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Plan Nacional de Gestión de Plaguicidas de Uso Sanitario Marco: Resolución 1141/04 Dirección de Promoción y Protección de la Salud República Argentina Ciudad autónoma de Buenos Aires - 2006-

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Plan Nacional de Gestión

de

Plaguicidas de Uso Sanitario

Marco: Resolución 1141/04

Dirección de Promoción y Protección de la Salud

República Argentina

Ciudad autónoma de Buenos Aires - 2006-

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El presente documento se elaboró en la Dirección de Promoción y Protección de

la Salud como una respuesta a la Resolución 1141/04, articulo 2º. Fue concebido como un instrumento guía de características obligatoriamente dinámicas y elaborado en forma paralela con otros documentos, los cuales quedan incluidos como herramientas ya probadas en la operativa del Plan de Trabajo. Para su discusión y aval se ha convocado a todas las dependencias que, en el área de Salud, se vinculan con la gestión de plaguicidas de uso sanitario. Estas discusiones, sumadas al antecedente normativo, aportan sustentabilidad a la continuidad de las acciones y establecen líneas temáticas de colaboración interdepartamental.

Se presentan en esta oportunidad las propuestas de trabajo correspondientes

a la Etapa I (principal población destinataria: personal afectado a tareas de gestión integral de plaguicidas perteneciente al Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación) proyectándose a futuro el considerar la pertinencia de incorporar/modificar elementos que puedan justificarse como apropiados para las gestiones que se lleven a cabo en niveles jurisdiccionales o privados para el control de plagas de importancia sanitaria o urbanas.

Propuesta y Elaboración: Programa Nacional de Riesgos Químicos Diseño y Primera Corrección Brunstein, Luisa. Programa de Salud del Trabajador Rodriguez, Eduardo. Programa de Salud del Trabajador

Grupo Revisor Guillermo Willliams Dirección Nacional de Regulación y Fiscalización Lidia Espinoza Departamento de Salud Ocupacional Adriana Lozano Departamento de Salud Ocupacional Elena Pedroni Dirección de Epidemiología Magdalena Libertino Dirección de Capacitación Marcelo Di Mundo Departamento de Infraestructura Ricardo Benitez Departamento de Salud Ambiental Coordinación: Ana Digón.

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Plan Nacional de Gestión de Plaguicidas de Uso Sanitario Propósito:

Profesionalizar la gestión de plaguicidas de uso sanitario para:

• Prevenir cuadros de intoxicación, agudos o crónicos • Prevenir la contaminación ambiental • Disminuir el uso de plaguicidas a favor de alternativas no químicas en un marco

de Control Integrado de Plagas (CIP) Objetivos:

1. Mejorar el conocimiento de la población trabajadora sobre los riesgos laborales derivados de la exposición a plaguicidas.

2. Monitorear y corregir situaciones relacionadas con el almacenamiento, transporte y uso.

3. Generar los criterios y los medios de capacitación especifica, acreditación y registro para manejar con idoneidad y competencia las actividades relacionadas con aplicación y guarda de plaguicidas de uso sanitario.

4. Evaluar y mejorar situaciones relacionadas con la adquisición y distribución de plaguicidas de uso sanitario.

5. Adecuar la vigilancia médica y la protección de los expuestos laborales. 6. Promover la disminución del control químico de plagas toda vez que esto sea

posible. 7. Incrementar el grado de información comunitaria sobre los riesgos que suponen

los plaguicidas relacionados con el control de enfermedades de interés sanitario. Introducción - Justificación

Las sustancias y compuestos químicos forman parte indiscutible de la vida en cualquier sociedad. Están presentes en lo cotidiano y tienen capacidad para afectar positiva o negativamente la salud de todas las personas. La regulación de su producción, comercio nacional o internacional, uso y disposición, es atributo de cada Estado y corresponde a sus autoridades disponer las normas necesarias para adecuar estas actividades a las condiciones de uso en cada país. El objetivo de dichas normas es disminuir los riesgos para la salud de personas y ambientes que puedan estar determinados por su exposición a agentes químicos. Si bien todos los químicos ofrecen algún grado de peligrosidad se han tenido en cuenta distintos elementos a la hora de aprobar o discontinuar el uso de muchos de ellos, basados en las posibilidades efectivas de control de la exposición o la vigilancia de los daños ocasionados en el pasado, como así también el progreso en el conocimiento científico, la capitalización de la experiencia internacionalmente adquirida y

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determinados compromisos asumidos en el espacio internacional. La interacción con la comunidad y su participación en la detección y notificación de riesgos ha sido también un factor de peso a la hora de sumar esfuerzos en la tarea de reducción de riesgos.

Dentro de todo el abanico de producción de sustancias químicas los agroquímicos son, a excepción de los medicamentos, el grupo más adelantado en cuanto al cumplimiento de normas de evaluación de riesgo, registro, etiquetado y el más pródigo en cantidad de normativas para su regulación. Sin embargo el abuso y mal uso de plaguicidas suele ser una de las causas predominantes de contaminación ambiental y de envenenamiento de la población. En Argentina solamente en núcleos urbanos constituyen el segundo grupo de consultas que se registran en efectores asistenciales toxicológicos. Su uso se destina a tareas agropecuarias, medicina humana y veterinaria, campañas sanitarias nacionales o jurisdiccionales, fumigaciones urbanas realizadas por terceros y utilización individual por parte de consumidores. La población urbana está, así, expuesta a la contaminación por plaguicidas de origen ambiental y alimentario como también a la exposición directa a los utilizados en el mismo hogar. Entre estos últimos cabe la mención de los medicamentos, plaguicidas de uso veterinario, plaguicidas de uso domiciliario y peridomiciliario y los utilizados a partir de los programas de control de vectores. Ambientalmente, los plaguicidas no consisten solo en un problema como fuentes de contaminación humana, sino que han sido evidentes los efectos que sobre el medio físico y su biomasa, han presentado en muchas oportunidades. Alertan hacia ello los problemas asociados a la desertificación, la perdida de la biodiversidad y la contaminación de aguas dulces, bases, todos estos, de Convenios Internacionales de los que Argentina es signataria. Entre los problemas ocasionados por los plaguicidas en la contaminación ambiental no podemos pasar por alto lo referente a la inactivación y destino final de los remanentes y envases de plaguicidas, procesos que generalmente son inadecuados. Los compuestos de mayor persistencia, (como los insecticidas organoclorados, no todos prohibidos hoy en Argentina) son los más frecuentemente implicados en las situaciones de contaminación ambiental, ya sea en el lugar de la aplicación o por movimiento a través del ambiente, de manera especial en cursos de agua, siendo eventualmente depositados en los lagos y océanos. Sus residuos se acumulan en forma progresiva en la cadena alimentaria, siendo más notable en peces, aves y mamíferos. Los fenómenos de bioacumulación y biomagnificación son de especial importancia en el caso de estos plaguicidas y exponen mas riesgosamente a los consumidores habituales de pescados, carne, lácteos, a los fetos y los lactantes cuyas madres han acumulado en el cuerpo dichas sustancias y a las personas enfermas que metabolizan tejidos grasos con plaguicidas bioacumulados. Los Plaguicidas Clorados han constituido la base de los programas de control de plagas sanitarias en todo el mundo y gran parte de las actuales existencias de químicos obsoletos los tienen como protagonistas. El suelo que hoy esta contaminado con plaguicidas de corta vida media, seguramente estuvo/está contaminado asimismo con

