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Secretaría General Técnica 1/23 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA EL CONTRATO DE SERVICIOS DE MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS SISTEMAS DE SEGURIDAD DE LOS EDIFICIOS DEL ÁREA DE GOBIERNO DE LAS ARTES CLÁUSULA PRIMERA 1.1 - OBJETO DEL CONTRATO El objeto del presente Pliego es regular las condiciones técnicas que han de regir la contratación del mantenimiento técnico integral, la conservación y reparación del sistema integral de seguridad existente en los diferentes edificios del Área de Gobierno de Las Artes, y los trabajos derivados de la organización de espacios que pudieran producirse, al objeto de garantizar su conservación y óptimo rendimiento. En el caso de la adscripción de nuevos edificios al Área de Gobierno en los que ésta tenga atribuida obligación de mantenimiento, éstos se incorporarán al objeto del contrato, previa tramitación de la correspondiente modificación contractual. Del mismo modo se actuará en caso de baja de edificios 1.2 - DESCRIPCIÓN DE LOS EDIFICIOS OBJETO DEL CONTRATO. Las diferentes instalaciones mencionadas anteriormente, pertenecen a: CARACTERÍSTICAS DEL EDIFICIO DESIGNACIÓN DEL EDIFICIO DIRECCIÓN DESCRIPCIÓN Nº m 2 CUARTEL DE CONDE DUQUE C/ CONDE DUQUE Nº 9-11 USOS CULTURALES Y VARIOS 44.563 MUSEO DE HISTORIA C/ FUENCARRAL Nº 78 MUSEO 7.125 MUSEO DE LOS ORIGENES PZA. DE SAN ANDRES Nº 2 MUSEO 2.895 ERMITA SAN ANTONIO DE LA FLORIDA GTA. SAN ANTONIO DE LA FLORIDA Nº 4 MUSEO 662 MATADERO Pº DE LA CHOPERA Nº12 VARIOS SERVICIOS 6.100 PLANETARIO AVDA. DEL PLANETARIO Nº16 CENTRO CULTURAL 3.062 MUSEO DE ARTE PUBLICO C/ SERRANO Nº 67 MUSEO 33

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA EL CONTRATO DE SERVICIOS DE MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS SISTEMAS DE SEGURIDAD DE LOS EDIFICIOS DEL ÁREA DE GOBIERNO DE LAS ARTES CLÁUSULA PRIMERA 1.1 - OBJETO DEL CONTRATO

El objeto del presente Pliego es regular las condiciones técnicas que han de regir la contratación del mantenimiento técnico integral, la conservación y reparación del sistema integral de seguridad existente en los diferentes edificios del Área de Gobierno de Las Artes, y los trabajos derivados de la organización de espacios que pudieran producirse, al objeto de garantizar su conservación y óptimo rendimiento.

En el caso de la adscripción de nuevos edificios al Área de Gobierno en los

que ésta tenga atribuida obligación de mantenimiento, éstos se incorporarán al objeto del contrato, previa tramitación de la correspondiente modificación contractual. Del mismo modo se actuará en caso de baja de edificios

1.2 - DESCRIPCIÓN DE LOS EDIFICIOS OBJETO DEL CONTRATO. Las diferentes instalaciones mencionadas anteriormente, pertenecen a:

CARACTERÍSTICAS DEL EDIFICIO DESIGNACIÓN DEL

EDIFICIO DIRECCIÓN DESCRIPCIÓN Nº m2

CUARTEL DE CONDE DUQUE

C/ CONDE DUQUE Nº 9-11 USOS CULTURALES Y VARIOS

44.563

MUSEO DE HISTORIA C/ FUENCARRAL Nº 78 MUSEO 7.125

MUSEO DE LOS ORIGENES

PZA. DE SAN ANDRES Nº 2 MUSEO 2.895

ERMITA SAN ANTONIO DE LA FLORIDA

GTA. SAN ANTONIO DE LA FLORIDA Nº 4

MUSEO 662

MATADERO Pº DE LA CHOPERA Nº12 VARIOS SERVICIOS

6.100

PLANETARIO AVDA. DEL PLANETARIO Nº16

CENTRO CULTURAL

3.062

MUSEO DE ARTE PUBLICO

C/ SERRANO Nº 67 MUSEO 33

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1.3 - DE LAS OBRAS E INSTALACIONES ACTUALES.

El contratista aceptará los edificios con sus servicios, obras e instalaciones, en las condiciones a la fecha de licitación, independientemente del estado en que se encuentren. Por ello, los licitadores podrán conocer el estado de los mismos, así como de sus instalaciones antes de redactar su oferta, para lo cual solicitarán al Departamento de Régimen Interior del Área de Gobierno de Las Artes, autorización para poder acceder a las dependencias municipales objeto del contrato. Con objeto de no interferir en el normal funcionamiento de los edificios, el citado Departamento, indicará en la autorización los días de visita a los edificios, dentro del periodo de licitación. CLÁUSULA SEGUNDA 2.1 -TIPO DE MANTENIMIENTO Y ACTIVIDADES A REALIZAR

Se entiende por mantenimiento, el conjunto de trabajos, de conservación preventiva y conservación correctiva, necesarios para mantener en cada edificio, las dependencias e instalaciones que constituyen su sistema de seguridad, en condiciones de uso durante su período de vida útil, optimizando el consumo energético, previniendo los posibles riesgos que puedan comprometer su seguridad y protegiendo su entorno de posibles agresiones. Todas estas tareas están dirigidas a conseguir una disminución en los gastos de reparación, reducción de la pérdida de valor del inmueble, así como el ahorro derivado de la correcta utilización de las instalaciones.

