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ELAN PROYECTOS C/ Mayor, 36. C.P.30201 Cartagena. Telf. 968.08.58.58 y Fax: 868 09.11.32 P.G.M.O.U DE LIBRILLA MEMORIA INFORMATIVA PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LIBRILLA ARQUITECTO: ALFONSO MOLINOS ORTEGA

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ELAN PROYECTOS C/ Mayor, 36. C.P.30201 Cartagena. Telf. 968.08.58.58 y Fax: 868 09.11.32

P.G.M.O.U DE LIBRILLA

MEMORIA INFORMATIVA

PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LIBRILLA

ARQUITECTO: ALFONSO MOLINOS ORTEGA

PLAN GENERAL MUNICIPAL DE ORDENACIÓN DE LIBRILLA

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INDICE

1. FUNDAMENTOS PARA LA REDACCIÓN DEL PGMO.............................................................. 3

A. ANTECEDENTES ........................................................................................................................ 3

a. Expedientes urbanísticos ....................................................................................................... 3

Expediente nº 1.911 ....................................................................................................................... 3

Expediente nº 53/1989 .................................................................................................................. 4

b. Modificaciones puntuales de las Normas Subsidiaras de Planeamiento ................... 5

c. Convenios urbanísticos. De gestión y/o ejecución. ........................................................ 8

d. Planeamiento de desarrollo ................................................................................................. 8

e. Modificaciones de planeamiento de desarrollo ........................................................... 11

f. Instrumentos de gestión urbanística ................................................................................. 13

a’. Juntas de compensación-expedientes de constitución (Aprobación de estatutos

y bases de actuación) .............................................................................................................. 13

b’. Modificaciones de programas de actuación de planeamiento de desarrollo ...... 16

c’. Proyectos de reparcelacion (Compensación) ............................................................... 16

d’. Modificaciones de proyectos de reparcelacion (Compensación) ........................... 19

g. Instrumentos de ejecución urbanística ............................................................................ 20

a’. Proyectos de urbanización ................................................................................................. 20

b’. Modificaciones de Proyectos de urbanización .............................................................. 21

h. Recepción de obras de urbanización ............................................................................. 22

B. METODOLOGIA Y CRITERIOS ................................................................................................ 24

a. Criterios básicos para la elaboración del PGMO .......................................................... 24

b. Identificación de problemas clave para la formulación de alternativas ................ 25

a’. Criterios generales sobre la ordenación estructural ...................................................... 27

b’. Ordenación y consolidación de los suelos. Clasificación ............................................. 28

c’. Régimen transitorio de los suelos ........................................................................................ 29

C. AVANCE DEL PLAN GENERAL MUNICIPAL DE ORDENACION ........................................... 33

D. APROBACIÓN INICIAL DEL PLAN GENERAL MUNICIPAL DE ORDENACION ..................... 33

2. MEMORIA INFORMATIVA Y DIAGNÓSTICO ....................................................................... 34

A. MARCO TERRITORIAL ............................................................................................................ 34

a. Papel territorial de Librilla y estrategias territoriales existentes .................................... 34

b. Transporte .............................................................................................................................. 34

c. Infraestructuras básicas: abastecimiento, saneamiento, energía ............................. 35

d. Otros corredores ................................................................................................................... 36

e. Diagnóstico ............................................................................................................................ 37

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a. Marco socioeconómico de partida ................................................................................. 37

b. Dinámica demográfica ...................................................................................................... 38

c. La vivienda, espacio industrial y terciario. Mercado inmobiliario, dinámicas y

tendencias .................................................................................................................................... 41

d. Equipamientos ...................................................................................................................... 44

e. Diagnóstico y condicionantes a corto y medio plazo ................................................. 44

C. EL ESPACIO NO CONSTRUIDO ............................................................................................. 47

a. El medio físico ........................................................................................................................ 47

b. Enclaves de especial valor ................................................................................................. 48

c. El medio rural ......................................................................................................................... 48

d. Riesgos .................................................................................................................................... 49

e. Paisajes ................................................................................................................................... 49

f. Ámbitos protegidos .............................................................................................................. 49

g. Diagnóstico ............................................................................................................................ 51

D. MEDIO URBANO .................................................................................................................... 51

a. Estructura y análisis de los usos del suelo urbano .......................................................... 51

b. Ámbitos homogéneos de crecimiento ............................................................................ 52

c. Red viaria urbana ................................................................................................................. 53

d. El ferrocarril ............................................................................................................................ 54

e. Infraestructuras y servicios: déficits y necesidades ........................................................ 54

f. Vivienda, características del parque edificado ............................................................ 55

g. Equipamientos, localización y características ............................................................... 58

h. La industria y actividades económicas ........................................................................... 61

i. Zonas libres y espacios públicos ........................................................................................ 62

j. Patrimonio cultural ............................................................................................................... 62

k. La escena urbana: paisaje urbano y bordes ................................................................. 63

l. Diagnóstico propositivo ...................................................................................................... 63

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1. FUNDAMENTOS PARA LA REDACCIÓN DEL PGMO A. ANTECEDENTES Se exponen a continuación todos los expedientes tramitados durante la vigencia de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Librilla hasta la fecha de redacción del documento de aprobación inicial del Plan General Municipal de Ordenación de Librilla. a. Expedientes urbanísticos Expediente nº 1.911

1.- Avance de planeamiento publicado en Boletín Oficial de la Provincia de Murcia (en adelante BOPM) nº 136, de 15 de junio de 1981. 2.- Se aprueba por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 26 de febrero de 1982, exponer al público los planos de alineaciones de las Normas y se publica en el BOPM nº 74, de 31 de marzo de 1982. 3.- Se aprueban inicialmente las Normas por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 9 de junio de 1982, y se publica en el BOPM nº 146, de 28 de junio de 1982 y se insertan anuncios en el diario La Verdad de Murcia los días 17 y 22 de julio de 1982. 4.- Acuerdo de la Comisión de Urbanismo de Murcia, en sesión de 26 de octubre de 1982, devolviendo el expediente al Ayuntamiento con reparos que suponen modificaciones sustanciales de las Normas y ordenando nueva aprobación inicial y exposición pública. 5.- Se aprueba por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 16 de marzo de 1983, la modificación del trazado de la calle 209 y se publica en el BOPM nº 102, de 5 de mayo de 1983. 6.- Se aprueba inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 27 de junio de 1983, el Texto Refundido de las Normas y se publica en el BOPM nº 162, de 18 de julio de 1983 y se inserta anuncio en el diario La Verdad de Murcia el día 7 de agosto de 1983. 7.- Se aprueba provisionalmente por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 12 de septiembre de 1983, el Texto Refundido de las Normas. 8.- Acuerdo de la Comisión de Urbanismo de Murcia, en sesión de 29 de noviembre de 1983, por el que se suspende la aprobación definitiva del Texto Refundido hasta que se subsanen las deficiencias observadas, que no suponen modificación sustancial. 9.- Acuerdo de la Comisión de Urbanismo de Murcia, en sesión de 26 de enero de 1984, por el que se aprueba definitivamente el Texto Refundido de las Normas y se publica en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (en adelante BORM) nº 50, de 29 de febrero de 1984.

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10.- Resolución de la Consejería de Política Territorial y Obras Públicas de la Comunidad Autónoma de Murcia, de 13 de noviembre de 1984, por la que se resuelven los recursos de alzada interpuestos por el Ayuntamiento y varios particulares contra el acuerdo de la CUM de 26 de enero de 1984 de aprobación definitiva del Texto Refundido, y se publica en el BORM nº 290, de 20 de diciembre de 1984. Expediente nº 53/1989

1.- Se aprueba inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 30 de enero de 1989, la modificación de las Normas Subsidiarias promovida por Promociones Librilla, S.A. y se publica en el BORM nº 38, de 15 de febrero de 1989, y en el diario La Opinión de Murcia el día 9 de febrero de 1989. 2.- Se aprueba provisionalmente por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 20 de marzo de 1989, la citada modificación de las Normas. 3.- El Consejo Asesor Regional de Urbanismo de Murcia, en sesión de 14 de junio de 1989, acuerda informar favorable la propuesta de modificación de las Normas. 4.- Resolución del Consejero de Política Territorial y Obras Públicas de la Comunidad Autónoma de Murcia, de 8 de agosto de 1989, por la que se aprueba definitivamente la modificación de las Normas y se publica en el BORM nº 216, de 20 de septiembre de 1989. Expediente nº 33/1991 1.- Se aprueba inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 21 de febrero de 1990, el avance de planeamiento de la Revisión-Modificación de las Normas. 2.- Se aprueba inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 18 de junio de 1990, la Revisión-Modificación de las Normas Subsidiarias y se publica en el BORM nº 156, de 9 de julio de 1990 y en el diario La Verdad de Murcia el día 29 de junio de 1990. 3.- Se aprueba provisionalmente por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 18 de diciembre de 1990, la Revisión-Modificación de las Normas. 4.- Resolución del Consejero de Política Territorial, Obras Públicas y Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de Murcia, de 10 de agosto de 1992, por la que se aprueba definitivamente la Revisión-Adaptación de las Normas que afectan al Suelo Urbano y No Urbanizable y se publica en el BORM nº 234, de 7 de octubre de 1992 y se suspende la aprobación definitiva de las áreas que afectan al Suelo Apto para Urbanizar. 5.- Se aprueba inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 30 de junio de 1993, el texto refundido que contiene la subsanación de las deficiencias de las Normas en el Suelo Apto para Urbanizar y se publica en el BORM nº 156, de 8 de julio de 1993 y en el diario La Verdad de Murcia el día 25 de septiembre de 1994. 6.- Se aprueba provisionalmente por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 6 de octubre de 1993, el texto refundido que contiene la subsanación de las deficiencias de las Normas en Suelo Apto para Urbanizar. 7.- Orden resolutoria del Consejero de Política Territorial y Obras Públicas de la Comunidad Autónoma de Murcia, de 3 de mayo de 1995, por la que se aprueban las

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áreas suspendidas en el proyecto de Revisión-Adaptación de las Normas Subsidiarias que afectan al Suelo Apto para Urbanizar y se publica en el BORM nº 115, de 19 de mayo de 1995. 8.- Avance de planeamiento (trabajos previos) del Texto Refundido y Modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento, expuesto al público por Decreto de Alcaldía de 4 de febrero de 1998 mediante publicación de anuncios en el BORM nº 36, de 13 de febrero de 1998, y en el diario La Verdad de Murcia el día 6 de febrero de 1998. 9.- Se aprueba inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 29 de abril de 1998, el Texto Refundido y Modificación de las Normas y se publican anuncios en el BORM nº 112, de 18 de mayo de 1998, y en el diario La Verdad de Murcia el día 14 de mayo de 1998. 10.- Se aprueba provisionalmente por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 29 de julio de 1998, el Texto Refundido y Modificación de las Normas. 11.- Orden resolutoria número 3.754, de 7 de julio de 1999, del Consejero de Política Territorial y Obras Públicas de la Comunidad Autónoma de Murcia por la que se aprueban definitivamente las modificaciones introducidas en la revisión-adaptación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Urbanístico de Librilla conforme al nuevo Texto Refundido, publicada en el BORM nº 188, de 16 de agosto de 1999. 12.- Texto Refundido aprobado, redactado por el Arquitecto don Pedro Luis Ros López y visado por el Colegio Oficial correspondiente en fecha 10 de septiembre de 1999; diligenciado de su aprobación definitiva por la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en fecha 20 de septiembre de 2000. 13.- Texto articulado de las Normas Urbanísticas y Ordenanzas de Edificación, incluidas corrección de estilo y rectificación de errores aprobadas por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión de 29 de noviembre de 1999, publicado en el BORM nº 278, de 1 de diciembre de 1999, con correcciones de errores publicadas en el BORM nº 93, de 22 de abril de 2000, y nº 136, de 14 de junio de 2001). 14.- Por acuerdo adoptado por la Comisión de Gobierno, en sesión celebrada en fecha 4 de julio de 2000, ratificado por acuerdo adoptado por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada en fecha 1 de agosto de 2000, se resuelve aprobar la subdivisión del Sector de Suelo Apto para Urbanizar Residencial denominado “Plan Parcial Buenavista”, que contempla el artículo B.4.2.6 de las Normas Subsidiarias, en dos sectores denominados “Buenavista-A”, con una superficie de 92.876,00 m2, y “Buenavista-B”, con una superficie de 139.475,00 m2. b. Modificaciones puntuales de las Normas Subsidiaras de Planeamiento MODIFICACIÓN PUNTUAL NÚMERO 1.

Reclasificación de suelo no urbanizable a urbanizable industrial “Cabecicos Blancos”.

1.- Avance del proyecto de la modificación aprobado por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 24 de septiembre de 2001, y sometido a información pública mediante anuncios publicados en el BORM nº 247, de 24 de octubre de 2001, y en los diarios La

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Verdad, de 2 de octubre de 2001, y La Opinión, de 3 de octubre de 2001. 2.- Aprobación inicial por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 2 de mayo de 2002, del proyecto de la modificación y sometido a información pública mediante anuncios publicados en el BORM nº 116, de 21 de mayo de 2002 y en los diarios regionales La Opinión, de 4 de mayo de 2002, y La Verdad, de 7 de mayo de 2002. 3.- Aprobación provisional por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 30 de septiembre de 2002 del proyecto de modificación. 4.- Aprobación definitiva por Orden del Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas, Vivienda y Transportes nº 3.089, de 12 de septiembre de 2003 (publicada en el BORM nº 239, de 15 de octubre de 2003, junto con las Normas Urbanísticas de la Modificación).

MODIFICACIÓN PUNTUAL NÚMERO 2.

Ordenanza ELP-Vistabella.

1.- Avance del proyecto de la modificación sometido a información pública por Resolución de la Alcaldía de 14 de febrero de 2002 mediante anuncios publicados en el BORM nº 49, de 27 de febrero de 2002 y en los diarios regionales La Opinión, de 16 de febrero de 2002, y La Verdad, de 18 de febrero de 2002. 2.- Aprobación inicial por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 2 de mayo de 2002, del proyecto de modificación y sometido a información pública mediante anuncios publicados en el BORM nº 116, de 21 de mayo de 2002 y en los diarios regionales La Opinión, de 4 de mayo de 2002, y La Verdad, de 7 de mayo de 2002. 3.- Aprobación provisional por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 24 de junio de 2002, del proyecto de modificación.

MODIFICACIÓN PUNTUAL NÚMERO 3.

Las Posadas.

1.- Avance del proyecto de la modificación sometido a información pública por Decreto de la Alcaldía nº 86/2003, de 28 de marzo de 2003, mediante anuncios publicados en el BORM nº 82, de 09 de abril de 2003 y en los diarios regionales La Opinión y La Verdad de 2 de abril de 2003. 2.- Aprobación inicial por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 28 de julio de 2003, del proyecto de modificación y sometido a información pública mediante anuncios publicados en el BORM nº 186, de 13 de agosto de 2003 y en los diarios regionales La Opinión, de 7 de agosto de 2003, y La Verdad, de 8 de agosto de 2003. 3.- Aprobación provisional por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 9 de octubre de 2003, del proyecto de modificación. 4.- Aprobación por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 27 de octubre de 2003, de la rectificación de errores aritméticos del proyecto de modificación.

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5.- Aprobación por el Pleno del Ayuntamiento de la modificación del proyecto de modificación puntual, por subsanación de deficiencias señaladas por la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes mediante Orden Resolutoria nº 4.136, de 16 de diciembre de 2003, sometida a información pública mediante anuncios publicados en el BORM nº 185, de 11 de agosto de 2004 y en los diarios regionales La Opinión, de 3 de agosto de 2004, y La Verdad, de 4 de agosto de 2004. 6.- Aprobación definitiva por Orden Resolutoria del Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas, Vivienda y Transportes nº 320, de 24 de enero de 2005 (publicada en el BORM nº 39, de 17 de febrero de 2005, junto con las Normas Urbanísticas de la Modificación).

MODIFICACIÓN PUNTUAL NÚMERO 4.

Reclasificación de suelo clasificado como Sistema General Servicios Básicos (SG SB)

Depuradora a No Urbanizable Protección Agrícola una parte, y a No Urbanizable

Protección Cauces otra parte (La Alberquilla)).

1.- Avance del proyecto de la modificación sometido a información pública por Decreto de la Alcaldía nº 112/2005, de 27 de abril de 2005, mediante anuncios publicados en el BORM nº 116, de 23 de mayo de 2005, corrección de errores en el BORM nº 120, de 27 de mayo de 2005, y en los diarios regionales La Opinión, de 7 de mayo de 2005, y La Verdad, de 11 de mayo de 2005. 2.- Aprobación inicial por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 13 de octubre de 2005, del proyecto de modificación y sometido a información pública mediante anuncios publicados en el BORM nº 258, de 9 de noviembre de 2005 y en los diarios regionales La Opinión, de 22 de octubre de 2005, y La Verdad, de 25 de octubre de 2005, ampliado y subsanado mediante nuevos anuncios publicados en el BORM nº 264, de 16 de noviembre de 2005 y en los citados diarios regionales La Opinión, de 7 de noviembre de 2005, y La Verdad, de 8 de noviembre de 2005.

MODIFICACIÓN PUNTUAL NÚMERO 5.

Creación de una nueva norma particular de suelo urbano denominada

“Infraestructuras urbanas (INFR-U)” y reclasificación de dos sectores de espacios libres

públicos (ELP) a infraestructuras urbanas (INFR-U) para ubicación de dos centros de

transformación, uno en cruce de calles Santa Catalina y Sagrado Corazón de Jesús y

otro en jardín del Auditorio Municipal).

1.- Avance del proyecto de la modificación sometido a información pública por Decreto de la Alcaldía nº 237/2005, de 19 de julio de 2005, mediante anuncios publicados en el BORM nº 174, de 30 de julio de 2005, y en los diarios regionales La Opinión, de 21 de julio de 2005, y La Verdad, de 22 de julio de 2005. 2.- Aprobación inicial por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 31 de octubre de

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2005, del proyecto de modificación y sometido a información pública mediante anuncios publicados en el BORM nº 261, de 12 de noviembre de 2005, y en los diarios regionales La Opinión, de 7 de noviembre de 2005, y La Verdad, de 8 de noviembre de 2005. c. Convenios urbanísticos. De gestión y/o ejecución.

1. Convenio urbanístico de gestión y ejecución de la urbanización del Plan Parcial

“Belén Sur” Ampliación Industrial.

Convenientes: Ayuntamiento de Librilla y la mercantil Eurosiderúrgica, S.A. en fecha 27 de noviembre de 2000. Aprobación inicial: Comisión de Gobierno, en sesión de 5 de diciembre de 2000, como Anexo al Proyecto de Compensación de la Unidad de Actuación única del Plan Parcial de referencia (sometido a información publica mediante anuncio publicado en el BORM nº 288, de 14 de diciembre de 2000). Aprobación definitiva: Comisión de Gobierno, en sesión de 23 de enero de 2001, como Anexo al Proyecto de Compensación de la Unidad de Actuación única del Plan Parcial de referencia (publicada en el BORM nº 32, de 8 de febrero de 2001).

2. Convenio urbanístico de gestión para la cesión anticipada de terrenos para la ejecución de infraestructuras municipales.

Convenientes: Ayuntamiento de Librilla, la mercantil Industrial Procurement Systems, S.L., don Manuel Serra Sánchez, doña Ángeles Pagán Sánchez y don Pedro Zapata Martínez. Aprobación y sometimiento a información pública: Pleno de la Corporación, en sesión de 26 de marzo de 2008 (publicadas, incluido texto íntegro del convenio, en el BORM nº 91, de 19 de abril de 2008). Elevación a definitiva de la aprobación: Decreto de la Alcaldía, de 2 de junio de 2008 (publicado en el BORM nº 145, de 24 de junio de 2008). d. Planeamiento de desarrollo

- Plan Parcial sector S-03-03-A “El Pedregalejo” (residencial). Empezó siendo promovido por el Ayuntamiento por el sistema de cooperación. Para la fase de gestión se adoptó finalmente el sistema de compensación sin constitución de Junta de Compensación. 1.- Aprobación inicial por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 30 de diciembre de 1994 (publicada en el BORM nº 15, de 19 de enero de 1995).