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plaguicidas persistentes, usuales en actividades agrarias y sanitarias décadas atrás, o por ser asiento no reconocido de enterramientos antiguos o clandestinos recientes. Muchos plaguicidas considerados de bajo impacto para la salud humana, son altamente tóxicos para la fauna que habita arroyos, ríos y mares. El plancton, los crustáceos y los peces son con facilidad víctimas no deseadas de aplicaciones con pesticidas derivados del Piretro o fosforados. Por otra parte, la contaminación del agua con residuos tóxicos puede llevar a estos a la cadena alimentaria a través de la fauna domestica que abreva en ellos o directamente a las personas que las utilicen como fuente de agua de consumo. La contaminación del fitoplancton tiene singular importancia no solo por constituir el primer eslabón de cualquier cadena alimentaria, sino por ser la biomasa vegetal mayor productora de oxígeno en el planeta. En el caso de la utilización de sustancias químicas para el control de enfermedades vectoriales, el Ministerio de Salud tiene la triple responsabilidad de:

el cuidado de la salud de la población general, el cuidado de la salud, la seguridad en el trabajo y la capacitación especifica del personal propio con arreglo a las disposiciones legales vigentes,

el destino de los productos que adquiere en su rol de generador ocasional de residuos peligrosos, así como la protección de los ambientes naturales o antrópicos en los que los productos son utilizados.

Se acepta el uso sustentable de plaguicidas solo en el marco de un programa integral de control de plagas, en manos de un profesional habilitado y toda vez que otros mecanismos de abordaje del problema no resulten sanitariamente viables. En ese caso, la decisión de uso de plaguicidas debe basarse en las evidencias sobre los efectos sobre la Salud humana y ambiental, la caracterización de la exposición y los aspectos de vulnerabilidad específicos en cada comunidad. Todos los plaguicidas son venenos que exigen conocimientos y pericias especiales para su utilización controlada. De ello depende no solo la efectividad de su uso, sino la salud y la protección de los aplicadores y sus familias, así como la protección de los recursos naturales en el medio ambiente objeto de la intervención. Para programas de control de plagas de importancia sanitaria los plaguicidas deben ser entendidos como un elemento de segunda opción para el abordaje de los problemas. En la tríada ecológica que caracteriza a las enfermedades vectoriales deberá priorizarse el enfoque del monitoreo entomológico, las acciones de saneamiento ambiental, el diagnostico precoz y la participación comunitaria en las acciones de prevención y en la toma de decisiones relacionadas con el proceso de la propia salud. En función de esto, el Ministerio de Salud convoca a un grupo de trabajo con el objetivo de mejorar las acciones relacionadas con el uso de plaguicidas en Salud Publica y llevar adelante un Plan de Acción, identificando los principales elementos que lo caracterizan:

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� Registro de Productos � Selección, Compra y Distribución � Almacenamiento � Transporte � Aplicación � Disposición transitoria y Definitiva � Monitoreo de efectividad y Vigilancia de resistencia � Control de Calidad � Capacitación especifica y Protección laboral � Educación publica � Intercambio de información � Registro y Habilitaciones a aplicadores Dichos elementos forman parte de la política decidida por el Ministerio de Salud (Resolución 1141/04) de continuar con las actividades para el desarrollo de una Guía Nacional de Gestión de Plaguicidas de uso Sanitario que se constituirá en un marco técnico de carácter nacional sobre procedimientos mínimos para la gestión de plaguicidas en áreas de Salud y se utilizará, asimismo, como documento marco para la elaboración de materiales de capacitación necesarios para profesionalizar la figura del Aplicador de Plaguicidas de uso sanitario. Si bien el tema del Aplicador Profesional de plaguicidas ha sido objeto de comunicaciones previas durante los últimos años con distintos niveles del Ministerio de Trabajo y de la Secretaria de Agricultura, este intento dado al interior del Ministerio de Salud constituye la primera experiencia concreta en términos de capacitación específica y definición laboral de funciones. Situación Actual

Como muchos países de la región, Argentina presenta debilidades importantes a la hora de considerar aspectos de sustentabilidad en el uso general de plaguicidas. Entre ellas las condiciones de trabajo, el empobrecimiento general de la población y la ausencia de una figura legal que caracterice al Aplicador profesional de plaguicidas, son sustantivas para explicar metas no cumplidas de reducción de riesgos, especialmente en el espacio rural. Aspectos vinculados a la protección laboral, al depósito de productos y al tratamiento de envases y restos de plaguicidas, son indicadores representativos de un proceso laboral que exige medidas correctivas. El tema de una gestión racional de plaguicidas en espacios sanitarios, mas allá del cumplimiento de pautas sustentables de uso, se puede presentar, así, como un proceso piloto a partir del cual pueden ser extrapolados beneficios (cuantificables en términos de indicadores de Salud) hacia otros sectores de uso de productos similares. Por funcionar como un circuito semi-cerrado de distribución y uso y presentar una dinámica

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de funcionamiento más controlable, los límites de un proyecto de mejora de gestión vuelven factible un esquema de trabajo con metas observables en tiempo cortos y facilitan la capacitación y el seguimiento de población expuesta. Se cuenta con las ventajas de la existencia de un marco normativo sectorial y nacional que facilita las acciones y se propone el desafío de llevar a la práctica nuevos modelos que puedan luego ser utilizados en espacios extrasectoriales. Entre ellos, la generación de un nuevo perfil laboral dado por la intervención de agentes capacitados y habilitados como aplicadores profesionales. Un sistema de capacitación de capacitadores será necesario en este sentido. Un resumen sintético de algunas de las actuales capacidades de gestión de plaguicidas de uso sanitario se obtiene de la lectura del Cuestionario remitido a OPS - 2003- con relación al uso de plaguicidas para control de plagas. Algunas de los elementos listados como etapas prioritarias en un plan de acción tienen ya una instancia de desarrollo importante (fortalezas en la gestión local) o se encuentran en proceso de ser ajustadas. Entre ellas las correspondientes al registro de productos y establecimientos, control de efectividad y monitoreo de resistencia, control de calidad, disponibilidad de equipos protectores para población laboral expuesta, disponibilidad de máquinas y equipos de aplicación, identificación del marco normativo, diseño de guías técnicas para auditorias de almacenes, diseño de cursos para encargados de depósitos, curso anexo de primeros auxilios. Las enfermedades bajo control sanitario del Programa Nacional de Control de Vectores incluyen Chagas, Paludismo, Dengue y Leishmaniasis para las cuales se utilizan métodos de control legal, biológico, mecánico o químico. Estos últimos, que deben ser considerados herramientas de segunda línea en el control de vectores, están regulados en el marco de la Resolución MERCOSUR N° 49/99, tienen operando un sistema de registro, etiquetado, control de calidad, control de eficacia y monitoreo de resistencias y son seleccionados teniendo en cuenta las especificaciones OMS para productos plaguicidas de uso en programas de Control de Vectores y los aspectos sanitarios, ambientales y de efectividad de acuerdo a las condiciones locales de uso Un segundo grupo de actividades sobre las consideradas debilidades del sistema, se encuentra ya en desarrollo y se prevén plazos para su culminación, sujetos (en aquellos dependientes de provisión de bienes o servicios) a la disponibilidad de recursos existente:

