prueba realizada.
Se solicitará al candidato que firme electrónicamente un consentimiento expreso para llevar a
cabo el proceso indicado. Caso de denegar esta autorización, el examen se deberá realizar de
forma presencial.
Con carácter previo al inicio de la prueba, el Supervisor comprobará la imagen que se posee
del solicitante. Está imagen y sus datos biométricos, constan en los registros de ANF AC, desde
el momento que se le capturó para el realizar el trámite de emisión del certificado cualificado
de firma electrónica.
Si el Supervisor alberga dudas sobre la correspondencia de la imagen archivada e igualmente
existen dudas del resultado de confirmación de identidad mediante comprobación de otros
datos biométricos como huella dactilar o Secure Palm, podrá rechazar su participación en el
examen o, siempre que el candidato lo permita, podrá capturar nuevos datos biométricos,
permitiendo la realización cautelar del examen, pero supeditada a una posterior comprobación
de identidad según procedimiento que fijará el Director Jurídico de la EC.
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En caso de detectar suplantaciones de identidad, el Departamento Jurídico de la EC,
interpondrá la correspondiente denuncia ante las autoridades competentes.
En caso de que el candidato desee curar una queja o reclamación, el Supervisor le asesorará
respecto a sus derechos y forma de tramitarla de acuerdo con lo reseñado en el Apartado
Quejas y reclamaciones.
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4 REQUISITOS PARA EL SITIO DEL EXAMEN
El Supervisor de examen comprobará, con carácter previo al inicio de la Convocatoria de
examen, que:
• El lugar donde se va a llevar a cabo el examen debe ser un sitio que asegure un
ambiente adecuado para los candidatos: luz, limpieza, pupitres, escritorios o mesas con
sillas con un espacio adecuado entre los candidatos.
• En el lugar solo deben de estar presentes los candidatos y el Supervisor.
• El candidato no puede utilizar su propio equipo informático, debe de emplear
equipamiento informativo que ponga a su disposición el Supervisor.
• El equipo informático debe de disponer de los instrumentos necesarios para poder
realizar capturas de datos biométricos: lector de huellas dactilares o Secure Palm, y
Video-cámara. Además el terminal informático debe de disponer de entrada de conector
USB, para insertar dispositivo de firma.
• El sistema operativo del terminal informático será Windows, y el navegador preferente
Chrome.
• Si se llegara a presentar que estos requisitos no se cumplen y se pone en peligro la
seguridad de los participantes o de las instalaciones y/o del equipo, el supervisor puede
cancelar la actividad. Posponiendo a los candidatos a nueva convocatoria.
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5 CONSTRUCCIÓN PERSONALIZADA DEL EXAMEN,
TIEMPO -CONTROL INICIO Y FINAL-.
Cada candidato está identificado por la EC, mediante un identificador unívoco. A este
identificador se asocia su cédula de identidad, el número de serie de su certificado.
El procedimiento de examen, una vez superado el control del Supervisor, tiene las siguientes
etapas:
5.1 Inicio de sesión
El Supervisor es el encargado de activar el Sistema de Informático de la Convocatoria:
a) Para activar el sistema, el Supervisor emplea su certificado cualificado de firma
electrónica. Esta credencial es verificada ante los servidores de confianza de ANF AC.
En caso de confirmación, automáticamente se abre el acta de convocatoria.
b) El sistema informático comprueba mediante protocolo de comunicaciones NTP y
conexión al Laboratorio de tiempo del Real Observatorio de la Armada (Institución
acreditada por el BOE como fuente segura de tiempo en España), que el día y hora se
corresponde con la hora de Convocatoria.
c) Verificada que el momento en el tiempo es el correcto, con un margen de 1 hora
superior a la hora fijada en la convocatoria. El sistema queda activado para pasar a la
Etapa siguiente.
5.2 Identificación del candidato ante los servidores de confianza de ANFAC.
a) Cada candidato con la ayuda del Supervisor, y empleando el navegador accede a la
Pagina Web de la convocatoria de examen.
b) Cada candidato se identifica ante el sistema por alguno de los siguientes sistemas:
1) Mediante certificado cualificado de firma electrónica.
2) Caso de no tener disponibilidad de este instrumento, el Supervisor introduciendo
el identificador del candidato y, con expreso consentimiento el mismo, procede a
identificar el candidato.
c) El sistema procede a verificar que el candidato está inscrito en la Convocatoria, y que
consta el pago de tasas.
1) Caso de no constar inscrito en el sistema informático, el candidato podrá
acreditar su inscripción mediante la comunicación que le fue remitida por escrito.
En caso de acreditación. El Supervisor anotará en el sistema la incidencia
enviando captura fotográfica, y habilitará la prueba.
2) Caso de no constar el pago de la tasa, el candidato podrá acreditar con el
correspondiente comprobante de pago original su pago. El Supervisor anotará en
el sistema la incidencia enviando captura fotográfica, y habilitará la prueba.
d) El sistema anotará automáticamente en el Acta los candidatos que están presentes en
la prueba (5.1.a)) . El sistema a la Etapa siguiente.
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5.3 Inicio de la prueba
Cada terminal activa, según el caso, el proceso de video-grabación, y de forma
simultáneamente publica una página que representa un Contador de Tiempo “5 minutos
marcha atrás”.
