plan tiburon ecuador

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Distribución: Ministerio de Comercio Exterior, Industrialización, Pesca y Competitividad (MICIP). Av. Eloy Alfaro 30-350 y Av. Amazomas Quito - Ecuador Diseño: Andrea Reyes Chávez Derechos de autor: 024413 ISBN: 9978-92-408-6 Impresión: 1000 ejemplares ©Ministerio de Comercio Exterior, Industrialización, Pesca y Competitividad (MICIP), 2006 Impreso en el Ecuador

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© Ministerio de Comercio Exterior, Industrialización, Pesca y Competitividad (MICIP), 2006

Impreso en el Ecuador

Diseño:Andrea Reyes Chávez

Fotos:Foto de fondo: Tiburones sedosos Carcharhinus falciformis; Yves Lefèvre, FundaciónMalpeloFoto de Tiburones Martillo Sphyrna mokarran; Jeremy Stafford-DeitschFoto de Rayas Dasyatis sp.; José Antonio Moya

Impresión:1000 ejemplares

Esta obra debe citarse así: Ministerio de Comercio Exterior, Industrialización, Pesca y Competitividad (MICIP).2006. Plan de acción nacional para conservación y manejo de Tiburones de Ecuador.44 pp.

Distribución:Ministerio de Comercio Exterior, Industrialización,Pesca y Competitividad (MICIP). Av. Eloy Alfaro 30-350 y Av. AmazomasQuito - Ecuador

Derechos de autor: 024413ISBN: 9978-92-408-6

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La elaboración y publicación del Plan de Acción Nacional para la

Conservación y el Manejo de Tiburones de Ecuador ha sido posible gracias

al proyecto “Conservación y Manejo de Tiburones”, con aportes del Fondo

para el Medio Ambiente Mundial (FMAM), canalizados a través del Banco

Interamericano de Desarrollo (ATN/FM-9140-EC) y de la Unión Mundial

para la Naturaleza (UICN).

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PLAN DE ACCIÓN NACIONAL PARA LA CONSERVACIÓNY EL MANEJO DE TIBURONES DE ECUADOR (PAT- EC)

A.- INTRODUCCIÓN

B.- MARCO DE REFERENCIA DEL PAT-EC

1. EL MARCO INTERNACIONAL

2. LOS RECURSOS Y LAS PESQUERÍAS DE ECUADOR

2.1. Aspectos generales de las pesquerías de Ecuador

2.2. Marco legal e institucional del sector pesquero ecuatoriano

2.3. El recurso Tiburón y otras especies de peces cartilaginosos

2.4. Sector pesquero ecuatoriano

2.4.1. Sub-sector industrial

2.4.2. Sub-sector pesquero artesanal

2.5. Artes de pesca

2.6. Medidas de ordenamiento pesquero

C.- PROCESO DE PLANIFICACIÓN

Taller de consulta nacional

D.- PLAN DE ACCIÓN NACIONAL PARA LA CONSERVACIÓN Y ELMANEJO DE TIBURONES DE ECUADOR (PAT-EC)

1. OBJETIVOS DEL PAT-Ec

1.1. Objetivo principal

1.2. Objetivos específicos

2. CONSIDERACIONES CLAVES PARA LA CONSERVACIÓN Y ELMANEJO DEL TIBURÓN EN ECUADOR

3. COMPONENTES DEL PLAN

I. Sistemas de Información y Monitoreo e Investigación Aplicada

1.1. Mejoramiento de la obtención de datos de pesquerías

1.2. Mejoramiento de la obtención de datos por especie

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1.3. Obtención de datos de turismo y pesca deportiva

1.4. Manejo de los datos

1.5. Investigación aplicada

II. REGULACIONES, MANEJO E INCENTIVOS

2.1. Prohibición del Aleteo:

2.2. Regulaciones para pesquerías sostenibles:

2.3. Protección de hábitat, biodiversidad y estructura del ecosistema

2.4. Protección de especies vulnerables y amenazadas

2.5. Fomento de actividades alternativas

2.6. Regulaciones del uso no extractivo

III. CONTROL Y VIGILANCIA

3.1. No Aleteo

i. Refuerzo de las capacidades para un eficiente control y vigilancia dentro y fuera de la RMG y en la costa continental.

ii. Establecimiento de un sistema de certificación de exportación de las aletas de Tiburones

iii. Coordinación con otros países

3.2. Implementación de Normativas y futuras reglamentaciones

3.3. Alternativas

IV. EDUCACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN

4. IMPLEMENTACIÓN Y MONITOREO DEL PLAN

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

ANEXO 1 Plan de Acción Internacional para la Conservación y Ordenación de los Tiburones

ANEXO 2 Leyes relacionadas al recurso Tiburón en Ecuador

ANEXO 3 Asistentes a Taller de Tiburones

LISTA DE ACRÓNIMOS

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En estos días la necesidad de armonizarlas políticas de desarrollo, integrando laspreocupaciones del sector de la conserva-ción así como las preocupaciones del sec-tor pesquero, demandan de su Autoridadun ejercicio de generación de política pú-blica, integrador y amplio, procurando quetodos los actores converjan hacia consen-sos pragmáticos y responsables que nospermita apuntar hacia los objetivos de de-sarrollo sostenible.

Considerando que los tiburones son un re-curso de alta importancia para Ecuadorcomo recurso pesquero, como recurso tu-rístico y como especie emblemática, el Mi-nisterio de Comercio, Industrialización,Pesca y Competitividad ha decido trabajarpara su conservación y uso sostenible.

En los últimos tiempos la conservación y elmanejo de esta especie han generado unapolémica creciente entre el sector ambien-tal y pesquero debido a la divergencia delas posiciones entre los usuarios y otrosactores relevantes en torno a ciertos as-pectos de su protección, conservación ymanejo sostenible.

Sin embargo, el manejo adecuado del re-curso tiburón constituye una gran oportu-nidad para ayudar a resolver conflictos en-tre conservación y pesca y a lograr unamejor coordinación de esfuerzos entre las

diferentes autoridades y los actores. Enefecto, desarrollar un Plan Nacional parala Conservación y el Manejo de los Tiburo-nes constituyó una experiencia única pa-ra reconciliar las preocupaciones de con-servación, las necesidades socio-econó-micas y los intereses pesqueros e imple-mentar modelos de manejo integrado depesquerías, que se enmarcan en los prin-cipios de desarrollo sostenible e incorpo-ran los principios ambientales.

Al momento Ecuador se encuentra compro-metido con la aplicación del Código de Con-ducta de Pesca Responsable y ha suscrito laDeclaración de Roma sobre la aplicación delCódigo, adoptada por la Reunión Ministerialde la FAO sobre Pesca en marzo de 1999.Esta Declaración asigna la más alta prioridadal logro de la sostenibilidad de la pesca en elmarco del enfoque de ecosistemas y tenien-do en cuenta las circunstancias y necesida-des especiales de los países en desarrollo.Adicionalmente, asigna alta prioridad a laaplicación de los Planes de Acción Interna-cionales incluido él para la Conservación yOrdenación de los Tiburones.

Asegurar la sostenibilidad y el aprovecha-miento racional a largo plazo del recurso Ti-burón es además, uno de los compromisosadquiridos por Ecuador en varios foros inter-nacionales, como la Convención sobre el Co-mercio Internacional de Especies Amenaza-

PRESENTACIÓN

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das de Fauna y Flora Silvestres (CITES) y laCumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenibleque propone la gestión integrada de losocéanos como principio guía para lograr eldesarrollo sostenible.

Para esto, el Ministerio de Comercio Exterior,Industrialización, Pesca y Competitividad(MICIP) y sus respectivas dependencias(Subsecretaría de Recursos Pesqueros eInstituto Nacional de Pesca), con el apoyo dela Unión Mundial para la Naturaleza (UICN),asumió el reto de elaborar un Plan de AcciónNacional para la Conservación y el Manejode los Tiburones que tomara en cuenta tantolos objetivos de conservación, como los dedesarrollo sostenible y que estuviera basadoen un marco de manejo que involucre de ma-nera efectiva a todos los actores.

Así mismo, este Plan de Acción responde alas prioridades nacionales de conservación yuso sostenible de las pesquerías y se enmar-ca en la Estrategia Nacional de Biodiversi-dad, expedida por el Ministerio del Ambienteen 2001, que establece una línea estratégicaorientada a consolidar y potenciar la sosteni-bilidad de las actividades productivas basa-das en la biodiversidad nativa y a fomentar“una mayor participación en la producción y

el comercio de especies y productos elabora-dos de la fauna y flora nativas y de la vida”.

El “Plan de Acción Nacional para la Con-servación y el Manejo de Tiburones” fueconsensuado en Ecuador por todos los ac-tores que intervienen en el manejo y laconservación de dicho recurso, durante unTaller de consulta nacional que se llevó acabo en Punta Carnero, del 20 al 21 de fe-brero de 2006.

A nombre del Ministerio de Comercio Exte-rior, Industrialización, Pesca y Competitivi-dad, quisiera agradecer a todas las organiza-ciones y personas que participaron en esteproceso, y todas aquellas que se integraránen el transcurso de la implementación delPlan de Acción.

La implementación del Plan de Acción seráun proceso de largo plazo que requerirá delcompromiso y esfuerzo de todos. Su éxitodependerá del nivel de apropiación de los di-ferentes actores y su voluntad de elaboraragendas de trabajo conjuntas e integradas,así como de un proceso expedito de ejecu-ción que permita concretar resultados para elbien de la sociedad ecuatoriana y de las ge-neraciones futuras.

