pg_00009 presentación y aprobación de paquetes de créditos en línea iii

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Subdirección General de Crédito Gerencia de Producto Líneas III y IV Presentación y Aprobación de Paquetes de Créditos en Línea III Procedimiento: Código: PG_00009 V. 3 Ref. a ISO 9001: Fuera del Sistema, este documento en un Copia No Controlada 1 de 56 Contenido Contenido ........................................................................................................................................ 1 Objetivo ............................................................................................................................................ 2 Alcance ............................................................................................................................................ 2 Definiciones y Generalidades ....................................................................................................... 2 Responsabilidades ......................................................................................................................... 8 Políticas ........................................................................................................................................... 9 Identificación de Cambios ........................................................................................................... 14 Diagrama de Flujo ........................................................................................................................ 16 Desarrollo ...................................................................................................................................... 17 Referencias Documentales ......................................................................................................... 51 Normatividad ................................................................................................................................. 51 Formatos de Registro .................................................................................................................. 52 Autorizaciones .............................................................................................................................. 56

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Contenido

Contenido ........................................................................................................................................ 1 Objetivo ............................................................................................................................................ 2 Alcance ............................................................................................................................................ 2 Definiciones y Generalidades ....................................................................................................... 2 Responsabilidades ......................................................................................................................... 8 Políticas ........................................................................................................................................... 9 Identificación de Cambios ........................................................................................................... 14 Diagrama de Flujo ........................................................................................................................ 16 Desarrollo ...................................................................................................................................... 17 Referencias Documentales ......................................................................................................... 51 Normatividad ................................................................................................................................. 51 Formatos de Registro .................................................................................................................. 52 Autorizaciones .............................................................................................................................. 56

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Objetivo Asegurar que la mecánica operativa del proceso de otorgamiento de créditos bajo la modalidad de Línea III en Paquetes se identifique de forma transparente.

Que el ejercicio del crédito bajo esta modalidad sea uniforme en todas y cada una de las Delegaciones Regionales y en la Coordinación del Distrito Federal. Que todos y cada uno de los que participan en este procedimiento, lo conozcan para su adecuado desarrollo y cumplimiento.

Alcance Nacional, para que las Áreas Normativas y Operativas del Instituto, Acreditados, Patrones, Constructores (personas físicas y/o morales), Supervisores, Instituciones Financieras y Notarios Públicos, operen de manera uniforme, transparente y ágil, en el proceso de integración, presentación, recepción y evaluación de las solicitudes, aprobación y ejercicio de créditos en esta modalidad. Las disposiciones establecidas en el procedimiento, son de observancia obligato-ria para las dependencias de oficinas centrales, delegaciones regionales, presta-dores de servicios, Instituciones Financieras, trabajadores y patrones.

Definiciones y Ge-neralidades

AHORRO VOLUNTARIO Cantidad que el derechohabiente destina voluntariamente para aumentar su capacidad de compra o disminuir su Monto de Crédito. A. P. E. Autorización de Proyecto Ejecutivo. A. N. E. C. Archivo Nacional de Expedientes de Crédito. AVISO DE SELECCION Documento a través del cual el Jefe del Área Técnica en Delegaciones Regionales y Operación Técnica/DF-GESAT notifica a la unidad de Valuación sobre el Paquete de Vivienda en Línea III que le ha sido asignado para que sea valuado. CAPACIDAD DE COMPRA Cantidad que se obtiene de la suma del Monto de Crédito Neto del trabajador saldo de la Subcuenta de Vivienda y en su caso Ahorro Voluntario (monto que recibe el constructor a nombre del derechohabiente por parte del Instituto y que no necesariamente es igual al valor de edificación de la vivienda). CIT´s Cartas de Inicio de Trámite