El sistema en ese momento genera el examen correspondiente al candidato. Esta generación
incorpora las siguientes medidas.
a) Con el identificador de usuario, el sistema comprueba en el expediente del candidato si
ha participado en otras convocatorias. En caso afirmativo, determina las preguntas
sobre las que ya se ha sometido a prueba, esas preguntas quedan invalidadas para el
nuevo examen.
b) Mediante algoritmo aleatorio y aplicando la Política de Contenidos, elabora un examen
para cada candidato. Este examen es codificado con un identificador unívoco, ese
identificador queda anotado en el expediente del candidato, y no es visible al ojo
humano.
c) Llegada la hora 0, se muestra el examen al candidato y se activa.
a. Contador que tiene fijado el tiempo en cuatro horas.
b. En su caso se inicia la video-grabación.
5.4 Fin de la prueba
Culminado el tiempo autorizado de la prueba (cuatro horas), o pulsando el candidato el botón
FIN DE PRUEBA, el sistema cierra el examen. Automáticamente el momento de cierre queda
registrado en el acta (5.1.a))
Una vez finalizada la prueba, ya no es posible volver a acceder al examen.
5.5 Autenticación de la prueba
El sistema requiere la autenticación mediante firma electrónica de la prueba, se producen las
posibles circunstancias siguientes:
a) El usuario dispone de dispositivo de firma vigente, con él procede a firmar la prueba.
b) El usuario no dispone de dispositivo de firma vigente, el supervisor, con el
consentimiento expreso y firmado manuscritamente por el candidato, procede a firmar
la pruena.
5.6 Cierre de sesión
Firmada la prueba, el sistema procede a cerrar la sesión.
5.7 Recopilación y mantenimiento de datos estadísticos
ANF AC, realiza una recopilación de datos relativos a los exámenes realizados con fines estadísticos. El
objetivo es reafirmar, a intervalos definidos y justificados, la equidad, validez, fiabilidad y desempeño
general de la política elaboración de exámenes, y en caso necesario, corregir toda deficiencia identificada.
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6 CAUSAS DE ANULACIÓN DE EXAMEN
El Supervisor puede suspender o anular un examen, si se presenta una o varias de las
siguientes condiciones:
• El candidato siga contestando el examen cuando el tiempo estipulado se ha terminado y
el supervisor o examinador ha dado la orden de finalizar.
• Todos los exámenes son una propiedad intelectual de la EC ANF AC. Está prohibido
fotografiar o copiar las preguntas del examen por cualquier medio, incluido el escrito.
• El candidato se niega a entregar el examen cuando el examinador lo ha solicitado.
• El candidato intenta observar la prueba de otro candidato.
• El candidato incurre en intento de fraude o copia.
• El candidato manipula un celular o dispositivo electrónico no permitido.
• El candidato se retira del área de examinación sin autorización del examinador.
• Cuando el candidato ejerza presión sobre el examinador para manipular los resultados
de su examen a favor suyo atentando contra la imparcialidad, independencia y
confidencialidad del proceso.
• Cuando el candidato emplea cualquier tipo de subterfugio que no sea su puro
conocimiento, para la realización del examen.
• El candidato se niegue a firmar el examen.
• Cualquier actitud que el supervisor considere impropia por parte del candidato.
El Supervisor deberá documentar lo ocurrido tal y como se establece en el apartado Quejas y
Reclamaciones.
En los casos anteriores, el Supervisor podrá proponer que el candidato sea descalificado, en
caso de los órganos superiores de la EC, confirmen está propuesta el proceso se dará por
terminado sin derecho a reembolso.
Según la gravedad de lo ocurrido, la decisión última de la EC podrá ser la descalificación
general del candidato para poder volver a presentarse a Convocatorias de esta EC.
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7 QUEJAS Y RECLAMACIONES
En cualquiera de los dos supuestos, presencial o remoto, el Supervisor que sea requerido
facilitará a la persona interesada, Formulario de Reclamación OID 1.3.6.1.4.1. 18332.105.38.
En el cual, el interesado realizará las consideraciones que estime oportunas, el Supervisor
incluirá su versión de los hechos. El interesado y el supervisor firmaran el documento,
quedando en poder de cada uno de ellos una copia firmada.
El Supervisor informará al interesado de los medios que tiene a su disposición para continuar
su trámite de reclamación.
El Supervisor remitirá inmediatamente copia del documento al Departamento Jurídico de ANF
AC.
Cuando la Convocatoria es presencial, y el lugar geográfico en que se celebra disponga de
norma reguladora de Defensa de los Consumidores, y tal norma disponga de formulario oficial
para cursar reclamaciones. El Supervisor informará de tal derecho y dará al interesado la
opción de utilizar el formulario correspondiente a la normativa de consumidores, o el
formulario de ANF AC.
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Política de Examen
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8 ADMINISTRACIÓN DE LA POLÍTICA
ANF AC como Entidad de Certificación del Esquema de Certificación de personas para el
ejercicio profesional de Delegado de Protección de Datos de la Agencia Española de Protección
de Datos, se asegura que esta Política se revisa y valida de forma sistemática para mantener
su adecuación con la última versión del Esquema.
El Departamento jurídico de ANF AC será el responsable de la revisión y en su caso, elaborar
propuestas de modificación. La Junta Rectora de la Entidad de Certificación ANF AC, será la
responsable de su aprobación.
Independientemente de que no se produzca cambio de versión del Esquema de Certificación, el
Departamento Jurídico llevará a cabo como mínimo una vez al año una revisión del
Reglamento.
El Reglamento será gestionado con un control de versionado. La Junta Rectora en caso de
cambio, será responsable de notificar a todas las partes interesadas.
17.1 Publicación
El Reglamento estará permanentemente disponible en su última versión, en la Web corporativa
de la Entidad de Certificación ANF AC
http://www.anf.es