Jorge Illingworth Guerrero

Ministro de Comercio Exterior, Industrialización, Pesca y Competitividad

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El Plan de Acción Nacional para la Con-servación y el Manejo de Tiburones1 deEcuador (PAT-Ec) responde a una necesi-dad de ordenamiento pesquero ecuatoria-no que se plantea dentro del marco del“Plan de Acción Internacional para la Con-servación y Ordenación de los Tiburones,PAI-Tiburones” de la Organización de lasNaciones Unidas para la Agricultura y laAlimentación (FAO)2 y que se proyecta,asimismo, como una iniciativa que deman-da acciones coordinadas entre los paísesribereños del Pacífico Oriental, debido a laamplia distribución geográfica que carac-teriza a las principales especies de la Cla-se Chondrichthyes (Peces Cartilaginosos)que se capturan en Ecuador.

El PAT-Ec tiene un carácter integral y al-cance nacional, está abierto a la participa-ción de las instituciones que tienen interésen el manejo y la conservación de estosrecursos. Además responde a una pro-puesta de ejecución incremental y adapta-tiva, que se desarrollará mediante fasesde ejecución anual, cuyo contenido se de-

finirá en planes operativos de evaluación yactualización progresiva.

Los principales insumos para la prepara-ción del borrador del PAT-Ec provienen delos siguientes elementos:

(a) El PAI-Tiburones de la FAO y variosPlanes Nacionales de manejo de tiburo-nes de países, tales como: Australia, Ja-pón, Estados Unidos, México; entre otros;

(b) Una visión resumida sobre la biologíay las características de las pesquerías detiburones en Ecuador, obtenida duranteel Taller “Plan de Acción para Conserva-ción y Manejo de los Tiburones del Ecua-dor” (Guayaquil, 27 de agosto de 2003),organizado por la Subsecretaría de Re-cursos Pesqueros (SRP) y el InstitutoNacional de Pesca (INP). Este taller con-tó con la participación de institucionesecuatorianas, el Representante de laFAO en Ecuador y un experto en tiburo-nes proveído por “WildAid”. En estaoportunidad se identificaron, de manerapreliminar, los principales problemas demanejo del recurso Tiburón en Ecuador(INP, 2003);

(c) Las recomendaciones y los lineamien-tos para la investigación de tiburones,efectuados por un experto designado por

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A.- INTRODUCCIÓN

1 Los términos tiburón o tiburones serán empleadosdurante todo el documento para referirse a los pecescartilaginosos o elasmobranquios que agrupan a orga-nismos como: tiburones, rayas, quimeras, guitarras,torpedos, mantas, catanudas, entre otros.

2 El PAI-Tiburones de la FAO, fue aprobado por la 23era

sesión del COFI (Comité de Pesca de la FAO), en1999.

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la FAO que visitó Ecuador en septiembrede 2005 para apoyar al INP en la prepara-ción del PAT-Ec 3;

(d) Tres documentos (Coello, 2005; Martí-nez y Viteri, 2005; Fowler, 2005), elabora-dos en el marco del proyecto “Conserva-ción y Manejo de Tiburones”, financiadopor el Fondo para el Medio Ambiente Mun-dial (FMAM) a través del Banco Interame-ricano de Desarrollo, con el objeto de

aportar con informaciones actualizadas enla preparación del PAT-Ec;

(e) Información complementaria referida ala conservación y manejo del recurso Tibu-rón, como las Resoluciones de la “Con-vención sobre el Comercio Internacionalde Especies Amenazadas de Fauna y Flo-ra Silvestres (CITES), las Resoluciones dela Comisión Interamericana del Atún Tropi-cal (CIAT), entre otras.

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3 El Dr. R. Shotton, analizó los problemas de manejode tiburones en Ecuador y estableció recomendacio-nes para la preparación del PAT-Ec.

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1. MARCO

INTERNACIONAL

Existe una preocupación general ante elaumento de la pesca de tiburones y lasconsecuencias que puede tener sobre laspoblaciones de algunas de sus especiesen varias zonas de los océanos de todo elmundo. La opinión dominante es que resul-ta necesario manejar adecuadamente laspesquerías dirigidas del Tiburón, así comolas actividades en las cuales los tiburonesson capturados de manera incidental.

A nivel mundial, aproximadamente 100 mi-llones de peces cartilaginosos (tiburones ysus especies congéneres) son capturadosanualmente. En el año 2000 se registró lamayor captura de las últimas décadas:828.364 toneladas (UICN y TRAFFIC,2002.), lo que representó un incrementodel 20% de las capturas desde 1990.

El Comité de Pesca de la FAO, y poste-riormente otros organismos tales como: elgrupo de trabajo de pesca de “Asia-Paci-fic Economic Corporation” (APEC*), laComisión Interamericana del Atún Tropi-cal” (CIAT), el Consejo Internacional parala Exploración del Mar (ICES*), la Comi-sión Internacional para la Conservacióndel Atún del Atlántico (CICAA), la Organi-

zación de Pesquerías del Atlántico No-roeste (NAFO*), la Organización Latinoa-mericana de Desarrollo Pesquero (OLDE-PESCA), la Comisión del Atún para elOcéano Índico (IOTC*) y el Programa dePesquerías Oceánicas de la Comunidaddel Pacífico (OFPPC*) iniciaron activida-des para alentar a sus países miembros arecoger información sobre los tiburones,en algunos casos, lograron desarrollar, in-clusive, bases de datos regionales paraevaluar las poblaciones.

Es así como a partir de la década de losnoventa, la comunidad internacional demanejo pesquero, ante la preocupacióncreciente por la reducción de la capturade tiburones, inició el trabajo para mejo-rar las pesquerías específicas del Tiburóny ciertas pesquerías de varias especiesen las cuales los tiburones son captura-dos incidentalmente.

En 1994, la Resolución Conf. 9. 17 de laCITES pidió a la FAO que recopilara la in-formación necesaria sobre los tiburonespara elaborar y proponer orientacionesque dieran lugar a un plan de acción pa-ra la conservación y ordenación de estasespecies. La decisión 10.126 de la CI-TES confirmó la acción de la FAO. Poste-riormente, en el 22do período de sesiones

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B.- MARCO DE REFERENCIA DEL PAT-EC

* por sus siglas en inglés

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del Comité de Pesca de la FAO (COFI)celebrado en marzo de 1997, se propusoque la FAO organizara una consulta deexpertos, con fondos extrapresupuesta-rios, para elaborar orientaciones que die-ran lugar a un Plan de Acción. Los go-biernos de Japón y Estados Unidos acor-daron ofrecer los fondos necesarios y co-laborar con la FAO en la organización dedicha consulta.

El PAI-Tiburones se desarrolló posterior-mente en la reunión del grupo de trabajotécnico sobre la conservación y ordena-ción del Tiburón, celebrada en Tokio del23 al 27 de abril de 1998, y en la consultasobre la ordenación de la capacidad depesca, las pesquerías del Tiburón y lascapturas incidentales de aves marinas enla pesca con palangre, celebrada en Ro-ma del 26 al 30 de octubre de 1998, tam-bién en su reunión preparatoria, que ha-bía tenido lugar en Roma del 22 al 24 dejulio del mismo año.

El PAI-Tiburones (Anexo 1) consta de 31párrafos y 2 apéndices aprobados por lospaíses miembros del COFI en la reuniónque se realizó del 26 al 30 de octubre de1998. Posteriormente, el PAI-Tiburonesfue ratificado en el 23er período de sesio-nes del COFI celebrado en Roma del 15al 19 de febrero de 1999.

El PAI-Tiburones incluye los siguientescuatro elementos: a) necesidades particu-lares de conservación de algunos tiburo-nes y otras especies de condrictios, b) ne-cesidad de mantenimiento de la biodiver-sidad mediante la viabilidad de las pobla-ciones de tiburones, c) necesidad de pro-tección del hábitat y d) necesidades de or-denación de los recursos pesqueros deesta especie para su uso sostenible. Es-

tos elementos se aplican de distinta ma-nera a las diferentes especies y están re-lacionados con los principios de “desarro-llo ecológicamente sostenible” y “equidadintergeneracional”, en cuanto que debe-rían ofrecer beneficios constantes a lasgeneraciones sucesivas de seres huma-nos. El plan presenta, además, dos Apén-dices, Contenido propuesto de un planpara tiburones y Contenido propuesto deun informe sobre la evaluación de los tibu-rones (Apéndices A y B en el Anexo 1).

Desde su ratificación hasta la actualidad,la herramienta más conocida para la con-servación y ordenación pesquera de los ti-burones es el Plan de Acción Internacio-nal (PAI-Tiburones). Este instrumentoadolece de obligatoriedad, por lo que lospaíses miembros de la FAO pueden im-plementarlo de forma voluntaria mediantela elaboración de planes nacionales.

La FAO también ha publicado orientacio-nes técnicas (FAO, 2000) en apoyo a laaplicación del Plan de Acción Internacio-nal para la Conservación y Ordenación delos tiburones. Estas orientaciones ofrecenasesoramiento general y un marco ampliopara la elaboración y aplicación de planesnacionales de conservación y ordenaciónde los tiburones compatibles con el PAI-Tiburones. Tienen como finalidad, tam-bién, ofrecer información útil para la pre-paración de informes sobre la evaluaciónde los tiburones. Además, brindan aseso-ramiento general a las naciones y a lasOrganizaciones Regionales de Ordena-miento Pesquero (OROP) sobre los requi-sitos y un marco para la elaboración yaplicación de “Planes para tiburones” enel terreno de la conservación y la ordena-ción de las especies transfronterizas y mi-gratorias de tiburones.

