pliego de clÁusulas administrativas particulares que …€¦ · porcentaje de oferta adicional,...

30
1 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN DE LA INSTALACION, GESTION INTEGRADA Y MANTENIMIENTO EN EL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL DE UN SISTEMA DE TRANSPORTE PUBLICO INDIVIDUALIZADO MEDIANTE PUESTA A DISPOSICION AL PUBLICO DE 2500 BICICLETAS Y LA IMPLANTACION DE 250 PARADAS PARA SU ESTACIONAMIENTO, ASI COMO LA INFORMACION INSTITUCIONAL E INFORMACION HORARIA Y DE TEMPERATURA, MEDIANTE SOPORTES DE MOBILIARIO URBANO DE USO PUBLICITARIO. ======= EXPEDIENTE: Nº 167-AESP/08. I DISPOSICIONES GENERALES 1ª.- OBJETO DEL CONTRATO: Es objeto del presente contrato la instalación, gestión integrada y mantenimiento en el dominio público municipal de un sistema de transporte público individualizado mediante la puesta a disposición al público de 2500 bicicletas y la implantación de 250 paradas para su estacionamiento así como, la información institucional e información horaria y de temperatura, mediante soportes de mobiliario urbano de uso publicitario, en concreto: - Puesta a disposición del Ayuntamiento de elementos de mobiliario urbano que prevean espacios de información ciudadana, totalizando una superficie mínima de 1500 m 2 reservada en exclusiva al Ayuntamiento de Valencia o las instituciones que determine. - Incorporación al contrato tras la finalización del actual contrato menor (expte. 01801-2008/2122 de Transportes y Circulación), de 20 soportes hora- temperatura. - Incorporación al contrato a partir del 1 de abril de 2009, tras la extinción de la actual concesión administrativa, de otros 20 soportes hora-temperatura. - Instalación de 40 nuevos soportes hora-temperatura. Como oferta adicional, el licitador podrá proponer la implantación de hasta 150 estaciones y la puesta en funcionamiento de hasta 1500 bicicletas en las zonas no cubiertas en la fases anteriores cuya implantación se realizará a partir de la finalización de la instalación de las 250 estaciones y puesta en funcionamiento de 2500 bicicletas, según las indicaciones y emplazamientos que se determinen en los Planes de Ubicación aprobados por el Ayuntamiento de Valencia, conforme a lo establecido en el Pliego de Prescripciones técnicas. El adjudicatario percibirá como contraprestación además de los ingresos por el uso de las bicicletas, los ingresos obtenidos por la explotación publicitaria privada mediante

Upload: others

Post on 19-Aug-2020

1 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE …€¦ · Porcentaje de oferta adicional, (alza porcentual), sobre el mínimo de 2500 bicicletas definido en el punto 2.3 del

1

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QU E HA DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN DE LA INSTALACION, GEST ION INTEGRADA Y MANTENIMIENTO EN EL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL DE UN SISTEMA DE TRANSPORTE PUBLICO INDIVIDUALIZADO MEDIANTE PUESTA A DISPOSICION AL PU BLICO DE 2500 BICICLETAS Y LA IMPLANTACION DE 250 PARADAS PA RA SU ESTACIONAMIENTO, ASI COMO LA INFORMACION INSTITUCIO NAL E INFORMACION HORARIA Y DE TEMPERATURA, MEDIANTE SOPO RTES DE MOBILIARIO URBANO DE USO PUBLICITARIO.

=======

EXPEDIENTE: Nº 167-AESP/08.

I DISPOSICIONES GENERALES

1ª.- OBJETO DEL CONTRATO:

Es objeto del presente contrato la instalación, gestión integrada y mantenimiento en el dominio público municipal de un sistema de transporte público individualizado mediante la puesta a disposición al público de 2500 bicicletas y la implantación de 250 paradas para su estacionamiento así como, la información institucional e información horaria y de temperatura, mediante soportes de mobiliario urbano de uso publicitario, en concreto:

- Puesta a disposición del Ayuntamiento de elementos de mobiliario urbano que prevean espacios de información ciudadana, totalizando una superficie mínima de 1500 m2 reservada en exclusiva al Ayuntamiento de Valencia o las instituciones que determine.

- Incorporación al contrato tras la finalización del actual contrato menor (expte. 01801-2008/2122 de Transportes y Circulación), de 20 soportes hora-temperatura.

- Incorporación al contrato a partir del 1 de abril de 2009, tras la extinción de la actual concesión administrativa, de otros 20 soportes hora-temperatura.

- Instalación de 40 nuevos soportes hora-temperatura.

Como oferta adicional, el licitador podrá proponer la implantación de hasta 150 estaciones y la puesta en funcionamiento de hasta 1500 bicicletas en las zonas no cubiertas en la fases anteriores cuya implantación se realizará a partir de la finalización de la instalación de las 250 estaciones y puesta en funcionamiento de 2500 bicicletas, según las indicaciones y emplazamientos que se determinen en los Planes de Ubicación aprobados por el Ayuntamiento de Valencia, conforme a lo establecido en el Pliego de Prescripciones técnicas.

El adjudicatario percibirá como contraprestación además de los ingresos por el uso de las bicicletas, los ingresos obtenidos por la explotación publicitaria privada mediante

Page 2: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE …€¦ · Porcentaje de oferta adicional, (alza porcentual), sobre el mínimo de 2500 bicicletas definido en el punto 2.3 del

2

la instalación en la vía pública de soportes publicitarios que deben cumplir las siguientes condiciones:

Superficie máxima de explotación publicitaria privada de 4.695 m2, sin considerar la oferta adicional y hasta 5.595 m2 de superficie si se considera en las ofertas la totalidad de la oferta adicional de aumento de bicicletas y estaciones especificadas en el pliego técnico, todo ello mediante soportes publicitarios cuya superficie de exposición publicitaria será de 2 a 8 m2 como máximo por cara, en los tipos de modelo que se especifican a continuación y que se ubicarán en los emplazamientos definidos en los Planes de Ubicaciones que serán aprobados por el Ayuntamiento:

- 40 (20+20) soportes hora-temperatura a partir de la finalización del actual contrato menor (expte. 01801-2008/2122 de Transportes y Circulación) y del 1 de abril de 2009.

- 40 soportes hora-temperatura.

Y hasta el máximo número de soportes de mobiliario informativo que por tipos, a continuación se especifican:

- 250 soportes publicitarios de pequeño formato asociados a las estaciones.

- 200 soportes publicitarios de pequeño formato, a partir de 22 de abril de 2014.

- 10 soportes publicitarios de mediano formato.

- 35 soportes publicitarios de mediano formato, a partir de 22 de abril de 2014.

- 15 columnas (o 15 soportes publicitarios de mediano formato), a partir de 22 de abril de 2014.

- 180 soportes publicitarios de pequeño formato sobre soporte vertical, a partir de 22 de abril de 2014.

- 50 postes de señalización de interés turístico.

- 50 postes de señalización de interés turístico, a partir de 22 de abril de 2014.

- Hasta 150 soportes publicitarios de pequeño formato asociados a las estaciones que se oferten adicionalmente.

Las prestaciones objeto del presente contrato se deberán mantener y gestionar durante el periodo de vigencia del mismo, en las condiciones que se establecen en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas, tanto en lo que concierne al mobiliario y medios técnicos como a la propia gestión de las bicicletas y de la información institucional y horaria.

Clasificación CPV (Vocabulario Común de Contratos Públicos):

Vocabulario común de contratos (CPV)

Bicicletas 34440000 - 0

Instalación Mobiliario 45233293

Page 3: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE …€¦ · Porcentaje de oferta adicional, (alza porcentual), sobre el mínimo de 2500 bicicletas definido en el punto 2.3 del

3

2ª.-RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN:

El contrato a realizar se califica como contrato administrativo especial, de conformidad con lo establecido en el art.19.1.b de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en adelante LCSP.

La presente contratación tiene carácter administrativo, y se regirá en todo lo no

previsto especialmente en este pliego de condiciones y en el pliego de prescripciones técnicas, por lo dispuesto en la LCSP, en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en lo que no se oponga a la LCSP, en tanto en cuanto no se produzca su desarrollo Reglamentario, así como a la legislación supletoria que le fuere de aplicación, igualmente en cuanto no se opongan a la LCSP.

Las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados de lo Contencioso-

Administrativo de la Ciudad de Valencia.

