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PLAN NACIONAL DE GARANTÍAS ELECTORALES 2019 “POR UNAS ELECCIONES LEGALES, SEGURAS Y TRANSPARENTES” ELECCIONES ORDINARIAS DEL 27 DE OCTUBRE DE 2019

DE AUTORIDADES Y CORPORACIONES PÚBLICAS TERRITORIALES Y LOCALES DE ELECCIÓN POPULAR (GOBERNADORES, ALCALDES, MIEMBROS DE ASAMBLEAS DEPARTAMENTALES,

CONCEJOS DISTRITALES, MUNICIPALES Y/O JUNTAS ADMINISTRADORAS LOCALES)

En desarrollo de la función encabezada por el Ministerio del Interior de “Coordinar con las

demás autoridades competentes el diseño e implementación de herramientas y

mecanismos eficientes en materia electoral que busquen garantizar el normal desarrollo

de los procesos electorales”1, la Comisión Nacional para la Coordinación y Seguimiento de

los Procesos Electorales creada mediante el Decreto 2821 de 2013, en adelante Comisión

Nacional, presenta el Plan Nacional de Garantías Electorales para los comicios del 27 de

octubre de 2019 para elegir Autoridades y Corporaciones Públicas Territoriales de Elección

Popular: Gobernadores, Alcaldes, Miembros de Asambleas Departamentales, Concejos

Distritales y Municipales y/o Juntas Administradoras Locales. En las elecciones ordinarias

de autoridades y corporaciones públicas territoriales y locales 2019, se elegirán 32

Gobernadores, 418 Diputados, 1.101 Alcaldes, aproximadamente 12.061 Concejales y

4.958 miembros de Juntas Administradoras Locales.

La construcción del Plan Nacional de Garantías Electorales “POR UNAS ELECCIONES

LEGALES, SEGURAS Y TRANSPARENTES” se hizo a partir de reuniones bilaterales

adelantadas entre el Ministerio del Interior y las entidades integrantes e invitadas a la

Comisión Nacional. De igual forma fueron incluidas las propuestas que las entidades

presentaron en desarrollo de las jornadas de trabajo que se realizaron en el marco de las

cinco Subcomisiones electorales establecidas en el Decreto 2821 de 2013. Así mismo, el

Plan recibió los insumos de las Comisiones Departamentales y Distritales, priorizadas, para

la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales. En suma, se trata de un Plan

ampliamente reflexionado, concertado y construido democráticamente.

1 Artículo 2, numeral 15 del Decreto 2893 de 2011. “Coordinar con las demás autoridades competentes el diseño e implementación de herramientas y

mecanismos eficientes en materia electoral que busquen garantizar el normal desarrollo de los procesos electorales”.

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Con el Plan Nacional de Garantías Electorales la institucionalidad del país se compromete

a fomentar y a garantizar la participación electoral de los colombianos, la legalidad y la

transparencia como sustento básico de la construcción del poder político en los

departamentos y municipios, así como la seguridad en el territorio nacional. En ese orden,

la Comisión Nacional hace un llamado para que las autoridades territoriales convoquen a

las Comisiones departamentales y municipales, y pongan en marcha las acciones que les

competan y que se encuentran incluidas en este Plan y en la normatividad electoral vigente.

El Plan Nacional atiende las consideraciones descritas en el Sistema Integral de Seguridad

para el Ejercicio de la Política, estipuladas en el Decreto Ley 895 del 29 de mayo de 2017.

En el marco de este Plan, en materia de riesgos, también se contemplará el relacionado a

la seguridad digital conforme a la Política Nacional de Seguridad Digital (CONPES 3854 de

2016), de manera transversal a cada uno de los objetivos identificados.

Para estos efectos, Presidencia de la República, Ministerio del Interior, Ministerio de

Defensa Nacional, Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,

Fuerzas Militares, Policía Nacional, Fiscalía General de la Nación, Registraduría Nacional del

Estado Civil, Consejo Nacional Electoral, Procuraduría General de la Nación y Dirección

Nacional de Inteligencia, serán las instituciones responsables de disponer de sus

capacidades especializadas en materia cibernética para trabajar de manera articulada, con

el propósito de prevenir la materialización de posibles riesgos y mitigar sus posibles

impactos.

1. COMISIONES NACIONALES, DEPARTAMENTALES, DISTRITALES Y MUNICIPALES

PARA LA COORDINACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LOS PROCESOS ELECTORALES

Como complemento a la labor que desarrollan la Registraduría Nacional del Estado Civil y

el Consejo Nacional Electoral, la Comisión Nacional propone implementar, como estrategia

de Estado, las acciones que se encuentran en este Plan, con el fin de garantizar las

condiciones para el desarrollo de un proceso electoral legal, seguro y transparente, en el

que se pueda expresar la voluntad de la ciudadanía al derecho a la participación, y del

derecho a elegir y ser elegido. Las sesiones de la Comisión Nacional, se realizarán

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periódicamente y su convocatoria estará en cabeza de la Ministra del Interior, quien la

presidirá, conforme al artículo 2 del Decreto 2821 de 2013.

Para garantizar la coordinación interinstitucional y la colaboración armónica entre los

distintos niveles territoriales, se activarán las Comisiones para la Coordinación y

Seguimiento de los Procesos Electorales en los ámbitos nacional, departamental, distrital y

municipal, creadas en este Decreto.

El Ministerio del Interior por intermedio de la Comisión Nacional, prestará los apoyos que

requieran las autoridades electorales e impartirá instrucciones a los gobernadores

departamentales y a los alcaldes distritales y municipales, para que colaboren con la

organización electoral en la consecución de sitios de votación que reúnan las condiciones

de amplitud, acceso y seguridad necesarios para el ejercicio del sufragio. De igual manera,

el Ministerio del Interior acompañará a las Comisiones Departamentales para la

Coordinación y el Seguimiento Electoral.

El propósito fundamental de la Comisión Nacional, en el marco del proceso electoral, es

avanzar en el diseño y la definición de una estrategia que tenga en cuenta la problemática

de cada región, con el fin de que se adelanten las acciones preventivas contra los

principales riesgos que podrían presentarse para las elecciones de 2019.

En el orden nacional la Comisión está conformada por:

La Ministra del Interior, quien la presidirá o uno de sus Viceministros

➢ El Ministro de Relaciones Exteriores o uno de sus Viceministros

➢ El Ministro de Hacienda y Crédito Público o uno de sus Viceministros

➢ El Ministro de Defensa Nacional o uno de sus Viceministros

➢ El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones o uno de sus

Viceministros

➢ El Secretario de Transparencia de la Presidencia de la República o su delegado

➢ El Comandante General de las Fuerzas Militares o su delegado

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➢ El Director General de la Policía Nacional o su delegado

➢ El Director de la Unidad Nacional de Protección o su delegado

➢ El Director de la Unidad de Información y Análisis Financiero – UIAF o su

delegado

➢ El Superintendente Financiero o su delegado

➢ El Director de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y de

Aduanas Nacionales – DIAN o su delegado

➢ El Director de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia o su

delegado

➢ El Director de la Autoridad Nacional de Televisión o su delegado.

Actuará como Secretario Técnico de la Comisión, el/la Director/a para la Democracia, la

Participación Ciudadana y la Acción Comunal del Ministerio del Interior.

Serán invitados permanentes:

➢ El Fiscal General de la Nación o su delegado

➢ El Presidente del Consejo Superior de la Judicatura o su delegado.

➢ El Procurador General de la Nación o su delegado

➢ El Contralor General de la República o su delegado

➢ El Defensor del Pueblo, o su delegado.

➢ El Presidente del Consejo Nacional Electoral o su delegado

➢ El Registrador Nacional del Estado Civil o su delegado.

En el orden departamental estará integrada así:

➢ El Gobernador del departamento, quien la presidirá

➢ El Comandante de Policía del departamento

➢ El Comandante de las Fuerzas Militares en la respectiva Jurisdicción de

departamento

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El Secretario de Gobierno Departamental, será el Secretario Técnico de la respectiva

Comisión.

Serán invitados permanentes:

El director seccional de Fiscalías

El Director del cuerpo técnico de la Fiscalía seccional de la Nación

El Presidente del Tribunal Superior del Distrito Judicial

El Procurador Regional

El Contralor Departamental

El Presidente de la Colegiatura del Contralor General de la República en el

departamento

El Defensor Regional del Pueblo

Los Delegados del Registrador Nacional en el orden Departamental

En el orden distrital estará integrada así:

➢ El Alcalde Distrital, quien la presidirá

➢ El Comandante de Policía de la respectiva jurisdicción o su delegado

➢ El Comandante de las Fuerzas Militares de la respectiva jurisdicción militar o

su delegado.