• Elaboración de la Guía Nacional de Gestión de Plaguicidas de uso sanitario • Relevamiento de almacenes y situaciones especiales de riesgo • Relevamiento de existencias caducadas y envases • Diseño, preparación y edición de material de capacitación • Producción de material para comunicación de riesgos y divulgación • Identificación de poblaciones objetivo del programa. • Diagnostico de sus condiciones de trabajo • Ajustes en los sistemas de monitoreo y vigilancia medica

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• Generación de depósitos transitorios de envases vacíos de plaguicidas • Adecuación de la infraestructura edilicia • Capacitación de Capacitadores: el Departamento de Capacitación facilitará

programas de capacitación sobre formación de formadores. • Estructura de un nuevo perfil laboral : registros y habilitación de aplicadores

Una de las aristas de mayor exigencia técnica actual es el desarrollo del marco teórico que incluya los aspectos mencionados. Para contextualizar el mismo, se han definido las líneas ideológicas sobre las cuales avanzar en términos de enfoque de los distintos problemas (Resolución 1141/04) y reunido información sobre las formas actuales de gestión, sus fortalezas y áreas objeto de próximas correcciones. La propuesta técnica debe así, adecuar el deber ser a las posibilidades locales de gestión, pero ubicando aspectos relacionados con la exposición humana y ambiental a productos de uso para control de plagas en un plano de privilegio a la hora de tomar decisiones al respecto. Si bien el cumplimiento de normativas existentes es uno de los objetivos a alcanzar a corto plazo, en un futuro es posible que la generación de nuevas directrices pueda dar lugar a modificaciones en las políticas locales de control de plagas no solo sanitarias, sino también agropecuarias. PLAN DE TRABAJO

Coordinación: Dirección de Promoción y Protección de la Salud Cuadro nº 1- Componentes de un plan de trabajo y tiempo previsto de ejecución

Componente Año

Constitución de un grupo de trabajo. 2005 – 2006

Identificación del marco legal nacional 2004

Identificación y evaluación de la población expuesta 2005 – 2006

Identificación de los mecanismos de control vigentes 2004 – 2005

Relevamiento de existencias y condiciones de almacenamiento 2005 – 2006

Elaboración de documentos técnicos. 2004 – 2006

Actividades de Capacitación de población propia

2004 – 2007 Marco legal intrasectorial: Profesionalización de la gestión de plaguicidas Planificación y puesta en marcha de un

registro habilitante 2006 – 2007

Capacitación de Capacitadores 2007

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Descripción de los componentes del Plan de Trabajo

Dado el marco normativo existente los elementos de un plan de trabajo deben ser interpretados en términos de:

1- Planteo político de distribución de plazos y responsabilidades. Acuerdo entre partes.

2- Coordinación y provisión de presupuestos mínimos para la elaboración de documentos técnicos y para la ejecución de las actividades propias de cada sector.

1. Constitución de un grupo de trabajo técnico.

De forma de encauzar las acciones en un proceso estable y continuado se ha publicado la Resolución 1141/04 que instruye a la conformación de un equipo de trabajo a fin de concentrar distintos saberes y competencias técnicas asociados con una gestión racional de Plaguicidas en Salud y facilitar la comunicación intra y extra sectorial al respecto. Las áreas identificadas corresponden al siguiente organigrama: Cuadro nº2 – Estructura administrativa de las áreas vinculadas a la gestión de Plaguicidas de uso sanitario

Subsecretaria de Programas de Promoción y Protección

Subsecretaria de Regulación y Fiscalización

Dirección Nacional de Regulación y Fiscalización

Dirección Nacional de Programas Sanitarios

ANMAT Departamento de Salud Ocupacional

Dirección de Promoción y Protección de la Salud

Dirección de Epidemiología

INAL

Departamento de Salud Ambiental

Programa Nacional de Riesgos Químicos

Programa de Salud del Trabajador

Coordinación

Nacional de Control de Vectores

Departamento de Productos de uso Domestico

Las misiones y responsabilidades de cada área son aquellas que resultan de su propia actividad. Para el caso de las unidades ejecutoras:

- Los programas ejecutores dependientes del Departamento de Salud Ambiental tendrán a su cargo el diseño del plan, las propuestas de programación anual, la fundamentación de los criterios para el establecimiento de guías de procedimientos de auditorias, estiba y dinámica de los depósitos, los requisitos para la obtención de la habilitación y para la generación de un registro para aplicadores y encargados de depósitos de productos químicos plaguicidas así

En azul: Áreas ejecutoras del proyecto

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como los contenidos, el diseño y puesta en marcha de mecanismos de capacitación en todo aquello vinculado con salud del trabajador, aspectos toxicológicos y de prevención de la contaminación del medio y de las personas. Asesorará en términos de equipos de protección personal, seguimiento de exposiciones a riesgos especiales y sistemas de relevamiento de existencias vencidas y envases obsoletos. Serán responsables de realizar las auditorias y la coordinación de la gestión de los depósitos pertenecientes al Ministerio de Salud y Ambiente acordando las actividades relacionadas con el PNCV , el departamento de Salud Ocupacional e Infraestructura, de acuerdo a lo establecido en el Capítulo VII de la Guía Nacional de Gestión de Plaguicidas de uso Sanitario .

- El departamento de Salud Ocupacional tendrá la responsabilidad de controlar la

realización de los exámenes de ingreso, egreso y exámenes en salud según marca la legislación vigente, incluidos los procedimientos necesarios para la ejecución de estas actividades. Asimismo de monitorear in situ, a través de los médicos nombrados a tal fin en las jurisdicciones, los problemas y situaciones de riesgo vinculadas al acopio y uso de plaguicidas por parte de agentes de la administración publica nacional, según perfil de funciones que – con relación a la vigilancia medica - queda expresado en la Guía Nacional de Gestión de Plaguicidas de uso Sanitario. Coordinará con el Departamento de Salud Ambiental la elección de las situaciones y eventos centinela que supongan un mejor seguimiento de situaciones de riesgo y consecuentemente sean útiles para determinar instancias de intervención para acciones de prevención / remediación.

