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INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN CONVOCATORIA DE LICITACIÓN PÚBLICA Carácter del procedimiento: Nacional Clave electrónica: LA-006HHE001-N100-2015 Clave interna: LPN-006HHE001-008-15 ____________________________________________________________________________________________ _________ 1. DATOS GENERALES DE IDENTIFICACIÓN DE LA LICITACIÓN 1.1 Medio que se utilizara para la licitación pública y su carácter. 1.2 Datos de identificación. 1.3 Idioma. 1.4 Soporte presupuestal. 2. OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN PÚBLICA 3. FORMA Y TÉRMINOS QUE REGIRÁN LOS ACTOS DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN 3.1 Calendario de celebración de eventos. 3.2 Junta de aclaraciones 3.3 Presentación y Apertura de Proposiciones 3.4 Acto de Fallo. 3.5 Propuestas conjuntas. 4. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL LICITANTE GANADOR. 4.1 Documentación que deberá presentar el Licitante ganador. 4.2 Fecha para firmar el contrato. 4.3 Causas generales de desechamiento. 5. EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DE LA CONTRATACIÓN 5.1 Criterios de evaluación 5.2 Adjudicación. 5.3 Presentación de la garantía de cumplimento. 6. DOCUMENTOS E INFORMACIÓN QUE DEBERAN PRESENTAR LOS LICITANTES COMO PARTE DE SU PROPOSICIÓN. 6.1 Proposición técnica Página 1 de 297

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Clave electrónica: LA-006HHE001-N100-2015Clave interna: LPN-006HHE001-008-15

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1. DATOS GENERALES DE IDENTIFICACIÓN DE LA LICITACIÓN

1.1 Medio que se utilizara para la licitación pública y su carácter.1.2 Datos de identificación.1.3 Idioma.1.4 Soporte presupuestal.

2. OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN PÚBLICA

3. FORMA Y TÉRMINOS QUE REGIRÁN LOS ACTOS DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN

3.1 Calendario de celebración de eventos.3.2 Junta de aclaraciones3.3 Presentación y Apertura de Proposiciones3.4 Acto de Fallo.3.5 Propuestas conjuntas.

4. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL LICITANTE GANADOR.

4.1 Documentación que deberá presentar el Licitante ganador.4.2 Fecha para firmar el contrato.4.3 Causas generales de desechamiento.

5. EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DE LA CONTRATACIÓN

5.1 Criterios de evaluación5.2 Adjudicación.5.3 Presentación de la garantía de cumplimento.

6. DOCUMENTOS E INFORMACIÓN QUE DEBERAN PRESENTAR LOS LICITANTES COMO PARTE DE SU PROPOSICIÓN.

6.1 Proposición técnica6.2 Proposición económica.6.3 Documentación legal y administrativa

7. SANCIONES E INCONFORMIDADES

7.1 Sanciones7.2 Inconformidades

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8. INSTRUCCIONES PARA ELABORAR Y REMITIR LA PROPOSICIÓN POR MEDIOS REMOTOS DE COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA (COMPRANET)

9. SUSPENSIÓN, CANCELACIÓN O DECLARATORIA DE DESIERTO

9.1 Suspensión de la contratación9.2 Cancelación del procedimiento de contratación9.3 Declaratoria de desierto9.4 Cesión de derechos.9.5 Propiedad intelectual

ANEXOS

ANEXO 1 Proposición técnica (Anexo técnico).ANEXO 2 Proposición económica. ANEXO 3 Acreditamiento de personalidad jurídica. ANEXO 4 declaración de los artículos 49 y 63 del Reglamento.ANEXO 5 Declaración de integridad.ANEXO 6 Manifestación de estratificación de la empresa.ANEXO 7 Manifestación de conocer la nota informativa de la OCDE. ANEXO 8 Modelo de contrato

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1. DATOS GENERALES DE IDENTIFICACIÓN DE LA LICITACIÓN

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), a través de la Dirección General de Administración (la Convocante), con domicilio en Av. Insurgentes Sur No. 3211, 4º piso, Col. Insurgentes Cuicuilco, Del. Coyoacán, C.P. 04530, México D.F., emite la presente Convocatoria para dar a conocer a los interesados la contratación de los servicios descritos a continuación, con fundamento en la normatividad siguiente:

a) La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 134, párrafo tercero.

b) Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del IFAI, artículos 3 fracción VIII, 23 fracción I, 24 fracción II, 25 tercer párrafo, 26 fracción I, 27 y 29 segundo párrafo.

c) Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que deberán observarse para la utilización del sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet, publicado el 28 de junio de 2011, que se referirá como el Acuerdo del sistema CompraNet.

Los participantes se comprometen a conocer la normatividad antes señalada y darle cabal cumplimiento en lo que a su ámbito corresponda, durante el procedimiento de contratación y en la prestación de los servicios, para el caso del Licitante ganador.

Asimismo, para efectos de la referencia a conceptos y definiciones se entenderá lo siguiente:

a. INAI: Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

b. Reglamento: Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos.

c. Licitante: La persona física o moral que participe en el presente procedimiento de contratación d. Proveedor: La persona física o moral que celebre el contrato de servicios contenido en el

anexo 8 de esta Convocatoria. e. CompraNet: El sistema electrónico de información pública gubernamental sobre adquisiciones,

arrendamientos y servicios, con dirección de Internet http://CompraNet.gob.mxf. Balines: Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del

Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.g. SAT: Servicio de Administración Tributaria.h. SFP: Secretaría de la Función Pública

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1.1 Medio que se utilizara para la licitación pública y su carácter.

Este procedimiento de contratación se llevará cabo de manera ELECTRÓNICA, por lo cual los Licitantes interesados en participar podrán hacerlo exclusivamente a través del sistema CompraNet, utilizando sus medios de identificación electrónica. Por ello, toda clase de notificaciones se llevarán a cabo a través de ese medio y los actos de este procedimiento de contratación se realizarán sin la presencia de los Licitantes.

El presente procedimiento de contratación se llevará a cabo mediante licitación pública, tiene el carácter de nacional, por lo que sólo podrán participar los Licitantes que demuestren esta condición; se inicia con la publicación de la convocatoria y concluye con la emisión del fallo (artículos 23 frac. I y antepenúltimo párrafo del Reglamento).

1.2 Datos de identificación

Clave electrónica: LA-006HHE001-N100-2015

Clave interna: LPN-006HHE001-008-15

Descripción de los servicios:

Desarrollo de la Plataforma Nacional de Transparencia Primera Etapa.

Convocante: Dirección General de Administración

Domicilio de la Convocante:

Av. Insurgentes Sur No. 3211, 4º piso, Col. Insurgentes Cuicuilco, Del. Coyoacán, C.P. 04530, México D.F.

Teléfonos y correos de la Convocante:

5004-2400 exts. 2440, [email protected]; [email protected].

Área requirente:Dirección General de Tecnologías de la InformaciónPiso: 1Tel: 5004-2400 ext. 2421Correo: joseluis.hernandez @inai.org.mx

La vigencia de la contratación será a partir de la notificación del fallo y hasta el 31 de diciembre de 2015. Este procedimiento de contratación se sustentará con recursos fiscales del ejercicio 2015.

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1.3 El Idioma en que deberán presentarse las proposiciones será invariablemente en español, en caso de presentarse en idioma distinto deberá de venir acompañado por su traducción simple al español, en caso de no presentarse dicha traducción será motivo para no tener por presentada la proposición. Con excepción de la documentación identificados puntualmente en el rubro comprendido de evaluación por puntos y porcentajes, en los cuales se podrán presentar las certificaciones en el idioma en que fueron expedidas.

1.4 Soporte presupuestal

Se cuenta con la disponibilidad presupuestal validada por la Dirección de Recursos Financieros, mediante Reserva No. 230/130, de fecha 14 de agosto de 2015.

Para este procedimiento de contratación no se cuenta con fondos provenientes de créditos externos otorgados al gobierno federal o con su garantía por organismos financieros regionales o multilaterales.

2. OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN PÚBLICA

2.1 El servicio objeto de este procedimiento de contratación es el siguiente: Desarrollo de la Plataforma Nacional de Transparencia Primera, la información para identificar estos servicios se encuentran detallados en el Anexo 1.

2.2 El servicio objeto de esta contratación se adjudicará en una sola partida a un solo Licitante., (artículo 27 fracción XII del Reglamento). El desglose de precios será para en su caso aplicación de penas convencionales y/o deducciones, así como para en su caso ampliación del contrato.

2.3 Para participar en este procedimiento de contratación los licitantes deberán acreditar la Norma Oficial Mexicana NOM-178-SCFI-1998.

2.4 No aplica lo señalado en la fracción X del artículo 27 del Reglamento, sobre pruebas de verificación de cumplimiento de acuerdo con el Reglamento Federal sobre Metrología y Normalización.

2.5 El Servicio objeto de esta Licitación se asignará a través de un contrato cerrado.

2.6 La adjudicación se formalizará a través del modelo de contrato que se presenta en el ANEXO 8 de esta Convocatoria.

2.7 La contratación objeto del presente procedimiento de contratación no estará sujeto a ofertas subsecuentes de descuento.

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2.8 La prestación del servicio objeto de esta licitación será adjudicada a un solo licitante quien suscribirá el contrato respectivo.

2.9 En el modelo de contrato (Anexo 8) se contiene el detalle de los requisitos a los que se refiere el artículo 45 del Reglamento en lo aplicable al presente procedimiento.

2.10 Para esta Licitación se utilizará el criterio de evaluación por puntos y porcentajes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 34 del Reglamento, Capítulo VIII. Numeral 3. Criterios de evaluación de puntos y porcentajes de las BALINES, así como de manera supletoria el punto décimo de los “Lineamientos para la aplicación del criterio de evaluación de proposiciones a través del mecanismo de puntos o porcentajes en los procedimientos de contratación”, publicados en el DOF el 9 de septiembre de 2010.

2.11 El pago se efectuará por cada uno de los entregables descritos en el anexo técnico, contra entrega y aceptación de los trabajos, con base en los servicios efectivamente prestados a entera satisfacción del área requirente. El Licitante que resulte adjudicado deberá remitir de manera electrónica ante esa área, la facturación correspondiente para su revisión y validación; sólo procederá el pago de los servicios realmente prestados.

2.12 El plazo máximo que deberá mediar entre la fecha en que el proveedor acredite la prestación del servicio objeto de esta contratación y la fecha de pago correspondiente será de 30 días naturales, dentro de los cuales quedará comprendido el plazo a que hace referencia el párrafo 1 del artículo 50 del Reglamento, siempre y cuando el proveedor remita de manera electrónica la factura correspondiente dentro de los diez días naturales siguientes, misma que deberá cumplir con los requisitos establecidos por el Código Fiscal de la Federación y que el servicio se haya prestado a entera satisfacción del área requirente, en los términos establecidos en el Contrato respectivo, en el entendido de que si la factura no se presenta dentro de este tiempo el pago se diferirá por el mismo plazo en que se tarde en subsanar esta situación.

3. FORMA Y TÉRMINOS QUE REGIRÁN LOS ACTOS DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN

El plazo para la presentación y apertura de proposiciones será de diez días naturales, contados a partir de la fecha de la publicación de la Convocatoria y considerando hasta el día anterior a la fecha de dicha presentación (artículo 29 segundo párrafo del Reglamento).

Los actos derivados del presente procedimiento de contratación serán presididos por el servidor público autorizado conforme a lo dispuesto en el Capítulo I numeral 4.2 de las Balines.

Los siguientes eventos para atender este procedimiento de contratación se llevarán a cabo en el domicilio de la Convocante referido en el numeral 1.2 y en las fechas establecidas en el numeral 3.1 de esta Convocatoria.

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3.1 Calendario de celebración de eventos

Los eventos de este procedimiento de contratación se llevarán a cabo en el domicilio de la Convocante, referido en el numeral 1.2 de esta Convocatoria, sin la presencia de los Licitantes, conforme al calendario siguiente:

ACTOS FECHA HORAPublicación de la Convocatoria 26 de agosto de 2015

Junta de aclaraciones (etapa inicial) 1 de septiembre de 2015 11:00 horas

Presentación y apertura de proposiciones 7 de septiembre de 2015 11:00 horas

Fallo 9 de septiembre de 2015 18:00 horas

Firma de contrato 28 de septiembre de 2015 18:00 horas

3.2 Junta de aclaraciones

Con objeto de evitar errores en la interpretación del contenido de la presente Convocatoria y sus documentos, el INAI celebrará este acto de junta de aclaraciones.

3.2.1 En el evento de la junta de aclaraciones los licitantes podrán presentar sus preguntas sobre esta convocatoria y en general sobre cualquier aspecto de la licitación que les permita aclarar cualquier duda que eviten errores, tanto en la forma de presentar o integrar sus proposiciones, como en los aspectos relativos a la prestación de los servicios.

3.2.2 Las solicitudes de aclaración podrán enviarse a partir de la publicación de la convocatoria y a más tardar 24:00 (veinticuatro horas) antes de la fecha y hora en que tendrá lugar la Junta de Aclaraciones, en atención a la Subdirección de Adquisiciones y Control Patrimonial, tomándose como su hora de recepción la que registre el sistema CompraNet al momento de su envío.

3.2.3 Dichas solicitudes deberán acompañarse del escrito mediante el cual los licitantes manifiesten su interés en participar, por sí o en representación de un tercero, asentando en todos los casos los datos generales del interesado y, en su caso, del representante legal, de acuerdo a los datos indicados en el quinto párrafo de los Lineamientos del punto 5, del Capítulo VII de las BALINES

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.Las preguntas deberán ser presentados a través del sistema CompraNet, en formato editable (Word, o PDF editable, no imagen) y el escrito de interés en formato no editable.

3.2.4 Las solicitudes de aclaración deberán plantearse de manera concisa y estar directamente vinculadas con los puntos contenidos en la Convocatoria, indicando el numeral específico con el cual se relaciona la pregunta.

3.2.5 No serán atendidas las solicitudes de aclaración que no sean presentadas en el plazo antes establecido, o que no se acompañen con el escrito o que no se presenten de manera específica, según lo indicado en los numerales 3.2.2. 3.2.3 y 3.2.4 antes señalados.

3.2.6 En la fecha programada para llevar a cabo este evento, la Convocante levantará el acta en su etapa inicial mediante la cual se dará respuesta a las preguntas recibidas que cumplan los requerimientos antes referidos, y en su caso, asentando aclaraciones adicionales que considere conveniente, la cual será publicada en el sistema CompraNet el mismo día en que se levante. Cuando en razón del número de solicitudes de aclaración recibidas o algún otro factor imputable a la convocante y que sea acreditable, el servidor público que presida la junta de aclaraciones, informará a los licitantes si éstas serán enviadas en ese momento o si se suspenderá la sesión para reanudarla en hora o fecha posterior, a efecto de dar respuesta a las respuestas.

3.2.7 Una vez publicada el acta inicial de la junta de aclaraciones, los licitantes contarán con un plazo máximo de seis horas para formular las preguntas que consideren necesarias en relación con las respuestas remitidas por la Convocante, a las cuales se les dará respuesta nuevamente en el plazo que la Convocante considere necesario, lo cual será informado a los Licitantes.

3.2.8 El acta inicial de la junta de aclaraciones y en su caso, la del cierre, será(n) publicada(s) en el sistema CompraNet el mismo día que se levanten, para efectos de notificación a los licitantes participantes. Será responsabilidad de éstos enterarse del contenido de la misma, a través del medio señalado, toda vez que cualquier modificación a la convocatoria de la Licitación, derivada del resultado de la Junta de Aclaraciones, será considerada como parte integrante de la presente Convocatoria.

3.3 Presentación y Apertura de Proposiciones

El acto de presentación y apertura de proposiciones se llevará sin la presencia de los Licitantes conforme al procedimiento siguiente: (artículos 24, fracción II, segundo párrafo; 32 primer párrafo del Reglamento):

3.3.1 Se accesará al sistema CompraNet para verificar la presentación de proposiciones por este medio.

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3.3.2 Se realizará la apertura de las proposiciones que fueron recibidas de manera electrónica, haciéndose constar la documentación presentada la cual será resguardada por la Convocante en CD, así como en el sistema CompraNet, mediante el uso de tecnologías que garantizan la confidencialidad de la información, conforme a las disposiciones técnicas que al efecto establezca la SFP.

3.3.3 Terminada la apertura de las proposiciones por cada Licitante, se procederá a dar lectura al importe propuesto por cada una.

3.3.4 Se levantará el acta que contendrá la fecha, lugar y hora en que se llevará a cabo el evento, el nombre del servidor público que lo presidió, nombres de los licitantes que presentaron proposición y sus importes, los documentos que fueron o no recibidos; así como lugar, fecha y hora en que se dará a conocer el fallo.

3.3.5 El acta será firmada por los servidores públicos del INAI que asistan al evento y publicada en el sistema CompraNet, para efectos de notificación a los Licitantes participantes y será su responsabilidad enterarse del contenido su contenido a través del medio señalado.

3.3.6 La documentación que se reciba de las proposiciones en este evento será de forma cuantitativa, por lo que en esta etapa no se llevará a cabo la evaluación y análisis de su contenido.

3.3.7 La Convocante podrá diferir la fecha de celebración del Fallo, siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de veinte días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente. Asimismo, se podrá efectuar el diferimiento durante la etapa de evaluación de las proposiciones, previa notificación a los Licitantes de la nueva fecha (artículo 33 del Reglamento y del capítulo VII, numeral 6, párrafo décimo segundo de los Lineamientos de las Balines).

3.3.8 Recibidas las proposiciones en la fecha, hora y lugar establecidos, éstas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de contratación hasta su conclusión (Capítulo VI, numeral 10, frac III, inciso c. de las Balines).

3.3.9 La Convocante fijará una copia de las actas de la junta de aclaraciones y de presentación y apertura de proposiciones en los estrados de planta baja de su domicilio referido en el numeral 1.2 de esta Convocatoria, a partir de día en que tenga lugar los eventos y por un término no menor de cinco días hábiles (artículo 37 del Reglamento).

3.4 El Acto de Fallo

3.4.1 El Acto de Fallo se llevará a cabo en el domicilio y la fecha señalados en los numerales 1.2 y 3.1 de esta Convocatoria, evento al que se invitará a los representantes

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de la Contraloría del INAI, de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y del área requirente, pero se efectuará sin la presencia de los Licitantes.

3.4.2 Con la notificación del fallo al Licitante ganador, serán exigibles los derechos y obligaciones para las partes derivadas del Contrato, sin perjuicio de su obligación de firmarlo en la fecha y términos señalados en el acta de fallo, constituyéndose por ende en Proveedor.

3.4.3 Mediante el sistema CompraNet se notificará a los Licitantes que el acta del Fallo se encuentra a su disposición en dicho sistema (artículo 37 del Reglamento).

3.4.4 Contra el fallo no procederá recurso alguno; sin embargo, podrá recurrirse a la inconformidad, en término de lo establecido en el del Título Séptimo, Capítulo Primero del Reglamento y del Capítulo XIV de las Balines.

3.4.5 Para las notificaciones que se envíen por correo electrónico, de la publicación de las actas de apertura de proposiciones técnicas y económicas y fallo, los Licitantes y en su caso los proveedores aceptan se consideren éstas como legalmente practicadas, cuando el INAI obtenga el acuse de envío que genera automáticamente el sistema CompraNet.

3.4.6 La Convocante fijará un ejemplar del acta de fallo en los estrados de planta baja de su domicilio referido en el numeral 1.2 de esta Convocatoria, por un término no menor de cinco días hábiles. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dicha acta en CompraNet.

3.4.7 Ninguna de las condiciones contenidas en esta Convocatoria o los datos asentados en las proposiciones presentadas por los Licitantes podrán ser negociados (art. 23 párrafo séptimo Reglamento).

3.5 Propuestas conjuntas

Dos o más personas podrán presentar conjuntamente una proposición sin necesidad de constituir una sociedad, o una nueva sociedad en caso de personas morales; para tales efectos, en la proposición y en el contrato se establecerán con precisión las obligaciones de cada una de ellas, así como la manera en que se exigiría su cumplimiento. En este supuesto la proposición deberá ser firmada por el representante común que para ese acto haya sido designado por el grupo de personas a través de los medios de identificación electrónica autorizados por la Secretaría de la Función Pública (artículo 32, tercero y cuarto párrafo del Reglamento y capítulo VII, numeral 3 de las BALINES).

Cuando la proposición conjunta resulte adjudicada con un contrato, dicho instrumento deberá ser firmado por el representante legal de cada una de las personas participantes en la proposición, a quienes se considerará, para efectos del procedimiento y del contrato, como responsables solidarios o mancomunados, según se establezca en el propio contrato.

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Lo anterior, sin perjuicio de que las personas que integran la proposición conjunta puedan constituirse en una nueva sociedad, para dar cumplimiento a las obligaciones previstas en el convenio de proposición conjunta, siempre y cuando se mantenga en la nueva sociedad las responsabilidades de dicho convenio

3.5.1 Requisitos para la presentación de propuestas conjuntas.

I. Cualquiera de los integrantes de la agrupación, podrá presentar el escrito mediante el cual manifieste su interés en participar en la junta de aclaraciones y en el procedimiento de contratación;

II. Las personas que integran la agrupación deberán celebrar en los términos de la legislación aplicable, el convenio de asociación, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes:a) Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas

integrantes, señalando, en su caso, los datos de los instrumentos públicos con los que se acredita la existencia legal de las personas morales y, de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas;

b) Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas, señalando, en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación;

c) Designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para atender todo lo relacionado con la proposición y con el procedimiento de Licitación Pública;

d) Descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir a cada persona integrante, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones, y

e) Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado junto con los demás integrantes, ya sea en forma solidaria o mancomunada, según se convenga, para efectos del procedimiento de contratación y del contrato, en caso de que se les adjudique el mismo;

En el acto de presentación y apertura de proposiciones el representante común de la agrupación deberá señalar que la proposición se presenta en forma conjunta. El convenio a que hace referencia en la fracción II antes referida, se presentará con la proposición y, en caso de que a los licitantes que la hubieren presentado se les adjudique el contrato, dicho convenio, formará parte integrante del mismo como uno de sus anexos.

III. Para cumplir con los ingresos mínimos, en su caso, requeridos por la convocante, se podrán sumar los correspondientes a cada una de las personas integrantes de la agrupación, y

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En el supuesto de que se adjudique el contrato a los licitantes que presentaron una proposición conjunta, el convenio indicado en la fracción II antes referida, y las facultades del apoderado legal de la agrupación que formalizará el contrato respectivo, deberán constar en escritura pública, salvo que el contrato sea firmado por todas las personas que integran la agrupación que formula la proposición conjunta o por sus representantes legales, quienes en lo individual, deberán acreditar su respectiva personalidad, o por el apoderado legal de la nueva sociedad que se constituya por las personas que integran la agrupación que formuló la proposición conjunta, antes de la fecha fijada para la firma del contrato, lo cual deberá comunicarse mediante escrito a la convocante por dichas personas o por su apoderado legal, al momento de darse a conocer el fallo o a más tardar en las veinticuatro horas siguientes.

Para este procedimiento de contratación solo se aceptará una proposición por Licitante.

Con el objeto de acreditar su personalidad, los licitantes o sus representantes deberán exhibir un escrito (Anexo 3) en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, mismo que contendrá los siguientes datos:

a) Del licitante: Registro Federal de Contribuyentes, nombre, domicilio y correo electrónico así como, en su caso, de su apoderado o representante. Tratándose de personas morales, además se señalará la descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las escrituras públicas y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, con las que se acredita la existencia legal de las personas morales así como el nombre de los socios, y

b) Del representante legal del licitante: datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir las propuestas.

En el caso de las proposiciones presentadas de manera conjunta el escrito antes referido como anexo 3 deberá presentarse por cada uno de los asociados, por lo cual, su incumplimiento será motivo de desechamiento.

4 OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL LICITANTE GANADOR

4.1 Documentación que deberá presentar el Licitante ganador

Con el objeto de firmar el Contrato, el Licitante que resulte ganador, previo a la firma, deberá entregar en la Subdirección de Adquisiciones y Control Patrimonial, ubicada en planta baja del domicilio de la Convocante referido en el numeral 1.2 de esta Convocatoria (tel. 5004-2400 ext. 2553), a más tardar dentro de los dos días hábiles posteriores a la fecha del fallo, en original o copia certificada y copia simple para su archivo, los documentos siguientes:

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Persona moral

a) Registro Federal de Contribuyentes.b) Inscripción ante la SHCP (Formato R1).c) Cambio de domicilio fiscal o razón social (Formato R2), en su caso.d) Escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las leyes mexicanas y sus

modificaciones, en su caso.e) Escritura Pública del poder del representante.f) Documentación con la que acredite tener su domicilio legal en territorio nacional.g) Respuesta emitida por el SAT respecto del cumplimiento de las obligaciones fiscales del

artículo 32- D del Código Fiscal de la Federación.

Persona física

a) Inscripción ante la SHCP (Formato R1) y Registro Federal de Contribuyentes.b) Cambio de domicilio fiscal (Formato R2), en su caso.c) Copia certificada del acta de nacimiento.d) Documentación con la que acredite tener su domicilio legal en territorio nacional.e) Respuesta emitida por el SAT respecto del cumplimiento de las obligaciones fiscales del

artículo 32- D del Código Fiscal de la Federación.

4.2 Fecha para firmar el contrato

El Licitante que resulte adjudicado, deberá presentarse a firmar el Contrato correspondiente en la fecha y hora establecidos por la convocante en el numeral 3.1 (Calendario de celebración de eventos), en la Subdirección de Adquisiciones y Control Patrimonial, ubicada en la planta baja del domicilio de la Convocante referido en el numeral 1.2 de esta Convocatoria.

Si el Contrato no se suscribiera dentro de este término por causas imputables al Proveedor se tendrá por no aceptado y se procederá sin necesidad de un nuevo procedimiento, a adjudicarlo al participante que haya presentado la siguiente proposición solvente más baja, siempre y cuando la proposición no rebase el 10% respecto de la proposición originalmente ganadora de conformidad con lo asentado en esta Convocatoria y en el acta de fallo correspondiente.

Asimismo, el Proveedor que no firme el contrato por causas imputables al mismo, será sancionado por la Contraloría del INAI, en términos del Artículo 62 del Reglamento y del Capítulo XIII de las Balines.

El Contrato que se derive de procedimiento de contratación, podrá ser ampliado en monto, cantidad o tiempo sin tener que recurrir a la celebración de nuevo procedimiento, siempre que se formalice durante su vigencia y que el precio de los servicios y el suministro sea el mismo (artículo 51 del Reglamento).

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4.3 Causas generales de desechamiento

4.3.1 Si no cumplen con alguno de los requisitos establecidos en esta Convocatoria y sus anexos.

4.3.2 Si se comprueba que entre los Licitante(es) hayan acordado elevar los precios de los servicios objeto de procedimiento de contratación o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás Licitantes.

4.3.3 Si se comprueba que algún proveedor se encuentra en los supuestos del artículo 49 del Reglamento.

4.3.4 Todos aquellos señalamientos en los que se estipule que la omisión en el cumplimiento del mismo sea motivo para desechar la proposición.

5 EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DE LA CONTRATACIÓN

5.1 Criterios de evaluación

5.1.1 El área requirente realizará la evaluación de las propuestas técnicas y económicas mediante el mecanismo de puntos y porcentajes de la siguiente manera: 60% para la propuesta técnica y 40% para la proposición económica, conforme a los criterios establecidos en el Anexo Técnico de esta Convocatoria. (artículo 34 del Reglamento y de manera supletoria numeral Décimo de la Sección Cuarta de los Lineamientos para la aplicación del criterio de evaluación de proposiciones).

a) Verificará que los servicios ofertados en su proposición técnica y demás requisitos solicitados en el Anexo Técnico (Anexo I, numeral 6.1) cumplan con las características y especificaciones requeridas por el INAI.

b) Verificará que la proposición económica cumpla con los requisitos del Anexo 2 de esta Convocatoria.

5.1.2 La Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales verificará que las manifestaciones y documentos solicitados en los numerales 6.3 (del 6.3.1 al 6.3.8), hayan sido elaborados o emitidos respetando el contenido de los formatos incluidos en esta Convocatoria y de acuerdo a los requerimientos específicos solicitados en cada caso.

5.2 Adjudicación

5.2.1 El contrato se adjudicará al licitante cuya propuesta solvente en el índice de la ponderación Técnico-Económica sea el más alto y por lo tanto satisface la totalidad de los requerimientos del INAI.

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5.2.2 Si derivado de la evaluación de las proposiciones se obtuviera un empate entre dos o más licitantes, de conformidad con el criterio de desempate previsto en el artículo 35 segundo párrafo del Reglamento, se dará preferencia a las micro, pequeñas y medianas empresas, en el orden señalado.

5.2.3 En caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados en el párrafo anterior, o bien, de no haber empresas de este sector, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante.

5.3 Presentación de la garantía de cumplimento

El Licitante ganador queda obligado a entregar a favor del INAI, preferentemente una de las siguientes garantías de cumplimiento: cheque certificado o de caja, billete de depósito, o póliza de fianza expedida por una institución legalmente autorizada para ello, (artículo 48, fracción II del Reglamento y capítulo X, numeral 8 de las Balines), la cual podrá ser entregada por medios electrónicos siempre que las disposiciones jurídicas aplicables permitan su constitución por ese medio, por el importe equivalente del 10% del monto total del contrato respectivo, sin considerar I.V.A., dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato en la Subdirección de Adquisiciones y Control Patrimonial, ubicada en la planta baja del domicilio de la convocante referido en el numeral 1.2, de esta Convocatoria, misma que estará vigente hasta su total cumplimiento y sólo podrá cancelarse con autorización expresa y por escrito de la Dirección General de Administración, a través de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales. De no entregar la garantía el Licitante ganador en el plazo establecido se procederá a su rescisión conforme a lo señalado en el artículo 54 del Reglamento.

En la redacción de la garantía mediante fianza deberá incluir, además las cláusulas establecidas en el artículo 103 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, supletorio conforme al artículo 7 del Reglamento.

6 DOCUMENTOS E INFORMACIÓN QUE DEBERAN PRESENTAR LOS LICITANTES COMO PARTE DE SU PROPOSICIÓN.

6.1 Proposición técnica. Deberá formularse considerando los requerimientos y especificaciones de los servicios señalados en el Anexo Técnico (ANEXO 1).

6.2 Proposición económica. Deberá elaborarse de acuerdo con lo señalado en esta Convocatoria, y adjuntarse en la sección Proposición Económica, indicando que durante la vigencia, a partir de la fecha del Acto de presentación de proposiciones y hasta la total entrega de los servicios, los precios cotizados serán fijos (ANEXO 2).

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6.3 Documentación legal y administrativa

6.3.1 Con el objeto de acreditar su personalidad, los Licitantes o sus representantes legales deberán presentar un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, mismo que contendrá los siguientes datos (ANEXO 3):

a) Del Licitante: Registro Federal de Contribuyentes, nombre y domicilio, así como, en su caso, de su apoderado o representante. Tratándose de personas morales, además se señalará la descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las escrituras públicas (número y fecha de escritura pública, datos del notario público, número y fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio, etc.) y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, con las que se acredita la existencia legal de las personas morales así como el nombre de los socios, y

b) Del representante legal del Licitante: datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir las proposiciones.

En este escrito se deberá proporcionar una dirección de correo electrónico, en el caso de no contar con la misma, se deberá manifestar que no cuenta con dirección de correo electrónico.

Previo a la firma del contrato, el Licitante ganador deberá presentar original o copia certificada para cotejar los documentos con los que se acredite su existencia legal y las facultades de su representante para suscribirlo.

Copia simple legible por ambos lados de su identificación oficial vigente con fotografía del representante legal del Licitante, en el caso de proveedores morales, o de la persona física que participe como proveedor (cédula profesional, credencial para votar, licencia de conducir o pasaporte).

6.3.2 Escrito en el que el Licitante, a través de su representante legal manifieste bajo protesta de decir verdad que es de nacionalidad mexicana (escrito libre).

6.3.3 Escrito en el que el licitante manifieste bajo protesta de decir que cumplen con la Norma Oficial Mexicana NOM-178-SCFI-1998. Relativa a desarrollo de software.

6.3.4 Dirección de correo electrónico del licitante, en caso de contar con la misma.

6.3.5 Declaración escrita en la que el Licitante manifieste bajo protesta de decir verdad que no se encuentra en los supuestos de los artículos 49 y 63, antepenúltimo párrafo del Reglamento (ANEXO 4).

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6.3.6 Declaración escrita del Licitante mediante la cual manifieste que por sí mismo o través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas para que los servidores públicos del INAI, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás Licitantes (ANEXO 5).

6.3.7 Escrito mediante el cual el Licitante indique la estratificación de su empresa (ANEXO 6).

6.3.8 En su caso, convenio de asociación para propuestas conjuntas.

6.3.9 Copia del acuse de recepción mediante el cual se compruebe que el Licitante solicitó opinión al SAT, o bien el resultado obtenido respecto del cumplimiento de las obligaciones fiscales previsto en el artículo 32- D del Código Fiscal de la Federación.

6.3.10 Escrito del Licitante mediante el cual manifieste bajo protesta de decir verdad, que conoce el contenido de la “Nota Informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos y firmantes de la Convención para Combatir el cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales” (ANEXO 7).

Los escritos y declaraciones antes señaladas deberán elaborarse de acuerdo con los textos de los formatos que se incluyen como anexos de esta convocatoria, preferentemente en papel membretado del Licitante y deberán ser firmados autógrafamente por su representante legal.

La falta de presentación de cualquiera de los documentos citados en los numerales 6.1 y 6.2, del 6.3.1 al 6.3.3 y del 6.3.5 al 6.3.10 será motivo para desechar la proposición, por incumplir las disposiciones jurídicas que los establecen.

Los licitantes que participen mediante convenios de asociación, deberán presentar de cada asociado la documentación referida en los numerales 6.3.1., 6.3.2., 6.3.3., 6.3.5., 6.3.6., 6.3.7., 6.3.9., y 6.3.10., así como el convenio de asociación debidamente firmado, la falta de presentación de estos documentos será motivo de desechamiento de la proposición (artículo 32 cuarto párrafo del Reglamento y Capítulo VII, fracción II y Capítulo VI, numeral 10, fracción VI, inciso i de las Balines).

Se sugiere que las proposiciones técnica, económica y documentación legal-administrativa que envíen los Licitantes, se encuentre foliada individualmente en todas y cada una de las hojas que lo integren, en papel membretado, las cuales no deberán tener tachaduras ni enmendaduras.

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7 SANCIONES E INCONFORMIDADES

7.1 Sanciones

Los Licitantes o proveedores que infrinjan las disposiciones del Reglamento, serán sancionados por la Contraloría del INAI, conforme a lo establecido en el Título Sexto del Reglamento y capítulo XIII de las Balines.

7.2 Inconformidades

Los Licitantes podrán inconformarse por escrito ante la Contraloría del INAI, ubicada en Av. Insurgentes Sur No. 3211, Primer Piso, Col. Insurgentes Cuicuilco, Delegación Coyoacán, C.P. 04530, México D.F., por los actos del presente procedimiento de contratación que contravengan las disposiciones establecidas en el Reglamento, dentro de los seis días hábiles siguientes de aquel en que esto ocurra, en términos del Título Séptimo, Capítulo Primero, del Reglamento y Capítulo XIV de las Balines.

8 INSTRUCCIONES PARA ELABORAR Y REMITIR LA PROPOSICIÓN POR MEDIOS REMOTOS DE COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA (COMPRANET):

8.1 Para el envío de las proposiciones técnica y económica, los Licitantes deberán utilizar exclusivamente el sistema CompraNet.

8.2 Para este procedimiento de contratación, será obligatorio el uso de la firma electrónica para el envío de las proposiciones, por lo cual los Licitantes deberán remitir los documentos que las integran con firma electrónica del representante legal o de persona facultada para ello. La omisión de esta disposición será motivo para desechar las proposiciones.

8.3 La proposición que envíe el Licitante por medios remotos de comunicación electrónica deberá elaborarse conforme a lo señalado en el Anexo 1 (Anexo técnico) y Anexo 2 (proposición económica) de la presente Convocatoria, así como contener los documentos señalados en el numeral 4.3 de esta Convocatoria, en formatos Word para Windows versión 97-2010, Excel para Windows versión 97-2010, PDF y ZIP además se podrán utilizar archivos de imagen tipo: JPG o GIF. La presentación en otro formato diferente será motivo para que la Convocante deseche la proposición.

8.4 Preferentemente deberán identificarse cada una de las páginas que integran las Proposiciones técnica y económica de los Licitantes, con los datos siguientes: Registro Federal de Contribuyentes, clave electrónica y número de página, cuando ello técnicamente sea posible.

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8.5 Los Licitantes deberán concluir el envío de sus proposiciones y contar con el acuse de recibo Electrónico que emita la SFP, a través del sistema CompraNet.

8.6 Los Licitantes para efecto de su participación en este procedimiento de contratación, aceptan que se tendrán por no presentadas sus proposiciones y demás documentación requerida por la Convocante, cuando el archivo electrónico en el que se contengan las proposiciones y/o demás información no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena a la Convocante, cuando así lo determine mediante dictamen el responsable informático del INAI.

8.7 Los sobres serán generados mediante el uso de tecnologías que resguarden la confidencialidad de la información, de tal forma que sea inviolable, mediante CompraNet.

8.8 En el supuesto de que durante el acto de presentación y apertura de proposiciones, por causas ajenas a CompraNet o a la Convocante, no sea posible iniciar o continuar con el acto de presentación y apertura de proposiciones, se podrá suspender de manera fundada y motivada, hasta en tanto se restablezcan las condiciones para su inicio o reanudación; en este supuesto la Convocante difundirá en CompraNet la fecha y hora en la que iniciará o reanudará el acto, lo anterior de acuerdo a lo previsto en el artículo único, numeral Trigésimo del Acuerdo de CompraNet

8.9 En caso de interrupción del sistema CompraNet, la Convocante podrá verificar en presencia de la Contraloría y de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, que durante ese lapso no se haya suscitado alguna modificación a las proposiciones que obren en dicho sistema.

