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Poder Judicial de la Nación
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JURISDICCION CAMARA FEDERAL DE APELACIONES DE MAR DEL
PLATA INFORME COVID-19
JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA NRO.1 MDP
JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA NRO.2 MDP
JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA NRO.3 MDP
JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA NRO.4 MDP
JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA NRO.1 AZUL
JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA NRO.2 AZUL
JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA DOLORES
JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA NECOCHEA
CAMARA FEDERAL DE APELACIONES DE MAR DEL PLATA
RESOLUCIONES - COVID 19 – FERIA EXTRAORDINARIA
OBJETIVO:
El presente informe se elaboró a los efectos de difundir la labor desarrollada por la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata
y todos los Juzgados Federales de Primera Instancia que de ella dependen durante el período de feria extraordinaria decretada por el
Superior mediante Acordadas Nro.3,4,8,10,13,14 y 16/2020, a partir de los Decretos del Poder Ejecutivo Nacional, reguladores del
aislamiento obligatorio con motivo de la existencia de Pandemia por COVID-19 decretada por OMS.
PERIODO QUE COMPRENDE EL PRESENTE INFORME
Se estableció el periodo comprendido entre el 20/3/2020 al 29/5/2020, ambas fechas inclusive.
DESARROLLO:
SUPERINTENDENCIA DE LA CAMARA FEDERAL DE APELACIONES DE MAR DEL PLATA,
La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, con sede en Diagonal Pueyrredón Nro. 3138, fue habilitada hace 28 años,
funciona con Única Sala, competencia múltiple, con tres cargos de Juez de cámara titulares, de los cuales uno de ellos se encuentra
vacante, y constituye Tribunal de Alzada de 8 Juzgados Federales de Primera Instancia distribuidos de la siguiente forma: cuatro
(04) en MDP, dos (2) con competencia civil y comercial y dos (2) en materia Criminal y Correccional; los restantes tienen su
asiento en la ciudad de Dolores, dos (2) en la ciudad de Azul y uno (1) en la ciudad de Necochea.
Desde el inicio de este período de aislamiento dispuesto por el PEN, funciona con trabajo presencial del Sr. Presidente de esta
Alzada, Dr. Alejandro Osvaldo Tazza, haciéndolo en modo remoto el Sr. Vicepresidente Dr. Eduardo Pablo Jiménez.
En virtud de las facultades de Superintendencia delegadas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ha adoptado medidas a fin
de garantizar el buen funcionamiento de todas las dependencias, priorizando la protección de la salud de sus recursos humanos:
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Resoluciones Contenido
Nro. 29/2020: 17/3/2020 la asistencia de los afiliados a la Obra Social se realice con las
precauciones debidas como el ingreso de uno en uno
manteniendo las distancias recomendadas y la higiene
correspondiente, para ello colabora Policía federal Argentina
Nro. 30/2020:17/3/2020 se estableció en el periodo comprendido desde el dictado de la
misma hasta el 31/03/2020 suspender la atención al público
realizándose la prestación de servicio de Justicia a puertas
cerradas y la concurrencia exclusiva de los funcionarios
designados, se otorgó licencia al personal. Se comunicó a los
jueces Federales de la Jurisdicción adecuar la prestación de
servicios a esos preceptos.
Nro. 31/2020: 20/3/2020 se dispuso que los funcionarios del ámbito Civil y de
Superintendencia presten servicio desde su domicilio
Nro. 32/2020:1/4/2020 Suspensión de atención al público con prestación a puertas
cerradas, y sólo los funcionarios designados realizaran guardia
pasiva desde su domicilio, el resto del personal en uso de feria
extraordinaria. El Sr. Presidente prestará funciones en esta sede.
La custodia de Policía Federal ante una emergencia o
presentación comunica al Presidente y/o funcionarios.
Nro. 34/2020:13/4/2020 Replica resoluciones anteriores.
Nro.36/2020:17/4/2020 Se devuelven actuaciones al Juzgado Federal Nro.4 a efectos de
que arbitre otros medios de notificación tal como el informático
y de este modo proteger la salud del personal de la Of. De
Mandamientos y Notificaciones.
Nro.37/2020:27/4/2020 Suspensión de atención al público, guardias pasivas de
funcionarios, evaluando las circunstancias que ameriten una
ampliación de las materias a ser consideradas.
