plan de convivencia normas de organización y

61
Plan de convivencia Normas de Organización y Funcionamiento Curso 2021-2022

Upload: others

Post on 28-Apr-2022

5 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Plan de convivencia Normas de Organización y

Plan de convivencia

Normas de Organización y Funcionamiento

Curso 2021-2022

Page 2: Plan de convivencia Normas de Organización y

EL PLAN DE CONVIVENCIA

INTRODUCCIÓN

El plan de convivencia de un centro es el documento en el que se establece el

ejercicio y el respeto de los derechos y deberes de los miembros de la

comunidad educativa, siendo la base esencial de una convivencia entre iguales,

que respete la diferencia de géneros y la interculturalidad, así como de las

relaciones entre profesorado, alumnado, familias y personal no docente. Por

esta razón, debe convertirse en un instrumento de planificación educativa que

ha de ser coherente con el resto del Proyecto Educativo y con un enfoque que

favorezca el ejercicio de los valores de responsabilidad, tolerancia, igualdad y

respeto. A este respecto, debemos reseñar que todo buen plan de convivencia

deberá contar con estructuras de participación desde el aula, tanto del

alumnado como de las familias, que podrían disponer de delegados y de juntas

de delegados que coordinarán con el profesorado la tarea que finalmente

gobierna la comisión de convivencia y ejecuta el equipo directivo; y con una

autoformación y formación, que podría recoger experiencias de formación

conjunta entre profesionales docentes, familias y alumnado, elegidos

democráticamente o por procesos de implicación en el voluntariado.

En el plan de convivencia han de incluirse procedimientos que tiendan a la

prevención y resolución pacífica de los conflictos, a lograr la conciliación y la

reparación, así como las directrices para asumir compromisos educativos para

la convivencia, atendiendo a que cumplan con la finalidad de medidas

correctoras educativas, y contribuyendo al desarrollo de las competencias

básicas. Por tanto, aunque se trate de un elemento de gestión de la

convivencia, por encima de todo, debe constituirse como un elemento para la

mejora del centro educativo.

Si bien, cada centro docente puede establecer sus propios procedimientos de

resolución de conflictos, haciendo de la autogestión de conflictos una

oportunidad para la formación. No debe obviarse que estos procedimientos

deberán regirse por los principios de oportunidad, intervención mínima,

graduación y proporcionalidad; y se priorizarán la importancia de la acción

preventiva como garantía para la mejora de la convivencia escolar.

Page 3: Plan de convivencia Normas de Organización y

El Plan de Convivencia como uno de los ejes principales de gestión, estará

relacionado, e incluirá o abarcará, otros documentos institucionales: las Normas de

Organización y Funcionamiento, en las que se exponen los ámbitos generales de

convivencia sobre los que elaboramos la normativa del centro, incluyendo aquellos

aspectos que garanticen la aplicación del Plan de Convivencia. Con el Proyecto

Educativo del centro que entre sus componentes debe incluir el Plan. Con la

Programación General Anual, que, anualmente, concretará las acciones

necesarias para alcanzar los objetivos del Plan de Convivencia, pudiendo incluir

aspectos tales como su calendario de ejecución, responsables, seguimiento,

evaluación…

JUSTIFICACIÓN

El IES El Tanque trabaja para garantizar la buena organización del Centro y canalizar

una convivencia positiva de los distintos estamentos que la componen. La finalidad

de la educación impartida en este Centro será el pleno desarrollo de la personalidad

de su alumnado, mediante una formación humana integral, el respeto a los principios

democráticos de convivencia, a los derechos y libertades fundamentales, así como la

adquisición de competencias de la ESO, y de hábitos de trabajo que permitan la

preparación para participar, activamente, en la vida social, cultural, la formación para

la paz, la cooperación y la solidaridad entre los pueblos.

En el marco constitucional, el artículo 27 reconoce a todas las personas el derecho a

la educación. Así, se exige de todos los agentes que participan en el proceso

educativo, tanto en la escuela como en el hogar, apoyo, ayuda y la transmisión de los

valores que son cruciales, para que el alumno o alumna perciba la importancia de la

educación y de la convivencia como una cuestión esencial. Esa participación

aumenta de manera significativa el potencial del alumnado para su desarrollo

académico, personal y social, pues son los padres, madres, tutores o tutoras los

primeros y principales colaboradores en el proceso educativo, por tanto, su

participación es un valor necesario para la consecución de los objetivos y fines de la

educación.

El IES El Tanque se embarca en la elaboración y puesta en marcha de un Plan de

Convivencia, encuadrado no solo dentro del Proyecto Educativo, sino en todos los

documentos que rigen la vida de nuestro centro, haciendo de nuestro Plan un

documento detallado y minucioso que nos oriente en nuestras planificaciones en

Page 4: Plan de convivencia Normas de Organización y

materia de convivencia; convirtiéndolo en un modelo de organización de centro que

nos permita organizar las actuaciones y la planificación de las actividades que se

realicen en materia de mejora de la convivencia (que incluirán el desarrollo de un

programa de mediación, para todos los miembros de la comunidad educativa, que se

convierta en un modelo de prevención y resolución de conflictos).

Y es que hoy en día, la sociedad entiende que es a través de la educación como se

fomenta la convivencia democrática y el respeto a las diferencias individuales, y que

este proceso dinámico de las relaciones de convivencia se genera de forma natural

dentro de la escuela. Por eso, es en los centros educativos donde deben articularse

todas las actuaciones necesarias para el proceso de enseñanza y aprendizaje de la

convivencia, promoviendo dentro de nuestra escuela la cultura de la paz, mediante la

incorporación de valores de no violencia, tolerancia, participación, solidaridad y

justicia. Para lograr una mejora de la convivencia en el centro docente, se necesita la

implicación de toda su comunidad educativa, y por ello, es necesario el trabajo

coordinado de profesores, padres y alumnos, planificando, desarrollando y evaluando

las actuaciones encaminadas a mejorar la convivencia y el clima escolar.

Si todas estas acciones hacen referencia a una propuesta centrada en las relaciones

de convivencia, es a través del Currículo establecido, dónde se destaca el carácter

integral de las propuestas curriculares, y se prioriza la incorporación de forma

transversal en los procesos de enseñanza/aprendizaje, a las diferentes áreas y

materias, de una serie de contenidos que nuestra sociedad demanda, tales como la

educación en valores democráticos, la educación para la convivencia, para la

tolerancia, para la paz, la educación intercultural, para la igualdad entre sexos, la

educación ambiental, la educación para la salud y la educación sexual. Por lo tanto,

se trataba de establecer medidas para que nuestra institución educativa sea un

espacio permanente de paz y de no violencia, en donde los conflictos que surjan

entre los distintos miembros de la comunidad educativa se resuelvan de manera

educativa, competencial y constructiva, a través del desarrollo de la cultura de la

comunicación, la participación y la convivencia.

Como citamos, todas estas actuaciones previstas deberán recogerse en el NOF, en

el Proyecto Curricular, en el PAT, en el Plan de Atención a la Diversidad, y en las

normas que organizan y regulan el funcionamiento del centro. Corresponde, por

tanto, al centro docente, en el ejercicio de su autonomía, regular la convivencia a

través del proyecto educativo. Es función del profesorado, de las familias y demás

Page 5: Plan de convivencia Normas de Organización y

integrantes de la comunidad educativa la contribución a que las actividades del

centro se desarrollen en un clima de respeto, de tolerancia, de participación y libertad

para fomentar en el alumnado los valores de la ciudadanía democrática.

El Plan de Convivencia debe atender a los principios y fines de la educación

establecidos en los artículos 1 y 2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de

Educación. Estos principios son los siguientes:

a) La educación en el ejercicio de valores que favorezcan la

responsabilidad, la tolerancia, la igualdad y el respeto.

b) El respeto por los derechos y deberes de todos los

componentes de la comunidad educativa y la garantía de su

protección y defensa.

c) Igualdad, en el sentido de que todo el alumnado tiene los

mismos derechos y deberes básicos sin más distinciones que

las derivadas de su edad y de las enseñanzas que se

encuentren cursando.

d) El desarrollo de los procesos de enseñanza y los procesos de

aprendizaje en un clima de respeto mutuo.

e) La importancia de la acción preventiva como mejor garantía

para la mejora de la convivencia escolar.

f) La autogestión de conflictos como una oportunidad para la

formación, de modo que los centros docentes establezcan sus

propios procedimientos de resolución de conflictos que

plasmarán en el plan de convivencia.

g) La participación activa de la comunidad educativa en la

elaboración, control del cumplimiento y evaluación de las

normas de convivencia del centro, y la del profesorado y

alumnado en las normas de aula.

h) La corresponsabilidad de los miembros de la comunidad

educativa para conseguir un clima escolar adecuado.

i) El reconocimiento de la autoridad del profesorado para un

correcto desarrollo del proceso educativo. La necesidad de una

colaboración e implicación de los padres y madres, o tutores y

tutoras legales, del alumnado en la función tutorial del

profesorado.

Page 6: Plan de convivencia Normas de Organización y

j) La relevancia de los órganos colegiados y de los equipos

directivos de los centros en el impulso de la convivencia y en el

tratamiento de los conflictos.

k) La Inclusión e integración de culturas, considerando que la

diversidad es una condición básica del ser humano, siempre

que se respeten los valores constitucionales.

l) La colaboración con los centros educativos de las instituciones

y agentes sociales, especialmente los de su entorno.

m) El compromiso de la administración educativa de establecer

las líneas de colaboración y coordinación necesaria con otras

administraciones, instituciones y medios de comunicación para

desarrollar actuaciones dirigidas al conjunto de la ciudadanía.

Las normas de organización y funcionamiento permitirán desarrollar el Proyecto

Educativo del IES EL Tanque y las disposiciones generales sobre los fines de la

educación de Personas Adultas y los derechos y libertades reconocidos a todos los

miembros de la comunidad educativa.

Asimismo, con lo dispuesto en el Decreto 81/2010, de 8 de julio, por el que se

aprueba el Reglamento Orgánico de los Centros docentes públicos, las Normas de

Organización y Funcionamiento forman parte del Proyecto Educativo, por lo que

tendrá la misma divulgación que el documento en el que se integra, tras ser debatido

y acordado por los órganos de la Comunidad Educativa, legitimados por el

ordenamiento jurídico y bajo el principio de la autonomía pedagógica y organizativa

del centro, reconocido por la ley bajo la denominación “Normas de Organización y

Funcionamiento del IES El Tanque” se aglutina el conjunto de normas reguladoras de

la estructura organizativa y el funcionamiento del mismo, así como las pautas de

convivencia de la Comunidad Educativa que lo integra, que es preciso observar para

poder conseguir los fines del Centro, dentro de un clima de respeto a las personas y

a los bienes.

Por otra parte, el centro tiene un Plan de Convivencia, que establece las pautas que

debemos seguir todos los miembros de la Comunidad Educativa. Estas Normas

tendrán vigencia en las instalaciones del Centro y en los lugares que se visiten con

motivo de actividades extraescolares, complementarias y viajes culturales

organizados por el Instituto.

Page 7: Plan de convivencia Normas de Organización y

Las normas de Organización y Funcionamiento del IES ElTanque, serán de obligado cumplimiento para todos losmiembros de la comunidad educativa y responden al siguientemarco legal:

Decreto 114/2011, de 11 de mayo, por el que se regula la convivencia

en el ámbito educativo de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Orden de 27 de junio de 2014, por la que se regula la gestión del

conflicto de convivencia por el procedimiento de mediación en los

centros educativos de enseñanza no universitaria de la Comunidad

Autónoma de Canarias.

Resolución n.º 67 de la Viceconsejería de Educación yUniversidades, por la que se dictan instrucciones sobre convivencia

escolar, derechos y deberes de los miembros de la comunidad educativa

y gestión de procedimientos disciplinarios en los centros educativos.

Resolución de la Dirección General de Ordenación, Innovación y

Promoción Educativa por la que se aprueba el procedimiento para la

certificación de los proyectos de innovación incluidos en la denominación

“Implementación del Modelo de Convivencia Positiva” desarrollados

durante el curso escolar 2015-2016 en centros educativos de la

Comunidad Autónoma de Canarias.

PRINCIPIOS Y VALORES DEL PLAN DE CONVIVENCIA

Además deben de tenerse en cuenta las metas establecidas por el Centro en su

Proyecto Educativo, los principios que rigen y deben caracterizar el plan de

convivencia del IES El Tanque son los siguientes:

Page 8: Plan de convivencia Normas de Organización y

- PARTICIPATIVO, INQUIETO, CURIOSO, OPTIMISTA, INNOVADOR

Donde todos/as puedan expresar y aportar sus ideas.

Es más, su última actualización viene dada por una propuesta (uniformes escolares)

del alumnado, que llevada a encuesta y aprobada se traslada al Consejo Escolar

para su ejecución.

- INTEGRADOR

Pueda dar respuesta a las realidades particulares de los alumnos y que fomente la

igualdad en todos los sentidos, atendiendo a los alumnos “por encima” y “por debajo”

y poner mayores metas a conseguir.

- SALUDABLE

Aprendemos a mejorar nuestra salud física y mental.

- ORGANIZADO

Con medios disponibles y eficaces, con un plan de trabajo claro y ordenado.

- RESPETUOSO

El Plan de Convivencia propuesto tiene como meta fundamental, entre otras, el

constituir un Centro RESPETUOSO, lo que supone que se debe cuidar al máximo el

clima adecuado de convivencia entre los distintos agentes que participan en el

proceso educativo. Se tratará de desarrollar una labor educativa donde se garantice

el correcto desarrollo de los procesos de enseñanza y de aprendizaje, por lo que se

deben generar procedimientos para la prevención de los conflictos así como el

mantenimiento del óptimo clima de convivencia escolar.