9 SUSPENSIÓN, CANCELACIÓN O DECLARATORIA DE DESIERTO

9.1 Suspensión de la contratación

En caso fortuito, fuerza mayor o por causas imputables al INAI, el titular del área requirente, bajo su estricta responsabilidad podrá solicitar a la Dirección General de Administración suspender la contratación de los servicios, hasta por un plazo de 30 días naturales, salvo que solicite por escrito la ampliación de este plazo, justificando la conveniencia de ampliar el tiempo de suspensión. En ningún caso deberá rebasarse el ejercicio fiscal que se trate, una vez transcurridos los plazos a que se refiere este párrafo, podrá solicitar a la Dirección General de Administración que lleve a cabo los trámites administrativos para la terminación anticipada del contrato, presentando un dictamen sustentando las razones o causas justificadas que dieron origen a esta solicitud, así como el finiquito en el que se establezca el pago de los servicios que hubiesen sido efectivamente prestados y los gastos no recuperables durante el tiempo que haya durado esta suspensión, en términos del artículo 57 del Reglamento, previa solicitud fundada y documentada por parte del Proveedor.

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La Dirección General de Administración una vez recibido el dictamen señalado en el párrafo anterior procederá al pago correspondiente en un plazo no mayor a 45 días naturales.

9.2 Cancelación del procedimiento de contratación

El procedimiento de contratación a que se refiere esta Convocatoria podrá cancelarse en los casos siguientes:

9.2.1 Caso fortuito o de fuerza mayor.

9.2.2 Cuando existan circunstancias, debidamente justificadas que provoquen la extinción de la necesidad de dicho servicio y que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio al INAI.

Cuando se cancele el procedimiento de contratación a que se refiere esta Convocatoria, se avisará a todos los involucrados a través del sistema CompraNet.

9.3 Declaratoria de desierto

Esta Convocatoria podrá declarase desierta en los siguientes casos:

9.3.1 Si no se presenta ninguna proposición en el acto de presentación y apertura de proposiciones

9.3.2 Cuando la totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos establecidos en la Convocatoria.

9.4 Cesión de derechos

El Licitante que resulte ganador, bajo ninguna circunstancia podrá ceder los derechos y obligaciones del Contrato derivado del presente procedimiento de contratación, salvo los de cobro en términos del Reglamento.

9.5 Propiedad intelectual

El Licitante que resulte ganador asumirá la responsabilidad total en caso de que al presentar su proposición y su cumplimiento infrinja patentes, marcas o violen derechos de la propiedad industrial de cualquier índole.

Respecto a las violaciones en materia de derechos inherentes a la propiedad intelectual, la responsabilidad estará a cargo del proveedor según sea el caso. Los derechos inherentes a la propiedad intelectual, que pudieran derivar de la prestación del servicio objeto de esta contratación, se constituirán en todo momento propiedad exclusiva del “INAI”, y será pública en términos de las disposiciones legales aplicables, con fundamento en el artículo 45, fracción XXIII del Reglamento.

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ANEXO 1ANEXO TÉCNICO

DESARROLLO DE LA PLATAFORMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA PRIMERA ETAPA

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Contenido1. Antecedentes 2

2. Fundamentación 3

3. Objetivo 4

4. Alcance del servicio 4

5. Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información 6

6. Nuevo Sistema de Obligaciones de Transparencia 53

7. Sistema de Evaluación de las Obligaciones de Transparencia 103

8. Sistema de Gestión de Medios de Impugnación (Recurso de Revisión y Atracción) 105

9. Sistema de Comunicación entre Órganos Garantes y Sujetos Obligados 122

10. Motor de Búsqueda 129

11. Pruebas a la PNT 132

12. Bolsa de horas de desarrollo 133

13. Entregables 133

14. Garantía 135

15. Vigencia de la Contratación 135

16. Propiedad Intelectual 135

17. Forma de Pago 136

18. Pena Convencional. 136

19. Criterio de Evaluación 137

1. AntecedentesMéxico fue hace 13 años uno de los primeros países en América Latina en contar con una Ley de Acceso a la Información Pública.

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Desde la publicación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental el 11 de junio de 2002, el Gobierno mexicano tiene un gran compromiso con fortalecer los mecanismos de transparencia, acceso a la información y rendición de cuentas.

A 12 años de su nacimiento, el ahora INAI necesita evolucionar los mecanismos existentes para ampliar el acceso a la información pública gubernamental de manera sencilla, oportuna y confiable. Desde febrero de 2007 se coordinó a todas las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal (APF) para integrar en un solo sitio la información que obligatoriamente debe ser publicada y actualizada como lo dispone el Artículo 7° de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (en adelante LFTAIPG o la Ley) e hicieron posible la puesta en operación de la página electrónica denominada Portal de Obligaciones de Transparencia (POT) de la Administración Pública Federal (en adelante APF) ubicado en la dirección www.portaldetransparencia.gob.mx, el cual ha ofrecido facilidades al ciudadano para consultar en formatos estandarizados, las denominadas “Obligaciones de Transparencia” en la Ley, así como la posibilidad de realizar consultas transversales en sectores específicos, temáticas o de grupos seleccionados de la APF.

En el año 2007 fue desarrollado el ZOOM, cuyo objetivo fue brindar un buscador tipo Google de todas las respuestas brindadas por el Gobierno Federal a las solicitudes de información realizadas, así como los recursos de revisión, resoluciones, estudios y opiniones.

Complementariamente, desde el año 2003 el sistema electrónico de solicitudes de información del Gobierno Federal ha brindado al ciudadano la facilidad de presentar solicitudes de información a la APF, facilitado el registro y la organización de solicitudes, registro (interposición) de recursos de revisión y procedimiento de verificación por falta de respuesta (positiva ficta), la funcionalidad que adicionó al Sistema mejores mecanismos de comunicación e interacción con el público solicitante de información gubernamental.

En febrero de 2014, se lleva a cabo una reforma al artículo 6° constitucional, haciendo al IFAI en ese entonces un Organismo Autónomo.

En mayo de 2015, se publica en el Diario Oficial de la Federación, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP) que en su Título Tercero habla sobre la Plataforma Nacional de Transparencia, la cual deberá integrar principalmente los siguientes sistemas:

I. Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información;II. Sistema de Gestión de Medios de Impugnación;

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III. Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia, yIV. Sistema de Comunicación entre Organismos Garantes y Sujetos Obligados.

2. Fundamentación

El artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que el Estado garantizará el derecho a la información.

Por su parte la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP) establece que los Organismos garantes desarrollarán, administrarán, implementarán y pondrán en funcionamiento la plataforma electrónica que permita cumplir con los procedimientos, obligaciones y disposiciones señaladas en la Ley General para los sujetos obligados y Organismos garantes, de conformidad con la normatividad que establezca el Sistema Nacional de Transparencia (SNT). Asimismo la Ley de la materia indica que el INAI encabezará y coordinará el SNT.

Así también, el INAI como autoridad garante de este derecho cuenta con atribuciones normativas generales para velar y verificar el cumplimiento de la Ley, que se materializa ofreciendo el uso de herramientas tecnológicas para simplificar el ejercicio del derecho. En ese sentido, se encuentran debidamente fundamentadas las facultades del INAI para solicitar el desarrollo de una nueva y robusta plataforma electrónica de acceso a la información pública gubernamental, en la cual se integren los procedimientos establecidos por el marco normativo emanado de la Ley General, la Ley Federal y por las Leyes locales que armonicen los Congresos.

3. ObjetivoDesarrollar una nueva solución tecnológica que permita integrar la funcionalidad de los cuatro sistemas indicados en el Título Tercero de la LGTAIP.

La solución habilitará mecanismos de interoperabilidad entre los Sistemas antes referidos, así como la suficiente flexibilidad, facilidad y potencia para configurar las múltiples obligaciones de transparencia consideradas en la LGTAIP, futura Ley Federal de Transparencia y Leyes de Transparencia Locales, así como los procesos correspondientes a la gestión de medios de impugnación y la comunicación entre organismos garantes y sujetos obligados.

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4. Alcance del servicioActualmente el INAI dispone de aplicaciones que cuentan con funcionalidad que será de utilidad para el desarrollo de la Plataforma Nacional, estas aplicaciones serán la base para la construcción de la Plataforma Nacional, por lo cual, el servicio que el INAI contratará considera lo siguiente:

1. Revisión de funcionalidad existente en el Sistema para Solicitudes de Acceso a la Información.

2. Adecuaciones necesarias al Sistema para Solicitudes de Acceso a la Información, originadas por cambios en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como requerimientos adicionales originados por posibles reformas en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y las Leyes locales de la materia.

3. Revisión de funcionalidad existente en el Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia.

4. Adecuaciones necesarias al Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia, originadas por cambios en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como requerimientos adicionales originados por posibles reformas en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y las Leyes locales de la materia.

5. Configuración de la lógica de operación de la Gestión de Medios de Impugnación y Comunicación entre Organismos Garantes y Sujetos Obligados en el BPM existente en el Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información o en BPM propuesto por el proveedor, siempre y cuando sea software libre y previo VoBo de la DGTI del INAI.

6. Integrar el motor de búsqueda empresarial, con el que cuenta el INAI, para que indexe la información que estará contenida en la Plataforma Nacional de Transparencia.

7. Incluir una solución que permita contar con múltiples estadísticas y dinamismo en las consultas que se realicen en él, para el análisis de información y toma de decisiones directivas e institucionales.

8. Integrar todos los Sistemas y soluciones mencionados previamente mediante el bus de comunicación existente en el Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información.

9. Integrar los diferentes sistemas de la Plataforma Nacional de Transparencia a través de un portal que permita consultar información relativa a los cuatro sistemas que conformarán la Plataforma.

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10. Actualizar e incorporar nueva funcionalidad a los aplicativos para dispositivos móviles con sistema operativo iOS, Android y Windows Phone.

11. Los diferentes sistemas de información que integrarán la Plataforma Nacional de Transparencia, deberán de ser parametrizables de tal forma que las estructuras en las que almacenen la información sean dinámicas y las consultas que se realicen a través de aplicaciones para dispositivos móviles inteligentes, así como en el portal de Internet de la Plataforma, deberá facilitar la consulta de las estructuras dinámicas.

Componentes de la Solución:

5. Sistema de Solicitudes de Acceso a la InformaciónLlevar a cabo la revisión detallada para validar la funcionalidad existente en el Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información con el que cuenta el INAI, el cual a continuación se indica:

1. Acceso desde múltiples medios electrónicos (Teléfonos móviles y tabletas basados en Windows 8 o posterior, Windows Phone, iOS y/o Android).

2. Simplificar el proceso de solicitud de información.

3. Mecanismos de búsqueda más sencillos.

4. Visualizar las obligaciones de transparencia a nivel nacional.

5. Contar con un buscador de información pública a nivel nacional.

6. Un asistente (wizard) que brinde apoyo a los usuarios nuevos o poco experimentados para realizar búsquedas, solicitudes de información o interposición de recursos de revisión.

7. Acceso a los sistemas INFOMEX que se encuentran operando en los Estados de la República y/o Sujetos Obligados de la Ley Federal de Transparencia de los otros Poderes y Organismos Autónomos Federales mediante un bus de servicios empresariales.

8. Explotación y exportación de datos en formatos abiertos.

9. Elaboración de solicitudes de información o recursos de revisión, vía telefónica.

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10. Deberá operar en un ambiente on premise dentro del centro de datos del INAI.

11. Mecanismo de notificación de estatus de solicitudes.

12. Integración a redes sociales.

A continuación se enumeran los componentes de la solución con la que cuenta el INAI:

1. Componentes Funcionales

1.1. Portal Nacional de Transparencia (Portal Ciudadano, el cual está integrado dentro del Sistema Electrónico de solicitudes de Información con el que cuenta el INAI)

1.2. Aplicaciones Móviles para el Ciudadano

1.3. Flujos de trabajo y Atención (BPM)

1.4. Búsquedas Federadas de información

1.5. Repositorio y Datos de Transparencia

1.6. Conexión a Redes Sociales y Mensajes SMS

2. Componentes No Funcionales

2.1. Seguridad

2.2. Gestión de Identidad

2.3. Monitoreo de la disponibilidad de los servicios que incluya alertas preventivas para el personal técnico que administre la aplicación.

2.4. Bus de servicios empresariales (ESB – Enterprise Service Bus)

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3. Diagrama de componentes de la solución

Arquitectura Funcional:

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4. Fronteras del Servicio

La solución tecnológica tendrá las siguientes fronteras físicas de servicio:

5. Componentes funcionales de la Solución

5.1. Portal Nacional de Transparencia (Portal Ciudadano, el cual está integrado dentro del Sistema Electrónico de solicitudes de Información con el que cuenta el INAI)

La solución deberá proveer una presentación web para el Portal Nacional de Transparencia, por medio del cual, el ciudadano pueda realizar diversas interacciones

5.1.1. Portal

El portal debe contar con las siguientes características:

5.1.1.1. Definido bajo la consultoría de arquitectura de información, que permita una efectiva definición de la solución web en términos de accesibilidad y usabilidad establecidos:

5.1.1.2. Estándares del W3C ( Consorcio World Wide Web)

5.1.1.3. Guía para la Acción Pública (GAP). Los sitios web accesibles. Una herramienta para el acceso a la información y a la interacción en condiciones

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de igualdad: http://www.conapred.org.mx/userfiles/files/GAP-Web-OK-Accss.pdf

5.1.1.4. Ser fácil de utilizar

5.1.1.5. Intuitivo

5.1.1.6. Atractivo para usuarios ciudadanos

5.1.1.7. Tener tiempos de respuesta ágiles.

5.1.1.8. Utilizar lenguaje ciudadano

5.1.1.9. Los usuarios del sitio deberán contar con la posibilidad de poderse registrar en el portal. Los mecanismos de registros serán al menos:

5.1.1.9.1. Cuentas de redes sociales

5.1.1.9.2. Usuario y Contraseña mediante un Single Sign On

5.1.1.9.3. Uso de FIEL para permitir la identificación oficial del usuario para procesos de protección de datos personales ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición)

5.1.1.10. Asociar las credenciales de acceso del usuario con otras cuentas de los distintos sistemas INFOMEX integrándolas al Single Sign On

5.1.1.11. El portal deberá indicar de manera clara, qué sistemas Infomex están adheridos a la nueva plataforma para que el usuario pueda determinar la información que podrá encontrar.

5.1.1.12. El portal deberá ser lo suficientemente flexible para crear secciones nuevas que puedan requerirse en un futuro próximo, considerando al menos las nuevas obligaciones de transparencia que contemplen las leyes en la materia.

5.1.1.13. El portal deberá ser lo suficientemente flexible para crear machotes de documentos que servirán en un futuro para estandarizar las respuestas a solicitudes de información que generan los sujetos obligados.

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5.1.1.14. Estadísticas de uso, información más consultada, visitas, etc.

5.1.2. Buscador Asistido

El portal deberá contar con un módulo de búsquedas asistidas, por medio del cual le facilite el proceso al ciudadano.

5.1.2.1. El buscador deberá ser capaz de consultar múltiples fuentes de datos al mismo tiempo, tales como:

5.1.2.1.1. Respuestas a solicitudes de información pública a nivel nacional.

5.1.2.1.2. Obligaciones de transparencia a nivel nacional.

5.1.2.1.3. Sitios en Internet (Portales Gubernamentales)

5.1.2.2. Los resultados de las búsquedas deberán:

5.1.2.2.1. Ser mostrados por relevancia.

5.1.2.2.2. Poder ser ordenados, de acuerdo a varios criterios.

5.1.2.2.3. Contar con opción de refinamiento.

5.1.2.2.4. Descargar el resultado de la búsqueda o enviarla por correo en su estructura nativa.

5.1.2.2.5. Brindar sugerencias de búsquedas alternativas.

5.1.2.2.6. En caso de no obtener un resultado satisfactorio para el usuario, deberá pre-construir con la información recopilada una solicitud de información.

5.1.2.3. El buscador cuenta con la siguiente funcionalidad

5.1.2.3.1. Deberá dar sugerencias

5.1.2.3.2. Considerar faltas de ortografía

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5.1.2.3.3. Uso de sinónimos y Tesauro1

5.1.2.3.4. Ayuda e información más buscada, más reciente o más relevante

5.1.2.3.5. En campos de texto contar con autocomplete

5.1.2.3.6. Deberá reconocer como parte de las opciones de búsqueda con operadores lógicos para facilitar las búsquedas que realicen los usuarios.

5.1.2.3.7. Deberá incluir la funcionalidad de “nube de palabras”

5.1.2.3.8. Contar con la lógica del algoritmo C4.5 o similar para el armado de árboles de decisión

5.1.2.3.9. Estadísticas de:

5.1.2.3.9.1. Uso

5.1.2.3.9.2. Palabras o frases más buscadas

5.1.2.3.9.3. Por hora, día

5.1.2.3.9.4. Consultas por dirección IP

5.1.2.3.9.5. Otras

5.1.3. Solicitud de información, Protección de datos personales (ARCO) y Recurso de Revisión (Queja)

Por medio del portal, cualquier ciudadano deberá poder realizar solicitudes de información pública, de protección de datos personales (ARCO) o interponer el recurso de revisión (Queja).

Las características y funcionalidades de este módulo son:

1 http://es.wikipedia.org/wiki/Tesauro Página 32 de 192

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5.1.3.1. Proveer interfaces y formularios de captura dirigidos e inteligentes, por medio de los cuales deberá:

5.1.3.1.1. Ser simples y sencillos de utilizar, siguiendo los lineamientos de usabilidad y accesibilidad previamente definidos.

5.1.3.1.2. Simplificar la solicitud de información y/o protección de datos personales (ARCO) en no más de 5 pasos, así como la interposición del recurso de revisión.

5.1.3.1.3. Orientar al usuario para hacer solicitudes o interponer recursos de revisión, lo más específicos y bien formados posibles mediante el asistente (Wizard).

5.1.3.1.4. Integración del cálculo de costos de reproducción y envío a nivel informativo de cada uno de los sistemas Infomex que se encuentren adheridos a la nueva plataforma.

5.1.3.1.5. Mostrar información adicional relevante, tales como solicitudes y sus respuestas, obligaciones de transparencia o sitios gubernamentales, más comunes u opciones adicionales que puedan responder al usuario sin necesidad de emitir una solicitud formal.

5.1.3.1.6. Considerar la posibilidad de emitir solicitudes de protección de datos (ARCO).

5.1.3.1.7. Considerar la posibilidad de emitir la solicitud a diversos sujetos obligados que se adhieran a la plataforma de forma simultánea (Solicitudes a Múltiples Sujetos Obligados).

5.1.3.1.8. Considerar la opción para realizar solicitudes o recursos de revisión, vía telefónica.

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5.1.3.2. Proveer un panel de seguimiento que permita al usuario visualizar el estado de cada una de las solicitudes que haya solicitado en los sistemas Infomex que se adhieran a la plataforma, así como interponer un recurso de dichas solicitudes, si se cumplieran las reglas establecidas para hacerlo.

5.1.3.3. Solicitud Asistida (wizard):

5.1.3.3.1. Reducir la generación de solicitudes de información innecesarias cuando se puede obtener información que ya es pública de solicitudes similar o porque la información ya fue publicada por el sujeto obligado con anterioridad o porque la búsqueda es referente a algún trámite o servicio al cual lo podremos referir, entre otras.

5.1.3.3.2. Encontrar rápida y fácilmente la información que busca sin necesidad de generar una nueva solicitud.

5.1.3.3.3. Utilización de algoritmos como C4.5 que permitan generar árboles de decisión dinámicos para facilitar el acceso de información mediante presentación de lista de sugerencias.

5.1.3.3.4. Si el usuario desea seguir adelante, el Asistente (Wizard) lo llevará de la mano para redactar y enviar una solicitud donde una sola pregunta se dirija a uno o varios sujetos obligados. (Solicitudes a Múltiples Sujetos Obligados).

5.1.3.3.5. El usuario también podrá adjuntar uno o varios archivos que refuercen su solicitud donde el tamaño autorizado para cada archivo o la suma de los mismos sea parametrizable para cubrir las distintas reglas de negocio existentes entre los distintos sistemas Infomex.

5.1.3.4. Solicitud Avanzada

5.1.3.4.1. Simplificar la solicitud de información y/o protección de datos personales (ARCO) en no más de 5 pasos, así como la interposición del recurso de revisión.

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5.1.3.4.2. Agilizar el proceso de solicitud y de respuesta logrando que la interface ayude al usuario a ordenar sus ideas y a dividir adecuadamente las preguntas a cada una de los sujetos obligados involucrados al mismo tiempo que podrá adjuntar uno o varios archivos ligados a la pregunta específica o a toda la solicitud de tal forma que cuando esta llegue a cada uno de los sujetos obligados en cuestión, el personal asignado a responderla, tenga una idea muy clara de que se le solicita (general y particularmente) y pueda responder rápidamente.

5.1.4. Noticias y socialización de la información

El portal deberá contar con funcionalidades de administración de contenido y redes sociales, de forma que permita realizar las siguientes actividades:

5.1.4.1. Mostrar noticias que los sujetos obligados puedan publicar con base en criterios de relevancia, caducidad, temporalidad, etc.

5.1.4.2. Mostrar indicadores estadísticos relevantes con base en la información contenida en el portal.

5.1.4.3. Socializar información, permitiendo a los usuarios compartir y comentar información del portal en diferentes redes sociales.

5.1.5. Alertas

Dado que el principal objetivo de la solución es la de permitir realizar solicitudes de información pública, de datos personales (ARCO) o interposición de recursos de revisión (QUEJA), el ciudadano deberá ser alertado cuando una solicitud sea resuelta o requiera de la atención del usuario. Por tal motivo, deberá existir un módulo de alertas que permita la siguiente configuración:

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5.1.5.1. Emisión de alertas vía SMS

5.1.5.2. Emisión de alertas vía correo electrónico.

5.1.5.3. Emisión de alertas vía Portal Nacional de Transparencia.

5.1.5.4. Emisión de alertas vía Twitter.

Adicionalmente, el portal deberá contar con alertas sobre la disponibilidad de los servicios.

5.1.6. Requisitos adicionales a la Funcionalidad

La solución entregada deberá contar con los siguientes componentes en la arquitectura tecnológica para garantizar la funcionalidad requerida y ofrecer funcionalidad adicional necesaria para la correcta operación del sitio:

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5.1.6.1. Deberá estar totalmente integrada a los demás componentes tecnológicos de la solución, garantizando su compatibilidad comprobada con información del fabricante para lograr agilidad en la ejecución de cambios y mantenimientos.

5.1.6.2. La solución deberá permitir a los autores, copiar contenido, pegarlo directamente en un elemento web de Editor de texto enriquecido, un elemento web de Editor de contenido o un control de campo HTML en una página y hacer que el formato HTML semánticamente correcto resultante se muestre en los estilos definidos por el diseñador del sitio.

5.1.6.3. La solución deberá permitir direcciones URL descriptivas.

5.1.6.4. Permitir descubrir fácilmente contenido y acceder a múltiples taxonomías desde un servicio de almacén de términos central usando la navegación impulsada por metadatos y campos incrustados de metadatos en los documentos.

5.1.6.5. Los formularios deberán tener el soporte para ser consultados en múltiples dispositivos.

5.1.6.6. Almacenamiento de los contenidos documentales generados en los procesos y accesibles desde estos últimos.

5.1.6.7. Soporte para grandes volúmenes de archivos. Se debe considerar que el Administrador Empresarial de Contenido cuente con los requerimientos tecnológicos y con la capacidad para manejar la información documental contenida sin que desmejore su rendimiento.

5.1.6.8. Como parte del proceso de auditoría, la solución deberá permitir el seguimiento a la información generada en la misma y a las tareas efectuadas por el personal que participa en el proceso, permitiendo la trazabilidad como un componente del mecanismo de seguridad.

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5.1.6.9. Permitir la comunicación de interfaces a través de servicios web y el uso de APIS2

5.1.6.10. Posibilidad de utilizar múltiples taxonomías para clasificar y mostrar el contenido.

5.1.6.11. Mecanismos de seguridad para acceso a la información (por documento, secciones, categorías, carpetas, etc.).

5.1.6.12. Exposición en portales e interfaces web del contenido de ciertas partes de los repositorios.

5.1.6.13. Proveer la capacidad de calificar la utilidad de la información aquí contenida y presentada, basándose en el esquema de “estrellas” utilizado en redes sociales. Esta información será de uso exclusivo para el Instituto

5.2. Aplicaciones móviles para el ciudadano

La solución deberá poder ser accesible desde dispositivos móviles a los servicios por medio de Aplicaciones Móviles para el Ciudadano, adecuadas a los tipos de dispositivo y sistemas operativos disponibles más comunes, que son iOS, Android y Windows Phone.

Las aplicaciones deben contar con las siguientes características:

2 http://es.wikipedia.org/wiki/Interfaz_de_programaci%C3%B3n_de_aplicaciones Página 38 de 192

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5.2.1. Deben ser definidas bajo la consultoría de arquitectura de información, que permita una efectiva definición en términos de usabilidad y accesibilidad.

5.2.1.1. Ser fáciles de utilizar

5.2.1.2. Intuitivas.

5.2.1.3. Atractivas para usuarios ciudadanos.

5.2.1.4. Tener tiempos de respuesta ágiles.

5.2.1.5. Utilizar lenguaje ciudadano.

5.2.1.6. El diseño de cada aplicación debe estar orientado a explotar las características propias de cada plataforma.

5.2.2. La accesibilidad de las aplicaciones deberá:

5.2.2.1. Ser fáciles de utilizar

5.2.2.2. Poder ser usado por personas sin experiencia en sistemas.

5.2.2.3. Poder ser utilizado por personas con capacidades cognitivas y físicas diferentes

5.2.3. Los usuarios deberán contar con la posibilidad de poderse registrar. Los mecanismos de registro serán al menos:

5.2.3.1. Cuentas de redes sociales

5.2.3.2. Usuario y Contraseña mediante un Single Sign On

5.2.4. Buscador asistido

Las aplicaciones deberán contar con un módulo de búsquedas asistidas, por medio del cual le facilite el proceso al ciudadano.

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5.2.4.1. El buscador deberá ser capaz de consultar múltiples fuentes de datos al mismo tiempo, tales como:

5.2.4.1.1. Respuestas a solicitudes públicas a nivel nacional

5.2.4.1.2. Obligaciones de transparencia a nivel nacional

5.2.4.2. Los resultados de las búsquedas deberán:

5.2.4.2.1. Ser mostrados por relevancia

5.2.4.2.2. Poder ser ordenados, de acuerdo a varios criterios

5.2.4.2.3. Contar con opción de refinamiento

5.2.4.2.4. Descargar el resultado de la búsqueda o enviarla por correo en su estructura nativa.

5.2.4.2.5. Brindar sugerencias de búsquedas alternativas

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5.2.4.3. El buscador deberá contar al menos con la siguiente funcionalidad:

5.2.4.3.1. Deberá dar sugerencias

5.2.4.3.2. Considerar faltas de ortografía

5.2.4.3.3. Uso de sinónimos y Tesauro

5.2.4.3.4. Ayuda e información más buscada, más reciente o más relevante.

5.2.4.3.5. En campos de texto contar con autocomplete

5.2.4.3.6. Deberá reconocer como parte de las opciones de búsqueda con operadores lógicos para facilitar las búsquedas que realicen los usuarios.

5.2.4.3.7. Deberá incluir la funcionalidad de “nube de palabras”

5.2.4.3.8. Contar con la lógica del algoritmo C4.5 o similar para el armado de árboles de decisión

5.2.4.3.9. Estadísticas de:

5.2.4.3.9.1. Uso

5.2.4.3.9.2. Palabras o frases más buscadas

5.2.4.3.9.3. Por hora, día

5.2.4.3.9.4. Consultas por dirección IP

5.2.4.3.9.5. Otras

5.2.5. Solicitud de información, Protección de datos personales (ARCO) y Recurso de Revisión (Queja)

Por medio de las aplicaciones, cualquier ciudadano deberá poder realizar solicitudes de información pública, protección de datos personales (ARCO) y Recursos de Revisión (Queja). Las características y funcionalidades de este módulo son:

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5.2.5.1. Proveer interfaces y formularios de captura dirigidos e inteligentes, por medio de los cuales deberá:

5.2.5.1.1. Ser simples y sencillos de utilizar, siguiendo los lineamientos de usabilidad y accesibilidad previamente definidos.

5.2.5.1.2. Simplificar la solicitud de información y/o protección de datos personales (ARCO) en no más de 5 pasos, así como la interposición del recurso de revisión donde este último podrá ser interpuesto además por un tercero. (Usuario distinto al que realizó la solicitud de información)

5.2.5.1.3. Orientar al usuario para hacer solicitudes o interponer recursos de revisión, lo más específicos y bien formados posibles mediante el asistente (Wizard).

5.2.5.1.4. Mostrar información adicional relevante, tales como solicitudes más comunes u opciones adicionales que puedan responder al usuario sin necesidad de emitir una solicitud formal.

5.2.5.1.5. Considerar la posibilidad de emitir solicitudes de protección de datos (ARCO)

5.2.5.1.6. Considerar la posibilidad de emitir la solicitud a diversos sujetos obligados que se adhieran a la plataforma de forma simultanea (Solicitudes a Múltiples Sujetos Obligados)

5.2.5.2. Proveer un panel de seguimiento que permita al usuario visualizar el estado de cada una de las solicitudes que haya solicitado en los sistemas Infomex que se adhieran a la plataforma, así como interponer un recurso de dichas solicitudes, si se cumplieran las reglas establecidas para hacerlo.

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5.2.5.3. Solicitud Asistida (wizard):

5.2.5.3.1. Reducir la generación de solicitudes de información innecesarias cuando se puede obtener información que ya es pública de solicitudes similar o porque la información ya fue publicada por la Dependencia o Entidad de Gobierno con anterioridad o porque la búsqueda es referente a algún trámite o servicio al cual lo podremos referir, entre otras causas.

5.2.5.3.2. Encontrar rápida y fácilmente la información que busca sin necesidad de generar una nueva solicitud.

5.2.5.3.3. Utilización de algoritmos como C4.5 que permitan generar árboles de decisión dinámicos para facilitar el acceso de información mediante presentación de lista de sugerencias.

5.2.5.3.4. Si el usuario desea seguir adelante, el Asistente (Wizard) lo llevará de la mano para redactar y enviar una solicitud donde una sola pregunta se dirija a uno o varios sujetos obligados. (Solicitudes a Múltiples Sujetos Obligados).

5.2.5.3.5. El usuario también podrá adjuntar uno o varios archivos que refuercen su solicitud donde el tamaño autorizado para cada archivo o la suma de los mismos sea parametrizable para cubrir las distintas reglas de negocio existentes entre los distintos sistemas Infomex

5.2.5.4. Solicitud Avanzada

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5.2.5.4.1. Simplificar la solicitud de información y/o protección de datos personales (ARCO) en no más de 5 pasos, así como la interposición del recurso de revisión donde este último podrá ser interpuesto además por un tercero. (Usuario distinto al que realizó la solicitud de información).

5.2.5.4.2. Agilizar el proceso de solicitud y de respuesta logrando que la interface ayude al usuario a ordenar sus ideas y a dividir adecuadamente las preguntas a cada uno de los sujetos obligados involucrados al mismo tiempo que podrá adjuntar uno o varios archivos ligados a la pregunta específica o a toda la solicitud de tal forma que cuando esta llegue a cada uno de los sujetos obligados en cuestión, el personal asignado a responderla, tenga una idea muy clara de que se le solicita (general y particularmente) y pueda responder rápidamente.

5.2.6. Alertas

Dado que el principal objetivo de la solución es la de permitir realizar solicitudes de información pública, el ciudadano deberá ser alertado cuando una solicitud sea resuelta o requiera de la atención del usuario. Por tal motivo, deberá existir un módulo de alertas que permita la siguiente configuración:

5.2.6.1. Emisión de alertas vía SMS

5.2.6.2. Emisión de alertas vía correo electrónico

5.2.6.3. Publicación de un mensaje vía Portal Nacional de Transparencia

5.2.6.4. Emisión de alertas vía twitter

5.2.6.5. Emisión de alertas a través de las aplicaciones móviles a desarrollar mediante mecanismos Push Notifications

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5.2.7. Noticias y socialización de la información

Las aplicaciones deberán contar con funcionalidades de administración de contenido y redes sociales, de forma que permita realizar las siguientes actividades:

5.2.7.1. Mostrar noticias que los sujetos obligados puedan publicar con base en criterios de relevancia, caducidad, temporalidad, etc.

5.2.7.2. Mostrar indicadores estadísticos relevantes con base en la información contenida en el portal.

5.2.7.3. Socializar información, permitiendo a los usuarios compartir y comentar información del portal en diferentes redes sociales

5.2.8. Requisitos adicionales a la Funcionalidad

La solución entregada deberá contar con los siguientes componentes de arquitectura tecnológica para garantizar la funcionalidad requerida y ofrecer funcionalidad adicional necesaria para la correcta operación del sitio:

5.2.8.1. Deberá estar totalmente integrada a los demás componentes tecnológicos de la solución, garantizando su compatibilidad para lograr agilidad en la ejecución de cambios y mantenimientos.

5.2.8.2. Interfaz intuitiva.- Deberá considerar las guías de diseño de cada plataforma (e.g. Android, iOS, Windows Phone) para poder tener la mejor experiencia de interfaz en cada uno de estos dispositivos.

5.2.8.3. Proveer la capacidad de calificar la utilidad de la información aquí contenida y presentada, basándose en el esquema de “estrellas” utilizado en redes sociales. Esta información será de uso exclusivo para el Instituto.

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5.3. Flujos de trabajo y Atención

Este módulo, fundamental para el sistema, será quien se encargue de generar, administrar y controlar todos los procesos de las solicitudes generadas, así como generar las alertas y notificaciones necesarias

5.3.1. Administración y publicación de formularios

Contar con un servicio que facilite el desarrollo de formas electrónicas para la captura y asociación a flujos de trabajo:

5.3.1.1. Creación y publicación de formas electrónicas.

5.3.1.2. Asociación a flujos.

5.3.1.3. Manejo de versiones, de forma en que un cambio en una forma o flujo, no afecte los procesos que se encuentran en ejecución

5.3.2. Flujo de solicitudes de información, protección de datos personales (ARCO), gestión interna y recursos de revisión

Cada proceso debe contar con un flujo asociado que deberá estar totalmente integrado y administrado por una solución que contenga:

5.3.2.1. Diseño e implementación de los flujos por medio de una vista gráfica y una básica, permitiendo a expertos y usuarios con conocimientos del proceso de negocio, poder representar los pasos a seguir.

5.3.2.2. Ejecución y administración. Los flujos deberán poder realizar las siguientes actividades:

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5.3.2.2.1. Podrán ser ejecutados desde los formularios.

5.3.2.2.2. Podrán ser ejecutados desde otros medios o sistemas.

5.3.2.2.3. Podrán ejecutar diferentes tareas.

5.3.2.2.4. Podrán contar con flujos asociados y sincronizarlos, para el caso en que una solicitud sea competencia de varios sujetos obligados.

5.3.2.2.5. Podrán definirse tiempos promedio de resolución, con el fin de asignar notificaciones y alertas en caso de que dichos tiempos no se cumplan.

5.3.2.2.6. Podrán ser revisados y reiniciados manualmente en caso de errores no esperados.

5.3.3. Filtrado de solicitudes

Siendo uno de los escenarios más comunes, la solución deberá permitir el filtrado de solicitudes:

5.3.3.1. Permitir el filtrado de información por Institución o agrupación de instituciones.

5.3.3.2. Los flujos pueden ser respondidos y cerrados, tanto de forma manual, como de forma automática, en caso de que las reglas de negocio así lo determinen.

5.3.3.3. Los flujos cerrados de esta manera generan respuestas al ciudadano y dejan los registros correspondientes

5.3.4. Notificaciones y alertas para solicitudes y procesos

El sistema deberá poder emitir notificaciones y alertas:

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5.3.4.1. La solución deberá permitir el envío de notificaciones automáticas definidas mediante reglas de negocio, ante eventos y cambios de estatus o cumplimiento o número de fechas predeterminadas en el proceso.

5.3.4.1.1. Las notificaciones deberán poder dirigirse a cualquiera de los involucrados en el caso correspondiente e incluso a más de una parte simultáneamente.

5.3.4.1.2. La notificación podrá consistir en un correo electrónico, en cuyo cuerpo se integra un texto predefinido con contenido HTML más la información variable correspondiente.

5.3.4.1.3. Las notificaciones se podrán enviar como liga de acceso a los documentos y como archivo adjunto, considerando mecanismos de seguridad que solo permitan el acceso al documento notificado, mediante el uso de usuario, contraseña y certificado digital.

5.3.4.1.4. Las notificaciones y alertas pueden ser tareas específicas asignadas en los flujos de trabajo.

5.3.4.1.5. Las notificaciones y alertas pueden ser generadas fuera de los flujos, en caso de que los tiempos promedio de respuesta no se cumplan o surjan errores no esperados.

5.3.4.1.6. Las notificaciones y alertas deben ser bajo la forma de:

5.3.4.1.6.1. Correos

5.3.4.1.6.2. SMS

5.3.4.1.6.3. Portal Nacional de Transparencia

5.3.4.1.6.4. Emisión de alertas vía twitter

5.3.5. Consulta y seguimiento al estado de los flujos

La plataforma deberá contar con herramientas de reporteo y visualización de solicitudes:

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5.3.5.1. Consulta de información por Institución o agrupación de instituciones que se adhieran a la plataforma.

5.3.5.2. Visualización de los flujos en sus diferentes estados.

5.3.5.3. Emisión de alertas y notificaciones vía correo electrónico, twitter y SMS.

5.3.5.4. Manejar diferentes niveles de permisos, pudiendo filtrarse por diferentes niveles jerárquicos.

5.3.5.5. Posibilidad de crear reportes específicos.

5.3.6. Procesos a implantar

Se implementarán los siguientes flujos a nivel general

5.3.6.1. Proceso de atención simplificado de solicitudes de información o protección de datos (ARCO)

5.3.6.2. Proceso de atención simplificado de recursos de revisión y afirmativa ficta

5.3.6.3. Proceso de gestión interna para la atención de solicitudes de información

5.3.7. Requisitos adicionales a la Funcionalidad

La solución deberá contar con los siguientes componentes de arquitectura tecnológica para garantizar la funcionalidad requerida y ofrecer funcionalidad adicional necesaria para la correcta operación del sitio:

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5.3.7.1. Deberá estar totalmente integrada a los demás componentes tecnológicos de la solución, garantizando su compatibilidad para lograr agilidad en la ejecución de cambios y mantenimientos.

