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(PLENO/2/2015) ACTA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DE 3 de febrero de 20151
SESIÓN EXTRAORDINARIA. PRIMERA CONVOCATORIA.
ALCALDEPRESIDENTE: D. Vicente Arques Cortés.
CONCEJALES
Genoveva Tent Musarella
María Teresa García Madrid
Vicenta Baldó Such
Juan Carlos Casiano Gozálbez
Antoni Such Arques
Vicente Andrés Soler Soler
Rocío Guijarro Sánchez
Paola Segura Tomás
Gunila Herrera Nóren
Oscar Pérez Quesada
Isabel María Muñoz LLorens
M. Teresa Huerta Ballester
Mayra Bedmar Rojo
Juan Bautista García Alfaro
José A. López Deus
M. Eugenia Villanueva Herrero
Carlos J. Galiana Soler
María Isabel Davó Soler
AUSENTES Y EXCUSADOS:
CONCEJALES
M. Dolores Albiñana Ferrándiz
José Luis Giner Seguí
SECRETARIO ACCTAL: Dña. María José Pingarrón MartínINTERVENTOR ACCTAL.: D. Nazario Ferrandiz Boix
HORA COMIENZO SESIÓN: 11:05 h.HORA FIN SESIÓN: 11:11h.
1. Nota de Secretaría: Este acta se redacta conforme al art. 109 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
Locales. Para la redacción de este acta se ha tenido en cuenta los siguientes medios: la grabación/soporte digital y las anotaciones de la Secretaria Accidental.
No obstante, hay que tener en cuenta que el art. 109 del ROF, en cuanto a la intervención de los Concejales indica que en el acta se recogerán opiniones
sintetizadas.
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En el Salón de Plenos del Ayuntamiento de l´Alfàs del Pí, y siendo las 11:05 horas del día 3 de febrero de 2015, previa convocatoria al efecto, concurren los Concejales expresados más arriba, en primera convocatoria, y en sesión EXTRAORDINARIA bajo la presidencia del AlcaldePresidente D. Vicente Arques Cortés, y asistencia del Secretario Accidental Dña. María José Pingarrón Martín para analizar el siguiente orden del día:
PARTE RESOLUTIVA
Hacienda
1. BAS/1598/2014_PROPUESTA DESESTIMACION DE RECLAMACIONES AL PRESUPUESTO MUNICIPAL EJERCICIO 2015 Y APROBACION DEFINITIVA DEL MISMO.
El Presidente procede a la lectura del epígrafe del punto único del orden del día, y a continuación, toma la palabra el Sr. Such Arques (Portavoz del grupo Municipal Socialista), comentando que va a proceder a lectura de los informes técnicos municipales incluidos en la propuesta de acuerdo BAS/1598/2015, y lee la misma en el sentido siquiente : desestimar las reclamaciones presentadas por D. Julián Martín Sanz, con Registro General de entrada número 2015000133, de 9 de enero de 2015; por D. Andrés Prieto de la Orden, con Registro General de entrada número 2015000134, de 9 de enero de 2015; por Dª. Mª Teresa Huerta Ballester con Registro General de Entrada número 2015000173, de 12 de enero de 2015 y por D. Andrés Prieto de la Orden y D. Julián Martín Sanz, de manera conjunta, con Registro General de Entrada número 2015000183, de 12 de enero de 2015, contra la aprobación inicial del Presupuesto Municipal para el ejercicio 2015, expediente BAS/1598/2014 y la Plantilla del ejercicio 2015, expediente BAS/1890/2014, ello en base al informe de la Intervención Municipal ; y aprobar con carácter definitivo el Presupuesto Municipal para el ejercicio 2015, expediente BAS/1598/2014 así como la Plantilla Municipal para el ejercicio 2015, expediente BAS/1890/2014. [Tal y como consta in extenso en la grabación/soporte digital]
A continuación, la Presidencia concede la palabra a la Sra. Bedmar Rojo [Concejal integrante del Grupo Municipal Popular] [Tal y como consta in extenso en la grabación/soporte digital], que indica que se reitera en su escrito de impugnación y de alegaciones ya realizadas anteriormente. Finaliza su intervención manifestando que a la vista que no se ha tenido acceso a las partidas del Presupuesto, que es el único mecanismo para la fiscalización que tiene su partido político, no van a aprobar el presupuesto, ya que bajo su punto de vista incurre en los mismos errores que habían anteriormente.
El Presidente concede la palabra a la Sra. Davó Soler (Concejal integrante del Grupo Municipal CPA'S) [Tal y como consta in extenso en la grabación/soporte digital], y expone que no tiene nada que añadir a lo que ya se ha dicho, tanto en la aprobación del Presupuesto, como en la anterior Comisión en la que se analizaba dicho informe. Finaliza su intervención indicando que van a apoyar dicho punto, ya que cree que es lo más oportuno para el buen funcionamiento de la Administración.