Conceptos previos

Se entenderá por Convivencia Escolar la interrelación entre los diferentes miembros

de la comunidad educativa que tienen una significativa incidencia en el desarrollo

ético, socio-afectivo e intelectual del alumnado. Se debe contemplar pues en el Plan

de Convivencia el ejercicio y el respeto de los derechos de los miembros de la

Page 9: Plan de convivencia Normas de Organización y

comunidad educativa como base esencial de la convivencia entre iguales, entre

géneros y en la interculturalidad así como de las relaciones entre el profesorado, el

alumnado y su familia y el personal no docente. Queda por enfatizar que el objetivo

de preservar el clima de convivencia escolar óptimo es una tarea compartida entre

los diferentes miembros de la comunidad educativa.

Se entenderá por Conflicto de Convivencia a la situación de desacuerdo que se

produce entre dos o más miembros de la comunidad educativa, cuando al menos

una de las partes implicadas en el conflicto se percibe y/o está dañada física y/o

moralmente por la actuación del otro. Esta actuación puede o no constituir una falta

de disciplina.

Las medidas a tomar ante conductas contrarias a la convivencia habrán de tener un

carácter educativo y recuperador sin que se menoscaben los derechos del

alumnado. Además deben contribuir a la mejora de su proceso educativo y al normal

funcionamiento del aula y del centro docente, así como tener en cuenta la situación y

condiciones personales del alumno.

Los niveles de intervención serán distintos según se tipifique la conducta contraria a

la convivencia como de carácter leve, grave o que perjudican gravemente la

convivencia. En cualquier caso de conflicto de convivencia se seguirá un protocolo

estipulado que determinará los pasos que se deben dar para la resolución, ya sea

por el propio profesor, el profesor de guardia, el tutor, el Equipo de gestión de

convivencia o el Equipo Directivo1.

DIAGNÓSTICO DE LA CONVIVENCIA DEL CENTRO

La mayoría de los agentes implicados en la vida diaria del Centro (alumnos,

profesores, personal no docente y familias) a través de las distintas encuestas

tienen una impresión positiva de la convivencia, aunque siempre se señalan que

hay aspectos mejorables.

1 Los comportamientos estipulados como falta leve, grave, muy grave, responden alDecreto de Convivencia 114/2010: Son dados a conocer a toda la Comunidadeducativa en diversos documentos y reuniones, incluyendo los derechos y deberes,y se incluyen tanto en la agenda escolar como en el parte de incidencias.

Page 10: Plan de convivencia Normas de Organización y

Se destacan como aspectos positivos el ambiente existente, la comunicación fluida

entre todos los agentes ante cualquier alteración de dicho clima, la inmediata

actuación para la resolver los conflictos surgidos y el conocimiento exhaustivo de la

mayoría de alumnos.

Encuestados los distintos sectores de la comunidad, se obtiene que existen

diferencias según los agentes encuestados y, algunas veces, se entra en

contradicción con lo expresado anteriormente. Así, para los alumnos se debe

potenciar la madurez, el respeto y las medidas disciplinarias. Para las familias, se

debe mejorar la comunicación profesores-familias y la labor de vigilancia del

alumnado, así como contar con otras medidas de tipo psicológico. Para los

profesores, en cambio, deben mejorarse los siguientes aspectos de la convivencia

del Centro: el respeto de las normas de convivencia por parte del alumnado, la

información de las medidas adoptadas por la Comisión de Convivencia, el control de

los cambios de clase, la implicación de las familias, las medidas a tomar con

alumnos “reincidentes”, la formación del profesorado y la variedad de herramientas o

estrategias para prevenir y mantener la buena convivencia.

En conclusión, el centro no destaca especialmente por el número de conflictos que

se generan en el centro. No obstante, estos números requieren de un análisis

aclaratorio: lo primero, todos apostamos por la convivencia positiva; se dan

conflictos crecientes debido al uso indebido de los teléfonos móviles y redes

sociales que derivan o se manifiestan en el centro; no se racionalizan ni

desarrollan los valores de respeto entre el alumnado, e incluso, con la figura de

profesorado concreto2. No se registran puntualmente incidencias y problemas de

convivencia que sí salen a la luz durante reuniones de equipos educativos y

evaluaciones. La violencia como mecanismo de defensa está justificada y apoyada

por los padres y madres de nuestros alumnos. No existe corresponsabilidad ni

autonomía en la gestión o prevención de conflictos por parte de nuestro alumnado.

Las incidencias se están dando en aumento durante los dos últimos cursos,

centralizadas en el primer ciclo de la ESO.

Al analizar las propuestas de mejora en las relaciones entre los distintos agentes,

tenemos también una variedad de respuestas, aunque se pueden resumir en:

mejorar el respeto y la comunicación. También se asemeja a lo anterior lo relativo al

análisis pertinente sobre la labor de la Comisión de Convivencia, teniendo como

2 Incide más en los grupos de FP y con profesorado sustituto.

Page 11: Plan de convivencia Normas de Organización y

factor añadido el desconocimiento que se tiene de esta Comisión entre las familias y

los alumnos.

La mayor parte de las incidencias tienen un carácter menor y están recogidas en el

NOF. La prueba más evidente de este hecho reseñado es que sólo se han dado

dos expedientes disciplinarios con término en expulsión y traslado desde 2011 a

2018.

OBJETIVOS GENERALES. PRIORIZACIÓN Y PLANIFICACIÓN.

El objetivo principal del plan de convivencia es mantener los aspectos positivos

detectados en el diagnóstico de la convivencia y tratar de solventar los aspectos

negativos señalados en el diagnóstico anterior. Este objetivo se puede desglosar

en los siguientes objetivos:

Conseguir la integración de todo el alumnado, sin discriminación por razón

de raza, religión, género o identidad sexual.

Mejorar la relación entre todos los miembros de la comunidad educativa,

creando en el centro un ambiente más relajado y productivo.

Ayudar a reconocer y valorar los sentimientos, intereses, necesidades y

valores propios y de los otros: contribuyendo a desarrollar actitudes de

interés y respeto por el otro, aumentando el desarrollo de actitudes

cooperativas en el tratamiento de conflictos, al buscar juntos soluciones

satisfactorias para ambos

Gestionar los conflictos de forma educativa y dialogada, rigiéndose por los

principios de oportunidad, intervención mínima, graduación y

proporcionalidad, y favoreciendo el ejercicio de los valores de

responsabilidad, tolerancia, igualdad y respeto.

Favorecer la autorregulación a través de la búsqueda de soluciones

autónomas y negociadas que supongan una disminución del número de

conflictos y, por tanto, del tiempo dedicado a resolverlos, del uso de

sistemas punitivo- sancionadores para la resolución de conflicto, del

número de sanciones y expulsiones; potenciando el denominado modelo

integrado basado en la complementariedad entre modelos punitivos y

relacionales.

Page 12: Plan de convivencia Normas de Organización y

Priorizar la importancia de la acción preventiva como garantía para la

mejora de la convivencia escolar.

Graduar y adecuar la intervención y resolución de conflictos de forma

individualizada, atendiendo a las circunstancias personales y rechazando

las fórmulas estandarizadas que no supongan atención a la diversidad.

Fomentar la implicación de toda la comunidad educativa en la resolución de

conflictos y, en especial a las familias.

Diseñar acciones entre toda la comunidad educativa que desarrollen y

contribuyan a una cultura de paz e implicación democrática y responsable,

en la que resulte evidente el afianzamiento de la competencia social y

ciudadana.

Trabajar para una igualdad de género y de oportunidades real, que se

plasme en el currículo, en las programaciones didácticas, los documentos

de centro y el trato personal, incluyendo la imagen del alumnado, la difusión

en redes, etc.

Prestando especial atención, a las faltas e incidencias que puedan generarse

fruto de la ausencia de respeto hacia la mujer, por razón de género, o hacia otro

miembro o miembra de la comunidad educativa por un caso de disforia de

género.

Hacer partícipe al alumnado de la gestión y desarrollo del plan de convivencia.

Derechos y deberes de la Comunidad Educativa en los que se fundamentaeste Plan de Convivencia

Derechos del alumnado

Artículo 6.- Derecho a una formación integral.

El alumnado tiene el derecho a recibir una formación integral que contribuya al

pleno desarrollo de su personalidad y que se concreta en:

a) La formación en el respeto a los derechos y libertades fundamentales y en

los principios democráticos de convivencia.

Page 13: Plan de convivencia Normas de Organización y

b) La adquisición de habilidades, capacidades, competencias y conocimientos

que le permitan integrarse personal, laboral y socialmente.

c) El desarrollo de las actividades docentes con fundamento científico y

académico.

d) La orientación escolar, personal y profesional que le permita tomar decisiones

de acuerdo con sus aptitudes y capacidades, de manera especial del alumnado con

dificultades físicas, psíquicas o con carencias sociales o culturales.

e) El aprendizaje de métodos no violentos en la resolución de conflictos y de

modelos de convivencia basados en la diversidad y en el respeto a la igualdad entre

mujeres y hombres.

Art. 7.- Derecho al respeto.

El alumnado tiene derecho a que se respete su identidad, integridad y dignidad

personales por todos los miembros de la comunidad educativa. Este derecho

implica:

a) La protección contra toda agresión física, verbal, psicológica, moral y social.

La no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, capacidad económica,

nivel social, orientación e identidad sexual, convicciones políticas, morales o

religiosas, así como por discapacidades físicas o psíquicas, o cualquier otra

condición o circunstancia personal o social.

b) La existencia de unas condiciones adecuadas de seguridad, higiene y salud

en el centro.

c) La confidencialidad en sus datos personales, sin perjuicio de las

comunicaciones necesarias con la Administración educativa y la obligación que

hubiere de informar a otras Administraciones o autoridades, en los casos así

previstos.

Art. 8.-Derecho a la evaluación objetiva del aprendizaje.

1. El alumnado tiene el derecho a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento

sean valorados y reconocidos, conforme a criterios objetivos.

Page 14: Plan de convivencia Normas de Organización y

2. El alumnado, así como sus familias, tienen derecho a conocer, al inicio de

curso, los criterios de evaluación, calificación, promoción y titulación establecidos

por el centro.

3. El alumnado mayor de edad o sus representantes legales, en caso de

minoría de edad de aquel, tienen derecho a recibir información por el profesorado

en lo relativo a las valoraciones sobre su aprovechamiento académico, la marcha de

su proceso de aprendizaje y las decisiones que se adopten como resultado de dicho

proceso.

4. El alumnado, en el marco de la capacidad de obrar que le reconoce el

artículo 30 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá

reclamar contra las decisiones y calificaciones académicas que se adopten como

resultado del proceso de evaluación conforme al procedimiento legalmente

establecido. En caso de menores con incapacidad o de menos de 12 años, lo

podrán hacer sus familias.

Artículo 9.- Derecho a participar en el funcionamiento y en la vida del centro.

El alumnado tiene derecho a participar en la vida del centro y en su funcionamiento

en los términos establecidos en el presente Decreto, y en el resto de la normativa

educativa. Este derecho implica:

a) El aprendizaje activo en el ejercicio de la participación democrática, como

contribución al desarrollo de las competencias básicas sociales.

b) La participación de carácter individual y colectivo mediante el ejercicio de los

derechos de reunión, de asociación, a través de las asociaciones de alumnos y

alumnas, y de representación en el centro, a través de sus delegados o delegadas, y

de sus representantes en el Consejo Escolar de acuerdo con lo dispuesto en el

artículo 8 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la

Educación.

c) La elección, mediante sufragio directo y secreto, de sus representantes en el

Consejo Escolar y de los delegados o delegadas de grupo, que constituirán la Junta

de delegados o delegadas. Los delegados, delegadas y representantes del

Page 15: Plan de convivencia Normas de Organización y

alumnado en el Consejo Escolar tienen derecho a no ser sancionados en el ejercicio

de sus funciones como portavoces en los términos de la normativa vigente.

d) La manifestación de sus opiniones, individual y colectivamente, con libertad,

sin perjuicio de los derechos de los miembros de la comunidad educativa y del

respeto que, de acuerdo con los principios y derechos constitucionales, merecen las

personas y las instituciones.

e) La información sobre las cuestiones propias de su centro y de la actividad

educativa en general, en los términos previstos en la normativa de desarrollo y las

normas de convivencia del centro

Art. 10.- Derecho a la manifestación de la discrepancia. (Decreto 114/2011 de 11 de

mayo, BOC 108, 2 de junio de 2011)

1. El alumnado tiene derecho a la manifestación de la discrepancia ante

decisiones o acontecimientos relacionados con la vida escolar. Las discrepancias,

cualquiera que sea su motivación, alcance y contenido, serán puestas en

conocimiento de la dirección del centro, a través de los delegados o delegadas de

cada grupo, para que adopten las medidas que correspondan.

2. El plan de convivencia del centro regulará el procedimiento que permita el

ejercicio de este derecho. La dirección del centro pondrá en conocimiento del

Consejo Escolar los casos que deriven en una propuesta de inasistencia a clase por

parte del alumnado para que actúe como garante del cumplimiento del

procedimiento regulado.

3. Las decisiones colectivas de inasistencia a clase sólo podrán afectar al

alumnado a partir del tercer curso de la educación secundaria obligatoria. Estas no

tendrán la consideración de falta de conducta ni serán objeto de medida prevista en

el Título IV de este Decreto, cuando hayan sido el resultado del ejercicio del

derecho de reunión y sean comunicadas previamente a la dirección del centro. En

cualquier caso, el centro deberá garantizar el derecho de quienes no deseen

secundar la inasistencia a clase, y a permanecer en el mismo debidamente

atendidos por el profesorado correspondiente.