Serán invitados permanentes:

➢ El Procurador Distrital El Personero Distrital

➢ El Contralor Distrital

➢ El Director Seccional de Fiscalías

➢ El Director del Cuerpo Técnico de Investigación – CTI de la Fiscalía General de

la Nación

➢ El Presidente del Tribunal Superior del Distrito Judicial

➢ El Registrador Distrital

Actuará como Secretario Técnico el Secretario de Gobierno Distrital.

En el orden municipal estará integrada por:

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El Alcalde del municipio, quien la presidirá

El Comandante de Policía del municipio

El funcionario de la Fiscalía General de la Nación de mayor jerarquía en el

respectivo municipio

El Personero Municipal

El Contralor Municipal cuando su asiento principal esté domiciliado en el

respectivo municipio

El Defensor Regional del Pueblo cuando su asiento principal esté domiciliado

en el respectivo municipio

El Registrador Municipal

El Secretario de Gobierno Municipal, será el Secretario Técnico de la respectiva Comisión.

Las Comisiones en sus diferentes niveles invitarán a los voceros de los partidos y

movimientos políticos con personería jurídica vigente, de los movimientos sociales y grupos

significativos de ciudadanos que postulen candidatos, promotores del voto en blanco o a

quienes promuevan algún mecanismo de participación ciudadana según sea el caso, para

que participen en la Comisión y formulen sus inquietudes en relación con el proceso

electoral y así garantizar el normal desarrollo de los comicios.

A su vez, se invitará al Director Ejecutivo de la Federación Colombiana de Departamentos,

a la Federación Colombiana de Municipios y a la Misión de Observación Electoral – MOE,

con el fin de plantear y desarrollar alternativas en materia electoral, sin perjuicio de que

las comisiones atiendan las peticiones y consultas que de acuerdo con la Ley se les

formulen.

Enlaces electorales departamentales

El Ministerio del Interior designará funcionarios del más alto nivel para que ejerzan las

funciones de “Enlaces Electorales”, con el objetivo de acompañar y brindar apoyo a las

autoridades departamentales, cuya misión girará en torno a dos grandes propósitos:

1. Acompañar y participar en la Comisión Departamental para la Coordinación y

Seguimiento a los Procesos Electorales presidido por el señor Gobernador con la

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presencia de las entidades electorales, organismos de control y Fuerza Pública, para

socializar la importancia de ejercer el derecho al voto y el impacto que genera sobre

la sociedad la legitimación del sistema democrático y las instituciones que la

soportan.

2. Realizar pedagogía electoral, con el fin de concientizar a todas las fuerzas vivas de

la región y a la ciudadanía en general, sobre los incentivos electorales contemplados

en las Leyes 403 de 1997 y 815 de 2003, los delitos electorales establecidos en la

Ley 599 de 2000 modificada por la Ley 1864 de 2017, la reforma política Acto

Legislativo 01 de 2009 y la Ley Estatutaria 1475 de 2011, etc. Para tal efecto, los

Enlaces Electorales del Ministerio del Interior, contarán con la capacitación

impartida por el Ministerio del Interior y la Registraduría Nacional del Estado Civil.

1.1. Subcomisiones de la Comisión Nacional

De conformidad con el artículo 11 del Decreto 2821 de 2013, entre septiembre de 2018 y

octubre de 2019 se reactivarán las cinco (5) Subcomisiones Nacionales. En desarrollo de las

reuniones de cada subcomisión, se hará seguimiento a las acciones establecidas en el Plan

Nacional de Garantías Electorales 2019, se adoptarán las acciones que mitiguen el riesgo

electoral, se identificarán quiénes y de qué manera pueden incidir en el proceso electoral,

mediante un constante intercambio de información entre los delegados de las entidades

integrantes e invitadas.

Las subcomisiones están integradas por los miembros e invitados de la Comisión Nacional

y de ser necesario, se podrán invitar las instituciones que se consideren pertinentes. Entre

las diferentes entidades que asisten a las subcomisiones se acordarán las acciones a

desarrollar por cada una de ellas y la periodicidad de las reuniones conforme el desarrollo

del proceso electoral. En cada reunión de las subcomisiones se hará un seguimiento a los

compromisos establecidos, y se rendirán informes a la Comisión Nacional.

Las cinco (5) subcomisiones son:

1. Subcomisión de Indebida Participación en Política.

2. Subcomisión de Financiación de Campañas.

3. Subcomisión de Riesgos del Proceso Electoral.

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4. Subcomisión de Orden Público.

5. Subcomisión de Protección.

La secretaría técnica de las subcomisiones será ejercida por la Coordinadora del Grupo

Asuntos Electorales de la Dirección para la Democracia la Participación Ciudadana y la

Acción Comunal del Ministerio del Interior.

a. Subcomisión No. 1. Indebida Participación en Política

Está integrada por la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la

República, la Defensoría del Pueblo, la Registraduría Nacional del Estado Civil, la Secretaría

de Transparencia de la Presidencia de la República, el Ministerio de Defensa Nacional,

Comando General, la Policía Nacional de Colombia, la Fiscalía General de la Nación, el

Ministerio del Interior, el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social y la

Misión de Observación, Voceros de veedurías ciudadanas registrados ante el CNE.

Objetivos de la Subcomisión:

● Sugerir acciones preventivas sobre indebida participación en política por parte de

los servidores públicos y particulares que ejercen funciones públicas transitorias.

● Formular y coordinar acciones dirigidas a prevenir que los recursos públicos sean

utilizados con fines electorales.

● Promover el control social respecto a la indebida participación en política de

servidores públicos y particulares que ejercen funciones públicas transitorias.

Acciones:

o Recomendar a las entidades integrantes de la subcomisión la emisión de

actos administrativos, comunicaciones oficiales y divulgar material

pedagógico como función preventiva.

o Promover una estrategia de comunicación interna en las entidades públicas

exponiendo las limitaciones de los servidores públicos en época electoral.

Debe incluir las circulares de advertencia del Ministerio Público y las

recomendaciones de la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la

República y ser difundida a través del canal institucional. Los mensajes

deben contener lenguaje incluyente y accesible.

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o Crear mesa de trabajo interinstitucional de comunicaciones con

representantes de las entidades de la Comisión Nacional para definir la

estrategia, el mensaje y las piezas para la prevención de posibles riesgos. En

sitios de difícil acceso a medios de comunicación comerciales, la estrategia

se apoyará en medios de comunicación públicos, comunitarios y/o

universitarios que permitan cobertura en territorios rurales y/o apartados.

o Facilitar canales de comunicación directa entre la Misión de Observación

Electoral y las entidades públicas responsables de atender y dar trámite a

las quejas ciudadanas.

o Identificar y realizar el seguimiento por parte de los organismos de control

competentes a las entidades y a los programas de los gobiernos (en cada

ámbito) susceptibles de ser aprovechados con fines electorales. En el caso

de la Contraloría General de la República este control será posterior y

selectivo.

o Recomendar la expedición de una circular dirigida a las entidades

territoriales, referente al buen manejo de los programas de gobierno que

corresponden a la entidad territorial, por parte de todas las entidades

públicas de acuerdo a sus competencias misionales.

o Recomendar la expedición y difusión de circulares de la Procuraduría

General de la Nación y la Fiscalía General de la Nación frente a la

normatividad de indebida participación en política, y socializar el respectivo

instructivo a través de los servidores públicos del orden nacional,

departamental, municipal y local.

o Incluir en las capacitaciones un módulo específico para los jurados de

votación, testigos electorales y los miembros de las comisiones

escrutadoras, por su ejercicio de funciones públicas transitorias.

o Capacitar a las agrupaciones políticas y veedurías ciudadanas para el buen

ejercicio del control social en la vigilancia de los recursos públicos en época

electoral, en cabeza del Ministerio del Interior o de la entidad competente

de acuerdo a la temática.

o Entre la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República y la

Procuraduría General de la Nación se elaborará una comunicación dirigida a

las Personerías con el fin de informar sobre los riesgos y sanciones por la

indebida participación en política, para que esta sea replicada en territorio.

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o Realizar mesas de trabajo encabezadas por la Procuraduría General de la

Nación con personeros municipales, distritales y locales con el fin de

instruirlos sobre las actividades para el control electoral.

o Elaborar un cronograma de capacitaciones para los alcaldes, gobernadores,

así como para los miembros que hagan parte de las comisiones de

seguimiento electoral departamentales, distritales y municipales, y las

demás instancias que integran el Sistema Integral de Seguridad para el

Ejercicio de la Política, con el fin de que estos servidores públicos conozcan

las conductas que son consideradas de “indebida participación en política”.

Estas capacitaciones serán responsabilidad de la Secretaría de

Transparencia de la Presidencia, la Procuraduría General de la Nación,

Ministerio del Interior y la Misión de Observación Electoral.

o El Ministerio Público con apoyo del Ministerio del Interior creará una

estrategia de comunicación en la que se expliquen las acciones prohibidas y

los sujetos con restricciones, y realizará acciones preventivas en territorios

que sean identificados con posibles riesgos de indebida participación en

política.

o Socializar la nueva plataforma URIEL con la ruta para la denuncia electoral.