3ª.-ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.-

El órgano de contratación, que actúa en nombre de la Corporación, es la Junta de Gobierno Local. El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato administrativo y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable. 4ª.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO:

Dadas las características del presente contrato administrativo especial, no hay precio de licitación. 5ª.-CRÉDITO PRESUPUESTARIO:

No se precisa aplicación presupuestaria de gasto alguna por parte del Ayuntamiento de Valencia, ya que la contraprestación del sistema viene dada por los ingresos por publicidad privada y las tarifas (que tienen el carácter de semigratuidad) a abonar por los usuarios a la empresa adjudicataria. 6ª.- REVISIÓN DE PRECIOS:

Dadas las características del contrato y de acuerdo con lo indicado en el artículo 77 de la LCSP, no es procedente la aplicación de fórmula de revisión de precios a las prestaciones y contraprestaciones objeto del mismo en lo que afecta a los valores económicos de ingresos por publicidad (contraprestación) o de instalación, gestión y mantenimiento del sistema de transporte público individualizado con bicicletas, el sistema de información de interés ciudadano y de información horaria y de temperatura (prestación).

No obstante si es procedente la aplicación de fórmula de revisión de precios a:

Page 4: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE …€¦ · Porcentaje de oferta adicional, (alza porcentual), sobre el mínimo de 2500 bicicletas definido en el punto 2.3 del

4

1. Los que resulten de la aprobación de un valor económico del coste de instalación, gestión y mantenimiento de una bicicleta en el caso de que el Ayuntamiento optase por éste supuesto para la ampliación del sistema de transporte público individualizado, para la aplicación de precios por el traslado de mobiliarios por particulares o una vez superado el máximo anual del 5% de traslados gratuitos por obras municipales o institucionales

Una vez transcurridos doce meses desde la aprobación por el Ayuntamiento de los precios de ampliación, traslado de mobiliarios procederá revisión de precios a partir del primer año desde su aprobación.

La primera actualización se realizará aplicando a los precios del contrato el índice de revisión obtenido de la fórmula polinómica siguiente:

(IPCt - IPCo)

Kt= 1+0,85 x ------------------- IPCo

Siendo:

-IPCo el índice de precios al consumo, correspondiente al mes en que aprueben los precios

-IPCt el índice de precios al consumo, correspondiente al mes duodécimo o superior desde la aprobación de los precios.

Procederá revisión en las siguientes anualidades, cuando hayan transcurrido 12 meses desde la anterior revisión, los precios del servicio serán los resultantes al incrementar los iniciales, con el índice obtenido de la fórmula polinómica, sustituyendo los índices sub-t, por los correspondiente al mes duodécimo contado desde la anterior revisión.

2. Para la revisión de las tarifas a abonar por los usuarios, se estará a lo dispuesto en la cláusula 25 del presente Pliego con las limitaciones indicadas en el pliego de prescripciones técnicas. 7ª- DURACIÓN DEL CONTRATO: PLAZO EJECUCIÓN:

La duración del presente contrato será de veinte años, a contar desde la fecha en que se formalice.

El contrato podrá prorrogarse expresamente y por acuerdo de ambas partes, por anualidades y hasta un máximo de 5 años. 8ª.-GARANTIA PROVISIONAL: De acuerdo con lo establecido en el artículo 91 de la LCSP, no será necesario que los licitadores constituyan garantía provisional.

II

Page 5: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE …€¦ · Porcentaje de oferta adicional, (alza porcentual), sobre el mínimo de 2500 bicicletas definido en el punto 2.3 del

5

ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 9ª.-PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN: El presente contrato se adjudicará, mediante procedimiento abierto de conformidad con lo dispuesto en los artículos 141 a 145 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. 10ª.- CRITERIOS DE VALORACIÓN:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 134 de la LCSP para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa, se atenderá a los siguientes criterios conforme a la siguiente ponderación:

10.1 Criterios evaluables de forma automática (60 puntos).

a. Reducción de la superficie de explotación publicitaria privada.

Para la valoración de las ofertas presentadas por los licitadores, se calculará en primer lugar los porcentajes de reducción de la superficie de explotación publicitaria privada de las ofertas presentadas conforme al máximo de m2 propuestos en el cuadro nº 1 (incluida la oferta adicional) del artículo 2.2 del pliego técnico y sin superar el mismo.

Se valorarán las bajas hasta un máximo de 5 puntos, por aplicación de la siguiente fórmula:

Puntos = 5 x AO / AMO

Siendo

AO = Baja, (en tanto por ciento), de la oferta analizada.

AMO = Mejor Baja entre todas las ofertas analizadas (en tanto por ciento).

b. Reducción del número de mobiliarios de soporte de publicidad privada.

Para la valoración de las ofertas presentadas por los licitadores, se calculará en primer lugar, los porcentajes de reducción del número de soportes publicitarios de las ofertas presentadas conforme al máximo de mobiliarios propuestos en el cuadro nº 1 (incluida la oferta adicional) del artículo 2.2 del pliego técnico y sin superar el mismo.

Se valorarán las bajas hasta un máximo de 5 puntos, por aplicación de la siguiente fórmula:

Puntos = 5 x BO / BMO

Siendo

BO = Baja, (en tanto por ciento), de la oferta analizada.

Page 6: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE …€¦ · Porcentaje de oferta adicional, (alza porcentual), sobre el mínimo de 2500 bicicletas definido en el punto 2.3 del

6

BMO = Mejor Baja entre todas las ofertas analizadas (en tanto por ciento).

c. Valoración de la oferta adicional o mejora de la instalación.

Porcentaje de oferta adicional, (alza porcentual), sobre el mínimo de 2500 bicicletas definido en el punto 2.3 del Pliego de condiciones técnicas, hasta un máximo de 4000 bicicletas a instalar en la Ciudad.

Se valorará la mejora hasta un máximo de 35 puntos, por aplicación de la siguiente fórmula:

Puntos = 35 x CO / CMO

Siendo

CO = Alza, (en tanto por ciento), de la oferta analizada.

CMO = Mejor alza entre todas las ofertas analizadas (en tanto por ciento).

d. Valor económico de las ampliaciones de bicicletas.

Reducción, (baja porcentual), en el precio anual de ampliación por bicicleta, (incluida su parte proporcional de instalación de la estación -10 bicicletas por estación tipo- y la totalidad de gastos de instalación y manteamiento asociados, respecto a 2.200 euros/bicicleta/año IVA incluido).

Se valorarán las bajas hasta un máximo de 5 puntos, por aplicación de la siguiente fórmula:

Puntos = 5 x DO / DMO

Siendo

DO = Baja, (en tanto por ciento), de la oferta analizada.

DMO = Mejor Baja económica entre todas las ofertas analizada, (en tanto por ciento).

e. Contraprestación en m2 de superficie publicitaria, sin tener en cuenta el modelo de soporte publicitario, de las ampliaciones para cada módulo de bicicletas (es decir, una estación con 10 bicicletas y la totalidad de gastos de instalación y mantenimiento asociados).

Menor superficie publicitaria necesaria para la ampliación por 1 estación y 10 bicicletas, presentada por los licitadores.

Se valorarán las superficies hasta un máximo de 5 puntos, otorgándose la mayor puntuación a la menor superficie necesaria de las presentadas (sin tener en cuenta el modelo de soporte publicitario), cero puntos a la mayor superficie de las presentadas y proporcionalmente al resto. Por aplicación de la siguiente fórmula:

Puntos = 5 x (SO-MSO) / (PSO- MSO)

Page 7: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE …€¦ · Porcentaje de oferta adicional, (alza porcentual), sobre el mínimo de 2500 bicicletas definido en el punto 2.3 del

7

Siendo

SO = Superficie en metros cuadrados por módulo de estación de bicicletas ampliada para la oferta analizada.

MSO = Menor Superficie en metros cuadrados necesaria por módulo de estación de bicicletas ampliada de entre todas las ofertas presentadas.

PSO = Mayor Superficie en metros cuadrados necesaria por módulo de estación de bicicletas ampliada de entre todas las ofertas presentadas.

f. Valoración del aumento de superficie para información institucional de interés ciudadano.

Porcentaje de mejora, (alza porcentual), sobre el mínimo de 1.500 m2 definido en el punto 2.1.3 del pliego de condiciones técnicas.

Se valorará la mejora hasta 5 puntos, por aplicación de la siguiente fórmula:

Puntos = 5 x FO / FMO

Siendo

FO = Alza, (en tanto por ciento), de la oferta analizada.

FMO = Mejor alza entre todas las ofertas analizadas (en tanto por ciento).

