plan de convivencia escolar 2016 · interior de la sala de clases. las normas de convivencia en el...
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ESCUELA REPUBLICA DE LOS EEUU
DE NORTEAMERICA DE TOCOPILLA.
REGLAMENTO INTERNO DE
CONVIVENCIA ESCOLAR
2019-2021.
ANTECEDENTES GENERALES.
ESCUELA
Escuela República De los EEUU N.A
RBD
206-2
DEPENDENCIA
Municipal
NIVEL DE EDUCACION QUE IMPARTE
Educación parvularia- básica
COMUNA- REGION
Tocopilla II región de Antofagasta
NOMBRE DIRECTORA
Gloria Rojas González
NOMBRE ENCARGADO CONVIVENCIA ESCOLAR
Alejandro Pérez Sandoval
TELEFONO
55-2813151
DAEM
Tocopilla
JORNADA SEMANA DE TRABAJO ESCOLAR.
Pre Kínder 13:10 a 17:00 hrs Lunes a viernes
kínder 8:00 a 12:00 Lunes a viernes
1° básico a 8° básico 8:00 a 16:00 o 17:10 hrs Lunes a jueves 1° básico a 8° básico 8:00 a 13:10 hrs viernes
Talleres
PERSONAL DEL ESTABLECIMIENTO
1 Directora
1 Sub Directora
1 Jefa UTP
1 Encargado de Convivencia
Docente de Aula
Asistente de la Educacion
Asistente de servicios menores
3 Manipuladora de Alimentos
MATRICULA ( 9 DE NOVIEMBRE 2018)
NIVEL EDUCACIÓN PARVULARIA.
NIVEL DE EDUCACIÓN BASICA.
TOTAL MATRICULA.
NUESTRA VISIÓN.
NUESTRA Somos una Comunidad Educativa Inclusiva que aspira a formar estudiantes integrales como expresión de nuestro compromiso con una educación de calidad, basada en el desarrollo de habilidades, conocimientos, valores y la sana convivencia .Incorporando la tecnología innovadora y el respeto al medio ambiente
NUESTRA MISION
Asumimos la responsabilidad de ser una escuela inclusiva que ofrece a la comunidad un proyecto educativo que estimula el desarrollo de habilidades cognitivas, socioemocionales ,artísticas y deportivas , basada en principios y valores que promueven la buena convivencia, el respeto a la diversidad y la protección del medio ambiente, con personal idóneo , tecnología e innovación educativa desde transición
a octavo año básico.
DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
La convivencia escolar, forma parte de la formación general de las personas y el establecimiento
como servicio educativo que tiene como misión educar, se hace responsable de la educación en
valores en colaboración de la familia de los estudiantes.
La sana convivencia escolar es un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la
comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto que
estas se deben. Es un aprendizaje en sí mismo que contribuye a un proceso educativo
implementado en un ambiente tolerante y libre de violencia, orientado a que cada uno de sus
miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad, ejercer sus derechos y cumplir sus
deberes.
ARTICULO N°1: para que todos los estudiantes que ingresan a la Escuela Republica de los EEUU de
Tocopilla, permanezcan en el recibiendo un trato digno de respeto a su persona y logren un
sentido de pertenencia e identidad con el establecimiento se requiere del compromiso,
colaboración, responsabilidad, y participación de todas las personas que integran la familia
educacional.
ARTICULO N°2: En coherencia con el Proyecto Educativo Institucional y los objetivos
fundamentales transversales, los principios y valores que el establecimiento fortalece y fortalecerá
para el desarrollo personal e integral de los estudiantes son.
1
Buscamos formar personas íntegras, con valores sólidos, destacando el respeto por la dignidad del ser humano y su entorno social, realizando acciones solidarias, concientizando el bien prójimo.
2
La escuela tiene un foco integral en etnias, religiones, necesidades educativas, interculturalidad, equidad de género y diversidad. Entregando opciones de formación para todos según el ritmo y estilo de aprendizaje.
3
Desarrollando el pensamiento crítico, científico y reflexivo, innovando en escenarios de aprendizajes y evaluación.
4
Esperamos que nuestros estudiantes manifiesten énfasis en asumir un papel activo como agentes de cambio para adaptarse y transformar la sociedad en que les corresponde vivir
5
Potenciar conciencia medio ambiental, su entorno cercano y local; propiciando experiencias en terreno.
ARTICULO N°3: Junto a todos los miembros de la comunidad educativa se pretende con estas
normas lograr una sana convivencia en el establecimiento, que surgen acuerdos alcanzados por la
misma comunidad educativa. En este sentido la disciplina cumple un importante rol para que los
estudiantes y las personas que educativa y pedagógicamente tienen el deber de velar por la
confianza que han depositado las familias en el establecimiento.
TITULO II
DE LOS FINES EDUCATIVOS.
ARTICULO N°4: La presente normativa regula el sistema de convivencia y el comportamiento
disciplinario de los estudiantes de la Escuela Republica de los EEUU, con este propósito esta
normativa tiene como fines educativos:
1°
Generar un excelente clima de sana convivencia escolar entre todos los miembros de la comunidad educativa.
2°
Promover el dialogo y la alianza entre la familia escuela.
3°
Estimular y fortalecer la formación valórica
4°
Formar hábitos de disciplina en los estudiantes
5°
Definir ámbitos de competencias y tareas a cumplir por los docentes, directivos, asistentes de la educación, estudiantes y apoderados.
6°
Desarrollar la capacidad de autodisciplina en los estudiantes, responsabilidades en actos.
7°
Mejorar la autoestima y sentido de pertenencia de los distintos agentes educativos.
TITULO III
DE LOS DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
ARTICULO N°5: La Escuela Republica de los EEUU reconoce y garantiza los siguientes derechos de
los estudiantes del establecimiento a:
1° Recibir una educación de calidad y equidad.
2° Ser tratados con respeto
3° No ser discriminados
4° Ser escuchados
5° Estudiar en un ambiente agradable
6° Participar en todas las actividades de la escuela, de acuerdo a su nivel y normas establecidas.
7° Postular y recibir los beneficios que establece la normativa vigente.
8° Recibir atención primaria por parte de una profesional de la salud.
9° Conocer los avances y desarrollo pedagógico y resultado obtenidos (evaluación)
10° Conocer los objetivos a alcanzar en los distintos cursos.
11° Utilizar las dependencias de la escuela cumpliendo ciertas reglas y normas.
12° Disponer del tiempo establecido para recreación y colación.
13° Solicitar entrevistas a profesores y equipo de convivencia escolar.
DE LA ASISTENCIA.
ARTICULO 6°: Todos los estudiantes tendrán la obligación de asistir regularmente a clases y a
todas a las actividades que la escuela realice, dentro y fuera del establecimiento, respetando los
horarios establecidos y evitando los atrasos.
ARTICULO 7°: los apoderados de NT1 y NT2, de 1° a 8° año deberá justificar la inasistencia de su
hijo en forma personal desde las 8:00 hrs a las 8:30 hrs de la mañana, según lo indica el
reglamento interno.
ARTÍCULO 8: Los apoderados de los estudiantes de los curso 1° a 8° año que no justifiquen la
inasistencia de su hijo en el primer periodo de clases, el estudiante se mantendrá en la sala de
clases a la espera que el docente de ese periodo comunique a convivencia escolar, para llamar al
apoderado a cumplir con lo que indica en el ARTICULO 7, en ningún caso se enviara al estudiante
al hogar.
Si la falta se repite dos veces se registrara en su hoja de vida la anotación correspondiente
pasando a ser una falta de mediana gravedad.
ARTÍCULO 9: la inasistencia a la jornada de la tarde deberá ser debidamente justificada
personalmente, por el apoderado, al día siguiente con el encargado asignado.
El incumplimiento de esta norma, será considerada falta leve y su reiteración falta de mediana
gravedad.
