plan de manejo de residuos peligrosos

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INTRODUCCION El plan de manejo de Residuos Peligrosos presente, tiene como fin ser un instrumento guía para el cumplimiento ambiental y normativo en materia de residuos peligrosos. Establece medidas de manejo bajo un enfoque preventivo con el fin de controlar y minimizar los impactos ambientales que pudieran derivarse de un mal manejo de los residuos peligrosos que se generan en el lugar donde se desarrolle el presente plan. Para lograr esto, se han propuesto medidas que están regidas bajo un contexto normativo, de viabilidad técnica y económica. Se establecen procedimientos que garanticen la consecución de las metas propuestas en el plan. Se establecen las actividades necesarias para llevar a feliz términos los objetivos del plan, contribuyendo en forma adecuada a la solución de este problema y al desarrollo sostenible de las actividades que se realizan a nivel institucional. De igual manera busca lograr ser una empresa responsable y ser ejemplo de manejo ambiental responsable ante la comunidad.

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Page 1: Plan de Manejo de Residuos Peligrosos

INTRODUCCION

El plan de manejo de Residuos Peligrosos presente, tiene como fin ser un

instrumento guía para el cumplimiento ambiental y normativo en materia de

residuos peligrosos. Establece medidas de manejo bajo un enfoque preventivo con

el fin de controlar y minimizar los impactos ambientales que pudieran derivarse de

un mal manejo de los residuos peligrosos que se generan en el lugar donde se

desarrolle el presente plan. Para lograr esto, se han propuesto medidas que están

regidas bajo un contexto normativo, de viabilidad técnica y económica. Se

establecen procedimientos que garanticen la consecución de las metas

propuestas en el plan. Se establecen las actividades necesarias para llevar a feliz

términos los objetivos del plan, contribuyendo en forma adecuada a la solución de

este problema y al desarrollo sostenible de las actividades que se realizan a nivel

institucional. De igual manera busca lograr ser una empresa responsable y ser

ejemplo de manejo ambiental responsable ante la comunidad.

Page 2: Plan de Manejo de Residuos Peligrosos

MARCO CONCEPTUAL

Definición de Residuo Peligroso:

El residuo, en cualquier estado que posea alguna de las características de corrosividad,

reactividad, explosividad, toxicidad, inflamabilidad, o que contengan agentes

infecciosos que les confieran peligrosidad, así como envases, recipientes, embalajes y

suelos que hayan sido contaminados cuando se transfieran a otro sitio (Ley General

para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, 2009).

Implicaciones de la definición de material y residuo peligroso

Como puede observarse en el cuadro siguiente, en sentido estricto, desde hace 18

años la legislación ambiental abordó la gestión de los materiales dotados de

propiedades corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables o biológico-

infecciosas (características CRETIB) a lo largo de su vida, incluyendo en su etapa final

en la cual se convierten en residuos, así como en todo tipo de actividades en las cuales

se generen éstos, comprendidos los hogares puesto que en éstos se consumen

materiales peligrosos o productos que los contienen. Sin embargo, en la práctica la

primera legislación solo se aplicó a los residuos peligrosos de los establecimientos

industriales y de servicios.

Page 3: Plan de Manejo de Residuos Peligrosos

Definición de material y residuo peligroso LGEEPA

LGPGIR

Material peligroso: Elementos, substancias, compuestos, residuos o mezclas de ellos que, independientemente de su estado físico, represente un riesgo para el ambiente, la salud o los recursos naturales, por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables o biológico-infecciosas.

Residuos peligrosos: Cualquier material generado en los procesos de extracción, beneficio, transformación, producción, consumo, utilización, control o tratamiento cuya calidad no permita usarlo nuevamente en el proceso que lo generó.

Residuos Peligrosos: Son aquellos que posean alguna de las características de corrosividad, reactividad, explosividad, toxicidad, inflamabilidad, o que contengan agentes infecciosos que les confieran peligrosidad, así como envases, recipientes, embalajes y suelos que hayan sido contaminados cuando se transfieran a otro sitio, de conformidad con lo que se establece en esta Ley.

Todo lo descrito en el presente plan estará en estricto apego a las políticas

institucionales y a la Normatividad Oficial Mexicana en materia de Residuos Peligrosos.

A continuación se enlistan las Leyes y Normas aplicables:

Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente

Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuo

Norma Oficial Mexicana NOM-052-ECOL-1993.Establece la definición de los

Residuos Peligrosos y sus características

Norma Oficial Mexicana NOM-053-ECOL-1993.Que establece el procedimiento

para llevar a cabo la prueba de extracción para determinar los constituyentes

que hacen a unos residuos peligrosos por su toxicidad al ambiente.