10.2. Otros Criterios (40 puntos).

Para la aplicación de estos criterios se valorará:

a. Bicicleta: calidad de diseño y materiales, características técnicas, materiales constructivos y funcionales, confort y manejabilidad para su uso urbano. 5 puntos

b. Estación base: calidad de diseño y materiales, características técnicas, materiales constructivos y funcionales, menor ocupación de vía pública, mayor flexibilidad en ampliación o reducción de las mismas, garantía y facilidad de anclaje de las bicicletas al sistema y las diferentes opciones para la implantación de las estaciones base en el viario público. 5 puntos

c. Terminales: calidad de diseño y materiales, características técnicas, materiales constructivos y funcionales, menor ocupación de vía pública, menor consumo, funcionalidad, sencillez y facilidad de acceso para los usuarios del sistema. 5 puntos

d. Calidad del diseño, materiales y características técnicas y funcionales de los elementos a instalar (soportes publicitarios, relojes-termómetro y pantallas informativas) 5 puntos

e. Sistema de gestión de transporte en bicicleta: accesibilidad y transparencia del mismo para la Administración municipal y recursos humanos y materiales dedicados al mismo y régimen de funcionamiento general del sistema. 5 puntos

f. Relación y atención al usuario del sistema de trasporte individualizado, procedimientos para el alta o abono en el sistema, medios de pago; creación,

Page 8: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE …€¦ · Porcentaje de oferta adicional, (alza porcentual), sobre el mínimo de 2500 bicicletas definido en el punto 2.3 del

8

gestión y mantenimiento de un portal de Internet y acceso al mismo por parte del usuario; gestión de la atención al usuario. 5 puntos

g. Campaña de lanzamiento. Duración, medios a los que se dirige, posibilidad de realizar un proyecto o prueba piloto. 5 puntos

h. Plan de mantenimiento, conservación y limpieza. Periodicidad, medios e inspección. 5 puntos

Con objeto de valorar estos criterios, el Ayuntamiento podrá exigir a los licitadores la instalación y prueba de funcionamiento de los elementos (soportes publicitarios, relojes-termómetro y pantallas informativas, paradas y bicicletas) ofertados, en el lugar y fecha que se le indiquen.

La adjudicación recaerá en el licitador que en su conjunto, haga la proposición más ventajosa, teniendo en cuenta los criterios precedentes.

En el caso de igualdad tras la aplicación de los criterios que sirven de base para la adjudicación, la preferencia en la adjudicación será para las proposiciones presentadas por aquellas empresas dedicadas específicamente a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social, reguladas en la Disposición Adicional Novena de la Ley 12/2001, de 9 de julio, de medidas urgentes de reforma del mercado de trabajo para el incremento del empleo y la mejora de su calidad, valorándose el compromiso formal del licitador de contratar no menos del 30 por ciento de sus puestos de trabajo con personas pertenecientes a los siguientes colectivos, cuya situación será acreditada por los servicios sociales públicos competentes:

a) Perceptores de rentas mínimas de inserción, o cualquier otra prestación de igual o similar naturaleza, según la denominación adoptada en cada Comunidad Autónoma.

b) Personas que no puedan acceder a las prestaciones a las que se hace referencia en el párrafo anterior, por falta del periodo exigido de residencia o empadronamiento, o para la constitución de la unidad perceptora, o por haber agotado el período máximo de percepción legalmente establecido.

c) Jóvenes mayores de dieciocho años y menores de treinta, procedentes de instituciones de protección de menores.

d) Personas con problemas de drogadicción o alcoholismo que se encuentren en procesos de rehabilitación o reinserción social.

e) Internos de centros penitenciarios cuya situación penitenciaria les permita acceder a un empleo, así como liberados condicionales y ex reclusos.

f) Personas con discapacidad.

11ª.- OFERTAS DESPROPORCIONADAS O ANORMALES:

No se tendrán en cuenta aquellas propuestas cuyo precio anual de ampliación por bicicleta sea inferior a 1.700 euros/bicicleta/año, IVA incluido.

Page 9: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE …€¦ · Porcentaje de oferta adicional, (alza porcentual), sobre el mínimo de 2500 bicicletas definido en el punto 2.3 del

9

12ª.- PLAZO Y PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES: 12.1 ANUNCIOS: La licitación será anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, en el tablón de anuncios de la Corporación y en la página Web del Ayuntamiento de Valencia, Perfil de contratante, cuya dirección es www.valencia.es, donde podrá consultar los pliegos de condiciones y demás información a que hace referencia el artículo 42 de la LCSP.

12.2.-EXPOSICIÓN DEL EXPEDIENTE : Durante el plazo de presentación de proposiciones, el expediente, con todos los documentos que lo integran, podrá ser examinado en el Servicio de Contratación, en días hábiles (de lunes a viernes) de 9 a 14 horas.

12.3-CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES: Las proposiciones constarán

de tres sobres cerrados, identificados en su exterior con indicación de la licitación a la que se concurra y el nombre y apellidos o razón social de la empresa licitadora, así como con la firma del licitador o persona que le represente, dirección, teléfono, fax y/o correo electrónico. El contenido de cada sobre, deberá tener los requisitos que se señalan a continuación: 1.- SOBRE Nº 1: Deberá tener el siguiente título: “ SOBRE Nº 1: DOCUMENTACIÓN PARA TOMAR PARTE EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA CONTRATAR LA INSTALACION, GESTION INTE GRADA Y MANTENIMIENTO EN EL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL DE UN SISTEMA DE TRANSPORTE PUBLICO INDIVIDUALIZADO MEDIA NTE PUESTA A DISPOSICION AL PUBLICO DE 2500 BICICLETAS Y LA IMPLANTACION DE 250 PARADAS PARA SU ESTACIONAMIENTO , ASI COMO LA INFORMACION INSTITUCIONAL E INFORMACION HOR ARIA Y DE TEMPERATURA, MEDIANTE SOPORTES DE MOBILIARIO U RBANO DE USO PUBLICITARIO”. Su contenido será el siguiente: a.).- D.N.I. o documento que lo sustituya del firmante de la proposición. En caso de ciudadanos extranjeros, permiso de residencia y de trabajo. b).- En el caso de empresarios que fueran personas jurídicas, escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente registro oficial. c) Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo presentarán el documento, traducido fehacientemente al castellano, acreditativo de hallarse inscritas en los registros o las certificaciones que se

Page 10: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE …€¦ · Porcentaje de oferta adicional, (alza porcentual), sobre el mínimo de 2500 bicicletas definido en el punto 2.3 del

10

indican en el Anexo I del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en función de los diferentes contratos. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito (Art. 47 LCSP).

Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe, de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 de la LCSP, en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio. (Art. 44 LCSP) d).- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar, bastanteado por la Asesoría Jurídica Municipal (C/ Convento San Francisco nº 2, 4º piso), acompañado de declaración de vigencia del mismo.

e).-Declaración responsable del licitador de no hallarse comprendido en alguna de las circunstancias señaladas como causa de prohibición de contratar en el artículo 49 de la LCSP.

f).- Declaración de estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias y de las cuotas de la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tales requisitos se exija antes de la adjudicación definitiva al adjudicatario provisional del contrato en el plazo de quince días hábiles a contar desde la fecha de la publicación de la misma en el perfil del contratante del Ayuntamiento de Valencia

La acreditación de la circunstancia de estar al corriente del que resulte adjudicatario provisional será recabada por el Ayuntamiento de Valencia a la Tesorería General de la Seguridad Social y a la Agencia Estatal de Administración Tributaria de forma telemática. A tal efecto, la presentación de proposiciones a este procedimiento de adjudicación conlleva la autorización expresa al Ayuntamiento de Valencia para solicitar ambos datos a la Tesorería General de la Seguridad Social y a la Agencia Tributaria, en el supuesto de resultar adjudicatario provisional del contrato

g).-Alta del I.A.E. y declaración de vigencia de la misma.

h).-Escrito detallando nombre, dirección, número teléfono y número fax.

i).-Los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal de empresas deben presentar un compromiso por escrito de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios. Cuando dos o más empresas presenten oferta conjunta, cada una acreditará su personalidad y capacidad, debiendo

Page 11: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE …€¦ · Porcentaje de oferta adicional, (alza porcentual), sobre el mínimo de 2500 bicicletas definido en el punto 2.3 del

11

indicar el nombre y circunstancias de las empresas que la suscriban, la participación de cada una de ellas y designación de la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, haya de ostentar la plena representación de todas frente a la Administración. (Art. 48 LCSP).

j).-Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de

los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.

k) El empresario para acreditar la solvencia deberá presentar la siguiente

documentación:

Solvencia económica y financiera.

- Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.

- Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondientes al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.

Solvencia técnica

La solvencia técnica de los empresarios deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad lo que deberá acreditarse por los medios siguientes:

- Relación de los principales trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario público o privado de los mismos. Los trabajos efectuados se acreditaran mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del Sector Público.

