pliego tecnico redaccion proyecto y direccion de obra 2 · - definición de los elementos...

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Departamento de Urbanismo – Tfno: 944729260 – Fax 944729335 – [email protected] - Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – www.portugalete.org Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, DE LA REDACCION DEL ANTEPROYECTO, PROYECTO DE EJECUCIÓN, DIRECCIÓN FACULTATIVA DE LA OBRA, SUPERVISIÓN DEL CONTROL DE CALIDAD, ESTUDIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN, Y COORDINACIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD PARA LA URBANIZACION DE LA CALLE ALMIRANTE MARTIN DE VALLECILLA, EN PORTUGALETE 1.- OBJETO El presente Pliego tiene por objeto definir con precisión las prescripciones técnicas que han de regir la ejecución del contrato de servicios que se denominará “Redacción del Proyecto de Ejecución, Dirección Facultativa de la Obra, Programa de Control de Calidad, Estudio de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición y Estudio y Coordinación de la Seguridad y Salud para la “URBANIZACION DE LA CALLE ALMIRANTE MARTIN DE VALLECILLA, EN PORTUGALETE”. Las características de la intervención quedan definidas en el plano adjunto al presente Pliego, que se desarrollarán de acuerdo con las directrices que señale el Ayuntamiento de Portugalete. El presupuesto de las obras objeto del presente contrato no podrá exceder de DOS MILLONES, NOVECIENTOS VEINTE MIL EUROS (2.920.000,- €), incluidos los conceptos de gastos generales, beneficio industrial e I.V.A. El Ayuntamiento de Portugalete, desea contratar servicios profesionales de: - Proyecto de Ejecución - Dirección de las Obras - Estudio y Coordinación de Seguridad y Salud - Programa de Control de Calidad - Gestión de Residuos de Construcción y Demolición según las condiciones que se definen en el presente Pliego. 2.- ALCANCE DE LA PRESTACIÓN El alcance de la prestación queda claramente diferenciado en dos etapas: Proyecto de Ejecución y Dirección de las Obras. En ellas, los trabajos estarán dirigidos a obtener los resultados que el Ayuntamiento de Portugalete fije como objetivos respecto a calidad, plazos y presupuesto. En el desarrollo del contrato el adjudicatario desarrollará las siguientes misiones descritas en la Ley de Ordenación de la Edificación y en el Código Técnico de la Edificación: - Proyectista

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Departamento de Urbanismo – Tfno: 944729260 – Fax 944729335 – [email protected] - Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – www.portugalete.org

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, DE LA REDACCION DEL ANTEPROYECTO, PROYECTO DE EJECUCIÓN, DIRECCIÓN FACULTATIVA DE LA OBRA, SUPERVISIÓN DEL CONTROL DE CALIDAD, ESTUDIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN, Y COORDINACIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD PARA LA URBANIZACION DE LA CALLE ALMIRANTE MARTIN DE VALLECILLA, EN PORTUGALETE 1.- OBJETO El presente Pliego tiene por objeto definir con precisión las prescripciones técnicas que han de regir la ejecución del contrato de servicios que se denominará “Redacción del Proyecto de Ejecución, Dirección Facultativa de la Obra, Programa de Control de Calidad, Estudio de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición y Estudio y Coordinación de la Seguridad y Salud para la “URBANIZACION DE LA CALLE ALMIRANTE MARTIN DE VALLECILLA, EN PORTUGALETE”. Las características de la intervención quedan definidas en el plano adjunto al presente Pliego, que se desarrollarán de acuerdo con las directrices que señale el Ayuntamiento de Portugalete. El presupuesto de las obras objeto del presente contrato no podrá exceder de DOS MILLONES, NOVECIENTOS VEINTE MIL EUROS (2.920.000,- €), incluidos los conceptos de gastos generales, beneficio industrial e I.V.A. El Ayuntamiento de Portugalete, desea contratar servicios profesionales de:

− Proyecto de Ejecución − Dirección de las Obras − Estudio y Coordinación de Seguridad y Salud − Programa de Control de Calidad − Gestión de Residuos de Construcción y Demolición según las condiciones que se definen en el presente Pliego. 2.- ALCANCE DE LA PRESTACIÓN El alcance de la prestación queda claramente diferenciado en dos etapas: Proyecto de Ejecución y Dirección de las Obras. En ellas, los trabajos estarán dirigidos a obtener los resultados que el Ayuntamiento de Portugalete fije como objetivos respecto a calidad, plazos y presupuesto.

