pliego conciliatorio agosto- 2007

Download Pliego Conciliatorio Agosto- 2007

If you can't read please download the document

Upload: luismgalviz

Post on 06-Jun-2015

727 views

Category:

Documents


1 download

DESCRIPTION

pliego conciliatorio presentado por SUONTRAJ

TRANSCRIPT

SUONTRAJ

SINDICATO UNITARIO ORGANIZADO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA ADMINISTRACIN DE JUSTICIA (SUONTRAJ) COMIT DIRECTIVO NACIONAL Caracas, 17 de Agosto de 2.007 Oficio N 00152/2007 Ciudadano: ABG. GUSTAVO VALERO RODRGUEZ Director General de Recursos Humanos de la Direccin Ejecutiva de la Magistratura del Tribunal Supremo de Justicia Su Despacho.Me dirijo a Usted, a nombre del COMIT DIRECTIVO NACIONAL de esta Organizacin Sindical; de conformidad con la Clusula N 3 y Clusula 54 de la Segunda Convencin Colectiva de los Empleados de la Direccin Ejecutiva de la Magistratura (2005-2007), en atencin a la solicitud formulada por el ciudadano Lic. Julio Csar Rojas Rojas, en su carcter de Coordinador de la DEM y Director General de Recursos Humanos (E), en reunin llevada a efecto el da 10 de Agosto de 2.007, en el Saln de Reunin de la Direccin de Informtica de ese Organismo; y en acatamiento a la decisin del Comit Directivo Nacional del SUONTRAJ de fecha 11 de Agosto de 2.007, tomada en Reunin Ordinaria, que aprob la activacin del Procedimiento para la Solucin de Diferencias y Conflictos, a los fines de participarle, que existen diferencias de criterios entre esta Representacin Sindical y el ente empleador (Direccin Ejecutiva de la Magistratura), en la aplicacin de las disposiciones contenidas en las siguientes Clusulas: 2:mbito de Validez, numeral 3: Personal); 6: Ingresos Personal; 7: Perodo de Prueba; 8: Estabilidad y Carrera; 9: Jornada de Trabajo y Horarios; 11. Horas extraordinarias; 12-4. Pago de Sueldos 13: Pago de Feriados y Descansos Laborados; 15. Prima de mrito; 19-3. Suspensin de la Relacin Individual de Trabajo; 20. Estructura de Cargos; 22. Permisos Remunerados; 23. Vacaciones; 25: Del Comit de Higiene y Seguridad en el Trabajo; 26: Uniformes; 28. Servicio Mdico; 31-4. Incremento Salarial 32: Bonos, primas y compensaciones, numerales: 1: Aguinaldo, 3: Prima de Profesionalizacin y 5: Ticket de Alimentacin; 33 - 6 y 8, Ayudas , Becas y Otras Contribuciones ; 36: Guarderas y Preescolares ; 37: Seguros Colectivos ; 39. Sistema de Seguridad Social Integral, 40: Poltica habitacional y crdito complementario para la adquisicin de Vivienda: 43: Prestaciones Sociales; 47: Sedes Sindicales; 48. Deducciones de Cuotas Sindicales ; 49 : Fuero Sindical , y 50 : Permisos Sindicales ; 1