5.3.7.2. Capacidad de envío de notificaciones a las entidades involucradas mediante correos electrónicos, SMS o a través del portal.

5.3.7.3. Capacidad de almacenamiento y tratamiento de información y evidencias en las diferentes etapas del proceso.

5.3.7.3.1. El Sistema deberá permitir ingresar y almacenar los diferentes documentos digitales, notas, pruebas y evidencias presentados durante las diferentes etapas del proceso. Esta información deberá ser almacenada en el sistema de manera integrada con el Administrador Empresarial de Contenido.

5.3.7.3.2. Proveer esquemas de colaboración entre los involucrados.

5.3.7.3.3. Mantener un histórico de la información o documentos utilizados en el proceso.

5.3.7.4. Capacidad de generar Flujos de trabajo asíncronos para la resolución de solicitudes de información.

5.3.7.5. Interfaz para Dispositivos móviles, Tableta, Teléfonos inteligentes, Escritorio y Web.

5.3.7.6. Motor para el manejo de Flujos de Trabajo síncrono y asíncrono.

5.3.7.7. Capa de integración basada en servicios web. 

5.3.7.8. Front-end de captura, seguimiento y cierre de Solicitudes basadas en flujos de trabajo, con soporte a Multibrowser. 

5.3.7.9. Reporte y Monitoreo del Estatus de Solicitudes Ingresadas.    

5.3.7.10. Filtro de Solicitudes competentes.  Página 50 de 192

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5.3.7.11. Búsqueda y localización de solicitudes, configurables por campos y por búsquedas en contenidos. 

5.3.7.12. Detección de solicitudes, personas, entidades, solicitudes duplicadas

5.3.8. Integración con fuentes internas

Por medio de esta funcionalidad, se deberá operar la solicitud de información con los sujetos obligados. La funcionalidad incluye:

5.3.8.1. Establecer comunicación con fuentes internas.

5.3.8.2. Emitir solicitudes de información por medio de interfaces bien definidas.

5.3.8.3. Recibir y procesar las respuestas, pudiendo ser necesario transformarlas para adaptarlas a las necesidades del resto de la solución.

5.3.8.4. Manejar los errores esperados e inesperados, manteniendo esquemas de reintento y encolamiento

5.3.9. Integración con el generador de flujos

Los procesos de integración deberán poder ser invocados y administrados desde el motor de flujos de negocio

5.4. Búsquedas Federadas de información

Se deberá proporcionar un mecanismo de búsqueda de información contenida en la ejecución de los procesos de solicitudes y los archivos adjuntos asociados. Por gestión de conocimiento en el alcance de este proyecto se entiende como la capacidad de la aplicación informática para permitir la explotación, relación e integración de la información obtenida de manera tal que permita: identificar, obtener y explotar el conocimiento de lo sucedido durante la gestión de los procesos de solicitud de información y publicación de obligaciones de transparencia.

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5.4.1. Búsquedas federadas en bases de datos y repositorios documentales internos y externos

Por medio de esta funcionalidad, se deberá permitir búsquedas federadas que permita:

5.4.1.1. Proporcionar modo de limitar las búsquedas a un conjunto concreto de resultados de búsqueda.

5.4.1.2. Las fuentes de resultados se crean y se usan para especificar una ubicación desde la cual obtener resultados de búsqueda y para especificar un protocolo para obtener dichos resultados.

5.4.1.3. Establecer comunicación con fuentes externas.

5.4.1.4. Realizar búsquedas flexibles por cualquier campo o atributo del sistema.

5.4.1.4.1. El sistema deberá ofrecer una estructura interna de búsqueda de información extremadamente flexible basada en índices.

5.4.1.4.2. Deberá ser posible definir mediante configuración, búsquedas basadas en cualquier campo o atributo de los objetos de negocios del sistema

5.4.2. Requisitos adicionales a la Funcionalidad

La solución entregada deberá contar con los siguientes componentes arquitectura tecnológica para garantizar la funcionalidad requerida y ofrecer funcionalidad adicional necesaria para la correcta operación del sitio:

5.4.2.1. Deberá estar totalmente integrada a los demás componentes tecnológicos de la solución, garantizando su compatibilidad para lograr agilidad en la ejecución de cambios y mantenimientos.

5.4.2.2. Soporte múltiples tipos de búsquedas, incluyendo búsqueda contextual, búsqueda fonética, y búsqueda de gente y conocimientos.

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5.4.2.3. Que tenga capacidad de extraer entidades de texto de la información, a discreción del usuario, en el proceso de indexación.

5.4.2.4. Que tenga la capacidad de generar refinadores de búsqueda a partir de cualquier atributo de la información, por elección del cliente.

5.4.2.5. Que a la interface de búsqueda pueda aplicarse un diseño de búsqueda a discreción del usuario.

5.4.2.6. Que permita obtener reportes de consulta de:

5.4.2.6.1. Consultas con éxito más frecuente.

5.4.2.6.2. Consultas con cero resultados.

5.4.2.6.3. Consultas en las que el usuario haya seleccionado un elemento.

5.4.2.6.4. Consultas en las que el usuario no seleccionó ningún elemento.

5.4.2.7. Análisis del contenido y la interacción del usuario.

5.4.2.8. Reglas de consulta.

5.4.2.9. Que permita integrarse con herramientas de terceros para la integración de taxonomías, ontologías y otras herramientas lingüísticas.

5.4.2.10. API de consulta que permita integrar la herramienta a otras aplicaciones.

5.4.2.11. Reglas de Consulta que permitan búsquedas federadas a otras fuentes de información o bloques de resultados

5.5. Repositorio de Datos de transparencia

El repositorio de información concentra todos los datos relevantes dentro del sistema. Así mismo, provee los mecanismos necesarios para el control de flujos, registro y almacenamiento de información estadística.

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La plataforma en su capa de datos y almacén de datos debe cumplir con las siguientes funciones:

5.5.1. Gestión documental

El sistema deberá ser capaz de almacenar documentos relevantes para el sistema:

5.5.1.1. Almacenamiento de los contenidos documentales generados en los procesos y accesibles desde los procesos.

5.5.1.2. Soporte para grandes volúmenes de archivos. Se debe considerar que el Administrador Empresarial de Contenido cuente con los requerimientos tecnológicos y con la capacidad para manejar la información documental contenida sin que desmejore su rendimiento.

5.5.1.3. Soporte para el ciclo de vida de documentos (resguardo, acceso, destrucción, control de versiones, etc.).

5.5.1.4. Soportar diferentes formatos y tipos de documentos

5.5.2. Requisitos adicionales a la Funcionalidad

La solución entregada deberá contar con los siguientes componentes de arquitectura tecnológica para garantizar la funcionalidad requerida y ofrecer funcionalidad adicional necesaria para la correcta operación del sitio:

5.5.2.1. Deberá estar totalmente integrada a los demás componentes tecnológicos de la solución, garantizando su compatibilidad para lograr agilidad en la ejecución de cambios y mantenimientos.

5.5.2.2. Capacidad de analizar y mejorar el plan de ejecución mediante el uso de herramientas de sugerencia de desempeño integradas a la plataforma.

5.5.2.3. Capacidad de diagnosticar el desempeño de la base de datos utilizando trazas y vistas administrativas integradas a la plataforma.

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5.5.2.4. Cifrar los datos que residen en la base de datos empleando algoritmos de cifrado estándares de industria, como lo son DES, Triple DES, TRIPLE_DES_3KEY, RC2, RC4, 128-bit RC4, DESX, 128-bit AES, 192-bit AES, 256-bit AES.

5.5.2.5. Contar con la capacidad de restringir el acceso a la base de datos según políticas de acceso.

5.5.2.6. Proteger la privacidad y confidencialidad de la información eliminando la posibilidad de pérdida de información, robo y acceso no autorizado.

5.5.2.7. Enviar la traza de auditoría hacia una bitácora de sistema, de seguridad o a una localidad remota.

5.5.2.8. Permitir la definición de registros de auditoría a nivel granular de manera integrada en la gestión de la base de datos, permitiendo auditar consultas, modificaciones, actualizaciones, entradas, salidas; todo esto a nivel de Base de Datos, esquema, tabla, etc.

5.5.2.9. Permitir el crecimiento de la solución de forma modular de acuerdo a las necesidades del INAI.

5.5.2.10. Contar nativamente con funcionalidades de compresión de datos almacenados a través de software.

5.5.2.11. Capacidad de conectarse con herramientas que ejecuten algoritmos predictivos como: Árbol de decisión, Regresión Lineal entre otros.

5.5.2.12. Ser compatible con software ETL

5.5.2.13. Ser compatible con soluciones de Inteligencia de Negocios (BI)

5.5.2.14. Permitir la carga de datos en tablas a partir de archivos vía una herramienta de carga optimizada de la solución.

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5.5.2.15. Permitir el monitoreo de la utilización de la Base de Datos en periodos de uso normal y de pico para identificar, diagnosticar y resolver problemas de desempeño

5.6. Conexión a Red Social

La plataforma deberá contar con conexiones a redes sociales para notificar y publicar información de interés social

5.6.1. Conexión a redes sociales

5.6.1.1. Capacidad para compartir (share) información en redes sociales

5.6.2. Requisitos adicionales a la Funcionalidad

La solución entregada deberá contar con los siguientes componentes arquitectura tecnológica para garantizar la funcionalidad requerida y ofrecer funcionalidad adicional necesaria para la correcta operación del sitio:

5.6.2.1. Deberá estar totalmente integrada a los demás componentes tecnológicos de la solución, garantizando su compatibilidad para lograr agilidad en la ejecución de cambios y mantenimientos.

5.6.2.2. Capacidad de completar y agregar campos de información adicional en el Perfil.

5.6.2.3. Capacidad de cargar desde/hacia datos del perfil de usuario a fuentes de datos ya existentes (LDAP, Bases de Datos, Archivos).

6. Requerimientos no funcionales

6.1. Seguridad

La solución deberá ser completamente confiable, segura y escalable, por lo que debe cubrir estos aspectos desde su concepción arquitectónica, así como utilizar e implementar productos de administración y operación tanto de la solución como de los códigos y configuraciones fuente

6.1.1. SeguridadPágina 56 de 192

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Si bien la información contenida en el portal es pública, eso no implica que la plataforma no debe ser totalmente segura y confiable. Por este motivo, La arquitectura de la plataforma debe de contar con procesos, artefactos y mecanismos para la mitigación de amenazas:

6.1.1.1. Suplantación de identidades:

6.1.1.1.1. Evitar que usuarios, por error o por dolo, aparente ser otro usuario o tome la identidad de uno previamente registrado.

6.1.1.2. Falsificación:

6.1.1.2.1. La información presente en el portal debe contar con un estricto mecanismo de acceso, pudiendo ser vista, modificada e incluso borrada solo por los actores. Ningún actor no autorizado puede modificar la información contenida en el portal.

6.1.1.2.2. La información no puede ser borrada físicamente. En caso de ser requerido, esta puede únicamente ser borrada lógicamente

6.1.1.3. No Repudiación:

6.1.1.3.1. Todas las operaciones dentro del portal, deberán estar adecuadamente autorizadas y registradas.

6.1.1.3.2. Las operaciones realizadas por ciudadanos deben ser registradas con base en el mecanismo de autenticación que hayan elegido.

6.1.1.3.3. Las operaciones realizadas por Servidores Públicos, incluidos aquellos del INAI, deberán ser registradas con base en una autenticación por firma electrónica.

6.1.1.3.4. Todas las operaciones deberán dejar un registro de quien, cuando y que acción correspondió con dicha operación

6.1.1.4. Revelar información:

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6.1.1.4.1. Se debe tener especial cuidado en no revelar ni compartir información proporcionada por los ciudadanos, bajo los términos y lineamientos de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares (LFPDPPP)

6.1.1.5. Negación de servicio:

6.1.1.5.1. La plataforma debe ser altamente escalable y deberá contar con monitoreo continuo y esquemas de protección contra ataques de negación de servicio.

6.1.1.6. Elevación de privilegios

6.2. Gestión de Identidad

Las operaciones realizadas en la solución deberán estar adecuadamente identificadas y asociadas a una persona, ya sea las solicitudes realizadas por ciudadanos como las operaciones efectuadas por servidores públicos. Por tal motivo, la plataforma deberá ser capaz de gestionar las identidades de quienes la utilicen.

6.2.1. Gestión de identidades

La Plataforma deberá proporcionar mecanismos de autenticación para reconocer a las personas que realizan operaciones sobre la misma.

6.2.1.1. Identidades de ciudadanos

6.2.1.1.1. Los ciudadanos deberán autenticarse por alguna de las siguientes maneras:

6.2.1.1.1.1. Credenciales de redes sociales (Facebook, Twitter, Google+, etc.)

6.2.1.1.1.2. Creación de un usuario, por medio de un correo electrónico y una contraseña utilizando un single sign on.

6.2.1.1.1.3. Uso de la FIEL

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6.2.1.1.2. Las identidades de los usuarios autenticados deben ser registradas y almacenadas para operaciones futuras.

6.2.1.1.2.1. Particularmente, para algunos escenarios de consulta, se deberán solicitar y almacenar información adicional, tales como domicilio, teléfono, etc. Dicha información se resguardará y se considerarán datos personales protegidos por la ley.

6.2.1.1.3. Se proveerán funcionalidades adicionales a los usuarios autenticados tales como:

6.2.1.1.3.1. Consultas sobre el estado y resultado de solicitudes realizadas,

6.2.1.1.3.2. Adecuaciones básicas al portal, donde el usuario podrá modificar el portal de forma en que muestre información que le parezca relevante.

6.2.1.1.3.3. Envío de alertas y notificaciones a cuentas de correo o redes sociales

6.2.1.2. Identidades de Servidores Públicos

6.2.1.2.1. Los Servidores Públicos deberán acceder a la solución, por medio de la utilización de su firma electrónica (FIEL).

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6.2.1.3. Validaciones

6.2.1.3.1. Las credenciales deberán de validarse, de acuerdo a su naturaleza

6.2.1.4. Los Servidores Públicos deberán previamente ser autorizados por parte de un administrador del sistema, permitiéndoles el acceso y el tipo de operación que puedan realizar

6.3. Bus de servicios empresariales (Conectividad e Interoperabilidad)

El PROVEEDOR deberá construir o implementar un bus de servicios empresariales (ESB por sus siglas en inglés) que permita la conectividad e interoperabilidad de las distintas aplicaciones que se encuentran consideradas, ver imagen de arquitectura siguiente:

El ESB deberá al menos considerar:

6.3.1. Los componentes de la capa de interoperabilidad deberán incluir:

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6.3.1.1. Arquitectura subyacente para integrar e intercambiar mensajes entre diferentes servicios, tanto dentro de la organización como con entidades externas.

6.3.1.2. Recibir mensajes entrantes y enviar mensajes salientes.

6.3.1.3. Analizar mensajes recibidos para identificar sus formatos concretos.

6.3.1.4. Evaluar el contenido del mensaje para determinar cómo se encaminará y procesará.

6.3.1.5. Entrega los mensajes a sus destinatarios.

6.3.1.6. Registra el estado de los documentos

6.3.1.7. Deberá proveer una plataforma central para comunicarse con cualquier aplicación requerida sin ligar al receptor del mensaje con el que envía el mensaje.

6.3.1.8. Deberá contar con la capacidad de integrar de forma transparente a través de diferentes protocolos de transporte tales como HTTP(s), JMS, FTP, SMTP, TCP, etc.

6.3.1.9. Determinará el destino de los mensajes entrantes.

6.3.1.10. En relación a la seguridad, el ESB deberá autenticar, autorizar, y contar con funcionalidad de encriptación para asegurar los mensajes entrantes y salientes.

6.3.1.11. Deberá contar con un ambiente de monitoreo y administración del ESB para configurarlo, que sea confiable y tenga un alto desempeño; al mismo tiempo, nos deberá permitir monitorear la ejecución de los mensajes y su flujo dentro del ESB.

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6.3.1.12. El ESB deberá ser robusto y escalable para gestionar grandes volúmenes de mensajes de manera rápida, fiable y con suficiente margen para el crecimiento futuro, así como garantizar alta disponibilidad para obtener el funcionamiento ininterrumpido de la plataforma nacional de transparencia.

6.3.1.13. Simplificar y automatizar la interoperabilidad, reduciendo costos de operación y mantenimiento y evitando errores.

6.3.1.14. Documentos de Definición de estándares y procedimientos entre el INAI y las instituciones, basado en estándares de comunicación abiertos

6.4. Implementación de nueva funcionalidad

6.4.1. Tramos de administración

Actualmente la herramienta contempla tramos de administración donde intervine un administrador de órgano garante, administradores de sujetos obligados y usuarios de unidades administrativas a diferentes niveles, será necesario desarrollar la funcionalidad suficiente para incorporar un nuevo elemento al tramo de administración, este se encontrará en el primer nivel y será denominado administrador de entidades federativas, este nuevo tramo de administración permitirá realizar la administración del catálogo de entidades federativas, catálogo de sectores y de usuarios para cada entidad.

El nuevo tramo de administración quedará de la siguiente manera: administrador de entidades federativas, administrador de entidad, administrador de sujeto obligado y administrador de unidad administrativa.

Cabe mencionar que cada entidad federativa configurará sus procedimientos de acuerdo a la normatividad emitida en dicha entidad.

El identificador de entidad federativa deberá permitir determinar a lo largo de los procedimientos configurados en el BPM la pertenencia de cada uno de los elementos configurados o gestionados.

Deberá existir la funcionalidad para asignar distintos perfiles de acceso a cada usuario de la plataforma para delimitar el rol en cada uno de los sistemas contenidos en la misma, desarrollar el concepto de Single Sign On.

6.4.2. Módulo de Tablero de ControlPágina 62 de 192

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La herramienta deberá considerar un mecanismo que permita extraer información estadística y depositarla en tablas resumen, con la finalidad de construir un tablero de control que apoye la toma de decisiones, a través de semáforos, gráficos de barras y alertas a los usuarios de las entidades federativas, sujetos obligados y unidades administrativas, en el seguimiento a los procedimientos y los pasos que les son asignados dentro del flujo de trabajo que se configure en el BPM.

Dicho mecanismo deberá ser totalmente configurable y cada entidad federativa será responsable de su parametrización de acuerdo a la configuración de los procedimientos establecidos.

Los rubros considerados a ser graficados son los siguientes:

Procedimientos registrados, procedimientos en trámite, procedimientos concluidos y gestión interna de procedimientos.

Cabe mencionar que las gráficas mostrarán información relacionada con el alcance del usuario que está ingresando al módulo, es decir, dependiendo del perfil del usuario se mostrará la información de su competencia.

Así mismo, la herramienta deberá considerar como primer filtro para mostrar la información un periodo de tres meses anteriores a la fecha actual, esto con la finalidad de no afectar el desempeño de la herramienta.

a) Procedimientos registrados (totalidad de solicitudes, recursos de revisión y recursos de inconformidad)

Gráfica de barras con el número de procedimientos registrados distribuidos por año, el dar clic sobre alguna de las barras permitirá mostrar una nueva gráfica de barras con el detalle del año seleccionado distribuyendo los procedimientos registrados por mes, este mecanismo se utilizará para mostrar información por semana del año y en la última gráfica por día, al dar clic sobre una barra de día, la aplicación mostrará una tabla con todos los procedimientos registrados en el día seleccionado donde se podrá visualizar el número de folio, la fecha de registro, entidad federativa, sujeto obligado y el nombre del particular.

Los filtros adicionales que deberá contemplar esta gráfica serán: sector, entidad federativa, sujeto obligado, nombre del particular y periodo, las opciones de filtrado se descartarán de acuerdo al alcance del usuario registrado.

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b) Procedimientos en trámite (Con fecha de registro y sin fecha de conclusión)

Grafica de barras apiladas con colores de semáforo, se requiere que cada nivel de usuario (administrador general, administrador de entidad federativa y administrador de sujeto obligado) tenga la opción de configurar el número de días para cada uno de los tres rangos (rojo, amarillo y verde), cuando el usuario dé clic sobre alguno de los colores será necesario mostrar la tabla con el listado de los procedimientos en trámite que corresponda, adicionalmente, se requiere que se implemente un mecanismo que alerte a los usuarios del tablero cuando un procedimiento pase de un rango a otro, esta alerta se debe realizar vía correo electrónico dependiendo de la configuración establecida por el usuario.

La tabla de detalle que se deberá mostrar al dar clic sobre alguno de los tres colores de semáforo de la gráfica contendrá la siguiente información: número de folio, fecha límite de atención, días naturales entre la fecha límite de atención y la fecha actual, en su caso, número de folios turnados a unidades administrativas, número de folios concluidos que fueron turnados a las unidades administrativas, vínculo a una tabla que muestre los folios turnados y generados para dicho procedimiento y nombre del solicitante, el orden para mostrar la información deberá ser de acuerdo a los días naturales entre la fecha límite de atención y la fecha actual de menor a mayor.

La tabla que contendrá el detalle de los folios turnados a las unidades administrativas debiendo mostrar la siguiente información: estado del folio (Pendiente o Concluido), número de folio, nombre de la unidad administrativa, fecha de turnado y en su caso fecha de respuesta.

Adicionalmente, será necesario identificar y configurar pasos clave de los procedimientos que podrán servir para construir gráficas comparativas, por ejemplo:

Se requiere construir una gráfica donde se muestren los procedimientos en trámite, contra los procedimientos en trámite donde se ha realizado una prevención, será necesario que cada administrador de entidad federativa identifique el paso del procedimiento que está relacionado con la prevención y lo configure en la herramienta para que de esta manera la aplicación construya en la tabla resumen un campo bandera (0,1) donde se identifique si un procedimiento se gestionó a través del paso de interés.

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Otros ejemplos de este tipo de gráficas son: procedimientos en trámite contra procedimientos con ampliación de plazo, en las que se requirió pago, que fueron enviados al comité y por nombre del particular.

Los filtros adicionales que deberá contemplar las gráfica serán: sector, entidad federativa, sujeto obligado, nombre del particular y periodo, las opciones de filtrado se descartarán de acuerdo al alcance del usuario registrado.

c) Procedimientos concluidos (fecha de conclusión)

Gráfica de barras apilada con dos elementos, el primero de ellos con el total de procedimientos concluidos y el segundo con el número de procedimientos en trámite.

La herramienta deberá mostrar el detalle de los procedimientos de cada bloque al dar clic sobre alguno de ellos en la gráfica, la tabla que contiene el detalle deberá visualizar los siguientes campos: número de folio, fecha de respuesta, tipo de respuesta, entidad federativa y sujeto obligado.

Adicionalmente, será necesario identificar y configurar pasos clave de los procedimientos que podrán servir para construir gráficas comparativas como las mencionadas en el inciso anterior.

Los filtros adicionales que deberá contemplar esta gráfica serán: sector, entidad federativa, sujeto obligado, nombre del particular y periodo, las opciones de filtrado se descartarán de acuerdo al alcance del usuario registrado.

d) Gestión interna de procedimientos

Este tipo de gráfica únicamente estará disponible para los administradores de entidad federativa, de sujeto obligado y de unidades administrativas.

La herramienta deberá generar gráficas de barras con el número de procedimientos que han sido turnados a las diferentes unidades administrativas que pertenecen a un sujeto obligado, al dar clic sobre alguna de las barras se deberá mostrar una tabla detalle con la siguiente información: folio, fecha de turnado, fecha de respuesta, y los días transcurridos entre las dos fechas anteriores.

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La herramienta deberá generar gráficas de barras con el número de procedimientos que fueron asignadas a las diferentes unidades administrativas y que se encuentran pendientes de atención, al dar clic sobre alguna de las barras se deberá mostrar una tabla detalle con la siguiente información: folio, fecha de turnado, fecha de respuesta y los días transcurridos entre las dos fechas anteriores.

Los filtros disponibles para este tipo de gráficas deben considerar: sujeto obligado, unidad administrativa y periodo. Antes de mostrar información al administrador de entidad federativa, será necesario que el usuario seleccione a un sujeto obligado del catálogo.

En resumen el módulo de tablero de control deberá contar con:

Una sección de administración que permita configurar el nombre y correo electrónico de las personas que recibirán las alertas

Una sección de administración que permita configurar los rangos (rojo, amarillo y verde) que serán establecidos para la gráfica de semáforo.

Una sección de administración de gráficas para procedimientos en trámite y concluidos que permita identificar pasos clave del procedimiento configurados en el BPM, que habilitarán banderas en una tabla resumen y que indicarán que se crearán gráficas adicionales del procedimiento en trámite y concluido.

Una sección de despliegue de gráficas resultantes.

Adicionalmente, cuando se dé clic sobre el número de folio del procedimiento se deberá mostrar una página de detalle con información relevante del procedimiento.

6.4.3. Módulo estadístico

La herramienta deberá contar con un módulo público que permita generar información estadística de los procedimientos establecidos.

Las opciones de consulta que se deberán considerar son:Página 66 de 192

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Procedimientos iniciados

Con las siguientes opciones de filtrado:

a) Entidad federativa

b) Sector

c) Sujeto obligado

d) Rango de fechas

El resultado deberá ser agrupado por entidad federativa y sujeto obligado.

El módulo deberá permitir exportar la tabla resultante a formatos XLS, XML, CSV, TXT y JSON.

El módulo deberá permitir al administrador general de la Plataforma Nacional establecer el número de registros a exportar referido en el párrafo anterior.

Procedimientos iniciados a través del Centro de Atención a la Sociedad (CAS)

Con las siguientes opciones de filtrado:

a) Entidad Federativa

b) Sector

c) Sujeto obligado

d) Rango de fechas

El resultado deberá ser agrupado por entidad federativa y sujeto obligado.

El módulo deberá permitir exportar la tabla resultante a formatos XLS, XML, CSV, TXT y JSON.

El módulo deberá permitir al administrador general de la Plataforma Nacional establecer el número de registros a exportar referido en el párrafo anterior.

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Procedimientos en trámite

Con las siguientes opciones de filtrado:

a) Entidad Federativa

b) Sector

c) Sujeto obligado

d) Rango de fechas

El resultado deberá ser agrupado por entidad federativa y sujeto obligado.

Adicionalmente, se deberá contar con una opción que permita mostrar el detalle de los procedimientos que se encuentran en trámite. La tabla de detalle deberá contener como mínimo la siguiente información: nombre de la entidad federativa, nombre del sujeto obligado, número de folio, fecha de registro, fecha límite de atención y número de días naturales entre la fecha actual y la fecha límite.

El módulo deberá permitir exportar la tabla resultante a formatos XLS, XML, CSV, TXT y JSON.

El módulo deberá permitir al administrador general de la Plataforma Nacional establecer el número de registros a exportar referido en el párrafo anterior.

Procedimientos concluidos

Con las siguientes opciones de filtrado:

a) Entidad Federativa

b) Sector

c) Sujeto obligado

d) Tipo de respuesta

e) Rango de fechas

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El resultado deberá ser agrupado por entidad federativa y sujeto obligado.

El módulo deberá permitir exportar la tabla resultante a formatos XLS, XML, CSV, TXT y JSON.

El módulo deberá permitir al administrador general de la Plataforma Nacional establecer el número de registros a exportar referido en el párrafo anterior.

Para la generación de las estadísticas solicitadas se deberá considerar un mecanismo que no afecte el desempeño de la base de datos, se podrán considerar tablas resumen de la información contienda en la base de datos de tal forma que no se requiera una gran cantidad de procesamiento para generar los resultados.

6.4.4. Módulo de ampliación de plazo

El administrador de entidad federativa deberá ofrecer a través de la interfaz de usuario una opción que permita realizar ajustes a la fechas límites de atención de los diferentes procedimientos que se encuentren en trámite, dicho ajuste será motivado por una reconfiguración del calendario de días inhábiles, para realizar el ajuste será necesario que el proceso automatizado a construir considere el historial de la solicitud, el procedimiento configurado y el calendario de días inhábiles asignado al sujeto obligado para determinar con precisión el plazo que deberá ser asignado. El mecanismo establecido deberá permitir seleccionar a uno o más sujetos obligados para aplicar los ajustes necesarios cuidando siempre el desempeño óptimo de la aplicación.

6.4.5. Módulo de configuración de calendarios

El administrador de entidad federativa deberá ofrecer a través de la interfaz de usuario una opción que permita configurar los calendarios de días inhábiles para cada uno de los sujetos obligados correspondientes, la configuración realizada será considerada para los cálculos de plazos que realizará la herramienta.

6.4.6. Módulo de aplicación de pagos

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El administrador de entidad federativa deberá ofrecer a través de la interfaz de usuario una opción que permita cargar y aplicar de manera masiva los pagos a los procedimientos en los que se ha realizado la reproducción de materiales en materia de transparencia, el reporte de números de folio de los procedimientos en los que se han pagado derechos será generado a través de una herramienta proporcionada por la institución bancaria designada para este efecto. El mecanismo automatizado de aplicación de pagos deberá cuidar que no se degrade el desempeño de la herramienta.

En la carga masiva de la información de los pagos deberá notificarse vía correo electrónico a la unidad de enlace del sujeto obligado correspondiente.

6.4.7. Módulo de reportes

Deberá permitir generar reportes detallados de Solicitudes de Información, Recursos de Revisión y Recursos de Inconformidad por sujeto obligado de cada entidad federativa.

La generación del reporte deberá ser dinámico, permitiendo seleccionar los campos de información que genere el BPM.

El módulo deberá permitir exportar el reporte anual resultante a formatos XLS, CSV, TXT y JSON.

6.4.8. Módulo de regreso de pasos

Módulo que deberá estar disponible para el administrador de entidad federativa, este módulo tendrá la funcionalidad de permitir al usuario regresar un procedimiento al paso indicado por la Unidad de Transparencia del sujeto obligado, cabe mencionar que los procedimientos serán configurados por cada una de las entidades federativas. Para ubicar el procedimiento en cuestión será necesario proporcionar al módulo el número de folio del procedimiento, como resultado de la búsqueda se mostrará una tabla con los números de folio coincidentes, para abrir la pantalla que muestre los pasos del procedimiento que han sido ejecutados por los diversos actores que intervienen en la gestión del procedimiento será necesario dar clic sobre el número de folio de interés, la pantalla que muestra los pasos de la gestión deberá permitir seleccionar únicamente un paso para posteriormente confirmar el regreso a través de un botón, solo se realizará una baja lógica de los pasos intermedios y será necesario registrar los nuevos pasos de la gestión. Los regresos de paso deberán registrarse en una bitácora que contenga información de la fecha, hora, motivo y usuarios que realizaron la acción.

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6.4.9. Módulo de seguimiento a gestión para los particulares

Módulo que deberá estar disponible para el particular, este módulo tendrá la funcionalidad de mostrar en un listado paginado, el estado actual que guardan los procedimientos iniciados por el particular, con la posibilidad de realizar búsquedas por número de folio del procedimiento, entidad federativa, sujeto obligado y/o periodo, la tabla a mostrar deberá contener la siguiente información: número de folio, fecha de registro, entidad federativa, sujeto obligado y estado que guarda el procedimiento al momento de la consulta.

6.4.10. Módulo de tablero de control para el particular

Se deberán mostrar de manera gráfica los siguientes rubros.

a) Número total de procedimientos (solicitudes de Información, recursos de revisión e inconformidad) registrados por el particular.

b) Número total de procedimientos registrados por el particular y que se encuentran en trámite.

c) Número total de procedimientos registrados por el particular y que han sido concluidos.

d) Número total de procedimientos pendientes de atención por parte del particular.

Al dar clic sobre las gráficas la herramienta deberá mostrar el detalle de los procedimientos que se encuentran en cada caso.

6.4.11. Asistente de registro de solicitudes de información

Se deberán realizar ajustes al asistente de registros de solicitudes de información pública y de datos personales de tal forma que permita registrar solicitudes a los diferentes sujetos obligados de las entidades federativas que pertenezcan a un sector previamente definido.

Así mismo, se deberá agregar un catálogo que permita identificar la procedencia de una solicitud de información (escrito material, correo electrónico, PNT, verbalmente o CAS).

6.4.12. Bitácora de errores

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La herramienta deberá llevar un registro de los errores que se presentan en la operación de la misma, dicho informe de errores deberá tener la opción de consultarse a través de la interfaz gráfica en el módulo del administrador de entidades federativas y deberá integrar la funcionalidad necesaria para exportar la información a formatos XLS, XML, CSV, texto y JSON.

La información mínima que deberá contener el reporte de errores es la siguiente: folio, fecha, hora, usuario, módulo donde se presenta el error, descripción del error presentado.

6.4.13. Integración con redes sociales

Actualmente la herramienta emite alertas a través de mensajes SMS, correo electrónico, Portal Nacional de Transparencia y Twitter, sin embargo, será necesario incorporar funcionalidad que permita enviar alertas a través de mensajes privados en Facebook y Google+.

6.4.14. Acceso al repositorio de datos por cada uno de los Órganos Garantes

Cada administrador de Entidad Federativa debe contar con acceso al repositorio de datos de transparencia (CM) existente en el sistema de solicitudes de información.

El acceso mencionado en el párrafo anterior debe estar limitado por Entidad Federativa, evitando que los administradores puedan contar con acceso a documentos de otra Entidad Federativa.

6.4.15. Texto de la Solicitud y su respuesta editables

El administrador de la entidad federativa y el administrador del sujeto obligado deben contar con un módulo que les permita editar los campos de textos de las solicitudes, así como los de las respuestas para los casos de testeo de datos personales en solicitudes de información pública.

6.4.16. Roles de usuario CAS para cada entidad federativa

La PNT debe contar con la funcionalidad necesaria para configurar perfiles de usuario tipo “CAS” para los casos donde cuentan con un Centro de Atención Telefónica (Call Center).

6.4.17. Incluir la incorporación de código Captcha en la funcionalidad de logueo

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Desarrollar en la funcionalidad de logueo de usuario a la PNT un código “Captcha” que permita evitar el alta o logueo de usuarios simulados por un robot y de esta manera evitar SPAM.

6.5. Licenciamiento

Desarrollar la solución utilizando software libre u otro tipo de software, para el desarrollo y operación de este proyecto en tanto no se establezca requisitos de pago de licenciamiento, ni dependencia de la plataforma tecnológica sobre la que operará el sistema resultante, así como contemplar la entrega completa del código fuente y la titulación de la propiedad intelectual a nombre del INAI de todas las aplicaciones resultantes de este proyecto.

6.6. Propiedad intelectual

El Instituto será propietario de los derechos de autor del software, configuraciones, documentos, patentes, estándares, modelos, interfaces y cualquier producto que se obtenga a partir de este proyecto.

6. Nuevo Sistema de Obligaciones de Transparencia

Actualmente se está considerando integrar mediante el bus de comunicación del sistema electrónico de solicitudes de información con el que cuenta el INAI, la funcionalidad existente en el portal de obligaciones de transparencia (POT) que a continuación se describe:

Conformando la Plataforma Nacional de Transparencia, el sistema de consulta de obligaciones de transparencia se sustentará en políticas y lineamientos que en su caso emita el Sistema Nacional de Transparencia, para la homologación de la información conformando de manera centralizada, estandarizada y organizada, la información necesaria que marcan las leyes en materia de transparencia, logrando mejorar la calidad del servicio que se ofrece a través de accesos libres a la información pública contemplando los mecanismos indispensables de usabilidad para que el público en general pueda utilizarlo de manera sencilla, amigable y clara.

Así mismo, dicho sistema, facilitará las tareas de evaluación en el cumplimiento de las obligaciones de transparencia marcadas por la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y/o que de ella emanen. Además de la adaptación que tengan las mismas leyes.

Con el propósito de ofrecer a la ciudadanía en general un portal donde encuentre la información que generan los Sujetos Obligados, se desarrollará un portal de transparencia, denominado “Sistema de

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Portales de Obligaciones de Transparencia”, el cual será un medio electrónico para facilitar el acceso de manera estándar a la información pública obligatoria.

La aplicación es un sistema informático en el que se almacenará y organizará la información Obligatoria que la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como de la Ley Federal de Transparencia y Leyes Locales de la Materia ordenen poner a disposición de los ciudadanos.

Objetivo General del Sistema

El Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia tiene como objetivo centralizar los servicios de Transparencia y Acceso a la Información Pública de los diferentes Sujetos Obligados, permitiendo a la ciudadanía y al público en general resolver sus necesidades de información de manera sencilla y ágil empleando las buenas prácticas en la materia.

Adicionalmente el Sistema ayudará a los Sujetos Obligados a cumplir puntualmente con las disposiciones, normatividad y obligaciones de transparencia que marca la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, integrando la información de manera estandarizada. Asimismo facilitará las actividades para la evaluación del cumplimiento de la Ley por parte de los Sujetos Obligados.

Objetivos específicos

Centralizar los servicios de Obligaciones de Transparencia. Resolver de manera sencilla y ágil las consultas de información de la ciudadanía y público en

general. Simplificar el cumplimiento puntual de las disposiciones, normatividades y obligaciones de

transparencia por parte de los Sujetos Obligados. Facilitar las actividades de evaluación del cumplimiento de la Ley por parte de los Sujetos

Obligados.

Requerimientos del Sistema

En este apartado se proporciona un listado de las funciones del sistema y un esquema, este último con el objetivo de mostrar de manera gráfica la organización de los requerimientos que ya se encuentran implementados en un sistema de información del cual será necesario realizar la validación de dicha funcionalidad.

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La organización de los requerimientos se basa principalmente en cinco grupos:

1. Portal, en este grupo se localizan aquellos que hacen referencia al acceso de la ciudadanía y público en general a la información de transparencia e información del sistema “de consulta”.

2. Integración de información, este grupo está integrado por aquellos que permitirán la incorporación de la información de transparencia al sistema.

3. Evaluación de información, en este grupo se localizan los referentes a las funciones de evaluación de cumplimiento de obligaciones de transparencia.

4. Administración del sistema, en este grupo se localizan aquellos que permitirán la configuración para la integración de información, evaluación, gestión de información histórica, así como la de aspectos particulares del sistema.

5. Control de acceso, este grupo está integrado por aquellos que regularán el acceso a los diferentes usuarios del sistema.