ARTICULO 10: La inasistencia a los procesos evaluativos fijados con anticipación, actividades
oficiales u otras deberán ser justificadas personalmente por el apoderado del estudiante ante
U.T.P con comunicación al profesor jefe, o profesores de asignatura cuando el estudiante se
incorpore a clases. Será responsabilidad del equipo técnico, recalendarizar las evaluaciones.
El incumplimiento de esta norma, será considerada falta leve y su reiteración falta de mediana
gravedad.
ARTICULO 11: Los estudiantes inasistente a un proceso evaluativo deberan rendir dicha evaluación
al momento que se reintegre a clases, de no ser asi será evaluado con nota mínima según
reglamento interno.
TITULO IV
DEL UNIFORME OFICIAL DEL ESTABLECIMIENTO
ARTÍCULO 12: El uso del uniforme escolar y equipo de educación física para la Escuela República
de los EEUU de Tocopilla es de carácter obligatorio. (Si algún apoderado justifica su situación
particular con respecto al uniforme se realizara la excepción correspondiente con el estudiante) El
cual fue aprobado en acuerdo en consejo de profesores, centro general de padres y centro de
estudiantes, por lo tanto deben de respetarse los colores y la confección de este.
ARTÍCULO 13: De este modo el establecimiento establece de manera obligatorio el uniforme de
acuerdo a las siguientes características:
Damas Uniforme oficial: Camisa blanca manga larga, chaleco azul rey, corbata azul rey con
insignia, falda cuadrillé medias grises y zapatos negros.
Damas Uniforme Diario: Polera modelo piqué azul rey con vivos amarillos en cuellos y mangas e
insignia bordada sobre el costado izquierdo, falda cuadrillé, medias grises y zapatos negros sin
tacón o terraplén. (Prohibidas las zapatillas)Polerón oficial con cierre, cuerpo azul rey y mangas
amarillas, sin capuchón.
Varones uniforme oficial: Camisa blanca manga larga, chaleco azul rey, corbata azul rey con
insignia, pantalón gris y zapatos negros.
Varones uniforme diario: Pantalón gris, polera modelo piqué azul rey con vivos amarillos en cuellos y mangas e insignia bordada sobre el costado izquierdo, calcetas grises y zapatos negros (Prohibidas las zapatillas). Polerón oficial con cierre, cuerpo azul rey y mangas amarillas, sin capuchón.
Uniforme de educación física: oficial de la Escuela, short azul o buzo azul, polera azul rey dela Escuela para los varones y para las damas buzo azul o calza azul rey, polera azul rey de cuello redondo, Se excluyen: el uso de gorro dentro del aula chaquetas y parcas de otro colores, bufanda u otras prendas de vestir no acordes, además de accesorios tales como pulseras, anillos, colgantes, cadenas, collares sobre la ropa, aros extravagantes, piercings, expansiones extensiones y maquillajes. ARTICULO 14 En el caso de que algún estudiante presente algún problema con el uniforme oficial de la escuela, el apoderado deberá notificar la situación al departamento de convivencia escolar
(asistente social) con el fin de autorizar a que el estudiante pueda venir con otra ropa hasta que se regularice la situación. ARTICULO 15 el uso del short o calza de educación física para establecimiento queda en libertad su exigencia se puede hacer educación física con el buzo institucional, solo será obligatorio el uso de la polera de educación física los apoderados tendrán plazo hasta el 30 de marzo para su cumplimiento. ARTICULO 16 los estudiantes deberan asistir con su uniforme limpio y cuidado, la presentación personal de los estudiantes en toda actividad deberá estar acorde con su calidad, por lo que no se permitirá ningún uso de accesorio lo que se ajusta plenamente a las disposiciones de este reglamento.
TITULO
DE LOS DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
ARTICULO 17: Junto con reconocer los derechos fundamentales de los estudiantes existen deberes
que estos deben cumplir en su vida como educando.
ARTICULO 18:
Son deberes de los estudiantes:
a- Cumplir diariamente con sus deberes escolares.
b- Asistir todos los días a clases. (mañana y tarde)
c- Mantener una correcta presentación e higiene personal.
d- Portar diariamente su agenda de comunicaciones.
e- Usar correctamente y completo el uniforme de la escuela según reglamento.
f- Mantener una convivencia sana con todos los miembros de la comunidad escolar.
g- Cuidar los bienes propios , de la escuela, de la comunidad y su entorno.
h- Cumplir el horario establecido en el ingreso salida y en la relación a cada una de las horas
de clases.
i- Mantener un comportamiento adecuado en la sala de clases y otras dependencias del
establecimiento y en actividades fuera de la escuela.
j- Participar en todas las actividades programadas por la escuela.
k- Utilizar durante las clases solamente elementos propios de la actividad a realizar.
l- Asistir obligatoriamente a los proceso evaluativos en las fechas establecidas en cumplir en
el plazo señalado con los trabajos solicitados.
m- Evitar los juegos bruscos peligrosos.
n- Entregar oportunamente las comunicaciones de la escuela.
o- No realizar grabaciones dentro de la sala de clases, en recreo o en cualquier dependencia
del establecimiento o en alguna actividad de la escuela. (actos oficiales,
p- Devolver los objetos encontrados.
q- Respetar y cumplir las normas establecidas por la escuela.
r- Participar con compromiso a los reforzamiento que sea citado.
s- Participar con compromisos en talleres, academias, en las cuales se inscribe.
ARTÍCULO 19: el incumplimiento de los deberes se considerará una falta, la que al ser
debidamente evaluada, se podrá definir como:
FALTALEVE
FALTA DE MEDIANA GRAVEDAD
FALTA GRAVE
ARTICULO 20 DE LAS FALTAS LEVES.
Se consideraran faltas leves las siguientes:
1°
Incumplimientos de sus deberes escolares
2°
no justificar inasistencia a clases.
3°
Usar accesorios ajenos al uniforme escolar
4°
No usar el uniforme escolar o equipo de educación física correctamente cuando corresponde en este coso se procederá a llamar al apoderado remediar la situación, el que será contactado vía telefónica
5°
No trabaja en clases.
6°
Llegar atrasado a clases u otras actividades
7°
Molestar hacer desorden durante la clase.
8°
Incumplimientos de las normas dentro de la sala de clases, sala de computación, sala de ciencias, comedor o acto internos.
9°
No traer materiales para trabajar en clases.
10°
Inasistencia a actividades programadas por la escuela y el profesor.
11°
No asistir a acto de representación oficiales, 21 de mayo, aniversario escuela , 18 de septiembre
12
No estará permitido el uso de ningún artefacto tecnológico (celular, mp4,ipod, notebook,)
13°
No está permitido utilizar en clases ningún juegos distractor a la clase como, cartas láminas, u otros.
14°
Inasistencia a procesos evaluativos con o sin certificado medico
15°
Votar basura al suelo sea dentro de la sala de clases o en horario de recreo.
16
Ingerir alimentos en hora de clases.
17
Uso inadecuado de la agenda escolar.
18
Incumplimiento en devolución de texto en biblioteca.
19
Comer chicle en horarios de clases.
20
No cuidar las áreas verdes o medio ambiente inserto en el establecimiento.
ARTÍCULO 21: DE LAS FALTAS DE MEDIANA GRAVEDAD.
Se consideran faltas graves las siguientes:
1
Agredir verbalmente a sus compañeros.
2
Rayar paredes, mobiliario, texto ect.
3
Negarse a participar en representación de la escuela una vez comprometido.
4
Destrozar materiales de sus compañeros.
5
Usufructuar del trabajo ajeno.
6
Traer textos, útiles u otros elementos no autorizados.
7
Ingresar a dependencias que no le corresponde causar desorden y destrozos.