es por lo que solicitamos el inicio del PROCEDIMIENTO PREVIO PARA LA SOLUCIN DE DIFERENCIAS Y CONFLICTOS, contemplado en la Clusula N 3 de la Segunda Convencin Colectiva de los Empleados de la Direccin Ejecutiva de la Magistratura (2005-2007); en consecuencia proponemos el siguiente TEMARIO, ya definido por est Representacin Sindical, el cual consideramos que puede ser abordado o discutido, en cinco (5) reuniones, una vez iniciado en procedimiento aqu solicitado: PRIMERA REUNIN: CLUSULAS: 26: Uniformes; 31-4. Incremento Salarial; 32: Bonos, primas y compensaciones, numerales: 1: Aguinaldo, 3: Prima de Profesionalizacin y 5: Ticket de Alimentacin, 33. Ayudas, Becas y Otras Contribuciones; y 37: Seguros Colectivos. SEGUNDA REUNIN: CLASULAS: 2: mbito de Validez, numeral 3: Personal); 6: Ingresos Personal; 7: Perodo de Prueba, 8: Estabilidad y Carrera, 12-4. Pago de Sueldos; 19-3. Suspensin de la Relacin Individual de Trabajo y 28. Servicio Mdico. TERCERA REUNIN: CLASULAS: 9: Jornada de Trabajo y Horarios; 11. Horas extraordinarias; 13: Pago de Feriados y Descansos Laborados, 15. Prima de Mrito; 22. Permisos Remunerados; 23. Vacaciones; y 25: Del Comit de Higiene y Seguridad en el Trabajo. CUARTA REUNIN: CLASULAS: 36: Guarderas y Preescolares; 39. Sistema de Seguridad Social Integral; 40: Poltica habitacional y crdito complementario para la adquisicin de vivienda: 43: Prestaciones Sociales; QUINTA REUNIN: CLASULAS: 47: Sedes Sindicales; 48. Deducciones de Cuotas Sindicales; 49: Fuero Sindical, y 50: Permisos Sindicales.

DE LAS DIFERENCIAS DE CRITERIOS DE LAS CLUSULAS SIGUIENTES:2: mbito de Validez, numeral 3: Personal: Denunciamos, que en los Contratos de Trabajo Individuales que el Ente Empleador, viene suscribiendo con los trabajadores y trabajadoras, que estn ingresando a la Direccin Ejecutiva de la Magistratura, Defensa Pblica, Inspectora General de Tribunales, Escuela Nacional de la Magistratura y Poder Judicial, no se est dando cumplimiento a lo dispuesto en el Artculo 508 de la Ley Orgnica del Trabajo, en sentido de incorporan las Clusulas contenidas en la Segunda Convencin Colectiva de los Empleados de la Direccin Ejecutiva de la Magistratura (2005-2007), de manera obligatoria en los Contratados de Trabajo Individuales, que est suscribiendo el Organismo. Asimismo, se denuncia, que hay un gran nmero de trabajadoras y trabajadores, los cuales tienen ms de dos (2) Contratos Firmados, y no se le ha abierto concurso, para ser ingresados como FIJOS, crendose una gran inseguridad en cuanto a la estabilidad laboral de esos trabajadores y trabajadoras.