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CARTA DE ADHESIÓN Documento que suscribe el trabajador en el que manifiesta conocer todas las características de la vivienda de su elección y que conforma el paquete de créditos al que se vinculará. En esta carta se señala el Monto de Crédito que alcanza el trabajador su Capacidad de Compra y en su caso la diferencia que tendrá que cubrir. CEDULA DE PRESENTACIÓN DEL PAQUETE DE CRÉDITOS EN LÍNEA III Documento que contiene información correspondiente a los datos técnicos de identificación de la propuesta de vivienda valor de edificación de cada prototipo de vivienda la descripción de las especificaciones urbanas de infraestructura y arquitectónicas con las cuales se compromete la empresa designada al desarrollo del Proyecto Ejecutivo con la conformidad del representante de los trabajadores. CESI Centro de Servicio INFONAVIT. CIAC Comprobante de Inicio de Autorización de Crédito. COMITÉ TÉCNICO Se refiere al Comité Técnico del Fideicomiso o Mandato mismo que será presidido por el Delegado Regional o Representante de la Dirección General y con la participación del Representante de los Trabajadores a fin de vigilar y dar seguimiento al desarrollo de las obras y seleccionar a la empresa supervisora de acuerdo con los procedimientos alcances y aranceles establecidos en esta materia por el INFONAVIT. CONSTRUCTOR Empresa designada por la Organización de los trabajadores o empresarial y aprobada por el INFONAVIT para que se encargue de la ejecución de los trabajos de edificación de las viviendas invariablemente debe estar inscrita en el Padrón de Contratistas del INFONAVIT. C. R. E. A. Coordinación de Registro Evaluación y Aprobación de Proyectos de Vivienda. CREDITO EN LINEA III Corresponde a la opción que tienen los derechohabientes para ejercer el crédito que en su caso les sea otorgado por el INSTITUTO para la Construcción de Vivienda en lote de su propiedad de acuerdo a lo señalado en la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores Artículo 42 Inciso II (b). CUOTA ÚNICA DE INSCRIPCION Monto equivalente al 2% del Valor de Edificación de la Vivienda que se consigne

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en la Cédula de Presentación derivado del Presupuesto y Contrato de Obra. Dicho importe quedará invariablemente a favor del INFONAVIT se considerará como costo de registro y evaluación; de éste se dispondrán los recursos necesarios para el pago del servicio de supervisión de obra. Dicha cuota se reduce al 1.25% cuando se trate de Vivienda Económica. DELEGACIÓN REGIONAL (DR) Oficinas administrativas del INFONAVIT distribuidas en cada uno de los Estados la República así como a la Coordinación del Distrito Federal. DICTAMEN TECNICO DEL TERRENO Documento que llena un perito valuador debidamente acreditado que determina que un predio es apto para la construcción de vivienda o desarrollo de conjuntos habitacionales como resultado del análisis y evaluación de sus condiciones actuales tomando como base los siguientes indicadores: de riesgo; acceso y vialidad infraestructura dotación de servicios (agua potable drenaje alcantarillado y energía eléctrica) equipamiento y características técnicas del suelo (ubicación geográfica afectaciones y/o restricciones tipo topografía etc.) a partir de los datos que se obtengan de la visita al terreno y los documentos oficiales proporcionados. ESTUDIO DE VALOR (AVALÚO DE PROYECTO INMOBILIARIO) Análisis que efectúa un perito valuador -que forma parte del padrón autorizado de una Unidad de Valuación con registro ante la Sociedad Hipotecaria Federal- cuyo objeto sean los proyectos de vivienda individual o colectiva o viviendas en etapa de construcción en el que se manifiestan los valores del inmueble bajo hipótesis de vivienda terminada. EXPEDIENTE CREDITICIO Conjunto de documentos tanto del trabajador y del terreno en el que se edificará la vivienda como del Proyecto Ejecutivo, el listado de trabajadores, el Avalúo (Estudio de Valor), las cartas de adhesión respectivas y aquellos que se requieran para el ejercicio del crédito bajo esta modalidad. FIDEICOMITENTE Los trabajadores derechohabientes propietarios individualmente de los lotes que conforman en su totalidad el terreno donde se construirán las viviendas. FIDEICOMISO Contrato que comprende funciones de administración e inversión y en su caso de Traslado de Dominio a través de Institución Financiera autorizada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (bancos que cuenten con la posibilidad de ser fiduciarios). FIDEICOMISARIO Los trabajadores derechohabientes del INFONAVIT debidamente identificados