8
Incumplimiento de las normas establecidas en el comedor, laboratorio, talleres, biblioteca y medios de locomoción.
9
Inventar y participar en juegos que insten a la violencia.
10
Copiar en cualquier evaluación. En el caso específico de copiar la prueba escrita, se procederá de la siguiente manera: Se retira la prueba en ese mismo momento. Obtendrá la nota mínima o insuficiente según corresponda. Se citara apoderado para informarle de la situación y medida disciplinaria que se aplicara.
11
Estará prohibido de traer celular o de utilizar este en horario de clases, de no ser acatada esta prohibición el móvil será requisado y de vuelto al apoderado titular o suplente, de ser requisado por segunda vez, pasara a ser una falta gravísima y este será retenido hasta finalizado el año escolar.
12
Mostrar un comportamiento inadecuado que atente contra los valores y principios inculcados en nuestro P.E.I
13
No mostrar respeto con los símbolos patrios e institucionales.
14
Hacer mal uso de los recursos tecnológicos disponibles e información de internet en la escuela.
15 Usar sobrenombres y palabras despectivas en la relación con sus compañeros
16
Usar inadecuadamente el vocabulario trivial. ( garabatos e insolencia)
17 Fumar tabaco en las dependencias de la escuela.
18 Manifestaciones físicas y de pololeo dentro de establecimiento.
ARTÍCULO 22 : DE LAS FALTAS GRAVISIMAS
1 Agredir física o verbalmente y por cualquier medio (concreto o Virtual) a cualquier miembro de la comunidad escolar.
2 Manifestar descortesía a los funcionarios del establecimiento.
3 Actitudes irrespetuosas en ceremonias públicas.
4 Destruir bienes de la escuela o ajeno
5 Incitar y promover el desorden.
6 Realizar acoso o ataques de connotación sexual, aun cuando nos sean acciones constitutivas de delito sexual.
7 Proferir insultos o hacer gesto groseros o amenazantes
8 Ingresar o encontrarse en el establecimiento bajo los efectos del alcohol o estupefacientes.
9 Portar, traficar, o consumir sustancias ilícitas dentro de la escuela.
10 Portar armas cortantes o de fuego o juguetes semejantes peligrosos (pistolas con balines)
11 Discriminar a un integrante de la comunidad educativa ya sea por su condición, social, religiosa, discapacidad, defectos físico o cualquier otra circunstancia.
12 Participar de bullying, ya sea como agresor o espectador.
13 Filmar fotografiar, exhibir, transmitir y difundir videos o imágenes ajenas o personales con connotación sexual o invadiendo la privacidad de los compañeros o funcionarios de la escuela.
14 Alterar o falsificar firmas o justificativos de apoderados, notas en el libro de clases u otro documento oficial del establecimiento.
15 Robar o hurtar pruebas, libros de clases, documentos oficiales, o especie del establecimiento o de algún integrante de la escuela.
DELAS SANCIONES Y SUS PROCEDIMIENTOS.
ARTÍCULO 23: El estudiantes que comete una FALTA LEVE, (Art.20), recibirá como sanción una
AMONESTACIÓN VERBAL, además de otras tales como, según la evaluación que realizara el
docente o directivo que aplicará la sanción.
1-Dialogo formativo realizado por el profesor jefe o de asignatura.
2-Registro de entrevista del estudiante
3-Registro de entrevista al apoderado.
4- Descontar tiempo de recreo.
5-Reparar el material o el daño causado.
6-Requisición del elemento distractor.
7-Realización del trabajo u otro deber en su tiempo libre, en la oficina de U.T.P. o Biblioteca.
8-Anotación en hoja del estudiante, libro de clases.
RESPONSABLES: Asistentes de Educación, Docentes, Encargado/a de Convivencia Escolar o
Directivos.
ARTICULO 24: Los procedimientos y responsables para aplicar esta sanción son: Asistentes de
Educación, Docentes, Encargado/a de Convivencia Escolar o Directivos.
PRODECIMIENTOS:
1- Ocurrida la falta el profesor a cargo de la actividad en forma privada realiza Amonestación
Verbal, la registra en la hoja de entrevista y aplica la sanción según la evaluación realizada e
informa al Profesor Jefe, Encargado de Convivencia Escolar o Directivos; en caso de ser necesario
se comunicará por escrito al apoderado.
2- En caso de requisición de algún elemento, este será entregado personalmente al apoderado y
el o la estudiante no podrá traerlo nuevamente.
3- Se llevará un registro de los elementos requisados y su entrega bajo firmas de los actores
involucrados.
RESPONSABLES: Docentes Encargado de Convivencia escolar, Directivos.
ARTICULO 25 : El estudiante que comete una FALTA DE MEDIANA GRAVEDAD, (Art. 21), recibirá
como sanción una amonestación escrita, además de otras tales como, según la evaluación que
realizará el docente o directivo que aplicará la sanción.
1- Descontar tiempo de recreo.
2- Reparar el o los daños causados.
3- Cancelar los daños causados.
4- Realizar trabajos escolares comunitarios (ayudar al auxiliar en el patio, ordenar textos en la
biblioteca, laboratorios, cumplir turnos, etc.).
5- Citación al apoderado.
6- dialogo formativo
7- Suspensión por 1 o 2 días, o acompañamiento al aula si el apoderado esta de acuerdo
evaluación del Encargado/a de Convivencia Escolar o Directivos.
ARTICULO 26: Los procedimientos y responsables para aplicar esta sanción son: Responsables:
Docentes, Encargado de Convivencia Escolar y Directivos.
Procedimiento:
1- Ocurrida la falta el docente llamará la atención y registrará en la hoja de vida del estudiante lo
acontecido, dándosele a conocer, y será enviado ante el Encargado de Convivencia Escolar, quien
evaluará la situación y en común acuerdo buscarán remediales y de ser necesario se aplicará la
suspensión .
2- Las reiteraciones de las faltas, deberán ser comunicadas al apoderado, por el profesor Jefe en
la hora de atención de apoderados o por citación de la Encargado de Convivencia Escolar.
3-De no asistir el apoderado, volverá a ser citado por la Encargado de Convivencia Escolar y
Dirección.
La aplicación de otra sanción será comunicada por el Encargado de Convivencia Escolar
ARTÍCULO 27: El estudiante que comete una FALTA GRAVE, recibirá como sanción SUSPENSIÓN
DE CLASES, de dos a cinco días con algún deber escolar a cumplir, que será evaluado, además el
apoderado será el único responsable de hacer que el estudiante ponga al día sus cuadernos,
preocuparse de que el estudiante se prepare para las evaluaciones pendientes y de la evaluación
que realizará el directivo que aplicará la sanción:
1- Solicitar al apoderado del estudiante agresor la cancelación de los gastos médicos
correspondientes (Compromiso escrito).
2-Realizar nuevos procesos evaluativos.
3- Realizar un diario mural con un tema vinculado a la falta.
4- Realizar un trabajo de investigación con tema dad
5-acompañamiento al aula por parte del apoderado.
ARTÍCULO 28: El estudiante que caiga en una sanción grave POR SEGUNDA VEZ, recibirá como
sanción LA CONDICIONALIDAD DE SU MATRÍCULA. Para tal efecto se citará al(a) apoderado(a) a
dependencias de Dirección del establecimiento para comunicarle dicho procedimiento. El
estudiante al reincidir por tercera vez en las faltas graves, será objeto de estudio la no renovación
de su matrícula por parte del establecimiento y los estamentos correspondientes.
ARTÍCULO 29: Los procedimientos y responsables para aplicar esta sanción son: Consejo de
profesores y equipo directivo.
DE LOS CONSEJOS ESCOLARES
ARTÍCULO 30: El Establecimiento cuenta con un Consejo Escolar, con carácter informativo,
consultivo y propositivo, que está integrado por:
1- El Director del establecimiento que lo presidirá;
2- El Sostenedor o un representante designado por él mediante documento escrito.