A continuación, el Presidente concede la palabra al Sr. Such Arques (Portavoz del grupo Municipal Socialista), resaltando que va a proceder a la lectura de parte de una Sentencia al azar de las que tiene, una Sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. 1 que determina [procede a la lectura, tal y como consta in extenso en la grabación/soporte digital]: que por todo cuanto ha sido expuesto en este, y en los precedentes fundamentos de derecho, se puede concluir que el derecho fundamental cuya vulneración se invocaba por la parte actora no comprende el derecho a la obtención de copias, también que desde un principio la información solicitada ha estado a disposición de consulta y visualización
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de cualquier Concejal de la Corporación; comenta que todos los informes municipales han estado en la Plataforma digital. Se dirije al Partido Popular diciéndoles que han tenido todos ellos acceso, y que el Presupuesto estaba colgado en la web municipal el día 11/12/2014, y que cualquier ciudadano podía acceder a ello. Explica que no entiende muy bien esa falta de información.
El Presidente concede la palabra a la Sra. Bedmar Rojo [Concejal integrante del Grupo Municipal Popular] [Tal y como consta in extenso en la grabación/soporte digital], y la misma se dirije al Portavoz del Partido Socialista, indicándole que su Partido no va a contestar a lo que ha dicho. Finaliza su intervención dirigiéndose de nuevo al Portavoz del Partido Socialista ,manifestando que evidentemente ellos irán donde tengan que ir, que es donde éste les dice , que son los Juzgados.
A continuación el Presidente somete el punto a votación, aprobándose por mayoría absoluta de los trece (13) miembros presentes e integrantes de la Corporación, computándose trece (13) votos favorables totales; doce (12) de los miembros del Grupo Municipal Socialista; más uno (1) de la Concejal integrante del Grupo Municipal CPA'S (Sra. Davó Soler); y los seis (6) votos en contra de los miembros presentes e integrantes del Grupo Municipal Popular (Sres/Sras. Huerta Ballester, Bedmar Rojo, García Alfaro, López Deus, Villanueva Herrero y Galiana Soler). [Tal y como consta in extenso en la grabación/soporte digital], siendo sus apartados expositivos y dispositivos del siguiente tenor literal:
Vista las reclamaciones presentadas por D. Julián Martín Sanz, con Registro General de entrada número 2015000133, de 9 de enero de 2015; por D. Andrés Prieto de la Orden, con Registro General de entrada número 2015000134, de 9 de enero de 2015; por Dª. Mª Teresa Huerta Ballester con Registro General de Entrada número 2015000173, de 12 de enero de 2015 y por D. Andrés Prieto de la Orden y D. Julián Martín Sanz, de manera conjunta, con Registro General de Entrada número 2015000183, de 12 de enero de 2015, contra la aprobación inicial del Presupuesto Municipal para el ejercicio 2015, expediente BAS/1598/2014 y la Plantilla del ejercicio 2015, expediente BAS/1890/2014.
Visto el informepropuesta de la Intervención Municipal, del día de la fecha, por el que se analizan las reclamaciones presentadas y cuyo tenor literal es el siguiente:
"En relación a la aprobación inicial del Presupuesto Municipal para el ejercicio 2015, BAS/1598/2014; visto el certificado de la Secretaría General, de 15 de enero, de las alegaciones presentadas durante el plazo de exposición al público de dicho expediente y vista la providencia de la AlcaldíaPresidencia por la que se solicita la emisión del correspondiente informe de resolución de las alegaciones presentadas, esta Intervención tiene a bien emitir el siguiente
INFORME
PRIMERO. El expediente se tramita con arreglo a las disposiciones contenidas en la normativa reguladora de las haciendas locales y de estabilidad presupuestaria, constituida fundamentalmente por:
• Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, (TRLRHL) que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
• Real Decreto 500/1990, de 20 de abril por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de Presupuestos .
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• Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la Estructura de los Presupuestos de las Entidades Locales, modificada por la Orden HAP/419/2014, de 14 de marzo.
• Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
• Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la estabilidad presupuestaria, en su aplicación a las Entidades Locales.
• Orden Ministerial HAP/2015/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la LOEPSF.
SEGUNDO. El expediente fue dictaminado en la Comisión Informativa de Hacienda y aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 16 de diciembre de 2014.
TERCERO. En el Boletín Oficial de la Provincia número 243, de 19 de diciembre de 2014, se expuso al público durante 15 días el expediente, del 20 de diciembre de 2014 al 12 de enero de 2015, ambos inclusive, al objeto de que los interesados presenten las reclamaciones que estimen oportunas ante el Pleno de la Corporación.