En el desarrollo del contrato el adjudicatario desarrollará las siguientes misiones descritas en la Ley de Ordenación de la Edificación y en el Código Técnico de la Edificación:

− Proyectista

Departamento de Urbanismo – Tfno: 944729260 – Fax 944729335 – [email protected] - Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – www.portugalete.org

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− Director de las Obras − Director de Ejecución de las Obras − Coordinación de Seguridad y Salud

2.1.- PROYECTO DE EJECUCIÓN 2.1.1. CONSIDERACIONES GENERALES El proyecto de ejecución desarrollará la intervención definida en el plano adjunto al presente Pliego y estará elaborado de acuerdo con las directrices señaladas por el Ayuntamiento de Portugalete y cumpliendo la Normativa que resulta de aplicación, reuniendo las condiciones necesarias para permitir su visado y tramitación de permisos, para lo cual se adaptará a los requerimientos de los organismo competentes en la concesión de las diferentes licencias y permisos. El adjudicatario apoyará al Ayuntamiento de Portugalete en todas las gestiones que sea necesario realizar ante dichos organismos. 2.1.2. TRABAJOS PREVIOS En el desarrollo del contrato el adjudicatario efectuará la recopilación de antecedentes, recogida y comprobación de datos, incluyendo la realización de las siguientes actividades: • Cartografía y Topografía El Ayuntamiento de Portugalete pondrá a disposición del adjudicatario la cartografía municipal existente relativa a la zona del proyecto. Si fuera necesario mayor detalle para el desarrollo del Proyecto de Ejecución, la ampliación de los trabajos será realizada por el adjudicatario y a su coste. • Compañías suministradoras

El adjudicatario elaborará una relación que incluya todas las compañías suministradoras que vayan a prestar servicios a la zona objeto de actuación, con indicación de las condiciones de suministro, posibles restricciones y limitaciones futuras que pudieran afectar a la viabilidad de lo proyectado, protocolos de contratación en vigor, normativa específica reguladora de la actividad, etc., tanto durante la construcción como para la puesta en servicio definitiva del edificio.

• Servicios afectados

El adjudicatario realizará una toma de datos exhaustiva de servicios afectados. El proyecto deberá prever y valorar las correspondientes obras de desvío o de reposición e, incluso, su posible utilización como puntos de nuevas acometidas.

2.1.3 PROYECTO DE EJECUCION

El proyecto definirá de forma clara y precisa las obras a construir. Se entregará, una vez aprobado por el Ayuntamiento de Portugalete, firmado por Técnico

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competente y visado en el Colegio Profesional correspondiente, en tantos ejemplares como sean precisos para la tramitación de los diversos expedientes, más dos (2) copias. Igualmente, se adjuntará en soporte informático en formato compatible con las aplicaciones utilizadas por la entidad contratante. El coste de los visados correrá de cuenta del adjudicatario. El desarrollo del Proyecto de Ejecución se ajustará a los siguientes requisitos:

• Estará de acuerdo con lo definido en plano de ordenación adjunto al presente Pliego, así como con las directrices que señale la entidad contratante. • Desarrollará la información para la ejecución de las obras, especificando soluciones constructivas, materiales y elementos de forma correcta para la que la ejecución de las obras a realizar sean completas y entregables al uso. • Contendrá una información completa sobre los servicios afectados por las obras y su reposición. • Cumplirá con la normativa técnica, medioambiental y de gestión de residuos. • Se incluirán en anexos la documentación cuya entrega en diferentes organismos sea preceptiva para la obtención de licencias, permisos y formalización de contratos de suministros.

El Proyecto constará, como mínimo, de los documentos siguientes: − Memoria − Planos − Pliego de Condiciones − Presupuesto − Anexos − Estudio de Seguridad y Salud − Programa de Control de Calidad − Estudio de Gestión de Residuos de construcción y demolición. I Memoria 1.- Memoria descriptiva Descriptiva y justificativa, que contenga la información siguiente: 1.1 Agentes − Promotor, proyectista, otros técnicos 1.2 Información previa − Antecedente y condicionantes de partida, datos del emplazamiento, entorno

físico, normativa urbanística, otras normativas en su caso. − Datos del entorno. Informes realizados. 1.3 Descripción del proyecto − Descripción general de la actuación, programa de necesidades, usos previstos,

relación con el entorno, etc.