Conservación preventiva es el conjunto de trabajos de entretenimiento,

llevados a cabo de forma periódica, consistentes en la reposición de elementos agotados o defectuosos, sustituciones de productos o piezas consumidos o desgastados en su normal funcionamiento, inspección de los elementos constructivos y de las instalaciones, generación de informes y documentos para el Área de Gobierno de las Artes y la Oficina de Seguridad Corporativa de Madrid, así como aquellas operaciones de limpieza necesarias para hacer operativas las canalizaciones, conductos y elementos de campo expuestos a un ensuciamiento persistente o temporal. El diagrama de bloques de actividades a realizar es el siguiente:

PREVENTIVO CORRECTIVO Inspección X Ajuste X Prueba Funcional X X Intervenciones / Averías X

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En los diferentes edificios del Área de Gobierno de Las Artes, objeto de este pliego, la Empresa adjudicataria deberá realizar el mantenimiento preventivo y correctivo en todos los elementos constructivos, instalaciones y equipamientos técnicos generales que a continuación se relacionan, desarrollándose de acuerdo a la cláusula 4 del presente documento: 2.2 - SISTEMA INTEGRAL DE SEGURIDAD SUBSISTEMA DE VIDEO Cámaras de Video (Móviles, fijas, de exterior/interior, etc.) Grabadores de Video (VHS, Grabadores digitales, etc.) Monitores de Video (Analógicos, TFT, Plasma, etc.) Equipos de Gestión (Servidor, Puesto de operador, Codificadores, Software, etc.) SUBSISTEMA DE INTRUSIÓN Detectores de campo (Magnético, IR, MW, Sirenas, actuadores, etc.) CPU de control (Centrales de alarma, transmisores, módulo de ent./sal., etc.) Equipos de Gestión. (Servidor, Puesto de operador, Codificadores, Software, etc.) SUBSISTEMA DE GESTIÓN / CENTRALIZADA Servidor/es de gestión + software Puestos de Operador (incluye elementos periféricos) Unidades de alimentación ininterrumpida. 2.3 - EQUIPOS DEL SISTEMA DE SEGURIDAD INCLUIDOS EN EL PLAN DE MANTENIMIENTO.

CUARTEL DE CONDE DUQUE

SUBSISTEMA DE INTRUSIÓN

EQUIPO UNIDADES

CENTRAL DE ALARMA 16 ZONAS SIEMENS MODELO SINTONY 400 S/411ES 1

DETECTOR VOLUMÉTRICO DE INFRARROJOS SIEMENS MODELO IR120C 20 CONTACTO MAGNETICO PARA PUERTAS SIEMENS MODELO CMP 20

CENTRAL DE ALARMA 8 ZONAS 1 CONTACTO MAGNETICO PARA PUERTAS GRAN POTENCIA 3

TECLADOS DE BLOQUEO DE ALARMA 3

SIRENAS ELECTRÓNICAS 3

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SUBSISTEMA DE CCTV

EQUIPO UNIDADES

MONITOR PHILIPS 170S 5

MONITOR BENQ T701 1

VIDEOGRABADOR PENTIUM IV 5

SAI (3000VA- AUTONOMÍA 15 MIN.) 1

CÁMARA BULLET 49

CÁMARA ECV 5014 1

CÁMARA ECV CC5012 1

CÁMARA MINITRÓN KOWA 1

CÁMARA DIGITAL COLOR 1

CÁMARAS INTERIORES 24

MINIDOMO CW-C1315-LP SIEMENS 5 CÁMARA DOMO DE ALTA VELOCIDAD CCDA1425-ST SIEMENS 1

CÁMARA COLOR CCBC1345-MP SIEMES 23

CÁMARA DIA/NOCHE COLOR 1

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MUSEO DE HISTORIA

SUBSISTEMA DE CCTV

EQUIPO UNIDADESMULTIPLEXOR MARCA UNIPLEX, 16 Ch 1

MULTIPLEXOR DUPLEX MARCA PELCO, 16 Ch. 1

GRABADOR ANALÓGICO MS1024 MITSUBISHI 1

CUADRANTE B/N MARCA HONEYWELL, 4 Ch 1 GRABADOR DIGITAL 16 ENTRADAS 2GF4816-8DB SIEMENS 1 GRABADOR DIGITAL 4 ENTRADAS 2GF4816-8AE SIEMENS 1

MONITOR CTR COLOR 21 “ 2

MONITOR COLOR TFT 17” 5

MONITOR CTR B/N 14” 3

CÁMARA MÓVIL EXTERIOR MARCA JAVELIN 4

CÁMARA FIJA INTERIOR B/N 4

CÁMARA MINIDOMO MOTORIZADA HAD SONY 33 GRABADOR DIGITAL 4 ENTRADAS SIEMENS MODELO 2GF4816-8AE 1

MONITOR TFT COLOR 17” 5

CÁMARA MINIDOMO MOTORIZADA COLOR HAD SONY 33

SUBSISTEMA DE INTRUSIÓN

EQUIPO UNIDADES

CENTRAL 16 ZONAS SIEMENS MODELO SI411ES 1 CONTACTO MAGNÉTICO DE POTENCIA SIEMENS 59 DETECTOR DOBLE TECNOLOGÍA IR PASIVO/MICROONDAS , MARCA SIEMENS 29 DETECTOR INFRARROJOS SIEMENS 44 DETECTOR INFRARROJOS PASIVO SIEMENS 32 SIRENA EXTERIOR CON ALTAVOZ 1