Divulgar la cartilla de delitos e irregularidades que afectan la transparencia

electoral URIEL (edición 2017) con las modificaciones y adiciones realizadas

al Código Penal vigente, por medio físico a través de una circular emitida por

el Ministerio del Interior y por medio digital a través de correos electrónicos

a las alcaldías y gobernaciones.

o Sugerir la expedición de una circular del Ministerio Público frente a la Ley de

Garantías e instructivo de visitas, y programación que realizará el Ministerio

Público.

o La Procuraduría General de la Nación suministrará datos estadísticos sobre

las quejas recibidas a través de la URIEL en el marco del proceso electoral.

b. Subcomisión No. 2. Financiación de Campañas.

Está integrada por el Ministerio del Interior, la Procuraduría General de la Nación, la

Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República, la Superintendencia

Financiera de Colombia, la Dirección de Impuestos y de Aduanas Nacionales, la Unidad de

Información y Análisis Financiero- UIAF, el Ministerio de Defensa Nacional, la Policía

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Nacional, la Fiscalía General de la Nación, la Registraduría Nacional del Estado Civil, el

Consejo Nacional Electoral, la Contraloría General de la República, Ministerio de Hacienda

y Crédito Público, la Junta Central de Contadores y la Misión de Observación Electoral.

Objetivos de la Subcomisión:

● Sugerir acciones conjuntas para prevenir la utilización de recursos públicos con

fines electorales, y/o la financiación prohibida de campañas, tanto de partidos

y movimientos políticos, grupos significativos de ciudadanos, movimientos

sociales y comités promotores del voto en blanco.

● Coordinar acciones para fortalecer los controles y los reportes, las fuentes de

financiación y los gastos de las campañas electorales.

● Hacer seguimiento para que las disposiciones legales vigentes relacionadas con

financiación de campañas, se cumplan.

● Promover el control social a la financiación de las campañas electorales.

Acciones:

o Proponer al Consejo Nacional Electoral que expida un acto administrativo que

permita vigilar los ingresos y los gastos de los precandidatos que van a consultas

internas de partidos y consultas interpartidistas.

o Sugerir al Consejo Nacional Electoral que solicite a las campañas políticas

(candidatos y colectividad política) el registro de los ingresos y los gastos en los

libros contables a más tardar 8 días después de su realización.

o Recomendar al Consejo Nacional Electoral que contraste la información reportada

en la herramienta Cuentas Claras por parte de las campañas políticas con la

información contenida en los libros contables.

o Solicitar al Consejo Nacional Electoral que optimice el acceso de la ciudadanía a los

reportes del aplicativo Cuentas Claras o de la herramienta que haga sus veces, con

el fin de garantizar el acceso a la información sobre los ingresos y gastos de

campañas reportados ante la entidad.

o Proponer al Consejo Nacional Electoral que solicite rendición de cuentas a los

grupos significativos de ciudadanos y establecerá parámetros claros para su

financiación, desde la recolección de firmas hasta el periodo de campaña electoral.

o Sugerir al Consejo Nacional Electoral que establezca un procedimiento de selección

que garantice la idoneidad de los miembros de los Tribunales Seccionales de

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Garantías Electorales, con el fin de que estos actúen con independencia,

transparencia e imparcialidad.

o Proponer al Consejo Nacional Electoral que presente oportunamente ante el

Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la solicitud de asignación de recursos para

la conformación de los Tribunales Seccionales de Garantías y Vigilancia Electoral.

o Recomendar al Consejo Nacional Electoral que presente de manera oportuna, la

solicitud de asignación de recursos al Ministerio de Hacienda, para la entrega de los

anticipos de campaña a los partidos y movimientos políticos, grupos significativos

de ciudadanos, movimientos sociales y comités promotores del voto en blanco.

o Solicitar al Consejo Nacional Electoral la creación oportuna de los 32 Tribunales

Seccionales de Garantías y Vigilancia Electoral en los departamentos para velar por

el cumplimiento de las normas establecidas para las agrupaciones políticas, en

especial, con su deber de realizar el registro contable en los libros de ingresos y

gastos de campaña en tiempo razonable, verificación de todos los datos que

reporten las campañas políticas, candidatos, gerentes, contadores y agrupaciones

políticas a la Organización Electoral.

o Recomendar al Consejo Nacional Electoral que realice capacitaciones a los

miembros de los Tribunales Seccionales de Garantías y Vigilancia Electoral,

candidatos, gerentes, tesoreros y auditores de campañas, partidos, movimientos

políticos, grupos significativos de ciudadanos, movimientos sociales y promotores

del voto en blanco, en asuntos relacionados con la financiación de campañas y con

el aplicativo cuentas claras.

o La DIAN emitirá un documento escrito para ser distribuido a los Tribunales

Seccionales de Garantías y Vigilancia Electoral, candidatos, gerentes, tesoreros y

auditores de campañas, partidos y movimientos políticos, grupos significativos de

ciudadanos, movimientos sociales y promotores del voto en blanco, donde se les

informe aspectos tributarios tales como: requisitos de los documentos soportes de

gastos de campaña (facturas, documentos equivalentes), tratamiento fiscal de las

donaciones a partidos políticos, obligaciones formales de los partidos políticos,

entre otros.

o Solicitar información al Consejo Nacional Electoral, sobre acciones adelantadas por

los Tribunales Seccionales de Garantías y Vigilancia Electoral en el marco de sus

responsabilidades legales.

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o Promover en la ciudadanía la calidad de la denuncia a través de la herramienta

URIEL y del sistema PILAS CON EL VOTO sobre posibles casos de financiación

prohibida de campañas, partidos, movimientos políticos y grupos significativos de

ciudadanos.

o Realizar jornadas de pedagogía a los partidos, movimientos políticos y a las

autoridades electorales para el cumplimiento de la Ley 1712 de 2014 de

transparencia y del derecho de acceso a la información pública nacional. Esta acción

la adelantará la Secretaría de Transparencia en coordinación con el Ministerio del

Interior y el apoyo de la Procuraduría General de la Nación y la Registraduría

Nacional del Estado Civil.

o Realizar acciones pedagógicas por parte del Ministerio del Interior y la MOE para

formar a los alcaldes y funcionarios de las alcaldías en temas relacionados con la

Ley 140 de 1994 sobre el número permitido de publicidad y publicidad

extemporánea.

o Sugerir al Consejo Nacional Electoral, se divulgue la normatividad aplicable a la

financiación de las campañas electorales, a través de las páginas web institucionales

y medios masivos de comunicación.

o Socializar circulares sobre la apertura de cuenta única para el manejo exclusivo de

los recursos destinados a la financiación de las campañas políticas y la emisión de

las pólizas de seriedad y cumplimiento para los grupos significativos de ciudadanos.

Acción a cargo de la Superintendencia Financiera, apoyada por el Ministerio del

Interior.

o Realizar reuniones presididas por el Consejo Nacional Electoral con la participación

de la Registraduría Nacional del Civil, Ministerio del Interior y la Superintendencia

Financiera, con los partidos, movimientos políticos, movimientos sociales, grupos

significativos de ciudadanos y comités promotores del voto en blanco, para revisar

el tema de la financiación de campañas, apertura de cuenta única y resolver

inquietudes al respecto. De igual manera sería procedente hacer sugerencias y

recomendaciones pertinentes, con el fin de implementar las acciones

correspondientes. Socializar e implementar las medidas, en el cumplimiento de

dicho mandato legal.

o Proponer al Consejo Nacional Electoral, efectuar reuniones con la UIAF, con el

objeto de compartir información sobre el origen y manejo de los recursos

destinados a la financiación de las campañas políticas.

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o Recomendar al Consejo Nacional Electoral, que implemente programas de auditoría

y demás herramientas necesarias, para obtener la información que se requiera, las

cuales se pondrán en práctica, mediante visitas a las sedes de las campañas

políticas. Igualmente celebrar convenios con ONG´s, universidades públicas o

privadas para desarrollar tareas de apoyo y observación, destinadas a contribuir en

la labor de vigilancia del Consejo Nacional Electoral.

o La Junta Central de Contadores verificará que quienes firmen Estados Financieros,

o certifiquen hechos económicos sucedidos durante las campañas electorales

deben tener registro como Contador vigente, y además no deben estar

inhabilitados para ejercer la profesión de acuerdo con la Ley 43 de 1993, en sus

artículos Nos. 47 al 49 o suspendidos profesionalmente.

o El Ministerio de Hacienda y Crédito Público adoptará las medidas necesarias para

garantizar el desembolso oportuno de los recursos solicitados por la organización

electoral para el certamen democrático, de acuerdo con los procedimientos y

normativa vigente.

c. Subcomisión No. 3 Riesgos del Proceso Electoral

Está integrada por el Ministerio del Interior, Procuraduría General de la Nación, la

Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República, la Unidad de Información y

Análisis Financiero, Agencia de Renovación del Territorio -ART, el Ministerio de Defensa

Nacional, Comando General de las Fuerzas Militares, la Policía Nacional, la Consejería

Presidencial para los Derechos Humanos, la Fiscalía General de la Nación, la Contraloría

General de la República, la Defensoría del Pueblo, el Consejo Nacional Electoral, la

Registraduría Nacional del Estado Civil, la Misión de Observación Electoral, Unidad Nacional

para la Gestión de Riesgo de Desastres- UNGRD, Ministerio de Transporte, Fundación para

la Libertad de Prensa en Colombia- FLIP y Ministerio de Tecnologías de la Información y

Comunicaciones.