A continuación se muestra el esquema de los requerimientos que ya están implementados en el sistema:

Esquema de Requerimientos

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La siguiente tabla presenta el listado de los requerimientos del sistema “consulta de obligaciones de transparencia”:

NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

A. 1. PORTAL

A. 1.1 Información sobre el Sistema

A. 1.1.1 El sistema mostrará el objetivo

A. 1.1.2 El sistema mostrará los servicios que ofrece al público en general.

A. 1.1.3 El sistema mostrará la Visión

A. 1.1.4 El sistema mostrará los objetivos específico.

A. 1.1.5

El sistema mostrará el listado de contactos para que los usuarios del Portal comuniquen sus dudas o comentarios.

Se consideran los siguientes datos para el listado:Nombre.Cargo.Teléfonos.Correo-electrónico.Domicilio.Área. Especialización en que puede responder a una duda o comentario

A. 1.1.6

El sistema permitirá al usuario acceder a la información estadística del uso del Portal.

Las estadísticas, así como sus correspondientes despliegues, quedan sujetas a la disponibilidad de la información que proporcione la herramienta analítica de sitios Web (la cual podrá estar contenida en la herramienta del buscador).

A. 1.1.7El sistema presentará la ley de transparencia vigente

Los 3 formatos disponibles serán: Word (ver. 97-2003). HTML. PDF (ver. 6.0 o anterior).

A. 1.1.8 El sistema presentará Por cada Sujeto se presentará la siguiente información:Página 76 de 192

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

el listado (directorio) de los Sujetos Obligados y los vínculos a sus sitios Web.

Nombre del Sujeto. Logotipo (imagen). URL del Portal. Datos de la Unidad de Transparencia: nombre

completo del responsable, teléfono(s), correo electrónico.

Ubicación. URL del croquis de ubicación.

A. 1.1.9

El sistema mostrará vínculos a otras aplicaciones relacionadas con el tema de transparencia del Distrito Federal.

Los vínculos serán totalmente estáticos (no se contempla un catálogo para su gestión) y podrán mostrarse a través de una imagen y una leyenda alusiva, se mostrarán en el lado derecho del Portal.

A. 1.1.10

El sistema presentará el resultado de las evaluaciones de los Sujetos Obligados

El resultado se compone de un listado de todos los Sujetos Obligados con su nombre y sus respectivas calificaciones (resultado final, es decir, el índice global del cumplimiento de las obligaciones de transparencia) de las evaluaciones del ejercicio actual y de dos ejercicios anteriores (mostrando únicamente la calificación global de cada evaluación), ordenados de manera descendente por el resultado de la última evaluación. El listado de Sujetos Obligados se presentará en grupos de 10. Adicionalmente se podrá consultar el detalle de todas las evaluaciones a nivel de fracción (siempre y cuando no se hubiera modificado la ley ni la metodología de evaluación).

A. 1.1.11 El sistema proporcionará al usuario ayuda en línea sobre el uso del

La ayuda en línea estará disponible a través de los siguiente mecanismos:

Guía de usuario en formato PDF. Guía de usuario en formato HTML.

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

Portal. Tutorial en línea de las secciones más importantes del uso del Portal.

La ayuda en línea será estática, es decir no se contempla un módulo para su mantenimiento, por lo que para actualizarlos será directamente en el servidor donde se encuentren residentes dichos archivos.

A. 1.2 Consulta de información de transparencia

A. 1.2.1El sistema permitirá consultar la información de transparencia de acuerdo con los años configurados en la estructura de la normatividad por cada artículo y fracción.

A. 1.2.2

El sistema permitirá consultar la información de transparencia por artículo y fracción.

Una vez elegido el artículo y fracción, se seleccionará el tipo de búsqueda a realizar:

Todos los Sujetos Obligados.

Clasificación (Órgano).

Sub-clasificación (Categoría).

Por un Sujeto Obligado específico.

Formato (Tópico). Sólo en el caso de que el artículo y/o fracción tenga más de un formato asociado.

El sistema mostrará el listado de información general de acuerdo a los datos seleccionados de los formatos.

A. 1.2.3

El sistema permitirá consultar la información de transparencia por Sujeto Obligado.

Una vez elegido el Sujeto Obligado, se deberán seleccionar los siguientes criterios:

Tema.

Subtema.

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

Formato (Tópico). Sólo en el caso de que el artículo y/o fracción tenga más de un formato asociado.

El sistema mostrará el listado de información general de acuerdo a los datos seleccionados de los formatos.

A. 1.2.4

El sistema permitirá consultar la información de transparencia por tema.

Una vez elegido el tema, se deberán seleccionar los siguientes criterios:

Subtema.

Clasificación (Órgano).

Sub-clasificación (Categoría).

Sujeto Obligado.

Formato (Tópico). Sólo en el caso de que el artículo y/o fracción tenga más de un formato asociado.

El sistema mostrará el listado de información general de acuerdo a los datos seleccionados de los formatos.

A. 1.2.5

El sistema permitirá mostrar el detalle de cada uno de los registros de los listados de información general obtenidos en las consultas por Artículo y Fracción, por Sujeto, por Tema y Subtema.

El sistema mostrará toda la información del formato, así como el acceso a los documentos adjuntos del registro.

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

A. 1.2.6

El sistema permitirá realizar consultas horizontales a la información de transparencia de los Sujetos Obligados, solamente aplica en el caso de las consultas por Artículo y Tema.

La información podrá mostrarse acorde a las siguientes opciones:

Todos los Sujetos Obligados.

Clasificación (Órgano).

A. 1.2.7

El sistema permitirá exportar los datos de los listados de información general para las consultas por Artículo y Fracción, por Sujeto y por Tema y Subtema, consideradas en los puntos anteriores, a un archivo en formato Excel (ver. 97-2003).

Sólo se exportarán los datos mostrados en el listado de información general que arroja la consulta.

A. 1.3 Buscador

A. 1.3.1 El sistema tendrá integrada una herramienta especializada en indexar y realizar búsquedas de grandes cantidades de información en forma rápida y sistematizada, de acuerdo a palabras o frases usadas como criterios de búsqueda

Los requerimientos para esta herramienta dependerán de las características y capacidades del software que se seleccione, por lo que en este documento únicamente se enlistan elementos que deberán considerarse para dicha herramienta.

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

y sus coincidencias en cada documento.

A. 1.4 Voz del Ciudadano

A. 1.4.1El sistema proporcionará un mecanismo para obtener retroalimentación de los visitantes del Portal, que consiste en la aplicación de un cuestionario de satisfacción.

A. 1.4.2 El sistema guardará las respuestas de las preguntas que el visitante ingresó.

B. 2. INTEGRACIÓN DE INFORMACIÓN

B. 2.1 Captura mediante formularios Web

B. 2.1.1El sistema permitirá el registro y la modificación de la información, en los artículos y/o fracciones que apliquen, mediante la captura haciendo uso de formularios Web.

B. 2.1.2

El sistema permitirá la carga de archivos anexos a un registro, en formato PDF, Word y Excel, en los artículos y/o fracciones que apliquen.

La verificación de la versión de los documentos será responsabilidad del Sujeto Obligado (versión 97 ó 2003).

El sistema almacenará los archivos anexos con una nomenclatura especial, como se muestra a continuación:

CódigoSujeto_EtiquetaCampo_Fecha_Consecutivo

B. 2.1.3

El sistema validará el tamaño de los archivos anexos, el cual no deberá ser mayor a 10 MB.

La recomendación específica para Tribunales, Instituto Electoral del Distrito Federal y otros Entes, es que las resoluciones no excedan de 2 MB.

B. 2.1.4 El sistema registrará la fecha de última actualización de cada uno de los formatos

La actualización puede realizarse mediante los formularios Web o mediante la carga de archivos.

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

correspondientes a los artículos y fracciones.

B. 2.1.5

El sistema permitirá, después de la captura o carga de información de cada uno de los formatos, la impresión de un comprobante de la integración de información de transparencia correspondiente.

El comprobante considerará los siguientes datos: Fecha y hora en que se realizó la integración.

Método utilizado (vía formulario Web o carga de archivo XML).

Artículo, fracción y formato.

Usuario que realizó la integración.

Nombre del Sujeto Obligado.

B. 2.1.6 El sistema permitirá eliminar la información de transparencia por registro.

B. 2.2 Importación de archivos XML

B. 2.2.1

El sistema permitirá el registro de la información mediante la carga de archivos XML, en los artículos y/o fracciones que apliquen.

La carga de información mediante archivos XML únicamente aplica para los formatos de artículos y/o fracciones en los que no se incluyan archivos anexos. No se considerará la carga de archivos XML con archivos anexos.

B. 2.2.2 El sistema permitirá que la carga de información sea incremental o total correspondiente al año en curso.

B. 2.2.3 El sistema validará la estructura de los archivos XML de acuerdo con la configuración de cada formato.

B. 2.2.4 El sistema procesará los archivos XML e incorporará la información a la base de datos.

B. 2.2.5 El sistema notificará al usuario los errores que ocurrieron durante la importación y el procesamiento de los archivos XML.

B. 2.3 Consulta de estado de importación

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

B. 2.3.1 El sistema presentará el progreso de la transferencia de archivos XML y anexos (PDF, Word y Excel).

B. 2.3.2

El sistema permitirá que el usuario consulte el estado del procesamiento del archivo XML que importó

Los estados considerados para mostrar son: Recibido, Procesando, Rechazado, Finalizado.

B. 2.3.3 El sistema presentará los resultados del procesamiento de los archivos XML.

B. 2.4 Exportación de información

B. 2.4.1

El sistema permitirá a los usuarios de cada Sujeto Obligado realizar la exportación de su información correspondiente a los artículos y fracciones (los que apliquen) en formato Excel.

Únicamente se exportarán los datos que se muestran en los listados de información obtenidos en una consulta (corresponden a los datos que en los formatos correspondientes se configuraron para permitir dicha acción).

C. 3. EVALUACIÓN DE INFORMACIÓN

C. 3.1 Evaluación automática

C. 3.1.1

El sistema permitirá realizar evaluaciones automáticas del nivel de cumplimiento de cada uno de los Sujetos Obligados.

La revisión consistirá en verificar si se registró o actualizó la información de los formatos que le apliquen al Sujeto, de acuerdo con los periodos de actualización especificados.El resultado de la evaluación automática no se almacenará.

C. 3.1.2 El sistema presentará el porcentaje de avance en la agregación de información de un

Donde el 100% de avance será cuando el Sujeto tenga actualizaciones en todos los formatos que le apliquen. La calificación se calculará de la siguiente manera:1. Número de formatos por fracción actualizados / total de formatos de la fracción que aplican *100.

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

Sujeto en específico, por fracción.

Nota: Sólo se tomarán en cuenta las fracciones que tengan asociados formatos al Ente.

C. 3.1.3 El sistema proporcionará la opción de impresión del resultado de la evaluación automática del Sujeto al que se le aplicó la revisión.

C. 3.2 Evaluación manual

C. 3.2.1

El sistema permitirá realizar la evaluación del nivel de cumplimiento por Sujeto de manera manual, es decir habilitará que el Evaluador registre los resultados de la valoración cualitativa de la información incorporada por los Entes a través de la calificación de los criterios que apliquen al Sujeto Obligado.

Para registrar la valoración de los criterios, se presentará el nombre del Sujeto Obligado, un listado con todos los criterios agrupados por ley, artículo y fracción que le apliquen al Sujeto en específico, y se proporcionarán las secciones para registrar: la valuación del criterio (escala de calificación) y recomendaciones por cada criterio.

C. 3.2.2 El sistema permitirá ingresar la valoración de cumplimiento de cada uno de los criterios que le apliquen al Sujeto acorde a la escala de calificación de criterios.

C. 3.2.3

El sistema permitirá que el Evaluador indique cuando ha terminado de aplicar la evaluación a un Sujeto Obligado.

Una vez establecida la finalización de la evaluación, no se podrán modificar los datos de la misma.

C. 3.2.4 El sistema permitirá aplicar evaluaciones manuales no formales, es decir, evaluaciones que no estén dentro de los

El sistema no almacenará los resultados de las evaluaciones no formales.

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

periodos de evaluaciones formales.

C. 3.2.5El sistema deshabilitará el acceso al módulo de Integración de Información para todos los Sujetos que se encuentren dentro del periodo de evaluación, al presentarse la fecha de inicio del mismo.

3.2.6El sistema al finalizar la evaluación manual de un Sujeto calculará el Índice de Criterios Sustantivos, de cada uno de los artículos que le apliquen y únicamente si el artículo tiene este tipo de criterios.

C. 3.2.7El sistema al finalizar la evaluación manual de un Sujeto calculará el Índice de Criterios Adjetivos, de cada uno de los artículos que le apliquen y únicamente si el artículo tiene este tipo de criterios.

C. 3.2.8El sistema al finalizar la evaluación manual de un Sujeto y una vez calculados los índices de criterios sustantivos por cada artículo (que le aplique), calculará el Índice Compuesto de Criterios Sustantivos.

C. 3.2.9

El sistema al finalizar la evaluación manual de un Sujeto y una vez calculados los índices de criterios adjetivos por cada artículo (que le aplique), calculará el Índice Compuesto de Criterios Adjetivos.

C. 3.2.10En caso de que algún artículo no tenga criterios adjetivos, para el cálculo del Índice Compuesto de Criterios Adjetivos, el sistema tomará el valor del Índice de criterios sustantivos de ese artículo.

C. 3.2.11El sistema al finalizar la evaluación manual de un Sujeto calculará el Índice Global del Cumplimiento de las Obligaciones de Transparencia.

C. 3.2.12 El sistema al finalizar la evaluación manual proporcionará la opción de imprimir el resultado de la evaluación aplicada, tanto de una revisión no programada como de una programada.

El resultado de la evaluación aplicada comprenderá la siguiente información:

Nombre del Sujeto Obligado.

Fecha de la aplicación de la revisión.

Artículo.

Fracción.

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_____________________________________________________________________________________________________

NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

Criterios.

Valuación por criterio.

Recomendaciones por criterio.

Resumen:

Artículo.

o Índice de Criterios Sustantivos.

o Índice de Criterios Adjetivos.

Fracción.

o Índice de Criterios Sustantivos.

o Índice de Criterios Adjetivos.

Índice Compuesto de Criterios Sustantivos.

Índice Compuesto de Criterios Adjetivos.

Índice Global del Cumplimiento de las Obligaciones de Transparencia.

C. 3.2.13 El sistema al finalizar la evaluación manual guardará el resultado de la misma, cuando se trate de una revisión formal.

El resultado de la evaluación aplicada comprenderá la siguiente información:

Nombre del Sujeto Obligado.

Fecha de la aplicación de la revisión.

Artículo.

Fracción.

Criterios.

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

Valuación por criterio.

Recomendaciones por criterio.

Resumen:

Artículo.

o Índice de Criterios Sustantivos.

o Índice de Criterios Adjetivos.

Fracción.

o Índice de Criterios Sustantivos.

o Índice de Criterios Adjetivos.

Índice Compuesto de Criterios Sustantivos.

Índice Compuesto de Criterios Adjetivos.

Índice Global del Cumplimiento de las Obligaciones de Transparencia.

C. 3.2.14 El sistema almacenará los índices calculados por cada Sujeto Obligado, cuando se trate de una evaluación formal.

C. 3.2.15 Al presentarse la fecha de fin del periodo de evaluación, el sistema habilitará el acceso al módulo de Integración de Información a los Sujetos evaluados.

C. 3.2.16

El sistema mostrará el listado de las notificaciones de revisión de resultados realizadas por los Sujetos Obligados, recibidas a la fecha.

Solamente se presentará esta información correspondiente a la evaluación vigente.

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

C. 3.2.17

El sistema permitirá consultar el seguimiento de la aplicación de la última evaluación configurada.

La consulta mostrará un listado de los Sujetos Obligados mostrando la fecha de inicio de la evaluación y la fecha de término. En caso de que no se haya iniciado una evaluación, se señalará la celda con un color distinto, para identificar los Entes a los que no se les ha aplicado la evaluación.

C. 3.3 Auto-evaluación

C. 3.3.1

El sistema permitirá al Responsable del Sujeto Obligado realizar una auto-evaluación del nivel de cumplimiento del Sujeto Obligado.

La revisión consistirá en verificar si se registró o actualizó la información de los formatos que le apliquen al Ente, de acuerdo con los periodos de actualización especificados.

El resultado de la auto-evaluación no se almacenará.

C. 3.3.2

El sistema presentará el reporte de porcentaje de avance de la agregación de información del Sujeto por fracción con la opción de imprimir el reporte.

Donde el 100% de avance será cuando el Sujeto tenga actualizaciones en todos los formatos que le apliquen. La calificación se calculará de la siguiente manera:

1. Número de formatos por fracción actualizados / total de formatos de la fracción que aplican *100.

Nota: Sólo se tomarán en cuenta las fracciones que tengan asociados formatos que le apliquen al Ente.

C. 3.4 Consulta de resultados de evaluación Sujeto ObligadoC. 3.4.1 El sistema mostrará al

Responsable y al Usuario de la Unidad Administrativa el reporte de resultados de la evaluación manual de su información, con la opción de imprimir el

El resultado de la evaluación aplicada comprenderá la siguiente información:

Nombre del Sujeto Obligado.

Fecha de la aplicación de la revisión.

Artículo.

Fracción.Página 88 de 192

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

resultado. Criterios.

Valuación por criterio.

Recomendaciones por criterio.

Resumen:

Artículo.

o Índice de Criterios Sustantivos.

o Índice de Criterios Adjetivos.

Fracción.

o Índice de Criterios Sustantivos.

o Índice de Criterios Adjetivos.

Índice Compuesto de Criterios Sustantivos.

Índice Compuesto de Criterios Adjetivos.

Índice global del cumplimiento de las obligaciones de transparencia.

Solamente se mostrará el reporte de las evaluaciones aplicadas en el año en curso y los dos años anteriores.

C. 3.4.2 El sistema proporcionará al Responsable la opción para notificar que ya revisó el reporte de resultados

Para la notificación se guardarán los datos de nombre del Sujeto, fecha y hora de notificación.

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

de la evaluación aplicada.

C. 3.5 Reporte

C. 3.5.1

El sistema permitirá generar un reporte de una evaluación en específico, que contenga un listado de todos los Sujetos Obligados evaluados.

El sistema permite seleccionar un periodo de evaluación formal (considerando únicamente los periodos del año en curso y en los dos años anteriores).Por cada uno de los Sujetos Obligados se mostrará la siguiente información:

Sujeto Obligado.

Artículo.

o Índice de Criterios Sustantivos.

o Índice de Criterios Adjetivos.

Índice Compuesto de Criterios Sustantivos.

Índice Compuesto de Criterios Adjetivos.

Índice global del cumplimiento de las obligaciones de transparencia.

C. 3.5.2

El sistema permitirá exportar el reporte de evaluación en formato de Excel.

El nombre del archivo se conforma de la siguiente manera:ReporteGeneralEvaluacion_+[Identificador del periodo de evaluación]

Por ejemplo: ReporteGeneralEvaluacion_2008-1.xls

D. 4. ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA

D. 4.1 Registro de informaciónD. 4.1.1 El sistema permitirá

modificar la información general

La información considerada es:

Objetivo.Página 90 de 192

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

acerca del sistema. Visión.

Objetivos específicos.

Servicios.

Contactos.

Ley de Transparencia.

D. 4.1.2El sistema permitirá anexar archivos de la Ley de Transparencia en tres formatos.

Los formatos considerados son HTML, Word (versión 97 ó 2003) y PDF (versión 6 o anterior). El sistema no validará la versión de los documentos.

D. 4.2 Consulta de voz del ciudadano

D. 4.2.1El sistema generará gráficas con base en las respuestas de los visitantes del Portal para que con ello pueda medirse su nivel de satisfacción con respecto a la estructura y servicios del Portal.

D. 4.2.2El sistema mostrará en un listado los comentarios ingresados por los visitantes del Portal.

D. 4.3 Administración de cuestionario

D. 4.3.1

El sistema permitirá integrar un mecanismo para obtener retroalimentación de los visitantes del Portal, que consiste en la aplicación de un cuestionario de satisfacción.

Debe contemplarse un espacio para sugerencias.

D. 4.3.2 El sistema permitirá modificar las preguntas del cuestionario de satisfacción del mecanismo de retroalimentación.

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_____________________________________________________________________________________________________

NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

D. 4.3.3

El sistema permitirá eliminar (baja lógica) las preguntas del cuestionario de satisfacción del mecanismo de retroalimentación.

El sistema dejará de mostrar los resultados de la recopilación de la información correspondiente a la pregunta eliminada.

D. 4.4 Consulta de Bitácoras

D. 4.4.1

El sistema permitirá realizar la consulta de los registros de la bitácora.

Para realizar la consulta se considerarán los siguientes filtros:

Rango de fechas.

Usuario.

Componente o sección del sistema.

Ley /Artículo / Fracción / Formato.

Sujeto Obligado.

D. 4.4.2 El sistema permitirá generar estadísticas gráficas sobre los movimientos que realizan los usuarios.

Para generar las estadísticas se considerarán los siguientes filtros:

Rango de fechas.

Usuario.

Componente o sección del sistema.

Ley /Artículo / Fracción / Formato.

Sujeto Obligado.

Adicionalmente, se considerarán los siguientes niveles de agrupación:

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

Por mes.

Por día.

Por Órgano.

Por Sujeto Obligado.

Por componente o sección.

Por Ley.

Por artículo.

Por fracción.

Por formato.

Por tema.

D. 4.4.3

El sistema permitirá realizar la consulta de la bitácora de errores del módulo de Integración de Información.

Para realizar la consulta se considerarán los siguientes filtros:

Rango de fechas.

Usuario.

Ley /Artículo / Fracción / Formato.

Sujeto Obligado.

D. 4.5 Estadísticas de uso del PortalD. 4.5.1 Integrar una

herramienta especializada en la recopilación y análisis de la información de los logs de actividad

Los requerimientos para esta herramienta dependerán de las características y capacidades del software que se seleccione, por lo que en este documento únicamente se enlistan elementos que deberán considerarse para dicha herramienta.

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

de los servidores Web (dicha herramienta podrá estar incluida en el buscador).

D. 4.6 Administración de Sujetos Obligados

D. 4.6.1

El sistema permitirá agregar nuevas clasificaciones de Sujetos Obligados

La información a almacenar será: identificador, nombre de la clasificación y descripción.

D. 4.6.2 El sistema permitirá modificar los datos de las clasificaciones registradas previamente.

D. 4.6.3

El sistema permitirá eliminar clasificaciones de Entes del catálogo.

Se eliminarán (baja lógica) clasificaciones siempre y cuando no tengan Sujetos Obligados asociados.

D. 4.6.4

El sistema permitirá agregar, modificar y eliminar subclasificaciones a una clasificación.

Se eliminarán (baja lógica) clasificaciones siempre y cuando no tengan Sujetos Obligados asociados.

D. 4.6.5 El sistema permitirá agregar un Sujeto al padrón o catálogo de los mismos.

La información a almacenar para el padrón es: Código del Sujeto.

Nombre del Sujeto.

Nombre corto.

Clasificación del Sujeto.

Logotipo (imagen).

URL del Portal.

Ubicación.

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

URL del croquis de ubicación.

D. 4.6.6

El sistema permitirá modificar los datos de un Sujeto.

Los datos que pueden modificarse son: Código del Sujeto.

Nombre del Sujeto.

Nombre corto.

Clasificación del Sujeto por Órgano.

Logotipo (imagen).

URL del Portal.

Ubicación.

URL del croquis de ubicación.

D. 4.6.7El sistema permitirá eliminar un Sujeto del padrón.

La eliminación implica deshabilitar el Sujeto.

D. 4.7 Administración de Usuarios

D. 4.7.1

El sistema permitirá administrar las cuentas de los usuarios así como asignarles su perfil.

La administración de usuarios contempla registro, modificación y eliminación (baja lógica). Los datos generales que se consideran serán: nombre, primer apellido, segundo apellido, clave de usuario (login), contraseña, CURP, dirección electrónica (email), teléfono, Sujeto Obligado al que pertenece, departamento o área.Como mecanismo de seguridad la contraseña se almacenará de manera cifrada; además deberá considerar mínimo 8 caracteres y el uso de letras, números y caracteres especiales.A cada usuario se le podrá asignar únicamente un perfil.

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

D. 4.7.2El sistema considerará para su funcionamiento los siguientes perfiles: Administrador, Responsable de Evaluación, Responsable de Información Pública, Usuario Evaluador, Usuario de Unidad Administrativa.

D. 4.7.3 El sistema permitirá al Administrador gestionar las cuentas de los usuarios con los perfiles de Responsable de Evaluación y Responsable de la Información.

D. 4.7.4 El sistema permitirá al Administrador registrar únicamente un usuario con el perfil de Responsable de Evaluación.

D. 4.7.5 El sistema permitirá al Administrador registrar únicamente un usuario con el perfil de Responsable de la Información por cada uno de los Sujetos Obligados.

D. 4.7.6

El sistema permitirá al Administrador modificar la información de su propia cuenta de usuario.

No se permitirá agregar usuarios con el perfil de Administrador, así como tampoco eliminar del único usuario con dicho perfil.

D. 4.7.7

El sistema permitirá al Administrador crear perfiles de usuarios y sus permisos los cuales podrán ser únicamente para el acceso a las secciones de consulta del sistema.

Se podrán asignar permisos para la consulta de las siguientes secciones:

Consulta de resultados de evaluación.

Consulta de bitácora de movimientos.

Consulta de bitácora de errores en la carga de archivos.

Consulta de estadísticas de uso del Portal.

Consulta de la Voz del Ciudadano.

D. 4.7.8 El sistema permitirá modificar y eliminar únicamente los perfiles creados mediante el sistema.

D. 4.7.9El sistema permitirá a cada uno de los Responsables de

El sistema deberá asignar a los usuarios el mismo Sujeto Obligado al que pertenece el Responsable.

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

Información, administrar las cuentas de los Usuarios de Unidad Administrativa, del Sujeto Obligado al que pertenece.

D. 4.7.10 El sistema permitirá al Responsable de Evaluación administrar las cuentas de los Usuarios Evaluadores.

D. 4.8 Administración de temas

D. 4.8.1El sistema permitirá agregar nuevos temas al catálogo.

Los datos de los temas a guardar serán: identificador, tema y descripción.

D. 4.8.2 El sistema permitirá modificar los datos de los temas registrados previamente.

D. 4.8.3El sistema permitirá eliminar temas del catálogo.

Se eliminarán (baja lógica) temas siempre y cuando no tengan algún subtema, así como algún artículo y/o fracción asociadas.

D. 4.8.4El sistema permitirá agregar nuevos subtemas al catálogo.

Los datos de los subtemas a guardar serán: identificador, tema al que pertenece, subtema y descripción.

D. 4.8.5 El sistema permitirá modificar los datos de los subtemas registrados previamente.

D. 4.8.6El sistema permitirá eliminar subtemas del catálogo.

Se eliminarán (baja lógica) subtemas siempre y cuando no tengan algún artículo y/o fracción asociados.

D. 4.9 Configuración de periodos de evaluaciónD. 4.9.1 El sistema permitirá

especificar el periodo de la evaluación ingresando su fecha de inicio, fecha de término, un

Los Sujetos que se incluyan en la evaluación, el Responsable de Evaluación los seleccionarán a través de un listado agrupado por tipo de Órgano.

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

identificador y los Entes a evaluar.

D. 4.9.2

El sistema permitirá realizar modificaciones en los datos de un periodo de evaluación formal.

El sistema permitirá modificar los datos (periodo, identificador, Sujetos) de una evaluación formal, siempre y cuando ésta no haya sido aplicada o esté vigente su periodo de aplicación.

D. 4.9.3

El sistema permitirá eliminar la configuración de periodos de la evaluación formal.

El sistema permitirá eliminar los datos (periodo, identificador, Sujetos) de una evaluación formal, siempre y cuando ésta no haya sido aplicada o esté vigente su periodo de aplicación.

D. 4.10 Configuración de normatividadD. 4.10.1 El sistema permitirá

configurar una nueva estructura de la normatividad que rige las obligaciones de transparencia.

Este caso se presenta cuando existe una abrogación.La información que se ingresa es: Normatividad (LTAIPDF, Código Electoral u

otras)

Fecha de publicación de la normatividad

Fecha de inicio de vigencia de la normatividad

Artículo

o Número

o Nombre corto

o Texto de la Ley

Fracción

o Número

o Nombre corto

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

o Texto de la Ley

Adicionalmente, por cada una de las fracciones también se deberá especificar: Descripción, en lenguaje ciudadano, del contenido

del artículo y/o fracción.

Número de años que se deberá visualizar la información desde las consultas del menú del Portal.

Indicar si la información del artículo y/o fracción será susceptible a copiarse entre periodos.

La nueva estructura se mantendrá como temporal hasta que se confirme su publicación. Sin embargo, será visible en las siguientes secciones para poder realizar la configuración:

Relación de Entes con artículos y/o fracciones.

Relación de subtemas con artículos y/o fracciones.

Configuración de la metodología de evaluación.

D. 4.10.2

El sistema permitirá configurar la nueva estructura de la ley mediante formulario Web.

El sistema permitirá realizar la nueva configuración a partir de la estructura vigente.

D. 4.10.3 El sistema permitirá configurar la nueva estructura de la ley mediante la carga de un archivo XML.

D. 4.10.4 El sistema permitirá al Administrador,

Cuando se habilite la estructura temporal para el módulo de Administración de Formatos, el sistema

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

cuando él así lo requiera, habilitar la estructura temporal para su uso en la configuración de formatos.

permitirá configurar los formatos necesarios conforme a la estructura temporal. Además, se habilitará la estructura temporal para la sección donde se relacionan a los Sujetos Obligados con los formatos que les aplica.

D. 4.10.5

El sistema permitirá al Administrador habilitar la estructura temporal para su uso en el módulo de Integración de Información, siempre y cuando ya se haya habilitado la estructura temporal para la configuración de formatos.

Cuando se habilite la estructura temporal para el módulo de Integración de Información, el sistema bloqueará la integración de información conforme a la estructura vigente. Los Sujetos Obligados podrán integrar la información únicamente conforme a los formatos configurados para la estructura temporal. Además, se habilitará la estructura temporal para la sección donde el responsable de cada Sujeto configura los formatos que le aplican donde podrá relacionar a los usuarios de Unidad Administrativa del Sujeto Obligado con los formatos que les aplica, justificar los formatos en los que por la naturaleza del Sujeto no le aplican y asignar la Unidad Administrativa que genera y detenta la información solicitada en el formato.

D. 4.10.6El sistema permitirá al Administrador habilitar la estructura temporal para su publicación en el Portal, siempre y cuando ya se haya habilitado la estructura temporal para su uso en el módulo de Integración de Información.

D. 4.10.7 El sistema, después de habilitar la configuración temporal para su publicación en el Portal, deberá almacenar la configuración e información relacionada a la estructura anterior y

La información de transparencia relacionada a la configuración anterior ya no será visible a través de las consultas por menú que ofrecerá el Portal.

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

está no podrá ser modificada.

D. 4.10.8

El sistema permitirá modificar la estructura temporal de la LTAIPDF y la normatividad adicional, siempre y cuando no se haya habilitado la publicación en el Portal.

En caso de eliminar una normatividad, artículo o fracción, se borrarán también las configuraciones que se hayan realizado hasta el momento.Los estatus de la habilitación para la Administración de Formatos, Integración de Información y Publicación en el Portal no se verán afectados por las modificaciones a la estructura temporal.

D. 4.10.9El sistema permitirá cancelar las modificaciones a la Ley de Transparencia y a la normatividad adicional, siempre y cuando no se haya habilitado la publicación en el Portal.

D. 4.10.10 El sistema permitirá agregar nuevos artículos y fracciones a la Ley vigente y normatividad adicional que aplique en materia de Transparencia, a través de un formulario Web.

Este caso se presenta cuando haya una reforma.

La información que se ingresa es:

Normatividad (Ley de transparencia, Código Electoral u otras).

Fecha de publicación de la normatividad.

Fecha de inicio de vigencia de la normatividad.

Artículo.

Fracción.

Adicionalmente, por cada una de las fracciones también se deberá especificar:

Descripción, en lenguaje ciudadano, del contenido

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

del artículo y/o fracción.

Número de años que se deberá visualizar la información desde las consultas del menú del Portal.

Indicar si la información del artículo y/o fracción será susceptible a copiarse entre periodos.

Los nuevos artículos y fracciones no se verán reflejados inmediatamente en el Portal, sino hasta que se habilite su publicación.

D. 4.10.11El sistema permitirá al Administrador, cuando él así lo requiera, habilitar la administración de los formatos de los artículos y fracciones que se hayan agregado a la estructura vigente.

D. 4.10.12El sistema permitirá al Administrador, cuando él así lo requiera, habilitar la publicación en el Portal de los nuevos artículos y fracciones que se hayan agregado a la estructura vigente.

D. 4.10.13

El sistema permitirá modificar los artículos y/o fracciones de la versión vigente, acorde a las reformas de la Ley y de la normatividad adicional en materia de Transparencia.

Este caso se presenta cuando hay modificaciones al texto de un artículo o fracción que no impliquen cambios en los formatos, en cuyo caso se deberá eliminar y agregar un nuevo artículo o fracción.

Los cambios realizados se verán reflejados inmediatamente en el Portal.

D. 4.10.14 El sistema permitirá eliminar un artículo y/o fracción de la versión vigente, acorde a las reformas de la Ley y de la

Eliminar en este contexto significa realizar una baja lógica del artículo y/o fracción, almacenando su estructura, sus asociaciones con Entes, Criterios y Formatos, así como la información de transparencia integrada por los Sujetos Obligados. No se permitirá modificar dicha información posteriormente.

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

normatividad adicional en materia de Transparencia.

Los cambios realizados se verán reflejados inmediatamente en el Portal.

D. 4.11 Relación de Sujetos Obligados con artículos y fracciones

D. 4.11.1

El sistema permitirá relacionar cada uno de los Sujetos con los artículos y fracciones, según le apliquen.

La relación se basa en las obligaciones de transparencia que establecen la Ley y la normatividad adicional.

D. 4.11.2 El sistema permitirá cambiar las relaciones de cada uno de los Sujetos con los artículos y fracciones.

D. 4.11.3

El sistema permitirá eliminar las relaciones de cada uno de los Sujetos con los artículos y fracciones.

La eliminación será una baja lógica.

D. 4.12 Configuración de formatos

D. 4.12.1El sistema permitirá a los Responsables de Información asignar a los Usuarios de Unidad Administrativa, del Sujeto al que pertenece, los formatos de los artículos y/o fracciones que tiene asociados.

D. 4.12.2El sistema permitirá capturar por cada formato la Unidad Administrativa que genera y detenta la información a la que hace referencia el formato.

D. 4.12.3El sistema permitirá capturar la justificación para un formato que no sea aplicable al Sujeto, es decir aquellos casos que por Ley está obligado pero por la naturaleza o razón de ser del mismo no le aplica.

D. 4.13 Relación de subtemas con artículos y fracciones

D. 4.13.1El sistema permitirá asociar los subtemas con artículos y fracciones, acorde al ámbito de estos últimos.

D. 4.13.2El sistema permitirá cambiar las relaciones de los subtemas con las fracciones y artículos.

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

D. 4.13.3El sistema permitirá eliminar las relaciones de los subtemas con las fracciones y artículos.

D. 4.14 Configuración de metodología de evaluación

D. 4.14.1

El sistema permitirá registrar nuevos criterios de evaluación.

Los datos que se guardarán son: Nombre del criterio.

Descripción.

Normatividad a la que está asociado:

o Ley.

o Artículo.

o Fracción.

Tipo de criterio (sustantivo o adjetivo).

D. 4.14.2 El sistema permitirá modificar los datos de los criterios registrados previamente.

Los datos que se modificarán son: Nombre del criterio.

Descripción.

Normatividad a la que está asociado:

o Ley.

o Artículo.

o Fracción.

Tipo de criterio (sustantivo o adjetivo).

En caso de que se modifiquen las asociaciones con la normatividad (ley, articulo, fracción), entonces se

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

deshabilitarán dichas relaciones registradas previamente.

D. 4.14.3

El sistema permitirá eliminar criterios de evaluación. Cuando un criterio es borrado, el sistema dejará de mostrar toda información relacionada con éste en las siguientes evaluaciones.

Se deshabilita el criterio y dejará de mostrarse en el sistema.

D. 4.14.4 El sistema permitirá relacionar los criterios de los artículos y fracciones con cada uno de los Sujetos, según le apliquen.

D. 4.14.5 El sistema permitirá cambiar las relaciones de los criterios, fracciones y artículos de cada uno de los Sujetos.

D. 4.14.6

El sistema permitirá eliminar las relaciones de los criterios, fracciones y artículos de cada uno de los Sujetos.

La eliminación será una baja lógica.

D. 4.14.7

El sistema permitirá administrar un catálogo de ponderaciones de los dos tipos de criterios (sustantivos y adjetivos).

La ponderación se expresará en porcentajes (0 al 100%).El sistema validará que el total de porcentaje de ponderación de los tipos de criterios sea igual a 100%.

D. 4.14.8 El sistema permitirá administrar un catálogo de ponderaciones para

La administración incluye la modificación de los valores de ponderación por artículo, fracción y criterios. Los valores se expresarán en quebrados (ejemplo: 1/7).

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

cada artículo, fracción y criterios. Los valores que se tomarán para la configuración

inicial del sistema serán los establecidos en el documento de Criterios y metodología de evaluación de la información pública de oficio que deben dar a conocer los Sujetos Obligados en sus portales de Internet.

D. 4.14.9

El sistema permitirá administrar un catálogo para la escala de calificación de criterios.

La administración incluye el registro, la modificación y eliminación de alguna calificación de la escala.

La información que se requiere de cada calificación es: descripción y valor (numérico con dos posiciones para decimales).

D. 4.14.10 El sistema mostrará un listado de Sujetos e indicará por cada uno si tiene asignada o no su configuración de ponderación para la evaluación.

D. 4.14.11

El sistema mostrará por Sujeto los artículos, fracciones y criterios que le apliquen junto con sus respectivas ponderaciones para que el Responsable de Evaluación realice los ajustes a las ponderaciones o bien acepte los valores presentados.

Los valores de las ponderaciones que se presentan son tomados del Catálogo de Ponderaciones.

D. 4.14.12 El sistema validará que el total del porcentaje de ponderación de los artículos, fracciones y

Estás validaciones se realizarán durante la asignación de ponderaciones a Sujetos Obligados.

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

de cada grupo acorde al tipo de criterios, sea igual al 100% por cada uno.