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2.- Aprobación provisional por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 29 de marzo de 1995. 3.- Aprobación definitiva por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 27 de septiembre de 1995 (publicada, junto a ordenanzas reguladoras, en el BORM nº 273, de 23 de noviembre de 1996). 4.- Subsanación de deficiencias aprobada por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 27 de noviembre de 1996.

- Plan Parcial “Belén Sur” (industrial). 1.- Aprobación inicial por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 25 de septiembre de 1997 (publicada en el BORM nº 254, de 3 de noviembre de 1997, y en el diario regional La Verdad, de 27 de octubre de 1997). 2.- Aprobación provisional por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 19 de diciembre de 1997. 3.- Aprobación definitiva por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 9 de marzo de 1999 (publicada, junto a ordenanzas reguladoras, en el BORM nº 79, de 8 de abril de 1999).

- Plan Parcial “Belén Sur” Ampliación (industrial).

1.- Aprobación inicial por la Comisión de Gobierno, en sesión de 28 de septiembre de 1999 (publicada en el BORM nº 255, de 4 de noviembre de 1999, y en el diario regional La Verdad, de 1 de noviembre de 1999). 2.- Aprobación provisional por la Comisión de Gobierno, en sesión de 28 de marzo de 2000. 3.- Aprobación definitiva por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 25 de septiembre de 2000 (publicada, junto a ordenanzas reguladoras, en el BORM nº 275, de 27 de noviembre de 2000).

- Plan Parcial “Vistabella” (industrial).

1.- Aprobación inicial por la Comisión de Gobierno, en sesión de 28 de septiembre de 1999 (publicada en el BORM nº 247, de 25 de octubre de 1999, y en el diario regional La Verdad, de 22 de octubre de 1999). 2.- Aprobación provisional por la Comisión de Gobierno, en sesión de 18 de enero de 2000. 3.- Aprobación de la modificación del proyecto aprobado provisionalmente por la Comisión de Gobierno, en sesión de 18 de julio de 2000.

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4.- Aprobación definitiva por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 5 de junio de 2001 (publicada, junto a ordenanzas reguladoras, en el BORM nº 218, de 19 de septiembre de 2001).

- Plan Parcial “Buenavista-A” (residencial).

1.- Aprobación inicial por la Comisión de Gobierno, en sesión de 13 de marzo de 2001 (publicada en el BORM nº 94, de 24 de abril de 2001, y en el diario regional La Verdad, de 25 de abril de 2001). 2.- Aprobación provisional por la Comisión de Gobierno, en sesión de 12 de junio de 2001. 3.- Aprobación definitiva por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 17 de diciembre de 2001 (publicada, junto a ordenanzas reguladoras, en el BORM nº 135, de 13 de junio de 2002). 4.- Corrección de errores de la aprobación definitiva aprobada por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 30 de septiembre de 2002 (publicada en el BORM nº 284, de 10 de diciembre de 2002).

- Plan Parcial “El Salitre” (residencial).

1.- Aprobación inicial por la Comisión de Gobierno, en sesión de 3 de octubre de 2001 (publicada en el BORM nº 256, de 5 de noviembre de 2001, y en los diarios regionales La Opinión y La Verdad, de 26 de octubre de 2001). 2.- Aprobación inicial del Programa de Actuación por la Comisión de Gobierno, en sesión de 23 de abril de 2002 (publicada en el BORM nº 106, de 9 de mayo de 2002, y en los diarios regionales La Opinión, de 27 de abril de 2002, y La Verdad, de 29 de abril de 2002). 3.- Aprobación definitiva por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 7 de agosto de 2002 (publicada, junto a ordenanzas reguladoras, en el BORM nº 198, de 27 de agosto de 2002).

- Plan Parcial “Villa Rosalía” (residencial).

1.- Aprobación inicial por la Comisión de Gobierno, en sesión de 24 de octubre de 2002 (publicada en el BORM nº 295, de 23 de diciembre de 2002, y en los diarios regionales La Opinión, de 29 de octubre de 2002, y La Verdad, de 30 de octubre de 2002). 2.- Aprobación definitiva por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 28 de abril de 2003 (publicada, junto a ordenanzas reguladoras, en el BORM nº 152, de 4 de julio de 2003).

- Plan Parcial “Pedregalejo-B” (residencial).

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1.- Aprobación inicial por la Comisión de Gobierno, en sesión de 4 de marzo de 2002 (publicada en el BORM nº 75, de 1 de abril de 2003, y en los diarios regionales La Opinión, de 24 de marzo de 2003, y La Verdad, de 25 de marzo de 2003). 2.- Aprobación definitiva por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 26 de enero de 2004 (publicada, junto a ordenanzas reguladoras, en el BORM nº 65, de 18 de marzo de 2004).

- Plan Parcial “Cabecicos Blancos” (industrial).

1.- Aprobación inicial por la Junta de Gobierno Local, en sesión de 16 de enero de 2004 (publicada en el BORM nº 33, de 10 de febrero de 2004, y en los diarios regionales La Opinión y La Verdad, de 31 de enero de 2004). 2.- Aprobación definitiva por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 30 de junio de 2004 (publicada, junto a ordenanzas reguladoras, en el BORM nº 171, de 26 de julio de 2004).

- Plan Parcial “Belén Norte” (industrial).

1.- Aprobación inicial por la Junta de Gobierno Local, en sesión de 11 de abril de 2005 (publicada en el BORM nº 91, de 22 de abril de 2005, y en los diarios regionales La Opinión, de 16 de abril de 2005, y La Verdad, de 20 de abril de 2005). 2.- Aprobación de la modificación, por subsanación de deficiencias, por la Junta de Gobierno Local, en sesión de 18 de octubre de 2005 (publicada en el BORM nº 253, de 3 de noviembre de 2005, y en los diarios regionales La Opinión y La Verdad, de 28 de octubre de 2005). 3.- Aprobación definitiva por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 5 de diciembre de 2006 (publicada, junto a ordenanzas reguladoras, en el BORM nº 7, de 10 de enero de 2007; corrección de error en la publicación insertada en el BORM nº 66, de 21 de marzo de 2009). 4.- Rectificación de errores detectados en el Plan Parcial industrial “Belén Norte” aprobado definitivamente, aprobada por acuerdo del Pleno de la Corporación, en sesión de 11 de marzo de 2009. e. Modificaciones de planeamiento de desarrollo

- Modificación Puntual del Plan Parcial “El Salitre” (residencial). 1.- Aprobación inicial por la Junta de Gobierno Local, en sesión de 25 de junio de 2004 (publicada en el BORM nº 184, de 10 de agosto de 2004, y en los diarios regionales La Opinión, de 19 de julio de 2004, y La Verdad, de 17 de julio de 2004).

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2.- Aprobación definitiva por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 13 de octubre de 2004 (publicada, junto a ordenanzas reguladoras modificadas, en el BORM nº 267, de 17 de noviembre de 2004). 3.- Rectificación de errores detectados en la resolución de aprobación definitiva de la modificación puntual del Plan Parcial residencial “El Salitre” y visto bueno al documento refundido presentado por el promotor, aprobada por acuerdo del Pleno de la Corporación, en sesión de 29 de abril de 2009.

- Modificación Puntual (número 1) del Plan Parcial “Cabecicos Blancos”

(industrial).

1.- Aprobación inicial por la Junta de Gobierno Local, en sesión de 19 de noviembre de 2004 (publicada en el BORM nº 276, de 27 de noviembre de 2004, y en los diarios regionales La Opinión, de 29 de noviembre de 2004, y La Verdad, de 1 de diciembre de 2004). 2.- Aprobación definitiva por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 25 de abril de 2005 (publicada en el BORM nº 116, de 23 de mayo de 2005, y rectificación de errores en la publicación en el BORM nº 120, de 27 de mayo de 2005).

- Modificación Puntual del Plan Parcial sector S-03-03-A “El Pedregalejo” (residencial).

1.- Aprobación inicial por la Junta de Gobierno Local, en sesión de 21 de enero de 2005 (publicada en el BORM nº 32, de 9 de febrero de 2005, y en los diarios regionales La Opinión y La Verdad, de 3 de febrero de 2005). 2.- Aprobación definitiva por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 13 de octubre de 2005 (publicada, junto a ordenanzas reguladoras modificadas, en el BORM nº 260, de 11 de noviembre de 2005).

- Modificación puntual del Plan Parcial “Vistabella” (industrial). 1.- Aprobación inicial por la Junta de Gobierno Local, en sesión de 12 de julio de 2006 (publicada en el BORM nº 186, de 12 de agosto de 2006, y en los diarios regionales La Opinión, de 19 de julio de 2006, y La Verdad, de fecha 20 de julio de 2006). 2.- Aprobación provisional por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 24 de septiembre de 2008.

- Modificación puntual (número 2) del Plan Parcial “Cabecicos Blancos” (industrial) (también se modifica el Programa de Actuación).

1.- Aprobación inicial por la Junta de Gobierno Local, en sesión de 12 de septiembre de 2007 (publicada en el BORM nº 223, de 26 de septiembre de 2007, y en los diarios regionales La Opinión y La Verdad de fecha 20 de septiembre de 2007).

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2.- Aprobación definitiva por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 30 de septiembre de 2009 (publicada, junto a ordenanzas reguladoras modificadas, en el BORM nº 263, de 13 de noviembre de 2009).

- Modificación Puntual del Plan Parcial “Belén Sur” Ampliación (industrial) y aprobación del Programa de Actuación.

1.- Aprobación inicial por la Junta de Gobierno Local, en sesión de 12 de septiembre de 2007 (publicada en el BORM nº 223, de 26 de septiembre de 2007, y en los diarios regionales La Opinión y La Verdad de fecha 20 de septiembre de 2007). 2.- Aprobación definitiva por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 25 de junio de 2008 (publicada, junto a ordenanzas reguladoras modificadas, en el BORM nº 252, de 29 de octubre de 2008). f. Instrumentos de gestión urbanística a’. Juntas de compensación-expedientes de constitución (Aprobación de estatutos y bases de actuación)

- Plan Parcial “Belén Sur” (industrial). Unidad de Actuación número 1.

1.- Aprobación inicial por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 27 de mayo de 1998 (publicada en el BORM nº 133, de 12 de junio de 1998). 2.- Aprobación definitiva por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 29 de julio de 1998 (publicada en el BORM nº 180, de 6 de agosto de 1998).

- Plan Parcial “Vistabella” (industrial). Unidad de Actuación única. Entidad

Urbanística colaboradora inscrita con el número 1.

1.- Aprobación inicial por la Comisión de Gobierno, en sesión de 3 de octubre de 2001 (publicada en el BORM nº 257, de 6 de noviembre de 2001; corrección de errores publicada en el BORM nº 261, de 10 de noviembre de 2001). 2.- Aprobación definitiva por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 4 de febrero de 2002 (publicada en el BORM nº 44, de 21 de febrero de 2002). 3.- Inscrita en el Registro Municipal de Entidades Urbanísticas colaboradoras la Junta de Compensación, según escritura de constitución de fecha 23 de abril de 2002, aprobada por la Comisión de Gobierno en sesión de 4 de junio de 2002, con la denominación de “Entidad Urbanística de Compensación del Plan Parcial Vistabella-Industrial de Librilla”, con el número 1 de inscripción.

- Plan Parcial “El Salitre” (residencial). Unidad de Actuación única. Entidad

Urbanística colaboradora inscrita con el número 2.

1.- Aprobación inicial por la Comisión de Gobierno, en sesión de 23 de abril de 2002 (publicada en el BORM nº 106, de 9 de mayo de 2002, y en los diarios regionales La Opinión, de 27 de abril de 2002, y La Verdad, de 29 de abril de 2002).

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2.- Aprobación definitiva por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 7 de agosto de 2002 (publicada la aprobación definitiva del Programa de Actuación en el BORM nº 198, de 27 de agosto de 2002, y la de los Estatutos en el BORM nº 211, de 11 de septiembre de 2002). 3.- Inscrita en el Registro Municipal de Entidades Urbanísticas colaboradoras la Junta de Compensación, según escritura de constitución de fecha 8 de octubre de 2002, aprobada por la Comisión de Gobierno en sesión de 24 de octubre de 2002, con la denominación de “Junta de Compensación de la Unidad de Actuación Plan Parcial “El Salitre”, con el número 2 de inscripción.

- Plan Parcial “Buenavista-A” (residencial). Unidad de Actuación única. Entidad

Urbanística Colaboradora inscrita con el número 3.

1.- Aprobación inicial por la Comisión de Gobierno, en sesión de 30 de julio de 2002 (publicada en el BORM nº 211, de 11 de septiembre de 2002, y en los diarios regionales La Opinión, de 10 de agosto de 2002, y La Verdad, de 14 de agosto de 2002). 2.- Aprobación definitiva por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 17 de diciembre de 2002 (publicada en el BORM nº 297, de 26 de diciembre de 2002). 3.- Inscrita en el Registro Municipal de Entidades Urbanísticas colaboradoras la Junta de Compensación, según escritura de constitución de fecha 3 de enero de 2003, aprobada por la Comisión de Gobierno en sesión de 21 de enero de 2003, con la denominación de “Entidad Urbanística de Compensación de la Unidad de Actuación del Plan Parcial Residencial Buenavista “A” de Librilla”, con el número 3 de inscripción.

- Plan Parcial “Cabecicos Blancos” (industrial). Unidad de Actuación única.

Entidad Urbanística Colaboradora inscrita con el número 4.

1.- Aprobación inicial por la Junta de Gobierno Local, en sesión de 23 de abril de 2004 (publicada en el BORM nº 103, de 6 de mayo de 2004, y en los diarios regionales La Opinión y La Verdad, de 6 de mayo de 2004). 2.- Aprobación definitiva por la Junta de Gobierno Local, en sesión de 9 de julio de 2004 (publicada en el BORM nº 171, de 26 de julio de 2004). 3.- Inscrita en el Registro Municipal de Entidades Urbanísticas colaboradoras la Junta de Compensación, según escritura de constitución de fecha 23 de septiembre de 2004, aprobada por Decreto de la Alcaldía-Presidencia de fecha 5 de octubre de 2004, con la denominación de “Entidad Urbanística de Compensación del Plan Parcial Cabecicos Blancos de Librilla”, con el número 4 de inscripción.

- Plan Parcial “Villa Rosalía” (residencial). Unidad de Actuación única. Entidad

Urbanística Colaboradora inscrita con el número 5.

1.- Aprobación inicial por la Comisión de Gobierno, en sesión de 27 de junio de 2003 (publicada en el BORM nº 186, de 13 de agosto de 2003, y en los diarios regionales La Opinión, de 12 de julio de 2003, y La Verdad, de 15 de julio de 2003).

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2.- Aprobación definitiva por la Comisión de Gobierno, en sesión de 26 de diciembre de 2003 (publicada en el BORM nº 19, de 24 de enero de 2004). 3.- Inscrita en el Registro Municipal de Entidades Urbanísticas colaboradoras la Junta de Compensación, según escritura de constitución de fecha 11 de marzo de 2004, incluidas dos escrituras de adhesiones de propietarios no inicialmente integrados de fechas 3 de junio y 16 de septiembre de 2004, aprobada por la Junta de Gobierno Local en sesión de 19 de noviembre de 2004, con la denominación de “Entidad Urbanística de Compensación del Plan Parcial Villa Rosalía de Librilla”, con el número 5 de inscripción. 4.- Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión de 26 de junio de 2007, se toma conocimiento de las manifestaciones y modificaciones con relación a las fincas incluidas en la Unidad de Actuación y su titularidad, comunicadas por la Junta de Compensación e introducidas en la composición de la misma, mediante los correspondientes títulos formalizados ante Notario.

- Plan Parcial “Pedregalejo-B” (residencial). Unidad de Actuación única. Entidad

Urbanística Colaboradora inscrita con el número 6.

1.- Aprobación inicial por la Junta de Gobierno Local, en sesión de 5 de julio de 2004 (publicada en el BORM nº 179, de 4 de agosto de 2004, y en los diarios regionales La Opinión, de 13 de julio de 2004, y La Verdad, de 14 de julio de 2004). 2.- Aprobación definitiva por la Junta de Gobierno Local, en sesión de 19 de octubre de 2004 (publicada en el BORM nº 259, de 8 de noviembre de 2004, y en los diarios regionales La Opinión, de 29 de octubre de 2004, y la Verdad, de 2 de noviembre de 2004). 3.- Rectificación de error de hecho en identificación de finca incluida en la Unidad de Actuación, detectado en la aprobación de los Estatutos de la Junta de Compensación a constituir para el desarrollo urbanístico de aquélla, acordada por la Junta de Gobierno Local, en sesión de 11 de febrero de 2005. 4.- Inscrita en el Registro Municipal de Entidades Urbanísticas colaboradoras la Junta de Compensación, según escritura de constitución de fecha 24 de febrero de 2005, aprobada por la Junta de Gobierno Local en sesión de 11 de abril de 2005, con la denominación de “Junta de Compensación del Plan Parcial “Pedregalejo-B” de Librilla”, con el número 6 de inscripción. 5.- Rectificación de error de hecho, por omisión, en identificación de finca incluida en la Unidad de Actuación acordada por la Junta de Gobierno Local, en sesión de 5 de diciembre de 2007. 6.- La Escritura de Constitución de la Junta de Compensación, de 24 de febrero de 2005, se complementa, para incorporar la finca omitida, mediante Acta de Manifestaciones otorgada a instancia de la Junta de Compensación en fecha 26 de febrero de 2008.

- Plan Parcial “Belén Norte” (industrial). Unidad de actuación única.

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1.- Aprobación inicial por la Junta de Gobierno Local, en sesión de 10 de enero de 2006 (publicada en el BORM nº 14, de 18 de enero de 2006, y en los diarios regionales La Opinión, de 11 de enero de 2006, y La Verdad, de 12 de enero de 2006). 2.- Aceptación del desistimiento de la solicitud de aprobación de los Estatutos y Bases de Actuación para constitución de la Junta de Compensación de la Unidad de Actuación única del Plan Parcial industrial “Belén Norte” por acuerdo de la Junta de Gobierno Local adoptado en sesión de 13 de noviembre de 2007. b’. Modificaciones de programas de actuación de planeamiento de desarrollo

- Modificación Puntual del Programa de Actuación del Plan Parcial “Vistabella (industrial).

1.- Aprobación inicial por la Junta de Gobierno Local, en sesión de 22 de abril de 2005 (publicada en el BORM nº 116, de 23 de mayo de 2005, y en los diarios regionales La Opinión, de 7 de mayo de 2005, y La Verdad, de 11 de mayo de 2005). 2.- Aprobación definitiva por la Junta de Gobierno Local, en sesión de 6 de octubre de 2005 (publicada en el BORM nº 253, de 3 de noviembre de 2005).

- Modificación Puntual del Programa de Actuación del Plan Parcial “Cabecicos Blancos” (industrial). Véase apartado V.1.5 anterior: Modificación puntual (número 2) del Plan Parcial.

1.- Aprobación inicial por la Junta de Gobierno Local, en sesión de 12 de septiembre de 2007 (publicada en el BORM nº 223, de 26 de septiembre de 2007, y en los diarios regionales La Opinión y La Verdad de fecha 20 de septiembre de 2007). 2.- Aprobación definitiva por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 30 de septiembre de 2009 (publicada en el BORM nº 263, de 13 de noviembre de 2009). c’. Proyectos de reparcelacion (Compensación)

- Proyecto de Reparcelación del polígono urbano de “Eras de Arriba” (residencial). Unidad de Actuación única.

1.- Aprobación inicial por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 9 de abril de 1985 (publicada en el BORM nº 104, de 9 de mayo de 1985, y en el diario regional La Verdad, de 27 de abril de 1985). 2.- Aprobación definitiva por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 29 de julio de 1985 (publicada en el BORM nº 281, de 9 de diciembre de 1985).

- Proyecto de Reparcelación del polígono urbano de “Vistabella” (residencial). Unidad de Actuación única.

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1.- Aprobación inicial por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 9 de abril de 1985 (publicada en el BORM nº 104, de 9 de mayo de 1985, y en el diario regional La Verdad, de 27 de abril de 1985). 2.- Aprobación definitiva por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 29 de julio de 1985 (publicada en el BORM nº 281, de 9 de diciembre de 1985). 3.- Escritura pública de formalización del proyecto de reparcelación urbanística por cooperación otorgada por el Ayuntamiento de Librilla y otros en Totana (Murcia), en fecha 5 de octubre de 1990, ante el Notario don Felipe Ochoa del Campo con número de protocolo 1.391.