En caso de una inasistencia masiva del alumnado por razón de discrepancia, se

comunicará al Consejo Escolar dicho hecho, para que sirva de garante, y en ningún

Page 16: Plan de convivencia Normas de Organización y

caso la falta será registrada como incidencia o falta, solo como justificada o

injustificada si se recibe documento firmado por los padres o tutores que

especifiquen su apoyo a dicha discrepancia.

Art.- 11 Derecho del alumnado menor a la atención inmediata.

El alumnado menor de edad o con incapacidad tiene derecho a la protección en el

ámbito escolar. Entre otros este derecho comprende el conjunto de medidas y

actuaciones destinadas a prevenir e intervenir en situaciones de riesgo y de

desamparo en las que puedan involucrarse, tendentes a garantizar su desarrollo

integral y a promover una vida normalizada, primando, en todo caso, su interés

todo ello de acuerdo con lo previsto en los artículos 17 y 19 de la Ley 1/1997, de 7

de febrero, de Atención integral a los menores

Derecho a la igualdad de oportunidades.

El alumnado tiene derecho a recibir las ayudas y los apoyos precisos para

compensar las carencias y desventajas de tipo personal, familiar, de género,

económico, social y cultural, especialmente en el caso de presentar necesidades

específicas de apoyo educativo. La Consejería competente en materia de educación

promoverá las ayudas y subvenciones precisas para compensar dichas carencias

del alumnado mediante una política de becas y servicios de apoyo que favorezcan el

acceso o la continuidad del alumnado en los distintos niveles educativos, en un

marco de igualdad de oportunidades impulsando, en su caso, la adjudicación de

plazas en residencias escolares.

Art. 12.- Derecho a la protección social.

1. En el ámbito educativo, el alumnado tiene derecho a la protección social, en

los casos de infortunio familiar o accidente.

2. Independientemente de los derechos que les asisten en virtud de la

legislación en materia de sanidad y de seguridad social, la consejería competente en

materia de educación establecerá las condiciones académicas y económicas

adecuadas para que el alumnado que sufra una adversidad familiar, un accidente o

una enfermedad prolongada no se vea imposibilitado para continuar y finalizar los

estudios que se encuentre cursando o para acceder a estudios posteriores.

Page 17: Plan de convivencia Normas de Organización y

3. El alumnado de centros sostenidos con fondos públicos, de educación

primaria o educación secundaria obligatoria que como consecuencia de enfermedad

o accidente tenga impedida su asistencia al centro educativo, tiene derecho a recibir

atención educativa domiciliaria u hospitalaria, en las condiciones que establezca la

consejería competente en materia de educación.

Deberes del alumnado

Deber de estudio y de asistencia a clase.

1. El estudio es un deber básico del alumnado, que comporta el desarrollo y

aprovechamiento de sus aptitudes personales y de los conocimientos que se

impartan. Este deber básico, que requiere del esfuerzo, de la disciplina y de la

responsabilidad por parte del alumnado, se concreta en las siguientes obligaciones:

a) Mantener una actitud participativa, activa y atenta en clase sin interrumpir ni

alterar el normal funcionamiento de las clases.

b) Asistir al centro educativo con el material y equipamiento necesarios para poder

participar activamente en el desarrollo de las clases.

c) Respetar el ejercicio del derecho y el deber al estudio del resto del alumnado.

d) Realizar las actividades encomendadas por el profesorado en el ejercicio de sus

funciones docentes.

2. El alumnado tiene, asimismo, el deber de asistir a clase con puntualidad, sin

ausencias injustificadas, y respetando el procedimiento y horario de entrada y salida,

aprobado por el centro.

Deber de respeto al profesorado.

El alumnado tiene el deber de respetar al profesorado y de reconocer su autoridad,

tanto en el ejercicio de su labor docente y educativa como en el control del

cumplimiento de las normas de convivencia y de la organización y funcionamiento

del centro.

Page 18: Plan de convivencia Normas de Organización y

Deber de respeto a la comunidad educativa.

El alumnado tiene el deber de respetar el ejercicio de los derechos y las libertades

de los miembros de la comunidad educativa, que se concreta en las obligaciones

siguientes:

a) Respetar la identidad, la integridad, la orientación sexual, la dignidad y la

intimidad de los miembros de la comunidad educativa.

b) Respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales de

la comunidad educativa.

c) No discriminar a ningún miembro de la comunidad educativa por razón

de nacimiento, raza, sexo, lengua o por cualquier otra circunstancia personal o

social.

Deber de respetar las normas de convivencia.

El alumnado tiene el deber de conocer y respetar los valores democráticos de

nuestra sociedad, expresando sus opiniones respetuosamente. En el centro, este

deber se concreta en el respeto de las normas de organización y funcionamiento y

de las normas de convivencia que apruebe el Consejo Escolar del centro.

Conlleva, entre otras, las obligaciones siguientes:

a) Participar y colaborar en la promoción de un adecuado ambiente de

convivencia escolar, así como conocer y respetar las normas de convivencia y el

plan de convivencia del centro.

b) Utilizar adecuadamente y conservar las instalaciones, materiales y recursos

educativos del centro.

c) Utilizar adecuadamente y conservar las instalaciones, materiales y recursos

educativos durante la realización de las actividades extraescolares o

complementarias.

d) Respetar los bienes y pertenencias de los miembros de la comunidad

educativa.

Page 19: Plan de convivencia Normas de Organización y

e) Respetar y cumplir las decisiones de los órganos unipersonales y colegiados

del centro, sin perjuicio de hacer valer sus derechos cuando considere que alguna

de las decisiones vulnere alguno de ellos, de acuerdo con el procedimiento que se

establezca.

f) Responsabilizarse de las comunicaciones que se establezcan entre la familia

y el centro educativo. El término familia comprende al padre, madre o persona o

institución que ejerza la tutela del alumno o alumna.

g) Respetar lo establecido en las normas de convivencia respecto a los usos

adecuados de las tecnologías de la información y comunicación.

Deber de colaborar en la obtención de información por parte del centro.

El alumnado debe colaborar en la obtención por parte del centro docente de los

datos personales necesarios para el ejercicio de la función educativa. Dichos datos

podrán hacer referencia al origen y ambiente familiar y social, a características o

condiciones personales, al desarrollo y resultado de su escolarización, así como a

aquellas circunstancias cuyo conocimiento sea necesario para la educación y

orientación del alumnado.

Derechos de las familias

Derecho a participar en los procesos educativos de sus hijos e hijas o

pupilos.

Las familias tienen el derecho a participar en los procesos educativos de sus hijos e

hijas o pupilos, en los términos que normativamente se establezcan, así como a

estar informados sobre su progreso e integración socio-educativa, a través de la

información y aclaraciones que soliciten, de las reclamaciones que formulen, y del

conocimiento o intervención en los procesos de resolución de conflictos.

Derecho a ser oídos en las decisiones que afecten a sus hijos e hijas o pupilos.

Las familias tienen derecho a ser oídas en aquellas decisiones que afecten a la

orientación personal, académica y profesional de sus hijos e hijas o menores bajo

tutela, sin perjuicio de la participación señalada en el artículo anterior y a solicitar,

Page 20: Plan de convivencia Normas de Organización y

ante el Consejo Escolar del centro, la revisión de las resoluciones adoptadas por la

dirección frente a conductas de sus hijos, hijas o pupilos que perjudiquen

gravemente la convivencia.

Las familias tienen derecho a participar en la organización, funcionamiento,

gobierno y evaluación del centro educativo, a través del Consejo Escolar y mediante

los cauces asociativos legalmente reconocidos.

Deberes de las familias

Deber de compromiso.

1. Como primeros responsables de la educación de sus hijos e hijas, a las

familias, les corresponde adoptar las medidas necesarias, solicitar las ayudas

correspondientes y colaborar con el centro para que el proceso educativo se lleve a

cabo de forma adecuada.

2. En los casos en los que sus familias rechacen la solicitud del centro para su

implicación y compromiso en la adopción de medidas necesarias en situaciones

graves para su proceso educativo, ante conflictos de convivencia provocados por

sus hijos o hijas, la dirección del centro pondrá en conocimiento de las autoridades

educativas tal circunstancia para que se adopten las medidas adecuadas por quien

corresponda, que permitan garantizar los derechos y deberes del alumnado.

Cuando la conducta revista especial gravedad, la Administración educativa lo

pondrá en conocimiento de las instituciones o autoridades públicas competentes.

3. Las familias tienen el deber de asistir a las reuniones convocadas por el

centro o buscar otros procedimientos que faciliten la comunicación, la información y

los compromisos que adoptarán las familias ante las dificultades planteadas por el

centro educativo.

Deber de conocer y participar en la evolución académica de sus hijos e

hijas.

1. Las familias tienen el deber de conocer la evolución del proceso educativo de

sus hijos e hijas o menores bajo tutela.

Page 21: Plan de convivencia Normas de Organización y

2. También tienen la obligación de estimular a sus hijos e hijas hacia el estudio

e implicarse de manera activa en la mejora de su rendimiento y, en su caso, de su

conducta. Así como garantizar la asistencia a clase y a las actividades

programadas.

Deber de respeto de las normas del centro.

1. Las familias tienen la obligación de respetar y hacer respetar a sus hijos e

hijas o menores bajo su tutela, las normas que rigen el centro escolar, las

orientaciones educativas del profesorado y colaborar especialmente en el fomento

del respeto y el pleno ejercicio de los derechos de los miembros de la comunidad

educativa.

2. Las familias deben colaborar en la obtención por parte del centro docente de

los datos personales necesarios para el ejercicio de la función educativa. Dichos

datos podrán hacer referencia al origen y ambiente familiar y social, a

características o condiciones personales, al desarrollo y resultado de su

escolarización, así como a aquellas circunstancias cuyo conocimiento sea necesario

para la educación y orientación del alumnado.

Derechos del profesorado

Derecho al respeto personal.

El profesorado tiene el derecho a ser respetado y a recibir un trato adecuado en el

ejercicio de sus funciones, así como a desarrollar su función docente en un

ambiente educativo adecuado, donde sean respetados sus derechos,

especialmente el referido a la integridad y dignidad personal.

Derecho a la autonomía.

El profesorado tiene derecho a tomar las decisiones necesarias para mantener un

adecuado clima de convivencia durante las clases, así como en las actividades

Page 22: Plan de convivencia Normas de Organización y

complementarias y extraescolares, según el procedimiento que se establezca en las

normas de convivencia, con el fin de asegurar la actividad educativa.

Derecho a la formación permanente.

El profesorado tiene derecho a recibir, por parte de la Administración educativa, la

formación en materia de convivencia que se establezca en la normativa específica, y

en los términos establecidos en el artículo 102 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de

mayo, de Educación.

Derecho a la consideración de autoridad pública.

El profesorado tiene derecho a la consideración de autoridad pública en el

desempeño de la función docente con las potestades y protección jurídica

reconocidas en el Ordenamiento Jurídico.

Derecho a la protección legal y defensa jurídica.

El profesorado tiene derecho al asesoramiento jurídico, a la defensa legal y a la

protección por parte de la Administración pública en los procedimientos que se sigan

ante cualquier orden jurisdiccional, así como, la cobertura de la responsabilidad civil,

en relación con los hechos que se sigan como consecuencia del ejercicio legítimo de

sus funciones o cargos docentes, salvo en los casos de conflicto con la propia

Administración de acuerdo con lo previsto en la normativa autonómica.

Deberes del profesorado

Deber de cumplimiento de las normas de convivencia y demás normativa del centro.

El profesorado tiene el deber de cumplir las obligaciones establecidas por la

normativa sobre la convivencia escolar, lo establecido en el plan de convivencia y el

resto de la normativa del centro.

Deber de contribuir a la mejora de la convivencia escolar.

1. El profesorado tiene el deber de contribuir a que las actividades del centro se

desarrollen en un clima de respeto, de tolerancia, de participación, de libertad e

igualdad para fomentar en el alumnado los valores de la ciudadanía democrática.

Page 23: Plan de convivencia Normas de Organización y

2. El profesorado tiene el deber de mantener la disciplina y velar por el correcto

comportamiento del alumnado, impidiendo, corrigiendo y poniendo en conocimiento

de los órganos competentes todas aquellas conductas contrarias a la convivencia,

de conformidad con lo dispuesto en este decreto y en las normas de organización y

funcionamiento del centro.

3. El profesorado tiene el deber de promover, organizar y participar en las

actividades complementarias, dentro o fuera del recinto educativo, programadas por

los centros, especialmente de aquellas orientadas a mejorar el clima de convivencia

escolar.

Deber de colaborar e informar a las familias.

1. El profesorado tiene el deber de informar a las familias del alumnado de las

normas de convivencia establecidas en el centro, de los incumplimientos de estas

por parte de sus hijos e hijas, así como de las medidas educativas correctoras

impuestas.

2. El profesorado tiene el deber de colaborar con las familias para proporcionar

una formación integral al alumnado. Asimismo, tiene el deber de atender en el

ámbito escolar a las familias y al alumnado y, en su caso, el deber del ejercicio de la

tutoría docente.

Deber de sigilo profesional.

El profesorado tiene el deber de guardar reserva y sigilo profesional sobre toda

aquella información de que se disponga acerca de las circunstancias personales y

familiares del alumnado sin perjuicio de la obligación de comunicar a la autoridad

competente, administración educativa y sus servicios, las circunstancias que

puedan implicar el incumplimiento de los deberes y responsabilidades establecidos

por la normativa de protección de menores.

Page 24: Plan de convivencia Normas de Organización y

Normas de convivencia y su gestión

Partiendo de que consideramos el hecho de que las normas de convivencia deben

ser entendidas como las pautas sociales reconocidas necesarias por la

comunidad educativa para poder mantener un clima de convivencia escolar

adecuado, se indican las formas en que cada uno de sus miembros debe y puede

actuar para relacionarse de forma positiva velando por el respeto, la integración,

aceptación y participación activa del alumnado, profesorado y familias.