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MUSEO DE LOS ORIGENES

SUBSISTEMA DE CCTV

EQUIPO UNIDADESMULTIPLEXOR MARCA PELCO, 16 Ch.. 1

MULTIPLEXOR MARCA SAMSUNG SDM-16P, 16 Ch.. 1

MONITOR CTR COLOR 21”. 2

MONITOR CTR COLOR 14”.. 1

MONITOR CTR B/N 10”. 4 VIDEOGRABADOR ANALÓGICO CINTA SAMSUNG DIAMOND STLV-24 P 2 CÁMARA COLOR SAMSUNG SCC 302 P 28

ERMITA DE SAN ANTONIO DE LA FLORIDA

SUBSISTEMA DE CCTV

EQUIPO UNIDADES

VIDEOGRABADOR HD HEITEL CAMDISC 10. 1

CONVERSOR BN/COLOR VZT-21B/TB MARCA ENEO 4 CÁMARA DOMO FCB-EX480CP MARCA SONY 4 CÁMARA INTERIOR DIA-NOCHE BULLET 4

SUBSISTEMA DE INTRUSIÓN

EQUIPO UNIDADES

CENTRAL DE ALARMAS VISTA 120, MARCA ADEMCO 1 DETECTOR IR 5 CONTACTO MAGNÉTICO DE SUPERFICIE. 4 FUENTE DE ALIMENTACIÓN 12V; 1

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MATADERO

SUBSISTEMA DE CCTV

EQUIPO UNIDADES

CONJUNTO GRABADOR/ MATRIZ DE VIDEO 16 CÁMARAS SMP-94RS SIEMENS

1

PUPITRE CÁMARAS TIPO CONSOLA CKA4820 SIEMENS 1

PUPITRE MEGAFONÍA SMP-94RS ÓPTIMUS 1

SAI ON LINE SLC TWIN MARCA SALICRU 1

ROUTER 8 PUERTOS CSD1020 MARCA PLANET 1

CÁMARA FIJA DE EXTERIOR CCBS1337 MARCA SIEMENS 11 CÁMARA DOMO DE EXTERIOR 2GF1191-8AA MARCA SIEMENS 5

CÁMARA FIJA DE INTERIOR CCBS1314 MARCA SIEMENS 1

CÁMARA MINIDOMO DE INTERIOR MARCA SIEMENS 5 CÁMARAS EXTERIORES DIA/NOCHE H264 MARCA IPTECO CON ANTENAS PARA EMISIÓN DE SEÑALES 5

PLANETARIO

SUBSISTEMA DE CCTV

EQUIPO UNIDADES

ORDENADOR DELL OPTIPLX GX620. INCLUIDO TECLADO Y RATÓN.

1

SWITCH ETHERNET DELL POWERCONECT, 16 Ch 1 MONITOR TFT 17” DELL 3 CÁMARA COLOR DIA/NOCHE HONEYWELL CC-PH23DN CONVERTIDOR VIDEO A ETHERNET. 9

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MUSEO DE ARTE PUBLICO

SUBSISTEMA DE CCTV

EQUIPO UNIDADES

MULTIPLEXOR VIDEOGRABADOR HD PANASONIC WJ-JD 316A. INCLUIDO TECLADO Y RATÓN.

1

GRABADOR DVD PANASONIC HD 300 1 MONITOR TFT 20” PANASONIC WV-LD 2000 1 MONITOR TFT 15” PANASONIC WV-LD 1500 1 CÁMARA B/N EXTERIOR 9

El objetivo es conservar íntegramente operativos los sistemas descritos, mediante la limpieza, reparación, o sustitución por recambios de:

• El material básico de la instalación. • Las piezas que integran los diferentes elementos o componentes. • Los elementos o componentes que forman parte de un sistema. • El material fungible (baterías, pilas, leed, indicadores luminosos, etc.), se

facturará aparte, siempre que supere los 50 € IVA incluido. En la sustitución de elementos o componentes se respetará el siguiente orden de prioridad:

• Igual marca y modelo. • Igual marca, y modelo equivalente cuando el original se hubiera dejado de

fabricar. • Marca y modelo compatibles, cuando la original hubiera desaparecido del

mercado. Se obliga a garantizar mediante sus propios medios, lo estipulado en el articulo 40.2 del RD 2364/1994 de 9 de diciembre para los dispositivos exteriores que establece: “Los dispositivos exteriores, tales como cajas de avisadores acústicos u ópticos, deberán incorporar el teléfono de contacto desde el que se pueda adoptar la decisión adecuada, y el nombre y teléfono de la empresa que realice su mantenimiento”.

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CLÁUSULA TERCERA. PLAZO DE EJECUCIÓN La vigencia del presente contrato, será de doce meses. CLÁUSULA CUARTA 4.1 -DESARROLLO DEL SERVICIO 4.1.1 Mantenimiento preventivo de las instalaciones.

Se entenderá por mantenimiento preventivo, el conjunto de operaciones necesarias para asegurar el funcionamiento de las instalaciones de manera constante, con el mejor rendimiento energético posible, conservando permanentemente la seguridad del edificio, de las personas y la defensa del medio ambiente. El mantenimiento preventivo, objeto del contrato, se realizará sobre la totalidad de los elementos constructivos e instalaciones del sistema integral de seguridad del edificio, excepto las instalaciones del sistema contra incendios del edificio, de acuerdo con las frecuencias que las Reglamentaciones en vigor obligan para el control y mantenimiento de los elementos e instalaciones, así como con el plan básico de actuaciones y frecuencias que se exponen en el desarrollo de este Pliego. La empresa adjudicataria elaborará un documento técnico, en el plazo máximo de un mes a partir de la formalización del contrato, en el que se contemplen todas las actuaciones de prevención a llevar a cabo sobre los equipos e instalaciones objeto del contrato. Dicho documento deberá contener, como mínimo, los siguientes apartados, que serán aprobados por la Oficina de Seguridad Corporativa de Madrid:

• Inventario de equipos e instalaciones. • Libro de protocolo de inspección del Mantenimiento Preventivo. • Programa de trabajo del Mantenimiento Preventivo. • Estadillo-registro de las inspecciones.