- La coordinación de Vectores será responsable de la capacitación técnica de la

utilización de automotores, maquinas y equipos para el rociado y aplicación de métodos de control de vectores, la provisión de elementos de protección personal, la confección, actualización y distribución de listados de personal y de centros de acopio de químicos, y las gestiones de compra, control de calidad y distribución de insumos siguiendo las pautas acordadas en la Guía Nacional de Gestión de Plaguicidas de uso Sanitario. Coordinará conjuntamente con las áreas ejecutoras de la Dirección de Promoción y Protección de la Salud las actividades de Capacitación no relacionadas con temas que son específicos de dichas áreas y fueran mencionados en párrafo anterior. La CNCV velará asimismo por la integridad, adecuación, refacción, mantenimiento u obra nueva de los almacenes de acopio de plaguicidas a su cargo, coordinando con las áreas ejecutoras de Promoción y Protección e Infraestructura el marco técnico y normativo de estas actividades. Contribuirá a promover la utilización de métodos no químicos de control de plagas y coordinará con las áreas de Salud Ambiental y Educación para la Salud, actividades de información a la comunidad y producción de material de comunicación de riesgos

Por otra parte:

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. El Departamento de Registro de Productos de Uso Doméstico (INAL/ANMAT)

mantendrá un registro actualizado de productores y productos autorizados para su uso en programas sanitarios de control de vectores, interviniendo, cuando corresponda, en facilitar el acceso a información técnica y cuestiones relacionadas con el etiquetado, formulaciones, fichas de seguridad. Asesorará al área de Compras en lo referente a las especificaciones técnicas y las condiciones legales a las que están sujetos los productos propuestos para adquisición.

. El Departamento de Capacitación, contemplando las diferencias sectoriales y regionales y las necesidades de capacitación detectadas respecto de la temática en cuestión, facilitará la gestión de los instrumentos administrativos necesarios para hacer efectiva la capacitación técnica de los efectores.

. El Departamento de Compras – Dirección de Compras, Patrimonio, Suministros y Servicios- coordinará con las áreas de Control de Vectores e INAL las cantidades, productos y formas de presentación de los insumos que se requieren, siguiendo asimismo las pautas acordadas en la Guía de Procedimientos previamente citada. Intervendrá asimismo en la recepción del producto, los controles de calidad y la liberación del mismo para su distribución.

. El Departamento de Infraestructura tendrá a su cargo el diagnóstico del

estado edilicio y emplazamiento de los depósitos según modelo acordado en la Guía de procedimientos y la elaboración de los presupuestos destinados a la corrección de problemas físicos relacionados con estos items. Coordinará con las áreas ejecutoras el establecimiento de prioridades relacionada con la solución de los problemas detectados. Toda vez que sea posible, participará como colaborador en las actividades de auditoría que se realicen desde el departamento de Salud Ambiental.

Organismos extra ministeriales, vinculados con las áreas ejecutoras que son históricos o potenciales colaboradores en actividades propias de la gestión de plaguicidas, se sumarán como asesores temporales, colaboradores en producción de contenidos para capacitación, control de calidad de productos, control de efectividad y resistencia, gestión final de químicos obsoletos, etc. Entre ellos:

• Dirección Nacional de Gestión Ambiental • Dirección de Salud e Higiene del SENASA • Centro colaborador de OMS para investigación de susceptibilidad y resistencia a

insecticidas, representado en el país por el CIPEIN* / CITEFA/ CONICET • Primera Cátedra de Toxicología de la Facultad de Medicina – UBA • Servicio de Toxicología del Sanatorio de Niños de la Ciudad de Rosario. • Otros.

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Los cuadros técnicos propuestos para constituir este grupo dinámico y permanente de trabajo responden a áreas estrechamente vinculadas con aspectos de gestión en el uso de plaguicidas para control de enfermedades y construyen un abanico interdisciplinario útil a la hora de asesorar a los tomadores de decisión. La posibilidad de generar convocatorias abiertas a otros espacios con competencias en el tema (Industria, Universidad, Sindicatos, etc.) se apoya en experiencias previas de más de 8 años de funcionamiento, que han resultado exitosas en muchos temas vinculados a riesgos químicos. (Resolución 527/00)

2. Identificación del marco legal

Justificación: Las posibilidades que brinda un adecuado marco legal son indispensables para sostener un sistema de gestión y constituyen herramientas de primer orden para el objetivo de eliminar o reducir riesgos. En ese sentido, el país cuenta con instrumentos legales útiles a la hora de avanzar en términos de reducción de riesgos para la salud y ambiente, entre las cuales se ha identificado el siguiente mapa normativo:

2.1. Constitución Nacional y normas de los Códigos Penal y Civil 2.2. Convenios Internacionales de los que Argentina es país signatario

2.2.1. Basilea 2.2.2. Montreal 2.2.3. Rotterdam 2.2.4. Estocolmo 2.2.5. Convenio sobre Desertificación 2.2.6. Convenio sobre Biodiversidad 2.2.7. Carta de la Tierra – Agenda 21 2.2.8. Convenios y recomendaciones OIT

2.3. Normas del Poder Legislativo ( Leyes) 2.4. Normas del Poder Ejecutivo (Decretos y Resoluciones) Entre ellas:

2.4.1. Marco para el desarrollo de un Plan Nacional de Gestión de Sustancias Químicas

2.4.2. Marco regulatorio de los Plaguicidas para su uso en Salud Pública: a. Listado de formulaciones autorizadas b. Listado de plaguicidas prohibidos c. Requisitos para aprobación y registro de productos d. Requisito de registro de formuladores e. Listado de Centros y Laboratorios de Toxicología

2.4.3. Relacionadas con Riesgos del Trabajo, Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales

Objeto de trabajo: Organización, coordinación y adecuación de funciones en un grupo de trabajo intrasectorial

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2.4.4. Relacionadas con el Transporte de Sustancias Peligrosas 2.4.5. Relacionadas con la Protección Ambiental 2.4.6. Otros: Listado de Especies protegidas, etc.

Se enumeran las principales normas nacionales vinculadas a la actividad. Corresponden a Leyes, Decretos o Resoluciones emitidas desde las áreas de Salud, Trabajo, Transporte y Ambiente:

Norma Area de

competencia del

Ejecutivo

Tema

Ley 25.164 y su Decreto Reglamentario 1.421/021

Subsecretaria de

Gestión Pública –

Jefatura de

Gabinete

Ley Marco de Regulación del Empleo Público

Nacional

Ley 19587 y Decreto Reglamentario 351/79 modificado por Decreto 1338/96

Higiene y Seguridad en el Trabajo

Ley 24.557 y Decreto Reglamentario 170/96

Riesgos del Trabajo

Decretos 658 y 659/97 Enfermedades profesionales y Baremo de incapacidades respectivamente.

Resolución S.R.T 043 /97

Exámenes Médicos

Resolución 295/03 Especificaciones técnicas en Higiene y Seguridad en el trabajo

Ley 21.633 Ratificación del Convenio 139 de la OIT sobre prevención y control de los riesgos profesionales causados por las sustancias y agentes cancerigenos

Resolución 415/02 Registro de sustancias y agentes Cancerígenos

Decreto 1167/03 Modifica el listado de enfermedades profesionales incorporando la los agentes Tripanosoma cruzi y Hanta virus

Disposición 8 / 95

Trabajo

Accidentes industriales mayores

Ley 15.465

Notificaciones Médicas Obligatorias

Resolución Min. 527/2001

Plan Nacional de Riesgos Químicos

1 Oficina Nacional de Empleo Publico: [email protected] : aspectos legales relacionados con el trabajo en la administración publica nacional.