Se debe distinguir entre normas generales que serán para espacios comunes y

aulas y normas específicas de determinadas aulas (biblioteca, laboratorio,

pabellón, aulas de informática y transporte) recogidas estas últimas en el NOF. Las

normas generales se establecen desde el consenso de todos/as los/as miembros

de la comunidad educativa y suponen una guía para gestionar la convivencia del

Centro y se extienden desde las actividades lectivas ordinarias hasta las

actividades complementarias y extraescolares organizadas fuera del Centro y el

transporte escolar para sus usuarios.

Estas normas tienden a la prevención de conflictos por lo que se adoptarán las

siguientes medidas preventivas:

1) Difusión de las normas a familias y alumnos/as, a principios de curso.

2) Sesión específica de tutoría para presentar las normas.

3) Revisión semanal de las normas tras cualquier tipo de incidencia individual o

grupal por parte de la Comisión de Convivencia y de los tutores/as con los

alumnos/as.

4) Información semanal de los acuerdos de la Comisión de Convivencia en la

CCP.

Normas generales

Puesto que el orden en los espacios de uso común en el Centro es fundamental para

el mejor funcionamiento y aprovechamiento educativo, cualquier profesor/a velará

Page 25: Plan de convivencia Normas de Organización y

para que se mantenga el clima académico idóneo. Sin perjuicio de la previsión

anterior, la Jefatura de Estudios asignará al profesorado del Centro el número de

horas de guardia que, según la normativa, pueda ser atribuido a cada profesor dentro

de su horario personal. De las horas de guardia y la correspondiente asignación, se

dará oportuna información a todo el profesorado del Centro. Se intentará que, como

mínimo, haya un/a profesor/a de guardia en cada hora y otro/a profesor/a disponible

para su apoyo.

Las horas de guardia tienen la misma duración que las de clase. Ello incluye a las

horas de recreo. El profesorado de guardia no puede abandonar el Centro durante su

guardia, salvo en situación de contingencia o imprevisto grave, dando cuenta, en ese

supuesto, de tal eventualidad, al menos a un/a miembro del Equipo Directivo.

El profesorado de guardia tiene conferidas las siguientes tareas:

Controlar durante la guardia las dependencias del Centro de uso común,

velando especialmente por el orden en los pasillos, en las entradas y salidas

entre clase y clase, y, en general, por el comportamiento de los miembros de

la Comunidad Educativa en periodos de actividad escolar (ruido en los

pasillos, vigilancia de la prohibición de fumar).

Colaborar con la Jefatura de Estudios para resolver cuantas incidencias se

presenten durante la guardia, si para ello es solicitada su ayuda.

Orientar a las familias sobre las personas o los lugares a dónde acudir para

informarse sobre cuestiones educativas que afecten a sus hijos/as,

tutorandos/as.

Ejecutar las medidas acordadas por el órgano competente del Centro con

respecto a los/as alumnos/as en caso de ausencia del profesor/a, que será la

realización de actividades que los Departamentos didácticos tengan

preparados para este fin.

Anotar las ausencias, tanto del profesorado como del grupo, en el Libro de

Guardia, así como cualquier incidencia.

Procurar que durante el tiempo lectivo los/as alumnos/as sin clase estén en los

lugares designados a tal fin (su aula, biblioteca).

En el caso de constatar ausencia de parte o de todo el alumnado, el profesor/a

de guardia lo anotará y comunicará a la Jefatura de Estudios.

Page 26: Plan de convivencia Normas de Organización y

Procurar que el alumnado que, por cualquier circunstancia, no estuviera con el

profesor asignado para esa hora lectiva permanezca en el aula realizando las

actividades programadas.

Profesores de guardia de recreo

En la medida que la carga horaria lo permita, las guardias de recreo serán realizadas

por tres profesores.

Los/as tres profesores/as de guardia de recreo se distribuirán por zonas de la

siguiente forma:

ZONA 1

Se encargará de vigilar el acceso a los baños y el patio de palmeras. Si lo estima

oportuno, podrá ayudar a cualquier otro/a compañero/a que esté haciendo la guardia.

ZONA 2

El profesor/a se encargará de vigilar la zona de la cancha, bar y el patio del campo

de lucha canaria.

ZONA 3

Nada más tocar el timbre de comienzo de recreo, el profesor/a subirá y se encargará

de comprobar que los/as alumnos/as hayan salido, y que las aulas están cerradas.

Comprobará que no se accede a los baños del piso superior. Posteriormente acudirá

al hall del centro y el patio de la puerta principal.

NORMAS BÁSICAS DEL IES EL TANQUE

Norma 1: El trato entre todos los miembros de la Comunidad Educativa del IES El

Tanque se realizará con el debido respeto personal y colectivo.

Consecuencias de su incumplimiento.

• En todos los casos se debe pedir disculpas y comprometerse a no volver a actuar

mal.

• Otras medidas en función de la gravedad de la falta: amonestación verbal, escrita,

quedarse sin recreo, realizar un trabajo para la comunidad sobre los derechos y

deberes de las personas, apertura de un expediente disciplinario con posible

expulsión del centro durante cinco días o inhabilitación para seguir cursando

estudios en este IES.

Page 27: Plan de convivencia Normas de Organización y

Norma 2: Los conflictos que surjan se resolverán con el diálogo y la mediación,

siguiendo los pasos establecidos en el protocolo de convivencia. Si hay problemas,

el alumno aceptará la decisión del profesor/a presente en ese momento, esperando

al final de la clase o jornada laboral para hablar con él/ella y manifestar su parecer.

Consecuencias de su incumplimiento:

• Si el alumno/a no obedece las indicaciones del profesor/a, se enviará al alumno/a

a Jefatura de Estudios o Dirección, si la gravedad del caso lo requiere, a través del

profesorado de guardia.

Implicaciones para el profesorado de la norma 1 y 2:

➔ Fomentar el diálogo para la resolución de conflictos y escuchar para que el

alumnado no se quede con sensación de injusticia.

➔ Atender a los alumnos que soliciten hablar con el profesor al final de una clase, y

si en ese momento no se dispone de tiempo, darle una cita para otro momento,

procurando que sea en esa misma jornada.

➔ Tratar al alumnado de forma que no demos pie a que se sientan menospreciados

o insultados.

➔ Informar al tutor/a, si no está presente, de la falta producida.

➔ Ante un hecho grave, comunicarlo inmediatamente a la Jefatura de Estudios o

Dirección.

Norma 3: Se debe llegar puntualmente a cada una de las clases, especialmente a

primera hora de la mañana y después del recreo.

Consecuencias de su incumplimiento:

• Si el retraso es de más de diez minutos constará como tal en el parte, libro de

guardias y pincel.

• La reiterada falta de puntualidad podrá convertirse en una falta grave.

• Al tercer retraso injustificado se considerará una falta injustificada.

Norma 4: Las faltas de asistencia del alumnado se comunicarán a los padres o

tutores/as legales vía sms, se enviarán por escrito los apercibimientos

correspondientes y, en casos excepcionales, telefónicamente.

Consecuencias de su incumplimiento:

Page 28: Plan de convivencia Normas de Organización y

La acumulación de faltas injustificadas ocasiona la pérdida de la evaluación

continua.

Los/as alumnos/as que destaquen con un número elevado de faltas sin

justificar se le comunicará a los Servicios Sociales para que hagan un

seguimiento con las familias.

Norma 5: La asistencia a clase es obligatoria en todas las horas incluso cuando

falte el profesor/a. El alumnado debe permanecer en el aula cumpliendo las

indicaciones del profesor de guardia.

Norma 6: Los/as alumnos/as menores de edad no podrán abandonar el Centro una

vez hayan accedido a él. Sólo podrán hacerlo si un familiar mayor de edad viene a

recogerlo. Los/as alumnos/as mayores de edad, para abandonar el centro, deberán

presentar a comienzo de curso justificación de la autorización de sus tutores/as

legales o certificación de que se trata de un/a mayor de edad emancipado/a.

Se considera fuga del centro la salida sin autorización, del mismo, durante la hora

del recreo.

Consecuencias de su incumplimiento :• Se considerará como fuga.

• Si el alumno/a es reincidente (tres fugas) se le abrirá un expediente disciplinario.

• Se pondrá en conocimiento de sus familias o tutores/as legales.

• Se avisará a la policía si se trata de alumnos/as menores de edad.

Norma 7: El cambio de una clase a la siguiente, así como los trayectos a las aulas

específicas se harán con prontitud, en orden, sin voces o acciones que perturben el

normal desarrollo de la vida del Centro.

Consecuencias de su incumplimiento :• Se amonestará verbalmente a los/as alumnos/as que incumplan la norma, y si

fueran reincidentes se les pondrá un parte de incidencias.

Implicación del profesorado:➔ El profesor/a o profesores/as de guardia de pasillo velarán para que el

desplazamiento de los/as alumnos/as en los cambios de clase se haga con orden y

en silencio.

Page 29: Plan de convivencia Normas de Organización y

Norma 8: Al finalizar las clases y durante el recreo, las aulas serán cerradas.

También se apagará los interruptores o cualquier dispositivo que suponga consumo

eléctrico. Todo el alumnado deberá salir al patio, salvo que un profesor determine

quedarse con ellos/as bajo su custodia o quede acreditado que pertenecen a un club

de dinamización de recreos.

Consecuencias de su incumplimiento:

• Se amonestará verbalmente a los/as alumnos/as que incumplan la norma, y si

fueran reincidentes se le pondrá un parte de incidencias.

Implicación del profesorado:

➔ Los profesores/as de guardia de recreo en el edificio comprobarán que los pasillos

están desalojados y las aulas cerradas.

Norma 9: Es obligatorio traer diariamente el material necesario para el desarrollo de

cada clase.

Consecuencias de su incumplimiento:

• No traerlo supone falta de interés y se reflejará en una nota negativa.

• Se pondrá en conocimiento de las familias.

Implicación del profesorado:➔ Ante la falta reiterada de material el profesor/a tomará las medidas que estén

aprobadas en los diferentes departamentos para estos casos.

Norma 10: Durante el periodo de recreo todo el alumnado está obligado a

permanecer en las canchas, patio, o en sus inmediaciones. Se avisará a sus familias

o tutores/as legales si algún alumno/a sale del centro en este periodo. En el caso que

los padres/madres no se encuentren en ese momento, el profesor/a de guardia

avisará a la policía para notificarle la ausencia de menores fuera del centro en horario

escolar.

Norma 11: Mantener limpio el Centro (aulas, pasillos, patios, jardines, baños….),

utilizando las papeleras y sin comer ni beber dentro de las aulas.

Consecuencias de su incumplimiento:

Participar en labores de limpieza en la tiempo de recreo o cuando lo considere

oportuno el profesor/a correspondiente.

Page 30: Plan de convivencia Normas de Organización y

Norma 12: respetar el material que se encuentra en el Centro y sus instalaciones, sin

estropear ni sustraer nada intencionadamente o por negligencia.

Consecuencias de su incumplimiento:

Reparar lo dañado o restituir o hacerse cargo del coste económico de la reparación o

la pérdida.

Si en un aula no aparecen los responsables de un destrozo o robo, la clase entera se

hará cargo a partes iguales de los costes.

Norma 13: Se prohíbe a los/as alumnos/as la absoluta utilización de teléfonos

móviles. Ello incluye fotos, mensajería por cualquier sistema, llamadas, grabaciones

o juegos. Está asimismo prohibido su uso durante actividades complementarias y

extraescolares. Por otra parte, el IES El Tanque declina toda responsabilidad en caso

de deterioro, robo o pérdida.

Consecuencias de su incumplimiento:

• Si un/a docente ve un móvil pide que se apague y se guarde de inmediato. Lo

registra en el libro de guardias. En caso de que vuelva a ser visto durante la jornada,

por esa/e docente u otra/o, se le retirará y depositará en jefatura de estudios o

dirección.

• Si un/a profesor/a ve utilizando o nota que hace ruido uno de estos aparatos en

clase, lo retirará y lo dejará en Jefatura de Estudios, donde permanecerá en depósito

hasta que los padres/ madres o tutores legales del alumno/a vengan a por él.

• Si el alumno/a se niega a entregarlo, se notificará la negativa mediante parte de

incidencias que quedará registrado como falta grave, por tratarse de un acto de

desobediencia a una autoridad del centro. El alumno o alumna permanecerá, desde

ese momento en el despacho de jefatura de estudios o de dirección hasta que un

familiar tutor legal o autorizado venga a recogerlo.

Norma 14: En el Centro está prohibido fumar, consumir algún tipo de sustancia

estupefaciente, bebidas alcohólicas. Esto incluye a toda la Comunidad Educativa. No

están permitidos los juegos con apuestas.

Consecuencias de su incumplimiento:

• Parte de incidencia.

• Comunicación a los padres.

• Trabajos por la Comunidad.

Page 31: Plan de convivencia Normas de Organización y

Norma 15: Sólo se podrá comprar en la cafetería del Centro durante el periodo de

recreo, nunca en horario lectivo. Con carácter excepcional y en casos justificados, el

profesorado facilitará su tarjeta de acceso a la cafetería para justificar que el alumno

está autorizado a dicha dependencia por razones de salud.

Consecuencias de su incumplimiento:

• Los alumnos/as que se encuentren en la cafetería en periodo lectivo sin permiso del

profesor tendrán un retraso injustificado a clase.

• Los alumnos/as reincidentes serán registrados mediante un parte de incidencias por

falta grave.

Norma 16: Las actuaciones contrarias a las normas de convivencia del Centro

realizadas por el alumnado, tanto en actividades lectivas, como en transporte,

actividades complementarias y extraescolares, podrán ser recogidas y sancionadas

mediante los procedimientos establecidos para cada caso. Toda la normativa del

centro es extensible a cuantas actividades se realicen fuera del mismo.