- Indicación del personal técnico o de las unidades integradas o no en la empresa participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad.

- Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.

- Titulaciones académicas y profesiones del empresario y del personal directivo de la empresa y en particular del responsable de la ejecución del contrato.

- Indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato.

- Declaración indicando la maquinaria material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las prestaciones a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.

Page 12: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE …€¦ · Porcentaje de oferta adicional, (alza porcentual), sobre el mínimo de 2500 bicicletas definido en el punto 2.3 del

12

- Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar.

Los documentos referenciados se presentarán en copia legalizada por

Notario, para el caso de que no se presente el original. Así mismo, los licitadores presentarán su documentación en cualquiera de las lenguas oficiales de la Comunidad Valenciana.

La documentación contenida en este sobre podrá ser recogida por lo licitadores

en el plazo de tres meses a contar desde el día señalado para el acto de apertura de las proposiciones económicas, y tras su finalización. Transcurrido dicho plazo sin que sea retirada, se entenderá que renuncian a su recuperación decayendo, por lo tanto, su derecho a ello, pudiendo el Ayuntamiento proceder a su destrucción y posterior reciclaje no requiriéndose a dichos efectos intimidación previa.

2.-SOBRE Nº2: Deberá tener el siguiente título: “SOBRE Nº 2: PROPOSICIÓN TÉCNICA PARA TOMAR PARTE EN EL PROCEDIMIENTO ABIERT O PARA CONTRATAR LA INSTALACION, GESTION INTEGRADA Y MANTENIMIENTO EN EL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL DE UN SISTEMA DE TRANSPORTE PUBLICO INDIVIDUALIZADO MEDIA NTE PUESTA A DISPOSICION AL PUBLICO DE 2500 BICICLETAS Y LA IMPLANTACION DE 250 PARADAS PARA SU ESTACIONAMIENTO , ASI COMO LA INFORMACION INSTITUCIONAL E INFORMACION HOR ARIA Y DE TEMPERATURA, MEDIANTE SOPORTES DE MOBILIARIO URB ANO DE USO PUBLICITARIO .". Los licitadores incluirán en este sobre la documentación relacionada con los criterios de valoración relacionados en la cláusula 10.2 del presente Pliego, concretamente:

• Memoria descriptiva del sistema del servicio ofertado, en la que se deben describir como mínimo los siguientes conceptos:

1. Características de la bicicleta, con descripción de los componentes de las mismas y sus ventajas, (tamaño, peso, equipamiento, etc.) que justifiquen los requisitos mínimos exigidos, y aquellos componentes complementarios que se ofertan.

2. Características de la estación base, con descripción de los componentes de las mismas y sus ventajas, que justifiquen los requisitos mínimos exigidos, y aquellos otros que supongan un incremento de dichos mínimos.

3. Características de los Relojes Termómetro, con descripción de los materiales, forma, dimensiones y prestaciones que justifiquen los requisitos mínimos exigidos, y aquellos otros que supongan un incremento de dichos mínimos.

4. Características de los soportes de uso publicitario (Mobiliarios urbanos informativos y Postes de señalización de interés turístico), con descripción de los materiales, forma, dimensiones y prestaciones que justifiquen los requisitos mínimos exigidos, y aquellos otros que supongan un incremento de dichos mínimos.

Page 13: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE …€¦ · Porcentaje de oferta adicional, (alza porcentual), sobre el mínimo de 2500 bicicletas definido en el punto 2.3 del

13

• Planos de planta, alzado y secciones, a escala y acotados, de las propuestas ofertadas para la estación base, su sistema de ampliaciones temporales y para las ampliaciones de anclajes, donde se perciban las diferentes opciones para su implantación en el viario.

• Identificación de las diferentes opciones para la implantación de las estaciones base en el viario público.

• Imágenes de la bicicleta, de los terminales de acceso al servicio y sus puntos de anclaje en formato A4/A3 de las distintas vistas, y detalles de los mismos, donde puedan percibirse todos sus componentes.

• Planos de alzados, planta y sección, a escala y acotados, de los distintos modelos de mobiliario de uso publicitario, con indicación de superficies de explotación publicitaria, caras fijas y móviles y toda aquella documentación gráfica que exprese de forma exhaustiva la comprensión del elemento.

• Infografías de ejemplos de inserción de todos los elementos objeto del contrato en el entorno urbano de Valencia.

• Descripción del equipo para la instalación, mantenimiento y gestión del servicio.

• Plan de mantenimiento, conservación y limpieza.

• Memoria descriptiva del Sistema de gestión del servicio de Bicicletas, en el que se detallen todas y cada una de las funciones del mismo, en lo referido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones técnicas, así como aquellas otras que oferten como mejoras de los mínimos exigidos.

• Memoria descriptiva del Sistema de gestión del sistema de información horaria y de temperatura.

• Memoria descriptiva del Sistema de Gestión de la información de interés ciudadano.

• Propuesta de mejoras adicionales, tanto en material, instalaciones o servicio, del sistema de bicicletas, como del mobiliario urbano.

• Contrato tipo del usuario.

• Propuesta de lanzamiento a los medios, del sistema de transporte individualizado.

• Los licitadores han de detallar en su oferta, con todo detalle las características cuantitativas y cualitativas de los medios humanos y materiales que destinen a la prestación del servicio objeto del contrato, y en concreto:

• Deberán justificar la disposición o compromiso de disposición en caso de resultar adjudicatario, en el termino municipal de Valencia o limítrofes, de un local dotado de los elementos técnicos necesarios y suficientes para atender las necesidades del servicio, y

• La disposición o compromiso de disposición caso de resultar adjudicatarios, de una oficina céntrica en Valencia, de atención presencial al cliente en la que el usuario, además de la página Web, podrá darse de alta y hacer las gestiones necesarias. Dicha oficina cumplirá toda la normativa urbanística vigente, y particularmente la que afecta a la accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad.

Page 14: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE …€¦ · Porcentaje de oferta adicional, (alza porcentual), sobre el mínimo de 2500 bicicletas definido en el punto 2.3 del

14

• Cualquier otra exigida en el Pliego de Prescripciones Técnicas que no haya sido relacionada anteriormente.

3.- SOBRE Nº 3:. Deberá tener el siguiente título" SOBRE Nº 3:

PROPOSICIÓN ECONOMICA PARA TOMAR PARTE EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA CONTRATAR LA INSTALACION , GESTION INTEGRADA Y MANTENIMIENTO EN EL DOMINIO PUB LICO MUNICIPAL DE UN SISTEMA DE TRANSPORTE PUBLICO INDIVIDUALIZADO MEDIANTE PUESTA A DISPOSICION AL PU BLICO DE 2500 BICICLETAS Y LA IMPLANTACION DE 250 PARADAS PA RA SU ESTACIONAMIENTO, ASI COMO LA INFORMACION INSTITUCIO NAL E INFORMACION HORARIA Y DE TEMPERATURA, MEDIANTE SOPO RTES DE MOBILIARIO URBANO DE USO PUBLICITARIO.". Su contenido será el siguiente:

Los licitadores incluirán en este sobre su oferta económica, que deberá estar redactada según el modelo anexo I al presente pliego, así como la documentación relacionada con los criterios evaluables de forma automática en la cláusula 10.1. En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que deba ser repercutido. Los licitadores acompañaran en este sobre una Memoria económica justificativa de la oferta con los datos de la inversión y su financiación, así como previsión de ingresos y gastos.

La inclusión en el Sobre Nº 1 “Documentación General” o en el Sobre Nª 2 “Proposición Técnica”, de cualquier dato económico, propio de la oferta económica y de los criterios evaluables de forma automática, determinará la inadmisión o exclusión de la proposición. 12.4.- CONFIDENCIALIDAD: Los licitadores deberán indicar expresamente, en su caso, la documentación aportada en sus proposiciones que tienen carácter confidencial a los efectos previstos en el artículo 124.1 de la LCSP.

12.5.- PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES: Las proposiciones se presentarán en el Servicio de Contratación de estas

dependencias municipales sito en la Plaza del Ayuntamiento, nº 1, segunda planta, durante los QUINCE DÍAS NATURALES siguientes a la publicación del anuncio de la licitación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia en horas de nueve a doce.

No se admitirán proposiciones presentadas en otro lugar, salvo lo dispuesto en el

artículo 80 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas con referencia a su envío por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío y comunicar en el

Page 15: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE …€¦ · Porcentaje de oferta adicional, (alza porcentual), sobre el mínimo de 2500 bicicletas definido en el punto 2.3 del

15

mismo día al órgano de contratación, por fax o telegrama, la remisión de la proposición. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición en el caso que fuera recibida fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación. (Fax del Servicio de Contratación nº 96.394.04.98).