4.1.2. Mantenimiento correctivo de las instalaciones. Se incluyen en el objeto del contrato, todas las operaciones de mantenimiento correctivo, que haya que realizar como consecuencia de avisos por avería de los equipos e instalaciones, comprendiendo todas las intervenciones

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precisas para la vuelta al idóneo funcionamiento previsto en el mantenimiento preventivo, consistiendo en la reparación por avería o rotura imprevista, de cualquier máquina, equipo o instalación del edificio como consecuencia de su normal funcionamiento. Las operaciones de mantenimiento correctivo llevadas a cabo, se recogerán en un documento técnico que contendrá, como mínimo, los siguientes apartados, que las empresa conservadora presentará en el Área de Gobierno de Las Artes, con copia a la Oficina de Seguridad Corporativa de Madrid.

• Partes de averías. • Estadillo-registro de averías. • Archivo de partes de averías.

Asimismo, por cada intervención de mantenimiento correctivo, la empresa

adjudicataria emitirá informe técnico sobre las causas de la incidencia y labores realizadas para su resolución, que será remitido al Área de Gobierno de Las Artes con copia a la Oficina de Seguridad Corporativa para su evaluación.

La mano de obra de las operaciones de mantenimiento correctivo, así como todos los materiales necesarios para las reparaciones que no superen los 50 € IVA incluido de valor, quedan incluidos en el objeto del presente contrato.

El tiempo de respuesta y reparación, será el previsto en la cláusula novena

de este pliego, atendiendo a los diferentes tipos de avisos. Cuando por la índole especial de la avería, su reparación exija un plazo superior, se informará a los responsables del Área de Gobierno de Las Artes y de la Oficina de Seguridad Corporativa, adoptándose las medidas oportunas, autorizando o no la reparación de los elementos dañados, por la empresa adjudicataria.

La empresa adjudicataria garantizará en todo momento, la aportación de

medios técnicos y personales suficientes para atender cualquier aviso de avería o incidencias, prestando un servicio de 24 horas, durante todos los días del año. 4.1.3. Operaciones de control de las instalaciones.

Comprenderán todas y cada una de las acciones encaminadas a velar por el buen funcionamiento, la seguridad y la correcta puesta en marcha de todos los equipos integrantes de las instalaciones técnicas de seguridad de los edificios objeto del contrato.

La empresa adjudicataria, por medio de su personal designado para el mantenimiento del edificio, llevará a cabo el control de las variables de mantenimiento técnico de equipos e instalaciones, ejecutando las operaciones rutinarias con total garantía para las mismas y atendiendo en todo momento a los avisos de incidencias o averías.

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4.1.4. Operaciones de Mantenimiento Técnico-Legal. De acuerdo con las Reglamentaciones Oficiales vigentes, que les sean de aplicación a los elementos constructivos e instalaciones objeto de este contrato, la Empresa adjudicataria vendrá obligada a llevar a cabo el mantenimiento técnico-legal de acuerdo con los preceptos contenidos en dichos Reglamentos que estén en vigor, o los que pudieran promulgarse durante el tiempo de ejecución del contrato, tanto si aquellos son de carácter europeo, nacional, autonómico o local. Dichas actuaciones comprenderán las operaciones de tipo preventivo y las revisiones periódicas establecidas en los Reglamentos aplicables, y serán realizadas por la empresa adjudicataria o empresa autorizada, siempre por cuenta de aquella, debiendo presentar al Área de Gobierno de Las Artes y a la Oficina de Seguridad Corporativa, la documentación acreditativa con los certificados o visados oficiales obligatorios. CLÁUSULA QUINTA 5.1 -OPERACIONES GENERALES DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Las operaciones generales de mantenimiento preventivo son aquellos trabajos de conservación objeto de este Pliego, que el Contratista tiene que cumplir en todo momento y a su cargo, incluyendo mano de obra, materiales y medios auxiliares para la realización de los mismos. Según la especialidad de que se trate, este mantenimiento comprende: 5.1.1. Subsistema de vídeo

• Limpieza de cámaras de video. • Reajuste de ópticas. • Comprobación del buen estado de la telemetría. • Comprobación del nivel de video en concentradores de señales. • Comprobación de funcionalidad de termostatos en carcasas exteriores. • Limpieza de cristales de carcasa exteriores/interiores. • Comprobación de niveles correctos de luminosidad. • Comprobación de equipos de gestión y grabación. Comprobación de

software, interrelaciones, actuaciones automáticas.

5.1.2. Subsistema de intrusión Comprobación mensual de la instalación de la central de alarma, detección de robo e intrusión.

• Comprobación de funcionabilidad de los elementos de campo. • Comprobación de activación de sirenas y actuaciones programadas.

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• Comprobación de conexión de receptora de alarmas. • Limpieza de ópticas IR./MW. • Comprobación de Fuentes de Alimentación. • Comprobación de equipos de gestión. • Comprobación de software, interrelaciones, actuaciones automáticas.