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− Cumplimiento del CTE y otras normativas específicas, normas de disciplina urbanística, ordenanzas municipales, funcionalidad etc.

− Descripción de los accesos. − Descripción general, en su caso, de los parámetros que determinan las

previsiones técnicas a considerar en el proyecto respecto al sistema estructural (cimentación, estructura portante y estructura horizontal), el sistema de compartimentación, el sistema de acabados, y el sistema de acondicionamiento ambiental.

2.- Memoria constructiva Descripción de las soluciones adoptadas 2.1 Sustentación. - Justificación de las características del suelo y parámetros a considerar para el

cálculo de la parte del sistema estructural correspondiente a las cimentaciones que fueran necesarias.

2.2 Sistema estructural (cimentación, estructura portante y estructura horizontal). - Se establecerán los datos y las hipótesis de partida, el programa de

necesidades, las bases de cálculo y procedimientos o métodos empleados para todo el sistema estructural, así como las características de los materiales que intervienen.

2.3 Sistemas de acabados

Se indicarán las características y prescripciones de los acabados de los a fin de cumplir los requisitos de funcionalidad y seguridad.

2.4 Sistemas de acondicionamiento e instalaciones - Se indicarán los datos de partida, los objetivos a cumplir, las prestaciones y las

bases de cálculo para las instalaciones de electricidad, alumbrado, fontanería, drenaje, etc.

2.5 Equipamiento - Definición de los equipamientos deportivos. 2.5 Paisajismo

- Definición de los elementos constitutivos de la ordenación paisajística tales

como la revegetación y el mobiliario urbano .

3.- Cumplimiento del CTE Justificación del cumplimiento de los requisitos básicos en relación con las exigencias básicas del CTE. La justificación se realizará para las soluciones adoptadas conforme a lo indicado en el CTE.

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También se justificarán las prestaciones que mejoren los niveles exigidos en el CTE. 3.1 Seguridad Estructural 3.2 Seguridad en caso de incendio 3.3 Seguridad de utilización 3.4 Salubridad 3.6 Ahorro de energía

Cumplimiento de otros reglamentos y disposiciones Justificación del cumplimiento de otros reglamentos obligatorios no realizada en el punto anterior, y justificación del cumplimiento de l0os requisitos básicos relativos a la funcionalidad de acuerdo con lo establecido en su normativa específica.

Anejos a la memoria El proyecto contendrá tantos anejos como sean necesarios para la definición y justificación de las obras, Información geotécnica Cálculo de la estructura Protección contra el incendio Eficiencia energética Estudio de impacto ambiental Plan de control de calidad Estudio de Seguridad y Salud o Estudio Básico, en su caso Estudio de Gestión de Residuos de construcción y demolición.

II. Planos El proyecto contendrá tantos planos como sean necesarios para la definición en detalle de las obras. Plano de situación - Referido al planeamiento vigente, con referencia a puntos localizables y con indicación del norte geográfico. Plano de emplazamiento - Justificación urbanística, alineaciones, retranqueos, etc. Plano de urbanización - Red viaria, acometidas, etc. Plantas generales - Acotadas, con indicación de escala y de usos, reflejando los elementos fijos y los de mobiliario cuando sea preciso para la comprobación de la funcionalidad de los espacios. Alzados y secciones - Acotados, con indicación de escala y cotas de alturas totales, para comprobar el cumplimiento de los requisitos urbanísticos y funcionales. Planos de estructura - Descripción gráfica y dimensional de todo el sistema estructural (cimentación, estructura portante y estructura horizontal). En los relativos a la cimentación se incluirá, además, su relación con el entorno inmediato y el conjunto de la obra. Planos de instalaciones