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Resolución 20/03 Actualización de las Normas nacionales de Vacunación

Ley 22.360 Ley de Chagas

Resolución 1141/04

Salud

Creación del Plan nacional para la gestión racional de plaguicidas de uso sanitario

Varias Resoluciones Salud y Agricultura Listado de sustancias restringidas o prohibidas en la Republica Argentina

Decreto 779/95 Transporte de Materiales Peligrosos por carretera

Resolución 110/97 Capacitación Obligatoria de conductores

Resolución 122/97 Reglamento para el otorgamiento y uso de la Licencia Nacional habilitante.

Resolución 720/87 Fichas de intervención sobre mercancías peligrosas

Resolución 195/97

Transporte

Normas Técnicas del Acuerdo MERCOSUR

Ley 24.051 y Decreto reglamentario 831/93

Residuos Peligrosos

Ley 23.992 Ratificación del Convenio sobre movimiento transfronterizo de desechos peligrosos y su eliminación (Basilea)

Ley 23.778 Ratificación del Convenio sobre sustancias agotadoras de la Capa de Ozono (Montreal)

Ley 24.375 Convenio sobre diversidad biológica

Ley 24.701 Ratifica la Convención de las Naciones Unidas contra la desertificación

Ley 26.011 Ratificación del Convenio sobre Compuestos Orgánicos Persistentes (Estocolmo)

Ley 25.278

Ambiente

Ratificación del Convenio sobre Sustancias que son objeto de vigilancia en el Comercio Internacional (Rotterdam)

Intrasectorialmente un adecuado marco legal supone, además, generar el encuadre normativo y técnico para la capacitación, acreditación, registro y reconocimiento de funciones para los trabajadores vinculados con las actividades de transporte, almacenamiento, manipulación y aplicación de plaguicidas.

Objeto de trabajo: identificar, actualizar e informar sobre el marco legal vinculado a la gestión de plaguicidas de uso sanitario tanto al nivel tomador de decisiones como al trabajador expuesto y la comunidad objeto de intervención cuando corresponda.

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3. Identificación de la población laboralmente expuesta

La justificación de una actualización de los listados de personal responde a la necesidad de mantener un seguimiento sobre eventuales cambios en los perfiles de riesgo, así como a la necesidad de identificar lugares y personas con tareas específicas que requieran actualizar acciones de evaluación / capacitación, modificar el perfil de la vigilancia medica o quedar sujetos a eventual recategorización. Se entiende por población laboralmente expuesta a riesgo aquella población funcional o espacialmente vinculada a la distribución, almacenamiento y manipulación de plaguicidas utilizados en campañas sanitarias que lleve adelante el Ministerio de Salud de la Nación. La población inicialmente identificada supera las 400 personas pertenecientes a la planta permanente del Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación y se encuentra:

3.1. en las bases del Programa Nacional de Control de Vectores en: 3.1.1. Catamarca 3.1.2. Ciudad de Buenos Aires 3.1.3. Córdoba 3.1.4. Corrientes 3.1.5. Jujuy 3.1.6. Misiones 3.1.7. Salta 3.1.8. Santa Fe 3.1.9. Tucumán

3.2. en la Dirección de Transportes y Sanidad de Fronteras 3.3. en los almacenes y centros de distribución sitos en la Ciudad de Buenos Aires 3.4. en algunas Delegaciones Sanitarias Federales

Las jefaturas de dichas áreas serán las responsables de listar, mapear y actualizar las listas de personal afectado a tareas vinculadas con plaguicidas y distribuirlas entre las áreas ejecutoras para unificar la información existente. Del departamento de Salud Ocupacional depende la vinculación con la aseguradora de Riesgos del Trabajo que tenga a su cargo las acciones de evaluación médica de la población trabajadora.

4. Identificación y adecuación de los mecanismos de control vigentes

Justificación: Reducción de riesgos, Vigilancia Médica y Capacitación. Se entiende por mecanismos de control aquellos dispuestos para asegurar la calidad y eficacia de los productos utilizados así como la protección y seguridad de los expuestos.

Objeto de trabajo: Listar y mantener actualizado un registro de población trabajadora vinculada con la gestión de plaguicidas perteneciente al Ministerio de Salud y Ambiente, u de los centros destinados al acopio transitorio y guarda de compuestos químicos utilizados en dicha gestión.

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Incluyen: 4.1. Registros 4.2. Control de Calidad de productos 4.3. Vigilancia medica de expuestos 4.4. Vigilancia del producto almacenado 4.5. Control de Resistencia 4.6. Control de impacto de las intervenciones 4.7. Control del transporte 4.8. Identificación y evaluación de las capacidades de control

Este ultimo punto (Identificación y evaluación de las capacidades de control) se relaciona con la evaluación de la capacidad operativa perdida por el Ministerio de Salud en términos de recursos humanos y técnicos en la última década, producto de las restricciones impuestas en post de una obligada reducción de personal y presupuesto correspondiente a las políticas de disminución del gasto del Estado Nacional. Esta nueva situación de desventaja operativa obliga a subsanar carencias optimizando al máximo los recursos disponibles, lo que entre otras cosas significa una reducción de la cantidad de intervenciones y mayor dinámica del personal por distintas tareas que anteriormente cumplían varias personas con función única asignada. Por otra parte, es entendido que las acciones de fiscalización constituyen una debilidad de cualquier sistema de gestión de sustancias químicas en el país2, máxima en el campo de los productos industriales, menor en relación con productos utilizados para el control de plagas. Forma parte de una buena gestión de plaguicidas de uso sanitario todo ajuste necesario y seguimiento relacionado con la situación de salud de la población laboral expuesta, su dinámica de trabajo y las condiciones del mismo en las distintas tareas asignadas: almacenamiento, transporte, aplicación y supervisión, así como el intercambio de información entre los distintos programas involucrados. El seguimiento de la actividad enzimática periódicamente evaluada (Colinesterasa intraeritrocitaria, que constituye un indicador establecido para la evaluación de la exposición), el monitoreo de otros indicadores que se establezcan en el futuro, así como un sistema organizado de control periódico de almacenes y vehículos de transporte, son elementos sustantivos en este seguimiento. Con relación a las actividades relacionadas con un PNCV la legislación nacional reconoce como enfermedades profesionales a las producidas por exposición a específicos agentes de riesgo3:

• Chagas • Paludismo • Leishmaniasis • Fiebre Amarilla • Fiebre Hemorrágica Argentina

2 Conclusiones Taller Nacional de Identificación de Prioridades en la Gestión de Sustancias Químicas. Bs.As. Septiembre de 1997 3 Se deja constancia de que a la fecha de finalizacion de este Plan ( Marzo 2006) el Dengue no se encuentra registrado como enfermedad profesional.