Norma 17: En una salida complementaria o extraescolar el alumnado seguirá las

indicaciones del profesorado, evitando no ausentarse ni cometiendo imprudencias

que puedan poner en peligro su persona o la del resto del grupo. Asistirá

debidamente uniformado/a.

Consecuencias de su incumplimiento:

• Al alumnado que incumpla de forma reiterada las normas de convivencia del Centro

se le podrá privar de la asistencia a las actividades tanto extraescolares como

complementarias que el Centro organice de ahí en adelante.

Implicación del profesorado:➔ El protocolo que se debe seguir será llamar al Centro, comunicando lo sucedido.

Desde el IES se le comunicará a su familia y, si se cree oportuno, se avisará a la

policía. Toda la comunidad educativa velará por el cumplimiento de estas normas.

Norma 18: Los alumnos/as no podrán utilizar los auriculares en clase (salvo en

aquellas ocasiones que por motivos pedagógicos y excepcionales, tales como

práctica idiomática, sea explícitamente solicitado por el profesorado).

Consecuencias de su incumplimiento:

Page 32: Plan de convivencia Normas de Organización y

• Si un profesor/a ve utilizando este medio a un/a alumno/a, le pedirá que se lo

entregue. El/La profesor/a lo depositará en Jefatura hasta que se aclare la situación y

hasta que las familias vengan a recogerlos/as.

Herramientas y recursos para la gestión de la convivencia

Aula de convivencia

1. Los centros docentes dentro de su plan de convivencia, y en las condiciones

que establezca la Consejería competente en materia de educación, podrán crear

aulas de convivencia para el tratamiento puntual e individualizado del alumnado

que, como consecuencia de la imposición de una medida educativa correctora por

alguna de las conductas previstas en dicho plan, se vea privado de su derecho a

participar en el normal desarrollo de las actividades lectivas.

2. El plan de convivencia establecerá, en su caso, los criterios y condiciones

para que el alumnado al que se refiere el apartado anterior sea atendido en el aula

de convivencia. Corresponde a la dirección del centro la verificación del

cumplimiento de dichas condiciones y la resolución a adoptar.

3. El aula de convivencia será la herramienta empleada siempre y cuando el docente

de guardia lo considere y esté justificado, o cuando el equipo de gestión de la

convivencia resuelta incluirlo dentro de una sanción, como medida preventiva o de

seguimiento.

El Plan de Acción Tutorial

El plan de acción tutorial potenciará el papel de las familias y de las personas que

ejercen la tutoría académica en la prevención y tratamiento de los conflictos,

fomentando el uso de la mediación y de otras medidas que los centros dispongan

para la resolución pacífica de los conflictos y la mejora de la convivencia escolar.

Dentro de este plan se incluirán acciones encaminadas a potenciar el desarrollo de

valores, la autoestima, el desarrollo de habilidades sociales y emocionales, las

estrategias para la resolución de conflictos, la prevención de acoso y abuso entre

iguales, la prevención de violencia de género y todas aquellas que redunden en la

mejora de la convivencia y el desarrollo personal, escolar y social del alumnado.

Corresponde a las personas que ejercen la tutoría académica, en al ámbito del

plan de acción tutorial, la coordinación del profesorado que imparte docencia al

grupo de alumnos o alumnas de su tutoría, actuando de interlocutor entre

Page 33: Plan de convivencia Normas de Organización y

profesorado, alumnado y familias o tutores legales. Las tutorías impulsarán las

acciones que se lleven a cabo dentro del plan de convivencia con el alumnado del

grupo de su tutoría. Los tutores tendrán conocimiento de las medidas tomadas por

el profesorado que imparte docencia en el grupo de su tutoría con el objeto de

resolver los conflictos y conseguir un adecuado marco de convivencia para la

comunidad educativa.

Equipo de mediación

Según describe la Orden, en los centros docentes se podrán crear equipos de

mediación o de tratamiento de conflictos para realizar las funciones establecidas

para los mismos en el plan de convivencia. Podrán estar constituidos por cualquier

miembro de la comunidad. Los/as componentes de estos equipos contarán con

formación específica en materia de mediación. En caso de alumnado menor de

edad se precisará de la autorización de sus representantes legales.

El IES El Tanque cuenta con dos docentes acreditadas en mediación de conflictos;

y este mecanismo de resolución es conocido por todos los miembros de la

Comunidad Educativa a los que se les presenta a comienzo de cada curso.

Durante los meses de diciembre- febrero, según necesidades del centro (cada dos

cursos) se forma a un equipo de 12 alumnos/as mediadores/as que realizan esta

función y la de alumnos ayudantes.

La mediación forma parte activa y real del proyecto de convivencia, es una medida

que se ha de emplear, a aparte de cuando sea solicitado, en los caso de

incidencia grave, muy grave (que supongan daños a terceros, requieran de un

aprendizaje empático, ...) y previa a una posible incoación de expediente.

La Junta de delegados y delegadas.

Queda estipulado en el decreto de convivencia /114/2011), que en cada Centro,

con al menos tres grupos de alumnado, a partir del tercer ciclo de la Educación

Primaria, existirá una Junta de delegados y delegadas, a que se refiere el artículo

9, apartado c) del presente Decreto, que estará constituida por quienes resultaran

elegidos para representar al colectivo del alumnado, como delegados o delegadas

de cada grupo.

Page 34: Plan de convivencia Normas de Organización y

La Junta de delegados y delegadas representará al conjunto del alumnado del

centro y podrá proponer al Consejo Escolar la adopción de medidas de mejora en

la convivencia.

Las reuniones tendrán una periodicidad mensual. Se convocarán en horarios

rotatorios, durante la jornada lectiva, coincidiendo con uno o más cargos directivos

y, en la medida de lo posible también con la orientación del IES.

Tutorías afectivas

El departamento de Orientación debe diseñar sesiones de tutoría que sirvan para

una educación emocional adecuada y que los tutores deben poner en práctica con

su asesoramiento. Además los tutores deben ser receptivos a las demandas de los

alumnos y sus familias para este tipo de propuestas cuando se requiera un

tratamiento más individualizado.

Dinamización de recreos

Durante los recreos el alumnado debe estar en los espacios destinados para ello:

cafetería, pabellón, biblioteca y patio. En este periodo se intentará al menos que

haya dos profesores de guardia en el patio y pabellón y otro en la biblioteca, el

cual cubriría a los otros en el caso especial de que no se encuentren en el Centro.

Estos profesores velarán por el cumplimiento de las normas de convivencia.

El pabellón requiere una organización y vigilancia específica dada la actividad

deportiva que realizan los alumnos, la cual motiva en ocasiones incidentes.

Además se organizarán distintas competiciones deportivas.

Protocolo para la gestión de los conflictos

La convivencia se regulará siguiendo los preceptos de la orden de 27 de junio de

2014,

que describe la obligatoriedad de contar con un servicio de mediación, y lo regula.

Page 35: Plan de convivencia Normas de Organización y

DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS

1. Corresponden al Consejo Escolar, al Claustro del Profesorado y al

equipo directivo del centro, las funciones y competencias referentes a la

convivencia escolar.

2. Es el equipo de gestión de la convivencia el primer eslabón competente

en la toma de decisiones en torno a la convivencia.

3. El profesorado debe intervenir en el refuerzo de los derechos y deberes

explicitados en este Decreto y en la consecución de un clima escolar adecuado

para el desarrollo de la actividad educativa en el aula y en el centro, tanto a

través de sus funciones propias y de los contenidos curriculares como de las

estrategias metodológicas pertinentes.

El Equipo directivo.

1. Corresponde al equipo directivo fomentar la convivencia escolar e

impulsar cuantas actividades estén previstas en el plan de convivencia del

centro.

2. Son competencias de la dirección del centro:

a) Favorecer el fomento de la convivencia en el centro, impulsando el plan

de convivencia.

b) Aplicar las medidas de corrección de conducta que podrá delegar en la

jefatura de estudios, en el tutor o tutora docente del alumno o alumna, o en el

Equipo de gestión de la convivencia, en su caso.

c) Garantizar el ejercicio de la mediación y otras medidas contempladas en

el plan de convivencia para la resolución de conflictos según los procedimientos

establecidos para cada uno de ellos en este Decreto.

d) Incoar expedientes sancionadores y aplicar, en su caso, las medidas que

correspondan, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar, y

según el procedimiento establecido en este Decreto.

e) Velar por el cumplimiento de las medidas impuestas en sus justos

términos.

Page 36: Plan de convivencia Normas de Organización y

3. Corresponde a la jefatura de estudios:

a) Coordinar y dirigir las actuaciones de las personas que ejercen las

tutorías y del profesorado, establecidas en el plan de convivencia y en las

normas de convivencia.

b) Garantizar por delegación de la dirección, las medidas correctoras y el

ejercicio de la mediación y los procedimientos que se lleven a cabo en el

centro.

Equipo de gestión de la convivencia

Los centros docentes constituirán un Equipo de gestión de la convivencia, presidida

por la dirección o la jefatura de estudios e integrada por aquellos miembros de la

comunidad educativa que, a propuesta del director o directora, se determine.

1. Corresponde al Equipo de gestión de la convivencia del centro:

a) La responsabilidad de asistir a la dirección del centro y al resto de la

comunidad educativa en el cumplimiento de lo establecido en este Decreto,

canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa para

prevenir la violencia, evitar el conflicto, mejorar la convivencia y el respeto mutuo y

la tolerancia en los centros docentes.

b) El tratamiento de los conflictos de convivencia mediante los procedimientos

establecidos en el presente Decreto, garantizando los principios de oportunidad,

intervención mínima, proporcionalidad y superior interés del menor en sus

actuaciones.

c) Elaborar un informe anual analizando los problemas detectados en la gestión

de la convivencia y, en su caso, en la aplicación efectiva de los derechos y deberes

del alumnado, que será trasladado a la dirección del Centro y al Consejo Escolar.

Igualmente informar al Consejo Escolar, al menos dos veces durante el curso, sobre

las actuaciones realizadas y hacer las propuestas que considere oportunas para la

mejora de la convivencia en el centro.

Profesorado y Claustro del profesorado

Page 37: Plan de convivencia Normas de Organización y

1. El profesorado tiene la responsabilidad de contribuir a que las actividades del

centro se desarrollen en un clima de respeto, de tolerancia, de participación, de

libertad e igualdad para fomentar en el alumnado los valores de la ciudadanía

democrática.

2. El profesorado, dentro del recinto escolar o en el desarrollo de sus

actividades complementarias o extraescolares, llevará a cabo las actuaciones

inmediatas previstas en este Decreto y en el marco de lo establecido en el plan de

convivencia.

3. Le corresponde al claustro del profesorado informar las normas de

convivencia, conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de

sanciones y velar por que estas se atengan a la normativa vigente, y proponer

medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.

El Consejo Escolar

1. Corresponde al Consejo Escolar del centro en materia de convivencia escolar:

a) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se atengan a la

normativa vigente. El Consejo Escolar, a instancia del representante legal o del

alumnado mayor de edad, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su

caso, las medidas oportunas cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el

director o directora correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen

gravemente la convivencia del centro.

b) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la

igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en todos los

ámbitos de la vida personal, escolar, familiar y social.

c) Aprobar y evaluar el plan de convivencia.

2. Dentro del Consejo Escolar se podrá constituir una Comisión de convivencia

para la gestión de las funciones que tiene atribuidas este órgano colegiado.

CATALOGACIÓN DE FALTAS E INCIDENCIAS

Conductas contrarias a la convivencia.

Page 38: Plan de convivencia Normas de Organización y

El incumplimiento de las normas de convivencia del centro por parte del alumnado

podrá ser calificado como conducta contraria a la convivencia de carácter leve,contrarias a la convivencia de carácter grave y conducta gravementeperjudicial a la convivencia, y dará lugar a la aplicación de las medidas preventivas

o correctoras previstas en este Decreto o en el plan de convivencia.

1.- Varias faltas leves, por acumulación o reincidencias se considerarán falta

grave.

2.- Varias faltas graves, por acumulación, reincidencias o incumplimiento de

acuerdo, se considerarán falta muy grave.

Tal y como se sostiene en el decreto que regula la convivencia, no se puede

tipificar una respuesta automática y mecanizada a las faltas graves y muy graves,

negativa o desde la tutoría se precise de un especial apoyo, dicha llamada vendrá

desde la Dirección.

No obstante tomando como un referente estable el vigente decreto de convivencia,

agente regulador, y sin que se contradiga con las propias normas de centro y su

cultura de gestión, se puede tipificar del modo que sigue:

Conductas contrarias a la convivencia de carácter leve.

1. Constituyen conductas contrarias a la convivencia de carácter leve

cualesquiera infracciones de las normas de convivencia que carezcan de la

entidad o trascendencia requerida para ser consideradas como conductas

contrarias a la convivencia de carácter grave o conductas que perjudican

gravemente la convivencia en el centro docente.

En todo caso son conductas contrarias a la convivencia de carácter leve:

La falta injustificada de puntualidad o de asistencia a las actividades

programadas.

Las actitudes, gestos o palabras desconsideradas contra los miembros de la

comunidad educativa.

Una conducta disruptiva aislada, siempre que no sea reiterativa.

Page 39: Plan de convivencia Normas de Organización y

Cada centro educativo, en el ejercicio de su autonomía, establecerá en el Plan de

convivencia a que se refiere el artículo 43 de este Decreto, conductas contrarias a la

convivencia de carácter leve.

Conductas contrarias a la convivencia de carácter grave.