Norma Oficial Mexicana NOM-054-ECOL-1993, Que establece el procedimiento

para determinar la incompatibilidad entre dos o más residuos considerados

como peligrosos por la NOM-052-ECOL-1993.

Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los

Residuos

Page 4: Plan de Manejo de Residuos Peligrosos

De acuerdo con todo lo anterior, el presente plan se desarrollará en dos etapas:

Etapa 1. Presentación del plan al taller mecánico “ORTIZ”.

Etapa 2. Aprobación del Plan por el taller mecánico “ORTIZ”.

OBJETIVO

Objetivo General

Fomentar en el negocio el manejo integral de los residuos peligrosos y de manejo

especial mediante el diseño e implementación de metodologías adecuadas, para

prevenir el daño al ambiente y a la salud humana y acordes con la Normatividad

aplicable.

Objetivos Particular

1. Contar con un diagnóstico de la situación actual del taller mecánico “ORTIZ” en

materia de residuos peligrosos y especiales.

2. Implementar un sistema de buenas prácticas para el manejo de los residuos

peligrosos y especiales, con apego a la normatividad vigente y el cuidado del medio

ambiente.

3. Obtener la aceptación del plan de manejo de los residuos peligrosos y especiales por

el taller mecánico “ORTIZ”.

Page 5: Plan de Manejo de Residuos Peligrosos

Propósitos de la clasificación de los residuos peligrosos

Artículo 15.- La Secretaría agrupará y subclasificará los residuos peligrosos, sólidos

urbanos y de manejo especial en categorías, con el propósito de elaborar los

inventarios correspondientes, y orientar la toma de decisiones basada en criterios de

riesgo y en el manejo de los mismos. La subclasificación de los residuos deberá

atender a la necesidad de:

I. Proporcionar a los generadores o a quienes manejan o disponen finalmente

de los residuos, indicaciones acerca del estado físico y propiedades o

características inherentes, que permitan anticipar su comportamiento en el

ambiente.

II. Dar a conocer la relación existente entre las características físicas, químicas

o biológicas inherentes a los residuos, y la posibilidad de que ocasionen o

puedan ocasionar efectos adversos a la salud, al ambiente o a los bienes, en

función de sus volúmenes, sus formas de manejo y la exposición que de éste

se derive. Para tal efecto, se considerará la presencia en los residuos, de

sustancias peligrosas o agentes infecciosos que puedan ser liberados

durante su manejo y disposición final, así como la vulnerabilidad de los seres

humanos o de los ecosistemas que puedan verse expuestos a ellos.

III. Identificar las fuentes generadoras, los diferentes tipos de residuos, los

distintos materiales que constituyen los residuos y los aspectos relacionados

con los mercados de los materiales reciclables o reciclados, entre otros, para

orientar a los responsables del manejo integral de residuos.

IV. Identificar las fuentes generadoras de los residuos cuya disposición final

pueda provocar salinización e incrementos excesivos de carga orgánica en

suelos y cuerpos de agua.

Page 6: Plan de Manejo de Residuos Peligrosos

En sus artículos 16 y 22, la Ley dispone que sea a través de normas oficiales

mexicanas que se determinen las características, los listados y cantidades de

sustancias (potencialmente tóxicas) que hagan considerar como peligrosos a los

residuos siguiendo dos criterios: el conocimiento científico y la experiencia.

Artículo 16.- La clasificación de un residuo como peligroso, se establecerá en las

normas oficiales mexicanas que especifiquen la forma de determinar sus

características, que incluyan los listados de los mismos y fijen los límites de

concentración de las sustancias contenidas en ellos, con base en los conocimientos

científicos y las evidencias acerca de su peligrosidad y riesgo.

Artículo 22.- Las personas que generen o manejen residuos y que requieran

determinar si éstos son peligrosos, conforme a lo previsto en este ordenamiento,

deberán remitirse a lo que establezcan las normas oficiales mexicanas que los

clasifican como tales.

Para mayor precisión, el artículo 31 de la Ley da por hecho que los residuos y

productos usados, caducos, retirados del comercio o que se desechen, que aparecen

listados en su artículo 31, son residuos peligrosos para fines de su manejo acorde a

planes de manejo particulares, como se indica a continuación.