3- Un Docente elegido por sus pares en Consejo de Profesores.
4- El Presidente del Centro General de Padres y Apoderados.
5- El Presidente (a) del Centro de ESTUDIANTES..
6- Un representante del personal de Asistentes de Educación.
7- Un representante del Equipo PIE.
8- El Consejo podrá incorporar a nuevos miembros con la aprobación de sus integrantes en
reunión ordinaria.
ARTICULO 31: El Consejo Escolar deberá regirse por las normas contenidas en el Decreto N° 0024
del 22 de Enero de 2005, que reglamenta el funcionamiento de los Consejos Escolares.
NORMAS QUE DEBEN CUMPLIR LOS PADRES Y APODERADOS
ARTÍCULO 32 : Podrán cumplir la función de apoderado de un estudiante matriculado en la
escuela Republica de los EEUU N.A, el padre o la madre, como también el tutor o familiar a cargo
del estudiante bajo documentación legal y que conviva con este, quien tendrá como
responsabilidad primordial cumplir con los siguientes deberes:
Matricular a su pupilo en los periodos que fije el Calendario Escolar, respectivo.
Actuar con perseverancia, sobre el cumplimiento de su pupilo en todas las actividades que el quehacer
escolar exija.
Asistir y participar en las reuniones del Subcentro o Centro General de Padres.
Justificar su inasistencia a reunión del Subcentro o Centro General personalmente.
Demostrar una actitud positiva, cooperativa y participativa a toda gestión que la Unidad Educativa
emprenda en beneficio de los educandos.
Mantener una directa y permanente comunicación con el profesor Jefe a cargo de su pupilo,
ciñéndose a los horarios establecidos (Hora Atención de Apoderados)
Realizar personalmente en la Secretaría o Dirección, los trámites de retiro definitivo de su pupilo.
Responder por los daños y perjuicios que pueda ocasionar su pupilo, en el establecimiento.
Preocuparse permanentemente por la correcta presentación personal de su pupilo.
Cumplir responsablemente con los acuerdos tomados por el Centro general de Padres y participar
activamente en todas las actividades que programe.
Preocuparse permanentemente de entregar a su pupilo los materiales solicitados por el profesor(a) y
los textos complementarios solicitados por los profesores de las asignaturas o sectores según
corresponda.
Velar permanentemente que su pupilo asista a clases todos los días y a otras actividades
programadas, evitando las inasistencias y los atrasos especialmente los días que deba rendir algún
proceso evaluativo (Prueba, disertación, entrega de trabajo).
Justificar oportunamente la(s) inasistencia (s) y atraso(s) de su pupilo en forma personal al día
siguiente a las 08:00 hrs.
Avisar oportunamente al Profesor Jefe de las inasistencias prolongadas de su pupilo (Más de tres días
hábiles corridos).
Controlar la llegada de su pupilo(a) a su casa, de acuerdo a los horarios de salida entregados por la
escuela.
Conocer el Horario de clases de su pupilo(a)
Nombrar a una persona que se desempeñe como apoderado suplente, para que participe en su
nombre en las actividades programadas en la escuela.
Contratar el medio de transporte, que trasladará diariamente a su pupilo a la Escuela, cautelando que
su retiro se realice dentro de la media hora inmediatamente siguiente al término de la jornada.
ARTÍCULO 33: En caso que un apoderado no asista a reunión de Subcentro, deberá concurrir
personalmente al día siguiente, a justificar su inasistencia. En caso que el apoderado no cumpla
con esta medida, los estudiantes de NT1º a 8º año, serán enviados con la Encargado de
Convivencia Escolar, para llamar al apoderado y permanecerá en espera en biblioteca y/o U.T.P.
del establecimiento, con trabajo asignado, hasta que el apoderado se haga presente. La Dirección
citará nuevamente al apoderado en caso de no presentarse, el estudiante no podrá ingresar a
clases, permaneciendo en biblioteca de la escuela.
DE LAS ESTUDIANTES EN ESTADO DE EMBARAZO, MADRES LACTANTES Y OTROS.
ARTICULO 34: “El embarazo y la maternidad, no constituyen impedimento para ingresar y
permanecer en los establecimientos de educación de cualquier nivel. Estos últimos deberán,
además otorgar las facilidades académicas del caso” (Ley Constitucional N° 19.688 del
30/08/2000).
ARTICULO 35: Los procedimientos, en cuanto a sus aspectos disciplinarios y de convivencia, sobre
las estudiantes en estado de embarazo que se establecen para ellas son:
En general las mismas normas de disciplina y convivencia establecidas anteriormente, a
excepción de las referidas al Uniforme Escolar al que podrán realizar modificaciones,
manteniendo los colores. En otras situaciones que afecten la convivencia y atendiendo a su
estado se procederán a tomar las medidas de resguardo necesarias.
Las fases del protocolo serían:
35.1: Comunicación de la condición de embarazo por parte de la estudiante de la escuela implica
las siguientes acciones:
1) Acoger estableciendo confianza con la estudiante.
2) Informar a la autoridad Directiva.
3) Derivar a convivencia y/o Profesor Jefe.
4) Velar por la privacidad de la información.
35.2: Citación y conversación con el apoderado implica las siguientes:
1) Citación ha apoderado por parte de convivencia o Profesor Jefe.
2) Dejar registro de la citación en hoja de observaciones de la estudiante.
3) Entrevista al apoderado (convivencia o Profesor Jefe).
4) Firmas de compromiso por parte del apoderado.
5) archivo de documentos.
35.3: Determinación plan académico para la estudiante en condición de embarazo o maternidad
implica las siguientes acciones:
1) Análisis de la información recogida y valoración de la situación de la estudiante. (convivencia,
UTP, Profesor Jefe)
2) Elaboración de una programación del trabajo escolar así como de los procesos evaluativos para
la estudiante embarazada. (UTP, Profesor Jefe)
3) Coordinación para implementar la programación escolar y proceso evaluativo ( UTP,, Profesor
Jefe).
4) Registro en Junaeb para asignación de becas.
35.4: Elaboración de bitácora y seguimiento del caso implica las siguientes acciones:
1) El encargado de convivencia elabora una bitácora con todos los antecedentes recopilados.
2) El encargado de convivencia lleva a cabo un seguimiento psicológico a través de entrevistas a la
estudiante y al apoderado lo cual queda registrado en la bitácora.
3) El profesor jefe lleva a cabo un seguimiento pedagógico de la estudiante
. 35.5: Informe final y cierre de protocolo implica las siguientes acciones:
1) El encargado de convivencia elabora un informe final.
2) El encargado de convivencia hace entrega del informe final a la autoridad directiva de la
escuela, el profesor jefe y el apoderado.
3) Se genera el cierre del proceso.
ARTÍCULO 36: Los procedimientos, en cuanto a sus aspectos disciplinarios y de convivencia, sobre
las alumnas madres lactantes que se establecen para ellas son:
En general las mismas normas de disciplina y convivencia establecidas anteriormente, a
excepción de las referidas al Uniforme Escolar al que podrá realizar modificaciones,
manteniendo los colores. En otras situaciones que afecten la convivencia y atendiendo a su
estado se procederán a tomar las medidas de resguardo necesarias.
DEBERES DE LOS APODERADOS DE ESTUDIANTES EN CONDICIÓN DE EMBARAZO-MATERNIDAD-
PATERNIDAD
El apoderado debe informar al establecimiento educacional sobre la condición de embarazo o
progenitor del estudiante. Cada vez que el/la estudiante se ausente, el apoderado deberá
concurrir al establecimiento a entregar el certificado médico correspondiente. Además deberá
velar para la efectiva entrega de materiales de estudio y calendario de evaluaciones. El
apoderado/a deberá notificar a la escuela de situaciones como cambio de domicilio o si el hijo/a
en condición de embarazo, maternidad o paternidad quedará bajo la tutela o responsabilidad de
otra persona. El apoderado deberá mantener su vínculo en la escuela cumpliendo con su rol de
apoderado.