CUARTO. Del certificado emitido por la Secretaría General se deduce que dentro del periodo de exposición al público del expediente se han presentado las siguientes reclamaciones:
• D. Julián Martín Sanz, con Registro General de Entrada número 2015000133, de 9 de enero de 2015.
• D. Andrés Prieto de la Orden, con Registro General de Entrada número 20015000134, de 9 de enero de 2015.
• Dª. Mª Teresa Huerta Ballester con Registro General de Entrada número 2015000173, de 12 de enero de 2015.
• D. Andrés Prieto de la Orden y D. Julián Martín Sanz, de manera conjunta, con Registro General de Entrada número 2015000183, de 12 de enero de 2015.
QUINTO. El análisis de las reclamaciones presentadas nos lleva a realizar las siguientes consideraciones:
1ª) Calificación de los escritos presentados.
En los escritos presentados el día 9 de enero de 2015 por D. Julián Martín Sanz, R.G.E. 2015000133 y por D. Andrés Prieto de la Orden, R.G.E. 2015000134 exponen que se han "personado en las dependencias de la intervención municipal para examinar el expediente completo del proyecto de presupuesto del año 2015...en la página web no consta completo", concluyendo que "...haciendo imposible nuestro derecho a formular alegaciones al referido proyecto de presupuestos dado que el expediente no se encuentra completo a disposición de los ciudadanos".
Dichos escritos se relacionan directamente con el presentado por ambos, de manera conjunta, con Registro General de Entrada número 2015000183 y que debe ser calificado como reclamación ante la aprobación provisional del expediente BAS/1598/2014 Presupuesto Municipal para el ejercicio 2015 y dada su vinculación contra el expediente BAS/1890/2014 de aprobación de la Plantilla Municipal para el ejercicio 2015.
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Con respecto al escrito presentado por Dª. Mª. Teresa Huerta Ballester con Registro General de Entrada número 2015000173 debe ser calificado como reclamación ante la aprobación provisional del expediente BAS/1598/2014 Presupuesto Municipal para el ejercicio 2015 y dada su vinculación contra el expediente BAS/1890/2014 de aprobación de la Plantilla Municipal para el ejercicio 2015
2ª) Legitimación.
Respecto a la legitimación para la presentación de la reclamación, resultan legitimados para interponer reclamaciones contra el presupuesto aquellos incluidos en el artículo 170.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, TRLRHL:
Los habitantes en el territorio de la respectiva entidad local.Los que resulten directamente afectados, aunque no habiten en el territorio de la
entidad local.Los colegios oficiales, cámaras oficiales, sindicatos, asociaciones y demás entidades
legalmente constituidas para velar por intereses profesionales o económicos y vecinales, cuando actúen en defensa de los que les son propios.
Con respecto a la legitimación de D. Julián Martín Sanz y D. Andrés Prieto de la Orden no existe duda alguna de que ostentan la oportuna legitimación para interponer reclamaciones al presupuesto al ser habitantes en el territorio de esta entidad local.
Con respecto a Dª. Mª. Teresa Huerta Ballester, aunque el mencionado artículo 170.1 no recoge de forma expresa la legitimación de los Concejales, ésta resulta de la interpretación que del derecho a la participación pública, artículo 23 de la Constitución Española, ha realizado el Tribunal Constitucional en varias de sus sentencias, el Tribunal Constitucional considera que cualquier miembro de la Corporación está legitimado para impugnar la actuación de la Entidad local a la que pertenece, por el interés concreto que ostenta en el correcto funcionamiento de dicha Corporación en virtud de su mandato representativo, estando legitimados para impugnar cualquier acto o acuerdo, ya de órganos unipersonales, ya de órganos colegiados, formen parte o no del mismo, a no ser que, tratándose del acto de un órgano colegiado, no hubiera votado en contra de su aprobación. Por tanto y dado que la reclamante emitió su voto desfavorable a la propuesta de aprobación, se encuentra totalmente legitimada para la interposición de la reclamación. Y en todo caso es habitante de esta entidad local.
3ª) Fundamentos de las reclamaciones presentadas.
El artículo 170.2 del Real Decreto 2/2004 TRLRHL establece que:
"Unicamente podrán entablarse reclamaciones contra el presupuesto:
a) Por no haberse ajustado su elaboración y aprobación a los trámites establecidos en esta ley.
b) Por omitir el crédito necesario para el cumplimiento de obligaciones exigibles a la entidad local, en virtud de precepto legal o cualquier otro título legítimo.
c)Por ser de manifiesta insuficiencia los ingresos con relación a los gastos presupuestados o bien de estos respecto a las necesidades para las que esté previsto.