1. Constituyen conductas contrarias a la convivencia de carácter grave las que

por su alcance o trascendencia puedan calificarse como tales y que se manifiestan

con los comportamientos siguientes:

a) La desobediencia a los miembros del equipo directivo o a los profesores o

profesoras, así como al resto del personal del centro en el ejercicio de sus

funciones, cuando vayan acompañados de actitudes, o expresiones insultantes,

despectivas, desafiantes o amenazadoras.

b) Los insultos o amenazas contra el alumnado o contra otros miembros de la

comunidad educativa cuando no estén señaladas como conducta que perjudica

gravemente la convivencia en el centro docente, así como los gestos o actitudes

contra los demás miembros de la comunidad educativa que puedan interpretarse

inequívocamente como intentos o amenazas de agresión.

c) La reiterada y continuada falta de respeto al ejercicio del derecho al estudio

de sus compañeros o compañeras.

d) La alteración del orden en cualquier lugar del centro, en el transporte escolar

o en la realización de actividades fuera del centro, cuando no constituyan conducta

gravemente perjudicial para la convivencia.

e) La discriminación por razón de nacimiento, edad, raza, sexo, estado civil,

orientación sexual, aptitud física o psíquica, estado de salud, cultura, religión,

creencia, ideología o cualquier otra condición o circunstancia personal, económica o

social, cuando no deba considerarse conducta que perjudique gravemente la

convivencia.

f) La grabación, publicidad o difusión no autorizada de imágenes de los

miembros de la comunidad educativa, cuando ello resulte contrario al derecho a su

intimidad, y no constituya una conducta que perjudique gravemente la convivencia

tipificada en el apartado j) del artículo 64.

Page 40: Plan de convivencia Normas de Organización y

Conductas que perjudican gravemente (muy grave) la convivencia en el centrodocente.

Constituyen conductas que perjudican gravemente la convivencia las que se

expresan a continuación:

a) Los actos explícitos de indisciplina o insubordinación, incluida la negativa a

cumplir las medidas correctoras impuestas, ante los órganos de gobierno del centro

docente o profesorado en ejercicio de sus competencias.

b) Las expresiones que sean consideradas gravemente ofensivas contra los

miembros de la comunidad educativa, verbalmente, por escrito o por medios

informáticos, audiovisuales o de telefonía.

c) Las vejaciones o humillaciones a cualquier miembro de la comunidad

educativa que tengan una implicación de género, sexual, racial o xenófoba, o se

realicen contra el alumnado más vulnerable por sus circunstancias personales,

sociales o educativas.

d) El acoso escolar.

e) La agresión física contra cualquier miembro de la comunidad educativa o la

instigación de dichas acciones.

f) La incitación a actuaciones muy perjudiciales para la salud y la integridad

personal de los miembros de la comunidad educativa del centro docente como son,

entre otras, el consumo de drogas y bebidas alcohólicas, así como el uso, la

posesión o el comercio de tales sustancias.

g) Provocar o involucrarse en altercados o conductas agresivas violentas que

impliquen riesgo grave de provocar lesiones.

h) Cometer intencionadamente actos que causen desperfectos en instalaciones

o bienes pertenecientes al centro docente, a su personal, a otros alumnos y alumnas

o a terceras personas, tanto de forma individual como en grupo.

i) La alteración del orden en cualquier lugar del centro, transporte escolar o en

la realización de actividades fuera del centro que creen situaciones de riesgo para

cualquier miembro de la comunidad educativa.

Page 41: Plan de convivencia Normas de Organización y

j) La grabación, publicidad o difusión no autorizada de imágenes de los

miembros de la comunidad educativa, en el caso de agresiones o conductas

inapropiadas.

k) La suplantación de personalidad y la firma en actos y documentos oficiales de

la vida docente.

l) Dañar, cambiar o modificar un documento o registro escolar, en soporte

escrito o informático, así como ocultar o retirar sin autorización documentos

académicos.

m) Cualquier otra conducta que suponga incumplimiento alevoso de los propios

deberes cuando atente de manera manifiesta al derecho a la salud, a la integridad

física, a la libertad de expresión, de participación, de reunión, de no discriminación, o

al honor, la intimidad y la propia imagen de los demás miembros de la comunidad

educativa o de otras personas

Criterios generales para la aplicación de medidas.

1. Todas las conductas que supongan incumplimiento de los deberes del

alumnado deberán ser corregidas en el plazo más corto posible con medidas

educativas relacionadas con la conducta a corregir.

2. Los incumplimientos de las normas de convivencia habrán de ser valorados

considerando la situación y las condiciones personales del alumnado.

3. Las medidas que específicamente se apliquen por el incumplimiento de las

normas de convivencia habrán de tener un carácter educativo y recuperador sin

que se menoscaben los derechos del alumnado.

4. Se procurará la mejora en las relaciones de todos los miembros de la

comunidad educativa.

5. En todo caso, en la aplicación de medidas como consecuencia de conductas

contrarias a la convivencia deberá tenerse en cuenta que:

a) La aplicación de medidas al alumnado que incumpla las normas de convivencia

del centro deberá contribuir a la mejora de su proceso educativo y al normal

funcionamiento del aula y del centro docente.

b) Para la adopción de medidas, los órganos competentes deberán tener en cuenta

la edad del alumno o alumna para su adopción, así como otras circunstancias

personales, familiares o sociales.

Page 42: Plan de convivencia Normas de Organización y

Reparación de daños

1. El alumnado que de forma intencionada o por uso indebido cause daños a las

instalaciones del centro o a su material, así como a los bienes y pertenencias de

cualquier miembro de la comunidad educativa, queda obligado a reparar el daño

causado o hacerse cargo del coste económico de su reparación. Igualmente,

quienes sustrajeren bienes del centro o de cualquier miembro de la comunidad

escolar deberán restituir lo sustraído o su valor económico, sin perjuicio de otras

medidas correctoras que se puedan tomar.

2. Asimismo, cuando como consecuencia de las conductas contrarias a la

convivencia, tipificadas en este Decreto, se produzca un daño físico o moral, este se

reparará de acuerdo con lo apreciado en el expediente.

3. En todo caso, los representantes legales del alumnado, que causen los

daños señalados en el presente artículo, serán responsables civiles subsidiarios en

los términos previstos en el artículo 1.903 del Código Civil.

Graduación de las medidas aplicables

1. A efectos de la graduación de las medidas aplicables se tendrán en cuenta

las circunstancias atenuantes y agravantes que concurran en el incumplimiento de

las normas de convivencia.

2. Serán consideradas circunstancias atenuantes:

a) El reconocimiento espontáneo de la conducta incorrecta.

b) La reparación espontánea de los daños.

c) La petición pública de excusas, estimadas como suficientes por las personas

afectadas que, en ningún caso, podrá suponer un acto de humillación o vejatorio

hacia el alumnado implicado.

d) La falta de intencionalidad.

e) La colaboración para la resolución pacífica del conflicto.

f) El cumplimiento de un acuerdo de mediación por el cual la parte

directamente dañada da por solucionado el conflicto.

Serán consideradas circunstancias agravantes:

Page 43: Plan de convivencia Normas de Organización y

a) La premeditación.

b) La reincidencia.

c) La incitación a la realización de cualquier acto contrario a las normas de

convivencia, ya sea colectivo o individual.

d) Alentar al daño, injuria u ofensa al alumnado menor de edad o recién

incorporado al centro, así como a todos aquellos que se encuentren en situación de

indefensión.

e) La concurrencia con la conducta concreta de vejación o discriminación por

razón de nacimiento, raza, sexo, capacidad económica, orientación e identidad

sexual, nivel social, convicciones políticas, morales o religiosas, así como por

discapacidades físicas o psíquicas, o cualquier otra condición o circunstancia

personal o social.

f) El incumplimiento de un acuerdo de mediación sobre el mismo conflicto.

g) El uso inadecuado de medios audiovisuales.

h) La difusión a través de redes sociales u otros medios de lo obtenido según el

apartado g).

i) La alarma social ocasionada por las conductas perturbadoras de la

convivencia con especial atención a aquellos actos que presenten características

de acoso o intimidación a otro alumno o alumna.

3. En el caso de la sustracción o deterioro intencionado de bienes o

pertenencias del centro o de cualquier miembro de la comunidad educativa se

atenderá al valor de lo sustraído.

Conductas contrarias a la convivencia realizadas fuera del centro.

Podrán aplicarse medidas correctoras a las actuaciones del alumnado realizadas

fuera del centro o durante el desarrollo de actividades extraescolares o

complementarias, siempre que estén motivadas o repercutan en la vida escolar y

afecten al resto del alumnado o a otros miembros de la comunidad educativa.

Tratamiento de las incidencias

Desde el curso 2021-22, las incidencias de aula se registran, preferentemente, por

parte del docente, directamente en el Pincel Ekade. Los tutores y tutoras

comprobarán estos registros y justificarán faltas o revisarán aquellas sujetas a error.

Page 44: Plan de convivencia Normas de Organización y

No obstante, a este registro y atención de incidencias se acompañan una serie de

medidas, ya existentes o, por el contrario, novedosas y que, a continuación, se

detallan.

Otras medidas:

Si los alumnos, por razones de comportamiento o rendimiento son

propuestos en evaluación para llevar una hoja de seguimiento, soloexcepcionalmente: se les asigna por un tiempo determinado la hoja de

seguimiento que es revisada, analizada y evaluada por un tutorindividualizado que acordará cuantas medidas correctoras como de

refuerzo estime conveniente.

Si los alumnos presentan conductas de:

No respetar las normas generales de funcionamiento del centro, sobre todo

en tiempos de recreo.

Provocar, durante sus juegos, situaciones de conflicto con otros

compañeros molestando e insultando.

No trabajar las tareas en el aula ni seguir las orientaciones para casa.

Molestar e interrumpir en el aula.

Procedimiento disciplinario

Inicio del procedimiento.

1. Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro

serán corregidas mediante la aplicación de las medidas previstas en el artículo 67

previa la instrucción del correspondiente procedimiento disciplinario.

2. Corresponde a la directora del centro incoar, por propia iniciativa o a

propuesta del Equipo de gestión de la convivencia, los referidos expedientes al

alumnado. El acuerdo sobre la iniciación del procedimiento ordinario se adoptará en

el plazo máximo de tres días lectivos desde el conocimiento de los hechos.

3. La dirección del centro incoará expediente disciplinario haciendo constar:

a) El nombre y apellidos del alumno o alumna.

Page 45: Plan de convivencia Normas de Organización y

b) Los hechos imputados.

c) La fecha en la que se produjeron los mismos.

d) El nombramiento de la persona instructora y la posibilidad de su recusación.

e) La posibilidad de medidas de carácter provisional que, en su caso, haya

acordado el órgano competente.

f) La posibilidad de acogerse a la terminación conciliada del procedimiento.

g) El derecho que asiste al alumnado a presentar alegaciones cuando se le

traslade la propuesta de resolución.

4. El acuerdo de incoación del expediente disciplinario debe notificarse a la

persona instructora, al alumno o alumna presunto autor de los hechos y a sus

familias, en el caso de que sea menor de edad. En la notificación se relatarán los

hechos que se imputan y las sanciones que pudieran aplicarse, y se advertirá a las

personas interesadas que, de no efectuar alegaciones en el plazo máximo de cinco

días sobre el contenido del escrito de apertura del procedimiento, este continuará

hasta su resolución, de acuerdo con la tipificación de hechos imputado.

5. Sólo quienes tengan la condición legal de interesados en el expediente tienen

derecho a conocer su contenido en cualquier momento de su tramitación.

Instrucción y propuesta de resolución.

1. La persona instructora del expediente, una vez recibida la notificación de

nombramiento y en el plazo máximo de cinco días lectivos, practicará las actuaciones

que estime pertinentes y solicitará los informes que juzgue oportunos, así como las

pruebas que estime convenientes para el esclarecimiento de los hechos. Para ello,

recabará informes por escrito de los profesores o profesoras que fueran testigos de

los hechos, testimonio de la persona agraviada por la conducta infractora, en su

caso, y las alegaciones que hubiera podido presentar el alumno o alumna

presuntamente responsable de los hechos y, además, de su representante legal si

fuera menor de edad.

2. Practicadas las anteriores actuaciones, la persona instructora formulará

propuesta de resolución que se notificará a la persona interesada o a su

Page 46: Plan de convivencia Normas de Organización y

representante legal si es menor de edad, concediéndoles audiencia en el plazo de

tres días lectivos.

3. La propuesta de resolución deberá contener al menos:

Los hechos imputados al alumno o a la alumna en el expediente.

La tipificación que a estos hechos se puede atribuir.

Las alegaciones y testimonios de las personas afectadas.

La valoración de la responsabilidad del alumno o de la alumna, con

especificación, si procede, de las circunstancias que pueden agravar o atenuar

su acción.

La medida educativa disciplinaria aplicable.

La competencia de la persona que ejerce la dirección del centro para resolver.

Resolución del procedimiento.

I. El procedimiento finalizará mediante resolución de la dirección del centro que

podrá contemplar la aplicación de medidas o el sobreseimiento del expediente.

La resolución deberá producirse y notificarse en el plazo máximo de quince

días lectivos desde la fecha de incoación del mismo, produciéndose la

caducidad en otro caso, y contemplará, al menos, los siguientes extremos:

Hechos probados.

Circunstancias atenuantes y agravantes, en su caso.

Medida aplicable.

La posibilidad de que el Consejo Escolar, en el plazo de cinco días, a instancia

de los representantes legales, revise la decisión adoptada y proponer, en su

caso, las medidas oportunas cuando las medidas disciplinarias adoptadas por

la dirección correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen

gravemente la convivencia del centro.

Derecho que asiste a la persona interesada para interponer recurso de alzada

en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación de la medida

aplicable, ante el Director o Directora Territorial de Educación correspondiente,

que resolverá en un plazo de máximo de tres meses, agotando la vía

administrativa.