Objetivos de la Subcomisión:

Sugerir acciones preventivas para reducir las conductas que puedan constituirse en

delitos electorales o que puedan implicar riesgos al proceso.

Formular y coordinar acciones que faciliten la sanción de los delitos electorales.

Prevenir situaciones que puedan amenazar el normal desarrollo del proceso

electoral.

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Acciones:

o Promover la transparencia en la selección y otorgamiento de avales de

candidatas/os a través de reuniones del Ministerio del Interior con las agrupaciones

políticas como preámbulo a las consultas realizadas a través de la Ventanilla Única

Electoral Permanente.

o Verificar los antecedentes disciplinarios, fiscales, penales y pérdidas de investidura

de los ciudadanos que deseen obtener un aval para participar en la contienda

electoral que son consultados por los partidos, movimientos políticos y grupos

significativos de ciudadanos a través de la Ventanilla Única Electoral Permanente

del Ministerio del Interior.

o Mantener actualizado el reporte de las denuncias y/o quejas que se presenten ante

la Unidad de Recepción Inmediata para la Transparencia Electoral – URIEL, por parte

del Ministerio del Interior.

o Presentar informe final de resultados o del estado de las quejas y/o denuncias URIEL

por parte de cada entidad de acuerdo a su competencia, al término del proceso

electoral.

o La Misión de Observación Electoral socializará los mapas de riesgo electoral en el

marco de las sesiones de las subcomisiones y la Comisión Nacional.

o Presentar informes con mapas de riesgo y alertas tempranas por parte de la

Defensoría del Pueblo y hacer las recomendaciones pertinentes a adoptar por cada

entidad competente.

o La Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres-UNGRD presentará

informes de alertas sobre fenómenos naturales con base en los reportes del IDEAM

y las recomendaciones pertinentes a adoptar por cada entidad del SNGRD a la

Comisión Nacional.

o Realizar vigilancia, control e intervención por parte del Ministerio Público a la

organización electoral en las etapas preelectoral, electoral y postelectoral.

o La Registraduría Nacional del Estado Civil deberá presentar con la debida antelación

la solicitud de asignación de recursos al Ministerio de Hacienda y Crédito Público

para la organización y logística del proceso electoral. El Ministerio del Interior

expedirá una circular dirigida a las autoridades territoriales, en la cual les solicitará

la apropiación de presupuesto para los gastos del proceso electoral.

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o Elaborar un protocolo conjunto entre la Fuerza Pública y la Registraduría para el acompañamiento a los delegados de la Registraduría encargados del material electoral.

o Elaborar un protocolo para el acompañamiento y la custodia de pliegos por parte

de las Fuerza Pública y la Registraduría Nacional del Estado Civil.

o El Ministerio del Interior junto con la Misión de Observación Electoral trabajarán en

el fortalecimiento de la URIEL, mediante el intercambio de conocimientos asociados

a la gestión de la información.

o La Alta Consejería Presidencial para los Derechos Humanos y el Ministerio del

Interior construirán una estrategia pedagógica sobre el derecho a votar, ser elegido

y de respeto a la diferencia.

o Brindar una capacitación interinstitucional a los miembros de la Policía y las Fuerzas

Militares a nivel nacional, departamental, distrital y municipal; fiscales destacados

para delitos electorales y Policía Judicial en aspectos básicos del proceso electoral y

la herramienta URIEL. La capacitación estará a cargo de la Organización Electoral,

Ministerio del Interior y Procuraduría General de la Nación, de acuerdo a sus

competencias.

o Expedir circulares por parte de las entidades correspondientes, con el fin de que los

funcionarios que tienen tareas electorales expongan si tienen algún conflicto de

interés y manifiesten su impedimento de cumplir sus funciones.

o Promover en la ciudadanía la calidad de la denuncia a través de la herramienta

URIEL y del sistema PILAS CON EL VOTO sobre posibles irregularidades que atenten

contra el certamen democrático en los territorios a través de la articulación entre

el Ministerio del Interior, la organización electoral, los organismos de control, la

fuerza pública y la MOE.

o Designar enlaces electorales para acompañar las Comisiones de Seguimiento

Electoral de los departamentos, por parte del Ministerio del Interior, con el fin de

conocer en tiempo real las dificultades en relación con el desarrollo de la jornada

electoral e impulsar la articulación institucional. De igual manera, socializarán la

herramienta URIEL en el marco de las comisiones que acompañen.

o Presentar un informe sobre los delitos electorales o conexos más concurrentes en

pasadas elecciones por parte de la Fiscalía General de la Nación.

o Brindar todas las garantías electorales a las personas con discapacidad para que

ejerzan su derecho al sufragio, por parte de la Organización Electoral.

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o Continuar con las reuniones de la mesa de trabajo entre el Consejo Nacional de

Discapacidad, Ministerio del Interior, Procuraduría, Defensoría, Instituto Nacional

para Sordos – INSOR e Instituto Nacional para Ciegos – INCI, para escuchar las

sugerencias que permitan mejorar la accesibilidad en el contexto electoral y los

derechos electorales de las personas con discapacidad.

o Brindar todas las garantías electorales a los adultos mayores para que ejerzan su

derecho al sufragio La Registraduría Nacional del Estado Civil, la Procuraduría

General de la Nación y el Ministerio del Interior.

o El Consejo Nacional Electoral remitirá la invitación de los Observadores

Internacionales al Ministerio de Relaciones Exteriores, para su presentación formal

ante la Organización Internacional correspondiente.

o Propiciar las condiciones para el ejercicio de los observadores internacionales, de

acuerdo con las solicitudes realizadas previa y oportunamente, con el fin de

establecer aspectos logísticos. Acción a cargo del Ministerio del Interior y la

organización electoral.

o Durante la jornada electoral se activará un PMU en el marco del programa de

Seguridad de Carreteras Nacionales liderado por el Ministerio de Transporte, con el

fin de realizar el seguimiento en tiempo real e identificar cualquier imprevisto que

pueda limitar la movilidad terrestre. Lo anterior, en apoyo con la sala de crisis de la

Unidad Nacional para la Gestión de Riesgo de Desastres instalada para ese día.

o La Registraduría Nacional del Estado Civil generará un plan de difusión oportuno y con alcance territorial con la información de las fechas establecidas en el calendario electoral.

o La Registraduría en coordinación con Migración Colombia harán vigilancia especial a los Registradores que se encuentran en las zonas y los municipios de frontera.

o Realizar un monitoreo permanente de la inscripción de cédulas por parte de la Registraduría Nacional del Estado Civil y la Misión de Observación Electoral que permita generar alertas a las entidades competentes (Fiscalía General de la Nación, Consejo Nacional Electoral y Ministerio Público) frente a los comportamientos atípicos que se evidencien en este procedimiento.

o Se recomienda adoptar una acción en relación al acceso de puestos de votación para todos los ciudadanos colombianos. Lo anterior en razón a la necesidad urgente de mejorar el cubrimiento en 360 municipios que se caracterizan por dificultades para ejercer el derecho al voto en sus zonas rurales. Debe recordarse que con este fin fue creado el “Comité técnico de acceso a puestos de votación” en el Congreso de la República, dentro del cual se encuentra la Registraduría Nacional del Estado

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Civil, la Policía Nacional, la Misión de Observación Electoral, entre otras entidades y organizaciones que actualmente hacen parte además de la Comisión Nacional de Garantías para la Transparencia Electoral.

o Articular mesas de trabajo permanentes en el marco de la ciberseguridad lideradas por el Ministerio del Interior y en colaboración con las siguientes entidades: Consejería de Seguridad Nacional de la Presidencia de la República, Consejería Transformación Digital de la Presidencia de la República, Gerencia de Informática de la Registraduría Nacional del Estado Civil, Centro Cibernético Policial de la PONAL, para mitigar el riesgo de la infraestructura critica cibernética.

o El Ministerio de TIC constituirá una mesa de control de comunicaciones conformada por la Registraduría Nacional del Estado Civil, proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones involucrados y la fuerza pública, entre otros, con el objeto de procurar la calidad, oportunidad, seguridad y disponibilidad de las telecomunicaciones para la transmisión de datos electorales con los planes de contingencia y demás mecanismos de actuación y respaldo para tal fin.

o En cabeza de la Registraduría Nacional del Estado Civil con la participación la Policía Nacional, la Misión de Observación Electoral y otras entidades y organizaciones que conforman la Comisión Nacional, se mantendrá activo el “Comité técnico de acceso a puestos de votación” con el fin de mejorar el cubrimiento en 360 municipios que se caracterizan por dificultades para ejercer el derecho al voto en sus zonas rurales.