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• Hanta Virus • Efectos de la Radiación Ultravioleta entre otros factores físicos del ambiente. • Efectos por exposición al calor • Enfermedades por exposición a Plaguicidas (Organofosforados, Carbamatos,

Bromuro de Metilo, Compuestos Fenólicos, Compuestos clorados) • Efectos por exposición a agentes sensibilizadores cutáneos

Prevé para ellas estudios periódicos específicos en salud que están a cargo de las Aseguradoras de Riesgo de Trabajo (ART). Internamente, la coordinación de acciones respecto del cuidado de la población trabajadora depende del Departamento de Salud Ocupacional, que establece el vínculo entre la Aseguradora de Riesgos y la población trabajadora expuesta, y es responsable de la realización de los mapas de riesgo para adecuar la vigilancia medica a la exposición real de cada trabajador, y recomendar acciones correctoras. A través de dichos mecanismos se puede potencialmente llegar a la identificación de factores de riesgo no mencionados precedentemente (químicos obsoletos, asbesto, etc.). Esto deberá dar lugar a acciones de información oportuna y adecuada - tanto a la población expuesta como a los responsables de su seguimiento medico -, modificaciones en el perfil y frecuencia de la vigilancia medica y llamado para intervención de áreas competentes para la eliminación / restricción del factor de riesgo, así como para las acciones de remediación sanitaria y ambiental que correspondan.

5. Relevamiento de existencias y condiciones de almacenamiento

Justificación Se prevé detectar situaciones-problema (vinculadas con la salud de los trabajadores, con el medio ambiente circundante y / o con las condiciones del material estibado) y en función de lo evaluado sugerir recomendaciones para la solución de dichos inconvenientes. Un Relevamiento de situaciones de riesgo presentes en los depósitos de plaguicidas deberá poder dar lugar a conocer los aspectos relacionados con:

• Gestión general del almacenes • Infraestructura, dinámica y condiciones de trabajo • Antecedentes y necesidades de capacitación • Conocimientos de la población laboralmente expuesta • Comunicación de riesgos

Objeto de trabajo: Identificar y reforzar las capacidades de control actuales para la gestión de plaguicidas de uso sanitario con el objeto de mejorar su rendimiento, optimizar los recursos y promover la acción intersectorial con el fin de actualizar la capacitación de la población trabajadora expuesta, su vigilancia medica y la prevención de exposiciones, laborales o generales, a riesgos específicos.

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• Vigilancia medica y cumplimiento de la Ley de Riesgos de Trabajo • Posibilidades de respuesta a emergencias • Necesidad de remediación ambiental • Existencia de químicos obsoletos y depósitos transitorios. • Manejo de envases • Riesgos especiales, agravantes y situaciones de resolución prioritaria.

Existencias de químicos se localizan en: 5.1. En los depósitos ubicados en la ciudad de Buenos Aires dependientes de cualquier

Programa del Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación vinculado a la guarda de plaguicidas.

5.2. En los depósitos que el Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación tiene afectados a la coordinación de vectores ubicados en las jurisdicciones

5.3. En algunas Delegaciones Sanitarias Federales 5.4. En otros sitios en los que se guarde plaguicida perteneciente al Ministerio de

Salud y Ambiente de la Nación. Antecedentes: Para llevar a cabo acciones de auditoria de almacenes basadas en una propuesta técnicamente solvente, se han tomado como modelo las normas FAO de almacenamiento de plaguicidas y elaborado guías de procedimientos para la fiscalización de almacenes de plaguicidas de uso sanitario respondiendo a la demanda presente en la Resolución 1141/04 Este componente, es coordinado desde el año 2004 por la Dirección de Promoción y Protección de la Salud, y ha sumado el concurso de las áreas de Capacitación e Infraestructura para completar el perfil en las tareas de capacitación y fiscalización respectivamente. La documentación elaborada constituye un marco técnico de referencia para las áreas de Promoción y Protección de la Salud e Infraestructura, habiéndose unificado criterios para un proceso evaluativo común. Adjudica un total de 1.600 puntos para el cumplimiento del total de los ítems identificados, agrupados en 8 protocolos:

• Localización y Requerimientos Exteriores • Documentación • Estructura del depósito • Operación del depósito • Capacitación • Conocimientos del Trabajador • Respuesta ante Emergencias • Almacenamiento Temporal

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También se ha desarrollado un curso de capacitación especial y llevado adelante dos experiencias piloto que proponen la adecuación de un perfil laboral específico para el personal a cargo de depósitos. Componentes identificados como temas sustantivos en la auditoria del protocolo de capacitación incluyen: actividades de recepción y seguimiento de productos, conducta ante derrames o filtraciones, operaciones de carga y descarga, instrucciones para la disposición de productos en el interior del almacén, elementos de protección contra derrames e incendios, infraestructura de seguridad necesaria, cartelización de espacios, tratamiento de envases, disposición transitoria, lectura e interpretación de fichas de seguridad, uso y mantenimiento de equipos de protección personal. La capacitación en la temática en cuestión fue una de las necesidades detectadas en el Diagnóstico Institucional de Capacitación que constituyó la base para la elaboración del Plan Institucional de Capacitación de la Jurisdicción, que mereciera dictamen técnico favorable del Instituto Nacional de la Administración Pública y fuera aprobado por el Sr. Ministro de Salud y Ambiente. Consecuentemente, la actividad de Capacitación planificada para encargados de Depósitos de Plaguicidas de Uso Sanitario ha sido incorporada por el Departamento de Capacitación al Plan Operativo de Capacitación correspondiente y elevada al INAP para su pertinente aprobación. A través de vínculos con organizaciones no gubernamentales incluidas en la Resolución 527/01, se ha ampliado el marco técnico inicial de la documentación de auditorias y se obtuvieron recursos físicos (carteles) para mejorar la señalización de varios depósitos. Sin embargo se entiende que ha de preverse el acceso a fuentes de financiación que permitan adecuar las cuestiones de tipo estructural (edilicio) que puedan presentarse al respecto y completar la cantidad de material de señalización actualizado y oportuno para cubrir las necesidades de cada almacén. También deben adecuarse los procesos de compra y distribución de productos para que lleguen a los depósitos en condiciones aptas para su guarda responsable.

Objetivos principales del componente:

1. Acciones de auditoria en los distintos centros de acopio y guarda de productos químicos, especialmente plaguicidas que incluya un diagnóstico de las capacidades locales de gestión.

2. Acciones de capacitación relacionadas con las funciones de personal afectado a esas tareas

3. Acciones de evaluación edilicia y de emplazamiento. 4. Relevamiento de químicos obsoletos y envases vacíos de plaguicidas. 5. Informes y propuestas de solución de los conflictos/situaciones de riesgo

identificadas.

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6. Elaboración de documentos técnicos.