Residuos y productos identificados en la Ley como peligrosos para fines de

establecimiento de planes de manejo

Artículo 31.- Estarán sujetos a un plan de manejo los siguientes residuos peligrosos y

los productos usados, caducos, retirados del comercio o que se desechen y que estén

clasificados como tales en la norma oficial mexicana correspondiente:

I. Aceites lubricantes usados;

II. Disolventes orgánicos usados;

Page 7: Plan de Manejo de Residuos Peligrosos

III. Convertidores catalíticos de vehículos automotores;

IV. Acumuladores de vehículos automotores conteniendo plomo;

V. Baterías eléctricas a base de mercurio o de níquel-cadmio;

VI. Lámparas fluorescentes y de vapor de mercurio;

VII. Aditamentos que contengan mercurio, cadmio o plomo;

VIII. Fármacos;

IX. Plaguicidas y sus envases que contengan remanentes de los mismos;

X. Compuestos orgánicos persistentes como los bifenilos policlorados;

XI. Lodos de perforación base aceite, provenientes de la extracción de combustibles

fósiles y lodos provenientes de plantas de tratamiento de aguas residuales cuando

sean considerados como peligrosos;

XII. La sangre y los componentes de ésta, sólo en su forma líquida, así como sus

derivados;

XIII. Las cepas y cultivos de agentes patógenos generados en los procedimientos de

diagnóstico e investigación y en la producción y control de agentes biológicos;

XIV. Los residuos patológicos constituidos por tejidos, órganos y partes que se

remueven durante las necropsias, la cirugía o algún otro tipo de intervención quirúrgica

que no estén contenidos en formol, y

XV. Los residuos punzo-cortantes que hayan estado en contacto con humanos o

animales o sus muestras biológicas durante el diagnóstico y tratamiento, incluyendo

navajas de bisturí, lancetas, jeringas con aguja integrada, agujas hipodérmicas, de

acupuntura y para tatuajes.

Page 8: Plan de Manejo de Residuos Peligrosos

Identificación reglamentaria de residuos peligrosos Artículo 35.- Los residuos

peligrosos se identificarán de acuerdo a lo siguiente:

I. Los que sean considerados como tales de conformidad con lo previsto en la Ley.

II. Los clasificados en las normas oficiales mexicanas a que hace referencia el artículo

16 de la Ley, mediante:

a) Listados de los residuos por características de peligrosidad: corrosividad,

reactividad, explosividad, toxicidad e inflamabilidad o que contengan agentes

infecciosos que les confieran peligrosidad; agrupados por fuente específica y no

específica; por ser productos usados, caducos, fuera de especificación o

retirados del comercio y que se desechen; o por tipo de residuo sujeto a

condiciones particulares de manejo. La Secretaría considerará la toxicidad

crónica, aguda y ambiental que les confieran peligrosidad a dichos residuos y

b) Criterios de caracterización y umbrales que impliquen un riesgo al ambiente por

corrosividad, reactividad, explosividad, inflamabilidad, toxicidad o que contengan

agentes infecciosos que les confieran peligrosidad, y

III. Los derivados de la mezcla de residuos peligrosos con otros residuos; los

provenientes del tratamiento, almacenamiento y disposición final de residuos peligrosos

y aquellos equipos y construcciones que hubiesen estado en contacto con residuos

peligrosos y sean desechados.

Page 9: Plan de Manejo de Residuos Peligrosos

Procedimiento normativo para determinar si un residuo es

peligroso

6.2 Un residuo es peligroso si se encuentra en alguno de los siguientes listados (incluidos en la norma):

Listado 1: Clasificación de residuos peligrosos por fuente específica. Listado 2: Clasificación de residuos peligrosos por fuente no específica. Listado 3: Clasificación de residuos peligrosos resultado del desecho de productos químicos fuera de especificaciones o caducos (Tóxicos Agudos). Listado 4: Clasificación de residuos peligrosos resultado del desecho de productos químicos fuera de especificaciones o caducos (Tóxicos Crónicos). Listado 5: Clasificación por tipo de residuos, sujetos a Condiciones Particulares de Manejo.

6.2.1 Las Toxicidades aguda y crónica referidas en los Listados 1, 2, 3 y 4 de esta Norma Oficial Mexicana no están contempladas en los análisis a realizar para la determinación de las características CRIT de peligrosidad en los residuos.

6.2.2 El Anexo 1 de esta Norma Oficial Mexicana contiene las bases para listar residuos peligrosos por “Fuente Específica” y “Fuente No Específica”, en función de sus Toxicidades ambiental, aguda o crónica. 6.3 Si el residuo no se encuentra en ninguno de los Listados 1 a 5 y es regulado por alguno de los criterios contemplados en los numerales 6.3.1 a 6.3.4 de esta norma, éste se sujetará a lo dispuesto en el Instrumento Regulatorio correspondiente.

6.3.1 Los lodos y biosólidos están regulados por la NOM-004-SEMARNAT-2002.

6.3.2 Los bifenilos policlorados (BPC’s) están sujetos a las disposiciones establecidas en la NOM-133-SEMARNAT-2000.

6.3.3 Los límites máximos permisibles de hidrocarburos en suelos están sujetos a lo definido en la NOM-138-SEMARNAT/SS-2003.