La reclamaciones presentadas vienen, básicamente, fundamentadas en el apartado a) del mencionado artículo 170.2, los reclamantes consideran que la elaboración y aprobación del presupuesto municipal no ha seguido los trámites establecidos en la legislación vigente.
El resto de consideraciones que se realizan en cada una de las reclamaciones que no tienen su amparo en el artículo 170.2, estarían más dentro del ejercicio de la acción política
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que del campo jurídico, ya que la normativa sobre haciendas locales sitúa a la presidencia de la entidad local como el órgano sobre el que pivota todo el procedimiento para la elaboración del presupuesto. La norma distingue entre elaboración y aprobación y sólo atribuye al Alcalde la primera parte de la elaboración (formación del presupuesto o sea iniciativa presupuestaria) atribuyendo el resto al Pleno de la Corporación.
4ª) Análisis de los fundamentos de las reclamaciones.
El Presupuesto contiene toda la documentación complementaria y anexos a los que hacen referencia los artículos 165.1, 166 y 168.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, (TRLRHL) que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, excepto los planes y programas de inversión y financiación recogidos en el artículo 166.1.a) del mencionado Real Decreto 2/2004 que, dado su carácter voluntario, no han sido formulados por el Ayuntamiento.
Con respecto a la liquidación del ejercicio 2013 y avance del ejercicio 2014, que los reclamantes consideran que no se ha incluido con el debido desglose debemos señalar que en el expediente no sólo se ha reflejado una estimación de la liquidación de seis meses del ejercicio 2014, si no que se ha dado cuenta de los datos de ejecución presupuestaria del tercer trimestre de 2014 con una proyección a fecha 31 de diciembre de 2014 y con los porcentajes de variación correspondientes, todo ello a nivel de capítulo como determina la Instrucción de contabilidad local aprobada por la Orden EHA/4041/2004 de 23 de noviembre. Además no solo se ha dado publicidad a los datos de la liquidación si no que se ha puesto a disposición del público en general los datos sobre estabilidad presupuestaria, regla del gasto y sostenibilidad a 30 de septiembre de 2014 que se remiten al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
En la reclamación de Dª. Mª. Teresa Huerta expone "...que no ha tenido acceso a la liquidación del presupuesto con toda la información relativa a la misma...", en este caso podemos concluir que la liquidación del ejercicio 2013 fue aprobada, y así consta copia de la misma en el expediente, mediante Resolución de la AlcaldíaPresidencia, número 536, de 18 de marzo de 2014, dándose cuenta de la misma al Pleno de la Corporación en la sesión correspondiente. Además con respecto a la ejecución presupuestaria trimestral, esta se da cuenta al Ayuntamiento Pleno en los plazos y términos fijados y cuyos datos son remitidos al Ministerio de Hacienda para su fiscalización y control.
En cuanto a la exposición del expediente, debemos remarcar que el mismo ha estado a disposición del público en general, incluso con anterioridad a la publicación del edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, tal y como queda reflejado en el informe emitido por el Departamento de Informática dentro del expediente BAS/2285/2014, en el que se concluye que toda la documentación del expediente del Presupuesto Municipal para el ejercicio 2015 ha estado a disposición del cualquier persona desde las 14:31 horas del día 11 de diciembre de 2014 en la web municipal. Se trascribe a continuación el informe del Departamento de informática de fecha 12 de diciembre:
"INFORME DEL DEPARTAMENTO DE INFORMATICA
Con relación al acceso a la información y a la documentación relativa a expedientes varios, solicitados en concreto en relación a los expedientes tramitados y solicitados por decreto de Alcaldía número. 2124/2014:
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1º.Que los siguientes concejales, integrantes del grupo político Partido Popular:
DNI
MAYRA BEDMAR ROJO 73999236W
1º Que se dispone acceso a los expedientes y documentación asociada al mismo, pudiendo acceder a la información a través de la web municipal, más concretamente desde el enlace:
http://tinyurl.com/m4fv2q2
el cual figura en el decreto de convocatoria del órgano.