Nro. 38/2020: 1/5/2020 Ampliar las materias de atención de expedientes judiciales en
esta Alzada que ameriten su continuidad y tramite mientras
continúe la feria judicial extraordinaria decretada por CSJN,
todo ello sin perjuicio de otros asuntos que son propios y
naturales de esas circunstancias, protocolo previa a la
habilitación de feria judicial, facultades de los Jueces Federales
para ampliar materias según sus necesidades.
Nro. 40/2020: 1/5/2020 Se establecen modalidades de trabajo por parte de funcionarios
y personal En orden a las facultades de Secretarios y
Encargados de Dependencia: se establece un protocolo para la
convocatoria de personal a realizar trabajo presencial
Nro.42/2020:12/5/2020 La atención al público se limitará al mínimo indispensable con
prestación de justicia a puertas cerradas permaneciendo en
guardia los funcionarios designados sin perjuicio de realizar
tareas a distancia desde sus domicilios particulares a través del
sistema informático provisto por el Poder Judicial de la Nación
los restantes días en caso que correspondiera Dando
cumplimiento a los protocolos suscritos por la CSJN. A los fines
del cumplimiento de los Protocolos enunciados. Ampliación de
materias y protocolo para audiencias orales. Modalidades
respecto la presentación de abogados cuando se requiere
consultas en forma presencial.
Nro.44/2020: 14/5/2020 Organización del personal de maestranza a efectos de cumplir
con los Protocolos dispuestos por el Superior con medidas
sanitarias.
Nro. 45/2020:18/5/2020 Determinar los días en que Cada dependencia dentro de esta
Alzada hará uso de firma electrónica en el marco del Sistema
Lex 100.
Nro. 46/2020: 20/5/2020 Incluir los recursos directos y de queja que deban interponerse
en el marco de las causas penales radicadas ante la secretaria
penal y Oficina de trámite de causas de DDHH de está Alzada,
debiendo los Dres. Rafael Julián, Néstor Fernández de la Puente
y Luciano Bianchi, acceder diariamente a la cuenta de correo
electrónico oficial provista por esta Alzada.
Nro.47/2020:26/5/2020 se sostuvieron todas las medidas adoptadas por esta Alzada
mediante Resoluciones Nro. 38 y 42/2020
Informatización y digitalización: con el fin de facilitar los trámites judiciales por vía electrónica,
mediante Resolución Nro. 35/2020 del 14/04/2020 se implementó delegar en la Secretaria de Superintendencia la remisión desde su
cuenta de correo oficial a la cuenta de la Dirección General de Seguridad Informática la nómina de mesas de entrada a las que se
deberá asignar una cuenta de correo y funcionarios responsables de su administración, delegando en el Departamento de
informática la capacitación para facilitar el uso de la firma electrónica digital.
Resolución Nro. 39/2020 del 20/04/2020 solo se considerará válida la presentación digital de un escrito, en solo un PDF.
Resolución Nro. 45/2020 del 18/05/2020, se determinan los días en que cada dependencia hará uso de firma electrónica. Salvo
aquellos tramites que no admitan demora en cuyo caso el Tribunal se abocara a su tratamiento.
Expedientes Judiciales: en virtud de lo dispuesto por el Alto Cuerpo mediante Acordadas Nros. 4, 6, 9,10, 12 y
13/2020 ante la prórroga de las medidas de aislamiento social obligatorio dispuesto por el Poder Ejecutivo Judicial por Resolución
Nro. 38/2020 del 01/05/2020 se dispone la ampliación de materias de atención de expedientes judiciales ante esta Alzada que
ameriten su continuidad mientras continúe la Feria Judicial Extraordinaria tanto en asuntos de naturaleza Penal, Previsional, Civil y
Comercial como toda otra controversia judicial, decretándose en cada caso la habilitación de Feria, siempre priorizando que los
funcionarios a cargo cumplan la misma en forma remota salvo circunstancias insalvables, exhortándose a los Ministerios Públicos
Fiscal y de la Defensa a que realicen todas las gestiones necesarias para acceder al sistema de gestión judicial Lex 100. Igual
criterio, deberán adoptar los Juzgados Federales de la Jurisdicción.
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Resolución Nro. 41 del 07/05/2020 con el fin de dar cumplimiento a lo resuelto en cuanto a la Habilitación de Ferias y la ampliación
de materias (Resoluciones Nro. 38 y 40 de esta Alzada) y, la existencia de fallas de funcionamiento del sistema se autorizó a los
Sres. Secretarios bajo su estricta esfera de custodia y revisión a facilitar los expedientes que fueran necesarios para que tanto
funcionarios como empleados puedan bajo estricto control y seguridad trasladarlos a sus domicilios personales.