DEBERES DEL COLEGIO CON LAS ESTUDIANTES EN CONDICIONES DE MATERNIDAD O
EMBARAZADAS
En el caso de existir embarazo adolescente se procederá según la normativa vigente y siempre en
consulta con los padres o tutores y en común acuerdo se buscarán las garantías de salud, cuidado
y continuidad de estudios, otorgando todas las facilidades para el caso. Dar todas las facilidades
académicas para ingresar y permanecer en la escuela. No discriminar a estas estudiantes,
mediante cambio de establecimiento o expulsión, cancelación de matrícula, negación de
matrícula, suspensión u otro similar. Mantener a la estudiante en la misma jornada y curso, salvo
que ella exprese lo contrario, lo que deber ser avalado por un profesional competente. Respetar
su condición por parte de las autoridades y personal de la escuela.
DEBERES DE LA ESTUDIANTE EN CONDICIÓN DE EMBARAZOO MATERNIDAD
1- La estudiante (y/o el apoderado) debe informar su condición a su Profesor(a) Jefe, encargado
de convivencia, Dirección, presentando un certificado médico que acredite su condición.
2- La estudiante debe comprometerse a cumplir con sus deberes y compromisos escolares.
3- La estudiante debe presentar los certificados médicos de controles mensuales de su embarazo o
de los controles médicos del bebé.
4- La estudiante debe justificar las inasistencias por problemas de salud, tanto del bebé como de la
madre, con los respectivos certificados médicos.
5-Se debe informar al establecimiento sobre la fecha del parto para programar las actividades
académicas.
DERECHOS DE LA ESTUDIANTE EN CONDICIÓN DE EMBARAZO O MATERNIDAD.
1- La estudiante tiene derecho a ser tratada con respeto por todas las personas que trabajan en el
establecimiento.
2- La estudiante tiene derecho a la Normalidad de la cobertura médica a través del Seguro Escolar
si llegar a requerirlo.
3- La estudiante tiene derecho a participar en organizaciones estudiantiles y en todo tipo de
eventos, como en la graduación o en actividades extra programáticas.
4- La estudiante tiene derecho a ser promovida de curso con un porcentaje de asistencia menor a
lo establecido, siempre y cuando dichas inasistencias hayan sido debidamente justificadas por los
médicos tratantes, y los registros del carnet de control de salud, esto sumado a un rendimiento
académico que permita la promoción de curso (de acuerdo al reglamento de evaluación vigente).
5- La estudiante tiene derecho a adaptar el uniforme escolar a la condición de embarazo.
6- La estudiante tiene derecho a amamantar; para ello puede salir de la escuela en recreos o en
horarios que indique el Centro de Salud o Médico tratante y corresponderá como máximo a una
hora de la jornada diaria de clases durante el período de lactancia (6meses).
DEBERES DEL ESTUDIANTE EN CONDICIÓN DE PROGENITOR:
1- El estudiante debe informar a las autoridades de la escuela de su condición de progenitor,
entregando los antecedentes correspondientes al Profesor Jefe, equipo de convivencia y a la
Dirección del Establecimiento.
2- Para justificar inasistencia y permisos deberá presentar el carnet de salud o certificado médico
correspondiente.
DERECHOS DEL ESTUDIANTE EN CONDICIÓN DE PROGENITOR:
1. El estudiante tiene derecho a permisos y adecuación de horarios de entrada y salida
dependiendo de las etapas del embarazo y su rol como progenitor. (Dichos permisos, entradas y
salidas deben ser solicitados por el estudiante a través de la documentación médica respectiva).
2- El estudiante tiene derecho a justificar inasistencia a través de certificado médico por
enfermedad de su hijo, al tratarse de labores o cuidados acordes a su rol de padre.
DERECHOS DE LOS APODERADOS DE ESTUDIANTES EN CONDICIÓN DE EMBARAZO-
MATERNIDAD-PATERNIDAD.:
1- El apoderado tiene derecho a ser informado sobre los derechos y obligaciones, del estudiante,
de la familia y del establecimiento educacional.
2- El apoderado tendrá derecho a firmar un compromiso de acompañamiento al adolescente, que
señale su consentimiento para que el estudiante asista a los controles, exámenes médicos u otras
instancias que demanden atención de salud, cuidado del embarazo y del hijo/a nacido y que
implique la ausencia parcial o total del estudiante durante la jornada de clases.
ARTÍCULO 36: Ninguna persona podrá fumar en el establecimiento y sus alrededores, de acuerdo
a lo establecido en la Ley N° 19.119, Art. 7°
ARTÍCULO 37: Ningún estudiante podrá ser devuelto a su casa, o negarle el ingreso a la escuela
por atrasos, incumplimiento de compromisos económicos de sus padres, no presentación del
apoderado ante una citación de la escuela, u otras de características similares
. El procedimiento para sancionar dichas faltas, serán las señaladas en los artículos 20,21 Y 22.
ARTÍCULO 38: Iniciada la jornada de trabajo, no se recibirá ningún elemento (materiales,
colaciones, textos, cuadernos, etc.)
DE LOS ESTÍMULOS PARA LOS ALUMNOS DESTACADOS
ARTÍCULO 39: Al concluir cada semestre y al finalizar el Año Lectivo, el Profesor de Curso del
Primer Ciclo y el Profesor Jefe del Segundo Ciclo, mediante la revisión de antecedentes, designarán
a los tres mejores estudiantes de sus cursos respectivos para ingresar al CUADRO DE HONOR de su
curso, en los siguientes aspectos:
1- Rendimiento escolar
2- Asistencia
3-Buena convivencia
ARTÍCULO 40: Al finalizar el Año Escolar se destacarán con Diploma de Honor a los Tres Primeros
Lugares por Rendimiento Escolar de los cursos de NT1 a Octavo Año.
Los regalos serán costeados por el Centro General de Padres y la dirección de la escuela (1°, 2° y
3er Lugar). Los lugares son la consecuencia de la suma de los promedios finales de cada asignatura
o sector de aprendizaje, realizados por el profesor jefe del curso y verificados por el Jefe de U.T.P.
ARTÍCULO 41: Los estudiantes que anualmente registran el 100% de asistencia o a consideración
del Consejo de Profesores, recibirán un Diploma de Honor y mensualmente podrán asistir a clases
sin uniforme (ropa de color). Los alumnos que cumplan esta, se les asignara el segundo viernes de
cada mes desde Abril a Noviembre.
PREMIOS Y RECONOCIMIENTOS ARTÍCULO 42:
1- Premio “Escuela “República de los EE.UU. de Norteamérica”. Galvano de cristal y Diploma.
El premio se entrega al estudiante de 8° año que se ha destacado durante su permanencia en la Escuela por el esfuerzo en el estudio, la superación de las cualidades como persona, como buen estudiante, sin ser necesariamente el mejor académicamente, eficiente, capaz, creativo, solidario, tolerante, veraz, justo, honesto, respetuoso, comprometido. Será entregado por la Directora del Establecimiento en la ceremonia de Licenciatura.
2- Premio “Excelencia Académica”. Medalla Dorada colgante y Diploma. Este premio se entrega a los tres mejores promedios de cada curso desde nivel Pre kínder hasta 7° básico en la ceremonia “Cuadro de Honor”.
Entregará el premio cada profesor jefe de curso.