No obstante, transcurridos diez días naturales desde la terminación del plazo, no será admitida ninguna proposición enviada por correo.

Para el caso de que el último día de presentación coincida en sábado, dicho plazo se entenderá que finaliza el primer día hábil siguiente.

Cada licitador podrá presentar sólo una proposición en relación con el objeto del

contrato, sin que puedan presentar variantes o alternativas. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha

hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal, con la consecuencia de la no admisión de todas las proposiciones por él suscritas.

La presentación de las proposiciones presume la aceptación incondicional por el empresario de la totalidad del contenido del presente pliego, sin salvedad o reserva alguna.

12.6.- VARIANTES O ALTERNATIVAS:

No se admitirán variantes respecto de lo establecido en el presente pliego y en el pliego de condiciones técnicas.

13ª.- MESA DE CONTRATACIÓN: La Mesa de contratación estará presidida por el Concejal Delegado de Contratación, y estará integrada por los siguientes vocales:

- El Titular de la Asesoría Jurídica Municipal. - El Interventor General de la Administración Municipal. - El Vicesecretario General de la Administración Municipal. - La Jefa del Servicio de Contratación. - El Jefe de la Sección I del Servicio de Contratación. - El Jefe/a del Servicio que promueva la contratación

Actuará como Secretario El Jefe de la Sección I del Servicio de Contratación. 14ª.- CALIFICACION DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL: Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de contratación procederá a la calificación de la documentación general contenida en el sobre número uno presentado por los licitadores, y si observase defectos materiales en la documentación presentada, lo notificará por fax al licitador correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el expediente, concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles para

Page 16: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE …€¦ · Porcentaje de oferta adicional, (alza porcentual), sobre el mínimo de 2500 bicicletas definido en el punto 2.3 del

16

que lo subsane. Ahora bien, si la documentación de un licitador contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, no será admitido a la licitación. Al margen de la subsanación a que se refiere el párrafo anterior, la Mesa de contratación, a efectos de completar la acreditación de la solvencia de los licitadores, podrá recabar de éstos las aclaraciones que estime oportunas sobre las certificaciones y documentos presentados, así como requerirlos para la presentación de otros documentos complementarios, de conformidad con el art. 71. 15ª.-APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN:

La Mesa de contratación, una vez calificada la documentación del sobre Nº 1 y realizadas las subsanaciones y, en su caso, aportadas las aclaraciones o documentos complementarios requeridos, o transcurrido el plazo que se hubiere conferido al efecto, procederá en acto interno a la apertura y análisis del sobre Nº 2 “Proposición Técnica” de los licitadores admitidos al objeto de su valoración conforme a los criterios de valoración señalados en la cláusula 10.2 “otros criterios” del presente pliego, con anterioridad a la apertura de la proposición económica. Realizada por la Mesa de Contratación la evaluación de la proposición técnica, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, procederá en acto público a la apertura del sobre Nº 3 “Proposición Económica y criterios evaluables de forma automática”. El acto de apertura de la proposición económica y de la documentación para la valoración del resto de los criterios evaluables de forma automática relacionados en la cláusula 10.1 del presente Pliego, se celebrará en la Sala de Contratación del Ayuntamiento de Valencia, sita en la Plaza del Ayuntamiento nº 1, segunda planta, a las 12 h del día que al efecto se señale, que se publicará en el Perfil de contratante y se notificará por fax al indicado por los licitadores con al menos tres días hábiles de antelación.

La Mesa de contratación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime precisos, elevará al órgano de contratación propuesta de adjudicación del contrato al licitador que oferte la proposición más ventajosa atendiendo a los criterios de valoración establecidos en la cláusula 10ª del presente Pliego.

Dicha propuesta no crea derecho alguno mientras el órgano de contratación no dicte la resolución de adjudicación provisional. 16ª.- ADJUDICACIÓN PROVISIONAL: El órgano de contratación, vista la propuesta de la Mesa de Contratación, emitida tras los informes técnicos que considere pertinentes, clasificará las proposiciones por orden decreciente atendiendo a los criterios señalados en la mencionada cláusula 10 y adjudicará provisionalmente el contrato al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa sin atender exclusivamente al valor

Page 17: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE …€¦ · Porcentaje de oferta adicional, (alza porcentual), sobre el mínimo de 2500 bicicletas definido en el punto 2.3 del

17

económico de la misma, pudiendo declarar desierta la licitación si ninguna oferta resulta admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el pliego.(Art. 135 LCSP)

La adjudicación provisional será publicada en el Perfil de Contratante del Ayuntamiento de Valencia y notificada por fax al indicado por los licitadores. 17ª.- PRESENTACION DE DOCUMENTACIÓN POR EL ADJUDICA TARIO PROVISIONAL: En el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la adjudicación provisional en el perfil de contratante, el órgano de contratación verificará vía telemática de la Tesorería de la Seguridad Social y de la Agencia Tributaria que el adjudicatario provisional se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y, asimismo, comprobará que se halla al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento a cuyo efecto solicitará los informes técnicos que estime pertinentes. En dicho plazo el adjudicatario provisional deberá constituir en la Caja Municipal la garantía definitiva a que hace referencia la cláusula 18ª el presente Pliego y acreditar su constitución en el Servicio de Contratación. Los extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, perteneciente o no a Estados miembros de la Unión Europea que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias. Así mismo, habrán de presentarse certificación, también expedida por autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exijan en el país de su nacionalidad. Toda la documentación relacionada en este apartado habrá de referirse a los doce últimos meses y deberá presentarse traducida fehacientemente 18ª.-CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA:

El adjudicatario provisional del contrato constituirá y acreditará en el Servicio de Contratación, en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la adjudicación provisional en el perfil de contratante del Ayuntamiento de Valencia una garantía definitiva por importe a tanto alzado de 330.000 €.

Esta garantía se constituirá en efectivo, valores de deuda Pública, mediante aval

bancario, o por contrato de seguro de caución, en los términos y condiciones que se contemplan en los artículos 84 y 85 de la LCSP. El aval y el contrato de seguro de caución deberán llevar el testimonio del conocimiento de firma, suscrito por Notario. La garantía definitiva será depositada, en cualquier caso, en la Caja de la Corporación.

Page 18: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE …€¦ · Porcentaje de oferta adicional, (alza porcentual), sobre el mínimo de 2500 bicicletas definido en el punto 2.3 del

18

19ª.- ADJUDICACIÓN DEFINITIVA: Dentro de los 10 días hábiles siguientes a aquél en que expire el plazo de 15 días hábiles para la presentación de la documentación del adjudicatario provisional, se elevará a definitiva la adjudicación provisional, siempre que éste haya presentado dicha documentación y acreditado que reúne las condiciones exigidas al efecto. Cuando no proceda la adjudicación definitiva del contrato al licitador que hubiese resultado adjudicatario provisional, por no cumplir éste las condiciones necesarias para ello, la Administración, de conformidad con lo establecido en el artículo 135.5 de la LCSP, podrá efectuar una nueva adjudicación provisional al licitador o licitadores siguientes a aquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste un plazo de diez días hábiles para cumplimentar lo señalado anteriormente.

III

FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

20ª.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO: El adjudicatario queda obligado a suscribir, dentro del plazo de diez días hábiles desde la fecha de la notificación de la adjudicación definitiva, el documento administrativo de formalización del contrato, al que se unirá, formando parte del contrato, la oferta del adjudicatario, un ejemplar del pliego de cláusulas administrativas particulares y de las prescripciones técnicas y demás documento que revistan carácter contractual, debidamente compulsados.

Antes de la formalización del contrato, el adjudicatario definitivo deberá acreditar el pago de todos los gastos originados por la licitación, a cuyo fin se le trasladará la liquidación correspondiente. En el supuesto de que resultase adjudicatario una Unión Temporal de Empresarios será necesario acreditar la formalización de la constitución de la misma en escritura pública. El documento en que se formalice el contrato será, en todo caso, administrativo, pudiéndose elevar a escritura pública, cuando lo solicite el contratista, siendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento. Si en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a la notificación de la adjudicación definitiva, no se formalizase el contrato por causas imputables al contratista, la Administración podrá acordar la resolución del mismo, con indemnización por los daños y perjuicios ocasionados. Si dichas causas son imputables a la Administración se estará a lo dispuesto en el artículo 140-3 de la LCSP.