- Plan Parcial sector S-03-03-A “El Pedregalejo” (residencial). Unidad de Actuación única.

1.- Aprobación inicial por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 2 de abril de 1996 (publicada en el BORM nº 97, de 27 de abril de 1996). 2.- Aprobación definitiva por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 11 de julio de 1996. 3.- Escritura pública de parcelación otorgada por Promociones de Viviendas Librilla, S.L., don Pedro Pagán Peñalver, doña Rosa Marín Lara, don Pedro Marín Lara, don Ginés Barquero Caballero y doña Josefa Marín Lara en Murcia, en fecha 23 de octubre de 1996, ante el Notario don Carlos Peñafiel del Río con número de protocolo 2.723.

- Plan Parcial “Belén Sur” Ampliación (industrial). Unidad de Actuación única. 1.- Aprobación inicial por la Comisión de Gobierno, en sesión de 5 de diciembre de 2000 (publicada en el BORM nº 288, de 14 de diciembre de 2000, y en el diario regional La Verdad, de 12 de diciembre de 2000). 2.- Aprobación definitiva por la Comisión de Gobierno, en sesión de 23 de enero de 2001 (publicada en el BORM nº 32, de 8 de febrero de 2001).

- Plan Parcial “Vistabella” (industrial). Unidad de Actuación única. 1.- Aprobación inicial por Decreto de la Alcaldía nº 1/2003, de 7 de enero de 2003, ratificado por acuerdo de la Comisión de Gobierno, en sesión de 21 de enero de 2003 (publicada en el BORM nº 10, de 14 de enero de 2003, y en los diarios regionales La Opinión, de 10 de enero de 2003, y La Verdad, de 9 de enero de 2003). 2.- Aprobación definitiva por la Comisión de Gobierno, en sesión de 4 de marzo de 2003 (publicada en el BORM nº 81, de 8 de abril de 2003, y en los diarios La Opinión, de 24 de marzo de 2003, y La Verdad, de 25 de marzo de 2003). 3.- Escritura pública de compensación en la Unidad de Actuación única del Plan Parcial “Vistabella-Industrial” otorgada por la Junta de Compensación del Plan Parcial Vistabella-Industrial y el Ayuntamiento de Librilla en Alhama de Murcia, en fecha 18 de julio de 2003, ante el Notario don Juan Pérez Martínez con número de protocolo 1.645.

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- Plan Parcial “El Salitre” (residencial). Unidad de Actuación única. 1.- Aprobación inicial por la Comisión de Gobierno, en sesión de 18 de febrero de 2003 (publicada en el BORM nº 52, de 4 de marzo de 2003, y en los diarios regionales La Opinión y La Verdad, de 28 de febrero de 2003). 2.- Aprobación definitiva por la Comisión de Gobierno, en sesión de 4 de marzo de 2003 (publicada en el BORM nº 99, de 2 de mayo de 2003, y en los diarios regionales La Opinión y La Verdad, de 25 de abril de 2003). 3.- Escritura pública de compensación en la Unidad de Ejecución “Plan Parcial El Salitre de Librilla” otorgada por la Junta de Compensación de la Unidad de Actuación Plan Parcial El Salitre” en Alhama de Murcia, en fecha 7 de julio de 2003, ante el Notario don Juan Pérez Martínez con número de protocolo 1.547.

- Plan Parcial “Buenavista-A” (residencial). Unidad de Actuación única. 1.- Aprobación inicial por la Comisión de Gobierno, en sesión de 18 de marzo de 2003 (publicada en el BORM nº 75, de 1 de abril de 2003, y en los diarios regionales La Opinión y La Verdad, de 26 de marzo de 2003). 2.- Aprobación definitiva por la Comisión de Gobierno, en sesión de 27 de junio de 2003 (publicada en el BORM nº 170, de 25 de julio de 2003, y en los diarios regionales La Opinión, de 11 de julio de 2003, y La Verdad, de 15 de julio de 2003). 3.- Escritura pública de compensación en la Unidad de Actuación única del Plan Parcial “Buenavista-A” residencial otorgada por la Junta de Compensación de la Unidad de Actuación única del Plan Parcial “Buenavista-A” residencial en Alhama de Murcia, en fecha 23 de junio de 2004, ante el Notario don Juan Pérez Martínez con número de protocolo 1.245.

- Plan Parcial “Cabecicos Blancos” (industrial). Unidad de Actuación única. 1.- Aprobación inicial por la Junta de Compensación adoptada en reunión de 19 de noviembre de 2004. 2.- Aprobación definitiva por la Junta de Gobierno Local, en sesión de 19 de noviembre de 2004 (publicada en el BORM nº 276, de 27 de noviembre de 2004, y en los diarios regionales La Opinión, de 26 de noviembre de 2004, y La Verdad, de 1 de diciembre de 2004).

- Plan Parcial “Pedregalejo-B” (residencial). Unidad de Actuación única. 1.- Aprobación inicial por la Junta de Compensación adoptada en reunión de 25 de enero de 2006 (sometida a información pública mediante publicación de anuncios en el BORM nº 105, de 9 de mayo de 2006, y en los diarios regionales La Opinión, de 21 de abril de 2006, y La Verdad, de 25 abril de 2006).

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2.- Denegación de aprobación definitiva por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión de fecha 31 de octubre de 2006, por el que se requiere, asimismo, a aquélla la presentación de nuevo Proyecto de Reparcelación que subsane las deficiencias que produjeron la denegación. 3.- Aprobación inicial por la Junta de Compensación del nuevo Proyecto de Reparcelación adoptada en reunión de 2 de abril de 2007 (sometida a información pública mediante publicación de anuncios en el BORM nº 80, de 9 de abril de 2007, anulado y sustituido por nuevo anuncio publicado en el BORM nº 116, de 22 de mayo de 2007, y en los diarios regionales La Verdad, de 2 de mayo de 2007, y La Opinión, de 4 de mayo de 2007).

- Plan Parcial “Villa Rosalía” (residencial). Unidad de Actuación única. 1.- Aprobación inicial por la Junta de Compensación adoptada en reunión de 23 de mayo de 2006 (sometida a información pública mediante publicación de anuncios en el BORM nº 8, de 11 de enero de 2007, y en los diarios regionales La Opinión y La Verdad, de 5 enero de 2007). 2.- En reunión de fecha 4 de diciembre de 2007 se produce la aprobación por la Junta de Compensación de la modificación del Proyecto de Reparcelación para subsanar las deficiencias que le habían sido señaladas y requerida la subsanación, por escrito de la Alcaldía de 27 de junio de 2007, al proyecto aprobado inicialmente). d’. Modificaciones de proyectos de reparcelacion (Compensación)

- Modificaciones del Proyecto de Reparcelación del polígono urbano de “Vistabella” (residencial).

1.- Modificación aprobada por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de fecha 7 de noviembre de 1994, acordando la exposición de edictos por término de quince días para la presentación de posibles reclamaciones. 2.- Modificación puntual, por rectificación de errores en linderos y superficies aprobada por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de fecha 16 de febrero de 1995. 3.- Escritura de acta otorgada por el Ayuntamiento de Librilla en Totana (Murcia), en fecha 1 de marzo de 1995, ante el Notario don Felipe Ochoa del Campo, con número de protocolo 369, para rectificar y completar escritura pública de formalización del proyecto de reparcelación urbanística por cooperación otorgada por el Ayuntamiento de Librilla y otros en Totana (Murcia), en fecha 5 de octubre de 1990, ante el Notario don Felipe Ochoa del Campo con número de protocolo 1.391.

- Modificación del Proyecto de Reparcelación del Plan Parcial “El Salitre” (residencial).

1.- Aprobación inicial por la Junta de Compensación adoptado en reunión de 28 de julio de 2005. 2.- Aprobación definitiva por la Junta de Gobierno Local, en sesión de 6 de octubre de 2005 (publicada en el BORM nº 258, de 9 de noviembre de 2005, y en los diarios

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regionales La Opinión, de 22 de octubre de 2005, y La Verdad, de 25 de octubre de 2005).

- Modificación del Proyecto de Reparcelación del Plan Parcial “Cabecicos Blancos” (industrial).

1.- Aprobación inicial por la Junta de Compensación adoptada en reunión de 25 de julio de 2005. 2.- Trámite de audiencia a afectados desconocidos y por excesos de cabida de fincas incluidas en la Unidad de Actuación, (publicado en el BORM nº 188, de 17 de agosto de 2005). 3.- Remisión del expediente a la Administración actuante mediante acuerdo adoptado por la Junta de Compensación en reunión de 6 de octubre de 2005. 4.- Aprobación definitiva por la Junta de Gobierno Local, en sesión de 10 de enero de 2006 (publicada en el BORM nº 14, de 18 de enero de 2006, y en los diarios regionales La Opinión, de 21 de enero de 2006, y La Verdad, de 22 de enero de 2006). 5.- Inscripción en el Registro de la Propiedad de Totana (Murcia) del proyecto de reparcelación, mediante documento público administrativo (certificación expedida por la Secretaría General de la Corporación), en fecha 28 de marzo de 2006. g. Instrumentos de ejecución urbanística

a’. Proyectos de urbanización

- Proyecto de Urbanización del Plan Parcial sector S-03-03-A “El Pedregalejo” (residencial).

1.- Aprobación inicial por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 27 de septiembre de 1995 (publicada en el BORM nº 234, de 9 de octubre de 1995) 2.- Aprobación definitiva por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 27 de diciembre de 1995 (publicada en el BORM nº 218, de 18 de septiembre de 1996; corrección de errores en BORM nº 258, de 6 de noviembre de 1996).

- Proyecto de Urbanización del Plan Parcial “Belén Sur” Ampliación (industrial). 1.- Aprobación inicial por la Comisión de Gobierno, en sesión de 5 de diciembre de 2000 (publicada en el BORM nº 288, de 14 de diciembre de 2000, y en el diario regional La Verdad, de 12 de diciembre de 2000). 2.- Aprobación definitiva (parcial) por la Comisión de Gobierno, en sesión de 23 de enero de 2001 (publicada en el BORM nº 40, de 17 de febrero de 2001).

- Proyecto de Urbanización del Plan Parcial “El Salitre” (residencial).

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1.- Aprobación inicial por la Comisión de Gobierno, en sesión de 27 de junio de 2003 (publicada en el BORM nº 157, de 10 de julio de 2003, y en los diarios regionales La Opinión, de 11 de julio de 2003, y La Verdad, de 15 de julio de 2003). 2.- Aprobación definitiva por la Comisión de Gobierno, en sesión de 13 de agosto de 2003 (publicada en el BORM nº 215, de 17 de septiembre de 2003). 3.- Aprobación de subsanación de deficiencias y declaración de ejecutividad de aprobación definitiva para proyecto de instalación de alumbrado público por la Comisión de Gobierno, en sesión de 5 de septiembre de 2003 (publicada en el BORM nº 239, de 15 de octubre de 2003).

- Proyecto de Urbanización del Plan Parcial “Buenavista-A” (residencial). 1.- Aprobación inicial por Decreto de la Alcaldía nº 184/2003, de 20 de mayo de 2003, ratificado por acuerdo de la Comisión de Gobierno, en sesión de 27 de mayo de 2003 (publicada en el BORM nº 128, de 05 de junio de 2003, y en los diarios regionales La Opinión y La Verdad, de 23 de mayo de 2003). 2.- Aprobación definitiva por la Comisión de Gobierno, en sesión de 12 de diciembre de 2003 (publicada en el BORM nº 15, de 20 de enero de 2004).

- Proyecto de Urbanización del Plan Parcial “Vistabella” (industrial). 1.- Aprobación inicial por Decreto de la Alcaldía nº 185/2003, de 20 de mayo de 2003, ratificado por acuerdo de la Comisión de Gobierno, en sesión de 27 de mayo de 2003 (publicada en el BORM nº 137, de 17 de junio de 2003, y en los diarios regionales La Opinión y La Verdad, de 23 de mayo de 2003). 2.- Aprobación definitiva (parcial) por la Comisión de Gobierno, en sesión de 19 de agosto de 2003 (publicada en el BORM nº 281, de 4 de diciembre de 2003).

- Proyecto de Urbanización del Plan Parcial “Cabecicos Blancos” (industrial). 1.- Aprobación inicial por la Junta de Gobierno Local, en sesión de 19 de noviembre de 2004 (publicada en el BORM nº 276, 27 de noviembre de 2004; corrección de errores en el BORM nº 282, de 4 de diciembre de 2004; y en los diarios regionales La Opinión, de 29 de noviembre de 2004; corrección de errores en La Opinión, de 2 de diciembre de 2004; y La Verdad, de 1 de diciembre de 2004). 2.- Aprobación definitiva (parcial) por la Junta de Gobierno Local, en sesión de 6 de junio de 2006 (publicada en el BORM nº 167, de 21 de julio de 2006). b’. Modificaciones de Proyectos de urbanización

- Modificación del Proyecto de Urbanización del polígono urbano de “Vistabella” (residencial), con proyectos de instalación de alumbrado público, redes subterráneas de Baja Tensión, Centro de Transformación prefabricado número

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1 de 400 KVA, Centro de Transformación prefabricado número 2 de 400 KVA con reserva y conversión de línea aéreo/subterránea de Alta Tensión.

1.- Aprobación inicial por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 29 de julio de 1998 (publicada en el BORM nº 185, de 12 de agosto de 1998, y en el diario regional La Verdad, de 3 de agosto de 1998). 2.- Aprobación definitiva por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 25 de noviembre de 1998 (publicada en el BORM nº 8, de 12 de enero de 1999).

- Modificación Puntual del Proyecto de Urbanización del Plan Parcial “El Salitre” (residencial) y “As-Built” de las obras de urbanización.

1.- Aprobación inicial por la Junta de Gobierno Local, en sesión de 18 de octubre de 2005 (publicada en el BORM nº 258, de 9 de noviembre de 2005, y en los diarios regionales La Opinión y La Verdad, de 28 de octubre de 2005). 2.- Aprobación definitiva por la Junta de Gobierno Local, en sesión de 30 de diciembre de 2005 (publicada en el BORM nº 11, de 14 de enero de 2006, y en los diarios regionales La Opinión, de 11 de enero de 2006, y La Verdad, de 12 de enero de 2006). h. Recepción de obras de urbanización

- Proyecto de Urbanización del Plan Parcial sector S-03-03-A “El Pedregalejo” (residencial).

1.- Aceptación de cesión de las obras de urbanización de la Unidad de Actuación por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 29 de octubre de 1997. 2.- Acta de recepción de las obras de urbanización por el Ayuntamiento de fecha 14 de noviembre de 1997.

- Proyecto de Urbanización del Plan Parcial “El Salitre” (residencial). 1.- Aceptación de cesión de las obras de urbanización de la Unidad de Actuación por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento, en sesión de 7 de marzo de 2006. 2.- Acta de recepción (provisional) de las obras de urbanización por el Ayuntamiento de fecha 10 de marzo de 2006.

- Proyecto de Urbanización del Plan Parcial “Vistabella” (industrial). 1.- Aceptación de cesión de las obras de urbanización de la primera fase de la Unidad de Actuación por la Junta de Gobierno Local, en sesión de 3 de octubre de 2006. 2.- Acta de recepción (provisional) de la primera fase de ejecución de las obras de urbanización de la Unidad de Actuación por el Ayuntamiento de fecha 11 de octubre de 2006.

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- Proyecto de Urbanización del Plan Parcial “Buenavista-A” (residencial).

1.- Aceptación de cesión de las obras de urbanización de la Unidad de Actuación por la Junta de Gobierno Local, en sesión de 24 de abril de 2007. 2.- Acta de recepción (provisional) de las obras de urbanización de la Unidad de Actuación por el Ayuntamiento de fecha 19 de junio de 2007. 3.- Recepción definitiva de las obras de urbanización de la Unidad de Actuación por la Junta de Gobierno Local, en sesión de 21 de abril de 2009. 4.- Acta de recepción (definitiva) de las obras de urbanización de la Unidad de Actuación por el Ayuntamiento de fecha 14 de mayo de 2009.

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B. METODOLOGIA Y CRITERIOS a. Criterios básicos para la elaboración del PGMO Todo término municipal aspira a convertirse en un lugar de asentamiento estable y ordenado de personas que, además de residir, puedan cubrir sus expectativas laborales en el propio municipio. La planificación estratégica del nuevo urbanismo de Librilla sirve a los fines que se explican a continuación. La cercanía a Murcia ciudad es un factor determinante en el diseño urbanístico de Librilla. El tiempo de llegada estimado desde ronda oeste de Murcia hasta el nudo de acceso al pueblo es de 18 minutos, en condiciones estándares de tráfico. Todo el trayecto es autovía, con un trazado ausente de complicaciones, curvas peligrosas, puertos de montaña, o enlaces que provoquen retención o volcado repentino de tráfico. En consecuencia, el desplazamiento de personas en turismo entre Murcia ciudad y Librilla está dentro de los márgenes de tiempo y comodidad que está dispuesto a asumir el residente en la Comunidad Autónoma, desconectado anímicamente de los problemáticos desplazamientos propios de las grandes ciudades. Trabajar en Murcia y vivir en Librilla implica un coste de tiempo y esfuerzo deambulante que acepta el trabajador y el empresario murciano. En lo que se refiere al desplazamiento de mercancías, las mismas condiciones de tiempo y comodidad han permitido que la demanda de suelo industrial en los polígonos adyacentes a la autovía haya agotado las reservas ofertadas al mercado inmobiliario en el pueblo. Es cierto que otros suelos industriales están más cercanos a Murcia ciudad, pero hay otras consideraciones a tener en cuenta. Mientras el mercado de suelo en polígonos como el de Alcantarilla se agota y se eleva de precio, los suelos industriales de Librilla están más baratos y facilitan la inversión de empresas que, por su capacidad económica o por estrategia de desarrollo, no están dispuestas a asumir elevados costes de implantación o expansión. Empresarios asentados en las nuevas naves industriales de Librilla han manifestado al equipo de gobierno de este Excmo. Ayuntamiento que, en los grandes polígonos industriales de Murcia, el acceso y evacuación de sus vehículos industriales en las horas punta es complejo por las retenciones en los nudos de acceso a las autovías o a las vías arteriales, superando incluso el tiempo de desplazamiento entre Librilla y Murcia. Otro factor determinante de la fuerza atractiva de inversión inmobiliaria es el entorno de Librilla. Se llega al término municipal desde la autovía con una perspectiva despejada de la zona montañosa del norte, formada por monte bajo que deja libre la visión de los picos del Parque Natural de Espuña. La autovía observa en altura la Sierra de Carrascoy al sur, hacia cuya falda desciende la pendiente que alcanza el Río Guadalentín. El pueblo está asentado entre las dos sierras, en una cota idónea para prevalecer sobre la llanura que desciende hasta Carrascoy y observar las cimas de Espuña. Esta revisión del planeamiento tendrá en cuenta los valores paisajísticos del término municipal para facilitar un mercado inmobiliario de segunda residencia cercana a Murcia ciudad, y en un entorno de calidad ambiental. Los desarrollos urbanísticos para esta finalidad se han asignado a la zona sur de la autovía, en una cota que no impida la contemplación de la sierra de Carrascoy desde la carretera, pero que dé vistas de calidad paisajística a los residentes. El Ayuntamiento, tomando como referencia el documento de Plan, impulsa la iniciativa promotora privada con finalidad turística o de segunda residencia, canalizando las propuestas que reciba, siempre que éstas apunten a la creación de