6.3.4 Los jales mineros se rigen bajo las especificaciones incluidas en la NOM-141-SEMARNAT-2003.

6.4 Si el residuo no está listado o no cumple con las particularidades

6.4.1 Caracterización o análisis CRIT de los residuos junto con la determinación de las características de Explosividad y Biológico-Infeccioso.

6.4.2 Manifestación basada en el conocimiento científico o la evidencia empírica sobre

Page 10: Plan de Manejo de Residuos Peligrosos

7.6 Es inflamable cuando una muestra representativa presenta cualquiera de las siguientes propiedades:

7.6.1 Es un liquido o una mezcla de liquidos que contienen solidos en solución o suspensión que tiene un punto de inflamación inferior a 60,5°C, medido en copa cerrada, de conformidad con el procedimiento que se establece en la Norma Mexicana correspondiente,

7.2 Es Corrosivo cuando una muestra representativa presenta cualquiera de las siguientes propiedades:

7.2.1 Es un líquido acuoso y presenta un pH menor o igual a 2,0 o mayor o igual a 12,5 de conformidad con el procedimiento que se establece en la Norma Mexicana correspondiente.

7.2.2 Es un sólido que cuando se mezcla con agua destilada presenta un pH menor o igual a 2,0 o mayor o igual a 12,5 según el procedimiento que se establece en la Norma Mexicana correspondiente.

7.2.3 Es un líquido no acuoso capaz de corroer el acero al carbón, tipo SAE 1020, a una velocidad de 6,35 milímetros o más por año a una temperatura de 328 K (55°C), según el procedimiento que se establece en la Norma Mexicana correspondiente. 7.3 Es Reactivo cuando una muestra representativa presenta cualquiera de las siguientes propiedades:

7.3.1 Es un líquido o sólido que después de ponerse en contacto con el aire se inflama en un tiempo menor a cinco minutos sin que exista una fuente externa de ignición, según el procedimiento que se establece en la Norma Mexicana correspondiente.

7.3.2 Cuando se pone en contacto con agua reacciona espontáneamente y genera gases inflamables en una cantidad mayor de 1 litro por kilogramo del residuo por hora, según el procedimiento que se establece en la Norma Mexicana correspondiente.

7.3.3 Es un residuo que en contacto con el aire y sin una fuente de energía suplementaria genera calor, según el procedimiento que se establece en la Norma Mexicana correspondiente.

7.3.4 Posee en su constitución cianuros o sulfuros liberables, que cuando se expone a condiciones ácidas genera gases en cantidades mayores a 250 mg de ácido cianhídrico por kg de residuo o 500 mg de ácido sulfhídrico por kg de residuo, según el procedimiento que se establece en la Norma Mexicana correspondiente.

7.4 Es Explosivo cuando es capaz de producir una reacción o descomposición detonante o explosiva solo o en presencia de una fuente de energía o si es calentado bajo confinamiento. Esta característica no debe determinarse mediante análisis de laboratorio, por lo que la identificación de esta característica debe estar basada en el conocimiento del origen o composición del residuo.

7.5 Es Tóxico Ambiental cuando:

7.5.1 El extracto PECT, obtenido mediante el procedimiento establecido en la NOM-053-SEMARNAT-1993, contiene

Page 11: Plan de Manejo de Residuos Peligrosos

quedando excluidas las soluciones acuosas que contengan un porcentaje de alcohol, en volumen, menor a 24%. 7.6.2 No es líquido y es capaz de provocar fuego por fricción, absorción de humedad o cambios químicos espontáneos a 25°C, según el procedimiento que se establece en la Norma Mexicana correspondiente.7.6.3 Es un gas que, a 20°C y una presión de 101,3 kPa, arde cuando se encuentra en una mezcla del 13% o menos por volumen de aire, o tiene un rango de inflamabilidad con aire de cuando menos 12% sin importar el límite inferior de inflamabilidad.7.6.4 Es un gas oxidante que puede causar o contribuir más que el aire, a la combustión de material.

CATEGORIZACION DE LOS GENERADORES DE RESIDUOS PELIGROSOS

Gran Generador: Persona física o moral que genere una cantidad igual o superior a 10

toneladas en peso bruto total de residuos al año o su equivalente en otra unidad de medida.

Pequeño Generador: Persona física o moral que genere una cantidad igual o mayor a

cuatrocientos kilogramos y menor a diez toneladas en peso bruto total de residuos al año o

su equivalente en otra unidad de medida

Microgenerador: Establecimiento industrial, comercial o de servicios que genere una

cantidad de hasta cuatrocientos kilogramos de residuos peligrosos al año o su equivalente

en otra unidad de medida

En el presente plan podemos considerar al Taller “ORTIZ” como un Microgenerador por la

cantidad de Residuos que originan y al establecer esto podemos caracterizarlo como:

Page 12: Plan de Manejo de Residuos Peligrosos

Que pertenecen a sectores o gremios organizados en cámaras o asociaciones, las cuales

pueden apoyarles a organizarse a fin de cumplir sus obligaciones legales. Por ejemplo, dichos

organismos podrían facilitarles la formulación y ejecución de planes de manejo colectivos

mediante los cuales puedan llevar ellos mismos ciertas corrientes o flujos de residuos (como

aceites lubricantes usados o medicamentos caducos y agujas hipodérmicas usadas) a los

centros de acopio comunes autorizados (incluyendo los que establezcan los productores,

importadores y distribuidores de los residuos peligrosos de productos citados en el artículo 31 de

la Ley), siguiendo las reglas de seguridad correspondientes.

