poder judicial de la feo ciÓn direcciÓn general de ... · b ing. guillermo ramirez oroescher o...

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f J. PODER JUDICIAL DE LA FEO CIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FISICA SUPREMA CORTE DE JUSTICI DE LA NACIÓN 16 DE SEPTIEMBRE No 38 . 6' PISO. COL CENTRO C P. 06000. MEXICO. D.F. JOSE MARIA PINO SUAREZ No. 2 COL CENTRO OELEGACION CUAUHTEMOC, 06060, D.F. R.F.e . SCJ.950204-6P5 TELS.: 41131100 En 5305. 5722 5321, 5721 y 5304 fAX- 41131751 DIRECCIÓN DE ALMACENES CAl2 IGNACIO ZARAGOZA No 1340 COL. JUAN ESCUllA. e P 09100. MEX CO. O F. TE\.S•• 5701 2036 y 5763 7883 PROVEEDOR: Perla Rangel Maldonado 1 Bugambilia Mz. 10 Ue. 10, Col. Los Angeles, Delegacion lztapalapa. 09830/55 6792 4537, 55 6792 4537 1 FECHA DEL DOCUMENTO 23/10/2019 FECHA DE ENTREGA 30 DIAS HABILES Partida Clave art. 10 2920101032 20 2920101034 30 2920101088 40 2920101074 50 2920101038 60 2920101037 70 2920101041 t ' FORMA DE PAGO INMEDIATA ! OBSERVACIONES R.F.C. RAMP7809076Q9 LUGAR DE ENTREGA Calz. IQnacio ZaraQoza 1340, Col. Juan Escutia, 09100, MX, DF Cantidad Unidad Descripcion 5 PZA CHAPA CILINDRO B-462 P 3 YALEISCOVILL OBSERVACIONES 5 PZA 25 PZA 500 PZA 50 PZA 20 PZA 25 PZA Marca: SCOVILL CHAPA CILINDRO MARIPOSA 8·460-P 3 VALE PASADOR MOD. 37-L FORJA S-6 OBSERVACIONES Marca: ALBA Modelo: S·6 CHAPA MOD. 21 L OBSERVACIONES MODELO : 21 LMARCA : PHILLIPS CHAPA MOD. 21 C OBSERVACIONES Marca: PHILLIPS Modelo: 21·L CHAPA MOD. 42 C OBSERVACIONES MODELO : 42 e MARCA : PHILLIPS -AREA SOLICITANTE: DIRECCIÓN DE MANTENIMIENTO, INTENDENCIA Y SERVICIOS. -RESPONSABLE DEL CONTRATO: DIRECCIÓN DE MANTENIMIENTO, INTENDENCIA Y SERVICIOS. -NÚMERO DE SOLICITUD: 11900659 -CENTRO GESTOR: 1131400. P.Unitario 322.56 309.40 70. 00 4. 70 39.80 39.80 98. 00 CONTRATO SIMPLIFICADO 4519001858 EN SUS REMISIONES. FACTURAS Y CORRESPONOE:NCIA FAV OR O( ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO S001 Importe Total 1,612.80 1,547.00 1,750.00 2,350. 00 1,990.00 796.00 2,450.00 CONTINUA Pégina 1 de 2 Fecha de imptesiOn: 23110/201 9 18:48:04

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Page 1: PODER JUDICIAL DE LA FEO CIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ... · b ing. guillermo ramirez oroescher o rector de adquisicionÉs, contratos y director de mantenimiento, intendencia y ~ cp

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f J . ~

PODER JUDICIAL DE LA FEO CIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FISICA

SUPREMA CORTE DE JUSTICI DE LA NACIÓN 16 DE SEPTIEMBRE No 38 . 6 ' PISO. COL CENTRO C P. 06000. MEXICO. D.F. JOSE MARIA PINO SUAREZ No. 2 COL CENTRO OELEGACION CUAUHTEMOC, 06060, D.F.

R.F.e . SCJ.950204-6P5 TELS.: 41131100 En 5305. 5722 5321, 5721 y 5304 fAX- 41131751

DIRECCIÓN DE ALMACENES CAl2 IGNACIO ZARAGOZA No 1340 COL. JUAN ESCUllA. e P 09100. MEX CO. O F. TE\.S •• 5701 2036 y 5763 7883

PROVEEDOR: Perla Rangel Maldonado 1 Bugambilia Mz. 10 Ue. 10, Col. Los Angeles, Delegacion lztapalapa. 09830/55 6792 4537, 55 6792 4537 1

FECHA DEL DOCUMENTO 23/10/2019

FECHA DE ENTREGA 30 DIAS HABILES

Partida Clave art.