CLÁUSULA SEXTA 6.1-PLAN BÁSICO DE ACTUACIONES Y FRECUENCIA DEL MANTENIMIENTO PREVENTIVO. Se realizarán seis ( 6 ) visitas preventivas anuales en las que realizaran los trabajos que se describen a continuación: 6.1.1. Subsistema de Intrusión

Comprobar la correcta orientación de los detectores

Limpieza de detectores y demás elementos de detección

Verificar que todos los elementos están correctamente instalados

Verificar voltaje

Comprobación que todos los elementos funcionan correctamente

Verificación de fuentes de alimentación: signos de sobrecalentamiento Verificar la existencia de algún daño sobre los elementos

Comprobar que el Sistema arma y desarma correctamente

Comprobar que el Sistema transmite correctamente a CRA todas las zonas Comprobar el correcto funcionamiento de las baterías

6.1.2. Subsistema de CCTV

Limpieza de ópticas

Comprobación que todos los elementos están conectados correctamente Verificar voltaje de las cámaras

Verificar el correcto enfoque las ópticas

Comprobar el correcto funcionamiento de los equipos de grabación

Comprobar la correcta programación de los equipos de grabación

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6.1.3. Subsistema de Grabación y Transmisión Digital de Imágenes

Comprobación que todos los elementos están conectados correctamente Comprobar el correcto funcionamiento de los equipos de grabación

Comprobar la correcta programación de los equipos de grabación

Comprobar que los equipos de grabación transmiten correctamente

Con independencia de las actuaciones imprevistas por averías, o incidencias de mantenimiento preventivo que hicieran falta, el programa de trabajo recogido en la cláusula cuarta, apartado 4.1.1, ha de confeccionarse por el contratista, bajo la supervisión de los Técnicos de la Oficina de Seguridad Corporativa de Madrid, y deberá basarse en las directrices de actuaciones y frecuencias que se reflejen en el plan básico previsto en esta cláusula, pudiéndose cambiar los criterios en aquellas actuaciones que así se acuerden. CLÁUSULA SÉPTIMA 7.1. MEDIOS PERSONALES En la realización de los trabajos previstos dentro del mantenimiento integral objeto del contrato, se contará con profesionales de cada uno de los sectores comprendidos, que a su vez estarán apoyados técnica y profesionalmente por la estructura de la empresa adjudicataria a la cual pertenecen. El personal deberá ser complementado con los oficios especializados que sean necesarios para la correcta ejecución de los trabajos. En cualquier caso, la empresa adjudicataria no podrá alegar como causa del retraso o imperfección de la ejecución de los trabajos por la insuficiencia de personal. La empresa adjudicataria está obligada al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Prevención de Riesgos Laborales. El Ayuntamiento quedará eximido de toda relación laboral, económica o jurídica con el personal del adjudicatario. En el mantenimiento técnico de las instalaciones, el personal que preste sus servicios será polivalente en los sectores siguientes:

− Electricidad / Electrónica. − Seguridad. − Gestión Informática Sistemas de control de instalaciones.

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La empresa adjudicataria deberá disponer de unos medios técnicos y una

organización adaptada a la naturaleza del trabajo contratado, para lo cual habrán de contar, con los medios personales suficientes.

Dentro de la prestación del servicio de mantenimiento técnico de las

instalaciones objeto del contrato, se considera como pesonal necesario para su realización, el siguiente:

7.1.1. Responsable del Servicio

o Será el interlocutor válido ante el responsable designado por el Área de Gobierno de Las Artes y la Oficina de Seguridad Corporativa

o Coordinará los procedimientos y métodos de actuación con miras a conseguir una optimización del servicio.

o Dirigirá las labores de Ingeniería de Mantenimiento y de la ejecución del Servicio (organización de recursos, supervisión, informes, etc.), realizando visitas periódicas a las instalaciones según las necesidades del servicio.

o Estará 24 horas al día con teléfono móvil disponible para la recepción de avisos urgentes

o La presencia de este técnico podrá ser requerida en cualquier momento fuera de su jornada laboral, siendo su dedicación al contrato plena.

7.1.2. Equipos de trabajo

El mantenimiento preventivo y correctivo de las instalaciones se realizará con personal especializado que realizará visitas periódicas programadas de mantenimiento preventivo para cumplir el plan de mantenimiento especificado, y atenderá los avisos de avería que se puedan producir. Existirán tantos técnicos como el servicio requiera. Con independencia de la titulación académica exigida para el personal de los equipos, los operarios cualificados estarán en posesión de los carnés profesionales, que se exigen para cada instalación específica. Tanto los documentos de calificación empresarial como los carnés profesionales exigidos deberán estar autorizados, registrados y en vigor en la Dirección General de Industrial, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid.

La designación nominativa del responsable y de la plantilla, se comunicará por escrito a la SGT, Departamento de Régimen Interior, antes del comienzo de la prestación del servicio. El contratista estará obligado a informar sobre las variaciones de la plantilla designada.

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Todo el personal de la contrata adscrito al servicio deberá llevar una tarjeta de identificación plastificada. En ella se hará constar la filiación, el número de la plantilla, clasificación profesional, etc. Dicha tarjeta irá firmada por el Técnico de la Oficina de Seguridad Corporativa y el representante del contratista en el Ayuntamiento o responsable máximo. Dicha identificación la llevará siempre visible en aquellos lugares en donde esté desarrollando su labor profesional, siempre que se trate de edificios de competencia municipal. En cualquier caso, deberá mostrar su identificación de personal adscrito a conservación de edificios municipales, cuando le sea requerida por la persona encargada o responsable del edificio de que se trate.