MODALIDAD DE TRABAJO
Por Resol. Nro. 30/2020 de CFAMDP, la cual se ajustó a las pautas de Acordada Nro. 4/2020 de CSJN, se licenció al
personal, debiendo cumplir con la prestación del servicio de justicia a puertas cerradas, exclusivamente los funcionarios
realizarán guardias pasivas, y contempla la asistencia permanente del Sr. Presidente de esta Alzada. Se otorga prioridad al
trabajo remoto y si fuera necesaria la presencia física de agentes judiciales los Sres. funcionarios deberán ajustarse a los
Protocolos de prevención sanitaria tomando todos los recaudos dispuesto por el Superior, con rotación de horarios, carga
horaria reducida, todo ello con comunicación al Sr. Presidente. Asimismo, se exhorta a Ministerios Públicos a realizar
gestiones para acceder al sistema de gestión Lex 100. Se piden informes permanentes a los funcionarios respecto al trabajo
remoto y presencial del personal. Se establecen días de Acuerdo para cada materia haciendo uso de firma digital o
electrónica según corresponda.
DIGITALIZACION
Se implementó firma digital y firma electrónica, y a fin de preservar el buen funcionamiento del Sistema Lex 100 se estableció un
protocolo respecto las formas de presentación de los escritos judiciales. El Depto. de Informática de esta Alzada deberá comunicar
todas las necesidades a fin de gestionar la provisión de los recursos necesarios a efectos de sostener ininterrumpidamente el trabajo
remoto. Las presentaciones de las partes o terceros son en formato digital a través de IEJ registradas en cada causa, tales
presentaciones tienen el valor de Declaración Jurada y no debe emitirse en formato papel. de acuerdo a los nuevos preceptos
establecidos por el Alto Tribunal en Acordada Nro. 12/2020 y con el fin de facilitar los trámites judiciales por vía electrónica,
mediante Resolución Nro. 35/2020 del 14/04/2020 se implementó delegar en la Secretaria de Superintendencia la remisión desde
su cuenta de correo oficial a la cuenta de la Dirección General de Seguridad Informática la nómina de mesas de entrada a las que se
deberá asignar una cuenta de correo y funcionarios responsables de su administración, delegando en el Departamento de
informática la capacitación para facilitar el uso de la firma electrónica digital.
AMPLIACION DE MATERIAS
Por Resolución Nro. 38/2020 se estableció: a) Asuntos de naturaleza Penal: El Tribunal se abocará al conocimiento y
resolución de aquellas causas en las que se haya Decretado auto de procesamiento con prisión preventiva, como así también
todos los incidentes que se vinculen con dichas causas, y en aquellos otros en los que exista un asunto de interés patrimonial
y su demora pudiese ocasionar un perjuicio irreparable o de dificultosa reparación posterior. -
b) Asuntos de naturaleza Previsional: Se podrá habilitar la Feria en aquellas controversias judiciales que se refieran a
medidas cautelares de dicho contenido, acciones de amparo e impugnaciones judiciales de negativa administrativa a
reconocer beneficios previsionales y/o sociales, estableciéndose para ello prioridades a partir del criterio de antigüedad del
ingreso del expediente a esta Cámara Federal, la edad del peticionante cuando sea superior a los 80 años, y/u otra
circunstancia que resulte semejante, cuando las particularidades de la misma aconsejen su pronto tratamiento.
c) Asuntos de naturaleza civil y comercial: Se podrá habilitar la Feria extraordinaria en este sentido, cuando se trate del
conocimiento y resolución de acciones de amparo de salud y de cualquier otra naturaleza que no se hallen alcanzados por
las excepciones dispuestas ordinariamente para su tratamiento en feria, en la medida en que se adapten a los criterios
anteriores, como así también las cuestiones vinculadas a los honorarios de los profesionales intervinientes.
d) Toda otra controversia judicial que tramite por ante este Tribunal, aún las de corte incidental, siempre que a juicio de esta
Cámara Federal amerite su conocimiento, frente a particularidades relevantes como aquellas que puedan surgir de la
necesidad de atender con urgencia el caso, de evitar la producción de perjuicios irreparables o de dificultosa reparación
ulterior, o situaciones especiales que serán evaluadas en cada caso con los criterios de preservación de derechos
fundamentales, ajustados a los principios de necesidad, celeridad, y pronta administración.