Page 47: Plan de convivencia Normas de Organización y

La resolución será notificada en el menor tiempo posible. Siempre que quede

constancia, el alumnado o su familia, si es menor de edad, podrá manifestar

en el momento de la notificación si acepta la medida adoptada. En cualquier

caso, esta será inmediatamente ejecutiva.

Asimismo se podrá instar a las familias o a las instancias públicas

competentes, a que adopten las medidas dirigidas a modificar las aludidas

circunstancias personales, familiares o sociales cuando parezcan

determinantes de su conducta.

Medidas cautelares

1. Excepcionalmente, cuando sean necesarias para garantizar el normal

desarrollo de las actividades del centro, la dirección por propia iniciativa o a

propuesta de la persona instructora podrá adoptar las medidas cautelares que estime

convenientes, incluida la aplicación provisional de la medida propuesta.

Las medidas cautelares podrán consistir en el cambio temporal de grupo o en la

suspensión temporal de asistencia a determinadas clases, a determinadas

actividades complementarias o extraescolares o de asistencia al propio centro, por un

período máximo de diez días lectivos o hasta la eficacia de la resolución del

procedimiento. En el caso de suspensión de asistencia al centro, cuando esta supere

los cinco días lectivos, la medida sólo podrá acordarse oído el Equipo de gestión de

la convivencia. En todo caso, las medidas cautelares adoptadas serán comunicadas

al Consejo Escolar.

2. Una vez acordada la medida, el profesor o profesora que ejerza la tutoría

académica comunicará por escrito al alumno o alumna, y en caso de ser menor de

edad también al representante legal, las actividades, por áreas o materias, que debe

realizar durante el tiempo que dure la medida, así como las formas de seguimiento y

control que, en su caso, sean necesarias para su aprovechamiento, todo ello con el

fin de garantizar el derecho a la evaluación continua.

El alumnado que de forma intencionada o por uso indebido cause daños a las

instalaciones del centro o a su material, así como a los bienes y pertenencias de

cualquier miembro de la comunidad educativa, queda obligado a reparar el daño

causado o hacerse cargo del coste económico de su reparación. Igualmente,

quienes sustrajeren bienes del centro o de cualquier miembro de la comunidad

Page 48: Plan de convivencia Normas de Organización y

escolar deberán restituir lo sustraído o su valor económico, sin perjuicio de otras

medidas correctoras que se puedan tomar. En todo caso, los padres, madres o

representantes legales del alumnado, que causen los daños señalados en el

presente artículo, serán responsables civiles subsidiarios en los términos previstos en

las leyes

A efectos de la graduación de las medidas aplicables se tendrán en cuenta los

siguientes criterios:

1. Serán consideradas circunstanciasatenuantes:

a) El reconocimiento espontáneo de la conducta incorrecta.

b) La petición pública de excusas, estimadas como suficientes por los

afectados, que, en ningún caso, podrá suponer un acto de humillación o

vejatorio hacia el alumnado implicado.

c) La falta de intencionalidad.

d) La colaboración para la resolución pacífica del conflicto.

e) El cumplimiento de un acuerdo de mediación por el cual la parte

directamente dañada da por solucionado el conflicto.

2. Serán consideradas circunstancias agravantes:

a) La premeditación y la

reincidencia.

b) La incitación o estímulo a la actuación irregular colectiva.

c) Alentar al daño, injuria u ofensa a los compañeros de menor edad o a

los recién incorporados al centro.

d) La concurrencia con la conducta concreta de vejación o

discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, capacidad económica,

nivel social, convicciones políticas, morales o religiosas, así como por

discapacidades físicas o psíquicas, o cualquier otra condición o

circunstancia personal o social.

e) El incumplimiento de un acuerdo de mediación sobre el mismo conflicto.

f)El uso inadecuado de medios audiovisuales o redes sociales.

Page 49: Plan de convivencia Normas de Organización y

3. En el caso de la sustracción de bienes o pertenencias del centro

o de cualquier miembro de la comunidad educativa se atenderá al valor

de lo sustraído.

PROTOCOLO PARA LA GESTIÓN DEL CONFLICTO POR CONDUCTA CONTRARIAA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA

1. IDENTIFICACIÓN DEL CONFLICTO:

Marca con X lo que proceda

Informa sututor/a

Informa suprofesor/a de:

Profesor/aguardia

No le doy clase Otro(especificar)

Alumno/a:____________________________________________________________

Tutoría:________________

Fecha de la conducta contraria a las normas:_________________________________

Hora:_____________

Sesión de clase: Cambio de claseentre las sesiones

Recreo

Horariocomedor

Entrada osalida delcentro

Fueradelcentro

Activ.Comp.

Activ.Extraes.

Otras

1ª 2ª 3 4ª 5ª 6ª y

El conflicto se ha producido entre:

Alumno/a - Docente Dos alumnos/as alumno/a frente a dos o másalumnos/as Otra

Incidencia / Conducta realizada:

Actuaciones inmediatas para evitar la escalada del conflicto:

Persona que informa: Firma:

APARTADO A CUMPLIMENTAR POR TUTOR/A SOLO EN CASO DE SITUACIÓN GRAVE Y EXCEPCIONALQUE REQUIERA ATENCIÓN INMEDIATA DEL EQUIPO DE GESTIÓN DE LA CONVIVENCIA.

Dada la gravedad de la situación se deriva el conflicto a Dirección / EGC, entregándose estedocumento a:

Page 50: Plan de convivencia Normas de Organización y

Fecha: Recibí, Firma:

El tutor/a se queda una copia de este documento.

PROTOCOLO PARA LA GESTIÓN DEL CONFLICTO POR CONDUCTA CONTRARIAA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA

Marcar X en los cuadros en blanco que se corresponda con la medida/s y la respuesta/s obtenida.

2. GESTIÓN DEL CONFLICTO POR EL PROFESOR/A y/o EL TUTOR/A Resultados:Positivo/negativo

1 Reflexión/diálogo con el alumno/a. + -

2 Reparación moral: pide disculpas y muestra arrepentimiento. + -

3Realización de actividad para el aprendizaje de la conducta correcta: (indicarla).

+ -

4Realización tarea relacionada con conducta inadecuada: (indicarla).

+ -

5Compromiso escrito docente – alumno/a sobre corrección de la conducta (seadjunta).

+ -

6 Advertencia o apercibimiento verbal. + -

7

Comunicación a la familia gestionada a través de... + -

Agenda E-mail Teléfono Escrito enviado conalumno/a

+ -

8

Ofrecimiento de mediación “no formal”entre: Acepta No acepta + -

Otro:__________________________________

+ -

X Derivación a tutor/a CONFLICTO SOLUCIONADO CONTINUAR GESTIÓN

Fecha: Fdo. EL/LA PROFESOR/A

El tutor/a, además de las medidas anteriores puede aplicar las siguientes:9 Apercibimiento escrito con orientaciones para superar el conflicto (se adjunta).

10 Tarea educativa en horario no lectivo. + -11 Privación del tiempo de recreo durante días. En fechas:

Durante el recreo el alumno/a estará en/con:

12

Entrevista con familiaAsisten

+ -No asisten

13 Reunión del equipo educativo el día / / que propone:

Page 51: Plan de convivencia Normas de Organización y

X Derivación a E.G.C. CONFLICTO SOLUCIONADO CONTINUAR GESTIÓN

Fecha: Fdo. EL TUTOR/A

3. TRATAMIENTO DEL CONFLICTO POR EL EQUIPO DE GESTIÓN DE LA CONVIVENCIAMarcar con una X o cumplimentar con el dato, según proceda.

REGISTRO GRAL. Nº:

Fecha de registro:

Registro Personal Nº Registro Tutoría NºRegistro nivel o curso

Clasificación CONDUCTA CONTRARIA ALA NORMA , según DAÑO CAUSADO ala convivencia

Leve Grave Muy perjudicial

Nº de incidencias acumuladas por elalumno/a en este curso de carácter:

Existe riesgo y peligrosidad de que se agrave el conflicto por lo que se aplica como medida provisional:

Fdo. El Director/a

Circunstancias atenuantes Circunstancias agravantes

EL EGC CONSIDERA QUE EL CONFLICTO DEBE GESTIONARSE DE FORMA PREVENTIVA DESDE ELPROFESORADO DIRECTAMENTE IMPLICADO Y RESPETANDO EL PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD Y EL DEINTERVENCIÓN MÍNIMA, POR LO QUE DECIDE:

Retorno de la gestión del conflicto al equipo educativo

Retorno de la gestión del conflicto al tutor/a

Page 52: Plan de convivencia Normas de Organización y

Retorno de la gestión del conflicto al profesor/a

Con apoyo/asesoramiento del orientador/a

Solicitar intervención del servicio de mediación

3.1. PROCEDIMIENTO DE MEDIACIÓN FORMAL.Nota: ACTA, según Orden de Mediación. Si se ha iniciado la aplicación de medidas correctoras, debenquedar suspendidas hasta conocer resultado de la mediación.

Paralización de la aplicación de medidas correctoras o del plazo para incoar el expediente disciplinario,el día

por iniciarse el procedimiento de mediación formal.

Viabilidad de la mediación. Sedetermina que:

SÍ, es viable No, es viable

Encuentro de mediación, conresultados:

Positivos, por lo quefinaliza la gestión delconflicto.

Negativos, por lo que debecontinuar la gestión delconflicto.

3.2. MEDIDAS ANTE CONDUCTAS CONTRARIAS A LA CONVIVENCIA DE CARÁCTER GRAVE

Trámite de audiencia (preceptivo) realizado por:

El día (Se adjunta documentoasistencia)

El alumno/a (mayor de edad)

Representantes legales del alumno/a

Comunicación a la familia/tutores legales o alumno/a mayor de edad, de la medida que se va a aplicarvía

En fecha: (Se adjunta documento confirmando elRecibí).

Cambio de grupo o clase

Cambio TEMPORAL, durantePasa a

Cambio DEFINITIVO.Pasa a

Suspensión del derecho a asistir a las clases de:

Durante ese horario el alumno/a estará en

Hasta entrevista con representantes legales. Máximo 3días:Suspendido los días

Con agravante (hasta 10 días):Del ___________ al _______________

Suspensión temporal del derecho a utilizar elservicio de:

Servicio de Comedor

Transporte Escolar

Del hasta (Máximo de 3 días).

Suspensión del derecho a participar/ usar/beneficiarse de:

Actividades extraescolares

Actividades complementarias

Las dependencias de

Medida de compensación:

Del hasta(Máximo final del trimestre en curso, o del siguiente, si la conducta ocurre en último mes deltrimestre).

Page 53: Plan de convivencia Normas de Organización y

Suspensión del derecho a asistir al centro, si se dan circunstancias agravantes y sin pérdida de laevaluación continua.

Profesor/a designado para control de tareas/deberes del alumno/a:

Entre 3 y 10 días: Del al

Realización de un servicio a la comunidadeducativaRequiere autorización firmada de representantes legales oaceptación del alumno/a si es mayor de edad.

Dentro horario lectivo

Fuera horario lectivo

El servicio consiste enSe realizará en el horario: de a ; Los días:

Imposición de mantenerse alejado de quién ha sido su víctima en una situación de acoso

Alejamiento dentro y fuera del centro hasta(durante el tiempo que se determine).

Alumnado con graves problemas de conducta:Derivación a un programa establecido en el Plan de Convivencia.

Atención y tratamiento en el Programa

3.3. MEDIDAS ANTE CONDUCTAS QUE PERJUDICAN GRAVEMENTE LA CONVIVENCIA

Sin instrucción de expediente disciplinario poraceptación voluntaria de las medidaspropuestas.Se dispone de documento firmado conACEPTACIÓN VOLUNTARIA de las medidaspropuestas.

Firmado por alumno/a (mayor de edad).

Firmado por representantes legales delalumno/a.

Suspensión del derecho a asistir al centro, sin pérdida de la evaluación continua.

Profesor/a designado para control de tareas/deberes del alumno/a:

Entre 11 y 20 días: Del al

Suspensión del derecho a participar/ usar/beneficiarse...

Actividades extraescolares

Actividades complementarias

Servicio de comedor

Transporte Escolar

Del hasta(el periodo de suspensión puede llegar hasta finalizar el curso).

Inhabilitación para cursar estudios en elcentro

Hasta la finalización del año académico

Definitiva

3.4. PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO

Incoación del expediente el día: (competencia específica delDirector/a)

Medidas cautelares/provisionales:

Page 54: Plan de convivencia Normas de Organización y

Nombramiento instructor/a:

Hechos imputados:

Procedimiento Conciliado Procedimiento Ordinario

RESOLUCIÓN DEL EXPEDIENTE:

Fdo. : El Director/ La Directora

* DOCUMENTOS GENERADOS AL GESTIONAR EL CONFLICTO:

Acta de mediación.

Escrito sobre trámite de audiencia.

Escrito de comunicación a la familia de la medida que se va a aplicar (Conducta de carácter grave).

Escrito de aceptación voluntaria de la medida correctora (Conducta gravemente perjudicial).

Autorización a la realización del servicio a la comunidad.

Expediente disciplinario.

Otros:

ESTRATEGIAS PARA FAVORECER LA CONVIVENCIA

La convivencia positiva es una responsabilidad de toda nuestra Comunidad y de la

Dirección poner a su alcance cuántos recursos organizativos y formativos sean

necesarios. Entendemos que la mejora de la convivencia está directamente

relacionada con la posibilidad de implicación democrática y toma de decisiones

por parte de sus miembros: Departamento de Orientación, Junta de Delegados,

Comisión de Convivencia, Consejo Escolar, Claustro.

La convivencia ha de mejorar si se integra en todos y cada uno de los aspectos

del IES El Tanque, en el PE, el PAT, la PGA, jornadas de acogida y reflexión,

práctica docente diaria, actividades complementarias y extraescolares; aceptando

todo el apoyo y recursos, no contradictorios, que desde el entorno se nos

ofrezcan (Administración, Ayuntamiento).