2

6: Ingresos Personal: Con respecto a esta clusula se denuncia, que el Ente Empleador, no ha dictado el respectivo Reglamento de Ingreso de Personal, que debe definir y contener el procedimiento previo de concurso de oposicin. 7: Perodo de Prueba: En lo atinente a esta disposicin convencional, se denuncia que el patrono, ha retirado del servicio a trabajadores, que han superado con creces el perodo de pruebas, previsto en la vigente Convencin Colectiva, alegndose que el Perodo de Prueba es de seis (6) meses; como ejemplo denunciamos los aproximadamente 29 trabajadores del Circuito Judicial de Proteccin del Nio y del Adolescente del rea Metropolitana de Caracas, que fueron afectados en su mayora por despedidos, y se le aleg que no haban superado el perodo de prueba, no obstante tener mas de tres (3) meses laborando. 8: Estabilidad y Carrera: Denunciamos, que el Organismo, no est dando cumplimiento a la entrega de Certificados de Carrera Judicial, a los empleados con tres (3) aos o ms de servicios. De igual forma se denuncia, que la Direccin Ejecutiva de la Magistratura, ha venido afectando a trabajadores en su estabilidad laboral, aplicndose el criterio que son de confianza, y por consiguiente de libre nombramiento y remocin , sin que exista disposicin legal alguna que faculte para ello, y en evidente violacin a la estabilidad laboral que ampara a todos los trabajadores que se encuentran dentro del mbito de aplicacin de la Segunda Convencin Colectiva de los Empleados de la Direccin Ejecutiva de la Magistratura (2005-2007). 9: Jornada de Trabajo y Horario: Se denuncia que trabajadores amparados por la vigente Convencin Colectiva, estn siendo obligados a laborar una (1) hora extra a la jornada convencionalmente establecida, es el caso de los Secretarios y Alguaciles, sin que exista contraprestacin salarial. Adems, en algunos Circuitos Judiciales, se han impuesto horarios de trabajo que contravienen el horario de trabajo previsto en la Convencin Colectiva, y dichos horarios ni han sido pactados con las Organizaciones Sindicales, y mucho menos han sido aprobados por la Autoridad competente. 11. Horas extraordinarias: En cuanto al pago de las horas extraordinarias, denunciamos que en la mayora de las Circunscripciones Judiciales, los trabajadores amparados por la Convencin Colectiva, estn siendo obligados a laborar ms de las cien (100) horas anuales permitidas por la Ley Orgnica del Trabajo, sin la previa autorizacin del Inspector del Trabajo competente, y cuando se laboran, existe una negativa de los representantes regionales del Ente Empleador de pagarlas a los trabajadores y trabajadoras que son obligados a prestarlas. Asimismo, los trabajadores de los Circuitos Judiciales Penales de los Estados Cojedes y Bolvar, han denunciado que no se les paga la fraccin de diaria que laboran. Y en otras Circunscripciones Judiciales, el pago de horas extras diurnas y nocturnas, en el caso del trabajo nocturno, no se est pagando lo correspondiente al Bono Nocturno, equivalente a un recargo del 30% calculado sobre el valor de la hora ordinaria diurna, en base al sueldo bsico diario. Asimismo, a todo el personal de seguridad adscrito a la

3

Direccin General de Seguridad de la DEM, no se le ha pagado el Bono Nocturno, desde que comenzaron a trabajar. 12-4. Pago de Sueldos: Se denuncia que la Direccin de Servicios Mdicos de la Direccin Ejecutiva de la Magistratura, viene ordenando a las Direcciones Administrativas Regionales de los Estados Cojedes y Gurico, el descuento de sueldos a trabajadores que se encuentran o que han estado de reposo mdicos expedidos por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales. 13: Pago de Feriados y Descansos Laborados: Se denuncia que algunos representantes regionales del Ente Empleador, no pagan el trabajo realizado en feriado o en da de descanso laborado, conforme lo establece la Convencin Colectiva, sino que por el contrario, lo hacen asignando un monto fijo que rondan los Bs. 37.000,00. Asimismo, no se otorga el da de descanso complementario, en los casos establecidos en la Ley Orgnica del Trabajo. 15. Prima de Mrito: Denunciamos que la Direccin Ejecutiva de la Magistratura, no ha informado oficialmente, cuando se har efectivo el pago correspondiente a la evaluacin del ao 2006-2007. 19-3. Suspensin de la Relacin Individual de Trabajo: Se denuncia que la Direccin de Servicios Mdicos de la Direccin Ejecutiva de la Magistratura, viene ordenando a las Direcciones Administrativas Regionales de los Estados Cojedes y Gurico, el descuento de sueldos a trabajadores que se encuentran o que han estado de reposo mdicos expedidos por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales 20. Estructura de Cargos: La Direccin Ejecutiva de la Magistratura, iniciado un proceso de reestructuracin interno en la Direccin General Recursos Humanos, segn Nota de Prensa, publicada en su pgina Web, que el SUONTRAJ, haya sido debidamente informado y odas observaciones respecto a dicho proceso de reestructuracin administrativa. ha de sin su