Mediante Resolución Nro. 42/2020 se ampliaron: Materia Penal: narcotráfico trata de personas, delitos informáticos, causas
penales con investigados o imputados desconocidos o no detenidos, o cualquier otro asunto de naturaleza penal, debiendo el
Tribunal a pedido de la Fiscalía o del querellante, valorar la procedencia o no de la habilitación pretendida.
B) Materia No Penal: procedimientos de amparos-ley 16.986- y amparos contra actos de particulares-; juicios laborales,
habeas data
procesos de darlos y perjuicios; de naturaleza previsional, de regulación o por honorarios profesionales en todos los
procesos; y las medidas cautelares.
AUDIENCIAS
SE ESTABLECIÓ QUE LA CELEBRACIÓN Y FIJACIÓN DE AUDIENCIAS ORALES SEAN SUSTITUIDAS POR UN
MEMORIAL ESCRITO MIENTRAS DURE LA SITUACIÓN DE EMERGENCIA SANITARIA, CON EXCEPCIONES,
PREVISTO EN EL PUNTO C) DE APARTADO 2 DE RESOLUCIÓN NRO. 42/2020 DE CFAMDP
CAPACITACION LEX 100
EL PERSONAL DE LA JURISDICCIÓN DE ESTA ALZADA SE ENCUENTRA CON PLENA CAPACITACIÓN DEL
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SISTEMA DE GESTIÓN LEX 100 DESDE SU IMPLEMENTACIÓN Y SE ENCUENTRA ENTRENADO EN EL USO
DE SUS RESPECTIVAS ACTUALIZACIONES, REALIZANDO LOS CURSOS RESPECTIVOS.
MODALIDAD DE ESCRITOS
Las presentaciones son por regla general, en forma digital conforme está previsto en el sistema de gestión Lex 100; y
siempre que las circunstancias lo ameriten se prevé asistencia presencial bajo ciertas condiciones; en todos los casos se trata
de evitar el uso de soporte papel.
COMUNICACIONES
DEBEN REALIZARSE POR MEDIOS ELECTRÓNICOS, MEDIANTE EL USO DEL SISTEMA DE GESTIÓN LEX 100,
EVITÁNDOSE USO DE SOPORTE PAPEL Y SE RECOMENDÓ LA UTILIZACIÓN DE COMUNICACIONES Y
NOTIFICACIONES PREVISTOS EN LAS REDES INFORMÁTICAS U OTROS MEDIOS ALTERNATIVOS A FIN DE
BRINDAR PROTECCIÓN A LOS AGENTES QUE DEBEN CUMPLIR CON SU LABOR EN LA OFICINA DE
MANDAMIENTOS Y NOTIFICACIONES. TAMBIÉN SE CONSIDERÓ LA COMUNICACIÓN A LAS PARTES,
PREVIO DE DECRETAR HABILITACIÓN DE FERIA EXTRAORDINARIA, Y SE IMPLEMENTARON DIVERSAS
FORMALIDADES A CARGO DE LOS FUNCIONARIOS JUDICIALES.
MODALIDADES PARTICULARES DE TRABAJO
1-Se gestionó ante las autoridades del BNA la instrumentación de libranzas electrónicas que involucra pago de
indemnizaciones, accidentes de trabajo, cobro de honorarios de los abogados, ajustándose a la pauta de Acordada Nro.
9/2020 de CSJN.
2-Se instrumentaron y se solicitó la habilitación por Resolución Nro. 35/2020 de CFAMDP, de conformidad a lo dispuesto
por el Superior mediante Acordada Nro. 12/20, de los correos electrónicos institucionales mediante los cuales los letrados
podrán interponer recursos directos y de queja en materia Civil y Penal ante la Alzada e incoar demandas ante los Juzgados
Federales de Primera Instancia con competencia Civil.
3-Por Resolución Nro. 42/20 de esta Alzada se cumplió con Acordada Nro. 14/20 de CSJN y se comunicó a los medios
masivos de comunicación, a los Colegios de Abogados sitos en los diversos estrados judiciales de esta Jurisdicción, Consejo
Profesional de Ciencias Económicas, etc. los correos electrónicos institucionales a fin de que las partes que necesitan
asistencia presencial soliciten sus turnos y puedan evacuar sus consultas.
4-Se solicitó la implementación del Expediente Judicial Electrónico en materia de Ejecuciones Fiscales Tributarias de la
AFIP, requiriéndose capacitación previa del personal afectado, ello conforme Acordada Nro. 15/2019 de CSJN.