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entornos de calidad y contribuyan a mejorar la imagen del municipio, no supongan agresiones ambientales o paisajísticas, aseguren la viabilidad de la actuación, sean coherentes en su concepto y con el modelo territorial que promueve el municipio y solucionen adecuadamente las conexiones externas y sus previsiones de servicios mediante la creación de Entidad Urbanística de Conservación, en los términos que se explican más adelante. La mejora de la imagen urbana es otro de los objetivos municipales. El pueblo necesita una reforma de las infraestructuras de saneamiento, transporte y movilidad zonal. Los equipamientos existentes son insuficientes para atender las necesidades de la población actual y, por ende, de los habitantes continuos o discontinuos previstos por los nuevos desarrollos urbanos. Esta escasez de colegios, centros asistenciales, zonas comerciales, hostelería y restauración exporta una imagen deprimida del pueblo. Uno de los objetivos de este plan general es la previsión de equipamientos suficientes para vertebrar el municipio y modernizar sus infraestructuras. Los convenios urbanísticos suscritos por este Excmo. Ayuntamiento permitirán una inicial financiación de las obras más acuciantes de infraestructuras. El posterior desarrollo de las actuaciones previstas en el propio Plan General permitirá la continuación de la política de atención a las infraestructuras, mediante la ejecución de las previsiones articuladas urbanísticamente en el Plan General, sin perjuicio de las que puedan diseñarse sin la habilitación previa del mismo ( actuaciones aisladas, planes especiales, etc. ). Un entorno accesible. Dos aspectos a tener en cuenta en esta cuestión. En primer lugar, se podrá transitar por todo el territorio del término municipal mediante un sistema viario sencillo que aprovecha y mejora los caminos rurales existentes, y que permitirá desplazarse con agilidad de un lugar a otro del término sin tener que incorporarse a la autovía. En cuanto a los desplazamientos entre puntos interiores del casco urbano y su ensanche, se crea un sistema de comunicaciones perimetral que supera la autovía y el ferrocarril y habilita la penetración transversal al tejido urbano desde cualquier punto de forma fluida. Se construirán puentes sobre las líneas de tránsito del ferrocarril y de la autovía, que se convertirán en los elementos esenciales de la permeabilidad entre las diferentes zonas urbanas de Librilla. La obtención de los suelos para este fin y la concesión y financiación de la obra se analizará durante la tramitación de este PGMO. La Rambla de Librilla queda protegida mediante suelo no urbanizable de protección de cauces, suelos de sistemas generales de espacios libres en sus márgenes y a través de planes especiales de saneamiento que evitarán el vertido a su cauce, sin perjuicio de las actuaciones aisladas de mejora que inicien, estén o no concebidas en este PGMO. b. Identificación de problemas clave para la formulación de alternativas El análisis realizado culmina con la identificación de una serie de problemas o circunstancias de carácter urbanístico, que se solucionan a través del instrumento de Plan General, y que se anticipan a continuación: • Edificación en suelo rústico

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Es un problema recurrente en la geografía española, de especial incidencia en las áreas donde predominan las parcelas de pequeño tamaño vinculadas a cultivos de regadío y/o en las vegas de ríos. La normativa urbanística permite en estos suelos las edificaciones vinculadas a las explotaciones del medio, pero esta habilitación ha fomentado la edificación de viviendas unifamiliares en suelo no urbanizable, de difícil control urbanístico y de problemática legalización. En el término de Librilla predominan las parcelas de pequeño tamaño y cultivos de regadío, básicamente de autoconsumo, por lo que la edificación en suelo no urbanizable puede provocar a medio plazo la degradación del paisaje de huerta si no se controlan sus parámetros constructivos. El PGMO atenderá de forma responsable al control de este fenómeno, tanto durante su tramitación mediante la suspensión de licencias, como tras su entrada en vigor mediante la suspensión de los regímenes transitorios de construcción en los términos permitidos por la Ley del Suelo, como mediante la fijación de condiciones especiales para las construcciones. • Deterioro del paisaje y patrimonio urbano edificados Librilla presenta cierto deterioro de su patrimonio edificado residencial y del paisaje urbano generado, más agudo en las áreas limítrofes con el barranco, de gran fuerza plástica y, en general, en todos los bordes de la ciudad. El Plan General es el instrumento adecuado para corregir estos deterioros y arbitrar mecanismos para lograr una cierta coherencia estilística en las nuevas intervenciones urbanas, de la que actualmente carece. Tanto en el propio PGMO como independientemente del mismo, se acometerá el planeamiento especial o las actuaciones aisladas que cambien progresivamente el entorno de la rambla. • Presión de crecimiento Existe demanda externa de suelo industrial, en estos momentos superior a la oferta existente. Actualmente se ha finalizado el Polígono Industrial Vistabella, se ha presentado el Plan Parcial Industrial Belén Norte y se ha inaugurado recientemente el Parque Empresarial Cabecicos Blancos con lo que se ha creado un tejido industrial suficientemente estructurado y con oferta diversificada. Las condiciones de acceso al término municipal son el atractivo esencial de la demanda de suelos industriales, en los términos que expusimos anteriormente. El producto inmobiliario residencial tiene otras características en Librilla. No existe un crecimiento productivo que provoque demanda de vivienda, como en la gran ciudad. Sin embargo, la localización de Librilla es idónea para desarrollos residenciales de baja altura con vistas al Valle del Guadalentín y la Sierra de Carrascoy que permitan segundas residencias, aisladas del barullo urbano de Murcia ciudad, con un desplazamiento mínimo. Esta oferta de suelo no sólo es atractiva por sus valores intrínsecos, sino por el interés que han mostrado los propietarios de suelo, firmando convenios urbanísticos de colaboración con el Excmo. Ayuntamiento y colaborando en el desarrollo del municipio mediante aportaciones dinerarias y compromisos de cesión de terrenos con aprovechamiento lucrativo privado, que permiten una mayor intervención municipal en el mercado de suelo y la obtención de reservas de suelo para fines sociales. Como se explica en esta memoria, no se pretende ofertar bolsas genéricas de suelo urbanizable que provoquen crecimientos residenciales descoordinados, con los consiguientes problemas de infraestructuras y de coherencia urbanística. • Infraestructuras

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Librilla no posee infraestructuras de comunicación propias relevante, dado que entidades supramunicipales han localizado en su territorio la autovía del mediterráneo A-7 y la línea de ferrocarril del arco mediterráneo. Las arterias de comunicación presentan un buen estado de conservación y configuran una línea de movilidad y transporte que, lejos de mejorar la accesibilidad interior del municipio, son barreras que aíslan el casco de su expansión natural y provocan un impacto severo, visual y acústico, sobre la edificación existente y previsible. En cuanto a las infraestructuras básicas (abastecimiento, saneamiento y electricidad), Librilla se encuentra en distintos escalones de inversión, servicio y conservación que dan como resultado un servicio global insuficiente. En materia de red de abastecimiento de agua potable para consumo humano se ha realizado en el pasado año 2004 un esfuerzo técnico y presupuestario para vertebrar el territorio con una red hidráulica moderna y de dimensión suficiente para poder abastecer el crecimiento estimado. En materia de saneamiento existe un acusado deterioro de las infraestructuras y es necesario un plan integral de saneamiento, que se abordará con un plan especial del artículo 113 de la Ley 1/2001, sin perjuicio de las actuaciones aisladas que se acometan sin planeamiento previo. En este capítulo cabe resaltar la última E.D.A.R. construida, de capacidad para 16.000 habitantes equivalentes, para sustituir la anterior estación depuradora y dar servicio en los próximos años al núcleo principal de población de Librilla y futuros desarrollos. La infraestructura energética es insuficiente, ya que el suministro de Librilla depende de Alhama de Murcia, donde está ubicada la subestación eléctrica más cercana. Se producen frecuentes cortes eléctricos a parte de la población por demasía. El polígono industrial Cabecicos Blancos, de 733.000 m2 aproximadamente, demanda una potencia que, a día de hoy, no se puede satisfacer sin la implantación de una nueva subestación eléctrica dentro del término municipal. Actualmente, el consistorio municipal mantiene una línea de trabajo permanente con IBERDROLA para la implantación de una subestación eléctrica en el centro de gravedad de los consumos. En cuanto a la infraestructura de gasificación cabe apuntar que por el término municipal discurrirá una arteria de transporte de gas natural, pero no existe ninguna infraestructura de distribución de gas en este municipio. En el momento de redacción de este documento, GAS NATURAL mantiene conversaciones con el Excmo. Ayuntamiento para la implantación de una red de distribución. Por último, en el apartado telecomunicaciones, Librilla es objeto de las primeras inversiones de las principales compañías del ramo. a’. Criterios generales sobre la ordenación estructural La ley 1/2001 del Suelo de la Región de Murcia, define el Plan General Municipal de Ordenación en su artículo 96 como el “instrumento de ordenación integral del municipio, que tiene por objeto la clasificación del suelo…, la definición de los elementos esenciales de la estructura general y orgánica del territorio, el modelo de ciudad y de los asentamientos urbanos, los criterios para su desarrollo y la determinación de los espacios u elementos de especial protección.” Todo ello, junto con la programación mediante la delimitación de sectores de desarrollo parcial,

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especial o de reforma interior, constituye el núcleo de los objetivos generales del Plan. En el artículo 98 LSRM detalla las determinaciones de carácter general que debe incluir el Plan General: b) estructura general y orgánica del territorio integrada por los sistemas generales determinantes del desarrollo previsto: comunicaciones, infraestructuras, espacios libres y equipamiento comunitario. Lo que se aporta con la definición de estos elementos, son las directrices de colonización de los nuevos suelos en el horizonte previsto por el Plan, de la manera establecida por la Ley para cada uno de ellos: • Sistema general de comunicaciones: incluye la infraestructura viaria, ferroviaria y de

transporte en todas sus manifestaciones, incluidas vías verdes y carriles bici. • Sistema general de espacios libres, al menos 20 m2 por cada 100 m2 de

aprovechamiento residencial en suelo urbano y urbanizable sectorizado • Sistema general de infraestructuras: incluye los servicios básicos • Sistema general de equipamiento comunitario, que incluirá los principales

equipamientos públicos o privados, en su caso. El sistema general viario permitirá la correcta conexión y permeabilidad del tejido urbano, dotará a las calles de capacidad suficiente y preverá las infraestructuras asociadas necesarias para evitar los efectos barrera. Los posibles efectos ambientales negativos que pudieran provocarse se tendrán en cuenta en el estudio de impacto ambiental, si bien el trazado de los SG viarios contemplará en su diseño, tanto por su localización, como por las protecciones asociadas, condiciones para que el impacto sea liviano. Los sistemas generales de espacios libres cumplirán las previsiones cuantitativas de la LSRM, y su ubicación seguirá criterios de coherencia con el modelo de crecimiento elegido y con el respeto al principio de justa distribución de beneficios y cargas. El sistema de equipamiento, de igual modo, estará destinado a ofrecer las dotaciones necesarias para el desarrollo sostenible de las nuevas mallas, y su titularidad podrá ser privada, si con ello no se contraviene el interés público. La estructura se completa con el sistema de clasificaciones, según el cual el suelo urbanizable sectorizado se localiza con criterios de: • salvaguarda de las áreas ambientalmente valiosas • previsión de la demanda endógena y el escenario de evolución de la demanda

del entorno comarcal y regional • capacidad vacante del suelo clasificado En relación al suelo no urbanizable previsto, el plan tiene por objeto preservarlo del desarrollo urbano masivo y establecer medidas de protección de la agricultura tradicional de Librilla, y del paisaje cualificado que disfruta el emplazamiento de este término municipal. b’. Ordenación y consolidación de los suelos. Clasificación

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En el suelo urbano consolidado se respetará la malla tradicional del pueblo, como no puede ser de otro modo. Se concede más techo que el existente, en las condiciones que, en su caso, se determinan. En el suelo urbano no consolidado se detallará los usos y tipologías de manzana, los viarios y las zonas destinadas a zonas verdes y equipamientos que precise la actuación, sin que tengan que ajustarse a los estándares que la LSRM prevé para el suelo urbanizable. Igualmente, por tratarse de suelo urbano ya conectado a la trama y redes viarias, no será preciso hacer una concreción de conexiones exteriores conforme al artículo 14 Ley 6/1998 en relación con el 18.3 del mismo cuerpo, y artículo 69 en relación con el artículo 80.e de la LSRM. El suelo urbanizable que quede “ordenado” por el PGMO conforme al artículo 101.1.d y 81 de la LSRM, quedará pendiente de consolidación mediante reparcelación o, en su caso, proyecto de innecesariedad. Este suelo tendrá debidamente previstos los suministros, evacuaciones y accesos, conforme al artículo 18.3 Ley 6/1998 y 80.e de la LSRM. Se podrá modificar su configuración mediante plan parcial posterior, sin necesidad de modificar el PGMO. Los suelos urbanos de núcleo rural que pudieran llegar a identificarse conforme al artículo 63.4 de la LSRM, podrán encontrarse consolidados o no consolidados, en los términos del artículo 70 de la misma. Si estuvieran consolidados, se respetará la ubicación de las construcciones, sin perjuicio de las actuaciones aisladas y de las cesiones gratuitas de viario y terrenos para servicios necesarios conforme al artículo 70.1 de la LSRM. Además, estos suelos podrán estar sujetos a planeamiento especial del artículo 116 de la LSRM, y sobre ellos podrán delimitarse unidades de ejecución para operaciones de renovación o mejora urbana conforme al artículo 63.3 de la LSRM. En estas actuaciones integradas, los propietarios estarán obligados a hacer las cesiones de viales y dotaciones públicas que prevea el planeamiento, conforme al artículo 68.2 de la LSRM. Si no estuviera consolidado el suelo urbano de núcleo rural, podrá igualmente actuarse sobre el mismo mediante un plan especial de ordenación de núcleos rurales del artículo 116 de la LSRM, delimitando unidades de actuación para gestión integral conforme al apartado “e” del mismo, sin perjuicio de las actuaciones aisladas que pueda establecer el Plan General o se adopten sin previsión en el mismo, y las unidades de ejecución para operaciones de renovación o mejora urbana, habilitadas por el artículo 63.3 de la LSRM. A efectos de la alteración de alineaciones o condiciones particulares, podrá operarse mediante actuaciones aisladas en “cualquier clase de suelo”, conforme al artículo 165.1.b) de la LSRM. La actuación aislada se materializará mediante expropiación, cesión de viales (artículo 167) o normalización de fincas (artículo 168), salvo que se afecte a valores superiores a los establecidos en este último artículo, en cuyo caso el afectado podrá exigir la aplicación de sistema integral. c’. Régimen transitorio de los suelos En el suelo urbano consolidado, podrá edificarse directamente mediante licencia de obras mayores conforme al artículo 166 de la LSRM. Si los terrenos no han adquirido la condición de solar se precisará la garantía del artículo 211 de la LSRM. Estos suelos estarán sujetos a actuaciones aisladas o delimitación de unidades de ejecución para

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operaciones de renovación o mejora urbana, haciendo las cesiones de equipamiento y viales que prevé el artículo 68.2 de la LSRM, sin perjuicio de la reducción de las cargas de urbanización conforme al artículo 99.1.h de la misma. Antes de la consolidación de los suelos urbanos, podrá realizarse sobre los mismos construcciones para actividad económica o dotaciones, ajustándose a las preordenaciones suficientes establecidas, conforme al artículo 71.2 de la LSRM. En caso de que las ordenaciones queden pendientes de planeamiento de desarrollo que no haya entrado en vigor, tan sólo se podrá realizar construcciones provisionales del artículo 93 de la LSRM. El Plan General podrá limitar o condicionar el régimen de construcciones en áreas determinadas o en la totalidad del suelo urbano ordenado no consolidado, cuando éstas sean de iniciativa privada. En este caso, el solicitante de la licencia de obras mayores deberá justificar los suministros, evacuaciones y conexiones necesarias para la adecuada utilización de la construcción, así como ajustarse a la garantía del artículo 211 de la LSRM. Cuando las construcciones sean de titularidad privada, uso lucrativo y consuman más de un 10% del aprovechamiento subjetivo por atribución de la unidad de actuación, su implantación solo podrá hacerse si se encuentran en la primera de las fases de ejecución de las obras de urbanización de la unidad, en los términos recogidos en el instrumento de equidistribución que haya obtenido aprobación inicial. Dicha fase deberá quedar perfectamente determinada en el Programa de Actuación regulado en el artículo 172 de la LSRM, y ser técnica y funcionalmente autosuficiente conforme al artículo 180 del Reglamento de Gestión Urbanística de 25 de agosto de 1978, para que pueda ser recibida independientemente por el Excmo. Ayuntamiento. El suelo urbano puede ser objeto de los siguientes planes especiales:

• para desarrollar los sistemas general de comunicaciones, infraestructuras, espacios libres y equipamiento comunitario, artículo 111 de la LSRM.

• de saneamiento, artículo 113 de la LSRM. • de reforma interior y rehabilitación del artículo 114 de la LSRM. • de ordenación y protección de conjuntos históricos, sitios históricos o zonas

arqueológicas declaradas bien de interés cultural del artículo 115 de la LSRM. Además, el suelo urbano de núcleo rural es susceptible del plan especial de ordenación de los núcleos rurales del artículo 116 de la LSRM, y el suelo urbano especial, del plan especial de adecuación urbanística del artículo 117 de la misma. Estos instrumentos no tendrán que estar previstos en el planeamiento general. Podrá decretarse la suspensión del otorgamiento de licencias de construcción residencial en el suelo urbano de núcleo rural y urbano especial, cuando esté prevista la tramitación de planeamiento de desarrollo, conforme al artículo 134 de la LSRM. Todo ello sin perjuicio de las actuaciones aisladas que sobre ellos procedan, conforme a los artículos 165 y siguientes de la LSRM. La parcelación en suelo urbano se ajustará a la normativa de zona que establezcan las Ordenanzas del Plan General conforme al artículo 91 LSRM.

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En el suelo urbanizable no sectorizado podrán realizarse las construcciones previstas en el artículo 83 de la LSRM, con la correspondiente autorización regional preceptuada en el artículo 86 de la misma. Las edificaciones residenciales serán unifamiliares aisladas y la parcela mínima es de 5.000 m2, con ocupación máxima en planta de 200 m2, un máximo de dos plantas y retranqueo a lindero de la altura de cornisa. Cuando las actuaciones, por su carácter extensivo o complejidad requieran una ordenación integral, se señalará expresamente en la autorización la necesidad de formular un plan especial, tramitado conforme al procedimiento abreviado del artículo 141 de la LSRM, en los términos del artículo 85.4 LSRM. Conforme al artículo 101.3.b de la LSRM, las ordenanzas del Plan General señala las siguientes condiciones:

- Los supuestos en los que, conforme al artículo 98.h LSRM es precisa evaluación de impacto ambiental, que se referirán a usos agropecuarios, de infraestructuras y de servicios públicos municipales.

- Las infraestructuras y servicios públicos podrán acometerse mediante

planeamiento especial por actuaciones aisladas, o mediante éstas sin necesidad de previo planeamiento, conforme al artículo 165.1.b LSRM. No es preciso que el Plan General prevea tales actuaciones aisladas ni el planeamiento especial previo, en su caso.

- Deberán acreditarse, en el momento procedimental oportuno, las

autorizaciones sectoriales preceptivas y las construcciones e instalaciones deberán tener la superficie adecuada a sus requerimientos funcionales y las características exigidas por la legislación sectorial correspondiente.

- Las construcciones residenciales serán unifamiliares aisladas, con las

características anteriormente relacionadas. La edificación deberá minimizar su impacto paisajístico, con observancia de las distancias señaladas en el planeamiento o en las legislaciones sectoriales que fueran de aplicación por colindancia a bienes de dominio público. La propiedad llevará a efecto satisfactoriamente la ordenación interior de la parcela, previendo los aparcamientos necesarios y el tratamiento del resto de la parcela con arbolado, cultivos o jardinería y asumirá el compromiso de contribuir a las cargas que conlleve el futuro desarrollo urbanístico, con las garantías económicas que se fijan en el artículo 162, salvo las que sean de titularidad pública o estén declaradas de utilidad pública por su carácter no lucrativo.

Al manifestar la Corporación, en el expediente de licencia de obra y/o actividad, la necesidad de tramitar planeamiento especial, conforme al artículo 85.4 LSRM, se producirá la suspensión del régimen transitorio de edificación en este tipo de suelo, conforme al artículo 101.3.b LSRM, sin necesidad de otro acto municipal expreso. Sin perjuicio de lo anterior, la Corporación municipal podrá resolver expresamente, en cualquier momento y siempre que se justifique la extensión o complejidad de las construcciones, la suspensión del régimen transitorio, siguiendo las reglas preceptuadas por el artículo 134 LSRM. En la resolución se delimitará la zona que quedará afectada por el planeamiento especial y serán citados personalmente los propietarios que figuren catastrados. La sectorización del suelo urbanizable se acompañará al documento de planeamiento de desarrollo, y contendrá la identificación de los límites, la justificación de la inserción del sector en el modelo urbanístico del municipio, la solución de conexiones y los sistemas generales incluidos y/o adscritos.