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Bajo este contexto, Ecuador ha manifes-tado su interés de formular y ejecutar unPlan de Acción Nacional para el manejoy la conservación del recurso Tiburón,sin embargo estas primeras acciones nolo eximen de cumplir con compromisosinternacionales respecto a la conserva-ción y manejo de sus recursos pesque-ros, como:

1. Las resoluciones de la CITES (Resolu-ción Conf. 12.6 y Decisión 13.42) y la CMS(Convención sobre la Conservación de lasEspecies Migratorias de Animales Silves-tres - Rec. 8.16) y los compromisos deriva-dos de la inclusión de los tiburones balle-na, peregrino y blanco en el apéndice II dela CITES y los apéndices de la CMS;

2. La Resolución C-05-03, adoptada por laCIAT en el año 2005, en la que se pide alos Estados que adopten un plan de acciónnacional para la conservación y ordena-ción de las poblaciones de tiburones y deestablecer como requisito que las aletasque sus buques lleven a bordo no superenel 5% del peso de los tiburones a bordo,hasta el primer punto de desembarque;

3. La ratificación del Acuerdo Marco parala Conservación de los Recursos VivosMarinos en Alta Mar del Pacífico Sudes-te, “Acuerdo Galápagos” de la ComisiónPermanente del Pacífico Sur (CPPS);

4. La Recomendación 3.116 -Cercena-miento y retención de las aletas de Tibu-rón (‘aleteo’)- del Congreso Mundial de laNaturaleza (UICN, 2005), que insta a losestados con pesquerías que capturan ti-burones, ya sea en actividades pesquerasdirigidas a estas especies o en capturasincidentales en otras pesquerías, a desa-rrollar planes de acción nacionales y re-gionales que incorporen el enfoque de

precaución, que reduzcan al mínimo eldesperdicio y el descarte generados apartir de la captura de tiburones y quepromuevan su utilización total a través de,inter alia la implementación de prohibicio-nes de aleteo (el cercenamiento y la re-tención de las aletas del Tiburón y el des-carte del resto del cuerpo al mar) por par-te de los barcos que llevan su pabellón entodo el mundo.

2. LOS RECURSOS Y LASPESQUERÍAS DE ECUADOR

Dentro del sector pesquero ecuatoriano,existen siete sub-sectores dedicados a laextracción de los recursos pesqueros,cada uno diferenciado por la característi-ca de sus flotas, la capacidad de pesca,el nivel de tecnología y el uso de los re-cursos; estos sub-sectores están consti-tuidos por:

• La flota industrial cerquera, dedicada ala captura de peces pelágicos peque-ños, tales como: pinchagua, chuhueco,sardina, macarela, rollizo, etc.;

• La flota atunera cerquera, dedicada ala captura de atún aleta amarilla, barri-lete y atún ojo grande (“patudo”);

• La flota palangrera industrial, dedicadaa la captura de atún ojo grande y atúnaleta amarilla;

• La flota industrial arrastrera, dedicadaa la captura de camarón;

• La flota artesanal, que sustenta su ac-tividad en la captura de peces demer-sales como corvina, perela, pargo,etc., así como de peces pelágicos

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grandes como dorado, atún aleta ama-rilla, atún ojo grande, picudo, pez es-pada, wahoo y otros. De igual forma,esta flota también se dedica a la captu-ra de crustáceos y moluscos;

• Recolectores, dedicados a capturar y/orecolectar organismos que habitan enlas zonas intermareales como: pulpos,ostras, poliquetos, etc., o recursos quehabitan en el manglar como cangrejos,conchas, caracoles y otros;

• La pesca deportiva, dedicada a lacaptura de peces pelágicos grandes ymedianos.

2.1. Aspectos generales delas pesquerías de Ecuador

La mayor parte de la explotación pesque-ra de Ecuador se efectúa en sus aguas ju-risdiccionales (200 MN) y en áreas adya-centes; sin embargo los buques cerquerosde la flota atunera con más de 600 TRN,cuya autonomía supera a los 90 días, rea-lizan capturas en aguas más distantes, in-clusive en el Pacífico Central. Por otro la-do, la flota artesanal ecuatoriana que ope-ra desde el continente, ha venido evolucio-nando a través de los años hasta desarro-llar embarcaciones con mayor capacidadde almacenamiento y autonomía, lo queles ha permitido incursionar fuera de las200 millas, llegando a operar inclusive al-rededor de las Islas Galápagos.

En las Islas Galápagos, la pesca artesa-nal cuenta con más de 400 embarcacio-nes, opera desde tres centros (Puerto Ba-querizo, Puerto Ayora y Puerto Villamil), einvolucra regularmente a alrededor 700pescadores, número que se incrementa

durante los períodos de recolección depepino de mar y langosta. La flota pes-quera artesanal de Galápagos ha dirigidosu esfuerzo pesquero tradicionalmente ala pesca blanca para capturas especiescomo: bacalao, lisa y murico; aunque enlos últimos años ha redirigido su esfuerzohacia especies como: atún aleta amarilla,mero y wahoo. Otras dos pesquerías im-portantes en Galápagos son la de extrac-ción de langosta (iniciada en la décadadel 60) y la de pepino de mar (iniciada enla década de los 90).

La producción pesquera total del país, en-tre 1990-1999, alcanzó en promedio403.939 TM/año, (peso entero) con un va-lor de más de mil millones de US$/año,considerando el valor de las exportacio-nes pesqueras totales de Ecuador (Arria-ga y Martínez, 2002).

Las aguas marinas ecuatorianas están in-cluidas en el área de pesca número 874,que corresponde al Pacífico Suroriental.Además de las naciones ribereñas de es-ta zona5, en esta área operan anualmenteflotas de unas 15 a 18 naciones en la pes-ca pelágica oceánica, con las cuales com-pite la flota industrial atunera ecuatoriana.

Algunas de las especies altamente migra-torias y de pelágicos pequeños importan-tes en el área 87, y cuyas poblaciones tie-nen hábitos costeros, se encuentran en ni-veles de “especies explotadas” y, por tan-to, el ordenamiento de las mismas es unfactor insoslayable en el futuro inmediato.

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4Las áreas de pesca fueron establecidas, con fines

estadísticos, por la FAO. El área 87 va desde 05º00´Lat. N. (Colombia) hasta 55º00´ Lat. S. (Chile) y des-de la costa sudamericana hasta los 105º 00´Long. W.5

Colombia, Ecuador, Perú y Chile son los países delPacífico Suroriental que conforman la Comisión Per-manente del Pacífico Sur (CPPS).

Page 16: PLAN TIBURON ECUADOR

La recolección de especies estuarinas,como conchas y cangrejos, presentan ni-veles de explotación variables en las dife-rentes localidades a lo largo de la costa.Se suman a este problema, otros de ca-rácter socioambiental, como: reducciónde los ecosistemas de manglar, ocupa-ción desordenada del borde costero e im-pacto de la contaminación en los principa-les estuarios, cuyo tratamiento es funda-mentalmente intersectorial.

2.2. Marco legal e

institucional del sector pes-

quero ecuatoriano

Respecto a las regulaciones ecuatorianasrelativas a los tiburones, éstas se encuen-tran detalladas en el Anexo 2.

La actual estructura orgánica del sectorpúblico pesquero es sencilla y práctica(Fig. 1), permite contar con niveles institucionales claramente definidos pa-ra el manejo y la promoción de la activi-dad pesquera en Ecuador continental,como son:

i. Nivel de decisiones políticas y estraté-gicas globales, que reside en el Con-sejo Nacional de Desarrollo Pesquero(CNDP);

ii. Nivel de responsabilidad general de laadministración del sector y de las rela-ciones intersectoriales, a cargo de laSubsecretaría de Recursos Pesqueros(SRP);

iii. Nivel de administración del sector, cu-yo órgano especializado es la Direc-ción General de Pesca (DGP); y,

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iv. Nivel de investigación y de serviciosespecializados, como las certificacio-nes de calidad de la producción acuí-cola, que corresponden al INP, entidadadscrita al Ministerio de Comercio, In-dustrialización, Pesca y Competitivi-dad, MICIP.

Para la administración y el manejo de laReserva Marina de Galápagos (RMG), secuenta con diferentes niveles instituciona-les (Figura 2):

i. La Autoridad Interinstitucional de Ma-nejo (AIM), que aprueba planes y de-más instrumentos de manejo, autorizaestudios participativos y define, super-visa y evalúa el cumplimento de la Leydel Régimen Especial para la Conser-vación y el Desarrollo Sustentable dela Provincia de Galápagos;

ii. La Dirección del Parque Nacional Galá-pagos (PNG), que administra y manejala RMG, sobre cuyos recursos natura-les ejerce jurisdicción y competencia;

iii. La Junta de Manejo Participativo(JMP), que procura hacer efectiva laparticipación y responsabilidad de losusuarios en el Manejo del Área de laReserva;

iv. La Estación Científica Charles Darwin(ECCHD), que actúa como un enteasesor técnico de la Junta de ManejoParticipativo.