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- Descripción gráfica y dimensional de las redes de cada instalación, plantas, secciones y detalles. Planos de definición constructiva - Documentación gráfica de detalles constructivos. Memorias gráficas - Indicación de soluciones concretas y elementos singulares: carpintería, cerrajería, etc. III Pliego de condiciones Pliego de cláusulas administrativas Disposiciones generales Disposiciones facultativas Disposiciones económicas Pliego de condiciones técnicas particulares Prescripciones sobre los materiales - Características técnicas mínimas que deben reunir los productos, equipos y sistemas que se incorporen a las obras, así como sus condiciones de suministro, recepción y conservación, almacenamiento y manipulación, las garantías de calidad y el control de recepción que deba realizarse incluyendo el muestreo del producto, los ensayos a realizar, los criterios de aceptación y rechazo, y las acciones a adoptar y los criterios de uso, conservación y mantenimiento. - Estas especificaciones se pueden hacer por referencia a pliegos generales que sean de aplicación, Documentos Reconocidos u otros que sean válidas a juicio del proyectista. Prescripciones en cuanto a la ejecución por unidades de obra - Características técnicas de cada unidad de obra indicando su proceso de ejecución, normas de aplicación, condiciones previas que han de cumplirse antes de su realización, tolerancias admisibles, condiciones de terminación, conservación y mantenimiento, control de ejecución, ensayos y pruebas, garantías de calidad, criterios de aceptación y rechazo, criterios de medición y valoración de unidades, etc. - Se precisarán las medidas para asegurar la compatibilidad entre los diferentes productos, elementos y sistemas constructivos. Prescripciones sobre verificaciones en el edificio terminado - Se indicarán las verificaciones y pruebas de servicio que deban realizarse para comprobar las prestaciones finales del edificio.

Se incluirá el Pliego de Especificaciones Técnicas Generales de Instalaciones Municipales del Ayuntamiento de Portugalete IV Presupuesto El presupuesto desarrollará el siguiente esquema: � Cuadro de precios � Mediciones � Presupuestos parciales con capítulos y mediciones � Presupuesto General y resumen por capítulos Se incluirán todas ya cada una de las mediciones de la Unidades de Obra del Proyecto, así como el criterio de medición empleado.

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En lo posible, se evitará incluir partidas alzadas. La obtención el Presupuesto General se determinará de la siguiente forma: Presupuesto de Ejecución Material A Gastos Generales (13% s/A) B Beneficio Industrial (6% s/A) C Presupuesto de Ejecución por Contrata (A+B+C) D I.V.A. (16% s/D) E Total Presupuesto IVA incluido F Estudio de Seguridad y Salud El Estudio de Seguridad y Salud establece, durante la ejecución de la obra, las previsiones respecto a prevención de riesgos de accidentes y enfermedades profesionales, así como los derivados de los trabajos de reparación, conservación, entretenimiento y mantenimiento y las instalaciones preceptivas de higiene y bienestar de los trabajadores. Servirá para dar unas directrices básicas a la empresa constructora para llevar a cabo sus obligaciones en el campo de la prevención de riesgos profesionales, facilitando su desarrollo; bajo el control del Coordinador de Seguridad y Salud que se nombre a sus efectos, de acuerdo con la Len 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. El Estudio de Seguridad y Salud recogerá las medidas preventivas adecuadas a los riesgos que conlleve la realización de la obra, así como a los derivados de los trabajos de reparación, conservaciones y mantenimeint9o. Contendrán los siguientes documentos: � Pliego de Condiciones � Planos � Mediciones y presupuesto Programa de Control de Calidad La redacción del Programa de Control de Calidad correspondiente al Proyecto de Ejecución regulará los mecanismos que controlen durante la ejecución de las obras la realización de los ensayos que garanticen la idoneidad técnica de los materiales decepcionados y su correcta puesta en obra, conforme a los documentos del proyecto. En el Programa de Control de Calidad se especificarán las características y los requisitos que deberán cumplir los materiales y unidades de obra integrantes del Proyecto, de conformidad con la Normativa específica de obligado cumplimiento y con los criterios que adopte el redactor del mismo, a fin de garantizar una correcta ejecución de las obras. Se especificarán los criterios para la recepción de

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los materiales, según estén estos avalados o no por sellos o marcas de calidad; los ensayos, análisis y pruebas a realzar, la determinación de los lotes y de todos aquellos parámetros que configuren el desarrollo del Programa, según las directrices especificadas en el Proyecto de Ejecución. El Programa de Control de Calidad incluirá la valoración económica del mismo, especificando el coste de cada uno de los ensayos previstos. Estudio de Gestión de Residuos de construcción y demolición Se redactará para dar cumplimiento a las especificaciones del Art. 4.1. a). RD. 105/2008, de 1 de febrero, que regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición (BOE DE 13/02/2008).

2.2.- DIRECCIÓN DE LAS OBRAS

Consideraciones generales El adjudicatario llevará a cabo los trabajos necesarios de seguimiento y control del proceso de construcción para alcanzar los objetivos puestos de manifiesto por parte de la Propiedad, respecto a calidad en la ejecución, plazos y presupuesto.