Page 19: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE …€¦ · Porcentaje de oferta adicional, (alza porcentual), sobre el mínimo de 2500 bicicletas definido en el punto 2.3 del

19

IV EJECUCIÓN DEL CONTRATO

21ª.- OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA: El contrato será inalterable a partir de su perfeccionamiento, y deberá ser cumplido con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares y en el contrato, observándose fielmente lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 199 de la LCSP. El contratista deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, debiendo tener a su cargo el personal necesario para la realización del objeto del contrato, respecto del que ostentará, a todos los efectos, la condición de empresario. 22ª.- OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA:

22-1.Son obligaciones del adjudicatario, además de las previstas en el pliego de condiciones técnicas y en el resto del clausulado del presente pliego, las que a continuación se relacionan:

1. Las obras e instalaciones se ejecutarán con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el Pliego de cláusulas administrativas y técnicas que sirven de base al contrato y conforme a las instrucciones que en interpretación de éste diere al contratista el Ayuntamiento.

2. El pago del importe de los anuncios y de cuantos gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios o de formalización del contrato, pago de tributos, etc... y cualquier otro que se produzca incluso en los casos en que esté reconocido su derecho a la repercusión.

3. Costear todos los gastos que deriven de la fabricación, instalación, explotación, gestión y mantenimiento de los soportes, paradas y bicicletas objeto del contrato y, en general, de todo el sistema.

4. Será responsable de la calidad de las prestaciones objeto del contrato, así como de las consecuencias que se deduzca para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.

5. Ejecutará, a su costa y previa obtención de las autorizaciones preceptivas, las obras precisas para la instalación de los soportes y paradas objeto del contrato, con cumplimiento del Plan de Instalación y del Proyecto Definitivo.

6. Costear los gastos necesarios para la completa ejecución de los trabajos: materiales, instalaciones, acometidas a redes y servicios, suministros, medios instrumentales, mano de obra, Seguridad Social, tributos, responsabilidades y seguros de todo tipo y

Page 20: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE …€¦ · Porcentaje de oferta adicional, (alza porcentual), sobre el mínimo de 2500 bicicletas definido en el punto 2.3 del

20

demás cargas y obligaciones de la misma índole.

7. Deberá señalizar las obras correctamente, disponiendo de los elementos de balizamiento y vallas de protección que puedan resultar necesarias para evitar todo tipo de accidentes siendo responsable de los percances de cualquier naturaleza causados a terceros, como consecuencia de la realización de las obras, especialmente debidos a la falta de señalización y balizamiento o elementos de protección.

8. Viene obligado bajo su responsabilidad a cumplir cuantas disposiciones legales y reglamentarias sean de aplicación en materia de contratación laboral y de Seguridad Social, así como las de naturaleza fiscal o tributaria que se deriven del ejercicio de la actividad.

El personal al servicio del adjudicatario no tendrá vinculación alguna con el Ayuntamiento de Valencia, durante la vigencia del contrato ni a su término.

9. Mantener y conservar los soportes, paradas y bicicletas en las debidas condiciones de uso, funcionamiento, limpieza, seguridad y ornato público, debiendo atender de forma inmediata cuantas directrices le sean marcadas por el Ayuntamiento de Valencia y mantener operativo el sistema de transporte público individualizado y a disposición del público durante las 24 horas del día, y durante todos los días del año, en los términos que establece el pliego de condiciones técnicas.

10. Proceder al desplazamiento o retirada de las instalaciones cuando así se requiera por el Ayuntamiento por razones de interés público. El desplazamiento o retirada se efectuará a costa del contratista y sin derecho para éste al resarcimiento de daños y perjuicios de cualquier naturaleza dentro de los límites definidos en el pliego de prescripciones técnicas.

11. Proceder, a su costa, a la retirada de todos los elementos instalados al finalizar el contrato, dejando la vía pública en perfectas condiciones de urbanización.

12. El contrato objeto del concurso se entenderá realizado a riesgo y ventura del contratista y éste no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios, sino en los casos de fuerza mayor.

13. La atención y resolución de cuantas reclamaciones se puedan formular con motivo de la gestión del servicio que prestan, por parte de dichos usuarios y el resto de ciudadanos.

22-2. SEGURO:

El adjudicatario está obligado a suscribir una póliza de seguro que cubra cualquier responsabilidad civil con un límite de 6.000.000 de euros por siniestro, y un sub-límite por víctima para la cobertura de responsabilidad civil de 300.000 euros por todos los accidentes, daños o perjuicios que puedan ocurrir derivados del uso adecuado del servicio por parte de los usuarios del mismo.

En la póliza de seguros que, al efecto se suscriba, figurará como beneficiario de la misma el ayuntamiento de Valencia, garantizándose así que el montante de los riesgos cubiertos será destinado a las reposiciones de la obra e instalaciones a su estado originario. Caso de no reponer el contratista la obra e instalaciones a su

Page 21: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE …€¦ · Porcentaje de oferta adicional, (alza porcentual), sobre el mínimo de 2500 bicicletas definido en el punto 2.3 del

21

estado originario podrá efectuarlo la Corporación, en ejecución subsidiaria, y a cargo del contratista, disponiendo a tal fin de la garantía hasta donde alcance, sin perjuicio de reclamar el exceso si lo hubiera.

Igualmente el contratista asegurará las instalaciones contra daños a terceros, que deberá tener vigencia desde la fecha de la firma del contrato hasta la finalización del mismo.

Además de las responsabilidades mencionadas el adjudicatario será responsable de los daños que puedan causarse a otras instalaciones o servicios, viniendo obligado a la reposición de los mismos por sí o a su costa, para garantizar lo cual deberá suscribir el correspondiente seguro.

Una vez notificada la adjudicación del servicio, y dentro del mes siguiente a la fecha en que la reciba el adjudicatario, presentará al Ayuntamiento la póliza antedicha, obligándole a mantenerla vigente hasta el término del Contrato.

Esta póliza dispondrá de una cláusula de revalorización automática, en función de las variaciones que experimente el IPC anualmente.

23ª.- RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA :

Será responsabilidad del adjudicatario la calidad de los materiales y elementos utilizados. Será responsable también de cualquier tipo de daños o accidentes causados como consecuencia de la falta de calidad de los materiales y elementos utilizados, así como por la falta de vigilancia en las prestaciones objeto del contrato.

Los Servicios Municipales gestores de este contrato únicamente se limitan a controlar las realizaciones y en general a verificar que las prestaciones se efectúan conforme a lo estipulado en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones técnicas.

24ª.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO DE V ALENCIA:

Son derechos y obligaciones del Ayuntamiento de Valencia, además de las previstas en el pliego de condiciones técnicas y en el resto del clausulado del presente pliego, las que a continuación se relacionan:

1. La Dirección e inspección de la prestación del servicio que corresponde a los Servicios municipales definidos en los pliegos, quienes dictarán las instrucciones necesarias al adjudicatario, para la normal y eficaz prestación del servicio.

2. Facilitar al adjudicatario el acceso a la documentación necesaria, propiedad del Ayuntamiento, para la ejecución y puesta en funcionamiento del sistema, dentro de los límites que dicte la ley.

3. El Ayuntamiento no tendrá relación jurídica ni laboral con el personal del adjudicatario durante el plazo de vigencia del contrato ni al término del mismo.

4. El ayuntamiento podrá exigir la inmediata retirada de aquellos mensajes publicitarios cuya forma o contenido se consideren improcedentes.

5. El Ayuntamiento no concede por este contrato ningún tipo de exclusiva.

Page 22: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE …€¦ · Porcentaje de oferta adicional, (alza porcentual), sobre el mínimo de 2500 bicicletas definido en el punto 2.3 del

22

25ª TARIFAS A ABONAR POR LOS USUARIOS Y PROCEDIMIEN TO PARA SU REVISIÓN:

El sistema de tarifas será el siguiente:

Los primeros 30 minutos de cada trayecto será con carácter gratuito para cualquier clase de abonado.

ABONOS IMPORTE ANUAL O SEMANAL

30 MINUTOS DE

TRAYECTO LARGA

DURACION 18 € GRATIS

CORTA DURACION

10 € GRATIS

Con el fin de que las bicicletas puedan ser utilizadas por el mayor número de ciudadanos, al tratarse de un sistema de transporte público complementario y para dar un servicio más amplio, a partir de los primeros 30 minutos gratuitos de cada trayecto se aplicará la siguiente tarifa disuasoria.