La importancia nacional de la actividadpesquera demanda una presencia más di-recta en el alto nivel de la administracióndel Estado, como por ejemplo la creación

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de un Ministerio de Pesca. Igualmente, lasentidades del Estado que se ocupan de lapesca requieren actualización, principal-mente en lo que se refiere a la asignaciónde funciones y responsabilidades, revisiónperiódica de procedimientos, estableci-miento de interacción continua entre susdiferentes componentes.

La conservación adecuada del recurso Ti-burón dependerá del acierto de las regula-ciones que gobiernan las actividades y desu acatamiento, elementos que constitu-yen un requisito primordial para el ordena-miento pesquero exitoso. Son numerosaslas acciones que el sector público puedeemprender para este ordenamiento y ma-nejo de actividades; por esto es importan-te definir los objetivos del PAT-Ec y losprincipios bajo los cuales se cumple elejercicio de la pesca. De esta manera seconformaría el marco de referencia parauna buena gestión administrativa que re-gule la captura incidental y dirigida de tibu-rones; así como las demás actividades re-lacionadas con este recurso, armonizandolos intereses políticos, económicos, socia-les y ambientales inmersos en el ordena-miento pesquero.

2.3. El recurso Tiburón y

otras especies de peces car-

tilaginosos

La literatura científica (Compagno et al.,2005; Fisher et al., 1995; Martínez et al.,2006; y FISHBASE) indica que las áreasde distribuciones de 92 especies de elasmobranquios (Tabla 1) incluyen elárea continental e insular de Ecuador. Estas especies se agrupan en 58 espe-cies de tiburones, 32 especies de rayas,una especie de quimera y una especiede catanuda.

En Ecuador, las familias de tiburones queprincipalmente se desembarcan por lasflotas industrial y artesanal son: Alopii-dae, Carcharhinidae, Lamnidae, Sphyrni-dae y Triakidae; mientras que en el grupode las mantas y las rayas, las más repre-sentativas son: Dasyatidae, Mobulidae,Myliobatidae, Rajidae y Rhinopteridae(Tabla 1). En el subsector artesanal, tan-to la captura incidental como dirigida detiburones y rayas está relacionada conlos diferentes tipos de artes de pescaexistentes en el país.

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2.4. Sector pesquero

ecuatoriano

El sector pesquero ecuatoriano está con-formado por dos sub-sectores, el industrialy el artesanal. En el sub-sector industrialoperan las siguientes flotas: flota cerqueraatunera, flota cerquera costera, flota arras-trera camaronera y flota palangrera aso-ciada. El sub-sector pesquero artesanalestá compuesto por varios tipos de embar-caciones que van desde balsas y canoasde madera, hasta botes de fibra de vidrio,balandras y barcos, las dos últimas sonutilizadas como barcos “nodrizas”, que re-molcan de 3 a 15 botes de fibra de vidriohasta las zonas de pesca.

2.4.1 Sub-sector industrial

Este sub-sector no tiene como objetivo lapesca de Tiburón, sin embargo, en susfaenas, se capturan incidentalmente va-

rias especies de tiburones y rayas. Estácompuesto por cuatro flotas (Tabla 2):

2.4.2. Sub-sector pesqueroartesanal

Está compuesto por varias flotas, que secaracterizan por el tipo de especies objeti-vo a capturar. El esfuerzo de estas flotasestá dirigido a la captura de:

• Flota dedicada a Peces pelágicosgrandes: Atunes (T. albacares y T. obe-sus), Dorado (Coryphaena hippurus),Picudos (Makaira spp.), Pez espada(Xiphias gladius);

• Flota dedicada a Peces demersales:Corvina de roca (Brotula clarkae), Par-gos (Lutjanus spp.), Perela (Paralabraxcallaensis y P. humeralis), Cherna(Mycteroperca olfax), Robalo (Centro-pomus spp.), Corvina plateada (Cynos-cion spp.), Lenguado (Hippoglossina

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tetrophthalma, Paralichthys woolmani),Murico (Epinephelus labriformis), Mero(Epinephelus analogus), etc.;

• Flota camaronera: Camarón blanco, Pe-naeus (L.) stylirostris; Penaeus ( L.) van-namei y Penaeus (L.) occidentalis ; Ca-marón café, Penaeus (F.) californiensis;Camarón rosado, Penaeus (F.) breviros-tris; Langosta verde (Panulirus gracilis)y Langosta roja (P. penicillatus).

2.5. Artes de pesca

La flota artesanal utiliza diferentes artesde pesca que van desde la línea de ma-no y el espinel de superficie y fondo,hasta la red de enmalle de superficie yfondo, el trasmallo, etc. En la Tabla 3 sepresentan las principales artes de pescacon las cuales se capturan tiburones enforma directa e indirecta.

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Page 25: PLAN TIBURON ECUADOR

2.6. Medidas de ordenamiento pesquero

El manejo de las pesquerías de tiburonesrequiere de dos esquemas de manejo:

1. Régimen nacional de administraciónpesquera, en el caso de especies coste-ras cuyos stocks se encuentran dentrode una sola jurisdicción nacional y

2. Régimen internacional o regional, en elcaso de especies oceánicas, migratoriasy transfronterizas que se desplazan a lolargo de varios territorios marítimos y quesoportan presión pesquera de múltiplesfuentes (e.g. Prionace glauca).

En el Pacífico sur oriental, dos organi-zaciones regionales podrían proveer unmarco para la administración pesquerade los tiburones migratorios y transfron-terizos; estas son la Comisión Perma-nente del Pacífico Sur (CPPS) y la CIAT.Sin embargo, ambas tienen limitacio-nes: la CPPS nunca ha operado comoente pesquero regional; por su parte, laCIAT se limita al manejo de las pesque-rías de atunes. Sin embargo, esta últi-ma tiene una amplia memoria de inves-tigación y administración pesquera y esreconocida por los países (tanto sectorpúblico, como sector privado) como unaorganización de manejo pesquero regio-nal sólido.

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Posterior a la 23era reunión del Comité dePesca de la Organización de las NacionesUnidas para la Agricultura y la Alimenta-ción (COFI-FAO), celebrada en febrero de1999, donde se acordaron el Código deConducta para la Pesca Responsable y elPlan de Acción Internacional para la Con-servación y Ordenación de los Tiburones(PAI-Tiburones); representantes de diver-sos organismos del Ecuador han participa-do en foros nacionales e internacionalesde manejo y ordenación pesquera con én-fasis en tiburones, manifestando la inten-ción ecuatoriana de formular un Plan deAcción Nacional de Tiburones (PAT-Ec).

Las primeras acciones tomadas por el go-bierno de Ecuador para la elaboración,presentación y puesta en marcha de unPlan de Acción para la Conservación y Or-denación de los Tiburones, se iniciaron amediados de 2002, cuando funcionariosde la SRP, el INP y la WWF (World WildlifeFund for Nature) planificaron la realizaciónde un taller que se llevó a cabo en agos-to de 2003 y en el cual se acordó la ne-cesidad de elaborar un Plan de Acción Na-cional para la Conservación y Manejo Sus-tentable de los Tiburones, cuya elabora-ción sería responsabilidad del INP.

En la Duodécima Reunión de la Conferen-cia de las Partes de la CITES, celebradaen Santiago de Chile, 3 - 15 de noviembre

de 2002, la delegación de Ecuador pre-sentó el Proyecto de Resolución de laConferencia de las Partes sobre “Conser-vación y Comercio de los Tiburones”, ex-hortando a las organizaciones regionalesde ordenación de la pesca a que tomenmedidas para emprender, con carácter re-gional, las actividades de investigación,capacitación, acopio y análisis de datos yestablecimiento de un plan de ordenaciónde tiburones, todas éstas esbozadas porla FAO como necesarias para aplicar elPAI-Tiburones.

De igual forma, en cumplimiento a la Re-solución Nº 225-CM-2005 de la Conferen-cia de Ministros, realizada en Mérida, Yu-catán, México; y mediante el Programa deCooperación OLDEPESCA-FAO, se llevóa cabo entre los días 7 y 11 de noviembrede 2005, en la ciudad de Lima, Perú, el ITaller de Diagnóstico y Formulación de losPlanes de Acción Nacionales (PANs)-Tibu-rón. A este taller asistió en calidad de in-vitado una delegación de Ecuador. Seidentificaron 4 áreas principales sobre lascuales se debía trabajar en la implementa-ción de los PANs-TIBURÓN.

i. recolección de datos, información y es-tadísticas;

ii. establecimiento de regulaciones y ac-tividades de seguimiento, control y vi-gilancia;

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C.- PROCESO DE PLANIFICACIÓN

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iii. investigación; y

iv. capacitación y divulgación.

Los participantes también recomendaronque la FAO y OLDEPESCA estudiaran laposibilidad de celebrar otro taller o reunióntécnica regional en un término de dosaños, con el fin de evaluar los resultados yestablecer nuevas directrices para la apli-cación de los PANs para tiburones en lospaíses de la región.

Entre tanto, la Comisión Interamericanadel Atún Tropical (CIAT) en la 73era reuniónde Lanzarote (España), realizada del 20 al24 de junio de 2005, adoptó la resoluciónC-05-03, la cual exhorta, entre otros pun-tos, a que cada miembro de la CIAT, nomiembro cooperante, entidad pesquera uorganización regional de integración eco-nómica (colectivamente “CPC”) deberíaestablecer e instrumentar un plan de ac-ción nacional para la conservación y la or-denación de poblaciones de tiburones, deconformidad con el Plan de Acción Inter-nacional para la Conservación y Ordena-ción de los tiburones.