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En el suelo urbanizable sectorizado no se podrá realizar más construcciones que los servicios e infraestructuras de interés general, mediante plan especial o actuación aislada, en los términos preceptuados por los artículos, 82.5 y 165 LSRM, y las obras provisionales de que trata el artículo 93 LSRM. El suelo no urbanizable estará protegido por la legislación sectorial o el planeamiento, o resultar inadecuado para el desarrollo urbano en virtud del principio de utilización racional de los recursos naturales o a los criterios de carácter territorial o urbanístico establecidos en la normativa del suelo ( Ley 10/2003 de 20 de mayo). En esta clase de suelo se podrá construir para actividad agrícola, pecuaria o forestal, con las condiciones particulares que se establezca en la zonificación de las Ordenanzas, y con las autorizaciones e informes sectoriales que se determinarán. La actuación a través de planes especiales para usos turísticos del artículo 119 LSRM, se ajustará a la normativa sectorial y a los informes de la Consejería de Turismo, Comercio y Consumo. En las Ordenanzas se especificará las condiciones particulares para la actuación urbanística a través de este tipo de planes. El uso de vivienda es excepcional y será autorizado por el Ayuntamiento conforme a la Disposición Transitoria 3ª de la Ley 2/2004, y el tamaño de parcela mínimo será el establecido en el artículo 77 LSRM para las categorías de protegido e inadecuado. En el suelo no urbanizable podrá actuarse mediante los siguientes instrumentos:

- Plan especial para desarrollar los sistemas generales de comunicaciones, infraestructuras, espacios libres y equipamiento comunitario, artículo 111 de la LSRM.

- Plan especial de protección de vías de comunicación, vías verdes e itinerarios

de especial singularidad, del artículo 112.

- Plan especial de ordenación y protección de conjuntos históricos, sitios históricos o zonas arqueológicas declaradas bien de interés cultural del artículo 115 de la LSRM.

- Plan especial de protección del paisaje del artículo 118 LSRM.

- Plan especial de complejos e instalaciones turísticas del artículo 119 LSRM.

- Actuación aislada para ejecutar sistemas generales o dotaciones urbanísticas

públicas, sin necesidad de planeamiento especial previo, conforme al artículo 165.1.b LSRM.

- Obras provisionales reguladas en el artículo 93 LSRM.

Todo esto sin perjuicio de las actuaciones que sobre estos suelos pueda hacerse, conforme a la legislación sectorial, por razón de protección medioambiental, montes, minas, ferrocarriles, puentes, carreteras, aguas, defensa nacional, energía eléctrica, gasificación, etc. El régimen de parcelación se ajustará a lo previsto en el artículo 89 LSRM, en el RD 1093/1997 de 4 de julio de inscripción de actos de naturaleza urbanística en el registro de la propiedad, la Ley 19/1995 de 4 de julio de Modernización de Explotaciones Agrarias y el Decreto 40/1997 de 6 de Junio de la Consejería de Agricultura y Agua.

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Todas las construcciones que se realicen en esta clase de suelo deberán conservar y mantener el suelo y su masa vegetal en las condiciones precisas para salvaguardar el equilibrio ecológico, preservar el suelo de la erosión, impedir la contaminación medioambiental, restaurar los espacios naturales cuando venga exigido por la legislación y prevenir riesgos naturales. C. AVANCE DEL PLAN GENERAL MUNICIPAL DE ORDENACION El Avance del Plan General Municipal de Ordenación de Librilla, compuesto de los documentos de Memoria, Planos y Estudio de Impacto Ambiental de la fase de avance, redactados por el Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos don Domingo Peñalver Rojo y por el Abogado Urbanista don Cesáreo Gil de Pareja Otón, por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 29 de julio de 2005, se resuelve someterlo a exposición pública mediante anuncios que se publican en el BORM nº 187, de 16 de agosto de 2005, y en los diarios regionales La Opinión, de 10 de agosto de 2005, y La Verdad, de 12 de agosto de 2005. D. APROBACIÓN INICIAL DEL PLAN GENERAL MUNICIPAL DE ORDENACION El documento de Aprobación Inicial del Plan General Municipal de Ordenación de Librilla, compuesto de los documentos de Memorias, Normas Urbanísticas, Planos, Estudio de Impacto Ambiental y Estudio de Impacto Territorial, realizados por el equipo redactor de Acadi S.L., por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 2 de junio de 2006, se resuelve someterlo a exposición pública de dos meses del 26 de agosto de 2006 a 26 de octubre de 2006 mediante anuncios que se publican en el BORM nº 197, de 26 de agosto de 2006, y en los diarios regionales La Opinión, de 1 de agosto de 2006, y La Verdad, de 1 de agosto de 2006.

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2. MEMORIA INFORMATIVA Y DIAGNÓSTICO A. MARCO TERRITORIAL a. Papel territorial de Librilla y estrategias territoriales existentes La Región de Murcia forma parte del arco mediterráneo del territorio europeo, macrorregión perteneciente a diferentes estados de la Unión Europea que desenvuelve una significativa actividad socio-económica-cultural en su área de influencia. Dentro de este ámbito europeo, la región de Murcia se encuentra significativamente desplazada hacia su extremo más occidental, casi en los límites continentales, lo que hace que sus dinámicas sean mucho más locales, si bien, su clima le ha permitido desarrollar actividades de interés continental, como los servicios y el turismo. Sin embargo, la red urbana regional no acaba de desempeñar las funciones innovadoras necesarias para impulsar el desarrollo regional, y su carácter está fundamentalmente ligado a la agricultura. b. Transporte El esfuerzo que pretende llevar a cabo la región de Murcia para corregir su situación en cuanto a infraestructuras de comunicación y garantizar de esta forma unos niveles de conexión hasta la fecha deficitarios con los actuales corredores nacionales y europeos, favorece a Librilla por su situación de proximidad a la capital, en los términos expuestos. • ferrocarril El acceso inmediato a la Alta Velocidad en el corredor mediterráneo y su prolongación hasta Almería, supone para Librilla la posibilidad de ver justificado el fomento de sus comunicaciones con este medio de transporte. La posibilidad de su conexión con el otro eje de alta velocidad que se pretende implantar, el eje Madrid-Cartagena, garantizaría este esfuerzo de interconexión con las vías ferroviarias principales que atraviesan el territorio nacional y europeo.

El desarrollo de un plan metropolitano de transporte público que vertebre la ciudad de Murcia y conecte pedanías, barrios y municipios limítrofes, ofrece la posibilidad a Librilla de quedar ligada a esta red de transportes, ya sea por carretera o por ferrocarril. • red viaria La conclusión de las conexiones de la red viaria básica nacional: Autovía Murcia – Albacete – Madrid, Autovía Cartagena – Alicante y Autovía del Mediterráneo ha dejado a Librilla en unas óptimas condiciones para su comunicación por carretera. Mientras que la construcción de la red viaria básica regional: Autovía Alcantarilla – El Palmar, Autovía del Noroeste, Autovía Cartagena – Vera y la Vías Rápidas desde el límite de la provincia de Granada – Caravaca – Jumilla – Yecla hasta el límite de la provincia de Albacete, garantizan las posibilidades de conexión con la red interna de la región de Murcia. • transporte público por carretera

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Con estas posibilidades de conexión por carretera, tanto con la ciudad de Murcia, cómo con el resto de ciudades de la región, junto con las expectativas de crecimiento demográfico en el término municipal de Librilla, quedan afianzadas las bases para una expansión de la red urbana e interurbana de transporte público por carretera que vendría a complementar la red de transporte ferroviario. • transporte público por aire En cuanto al transporte aéreo, la conexión inmediata por carretera a la Autovía del Mediterráneo, con medios de transporte públicos o privados, junto con la posibilidad que ofrecería fomentar la existente red de ferrocarriles de cercanías Murcia – Alicante y Murcia – Lorca, dentro del proyecto Metrotren Murcia, garantizan un acceso rápido al transporte aéreo. Teniendo en cuenta la intención de construir un aeropuerto regional, situado en el eje Murcia – Cartagena, la distancia en las comunicaciones por carretera se vería disminuidas mientras que se debería hacer un esfuerzo por garantizar el acceso en ferrocarril y de esta forma garantizar la interconexión entre los diferentes medios de transporte. c. Infraestructuras básicas: abastecimiento, saneamiento, energía • abastecimiento de agua El abastecimiento de agua para el consumo humano tendrá que readaptarse a las necesidades del crecimiento previsto. En el año 2004 se ejecutó una nueva red de suministro que vertebró esta infraestructura en todo el término municipal. Dicha red deberá sufrir las adaptaciones necesarias a los nuevos desarrollos. El plan de saneamiento antedicho determinará los puntos de entronque de los nuevos sectores, las características del nuevo mallado de la red, y los lugares de ubicación de los depósitos de agua que aseguren el suministro de la población, todo ello dentro del marco establecido por el Real Decreto 140/2003 de 7 de febrero. El sistema de abastecimiento tendrá que ser ampliado con los nuevos crecimientos que se proponen en el nuevo Plan a partir de la red de distribución que se ha ejecutado en el año 2004 y que ha estructurado el término municipal, sobre todo, entre la línea del ferrocarril y el río Guadalentín. • saneamiento y depuración La situación actual de la red de saneamiento y, sobre todo, de los sistemas de depuración es deficiente. Terminadas las obras de la nueva estación depuradora de aguas residuales que sustituye a la existente, sólo ofrece servicio para el núcleo urbano y población existente. Para un crecimiento futuro es requisito ineludible la ampliación de los sistemas de depuración de las aguas residuales y la conexión con otras redes de reciente creación a través de nuevas estructuras de paso bajo la línea del ferrocarril, dado que las actuales producen un efecto de estrangulamiento en un único colector que llega hasta la nueva E.D.A.R. Las infradimensiones históricas, agravadas por los desarrollos recientes, provocan esta situación. A ello se añade la carencia de depuración en la mayor parte de los desarrollos urbanos y extraurbanos, (tanto legales como ilegales), que lindan con la

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Rambla de Librilla, produciéndose los vertidos directos de los efluentes domésticos al medio hidrográfico natural. Se deberá establecer un plan de actuación en materia de saneamiento en torno a la Rambla de Librilla con el fin de suprimir los vertidos y habilitar el entorno natural. • electricidad La Red Eléctrica tendrá que ser ampliada con los crecimientos previstos y los que se proponen en el nuevo Plan General. El abastecimiento eléctrico actual de media tensión proviene de la subestación eléctrica ubicada en Alhama de Murcia por lo que para un futuro habrá de construirse una subestación eléctrica propia del municipio de Librilla. En este aspecto se han iniciado los trámites para localizar ubicación y las gestiones con las compañías suministradoras, IBERDROLA e HIDROCANTÁBRICO. Dado el déficit actual en Centros de Transformación, habrá de preverse para un futuro la construcción de las unidades necesarias para dotar al actual núcleo urbano y a su ampliación futura, de un abastecimiento eléctrico de garantías. • gas Actualmente no existe red de distribución de gas en el municipio de Librilla. Dadas las expectativas de crecimiento del actual núcleo urbano y de los polígonos industriales existentes sería conveniente realizar un Plan de implantación de la Red de Distribución

de Gas Natural de Librilla con el fin de suplir la carencia de este servicio y prever así la demanda futura. Para ello se tendrá en cuenta las posibilidades de conexión con el abastecimiento procedente de Alhama de Murcia y que cruza Librilla en dirección a Murcia y el abastecimiento a los futuros parques empresariales. • telefonía y telecomunicaciones El futuro del Sistema General de Telecomunicaciones de Librilla y su Red de Canalizaciones Principales pasa por el soterramiento progresivo de las líneas urbanas e interurbanas de ámbito principal. Para ello se iniciarán los estudios de lo que se puede denominar Plan de Modernización de la Red Telecomunicaciones de Librilla, que propondrá el progresivo soterramiento de las líneas existentes según la importancia del viario, la nueva red de sistemas de comunicación aprovechando el desarrollo urbanizador de primera implantación y la previsión para implantar futuros sistemas de telecomunicación. d. Otros corredores • caminos históricos Durante el siglo XI Librilla era parada inexcusable para los viajeros que cruzaban el valle del Guadalentín y, en la dominación musulmana, Librilla (Hissn Librala) fue un enclave estratégico en el camino que discurría hacia Al-Andalus, antigua carretera de Andalucía y actual autovía del Mediterráneo. • veredas reales Se enmarca dentro del término municipal de Librilla la vía pecuaria denominada “VEREDA DEL CASTELLAR”, también llamado “CORDEL DEL CASTELLAR” o “CORDEL DE LIBRILLA” dado que su ancho está comprendido entre 20 y 37,50 metros. Ley 3/95 de 23

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de Marzo de Vías Pecuarias. Este cordel cruza Librilla en dirección suroeste a noreste y hoy no queda más que el ancho pavimentado necesario para cruzar dos coches. e. Diagnóstico El término municipal de Librilla está llamado a jugar un papel relevante dentro del dinamismo de crecimiento de la Región de Murcia, debido a la proximidad a la capital de la Región, la dinámica interna de crecimiento del tejido empresarial y residencial y la existencia de infraestructuras de comunicaciones de gran capacidad como el ferrocarril y la autovía del mediterráneo. Contrastan estas potencialidades con el estado de sus infraestructuras locales, ciertamente insuficientes a excepción de la red de abastecimiento y distribución de agua potable. Por otra parte se ha comenzado a tomar medidas específicas para asegurar el establecimiento de un tejido empresarial competitivo e innovador. Este tejido empresarial junto a un modelo de desarrollo de crecimiento sostenible y respetuoso con el medio ambiente, debe ser compatible con el modelo de desarrollo del tejido residencial tradicional de huerta y con el tejido residencial del núcleo principal y aledaños. Conocidos los problemas derivados de la calidad y estado de mantenimiento de las infraestructuras de saneamiento y de la baja capacidad de la red eléctrica no se han puesto en marcha planes estratégicos para paliar estos problemas, si bien se ha tomado y se siguen tomando medidas puntuales para aliviar y mejorar dichos servicios. Estos planes deberán agilizarse una vez que el PGMO de Librilla entre en vigor, potenciando para ello la propia estructura del Ayuntamiento en lo que a medios técnicos y recursos se refiere. B. MARCO SOCIECONÓMICO a. Marco socioeconómico de partida Librilla posee una población de 4.088 hab en 2004 con una variación interanual del 0,95% y una densidad de población de 72 hab / Km2. El presupuesto municipal en el año 2001 fue de 440,80 € / hab siendo la base imponible igual a 9.101,88 €. El paro registrado fue de 156 personas en 2004. El término municipal de Librilla está compuesto por los parajes de “El Alamillo, La Alberquilla, Belén, La Egesa, Las Lenticosas, Los Palacios, Perana y Los Vicentes”. Las condiciones económicas están determinadas por su actividad agrícola, en la que sobresale el cultivo de agrios, limones especialmente. Los frutales de hueso y uva de mesa es otro capítulo relevante por su calidad y producción. Del total de tierras labradas Librilla posee 598 hectáreas dedicadas a herbáceos, 17 a olivar, 14 a viñedo y 2.902 a frutales. La población ocupada por sectores económicos es de 1.234 trabajadores, 420 están encuadrados en agricultura, 355 en industria manufacturera, 125 en construcción, 129 en comercio y hostelería y 193 en otros servicios. En el año 2001 no se otorgaron calificaciones de viviendas protegidas y se construyeron y terminaron 30 viviendas libres de un total de 2.202 parcelas catastrales y

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1.880 miles de m2 de superficie catastral. El parque de vehículos por cada 1.000 hab fue igual a 510 unidades. b. Dinámica demográfica El término municipal de Librilla, en el último dato oficial del INE tenía 4.088 habitantes a 1 de Enero de 2004, según la rectificación del Padrón de 2001 – 2004. Su población a comienzos del siglo XX disponía de alrededor de 2.500 habitantes, llegando hasta los 3.379 en 1910, a partir de entonces el número de habitantes decreció hasta los 2.807 de 1940, habiéndose recuperado desde 1960 hasta los 4.025 actuales.

1500

2000

2500

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4000

4500

1900 1910 1920 1930 1940 1950 1960 1970 1981 1991 2003

Evolución de la población de Librilla durante el siglo XX Fuente: INE. Elaboración propia Los municipios que integran el área de influencia de Librilla, sin tener en cuenta el término municipal de Murcia, tienen una debilidad demográfica considerable y asimismo esa debilidad es acusada también en cuanto a densidad de población.

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5000

10000

15000

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1996 1998 1999 2000 2001 2002 2003

Alcantarilla Alhama De Murcia Mula Pliego Evolución de la población de Alcantarilla, Alhama, Mula y Pliego de 1996 a 2003

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Fuente: INE. Elaboración propia El término municipal de Pliego, en proporciones demográficas similares al de Librilla ha mantenido una población constante en torno a los 3.400 habitantes en los últimos siete años. Los términos municipales de Alhama y Mula, teniendo un mayor número de habitantes, también han demostrado un comportamiento similar en cuanto a la evolución del crecimiento de la población. Si Alhama ha pasado de los 15.318 habitantes en 1996 a los 17.205 en 2003, Mula lo ha hecho de los 13.386 de 1996 a 15.372 de 2003. Alcantarilla presenta un crecimiento en el mismo período de tiempo de los 31.872 habitantes a los 35.916, pero atendiendo a su histórico de crecimiento en los últimos cien años, podemos comprobar este crecimiento ha sido más pronunciado. El caso del término municipal de Murcia es diferente en sus magnitudes, de los 111.539 habitantes de la capital en 1.900 ha pasado a los 367.189 en 2001, si bien en la Región de Murcia en los últimos años ha habido un incremento de 1.097.249 habitantes en 1996 hasta 1.294.694 habitantes en 2004.

0

5000

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Alcantarilla Alhama De Murcia Librilla Mula Pliego Evolución de la población de Alcantarilla, Alhama, Mula y Pliego durante el siglo XX Fuente: INE. Elaboración propia Por otra parte la evolución del crecimiento vegetativo en el municipio de Librilla refleja la igualdad entre la natalidad la mortalidad de los últimos años. MOVIMIENTO NATURAL DE LA POBLACIÓN. 1997-2001

LIBRILLA

REGIÓN MURCIA

1997 1998 1999 2000 2001 2001

Matrimonios 21 23 18 21 16 6.544

Nacimientos 43 34 27 45 38 14.991

Defunciones 35 33 28 29 35 9.140

Crecimiento vegetativo

8 1 -1 16 3 5.851

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Fuente: CREM. Movimiento Natural de la Población de la Región de Murcia. SALDOS MIGRATORIOS TOTALES (*). 1997-2001 LIBRILLA REGIÓN DE MURCIA 1997 26 3.120 1998 25 4.215 1999 19 5.679 2000 10 21.306 2001 38 18.510

(*) Saldos migratorios obtenidos a partir de los movimientos migratorios incluyendo los extranjeros. Fuente: CREM. Movimientos migratorios de la Región de Murcia. La pirámide de población en Librilla en el 2002 es la típica de la población española. Comenzando por la cúspide, la población de Librilla muestra el típico desequilibrio de sexos en favor de las mujeres como consecuencia de la mortalidad diferencial. A partir de los 64 años (correspondencia con las fechas de la Guerra Civil) la pirámide presenta una muesca debido a, sobre todo, la salida de emigrantes durante los años 50 a 70. La amplitud de los grupos de edad entre 25 y 45 años es el reflejo en la pirámide le los fuertes flujos inmigratorios intraprovinciales. Por último, se aprecia el intenso estrechamiento de la base, ocasionado por el descenso de la natalidad de los últimos veinticinco años.

Pirámide de población del Término Municipal de Librilla en 2002.