PARA LOS ABONOS

DE

DE 30 A 60 MINUTOS

CADA 60 MINUTOS

ADICIONALES LARGA

DURACION 0.50 € 2 €

CORTA DURACION

1 € 3 €

Este sistema de tarifas será vinculante durante los dos primeros años de vigencia del contrato. Transcurridos estos dos años, podrán ser objeto de revisión, siempre que esta revisión se convenga de mutuo acuerdo con el adjudicatario y sea aprobada por el Ayuntamiento.

En cualquier caso, incluso antes del plazo de 2 años de vigencia del contrato, el Ayuntamiento, para la posible ampliación del sistema, se reserva utilizar como contraprestación del contrato el incremento de las tarifas a los usuarios.

Por razones de interés público y a consecuencia del análisis de los resultados del sistema de control de los índices de satisfacción del servicio y para un mejor funcionamiento del Sistema (necesidad de mayor número de bicicletas, número de usos diarios de cada bicicleta, colapsos estacionales, etc.), el Ayuntamiento podrá limitar el número máximo de abonados y asociados.

Page 23: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE …€¦ · Porcentaje de oferta adicional, (alza porcentual), sobre el mínimo de 2500 bicicletas definido en el punto 2.3 del

23

26ª.- PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO:

A los efectos de valoración de clasificación de faltas en las prestaciones objeto del contrato, se distinguen dos regimenes de aplicación en función de:

1. La prestación de un servicio que mantiene una relación directa con el usuario y que debe valorarse por el nivel de calidad del servicio prestado y el grado de satisfacción del usuario, como es el caso del transporte público individualizado.

2. El incumplimiento de por acción u omisión de las exigencia de los pliegos técnico y administrativo de este procedimiento y que no tienen una relación directa, por su utilización, por el usuario, como es el caso del resto de los servicios de información objeto de este contrato.

Faltas

Contractualmente, se considerará falta sancionable toda acción u omisión del adjudicatario que suponga un quebranto de las exigencias especificas del presente Pliego y de las señaladas en el Pliego de Prescripciones técnicas.

Toda falta cometida por el adjudicatario se clasificará atendiendo a su trascendencia en leve, menos grave, grave y muy grave de acuerdo con las definiciones siguientes:

1. Faltas leves:

Se consideran faltas leves aquellas que afectan desfavorablemente a la prestación del servicio y no sean debidas a deficiencias en las inspecciones, ni lleven unido peligro a personas, animales o cosas, ni causan molestias a los usuarios o viandantes.

Así se consideran faltas leves las pequeñas deficiencias y retrasos observados en el cumplimiento estricto de los niveles mínimos de limpieza, o en las relativas a un mantenimiento adecuado, o en las reparaciones o reposiciones calificadas como rutinarias, etc.

2. Falta menos graves:

Las faltas menos graves serán aquellas, que por realización deficiente de los distintos trabajos exigidos o incumplimiento de las prestaciones y exigencias contractuales, puedan influir negativamente en las instalaciones, o causen molestias a los usuarios y/o viandantes.

Serán calificadas como faltas menos graves:

- Aquellas que causen un grave perjuicio al control o a la inspección municipal de los trabajos contratados y la no presentación de los informes conforme a lo establecido.

- La acumulación de tres faltas leves en el transcurso de un año natural.

3. Faltas graves:

Se califican como tales las que, como consecuencia de realización deficiente de los trabajos exigidos, produzcan situaciones de peligro a los usuarios y/o viandantes, o impidan la correcta prestación del servicio, incluida la desobediencia a órdenes de modificación.

Page 24: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE …€¦ · Porcentaje de oferta adicional, (alza porcentual), sobre el mínimo de 2500 bicicletas definido en el punto 2.3 del

24

Así, las deficiencias y retrasos observados en las reparaciones o reposiciones de carácter urgente, según se define en el pliego técnico; la ocultación o tergiversación de los datos que exija el Ayuntamiento en virtud de sus facultades inspectoras.

El desvío de llamadas o reclamaciones hacia el Ayuntamiento, por falta de recursos suficientes por parte de la empresa para atenderlo o atenderle en plazo.

Además de las anteriores, aquellas que supongan fraude económico al Ayuntamiento de Valencia como la colocación de mobiliario urbano que incumpla en todo o en parte las condiciones del presente Pliego y de las señaladas en el Pliego de Prescripciones técnicas, o en las incluidas en la oferta que sean aprobadas por aquél (superficie para publicidad, materiales, etc.) y la falta del pago del abono por consumo, en su caso, en el tiempo establecido y tras requerimiento expreso del Ayuntamiento de Valencia. Asimismo, la demora de más de tres meses en la instalación de los elementos objeto del contrato según los Planes de Ubicación y de Instalación.

Igualmente, será clasificada como falta grave la acumulación de dos faltas menos graves en el transcurso de dos años naturales.

4. Faltas muy graves:

Serán calificadas como tales, la acumulación de tres faltas graves en el transcurso de cinco años naturales. Pudiendo ser causa de rescisión del contrato. Sanciones

Además de la calificación de faltas en el Sistema de transporte público individualizado se sancionará el incumplimiento de los niveles mínimos de calidad exigidos de acuerdo al siguiente cuadro:

DISPONIBILIDAD 1000 € Por cada punto por debajo del nivel mínimo, en caso que el

nivel medio obtenido para este ratio sea inferior al 80 % FALLOS EN ORIGEN

500 € por estación y por cada hora o fracción adicional injustificada y 1000 € por cada punto por encima del nivel máximo en caso que el valor mensual obtenido para este ratio sea superior al 30 %. . Fallos en origen de solicitud de bicicletas no superior a un 30 % de los usos diarios totales o no disponibilidad de bicicletas para una estación superior a 1 hora diaria. (Este indicador será de aplicación en aquellas estaciones donde se considere relevante por el Ayuntamiento, después de realizado un estudio al respecto)

FALLOS EN DESTINO

1000 € Por cada punto por encima del nivel máximo en caso que el valor mensual obtenido para este ratio sea superior al 10 %. Por cada hora o fracción en que se hayan superado los tiempos máximos la penalización a aplicar será:

REPARACION DE AVERIAS

Estaciones Bicicletas y puntos de depósito Fallo sistema gestión administrativo Fallo total sistema

30 € hora /frac. 10 € hora /frac.

250 € hora /frac. 500 € hora /frac.

Page 25: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE …€¦ · Porcentaje de oferta adicional, (alza porcentual), sobre el mínimo de 2500 bicicletas definido en el punto 2.3 del

25

Nivel de limpieza bicicletas (Cuando el indicador sea inferior al porcentaje establecido)

50 €/bic./mes LIMPIEZA

Nivel de limpieza estaciones (Cuando el indicador sea inferior al porcentaje establecido)

25 € /est./mes

Hasta los 6 meses de la puesta en funcionamiento de las primeras 2500 bicicletas, no se computarán los índices mínimos de calidad exigidos y no serán aplicadas las penalizaciones teniendo en cuenta el necesario periodo de adaptación de los usuarios al debido uso del sistema.

Los retrasos en la presentación de los Planes de Ubicación o de la ejecución de las Fases de Instalación de estaciones y puesta en funcionamientos de las bicicletas se sancionarán con 200 € por día de retraso.

El incumplimiento de los niveles mínimos de calidad exigidos del Sistema de Información de interés ciudadano se sancionará de acuerdo al siguiente cuadro:

INFORMACIÓN ESTADÍSTICA

1000 € Por cada mes o fracción de retraso en la entrega de los informes estadísticos

FALTAS LEVES Entre 150 € y 300 € FALTAS MENOS LEVES

Entre 301 € y 600 €

FALTAS GRAVES Entre 601 y 6.000 €

FALTAS MUY GRAVES

Entre 6.001 y 60.000 € o rescisión del contrato

Las sanciones que se impongan al contratista se harán efectivas previa audiencia y en el plazo que reglamentariamente proceda, a la recepción de la notificación del acuerdo de imposición; de no hacerlo así su importe se incautará de la garantía, que deberá ser completada en el plazo de 15 días, pudiendo estimarse el incumplimiento de esta obligación como motivo de resolución del contrato, a perjuicio del contratista.

V

SUBCONTRATACIÓN 27ª.- REGIMEN DE SUBCONTRATACIONES:

No se admiten subcontrataciones con terceros para la realización de las prestaciones exigidas en los pliegos de prescripciones técnicas y administrativas que afecten al servicio de gestión, mantenimiento y control del sistema de transporte público individualizado mediante bicicletas, que deberá ser atendido por personal propio del contratista.