D. 4.14.13Cuando el Responsable de Evaluación acepta los valores de ponderación de los artículos, fracciones y criterios de un Sujeto, se guarda la configuración de ponderación de evaluación del mismo.

D. 4.15 Administración de formatos

D. 4.15.1

El sistema permitirá al Responsable de Evaluación y al Administrador configurar los formatos correspondientes a cada uno de los artículos y/o fracciones de la(s) ley(es) que apliquen.

Los formatos servirán para homogeneizar la captura mediante formularios Web, para la carga de información mediante archivos XML, para el almacenamiento de la información así como para la publicación de información en el Portal.

D. 4.15.2

El sistema permitirá crear uno o más formatos por cada uno de los artículos y/o fracciones de la(s) ley(es) que apliquen.

Para el registro de cada formato se considera el registro de un título, una descripción y el periodo de actualización de la información.

En el caso de que exista una configuración de estructura temporal, y que se haya habilitado dicha estructura para la Administración de Formatos, se permitirá elegir si el formato corresponde con artículo o fracciones de la estructura actual o de la temporal.

Los nuevos formatos no se verán reflejados inmediatamente en el módulo de Integración de Información ni en el Portal, sino hasta que se habiliten.

D. 4.15.3 El sistema permitirá definir distintas secciones dentro de un mismo formato.Página 107 de 192

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

D. 4.15.4

El sistema permitirá definir los datos que se deberán solicitar en cada uno de los formatos.

La información general que se considera para cada uno de los datos es etiqueta y descripción de la información que se espera durante la integración de la información.

D. 4.15.5

El sistema permitirá definir, por cada uno de los datos registrados, el tipo de campo esperado.

Los tipos de campo que se considerarán son: Texto corto.

Texto largo.

Numérico.

Moneda (considerar multimoneda como son euros y dólares).

Fecha.

Hora.

URL o vínculo a documentos externos al sistema (Con etiqueta).

Archivo Anexo (PDF, Word, Excel e Imágenes).

D. 4.15.6

El sistema permitirá definir, por cada uno de los datos registrados una o varias validaciones de formato.

Las validaciones que se considerarán son: Restricción de caracteres especiales (Únicamente

letras, Alfanumérico, con o sin caracteres especiales). Aplica sólo cuando el tipo de dato sea Texto.

Longitud. Aplica sólo cuando el tipo de dato sea Texto o Numérico

Obligatorio o no

D. 4.15.7 El sistema permitirá El listado general de la información aparecerá en el

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

especificar, por cada uno de los datos registrados, si se muestra o no en el listado general de la información.

Portal después de realizar alguna consulta de la información de transparencia. Además, los datos que se hayan elegido para mostrarse serán los datos que se exportarán a Excel cuando el usuario lo solicite.

D. 4.15.8El sistema permitirá especificar, por cada uno de los formatos, el número máximo de registros permitidos durante la captura o carga de información.

D. 4.15.9

El sistema agregará, de manera predeterminada, un campo para señalar el año al que corresponde la información, un campo para indicar la fecha de actualización de la información que se va agregar y un campo para agregar notas.

Los campos no podrán modificarse ni eliminarse del formato y tendrán las siguientes características:Año:

Campo numérico, sin decimales.

Longitud de 4 caracteres.

Será obligatorio.

Fecha de actualización: Campo fecha.

Caracteres alfanuméricos.

Será obligatorio.

Notas: Campo de texto.

Caracteres alfanuméricos.

Dato opcional.

D. 4.15.10 El sistema permitirá agregar listados o tablas dentro de cada formato.

D. 4.15.11 El sistema generará el esquema XML de cada uno de los formatos configurados.

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

D. 4.15.12

El sistema permitirá la descarga del esquema XML correspondiente a cada uno de los formatos.

El esquema será necesario para los Sujetos Obligados que deseen cargar su información mediante archivos XML.

D. 4.15.13

El sistema generará los formularios en HTML para permitir a los Sujetos Obligados la captura de su información.

El sistema permitirá desplegar la vista preliminar del formulario.

D. 4.15.14El sistema permitirá la modificación de los formatos registrados.

La modificación considera agregar y eliminar campos, así como poder modificar las etiquetas de los campos.

No se permitirá modificar los tipos de datos ni las validaciones.

D. 4.15.15

El sistema permitirá la eliminación de los formatos registrados.

Eliminar en este contexto significa realizar una baja lógica del formato, almacenando su estructura, sus asociaciones con Sujetos y usuarios, así como la información de transparencia integrada por los Sujetos Obligados. No se permitirá modificar posteriormente dicha información.

Los cambios realizados se verán reflejados inmediatamente en el Portal.

D. 4.15.16

El sistema permitirá habilitar cada formato para su uso en el módulo de Integración de Información.

Implica que antes de integrar la información, el responsable de cada Usuario de Información deberá relacionar a los usuarios de Unidad Administrativa del Sujeto Obligado con los formatos que les aplica.

D. 4.15.17 El sistema habilitar La publicación en el portal dependerá de que el

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

cada formato para su publicación en el Portal, siempre y cuando ya se haya habilitado para su uso en el módulo de Integración de Información.

artículo o fracción al que corresponda el formato también esté habilitado para la publicación.

D. 4.16 Relación de Sujetos Obligados con formatos

D. 4.16.1

El sistema permitirá relacionar cada uno de los Entes con los formatos de cada artículo y/o fracción, según le apliquen.

Considerando aquellos casos en los que el Sujeto está obligado pero por su naturaleza o razón de ser no le aplican.

D. 4.16.2 El sistema permitirá cambiar las relaciones de cada uno de los Sujetos con los formatos.

D. 4.16.3

El sistema permitirá eliminar las relaciones de cada uno de los Entes con los formatos.

La eliminación será una baja lógica.

D. 4.17 Administración de información histórica

D. 4.17.1

El sistema permitirá realizar respaldos de la información de transparencia de todos los Sujetos Obligados, de uno o varios años.

Para realizar el respaldo se deberá especificar el año del cual se desea el respaldo.

El respaldo incluirá la información de transparencia contenida en la base de datos así como sus archivos anexos. Adicionalmente, se deberán incluir en el respaldo los formatos asociados a la información.

D. 4.17.2El sistema permitirá eliminar la

El sistema deberá validar que no se elimine la información del año en curso. Adicionalmente,

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

información de transparencia de todos los Sujetos Obligados, de uno o varios años.

validará que exista un respaldo de la información de los años indicados. Los formatos asociados no se eliminarán del sistema.

D. 4.17.3

El sistema permitirá restaurar la información de transparencia contenida en respaldos.

Para realizar la restauración se deberá anexar el archivo del respaldo que se desea recuperar.

El sistema deberá validar que no exista información de los años a restaurar. En caso de existir información, deberá eliminarse así como los archivos anexos asociados antes de realizar la restauración.

El sistema deberá validar si el espacio disponible en el servidor es suficiente para realizar la restauración.

El sistema también deberá restaurar los formatos.

D. 4.17.4

El sistema calculará el volumen de información que se respaldará o eliminará.

La estimación del volumen deberá considerar la información contenida en la base de datos así como de los archivos anexos.

D. 4.17.5Al iniciar el proceso de respaldo, eliminación o restauración de información, el sistema deshabilitará el acceso al módulo de Integración de Información para todos los Sujetos.

D. 4.17.6Al finalizar el proceso de respaldo, eliminación o restauración de información, el sistema habilitará el acceso al módulo de Integración de Información para todos los Sujetos.

D. 4.17.7 El sistema notificará los errores que llegasen a ocurrir durante el proceso de respaldo, eliminación o restauración de información.

D. 4.17.8 El sistema registrará en una bitácora todos los respaldos, eliminaciones y restauraciones de información que se

La información que se considerará será la siguiente: Proceso (Respaldo, eliminación, restauración).

Año respaldado / eliminado / restaurado.

Cantidad de registros.Página 112 de 192

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

realicen. Cantidad de archivos.

Fecha y hora en que inició el proceso.

Fecha y hora en que terminó el proceso.

D. 4.18 Copiar información de transparencia del periodo anterior

D. 4.18.1

El sistema permitirá realizar la copia de la información de transparencia del periodo anterior, mediante la selección de los artículos y fracciones que se deseen copiar.

El sistema mostrará todos los artículos y fracciones de la estructura vigente, especificando cuáles se indicaron que si se pueden copiar. Además se considerará ingresar el año de origen del cual se tomará la información de los Sujetos y el año destino al que se copiará la información.

D. 4.18.2

El sistema notificará cuando exista información correspondiente al año destino al que se requiere copiar la información.

En caso de que el usuario confirme que desea continuar con la copia, la información existente se eliminará y se copiará la información del año anterior.

D. 4.18.3Al realizar la copia el sistema generará una réplica de la información contenida en el año de origen y la asigna al año de destino, de los artículos y fracciones seleccionados.

E. 5. CONTROL DE ACCESO

E. 5.1 El sistema solicitará la autenticación de los usuarios para el acceso a los módulos de Integración de información de transparencia, Administración y Evaluación de

El uso de certificados digitales dependerá de que la opción haya sido habilitada desde el módulo de Administración.Y el proceso para la validación de un certificado digital será llevado por la Unidad Certificadora. El sistema solamente recibirá el resultado de dicho proceso que consistirá en indicar sí es válido o no el certificado.

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

Información a través de clave de usuario y contraseña y opcionalmente, mediante el uso de certificados digitales.

E. 5.2El sistema contemplará un tiempo de 20 minutos de inactividad para la expiración de las sesiones.

E. 5.3

El sistema registrará en una bitácora los movimientos realizados en los módulos de Integración de información de transparencia, Administración y Evaluación de Información.

Los datos que se considerarán son: Usuario (Que realiza la actividad).

Fecha y Hora.

Componente (Sección del sistema).

Operación.

Ley /Artículo / Fracción / Formato (Aplica sólo para las operaciones realizadas en el módulo de Integración de información de Transparencia).

Sujeto Obligado (Aplica sólo para las operaciones realizadas en el módulo de Integración de información de Transparencia y en el de Evaluación de la información).

E. 5.4El sistema permitirá al Administrador habilitar y deshabilitar el uso de certificados digitales para la autenticación de usuarios.

F. 6. MEJORAS A LA HERRAMIENTA

F. 6.1. PORTAL

F. 6.1.1. Se deberán revisar, configurar y adecuar las herramientas desarrolladas que permiten la integración del buscador empresarial con la herramienta de

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

obligaciones de transparencia tomando en cuenta que podrá existir una configuración de normatividad distinta para cada entidad federativa, dado que la herramienta actualmente está diseñada para una sola Entidad Federativa.

F. 6.1.2.

Se deberá agregar funcionalidad que permita establecer un vínculo entre dos formatos, por ejemplo, si se consulta el formato que muestra datos relacionados con el directorio de servidores públicos y en este se contempla la clave del puesto, que el usuario tenga la posibilidad de dar clic en esa clave y que se muestre una plantilla con el detalle correspondiente a la clave del puesto. (Funcionalidad actual del POT)

F. 6.1.3.

Se deberá agregar funcionalidad que permita a los particulares realizar búsquedas de información por sujetos obligados agrupados por rubros, es decir, si se considera realizar búsquedas por “Finanzas” se consulten todas las dependencias que se han clasificado en dicho rubro a nivel nacional, sin necesidad, de seleccionarlas una por una.

Para lograr lo anterior, se deberá implementar un catálogo de equivalencias para agrupar todas las dependencias de gobierno por “sector”.

F. 6.1.4.La solución deberá identificar los campos comunes de la configuración, para que cuando se comparen sujetos obligados que pertenezcan a entidades federativas diferentes solo se muestren dichos campos.

F. 6.1.5. La solución del buscador empresarial deberá considerar el mapeo de los campos comunes que se generan para cada Entidad Federativa.

F. 6.1.6. Módulo de denuncia por incumplimiento

En el Portal de Obligaciones de Transparencia (POT) se deberá incluir un mecanismo que permita a los particulares registrar denuncias por incumplimiento a las obligaciones de transparencia, la denuncia se podrá realizar a través de un nombre de usuario o contraseña que previamente se haya registrado en la PNT. Los datos considerados para el registro de denuncias son los siguientes:

1) Datos obligatorios.

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

Nombre del sujeto obligado denunciado. Descripción clara y precisa del incumplimiento. Medio para recibir notificaciones.

2) Datos opcionales Archivos con medios de prueba del incumplimiento. Nombre del denunciante. Perfil (edad, genero, nacionalidad, escolaridad y ocupación)

Cabe mencionar que los datos ingresarán a un procedimiento que será configurado en el BPM existente en la PNT o uno propuesto por el proveedor que cuente con el VoBo de la DGTI del INAI y que en su caso exista una configuración particular para cada entidad federativa de acuerdo a la normatividad que emita el Sistema Nacional de Transparencia.

F. 6.1.7.Se deberán realizar ajustes en el diseño al módulo denominado “portal ciudadano” del POT, para homologarlo al diseño general de la PNT, así como el diseño responsivo para consulta mediante dispositivos móviles inteligentes.

F. 6.1.8. Se deberá agregar funcionalidad al mecanismo que exporta la información del POT en los formatos XLS, XML, TXT, CSV y JSON.

F. 6.2. INTEGRACIÓN DE INFORMACIÓN

F. 6.2.1.

Se deberá estandarizar el código de página utilizado en el Sistema de Obligaciones de Transparencia con el fin de garantizar la correcta interpretación de los datos cargados en la herramienta, contemplado el mismo estándar en el módulo de carga masiva.

F. 6.2.2.Se deberá estandarizar los formatos de expresiones regulares (definición de caracteres especiales y reglas de negocio) utilizados para validar la carga masiva de información mediante archivos XML.

F. 6.2.3.Se deberá mejorar el mecanismo de carga masiva de información de tal forma que se realice en procesos paralelos aprovechando los recursos de infraestructura disponibles.

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

F. 6.2.4Se deberá modificar la funcionalidad de validación de caracteres que actualmente existe para que sea configurable desde un archivo, dado que actualmente se encuentra en código.

F. 6.2.4.Se deberán modificar los mensajes de error enviados por la solución como resultado de la carga masiva de información de tal manera que sean comprensibles para usuarios no técnicos.

F. 6.2.5. La solución deberá ofrecer un mecanismo de notificación de estado de carga de información masiva vía correo electrónico.

F. 6.3. EVALUACIÓN DE INFORMACIÓN

F. 6.3.1.Se deberá revisar la funcionalidad del módulo de evaluación y realizar las mejoras necesarias.

F. 6.3.2.Se deberán integrar las opciones de evaluación para que el administrador general tenga acceso a las mismas, así como de todas las opciones disponibles en el sistema.

F. 6.4. ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA

F. 6.4.1.Se deberá realizar la adecuación para que el sistema permita la configuración de formatos de manera general y estos puedan heredarse hacia las Entidades Federativas.

F. 6.4.2.En las páginas que corresponda la visualización de listados grandes de formatos, campos, criterios, asignación de formatos, asignación de artículos, temas, subtemas, etc., se deberán implementar mecanismos de filtrado.

F. 6.4.3.Mejorar la funcionalidad del respaldo de información, así como de la recuperación de la misma, de acuerdo con las opciones configuradas en el sistema.

F. 6.4.4.La consulta de las bitácoras (integración de información y movimientos) deberá restringirse de acuerdo al perfil del usuario.

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_____________________________________________________________________________________________________

NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

F. 6.4.5. Se deberá desarrollar un tramo de administración de tres niveles:

Administrador General

o Se deberá agregar la funcionalidad de un perfil de usuario denominado “Administrador general”, este rol solo podrá ser asignado a un único usuario.

o La solución deberá permitir al administrador general dar de alta, modificar y dar de baja lógica a las diferentes entidades federativas del país.

o La solución deberá permitir al administrador general crear, modificar, dar de baja lógica y asignar cuentas de usuario para cada entidad federativa del país.

o La solución deberá contar con un catálogo de sectores que permita clasificar a los diferentes sujetos obligados de cada entidad federativa.

o Actualmente la solución solo permite un usuario con el rol “Admin”, deberá modificarse la funcionalidad para que se puedan crear, modificar, dar de baja y asignar tantos usuarios con este rol por cada Entidad Federativa.

Administrador de entidad federativa

o La solución deberá permitir a cada Entidad Federativa registrar a los sujetos obligados correspondientes.

o La solución deberá permitir a cada Entidad Federativa crear, modificar, dar de baja lógica y asignar cuentas de usuario para cada sujeto obligado.

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

o La solución deberá permitir clasificar a cada uno de los sujetos obligados de acuerdo a un catálogo de sectores previamente configurado por el administrador general.

Administrador de sujeto obligado

o Se deberán agregar los campos de control necesarios que permitan identificar la pertenencia de cada sujeto obligado con su Entidad Federativa.

o La solución deberá permitir a cada sujeto obligado registrar a sus diferentes unidades administrativas.

o La solución deberá permitir a cada sujeto obligado crear, modificar, dar de baja y asignar cuentas de usuario para cada unidad administrativa.

F. 6.5.

La solución deberá permitir realizar la configuración de formatos, periodos de evaluación, sujetos obligados, normatividad, catálogos generales, asignación de formatos, artículos, fracciones, criterios, bitácora, copia de información a cada una de las entidades federativas.

F. 6.6.La solución deberá permitir heredar la configuración de la Ley General de Transparencia a nivel de normatividad y formatos, para que cada entidad federativa realice los ajustes necesarios.

F. 6.7. La solución deberá contar con un mecanismo que permita la habilitación de edición de los formatos heredados por las Entidades Federativas.

F. 6.8.

La herramienta deberá contemplar la generación de web service dinámicos para que se construyan conforme se configuren los formatos en el Sistema de Obligaciones de Transparencia y estos de manera automática se conecten al bus de comunicaciones existente en la PNT.

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NÚM. REQUERIMIENTO DESCRIPCIÓN

F. 6.9.

Se deberá realizar la adecuación correspondiente para que el sistema permita el ingreso de un nivel más (inciso) en el apartado de artículos y fracciones, así como de la replicación de la misma funcionalidad en todos los módulos del sistema.

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7. Sistema de Evaluación de las Obligaciones de Transparencia

Desarrollar una herramienta informática mediante la cual se gestionen las diferentes etapas del proceso de evaluación de la Información Pública de Oficio, al tiempo de ofrecer niveles de acceso con privilegios diferenciados acorde al rol de responsabilidades que atenderán los diferentes actores del proceso.

Para cumplir tal cometido, se requiere tomar en cuenta los siguientes aspectos:

a) El Sistema de Evaluación de las obligaciones de transparencia se basará en un conjunto ordenado de normas y procedimientos que regularán dicho proceso. Las más relevantes son:

La Ley General de Transparencia en su Título Quinto, Capítulo I al VI, artículos 60 al 88;

Los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación y evaluación de la información pública de oficio establecida en el Título Quinto de la Ley General de Transparencia;

Los criterios y metodología de evaluación de la información de oficio en el ámbito federal;

El “Padrón de Sujetos Obligados”, que estará conformado por cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal.

b) Para construir la herramienta de gestión del proceso de evaluación de la información de oficio, el Sistema a desarrollar deberá considerar los siguientes elementos:

Carga y consulta del “Programa Anual de Verificación y Evaluación” donde estarán establecidos los periodos de evaluación

Catálogo de Unidades Administrativas que intervienen en el proceso de verificación y evaluación; que, de acuerdo con las características de cada Entidad Federativa, realizarán la evaluación.

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El sistema deberá permitir la agrupación de sujetos obligados para ser evaluados por la Unidad Administrativa del Órgano Garante de cada una de las Entidades.

Catálogo de evaluadores asignados por cada una de las unidades administrativas evaluadoras, que incluya la posibilidad de agrupar los sujetos obligados que serán evaluados para que sean asignados a cada uno de los evaluadores.

Proceso que permita la consulta del “Padrón de Sujetos Obligados” y la asignación aleatoria de sujetos obligados a las áreas correspondientes

Catálogo de direcciones electrónicas de los portales de internet de todos los sujetos obligados

Identificar los tres tipos de evaluación: diagnóstica, vinculatoria con recomendaciones, vinculatoria con vistas al órgano de control así como, si es de forma aleatoria o muestral

Elaboración de una herramienta flexible que permita la carga de los criterios a evaluar, el registro de códigos de evaluación asignados por criterio, así como los requerimientos, recomendaciones u observaciones (Art. 84 LGTAIP) (tabla de verificación) formulados por el área evaluadora de acuerdo con las obligaciones de cada sujeto obligado

El Sistema programará la asignación de artículos, fracciones e incisos que le corresponda a cada sujeto obligado.

c) Al iniciar cada proceso de evaluación, que consistirá en verificar que la información esté completa, publicada y actualizada en tiempo y forma, el Sistema permitirá:

Controlar las distintas versiones de los documentos emitidos.

d) Al término de la evaluación el Sistema deberá generar:

Un archivo (tabla de verificación) con el registro de códigos de evaluación asignados por criterio, los requerimientos, recomendaciones u observaciones y los índices simples, compuestos y globales por cada sujeto obligado evaluado.

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La tabla de verificación de cada sujeto obligado evaluado estará disponible para que la unidad administrativa responsable de la evaluación realice la validación correspondiente.

El Sistema permitirá la retroalimentación entre la Dirección General de Evaluación y el área evaluadora correspondiente en un periodo establecido.

Una vez validadas, el Sistema emitirá el Documento de requerimientos, recomendaciones u observaciones para cada sujeto obligado que constituirá el Dictamen.

El Sistema emitirá el Informe de Resultados y el Dictamen correspondiente por sujeto obligado para su presentación al Pleno del INAI.

Las tablas de verificación retornarán a las áreas generadoras para la notificación de los resultados al sujeto obligado evaluado.

Revisar y en su caso adecuar el módulo de consulta ciudadana de los resultados que deberá estar disponible por Entidad Federativa y Sujeto Obligado.

8. Sistema de Gestión de Medios de Impugnación (Recurso de Revisión y Atracción)

Características generales:

Plataforma web diseñada e implementada bajo los estándares de la industria.

Accesibilidad y usabilidad establecidos:

o Estándares del W3C (Consorcio World Wide Web).

o Guía para la Acción Pública (GAP). Los sitios web accesibles. Una herramienta para el acceso a la información y a la interacción en condiciones de igualdad: http://www.conapred.org.mx/userfiles/files/GAP-Web-OK-Accss.pdf

o Ser fácil de utilizar.

o Intuitivo.

o Tener tiempos de respuesta ágiles. Página 123 de 192

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o Debe ser funcional e independiente del cliente en el que se ejecute.

La plataforma debe permitir el acceso mediante distintos mecanismos que permitan la integración con software Single Sign On.

La plataforma debe permitir el uso de FIEL como mecanismo para la identificación de usuarios.

Firmado electrónico.

Manejo de flujos de trabajo configurables y adaptables en cualquier momento mediante el BPM existente en la PNT o BPM propuesto por el proveedor previo VoBo de la DGTI del INAI, para cada Entidad Federativa.

Posibilidad de extender la funcionalidad utilizando distintos medios como servicios web y módulos programados que se acoplen a la solución.

Mecanismos de envío de información como correo electrónico, SMS dirigidos a los recurrentes, mensajes a través del mismo sistema, configurables en su contenido y presentación.

Manejo de grupos de usuarios y grupos de sujetos obligados.

Administración de usuario y áreas de adscripción independiente de los procesos y funcionalidad del sistema.

Administración de unidades administrativas internas y externas al Órgano Garante por cada Entidad Federativa.

Administración por procesos o funcionalidades.

Administración de usuarios con distintos niveles de acceso a funcionalidad y/o información.

La herramienta deberá considerar un mecanismo que permita extraer información estadística y depositarla en tablas resumen, con la finalidad de construir un tablero de control que apoye la toma de decisiones, a través de semáforos, gráficos de barras y alertas a los usuarios de las entidades federativas, sujetos obligados y unidades administrativas, en el seguimiento a los procedimientos y los pasos que les son asignados dentro del flujo de trabajo que se configure en el BPM.

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o Dicho mecanismo deberá ser totalmente configurable y cada entidad federativa será responsable de su parametrización de acuerdo a la configuración de los procedimientos establecidos.

o Los rubros considerados a ser graficados son los siguientes:

o Procedimientos registrados, procedimientos en trámite, procedimientos concluidos y gestión interna de procedimientos.

o Cabe mencionar que las gráficas mostrarán información relacionada con el alcance del usuario que está ingresando al módulo, es decir, dependiendo del perfil del usuario se mostrará la información de su competencia.

o Así mismo, la herramienta deberá considerar como primer filtro para mostrar la información un periodo de tres meses anteriores a la fecha actual, esto con la finalidad de no afectar el desempeño de la herramienta.

o Procedimientos registrados (totalidad de recursos de revisión y recursos de inconformidad)

o Gráfica de barras con el número de procedimientos registrados distribuidos por año, el dar clic sobre alguna de las barras permitirá mostrar una nueva gráfica de barras con el detalle del año seleccionado distribuyendo los procedimientos registrados por mes, este mecanismo se utilizará para mostrar información por semana del año y en la última gráfica por día, al dar clic sobre una barra de día, la aplicación mostrará una tabla con todos los procedimientos registrados en el día seleccionado donde se podrá visualizar el número de folio, la fecha de registro, entidad federativa, sujeto obligado y el nombre del particular.

o Los filtros adicionales que deberá contemplar esta gráfica serán: sector, entidad federativa, sujeto obligado, nombre del particular y periodo, las opciones de filtrado se descartarán de acuerdo al alcance del usuario registrado.

o Procedimientos en trámite (Con fecha de registro y sin fecha de conclusión)

o Grafica de barras apiladas con colores de semáforo, se requiere que cada nivel de usuario (administrador general, administrador de entidad federativa y administrador de

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sujeto obligado) tenga la opción de configurar el número de días para cada uno de los tres rangos (rojo, amarillo y verde), cuando el usuario dé clic sobre alguno de los colores será necesario mostrar la tabla con el listado de los procedimientos en trámite que corresponda, adicionalmente, se requiere que se implemente un mecanismo que alerte a los usuarios del tablero cuando un procedimiento pase de un rango a otro, esta alerta se debe realizar vía correo electrónico dependiendo de la configuración establecida por el usuario.

o La tabla de detalle que se deberá mostrar al dar clic sobre alguno de los tres colores de semáforo de la gráfica contendrá la siguiente información: número de folio, fecha límite de atención, días naturales entre la fecha límite de atención y la fecha actual, en su caso, número de folios turnados a ponencias, número de folios concluidos que fueron turnados a las ponencias, vínculo a una tabla que muestre los folios turnados y generados para dicho procedimiento, el orden para mostrar la información deberá ser de acuerdo a los días naturales entre la fecha límite de atención y la fecha actual de menor a mayor.

o La tabla que contendrá el detalle de los folios turnados a las ponencias debiendo mostrar la siguiente información: estado del folio (Pendiente o Concluido), número de folio, ponencia, fecha de turnado y en su caso fecha de respuesta.

o Procedimientos concluidos (fecha de conclusión)

o Gráfica de barras apilada con dos elementos, el primero de ellos con el total de procedimientos concluidos y el segundo con el número de procedimientos en trámite.

o Gestión interna de procedimientos

o La herramienta deberá generar gráficas de barras con el número de procedimientos que han sido turnados a las diferentes ponencias, al dar clic sobre alguna de las barras se deberá mostrar una tabla detalle con la siguiente información: folio, fecha de turnado, fecha de respuesta, y los días transcurridos entre las dos fechas anteriores.

o La herramienta deberá generar gráficas de barras con el número de procedimientos que fueron asignadas a las diferentes ponencias y que se encuentran pendientes de atención, al dar clic sobre alguna de las barras se deberá mostrar una tabla detalle con la siguiente

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información: folio, fecha de turnado, fecha de respuesta y los días transcurridos entre las dos fechas anteriores.

o Los filtros disponibles para este tipo de gráficas deben considerar: sujeto obligado, ponencia y periodo.

o En resumen el módulo de tablero de control deberá contar con:

o Una sección de administración que permita configurar el nombre y correo electrónico de las personas que recibirán las alertas

o Una sección de administración que permita configurar los rangos (rojo, amarillo y verde) que serán establecidos para la gráfica de semáforo.

o Una sección de administración de gráficas para procedimientos en trámite y concluidos que permita identificar pasos clave del procedimiento configurados en el BPM, que habilitarán banderas en una tabla resumen y que indicarán que se crearán gráficas adicionales del procedimiento en trámite y concluido.

o Una sección de despliegue de gráficas resultantes.

o Adicionalmente, cuando se dé clic sobre el número de folio del procedimiento se deberá mostrar una página de detalle con información relevante del procedimiento.

Delegación de actividades.

Actividades parametrizables.

La plataforma debe poder manejar diferentes calendarios aplicables a los procesos y actividades definidas.

Exportación de información en distintos formatos dependiendo de su naturaleza, por ejemplo: PDF, MsWord, Excel, JSON y XML.

Integración con herramientas ETL.

Uso de plantillas para la generación automatizada de documentos.

Mecanismo para generar reportes por configuración de manera rápida.Página 127 de 192

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La plataforma deberá tener un mecanismo de auditoria que permita identificar los accesos y transacciones realizadas por los usuarios, sin que ello afecte del desempeño del sistema.

El sistema debe contar el mecanismo para solventar posibles errores debidos a errores de los usuarios, por ejemplo la posibilidad de realizar nuevamente alguna actividad o cancelar un procedimiento en ejecución. (Regreso de Pasos)

La transmisión de la información en la plataforma de ser mediante un canal cifrado.

Deberá estar totalmente integrada a los demás componentes tecnológicos de la solución, garantizando su compatibilidad para lograr agilidad en la ejecución de cambios y mantenimientos.

Capacidad de diagnosticar el desempeño de la base de datos utilizando trazas y vistas administrativas integradas a la plataforma.

Cifrar los datos que residen en la base de datos empleando algoritmos de cifrado estándares de industria, como lo son DES, Triple DES, TRIPLE_DES_3KEY, RC2, RC4, 128-bit RC4, DESX, 128-bit AES, 192-bit AES, 256-bit AES.

Contar con la capacidad de restringir el acceso a la base de datos según políticas de acceso.

Proteger la privacidad y confidencialidad de la información eliminando la posibilidad de pérdida de información, robo y acceso no autorizado.

Enviar la traza de auditoría hacia una bitácora de sistema, de seguridad o a una localidad remota.

Permitir la definición de registros de auditoría a nivel granular de manera integrada en la gestión de la base de datos, permitiendo auditar consultas, modificaciones, actualizaciones, entradas, salidas; todo esto a nivel de Base de Datos, esquema, tabla, etc.

Permitir el crecimiento de la solución de forma modular de acuerdo a las necesidades del INAI.

Contar nativamente con funcionalidades de compresión de datos almacenados a través de software.

Permitir la carga de datos en tablas a partir de archivos vía una herramienta de carga optimizada de la solución.

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Soporte para grandes volúmenes de archivos. Se debe considerar el uso de un Administrador Empresarial de Contenido que cuente con los requerimientos tecnológicos y con la capacidad para manejar la información documental contenida sin que desmejore su rendimiento.

Como parte del proceso de auditoría, la solución deberá permitir el seguimiento a la información generada en la misma y a las tareas efectuadas por el personal que participa en el proceso, permitiendo la trazabilidad como un componente del mecanismo de seguridad.

Permitir la comunicación de interfaces a través de servicios web y el uso de APIS

Mecanismos de seguridad para acceso a la información (por documento, secciones, categorías, carpetas, etc.).

Exposición en portales e interfaces web del contenido de ciertas partes de los repositorios.

Proveer un panel de seguimiento que permita al usuario visualizar el estado de cada una de los procedimientos que administra la plataforma.

El sistema de gestión de medios de impugnación debe gestionar a través de flujos de trabajo las etapas procesales desde su inicio, hasta su resolución e incluso los eventos posteriores que de esta última deriven, como pueden ser el cumplimiento a la resolución o la impugnación ésta.

Procesos a implantar

Se deberán implementar los siguientes flujos:

Recursos de revisión.

Reposición de proceso.

Audiencias.

Accesos a información clasificada.

Acumulación.

Requerimiento de alcances.

Envío de alcances por parte del sujeto obligado.

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Envío de información.

Cumplimiento a resoluciones.

Inconformidad.

Impugnación.

Medidas de apremio.

Inclusión de terceros interesados.

Atracción.

Recurso de inconformidad.

Recurso de revisión

Esté proceso permite la gestión de un recurso de revisión desde su ingreso hasta la notificación de la resolución.

La integración de recursos de revisión al Sistema se puede hacer mediante la importación de la información desde el sistema de solicitudes de acceso a la información o mediante el registro manual para aquellos casos en los que el recurrente presentó su recurso de revisión por escrito libre o medio impreso.

El proceso de recurso de revisión integra a algunos “subprocesos” que le permiten extender la funcionalidad, estos se describen a continuación:

Cumplimiento a resoluciones del Pleno

Este proceso permite a la Dirección de Seguimiento a Resoluciones, vigilar que los sujetos obligados cumplan en tiempo y forma con las resoluciones emitidas por el Pleno del Instituto.

Inconformidad

Este es un subproceso asociado al Cumplimiento a Resoluciones, permite dar seguimiento a aquellos casos en los que un recurrente informa a la Dirección de Seguimiento a Resoluciones

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que no está conforme con la forma en que la Unidad de Transparencia dio cumplimiento a la resolución del Pleno.

Alcances Unidad de Transparencia

Éste subproceso está asociado al proceso de recurso de revisión y permite a las unidades de Transparencia enviar información que consideren pertinente para la resolución del recurso de su interés.

Envío de Información a la Unidad de Transparencia

Es un subproceso que permite enviar información a las unidades de Transparencia por parte de las Ponencias del Instituto, sin que se requiera una respuesta de parte de ellas, es decir, el envío de información es únicamente informativo.

Acuerdo de Trámite

Mediante el subproceso de acuerdo de trámite se pueden generar diferentes flujos: solicitud de audiencia, solicitud de acceso a información clasificada, solicitud de acumulación y notificación de acumulación a la Unidad de Transparencia o similar en el ámbito nacional.

Requerimiento de Alcances

El subproceso de alcances permite a las Ponencias solicitar a las unidades de enlace información adicional que el Comisionado Ponente considere necesaria o importante para la resolución del recurso de revisión.

Flujos de trabajo y Atención

Este módulo, fundamental para el sistema, será quien se encargue de generar, administrar y controlar todos los procesos requeridos para la gestión de los recursos de revisión, así como la configuración de tiempos, alertas y notificaciones necesarias.

Administración y publicación de formularios

Contar con un servicio que facilite el desarrollo de formas electrónicas para la captura y asociación a flujos de trabajo:

Creación y publicación de formas electrónicas.

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Asociación a flujos.

Manejo de versiones, de forma en que un cambio en una forma o flujo, no afecte los procesos que se encuentran en ejecución.

Cada proceso debe contar con un flujo asociado que deberá estar totalmente integrado y administrado por una solución que contenga:

Diseño e implementación de los flujos permitiendo a usuarios con conocimientos del proceso de negocio y posterior a una transferencia de conocimiento por parte del proveedor, puedan representar los pasos a seguir.

Ejecución y administración. Los flujos deberán poder realizar las siguientes actividades:

Podrán ser ejecutados desde los formularios.

Podrán ser ejecutados desde otros medios o sistemas.

Podrán ejecutar diferentes tareas.

Podrán contar con flujos asociados (subprocesos)

Podrán definirse tiempos promedio de resolución, con el fin de asignar notificaciones y alertas en caso de que dichos tiempos no se cumplan.

Podrán ser revisados y reiniciados manualmente en caso de errores no esperados.

Notificaciones y alertas

El sistema deberá poder emitir notificaciones y alertas:

La solución deberá permitir el envío de notificaciones automáticas definidas mediante reglas de negocio, ante eventos y cambios de estatus o cumplimiento o número de fechas predeterminadas en el proceso.

o Las notificaciones deberán poder dirigirse a cualquiera de los involucrados en el caso correspondiente e incluso a más de una parte simultáneamente.

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o La notificación podrá consistir en un correo electrónico, en cuyo cuerpo se integra un texto predefinido con contenido HTML más la información variable correspondiente.

o Las notificaciones se podrán enviar como liga de acceso a los documentos y como archivo adjunto, considerando mecanismos de seguridad que solo permitan el acceso al documento notificado, mediante el uso de usuario, contraseña y certificado digital.

o Las notificaciones y alertas pueden ser tareas específicas asignadas en los flujos de trabajo.

o Las notificaciones y alertas pueden ser generadas fuera de los flujos, en caso de que los tiempos promedio de respuesta no se cumplan o surjan errores no esperados.

o Las notificaciones y alertas deben ser bajo la forma de: Correos

SMS (Solo usuarios recurrentes)

Redes sociales (Solo usuarios recurrentes)

Consulta y seguimiento al estado de los flujos

La plataforma deberá contar con herramientas de reporteo y visualización:

Visualización de los flujos en sus diferentes estados.

Manejar diferentes niveles de permisos, pudiendo filtrarse por diferentes niveles jerárquicos.

Posibilidad de crear reportes específicos.

Requisitos adicionales a la Funcionalidad

La solución deberá contar con los siguientes componentes de arquitectura tecnológica para garantizar la funcionalidad requerida y ofrecer funcionalidad adicional necesaria para la correcta operación del sitio del sistema:

o Capacidad de almacenamiento y tratamiento de información y evidencias en las diferentes etapas del proceso.

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El Sistema deberá permitir ingresar y almacenar los diferentes documentos digitales, notas, pruebas y evidencias presentados durante las diferentes etapas del proceso. Esta información deberá ser almacenada en el sistema de manera integrada con el Administrador Empresarial de Contenido.

Proveer esquemas de colaboración entre los involucrados.

Mantener un histórico de la información o documentos utilizados en el proceso.

o Capacidad de generar Flujos de trabajo asíncronos.

o Interfaz para Dispositivos móviles, Tableta, Teléfonos inteligentes, Escritorio y Web. (Interfaz responsiva)

o Motor para el manejo de Flujos de Trabajo síncrono y asíncrono.

Módulos de apoyo al proceso

Expediente electrónico

El sistema debe ser capaz de gestionar la información documental asociada a los expedientes de los recursos de revisión considerando el ciclo de vida documental alineado a los procesos institucionales.