Dichos establecimientos microgeneradores pueden darse de alta y ser registrados como tales

por la Semarnat o por las autoridades estatales y municipales que hayan establecido convenios

con la Semarnat para ocuparse de su control, según corresponda.

Para el caso de microgeneradores de residuos peligrosos biológico infecciosos, el artículo 52

del Reglamento prevé la posibilidad de que se organicen para establecer sistemas de

recolección y transporte. Por su parte el artículo 85 establece la forma en que se regirá el

transporte de dichos residuos cuando se realice por el propio microgenerador.

Artículo 48.- Las personas consideradas como microgeneradores de residuos peligrosos están

obligadas a registrarse ante las autoridades competentes de los gobiernos de las entidades

federativas o municipales, según corresponda; sujetar a los planes de manejo los residuos

peligrosos que generen y que se establezcan para tal fin y a las condiciones que fijen las

autoridades de los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios competentes; así

como llevar sus propios residuos peligrosos a los centros de acopio autorizados o

enviarlos a través de transporte autorizado, de conformidad con las disposiciones legales

aplicables.

El control de los microgeneradores de residuos peligrosos, corresponderá a las autoridades

competentes de los gobiernos de las entidades federativas y municipales, de conformidad con lo

que establecen los artículos 12 y 13 del presente ordenamiento.

Artículo 49.- La Secretaría, mediante la emisión de normas oficiales mexicanas, podrá establecer

disposiciones específicas para el manejo y disposición final de residuos peligrosos por parte de

Page 13: Plan de Manejo de Residuos Peligrosos

los microgeneradores y los pequeños generadores de estos residuos, en particular de aquellos

que por su peligrosidad y riesgo así lo ameriten.

En todo caso, la generación y manejo de residuos peligrosos clorados, persistentes y

bioacumulables, aun por parte de micro o pequeños generadores, estarán sujetos a las

disposiciones contenidas en las normas oficiales mexicanas y planes de manejo

correspondientes.

IMPLEMENTACION DE PRÁCTICAS

1. Inventario de los RPs que se generan

Se realizará un inventario de los RPs, que se generan en el taller. El inventario deberá

incluir:

El sitio de generación

Las características (CRETIB) de los residuos generados

Las cantidades de cada RP que se producen.

Se visitarán los sitios potencialmente generador de RP del taller “ORTIZ” y se

entrevistará a los responsables de cada sitio (se le avisará previamente de la visita).

Durante la visita se aplicará un cuestionario previamente diseñado y encaminado a

obtener la información requerida para el inventario.

A la par de las visitas, los resultados se procesarán para determinar en forma

preliminar los grupos de residuos (de acuerdo a las características) y las cantidades

que se producen en cada punto de generación. Con esta información se obtendrán las

Page 14: Plan de Manejo de Residuos Peligrosos

cantidades que servirán como base para el diseño y/o acondicionamiento de los

almacenes temporales que sean necesarios.

1. Identificación de necesidades de manejo y almacenamiento:

Se diseñarán los sitios de almacenamiento temporal y los mecanismos de operación

del mismo. A partir de la información obtenida en el inventario se harán los cálculos

necesarios para determinarán las necesidades de espacio y características de manejo

interno y almacenamiento temporal de los RPs. (tanto RPBI como químicos).

Se seleccionarán los sitios adecuados y se establecerán las capacidades y

características con pego tanto a las cantidades por almacenar, las condiciones de los

sitios generadores como a lo establecido en el reglamento de ley correspondiente.

2. Capacitar al personal del taller “ORTIZ” involucrado en el manejo de RPs:

Se identificará al personal que labora directamente con los residuos peligrosos y se les

dará capacitación en temas de normatividad vigente y de métodos de manejo “in situ”.

Se impartirá un Curso – Taller al personal directamente involucrado con la generación y

manejo de RPs.

Este curso – taller estará basado en el manejo de la normatividad para la determinación

de compatibilidades, la asignación de códigos CRETIB y la elaboración de etiquetas.

Se enfocará específicamente a los residuos encontrados en la realización del

inventario. Durante el curso se determinarán los grupos por compatibilidades de los

residuos peligrosos basados en los criterios normativos. Se elaborarán etiquetas para

los RPs mas representativos.