3- Premio “Mérito Educativo”. Medalla Plateada colgante y Diploma. Premio que se entrega al alumno de 8° año que logró alcanzar los objetivos académicos de la asignatura con dedicación y entusiasmo. El premio lo entrega cada profesor de asignatura. 4- Premio “Buena Convivencia Escolar”. Medallón metálico en caja de madera y Diploma. Este premio se otorgará al estudiante de cada curso entre Pre kínder y 8° año básico, que haya demostrado actitudes pro sociales, de servicio, procurando un ambiente escolar sano, no conflictivo y con actitudes de mediador y resolutivas de conflictos entre sus pares. Los profesores jefes de los distintos niveles propondrán a dos (2) estudiante por curso y será el Consejo de Profesores quien decidirá por simple mayoría. Este premio lo entregará el Encargado de Convivencia Escolar en la ceremonia “Cuadro de Honor” de Pre kínder a 7° año y el de 8° año en la ceremonia de Licenciatura.
DE LAS ESTRATEGIAS QUE EMPLEA EL ESTABLECIMIENTO PARA EL DESARROLLO DE LA AUTODISCIPLINA Y LA SANA CONVIVENCIA ESCOLAR.
ARTÍCULO 43: El establecimiento para lograr los fines educacionales, el cumplimiento de los deberes de los alumnos y de asegurar sus derechos, cuenta para ello con las siguientes estrategias y actividades de refuerzo. 1- Dar espacio de participación a los ESTUDIANTES, padres y apoderados fortaleciendo su
responsabilidad y autonomía. 2- Realizar dinámicas de relación y trabajo, que excluyan las situaciones de discriminación. 3- Detectar las causas que inciden en situaciones conflictivas, de bajo rendimiento o
dificultades emocionales. 4- Fortalecer las alianzas con los padres y apoderados para llevar a cabo una labor conjunta
para el desarrollo valórico socio-afectivo y académico de los ESTUDIANTES. 5- Realizar talleres con ESTUDIANTES y apoderados para tratar temas específicos tales como:
Relaciones Personales, Proyecto de Vida, Convivencia, Prevención, Sexualidad, bullying. 6- Fortalecer la hora de orientación en cada curso y las reuniones de Subcentro. 7- Realizar actividades extramuros periódicas con ESTUDIANTES y apoderados para
potenciar la sana convivencia, conocerse mejor, establecer vínculos y fortalecer valores. 8- Aplicar técnicas de resolución de conflictos. ARTÍCULO 44: Junto a los procedimientos para evaluar y aplicar la gravedad de las faltas y definir una sanción proporcionada y con carácter formativo, las personas responsables de realizar estos procedimientos son: Profesor Jefe, Profesor de asignatura, equipo convivencia y Director, quienes aplicarán diversas técnicas de resolución alternativa de conflictos, especialmente cuando la falta cometida tiene que ver con conflictos interpersonales (pelea entre compañeros, altercado Profesor – estudiante, bullyng, etc.) Técnicas a Aplicar: La Negociación: En el primer ciclo la realizará el profesor Jefe con los actores involucrados, informando posteriormente a sus padres o apoderados, a la Encargada de Convivencia Escolar y a Docentes de asignaturas. En el segundo ciclo la realizará el funcionario que detectó el conflicto, informando posteriormente a los profesores jefes respectivos y al encargado de convivencia escolar. Todo proceso deberá quedar registrado en el libro de clases y hoja de entrevista.
LA MEDIACIÓN, en las situaciones que lo requieren, el encargado de convivencia, como otro
profesor al cual se le solicitará su participación, ayudará, como un tercer mediador, mediante el
uso del diálogo, entre las partes en conflicto, y buscar alternativas, de acuerdo, reparadores. Todo
proceso deberá quedar registrado en hoja de entrevista.
LA CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE si los actores involucrados no han podido resolver el conflicto, el
Director y/o encargado de convivencia actuará como árbitro o juez y luego de conocer todos los
antecedentes, opiniones, sentimientos y las proposiciones de los involucrados, definirá una salida
y/o solución al conflicto. Los actores deberán acatar su definición. Todo proceso deberá quedar
registrado en hoja de entrevista.
DE LAS RELACIONES INTERPERSONALES:
Alumno- Profesor: Cualquier situación que se presente, en relación a problemas o desacuerdos
entre un estudiante y un docente, el estudiante o su apoderado deberá acudir a las instancias
señaladas en el Art. 50° del reglamento Interno, es decir
a) Deberá informar en primera instancia al profesor jefe del estudiante, para que este en su
calidad proceda a conversar con el docente implicado y buscar a través del dialogo el acuerdo de
superación de la causa del problema, quedando este proceder registrado en hoja de entrevista de
atención de apoderados.
b) En el caso de ser el mismo profesor jefe del estudiante el implicado en el problema o
desacuerdo, el apoderado y/o estudiante deberá acudir al encargado de convivencia escolar,
quien, en su calidad, deberá mediar en la búsqueda de la solución, según aplica el reglamento. Es
decir, conversar con el docente implicado, mediar solución entre las partes y dar respuesta al
apoderado o estudiante si no participó en la mediación. Todo registrado y firmado por las partes.
c) Al no encontrarse el apoderado o estudiante satisfecho con las instancias anteriores, podrá
dirigirse a la dirección, quien recabará los antecedentes y procedimiento anteriores para entre las
partes mediar y llegar a un acuerdo que satisfaga las partes. En este proceso puede incorporarla al
Director del establecimiento.
d) En caso de mantener su insatisfacción sobre lo mediado, podrá el apoderado o estudiante
acudir a instancias superiores externas del establecimiento: Daem, superintendencia, entre otros.
Estudiante – Asistente de Educación: Cualquier situación que se presente, en relación a problemas
o desacuerdos entre un estudiante y un funcionario Asistente de la Educación, el estudiante o su
apoderado deberá acudir a las instancias señaladas en el Art. 50° del reglamento Interno, es decir,
e) Deberá informar en primera instancia al profesor jefe del estudiante, para que éste en su
calidad proceda a conversar con él o la Asistente de educación implicado y buscar a través del
dialogo el acuerdo de superación de la causa del problema quedando este proceder registrado en
la hoja de entrevista del estudiante.
f) En el caso de desacuerdo con la instancia anterior, el apoderado y/o el estudiante deberá acudir
al encargado de convivencia escolar, quien, en su calidad, deberá mediar en la búsqueda de la
solución, según aplica el reglamento. Es decir, conversar con los implicados, mediar solución entre
las partes y dar respuesta al apoderado o al estudiante si no estuvo presente en el acuerdo. Todo
registrado y firmado por las partes.
g) Al no encontrarse el apoderado o el estudiante satisfecho con las instancias anteriores, podrá
dirigirse a la dirección, quien recabará los antecedentes y procedimientos anteriores para entre las
partes mediar y llegar a un acuerdo que satisfaga las partes.
h) En caso de mantener su insatisfacción sobre lo mediado, podrá el apoderado o el estudiante
acudir a instancias superiores externas del establecimiento: Daem, superintendencia, entre otros.
ESTUDIANTE-DIRECTIVOS: Cualquier situación que se presente, en relación a problemas o
desacuerdos entre un estudiante y un directivo del establecimiento, el estudiante o su apoderado
deberá acudir a las instancias señaladas en el Art. 50° del reglamento Interno, es decir:
i) Podrá dirigirse al encargado de convivencia, quien recabará los antecedentes y procedimiento
anteriores, si los hubiere, para entre las partes mediar y llegar a un acuerdo que satisfaga las
partes.
j) En caso de mantener su insatisfacción sobre lo mediado, podrá el apoderado o el o la estudiante
acudir a instancias superiores externas del establecimiento: Daem, superintendencia, entre otros.
ARTÍCULO 45: Complementando las acciones señaladas en el artículo anterior, como medida de
anticipación la escuela realizará permanentemente lo siguiente:
- Incrementar el diálogo a través de talleres específicos con participación de los estudiantes,
padres y apoderados.