Riesgos por irregularidades a través de registradores, jurados, testigos y otros actores del

proceso electoral

Acciones:

o La Registraduría Nacional del Estado Civil propiciará el traslado de delegados

departamentales del Registrador Nacional, registradores departamentales,

distritales y municipales para prevenir irregularidades

o El Ministerio del Interior expedirá una circular sobre la conformación y las funciones

las Mesas de Justicia. Información que será socializada con las entidades.

o El Ministerio Público socializará en las comisiones departamentales, distritales y

municipales las funciones de las Mesas de Justicia para conocimiento por parte de

los actores implicados en el proceso electoral.

o Emitir una circular desde el Ministerio del Interior dirigida a los gobernadores y

alcaldes del país, con el fin de solicitar se inviten a las Comisiones Departamentales,

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Distritales y Municipales de Seguimiento Electoral a todos los actores del proceso y

a los miembros de los Tribunales Seccionales de Garantías y Vigilancia Electoral.

o Tratar el tema de inscripción de cédulas en las Comisiones Departamentales,

Distritales y Municipales de Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales

con el fin de encontrar posibles situaciones de trashumancia electoral.

o Propiciar el trabajo armónico entre el Consejo Nacional Electoral, las Alcaldías y la

Policía Nacional para cumplir con el desmonte de publicidad extemporánea.

o Sugerir al Consejo Nacional Electoral, a través de sus Tribunales Seccionales de

Garantía y Vigilancia Electoral, medidas preventivas y de control respecto a la

propaganda electoral extemporánea, de expectativa o publicidad política no

permitida, realizada por las organizaciones políticas, precandidatos, gerentes de

campaña o simpatizantes.

o Implementar mejoras en la entrega de acreditaciones de los testigos electorales por

parte de las agrupaciones políticas y la Registraduría Nacional del Estado Civil.

Informar por escrito los procedimientos para la inscripción de testigos electorales

a los partidos políticos, movimientos sociales, grupos significativos de ciudadanos y

promotores del voto en blanco, incluido el mecanismo de ingreso de la información

a la plataforma desarrollada por la Registraduría.

o Establecer mecanismos de auditoría al software de inscripción de ciudadanos,

asignación de jurados, inscripción de testigos, pre conteo y escrutinios, permitiendo

que este ejercicio sea realizado por observadores electorales y colectividades

políticas.

o Actualizar las capacitaciones a jurados de votación, partidos políticos, movimientos

sociales, grupos significativos de ciudadanos, promotores del voto en blanco y

testigos electorales por parte de la Organización Electoral.

o Suscribir pactos de transparencia y de buenas prácticas entre los diferentes actores

políticos durante el proceso electoral a nivel nacional, departamental, distritales y

municipal. Responsabilidad a cargo del Ministerio del Interior y de la Secretaría de

Transparencia de Presidencia de la República.

o Presentar informe histórico en donde se expongan las dificultades de tipo logístico,

por parte de Registraduría para determinar acciones oportunas.

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d. Subcomisión No. 4 Orden Público.

Está integrada por el Ministerio del Interior con la Dirección para la Democracia, la

Participación Ciudadana y la Acción Comunal, la Dirección de Derechos Humanos y la

Subdirección de Seguridad y Convivencia Ciudadana, Unidad Administrativa Especial

Migración Colombia, la Unidad Nacional de Protección, el Ministerio de Defensa Nacional,

Comando General de Fuerzas Militares, la Policía Nacional, la Consejería Presidencial para

los Derechos Humanos, la Defensoría del Pueblo, la Misión de Observación Electoral y la

FLIP.

Objetivos de la Subcomisión:

Sugerir acciones preventivas para evitar situaciones que atenten contra el orden

público, provenientes de grupos armados organizados (GAO) y grupos

delincuenciales organizados (GDO) y grupos armados organizados residuales

(GAOR) y otros actores armados interesados en incidir en los resultados electorales.

Sugerir acciones dirigidas a garantizar el normal desarrollo del orden público y la

seguridad ciudadana durante el proceso electoral.

Sugerir acciones dirigidas a proporcionar los medios y mecanismos eficaces para

que se garanticen las manifestaciones públicas y pacíficas, con ocasión del proceso

electoral, a efecto de garantizar el derecho a la libertad de expresión, de reunión y

el ejercicio de los derechos políticos.

Acciones:

o Emitir la Directiva Plan Democracia 2019 a cargo del Ministerio de Defensa

o El Ministerio del Interior expedirá los actos administrativos en materia de orden

público.

o Emitir y socializar oportunamente la normatividad relacionada con el orden público

por parte del Ministerio del Interior y el Ministerio de Defensa.

o Aportar la información actualizada y oportuna sobre la división política electoral

por parte de la Registraduría, labor coordinada con el Ministerio de Defensa.

o En caso de requerir apoyo de transporte por parte de la Fuerza Pública y/o

entidades del Sector Defensa, se deberán suscribir contratos o convenios

interadministrativos con sujeción a la normatividad vigente.

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o Cubrimiento del 100% de los puestos de votación de acuerdo a la misionalidad y a

los lineamientos establecidos por el Ministerio de Defensa.

o Fortalecer medidas en materia normativa que contribuyan a garantizar el orden

público para el ejercicio de la política durante el proceso electoral. Responsabilidad

del Ministerio del Interior y de las Entidades Territoriales.

o Realizar ejercicio de sensibilización con la Fuerza Pública sobre las garantías a la

libertad de prensa, a cargo de la FLIP (Fundación para la Libertad de Prensa). Se

trabajará entre Ministerio del Interior y FLIP, y se priorizará la participación de los

miembros que harán parte de los operativos relacionados con el proceso electoral

2019.

o Actualizar y enviar información a la instancia del alto nivel del Sistema Integral de

Seguridad para el Ejercicio de la Política y la Gerencia del Plan Democracia, para

conocimiento de la Fuerza Pública:

Alertas tempranas de la Defensoría del Pueblo.

Recomendaciones de la CIPRAT

Informes de Unidad de Gestión del Riesgo

Informe de violaciones a los derechos humanos durante procesos

electorales del Observatorio de Derechos Humanos de la Presidencia de la

República.

Mapas de Riesgo Electoral e informes de violencia política de la MOE

Observatorio de Derechos Humanos de la FLIP

Informe URIEL

Plan de atención, seguimiento y prevención de la criminalidad electoral

(Policía Nacional y Fiscalía).

Informe del Sistema de prevención y alerta para la reacción rápida (Decreto

2124 de 2017).

o Focalizar los municipios que se encuentren en la ponderación en seguridad

prioritario y de atención según el Mapa de prevención y seguridad electoral

(documento reservado) emitido por parte del Ministerio de Defensa Nacional, para

brindar acciones oportunas que garanticen el orden público, por parte de la Fuerza

Pública.

o Las entidades y la MOE informarán oportunamente de las posibles situaciones de

alteración del orden público, con el fin de que las autoridades en el marco de la

instancia que sea pertinente, tomen las medidas necesarias. Coordinar con

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anterioridad el cierre de fronteras y los pasos fronterizos para el día de las

elecciones a través de la articulación entre Ministerio de Relaciones Exteriores y

Migración Colombia.

o Priorizar por parte de las entidades competentes el trámite de las quejas

presentadas por la violación de derechos humanos o violaciones a las libertades

políticas en relación con el proceso electoral.

o Hacer las recomendaciones que se estimen pertinentes, coordinadas entre el

Ministerio del Interior, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Ministerio de

Defensa y el Ministerio de Transporte para la activación de la cláusula de cobertura

de la póliza antiterrorismo con relación al proceso electoral.

o Recomendar a los comandantes de Policía de departamentos y metropolitanos, el

incremento de medidas de seguridad para prevenir hechos de alteración del orden

público y delitos electorales, según lo establezca el Plan Democracia.

o En caso de una afectación a sujetos individuales o colectivos contra la vida,

integridad, libertad y seguridad de las personas como consecuencia del ejercicio de

sus actividades, la UNP iniciará la ruta de protección individual o colectiva activará

el trámite de emergencia si la situación lo amerita.

o Articular a las entidades pertinentes para prevenir posibles alteraciones durante el

cierre de inscripción de candidatos, cierre de campañas y en escrutinios en los

niveles nacional, departamental y local.

o Brindar las directrices necesarias para la implementación de planes integrales de

prevención y contingencia destinados a mantener la seguridad y el orden público

durante el proceso electoral en los municipios, e informar al Ministerio del Interior

cada vez que sea necesario.

o El Ministerio del Interior junto con la organización electoral y la Fuerza Pública,

adelantarán acciones para garantizar el trabajo de observadores electorales

o El Ministerio del Interior junto con la organización electoral periodistas y veedores

en el marco del proceso electoral.

o Recomendar a la Fuerza Pública, el incremento de medidas de seguridad para

prevenir hechos de violencia según lo establezca el Plan Democracia.