3. Implementar campañas de sensibilización en el manejo de RPs:

Page 15: Plan de Manejo de Residuos Peligrosos

Se realizarán una campaña de sensibilización enfocada a las buenas prácticas de

manejo de residuos en los laboratorios de la UADY, dirigida a los usuarios de dichos

laboratorios, es decir, estudiantes, servicio social y público en general.

Se harán posters y boletines informativos para los usuarios de los laboratorios en los

que se generan los RPs. Estos posters deberán contener información sobre: la

peligrosidad de los RPs los códigos CRETIB la compatibilidad entre residuos tips para

el etiquetado y almacenamiento correctos.

4. Cumplir con la normatividad vigente en materia de transporte y disposición final de los RPs:

Los RPs generados en el taller “ORTIZ” se enviarán a su disposición final mediante

empresas acreditadas que realicen la recolección y la disposición final de los RPs.

Se contratarán empresas acreditadas por las autoridades competentes para la

recolección y disposición de los RPs siguiendo los procedimientos de contratación que

presenta el taller “ORTIZ”

INVENTARIO OBTENIDO DURANTE LA VISITA AL TALLER MECANICO “ORTIZ”

A continuación se presentan los residuos peligrosos que se generan en

una agencia automotriz, en las diferentes áreas, incluyendo las

características físicas, químicas o biológicas que hacen a un residuo

peligroso, de acuerdo al Código de Peligrosidad de los Residuos (CPR),

establecidos en la NOM-052-SEMARNAT-2005.

TIPO DE RESIDUO CARACTERISTICAS (CRETIB)

Cantidad

Page 16: Plan de Manejo de Residuos Peligrosos

Aceite usado Toxico-Inflamable 30 litros

Filtros de aceite Usado Toxico-Inflamable 4-7

Filtros de gasolina usado

Toxico-Inflamable 4-7

Estopas impregnados de aceite

Toxico-Inflamable 2kg

Recipientes vacios que contuvieron aceite, anticongelante, liquido de frenos, aerosoles.

Toxico 19

Desengrasante contaminado utilizado para el lavado de piezas

Inflamable 5

Baterias Usadas Corrosivo 2-4 Baterías

Lodos provenientes de la limpieza de drenajes aceitosos

Toxico 20

Piezas Oxidadas Corrosivo 20 Kg

MINIMIZACION DE RESIDUOS PELIGROS DENTRO DEL TALLER MECÁNICO

Toda actividad que se realice dentro del taller mecánico, deberá generar el mínimo de

residuos peligrosos, para lo cual se deberán tomar las siguientes precauciones:

Fugas.

En todo vehículo que presente fugas de aceite o anticongelante, que ingrese al taller,

se deberá colocar una charola para captación de derrames, mientras se realiza la

revisión mecánica. Se debe evitar utilizar cartones y emplear aserrín en las

operaciones de limpieza de aceite, ya que ello generará un mayor volumen de residuos

peligrosos.

El producto del derrame deberá vaciarse en el contenedor que corresponda.

Esto también aplica para autos siniestrados que han sufrido daños en el motor y que

puedan presentar fugas. Sobre este particular se debe tener especial cuidado cuando

estos autos accidentados se depositan en suelo natural, ya que toda fuga de aceite o

Page 17: Plan de Manejo de Residuos Peligrosos

anticongelante que se tenga contaminará el suelo y habrá la necesidad de remover la

tierra contaminada con el correspondiente incremento en el volumen de residuos. Si la

afectación a suelo natural es mayor a un metro cúbico, habrá la necesidad de llevar a

cabo una remediación del sitio.

Cambios de aceite y filtro.

Durante los cambios de aceite del motor, se deberá evitar que el aceite usado caiga al

piso, utilizando preferentemente los dispositivos que permiten captar el aceite

directamente del auto

El filtro usado deberá escurrirse y colocarse en el recipiente específico para este

residuo peligroso.

Afinaciones de motor.

Dentro de las afinaciones de motor es común sustituir las siguientes partes

automotrices:

Filtros de aire

Filtros de gasolina

Bujías.

La única refacción que se considera un residuo peligroso, es el filtro de gasolina usado,

por la presencia del inflamable. En el caso de los filtros de aire, estos solo serían

considerados peligrosos si tuviesen residuos de aceite; sin embargo, los filtros de aire

en donde se observe solo la presencia de residuos de polvo, no son considerados

peligrosos, por lo que se debe evitar contaminarlos.

Las bujías usadas pueden estar contaminadas ya sea con aceite o gasolina, en el

momento de removerlas del motor. Por tal motivo, dichas bujías deben limpiarse con

franela o trapo y manejarse como residuo no peligroso. El trapo o franela empleada se

manejará como residuo peligroso una vez alcance el volumen de impregnación del

residuo.