22. Permisos Remunerados: Se denuncia que segn por instrucciones de la Sala de Casacin Social del Tribunal Supremo de Justicia, los Presidentes y Coordinadores de los Circuitos Judiciales del Trabajo y de proteccin del Nio y del Adolescente, en el mbito nacional, no permiten que los trabajadores adscritos a esos Circuitos, hagan uso de los permisos para estudios previstos en la vigente Convencin Colectiva de Trabajo. 23. Vacaciones: Denunciamos enrgicamente que por haber la sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, haber dictado la Resolucin N 2007-0036 de fecha 01/08/2007, que contiene un Receso Judicial, entre el 15 de agosto al 15 de septiembre de 2.007; y en la que se le facult a los Jueces Rectores, Presidentes de Circuitos Judiciales y dems jueces de la Repblica a tomar las medidas que consideren conducentes a objeto de garantizar a los ciudadanos el acceso a la justicia; algunos Coordinadores y Jueces, obligaron a los trabajadores a salir de vacaciones, sin que estuvieran debidamente aprobadas por la Direccin General de Recursos Humanos de la DEM, desacatando la programacin de vacaciones que se realiza anualmente y sin el respectivo

4

pago del Bono vacacional . 25: Del Comit de Higiene y Seguridad en el Trabajo: Solicitamos que el Ente Empleador, convoque de manera urgente a la constitucin e instalacin del Comit de Higiene y Seguridad en el Trabajo, tal como est previsto en la vigente Convencin Colectiva, en el primer aparte de la sealada Clusula N 25. 26: Uniformes: Solicitamos el cumplimiento inmediato de esta Clusula, puesto que El Ente Empleador, no ha entregado la Dotacin de Inicio de Uniformes (Ao 2005), ni las dotaciones que corresponden al ao 2.006; mantenindose en mora con todos los trabajadores y trabajadoras beneficiarios de uniformes. 28. Servicio Mdico: Se denuncia que la Direccin de Servicios Mdicos de la Direccin Ejecutiva de la Magistratura, viene ordenando a las Direcciones Administrativas Regionales de los Estados Cojedes y Gurico, el descuento de sueldos a trabajadores que se encuentran o que han estado de reposo mdicos expedidos por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales 31-4. Incremento Salarial: Solicitamos informacin acerca del aumento salarial anunciado por el Econ. Cndido Prez Contreras, en reunin de fecha 09 de Abril de 2.007, en cuanto al porcentaje adjudicarse y la metodologa de clculo del mismo, y fechas de vigencia efectos del retroactivo respectivo. 32: Bonos, primas y compensaciones, numerales: 1: Aguinaldo: Solicitamos que el Ente Empleador, haga extensivo el pago de 180 das adicionales al previsto en la Convencin Colectiva, a todos los trabajadores y trabajadoras del Poder Judicial, Direccin Ejecutiva de la Magistratura, Defensa Pblica, Inspectora General de Tribunales y Escuela Nacional de la Magistratura, que como por uso y costumbre lo ha venido cumpliendo en los ltimos tres aos, que al menos, ha pagado Ocho meses (8) de aguinaldos a cada trabajador.. 3: Prima de Profesionalizacin: Solicitamos, la instalacin de la Comisin Bipartita y Paritaria, que definirn las carreras tcnicas superiores universitarias y universitarias que darn origen a la asignacin de la prima de profesionalizacin. 5: Ticket de Alimentacin: Solicitamos que se haga extensivo este beneficio a todos los Jubilados y Pensionados del Organismo, y pedimos que se pague este beneficio a los trabajadores amparados que se encuentren de vacaciones, vistas las nuevas disposiciones contenidas en el nuevo Reglamento de la Ley de Alimentacin Para los Trabajadores. 33-6 y 8, Ayudas, Becas y Otras Contribuciones: Solicitamos la instalacin de las correspondientes Comisiones Bipartitas y Paritarias, establecidas en los numerales 6 y 8 de la presente Clusula, con representacin de las Organizaciones sindicales. 36: Guarderas y Preescolares: Denunciamos que motivado al aumentado salarial acordado por el Ente Empleador del 40%, los trabajadores y