DEPARTAMENTO DE INFORMATICA
El Departamento de Informática tramitó ante la Dirección de Seguridad de Informática
dependiente del Consejo de la Magistratura la cantidad de 213 (doscientos trece) cuentas de VPN,
por consiguiente también se dio asistencia para la conexión remota de dichos usuarios realizando
instructivos en video, y creando canales de comunicación en línea Whatsapp, Telegram y nuestro
Portal de Informática.-Sumado a ello se realizaron la cantidad de 585 (quinientos ochenta y cinco)
tareas y consultas por parte de Usuarios Internos y Externos (Letrados, Ministerio Público Fiscal,
etc. Por otra parte, y en virtud de las diferentes acordadas emitidas por la Corte Suprema de
Justicia de la Nación y siendo Referentes de la Comisión de Gestión Judicial en nuestra
jurisdicción, ayudamos en la difusión, capacitación y consulta de cada una de las
implementaciones llevadas a cabo a saber: Ac. 4/2020 Firma Electrónica, Ac. 12/2020 Expediente
Digital, Ac.12/2020 - Formulario de Ingreso de Demandas, Ac. 9/2020 - Giros Electrónicos Banco
Nación y Ac. 14/2020 - Actualización Guía Judicial Jurisdicción
JUZGADOS FEDERALES CON COMPETENCIA CIVIL
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(Juz. Nro. 2 y Nro.4 MDP; Dolores, Juz Nro.2 de Azul y
Necochea)
PERIODO COMPRENDIDO: 20/3/20 AL 29/5/20
EXPEDIENTES TOTALES
TRAMITADOS 2.212
HABILITADOS 2.171
TOTAL 4.383
EXPEDIENTES HABILITADOS CIVILES
Providencias simples 2295
Interlocutorias 97
Sentencias 250
TOTAL 2.642
EXPEDIENTES HABILITADOS SEGÚN TEMATICA
Amparos de salud 1.112
Amparos 208
Ordinarios 73
Ejecutivos 214
Previsional 514
Laborales 115
Otros 32
TOTAL 2.268
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JUZGADOS FEDERALES EN MATERIA PENAL
(Juz.Nro.1 y Nro.3 de MDP; Juz Nro.1 Azul; Dolores y
Necochea)
PERIODO COMPRENDIDO: 20/3/20 AL 29/5/20
EXPEDIENTES TOTALES EN JUZGADOS PENALES
Tramitados 23468
Habilitados 367
TOTAL 23.835
EXCARCELACIONES
Otorgadas Rechazados En trámite
18 9 32
ARRESTOS DOMICILIARIOS
Otorgados Rechazados En trámite
10 12 10
HABEAS CORPUS
6
TOTALES EXCARCELACIONES-ARRESTOS DOMICILIARIOS-
HABEAS CORPUS
Excarcelaciones 59
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Arrestos domiciliarios 32
Habeas Corpus 6
TOTAL……………. 97
CAMARA FEDERAL DE APELACIONES DE MAR DEL PLATA
PERIODO COMPRENDIDO: 20/3/20 AL 29/5/20
MATERIA TRAMITADOS HABILITADOS
Penal + DDHH 205 203
Civil 180 90
Previsional 1159 561
Amparos de salud 114 114
TOTAL 1.658 968
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EXCARCELACIONES
Otorgadas Rechazados En trámite
0 41 8
ARRESTOS DOMICILIARIOS
Otorgados Rechazados En trámite
2 30 3
HABEAS CORPUS
5
TOTALES EXCARCELACIONES-ARRESTOS DOMICILIARIOS-
HABEAS CORPUS
Excarcelaciones 49
Arrestos domiciliarios 35
Habeas Corpus 5
TOTAL……………. 89
PERSONAL JURISDICCION CAMARA FEDERAL
MAR DEL PLATA
Cámara Federal de A. MDP 87
Juzgado Federal 1° Instancia
(Mar del Plata-Azul-Necochea-
Dolores)
222
TOTAL 299
MODALIDAD DE TRABAJO
Remoto 220
Presencial 79
TOTAL 299
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CONCLUSION
Desde el 20 de Marzo del año 2020, se registró un movimiento de 30.844
expedientes en la Jurisdicción de la Cámara Federal de Apelaciones de Mar
del Plata, de los cuales 27.338 corresponden a expedientes tramitados y el
saldo de 3.506 son expedientes habilitados.
FDO: Dr. Alejandro O. Tazza-Dr. Eduardo Pablo Jiménez (Jueces de Cámara)
ES COPIA-Fdo. Dra. María A. Correa (Secretaria de Superintendencia CFAMDP)