El listado de documentos que integran el expediente electrónico debe ser parametrizable, es decir, los administradores del sistema pueden definir que documentos recolectados durante la gestión de un recurso de revisión forman o no parte del expediente electrónico. Se debe poder configurar que documentos pueden ser agregados si no son recolectados durante la gestión, así como la visibilidad de los mismos de acuerdo a los roles de los usuarios.

Gestión documental

El sistema deberá ser capaz de almacenar documentos:

Almacenamiento de los contenidos documentales generados en los procesos y accesibles desde los procesos.

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Soporte para grandes volúmenes de archivos. Se debe considerar que el Administrador Empresarial de Contenido cuente con los requerimientos tecnológicos y con la capacidad para manejar la información documental contenida sin que desmejore su rendimiento.

Soporte para el ciclo de vida de documentos (resguardo, acceso, destrucción, control de versiones, etc.).

Soportar diferentes formatos y tipos de documentos.

Importación de recursos de revisión

Para la gestión de un recurso de revisión el sistema deberá establecer comunicación con el sistema de solicitudes de acceso a la información a fin de que todos los recursos de revisión interpuestos por ese medio puedan ser importados al sistema de gestión de medios de impugnación en forma automatizada o a petición de un usuario con los privilegios necesarios.

El sistema de gestión de medios también debe poder acceder y en su caso importar la información de solicitudes de información interpuestas en el sistema de solicitudes de acceso a la información.

La aplicación debe permitir registrar un recurso de revisión en forma manual y validar los datos registrados versus la información de la solicitud asociada a ese recurso, esto con la finalidad de evitar errores humanos.

Se debe poder crear una relación entre una misma solicitud de información y varios recursos de revisión es decir se debe poder dar seguimiento como un mismo expediente el proceso o procesos de reposición a una resolución.

Turnado de recursos de revisión

El sistema tendrá un módulo de turnado en el cual los usuarios con los roles adecuados podrán asignar los medios de impugnación a los comisionados.

Este módulo debe permitir turnar a uno, a varios o a todos los comisionados de acuerdo a la configuración que los usuarios encargados de su operación le den.

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Este módulo debe poder identificar aquellos recursos de revisión cuya interposición es extemporánea y caracterizarlos en ese sentido.

Al momento de turnar los recursos de revisión se les deben asociar los plazos máximos para su resolución. En caso de que el calendario de días inhábiles asociado al proceso de recurso de revisión se modifique los plazos de resolución deberán actualizarse automáticamente.

Terceros interesados

Durante la gestión de un recurso de revisión debe ser posible la integración de uno o más actores nuevos a los cuales se les denominará “terceros interesados”, estos actores podrán ser notificados a los actos que ocurran a partir de su ingreso al proceso.

Si el tercero interesado es un usuario del sistema, se le debe de poder notificar a través de éste, de lo contrario a través de los otros mecanismos que provea el sistema, la información relativa a esas notificaciones debe quedar registrada en el sistema como parte del expediente electrónico.

Si el tercero interesado es un usuario del sistema debe poder enviar información al Instituto a través de la aplicación, siempre y cuando el estado del proceso en el que participa lo permita.

Módulo de atracción

El sistema deberá integrar un módulo en el cual un usuario con un rol específico podrá consultar todos los recursos de revisión que se han registrado a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, en dicho módulo se podrán realizar consultas sobre la información de registro de los recursos de revisión, así como, en la información de registro de las solicitudes de información pública y datos personales a las que están asociados los recursos de revisión.

Detectado un recurso de revisión interpuesto ante alguna de las Entidades Federativas que cumpla con los criterios de atracción establecidos, deberá existir el mecanismo que permita la atracción del expediente correspondiente para ser resuelto por el INAI, sin que la Entidad Federativa y el recurrente pierdan vista del caso.

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Módulos de Administración

Administración de grupos

Permite crear y modificar grupos de usuarios de la APF que serán usados para el envío de requerimientos y comunicados por parte de la Unidad Administrativa competente del INAI.

Registro de operadores de la Unidad de Transparencia

Este módulo permite a los Titulares de las Unidades de Transparencia de los sujetos obligados dar de alta usuarios que los apoyen con la atención de los asuntos que se les notifican a través del Sistema de Medios de Impugnación.

Registro de usuario del comité de información

Este módulo permite a los Titulares de las Unidades de Transparencia de los sujetos obligados registrar usuario con el perfil del comité de información, este perfil es de sólo lectura y puede tener vista a toda la información que se encuentra en el tablero de control del sujeto obligado en cuestión, pero sin posibilidad de ejecutar actividad alguna.

Módulo de regreso de pasos

Permite al INAI o a las Entidades Federativas en sus correspondientes flujos del proceso, el regreso a un estado previo con la finalidad de que los usuarios puedan corregir la información registrada en el sistema.

Módulo de cancelación de procesos

Permite al INAI o a las Entidades Federativas terminar procesos que se hubieran disparado por error en sus correspondientes flujos.

Administración de leyendas

Permite al INAI o a las Entidades Federativas definir una leyenda que será incluida en los correos electrónicos y/o notificaciones que sean enviados desde la aplicación. A la leyenda se le puede definir una vigencia.

Módulo de asistentesPágina 137 de 192

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Esté módulo permite registrar usuarios como asistentes de otros usuario, con ello podrán atender las actividades de las cuales el usuario asistido es responsable.

Administración de calendarios

En él se pueden registrar distintos tipos de calendarios para los cuales se puede designar los días inhábiles que serán utilizados en la gestión de las actividades.

Organigrama

Permite dar de alta usuarios, roles y departamentos, así como definir las relaciones entre ellos.

Requerimientos no funcionales

Seguridad

La solución deberá ser completamente confiable, segura y escalable, por lo que debe cubrir estos aspectos desde su concepción arquitectónica, así como utilizar e implementar productos de administración y operación tanto de la solución como de los códigos y configuraciones fuente.

La arquitectura de la plataforma debe de contar con procesos y mecanismos para la mitigación de amenazas:

Falsificación:

o La información presente en el portal debe contar con un estricto mecanismo de acceso, pudiendo ser vista, modificada e incluso borrada solo por los actores. Ningún actor no autorizado puede modificar la información contenida en la aplicación.

o La información no puede ser borrada físicamente. En caso de ser requerido, esta puede únicamente ser borrada lógicamente, a menos que si naturaleza haga necesario un borrado físico.

No Repudiación:

o Todas las operaciones dentro del portal, deberán estar adecuadamente autorizadas y registradas.

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o Las operaciones realizadas por los usuarios deben ser registradas con base en el mecanismo de autenticación definido por el INAI.

o Todas las operaciones deberán dejar un registro de quien, cuando y que acción correspondió con dicha operación

Revelar información:

o Se debe tener especial cuidado en no revelar ni compartir información proporcionada por los ciudadanos, bajo los términos y lineamientos de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares (LFPDPPP)

o Negación de servicio:

o La plataforma debe ser altamente escalable y deberá contar con monitoreo continuo y esquemas de protección contra ataques de negación de servicio.

Elevación de privilegios

9. Sistema de Comunicación entre Órganos Garantes y Sujetos Obligados

Se deberá configurar en el BPM con el que cuenta Sistema de Solicitudes de Información o con el BPM propuesto por el proveedor previo Vo.Bo. de la DGTI del INAI, la funcionalidad existente en la Herramienta de Comunicación (HCom), contando con las siguientes características:

Características generales:

Plataforma web diseñada e implementada bajo los estándares de la industria.

Accesibilidad y usabilidad establecidos:

o Estándares del W3C (Consorcio World Wide Web).

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o Guía para la Acción Pública (GAP). Los sitios web accesibles. Una herramienta para el acceso a la información y a la interacción en condiciones de igualdad: http://www.conapred.org.mx/userfiles/files/GAP-Web-OK-Accss.pdf

o Ser fácil de utilizar.

o Intuitivo.

o Tener tiempos de respuesta ágiles.

o Debe ser funcional e independiente del cliente en el que se ejecute.

La plataforma debe permitir el acceso mediante distintos mecanismos que permitan la integración con software Single Sign On.

La plataforma debe permitir el uso de FIEL como mecanismo para la identificación de usuarios.

Firmado electrónico.

Manejo de flujos de trabajo configurables y adaptables en cualquier momento.

Posibilidad de extender la funcionalidad utilizando distintos medios como servicios web y módulos programados que se acoplen a la solución.

Mecanismos de envío de información como correo electrónico, SMS, mensajes a través del mismo sistema, configurables en su contenido y presentación.

Manejo de grupos de usuarios y grupos de sujetos obligados.

Administración de usuario y áreas de adscripción independiente de los procesos y funcionalidad del sistema.

Administración de unidades administrativas internas y externas al Instituto.

Administración por procesos o funcionalidades.

Administración de usuarios con distintos niveles de acceso a funcionalidad y/o información.

La herramienta deberá considerar un mecanismo que permita extraer información estadística y depositarla en tablas resumen, con la finalidad de construir un tablero de control que apoye la toma de decisiones, a través de semáforos, gráficos de barras y alertas a los usuarios de las

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entidades federativas, sujetos obligados y unidades administrativas, en el seguimiento a los procedimientos y los pasos que les son asignados dentro del flujo de trabajo que se configure en el BPM.

o Dicho mecanismo deberá ser totalmente configurable y cada entidad federativa será responsable de su parametrización de acuerdo a la configuración de los procedimientos establecidos.

o Los rubros considerados a ser graficados son los siguientes:

o Procedimientos registrados, procedimientos en trámite, procedimientos concluidos y gestión interna de procedimientos.

o Cabe mencionar que las gráficas mostrarán información relacionada con el alcance del usuario que está ingresando al módulo, es decir, dependiendo del perfil del usuario se mostrará la información de su competencia.

o Así mismo, la herramienta deberá considerar como primer filtro para mostrar la información un periodo de tres meses anteriores a la fecha actual, esto con la finalidad de no afectar el desempeño de la herramienta.

o Procedimientos registrados (totalidad de recursos de revisión y recursos de inconformidad)

o Gráfica de barras con el número de procedimientos registrados distribuidos por año, el dar clic sobre alguna de las barras permitirá mostrar una nueva gráfica de barras con el detalle del año seleccionado distribuyendo los procedimientos registrados por mes, este mecanismo se utilizará para mostrar información por semana del año y en la última gráfica por día, al dar clic sobre una barra de día, la aplicación mostrará una tabla con todos los procedimientos registrados en el día seleccionado donde se podrá visualizar el número de folio, la fecha de registro, entidad federativa, sujeto obligado y el nombre del particular.

o Los filtros adicionales que deberá contemplar esta gráfica serán: sector, entidad federativa, sujeto obligado, nombre del particular y periodo, las opciones de filtrado se descartarán de acuerdo al alcance del usuario registrado.

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o Procedimientos en trámite (Con fecha de registro y sin fecha de conclusión)

o Grafica de barras apiladas con colores de semáforo, se requiere que cada nivel de usuario (administrador general, administrador de entidad federativa y administrador de sujeto obligado) tenga la opción de configurar el número de días para cada uno de los tres rangos (rojo, amarillo y verde), cuando el usuario dé clic sobre alguno de los colores será necesario mostrar la tabla con el listado de los procedimientos en trámite que corresponda, adicionalmente, se requiere que se implemente un mecanismo que alerte a los usuarios del tablero cuando un procedimiento pase de un rango a otro, esta alerta se debe realizar vía correo electrónico dependiendo de la configuración establecida por el usuario.

o La tabla de detalle que se deberá mostrar al dar clic sobre alguno de los tres colores de semáforo de la gráfica contendrá la siguiente información: número de folio, fecha límite de atención, días naturales entre la fecha límite de atención y la fecha actual, en su caso, número de folios turnados a ponencias, número de folios concluidos que fueron turnados a las ponencias, vínculo a una tabla que muestre los folios turnados y generados para dicho procedimiento, el orden para mostrar la información deberá ser de acuerdo a los días naturales entre la fecha límite de atención y la fecha actual de menor a mayor.

o La tabla que contendrá el detalle de los folios turnados a las ponencias debiendo mostrar la siguiente información: estado del folio (Pendiente o Concluido), número de folio, ponencia, fecha de turnado y en su caso fecha de respuesta.

o Procedimientos concluidos (fecha de conclusión)

o Gráfica de barras apilada con dos elementos, el primero de ellos con el total de procedimientos concluidos y el segundo con el número de procedimientos en trámite.

o Gestión interna de procedimientos

o La herramienta deberá generar gráficas de barras con el número de procedimientos que han sido turnados a las diferentes ponencias, al dar clic sobre alguna de las barras se deberá mostrar una tabla detalle con la siguiente información: folio, fecha de turnado, fecha de respuesta, y los días transcurridos entre las dos fechas anteriores.

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o La herramienta deberá generar gráficas de barras con el número de procedimientos que fueron asignadas a las diferentes ponencias y que se encuentran pendientes de atención, al dar clic sobre alguna de las barras se deberá mostrar una tabla detalle con la siguiente información: folio, fecha de turnado, fecha de respuesta y los días transcurridos entre las dos fechas anteriores.

o Los filtros disponibles para este tipo de gráficas deben considerar: sujeto obligado, ponencia y periodo.

o En resumen el módulo de tablero de control deberá contar con:

o Una sección de administración que permita configurar el nombre y correo electrónico de las personas que recibirán las alertas

o Una sección de administración que permita configurar los rangos (rojo, amarillo y verde) que serán establecidos para la gráfica de semáforo.

o Una sección de administración de gráficas para procedimientos en trámite y concluidos que permita identificar pasos clave del procedimiento configurados en el BPM, que habilitarán banderas en una tabla resumen y que indicarán que se crearán gráficas adicionales del procedimiento en trámite y concluido.

o Una sección de despliegue de gráficas resultantes.

o Adicionalmente, cuando se dé clic sobre el número de folio del procedimiento se deberá mostrar una página de detalle con información relevante del procedimiento.

Delegación de actividades.

Actividades parametrizables.

La plataforma debe poder manejar diferentes calendarios aplicables a los procesos y actividades definidas.

Exportación de información en distintos formatos dependiendo de su naturaleza, por ejemplo: PDF, MsWord, Excel, JSON y XML.

Integración con herramientas ETL.

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Uso de plantillas para la generación automatizada de documentos.

Mecanismo para generar reportes por configuración de manera rápida.

La plataforma deberá tener un mecanismo de auditoria que permita identificar los accesos y transacciones realizadas por los usuarios, sin que ello afecte del desempeño del sistema.

El sistema debe contar el mecanismo para solventar posibles errores debidos a errores de los usuarios, por ejemplo la posibilidad de realizar nuevamente alguna actividad o cancelar un procedimiento en ejecución.

La transmisión de la información en la plataforma debe ser mediante un canal cifrado.

Deberá estar totalmente integrada a los demás componentes tecnológicos de la PNT, garantizando su compatibilidad para lograr agilidad en la ejecución de cambios y mantenimientos.

Capacidad de diagnosticar el desempeño de la base de datos utilizando trazas y vistas administrativas integradas a la plataforma.

Cifrar los datos que residen en la base de datos empleando algoritmos de cifrado estándares de industria, como lo son DES, Triple DES, TRIPLE_DES_3KEY, RC2, RC4, 128-bit RC4, DESX, 128-bit AES, 192-bit AES, 256-bit AES.

Contar con la capacidad de restringir el acceso a la base de datos según políticas de acceso.

Proteger la privacidad y confidencialidad de la información eliminando la posibilidad de pérdida de información, robo y acceso no autorizado.

Enviar la traza de auditoría hacia una bitácora de sistema, de seguridad o a una localidad remota.

Permitir la definición de registros de auditoría a nivel granular de manera integrada en la gestión de la base de datos, permitiendo auditar consultas, modificaciones, actualizaciones, entradas, salidas; todo esto a nivel de Base de Datos, esquema, tabla, etc.

Permitir el crecimiento de la solución de forma modular de acuerdo a las necesidades del INAI.

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Contar nativamente con funcionalidades de compresión de datos almacenados a través de software.

Permitir la carga de datos en tablas a partir de archivos vía una herramienta de carga optimizada de la solución.

Soporte para grandes volúmenes de archivos. Se debe considerar el uso del Administrador Empresarial de Contenido incluido en el sistema de solicitudes de información siempre y cuando este último cuente con los requerimientos tecnológicos y con la capacidad para manejar la información documental contenida sin que desmejore su rendimiento.

Como parte del proceso de auditoría, la solución deberá permitir el seguimiento a la información generada en la misma y a las tareas efectuadas por el personal que participa en el proceso, permitiendo la trazabilidad como un componente del mecanismo de seguridad.

Permitir la comunicación de interfaces a través de servicios web y el uso de APIS

Mecanismos de seguridad para acceso a la información (por documento, secciones, categorías, carpetas, etc.).

Exposición en portales e interfaces web del contenido de ciertas partes de los repositorios.

Proveer un panel de seguimiento que permita al usuario visualizar el estado de cada una de los procedimientos que administra la plataforma.

El sistema de herramienta de comunicación debe gestionar a través de flujos de trabajo la comunicación entre el INAI, las Entidades Federativas y los Sujetos Obligados.

Procesos a implantar

Se deberán implementar los siguientes flujos:

Envío de comunicado a los sujetos obligados.

Requerimientos a los sujetos obligados.

Consultas por parte de los sujetos obligados al Instituto.Página 145 de 192

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Comunicado a los sujetos obligados

Este proceso debe permitir al INAI y Entidades Federativas enviar información a una, varias o todas la unidades de transparencia de los Sujetos Obligados a nivel nacional, este proceso es unidireccional, es decir los destinatarios no tienen oportunidad de dar respuesta a la información que reciben.

Requerimiento a los sujetos obligados

Este proceso debe permitir al INAI y Entidades Federativas solicitar información a una, varias o todas la unidades de transparencia de los Sujetos Obligados a nivel nacional a través de una sola petición y se dará seguimiento de manera independiente a cada uno de los destinatarios.

Consultas por parte de los sujetos obligados al Instituto

Permite a las Unidades de Enlace de la APF enviar a la DGCV preguntas, dudas o solicitud de aclaración sobre algún tema relacionado con el ámbito de competencia del Instituto. Este proceso usa un subproceso para el turnado a las diferentes áreas dentro del Instituto y en su caso solicitar información adicional a las Unidades de Enlace.

10. Motor de Búsqueda

Buscador de la Plataforma Nacional de Transparencia: El buscador tiene como objetivo permitir realizar búsquedas en la información de todos los sujetos obligados a nivel nacional, el alcance de este comprende los siguientes elementos:

Realizar los siguientes tipos de búsquedas:o No estructurada.o Estructurada o categorizada.

Filtrar (detallar) los resultados encontrados al añadir más palabras clave.

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Indexar información contenida en documentos en formato HTML, MS Word, MS Excel, PDF, Power Point y texto plano así como archivos XML.

Tipos de búsqueda

La solución informática permitirá responder eficientemente al menos a dos tipos de búsqueda:

No estructurada:

Será posible buscar información por medio de la introducción de palabras o frases y deberá regresar al menos la información relacionada con la o las fracciones que contengan ese dato. La solución deberá aplicar conceptos de usabilidad que faciliten las consultas al público. Asimismo el sistema deberá realizar búsquedas en el contenido de los archivos que se anexen a la información publicada.

Estructurada o categorizada:

La solución permitirá realizar consultas estructuradas o por categorías. La solución deberá aplicar conceptos de usabilidad que faciliten las consultas a la ciudadanía.

Independientemente del tipo de búsqueda, la solución informática deberá:

Utilizar diccionarios de términos, afinidad de conceptos, decodificación de abreviaturas y demás facilidades que permitan localizar bajo el idioma español la información deseada.

Filtrar los resultados de las búsquedas a fin de identificar con mayor puntualidad la información deseada.

El acceso a la información fuente en su formato original, en caso de existir.

Ser tolerantes a variaciones en palabras tales como plural, singular, genero, mayúsculas, minúsculas, acentos, sinónimos, etc.

Enfocar los resultados de las búsquedas a usuario final, es decir, aplicando criterios de usabilidad y en lenguaje “natural”

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La herramienta de búsqueda con la que cuente el sistema deberá permitir realizar búsquedas utilizando sinónimos, los cuales deberán relacionarse con los títulos de la información estructurada.

Buscador de Información (Search engine)

El buscador deberá permitir la realización de búsquedas, basadas en palabras claves, y también búsquedas estructuradas o que consideren varios parámetros de búsqueda.

El Buscador de Información utilizado deberá presentar los resultados categorizados de acuerdo a diferentes criterios como:

Sujeto obligado que generó la información.

Tipo de Información.

Otras categorías relacionadas a la información de transparencia que se tenga contenida en el portal.

El buscador de información deberá permitir hacer drill-down o refinación de los resultados encontrados cuando el usuario seleccione una categoría de resultados encontrada y al añadir más palabras clave para refinar los resultados.

El buscador deberá poder instalarse en cuantos servidores sea necesario, considerando que soporte múltiples consultas concurrentes por segundo y que tenga capacidad de indexar grandes cantidades de información distribuida en diferentes contenedores.

El buscador de información deberá permitir indexar información contenida en al menos documentos en formato HTML, MS Word, Ms Excel, PDF, PowerPoint, así como textos plano y archivos XML.

El buscador de información deberá tener un conector para indexar información contenida en las bases de datos más comunes (Oracle, MsSQL, MySQL).

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_____________________________________________________________________________________________________

El buscador de información deberá poder consumir información o datos que estén contenidos en otros portales web, manteniendo siempre una referencia al portal web que haya sido la fuente de información.

El buscador de información deberá permitir búsquedas mediante palabras claves, así como búsquedas avanzadas utilizando diferentes parámetros o campos que existan en la información integrada.

El buscador de información deberá tener un módulo de lingüística avanzada donde puedan definirse diccionarios, sinónimos, equivalencias de palabras. Deberá contar con soporte nativo para el idioma español.

El buscador de información deberá contar con una consola de administración que permita configurar los flujos de integración de contenido, y con una consola de administración que permita conocer estadísticas sobre las búsquedas realizadas en el portal, así como conocer estadísticas sobre las búsquedas de información fallidas.

El buscador de información deberá permitir ajustar el orden en que aparecen los resultados de las búsquedas, de modo que sea posible ajustar la relevancia de los resultados, o en dado caso, asignar prioridad a ciertos resultados que se deseen resaltar.

El buscador de información deberá contar con una interface de programación de aplicaciones (API) basada en Java.

Base de datos

La base de datos deberá estar certificada para trabajar con el servidor de aplicaciones Java que será incluido en la solución. La base de datos deberá contar con un driver basado en la tecnología JDBC.

11. Pruebas a la PNTSe deben realizar y entregar evidencia documental de al menos las siguientes pruebas:

Pruebas unitarias.

Pruebas de interfaz de usuario.

Pruebas de migración.

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_____________________________________________________________________________________________________

Pruebas de rendimiento.

Pruebas de esfuerzo.

Pruebas de carga.

Pruebas de volumen.

Pruebas de fallas, recuperación y operación.

Pruebas de interfaces entre sistemas.

Pruebas de seguridad y control de acceso.

Pruebas de integridad de los datos y de la base de datos.

Pruebas funcionales.

Pruebas de usuario.

Pruebas integrales

Los licitantes deberán incluir en su plan de trabajo las fechas de entrega de la evidencia de las pruebas realizadas a la PNT, las cuales no podrán ser mayores al 11 de diciembre del 2015.

12. Bolsa de horas de desarrollo

Se requiere una bolsa de 7,200 horas de desarrollo para solventar adecuaciones a la Plataforma Nacional de Transparencia originadas por cambios de alcance, motivados por la funcionalidad requerida en la documentación legal que adicionalmente se vaya a publicar durante la vigencia del proyecto, tales como Reglamentos, Lineamientos, Leyes de Transparencia nuevas a nivel Federal o Estatal.

13. EntregablesComponente 1.- Sistema para Solicitudes de Acceso a la Información

Productos:

Entregable: Sistema DescripciónTiempo de Entrega: 23 Integración a la PNT del Sistema de Solicitudes de Acceso a la

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_____________________________________________________________________________________________________

noviembre 2015 Información

Componente 2.- Sistema de Obligaciones de Transparencia

Productos:

Entregable: Sistema DescripciónTiempo de Entrega: 23 noviembre 2015

Integración a la PNT del Sistema de Obligaciones de Transparencia

Componente 3- Sistema de Gestión de Medios de Impugnación (Recurso de Revisión y Atracción)

Productos:

Entregable: Sistema DescripciónTiempo de Entrega: 23 noviembre 2015

Integración a la PNT del Sistema de Medios de Impugnación

Componente 4- Sistema de Comunicación entre Órganos Garantes y Sujetos Obligados

Productos:

Entregable: Sistema DescripciónTiempo de Entrega: 23 noviembre 2015

Integración a la PNT del Sistema de Comunicación entre Órganos Garantes y Sujetos Obligados

Componente 5- Motor de Búsqueda

Productos:

Entregable: Sistema DescripciónTiempo de Entrega: 23 noviembre 2015

Integración a la PNT del Buscador de información estructurada y no estructurada a nivel nacional

Componente 6- Bolsa de horas de desarrollo

Productos:Página 151 de 192

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_____________________________________________________________________________________________________

Entregable: Software DescripciónTiempo de Entrega: A partir de la notificación del fallo

Desarrollo de funcionalidad en la PNT que se encuentre fuera del alcance descrito en este anexo.

Ambientes de la PNT que debe entregar el licitante ganador.

El proveedor deberá entregar 3 ambientes de la PNT funcionando y con toda la documentación específica de cada instalación:

1. Ambiente de Desarrollo – Fecha de entrega 23 de noviembre de 2015

2. Ambiente de Pruebas – Fecha de entrega 31 de noviembre de 2015

3. Ambiente de Producción – Fecha de entrega 14 de diciembre de 2015

14. Garantía

El licitante ganador proporcionará una garantía de 6 meses contra defectos e insuficiencias en la implementación de la funcionalidad de este proyecto. Los 6 meses se contabilizarán a partir de la fecha de entrega y aceptación del proyecto. Asimismo, el proveedor adjudicado quedará obligado ante el Instituto a responder de los defectos y vicios ocultos y calidad de los servicios, así como de cualquier otra responsabilidad en que incurra, de conformidad con lo establecido en el artículo 52, Segundo Párrafo, del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos.

15. Vigencia de la ContrataciónLa contratación tendrá una vigencia que comprende a partir de la notificación del fallo y hasta el 31 de diciembre de 2015.

16. Propiedad IntelectualEl Proveedor adjudicado, será el único responsable, para el caso de que al prestar los servicios objeto de este contrato al INAI, haga uso indebido de marcas o viole derechos de autor u otros derechos de propiedad intelectual, eximiendo de toda responsabilidad al Instituto.

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_____________________________________________________________________________________________________

En el caso de que durante la prestación de los servicios, se diera la creación de obras, éstas se considerarán realizadas en virtud de una obra por encargo de conformidad con el artículo 83, de la Ley Federal del Derecho de Autor vigente, por lo que la titularidad de cada uno de los derechos patrimoniales sobre las mismas corresponderá al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales concerniéndole las facultades relativas a su divulgación, integridad y de colección sobre este tipo de creaciones.

Bajo el supuesto señalado en el párrafo inmediato anterior, el proveedor adjudicado se obliga a suscribir los contratos de cesión de derechos, cartas de colaboración remunerada, o cualesquiera instrumentos necesarios para la acreditación o constitución en favor del “INAI” de los derechos de propiedad intelectual generados.

17. Forma de Pago

Los pagos se tramitarán conforme a la normatividad vigente del INAI y se efectuarán en moneda nacional, con base en la recepción del servicio, a entera satisfacción de la Dirección General de Tecnologías de la Información del INAI.

El pago se realizará en una sola exhibición por cada uno de los entregables del proyecto descritos en el apartado “Entregables”, contra entrega y aceptación de los trabajos por parte de la Dirección General de Tecnologías de la Información y no podrá exceder de veinte días naturales contados a partir de la entrega de la factura respectiva, previa entrega de los bienes o prestación de los servicios de conformidad con lo establecido en el Artículo 50, del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos; Así como el Capítulo X, Numeral 16 de las Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

Por ningún motivo se otorgarán anticipos.

18. Pena Convencional.

La Pena Convencional será de un punto porcentual (1%) diarios sobre los servicios no entregados oportunamente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 52 del Reglamento de

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_____________________________________________________________________________________________________

Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos y hasta por un máximo del 10% del monto total del contrato; en caso de exceder el porcentaje, se iniciará proceso de rescisión del Contrato. La suma de las penas convencionales aplicadas sobre el valor de los bienes y/o servicios entregados con atraso, no deberá exceder del importe de la garantía de cumplimiento del contrato, en el entendido de que si el contrato es rescindido no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento.El Director General de Tecnologías de la Información, responsable de administrar el contrato, formulará los informes sobre los atrasos en el cumplimiento de las obligaciones del "PROVEEDOR" y llevará a cabo el trámite correspondiente.

19. Criterio de EvaluaciónDe conformidad con lo establecido en los Artículos 11, cuarto párrafo y 27, fracción XIII del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos; así como Capítulo VIII, Numeral 3, el criterio de evaluación será de puntos y porcentajes, como se detalla a continuación.

I. Capacidad del Licitante

A) Capacidad de los recursos humanosa) EXPERIENCIA EN ASUNTOS RELACIONADOS CON LA MATERIA DE LOS SERVICIOS:

“EL LICITANTE” para obtener los puntos de este rubro deberá anexar en su propuesta técnica el currículo

debidamente firmado por el gerente del proyecto donde se pueda constatar la experiencia profesional en

administración de proyectos relacionados con el desarrollo de software.

El currículo deberá incluir entre la información, los datos de contacto para que el INAI constate la veracidad de la

información de experiencia.”

Gerente del Proyecto.- Experiencia profesional en administración de proyectos relacionados al tema de esta contratación. (Máximo 3 puntos)

PUNTOS

1 A 3 AÑOS 1

4 A 6 AÑOS 2

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_____________________________________________________________________________________________________

7 A 10 AÑOS 3

b) CONOCIMIENTOS SOBRE LA MATERIA OBJETO DE LOS SERVICIOS, DE ACUERDO A SUS

GRADOS ACADÉMICOS O PROFESIONALES:

“EL LICITANTE” para obtener la puntuación de este rubro deberá integrar en su propuesta técnica copia en

formato electrónico de cédula profesional o título para su cotejo, del documento que acredite los estudios del

gerente de proyectos que formará parte del equipo que brindará los servicios.

CONOCIMIENTO ACADEMICOS DEL GERENTE DE PROYECTOS (Máximo 7 puntos) PUNTOS

Ingeniería o licenciatura terminada relacionada a las áreas de tecnologías de la información

(TIC). (No requiere traducción en caso de ser documento expedido por institución educativa

extranjera)

4

Maestría terminada relacionada a las áreas de tecnologías de la Información (TIC). (No

requiere traducción en caso de ser documento expedido por institución educativa extranjera)

7

c) DOMINIO DE APTITUDES RELACIONADAS CON LOS SERVICIOS:

"EL LICITANTE" para obtener la puntuación de este rubro deberá integrar en su propuesta técnica copia en

formato electrónico del certificado del Gerente que será parte del equipo que brindará los servicios

correspondientes a cada punto.

DOMINIO DE APTITUDES RELACIONADAS CON LOS SERVICIOS (Máximo 2 puntos) PUNTOS

Certificación PMP emitida por el PMI (Vigente) (No requiere traducción al español) 2

B) Capacidad de los recursos económicos

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_____________________________________________________________________________________________________

“EL LICITANTE” para poder obtener los puntos de este rubro deberá acreditar con copia de la última declaración

fiscal anual y/o la última declaración fiscal provisional del impuesto sobre la renta, presentadas por el licitante

ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en que sus ingresos sean equivalentes a un porcentaje del

monto total de su oferta económica para esta licitación.

RECURSOS ECONÓMICOS: (Máximo 10 puntos)

MONTOS DECLARADOS CONFORME LA ESPECIFICACIÓN DE ESTE RUBRO. PUNTOS

Hasta el 10% de ingresos equivalentes al monto total de su oferta 2

Mayor al 10% y hasta el 15% de ingresos equivalentes al monto total de su oferta 4

Mayor al 15% y hasta el 19% de ingresos equivalentes al monto total de su oferta 6

Mayor al 19% de ingresos equivalentes al monto total de su oferta 10

C) Participación de discapacitados o empresas que cuenten con trabajadores discapacitados

"EL LICITANTE" para poder obtener estos puntos deberá presentar el aviso de alta al régimen obligatorio del

Instituto Mexicano del Seguro Social y constancia que comprueba la discapacidad, con por lo menos seis meses

de antigüedad a la presentación de las propuestas de esta licitación.

PERSONAS CON DISCAPACIDAD O SI DENTRO DE LA PLANTILLA LABORAL (PARA PERSONAS MORALES) CUENTA CON PERSONAL DISCAPACITADO. (Máximo 1 punto)

PUNTOS

Mínimo 5% del total de la plantilla para personas morales y constancia para personas

físicas.

1

D) PARTICIPACIÓN DE MIPYMES.

“EL LICITANTE” para poder obtener estos puntos deberá acreditar mediante constancia emitida por el Instituto

Mexicano de la Propiedad Industrial, la cual no podrá tener una vigencia mayor a cinco años.

SI EL LICITANTE PERTENECE A LAS MIPYMES Y DENTRO DE LOS SERVICIOS QUE OFRECEN PRODUCE BIENES CON INNOVACIÓN

PUNTOS

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_____________________________________________________________________________________________________

TECNOLÓGICA (Máximo 1 punto)

CONSTANCIA 1

II. Experiencia y Especialidad de “EL LICITANTE”

A) EXPERIENCIA ACUMULADA (6 puntos):Para obtener estos puntos, el licitante deberá acreditar mediante la presentación de copias electrónicas de contratos acumulados, pedidos celebrados, ordenes de trabajo u órdenes de compra debidamente firmados, el número de años que ha realizado proyectos similares al presente. Se considera un contrato por año, para el caso de contratos plurianuales se considerará por el número de años señalados en el contrato, siempre y cuando se acredite la realización del servicio, para el caso de contratos con la iniciativa privada podrá acreditar la experiencia mediante la presentación de copia de las facturas correspondientes.

Se asignará la mayor puntuación al licitante o los licitantes que acrediten el máximo de años de experiencia (10 años) conforme a los límites establecidos por esta convocante. Si algún licitante acredita más años de los máximos solicitados, sólo se le asignará la mayor puntuación o unidades porcentuales (6 puntos) que correspondan al límite máximo determinado por esta convocante.

A partir del o los licitantes que hubieren obtenido la mayor puntuación (6 puntos) asignados en términos de lo dispuesto en el párrafo que antecede, se deberá distribuir de manera proporcional la puntuación a los demás licitantes, aplicando para ello una regla de tres, como se explica a continuación:

Número máximo de años acreditados (10 años)= 6 puntos (100%)

Número de años acreditados por el licitante = N puntos (X%)

Los demás licitantes obtendrán los puntos proporcionales a los años acreditados, tomando que el 100% de puntos corresponden al máximo número de años acreditados por un licitante.

A los licitantes que no acrediten el mínimo de experiencia requerida o determinada por la convocante (1 año), no se les asignará puntuación alguna o unidades porcentuales

Ejemplo 1:

Licitante Años de experiencia

Puntos

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_____________________________________________________________________________________________________

acreditados en desarrollo de software

A 10 6

B 9 5.4

C 8 4.8

D 7 4.2

E 6 3.6

F 5 3

G 4 2.4

H 3 1.8

I 2 1.2

J 1 0.6

K 0 0

B) ESPECIALIDAD ACUMULADA (12 puntos):a. Desarrollo de portales webPara obtener estos puntos, el licitante deberá acreditar mediante la presentación de copias electrónicas del anexo técnico de contratos, pedidos, órdenes de trabajo u órdenes de compra debidamente suscritos, en los que se acredite que se prestó servicios en proyectos de desarrollo de portales web. El licitante también podrá presentar los contratos si estos incluyen las especificaciones técnicas y descripción de los servicios prestados.

Los anexos técnicos presentados deberán estar asociados a los contratos, pedidos, órdenes de trabajo u órdenes de compra presentados en el inciso A) Experiencia Acumulada, por lo cual deberá ser claramente identificable la información que la asocie a dichos contratos.

Se asignará la mayor puntuación o unidades porcentuales al licitante o los licitantes que acrediten el mayor número de anexos (3 anexos) conforme a los límites establecidos por esta convocante. Si

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_____________________________________________________________________________________________________

algún licitante acredita más número de anexos de los máximos solicitados, sólo se le asignará la mayor puntuación (2 puntos) que correspondan al límite máximo determinado por esta convocante.

A partir del o los licitantes que hubieren obtenido la mayor puntuación (2 puntos) asignados en términos de lo dispuesto en el párrafo que antecede, se deberá distribuir de manera proporcional la puntuación a los demás licitantes, aplicando para ello una regla de tres, como se explica a continuación:

Número máximo de anexos técnicos acreditados (3 anexos) = 2 puntos (100%)

Número de anexos técnicos acreditados por el licitante = N puntos (X%)

Los demás licitantes obtendrán los puntos proporcionales a los años acreditados, tomando que el 100% de puntos corresponden al máximo número de años acreditados por un licitante.

A los licitantes que no acrediten el mínimo de especialidad requerida o determinada por la convocante (1 anexo), no se les asignara puntuación alguna o unidades porcentuales.

Ejemplo 1:

Licitante Anexos técnicos acreditados del desarrollo de herramientas web

Puntos

A 3 2

B 2 1.33

C 1 0.67

b. Desarrollo de Software que incluyan motor de procesos (BPM)Para obtener estos puntos, el licitante deberá acreditar mediante la presentación de copias electrónicas del anexo técnico de contratos, pedidos, órdenes de trabajo u órdenes de compra debidamente suscritos, en los que se acredite que se prestó servicios en proyectos relacionados con el desarrollo de software que incluyan motor de procesos (BPM). El licitante también podrá presentar los contratos si estos incluyen las especificaciones técnicas y descripción de los servicios prestados.

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_____________________________________________________________________________________________________

Los anexos técnicos presentados deberán estar asociados a los contratos, pedidos, órdenes de trabajo u órdenes de compra presentados en el inciso A) Experiencia Acumulada, por lo cual deberá ser claramente identificable la información que la asocie a dichos contratos.