En este proceso, el adjudicatario realizará los siguientes trabajos: − Asistencia a la Propiedad en la fase de contratación de las obras mediante contratista general. − Dirección de la Obras. − Dirección de Ejecución de las Obras. − Control de plazos. − Control de presupuesto. − Seguimiento del Programa de Control de Calidad − Coordinación de Seguridad y Salud. − Coordinación de los distintos agentes intervinientes en el proceso de construcción. Para ello, contará con un equipo técnico multidisciplinar con dedicación y especialización suficiente para dirigir, supervisar y coordinar la actuación de todos los intervinientes en el proceso de construcción.

2.2.1.- ASISTENCIA EN LA FASE DE CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS Durante la fase de contratación de las obras, el adjudicatario apoyará a la Propiedad, en la confección de la documentación necesaria para la licitación de las obras y podrá ser requerido para informar sobre las propuestas de ejecución de las obras planteadas por parte de las empresas licitadoras.

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2.2.2. DIRECCIÓN DE LAS OBRAS

El Director de las Obras es el técnico que, estando en posesión de la titulación académica y profesional habilitante para ejercer esta competencia en el caso que nos ocupa, dirige el desarrollo de las obra en los aspectos técnicos, estéticos, urbanísticos y medioambientales, de conformidad con el proyecto que las define, la licencia de edificación y demás autorizaciones preceptivas y las condiciones del contrato, con el objeto de asegurar su adecuación al fin propuesto. Los principales trabajos a desarrollar por el adjudicatario en este apartado con los siguientes:

− Revisar el Proyecto de Ejecución. − Efectuar el replanteo de las obras proyectadas para comprobar que es posible la

ejecución de las mismas. − Comprobar que se han tenido en cuenta los servicios afectados. − Resolver las contingencias que se produzcan en las obras y dictar las

instrucciones precisas para la correcta interpretación del Proyecto. − Elaborar a requerimiento de la Propiedad, o con su conformidad, eventuales

modificaciones del Proyecto. − Elaborar y suscribir la documentación de la obra ejecutada para entregar a la

Propiedad. − Suscribir el Acta de Comprobación de Replanteo y el Certificado Final de Obra.

2.2.3. DIRECCIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS

El Director de Ejecución de las Obras es el técnico que, estando en posesión de la titulación académica y profesional habilitante para ejercer esta competencia en el caso que nos ocupa, asume la función de dirigir la ejecución material de la obra y de controlar cualitativa y cuantitativamente la construcción y la calidad de lo edificado. Los principales trabajos a desarrollar por el adjudicatario en este apartado son los siguientes: − Revisión del Proyecto de Ejecución. − Verificar la recepción en obra de los materiales de construcción, ordenando la

realización de ensayos y pruebas. − Comprobar los resultados de ensayos y pruebas y su adecuación a las

características exigibles. − Suscribir el Acta de Comprobación de Replanteo y el Certificado Final de Obra. − Elaborar y suscribir las certificaciones parciales y la liquidación final de las

unidades de obra contratadas. − Consignar en el libro de órdenes las instrucciones precisas para la correcta

ejecución de las obras. − Coordinar la actuación de los distintos intervinientes del proceso de ejecución

material de las obras.

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2.2.4. CONTROL DE PLAZOS El adjudicatario implantará un sistema de control de plazos eficaz para contrastar la evolución de los trabajos realmente ejecutados con la planificación prevista. Como mínimo, realizará las siguientes actividades: − Revisión y validación, en su caso, del Programa de Trabajos propuesto por el

Contratista. − Actualización mensual del Programa de Trabajos, con emisión del

correspondiente informe. − Seguimiento de los medios a disposición de las obras y comparación con los

previstos para cumplir con la Planificación aprobada. − Propuestas de actuación en caso de desviaciones de plazo aprobado.

2.2.5. CONTROL PRESUPUESTARIO El adjudicatario llevará acabo las labores necesarias de seguimiento y control presupuestario para asegurar que no se produzcan desviaciones del mismo durante la ejecución de las obras. Como mínimo, desarrollará las siguientes actividades: − Comprobación del cuadro de precios y mediciones del contrato de obra,

emitiendo informe de adecuación a los trabajos proyectados. − Análisis de las propuesta de cambios realizadas por el Contratista de las obras. − Negociación de precios contradictorios. − En caso de desviaciones, propuestas de actuación para corregir las mismas. − Propuestas de actuación para asegurar el cumplimiento del presupuesto objetivo. − Emisión de informe mensual en el que se refleje la comparativa entre la obra

proyectada y la realmente ejecutada

2.2.6. COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD El Coordinador competente en materia de seguridad y salud laboral para la fase de ejecución de obra será el propuesto por el contratista en su proposición. Ello de conformidad con el artículo 3 del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las Disposiciones Mínimas de Seguridad y Salud en las Obras de Construcción. Se entenderá por Coordinador competente aquel profesional que cuente con alguna de las titulaciones académicas que establece la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 38/1999, de la Edificación, o el hecho de estar acreditado como tal ante la Autoridad Laboral.