El contratista dispondrá de una estructura administrativa funcional con una

lógica y precisa asignación en responsabilidades y autoridad para crear una organización segura y responsable, adecuada a los objetivos deseados y capaces de redactar, manejar, controlar e interpretar toda la documentación e información establecida en este Pliego.

Las misiones fundamentales del Contratista son:

Recoger información de las inspecciones preventivas realizadas, de los trabajos efectuados, de los controles hechos y de las anomalías reparadas.

Realizar las estadísticas por tipos de trabajos, reclamaciones

recibidas, averías características de los espacios e instalaciones, y, en general, todas aquellas que permitan una adecuación del servicio a las exigencias de la conservación.

Redactar un esquema informativo que, de forma abreviada y

significativa, agrupe diaria y mensualmente, aquellos datos que permitan una orientación válida sobre las actuaciones del servicio.

Preparar junto con los técnicos de la Oficina de Seguridad

Corporativa de Madrid, los proyectos-programas operativos de conservación preventiva con el detalle requerido, y sistematizando el orden de las operaciones.

Vigilar que el personal a su cargo realice los trabajos, las

inspecciones, etc., de forma adecuada y racional, con la máxima productividad.

Preparar y redactar las órdenes de trabajo del personal a su cargo.

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CLÁUSULA OCTAVA 8.1. MEDIOS MATERIALES La empresa adjudicataria dispondrá de los medios técnicos necesarios, tales como andamiajes, equipos especiales, sistemas de comunicación, furgonetas, etc., así como las herramientas precisas para el desarrollo de los trabajos objeto del contrato, por medio de su personal propio.

En los locales, que en su caso sean designados por la Secretaría General Técnica del Área de Gobierno de Las Artes, para el mantenimiento técnico de las instalaciones, se suministrarán los consumibles como luz eléctrica, agua, etc., a disposición de la empresa adjudicataria. 8.1.1. Materiales de mantenimiento propiamente dicho

Son aquellos materiales de uso continuado en las tareas propias de mantenimiento, así como el pequeño material de cualquier tipo o instalación, considerado accesorio de vida media corta y bajo coste.

Los materiales de mantenimiento propiamente dicho serán suministrados y

abonados por la empresa adjudicataria.

8.1.2. Materiales propios de equipos o instalaciones. Se considera como tales, todos aquellos materiales que ocupando un lugar permanente en un equipo o instalación es necesario sustituir por rotura, desgaste o mal funcionamiento y que son fundamentales para el funcionamiento de los equipos o instalaciones que los utilizan.

Los materiales de equipos o instalaciones, que no estén comprendidos en los que hay que sustituir, según la cláusula quinta, serán por cuenta del Área de Gobierno de Las Artes, siempre y cuando excedan de 50 € IVA incluido, según el apartado 4.1.2 de este Pliego, pudiendo ser suministrados por la empresa adjudicataria, previa conformidad del Área de Gobierno de Las Artes y la Oficina de Seguridad Corporativa y aprobación del correspondiente presupuesto.

El Ayuntamiento se reserva el derecho de recuperar, para el Patrimonio

Municipal, aquellos materiales, elementos e instalaciones que vayan a ser sustituidos por otros nuevos, para lo cual indicará al Contratista el lugar donde deberá depositarlo, con el menor deterioro posible.

Todos los materiales empleados en las tareas de conservación, tanto en

reposición de elementos sueltos como en sustituciones por obsolescencia de las instalaciones, será materiales homologados por el Ayuntamiento, a través de sus

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Departamentos competentes y recogidos en los Pliegos o Relaciones de materiales homologados por especialidades. No obstante, habrá muchos materiales, de empleo y uso frecuente en conservación, que no estén homologados y que un empleo indiscriminado sin fijar algunas características puede originar una dispersión de calidades en función de criterios no unificados.

Dada la imposibilidad de fijar las calidades de los elementos en los trabajos de conservación, por la ausencia de proyectos específicos y la dispersión de los mismos en el presente Pliego, los Técnicos de la Oficina de Seguridad Corporativa, serán los que recomienden en todo momento y para cualquier tipo de obras, electricidad e instalaciones, los materiales que deben emplearse en las instalaciones y sus calidades, con preferencia las que estén contrastadas, en durabilidad y en funcionalidad con otras obras e instalaciones ya realizadas. Por tanto, el adjudicatario no es libre de imponer ni de instalar ningún material o elemento que, previamente, no haya sido conformado por el Técnico competente de la Oficina de Seguridad Corporativa de Madrid. En cualquier caso, prevalecerá el criterio del Técnico en la elección del material, ya que es éste último el responsable de que la obra se ejecute en las mejores condiciones y, desde su punto de vista, con los mejores materiales. CLÁUSULA NOVENA CALIDAD TÉCNICA DEL SERVICIO Para garantizar el cumplimiento de los tiempos máximos de respuesta y reparación, en casos de avisos urgentes, el adjudicatario dispondrá de un servicio telefónico atendido por personal de la propia empresa, que cubrirá durante todos los días del año, las 24 horas, la atención de los edificios municipales objeto de este contrato. Asimismo, tendrán soporte de correo electrónico con el fin de dejar registro escrito de las actividades solicitadas.

En fines de semana y festivos mantendrán un servicio, para la atención a avisos que se produzcan en sus instalaciones, durante las horas de actividad. Un teléfono de emergencia, que podrá coincidir o no con el de guardia, estará disponible para recibir este tipo de avisos, especialmente durante el desarrollo de actos de especial relevancia en edificios municipales culturales y de espectáculos.