Page 55: Plan de convivencia Normas de Organización y

Las acciones que cada miembro de la comunidad educativa para favorecer la

convivencia ya han sido recogidas. Veamos ahora otros elementos organizativos

que con sus acciones ayudan también a crear el clima escolar adecuado.

Medidas organizativas

Como se indicó anteriormente los espacios a ocupar durante los recreos están

perfectamente delimitados: pabellón, patio, biblioteca y cafetería (salvo clubes). Si

se trata del periodo de clases propiamente dicho, los alumnos deben estar en el

aula del grupo o en algún aula específica, transitando de una ubicación a otra de

manera ordenada y no permaneciendo en los pasillos ni en los baños durante los

cambios de hora.

Se registra y controla el acceso del alumnado a los baños. El/la docente de guardia

controlará que el alumnado que accede al baño señale a qué hora y durante

cuánto tiempo. Los baños antes y después de su uso deben quedar cerrados bajo

llave. No se abrirán durante los cambios de hora y seguirán bajo control docente

durante los recreos. El profesorado que autoriza quién sale al baño continúa

siendo el de aula, por lo tanto también quedará escrito en el libro de aula. El

alumnado de 3º ESO y 4ºESO B podrá usar sus baños anexos, siguiendo el mismo

tipo de registro.

En cuanto a las familias, señalar que pueden adentrarse en los diferentes espacios

del Centro cuando se haya planteado una actividad que tenga como fin ese

acercamiento a la vida diaria del Instituto. Si se trata de una jornada ordinaria

pueden acceder a las dependencias administrativas para realizar alguna gestión de

esta índole o a los espacios habilitados para mantener algún tipo de entrevista con

el profesorado. Será el profesor de guardia quien hará las veces de enlace entre las

familias y los profesores requeridos, además de encargarse de avisar a sus hijos ya

sea para recogerlos o para comunicarse con ellos durante un breve periodo de

tiempo. Con respecto a otras personas ajenas a la vida diaria del Centro, se

procurará por parte del profesorado de guardia esclarecer el propósito de su visita y

sólo permitir el acceso a aquellas personas que vienen a realizar alguna gestión

administrativa o a participar en alguna actividad lectiva promovida por algún

departamento.

El profesorado debe permanecer en las aulas durante la sesión de clase, salvo

algún imprevisto, dejando la responsabilidad de vigilar el grupo en el profesor de

Page 56: Plan de convivencia Normas de Organización y

guardia si la ausencia es notable y justificada. El resto de su horario lectivo

ocupará los espacios específicos donde pueda realizar dichas sesiones:

departamentos, biblioteca o sala de profesores. De alguna forma debe estar

localizable, atendiendo a su horario personal, para si en algún momento requieren

su presencia. Mención aparte requiere el profesorado de guardia, el cual debe

permanecer preferiblemente en el puesto de guardia durante la sesión, excepto el

destinado a hacer la guardia en el recreo, y/o realizar una labor de vigilancia por el

Centro para detectar alguna incidencia que se pueda producir en esa hora. En el

caso de ausencia del profesor, debe organizar la sesión atendiendo a las

indicaciones de Jefatura o al material dispuesto en el banco de actividades y debe

realizar una labor de vigilancia del grupo. Al tratarse de un centro en el que sólo se

puede contar con un profesor de guardia por sesión, debe valorar la conveniencia

de permanecer con dicho grupo de forma ininterrumpida o de manera discontinua.

RESUMEN DE LAS PROPUESTAS ORGANIZATIVAS DEL CENTRO

Funciones del profesorado de guardia

● El alumnado no entrará en el aula hasta las 08:15 y, hasta ese momento, las

puertas de cristal permanecerán cerradas y todo el alumnado ubicado en el

hall/pabellón, respetando las zonas asignadas para cada grupo. .

● Acceso a los baños durante el recreo: por las puertas laterales externas. Y

sólo permanecerá abierta la puerta de cristal superior para gestionar el

acceso a los clubes, una vez se pongan estos en marcha.

Recorrer el centro a su comienzo de la guardia, para comprobar que las

clases están empezando sin contratiempos. Recorrer también los patios, biblioteca

y baños. (Se registrarán en el libro de guardia los retrasos, reiterados, de cualquier

miembro de la comunidad educativa).

Estar pendientes del aula de la que un/a docente haya tenido que ausentarse

por un tiempo determinado (una llamada de teléfono, fotocopias, ir al servicio).

Registrar las incidencias, llegadas, salidas, enfermos, baño… que se den en

su turno de guardia. Para las salidas consultaremos el listado de “casos

especiales” y las personas autorizadas por sus padres o tutores.

Atender al alumnado que presente dolencia, sufra una caída o cualquier otro

imprevisto sanitario; cumpliendo el protocolo de actuación, informando y

consultando con el miembro del equipo directivo que se encuentre disponible. El

profesorado de guardia estará obligado a atender y acompañar al alumnado

Page 57: Plan de convivencia Normas de Organización y

afectado de aquello que suponga un riesgo para su vida. En caso de dolencias

“habituales”, lo tendrá bajo su custodia, en todo momento, hasta la llegada de sus

padres o tutores o hasta que delegue en el siguiente compañero horario.

Facilitar al alumnado las actividades dejadas por el profesor ausente o utilizar

las propuestas en la carpeta de sustitución; controlando periódicamente que la

clase está en orden y cumple con su tarea.

El profesorado podrá hacer uso de esta hora para otras cuestiones (corregir,

planificar, consultar ordenador del punto de información, etc.) siempre y cuando las

funciones anteriores estén cubiertas y cumplidas.

El profesorado con guardia de recreo velará para que no haya alumnos en

ninguna de las dos plantas y sus pasillos, ni dentro de las aulas o escaleras (salvo

clubes); que las aulas han quedado cerradas. Recorrerá periódicamente los patios,

muros y rincones ciegos de las zonas habilitadas para su uso en el recreo (se

requiere especial atención en la zona del vivero). Registrará en el libro de guardias

las incidencias que considere y podrá elevar un parte de incidencias, si lo estima.

El control de absentismo a primera hora: los alumnos/as que se incorporen al aula

después de las 08:25h, han de venir acompañados y rellenar el parte de entrada,

que será firmado por el acompañante responsable. Si el alumno no viene

acompañado, pasará al aula de convivencia hasta que se dé una de las dos

situaciones siguientes: un familiar autorizado viene a justificar su entrada tardía; un

familiar viene a firmar su salida anticipada. Es responsabilidad del profesorado de

guardia llamar para notificar esta medida al domicilio de dicho alumno o alumna.

El profesor de guardia acompañará al alumno hasta el aula, o bien este subirá con

el justificante de entrada. El profesor/a de aula registrará el retraso y bajará el

justificante junto al parte de primera hora, depositando ambos, con inmediatez, en

el buzón.

Las salidas durante la jornada escolar: serán autorizadas por el equipo directivo o

el profesorado de guardia, siempre y cuando el alumno abandone el centro con el

padre, madre o tutor que ostente su custodia. Este adulto rellenará el impreso

creado para tal fin, y se depositará en el buzón. En los casos de pérdida de

custodia, o cuando se presente una persona distinta a la que la posee, no se

autorizará su salida, mientras figure en el impreso que firmaron sus custodios como

persona autorizada para sacarlo y se presente con su DNI. SE SOLICITA A LOS

Page 58: Plan de convivencia Normas de Organización y

TUTORES DE GRUPO RECORDAR ESE ASPECTO DESDE UN PRIMER

MOMENTO.

Podrán salir sin que acuda un familiar autorizado el alumnado mayor de edad que

haya presentado a comienzo de curso un visto bueno de su familia que lo

auto-incluye como persona autorizada o aquel que presente certificación de tratarse

un mayor de edad emancipado.

Otras medidas de interés son las que siguen:

No se permite el uso de teléfonos móviles en el centro; para nada y

en ningún momento. El profesorado debe intentar hacer uso de otras

aplicaciones y otros soportes digitales (ordenador, tabletas) para no

generar opciones de uso o confusión normativa. El/la docente que vea

un móvil debe solicitar apagarlo y guardarlo. Al alumnado que veamos

que está haciendo uso de él, se lo retiraremos y deberá ser un familiar

autorizado y mayor de edad quien venga a retirarlo a la dirección o

jefatura de estudios. Por ende, no se puede fotografiar el resultado de

un examen, trabajo, etc. Quien desee una copia, deberá solicitarla por

escrito, con registro de entrada en la secretaría, antes de que se le

fotocopie.

Los partes de incidencia sufren un pequeño cambio. Se recuerda que

es obligatorio rellenar todos los apartados de este documento.

Asimismo, se ruega literalidad, veracidad y cuidado con lo que

escribimos, dado que constituye una prueba de presunción de

culpabilidad dentro de un proceso administrativo. Si un parte de

incidencias no está debidamente cumplimentado, será devuelto sin

resolución, por defecto de formas y debido a que no prosperaría

administrativamente, según el decreto de convivencia. Se anexan a

este boletín, el parte de incidencia y un esquema de los pasos y

tipificaciones que rigen al expediente disciplinario.

La expulsión de un/a alumno/a del aula es una medida excepcional. Se ejecuta

una vez hayan fracasado: la advertencia aparte, la aclaración del hecho y su

consecuencia; el fracaso de la petición y el acuerdo. Cuando se produzca, se hará

siguiendo este protocolo: el/la alumno/a, acompañado/a del delegado/a o

Page 59: Plan de convivencia Normas de Organización y

subdelegado/a de clase, acudirá al puesto de guardia para notificar su expulsión y

ser registrado en el libro de guardia. El/la profesor/a de aula sacará su pupitre al

pasillo, junto a trabajo asignado. El alumnado expulsado del aula continúa siendo

su responsabilidad. El profesorado de guardia u otro disponible (apoyo, orientación,

tutores) podrán hacerse cargo, voluntariamente, de este/a alumno/a, tras

consultarlo con el/la profesor/a de aula, siempre y cuando se dedique ese tiempo a

la reflexión, análisis y resolución del hecho puntual que ha motivado su expulsión.

No esta permitido que el alumnado acceda a la cafetería durante las clases o en los

cambios de hora. Las compras y encargos se limitan al horario de las 08:00 a las

08:15 y el tiempo de recreo. Cuando surja la necesidad de enviar al alumnado a la

cafetería, deberá ir acompañado del carné docente.

El profesorado debe fomentar en su actividad lectiva diaria las normas de

convivencia propuestas en este Plan, ya sea generando actividades que de manera

directa o indirecta incidan en ellas o ya sea proponiendo un estilo docente donde

valores como el respeto se vean reflejados en su quehacer diario.

Para la justificación de faltas docentes, la documentación se encuentra

localizada dentro del protocolo de absentismo (anexo 9) y en la bandeja de la

secretaría para tal efecto. Se recuerda que a partir de la cuarta falta por NE, la

consejería detecta y descuenta.

Protocolo para la realización de actividades extraescolares y complementarias

❖ Programar, solicitar y cumplimentar la actividad, rellenando los documentos

elaborados para tal efecto (disponibles en zona compartida).

❖ Entregar dicha solicitud en Dirección para su firma, recogida y archivo junto a

los demás anexos. Se introduce la novedad del día de tope de recogida de

autorizaciones en los impresos.

❖ Cada actividad contará con un coordinador/a que se responsabilice de la

redacción de documentos, de la cumplimentación del plan de seguridad, de la

memoria, del reparto de autorizaciones y recogida de dinero.

Page 60: Plan de convivencia Normas de Organización y

❖ Se comprobará con 48 horas de antelación que existe un 70% de alumnado

que participa y cumple con los requisitos (entregar autorizaciones y dinero), de

otra forma, se suspenderá la actividad. Se estará pendiente de quiénes son los

socios del AMPA.

❖ El profesorado llevará las autorizaciones el día de la actividad (contiene datos

importantes) y las archivará, posteriormente, en el archivador habilitado para

ello, situado en la secretaría.

❖ El plazo máximo para redactar la memoria de la actividad será de un mes

desde el día de su realización. Se ruega respetar dicho plazo.

INFORMACIÓN QUE SÍ PUEDE DAR UN/A DOCENTE A LOS PADRES/ MADRESO TUTORES LEGALES DE UN ALUMNO CON PATRIA POTESTAD

Aclaración: la guardia y custodia de un alumno/a afecta a las cuestiones más

diarias y habituales. La patria potestad incumbe en aquello más general, que implica

cubrir todas sus necesidades. En lo que atañe a la educación se refiere a su

matriculación, asistencia, evolución, relación,… La pérdida de custodia no significa

la pérdida de la patria potestad.

1. Se ofrecerá a quien siga manteniendo la patria potestad (aunque haya

perdido la custodia) la siguiente información: calificaciones, actividades

complementarias y extraescolares, orientación académica, calendario

escolar, fechas de reuniones, absentismo. Todo lo demás requiere de orden

judicial.

2. En caso de que lo pida el padre/ madre/ tutor que ha perdido la guardia y

custodia, se le exigirá que dicha información sea solicitada por escrito,

se le dará registro de entrada y se contactará, antes de facilitarla, con la

persona que sí ostenta la guardia y custodia. No podemos negarla, pero

debemos informar, dado que podrían hallarse inmersos en un procedimiento

o pendientes de una sentencia, orden de alejamiento, etc. que contradiga lo

anterior.

Page 61: Plan de convivencia Normas de Organización y

3. No se puede dar esta información a terceros, ni aunque vengan en

representación con documentos firmados que lo acrediten.

4. Si quien ostenta la custodia viniera a llevarse al alumno/a (con anticipación)

en el día que por sentencia le ha sido asignado a quien no la ostenta, éste,

igualmente, debe ser informado de ello.

(Más información BOC 3375 11/06/2017)