Otras reparaciones mecánicas.

Page 18: Plan de Manejo de Residuos Peligrosos

Las reparaciones mecánicas que pueden dar origen a generar residuos peligrosos, son

las que requieren de llevar a cabo los siguientes reemplazos:

Cambio de acumulador.

Cambio de aceite de transmisión.

Cambio de líquido de frenos.

Cambio de anticongelantes

Las balatas no se consideran residuos peligrosos, aunque estas contengan asbesto. El

único caso en que alguna balata puede ser considerada peligrosa es cuando haya

alguna ruptura en la pasta que pudiese ocasionar desprendimiento de polvo o fibras de

asbesto con la simple presión de la mano. El asbesto en ese estado físico se considera

tóxico y cancerígeno, al inhalarse durante exposiciones prolongadas.

Los recipientes vacíos de aerosoles empleados para limpieza del sistema de frenos e

inyectores son residuos peligrosos. Igualmente, los recipientes vacíos que contuvieron

líquido de frenos y anticongelantes. Si el aceite de transmisión no se recibe a granel,

los recipientes vacíos son también residuos peligrosos.

Toda la tornillería y demás partes metálicas que hayan tenido que ser reemplazadas

por refacciones nuevas, deben limpiarse, en el caso de que se hayan contaminado con

aceites o grasas, para no manejarlas como residuos peligrosos. Los trapos empleados

se manejarán como residuos peligrosos, tal y como se explicó en el caso de las bujías.

Lavado de partes metálicas.

Para el lavado de las partes metálicas que se impregnan con grasa o aceite, es

conveniente emplear los sistemas en donde se mantiene en recirculación la solución

desengrasante. Esto permite reducir la cantidad de residuos peligrosos, ya que solo se

repone la solución que ha alcanzado su grado de saturación.

Se debe evitar limpiar partes metálicas contaminadas empleando agua corriente y

detergentes, ya que esto da origen a un problema de contaminación de agua.

Lavado de carrocería, chasis y motor.

Page 19: Plan de Manejo de Residuos Peligrosos

Durante este tipo de operaciones se generan lodos y residuos de grasas y aceites que

se descargan a las redes de drenaje originando un problema de contaminación. Esto se

ha venido resolviendo mediante el uso de trampas para sólidos, grasas y aceites,

empleando fundamentalmente tratamientos físicos de separación, que se basan en las

diferentes densidades de los diferentes componentes.

Estos sistemas generan residuos peligrosos conformados fundamentalmente por lodos

con grasas y aceites, normalmente con un alto contenido de agua, que deben enviarse

a disposición final.

Para este caso en particular, se debe reducir el volumen de los residuos peligrosos,

pudiéndose utilizar las siguientes prácticas:

Diseñar trampas donde se pueda separar de manera más eficiente los residuos sólidos

de las grasas y aceites.

Extraer las grasas y aceites que quedan en la superficie de la trampa, empleado

técnicas ya sean manuales o mecánicos. La técnica mecánica que se recomienda es

empleando el equipo “oil mop” que permite extraer exclusivamente las grasas y aceites

del agua, reduciendo sensiblemente el volumen de residuos.

Establecer programas de mantenimiento de limpieza y desasolve de trampas, para

permitir que estas operen con la eficiencia deseada.

Evitar el ingreso de agua de lluvia u otros efluentes a la trampa de grasa.

Implementar un programa de análisis de la descarga residual a la red de drenaje, una

vez separadas las grasas y aceites, para vigilar el cumplimiento de los límites

permisibles aplicables.

Recipientes para residuos peligrosos dentro del taller mecánico.

Tomando en consideración las políticas establecidas en los numerales anteriores, los

únicos residuos peligrosos que se manejarían dentro del taller mecánico, son los

siguientes:

Residuos líquidos:

Page 20: Plan de Manejo de Residuos Peligrosos

Aceite usado.

Anticongelante gastado.

Líquido de frenos gastado.

Residuos de trampas de grasas y aceites.

Residuos sólidos

Filtros usados de aceite y gasolina.

Trapos o franelas impregnados de aceite.

Baterías usadas.

Filtros usados de aire (siempre y cuando estén impregnados de aceite).

Recipientes vacíos que contuvieron anticongelante y líquido de frenos.

Recipientes vacíos de aerosoles empleados como limpiadores del sistema de frenos e

inyectores.

Manejo de residuos peligrosos dentro del taller mecánico.

A fin de no entorpecer la labor del taller mecánico, el personal debe contar con

recipientes “en el sitio” para depositar los residuos peligrosos que genere en sus

actividades diarias. Se debe contar con recipientes, claramente identificados, para los

siguientes residuos:

Filtros usados de aceite. Trapos, franelas y filtros de aire impregnados de aceite.