Dicho Coordinador estará integrado, en la fase de ejecución, en la Dirección de la Obra, llevando a cabo las tareas que se mencionan en el artículo 9 del Real Decreto 1627/1997. Los principales trabajos a realizar son los siguientes:

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− Realizar las gestiones necesarias para la emisión del aviso previo. − Protocolizar el Libro de Incidencias y el Libro de Registro de Seguridad y Salud. − Revisar y aprobar los Planos de Seguridad y Salud del Contratista, previamente

al inicio de los trabajos adjudicados, anotar en el Libro de Incidencias y seguir el procedimiento consiguiente con arreglo al artículo 13.4 del Real Decreto 1627/1997.

− Coordinar las actividades de obra para garantizar que el contratista y subcontratistas “integren la Seguridad” en sus respectivas fase de obra (Principios de la Acción Preventiva – Artículo 15 de la Ley 31/1995 + Principios generales aplicables durante la ejecución de la obra – Artículo 10 del Real Decreto 1627/1997).

− Organizar la coordinación de las actividades empresariales (artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales).

− Coordinar las acciones y funciones de control de la aplicación correcta de los métodos de trabajo aceptados.

− Supervisar que las condiciones de balizamiento, señalización, orden y limpieza de la obra sean las adecuadas.

− Adoptar las medidas necesarias para que únicamente las personas autorizadas puedan acceder a las zonas de obra en ejecución.

− Identificar las zonas de obra y/o trabajos en las que se desarrollen trabajos especialmente peligrosos según el Anexo II del Real Decreto 1627/1997. Principalmente, trabajos con riesgos especialmente graves de caída de altura o sepultamiento, proximidad de líneas de alta tensión, recintos confinados, montaje de elementos prefabricados pesados, etc.

− En relación con los trabajos peligrosos, establecer los procedimientos de trabajo y las comunicaciones adecuadas para garantizar que sólo los trabajadores autorizados puedan acceder a las zonas peligrosas en condiciones seguras.

− En caso de riesgo grave e inminente, anotar en el Libro de Incidencias y seguir el procedimiento consiguiente con arreglo al artículo 14 del Real Decreto 1627/1997.

− Proponer la modificación, si es el caso, del Plan de Seguridad y Salud específico de cada obra.

− Supervisar, conjuntamente con la autoridad competente, el control de accesos a las obras y los condicionantes que puedan interferir en la operatividad de la circulación viaria.

− Desarrollar y ejercer aquellas tareas y funciones no enunciadas en el presente Pliego, pero de obligado cumplimiento según la normativa legal vigente o que se apruebe en el futuro.

2.2.7. COORDINACIÓN DE LOS DISTINTOS INTERVINIENTES EN EL

PROCESO DE CONSTRUCCIÓN

El adjudicatario se encargará de coordinar a todos los agentes intervinientes en el Proceso de Construcción, entendiendo este proceso en su sentido más amplio, es decir, desde el momento de adjudicación del contrato que rige el presente pliego, hasta la puesta en funcionamiento y apertura del Complejo Deportivo. Por agentes intervinientes en el proceso se entiende tanto a las empresas o profesionales contratados por la Propiedad y relacionados con los trabajos de

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Proyecto, control, ejecución de obras, supervisión, etc., como a las diferentes Administraciones y Organismos Públicos de los que se deben recabar autorizaciones, permisos, informes, licencias, etc., y a las compañías suministradoras de energía o servicios. Ante todos ellos, el adjudicatario asistirá y representará, en su caso, a la Propiedad, actuando como coordinador y velando por los intereses de la ésta. El adjudicatario desarrollará un Plan de Tramitación de Permisos en el que se determinarán los documentos exigidos por las Administraciones y organismos públicos con jurisdicción sobre la actuación, en el que quedarán especificados los requisitos para contar con el suministro de energía y servicios necesarios para el adecuado uso y funcionamiento del Complejo Deportivo.