En el mes de abril de 2005, el Subsecreta-rio de Recursos Pesqueros convocó a unareunión de trabajo sobre el Plan de AcciónNacional de Tiburones, a la que asistieron,además, el Subsecretario de Capital Natu-ral del Ministerio del Ambiente de Ecuador(MAE), representantes del INP, DGP,UICN y TRAFFIC. Allí se conformó un gru-po de trabajo técnico interinstitucional en-cabezado por el INP y que cuenta con re-presentantes del sector gubernamental(SRP, DGP MAE, PNG), pesquero (FENA-COPEC, UOPAM, ASOEXPEBLA, ATU-NEC, UCOOPAGAL), de conservación(Alianza Conservación Galápagos) y deorganismos internacionales (FAO, UICN,TRAFFIC, CPPS).

En el mes de septiembre de 2005 el Dr.Ross Shotton, Oficial Senior de RecursosPesqueros de la FAO visitó Ecuador invita-do por la Subsecretaría de Recursos Pes-queros, con el objetivo de intercambiaropiniones con el sector pesquero guberna-mental y privado respecto al Plan de Ac-ción para el Manejo y la Conservación deTiburones (PAT-Ec). De igual forma, en elmismo mes y año, vino al país el Dr. TerryWalker, experto en la elaboración de pla-nes de acción, quien fue proveído por laUICN para intercambiar puntos de vistasobre la situación de los tiburones y darobservaciones sobre los avances del bo-rrador del Plan de Acción Nacional de Ti-burones (PAT-Ec).

En noviembre de 2005, funcionarios delINP, UICN, TRAFFIC y un representantedel sector pesquero privado se reunieronpara revisar el primer borrador del planelaborado por el INP.

En enero de 2006 se realizó una reuniónde trabajo entre funcionarios del INP, laSubdirección Regional de Pesca de Mana-bí y la UICN. Allí se planificó la agendatentativa de trabajo para un futuro tallerque se celebraría en Punta Carnero, entreel 20 y 22 de febrero de 2006, con la finali-dad de aportar insumos que fortalezcan elPAT-Ec. También fueron discutidos los ejestemáticos que permitirían identificar losasuntos claves, su priorización y las accio-nes futuras durante el proceso de planifica-ción y son: Sistemas de información; In-vestigación dirigida; Regulación y manejo;Control y vigilancia; Educación y difusión.

Éstos corresponden a los identificados du-rante la reunión de trabajo celebrada enLima Perú, durante el taller de Diagnósticoy Formulación de los Planes de Acción Na-cionales - Tiburón, con ligeras adaptacio-nes a la realidad nacional.

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Taller de consulta nacional

Del 20 al 21 de febrero de 2006, se orga-nizó en Punta Carnero un taller de consul-ta nacional sobre el Plan de Acción de Ti-burones. En este taller participaron 59 per-sonas (Anexo 3) de varios sectores invo-lucrados en la conservación y el manejode los tiburones, así como usuarios del re-curso, tanto del sector pesquero como delsector turístico.

En el primer día del taller se expuso la te-mática general de conservación y manejode los tiburones en Ecuador, a través delos siguientes aspectos:

• Marco internacional de conservación ymanejo de los Tiburones e implicacio-nes para Ecuador

• Normativas relacionadas al recurso Ti-burón en Ecuador y análisis del De-creto Ejecutivo 2130

• Aspectos socio-económicos de lascapturas de Tiburones en Ecuadorcontinental

• Manejo de la Reserva Marina Galápa-gos y problemas con la pesca ilegal deTiburones

• Aspectos biológico-pesqueros de losTiburones en Ecuador

Además, se presentó un borrador delPlan Nacional, elaborado por el INP, cu-yo contenido fue debatido por los partici-pantes, quienes concertaron adaptar suestructura para un mejor seguimiento a

los lineamientos de la FAO, acordando 4ejes principales:

1. Sistemas de información y monitoreo einvestigación aplicada

2. Regulaciones, manejo e incentivos

3. Control y vigilancia

4. Educación y sensibilización

Las acciones que se presentan a conti-nuación en el Plan, son el producto de lasconcertaciones de los 4 grupos de traba-jo (correspondientes a los 4 ejes principa-les del plan) y fueron acordadas por to-dos los participantes en la plenaria finaldel taller.

Además, los participantes acordaron lossiguientes puntos:

El rechazo total a la práctica de aleteo y lanecesidad de tomar medidas eficientespara eliminar esta práctica en las aguasecuatorianas.

La necesidad de que las medidas de ma-nejo y conservación de tiburones y el planmismo adopten un enfoque de manejoadaptativo, debido a la insuficiente infor-mación existente sobre el estado de laspoblaciones de tiburones.

La implementación del plan de acción de-berá ser plenamente participativa e invo-lucrar verdaderamente a todos los acto-res, así como considerar los objetivos deconservación y de uso sostenible. El plande acción deberá ser sometido al Conse-jo Nacional de Desarrollo Pesquero parasu reconocimiento.

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1. OBJETIVOS DEL PAT-EC

1.1. Objetivo principal

Garantizar la conservación y el manejosostenible de los tiburones, rayas, guita-rras y quimeras (pejegallo) que se encuen-tran en las aguas de Ecuador, amparadosen el marco del Código de Conducta parala Pesca Responsable y en las leyes na-cionales, regionales e internacionales alas que se ha suscrito Ecuador.

El logro de este objetivo está basado entres principios:

• Manejo participativo. El esquema demanejo del recurso Tiburón deberíaser integral y participativo, es decirque debería involucrar verdaderamen-te a todos los actores y considerar losobjetivos de conservación y de desa-rrollo sostenible;

• Sostenimiento de las poblaciones. Lasestrategias de ordenación y conserva-ción deberían tener como finalidad man-tener la mortalidad total por pesca de ca-da población dentro de los límites soste-nibles, aplicando el enfoque precautorio;

• Consideraciones nutricionales y socioe-conómicas. Los objetivos y estrategiasde manejo y conservación del recurso

Tiburón deberían reconocer que la pes-ca de éste constituye una fuente tradi-cional e importante de alimentos, em-pleo y/o ingresos en Ecuador continen-tal, por lo tanto debería ordenarse demanera sostenible.

1.2. Objetivos específicos

Los siguientes objetivos específicos han si-do inspirados por los objetivos del PAI-Tibu-rones con adaptación a la situación nacional:

• Garantizar la conservación de los tibu-rones distribuidos en la Reserva Mari-na de Galápagos;

• Garantizar que las capturas de la pes-ca en aguas fuera de la Reserva Mari-na Galápagos sean sostenibles;

• Eliminar la práctica de aleteo;

• Determinar y prestar atención especiala especies o poblaciones particular-mente vulnerables o amenazadas;

• Mejorar el conocimiento sobre las po-blaciones de tiburones distribuidas enaguas ecuatorianas;

• Facilitar la actualización de los datossobre capturas y desembarques por

D.- PLAN DE ACCIÓN NACIONAL PARA LA

CONSERVACIÓN Y EL MANEJO DE TIBURONES

DE ECUADOR (PAT-EC)

Page 31: PLAN TIBURON ECUADOR

especie y el seguimiento de la pescade Tiburón;

• Mejorar el marco regulatorio para pro-mover y asegurar la conservación y eluso sostenible de tiburones, rayas, gui-tarras y quimeras o pejegallo.

• Evaluar las amenazas a las poblacio-nes de tiburones, determinar los hábitatcríticos y aplicar estrategias de recolec-ción compatibles con los principios desostenibilidad biológica y utilizacióneconómica racional a largo plazo;

• Establecer programas de educación ycapacitación sobre la conservación yel uso sostenible de tiburones, rayas,guitarras y quimeras a lo largo de lacosta continental ecuatoriana y la re-gión insular;

• Mejorar y desarrollar marcos para es-tablecer y coordinar consultas efica-ces en las que intervengan todas laspartes interesadas en la investigación,en la ordenación y en las iniciativaseducacionales en Ecuador y con lospaíses vecinos;

• Mejorar la vigilancia, el control y la im-plementación de regulaciones relati-vas a la conservación y el manejo delos tiburones.

2. CONSIDERACIONESCLAVES PARA LACONSERVACIÓN Y ELMANEJO DEL TIBURÓN ENECUADOR

En Ecuador, hay una gran conciencia yaceptación de que existe una necesidad

urgente de conservar y manejar las po-blaciones de tiburones para asegurar suuso sostenible, consolidar el marco jurídi-co, establecer mecanismos de la consul-ta, apoyar esfuerzos para la conserva-ción del Tiburón en la Reserva Marina delas Islas Galápagos y mejorar el conoci-miento científico sobre las poblacionesde tiburones, como base esencial paratodo lo dicho anteriormente.

Lograr esto requiere tratar los siguien-tes desafíos:

• Asegurarse de que la recolección dedatos, la evaluación ya la investiga-ción científica sean suficientes yadecuadas;

• Lograr el manejo sostenible de laspesquerías, particularmente aquellasque capturan varias especies de dife-rente productividad biológica y de lasespecies que se capturan en dos omás pesquerías;

• Establecer acuerdos de manejo per-manentes y complementarios entrelas pesquerías;

• Asegurar la asignación de recursos fi-nancieros adecuados para implemen-tar lo indicado anteriormente.