- Dar los espacios necesarios para que los estudiantes y apoderados se expresen. - Fomentar el uso
de la entrevista del profesor con alumnos y apoderados.
- Desarrollar juegos de roles con participación de los distintos agentes educativos.
- Dar a conocer las metas u objetivos que se pretenden alcanzar, para desarrollar una cultura de
convivencia escolar, para lograr el compromiso de los alumnos, apoderados, profesores y
asistentes de educación.
- Realizar charlas y talleres a los apoderados y alumnos, con apoyo de otros profesionales de
diferentes instituciones (redes de apoyo).
DE LAS ESTRATEGIAS PARA ENFRENTAR EL BULLYING
ARTÍCULO 46: Bullying es una manifestación de violencia que se produce entre pares, existiendo
abuso de poder por un tiempo sostenido, produciendo un daño profundo y sufrimiento a los
estudiantes que lo experimentan.
ARTICULO 47: Se nombrará a un funcionario para que actúe como Encargado de Bullying y su
función será coordinar las acciones de prevención y los procedimientos para aplicar las medidas
para enfrentar el hecho ocurrido (el encargado de convivencia, será quien cumpla con este rol)
ARTÍCULO 48: Para prevenir el bullying y/o Ciberbullying, se hace necesario: Evitar el uso de
sobrenombres o burlas reiteradas hacia algún alumno por alguna característica física, sicológica,
étnica u otra. Propiciar el diálogo y mantener una comunicación sana, entre todos los integrantes
de la Comunidad Escolar.
ARTÍCULO 49: Todos los integrantes de la Comunidad Escolar deben ser agentes activos de
prevención y no manifestarse indiferentes frente a cualquier tipo de hostigamiento que sufran los
y las estudiantes.
ARTÍCULO 50: Denunciado y/o Detectado el bullying se deberán aplicar las siguientes medidas: -
Intervenir inmediatamente.
- Identificar con claridad a los y/o las implicadas (agredido – agresores – espectadores) a través de
conversaciones grupales y/o individuales, dando la posibilidad a los estudiantes a expresarse sobre
lo ocurrido.
- Ayudar y acompañar al agredido. - Ayudar y acompañar a los agresores. - Recopilar en forma
prudente, información de los espectadores activos y pasivos.
- Cautelar la privacidad de los participantes en el hecho.
- Informar a las familias de los estudiantes involucrados.
- Considerar a los estudiantes involucrados, como sujetos de derecho de protección y de
privacidad.
- Corresponderá al encargado de Convivencia y/o Director del establecimiento realizar las
acciones que estimen pertinentes para recopilar información sobre lo denunciado o detectado. El
tiempo estimado para realizar la investigación de los hechos denunciados, serán de 15 días
mínimos dependiendo de los hechos en cuestión, de la gravedad de los mismos y de los
involucrados. Lo que podría reducir o ampliar el plazo antes señalado.
- Realizar en conjunto o en forma separada conversaciones con los alumnos y sus apoderados
sobre los hechos, procurando siempre el compromiso de ambos en mejorar en el actuar y
mantener en forma permanente una observación sutil de sus conductas, para ir en ayuda. Se
evitará en todo momento comentar los hechos con quien no corresponda (sólo con los
involucrados).
- Será de responsabilidad del Director en acuerdo con el Equipo Directivo desestimar alguna
denuncia después de haber realizado las acciones antes señaladas y teniendo claro, en acuerdo
con los involucrados, que no se trata de un caso de bullying.
ARTÍCULO 51: El bullying se considerará como falta grave y se procederá de acuerdo al Artículo 28
de este Reglamento.
DE LOS ROLES QUE LES CORRESPONDE CUMPLIR A LOS DIVERSOS ESTAMENTOS DE LA
COMUNIDAD ESCOLAR
DE LOS ROLES QUE LES CORRESPONDE CUMPLIR A LOS DIVERSOS ESTAMENTOS DE LA
COMUNIDAD ESCOLAR.
ARTÍCULO 52: El establecimiento, para lograr o desarrollar actitudes positivas de los estudiantes,
promover el cumplimiento de los deberes y el aseguramiento de los derechos de los estudiantes,
de acuerdo al rol de cada integrante de la comunidad educativa se compromete a:
ARTÍCULO 53: El Director
Planificar, desarrollar, dirigir y evaluar el Reglamento de Convivencia Escolar. Definir las
atribuciones de los distintos miembros de la Comunidad Escolar en los procesos de toma de
decisiones, evaluación y participación relaciones con la convivencia escolar. Resolución de
conflictos: recepcionar de parte de Padres y Apoderados, las inquietudes que éstos presenten por
no acuerdo entregados por el encargado de Convivencia Escolar
ARTICULO 54: Consejo Escolar.
Asesorar al Director sobre situaciones que ameriten la búsqueda de remediales para mejorar la
convivencia escolar. Planificar acciones para mantener una sana convivencia escolar. Resolución
de conflictos: Recepcionar de parte del Centro General de Padres y Apoderados, las inquietudes
que éstos presenten por no acuerdos logrados con el Director del Establecimiento frente a
conflictos en Convivencia Escolar.
ARTICULO 55: JEFE UTP.
Responsable de asesorar al Director y de la programación, organización, supervisión y evaluación
del desarrollo de las actividades curriculares.
ARTÍCULO 56: Profesores de Asignatura de aprendizajes
Detectar y prever situaciones y conflictos que afecten la sana convivencia, aplicando la afectividad
pertinente a los códigos de ética profesional. Resolución de conflictos: recepcionar de parte de
Padres y Apoderados y estudiantes, las inquietudes que éstos presenten frente a conflictos
diversos.
ARTÍCULO 57: Encargado de Convivencia Escolar y/o Bullying.
Coordina todas las acciones tendientes a prevenir las situaciones de Convivencia Escolar y de
bullying. Ejecutar y coordinar los procedimientos para enfrentar los problemas detectados y dar
solución.
ARTÍCULO 58: Asistentes de la Educación Cooperar activamente con los demás agentes
educativos para mantener un ambiente de cordialidad y sana convivencia, recepcionar inquietudes
de convivencia escolar de los estudiantes y. transmitir al profesor jefe correspondiente, o al
Encargado de Convivencia Escolar.
ARTICULO 59: El Centro General de Padres y Apoderados Propiciar un ambiente de cordialidad y
sana convivencia entre los agentes educativos. Apoyar la labor que realiza la escuela y sus
Docentes. Recepcionar de padres y apoderados, las inquietudes que éstos presenten y
desacuerdos ante decisiones tomadas por Convivencia Escolar, en la aplicación del Reglamento de
Convivencia.
ARTICULO 59: el o la estudiante
Conocer, aceptar, respetar y cumplir las normas establecidas en el Reglamento de Convivencia.
Mantener una sana convivencia escolar con todos los miembros de la Comunidad. Hacer llegar sus
inquietudes en relación a convivencia escolar y/o bullyng al Centro de estudiante.
ARTICULO 60: El apoderado/a
Aceptar, respetar y cumplir las normas establecidas en el Reglamento de Convivencia. Acompañar
activamente el proceso educativo de sus hijos e hijas manteniendo vínculos permanentes con la
escuela asistiendo en forma regular a las reuniones del Subcentro, citaciones de Profesor Jefe y
otras actividades. Mantener los canales de comunicación con el Profesor Jefe y el Centro General
de Padres, frente a sus desacuerdos por resolución de conflictos o medida tomada acorde al
Reglamento de Convivencia Escolar vigente.
ARTICULO 61: El Centro de Estudiante
Participar activamente en todas las acciones que propicien generar y mantener un ambiente de
sana convivencia entre sus pares y demás agentes educativos. - Realizar acciones que fomenten la
mantención de una sana convivencia con todos los integrantes de la Comunidad Escolar,
recepcionar de sus pares, los desacuerdos e inquietudes frente a la aplicación del Reglamento de
Convivencia Escolar vigente y resolución de conflictos.