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e. Subcomisión No. 5 Protección

Está integrada por el Ministerio del Interior – Dirección para la Democracia, la Participación

Ciudadana y la Acción Comunal, la Dirección de Gobierno y Gestión Territorial-

Subdirección de Seguridad y Convivencia Ciudadana, Dirección de Derechos Humanos,

Ministerio de Defensa Nacional, Comando General de las Fuerzas Militares, Policía Nacional

Defensoría del Pueblo, la Unidad Nacional de Protección, la Consejería Presidencial para los

Derechos Humanos, Fiscalía General de la Nación, Alta Consejería para el Postconflicto.

Objetivo de la subcomisión:

• Estudiar y recomendar a las instancias definidas por el Sistema Integral de

Seguridad para el Ejercicio de la Política, acciones encaminadas a la prevención,

protección y seguridad de los precandidatos, candidatos, actores involucrados

en las campañas políticas y servidores públicos, sedes de campaña que hagan

parte del proceso electoral en el marco legal vigente.

Acciones:

o Recomendar medidas necesarias de autoprotección para contribuir con la

seguridad de los candidatos por parte de la UNP y la Policía Nacional.

o Propiciar la articulación entre el Sistema Integral de Seguridad para el Ejercicio

de la Política contemplado en el Decreto 895 de 2017, con la Comisión Nacional.

o Implementar una estrategia de comunicaciones y de pedagogía con los partidos,

movimientos políticos, grupos significativos de ciudadanos y promotores del

voto en blanco, sobre la ruta de protección y las medidas de autoprotección

para contribuir con la seguridad de los candidatos y de los que han sido sujeto

de amenazas, con los teléfonos de contacto en caso de emergencia a través de

redes sociales y medios institucionales de las diferentes entidades. Labor

coordinada entre el Ministerio del Interior, la Policía Nacional y la Unidad

Nacional de Protección.

o La UNP implementará la ruta de protección individual y/o procedimiento

pertinente, según cada caso, durante el proceso electoral 2019.

o Promover la suscripción de un pacto nacional por la tolerancia, la no agresión y

el respeto hacia nuevas colectividades políticas en el marco de las Comisiones

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Nacional, Distritales y Departamentales. Acción a cargo del Ministerio del

lnterior y Secretaría de Transparencia.

o Contribuir en materia de prevención con la seguridad de las sedes de campañas

políticas por parte de Fuerza Pública.

o Elaborar informes periódicos desde la URIEL frente a las amenazas de sedes,

candidatos, partidos, movimientos y activistas políticos, grupos significativos de

ciudadanos y promotores del voto en blanco.

o Establecer las medidas preventivas de control por parte de la Fuerza Pública,

que contribuyan al desarrollo del derecho al ejercicio de la política durante el

proceso electoral.

o Realizar en cada uno de los municipios, iniciando en los de mayor población

Consejos de Seguridad, Comités de Orden Público y Comités de Justicia

Transicional para analizar y realizar una evaluación de riesgo local, identificar

posibles amenazas y factores de riesgo de los dirigentes, activistas políticos y

líderes de organizaciones sociales, teniendo en cuenta los Informes de Riesgo

de la Defensoría del Pueblo y de la MOE. La UNP se rige en el tema de protección

a colectivos por el decreto 2078 de 2017.

2. TRANSPARENCIA ELECTORAL

Para garantizar la transparencia de las acciones que cumple la Comisión Nacional, de

conformidad con el Decreto No 2821 de 2013, se presentará un informe de su gestión al

Gobierno Nacional, a los partidos y movimientos políticos y a los grupos significativos de

ciudadanos y a la opinión pública en general dentro de los sesenta (60) días siguientes a la

elección, recogiendo en éste, los informes de las Comisiones Departamentales, Distritales

y Municipales que deberán remitir los Gobernadores y los Alcaldes Distritales y Municipales

dentro de los treinta (30) días siguientes a la elección.

2.1. Unidad de Recepción Inmediata para la Transparencia Electoral – URIEL

En virtud del artículo 10 del Decreto 2821 de 2013 “Por el cual se crea y reglamenta la

Comisión para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales”, se creó la Unidad

de Recepción Inmediata para la Transparencia Electoral – URIEL, con el fin de fomentar la

transparencia y legalidad de los procesos electorales en sus diferentes etapas, mediante la

articulación de acciones interinstitucionales conjuntas encaminadas a promover la

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Sede Principal: La Giralda Carrera 8 No. 7 – 83- Sede Bancol. Carrera 8 No. 12B – 31 Sede Camargo. Calle 12B No. 8 – 38-Conmutador. 2427400 – Sitio web www.mininterior.gov.co Servicio al Ciudadano [email protected] • Línea gratuita 018000910403

participación ciudadana e incentivar la cultura de la denuncia frente a los delitos

electorales, las conductas y las irregularidades que afecten las elecciones.

La URIEL permite la articulación de las instituciones competentes en el tema electoral, para

que en el marco de sus competencias funcionales, se realicen las acciones requeridas para

vigilar, investigar y sancionar las conductas que afecten la transparencia y las garantías del

proceso electoral. La sede nacional de la URIEL está ubicada en las instalaciones del

Ministerio del Interior, en Bogotá y estará integrada por servidores públicos [1] del

Ministerio y por servidores públicos delegados de los miembros e invitados permanentes

de la Comisión Nacional.

Así mismo, el Ministerio del Interior podrá establecer la estructura y demás aspectos

operativos de la URIEL fundamentados en los principios de coordinación y colaboración.

Para lograr cobertura y efectividad la URIEL cuenta con tres canales oficiales de denuncia:

el sitio web: uriel.mininterior.gov.co, el correo electrónico

[email protected] y la línea nacional gratuita 01 8000 91 2005. La

ciudadanía podrá acceder a estos canales para instaurar su denuncia o queja, con la

posibilidad de adjuntar documentos, datos, imágenes, grabaciones de audio y video que

contribuyan con la calidad y la eficacia de la denuncia.

La Unidad también posee un aplicativo software para el registro y seguimiento en tiempo

real de la información entregada por la ciudadanía y donde se podrán presentar quejas y

denuncias vía web. A esta herramienta tienen acceso todas las instituciones competentes

para adelantar las investigaciones del caso. Allí podrán hacer seguimiento y control a las

denuncias tanto en el nivel central como en el descentralizado, atender las consultas de la

ciudadanía y de otros entes de control para facilitar el intercambio de información y

garantizar la trazabilidad de las actuaciones de la URIEL. La ciudadanía puede ingresar al

aplicativo desde la página web del Ministerio del Interior para instaurar la denuncia

respectiva.

2.2. Ventanilla Única Electoral Permanente – VUEP

El Gobierno Nacional con el fin de brindar garantías a los partidos, movimientos políticos y

los grupos significativos de ciudadanos, de conformidad con el artículo 107 de la

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Constitución Política y la Ley Estatutaria 1475 de 2011, dispone mediante decreto la

creación de la Ventanilla Única, para recibir, tramitar y suministrar información frente a las

solicitudes de antecedentes e informaciones disciplinarias, judiciales y fiscales que los

partidos y movimientos políticos con personería jurídica, los movimientos sociales y los

grupos significativos de ciudadanos, presenten sobre sus posibles candidatos para que

puedan avalarlos e inscribirlos para cargos y corporaciones de elección popular a las

elecciones ordinarias y atípicas, para las consultas internas de los partidos y movimientos

políticos en la escogencia de sus candidatos, para la elección de las directivas de los

partidos y para la presentación de ternas de alcaldes y gobernadores por suspensión o falta

absoluta.

Dicha función es asignada al Ministerio del Interior, a través de la Dirección para la

Democracia, la Participación Ciudadana y la Acción Comunal.

La Ventanilla Única ante el Ministerio recibe, tramita y recopila los antecedentes judiciales

e informaciones disciplinarios, judiciales y fiscales emitidos por la Procuraduría General de

la Nación, Fiscalía General de la Nación, Contraloría General de la República, Policía

Nacional, la Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal y Cancillería para ser

remitida a los partidos, movimientos políticos, grupos significativos de ciudadanos.