Justificación: No existe en la actualidad un documento único que concentre todas las cuestiones relacionadas con una gestión integral de plaguicidas en el país. Esta ausencia está en sintonía con la ausencia de una Ley Nacional de Plaguicidas así como de normas regulatorias sistémicas sobre el tema en otros espacios de la administración nacional. De este modo, la elaboración de un documento de estas características tendría un valor significativo con potencial para exceder los límites del uso sanitario de plaguicidas. Una Guía de gestión debe contener todos los aspectos mencionados en la Resolución 1141/04 y ser periódicamente actualizada en post de los avances producidos en la investigación científica y los cambios en las capacidades operativas locales. Mas allá de la exposición laboral, los plaguicidas de uso sanitario son fuente de exposición de la población general, allí donde sean utilizados. La difusión de información oportuna, veraz y confiable es complemento indispensable de toda acción de control de vectores. Perfiles técnicos específicos en comunicación de riesgos deberán ser sumados como colaboradores en esta producción.

7. Normalización de nuevo encuadre laboral: Capacitación de personal; Planificación

y puesta en marcha de un registro habilitante

Justificación: En los últimos años, se han producido cambios en el enfoque del uso de los plaguicidas que, en términos de campañas de control de vectores, los colocan en un segundo plano de acción en el concierto de elementos disponibles. Esta visión distinta está en sintonía con las líneas promovidas por organismos internacionales y con las decisiones políticas alcanzadas en países desarrollados. Entre los muchos productos de avance local se cuenta la reformulación de los sistemas de registro, la inclusión de controles de calidad, la prohibición de muchos productos de alto impacto agudo o crónico, o el fortalecimiento de los sistemas de vigilancia de intoxicaciones en general. Sin embargo se considera indispensable ubicar el uso de químicos en un plan de gestión integral que contemple no solo riesgos y efectos sino también la dimensión del peso que representan cada uno de los eslabones que intervienen en el proceso vital de los

Objetivo principal del componente: Elaboración de documentos técnicos

Elaboración de la Guía Nacional de Gestión de Plaguicidas de uso Sanitario Elaboración de material de capacitación, comunicación de riesgos y divulgación

Elaboración de instructivos y Guías de procedimientos para la auditoria de almacenes1

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productos: criterios de selección, compra, transporte y distribución, almacenamiento, utilización, control de eficiencia, registros, residuos y envases, conducta ante emergencias y criterios sobre químicos obsoletos. Los plaguicidas utilizados en control de vectores “entran” a las casas de los habitantes y constituyen de por sí un riesgo de exposición: directa, si no se respetan los tiempos de reingreso o indirecta a través de enseres o a partir de una eventual contaminación alimentaria. Los plaguicidas también son destinados al tratamiento de espacios físicos en los que hay fuentes naturales de agua, en donde representan un factor de riesgo de contaminación hídrica o para flora y fauna en esos u otros ecosistemas especialmente sensibles a la utilización de productos propios de un control de vectores. Finalmente, los plaguicidas son asimismo un riesgo laboral, para todas las personas implicadas en su transporte, almacenamiento, aplicación y disposición. Estos ejemplos de impacto tienen canales a través de los cuales se promueven mecanismos de reducción de riesgo. Uno de ellos es la profesionalización de los aplicadores. (Resolución 1141/04). Antecedentes Actividades piloto de capacitación fueron llevadas a cabo con personal propio de la Dirección de Promoción y Protección de la Salud en el NOA y en la ciudad de Buenos Aires (2004 / 2005). Asimismo se ha desarrollado un perfil de capacitación especifico para encargados de depósitos de plaguicidas y otro destinado a la formación de agentes vinculados al control químico de vectores que fueran elevados al Departamento de Capacitación del Ministerio de Salud para su incorporación a los planes institucionales y operativos de capacitación, con la consiguiente asignación de créditos para los agentes cursantes. Son objetivos principales de este componente el desarrollo de: 7.1- Definición de funciones 7.2- Capacitación de aplicadores 7.3- Acreditación y habilitación 7.4- Generación de un registro específico 7.5- Requisitos para aplicación al registro 7.1- Definición de funciones Son funciones de un aplicador profesional de plaguicidas de uso sanitario aquellas inherentes a las acciones de control químico de plagas que resulten de impacto sanitario, a través de la utilización de agentes químicos autorizados.

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7.2- Capacitación de aplicadores Dirigida específicamente a encargados de almacén y aplicadores, se reserva, para la Coordinación Nacional de Control de Vectores, todo aquello relacionado con la utilización de químicos y maquinas y mecanismos propios del rociado: uso, control y mantenimiento del equipo, así como la información relacionada con las enfermedades vectoriales que se pretende combatir, monitoreo de impacto, vigilancia de resistencia. Quedan a cargo de la Dirección de Promoción y Protección de la Salud los aspectos de la capacitación vinculados con la gestión de químicos y plaguicidas utilizados en acciones sanitarias: aspectos toxicológicos, ambientales, de protección laboral y de primeros auxilios. Mas allá de la elaboración de contenidos y la identificación de los mejores mecanismos para intercambiar y transferir información especifica, el objetivo de la actividad implica generar, en los agentes afectados a tareas de gestión integral de plaguicidas, motivación para aplicar a los cursos que se proponen y conciencia respecto de la importancia que dicha capacitación supone, tanto desde la pericia alcanzada como desde el rol que la misma tiene como instrumento para promover en la carrera administrativa. 7.3. – 7.4. Acreditación, habilitación y generación de un registro 7.5. - Deberán formularse los requisitos de mínima que debe cumplir una persona para poder aplicar a un curso de capacitación y ser acreditada como profesional. Las actividades propias del armado de un registro de aplicadores, criterios de autorización, condiciones de acreditación, etc. son temas de trabajo que se deberán encarar. La propuesta incluye la creación de un registro administrativo sito en la Dirección de Recursos Humanos en Salud, con requisitos a cumplir determinados por la Dirección de Promoción y Protección de la Salud.

8. Capacitación de Capacitadores

La identificación y capacitación de capacitadores es condición previa e indispensable para abrir el camino hacia la profesionalización de aplicadores de plaguicidas de uso sanitario no dependientes del Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación.

Objeto de trabajo: Adecuar la capacitación de trabajadores que apliquen plaguicidas de uso sanitario; trabajar en el diseño y desarrollo de un sistema de registro, acreditación de funciones, y habilitación de aplicadores profesionales; Definir las restricciones y los requerimientos mínimos para poder aplicar a un curso de capacitación.

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Esta población ejerce funciones en los programas de control de plagas de importancia sanitaria de las distintas provincias y municipios, así como en empresas privadas que se ocupan del control de plagas urbanas, poblaciones laborales que constituyen objeto de etapas de trabajo posteriores. La dispersión geográfica obliga a la identificación de unidades docentes que se acrediten como contrapartes en la instrumentación de programas de capacitación y fuentes de orientación para personal de las provincias y empresas interesadas. Asimismo a la generación de registros provinciales que habiliten el trabajo de personal capacitado toda vez que los requisitos previstos hayan sido cumplimentados.