2.2.8. EQUIPO DE TRABAJO Y DEDICACIONES MÍNIMAS

El equipo mínimo de trabajo que el adjudicatario deberá disponer durante la ejecución de las obras es el siguiente: • Director de la Obra:

Técnico competente con un mínimo de 5 años de experiencia. Jornada completa de un (1) día a la semana.

• Director de Ejecución de la Obra.

Técnico competente con un mínimo de 5 años de experiencia. Visita diaria.

• Coordinador de Seguridad y Salud:

Técnico competente con un mínimo de 5 años de experiencia. Visita diaria.

2.3.- DOCUMENTACION DEL SEGUIMIENTO DE LA OBRA. En este anejo se detalla, con carácter indicativo y sin perjuicio de lo que establezcan otras Administraciones Públicas competentes, el contenido de la documentación del seguimiento de la ejecución de la obra, tanto la exigida reglamentariamente, como la documentación del control realizado a lo largo de la obra. 1.- Documentación obligatoria del seguimiento de la obra 1 – Las obras dispondrán de una documentación de seguimiento que se compondrá, al menos de:

a) El Libro de Órdenes y Asistencias de acuerdo con lo previsto en el Decreto 461/1971, de 11 de marzo;

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b) El Libro de Incidencias en materia de seguridad y salud, según el Real Decreto 1627/1977, de 24 de octubre;

c) El proyecto, sus anejos y modificaciones debidamente autorizados por el director de obra;

d) La apertura del centro de trabajo y, en su caso, otras autorizaciones administrativas; y

e) El certificado final de la obra de acuerdo con el Decreto 462/1971, de 11 de marzo, del Ministerio de la Vivienda.

2 – En el libro de Ordenes y Asistencias el director de obra y el director de la

ejecución de la obra consignarán las instrucciones propias de sus respectivas funciones y obligaciones.

3 – El libro de Incidencias se desarrollará conforme a la legislación específica de

seguridad y salud. Tendrán acceso al mismo los agentes que dicha legislación determina.

4 – Una vez finalizada la obra, la documentación del seguimiento será

depositada por el director de la obra en el Colegio Profesional correspondiente o, en su caso, en la Administración Pública competente, que aseguren su conservación y se comprometan a emitir certificaciones de su contenido a quienes acrediten un interés legitimo.

2.- Documentación del control de la obra

1 – El control de calidad de las obras realizado incluirá el control de recepción de productos, los controles de la ejecución y de la obra terminada. Para ello:

a) El director de la ejecución de la obra recopilará la documentación del

control realizado, verificando que es conforme con lo establecido en el proyecto, sus anejos y modificaciones.

b) El constructor recabará de los suministradores de productos y facilitará al

director de obra y al director de la ejecución de la obra la documentación de los productos anteriormente señalada así como sus instrucciones de uso y mantenimiento, y las garantías correspondientes cuando proceda; y

c) La documentación de calidad preparada por el constructor sobre cada una

de las unidades de obra podrá servir, si así lo autorizara el director de la ejecución de la obra, como parte del control de calidad de la obra.

2 – Una vez finalizada la obra, la documentación del seguimiento del control será depositada por el director de la ejecución de la obra en el Colegio Profesional correspondiente, o en su caso, en la Administración Pública competente, que asegure su tutela y se comprometa a emitir certificaciones de su contenido a quienes acrediten un interés legítimo.

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3. - Certificado final de obra 1 – En el certificado final de obra, el director de la ejecución de la obra certificará haber dirigido la ejecución material de las obras y controlado cuantitativa y cualitativamente la construcción y la calidad de lo edificado de acuerdo con el proyecto, la documentación técnica que lo desarrolla y las normas de la buena construcción. 2 – El director de la obra certificará que la edificación ha sido realizada bajo su dirección, de conformidad con el proyecto objeto de licencia y la documentación técnica que lo complementa, hallándose dispuesta para su adecuada utilización con arreglo a las instrucciones de uso y mantenimiento. 3 – Al certificado final de obra se le unirán como anejos los siguientes documentos:

a) Descripción y planos fin de obra que incluyan las modificaciones que, con la conformidad del promotor, se hubiesen introducido durante la obra, haciendo constar su compatibilidad con las condiciones de la autorización.

b) Relación de los controles realizados durante la ejecución de la obra y sus

resultados. Se entregarán tantos ejemplares como sean precisos para la tramitación de los diversos expedientes, más dos (2) copias. Igualmente, se adjuntará en soporte en formato compatible con las aplicaciones utilizadas por la entidad contratante. El coste de los visados correrá a cuenta del adjudicatario.