Además, considerando la situación legaly administrativa actual en Ecuador, seráimportante también mejorar y desarrollarmarcos que permitan establecer y coor-dinar consultas eficaces en las que inter-vengan todas las partes interesadas enla investigación, en la ordenación y enlas iniciativas educacionales con la parti-cipación de los usuarios del recurso.

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3. COMPONENTES DEL PLAN

I. Sistemas de Información yMonitoreo e InvestigaciónAplicada

La conservación y el manejo de los Tibu-rones requieren la disponibilidad de una

sólida base científica que apoye a losadministradores y a otras partes intere-sadas en la toma de decisiones informa-das. Por ello, se debe velar por que seinvestiguen debidamente todos los as-pectos de las pesquerías, en particularlos relacionados con la biología, la eco-logía, la tecnología, la ciencia ambientaly la economía.

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1.1. Mejoramiento de la obtención de datos de pesquerías

1.2. Mejoramiento de la obtención de datos por especie

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1.3. Obtención de datos de turismo y pesca deportiva

1.4. Manejo de los datos

1.5. Investigación aplicada

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II. Regulaciones, Manejo e Incentivos2.1. Prohibición del Aleteo

2.2. Regulaciones para pesquerías sostenible

En esta sección se distinguen dos tiposde pesquerías, las que capturan espe-cies costeras, cuyos stocks están dentrode las aguas de Ecuador, y las que cap-

turan especies altamente migratorias,cuyos stocks son compartidos con otrospaíses. Estas últimas requerirán coope-ración a escala regional.

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2.3. Protección de hábitat, biodiversidad y estructura del ecosistema

2.4. Protección de especies vulnerables y amenazadas

2.5. Fomento de actividades alternativas

2.6. Regulaciones del uso no extractivo

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III. Control y Vigilancia

El control, vigilancia y sanción general-mente constituye un nudo crítico en todosistema de administración de los recursosnaturales. Las medidas de manejo de laspesquerías no servirían de mucho, si nose cuenta con un sistema que permita suaplicación y cumplimiento.

Es imprescindible fortalecer la capacidadde las autoridades para efectuar un con-trol y vigilancia efectivos, que aseguren

una plena implementación de la normati-va vigente.

Uno de los puntos más importantes paramuchos de los actores es el problema delcontrol de la pesca ilegal y el aleteo enGalápagos, el tráfico de aletas desde elarchipiélago hasta el continente y otrospaíses y la exportación ilícita de aletas.Para esto, se considera una sección es-pecial de control y vigilancia que permitaeliminar el aleteo y otra para el control yla vigilancia de las regulaciones de pescaen general y alternativas.

3.1. No AleteoPara disminuir o eliminar el aleteo ilegal, es necesario y urgente:

i. Refuerzo de las capacidades para un eficiente control y vigilancia dentro y fuera de laRMG y en la costa continental.

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ii. Establecimiento de un sistema de certificación de exportación de las aletas de Tiburones

iii. Coordinación con otros países

3.2. Implementación de Normativas y futuras reglamentaciones

3.3. Alternativas

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4. IMPLEMENTACIÓN YMONITOREO DEL PLAN

Actualmente existe un grupo de trabajo in-terinstitucional (Cf. Sección C.) compuestopor un buen número de actores involucra-dos en la conservación y el uso sosteniblede los tiburones. Este grupo deberá incor-porar a otras instituciones gubernamenta-les relevantes (e.g. Armada de Ecuador,

COMEXI), representantes del sector turís-tico, del sector exportador y de la pesca dearrastre de camarón.

Dada la falta de información sobre el esta-do de las poblaciones de Tiburones enEcuador, el Plan Nacional para la Conser-vación y el Manejo de Tiburones aplicará elprincipio de manejo adaptativo, el cual lepermitirá incorporar paulatinamente losnuevos resultados científicos obtenidos pa-ra adaptar y revisar las medidas de manejo.

IV. Educación y Sensibilización

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Para ello, el grupo de trabajo interinstitu-cional (ampliado) revisará anualmente laimplementación del plan, con una pro-puesta de ejecución incremental que sedesarrollará mediante fases de ejecuciónanual, cuyo contenido se definirá en pla-nes operativos de evaluación y actualiza-ción progresiva.

El grupo interinstitucional generará, ade-más, un espacio de diálogo e intercambiode opiniones, ya que incluye una ampliavariedad de usuarios tanto de uso extrac-tivo, como no extractivo.Se llama, tam-bién, a la proactividad de los actores parala implementación de las diferentes accio-nes dentro del plan.

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REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

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ANEXO 1

PLAN DE ACCIÓN INTERNACIONAL PARA LACONSERVACIÓN YORDENACIÓN DE LOS TIBURONES

Introducción

1. Durante siglos, los pescadores artesa-nales practicaron de manera sostenible lapesca del Tiburón en aguas costeras, y al-gunos siguen haciéndolo. Sin embargo, enlos decenios recientes la tecnología mo-derna, unida al acceso a mercados leja-nos, ha ocasionado un aumento del es-fuerzo y del rendimiento de la pesca del Ti-burón, así como una expansión de las zo-nas donde se practica esa pesca.

2. El incremento de las capturas de tiburo-nes y sus consecuencias para las pobla-ciones de algunas especies de Tiburón envarias zonas de los océanos del mundosuscitan una preocupación general. La ra-zón de ello es que los tiburones tienen confrecuencia una estrecha relación pobla-ción-reclutamiento, unos períodos largosde recuperación en respuesta a la pescaexcesiva (productividad biológica baja co-mo consecuencia de la madurez sexualtardía, escasa progenie, si bien con bajamortalidad natural) y unas estructuras es-paciales complejas (segregación por ta-maño/sexo y migración estacional).

3. El estado actual de los conocimientossobre los tiburones y las prácticas emplea-das en su pesca causan problemas deconservación y ordenación de los tiburo-nes debido a la falta de datos disponiblessobre capturas, esfuerzo, desembarques

y comercio, así como a la información limi-tada sobre parámetros biológicos de mu-chas especies y su identificación. Paramejorar los conocimientos sobre el estadode las poblaciones de tiburones y facilitarla compilación de la información necesa-ria, se necesitan fondos suficientes para lainvestigación y ordenación.

4. La opinión predominante es que es ne-cesario ordenar mejor las pesquerías es-pecíficas del Tiburón y ciertas pesqueríasde varias especies en las que los tiburo-nes constituyen una importante captura in-cidental. En algunos casos las necesida-des de ordenación pueden ser urgentes.

5. Unos pocos países tienen planes espe-cíficos de ordenación de la pesca del Tibu-rón que incluyen el control del acceso, me-didas técnicas con inclusión de estrategiaspara la reducción de las capturas inciden-tales de tiburones y apoyo al aprovecha-miento integral de los tiburones. Sin em-bargo, teniendo en cuenta la amplia distri-bución de los tiburones, inclusive en altamar, y la larga migración de muchas espe-cies, la cooperación internacional y lacoordinación de los planes de ordenacióndel Tiburón están adquiriendo crecienteimportancia. En la actualidad hay pocosmecanismos internacionales de ordena-ción que se ocupen efectivamente de lascapturas de tiburones.

6. La Comisión Interamericana del AtúnTropical, el Consejo Internacional para laExploración del Mar, la Comisión Interna-cional para la Conservación del Atún delAtlántico, la Organización de Pesqueríasdel Atlántico Noroeste, la Comisión Subre-gional de Pesca para África Occidental, laOrganización Latinoamericana de Desa-rrollo Pesquero, la Comisión del Atún parael Océano Índico, la Comisión para la con-

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servación del atún meridional de aleta azuly el Programa de Pesquerías Oceánicasde la Comunidad del Pacífico han iniciadoactividades para alentar a sus paísesmiembros a recoger información sobre lostiburones y, en algunos casos, han desa-rrollado bases de datos regionales paraevaluar las poblaciones.

7. Tomando nota de la preocupación cadavez mayor por el crecimiento de las captu-ras de tiburones y sus posibles efectosnegativos sobre las poblaciones de tiburo-nes, en el 22° período de sesiones delComité de Pesca (COFI) de la FAO, cele-brado en marzo de 1997, se presentó lapropuesta de que la FAO organizara unaconsulta de expertos, utilizando fondosextrapresupuestarios, con el fin de elabo-rar unas directrices para un plan de ac-ción destinado a mejorar la conservacióny ordenación de los tiburones, que se pre-sentaría al Comité en su siguiente perío-do de sesiones.

8. El presente Plan de Acción Internacionalpara la conservación y ordenación de los ti-burones (PAI-Tiburones) se ha elaboradoen el curso de la reunión del Grupo Técni-co de Trabajo sobre la Conservación y Or-denación de los Tiburones, que se celebróen Tokio del 23 al 27 de abril de 1984, y dela Consulta sobre la Ordenación de la Ca-pacidad pesquera, la Pesca del Tiburón ylas Capturas Incidentales de Aves Marinasen la Pesca con Palangre, celebrada enRoma del 26 al 30 de octubre de 1998, yde su reunión preparatoria, celebrada enRoma del 22 al 24 de julio de 1998.

9. El PAI-Tiburones comprende los prin-cipios, el marco, los objetivos y los pro-cedimientos de aplicación (incluidos losanexos) que se especifican en el presen-te documento.