Envases de plástico vacíos que contuvieron alguna sustancia peligrosa (anticongelante, líquido de frenos, aceite de transmisión).

Filtros de gasolina y envases metálicos vacíos que contuvieron alguna sustancia peligrosa (aerosoles, líquido de frenos. En este contenedor se depositarían los convertidores catalíticos agotados. En el caso de las baterías usadas, se deberá contar con una tarima de material plástico, para que resista la corrosión ácida. El aceite usado y los lodos de la trampa de grasas y aceites, deberán enviarse directamente al almacén temporal.

Page 21: Plan de Manejo de Residuos Peligrosos

ALMACÉN TEMPORAL DE RESIDUOS PELIGROSOS.

El almacén temporal reviste especial importancia, ya que es el área en donde se

concentran los diferentes residuos peligrosos que genera el taller “ORTIZ”, antes de su

envío a los sitios de disposición final, por lo que debe permanecer en condiciones de

orden y limpieza. Al efecto el dueño del Taller, serán a su vez los responsables de que

se cumpla lo dispuesto por los artículos 82 y 83 del Reglamento de la Ley General para

la Prevención y Control Integral de los Residuos.

A continuación se dan algunas recomendaciones a seguir para el adecuado manejo de

un almacén temporal de residuos peligrosos:

Aspectos generales.

El almacén temporal de residuos peligrosos, debe contar con una persona responsable

que vigile y registre el ingreso y salida del los diferentes residuos. El acceso al mismo

debe estar restringido.

Todo recipiente que ingrese al almacén deberá estar claramente identificado con el

residuo que contenga. Asimismo, los contenedores dispuestos en el interior del

almacén deben estar también debidamente identificados, para evitar confusión.

No deberán permanecer recipientes conteniendo residuos peligrosos, fuera del

almacén.

Los residuos peligrosos no deberán permanecer más de seis meses en el almacén

temporal. Si por alguna razón especial, algún residuo debe permanecer más de ese

tiempo, se deberá notificar por escrito a la SEMARNAT, solicitando una ampliación de

plazo y explicándole las razones.

Operaciones de trasvase de residuos peligrosos a disposición final.

El responsable del almacén temporal de residuos peligrosos, debe estar presente

durante las operaciones de trasvase de residuos para su envío a disposición final.

Page 22: Plan de Manejo de Residuos Peligrosos

El prestador de servicios deberá acatar las disposiciones de seguridad que establezca

la organización, cuidando los siguientes aspectos:

Cuando se emplee un carro pipa para el trasvase del aceite usado, este debe

conectarse a tierra física y debe calzarse la unidad, para evitar que esta se mueva

durante la operación de succión del residuo, ya que se corre el riesgo de que la

manguera se pudiese zafar o romper durante la maniobra, con el consecuente derrame

del residuo. Además, se debe señalizar el área, ya sea usando cinta o letreros de

advertencia, para que no ingrese al sitio ninguna personal no autorizada, durante la

operación de descarga de residuos peligrosos.

Se debe evitar que durante las labores de trasvase y retiro de residuos, se presenten

derrames o fugas, para evitar la generación de un mayor volumen de residuos

peligrosos.

Control de los residuos peligrosos.

Tal y como se señala, se debe contar preferentemente con una persona encargada de

la vigilancia y control del almacén temporal de residuos peligrosos.

Para tal efecto, se debe contar con una bitácora para el registro de los movimientos de

los residuos, en donde se debe registrar la siguiente información:

- Nombre del residuo.

- Características de peligrosidad.

- Área o proceso donde se generó.

- Fecha de ingreso y salida del almacén temporal.

- Nombre o razón social del prestador de servicios encargado del manejo de dichos

residuos (deberá contarse con las aprobaciones vigentes de SEMARNAT para la

disposición de dichos residuos y de la SCT para la transportación de los mismos).

- Nombre y firma del responsable técnico de la bitácora.

Para cada uno de los residuos peligrosos, se deberá especificar la forma de manejo

que se le dará, considerando las siguientes opciones:

Page 23: Plan de Manejo de Residuos Peligrosos

Reutilización; reciclaje; co-procesamiento; tratamiento biológico, químico, físico o

térmico; acopio; almacenamiento; transporte y disposición final.

Se deberá anotar el nombre o razón social del prestador de servicio, indicando

su número de autorización de SEMARNAT.

Asimismo, se deberá dar puntual seguimiento al manifiesto de entrega-

transporte-recepción.

La bitácora es un documento muy importante y debe estar en el almacén temporal de

residuos peligrosos, bajo el resguardo permanente del responsable técnico de su

llenado. No deberá ser alterada o modificada y se deberá conservar en buen estado.