En función del tipo de problema detectado se generarán tres tipos de actuaciones:

- Aviso urgente, para aquellas situaciones que pueden paralizar la normal utilización del edificio, o pueden representar graves riesgos para las personas o las cosas.

- Aviso no urgente, para aquellas situaciones que, aún no paralizando la utilización del edificio, sí impiden el normal funcionamiento del mismo, o pueden motivar posteriores daños, en caso de demorar su reparación.

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- Todas las demás situaciones no contempladas en los dos supuestos anteriores, no requerirán aviso alguno y se comunicarán a la Empresa adjudicataria en la visita de inspección periódica, quedando reflejadas en la hoja de control correspondiente.

Los avisos realizados se atenderán en los tiempos de respuesta y reparación siguientes:

- Tiempo de respuesta: es el necesario para que se personen en el edificio afectado un encargado o persona cualificada de la empresa adjudicataria, con el fin de evaluar el daño y comenzar la actuación. Este tiempo de respuesta será de 2 horas para avisos urgentes y 48 horas para el resto.

- Tiempo de reparación: es el necesario para restituir el elemento o instalación afectada a su estado inicial. Este tiempo de reparación será de 24 horas en el caso de avisos urgentes y 7 días para el resto.

Si el adjudicatario, por propia iniciativa efectuase trabajos de mejora o que

rebasen el alcance que este Pliego establece para las actuaciones incluidas en la modalidad de mantenimiento preventivo, al objeto de ahorrarse reiteradas intervenciones sobre un elemento deteriorado, aquellos trabajos serán también considerados íntegramente incluidos en esta modalidad, previo consentimiento del Técnico responsable.

CLÁUSULA DÉCIMA GARANTÍA DE LOS TRABAJOS De conformidad con el artículo 205.3 de la LCSP, no se exige plazo de garantía por la naturaleza del contrato, dado que el objeto consiste en la prestación de un servicio de tracto sucesivo y con obligaciones continuadas, cuyos trabajos son recepcionados satisfactoriamente por la Administración de forma automática con la conformidad de la factura, de tal modo que cualquier defecto en la ejecución de los trabajos, motiva una nueva obligación contractual incluida en el objeto, que hace innecesaria la exigencia de plazo de garantía.

En caso de que por motivo de avería sea necesario la sustitución de piezas

de la maquinaria de los equipos e instalaciones, éstas quedarán garantizadas durante 2 años o un plazo superior, si así viniera establecido en la garantía de fabricación. La empresa adjudicataria responderá de los daños ocultos, causados por la manipulación incorrecta de cualquier instalación del edificio.

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Los adjudicatarios deberán delimitar el recinto de las obras, cuando éstas comporten riesgo para las personas. Los elementos de protección empleados se mantendrán en todo momento en perfecto estado de conservación y señalización.

Será responsabilidad del contratista los daños o perjuicios que se puedan ocasionar a terceros durante la ejecución del contrato, con ocasión del funcionamiento normal o anormal del servicio. Serán a cargo del adjudicatario las indemnizaciones que deba satisfacer como consecuencia de las lesiones que aquellos sufran en sus bienes y derechos, todo ello con arreglo a la legislación sobre contratos y responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. El adjudicatario cubrirá sus responsabilidades a que hubiera lugar si se produjeran daños a terceros con una póliza de responsabilidad civil, por importe de 100.000€.

Asimismo, la empresa adjudicataria se comprometerá a suscribir una póliza

de seguros en concepto de responsabilidad civil a nombre del Ayuntamiento de Madrid que cubra las tareas de Dirección Técnica de los Técnicos Municipales que intervienen por importe de cien mil euros (100.000 euros). CLÁUSULA UNDÉCIMA 11.1.CONFIDENCIALIDAD, PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN

La empresa adjudicataria y el personal a su servicio en la prestación del contrato, tal y como se define en la letra g) del artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, están obligados en su calidad de encargados de tratamiento de datos personales por cuenta del órgano de contratación, al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid, el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como de las disposiciones que en materia de protección de datos se encuentren en vigor a la adjudicación del contrato o que puedan estarlo durante su vigencia.

La empresa adjudicataria se obliga especialmente a lo siguiente: 11.1.1 Deberá guardar la debida confidencialidad y secreto sobre los hechos, informaciones, conocimientos, documentos y otros elementos a los que tenga acceso con motivo de la prestación del servicio (art. 10 LOPD), sin que pueda conservar copia o utilizarlos para cualquier finalidad distinta a las expresamente recogidas en el presente pliego, incurriendo en caso contrario en las responsabilidades previstas en la legislación vigente (art. 12.4 LOPD). Igualmente, deberá informar a sus empleados de que sólo pueden tratar la información del Ayuntamiento para cumplir los servicios objeto de este pliego y también de la obligación de no hacer públicos, ceder o enajenar cuantos datos

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conozcan (artículo 9 LOPD). Esta obligación subsistirá aún después de la finalización del contrato.

11.1.2. Asimismo, deberá incluir una cláusula de confidencialidad y secreto en los términos descritos (art. 10 LOPD) en los contratos laborales que suscriban los trabajadores destinados a la prestación del servicio objeto del presente pliego. La empresa adjudicataria, al igual que su personal, se someterán a los documentos de seguridad vigentes en el Ayuntamiento de Madrid para cada uno de los ficheros a los que tengan acceso, e igualmente a las especificaciones e instrucciones de los responsables de seguridad en materia de protección de datos de cada una de las dependencias municipales afectadas.

11.1.3. Dicho compromiso afecta tanto a la empresa adjudicataria como a los participantes y colaboradores en el proyecto y se entiende circunscrito tanto al ámbito interno de la empresa como al ámbito externo de la misma. El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho al ejercicio de las acciones legales oportunas en caso de que bajo su criterio se produzca un incumplimiento de dicho compromiso.