Objeto de trabajo: Identificación y mapeo de unidades ejecutoras de capacitación de aplicadores de plaguicidas de uso sanitario. Generación de criterios de registro y habilitación jurisdiccionales. Auditorias.

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Anexo. Resolución 1141/04

Buenos Aires, 15 de Octubre de 2004

Visto el Exte. N° 2002- 10.253 /03-0 del Registro del Ministerio de Salud Y Ambiente y CONSIDERANDO : Que los plaguicidas, cualquiera sea el uso que se de a los mismos, forman parte de la problemática de salud siendo considerados “un problema” de Salud Publica. Que la utilización masiva de plaguicidas produce la contaminación de fuentes de agua superficiales y subterráneas y de alimentos, impactos sanitarios en población trabajadora expuesta y en la población general, desaparición de especies agricolamente benéficas, contaminación del suelo y alteración de sus propiedades, perdida de la biodiversidad, además de perdidas económicas en los distintos sectores con incidencia en los costos y economía en general. Que los casos de intoxicación y muerte de personas por exposición a plaguicidas constituyen una causa externa de morbimortalidad de relevancia en la literatura medica nacional e internacional. Que en los ecosistemas de alta labilidad edafológica, gran diversidad biológica, y potencial escénico, los plaguicidas constituyen una amenaza de resultados impredecibles a mediano y largo plazo. Que a pesar de los avances a nivel internacional realizados por las distintas Areas de Agricultura y Salud en el sentido de proponer acciones tendientes a disminuir los riesgos y mejorar sus capacidades de gestión (Programas D y E del Capitulo XIX de la Agenda 21, Reunión Cumbre de la Tierra, Río de Janeiro 1992) el problema de los plaguicidas sigue siendo de un peso importante para la salud humana y el ambiente. Que por lo tanto, dicha utilización resulta tolerable únicamente en el marco de un control integrado de plagas, en manos de un profesional, en el marco de un plan de gestión sustentable, en cumplimiento de normas sujetas a la dinámica propia de los avances científicos en la materia y siempre y cuando no puedan ser reemplazados por alternativas no químicas. Que en los países desarrollados la utilización de plaguicidas es practica restringida a aplicadores profesionales, convenientemente capacitados y protegidos, y corresponsables de los impactos sanitarios y ambientales que el uso de plaguicidas puede acarrear. Que en el mismo sentido se pronuncian las recomendaciones de la Organización Panamericana de la Salud y la Organización Mundial de la Salud, haciéndose especial hincapié en la población trabajadora dependiente de Programas Sanitarios de Control de Plagas para la Salud Humana. Que la utilización de productos químicos debe llevar aparejada una capacitación compatible con un perfil profesional, adecuadamente protegido y técnicamente formado para minimizar la exposición personal, limitar o impedir los efectos de la contaminación ambiental y resguardar la salud y la seguridad de la población laboral y general. Que deben ser maximizadas las acciones de protección para evitar un inadecuado transporte, comercialización, manipulación, uso y desecho de plaguicidas, que constituyen situaciones de alto riesgo para la población general y laboralmente expuesta. Que el sistema de Registro de productos plaguicidas del Ministerio de Salud y Ambiente autoriza la comercialización y uso de algunos plaguicidas exclusivamente para Aplicadores Profesionales.

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Que constituye un objetivo de este Ministerio propiciar la prohibición de la utilización de productos plaguicidas en acciones de control de vectores por parte de personal no capacitado sino únicamente por Aplicadores Profesionales de Plaguicidas de Control Sanitario de Plagas. Que al Ministerio de Salud y Ambiente le compete adoptar las medidas oportunas para proteger la salud de la población ante la detección de cualquier factor de riesgo para la misma. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por la “Ley de Ministerios-T.O.1991”, modificado por Ley Nº 25.233. Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD RESUELVE

Articulo 1°.-, Créase en el ámbito de la Secretaría de Programas Sanitarios, y en el marco del Plan Nacional de Gestión de Sustancias Químicas una COMISION TRANSITORIA ASESORA SOBRE LA GESTIÓN RACIONAL DE PLAGUICIDAS DE USO SANITARIO. Articulo 2ª.- Dicha Comisión elaborara un Plan Nacional de Gestión Racional de Plaguicidas para uso sanitario que tenga en cuenta los siguientes aspectos: a) Registro de Productos b) Compra y Distribución c) Almacenamiento d) Transporte e) Aplicación f) Disposición de restos y envases g) Monitoreo de efectividad h) Vigilancia de resistencia i) Control de Calidad j) Capacitación y Protección laboral k) Educación publica y Comunicación de Riesgos l) Intercambio de información m) Habilitaciones n) Registro de Plaguicidas Obsoletos o) Respuesta ante incidentes y emergencias Elaborara asimismo, una Guía Nacional para la Gestión de Plaguicidas de Uso Sanitario y la adaptación de sus contenidos al Manual de capacitación para el uso de plaguicidas en el Control Sanitario de Plagas así como definirá las características, tipo de capacitación, formas de habilitación y marco laboral de la figura del Aplicador Profesional de Plaguicidas para Control Sanitario de Plagas. La Comisión quedara comprendida en el marco de funcionamiento del Foro Permanente Asesor para la Gestión Ecológicamente Responsable de Sustancias Químicas y excluirá de sus competencias temas relacionados con medicamentos, alimentos y sustancias químicas de origen natural. Articulo 3ª.- Para el cumplimiento de las metas propuestas se fijara un lapso de 365 días. Articulo 4°.- Dicha Comisión estará presidida por la Dra. Sonia Blanco a cargo de la Dirección Nacional de Programas Sanitarios y Coordinada por el titular de la Dirección de Promoción y Protección de la Salud.

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Articulo 5°.- La Comisión estará conformada por profesionales representantes de las áreas con competencia en el tema dependientes de la Subsecretaria de Programas de Prevención y Promoción (Dirección Nacional de Programas Sanitarios a través de las Direcciones de Promoción y Protección de la Salud, la Dirección de Epidemiología y el Programa VIGI+A) , de la Subsecretaría de Políticas, Regulación y Fiscalización (a través de la Dirección Nacional de Regulación y Fiscalización ) y del INAL/ANMAT. Articulo 6ª.- El Presidente de la Comisión queda autorizado para convocar a niveles técnicos de otras áreas de gobierno, así como organizaciones científicas que puedan tener intervención apropiada en las tareas que se acuerden. Articulo 7°.- Los integrantes de la Comisión, sus asesores y los representantes de las instituciones invitadas, desempeñaran sus tareas en forma honoraria y, en el caso de tratarse de funcionarios que dependan de esta Jurisdicción Ministerial, actuaran sin perjuicio de las tareas propias de sus respectivos cargos y no implica el desempeño de funciones superiores. Articulo 8ª.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial. Cumplido archívese RESOLUCION N° 1141 Buenos Aires, 15 de Octubre de 2004.

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2006

Programa Nacional de Riesgos Químicos

Departamento de Salud Ambiental

Dirección de Promoción y Protección de la Salud