2º Que se dispone acceso a la misma documentación para cualquier persona, ostente cargo alguno o no en este Ayuntamiento, por considerarse dicha documentación de carácter público, a través de la web municipal, más concretamente desde el enlace:
http://ww.lalfas.es/index.php/informacionpublica/presupuestos_municipales/index.1.html
desde la hora 14:31 del día jueves, 11 de diciembre de 2014, para lo que se adjunta fragmento del archivo de log de la web municipal, resaltando el texto correspondiente, para que conste:
4º Que en relación al decreto de Alcaldía número. 2124/2014, el acceso a la documentación electrónica relacionada se concreta y visualiza, pudiendo visualizar, copiar e imprimir todas y cada una de las 167 páginas del documento: "presupuesto_general_2015_814960039.pdf", teniendo presente la fecha y hora que en el mismo se indican, por lo que pudo y puede ser consultado del siguiente modo gráfico:
Imagen 1: Sección de la web municipal http://www.lalfas.es, desde donde se puede realizar el acceso a la imformación requerida, concretamente desde el enlace en la parte inferior de la imagen, a la izquierda del cual figura un clip y que versa " Proyecto Presupuesto General 2015. :
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Imagen 2: Como resultado de hacer click sobre el enlace se obtiene el documento anteriormente mencionado:
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Imagenes 3.1 y 3.2: Páginas 0 y 144 del documento donde se pueden observar a la izquierda los índices que dan acceso a todas y cada una de las partes del contenido que conforma dicho documento
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Lo que se informa para su conocimiento y efectos a instancias de la petición de informe por parte del AlcaldePresidente."
Con respecto a los datos presupuestarios en sí, esta intervención ya ha emitido el correspondiente informe de estabilidad, regla del gasto y sostenibilidad y que consta en el propio expediente que nos ocuap.
SEXTO. Por todo lo expuesto, no cabe llegar a otra conclusión que a la de DESESTIMAR las reclamaciones presentadas y elevar al Pleno de la Corporación, previo dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda, el siguiente,
INFORMEPROPUESTA
PRIMERO. DESESTIMAR las reclamaciones presentadas por D. Julián Martín Sanz, con Registro General de entrada número 2015000133, de 9 de enero de 2015; por D. Andrés Prieto de la Orden, con Registro General de entrada número 2015000134, de 9 de enero de 2015; por Dª. Mª Teresa Huerta Ballester con Registro General de Entrada número 2015000173, de 12 de enero de 2015 y por D. Andrés Prieto de la Orden y D. Julián Martín Sanz, de manera conjunta, con Registro General de Entrada número 2015000183, de 12 de enero de 2015, contra la aprobación inicial del Presupuesto Municipal para el ejercicio 2015, expediente BAS/1598/2014 y la Plantilla del ejercicio 2015, expediente BAS/1890/2014, ello en base al informe de la Intervención Municipal del día de la fecha y que se ha trascrito con anterioridad.
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SEGUNDO. Aprobar con carácter definitivo el Presupuesto Municipal para el ejercicio 2015, expediente BAS/1598/2014 así como la Plantilla Municipal para el ejercicio 2015, expediente BAS/1890/2014, dada la vinculación de la plantilla con el expediente del presupuesto, cuyo resumen, por capítulos el presupuesto, es el siguiente:
INGRESOS GASTOS
Cap. Descripción Importe Descripción Importe
1 Impuestos Directos 9.197.893,84 Gastos de Personal 7.642.137,33
2 Impuestos Indirectos 350.000,00 Gastos B. corrient. 7.065.969,49
3 Tasas y otros ingresos 4.048.200,00 Gastos Financieros 327.597,55
4 Transf. corrientes 4.834.000,00 Transf. corrientes 993.394,98
5 Ingresos patrimoniales 645.745,77 Fondo Conting. 68.694,19
Oper. Corrientes 19.075.839,61 Oper. Corrientes 16.097.793,54
6 Enaj. Inv. Reales 498.524,16 Inversiones Reales 1.787.570,84
7 Transf. De capital 271.981,80
Oper. De Capital 770.505,96 Oper. De Capital 1.787.570,84
9 Pasivos Financ. 1.960.981,19
Oper. Financieras Oper. Financieras 1.960.981,19
TOTAL INGRESOS 19.846.345,57 TOTAL GASTOS 19.846.345,57
2015. PLANTILLA ORGÁNICA DEL AYUNTAMIENTO DE L'ALFÀS DEL PI
A) FUNCIONARIOS DE CARRERA
DENOMINACIÓN SUBGRUPO Nº PLAZAS
ESCALA, SUBESCALA , CLASE
Secretario A1 1 Habilitación de carácter estatal, Secretaría
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Interventor A1 1 Habilitado de carácter estatal, Intervención
Tesorero A1 1 Administración General, Técnica.
Arquitecto A1 1 Administración Especial, Técnica, Superior
TAE C. Cultura A1 1 Administración Especial, Técnica, Superior
Director Museo Arqueológico
A1 1 Administración Especial, Técnica, Superior
Técnico Administración General
A1 4 Administración General Técnica.