11.1.4. Únicamente tratará los datos personales a los que tenga acceso para la prestación del contrato conforme al contenido de este pliego de prescripciones técnicas y a las instrucciones que el órgano de contratación le pueda especificar, en concreto y que en su caso, se incluirían como una adenda al presente contrato. No aplicará o utilizará los datos personales indicados con fin distinto al previsto en el contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas salvo autorización expresa por parte del responsable del fichero en los términos previstos en el artículo 21 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

11.1.5. A cumplir todas y cada una de las medidas de seguridad (nivel básico, medio o alto) que sean de aplicación en función de la tipología de datos que se utilicen y traten para la prestación del servicio objeto del presente contrato y que vienen previstas en el Título VIII del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. A este respecto no se registrarán datos de carácter personal en ficheros que no reúnan las condiciones determinadas en el referido Titulo VIII respecto a su integridad y seguridad y a las de los centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas y programas. (Artículo 9.2. LOPD).

Durante la realización de los servicios que se presten como consecuencia del cumplimiento del presente contrato, el adjudicatario y su personal se someterán al estricto cumplimiento de los documentos de seguridad vigentes para los ficheros de datos de carácter personal a los que tengan acceso, así como a las instrucciones de los responsables de seguridad de las dependencias municipales en las que desarrollen su trabajo.

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El acceso a las bases de datos del Ayuntamiento de Madrid necesarias para la prestación del servicio, se autorizará al adjudicatario para el exclusivo fin de la realización de las tareas objeto de este contrato, quedando prohibido para el adjudicatario y para el personal encargado de su realización, su reproducción por cualquier medio y la cesión total o parcial a cualquier persona física o jurídica. Lo anterior se extiende asimismo al producto de dichas tareas.

El adjudicatario se compromete a formar e informar a su personal en las

obligaciones que de tales normas dimanan, para lo cual programará las acciones formativas necesarias. El personal prestador del servicio objeto del contrato, tendrá acceso autorizado únicamente a aquellos datos y recursos que precisen para el desarrollo de sus funciones.

11.1.6. Los diseños, desarrollos o mantenimientos de software deberán, con carácter general, observar los estándares que se deriven de la normativa de seguridad de la información y de protección de datos, y en concreto lo relativo a la identificación y autenticación de usuarios, estableciendo un mecanismo que permita la identificación de forma inequívoca y personalizada de todo aquel usuario que intente acceder al sistema de información y la verificación de que está autorizado, limitando la posibilidad de intentar reiteradamente el acceso no autorizado al sistema de información.

11.1.7. El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho de efectuar en cualquier momento los controles y auditorias que estime oportunos, para comprobar el correcto cumplimiento por parte del adjudicatario de sus obligaciones, el cual está obligado a facilitarle cuantos datos o documentos le requiera para ello.

11.1.8. Todos los datos personales que se traten o elaboren por la empresa adjudicataria como consecuencia de la prestación del contrato, así como los soportes del tipo que sean en los que se contengan, son propiedad del Ayuntamiento de Madrid.

11.1.9. Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos al Ayuntamiento de Madrid conforme a las instrucciones que haya dado, al igual que cualquier soporte o documento que contenga algún dato de carácter personal objeto del tratamiento.

11.1.10. De conformidad con lo que establece el artículo 12.4 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en relación con el artículo 9.4 de la Ley 8/2001, de 13 de julio de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid, el incumplimiento por parte del adjudicatario de las estipulaciones del presente contrato, lo convierten en responsable del tratamiento, respondiendo directamente de las infracciones en

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que hubiera incurrido, así como del pago del importe íntegro de cualquier sanción que, en materia de protección de datos de carácter personal, pudiera ser impuesta al Ayuntamiento de Madrid, así como de la totalidad de los gastos, daños y perjuicios que sufra el Ayuntamiento de Madrid como consecuencia de dicho incumplimiento (art. 12.4 LOPD).

11.1.11. Antes del inicio de la prestación del servicio, aportará una memoria descriptiva de las medidas que adoptará para asegurar la confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación facilitada, así como la persona que será directamente responsable de la puesta en práctica y de la inspección de dichas medidas de seguridad, adjuntando su perfil profesional. CLÁUSULA DUODÉCIMA ABONO DE LOS TRABAJOS Los trabajos se abonarán mediante facturas mensuales que se acompañarán de los partes de trabajo de mantenimiento preventivo y correctivo ejecutado durante ese mes. El importe de dichas facturas, se obtendrá en función del coste medio mensual del servicio, y deberán ser conformadas por el Área de Gobierno de Las Artes, respondiendo la empresa adjudicataria de la correcta prestación de los servicios contratados y de los desperfectos que hubiera ocasionado durante su ejecución, hasta el momento en que se produzca la recepción de los trabajos, de conformidad con lo dispuesto por la normativa vigente en materia de contratación administrativa. CLÁUSULA DÉCIMOTERCERA. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN El presupuesto de licitación del presente contrato asciende a la cantidad de 33.585,96 euros, IVA excluido, más el 16% de IVA que asciende a 5.373,75 euros, supone un presupuesto total de 38.959,71 euros (TREINTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE EUROS CON SETENTA Y UN CÉNTIMOS), IVA incluido, como importe total del contrato.

LA JEFE DE UNIDAD DE INFRAESTRUCTURAS

Cristina Hernández Lagos

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CONFORME, EL ADJUDICATARIO, FECHA Y FIRMA