Aunque el crecimiento de la población en Librilla se haya mantenido casi estancado en los últimos años es más que probable una presencia de migraciones debido al continuo proceso de metropolitanización del municipio de Murcia que desplaza sus áreas de residencia a los municipios circundantes en los que se encuentra un mercado de vivienda más favorable. La población de Librilla, de acuerdo con su estructura por edades actual y los comportamientos indicados de fecundidad y esperanza de vida,

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aumentaría durante los próximos diez años a una media anual de unos 30 habitantes, si bien, este plan general pretende que ese crecimiento se eleve entorno a los 400 habitantes por año, considerando la población que establecerá su residencia en Librilla y aquella que escogerá Librilla como segunda residencia. Se considera oportuno mantener la tendencia migratoria de los últimos años. Los resultados obtenidos muestran que, a pesar de las hipótesis consideradas del aumento de la fecundidad, el envejecimiento de la estructura por edades continúa. Hay una disminución importante de los grupos de edad más joven a la vez que se produce un engrosamiento de los grupos de las personas mayores de 65 años. Las hipótesis migratorias consideradas hacen que se incremente la proporción de población potencialmente activa. c. La vivienda, espacio industrial y terciario. Mercado inmobiliario, dinámicas y tendencias

En el año 2001 no se otorgaron calificaciones de viviendas protegidas y se construyeron y terminaron 30 viviendas libres de un total de 2.202 parcelas catastrales y 1.880.000 m2 de superficie catastral. Es suelo de Librilla está compuesto por innumerables propiedades de pequeña extensión, minifundios, con una superficie media de 1.000 m2, lo que hace especialmente sencillo la venta de parcelas de poca superficie y la consiguiente edificación ilegal. En la actualidad se ha suscitado un gran interés por la adquisición de suelo para uso residencial en la totalidad del municipio de Librilla. Como consecuencia de ello se están tramitando 5 planes parciales residenciales, contemplados en el planeamiento aún vigente, que presuntamente tienen su demanda cubierta desde proyecto. Por otra parte, la inexistencia de bolsas de suelo urbanizable hasta la fecha ha supuesto el estancamiento de la actividad inmobiliaria y la proliferación de viviendas ilegales en todo el municipio, especialmente en la parte sur donde podemos encontrar viviendas de hasta 200 m2, más parcela con jardín y piscina. Evolución de viviendas terminadas. 1994-2002

Fuente: Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes. Dirección General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo.

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% de Viviendas por superficie útil. 2001

Librilla R. Murcia Hasta 30 m2 0,4 0,3 De 31 a 45 m2 0,2 1,1 De 46 a 60 m2 1,6 4,2 De 61 a 75 m2 4,9 8,1 De 76 a 90 m2 38,2 40,0 De 91 a 105 m2 37,8 21,7 De 106 a 120 m2 10,9 12,2 De 121 a 150 m2. 4,7 7,4 De 151 a 180 m2 0,4 2,6 Más de 180 m2 1,0 2,5

Fuente: INE. Censos de Población y Vivienda

En cuanto a las actividades económicas, no obstante la gran cantidad de suelo industrial planeado, Librilla carece de suelo industrial equipado disponible. Los polígonos industriales existentes son: • Polígono Vistabella: en el oeste del núcleo, al norte de la autovía, con acceso directo. Existen algunas naves construidas, está en proceso de completar la urbanización y con demanda de ampliación desde la aprobación del mismo. • El Polígono Rambla de Belén, fue la zona industrial prioritaria. Ante la lentitud y dificultades para lograr una oferta efectiva, el Ayuntamiento ha delimitado un nuevo polígono en "Los Cabecicos Blancos" en el entorno de la autovía. • El frente sur de la autovía es un área de implantación directa, sin ordenación previa, aprovechando los accesos lineales y la fachada de la autovía. Todo ello contemplado en el planeamiento vigente. • Existen otras zonas menores, de carácter muy local, que no generan oferta. El Ayuntamiento tiene interés en desarrollar suelo industrial vinculado a la autovía, en respuesta a la demanda y a las expectativas que existen, a causa de su localización en el Área Metropolitana de Murcia y el corredor del Guadalentín. Para ellos se plantea dejar la una buena parte de la fachada del término municipal de Librilla con la autovía N-340, A-7, autovía del Mediterráneo, como escaparate para las actividades empresariales; actividades económicas, industrial y servicios. Entendemos que la situación de Librilla y su proximidad a Murcia capital hacen de este municipio un serio competidor, en la oferta y demanda de este tipo de suelo, con el resto de municipios de su entorno: Alhama de Murcia, Totana, Alcantarilla, Molina de Segura y la propia capital de la Región, Murcia.

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INVERSIÓN INDUSTRIAL POR TIPO. 1998-2002 LIBRILLA REGIÓN DE MURCIA

Total Nueva industria

Ampliación Total Nueva industria

Ampliación

1998 680,60 331,86 348,78 180.055,59 89.313,79 90.741,79

1999 117,37 45,92 71,45 234.136,93 118.323,55 115.813,38

2000 3.342,05 1.012,58 2.329,47 214.632,60 121.449,24 93.183,35

2001 24,62 24,62 -- 248.870,60 116.140,81 132.729,79

2002 6,53 6,53 -- 295.952,59 177.500,89 118.451,70

Fuente: Consejería de Economía, Industria e Innovación. Dirección General de Industria, Energía y Minas. En cuanto al sector terciario, su desarrollo es escaso y siempre gira alrededor del negocio familiar. No hay en Librilla actualmente un sector servicios importante, achacable al escaso desarrollo de este municipio, por lo que es una asignatura pendiente que parece empezar a despertar en la medida que se consolidan las expectativas de los distintos parques empresariales. Al referirnos al sector primario, ofrecemos los cuadros de cultivos que siguen. DISTRIBUCIÓN GENERAL DE LA TIERRA. 2001

Hectáreas % TIERRAS DE CULTIVO 3.768 66,48 Cultivos herbáceos 37 0,98 Barbechos y otras tierras no ocupadas

908 24,10

Cultivos leñosos 2.823 74,92 PRADOS Y PASTIZALES - - Prados naturales Pastizales TERRENO FORESTAL 1.150 20,92 Monte maderable 645 56,09 Monte abierto 505 43,91 Monte leñoso - - OTRAS SUPERFICIES 750 13,23 Erial a pastos 98 13,07 Espartizal - - Terreno improductivo 221 29,47 Superficie no agrícola 256 34,13 Ríos y lagos 175 23,33 TOTAL 5.668

Fuente: Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente.

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SUPERFICIE DEDICADA A CADA GRUPO DE CULTIVO. 2001

Has % Cereales grano 19 0,66 Leguminosas grano Tubérculos para consumo humano

1 0,03

Cultivos industriales 15 0,54 Cultivos forrajeros 10 0,35 Hortalizas 3 0,10 Flores 4 0,14 Cítricos 2.650 92,69 Frutales no cítricos 126 4,41 Viñedos 16 0,56 Olivar 30 1,05 Otros cultivos leñosos

Fuente: Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente.

d. Equipamientos En el capítulo de equipamientos se cuenta con una biblioteca pública, un ambulatorio obsoleto para la población del núcleo de Librilla, una guardería pública, un centro de enseñanza de primer ciclo y otro de segundo ciclo, así como un auditorio público. También existe un pabellón polideportivo cubierto y otra zona de deportes al aire libre así como el centro para mayores denominado Hogar del Pensionista. En cuanto a espacios públicos, parques, plazas y jardines encontramos la Plaza de Triana, el parque de San Jean de Vedas, el parque del Sagrado Corazón y el parque Reina Sofía. En resumen, no existe una zona de recreo y jardines suficientemente representativa para crear una referencia a nivel municipal, ni hay un lugar con suficiente entidad para erigirse como emplazamiento representativo del ocio. e. Diagnóstico y condicionantes a corto y medio plazo Se ha de evitar la pérdida de capital humano, especialmente la fuga de los más jóvenes a ciudades colindantes donde existe mayor y más variada oferta de trabajo. Además de un tamaño de población idóneo hay que procurar ritmos de crecimiento asumibles. Los crecimientos excesivamente rápidos dan lugar estructuras demográficas desequilibradas que propician fuertes fluctuaciones de las demandas de bienes y servicios específicos, con las inevitables situaciones de disfuncionalidad y de déficits urbanísticos. Se parte de la idea de que el volumen y la composición de la población y su dinámica son elementos que configuran la base social y económica de cualquier ciudad. La dinámica de la población ha de ser valorada como referencia obligada a efectos de las oportunas estimaciones de las necesidades de equipamientos, de la generación de demanda de vivienda, de la capacidad de fuerza productiva y, en definitiva, como elemento básico de la trama social y de la estructura urbana. Se ha de estudiar la dinámica de la población de derecho, valorando los ritmos de crecimiento, la

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distribución espacial, los componentes del crecimiento y la estructura por edad y la composición de hogares, con objeto de sentar las bases necesarias para poder aventurar perspectivas de futuro. Han de corregirse las tendencias de despoblamiento que dan lugar a situaciones de abandono del espacio construido y de consecuente deterioro del medio urbano existente. Se propone: • Mejora de las condiciones del centro urbano para corregir las tendencias de

abandono y progresivo deterioro de los espacios residenciales a través de planes de mejora de las condiciones urbanísticas, la accesibilidad y la estética.

• Medidas de apoyo para la rehabilitación del parque inmobiliario de las áreas

centrales. • Medidas de apoyo para que los barrios y entidades menores del municipio se

consoliden como espacios urbanos bien dotados y mejor integrados en la estructura urbana central.

• Medidas de apoyo para el acceso de los jóvenes al empleo y a la primera vivienda

dentro del centro urbano. En materia de vivienda no parece que a corto y medio plazo los planes parciales en proceso de desarrollo vayan a satisfacer la necesidad de expectativas de viviendas en el municipio debido a que la demanda de suelo actual es mucho mayor a la que en estos se establece. La vivienda necesita una bolsa de suelo a corto plazo para cubrir las necesidades del mercado de primera residencia, segunda residencia y turística. Es necesario crear por tanto nuevas zonas de desarrollo que incorporen parte del tejido terciario para el funcionamiento de la vida en estas urbanizaciones así como para la demanda de vivienda previsible por la implantación de las empresas en los parques empresariales y polígonos industriales. En cuanto a éstos, es preciso hacer una referencia individualizada de la situación y previsiones para cada uno de ello, en los términos que exponemos a continuación: • Zona Industrial de Librilla "Los Cabecicos Blancos" Zona de desarrollo preferente dado el interés municipal y la excelente localización, en la que se fijan las estrategias que siguen: � Incluir en programas de ayudas, con un desarrollo modular en base a una primera

etapa de 20 a 30 has. � Actividades relacionadas con el transporte y la carretera, como puerta de entrada

a la Ciudad de Murcia. � Ordenación de la fachada de autovía y el entorno del nudo con carácter de

servicios al transporte, aparcamiento de camiones, concentrando las zonas verdes en la fachada y dando un aspecto de parque empresarial sostenible.

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� Promocionar su crecimiento en sentido longitudinal, de manera que se teja una trama industrial que una al Polígono Industrial de Belén con el de Cabecicos Blancos y conforme un área mixta industrial y empresarial innovadora y elitista que responda a los más avanzados estándares de la ecoeficiencia y el ahorro energético. Se creará de esta forma un foco de atracción para la implantación de industrias que respeten este marco y puedan propiciar un asentamiento industrial capaz de integrarse con los espacios libres, áreas verdes y zonas de recreo.

• Polígono Industrial Vistabella � Urbanizar para el desarrollo de industrias locales, de acuerdo a su proximidad al

núcleo, y como zona de generación de un tejido empresarial local, con un minipolígono naves integradas, talleres, etc., cercano al núcleo.

� El objetivo preferente es evitar la localización de demandas locales en otras zonas

del municipio. � Propiciar su crecimiento según los objetivos marcados en los puntos anteriores. � Compatibilizar en la ampliación del P.I. Vistabella el uso terciario, posibilitando la

implantación de centros comerciales que demanden gran superficie.

• Corredor sur de la autovía

El corredor entre la autovía y el ferrocarril es una estrecha franja de difícil uso agrícola, en el que se están implantando núcleos de servicios de carretera y naves de forma semiespontánea. Se señalan los siguientes objetivos: � El proyecto de un trazado conjunto sería la agrupación en unidades de ejecución

para la localización de actividades terciarias de dimensiones medias o grandes, accesibles desde los nudos de la autovía, con corredores verdes transversales que respetaran vistas sobre el perfil de la Sierra de Carrascoy y la vega del Guadalentín.

� Establecer medidas de control y ayudas para la ordenación conjunta, mediante la

compra de suelo, infraestructuras, etc., desviando demandas a otras áreas. � Establecer una previsión para corredor de comunicaciones, por el posible desvío

de la autovía a su paso por el núcleo urbano, dado que la ampliación del tercer carril en esta zona conlleva una gran dificultad por las edificaciones existentes.

• Polígono Industrial Belén Norte y Sur

� Consolidar la ordenación del frente de carretera, reservando el resto del área a

largo plazo. � En cuanto a áreas verdes, zonas de recreo y espacios públicos, es necesaria una

zona de referencia que estructure la dinámica de crecimiento residencial e infraestructural de forma que quede implantada la política de desarrollo sostenible y ahorro energético que pretende el plan general.

� Esta zona incluiría los viarios de transporte no contaminante (peatonal y carril bici) y

enmarcaría el sistema de transporte público rodado y la red primaria local de

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transporte viario, de manera que ambos sistemas, el contaminante y el no contaminante, discurrirían en paralelo por los mismos ámbitos, concentrando toda la actividad terciaria a su paso.

� Estas áreas podrían discurrir en dos direcciones, una de ellas según la dirección de

la autovía, pero no necesariamente paralela a ella e intentando alejarse de la estrecha franja entre el ferrocarril y la autovía que, por otra parte, estaría destinada al parque empresarial. La segunda dirección podría ser siguiendo la Rambla de Librilla, que haría las veces de espacio libre y zona de recreo.

C. EL ESPACIO NO CONSTRUIDO a. El medio físico La ubicación del Municipio de la Villa de Librilla es privilegiada por su situación dentro del Valle del Guadalentín. Está situada en la autovía N-340, A-7 de Cádiz a Barcelona, a 23 km de la capital (Murcia) y a una altitud de 167 m sobre el nivel del mar. Posee una extensión de 56,3 km2, que representan el 0,50 % del total de la superficie regional, ocupando en el conjunto de los municipios que integran la región murciana, el vigésimo séptimo lugar. El término municipal de Librilla, desde el punto de vista geomorfológico, se encuentra ubicado en la depresión prelitoral que forma el Valle del Guadalentín, en el final de este corredor que se abre hacia la llanura que forma la Huerta de Murcia. El centro del municipio se encuentra ocupado por el Valle del Guadalentín, de unos 8 km de anchura. Se asienta sobre una fosa tectónica constituida por margas del Mioceno, y posteriormente tapizada por una gran acumulación de sedimentos neógenos y cuaternarios, principalmente arcilla y cantos rodados. En los rebordes del valle se sitúan las alineaciones montañosas con dirección SO-NO. En el borde septentrional se localizan la sierra de la Muela (631 m) que comparte con el municipio de Alhama de Murcia, anticlinal tallado de material neógeno, constituido por margas, areniscas y conglomerado, y la sierra del Cura, de altura más modesta. Estas dos sierras separan al municipio de la cuenca de Mula. El borde meridional lo constituye la sierra de Carrascoy, anticlinal bético constituido por calizas y dolomías del Trías medio y superior, sobre otros materiales más antiguos. Las faldas de esta sierra, en territorio de Librilla, reúnen gran cantidad de material neógeno constituido por margas, areniscas y conglomerados, siendo posteriormente ocupado por cultivos. El cauce fluvial más importante del municipio lo constituye el río Guadalentín de régimen irregular, alterando profundos estiajes con grandes avenidas de catastróficas consecuencias. Este río cruza el municipio por su límite meridional, marcando su separación con los vecinos municipios de Alhama de Murcia y Murcia. Con escasa pendiente, el Guadalentín sólo transporta aguas ocasionales en este tramo inferior. La red hidrográfica se completa con numerosos ramblizos y barrancos procedentes de las sierras. Las ramblas más significativas procedentes de las sierras septentrionales con dirección N-S son las siguientes. La rambla de Algeciras, en el límite con el municipio de Alhama, actualmente controlada por una presa de reciente construcción denominada "Presa de Librilla", desde el promontorio de el Castellar, en la sierra de la Muela, su desembocadura en el río Guadalentín, al que aporta gran cantidad de agua en época de precipitaciones. La rambla de Librilla (6 de Orón), que cruza la villa dividiéndola en dos partes, también desemboca en el Guadalentín y a unos 1000 m. de la desembocadura se ha construido una nueva presa de regulación de aguas denominada "Presa del Romeral" para evitar inundaciones en Murcia y la vega baja

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del Segura. Y la rambla de Belén, que separa al municipio del término de Murcia por todo el flanco NE. El clima es típico del dominio mediterráneo. La temperatura media anual se sitúa en torno a los 18,5 º C. La amplitud térmica es elevada, 17 º C de diferencia entre el mes más calido y el mes más frío. El resguardo de los vientos de componente N por la alineación montañosa septentrional provoca que sea éste uno de los lugares de la Región de Murcia donde se registran temperaturas máximas más elevadas. En Librilla se alcanzan 35,4 °C de media de las máximas de la estación estival. Las lluvias son escasas. El volumen anual de precipitaciones es de 342 mm., con un máximo en otoño y otro secundario en primavera. La relación entre escasas precipitaciones y elevadas temperaturas establece un índice de aridez muy elevado la vegetación natural es escasa, debido a la acción humana sobre el territorio. Se caracteriza por el predominio de matorral muy abierto de tomillares y coscoja. Si en la antigüedad, Librilla presumía de bellos campos donde se cultivaba el trigo, la cebada, el arroz y la morera, en la actualidad, a uno y otro margen de la antigua carretera de Andalucía - actual autovía del Mediterráneo -, florecen grandes extensiones de limoneros y, en menor grado, de naranjos, almendros, melocotoneros, vides, pomelos y perales. b. Enclaves de especial valor Como parajes más significativos destacan los siguientes: • La Media Luna, paraje elevado desde el que se divisa el valle del Guadalentín. Con

una vegetación en la que se mezclan almendros, olivos y pinos y un suelo muy característico de color blanquecino, como consecuencia de su alto contenido en yeso, que abunda en estado cristalizado.

• La Sierra del Cura, situada tras La Media Luna y el Castellar, forma un paisaje

prácticamente lunar. Es un conjunto de montes con ausencia de vegetación de tallo alto. Paradigma de la desertización que sufre la zona, mucho antes de que este problema fuera considerado como tal.

• El Barranco del río Orón, que parte a Librilla en dos; hasta que llega al casco urbano

apenas es una rambla, pero a su entrada a Librilla se ensancha y aumenta su altura, formando una verdadera barrera natural entre las dos partes en las que divide el municipio.

c. El medio rural

La estructura de la propiedad se caracteriza por el predominio de las explotaciones de menos de 5 ha, el 90,89 % de la superficie total, lo que supone un impedimento para la rentabilidad de esta agricultura. Las explotaciones de 5 a 10 ha suponen el 5,6 %; entre 10 y 20 ha, el 1,97 %; entre 20 y 50 ha, el 1,24 %; y las de más de 50 ha, el 0,30 % de las explotaciones. La superficie media por explotación es de 3,23 ha, que la coloca por debajo de la media regional, que es de 10,77 ha. En cuanto al régimen de tenencia de la tierra, predomina la propiedad con el 97,22%, mientras que en aparcería se mantienen en 1,44 % y en arrendamiento 1,34 %. La ganadería tiene escasa relevancia; predomina el ganado porcino, con 1.370 u.g., el ovino, con 165 u.g., y el

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caprino, con 40 u.g.; por último las aves suponen unas 708 u.g-, ocupando por este concepto el sexto lugar en la Región de Murcia. El entramado de caminos que completan la estructura agraria del término municipal tiene estructura de rizoma, si bien se podría afirmar que los caminos principales parten del centro urbano y mantienen una dirección noreste-suroeste y a partir de estos, y en forma de raíz, aparecen infinidad de caminos secundarios que por la geografía del terreno suelen discurrir de noroeste a sureste, de tal forma que llegan a unirse con otros caminos secundarios conformando así la compleja trama.

d. Riesgos

Como áreas de riesgo por sus posibilidades de inundación se encuentran todas aquellas vinculadas a las tres ramblas de envergadura que discurren por el término municipal: la rambla de Algeciras, la de Librilla y la de Belén. Como áreas de riesgo por sus posibilidades de incendio se encuentran todas las adyacentes a la sierra de La Muela. e. Paisajes Como paisajes de interés cabe destacar el Azud, el Lavador, el Barranco del Infierno y el paisaje lunar del Castellar.

f. Ámbitos protegidos

Como ámbitos de protección forestal se encuentra el barranco de Gebas, compartido con el término municipal de Alhama de Murcia, toda la sierra de la Muela y un pequeño paraje a sureste del municipio lindando con la sierra de Carrascoy y el río Guadalentín. Como ámbitos principales de protección arqueológica se encuentran yacimientos cercanos a la presa de Librilla junto a la sierra de la Muela. En el encuentro de la rambla de Librilla con el río Guadalentín se encuentra otro paraje, también junto al cementerio municipal y finalmente, junto a la sierra de Carrascoy al sureste del municipio también hay otro yacimiento, de pequeña dimensión. Se describen a continuación resto de yacimientos: Nombre del yacimiento: Casas Nuevas-Rambla de Librilla Cultura predominante: Bronce tardío y final Función: Hábitat, Fondo de cabaña Restos Culturales: Eneolítico - Argárico - Bronce Final - Ibérico - Romano. Restos Observados: La mayor parte de este yacimiento ha quedado comprendido en el terreno expropiado por la Presa del Romeral, de reciente construcción. Nombre del yacimiento: Castellar, El Cultura predominante: Ibérico

Función: Hábitat, Poblado Restos Culturales: Bronce Final - Hierro Antiguo.