Arq. técnico./Ing.Tecnico
A2 3 Administración Especial, Técnica, media
Arq. técnico./Ing.Tecnico. J.N
A2 1 Administración Especial, Técnica, media
Trabajador Social A2 2 Administración Especial, Técnica, media
Trabajador Social AMICS
A2 1 Administración Especial, Técnica, media
Trabajador Social. J.N
A2 1 Administración Especial, Técnica, media
Técnico RRHH A2 1 Administración Especial, Técnica, media
Biblioteconomista A2 1 Administración Especial, Técnica, media
Técnico Medio Ambiente
A2 1 Administración Especial, Técnica, media
Técnico Turismo A2 1 Administración Especial, Técnica, media
Técnico OMIC A2 1 Administración Especial, Técnica, media
Jefe Dep. Informática
A2 1 Administración Especial, Técnica, media
Delineante / topógrafo
A2 1 Administración Especial, Servicios especiales
Técnico de Educación
A2 1 Administración Especial, Técnica, media
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Agente de Empleo y Desarrollo Local
A2 1 Administración Especial, Técnica, media
Redactor Jefe A2 1 Administración Especial, Servicios especiales
Redactor A2 2 Administración Especial, Servicios especiales
Administrativo C1 30 Administración General, Administrativa
Administrativo C. cultura
C1 2 Administración General, Administrativa
Analistaprogramador
C1/B 2 Administración Especial, Técnica, auxiliar
Encargado general
C1 1 Administración Especial, Servicios Especiales
Oficial Policía C1 5 Administración Especial, Servicios especiales
Agente Policía C1 37 Administración Especial, Servicios especiales
Masajista C1 1 Administración Especial, Servicios especiales
Técnico(Imagen / Sonido)
C1 3 Administración Especial, Servicios especiales
Auxiliar administrativo
C2 3 Administración General, Auxiliar
Auxiliar Adm. Biblioteca
C2 2 Administración General, Auxiliar
Auxiliar Adm. Polideportivo
C2 1 Administración General, Auxiliar
Celador de Obras C2 2 Administración Especial, Servicios especiales
Conductor B.O C2 3 Administración Especial, Servicios especiales
Oficial Jefe de grupo
C2 6 Administración Especial, Servicios especiales
Oficial Especialista
C2 5 Administración Especial, Servicios especiales
Oficial B.O. C2 9 Administración Especial, Servicios especiales
Oficial Jardinería / Fumigación
C2 1 Administración Especial, Servicios especiales
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Oficial Golf C2 1 Administración Especial,Servicios especiales
Conserje C2 5 Administración Especial, Servicios Especiales
Conserje noche C2 1 Administración Especial, Servicios Especiales
Conserje telefonista
C2 1 Administración Especial, Servicios Especiales
Conserje Casa Consistorial
C2 1 Administración Especial, Servicios Especiales
Conserje Polideportivo
C2 1 Administración Especial, Servicios Especiales
Notificador C2 1 Administración Especial, Servicios Especiales
Peón B.O Agrupaciones profesionales
23 Administración Especial, Servicios especiales
Peón playa Agrupaciones profesionales
1 Administración Especial, Servicios especiales
Auxiliar Ayuda Domicilio
Agrupaciones profesionales
5 Administración Especial, Servicios especiales
Limpieza Agrupaciones profesionales
3 Administración Especial, Servicios especiales
Subalterno Polideportivo
Agrupaciones profesionales
4 Administración General, Subalterna.
Subalterno Polideportivo Noche
Agrupaciones profesionales
1 Administración General, Subalterna.
TOTAL FUNCIONARIOS
191
B) PERSONAL LABORAL
DENOMINACIÓN NATURALEZA Nº PLAZAS
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Trabajador/ asistente social
LABORAL 1
Coordinador RTVA
LABORAL 1
Técnico de emisión
LABORAL 1
Operador de cámara
LABORAL 2
Técnico Locutor LABORAL 2
TOTAL PERSONAL LABORAL
7
C) PERSONAL EVENTUAL
DENOMINACIÓN NATURALEZA Nº PLAZAS
* Personal Eventual (A)
EVENTUAL 1
* Personal Eventual ( B)
EVENTUAL 4
* Personal Eventual (C)
EVENTUAL 6
* Personal Eventual (D)
EVENTUAL 2
* Personal Eventual (D)
EVENTUAL 2OBSERVACIONES: A MEDIA JORNADA
TOTAL PERSONAL EVENTUAL
15
(*) A partir de las elecciones municipales de 2015 el personal eventual queda limitado a un número de siete por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.