5

trabajadoras con el cargo de Secretarios de Circuitos y de Salas, han sido privados por los representantes regionales del patrono, de seguir percibiendo el beneficio de guarderas y preescolares, producindose una desmejora en cuanto a este importante beneficio social. 37: Seguros Colectivos: Denunciamos, que a raz de la contratacin por parte del Ente Empleador de una nueva Pliza de H.C.M, los trabajadores, trabajadoras, jubilados y pensionados amparados por la Convencin Colectiva, han sido desmejorados con respecto a que la Empresa UNISEGUROS, presenta muchas fallas en el otorgamiento de las Claves de Ingreso para Emergencias y las ordenes de servicio para la adquisicin de mdicos y consultas y mdicas. 39. Sistema de Seguridad Social Integral: En la mayora de las Direcciones Administrativas Regionales de la DEM, no se cumple con el pago oportuno del Seguro Social Obligatorio, Poltica Habitacional y Paro Forzoso. Y en muchos casos, no se incluye a los trabajadores en los referidos servicios del Estado. 40: Poltica habitacional y crdito complementario para la adquisicin de Vivienda: Exigimos el cumplimiento urgente de la presente Clusula. Se encuentra totalmente INCUMPLIDA. 43: Prestaciones Sociales: Solicitamos al Ente Empleador informacin acerca de la tramitacin de la constitucin de las cuentas de fideicomisos individuales, donde debern depositarte lo correspondiente a la prestacin de antigedad y los intereses causados y que llegaren a causarse. As como lo concerniente a la fecha de pago cierta de los intereses causados hasta la presente fecha y procedimiento para acceder a los anticipos sobre prestaciones sociales.. 47: Sedes Sindicales: Solicitamos en cuanto al SUONTRAJ, vista la eminente mudanza de los tribunales y dependencias que se encuentran en el Edificio Jos Mara Vargas, Esquina de Pajaritos al Edificio METRO-OLIMPO, ubicado en Municipio Chacao, se solicita la reasignacin de una sede sindical en el nuevo edificio. Pedimos, que a estas reuniones conciliatorias asistan funcionarios adscritos a la Direccin Infraestructura del Organismo. 48. Deducciones de Cuotas Sindicales: Se denuncia que un gran nmero de las Direcciones Administrativas Regionales, no cumple estrictamente con los descuentos de las cuotas sindicales, en las oportunidades convencionalmente establecidas, y se niegan a procesar descuentos a trabajadores afiliados a las Organizaciones Sindicales. 49: Fuero Sindical: Solicitamos que se le de estricto cumplimiento al Fuero Sindical Contractual, y se le respecte el fuero sindical de los directivos sindicales nacionales y seccionales de las organizaciones sindicales signatarias de la vigente Convencin Colectivas, as como la inamovilidad que ampara a los trabajadores en los supuestos previstos en la Ley Orgnica del Trabajo y su Reglamento.

6

50: Permisos Sindicales: Solicitamos al ente patronal, que tramite y otorgue los permisos sindicales pactados en la Convencin Colectiva de manera urgente, en los trminos y condiciones, en que fueron otorgados en la vigencia del Laudo Arbitral de 1993 y en la Primera Convencin Colectiva de los Empleados del Consejo de la Judicatura y Poder Judicial de 1.997. Solicitamos, que con la URGENCIA DEL CASO se tramite el presente procedimiento de acuerdo a lo previsto en la Clusula 3 de la vigente Convencin Colectiva. Sin ms que tratar por los momentos, se despide de usted, POR EL COMIT DIRECTVO NACIONAL DEL SUONTRAJ

ABG. LUIS MARTN GALVIZ PRESIDENTE

7