10 2920101032

20 2920101034 30 2920101088 40 2920101074

50 2920101038

60 2920101037

70 2920101041

t

'

FORMA DE PAGO INMEDIATA !

OBSERVACIONES R.F.C. RAMP7809076Q9

LUGAR DE ENTREGA Calz. IQnacio ZaraQoza 1340, Col. Juan Escutia, 09100, MX, DF

Cantidad Unidad Descripcion

5 PZA CHAPA CILINDRO B-462 P 3 YALEISCOVILL OBSERVACIONES

5 PZA 25 PZA

500 PZA

50 PZA

20 PZA

25 PZA

Marca: SCOVILL

CHAPA CILINDRO MARIPOSA 8·460-P 3 VALE PASADOR MOD. 37-L FORJA S-6 OBSERVACIONES Marca: ALBA Modelo: S·6

CHAPA MOD. 21 L OBSERVACIONES MODELO : 21 LMARCA : PHILLIPS

CHAPA MOD. 21 C OBSERVACIONES Marca: PHILLIPS Modelo: 21·L

CHAPA MOD. 42 C OBSERVACIONES MODELO : 42 e MARCA : PHILLIPS

-AREA SOLICITANTE: DIRECCIÓN DE MANTENIMIENTO, INTENDENCIA Y SERVICIOS. -RESPONSABLE DEL CONTRATO: DIRECCIÓN DE MANTENIMIENTO, INTENDENCIA Y SERVICIOS. -NÚMERO DE SOLICITUD: 11900659 -CENTRO GESTOR: 1131400.

P.Unitario

322.56

309.40 70.00

4.70

39.80

39.80

98.00

CONTRATO SIMPLIFICADO

4519001858

EN SUS REMISIONES. FACTURAS Y CORRESPONOE:NCIA FAVOR O( ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

S001

Importe Total

1,612.80

1,547.00 1,750.00 2,350.00

1,990.00

796.00

2,450.00

CONTINUA

Pégina 1 de 2

Fecha de imptesiOn: 23110/2019 18:48:04

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PODER JUDICIAL DE LA FEDiflCIÚN SUPREMA CORTE DE JUSTICi')(ÓE LA NACIÚN

DIRECCióN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FISIC 16 OC StPTICMORE No 38, 6' PISO. COL. CENTRO, C P . 06000, MEXICO. O. F. JOSE MARIA PINO SUAREZ No. 2 COL. CENf RO DELEGAC¡ON CUAUtHEMOC, OW60, O.F.

R.F.C. SCJ-950204-&PS TELS.: 41 131 100 E•t. 5305, 5722. 5321 , 5721 y 5304 FAX: 41131751

DIRECCióN DE ALMACENES CALL IGNACIO ZARAGOZA No. 1340 COL. JUAN ESCUllA. C P. D'J100, MEXICO, D.F. TELS.: 5101 2DJ6 y 5763 7883

PROVEEDOR: Perla Rangel Maldonado 1 Bugambllia Mz. 10 Lte. 10 , Col. Los Angeles. DelegaciOn lztapalapa, 09830/55 6792 4537, 55 6792 4537/

FECHA DEL DOCUMENTO 23/10/2019

FECHA DE ENTREGA 30 DIAS HABILES

Partida Clave art.

FORMA DE PAGO INMEDIATA

LUGAR DE ENTREGA !OBSERVACIONES R.F .C. RAMP7B0907GQ9

Calz.lgnacio Zaragoza 1340, Col. Juan Esculia. 09100, MX, DF

Cantidad Unidad Descripcion

-POSICIÓN PRESUPUESTAL: 29201 ·NÚMERO DE COTIZACIONES: 3, ·DESTINO: ALMACEN GENERAL -TIPO DE CONTRATACióN: ADJUDICACIÓN DIRECTA. ·CLASIFICACIÓN: MINIMA. -FUNCIONARIO QUE AUTORIZO: DIRECTOR DE ADQUISICIONES, CONTRA:ros V CONVENIOS. -FUNDAMENTO LEGAL DEL AGA Vl/2008 ARTICULOS 39 FRACCIÓN V. 42. 43, FRACCIÓN IV. 91 V 92 ·FECHA DE AUTORIZACióN: 23 DE OCTUBRE DE 2019. -INCLUIDO EN EL PROGRAMA ANUAL DE NECESIDADES 2019: SI.