ARTÍCULO 62: Todo estudiante que haya sido sancionado por alguna medida, que para su
entender no la considere justa, tiene derecho de presentar peticiones por escrito al Director(a) del
establecimiento, el que deberá proceder en términos respetuosos. La autoridad por su parte, debe
pronunciarse acerca de la petición y del derecho de apelación del estudiante afectado.
ARTICULO 63: Para ejercer el derecho de apelación el o la estudiante deberá presentar sus
peticiones en un plazo no mayor a 2 días hábiles, del momento de haber sido notificado por el
Director(a) o encargado de convivencia, sobre las causales de la sanción, y el Director(a) en un
plazo no superior a 2 días, para pronunciarse.
ARTICULO 64: Todo apoderado(a) podrá presentar individualmente reclamos, denuncias o
apelaciones al Director del establecimiento o encargado de convivencia quien lo atenderá
registrando por escrito el reclamo, denuncia o apelación en el Libro de reclamos, sugerencias,
felicitaciones que se encontrará en la oficina de convivencia El apoderado(a) deberá señalar en
forma clara y objetiva la situación producida firmando el texto respectivo. También podrá hacerlo
mediante un documento escrito dirigido al Director.
El Director o encargado de convivencia deberán analizar la situación y dar respuesta al apoderado
en un plazo mínimo de 15 días . En el caso de que el apoderado que presentó un reclamo o
denuncia, en su derecho, podrá recurrir a los organismos que considere pertinente, una vez
entregado el resultado del establecimiento, si no le satisface. En el caso de que el apoderado
denunciante, acuda a los organismos tales como: Municipalidad de la Comuna, Departamento de
Educación Comunal, Superintendencia de Educación, Contraloría General de la república, Fiscalía,
Juzgado de familia u otro organismo competente, antes de recibir los resultados de la
investigación interna que realizara la escuela, este no tendrá la obligación de informar los avance o
resultados de la misma, y quedara sujeto a lo que resuelvan los estamento antes mencionados. No
obstante lo anterior será de responsabilidad del apoderado o denunciante acercarse al
establecimiento a recibir información de su denuncia o acusación, información que no le será
negada.
ARTÍCULO 65: Todo apoderado, para presentar cualquier reclamo o denuncia deberá seguir los
siguientes pasos:
Primer Lugar: Director del Establecimiento (Quién no deberá negar la audiencia) Segundo lugar:
Sostenedor Educacional (Quién deberá ser el mismo Jefe Daem o un funcionario designado por
éste). Tercer Lugar: Oficina 600 del MINEDUC.
El Director, deberá comunicar los resultados de la investigación, a través de una citación escrita
enviada por medio del estudiante, vía telefónica o correo electrónico informado por el
denunciante y que se registra en la ficha de matrícula, agendando entrevista, en la cual se darán a
conocer los resultados obtenidos y las estrategias o medidas a seguir.
El Director se reserva el derecho de solicitar a un Padre y Apoderado su reemplazo como
representante de un alumno, en caso de que este realice una denuncia sin fundamento, ni
pruebas que den cuenta de dicha denuncia, como así también las acciones legales que estime
convenientes, toda vez que esta perjudique el prestigio y honorabilidad del denunciado, miembro
de la comunidad escolar.
DEL DERECHO DE DIFUSIÓN
ARTÍCULO 66. El presente reglamento de disciplina y convivencia escolar, debe ser conocido por
todas las partes. El establecimiento, cada dos años, al momento de la matrícula entregará una
síntesis de este a los padres, apoderados y estudiantes, permanentes. A los padres y estudiantes
nuevos, se les entregará un ejemplar al momento de la matrícula. La lectura detallada a los padres
y apoderados del establecimiento se realizará en la primera reunión del año y a los estudiantes en
la hora de consejo de curso durante el mes de Marzo. Además, existirá en cada aula, secretaría y
Biblioteca del colegio un ejemplar con el texto completo del presente reglamento, disponible para
el conocimiento, uso y consulta de toda la Comunidad Escolar.
ARTÍCULO TRANSITORIO.
ARTÍCULO 67: El presente reglamento estará sujeto a modificaciones, producto de la dinámica
producida en la convivencia habitual o cambios en las políticas educacionales en el transcurso del
año 2019 Y 2020. El Director será el encargado de realizar dichas modificaciones y comunicarlas a
los distintos estamentos de la escuela.
ESTUDIAR ES MI TRABAJO.
ARTICULO 68:
• Fundamentación: consiste en mejorar y fomentar la responsabilidad frente a la asistencia, comportamiento o conducta respeto, puntualidad y rendimiento. Lo que otorgara a los estudiantes cobrar mensualmente un sueldo en el banco de la escuela. Con el fin de comprar artículos de acuerdo a sus necesidades en la feria americana organizada por el establecimiento.
• Objetivo General: modificar comportamientos en el establecimiento por medio de reforzadores positivos.
• Objetivo específico: ✓ mejorar la asistencia y puntualidad. ✓ Corregir conductas disruptivas. ✓ Obtener mejores resultados académicos.
Ser responsable con sus obligaciones.
Contrato de Trabajo de Alumnos de la
Escuela Republica de los EEUU En la ciudad de................. a ............ días del mes de .................. de 20 ........ Entre el
Establecimiento Educacional........................................ representado legalmente por
Don............................................... De nacionalidad................ y el alumno(a) del
establecimiento........................................................ De nacionalidad......................... RUT
N°..................... se conviene lo siguiente:
PRIMERO: El alumno o alumna de la escuela, se desempeña en el Establecimiento
antes indicado y la descripción de sus funciones que se le encomiendan son las que se
indican:
1.- responsabilidad
2.- rendimiento
3.- comportamiento
4.-asistencia
5.-puntualidad
SEGUNDO: La Jornada Semanal de estudio será la siguiente:
De lunes a Viernes
TERCERO: El lugar en que se prestarán los servicios será en el establecimiento.
El horario será el siguiente: de 8:00 horas. Hasta las 17:10
CUARTO: La remuneración será de acuerdo al cumplimiento de las
responsabilidades en dinero efectivo (o cheque, a petición del Docente, por escrito) el
último día hábil del mes
QUINTO: Además, acorde a lo establecido, entre el Empleador y el alumno(a) de la
Educación, se acuerdan los siguientes PACTOS:
...........................................................................................................
............................................................................................................
SEXTO: La duración del presente Contrato es la que se indica: (*)
…………………………………………………………………
SÉPTIMO: El Empleador suministrará los beneficios adicionales que se indican: (**)
1.-.............. …………………………………..
2.-…………………………………………….
OCTAVO: Se deja expresa constancia que el estudiante ingresó a estudiar
el........de..........................de 20..............
NOVENO: Para constancia, previa lectura, y en señal de conformidad firman las
partes, quedando con un ejemplar el docente
.
............................................
EMPLEADOR
RUT............................................
............................................
ESTUDIANTE.
RUT............................................
IMPLEMENTACION DE NUEVA ESTRATEGIA EN RELACION AL REGISTRO DE ANOTACIONES
NEGATIVAS Y POSITIVAS
SRTICULO 69:
OBJETIVO GENERAL: cada estudiante en el libro tiene su hoja de vida donde se registran las
anotaciones ya sea leves, de mediana gravedad, graves y positivas. Lo que nos permite llevar un
control sobre la conducta y valores de los estudiantes.
Durante el año 2017 fueron redactadas diferentes anotaciones en el libro de clases, lo que origino
lo siguiente:
1- estudiantes sin espacio para registrar anotaciones producto de cursos numerosos.
2- estudiantes que presentan constante problemas conductuales.
3- estudiantes que en el momento de redactar una anotación utiliza demasiado espacio en la
hoja de vida.