Así mismo, será permanente, servirá para cualquier clase de elección y en cualquier época

tanto para elecciones ordinarias como para elecciones atípicas, para las consultas

populares internas e interpartidistas de los partidos, movimientos políticos con personería

jurídica y los grupos significativos de ciudadanos, para la toma de decisiones y la escogencia

de sus candidatos, para la elección de las directivas de los partidos, movimientos políticos

con personería jurídica y/o grupos significativos de ciudadanos y para la presentación de

ternas de alcaldes y gobernadores por suspensión o falta absoluta.

La Ventanilla Única asegura el trámite prioritario de los antecedentes disciplinarios,

judiciales y fiscales que solicitan los partidos, movimientos políticos con personería jurídica

y los grupos significativos de ciudadanos, antes de otorgar los avales a los candidatos.

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2.3. Observación Electoral Internacional

El Gobierno Nacional y la Organización Electoral adelantarán los trámites correspondientes

para invitar a misiones de observación electoral internacional con el fin de que éstas

observen el proceso electoral colombiano.

3. SEGURIDAD DE LAS ELECCIONES

La Fuerza Pública tomará las medidas necesarias para que en todo el territorio nacional se

garantice el libre ejercicio del derecho al voto, adoptando los dispositivos necesarios,

expidiendo la directiva para ser difundida entre sus miembros y demás organismos de

seguridad del Estado, que contiene las instrucciones y procedimientos a realizar por parte

del Comando General de las Fuerzas Militares, los comandantes del Ejército Nacional, la

Fuerza Aérea Colombiana y la Armada Nacional, así como del Director General de la Policía

Nacional en coordinación con las autoridades civiles, los directores de campaña,

precandidatos y candidatos y todos aquellos aspirantes, a fin de conocer y establecer

factores de riesgo en cada región del territorio nacional para su valoración

correspondiente.

El Gobierno Nacional, previo estudio realizado por las autoridades competentes,

diseñará mapas de prevención y adoptará los dispositivos necesarios para prevenir

cualquier manifestación de violencia o acto delictivo atentatorio contra la integridad de los

líderes políticos, precandidatos, aspirantes a la Presidencia y vicepresidencia de la

República y el Congreso de República.

La coordinación de este aspecto compete a los Consejos de Seguridad, que deberán

convocar el Ministro del Interior a nivel nacional, los gobernadores a nivel departamental

y los alcaldes a nivel municipal, de cuyas deliberaciones se mantendrán informadas las

Comisiones para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales de los

respectivos niveles territoriales. En todo caso, el Ministerio del Interior coordinará los

Consejos Regionales de Seguridad en todo el país, tema que corresponde adelantar a la

Dirección de Gobierno y Gestión Territorial en coordinación con la Dirección para la

Democracia la Participación Ciudadana y la Acción Comunal.

En la Dirección de Gobierno y Gestión Territorial del Ministerio del Interior, funcionará una

vez por semana el Observatorio de Orden Público Electoral, para monitorear y evaluar la

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situación de seguridad para los próximos comicios donde actuarán como integrantes los

miembros delegados para el proceso electoral del Comando General de las Fuerzas

Militares, el Comando del Ejército Nacional, el Comando de la Fuerza Aérea Colombiana, el

Comando de la Armada Nacional, la Dirección de Investigación Criminal - DIJIN -, la

Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional, la Dirección de Seguridad Ciudadana - DISEC

y la Unidad Nacional de Protección.

El observatorio consolidará información en la que se discriminen los homicidios,

secuestros, liberaciones, amenazas y atentados producidos en relación con funcionarios de

elección popular, candidatos, personal perteneciente a partidos y movimientos políticos y

funcionarios públicos en ejercicio, autoridades electorales que cumplen funciones

transitoriamente y amenazas a la ciudadanía para el libre ejercicio del voto. Asimismo, se

discriminarán los sitios de votación e inscripción teniendo en cuenta las entidades

territoriales o localidades.

A partir de esta información se propondrán análisis, discriminando la incidencia de grupos

al margen de la ley por zonas clasificadas en bajo, mediano y alto riesgo, elaborando

cuadros comparativos de elecciones anteriores (2010-2011-2014-2015) y elecciones

atípicas.

El observatorio permitirá identificar las tendencias de las amenazas criminales contra el

proceso electoral y los mapas de riesgo, según los lineamientos adoptados en la Comisión

Nacional. Su evaluación se coordinará con la Presidencia de la República, el Ministerio del

Interior, el Ministerio de Defensa Nacional, las Fuerzas Militares, la Policía Nacional.

De todo lo anterior, se informará a la Comisión Nacional.

Finalmente, se adelantarán acciones preventivas y correctivas con relación a la seguridad

de los candidatos, las sedes de las campañas, los comicios y la seguridad y libertad de los

electores, tal y como se plantea a continuación:

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3.1. Seguridad de los candidatos

Tanto el análisis del nivel de riesgo de los candidatos como la protección personal de los

aspirantes a cargos de elección popular, será coordinada por la Policía Nacional –DIPRO- y

la Unidad Nacional de Protección- UNP.

Los candidatos o dirigentes políticos que por la situación de orden público estén

amenazados podrán hacer uso de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 93 del

Código Electoral para inscripción sin presencia del candidato.

Dicho artículo señala: “Cuando los candidatos no se encuentren en el lugar donde la

inscripción deba hacerse, prestarán juramento ante el Registrador del Estado Civil o

funcionario diplomático o consular del lugar donde estuvieren, y de ello se extenderá

atestación al pie del respectivo o respectivos funcionarios, que deberán enviar

inmediatamente esos funcionarios, así como comunicar por escrito tal hecho a las

autoridades electorales ante las cuales deban hacerse las inscripciones”.

Se deben contemplar las medidas necesarias para garantizar la participación efectiva de los

miembros del partido FARC, que por su nivel de vulnerabilidad asociado al proceso de

desmovilización y reinserción, son sujetos de medidas de protección.

3.2. Seguridad de las sedes políticas

La seguridad de las sedes políticas cuando se requiera, será atendida por la Policía Nacional,

previa en el marco del servicio de seguridad y convivencia ciudadana, mediante

mecanismos que estime pertinente (rondas policiales, revistas a sedes, verificación de

seguridad, etc.).

3.3. Seguridad de los comicios

Con relación a los comicios corresponde a la Fuerza Pública, desplegar las actividades de

inteligencia y protección del proceso electoral conforme al plan que éstos definan, en

coordinación con los Ministerios de Defensa Nacional y del Interior.

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3.4. Póliza

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, suscribirá con una compañía de seguros

legalmente reconocida, una póliza de seguros para amparar todos los vehículos

automotores terrestres de transporte público, que sufran pérdidas parciales o totales, por

los daños generados con ocasión de cualquier acto terrorista cometido por grupos o

movimientos al margen de la Ley, ésta se activará con cobertura total durante las 72 horas

anteriores y durante las 48 horas posteriores, a las jornadas electorales del año 2019.

De conformidad con lo dispuesto por la ley 418 de 1997 y subsiguientes de prórroga y

modificación, ley 548 de 1999, ley 782 de 2002, ley 1106 de 2006, ley 1421 de 2010, ley

1738 de 2014 relacionado con la póliza de automóviles terrorismo, el Ministerio del Interior

solicitará al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con la debida anticipación, la

activación de la condición de circunstancias especiales de dicha póliza, con una cobertura

de 72 horas incluido el día inmediatamente anterior a la fecha programada de la jornada

electoral y un día más posterior a dicha jornada.

3.5. Seguridad de Comunicaciones

Como se señaló en la subcomisión de riesgos del proceso electoral, se conformará una

mesa de control de comunicaciones bajo el liderazgo del Ministerio de Tecnologías de la

Información y las Comunicaciones y la Registraduría Nacional del Estado Civil, que involucre

al Ministerio de Defensa Nacional, a las Fuerzas Militares, a la Policía Nacional, y a los

proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones PRST contratados por la

Registraduría Nacional del Estado Civil - RNEC, y los PRST subcontratados por éste.

Esta mesa de control de comunicaciones procurará, catalizará y propenderá por la calidad,

oportunidad, confiabilidad y disponibilidad de las redes y los servicios de

telecomunicaciones para los comicios, y en especial, para las fases previas, durante y

posteriores a la transmisión de resultados electorales desde toda la geografía nacional

donde estén ubicados los puestos de votación. De esta manera garantizará que todos los

involucrados en tales servicios tengan sus planes de contingencia, sus protocolos de

escalamiento y sus medidas de confiabilidad y disponibilidad, antes, durante y luego de la

jornada electoral. La red de telecomunicaciones de la fuerza pública será el último recurso

para poder transmitir resultados electorales cuando el servicio principal y los alternos de

contingencia para telecomunicaciones fallen o no estén disponibles.

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3.6. Seguridad y libertad de los electores

Se adoptarán medidas de seguridad, para garantizar que los electores puedan circular

libremente por el territorio nacional y cuenten con los medios de transporte, para acudir a

los puestos de votación. De igual manera las autoridades velarán para que los ciudadanos

tengan la posibilidad de votar libre y secretamente en los cubículos individuales que se

dispongan para ello.