Carácter y ámbito de

aplicación del Plan

10. La aplicación del PAI-Tiburones es decarácter voluntario. Se ha elaborado en elmarco del Código de Conducta para laPesca Responsable conforme está dis-puesto en su Artículo 2 d). Para la interpre-tación y aplicación de este documento ysus relaciones con otros instrumentos in-ternacionales se aplica el Artículo 3 delCódigo de Conducta. Se alienta a todoslos Estados a que lo apliquen.

11. Para los fines del Plan de Acción Inter-nacional, por “Tiburón” se entiende todaslas especies de tiburones, rayas y quime-ras (clase de los condrictios). Por “pescadel Tiburón” se entiende la captura direc-ta, incidental, comercial recreativa y deotros tipos.

12. El PAI-Tiburones abarca todas las pes-querías de tiburones, sea o no el Tiburónla especie que se desea pescar.

Principios rectores

13. Participación. Los Estados que contri-buyen a la mortalidad por pesca de unaespecie o población deberían participar enla ordenación de ésta.

14. Sostenimiento de las poblaciones. Lasestrategias de ordenación y conservacióndeberían tener como finalidad mantener lamortalidad total por pesca de cada pobla-ción dentro de límites sostenibles, aplican-do el enfoque precautorio.

15. Consideraciones nutricionales y so-cioeconómicas. Los objetivos y estrate-gias de ordenación y conservación debe-

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rían reconocer que, en algunas regionesy/o países de bajos ingresos y con déficitde alimentos, la pesca del Tiburón es unafuente tradicional e importante de alimen-tos, empleo y/o ingresos. Debería orde-narse dicha pesca con carácter sosteniblepara que proporcione una fuente continuade alimentos, empleo y/o ingresos a lascomunidades locales.

Objetivo

16. El PAI-Tiburones tiene por objeto ase-gurar la conservación y ordenación de lostiburones y su aprovechamiento sosteni-ble a largo plazo.

Aplicación

17. El PAI-Tiburones se aplica a los Esta-dos en cuyas aguas practican la pesca delTiburón naves propias o extranjeras y alos Estados cuyas naves practican la pes-ca del Tiburón en alta mar.

18. Los Estados deberían adoptar unplan de acción nacional para la conserva-ción y ordenación de tiburones (Plan pa-ra tiburones) si sus barcos practican lapesca directa de tiburones o si sus bar-cos capturan normalmente tiburones enpesquerías que no son de tiburones. Elcontenido propuesto del Plan para tiburo-nes aparece en el Apéndice A. Al elaborarun plan para tiburones, deberían tenerseen cuenta la experiencia de las organiza-ciones regionales de ordenación pesque-ra, según proceda.

19. Cada Estado es el responsable de laelaboración, aplicación y seguimiento desu propio Plan para tiburones.

20. Los Estados se esforzarán por tenerun Plan para tiburones para el período desesiones del COFI del 2001.

21. Los Estados deberían realizar unaevaluación periódica del estado de laspoblaciones de tiburones que son objetode pesca. Esta evaluación se realizaráde conformidad con lo establecido en elpárrafo 6.13 del Código de Conducta pa-ra la Pesca Responsable. La presenta-ción de un informe sobre la evaluaciónformará parte del Plan para tiburones delEstado correspondiente. El contenidopropuesto del informe sobre la evalua-ción de los tiburones figura en el Apéndi-ce B. Para ello se necesitaría la compila-ción coherente de datos, incluidos datoscomerciales, que permita mejorar laidentificación de las especies y, en últimotérmino, establecer índices de abundan-cia. Los datos recogidos por los Estadosdeberían ponerse a disposición y exami-narse en el marco de las organizacionesregionales de pesca competentes y de laFAO. La colaboración internacional en larecopilación de datos y los sistemas decomunicación de los mismos para lasevaluaciones de las poblaciones es par-ticularmente importante en relación conlas poblaciones de tiburones transfronte-rizas, transzonales, altamente migrato-rias y de alta mar.

22. El Plan para tiburones tendrá por objeto:

• Garantizar que las capturas de la pescadirecta y no directa sean sostenibles;

• Evaluar las amenazas a las poblacio-nes de tiburones, determinar los hábi-tat críticos y aplicar estrategias de re-colección compatibles con los princi-pios de la sostenibilidad biológica yla utilización económica racional alargo plazo;

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Page 44: PLAN TIBURON ECUADOR

• Determinar y prestar atención especiala poblaciones particularmente vulnera-bles o amenazadas;

• Mejorar y desarrollar marcos para esta-blecer y coordinar consultas eficacesen las que intervengan todas las partesinteresadas en la investigación, en laordenación y en iniciativas educaciona-les dentro de los Estados y entre éstos;

• Reducir al mínimo las capturas inci-dentales de tiburones;

• Proteger la diversidad biológica y la es-tructura y función del ecosistema;

• Reducir al mínimo los desechos y des-cartes de la pesca del Tiburón de con-formidad con el párrafo 7.2.2.g) del Có-digo de Conducta para la Pesca Res-ponsable (por ejemplo, exigiendo la re-tención de los tiburones a los que sequitan las aletas);

• Fomentar el aprovechamiento integralde los tiburones muertos;

• Facilitar la mejora de los datos sobrecapturas y desembarques específicosde cada especie y el seguimiento de lapesca del Tiburón;

• Facilitar la identificación y comunica-ción de datos biológicos y de comercioespecíficos de cada especie.

23. Los Estados que apliquen el Plan paratiburones evaluarán periódicamente, almenos cada cuatro años, su aplicacióncon objeto de determinar estrategias ren-tables para incrementar su eficacia.

24. Los Estados que consideren que no esnecesario un plan para tiburones deberíanrevisar esa decisión periódicamente te-

niendo en cuenta los cambios ocurridos ensus pesquerías pero como mínimo debe-rían recopilar datos sobre capturas, de-sembarques y comercio.

25. Los Estados, en el marco de sus res-pectivas competencias y en consonanciacon el derecho internacional, tratarán decooperar mediante organizaciones oacuerdos regionales y subregionales deordenación pesquera y otras formas decooperación, con el fin de garantizar lasostenibilidad de las poblaciones de tibu-rones, incluso, mediante la elaboración deplanes subregionales o regionales paralos tiburones, cuando proceda.

26. En los casos en que poblacionestransfronterizas de tiburones sean explo-tadas por dos o más Estados, los Estadosinteresados deberían cooperar para ga-rantizar la conservación y ordenación efi-caces de las poblaciones.

27. Los Estados se esforzarán por colabo-rar mediante la FAO y otros acuerdos in-ternacionales en la investigación, la capa-citación y la producción de material infor-mativo y educativo.

28. Como parte de la presentación bienalde informes con arreglo al Código de Con-ducta, los Estados deberían presentar in-formes sobre los progresos en la evalua-ción, elaboración y aplicación de sus Pla-nes para tiburones.

Función de la FAO

29. La FAO, siguiendo las instrucciones desu Conferencia y en la medida especifica-da en ellas, y como parte de las activida-des de su Programa Ordinario, prestaráapoyo a los países en la aplicación del

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PAI-Tiburones, incluida la preparación dePlanes para los tiburones.

30. La FAO, siguiendo las instruccionesde su Conferencia y en la medida espe-cificada en ellas, prestará apoyo en laelaboración y aplicación de Planes paratiburones mediante proyectos concretosde asistencia técnica en los países, conrecursos del Programa Ordinario y utili-zando los fondos extrapresupuestariosque se pongan a disposición de la Orga-nización para ese fin. La FAO proporcio-nará a los países una lista de expertos yun mecanismo de asistencia técnica enrelación con la elaboración de Planes pa-ra tiburones.

31. La FAO informará cada dos años,por medio del COFI, sobre el estado delos progresos en la aplicación del PAI-Tiburones.

Apéndice A

CONTENIDO PROPUESTODE UN PLAN PARA TIBURONES

Antecedentes

Al ordenar la pesca del Tiburón, es im-portante considerar que el estado de losconocimientos sobre los tiburones y lasprácticas empleadas en sus pesqueríaspueden causar problemas en la conser-vación y ordenación de los tiburones, enparticular:

• Problemas taxonómicos.

• Insuficiencia de datos disponibles so-bre capturas, esfuerzo y desembar-ques en relación con los tiburones.

• Dificultades para identificar las espe-cies después del desembarque.

• Datos biológicos y ambientales insufi-cientes.

• Falta de fondos para la investigación yordenación de los tiburones.

• Poca coordinación en la compilaciónde información sobre poblaciones detiburones transzonales y altamentemigratorias.

• Dificultad para conseguir los objetivosde ordenación de los tiburones enpesquerías de muchas especies enlas que se capturan tiburones.

Contenido del Plan para tiburones

En las directrices técnicas para la conser-vación y ordenación de los tiburones quela FAO está elaborando, se proporcionaorientación técnica detallada sobre la ela-boración y aplicación del Plan para los ti-burones sobre:

• Seguimiento

• Recopilación de datos

• Investigación

• Creación de capacidad humana

• Realización de la ordenación

El Plan para tiburones deberá contener:

A. Una descripción del estado presente de

• Las poblaciones de tiburones;

• Las pesquerías asociadas; y

• El marco de ordenación y su cum-plimiento.

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B. Los objetivos del Plan para tiburones

C. Las estrategias para conseguir esosobjetivos. Se indican, a continuación,ejemplos de lo que podría incluirse:

• Determinar el control sobre el acce-so de las embarcaciones de pescaa las poblaciones de tiburones.