FORMAN PARTE DE ESTE CONTRATO SIMPLIFICADO TODOS LOS DOCUMENTOS RELACIONADOS CON EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN INCLUYENDO. DE MANERA ENUNCIATIVA V NO LIMITATIVA, LO SIGUIENTE:

"LA PROPUESTA DEL ADJUDICATARIO".

-LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACióN HARA LA RETENCIÓN DE IMPUESTOS LOCALES V FEDERALES QUE CORRESPONDA.

IMPORTE EN L . RA CATO CE MI TROCIENTOS NOVENTA V CINCO PE~b:-

B ING. GUILLERMO RAMIREZ OROESCHER

O RECTOR DE ADQUISICIONÉS, CONTRATOS Y DIRECTOR DE MANTENIMIENTO, INTENDENCIA Y

~ Cp CONVENIOS SERVICIOS

P.Unitario

SUBTOTAL

I.V.A. TOTAL

CONTRATO SIMPLLf-!CADO

4519001858

CN SUS REM S IONES. F ACTLIRAS V CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTt NUMERO OE DOCUMENTO

S001

Impone Total

12,495.80 1,999.33

14,495.13

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CONTRATO SIMPUFICADO DE MATERIALES (HASTA 2.5,000 UDIS)

DECLARAC 1 ONES

l. La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en lo sucesivo "la Suprema Corte" por conducto da su representante para tos efectos de asta Instrumento manlnesta que: 1.1 Es el máxtmo órgano depositario del Poder Judicial de la Federación, en términos de lo dispuesto en los artlcutos 94 de la Constitución Polltica de tos Estados Unidos Mexicanos y t •, fracción l, de la ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación 1.2. la presente contratación fue aulortzada por el Director de Adquisiciones, Contratos y Convenios de la O rección General de Infraestructura Fisica, mediante •Aujudicación Directa• (hasta 25,000 UDIS), de conformidad con lo previsto en el articulo 42, páJTafo quima del Acuerdo General de Administración Vl/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Juslícía de la.Naclón par el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y des incorporación de bienes y la eonlrataclón de obras, usos y_servlclawequeridas po~este Tribunal. .- --- ... 1.3 El Dir~ctOf de Adquisiciones. Contratos y Conventos de la DireCCión General de Infraestructura Fistca, está facultado para susCribir el presente Instrumento, de conformidad ~n lo dispuésto en el ar11culo 42, del Acuerda General de Admlnlstractón Vl/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Goblemo y Administración de la Suprema Corte de Jusllcla do la Nación por el que se regulan los procedimlentas·pa.Ji! la.adqul![cipn, adm1mstración y desincorporación de bienes y la contrataCión de obras, usas y servicias requeridos por este Tribunal, y en apego al pronunciamiento emllldo por la Subdirecc)ón General ele la Consultivo de la Secretaria Jurfdlca de la Presidencia, mediante oficia SJP/0439/2016 de fecha 15 de abril de 2016. 1.4 Para todo lo relacionado con el presenté cantrato sel'lala COfnO su domicilio el ubicado en la Calle de José Marta Pino Suárez numero 2. colonia Centro, Alcaldla cuauhtémoc, código postal 06060, Ciudad do México. 11. "El Proveedor'' manifiesta bajo protesta:_.Jia decir y~rdad que: . 11.1 Cuenta con personal con la suficiente experieflCla y calificación para proveer de los materl~s requeridos a si como con los elementos técnicos y capacidad económica necesarios para tal fin. 11.2 No se encuentra en los supuestos previstos en los arth:ulos 48. fracciones 1, 11, 111, IV, V , .VI, VIl, VIII y X y 58. fracción XVI del Acuerdo General do Administración VV2008 del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan tos procedimlenlos para la adquisición, administración y desincorporaclón de bienes y la contratación de obras, usos y servidos requeridos por este Alto Tribunal. 11.3 Pera todo lo relatlonado con el presente contrato, sen ala como su domicilia el ubicado en la carátula del presente Instrumento, en el apartado denominado •Proveo da(". 11.4 'El Proveedaf" manifiesta que se encuentra debidamente constituida conforme a las Leyes Mexicanas y con la lnsatpdón vigente en el Registro Publico correspondiente o que cuenta con la capacidad suficiente para obligarse en término del presenta contrato. 111. La "Suprema Corte" y "El Proveedor" declaran que: 111.1 Reconocen mutuamenlo la personalidad jurldica con la que comparecen a la celebración del presente Instrumento y manifiestan que todas las COfnunlcatlones que se realicen entre ellas se dinglrán a las domicilias Indicados en los antecedentes 1.4 'fll.3 de este Instrumento. 111.2 El a::tJerdo de voluntades plasmado en este Instrumento contractual se rtge por lo dispuesta en la Constitución Palilica de los Estadas Unidos Mexicanos, en el Acuerda General de Administración Vl/2008 del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Admlnlstraclón de la Suprema cona de Justicia de la Nación y en lo no previsto en éste por al Código Civil Federal, el Código Federal de Procedimientos Civiles, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federaclón, Ley Federal de Presupuosto y Rosponsabllldad Hacendarta, Ley General de Responsabilidades Administrativas y la Ley Fodoral del Procedimlento Administrativo, al teOOf de las aiguientes:

CLÁUSULAS

Prt - Condicionas generalas. 'El Proveedor" se COfnPf()(Oete a proporcionar tos bienes desCrito en la carátula del presente Instrumento y a respetar en todo momento el preclo, plazo y de pago sel'laladas en la referida carátula, durante y hasta el cumplimiento total del objeto de este acuerda de voluntades.

El p l'ialado en la presenle cláusula, cubre el total del servido contratado, por lo cual la ·suprema Cona· no llene obligación de cubrir ningún Importa adicional. Segunda. Pena convencional. En caso de Incumplimiento de las obligaCiones pactadas en el contrato y sus anexos, la 'Suprema cone· podrá aplicar al 'El Proveedor" una pena convencional del 10% que se ajustará proporcionalmente al p()(centaje Incumplido, En ca$o de lnc:umplimienta en el plazo de ejeCUCión pactado, se aplicará una pena convencional equivalenle al monto que resulte de aplicar el10 al miUar a la cantidad que Importen las matertalos no entrega~as dentro del plazo Indicada en el apartado lllClso 'fecha de entraga' de la caratula. Tercera. Requisitos para realizar loa pagos reapecUvoa. Para efectos fiscales •Et Proveedaf" deberá presentar el comprobante fiscal digital POf Internet (CFDI) a nombre de la 'Suprema Cone· según consta en la cédula de Identificación fiscal expedida POf la Secretaria de Haclenda y Crédito Publico con el Registro Federal de Contrtb\lyentes 5CJ9502046P5 Indicando el domicilio sella lado en la declaración 1.4 do osl11 lnstrumonto y demás roqulsitos fiscalos a quo haya lugar. Adomás deberá presentar copla del Instrumento contractual correspondiente y la documentación que acredite que el servido fue ejeculada a entera satisfaCCión de la 'Suprema Corte·. cuarta. Modificaciones de eate Instrumento. Las condiciones pactadas en el presente instrumento podrán ser objeto de modificación en términos d11 lo previsto en los articulas t2, rraccion XXII, 143 fracciones • y t62 del referido Acuerdo General Vl/2008. Quinta. Inexistencia da ralaclón laboral, 'El Proveedor", como empresario y patrón del personal que ocupe para la prestación del servicio materia de este contrato, será el ünlco responsable de las obligaciones derivadas de las disposiCiones labOfales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social, por lo que rosponderá de todas las reclamaciones que sus trabajadwes presenten en su contra o de la ·suprema Corte', en relación el servicio motivo de este contrata. La ·suprema Corte' estará facultada para requerir a 'El Proveedor" las comprobantes de afiliación de sus trabajadores al IMSS, asl como los comprobantes de pago de las cuotas al SAR, INFONAVIT eiMSS. En casa de que alguno o algunos de los trabajadores de •e¡ Proveedor". ejeculen o pretendan ejecular alguna reclamación en contra de la ·suprema Corte•, "El Proveedor" deberá reembolsar la totalidad de las gastos que erogue fa ·suprema Corte', POf conc:epto de traslada. vlállcas, hospedaje. transportación, alimentos y damas Inherentes, con el fin de acreditar ante la autoridad COfnpetente que no existe relación labOfal alguna con las mismos y deslindar a la ·suprema Corte' de cualquier tipo de responsabilidad en ese sentido. Las partes acuerdan que el Importe de tos referidos gastos que se llegaran a ocasionar podrá ser deducida por fa ·suprema Cor1e' de las laduras que se encuentren pendientes de pago, Independientemente de las accion11s legales que se pud111ran ejeJUf. Sexta. Subcontrataclón. En ninglin caso so aceptará la subrogación total o pardal de los serviCios. Se entienda por subcontratación, el acto mediante el cual El ProveedOf encomienda a otra person física o moral ta realización parcial del objeto del servk:lo. Cuando •Et