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Restos Observados: Se delimita como área del yacimiento la amplia zona incluida en el Plan de Ordenación Urbana de Librilla, pero el poblado del siglo VI se circunscribe en sentido estricto a la zona SE del área de protección A. Nombre del yacimiento: Cruz, La Cultura predominante: Romano

Función: Hábitat, Villa Restos Culturales: Romana Nombre del yacimiento: Moros, Escalera de los Cultura predominante: Medieval islámico

Función: Obras públicas, Pantano Restos Culturales: Romano - Islámico - Moderno Nombre del yacimiento: Librilla, Castillo de Cultura predominante: Medieval islámico

Función: Hábitat, Castillo Restos Culturales: Bronce final - romano - islámico. Nombre del yacimiento: Párraga, Cabezo Cultura predominante: Ibérico

Función: Hábitat, Poblado Restos Culturales: Ibérico - romano? Restos Observados: La identificación de este yacimiento no es segura, ya que nadie en Librilla supo identificar el llamado "Cabezo Párraga", sin embargo indican que "los Párraga" siempre han tenido tierras en la zona baja de El Castellar, por lo que se piensa que puede referirse a este cabezo que contiene estructuras y materiales ibéricos en su cima del siglo IV a.C., diferenciándolo así del resto de "El Castellar", cuya cronología es anterior. Nombre del yacimiento: Trujillo, Finca Cultura predominante: Romano

Función: Hábitat, Villa Restos Culturales: Ibérica - Romana - Bizantina - Islámica. Nombre del yacimiento: Bojar, El Cultura predominante: Ibérico

Función: Indeterminado, Indeterminado Restos Culturales: Ibérica Restos Observados: Yacimiento descubierto en la prospección de 1983 donde sólo se halló algún fragmento, muy escaso, de cerámica informe que podría ser de factura ibérica. Nombre del yacimiento: Media Luna, Castillo de la Cultura predominante: Medieval islámico

Función: Hábitat, Poblado Restos Culturales: Bizantino - Islámica Nombre del yacimiento: Pontezuelo, El Cultura predominante: Medieval islámico

Función: Hábitat, Poblado Restos Culturales: Islámica

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Nombre del yacimiento: Salitre, El Cultura predominante: Romano

Función: Hábitat, Villa Restos Culturales: Romana g. Diagnóstico El espacio no construido en Librilla es diverso, desde espacios blanquecinos poblados de matorral y con cultivos de secano dispersos hasta el esplendor del limonero y el naranjo en la zona del Valle del Guadalentín. Existen diversos yacimientos, testimonio de la Villa de Librilla desde tiempos ancestrales, ligados íntimamente con los paisajes de Librilla y con los parajes de mayor singularidad que, sin duda, es necesario proteger y divulgar. Los riesgos más significativos son los de inundabilidad e incendio. Las pocas precipitaciones unidas a unos parajes en su zona forestal cubiertos por matorral y cultivos de secano hacen que, junto a las elevadas temperaturas que se llegan a alcanzar en épocas estivales, exista riesgo de incendio. En el otro extremo, en parajes más deprimidos topográficamente encontramos riesgos de inundabilidad debido a la existencia de tres ramblas que caracterizan el paisaje de este municipio. D. MEDIO URBANO a. Estructura y análisis de los usos del suelo urbano • tipología residencial Se ha diferenciado la tipología residencial de Librilla en dos categorías a la hora de estudiar el aspecto de los usos residenciales. En una primera categoría se engloba la vivienda colectiva y en otra segunda categoría se incorpora la vivienda unifamiliar, pudiendo ser ésta adosada, pareada, o aislada. • identificación de locales comerciales La distribución de los locales comerciales en el plano de la ciudad es desigual. Si bien se identifica una zona comercial vinculada al Casco Histórico y al primer ensanche, las áreas de crecimiento más reciente cuentan con una menor dotación. Las zonas peor dotadas comercialmente son precisamente aquellas en las que el crecimiento residencial se ha producido en forma de viviendas unifamiliares. En el crecimiento del noreste la presencia de comercios es prácticamente nula. En el vértice opuesto se encuentra la zona centro de Librilla. En sus calles comerciales permanece o aumenta el número de locales, si bien estos se ven entremezclados con los bajos de las viviendas. En el centro, en torno a las calles más comerciales, se encuentra la mayor diversidad de locales, predominando los de moda y alimentación. • usos en Planta Baja

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La distribución de oficinas en el plano de la ciudad es menos frecuente que la del comercio. Si bien el mayor número de oficinas aparece en el centro de la ciudad, su número no es muy superior al de las que se distribuyen por las áreas de crecimiento reciente, dada la escasa presencia de esta tipología. No obstante, la aparición de la vivienda unifamiliar vuelve a ser una vez más la causante del desplazamiento de otros usos (como el de oficinas, dotaciones, espectáculos) a zonas del centro de la ciudad. • usos dotacionales Las instalaciones deportivas se concentran en torno al mini complejo deportivo que se encuentra en el lado norte de la ciudad, al otro lado de la autovía. Los equipamientos culturales aparecen en el Casco Histórico de la ciudad, zona donde más fácilmente se suele identificar su presencia por parte de los ciudadanos. En cuanto a los equipamientos sanitarios, solo se encuentra un centro de salud, situación parecida a la de los equipamientos docentes donde aparecen dos colegios y un instituto de educación secundaria. Los edificios gubernamentales se encuentran en el centro de la ciudad, así como los edificios religiosos, si bien existen dotaciones de ambos tipos en las zonas de ensanche y otras áreas del núcleo. • solares No existe en Librilla un número importante de solares en el interior de la ciudad. La mayor parte de ellos se encuentra en las áreas de expansión. Existen asimismo una serie de edificios en estado de ruina, la mayor parte de ellos en el Casco Antiguo. • edificaciones ilegales Se sitúan al otro lado de la autovía y en los terrenos de cultivos un buen número de edificaciones originadas al margen de procesos urbanizadores formalmente delimitados en la normativa urbanística. b. Ámbitos homogéneos de crecimiento El plano de áreas morfológicas es la expresión sintética de la configuración del espacio. Partiendo de él se puede caracterizar la ciudad de Librilla en función de los procesos de crecimiento que la han configurado. Como la mayoría de las ciudades, Librilla cuenta con un Casco Histórico o núcleo original, un ensanche planificado, zonas de edificación reciente con vivienda unifamiliar en los límites de la ciudad y áreas dedicadas a los usos terciarios e industriales. De cara a intervenir potenciando las dinámicas más adecuadas y modificando aquéllas que se han revelado como nocivas para el desarrollo de la ciudad, es necesario conocer e identificar las áreas con dinámica homogénea. Se han delimitado en Librilla un total de cuatro áreas homogéneas de crecimiento: • La primera se corresponde con el casco antiguo que discurre a ambos márgenes

de la rambla de Librilla y tiene como punto neurálgico la iglesia de San Bartolomé. • La segunda se corresponde con el primer ensanche, un área que se caracteriza por

disponer de viario de mayor longitud en sentido perpendicular a la rambla.

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• La tercera área se correspondería con las urbanizaciones de ejecución reciente, caracterizadas por la presencia de viviendas en hilera.

• La cuarta se correspondería con el polígono industrial Vista Bella.

c. Red viaria urbana

El Sistema General Viario de la ciudad se articula en torno a la antigua carretera de Andalucía, a partir de esta se expande el sistema secundario compuesto por viarios paralelos al principal de gran longitud y viarios perpendiculares que nunca llegan a atravesar la trama urbana en toda su longitud transversal, dificultando la permeabilidad interna. La circulación, sobre todo en los ámbitos centrales de la ciudad, no puede calificarse de fluida. Esto se debe a la discontinuidad de las grandes vías, así como la falta de ortogonalidad en todo el Sistema General Viario, que se hace imposible en una trama antigua. El problema de la congestión de la red principal viaria ha de ser resuelto con el nuevo trazado de los sucesivos ensanches. Sin olvidar la falta de aparcamientos en toda la parte central de la ciudad.

El transporte público interno es inexistente dada la escasa extensión en el territorio del casco urbano de la ciudad de Librilla, no existe ninguna línea de transporte interna, lo que por otra parte, a la hora de planificar la ampliación de la ciudad, presenta ventajas en cuanto a la libertad para poder disponer rutas de tránsito por determinadas avenidas. El transporte público de líneas supramunicipales tiene su recorrido por la travesía principal de Librilla y la parada se realiza a la altura de la biblioteca pública municipal. Como conclusión a lo anteriormente tratado, y en relación al proceso propositito, cabe afirmar: • La trama viaria de Librilla, (sobre todo en sus ámbitos más céntricos), es poco

adecuada para asegurar fluidez de tráficos. • Se plantea realizar un cinturón de comunicaciones al norte del casco urbano que

dé movilidad al tráfico que se generará en los futuros desarrollos urbanísticos de Librilla. Este cinturón se basa precisamente en el acceso propuesto en el punto anterior, el actual enlace de Librilla a la altura del término municipal de Alhama de Murcia con el polígono industrial Vista Bella y en el acceso previsto que partirá del nudo de enlace con el casco urbano de Librilla en su parte más al norte, a través del camino de la Cabaña y que, mediante un puente sobre la Rambla, atraviese esta y conecte con el ensanche norte de Librilla.

• Complementariamente, la Normativa del presente Plan General potenciará los

aparcamientos privados y su reordenación. • Por lo que respecta a pautas de comportamiento, los habitantes de Librilla, como

los de la mayoría de las ciudades de tamaño medio, tienen propensión a utilizar el coche, incluso para trayectos particularmente cortos. Como factor en contra de ello cabe apuntar la prototípica horizontalidad de la ciudad.

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d. El ferrocarril Se reserva suelo como sistema general de infraestructuras para estación de ferrocarril, en la parte más occidental de Librilla y se dota a esta reserva de suelo de un sistema de comunicaciones por carretera de gran capacidad. Este sistema de comunicaciones permitirá que la implantación de una futura estación de ferrocarril esté amparada por un acceso y salida rápidos y eficaces. Se incorpora el nuevo trazado del AVE que unirá Murcia con Almería. e. Infraestructuras y servicios: déficits y necesidades

• abastecimiento de agua Se ha considerado como Sistema General de la ciudad al conjunto de todas las conducciones de dimensión igual o mayor de 300 mm, consideradas como de carácter arterial. El resto del teórico Sistema General lo conforman los conductos de diámetro menor a 300 mm que tienen una estructura ramificada, por lo que para las futuras expansiones se recomienda usar una red mallada. Los criterios, respecto a los Sistemas Generales de Abastecimiento, deberán tender a completar dichas grandes mallas, así como a la renovación de las existentes, siempre que sus calidades infraestructurales y/o funcionales lo recomendasen. • saneamiento y depuración

Es necesario un plan de saneamiento que establezca una red de colectores generales que terminen en una nueva depuradora, independientemente de la que está por inaugurar, para absorber la demanda del saneamiento que se generará con las nuevas bolsas de suelo en fase de desarrollo y con las nuevas urbanizaciones en la parte sur de Librilla. En cuanto a la red de abastecimiento de agua potable, no existen tantos problemas dada la inversión que se ha producido por el Ayuntamiento en el año 2004, consiguiendo estructurar todo el territorio desde la línea de ferrocarril hacia la parte sur. Los problemas previsibles son los de regulación de las aguas de abastecimiento, las dimensiones de los depósitos de cabecera que almacenan 2.600 metros cúbicos entre el depósito del Ayuntamiento con 900 metros cúbicos y los dos depósitos del Taibilla, con un total de 1.700 metros cúbicos. La problemática existente está más centrada en la insuficiencia de presión en la parte norte de Librilla y en el aseguramiento del abastecimiento en las nuevas urbanizaciones. Se prevé que se ubiquen depósitos de regulación, elevados o no, en ellas. Estos depósitos serán susceptibles de un tratamiento arquitectónico singular para su integración en el paisaje urbano. Será necesario un estudio de las bases para llevar a cabo el Plan de Sistema General de Saneamiento. Habrá que tener en cuenta todos los déficits de esta infraestructura, tanto desde el punto de vista tecnológico como del sanitario o ambiental. La resolución del sistema de saneamiento de la ciudad no abarcará sólo las nuevas áreas a desarrollar, sino que abarcará también los ámbitos urbanos actuales. Se estudiará la posibilidad de implantar un sistema separativo.

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• electricidad

El abastecimiento eléctrico actual de media tensión proviene de la subestación eléctrica ubicada en Alhama de Murcia por lo que para un futuro habrá de preverse la construcción de una subestación eléctrica propia del municipio de Librilla. Se han iniciado las gestiones pertinentes con la compañía suministradora para ubicar la futura subestación eléctrica, la cual estará al sureste del municipio y se conectará con la nueva línea de 132 KV que une El Palmar con Las Torres de Cotillas. También se ha dejado un corredor de infraestructuras eléctricas a petición de la compañía suministradora, como previsión de paso futuro de una línea de alta tensión que comunique Murcia y Alhama de Murcia. • gas

La infraestructura de gas canalizado todavía no se ha implantado en Librilla, aunque actualmente se está ejecutando un gaseoducto que cruza Librilla de parte a parte, paralelo a la línea del ferrocarril y localizado entre esta y el río Guadalentín. • Telefonía

En Librilla, el proceso de urbanización telefónica mediante conductos subterráneos y cámaras/arquetas es claramente incompleto, aparte de que los edificios no están preparados para la "total ocultación" de los cableados correspondientes, que discurren por las correspondientes fachadas, lo que conlleva un impacto visual tanto más grave cuanto mayor sea la calidad del ámbito en cuestión. Se podría proponer una casi absoluta canalización telefónica bajo la trama viaria de Librilla, o que la implantación sea progresiva, aprovechando los sistemas de coordinación infraestructural que posibiliten nuevas canalizaciones siempre que se actúe en el subsuelo de la ciudad. Asimismo, todos los nuevos desarrollos deberán instalar estas canalizaciones, que tienen un coste razonablemente bajo en comparación con las restantes infraestructuras básicas. Cabría plantearse estudios concretos e individualizados para procurar acciones tendentes a la desaparición de todos los cableados en edificaciones de especial importancia y/o significado. Como conclusión a lo anteriormente tratado, y en relación al proceso propositivo, (inicialmente en grado de aprobación inicial), cabe afirmar que los condicionantes de las infraestructuras básicas, en lo que a posibles desarrollos de Librilla se refiere, pueden considerarse como mínimos, salvo en la de saneamiento y depuración. Tales desarrollos precisarán de diversas implementaciones, pero estas no comportarán particularidades tecnológicas ni económicas de especial importancia. El déficit en la infraestructura de saneamiento ha de ser calificado de muy grave e inaceptable, tanto desde puntos de vista tecnológicos, como puramente sanitarios o ambientales. f. Vivienda, características del parque edificado • tendencia actual Si observamos las tendencias registradas en los últimos años, se observa que la actividad inmobiliaria - condicionada por la gestión urbanística y sujeta a las determinaciones y a la capacidad de acogida establecida por el planeamiento

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urbanístico vigente -, depende de los impulsos de promoción generados por factores frecuentemente exógenos. Por tanto, las predicciones que se puedan hacer sobre su comportamiento futuro tienen un alto grado de incertidumbre. Desde hace algunos años, la dinámica de la promoción inmobiliaria tiende a disociarse de la demanda endógena derivada de la evolución demográfica. La vivienda, además de ser demandada como alojamiento, forma parte importante de las expectativas de inversión. El caso de Librilla no es ajeno a esta tendencia general de los mercados inmobiliarios, observada en la mayor parte de las ciudades españolas. Del crecimiento demográfico observado a lo largo de los últimos diez años y de la reducción del tamaño medio de los hogares, podría deducirse una demanda potencial demográfica en torno a las 20 viviendas al año. Los datos de las viviendas construidas nos sitúan por encima de esa cifra con una media anual de 35. En 1991 había censadas en Librilla 1664 viviendas de las cuales un 31% tenían la consideración de vivienda secundaria. Dada la dificultad para clasificar con precisión las viviendas que no están destinadas a residencia permanente, podría decirse que en 1991 existían en Librilla entre 300 y 400 viviendas vacías, siendo 1387 las utilizadas como vivienda principal. La distribución por distritos de la vivienda según tipos de utilización es bastante homogénea La clasificación del parque según el tamaño de las viviendas, muestra que el tipo predominante es el de 76 a 90 m2, que concentra el 38% de todas las viviendas. El tipo de 91 a 105 m2 concentra otro 37% del total. El resto se reparte casi a partes iguales entre las de menos de 60 m2 y las de más de 120 m2. La distribución de las viviendas según el número de habitaciones confirma que las de cinco habitaciones es el grupo más numeroso, seguidas de las de seis y cuatro; el 33% restante se reparte entre las de menos de cuatro habitaciones y las de siete y más habitaciones. Según los regímenes de tenencia, el parque de viviendas de Librilla muestra que tan sólo tres de cada cien viviendas se encuentra en régimen de alquiler. Según su antigüedad, el 39% de las viviendas se construyeron entre 1960 y 1980. No llegan al 37% las viviendas con más de cuarenta años de antigüedad y un 16% del parque tiene más de sesenta años. En el conjunto de la ciudad sólo el 1% de las viviendas se encuentran en mal estado de conservación. En cuanto a las calidades de confort, alcanzan un nivel bajo. Sólo un tercio de las viviendas poseen teléfono. Estudiada la dinámica inmobiliaria de Librilla de los años anteriores se observa que a lo largo de los años 90 se han construido unas 123 viviendas. Las viviendas construidas durante los últimos años corresponden en un 98% a edificios o viviendas de un solo propietario y a un 2% únicamente a vivienda colectiva; los edificios de vivienda unifamiliar comprenden un 76%, las correspondientes a varias viviendas unifamiliares un 13% y las de uso mixto (vivienda+locales comerciales) sólo un 9%. Si analizamos la edificación por su altura, un 40% es de una sola planta, un 50% de dos alturas y sólo un 9% de tras alturas. Respecto al tamaño de las viviendas, el tipo predominante siguen siendo las viviendas entre 60 y 90 m2, sin embargo es menor la proporción de viviendas más grandes y reseñable el aumento creciente de los apartamentos más pequeños. La proporción de las viviendas de cinco habitaciones ha disminuido aunque sigue siendo el grupo más predominante.