3.- PLAZOS El plazo previsto para la realización del Proyecto de Ejecución es de DOS (2) MESES, a contar desde el día siguiente a la formalización del contrato. El plazo previsto para las prestaciones de Dirección de las Obras será hasta la recepción de la obra por la propiedad.

4.- CRITERIOS DE ADJUDICACION

Memoria descriptiva de la forma de abordar los trabajos: 49 puntos Metodología y forma de abordar los trabajos de Proyecto. 25 puntos Metodología y forma de abordar los trabajos de Dirección de Obra. 24 puntos Una vez sumados los parciales descritos, se otorgarán los cuarenta y nueve (49) puntos a la oferta que haya obtenido la mayor puntuación, otorgándose al resto la que se obtenga por aplicación de la siguiente fórmula:

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puntuación Máxima

puntos 49puntuar x a oferta la de Puntospuntuación =

Proposición económica 51 puntos Se otorgará la máxima puntuación a la oferta mas económica otorgándose al resto la que se obtenga por aplicación de la siguiente fórmula:

puntuar a Oferta

puntos 40 x económica mas Ofertapuntuación =

5.- PRESUPUESTO DEL CONTRATO El importe del presupuesto de licitación, mejorable a la baja, asciende a la cantidad, por todos los conceptos, I.V.A. excluido, de CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL, QUINIENTOS CUARENTA Y DOS EUROS CON TREINTA Y SIETE CENTIMOS (152.542´37 €), más la cantidad de DOCE MIL OCHOCIENTOS EUROS (27.457´63 €) correspondientes al IVA, de donde resulta un importe total de CIENTO OCHENTA MIL EUROS (180.000,00 €).

Las propuestas se realizarán a la baja, por lo que se rechazarán todas aquellas que superen el presupuesto señalado, debiendo formular necesaria y claramente la parte licitadora en su oferta el importe que corresponda. En el presupuesto de licitación señalado y en la cifra precisa, concreta y determinada por la que se adjudica el contrato se entenderán siempre incluidos, a todos los efectos, no sólo los honorarios y dietas devengadas por razón de la redacción, dirección, estudio y coordinación de seguridad y salud, control de calidad y estudio de gestión de residuos de construcción y demolición, sino también las cuotas correspondientes a los tributos de toda índole que graven a los diversos conceptos y, en particular el IVA, con los recargos que corresponda de conformidad con lo dispuesto en la normativa fiscal de aplicación al caso. Asimismo comprenderá el importe de los visados colegiales que proceda obtener con arreglo a la normativa vigente, y cuantos documentos técnicos deban elaborarse hasta la puesta en servicio de las intervenciones. En consecuencia, no podrán ser repercutidas como partidas independientes, y serán siempre de cargo y cuenta de la parte adjudicataria, cualesquiera otras cargas económicas que se deriven del contrato tales como las primas correspondientes a las pólizas de seguro que deban suscribirse, el coste los avales exigidos y de los anuncios relativos al procedimiento de adjudicación, de suerte que, en ningún caso, habrá de abonar el Ayuntamiento de Portugalete cantidad alguna superior al importe de la adjudicación por razón de los trabajos contratados. El precio final del contrato se considerará cerrado y no podrá ser objeto de revisión alguna, salvo que existan nuevas prestaciones solicitadas por

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Ayuntamiento de Portugalete, en cuyo caso se deberán valorar y aceptar expresamente con carácter previo a su ejecución. 6.- FORMA DE PAGO

- El abono de los honorarios de redacción de los documentos técnicos objeto del contrato, que se corresponde con el 50% del precio total de adjudicación del mismo, se efectuará dentro de los sesenta (60) días siguientes al de presentación de su correspondiente factura. En todo caso la emisión de la factura deberá ser posterior a la fecha del acta de recepción de los trabajo. - El pago del precio en concepto de dirección facultativa de obra, que representa el 50% restante del precio del contrato, se verificará dentro de los sesenta (60) días siguientes a la presentación de cada una de las facturas mensuales correspondientes al mes vencido del trabajo realizado. La cuantía de tales facturas será proporcional al porcentaje del importe de la obra ejecutada.

Portugalete, marzo 2011