TERCERO. El acuerdo de aprobación definitiva y el resumen por capítulos del Presupuesto Municipal para el ejercicio 2015 deberá publicarse en el Boletín Oficial de la
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Provincia para su entrada en vigor, siendo los efectos del mismo el 1 de enero de 2015 de acuerdo con el artículo 163 y 169.3 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
CUARTO. Contra el presente acuerdo, en virtud de la dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y en el artículo 171 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, los interesados podrán, en el plazo de dos meses, interponer directamente recurso contenciosoadministrativo en la forma y plazos establecidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985 y en el artículo 171.3 del Real Decreto 2/2004, la interposición de dicho recurso no suspenderá por si solo la efectividad del acto o acuerdo impugnado. "
De acuerdo con lo previsto en el artículo 169 y siguientes del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de abril por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales y previo dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda, se eleva al Pleno de la Corporación la siguiente
PROPUESTA
PRIMERO. DESESTIMAR las reclamaciones presentadas por D. Julián Martín Sanz, con Registro General de entrada número 2015000133, de 9 de enero de 2015; por D. Andrés Prieto de la Orden, con Registro General de entrada número 2015000134, de 9 de enero de 2015; por Dª. Mª Teresa Huerta Ballester con Registro General de Entrada número 2015000173, de 12 de enero de 2015 y por D. Andrés Prieto de la Orden y D. Julián Martín Sanz, de manera conjunta, con Registro General de Entrada número 2015000183, de 12 de enero de 2015, contra la aprobación inicial del Presupuesto Municipal para el ejercicio 2015, expediente BAS/1598/2014 y la Plantilla del ejercicio 2015, expediente BAS/1890/2014, ello en base al informe de la Intervención Municipal del día de la fecha y que se ha trascrito con anterioridad.
SEGUNDO. Aprobar con carácter definitivo el Presupuesto Municipal para el ejercicio 2015, expediente BAS/1598/2014 así como la Plantilla Municipal para el ejercicio 2015, expediente BAS/1890/2014, dada la vinculación de la plantilla con el expediente del presupuesto, cuyo resumen, por capítulos el presupuesto, es el siguiente:
INGRESOS GASTOS
Cap. Descripción Importe Descripción Importe
1 Impuestos Directos 9.197.893,84 Gastos de Personal 7.642.137,33
2 Impuestos Indirectos 350.000,00 Gastos B. corrient. 7.065.969,49
3 Tasas y otros ingresos 4.048.200,00 Gastos Financieros 327.597,55
4 Transf. corrientes 4.834.000,00 Transf. corrientes 993.394,98
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5 Ingresos patrimoniales 645.745,77 Fondo Conting. 68.694,19
Oper. Corrientes 19.075.839,61 Oper. Corrientes 16.097.793,54
6 Enaj. Inv. Reales 498.524,16 Inversiones Reales 1.787.570,84
7 Transf. De capital 271.981,80
Oper. De Capital 770.505,96 Oper. De Capital 1.787.570,84
9 Pasivos Financ. 1.960.981,19
Oper. Financieras Oper. Financieras 1.960.981,19
TOTAL INGRESOS 19.846.345,57 TOTAL GASTOS 19.846.345,57
2015. PLANTILLA ORGÁNICA DEL AYUNTAMIENTO DE L'ALFÀS DEL PI
A) FUNCIONARIOS DE CARRERA
DENOMINACIÓN SUBGRUPO Nº PLAZAS
ESCALA, SUBESCALA , CLASE
Secretario A1 1 Habilitación de carácter estatal, Secretaría
Interventor A1 1 Habilitado de carácter estatal, Intervención
Tesorero A1 1 Administración General, Técnica.
Arquitecto A1 1 Administración Especial, Técnica, Superior
TAE C. Cultura A1 1 Administración Especial, Técnica, Superior
Director Museo Arqueológico
A1 1 Administración Especial, Técnica, Superior
Técnico Administración General
A1 4 Administración General Técnica.