Se asignará la mayor puntuación o unidades porcentuales al licitante o los licitantes que acrediten el mayor número de anexos (3 anexos) conforme a los límites establecidos por esta convocante. Si algún licitante acredita más número de anexos de los máximos solicitados, sólo se le asignará la mayor puntuación o unidades porcentuales (2 puntos) que correspondan al límite máximo determinado por esta convocante.

A partir del o los licitantes que hubieren obtenido la mayor puntuación (2 puntos) asignados en términos de lo dispuesto en el párrafo que antecede, se deberá distribuir de manera proporcional la puntuación a los demás licitantes, aplicando para ello una regla de tres, como se explica a continuación:

Número máximo de anexos técnicos acreditados (3 anexos) = 2 puntos (100%)

Número de anexos técnicos acreditados por el licitante = N puntos (X%)

Los demás licitantes obtendrán los puntos proporcionales a los años acreditados, tomando que el 100% de puntos corresponden al máximo número de años acreditados por un licitante.

A los licitantes que no acrediten el mínimo de especialidad requerida o determinada por la convocante (1 anexo), no se les asignara puntuación alguna o unidades porcentuales.”

Licitante Anexos técnicos acreditados del desarrollo de software que incluyan motor de procesos (BPM)

Puntos

A 3 2

B 2 1.33

C 1 0.67

Página 160 de 192

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_____________________________________________________________________________________________________

c. Desarrollo de Aplicaciones para dispositivos móviles

Para obtener estos puntos, el licitante deberá acreditar mediante la presentación de copias electrónicas del anexo técnico de contratos, pedidos, órdenes de trabajo u órdenes de compra debidamente suscritos, en los que se acredite que se prestó servicios en proyectos relacionados con el desarrollo de aplicaciones para dispositivos móviles. El licitante también podrá presentar los contratos si estos incluyen las especificaciones técnicas y descripción de los servicios prestados.

Los anexos técnicos presentados deberán estar asociados a los contratos, pedidos, órdenes de trabajo u órdenes de compra presentados en el inciso A) Experiencia Acumulada, por lo cual deberá ser claramente identificable la información que la asocie a dichos contratos.

Se asignará la mayor puntuación o unidades porcentuales al licitante o los licitantes que acrediten el mayor número de anexos (3 anexos) conforme a los límites establecidos por esta convocante. Si algún licitante acredita más número de anexos de los máximos solicitados, sólo se le asignará la mayor puntuación o unidades porcentuales (2 puntos) que correspondan al límite máximo determinado por esta convocante.

A partir del o los licitantes que hubieren obtenido la mayor puntuación (2 puntos) asignados en términos de lo dispuesto en el párrafo que antecede, se deberá distribuir de manera proporcional la puntuación a los demás licitantes, aplicando para ello una regla de tres, como se explica a continuación:

Número máximo de anexos técnicos acreditados (3 anexos) = 2 puntos (100%)

Número de anexos técnicos acreditados por el licitante = N puntos (X%)

Los demás licitantes obtendrán los puntos proporcionales a los años acreditados, tomando que el 100% de puntos corresponden al máximo número de años acreditados por un licitante.

A los licitantes que no acrediten el mínimo de especialidad requerida o determinada por la convocante (1 anexo), no se les asignara puntuación alguna o unidades porcentuales.”

Licitante Anexos técnicos acreditados del desarrollo de aplicaciones para dispositivos móviles

Puntos

A 3 2

B 2 1.33Página 161 de 192

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_____________________________________________________________________________________________________

C 1 0.67

d. Desarrollo de Software con características incluyentes (accesibilidad)

Para obtener estos puntos, el licitante deberá acreditar mediante la presentación de copias electrónicas del anexo técnico de contratos, pedidos, órdenes de trabajo u órdenes de compra debidamente suscritos, en los que se acredite que se prestó servicios en proyectos relacionados con el desarrollo de software con características incluyentes. El licitante también podrá presentar los contratos si estos incluyen las especificaciones técnicas y descripción de los servicios prestados.

Los anexos técnicos presentados deberán estar asociados a los contratos, pedidos, órdenes de trabajo u órdenes de compra presentados en el inciso A) Experiencia Acumulada, por lo cual deberá ser claramente identificable la información que la asocie a dichos contratos.

Se asignará la mayor puntuación o unidades porcentuales al licitante o los licitantes que acrediten el mayor número de anexos (3 anexos) conforme a los límites establecidos por esta convocante. Si algún licitante acredita más número de anexos de los máximos solicitados, sólo se le asignará la mayor puntuación o unidades porcentuales (2 puntos) que correspondan al límite máximo determinado por esta convocante.

A partir del o los licitantes que hubieren obtenido la mayor puntuación (2 puntos) asignados en términos de lo dispuesto en el párrafo que antecede, se deberá distribuir de manera proporcional la puntuación a los demás licitantes, aplicando para ello una regla de tres, como se explica a continuación:

Número máximo de anexos técnicos acreditados (3 anexos) = 2 puntos (100%)

Número de anexos técnicos acreditados por el licitante = N puntos (X%)

Los demás licitantes obtendrán los puntos proporcionales a los años acreditados, tomando que el 100% de puntos corresponden al máximo número de años acreditados por un licitante.

A los licitantes que no acrediten el mínimo de especialidad requerida o determinada por la convocante (1 anexo), no se les asignara puntuación alguna o unidades porcentuales.”

Licitante Anexos técnicos acreditados PuntosPágina 162 de 192

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_____________________________________________________________________________________________________

del desarrollo de software con características incluyentes

A 3 2

B 2 1.33

C 1 0.67

e. Desarrollo de Software que incluyan motores de búsqueda

Para obtener estos puntos, el licitante deberá acreditar mediante la presentación de copias electrónicas del anexo técnico de contratos, pedidos, órdenes de trabajo u órdenes de compra debidamente suscritos, en los que se acredite que se prestó servicios en proyectos relacionados con el desarrollo de software que incluyan motores de búsqueda. El licitante también podrá presentar los contratos si estos incluyen las especificaciones técnicas y descripción de los servicios prestados.

Los anexos técnicos presentados deberán estar asociados a los contratos, pedidos, órdenes de trabajo u órdenes de compra presentados en el inciso A) Experiencia Acumulada, por lo cual deberá ser claramente identificable la información que la asocie a dichos contratos.

Se asignará la mayor puntuación o unidades porcentuales al licitante o los licitantes que acrediten el mayor número de anexos (3 anexos) conforme a los límites establecidos por esta convocante. Si algún licitante acredita más número de anexos de los máximos solicitados, sólo se le asignará la mayor puntuación o unidades porcentuales (2 puntos) que correspondan al límite máximo determinado por esta convocante.

A partir del o los licitantes que hubieren obtenido la mayor puntuación (2 puntos) asignados en términos de lo dispuesto en el párrafo que antecede, se deberá distribuir de manera proporcional la puntuación a los demás licitantes, aplicando para ello una regla de tres, como se explica a continuación:

Número máximo de anexos técnicos acreditados (3 anexos) = 2 puntos (100%)

Número de anexos técnicos acreditados por el licitante = N puntos (X%)

Los demás licitantes obtendrán los puntos proporcionales a los años acreditados, tomando que el 100% de puntos corresponden al máximo número de años acreditados por un licitante.

Página 163 de 192

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_____________________________________________________________________________________________________

A los licitantes que no acrediten el mínimo de especialidad requerida o determinada por la convocante (1 anexo), no se les asignara puntuación alguna o unidades porcentuales.”

Licitante Anexos técnicos acreditados del desarrollo de software que incluyan motores de búsqueda

Puntos

A 3 2

B 2 1.33

C 1 0.67

f. Desarrollo de Software que incluyan administrador de contenidos (CMS)

Para obtener estos puntos, el licitante deberá acreditar mediante la presentación de copias electrónicas del anexo técnico de contratos, pedidos, órdenes de trabajo u órdenes de compra debidamente suscritos, en los que se acredite que se prestó servicios en proyectos relacionados con el desarrollo de software que incluyan administrador de contenidos (CMS). El licitante también podrá presentar los contratos si estos incluyen las especificaciones técnicas y descripción de los servicios prestados.

Los anexos técnicos presentados deberán estar asociados a los contratos, pedidos, órdenes de trabajo u órdenes de compra presentados en el inciso A) Experiencia Acumulada, por lo cual deberá ser claramente identificable la información que la asocie a dichos contratos.

Se asignará la mayor puntuación o unidades porcentuales al licitante o los licitantes que acrediten el mayor número de anexos (3 anexos) conforme a los límites establecidos por esta convocante. Si algún licitante acredita más número de anexos de los máximos solicitados, sólo se le asignará la mayor puntuación o unidades porcentuales (2 puntos) que correspondan al límite máximo determinado por esta convocante.

A partir del o los licitantes que hubieren obtenido la mayor puntuación (2 puntos) asignados en términos de lo dispuesto en el párrafo que antecede, se deberá distribuir de manera proporcional la puntuación a los demás licitantes, aplicando para ello una regla de tres, como se explica a continuación:

Número máximo de anexos técnicos acreditados (3 anexos) = 2 puntos (100%)

Número de anexos técnicos acreditados por el licitante = N puntos (X%)Página 164 de 192

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_____________________________________________________________________________________________________

Los demás licitantes obtendrán los puntos proporcionales a los años acreditados, tomando que el 100% de puntos corresponden al máximo número de años acreditados por un licitante.

A los licitantes que no acrediten el mínimo de especialidad requerida o determinada por la convocante (1 anexo), no se les asignara puntuación alguna o unidades porcentuales.”

Licitante Anexos técnicos acreditados del desarrollo de software que incluyan administrador de contenidos (CMS)

Puntos

A 3 2

B 2 1.33

C 1 0.67

III. Propuesta de Trabajo

A) Metodologías usadas para la prestación del servicio “EL LICITANTE” deberá presentar el comprobante de certificación formal vigente o resultado de evaluaciones

vigente elaboradas por un Lead Appraisal para CMMI-DEV® Versión 1.2 o superior y evidencia documental de

haber puesto en práctica la administración de proyectos en el ciclo completo de un proyecto (Inicio, Planeación,

Ejecución, Control y Cierre) basado en el PMBok del PMI.

EJECUCIÓN DE LA METODOLOGÍA A UTILIZAR PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS A BRINDAR: (máximo 6 puntos)

PUNTOS

Administración de Proyectos basados en PMBok del PMI (No requiere traducción al español) 3

CMMI-DEV® Versión 1.2 o superior. (No requiere traducción al español) 3

B) Plan de Trabajo

Página 165 de 192

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_____________________________________________________________________________________________________

"EL LICITANTE" para poder obtener estos puntos deberá integrar en su propuesta técnica un documento que

contenga el cronograma con todas las etapas del ciclo de vida de un proyecto según el PMBok (Inicio,

Planeación, Ejecución, Control y Cierre) donde se visualicen las actividades que cumplan en su totalidad la

funcionalidad y entregables solicitados en este anexo técnico.

PLAN DE TRABAJO PROPUESTO POR EL LICITANTE. (Máximo 3 Puntos) PUNTOS

Cronograma con todas las etapas del ciclo de vida de un proyecto según el PMBok (Inicio,

Planeación, Ejecución, Control y Cierre) donde se visualicen las actividades que cumplan en

su totalidad la funcionalidad y entregables solicitados en este anexo técnico.

3

C) Esquema Estructural de Organización de los Recursos Humanos

“EL LICITANTE” para poder obtener estos puntos deberá integrar en su propuesta técnica documentos oficiales

que contengan el organigrama de operación y manual organizacional de la empresa.

ESQUEMA ESTRUCTURAL DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS. (máximo 1 Puntos)

PUNTOS

Organigrama de operación de la empresa 0.5

Manual organizacional de la empresa 0.5

IV. Cumplimiento de Contratos

Para obtener estos puntos, el licitante deberá integrar en su propuesta técnica copia simple de cartas o copias simples de documentos que acrediten la liberación de la garantía de cumplimiento de contratos adecuada y oportunamente (liberación de fianzas) o cartas dirigidas al INAI donde el cliente especifique que los bienes y o servicios se recibieron en tiempo y forma debiendo señalar el número de contrato, fecha y alcance de la contratación.

Los documentos o cartas presentadas deberán estar asociadas a los contratos, pedidos, órdenes de trabajo u órdenes de compra presentados en el inciso A) Experiencia Acumulada. Se tomarán en cuenta únicamente contratos que hayan concluido a la fecha de presentación de las propuestas técnicas y económicas en la mencionada licitación.

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_____________________________________________________________________________________________________

Se asignará la mayor puntuación al licitante o los licitantes que acrediten el mayor número de contratos, pedidos, órdenes de trabajo u órdenes de compra cumplidos satisfactoriamente (10 contratos) conforme a los límites establecidos por esta convocante. Si algún licitante acredita más contratos de los máximos solicitados, sólo se le asignará la mayor puntuación (8 puntos) que correspondan al límite máximo determinado por esta convocante.

A partir del o los licitantes que hubieren obtenido la mayor puntuación (8 puntos) asignados en términos de lo dispuesto en el párrafo que antecede, se deberá distribuir de manera proporcional la puntuación a los demás licitantes, aplicando para ello una regla de tres, como se explica a continuación:

Número máximo de contratos cumplidos satisfactoriamente (10 contratos) = 8 puntos (100%)

Número de contratos cumplidos satisfactoriamente acreditados por el licitante = N puntos (X%)

Los demás licitantes obtendrán los puntos proporcionales a los contratos cumplidos satisfactoriamente y acreditados, tomando que el 100% de puntos corresponden al máximo número de por un licitante.

A los licitantes que no acrediten el mínimo de contratos cumplidos satisfactoriamente determinado por la convocante (1 contrato), no se les asignará puntuación alguna.

Ejemplo 1:

Licitante Número de contratos cumplidos satisfactoriamente

Puntos

A 10 8

B 9 7.2

C 8 6.4

D 7 5.6

E 6 4.8

F 5 4.0

G 4 3.2

H 3 2.4

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_____________________________________________________________________________________________________

I 2 1.6

1 0.8

0 0

Notas: Para que una propuesta sea considerada técnicamente solvente y por tanto no sea desechada, deberá

obtener un mínimo de 45 puntos de los 60 a obtener en la evaluación técnica Para determinar la puntuación o unidades porcentuales que correspondan a la propuesta económica de

cada participante, la convocante aplicará la siguiente fórmula: PPE = MPemb x 40 / MPi.

Donde: PPE = Puntuación o unidades porcentuales que corresponden a la Propuesta Económica; MPemb = Monto de la Propuesta económica más baja, y MPi = Monto de la i-ésima Propuesta económica; III. Para calcular el resultado final de la puntuación o unidades porcentuales que obtuvo cada proposición,

la convocante aplicará la siguiente fórmula: PTj = TPT + PPE Para toda j = 1, 2,.....,n Donde: PTj = Puntuación o unidades porcentuales Totales de la proposición; TPT = Total de Puntuación o unidades porcentuales asignados a la propuesta Técnica; PPE = Puntuación o unidades porcentuales asignados a la Propuesta Económica, y El subíndice "j" representa a las demás proposiciones determinadas como solventes como resultado de la

evaluación, yLa proposición solvente más conveniente para el Instituto, será aquella que reúna la mayor puntuación o unidades porcentuales.

ANEXO 2PROPOSICIÓN ECONÓMICA

México, D.F., a ___ de________ de 2015

INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALESAv. Insurgentes Sur 3211,

Página 168 de 192

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_____________________________________________________________________________________________________

Col. Insurgentes Cuicuilco, Delegación CoyoacánMéxico D.F., C.P. 04530.

En su propuesta económica el proveedor deberá especificar que los precios se mantendrán firmes hasta el 31 de diciembre de 2015.

Las propuestas deberán presentarse con base en el siguiente formato:

No. Descripción del Componente Unidad de medida

Preciounitario

1 Sistema para Solicitudes de Acceso a la Información

Servicio

2 Nuevo Sistema de Obligaciones de Transparencia

Servicio

3 Sistema de Gestión de Medios de Impugnación (Recurso de Revisión y Atracción)

Servicio

4 Sistema de Comunicación entre Órganos Garantes y Sujetos Obligados

Servicio

5 Motor de Búsqueda Servicio6 Bolsa de horas de desarrollo Servicio

SubtotalI.V.A.Total

IMPORTE CON LETRA:

Derivado de que las celdas permitidas para capturar las proposiciones económicas en el sistema electrónico CompaNet no se ajustan a los términos requeridos por la Convocante para esta licitación, los Licitantes deberán presentar la proposición económica de acuerdo a lo señalado en este Anexo 3 “Proposición Económica”, misma que deberán adjuntar en la sección “proposición económica”, la omisión en el cumplimiento de este requerimiento será motivo para desechar la proposición; el monto que deberá capturarse en el parámetro proposición económica del expediente registrado con el número 887044 en el sistema electrónico CompraNet, correspondiente al procedimiento de contratación de carácter nacional con número de identificación electrónica LA-006HHE001-N100-2015 y No. Interno LPN-006HHE001-008-15, será el precio unitario sin incluir I.V.A.

A t e n t a m e n t e El Licitante

Nombre del Representante legal

Página 169 de 192

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_____________________________________________________________________________________________________

Manifestar que: Los precios serán firmes hasta la total entrega de los servicios. Vigencia de la proposición económica.

Notas:1.- El presente formato puede ser modificado por el Licitante a efecto de presentar su proposición económica, siempre y cuando cumpla con los requisitos solicitados en el presente formato. 2.- Se deberá anexar al presente formato, el desglose de precios unitarios conforme a lo solicitado en el anexo técnico.

Página 170 de 192

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_____________________________________________________________________________________________________

ANEXO 3ACREDITAMIENTO DE PERSONALIDAD JURIDICA

_______(Nombre)____________, manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con facultades suficientes para suscribir la proposición en la licitación pública de Carácter Nacional, a nombre y representación de: (persona física o moral).Entendiéndose por proposición toda la documentación que se presente para este evento de licitación pública de Carácter Nacional No. _______________

Registro Federal de Contribuyentes:Nombre:Domicilio:Calle y Número:Colonia: Delegación o Municipio:Código Postal: Entidad Federativa:Teléfonos:No. de la escritura pública en la que consta su Acta constitutiva: Fecha:Nombre, número y lugar del Notario Público ante el cual se dio fe de la misma:Nombre del apoderado o representante del Licitante:Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades.Escritura pública número: Fecha:Nombre, número y lugar del Notario Público ante el cual se protocolizo:No. de Registro Público de Comercio del acta constitutiva:Fecha:Relación de Accionistas:Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre (s):Reformas o modificaciones al acta constitutiva:No. de la escritura pública en la que consta la reforma de su Acta constitutiva: Fecha:Nombre, número y lugar del Notario Público ante el cual se dio fe de la(s) misma(s) reforma(s) y número y fecha de inscripción del Registro Público de Comercio de las reformas del acta constitutiva:Descripción del objeto social:Correo electrónico:

(Lugar y fecha)Protesto lo necesario

Nombre del Representante legal

Notas: 1.- El presente formato deberá ser requisitado en su totalidad según corresponda a una persona física o moral, la omisión de alguno de los datos en el llenado de formato, podrá ser motivo para desechar su proposición.

2.- En caso de contar con correo electrónico deberá señalarlo y en caso contrario manifestar que no cuenta con el mismo. La omisión de este requisito no será motivo para desechar su proposición.

3.- Para el caso del o los proveedores ganadores, previo a la firma del contrato, deberán presentar copia certificada para su cotejo y copia simple para su archivo de los documentos cuyos datos se solicitan en este documento.

4.- El presente formato podrá ser reproducido por cada participante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido, preferentemente, en el orden indicado.

5.- En caso de que el Licitante no cuente con reformas a su Acta Constitutiva, deberá señalarlo en el apartado correspondiente como N/A.

Página 171 de 192

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_____________________________________________________________________________________________________

ANEXO 4

DECLARACIÓN DE LOS ARTÍCULOS49 Y 63 DEL REGLAMENTO

México, D.F., a __ de _____ de 2015

INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALESAv. Insurgentes Sur 3211,Col. Insurgentes Cuicuilco, Delegación CoyoacánMéxico D.F., C.P. 04530.

CLAVE ELECTRÓNICA DEL

PROCEDIMIENTO:

DESCRIPCION :

En cumplimiento con lo dispuesto por los artículos 49 y 63 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del IFAI, para efectos de presentar proposición y en su caso, estar en condiciones de celebrar el contrato respectivo con ese Instituto, que se derive del procedimiento de contratación referido, manifiesto bajo protesta de decir verdad que conocemos el contenido de los citados artículos, así como sus alcances legales y que la empresa que represento, sus accionistas, proveedores físicas o morales, no se encuentran en ninguno de los supuestos que establecen dichos preceptos.

A t e n t a m e n t e Nombre de la empresa

C. ________________________________Representante legal

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_____________________________________________________________________________________________________

ANEXO 5

DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD

México, D.F., a ___ de ______ de 2015

INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALESAv. Insurgentes Sur 3211,Col. Insurgentes Cuicuilco, Delegación CoyoacánMéxico D.F., C.P. 04530.

CLAVE ELECTRÓNICA DEL

PROCEDIMIENTO:

DESCRIPCION :

En cumplimiento del artículo 27 fracción IX del Reglamento, manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que el personal de esta empresa o a través de interpósita persona, se abstendrán de adoptar cualquier conducta que induzca a los servidores públicos del INAI a alterar las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes, durante el desarrollo del procedimiento de contratación antes referido.

A t e n t a m e n t e Nombre de la empresa

C. ________________________________Representante legal

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_____________________________________________________________________________________________________

ANEXO 6ESTRATIFICACIÓN DE LA EMPRESA

(DEBERÁ SER LLENADO POR EL LICITANTE)

_________ de __________ de _______ (1)(2)INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALESAv. Insurgentes Sur 3211,Col. Insurgentes Cuicuilco, Delegación CoyoacánMéxico D.F., C.P. 04530.P r e s e n t e

Me refiero al procedimiento de _________(3)________ No. ________(4) _______ en el que mi representada, la empresa_________(5)________, participa a través de la presente proposición.

Al respecto y con fundamento en lo dispuesto en el numeral 5 Capítulo VI, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que mi representada está constituida conforme a las Leyes mexicanas, con Registro Federal de Contribuyentes _________(6)________, y asimismo que considerando los criterios (sector, número total de trabajadores y ventas anuales) establecidos en el Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio de 2009, mi representada tiene un Tope Máximo Combinado de _________(7)________, con base en lo cual se estatifica como una empresa _________(8)________.

De igual forma, declaro que la presente manifestación la hago teniendo pleno conocimiento de que la omisión, simulación o presentación de información falsa, son infracciones previstas por el artículo 8 fracciones IV y VIII, sancionables en términos de lo dispuesto por el artículo 27, ambos del Reglamento Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, y demás disposiciones aplicables.

A t e n t a m e n t e El Licitante Nombre de la empresa (5)

C. ________________________________Representante legal (9)

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_____________________________________________________________________________________________________

Instructivo de llenado

Llenar los campos conforme aplique tomando en cuenta los rangos previstos en el Acuerdo antes mencionado.

1. Señalar la fecha de suscripción del documento.2. Anotar el nombre de la Convocante.3. Precisar el procedimiento de contratación de que se trate (licitación pública o invitación a cuando menos tres

proveedores).4. Indicar el número de procedimiento de contratación asignado por CompraNet.5. Anotar el nombre, razón social o denominación del Licitante.6. Indicar el Registro Federal de Contribuyentes del Licitante.7. Señalar el número que resulte de la aplicación de la expresión: Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) x10% +

(Ventas anuales en millones de pesos) x 90%. Para tales efectos puede utilizar la calculadora MIPYME disponible en la página http://www.comprasdegobierno.gob.mx/calculadoraPara el concepto “Trabajadores”, utilizar el total de los trabajadores con los que cuenta la empresa a la fecha de la emisión de la manifestación.Para el concepto “ventas anuales”, utilizar los datos conforme al reporte de su ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales, expresados en millones de pesos.

8. Señalar el tamaño de la empresa (Micro, Pequeña o Mediana), conforme al resultado de la operación señalada en el numeral anterior.

9. Anotar el nombre y firma del apoderado o representante legal del Licitante.

Página 175 de 192

Se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, de conformidad con los siguientes criterios:

Estratificación

Tamaño Sector Rango de número de

trabajadores

Rango de monto de ventas anuales

(mdp)

Tope máximo combinado*

Micro Todas Hasta 10 Hasta $4 4.6

Pequeña Comercio Desde 11 hasta

30 Desde $4.01 hasta

$100 93

Industria y Servicios Desde 11 hasta 50

Desde $4.01 hasta $100 95

Mediana Comercio Desde 31 hasta

100 Desde $100.01 hasta $250 235

Servicios Desde 51 hasta

100

Industria Desde 51 hasta 250

Desde $100.01 hasta $250 250

*Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) X 10% + (Ventas Anuales) X 90%.

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_____________________________________________________________________________________________________

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ANEXO 7

México, D.F., a ___ de ______ de 2015

MANIFESTACIÓN BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE CONOCE EL CONTENIDO DE LA “NOTA INFORMATIVA PARA PARTICIPANTES DE PAÍSES MIEMBROS DE LA OCDE

INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESOA LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALESAv. Insurgentes Sur 3211,Col. Insurgentes Cuicuilco, Delegación CoyoacánMéxico D.F., C.P. 04530.

CLAVE ELECTRÓNICA DEL

PROCEDIMIENTO:

DESCRIPCION :

_______(_Razón Social_)_____, manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que esta empresa conoce el contenido de la “Nota informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos y firmantes de la Convención para combatir el Cohecho de servidores públicos extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales”.

A t e n t a m e n t e Nombre de la empresa

C. ________________________________Representante legal

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“Nota informativa para participantes de países miembros de la organización para la cooperación y el desarrollo económicos y firmantes de la convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales"

El compromiso de México en el Combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del Gobierno Federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado.

Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las proveedores y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las transacciones gubernamentales.

La OCDE ha establecido mecanismos muy claros que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación -la ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros: La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención.

El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención.El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadoras y la atracción de inversión extranjera.

Las responsabilidades del sector público se centran en: Profundizar las reformas legales de inició en 1999. Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su cumplimiento. Presentar caso de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición).

Las responsabilidades del sector privado contemplan: Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorías externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o SERVICIO a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.

Los contadores públicos: realizar auditorías: no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas. Como asientos contables falsificados. Informes financieros fraudulentos, transacciones sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegibles.

Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.

Las sanciones impuestas a los proveedores físicos o morales (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o servicios.

Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas.

El culpable pude ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido.

En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos:

Artículo 222. Cometen el delito de cohecho:I. El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquier otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y

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II. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las proveedores que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.

Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones:Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempañar otro empleo, cargo o comisión públicos.

Cuando la cantidad o el valor de la diva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado.

Capitulo XI. Cohecho a servidores públicos extranjeros

Artículo 222 bis. Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en servicios o SERVICIO:

I. A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión:

II. A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera el ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o

III. A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.

Para los efectos de éste artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por el Reglamento respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales.

Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 de este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días de multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral.

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ANEXO 8MODELO DE CONTRATO

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, A QUIÉN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “INAI”, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL MTRO. HÉCTOR FERNANDO ORTEGA PADILLA, EN SU CARÁCTER DE APODERADO LEGAL, Y POR LA OTRA XXXXXXX, A QUIÉN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “PROVEEDOR” REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C. XXXXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE APODERADO LEGAL DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

D E C L A R A C I O N E S

I. EL “INAI” DECLARA:

I.1.- SER UN ORGANISMO AUTONOMO EN TERMINOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 6º APARTADO A FRACCIÓN VIII DE LA CONSTITUCIÓN POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, RESPONSABLE DE GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y A LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE LOS SUJETOS OBLIGADOS, DE CONFORMIDAD CON EL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE TRANSPARENCIA”, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 07 DE FEBRERO DE 2014.

I.2.- QUE EN VIRTUD DE LA PÚBLICACIÓN DEL DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA EL 04 DE MAYO DE 2015 EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, ESTE ORGANISMO AUTONOMO SE DENOMINA INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.

I.3.- QUE EL MTRO. HÉCTOR FERNANDO ORTEGA PADILLA., EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, FIRMA EL PRESENTE CONTRATO DE CONFORMIDAD CON LAS FACULTADES LEGALES CONSIGNADAS EN EL INSTRUMENTO NÚMERO 41,333 DE FECHA 21 DE NOVIEMBRE DE 2014, PASADO ANTE LA FE DEL LIC. JULIAN REAL VÁZQUEZ TITULAR DE LA NOTARIA NÚMERO 200 DEL DISTRITO FEDERAL, LAS CUÁLES NO LE HAN SIDO REVOCADAS NI MODIFICADAS EN FORMA ALGUNA A LA FECHA.

I.4.- DE CONFORMIDAD CON EL CAPITULO X NUMERAL 5 PENÚLTIMO PÁRRAFO DE LAS BASES Y LINEAMIENTOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, EN LO SUCESIVO “BALINES” Y EL ARTÍCULO 38 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO FEDERAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS, EL INGENIERO JOSE LUIS HERNÁNDEZ SANTANA, DIRECTOR GENERAL DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN, ES EL SERVIDOR PÚBLICO RESPONSABLE DE ADMINISTRAR Y VIGILAR LA CONTRATACIÓN Y DE DAR CUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES QUE SE DERIVEN DEL OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, EN EL ÁMBITO DE SU COMPETENCIA.

I.5.- QUE PARA CUMPLIR CON LOS PROGRAMAS Y SERVICIOS QUE TIENE LEGALMENTE ENCOMENDADOS, REQUIERE LA PRESTACIÓN DEL XXXXXXX.

I.6.- QUE PARA CUBRIR LAS EROGACIONES QUE SE DERIVEN DEL PRESENTE CONTRATO, CUENTA CON LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS SUFICIENTES EN LA PARTIDA 35301, CORRESPONDIENTE AL CLASIFICADOR POR OBJETO DEL GASTO PARA LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA FEDERAL, CUYA ÚLTIMA MODIFICACIÓN FUE PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 24 DE JULIO DE 2013, EN TÉRMINOS DE LO SEÑALADO EN LA SUFICIENCIA PRESUPUESTAL NÚMERO XXXXX, EMITIDA POR EL SISTEMA DE CONTROL DE DISPONIBILIDADES DEL “INAI”.

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I.7.- QUE LA ADJUDICACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO SE REALIZÓ MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE XXXX, CONFORME A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS XXXXXX DEL REGLAMENTO DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL INSTITUO FEDERAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS, EN LO SUCESIVO “RASS”.

I.8.- QUE SU CLAVE DEL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES ES INA140208-2Z8.

I.9.- QUE PARA EL EJERCICIO Y CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES A SU CARGO, QUE SE DERIVEN DEL PRESENTE INSTRUMENTO, SEÑALA COMO DOMICILIO LEGAL EL UBICADO EN AVENIDA INSURGENTES SUR 3211, COLONIA INSURGENTES CUICUILCO, DELEGACIÓN COYOACÁN, C.P. 04530, MÉXICO D.F.

II. EL “PROVEEDOR” DECLARA:

II.1.- QUE ES UNA XXXXXXXX DE NACIONALIDAD MEXICANA CONSTITUIDA CONFORME A LAS LEYES MEXICANAS, LO CUAL ACREDITA CON TESTIMONIO DE LA ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO XXXX PASADA ANTE LA FE DEL NOTARIO PÚBLICO NÚMERO XX DEL XXX, LIC. XXX DE FECHA XX, QUEDANDO DEBIDAMENTE INSCRITA EN EL REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO BAJO EL FOLIO MERCANTIL NÚMERO XXXX

II.2.- QUE SU APODERADO LEGAL, XXXXX, CUENTA CON FACULTADES SUFICIENTES PARA LA CELEBRACIÓN DEL PRESENTE INSTRUMENTO, LO CUAL ACREDITA MEDIANTE LA ESCRITURA PÚBLICA NUMERO XXX DE FECHA XXXX, PASADA ANTE LA FE DEL LIC. XXXX, NOTARIO PÚBLICO NUMERO XXX, DEL XXXXX, ASIMISMO DECLARA QUE DICHAS FACULTADES NO LE HAN SIDO REVOCADAS, NI MODIFICADAS EN FORMA ALGUNA.

II.3.- QUE HA CONSIDERADO TODOS LOS FACTORES QUE INTERVIENEN EN LA EJECUCIÓN, DE LA PRESTACIÓN DEL

SERVICIO CONTRATADO, ASÍ COMO LAS ESPECIFICACIONES CONTENIDAS EN EL ANEXO TÉCNICO DE ESTE INSTRUMENTO.

II.4.- QUE REÚNE LA CAPACIDAD TÉCNICA Y LOS ELEMENTOS PROPIOS Y SUFICIENTES PARA OBLIGARSE A LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO CONTRATADO, OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO.

II.5- BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE NO SE ENCUENTRA EN NINGUNO DE LOS SUPUESTOS CONTENIDOS EN LOS ARTICULOS 49 Y 63 DEL RAAS.

II.6.- BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, MANIFIESTA QUE SE ENCUENTRA AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES, DE CONFORMIDAD CON LAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN Y LAS LEYES TRIBUTARIAS VIGENTES.

II.7.- QUE DE CONFORMIDAD CON LO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 3º FRACCIÓN III DE LA LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA NO SE UBICA EN LAS CITADAS CLASIFICACIONES AL TRATARSE DE UNA EMPRESA GRANDE.

II.8.- QUE EN CUMPLIMIENTO AL ACUERDO POR EL QUE SE CREA CON CARÁCTER PERMANENTE LA COMISIÓN INTERSECRETARIAL DE COMPRAS Y OBRAS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL A LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, SE COMPROMETE A INSCRIBIRSE EN EL DIRECTORIO DE PROVEEDORES DEL GOBIERNO FEDERAL DE NACIONAL FINANCIERA, SOCIEDAD NACIONAL DE CRÉDITO, INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO.

II.9.- QUE SU CLAVE DEL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES ES XXXXXXXXXX

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II.10.- QUE PARA EL EJERCICIO Y CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE SE DERIVAN DEL PRESENTE CONTRATO SEÑALA COMO SU DOMICILIO LEGAL EL UBICADO EN XXXXX NÚMERO XXX PISO XX COLONIA XXX, DELEGACIÓN XXXX C.P. XXXX, MÉXICO DISTRITO FEDERAL.

HECHAS LAS DECLARACIONES QUE ANTECEDEN LAS PARTES CONVIENEN EN OBLIGARSE Y CONTRATAR AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:

C L Á U S U L A S

PRIMERA. OBJETO

EL “INAI” ENCOMIENDA AL “PROVEEDOR” LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE XXXXX EN LOS TÉRMINOS PACTADOS EN EL PRESENTE INSTRUMENTO Y CONFORME A LAS MODALIDADES, ESPECIFICACIONES Y CARACTERÍSTICAS CONTENIDAS EN EL ANEXO TÉCNICO.

SEGUNDA. RELACIÓN DE ANEXOS

ES PARTE INTEGRANTE DE ESTE CONTRATO EL ANEXO TÉCNICO EL CÚAL ES ABSOLUTA RESPONSABILIDAD DEL ÁREA REQUIRENTE DEL SERVICIO..

TERCERA. IMPORTE DEL CONTRATO

EL MONTO TOTAL DEL CONTRATO ASCIENDE A LA CANTIDAD DE $XXXXXXXXXX (XXXXXX PESOS 00/100 M.N.), MAS LA CANTIDAD DE $XXXXXX (XXXXXX PESOS 00/100 M.N.), POR CONCEPTO DEL 16% DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, LO QUE HACE UN TOTAL DE $XXXXXX (XXXX PESOS XX/100 M.N.). EL PRECIO UNITARIO DE LOS SERVICIOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, SE DETALLAN EN EL ANEXO TÉCNICO.

EL IMPORTE DEL PRESENTE CONTRATO ES FIJO Y NO ESTARÁ SUJETO A FÓRMULA ESCALATORIA ALGUNA DURANTE LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO, POR LO QUE SI EL “PROVEEDOR” REALIZA TRABAJOS POR MAYOR VALOR DEL INDICADO, INDEPENDIENTEMENTE DE LA RESPONSABILIDAD EN QUE INCURRA POR LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS EXCEDENTES, NO TENDRÁ DERECHO A RECLAMAR PAGO ALGUNO POR ESTOS CONCEPTOS.

CUARTA. FORMA DE PAGO

EL “INAI” PAGARÁ AL “PROVEEDOR” EL IMPORTE PACTADO EN LA CLÁUSULA QUE ANTECEDE POR EL SERVICIO OBJETO DE ESTE CONTRATO, MEDIANTE XXXXXX, EN LOS TÉRMINOS PRECISADOS EN EL ANEXO TÉCNICO, MEDIANTE LA FACTURACIÓN CORRESPONDIENTE, A TRAVÉS DE DEPÓSITOS O TRANSFERENCIAS ELECTRÓNICAS EN CUENTA BANCARIA DEL “PROVEEDOR”.

EL PLAZO MÁXIMO QUE DEBERÁ MEDIAR ENTRE LA FECHA EN QUE EL “PROVEEDOR “ACREDITE LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO Y LA FECHA DE PAGO CORRESPONDIENTE SERÁ DENTRO DE 20 DÍAS NATURALES, EN TERMINOS DEL PRIMER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 50 DEL RAAS, CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE EL “PROVEEDOR “PRESENTE LA FACTURA CORRESPONDIENTE,, EN EL SUPUESTO DE QUE LA FACTURA NO FUERA PRESENTADA, EL PAGO SE DIFERIRÁ POR EL MISMO PLAZO QUE SE TARDE EN SUBSANAR ESTA SITUACIÓN.

EL “PROVEEDOR” SE COMPROMETE A PRESTAR EL SERVICIO OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO CONFORME A LO SEÑALADO EN EL ANEXO TÉCNICO. LA DIRECCIÓN GENERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN, SERÁ LA

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RESPONSABLE DE SU ACEPTACIÓN A SATISFACCIÓN, SU DEVOLUCIÓN O RECHAZO, DETERMINAR LOS INCUMPLIMIENTOS AL PRESENTE INSTRUMENTO, ASI COMO DE HACER CUMPLIR LOS PLAZOS ESTABLECIDOS EN EL PÁRRAFO ANTERIOR.