Proveed()(" pretenda subcontratar, deberá comunicarlo previamente y por escrito a ·1a Suprema Corte•, la que también por e¡¡.; ~ resolver3 si acepta o rechaza la subcontrataclón. Séptima. Conndenclalldad. La documentación qua se proporcione a ·et Proveedor" con motivo de la celebración de este contrato, es propiedad do la "Suproma Corte', por lo que "El Proveedor", por ~ o a través de sus trabajadores, sa compromete a no divulgar a través de cualquier medio de comunicaCión, cualquier resultado a dato obtenido del servicio prestada a fa primera. Octava. Rescisión. Queda expresamente convenido que •ta Suprema Corte' podrá dar por rescindido el presente contrato sin necesidad de que medie declaración judicial, en caso de que •Et Proveel'" ,.. de¡e de cumplir cualquiera de las obligaciones qua asume en este contrato por causas que le sean Imputables, o bien, en caso de ser objeto de embargo, huelga eS1allada, conc:tmlo mercan liquidación. An\Q;edarar la rescisión, la ·suprema Corte• notificará por esatta las causas respectivas a 'El Proveedaf" en su domlclllo sellalado en la declaración ll 3 de este Instrumento. con quien en el act entra, 01organdole un pluo de quince dlas !lábiles para que manifieste lo que a su derecha convenga, anexe los documentos que estime convenientes y aporte, en su caso, las prueb_~s que e me per1inentes. VenCido ese plazo el órgano competente de la 'Suprema Corte' determ~nará sobre la procedenCia de la rescisión, lo que se comunicará a •e¡ ProveedOI" en su domie~ha se/lalado en la declaración 11.3 de Instrumenta Novena. Del fomento a la transparencia y de la protección de datos personales. Las partes están de acuerdo en que el presente Instrumento constHuye lnfOfmaclón pública en términos de lo dtspuesto en los anlculos 1. 70. t t3 y 116 de la Ley General de Transparencia y Accaso a la lnfOfmaclón Pública, por lo que los gobernados podrán realizar su consuna De contarmldad can lo establecido en el articulo 71 del Acuerdo General de la Comisión de TransparenCia, Acc:eso a la lnformaclón Publica Gubernamental y Protecclón de Datos Personales de la Suprema Corte de Justícla de la Nación. del nueve de jUlio de dos mil ocho, relativo a los órganos y procedlmlenlos para tutelar en el ámbHo de este Tribunal las derechas de acceso a la lntarrnaclón, a ta pnvacdad y a la prolecciiin de datos personales garantizados en el articulo 6' ConstituCional, 'El Proveedor" se obliga a guardar secreto y a no diwlgar por ninglin mediO, aun electrónico, ni POf conferenCias y/o Informes los datos personales a que tenga acceso con motivo de la documentación que maneíe o conozca al desarrollar las actividades objeta del presenle contrato. En caso de incumplimiento la ·suprema Cor1e' podrá exigir e. pago correspondlento al 10% del monto total de este Instrumento, por concepto de pena convencional. Décima. Resolución de controversias. Para erecto de la Interpretación y cumplimiento de lo estipulado en este Instrumento, •e¡ Provoedor" se SOfnete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la ·suprema Corte• renunciando a cualquier fuero que en razón de su domicilio tenga o llegara a tener. de contOfmidad con lo indicado en el ar11culo 11. fracción XX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación renunciando en fOfma expresa a cualquier otro fuero que en razón de su domicilio o vecindad, tengan o llegaren a terter,

Las parles acuerdan que cualquier notíftcación que tengan que realizarse de una parte a otra. se realizará por esCrito en el domicilio que ha senalado en las declaraciones 1.4 y 11.4 de este instrumenta

RECEPCION Y CONFORMIDAD DEL PRESENTE CONTRATO SIMPLIFICADO POR EL PROVEEDOR"

MAlfaroM
Sello