Page 26: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE …€¦ · Porcentaje de oferta adicional, (alza porcentual), sobre el mínimo de 2500 bicicletas definido en el punto 2.3 del

26

El contratista podrá concertar con terceros la realización parcial de las obras civiles e instalaciones de la implantación del sistema público de transporte individualizado y de soportes de uso publicitario, mediante la celebración de los subcontratos, que estará sometida al cumplimiento de los siguientes requisitos:

- El Licitador deberá indicar en la oferta la parte del contrato que tenga previsto subcontratar, hasta un máximo del 25% del precio del contrato, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial de los que se vaya a encomendar su realización.

- En todo caso, el adjudicatario deberá comunicar anticipadamente y por escrito a la administración la intención de celebrar los subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad del subcontratista y justificando suficientemente la aptitud de éste para ejecutarla, por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia.

- El contratista podrá subcontratar obra civil o ejecución de instalaciones hasta un porcentaje que no exceda del 25% del precio del contrato.

- Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante el contratista principal que asumirá por tanto la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a la Administración Municipal con arreglo estricto a los pliegos de cláusulas administrativas y a los términos del contrato.

V.

MODIFICACIÓN DEL CONTRATO

28ª.- MODIFICACION DEL CONTRATO:

Una vez perfeccionado el contrato, el Ayuntamiento de Valencia, a la vista de los índices de satisfacción del usuario, indicados en el pliego de prescripciones técnicas y del correcto funcionamiento del sistema de transporte público individualizado, necesidades de información institucional o de interés ciudadano y por razones de interés público podrá introducir modificaciones en el contrato, justificándolo debidamente en el expediente.

Dichas modificaciones podrán consistir:

- En el caso de incremento del número de bicicletas o de estaciones, la contraprestación del contrato habrá de obtenerse mediante la instalación de m2 de superficie susceptible de explotación publicitaria privada sobre los soportes publicitarios adicionales y/o en las bicicletas que sean necesarios para su financiación, justificándose por parte de los licitadores el coste anual y el ratio de soportes que se requieren para instalar una unidad que se materializará en módulos de 1 estación estándar con 10 bicicletas, teniendo en cuenta las correspondientes amortizaciones.

Siendo condición necesaria para que proceda tal ampliación que el coste en metros cuadrados por bicicleta a ampliar, no supera al ratio derivado de la proposición económica inicial.

Page 27: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE …€¦ · Porcentaje de oferta adicional, (alza porcentual), sobre el mínimo de 2500 bicicletas definido en el punto 2.3 del

27

El Ayuntamiento, para la posible ampliación del sistema, se reserva utilizar como contraprestación del contrato, o, el incremento de las tarifas a los usuarios, o, el abono por el Ayuntamiento del coste y la explotación anual de las instalaciones incrementadas.

A partir del decimosexto año de explotación o del vigésimo primero en el caso de ampliación del plazo o prórroga, será potestativo para el adjudicatario aceptar nuevas ampliaciones del número de bicicletas mediante la contraprestación con nuevos soportes.

- En el caso de incremento del número de m2 de información institucional o de interés ciudadano la contraprestación del contrato habrá de obtenerse mediante la instalación de los soportes publicitarios adicionales y/o en las bicicletas que sean necesarios para su financiación, justificándose por parte de los licitadores el coste anual y el ratio de soportes y tipología de los mismos que se requieren para ampliar el número necesario de caras de uso municipal, teniendo en cuenta las correspondientes amortizaciones.

Las modificaciones del contrato que sean objeto de aprobación por el órgano de contratación habrán de formalizarse en la forma establecida en el artículo 140 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Esta formalización será requisito previo para la ejecución de la modificación, debiendo reajustarse de forma previa el importe de la garantía definitiva.

VI

FINALIZACIÓN DEL CONTRATO

29ª.- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado la totalidad de su objeto, de conformidad con lo establecido en el propio contrato, en este pliego y en el de prescripciones técnicas, y a satisfacción de la Administración. 30ª.- PLAZO DE GARANTÍA:

Al tratarse de un contrato de gestión integrada y mantenimiento en el dominio público municipal de:

1. Un sistema de transporte público individualizado mediante bicicletas y,

2. Información institucional e información horaria y de temperatura.

Con una vigencia de 20 años, prorrogables 5 años más, se considera que el cómputo temporal del plazo de garantía debe de contemplarse hasta los 12 meses posteriores a la finalización del contrato administrativo especial, incluyendo en éste el plazo de la retirada de la vía pública de todos los elementos instalados para el desarrollo de las prestaciones contratadas.

Estos plazos, tendrán como referencia la fecha del documento administrativo de formalización del contrato.

Page 28: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE …€¦ · Porcentaje de oferta adicional, (alza porcentual), sobre el mínimo de 2500 bicicletas definido en el punto 2.3 del

28

31ª.- RESOLUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO: Además de en los supuestos de cumplimiento, el contrato se extinguirá por su

resolución, acordada por la concurrencia de alguna de las causas previstas en el artículo 206 de la LCSP dando lugar a los efectos previstos en los artículos 207 de la LCSP.

32ª.-PROPIEDAD DE LAS OBRAS E INSTALACIONES A LA FINALIZACIÓN DEL CONTRATO:

Al término del contrato el adjudicatario conservará la propiedad del conjunto de los soportes instalados por él.

El adjudicatario, a su cargo, se compromete a retirar a la finalización del contrato la totalidad de los mobiliarios o soportes de su propiedad, dentro del plazo que le indique el servicio gestor municipal, y a reparar a su costa el pavimento o cualquier otro elemento o instalación afectada de la vía pública. 33ª.- DEVOLUCIÓN Y CANCELACIÓN DE LA GARANTIA DEFIN ITIVA: Cumplidas por el contratista las obligaciones derivadas del contrato, si no resultaren responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, y transcurrido el periodo de garantía, en su caso, se dictará acuerdo de devolución o cancelación de aquélla.

Valencia, a 24 de marzo de 2009

LA JEFA DEL SERVICIO DE CONTRATACIÓN Fdo. Carmen Manzano Imbernón

Page 29: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE …€¦ · Porcentaje de oferta adicional, (alza porcentual), sobre el mínimo de 2500 bicicletas definido en el punto 2.3 del

29

A N E X O I

MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA

D. ……………., con D.N.I. nº ………, domiciliado para todos los actos de este procedimiento abierto en ............., C/ ...................... nº ..., obrando en nombre ......................, C.I.F nº ………, enterado de los pliegos de condiciones aprobados por la Corporación Municipal de Valencia para contratar la instalación, gestión integrada y mantenimiento en el dominio publico municipal de un sistema de transporte público individualizado mediante la puesta a disposición al público de 2500 bicicletas y la implantación de 250 paradas para su estacionamiento, así como la información institucional e información horaria y de temperatura, mediante soportes de mobiliario urbano de uso publicitario, se obliga a cumplir dicho contrato, de conformidad con los referidos pliegos por:

- La implantación de (en número)…………… bicicletas.

- Un precio anual de ampliación por bicicleta de:

- Precio sin IVA: (en letras)……….…. euros; (en números) (…. ) euros . (..%) IVA: ……. Euro, que incluye el coste anual de instalación, gestión y mantenimiento de la bicicleta incluida su parte proporcional de estación base, considerando módulos de 1 estación estándar con 10 bicicletas.

- Una superficie publicitaria para la ampliación por 1 estación y 10 bicicletas de……………..m2, sin tener en cuenta el modelo de soporte publicitario, que incluye su instalación, y la gestión y mantenimiento anual de la estación base durante el período de vigencia del contrato.

- Una superficie para información institucional de interés ciudadano de…………..…m2.

- Una superficie de explotación publicitaria privada de………………..…m2.

- La instalación de los soportes publicitarios con las siguientes características:

Page 30: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE …€¦ · Porcentaje de oferta adicional, (alza porcentual), sobre el mínimo de 2500 bicicletas definido en el punto 2.3 del

30

TIPO DE

MOBILIARIO

Nº CARAS SUPERFICIE

POR CARA (m2)

SUPERFICIE

INSTITUCIONAL

POR ELEMENTO

(m2)

CARAS

MÓVILES

SUPERFICIE EXPLOTACIÓN

COMERCIAL (m2)

Nº. MOB.

2008

Nº MOB.

2014

Nº MOB.

TOTAL

SUP. TOTAL

INSTITUCION

AL (m2)

SUP. TOTAL

EXPLOTACI

ÓN

COMERCIAL

(m2)COLUMNAPEQUEÑO FORMATOPEQUEÑO FORMATO ESTACIONES

250 + nº oferta

adicionalPEQUEÑO FORMATO ELEVADOMEDIANO FORMATOPOSTES DEINTERÉS TURÍSTICO

RELOJ TERMÓMETRO

80TOTALES

Lugar, fecha y firma del licitador