Arq. técnico./Ing.Tecnico
A2 3 Administración Especial, Técnica, media
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Arq. técnico./Ing.Tecnico. J.N
A2 1 Administración Especial, Técnica, media
Trabajador Social A2 2 Administración Especial, Técnica, media
Trabajador Social AMICS
A2 1 Administración Especial, Técnica, media
Trabajador Social. J.N
A2 1 Administración Especial, Técnica, media
Técnico RRHH A2 1 Administración Especial, Técnica, media
Biblioteconomista A2 1 Administración Especial, Técnica, media
Técnico Medio Ambiente
A2 1 Administración Especial, Técnica, media
Técnico Turismo A2 1 Administración Especial, Técnica, media
Técnico OMIC A2 1 Administración Especial, Técnica, media
Jefe Dep. Informática
A2 1 Administración Especial, Técnica, media
Delineante / topógrafo
A2 1 Administración Especial, Servicios especiales
Técnico de Educación
A2 1 Administración Especial, Técnica, media
Agente de Empleo y Desarrollo Local
A2 1 Administración Especial, Técnica, media
Redactor Jefe A2 1 Administración Especial, Servicios especiales
Redactor A2 2 Administración Especial, Servicios especiales
Administrativo C1 30 Administración General, Administrativa
Administrativo C. cultura
C1 2 Administración General, Administrativa
Analistaprogramador
C1/B 2 Administración Especial, Técnica, auxiliar
Encargado general
C1 1 Administración Especial, Servicios Especiales
Oficial Policía C1 5 Administración Especial, Servicios especiales
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Agente Policía C1 37 Administración Especial, Servicios especiales
Masajista C1 1 Administración Especial, Servicios especiales
Técnico(Imagen / Sonido)
C1 3 Administración Especial, Servicios especiales
Auxiliar administrativo
C2 3 Administración General, Auxiliar
Auxiliar Adm. Biblioteca
C2 2 Administración General, Auxiliar
Auxiliar Adm. Polideportivo
C2 1 Administración General, Auxiliar
Celador de Obras C2 2 Administración Especial, Servicios especiales
Conductor B.O C2 3 Administración Especial, Servicios especiales
Oficial Jefe de grupo
C2 6 Administración Especial, Servicios especiales
Oficial Especialista
C2 5 Administración Especial, Servicios especiales
Oficial B.O. C2 9 Administración Especial, Servicios especiales
Oficial Jardinería / Fumigación
C2 1 Administración Especial, Servicios especiales
Oficial Golf C2 1 Administración Especial,Servicios especiales
Conserje C2 5 Administración Especial, Servicios Especiales
Conserje noche C2 1 Administración Especial, Servicios Especiales
Conserje telefonista
C2 1 Administración Especial, Servicios Especiales
Conserje Casa Consistorial
C2 1 Administración Especial, Servicios Especiales
Conserje Polideportivo
C2 1 Administración Especial, Servicios Especiales
Notificador C2 1 Administración Especial, Servicios Especiales
Peón B.O Agrupaciones 23 Administración Especial, Servicios especiales
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profesionales
Peón playa Agrupaciones profesionales
1 Administración Especial, Servicios especiales
Auxiliar Ayuda Domicilio
Agrupaciones profesionales
5 Administración Especial, Servicios especiales
Limpieza Agrupaciones profesionales
3 Administración Especial, Servicios especiales
Subalterno Polideportivo
Agrupaciones profesionales
4 Administración General, Subalterna.
Subalterno Polideportivo Noche
Agrupaciones profesionales
1 Administración General, Subalterna.
TOTAL FUNCIONARIOS
191
B) PERSONAL LABORAL
DENOMINACIÓN NATURALEZA Nº PLAZAS
Trabajador/ asistente social
LABORAL 1
Coordinador RTVA
LABORAL 1
Técnico de emisión
LABORAL 1
Operador de cámara
LABORAL 2
Técnico Locutor LABORAL 2
TOTAL PERSONAL LABORAL
7
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C) PERSONAL EVENTUAL
DENOMINACIÓN NATURALEZA Nº PLAZAS
* Personal Eventual (A)
EVENTUAL 1
* Personal Eventual ( B)
EVENTUAL 4
* Personal Eventual (C)
EVENTUAL 6
* Personal Eventual (D)
EVENTUAL 2
* Personal Eventual (D)
EVENTUAL 2OBSERVACIONES: A MEDIA JORNADA
TOTAL PERSONAL EVENTUAL
15
(*) A partir de las elecciones municipales de 2015 el personal eventual queda limitado a un número de siete por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.
TERCERO. El acuerdo de aprobación definitiva y el resumen por capítulos del Presupuesto Municipal para el ejercicio 2015 deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia para su entrada en vigor, siendo los efectos del mismo el 1 de enero de 2015 de acuerdo con el artículo 163 y 169.3 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
CUARTO. Contra el presente acuerdo, en virtud de la dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y en el artículo 171 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, los interesados podrán, en el plazo de dos meses, interponer directamente recurso contenciosoadministrativo en la forma y plazos establecidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985 y en el artículo 171.3 del Real Decreto 2/2004, la interposición de dicho recurso no suspenderá por si solo la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Y, no habiendo más asuntos que tratar, el Presidente levanta la sesión, siendo las 11:11 horas, de todo lo cual como Secretario Accidental doy fe.
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AYUNTAMIENTO DE L ALFAS DEL P IS E C R E T A R I AF e c h a f i r m a : 2 5 / 0 3 / 2 0 1 5M A R I A J O S E P I N G A R R O N M A R T I N
A Y U N T A M I E N T O D E L A L F A S D E L P I
F e c h a f i r m a : 2 5 / 0 3 / 2 0 1 5A L C A L D I A A Y U N T A M I E N T O D E L A L F A S D E L P I
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