• Reducir el esfuerzo de pesca encualquier pesquería de tiburonesen la que la supervivencia de laspoblaciones de tiburones estéamenazada.

• Mejorar el aprovechamiento de lostiburones capturados

• Mejorar la compilación de datos yel seguimiento de las pesqueríasde tiburones.

• Capacitar a todos los interesadosen la identificación de especies detiburones.

• Facilitar y alentar la investigaciónsobre especies de tiburones pococonocidas.

• Obtener datos sobre utilización ycomercio relativos a los tiburones.

Apéndice B

CONTENIDO PROPUESTODE UN INFORME SOBRE LAEVALUACIÓN DE LOS TIBURONES

Un informe sobre la evaluación de los tibu-rones debería contener, entre otras cosas,la siguiente información:

• Tendencias pasadas y presentes de:

• Esfuerzo: pesca directa y no direc-ta; todos los tipos de pesca;

• Rendimiento: físico y económico

• Estado de las poblaciones

• Medidas de ordenación vigentes:

• Control del acceso a los caladeros

• Medidas técnicas (con inclusión demedidas para reducir las capturasincidentales, la existencia de refu-gios naturales y estaciones de veda)

• Seguimiento, control y vigilancia

• Eficacia de las medidas de ordenación

• Posibles modificaciones de las medi-das de ordenación.

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ANEXO 2

Leyes relacionadas al recurso Ti-burón en Ecuador

A continuación se enumeran los Acuerdosy Decretos que están relacionados con elmanejo de los tiburones en Ecuador:

Acuerdo No. 151 del Ministerio de Indus-tria, Comercio, Integración y Pesca, sobrela Reserva de Pesca Artesanal y la Zonade Amortiguamiento dentro del Archipiéla-go de Galápagos (provincia de Galápa-gos) y prohibiciones varias.

Artículo 8: En las zonas de reserva pes-quera artesanal y la zona de amortigua-miento establecido en este Acuerdo, que-da prohibido la pesca del Tiburón, así co-mo el transporte y comercialización para elContinente de las aletas de esta especie.

Acuerdo No. 097 de la Subsecretaría de Re-cursos Pesqueros sobre Regulaciones parala Captura y Comercialización del Tiburón.

Art. 1. Quienes durante el ejercicio de laactividad pesquera capturen tiburones,deberán utilizar íntegramente su carne, yasea comercializándola en los mercados in-terno o externo, o donándola a casas deasistencia social ecuatorianas. En conse-cuencia, se prohíbe extraer las aletas deeste recurso y devolver el cuerpo no apro-vechado al mar.

Un reporte de las capturas de Tiburón ydel destino de su carne, deberá ser envia-do, para efectos de control a la DirecciónGeneral de Pesca, tan pronto terminen lasfaenas de pesca.

Acuerdo No. 036 de la Subsecretaría deRecursos Pesqueros sobre Regulacio-

nes para la Comercialización de Aletasde Tiburón.

Art. 1. Las personas naturales y/o jurídi-cas debidamente autorizadas con apegoa lo dispuesto en la Ley de Pesca y Desa-rrollo Pesquero, que deseen exportar ale-tas de Tiburón; sin perjuicio de lo estable-cido en la Ley de Facilitación de Exporta-ciones, deberán cumplir con las siguien-tes disposiciones:

a. Las aletas de Tiburón serán; exclusiva-mente de especímenes capturados in-cidentalmente.

b. Las embarcaciones artesanales, se-mi-industriales e industriales dedica-das a la captura de pesca blanca uti-lizando anzuelo, deberán llevar abordo una bitácora de pesca que de-berá contener en detalle datos relati-vos a las capturas (fecha, lugares,especies, pesos, volúmenes diarios,etc). Las anotaciones estarán a car-go del patrón de pesca el que lassuscribirá diariamente.

c. Las empresas y/o personas naturalesdebidamente autorizadas que com-pren la pesca deben necesariamenteelaborar las respectivas notas decompra-venta con notificación clarade los volúmenes y tipos de especiesque se negocian. Dichas notas deventa deberán ser suscritas por elvendedor y el comprador, haciendoreferencia al barco y al periodo depesca que corresponde.

d. Las empresas, cooperativas y/o co-merciantes que deseen comercializaraletas de Tiburón procedente de pescaincidental deben mantener un registro(kardex) de las compras y ventas depescado en la que se incluya Tiburón y

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aletas, los que deben de estar a dispo-sición permanente de las autoridadespesqueras para sus verificaciones.

Art. 2. Para la exportación de aletas de Ti-burón proveniente de pesca incidental enel mar continental se requiere en cada ca-so, autorización expresa de la DirecciónGeneral de Pesca. A este efecto el intere-sado deberá presentar la solicitud a dichadependencia acompañando:

a. Formulario único de exportación(F.U.E.).

b. Facturas originales.

c. Original de las notas de compra-ventamediante las cuales se justifique laprocedencia de las aletas.

Art. 3. La exportación de aletas solamen-te la pueden realizar las personas natu-rales y/o jurídicas que estén debidamen-te autorizadas mediante Acuerdo del Mi-nisterio de Comercio Exterior, Industriali-zación y Pesca (Subsecretaría de Recur-sos Pesqueros).

Art. 4. Las personas naturales y/o jurídi-cas que induzcan o traten de inducir aerror bajo cualquier medio a las autorida-des de pesca, serán sancionadas con lasuspensión definitiva de sus autorizacio-nes para dedicarse a la actividad pesque-ra, sin perjuicio de las demás acciones le-gales a que hubieren lugar.

Art. 5. Las aletas de Tiburón que se inten-ten exportar sin el cumplimiento de lasdisposiciones antes señaladas, serán de-comisadas e incineradas sin más fórmulade juicio.

Decreto 2130 Modificación de acuerdo# 036

Art. 1. Prohíbase expresamente la expor-tación o comercialización de aletas de Ti-burón en todo el territorio ecuatoriano, in-cluso en el evento de que su captura ha-ya sido incidental.

Art. 2. Las aletas de Tiburón que se inten-ten exportar o cuya procedencia o destinono pueda justificarse serán decomisadase incineradas sin más formula de juicio,bajo la responsabilidad de la DirecciónNacional de Pesca (DNP).

Art. 3. Las personas naturales y/o jurídicasque induzca o traten de inducir a error bajocualquier medio a las autoridades comer-ciales o autoridades de pesca, serán san-cionadas con la suspensión definitiva desus autorizaciones para dedicarse a la acti-vidad pesquera sin perjuicio de las demásacciones legales a que hubieran a lugar.

Art. 4. Se prohíbe la pesca dirigida de ti-burones en todo el territorio ecuatoriano.La importación de artes de pesca utiliza-dos para la captura de este recurso y laprohibición de descartes de tiburones enalta mar.

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ANEXO 3

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ASISTENTES A TALLER DE TIBURONESFebrero 20 y 21 de 2006 (Punta Carnero, Salinas - Ecuador)

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LISTA DE ACRÓNIMOS

AIM Autoridad Interinstitucional de Manejo (de la Reserva Marina de Galápagos)

APEC Asia-Pacific Economic Corporation

ASOEXPEBLA Asociación de Exportadores de Pesca Blanca

ATUNEC Asociación de Atuneros del Ecuador

BID Banco Interamericano de Desarrollo

CIAT Comisión Interamericana del Atún Tropical

CICAA Comisión Internacional para la Conservación del Atún del Atlántico

CITES Convención sobre el Comercio Internacional de EspeciesAmenazadas de Fauna y Flora Silvestres

CMS Convención sobre la Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres

CNDP Consejo Nacional de Desarrollo Pesquero

COFI Comité de Pesca de la FAO

COMEXI Consejo de Comercio Exterior e Inversiones

CPPS Comisión Permanente del Pacífico Sur

DGP Dirección General de Pesca

ECCHD Estación Científica Charles Darwin

EPESPO Escuela de Pesca del Pacífico Oriental

FAO Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación

FENACOPEC Federación Nacional de Cooperativas. de Pescadores del Ecuador

FMAM Fondo para el Medio Ambiente Mundial

ICES Consejo Internacional para la Exploración del Mar

INP Instituto Nacional de Pesca

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IOTC Comisión del Atún para el Océano Índico

JMP Junta de Manejo Participativo (de la Reserva Marina de Galápagos)

MAE Ministerio del Ambiente, República del Ecuador

MICIP Ministerio de Comercio Exterior, Industrialización, Pesca y Competitividad

MN Milla Náutica

NAFO Organización de Pesquerías del Atlántico Noroeste

OFPPC Programa de Pesquerías Oceánicas de la Comunidad del Pacífico

OLDEPESCA Organización Latinoamericana de Desarrollo Pesquero

ONG Organización No Gubernamental

PAT-Ec Plan de Acción para la Conservación y el Manejo de los Tiburones de Ecuador

PAI-Tiburones Plan de Acción Internacional para la Conservación y Ordenación de los Tiburones

PANs Planes de Acción Nacionales

PNG Parque Nacional Galápagos

RMG Reserva Marina de Galápagos

SRP Subsecretaría de Recursos Pesqueros

TRAFFIC El programa conjunto de la UICN y el WWF para el monitoreo del comercio de vida silvestre en el mundo

UICN Unión Mundial para la Naturaleza

UCOOPAGAL Union de Coope

UOPAM Unión de Organizaciones Pescadores y Afines de Manabí

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