3.7. Seguridad cibernética

Teniendo en cuenta la posible vulnerabilidad cibernética, en el ejercicio de las acciones que se desarrollarán en cada una de las subcomisiones, se contemplará el riesgo concreto en materia de seguridad digital (Conforme a la Política Nacional de Seguridad Digital. CONPES 3854 de 2016) de manera transversal a cada uno de los objetivos identificados.

Para estos efectos, Presidencia de la República, Ministerio del Interior, Ministerio de Defensa, Ministerio de Tecnologías de la información y las Comunicaciones, Fuerzas Militares, Policía Nacional, Fiscalía General de la Nación, Registraduría Nacional del Estado Civil, Consejo Nacional Electoral, Procuraduría General de la Nación, Defensoría del Pueblo serán las instituciones responsables, quienes dispondrán de sus capacidades especializadas en materia cibernética para trabajar de manera articulada, con el propósito mitigar los posibles riesgos.

Todo ello sin perjuicio de las medidas de seguridad física, logística, y de defensa cibernética que deben tener todas las instituciones involucradas en el proceso electoral en sus plataformas tecnológicas y sitios web.

4. COMUNICACIÓN DEL PROCESO ELECTORAL

Se desarrollarán acciones de comunicaciones y pedagogía electoral dirigidas a las

autoridades, partidos y movimientos políticos, grupos significativos de ciudadanos,

promotores del voto en blanco, candidatos, periodistas y votantes con amplia difusión en

medios de comunicación, en los que se divulguen aspectos generales y de interés de las

elecciones territoriales 2019, permitiendo una cobertura nacional y regional a través de

medios masivos, de interés público y comunitarios, en concordancia con lo estipulado en

la Ley 1475 de 2011.

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Estas acciones tendrán como objetivos: la articulación entre el Gobierno y la ciudadanía

frente a los temas electorales, acercar a los ciudadanos y ciudadanas a la prevención de

delitos electorales a través de un lenguaje sencillo y promover la participación electoral

como reflejo de una democracia perfeccionada por medio de pedagogía electoral.

Cada una de las entidades integrantes de la Comisión Nacional, destinará recursos

humanos, físicos o presupuestales necesarios para adelantar los programas de capacitación

y divulgación de los temas electorales según corresponda el calendario electoral.

El Ministerio del Interior, la Alta Consejería Presidencial para los Derechos Humanos,

Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y la Autoridad Nacional

para la Televisión dentro de sus competencias, apoyarán la estrategia de comunicación que

realizará la Comisión Nacional para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos

Electorales tal como la difusión de un instructivo que contenga los derechos y deberes del

ciudadano en relación con el voto, los delitos electorales y los incentivos concedidos por el

Estado a los ciudadanos por ejercer el derecho al sufragio.

De igual manera se realizará la difusión por los medios masivos de comunicación de los

canales oficiales de denuncia URIEL:

Portal web: uriel.mininterior.gov.co

Correo electrónico: [email protected]

Línea nacional: 01800912005.

De igual forma, a través de la colaboración armónica entre las entidades integrantes e

invitadas se desarrollarán espacios pedagógicos en universidades, entidades públicas y

privadas, en organizaciones civiles y para medios de comunicación.

De esta manera la Comisión Nacional aprueba el Plan Nacional de Garantías Electorales

2019.

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ANEXOS

NORMATIVIDAD

El Gobierno Nacional, adoptará oportunamente las medidas policivas y expedirá los

decretos, directivas y circulares que conforme a la regulación electoral deban emitirse para

la celebración de los comicios. De igual manera se pronunciarán las autoridades

territoriales, quienes promulgarán los actos administrativos necesarios para asegurar el

normal desarrollo del proceso electoral, sin perjuicio de las decisiones que se adopten en

el mismo sentido, por parte de los Organismos de Control.

Para mayor conocimiento de la ciudadanía en general, toda la información necesaria sobre

la normatividad aplicable durante el proceso electoral que se llevará a cabo en el año 2019,

podrá encontrarse en un link expuesto en el portal web del Ministerio del Interior

www.mininterior.gov.co.

Para obtener mayor información se podrá consultar la siguiente normatividad:

✓ Constitución Política de Colombia.

Leyes

✓ Decreto Ley 2241 de 1986, (Código Electoral).

✓ Ley 130 de 1994

✓ Ley 163 de 1994

✓ Ley 403 de 1997

✓ Ley 599 de 2000

✓ Ley 734 de 2002

✓ Ley 815 de 2003

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✓ Ley 996 de 2005

✓ Ley 1475 de 2011

✓ Ley 1864 de 2017

Decretos

✓ Decreto 2821 de 2013

✓ Decreto 2786 de 2013.

✓ Decreto 0513 de 2015

✓ Decreto 1066 de 2015.

✓ Decreto 567 de 2016.

✓ Decreto 895 de 2017.

Otra normatividad

✓ Acuerdo Final para la Terminación Del Conflicto y la Construcción de una Paz

Estable y Duradera.

✓ Acto Legislativo 01 del 7 de julio de 2017.

✓ Estatuto de la oposición

✓ Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR) -

Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).

Delitos electorales

Se acordará a través de la Comisión Nacional para la Coordinación y Seguimiento de los

Procesos Electorales, que la investigación de las denuncias sobre posibles delitos

electorales o contra el sufragio se hará de manera prioritaria por parte de la Fiscalía General

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de la Nación a través del Eje Temático de Protección a los Mecanismos de Participación

Democrática.

La Constitución Política en sus artículos 40, 100, 108, 110, 258, 293 y 316 señala que los

ciudadanos tienen derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder

político. En consecuencia y con el propósito de proteger estos derechos se han establecido

en los Códigos Penal2 y Electoral3 las sanciones correspondientes a:

1. Pena privativa de la libertad.

2. Arresto.

3. Multas

4. Destitución del cargo

Ahora bien, independientemente de los preceptos penales, el legislador también ha

expedido algunas normas, para castigar la violación de normas en la que puedan incurrir

algunos ciudadanos, sean servidores públicos o trabajadores particulares, por no

acompañar la labor estatal en los procesos democráticos como jurados electorales.

Por lo anterior, el presente Plan de Garantías Electorales señala lo establecido sobre el

particular, en los parágrafos del artículo 5 de la Ley 163 de 1994 así:

“Artículo 5. Jurados de votación. Para la integración de los jurados

de votación se procederá así:

(…)

Parágrafo 1. Los nominadores o Jefes de personal que omitan

relacionar los empleados o trabajadores aptos para ser nombrados

como jurados de votación, serán sancionados con la destitución del

cargo que desempeñan si son servidores públicos y, si no lo fueren,

con multas equivalentes hasta de diez (10) salarios mínimos legales

2 Artículos 386 al 396. 3 Decreto 2241 de 1986

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mensuales vigentes, a favor del Fondo Rotatorio de la Registraduría

Nacional del Estado Civil.

Las personas que sin justa causa no concurran a desempeñar las

funciones de jurado de votación o las abandonen, serán sancionadas

con la destitución del cargo que desempeñen, si son servidores

públicos. Si no lo son, a la multa prevista en el inciso anterior.

Parágrafo 2. Las actas de escrutinio de los jurados de votación serán

válidas cuando estén firmadas, al menos, por dos (2) de ellos.

A los jurados que no firmen las actas respectivas, se les impondrá

una multa equivalente a diez (10) salarios mínimos mensuales

legales vigentes, a favor del Fondo Rotatorio de la Registraduría

Nacional del Estado Civil, que se hará efectiva mediante resolución

dictada por los Registradores Distritales o Municipales.”

● Perturbación del certamen democrático.

● Constreñimiento al Sufragante.

● Fraude al Sufragante.

● Fraude en inscripción de cédulas.

● Elección ilícita de candidatos.

● Corrupción al Sufragante.

● Tráfico de votos.

● Voto fraudulento.

● Favorecimiento de voto fraudulento.

● Mora en la entrega de documentos relacionados con la votación.

● Alteración de resultados electorales.

● Ocultamiento, retención y posesión ilícita de cédulas.

● Denegación de inscripción.

● Financiación de campañas electorales con fuentes prohibidas.

● Violación de los topes o límites de gastos en campañas electorales.

● Omisión de información al aportante.

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En concordancia con esta normatividad, el Procurador General de la Nación y el

Registrador Nacional del Estado Civil expedirán de manera conjunta una circular sobre la

materia.

Es necesario hacer una amplia difusión para que el ciudadano conozca la normatividad

vigente y sus consecuencias, porque si bien es cierto que la ignorancia de la ley no sirve de

excusa4, es mejor conocer a tiempo las conductas que tipifican los delitos y las

contravenciones antes mencionadas para conceder mejores garantías de transparencia y

legalidad en los próximos comicios electorales del año 2019.

4 Artículo 9 del Código Civil