EL INCUMPLIMIENTO EN LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO DEBERÁ SER COMUNICADO AL “PROVEEDOR” A MÁS TARDAR AL DÍA HÁBIL SIGUIENTE A AQUÉL EN QUE ÉSTE SE DETERMINE, SEÑALANDO LAS RAZONES QUE LOS MOTIVARON, LAS CUALES DEBERÁN ESTAR VINCULADAS A LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN ESTE CONTRATO, INDICANDO EL PLAZO PARA SU REANUDACIÓN O CORRECCIÓN. ESTA COMUNICACIÓN INTERRUMPE EL COMPUTO DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO Y EL MOMENTO EN QUE ESTE ES RECIBIDO A SATISFACCIÓN.

LA FACTURA DEBERÁ PRESENTARSE EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN DEL “INAI” UBICADA EN EL PRIMER PISO DE SUS INSTALACIONES EN UN HORARIO DE LUNES A VIERNES DE 9:00 A 15:00 HORAS Y DE LUNES A JUEVES DE 17:00 A 19:00 HORAS; LA CUAL INMEDIATAMENTE DEBERÁ TURNARLA A LA DIRECCIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS A EFECTO DE VALIDAR QUE LAS FACTURAS CUMPLAN CON LOS REQUISITOS FISCALES CORRESPONDIENTES Y AQUELLOS DE ACEPTACIÓN DEL SERVICIO QUE AMPAREN, ÉSTA DIRECCIÓN DEVOLVERÁ A LA DIRECCIÓN GENERAL DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN QUIEN SERÁ LA RESPONSABLE DE DEVOLVER AL “PROVEEDOR” LA FACTURA DENTRO DE LOS TRES DÍAS HÁBILES SIGUIENTES AL DE SU RECEPCIÓN, COMUNICÁNDOLE LOS ERRORES O DEFICIENCIAS DETECTADAS.

EN EL CASO DE QUE SE COMUNIQUEN AL “PROVEEDOR” LA EXISTENCIA DE ERRORES O DEFICIENCIAS EN LA FACTURA, SERÁ RESPONSABLE DE SUBSANARLOS Y PRESENTAR NUEVAMENTE DICHA FACTURA QUE REÚNA LOS REQUISITOS FISCALES CORRESPONDIENTES EN EL MENOR TIEMPO POSIBLE.

POR LO ANTERIOR, EL TRÁMITE PARA EL PAGO DEL SERVICIO SÓLO PODRÁ INICIARSE A PARTIR DE LA FECHA EN QUE EL RESPONSABLE DE ADMINISTRAR EL PROYECTO POR PARTE DEL “INAI” HAYA RECIBIDO A SU ENTERA SATISFACCIÓN EL MISMO DE CONFORMIDAD CON LAS ESPECIFICACIONES SEÑALADAS EN EL ANEXO TÉCNICO, Y SIEMPRE Y CUANDO EL “PROVEEDOR” HAYA ENTREGADO LA FACTURA CORRESPONDIENTE PARA SU TRÁMITE, Y LA MISMA CUMPLA CON LOS REQUISITOS FISCALES RESPECTIVOS EN TÉRMINOS DE LEY,

EN CASO DE INCUMPLIMIENTO EN LOS PAGOS POR PARTE DEL “INAI” A SOLICITUD DEL “PROVEEDOR”, EL “INAI” DEBERÁ PAGAR GASTOS FINANCIEROS CONSIDERANDO ÚNICAMENTE LA TASA ESTABLECIDA POR LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN, EN LOS CASOS DE PRÓRROGA PARA EL PAGO DE CRÉDITOS FISCALES, EN TÉRMINOS DE LO SEÑALADO POR EL ARTÍCULO 50 SEGUNDO PARRAFO DEL RAAS. DICHOS GASTOS SE CALCULARÁN SOBRE LAS CANTIDADES NO PAGADAS Y SE COMPUTARÁN POR DÍAS NATURALES DESDE QUE SE VENCIÓ EL PLAZO PACTADO, HASTA QUE SE PONGA EFECTIVAMENTE LAS CANTIDADES A DISPOSICIÓN DEL “PROVEEDOR”.

TRATÁNDOSE DE PAGOS EN EXCESO QUE HAYA RECIBIDO EL “PROVEEDOR” ESTE DEBERÁ DE REINTEGRAR LAS CANTIDADES PAGADAS EN EXCESO MÁS LOS INTERESES CORRESPONDIENTES CONFORME A LO SEÑALADO EN EL PÁRRAFO ANTERIOR. LOS INTERESES SE CALCULARÁN SOBRE LAS CANTIDADES PAGADAS EN EXCESO EN CADA CASO Y SE COMPUTARÁN POR DÍAS NATURALES DESDE LA FECHA DEL PAGO HASTA LA FECHA QUE SE PONGA EFECTIVAMENTE LAS CANTIDADES A DISPOSICIÓN DEL “INAI”.

A FIN DE ATENDER LAS DISPOSICIONES GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL PARA SU INCORPORACIÓN AL PROGRAMA DE CADENAS PRODUCTIVAS DE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 28 DE FEBRERO DE 2007, LA DIRECCIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS, INCORPORARÁ AL PORTAL DE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., LOS PAGOS QUE SE GENEREN POR LA CONTRATACIÓN DE ESTE CONTRATO, A FIN DE QUE EL “PROVEEDOR” DECIDA SI EJERCERÁ LA CESIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO AL INTERMEDIARIO

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FINANCIERO POR ÉL SELECCIONADO DE ENTRE LOS REGISTRADOS EN DICHO PROGRAMA EN LOS TÉRMINOS DEL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 46 DEL RAAS.

QUINTA. VIGENCIA

EL “PROVEEDOR” SE OBLIGA A PRESTAR EL SERVICIO OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, DURANTE EL XXX Y HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2015.

SEXTA. GARANTÍA

PARA GARANTIZAR EL FIEL Y EXACTO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES A SU CARGO EN TÉRMINOS DEL PRESENTE CONTRATO, EL “PROVEEDOR” QUEDA OBLIGADO A ENTREGAR CUALQUIERA DE LAS SIGUIENTES GARANTÍAS: CHEQUE CERTIFICADO O DE CAJA, BILLETE DE DEPÓSITO, O PÓLIZA DE FIANZA.

EN TÉRMINOS DEL CAPITULO X NUMERAL 2 FRACCIÓN VI DE LAS “BALINES” LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO SE PODRÁ ENTREGAR POR MEDIOS ELECTRÓNICOS, SIEMPRE QUE LAS DISPOSICIONES JURÍDICAS APLICABLES PERMITAN LA CONSTITUCIÓN DE LAS GARANTÍAS POR DICHOS MEDIOS.

EN CASO DE ENTREGAR FIANZA, EL “PROVEEDOR” SE OBLIGA A CONSTITUIR EN LA FORMA, TÉRMINOS Y PROCEDIMIENTOS PREVISTOS EN LOS ARTÍCULOS 48 DEL RAAS Y CAPITULO X NUMERAL 8 DE LAS “BALINES”, DICHA GARANTÍA SE OTORGARÁ POR EL 10% (DIEZ POR CIENTO) DEL MONTO TOTAL ANTES DE I.V.A. LA CUÁL SERÁ INDIVISIBLE, MISMA QUE ESTARÁ VIGENTE HASTA LA TOTAL ACEPTACIÓN DEL SERVICIO OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO POR PARTE DEL “INAI”.

DICHA PÓLIZA DE FIANZA DEBERÁ PREVER, COMO MÍNIMO, LAS SIGUIENTES DECLARACIONES:

A) QUE LA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO;B) QUE PARA CANCELAR LA FIANZA, SERÁ REQUISITO CONTAR CON LA CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO TOTAL DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES;C) QUE LA FIANZA PERMANECERÁ VIGENTE DURANTE EL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN QUE GARANTICE Y CONTINUARÁ VIGENTE EN CASO DE QUE SE OTORGUE PRÓRROGA AL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, ASÍ COMO DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS LEGALES O DE LOS JUICIOS QUE SE INTERPONGAN Y HASTA QUE SE DICTE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE QUEDE FIRME, YD) QUE LA AFIANZADORA ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LAS FIANZAS, AÚN PARA EL CASO DE QUE PROCEDA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MORA, CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. TRATÁNDOSE DE DEPENDENCIAS, EL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN SERÁ EL PREVISTO EN EL ARTÍCULO 95 DE LA CITADA LEY, DEBIÉNDOSE ATENDER PARA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MORA LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 95 BIS DE DICHA LEY.

LA GARANTÍA ANTES MENCIONADA DEBERÁ PRESENTARSE A MÁS TARDAR DENTRO DE LOS 10 DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FIRMA DEL CONTRATO.

UNA VEZ CUMPLIDAS LAS OBLIGACIONES DEL “PROVEEDOR” A SATISFACCIÓN DEL “INAI”, EL DIRECTOR GENERAL DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN PROCEDERÁ A EXTENDER LA CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES PARA QUE SE DÉ INICIO A LOS TRÁMITES PARA LA CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA PRESENTADA.

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SÉPTIMA. SUPERVISIÓN

LAS PARTES CONVIENEN EN QUE A PARTIR DE LA FIRMA DEL PRESENTE INSTRUMENTO NOMBRAN A SUS RESPECTIVOS REPRESENTANTES, CON EL OBJETO DE QUE VIGILEN LA CORRECTA EJECUCIÓN DEL MISMO

“IFAI” “PROVEEDOR”NOMBRE: JOSE LUIS HERNANDEZ SANTANA NOMBRE:CARGO: DIRECTOR GENERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN CARGO: REPRESENTANTE LEGAL

DIRECCIÓN: AVENIDA INSURGENTES SUR 3211, COLONIA INSURGENTES CUICUILCO, DELEGACIÓN COYOACÁN, C.P. 04530, MÉXICO D.F.

DIRECCIÓN:

TELÉFONO: 5004 2421 TELÉFONO:

CORREO ELECTRÓNICO:Joseluis.hernandez @inai.org.mx

CORREO ELECTRÓNICO:

ASIMISMO, LOS CITADOS REPRESENTANTES TENDRÁN A SU CARGO LA COMUNICACIÓN REGULAR ENTRE ELLOS PARA TODOS LOS EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO, EN EL ENTENDIDO DE QUE RECONOCEN COMO MEDIOS DE COMUNICACIÓN LOS SEÑALADOS EN EL PRESENTE APARTADO.

AMBAS PARTES MANTENDRÁN LOS REGISTROS NECESARIOS DE LAS ACTIVIDADES REALIZADAS CON MOTIVO DE LA EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO.

EL “INAI”, A TRAVÉS DEL REPRESENTANTE DESIGNADO EN ÉSTA CLAUSULA, TENDRÁ EN TODO TIEMPO EL DERECHO DE SUPERVISAR LA EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS Y DARÁ POR ESCRITO AL “PROVEEDOR” LAS INSTRUCCIONES QUE ESTIME PERTINENTES CON RELACIÓN A SU EJECUCIÓN, SIN QUE ELLO IMPLIQUE VARIAR LAS CONDICIONES QUE SE PRECISAN EN EL ANEXO TÉCNICO DEL PRESENTE INSTRUMENTO.

EL “PROVEEDOR” SE COMPROMETE A PRESTAR LOS SERVICIOS OBJETO DE ESTE CONTRATO EN LOS LUGARES Y CONFORME A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES ESTIPULADOS EN EL ANEXO TÉCNICO DEL MISMO.

POR SU PARTE, EL DIRECTOR GENERAL DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN DEL “INAI” SERÁ EL SERVIDOR PÚBLICO FACULTADO PARA RECIBIR LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASIMISMO, DICHO SERVIDOR PÚBLICO SERÁ TAMBIÉN RESPONSABLE DE LA ACEPTACIÓN DE ÉSTOS SERVICIOS A SU ENTERA SATISFACCIÓN, VERIFICANDO EN TODO MOMENTO QUE SE REALICEN DE CONFORMIDAD CON LO ESTIPULADO EN EL ANEXO TÉCNICO, POR LO QUE EL “PROVEEDOR” MANIFIESTA SU CONFORMIDAD DE QUE EN TANTO ELLO NO SE CUMPLA, NO SE TENDRÁN POR RECIBIDOS O ACEPTADOS.

EL DIRECTOR GENERAL DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN DEL “INAI” SERA EL SERVIDOR PÚBLICO FACULTADO DE DETERMINAR EN SU CASO, LOS INCUMPLIMIENTOS A LOS TÉRMINOS PACTADOS, ASÍ COMO DE HACER CUMPLIR LOS PLAZOS QUE HUBIEREN ESTABLECIDO LAS PARTES PARA LA EJECUCIÓN DE LOS MISMOS.

DETERMINADO EL INCUMPLIMIENTO EN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS, EL MISMO DEBERÁ SER COMUNICADO AL “PROVEEDOR” A MÁS TARDAR EL DÍA HÁBIL SIGUIENTE A AQUEL EN QUE ÉSTE SE DETERMINE, SEÑALANDO LAS RAZONES QUE LO MOTIVARON, LAS CUALES DEBERÁN ESTAR VINCULADAS A LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN EL ANEXO TÉCNICO, INDICANDO EL PLAZO PARA SU REPOSICIÓN O CORRECCIÓN.

EL COMPUTO DEL PLAZO ENTRE EL MOMENTO EN EL QUE SE CONCLUYE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS Y

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EL MOMENTO EN QUE ÉSTOS SON RECIBIDOS A SATISFACCIÓN, SE INTERRUMPIRÁ CUANDO EL “INAI” ACREDITE HABER COMUNICADO AL “PROVEEDOR” EL INCUMPLIMIENTO EN LOS TÉRMINOS ESTABLECIDOS EN EL PARRAFO ANTERIOR.

LOS DÍAS QUE TRANSCURRAN ENTRE LA FECHA EN QUE EL “INAI” NOTIFIQUE AL “PROVEEDOR” EL INCUMPLIMIENTO EN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS Y AQUELLA EN LA QUE ÉSTE REALICE LA CORRECCIÓN RESPECTIVA DIFERIRÁN EN IGUAL PLAZO LA FECHA PARA LA RECEPCIÓN DE LOS MISMOS A SATISFACCIÓN.

OCTAVA. RESPONSABILIDADES DEL “PROVEEDOR”

EL “PROVEEDOR” SERÁ EL ÚNICO RESPONSABLE DE QUE EL SERVICIO SE REALICE DE CONFORMIDAD CON LO ESTIPULADO EN EL PRESENTE INSTRUMENTO, EN EL ANEXO TÉCNICO Y EN LAS INSTRUCCIONES QUE POR ESCRITO LE NOTIFIQUE EL “INAI”, Y QUE NO IMPLIQUEN UNA VARIACIÓN EN LAS CONDICIONES ESPECIFICADAS EN EL ANEXO TÉCNICO, EN CASO CONTRARIO EL “PROVEEDOR” DEBERÁ REALIZAR LAS MODIFICACIONES NECESARIAS, MISMAS QUE SERÁN POR SU CUENTA Y RIESGO, SIN QUE TENGA DERECHO A RETRIBUCIÓN ALGUNA POR CONCEPTO DE DICHAS MODIFICACIONES. SI EL “PROVEEDOR” NO ATENDIERE LOS REQUERIMIENTOS DEL “INAI”, ESTE ÚLTIMO PODRÁ ENCOMENDAR A UN TERCERO LA MODIFICACIÓN DE QUE SE TRATE, CON CARGO AL “PROVEEDOR”. LO ANTERIOR SIN PERJUICIO DE LA APLICACIÓN DE LAS PENAS CONVENCIONALES POR ATRASO QUE, EN SU CASO, RESULTEN PROCEDENTES.

ASIMISMO, EL “PROVEEDOR” RESPONDERÁ ANTE EL “INAI” POR SU CUENTA Y RIESGO DE CUALQUIER DEFECTO O VICIO OCULTO EN LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO, EN LOS TÉRMINOS DE LA LEGISLACIÓN APLICABLE,

NOVENA. DAÑOS Y PERJUICIOS

EL “PROVEEDOR” SE OBLIGA A RESPONDER POR SU CUENTA Y RIESGO DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE POR INOBSERVANCIA O NEGLIGENCIA DE SU PARTE SE LLEGUEN A CAUSAR A EL “INAI” O A TERCEROS, EN CUYO CASO SE OBLIGA A RESARCIR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS, INDEPENDIENTEMENTE DE LA MULTA Y/O INHABILITACIÓN QUE SE LE IMPONGAN EN TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 62 Y 63 DEL RAAS.

DÉCIMA. CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES

EL “PROVEEDOR” SE OBLIGA A NO CEDER EN FORMA PARCIAL NI TOTAL, A NINGUNA PERSONA, LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADAS DEL PRESENTE CONTRATO, A EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO, EN CUYO CASO SE DEBERÁ DE CONTAR CON EL CONSENTIMIENTO PREVIO Y POR ESCRITO DEL “INAI”.

DÉCIMAPRIMERA. IMPUESTOS

LOS IMPUESTOS QUE SE GENEREN POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, SE PAGARÁN Y ENTERARÁN POR QUIEN LOS CAUSE, CONFORME A LA LEGISLACIÓN FISCAL VIGENTE.

DÉCIMASEGUNDA. PROPIEDAD DE LA INFORMACIÓN

LA INFORMACIÓN FUENTE PROPORCIONADA POR EL “INAI”, ASÍ COMO LA QUE RESULTE DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS OBJETO DE ESTE CONTRATO, SERÁ EN TODO MOMENTO PROPIEDAD EXCLUSIVA DEL “INAI”, Y SERÁ PÚBLICA EN LOS TÉRMINOS Y CON LAS RESTRICCIONES QUE ESTABLECEN LA LFTAIPG Y NORMATIVIDAD

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APLICABLE.

DÉCIMATERCERA. LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

EL SERVICIO OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO SERÁ PROVISTO EN LA SEDE ACTUAL DEL INAI UBICADA EN AV. INSURGENTES SUR 3211, COL. INSURGENTES CUICUILCO, DEL. COYOACÁN, CP 04530 EN LA CIUDAD DE MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, DE ACUERDO A LAS CARACTERÍSTICAS Y ESPECIFICACIONES DESCRITAS EN EL ANEXO TÉCNICO

DÉCIMACUARTA. AMPLIACIÓN DEL CONTRATO

EL “INAI” PODRÁ, DENTRO DE SU PRESUPUESTO APROBADO Y DISPONIBLE, BAJO SU RESPONSABILIDAD Y POR RAZONES FUNDADAS Y EXPLÍCITAS, ACORDAR EL INCREMENTO DEL MONTO DEL PRESENTE CONTRATO, O DE LA CANTIDAD DE SERVICIOS SOLICITADOS MEDIANTE MODIFICACIONES AL MISMO DURANTE SU PERIODO DE VIGENCIA, SIEMPRE QUE LAS MODIFICACIONES NO REBASEN, EN CONJUNTO, EL 20% (VEINTE POR CIENTO) DEL MONTO MÁXIMO TOTAL O CANTIDAD DE LOS CONCEPTOS O VOLÚMENES ESTABLECIDOS EN EL CONTRATO Y EL PRECIO DE LOS SERVICIOS SEA IGUAL AL PACTADO ORIGINALMENTE.

DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 51 DEL RAAS, EL PORCENTAJE AL QUE SE HACE REFERENCIA EN EL PÁRRAFO ANTERIOR, SE APLICARÁ PARA CADA PARTIDA O CONCEPTO, ENTENDIÉNDOSE ÉSTOS COMO LA DIVISIÓN O DESGLOSE DE LOS SERVICIOS A CONTRATAR, CONTENIDOS EN UN PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN O EN UN CONTRATO, PARA DIFERENCIARLOS UNOS DE OTROS, CLASIFICARLOS O AGRUPARLOS.

DE ACUERDO A LO DISPUESTO EN EL CÁPTULO XI NUMERAL 2, ÚNICAMENTE SE PODRÁ AMPLIAR EL PLAZO ORIGINALMENTE PACTADO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS, O BIEN LA VIGENCIA DEL CONTRATO, CUANDO ELLO SEA NECESARIO EN VIRTUD DEL ATRASO DEL “PROVEEDOR” EN LA PRESTACIÓN DE AQUELLOS, SIEMPRE QUE EL ATRASO HAYA SIDO ORIGINADO POR CASO FORTUITO, FUERZA MAYOR O POR CAUSAS ATRIBUIBLES AL “INAI”, SIEMPRE Y CUANDO DICHA MODIFICACIÓN NO IMPLIQUE INCREMENTO EN EL MONTO MÁXIMO DEL CONTRATO O EN LAS CANTIDADES DE SERVICIOS REQUERIDOS, LA MODIFICACIÓN SE FORMALIZARÁ MEDIANTE LA SUSCRIPCIÓN DE UN CONVENIO Y EL “INAI” INTEGRARÁ AL EXPEDIENTE RESPECTIVO LA CONSTANCIA QUE ACREDITE LA ACTUALIZACIÓN DE DICHOS SUPUESTOS.

LAS MODIFICACIONES EN MONTO PLAZO O VIGENCIA AL CONTRATO, CONLLEVARÁ EL RESPECTIVO AJUSTE A LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO, PARA LO CUAL DEBERÁ ESTIPULARSE EN EL CONVENIO MODIFICATORIO RESPECTIVO EL PLAZO PARA ENTREGAR LA AMPLIACIÓN DE GARANTÍA, EL CUAL NO DEBERÁ EXCEDER DE 10 (DIEZ) DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FIRMA DEL CONVENIO, ASÍ COMO ESTABLECERSE LA FECHA PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS PARA LAS CANTIDADES ADICIONALES, TRATÁNDOSE DE FIANZA, EL AJUSTE CORRESPONDIENTE SE REALIZARÁ CONFORME A LO DISPUESTO POR LA FRACCIÓN II Y IV DEL PENÚLTIMO PÁRRAFO DEL NUMERAL 8 CAPITULO X DE LAS “BALINES”.

DÉCIMAQUINTA. PENAS CONVENCIONALES

LAS PENAS CONVENCIONALES SE DETERMINARÁN EN FUNCIÓN DE LOS SERVICIOS NO PRESTADOS OPORTUNAMENTE, A RAZÓN DEL 1% (UNO POR CIENTO) DIARIO SOBRE LOS SERVICIOS NO ENTREGADOS ANTES DE I.V.A., POR CADA DÍA NATURAL DE ATRASO Y ESTA SE HARÁ EFECTIVA CON CARGO AL IMPORTE DE LOS SERVICIOS PENDIENTE DE PAGO. EN NINGÚN MOMENTO LAS PENAS CONVENCIONALES EXCEDERÁN EL 10% DEL MONTO TOTAL DEL PRESENTE INSTRUMENTO, ANTES DE IVA DE CONFORMIDAD CON EL CAPITULO XI NUMERAL 3

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DE LAS “BALINES”.

EN CASO DE QUE PROCEDIERA LA APLICACIÓN DE PENAS CONVENCIONALES, EL “PROVEEDOR”, PAGARÁ EL IMPORTE DE LAS MISMAS, MEDIANTE NOTA DE CRÉDITO O DEPÓSITO EN CUENTA BANCARIA DEL “INAI” 0609889769 DEL BANCO BANORTE

EL DIRECTOR GENERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN, RESPONSABLE DEL SERVICIO CONTRATADO, FORMULARÁ LOS INFORMES SOBRE LOS ATRASOS EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DEL “PROVEEDOR” Y LLEVARÁ A CABO EL TRÁMITE CORRESPONDIENTE.

EL PAGO DE LOS SERVICIOS PRESTADOS EN TIEMPO QUEDARÁ CONDICIONADO AL PAGO QUE DEBA HACER EL “PROVEEDOR”, DE LAS PENAS CONVENCIONALES QUE EN SU CASO LE SEAN IMPUESTAS.

DÉCIMASEXTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA

AMBAS PARTES ACUERDAN EN QUE EL “INAI” PODRÁ DAR POR TERMINADO EL PRESENTE CONTRATO EN CUALQUIER MOMENTO SIN RESPONSABILIDAD PARA EL “INAI”, DANDO AVISO POR ESCRITO AL “PROVEEDOR”, POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE LEGAL Y/O EL RESPONSABLE SEÑALADO EN LA CLÁUSULA SÉPTIMA DEL PRESENTE INSTRUMENTO, CUANDO CONCURRAN RAZONES DE INTERÉS GENERAL O BIEN, CUANDO POR CAUSAS JUSTIFICADAS SE EXTINGA LA NECESIDAD DE REQUERIR EL SERVICIO ORIGINALMENTE CONTRATADO, Y SE DEMUESTRE QUE DE CONTINUAR CON EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES PACTADAS, SE OCASIONARÍA ALGÚN DAÑO O PERJUICIO AL ESTADO, O SE DETERMINE LA NULIDAD DE LOS ACTOS QUE DIERON ORIGEN AL CONTRATO, CON MOTIVO DE LA RESOLUCIÓN DE UNA INCONFORMIDAD O INTERVENCIÓN DE OFICIO EMITIDA POR LA CONTRALORIA DEL INAI LO ANTERIOR CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 55 DEL RAAS.

EN TÉRMINOS DEL CAPITULO XI NUMERAL 5 DE LAS “BALINES” LA TERMINACIÓN ANTICIPADA DE LOS CONTRATOS Y LA SUSPENSIÓN DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS SE SUSTENTARÁN MEDIANTE DICTAMEN QUE PRECISE LAS RAZONES O LAS CAUSAS JUSTIFICADAS QUE DEN ORIGEN A LAS MISMAS.

EN CASO DE QUE EL “INAI” DECIDA TERMINAR ANTICIPADAMENTE EL PRESENTE CONTRATO, PARA EL PAGO DE LOS GASTOS NO RECUPERABLES SE REQUERIRÁ LA SOLICITUD PREVIA Y POR ESCRITO DEL “PROVEEDOR” Y DICHO PAGO SERÁ PROCEDENTE CUANDO LOS MENCIONADOS GASTOS SEAN RAZONABLES, ESTÉN DEBIDAMENTE COMPROBADOS Y SE RELACIONEN DIRECTAMENTE CON EL CONTRATO.

EL “PROVEEDOR” PODRÁ SOLICITAR AL “INAI” EL PAGO DE GASTOS NO RECUPERABLES EN UN PLAZO MÁXIMO DE UN MES, CONTADO A PARTIR DE LA FECHA DE LA TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO O DE LA SUSPENSIÓN DEL SERVICIO, SEGÚN CORRESPONDA.

LOS GASTOS NO RECUPERABLES POR ESTOS SUPUESTOS, SERÁN PAGADOS DENTRO DE UN TÉRMINO QUE NO PODRÁ EXCEDER DE CUARENTA Y CINCO DÍAS NATURALES POSTERIORES A LA SOLICITUD FUNDADA Y DOCUMENTADA DEL “PROVEEDOR”. EN TÉRMINOS DEL CAPITULO XI NUMERAL 8 DE LAS “BALINES”.

DÉCIMASÉPTIMA. RESCISIÓN

EL “INAI” PODRÁ RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE EL PRESENTE CONTRATO POR CUALQUIERA DE LAS CAUSAS QUE A CONTINUACIÓN SE ENUMERAN:

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1. SI EL “PROVEEDOR” SUSPENDE INJUSTIFICADAMENTE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO A LOS QUE SE OBLIGÓ EN EL PRESENTE CONTRATO.

2. SI EL “PROVEEDOR” NO EJECUTA EL SERVICIO DE CONFORMIDAD CON LO ESTIPULADO EN EL ANEXO TÉCNICO DE ESTE CONTRATO O SIN MOTIVO JUSTIFICADO NO ACATA LAS INSTRUCCIONES DEL “INAI”.

3. SI EL “PROVEEDOR” NO DA AL “INAI”, Y A LAS INSTANCIAS QUE TENGAN QUE INTERVENIR, LAS FACILIDADES Y DATOS NECESARIOS PARA LA INSPECCIÓN DEL SERVICIO OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO.

4. SI EL “PROVEEDOR” SE DECLARA EN CONCURSO MERCANTIL O SI HACE CESIÓN DE BIENES EN FORMA QUE AFECTE EL PRESENTE CONTRATO.

5. PORQUE EL “PROVEEDOR” TRANSMITA, TOTAL O PARCIALMENTE, LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DE ESTE CONTRATO, CON EXCEPCIÓN DE LO SEÑALADO EN LA CLÁUSULA DÉCIMA DE ESTE INSTRUMENTO.

6. EN GENERAL POR INCUMPLIMIENTO O VIOLACIÓN DEL “PROVEEDOR” A CUALQUIERA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL PRESENTE CONTRATO.

EN CASO DE INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL “PROVEEDOR” DE CUALQUIERA DE LAS OBLIGACIONES CONSIGNADAS A SU CARGO EN ESTE INSTRUMENTO, EL “INAI” PODRÁ DETERMINAR LA RESCISIÓN DEL PRESENTE CONTRATO.

DÉCIMAOCTAVA PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN

SI EL “INAI” CONSIDERA QUE EL “PROVEEDOR” HA INCURRIDO EN ALGUNA DE LAS CAUSAS DE RESCISIÓN CONSIGNADAS EN LA CLÁUSULA QUE ANTECEDE, LO COMUNICARÁ POR ESCRITO A ESTE ÚLTIMO, POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE LEGAL Y/O EL RESPONSABLE SEÑALADO EN LA CLÁUSULA SÉPTIMA ANTERIOR, PARA QUE EN UN MÁXIMO DE 5 DÍAS HÁBILES EXPONGA LO QUE A SU DERECHO CONVENGA RESPECTO DEL INCUMPLIMIENTO DE SU OBLIGACIÓN Y OFREZCA LAS PRUEBAS QUE ESTIME CONVENIENTES. SI TRANSCURRIDO ESTE PLAZO EL “PROVEEDOR” NO HACE MANIFESTACIÓN ALGUNA EN SU DEFENSA, O SI DESPUÉS DE ANALIZAR LAS RAZONES ADUCIDAS POR ESTE, EL “INAI” ESTIMA QUE LAS MISMAS NO SON SATISFACTORIAS, PODRÁ DESDE LUEGO RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE EL CONTRATO, DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 54 DEL RAAS Y FORMULARÁ EL FINIQUITO CORRESPONDIENTE A EFECTO DE HACER CONSTAR LOS PAGOS QUE SE DEBAN EFECTUAR POR LOS SERVICIOS PRESTADOS HASTA EL MOMENTO DE LA RESCISIÓN.

EN CASO DE RESCINDIR EL PRESENTE CONTRATO, NO PROCEDERÁ EL COBRO DE PENAS CONVENCIONALES O SU CONTABILIZACIÓN, TODA VEZ QUE SE HARA EFECTIVA LA GARANTIA DE CUMPLIMIENTO ESTABLECIDA EN LA CLAUSULA SEXTA.

SI EL “PROVEEDOR” DECIDE RESCINDIR LA PRESENTE CONTRATACIÓN, SERÁ NECESARIO QUE ACUDA ANTE LA AUTORIDAD JUDICIAL FEDERAL COMPETENTE, A FIN DE OBTENER LA DECLARACIÓN CORRESPONDIENTE, EN TÉRMINOS DE LO SEÑALADO POR EL CAPÍTULO XI NUMERAL 5 SEGUNDO PARRAFO DE LOS LINEAMIENTOS DE LAS “BALINES”.

DÉCIMANOVENA. PROPIEDAD INDUSTRIAL Y DERECHOS DE AUTOR

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EL “PROVEEDOR” ASUME TODA LA RESPONSABILIDAD POR LAS VIOLACIONES QUE SE LLEGARÁN A CAUSAR EN MATERIA DE PROPIEDAD INDUSTRIAL Y DERECHOS DE AUTOR, POR LA UTILIZACIÓN DE LOS BIENES Y LAS TÉCNICAS DE QUE SE VALE PARA PROPORCIONAR EL SERVICIO OBJETO DE ESTE CONTRATO.

EN CASO DE LITIGIO COMO CONSECUENCIA DE LO EXPUESTO EN EL PÁRRAFO ANTERIOR, EL “PROVEEDOR” SE OBLIGA A GARANTIZAR LA CONTINUIDAD EN EL SERVICIO, MATERIA DEL PRESENTE CONTRATO, OBLIGÁNDOSE A SUBSANAR LA REFERIDA VIOLACIÓN.

EN CASO DE QUE LO ANTERIOR NO FUESE POSIBLE, EL “INAI” PODRÁ RESCINDIR EL PRESENTE CONTRATO, APLICANDO LO ESTABLECIDO EN LA CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA DEL PRESENTE INSTRUMENTO.

LOS DERECHOS INHERENTES A LA PROPIEDAD INTELECTUAL, QUE SE PUDIERAN DERIVAR DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO SE CONSTITUIRÁN A FAVOR DEL “INAI”, EN TÉRMINOS DE LAS DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 45, FRACCIÓN XXIII DEL RAAS.

VIGÉSIMA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR

NINGUNA DE LAS PARTES EN ESTE CONTRATO SERÁ RESPONSABLE POR EL RETRASO EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES DEBIDO A CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.

SE ENTIENDE POR CASO FORTUITO EL ACONTECIMIENTO NATURAL INEVITABLE, PREVISIBLE O IMPREVISIBLE, QUE IMPIDE EN FORMA ABSOLUTA EL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN (TERREMOTOS, INUNDACIONES, ETC. SIENDO ESTAS ENUNCIATIVAS MÁS NO LIMITATIVAS).

SE ENTIENDE POR FUERZA MAYOR, EL HECHO DEL HOMBRE PREVISIBLE O IMPREVISIBLE, PERO INEVITABLE QUE IMPIDE EN FORMA ABSOLUTA EL CUMPLIMIENTO DE UNA OBLIGACIÓN (HUELGAS, GUERRAS, RESTRICCIONES GUBERNAMENTALES, ETC. SIENDO ESTAS ENUNCIATIVAS MÁS NO LIMITATIVAS).

EN TÉRMINOS DE LO SEÑALADO POR EL CAPITULO XI NUMERAL 2 DE LAS “BALINES”, ANTE EL CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR, O POR CAUSAS ATRIBUIBLES AL “INAI”, SE PODRÁN MODIFICAR LOS CONTRATOS A EFECTO DE PRORROGAR LA FECHA O PLAZO PARA LA ENTREGA DE LOS BIENES O LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. EN ESTE SUPUESTO DEBERÁ FORMALIZARSE EL CONVENIO MODIFICATORIO RESPECTIVO, NO PROCEDIENDO LA APLICACIÓN DE PENAS CONVENCIONALES POR ATRASO. TRATÁNDOSE DE CAUSAS IMPUTABLES AL “INAI”, NO SE REQUERIRÁ DE LA SOLICITUD DEL “PROVEEDOR”.

VIGÉSIMAPRIMERA. RELACIONES LABORALES

EL “PROVEEDOR”, COMO PATRÓN DEL PERSONAL QUE OCUPE PARA CUMPLIR EL OBJETO DE ESTE CONTRATO, SERÁ EL ÚNICO RESPONSABLE DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE TODOS LOS ORDENAMIENTOS EN MATERIA, CIVIL, PENAL, ADMINISTRATIVA, LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL, SIENDO ÉSTAS ENUNCIATIVAS MAS NO LIMITATIVAS.

EL “PROVEEDOR” CONVIENE POR LO MISMO EN RESPONDER DE TODAS LAS RECLAMACIONES QUE SUS TRABAJADORES PRESENTEN EN SU CONTRA O EN CONTRA DE EL “INAI” EN RELACIÓN CON ESTE CONTRATO, OBLIGÁNDOSE A SACAR A SALVO Y EN PAZ AL ORGANISMO.

VIGÉSIMAPágina 190 de 192

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SEGUNDA. LEY APLICABLE

PARA LA INTERPRETACIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO, LAS PARTES SE OBLIGAN A SUJETARSE ESTRICTAMENTE A TODAS Y CADA UNA DE LAS CLÁUSULAS Y ANEXOS QUE LO INTEGRAN, ASÍ COMO AL RAAS, BALINES Y TODA LA NORMATIVIDAD VIGENTE QUE RESULTE APLICABLE.

SI LLEGARAN A SURGIR DISCREPANCIAS ENTRE ESTE CONTRATO Y SU ANEXO, PREVALECERÁ LO ESTIPULADO EN ESTE CONTRATO.

ASIMISMO EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN EL CAPÍTULO X NUMERAL 2 FRACCIÓN IV DE LAS “BALINES”, EN CASO DE DISCREPANCIA ENTRE EL PRESENTE CONTRATO Y LO CONTENIDO EN LA CONVOCATORIA, PREVALECERÁ LO ESTABLECIDO EN ÉSTA ÚLTIMA.

VIGÉSIMATERCERA. JURISDICCIÓN

PARA LA INTERPRETACIÓN, Y CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO, LAS PARTES SE SOMETEN A LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES FEDERALES EN EL DISTRITO FEDERAL, RENUNCIANDO A LA QUE PUDIERE CORRESPONDERLES EN RAZÓN DE SU DOMICILIO PRESENTE O FUTURO O POR CUALQUIER OTRA CAUSA.

VIGÉSIMACUARTA. .INFORMACIÓN Y VERIFICACIÓN.

EL “PROVEEDOR” SE COMPROMETE A PROPORCIONAR EN TODO MOMENTO, DE CONFORMIDAD CON EL CAPÍTULO XII SEXTO PARRAFO DE LAS “BALINES” , TODA LA INFORMACIÓN Y/O DOCUMENTACIÓN RELACIONADA CON EL PRESENTE CONTRATO, A LA CONTRALORIA DEL “INAI”, CON MOTIVO DE LAS AUDITORIAS, VISITAS O INSPECCIONES QUE PRACTIQUEN EN EJERCICIO DE SUS FACULTADES LEGALES.

EL PRESENTE CONTRATO SE FIRMA EN CINCO TANTOS EN MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, A LOS XX DÍAS DEL MES DE XXX DEL AÑO 2015---------------------------------------------------------------------------------------------------------

POR EL “INAI” POR EL “PROVEEDOR”

___________________________________MTRO. HÉCTOR FERNANDO ORTEGA PADILLA

“APODERADO LEGAL”

_________________________________________XXXXXXXXXXXXXXXXX

“REPRESENTANTE LEGAL”

_______________________________________ING. JOSE LUIS HERNÁNDEZ SANTANA

DIRECTOR GENERAL DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN

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“RESPONSABLE DEL PROYECTO”

ÚLTIMA HOJA DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS, QUE CELEBRAN EL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y XXXXXXXXXXXXXXXX EN LA CIUDAD DE MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, A LOS XX DÍAS DEL MES DE XXXX DE 2015.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

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