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El estudio de la evolución de los precios de la vivienda en Librilla en comparación con los precios correspondientes a otros ámbitos muestra que estamos ante un mercado relativamente barato en comparación con otras ciudades del entorno próximo. Respecto a los precios medios, máximos y mínimos, parece diversificarse la oferta, ya que actualmente los precios máximos son 4,5 veces mayores que los mínimos, que incluso son más bajos que en los municipios próximos. En estos municipios los precios máximos también son mayores que en Librilla. • diagnóstico El en Librilla es la desocupación, 391 viviendas, distribución superior al 29%. Esta deficiencia viene ligada a problemas de tamaños y distribuciones inadecuados y a deficiencias en el estado de las edificaciones. Estas viviendas, según se vaya desarrollando el mercado inmobiliario, saldrán a la luz y se ocuparán mediante demolición y nueva obra o a través de una rehabilitación de su interior. Favorece el mercado inmobiliario en Librilla, el bajo precio de la vivienda respecto al aglomerado murciano, las sustanciales mejoras previstas en conectividad, que constituyen una gran oportunidad para el desarrollo de la ciudad, su posición comarcal junto con los atractivos propios de las condiciones de vida en una ciudad de tamaño pequeño. • criterios y objetivos

El Plan General formulará propuestas en materia de suelo residencial y vivienda que garanticen la disponibilidad del suelo necesario para que no lleguen a producirse estrangulamientos o situaciones de escasez, pero fijando a la vez unas dimensiones y ritmos coherentes con el modelo de desarrollo urbano que se establezca. Han de tener preferencia las acciones dirigidas a atender la rehabilitación y readaptación del parque existente, con condiciones subestándar y /o con superficies y números de habitaciones no adecuadas a la media demanda por los nuevos tamaños medios de familia y por los hogares propios de las nuevas formas de convivencia. En el planteamiento de los desarrollos urbanos y de las acciones dirigidas a dar respuesta adecuada a la demanda de vivienda deberá prestarse una especial atención a las bolsas de demanda insatisfecha. Es preciso dimensionar y calificar las tendencias previsibles de la demanda endógena que habrá de complementarse y compatibilizarse con la eventual promoción inmobiliaria dirigida a nuevas demandas derivadas de la mejor conectividad. Deben establecerse unas pautas de desarrollo de la promoción de espacio residencial acomodadas al modelo de crecimiento del Plan, con objeto de evitar costes e impactos indeseables. Es necesario reconducir las tendencias al desarrollo urbano extensivo en coherencia con el modo de ciudad compacta, no yendo más allá de lo que exige la mejor integración de los barrios y entidades menores del municipio, que juegan, a estos efectos, en desventaja con otros municipios próximos. • líneas de actuación Podemos resumirlas en las siguientes: � Implementar políticas de mantenimiento y mejora de las zonas que reflejan

situaciones subestándar con acciones puntuales de rehabilitación.

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� La disponibilidad de suelo específico resulta un factor esencial para el desarrollo de actuaciones de vivienda. El Ayuntamiento, a través del Plan, deberá asumir la responsabilidad de asegurar una cantidad suficiente de suelo adecuado para atender la promoción de viviendas protegidas, sean de promoción pública o privada, con especial atención a las bolsas de demanda que en la actualidad se están viendo obligadas a abandonar la ciudad.

� Han de emprenderse actuaciones de vivienda que permitan atender dentro del

municipio a la demanda endógena de vivienda, haciendo competitiva la oferta y adecuándola a los nuevos requerimientos tipológicos sin renunciar a los atractivos ambientales y de centralidad del casco urbano.

� Consolidar y mejorar las condiciones de integración de los barrios y entidades menores en el espacio residencial de Librilla.

� Hay que arbitrar medidas de concertación del planeamiento urbanístico con los

municipios limítrofes. • análisis prospectivo de la vivienda

Según los datos facilitados por el Ministerio de Fomento a través de la Estadística de licencias concedidas por los ayuntamientos, se construyeron una cifra media de 36 viviendas entre 1998 y 2002. Las proyecciones realizadas sobre la hipótesis de crecimiento de la población, y las tendencias a la reducción del tamaño medio familiar, arrojan unas necesidades medias de 100 viviendas durante el primer quinquenio y de 300 durante el segundo. En total, habría que construir cerca de 2.000 viviendas en los próximos diez años. Sin embargo, deberían incluirse también las viviendas susceptibles de rehabilitación o reposición, que suponen un 2% del parque, lo que equivale a unas 30 viviendas a lo largo del período proyectado. Debe considerarse que en Librilla hay 391 viviendas vacías. g. Equipamientos, localización y características • desarrollo institucional del sistema educativo Librilla tiene unas características propias que hay que tener en cuenta a la hora de prever los equipamientos educativos no universitarios en adecuación a las necesidades reales de la sociedad. Los factores que permiten señalar las tendencias futuras son:

- La pérdida de alumnado potencial. En la década de los 90 la población de 0 a 19 años de edad ha disminuido en individuos. A pesar del aumento de escolarización en educación no obligatoria, no ha servido para compensar la disminución en primaria y ESO.

- La distribución del alumnado en dos redes educativas. Aunque la educación

de los estudiantes no universitarios está financiada mayoritariamente con fondos públicos, el peso absoluto y relativo de la educación concertada es significativo.

Los criterios definidos para la organización del Servicio Educativo Regional, y que poseen mayor relevancia para la definición de las necesidades dotacionales, puede resumirse en desarrollar una red de centros para las enseñanzas de régimen general

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que se adapte a las necesidades existentes, flexibilizando los actuales modelos de Centro, en función de las diferentes etapas:

- En Educación Infantil y Primaria, realizar la escolarización de la forma más

próxima al domicilio familiar, evitando en lo posible los desplazamientos, escolarizando siempre que sea posible conjuntamente ambas etapas.

- En cuanto a la Educación Secundaria Obligatoria, se considera como criterio

organizativo fundamental garantizar la unidad de los dos ciclos en el mismo centro.

- Se establecen tres modelos diferentes de Centro de Secundaria: los Institutos de

Educación Secundaria (IES), para aquellas localidades o comarcas que garanticen, al menos, 4 ó 5 grupos de Bachillerato; los Centros de Educación Secundaria Obligatoria (CESO), para aquellas localidades que garanticen un mínimo de 200 alumnos para la etapa obligatoria, dos cursos por nivel, y los Centros Rurales de Innovación Educativa (CRIE) para aquellas localidades o zonas de especial dificultad orográfica, que imposibilite o haga muy difícil la escolarización en un CESO.

- Los IES ofrecerán, por lo menos, dos modalidades de Bachillerato: la de

Ciencias Humanas y Sociales y la de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud; el Bachillerato Tecnológico se implantará en función de la planificación de las distintas familias profesionales que lo exijan; el Bachillerato de Artes se impartirá preferentemente en las Escuelas de Arte.

- La planificación educativa debe tener un carácter regional, no sólo con

respecto a la enseñanza obligatoria, sino, de manera muy especial, para la oferta de Formación Profesional, que deberá contemplar una oferta local y provincial, junto a una oferta regional para determinadas Familias profesionales; lo mismo puede decirse respecto de las Enseñanzas de Régimen Especial.

- La zona educativa se define como la unidad básica de organización para la

red de centros. Se entiende por zona educativa el ámbito geográfico en el que un conjunto de centros, programas y servicios educativos hacen una oferta educativa suficiente y adecuada a la zona. En toda zona educativa existirá una oferta de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, dos modalidades de Bachillerato, ciclos formativos de Grado Medio y Grado Superior, Educación para Personas Adultas y Programas de Garantía Social, y una oferta suficiente de Enseñanzas de Régimen Especial.

Los criterios básicos para la asignación de recursos son:

- Realizar las inversiones en Educación Infantil que permitan la total escolarización en esta etapa.

- Anticipar la total implantación de los Ciclos Formativos.

- Establecer una oferta adecuada de Enseñanzas de Régimen Especial.

- Atender a la red de centros concertados, de manera que se puedan ampliar

los tramos gratuitos en los niveles no obligatorios.

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• recursos en materia de enseñanza

- Educación infantil. La única oferta de Educación Infantil de 0 a 3 años tiene lugar en un centro público que a su vez alberga la oferta de educación primaria. La actual red de centros públicos de infantil y primaria está en proceso de adecuación a una población infantil en disminución.

- Educación Secundaria Obligatoria. Los alumnos de segundo ciclo de ESO

acuden a un antiguo Instituto de Bachillerato reformado y con adaptaciones en marcha para modificar las exigencias de la reforma. El edificio y equipamientos deben mejorar su calidad.

- Enseñanzas de régimen especial. Se engloban en este grupo las enseñanzas

artísticas música, danza y arte dramático, artes plásticas y diseño, enseñanza de idiomas y enseñanzas deportivas que no tienen presencia en el municipio.

- Educación de personas adultas. Estas actividades se desarrollan en aulas y centros gestionados por la Consejería con personal funcionario propio, y también a través de la Junta de Comunidades, de las que se benefician Ayuntamientos y entidades sin ánimo de lucro.

- Educación especial. Ahora está ligada a la educación ordinaria, por lo que los

centros deberán adaptarse a esta organización escolar, tanto a nivel de profesorado como de instalaciones.

- Enseñanza universitaria. Sin presencia en el Municipio.

• equipamiento cultural

El equipamiento cultural es el conjunto de dotaciones que sirven de soporte a las actividades culturales, que están relacionadas con la difusión y fomento de la actividad cultural. Esta infraestructura local se reduce a tres instituciones en Librilla, por lo que se configura como una carencia de consideración en el sistema de dotaciones de la ciudad. Por el momento, en Librilla no hay una Casa de Cultura, así como para las exposiciones no se cuenta con sala municipal o salas privadas. El único equipamiento existente de carácter cultural es la biblioteca pública, la casa de la juventud y la casa de la música. En Librilla hay dos teatros, que se consideran dentro del grupo de equipamientos de ámbito supramunicipal; ambos son de propiedad municipal y acogen representaciones teatrales, conciertos, espectáculos de danza, etc. Constituyen una oferta que desborda claramente el ámbito municipal. • equipamiento sanitario

El centro de salud existente en Librilla organiza sus zonas básicas de salud de manera que cubre a todo el municipio y permite una atención primaria integral, permanente, continuada y coordinada globalmente. Conforme a la ampliación sucesiva del municipio se establecerá la capacidad del mismo para dar servicio a los ciudadanos o se estudiará la creación de uno o varios alternativos. • equipamiento deportivo

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El equipamiento deportivo integra las dotaciones destinadas a la práctica del ejercicio físico como actividad de recreo y ocio, el deporte de élite o alto rendimiento, la educación física y la exhibición de especialidades deportivas. En los últimos años se ha invertido gran cantidad de dinero en instalaciones deportivas en los diferentes municipios de la región. Los municipios de mayor población tienen salas cubiertas, piscinas olímpicas y cubiertas, etc. La formulación de un Plan Regional de Instalaciones Deportivas es el instrumento básico para la planificación y programación de las instalaciones y equipamientos deportivos en la Comunidad Autónoma de Murcia. Las administraciones locales supervisan su cumplimiento disponiendo las previsiones urbanísticas necesarias en sus respectivos instrumentos de ordenación. En dicho Plan Regional de Instalaciones se señalarán las infraestructuras básicas financiadas con fondos públicos, estableciendo su ubicación geográfica y sus características técnicas en función de módulos de población, número de usuarios, situación, clima e instalaciones existentes. Asimismo determinará el programa de financiación, estableciendo las inversiones que aportarán los distintos entes públicos implicados, en las distintas etapas de su ejecución. Las instalaciones deportivas de Librilla poseen un carácter mayoritariamente dotacional, dirigidas en su mayor parte hacia el conjunto de la población de la zona. La práctica del deporte espectáculo (fútbol, baloncesto) convive con el deporte para todos. Lo que verdaderamente conforma el grueso de la oferta deportiva del municipio son las instalaciones en las que la práctica deportiva posee un carácter primordialmente recreativo, asimilable al de otras prácticas socio-culturales; o, en el caso de las instalaciones escolares, que forman parte del programa educativo de los centros. Podemos dividir las instalaciones en varios grupos: centros polideportivos, pequeños complejos futbolísticos al aire libre, instalaciones cubiertas, otras instalaciones e instalaciones en centros educativos. Actualmente el grueso de las instalaciones se concentra en el polideportivo municipal, un área que comprende un campo de fútbol, una pista polivalente, una pista de tenis y una piscina descubierta, que se encuentra considerablemente apartada del centro urbano, por lo que se debería estudiar su integración en un área recreativa de mayor envergadura que sirviese para ligarla a la ciudad y, dado su proximidad a la autovía, actuase como colchón entre ésta y el núcleo urbano. Además se cuenta con las instalaciones deportivas de los centros de educación. • cementerio El actual cementerio se encuentra situado muy próximo a la trama urbana, por tanto, en un futuro próximo ha de preverse la adecuación de las nuevas edificaciones al Reglamento de policía mortuoria. h. La industria y actividades económicas Las propuestas industriales en Librilla tienen que responder a estrategias locales y zonales, en propuestas de suelo y en calidad. Es necesario desarrollar polígonos locales y de dimensión suficiente, respondiendo a las demandas del ayuntamiento y orientando las localizaciones con políticas supramunicipales. Las posibles actuaciones son:

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1. Ampliación de la Zona Industrial de Librilla "Los Cabecicos Blancos" 2. Desarrollo de la ampliación del Polígono Industrial Vistabella 3. Extensión del Polígono Industrial Rambla de Belén

Estas áreas podrían discurrir en dos direcciones, una de ellas según la dirección de la autovía, pero no necesariamente paralela a ella e intentando alejarse de la estrecha franja entre el ferrocarril y la autovía que por otra parte estaría destinada al parque empresarial. La segunda dirección podría ser según la Rambla de Librilla que haría las veces de espacio libre y zona de recreo. i. Zonas libres y espacios públicos La distribución y estructura de las zonas libres y espacio público no responde a una lógica en particular, se reduce a parcelas en su mayoría periféricas al centro urbano que por la proximidad a un centro dotacional se han adjuntado a éste. Debido a las dimensiones actuales del casco urbano, esta deficiencia todavía no ha adquirido importancia en demasía pero de cara al futuro conviene plantear el sistema de espacios libres como un sistema local en el PGMO de Librilla. Asimismo, se adjunta un listado de zonas libres y espacios públicos:

• Jardín del Monumento • Jardín de San Juan de Vedas • Plaza de la Cruz • Plaza Virgen de los Ángeles • Plaza de la Constitución • Plaza Juan Carlos I • Plaza Francisco Gil

j. Patrimonio cultural El listado de bienes culturales declarados e incoados como bienes de interés cultural (B.I.C.) en el municipio de Librilla, facilitado por la Consejería de Educación y Cultura de la Región de Murcia se reduce al Castillo de Librilla o Cautelar. Las zonas de interés arqueológico se han sido enunciadas en el apartado c.6. Asimismo, se dispone de un listado de bienes culturales:

• Iglesia de San Bartolomé • Rambla del río Orón • Árbol del Lavador • Cruz del Calvario

Fuera del casco urbano:

• Ermita de Belén • Presa “El Romeral” • Presa “de Algeciras” • Albergue juvenil “Los Forestales”

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k. La escena urbana: paisaje urbano y bordes

El paisaje urbano de Librilla carece de un tratamiento estético que cualifique su espacio. Desde el ayuntamiento se deberían promover actuaciones para recuperar estéticas tradicionales en el casco antiguo de la ciudad, comprendiendo desde las propias cubiertas de los edificios, las fachadas, los pavimentos de las calles y, sin duda, el mobiliario urbano. En cuanto al borde urbano, Librilla debería cuidar su fachada a la autovía desde una doble perspectiva. Por una parte, ésta debería servir como colchón para parar la contaminación de tipo acústico y atmosférico procedente de un viario de estas características Para ello dispone de varias alternativas, entra las que se aconseja limitar en una franja de 50 m mínimo la posibilidad de edificación y disponer en esta franja espacios libres que sirvan a tal fin. Otra posibilidad sería la de permitir edificar en los terrenos adjuntos a la autovía polígonos industriales que mantengan una coherencia estética con un criterio dictado desde el propio PGMO, industria escaparate al norte de la autovía. Esta fachada a la autovía, además de servir como colchón, debería convertirse en un elemento estético que imprimiera carácter y personalidad al municipio de manera que se conformase un skyline como si se tratase de una fachada al mar con una perspectiva de conjunto y nunca diseñada desde la agregación de fragmentos sin criterio. l. Diagnóstico propositivo Que contiene las siguientes propuestas a’. Equipamiento educativo • educación infantil, 0-3 años

a) Avanzar hacia una red pública de Escuelas de Educación Infantil dependiente de la Consejería de Educación, sobre la base de la que actualmente depende de la Consejería de Bienestar Social, a nivel de barrio-distrito.

b) Establecer modelos de atención educativa a la infancia como alternativa a la

escolarización convencional. • educación infantil, 3-6 años y Primaria

a) Llegar a la completa escolarización del alumnado de 3 años en los Centros de Educación Infantil y Primaria.

b) Garantizar la existencia de plazas suficientes para atender plenamente la

escolarización de todo el alumnado de esta etapa educativa en las condiciones que establece la LOGSE.

c) Realizar la escolarización del alumnado de esta etapa educativa procurando

la mayor proximidad posible del centro educativo al domicilio familiar.

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d) Resolver la escolarización del Primer Ciclo de la ESO en los actuales centros de Primaria con su traslado efectivo a sus respectivos Institutos de Secundaria. La consecución de este objetivo está vinculada a la consolidación de la red de Secundaria definitiva.

e) Diseñar un programa de apertura de centros al entorno para la realización de

actividades. • ESO y Bachillerato

a) Cubrir la demanda de plazas de ESO y Bachillerato. b) Consolidar una oferta completa de modalidades de Bachillerato (Ciencias de

la Naturaleza y de la Salud, Humanidades y Ciencias Sociales, Bachillerato Tecnológico y Bachillerato de Arte).

• enseñanza universitaria Disponer las previsiones urbanísticas necesarias en los respectivos instrumentos de ordenación para acoger la posible implantación de instalaciones universitarias. b’. Equipamiento cultural • equipamiento de nivel local

a) Los equipamientos culturales de gestión municipal, dirigidos expresamente a la población local, se encuentran en estos momentos en un proceso de radical transformación y modernización. Ello permite aventurar una sustancial mejora de los medios disponibles para plantear una oferta de actividades más completa, al tiempo que impide valorar su actual funcionamiento.

b) De acuerdo a la previsión de nuevos centros, el ámbito ciudad quedaría

perfectamente cubierto (centro cultural polifuncional, biblioteca de tamaño mediano). Además la localización central de ambos equipamientos mejora sus posibilidades de atención al conjunto de la población librillana.

c) La oferta cultural, excesivamente centrada en el ámbito ciudad, plantea un

problema dotacional en ámbitos territoriales menores (barrio): pequeñas bibliotecas, centros culturales monofuncionales. Para los barrios con peor accesibilidad al centro deberían plantearse servicios adecuados a este ámbito territorial.

d) La dotación de estos barrios peor comunicados con el centro, además de con

la apertura de nuevas instalaciones, puede y debe ser acometida a través de otro tipo de soluciones:

- uso de los centros sociales para actividades culturales. - fórmulas de prestación de los servicios que los acerquen a los ciudadanos. • equipamientos de ámbito supramunicipal

a) La oferta museística debe consolidarse como uno de los atractivos de la ciudad. Debe insertarse en los programas de dinamización turística y convertirse en foco de actividad y recualificación del casco histórico.

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b) La definición de una oferta singular de Librilla (exposiciones, espectáculos

teatrales, conciertos, etc.) debe ser un elemento de primer orden en la oferta de servicios que hace de Librilla un núcleo de importancia regional.

c) La colaboración con organizaciones propias de este ámbito regional

(Universidad de Castilla-La Mancha, Obra social de la Caja de Castilla-La Mancha, Arzobispado, etc.) constituye una línea de acción prioritaria en la formulación de esta oferta.

• equipamientos deportivos

La oferta pública de atención primaria y de especialidades se debe ajustar a la creación de una nueva zona de salud en Librilla. Se debe progresar hacia una descentralización de servicios en los barrios. • equipamiento sanitario

a) Se debe atender con carácter prioritario las necesidades para que los centros de enseñanza puedan disponer de las instalaciones deportivas polivalentes necesarias para las actividades de educación física y la práctica deportiva. Este objetivo podrá realizarse tanto con la mejora de sus instalaciones propias como con el acceso a instalaciones deportivas gestionadas por el Instituto Municipal de Deportes.

b) Se establecerán los mecanismos para procurar la utilización de las instalaciones

deportivas de los centros de enseñanza fuera del horario lectivo, sin detrimento de las actividades extraescolares.

c) Se dispondrán las previsiones urbanísticas necesarias en los respectivos

instrumentos de ordenación para facilitar el cumplimiento del Plan Regional de Instalaciones deportivas.

d) La correcta dotación de nivel ciudad con que contará Librilla en un futuro

próximo deberá complementarse con instalaciones deportivas elementales de barrio, especialmente en relación con las zonas verdes planteadas.

e) La Ciudad deportiva junto a la autovía deberá configurarse como un centro

deportivo de importancia comarcal. En este sentido, el desarrollo de instalaciones de alto nivel en relación con determinadas especialidades deportivas debe ser una línea prioritaria de actuación.

En Librilla, diciembre de 2009

Alfonso Molinos Ortega Arquitecto Colegiado nº 931