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vinculados al paquete de créditos a los cuales el INFONAVIT les otorgó una constancia de crédito. FIDUCIARIO La Institución Financiera que designen los trabajadores la cual deberá ser instruida para contratar con la empresa Constructora seleccionada la ejecución de las obras del paquete, vigilar la correcta aplicación de los recursos provenientes de las ministraciones y dar seguimiento a los avances y calidad de las obras; así como vigilar que se cumplan los requisitos legales necesarios para darle certeza jurídica a los acreditados y al INFONAVIT respecto a los inmuebles en cuestión (entre otros constitución de régimen en condominio autorización de fraccionamiento etc.). En caso de Fideicomiso Traslativo de Dominio adicionalmente será instruido para otorgar hipoteca en primer lugar a favor del INFONAVIT sobre los inmuebles objeto del fideicomiso y escriturar las viviendas a favor de los fideicomisarios una vez terminadas. INFONAVIT O INSTITUTO Al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. INSTITUCION FINANCIERA Institución Autorizada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores con las que se podrá constituir Mandatos o Fideicomisos para la administración de los recursos producto de los créditos que se ejerzan bajo este esquema. INSTRUCTIVO DE PAQUETES EN LINEA III Instructivo para la Presentación y Aprobación de Paquetes de Créditos en Línea III Aprobado por el H. Consejo de Administración en su Sesión 614 del 30 de julio del 2002. INVITACIÓN Notificación de aceptación de solicitud hecha al Instituto por una organización de trabajadores o empresarial para la presentación de un paquete de créditos en Línea III. LOTE URBANIZADO Superficie de terreno delimitado para la edificación de las viviendas o área de desplante de los edificios que cuente con todos los servicios operando (agua drenaje y energía eléctrica) así como calles andadores plazas y banquetas. MANDANTE Los trabajadores derechohabientes debidamente identificados y vinculados al paquete de créditos a los cuales el INFONAVIT les otorgó un crédito. MANDATARIO Institución Financiera autorizada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores

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que designen los trabajadores la cual deberá ser instruida para contratar con la empresa Constructora seleccionada la ejecución de las obras del paquete vigilar la correcta aplicación de los recursos provenientes de las ministraciones y dar seguimiento a los avances y calidad de las obras; así como vigilar se cumplan con los requisitos legales necesarios para darle certeza jurídica a los acreditados y al INFONAVIT respecto a los inmuebles en cuestión (entre otros constitución de régimen en condominio autorización de fraccionamiento etc.). MANDATO Poder que comprende funciones de administración e inversión que otorgan los Mandantes a favor de Institución Financiera autorizada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. (SOFOLES o bancos que no cuenten con la posibilidad de ser fiduciarios). MINISTRACIONES Entregas parciales de recursos por parte del INFONAVIT al trabajador acreditado que se destinarán a la edificación de su vivienda y en su caso urbanización e infraestructura interna del conjunto y que se integran proporcionalmente de los conceptos de crédito saldo de la Subcuenta de Vivienda y Ahorro Voluntario en su caso. MONTO DEL CRÉDITO OTORGADO Importe de financiamiento que concede el INFONAVIT a sus derechohabientes expresado en V.S.M.M.D.F. sujeto al menor de los valores que resulte entre el avalúo (estudio de valor) y el presupuesto presentado siempre y cuando esté dentro de su capacidad de compra. MONTO MAXIMO DE CREDITO Cantidad que podrá otorgarse al trabajador por concepto de crédito conforme a su edad y nivel salarial de acuerdo a las Reglas para el otorgamiento de créditos a los trabajadores derechohabientes del INFONAVIT vigentes. Este monto no será superior al equivalente en monetario de 180 V.S.M.M.D.F. MONTO NETO DEL CREDITO Se refiere al Monto del Crédito Otorgado descontando de este el 5% por gastos de titulación financieros y de operación antes de determinar los gastos de impuestos y derechos de registro. PAQUETE DE CRÉDITOS Alternativa que ofrece la modalidad de Línea III para otorgar créditos agrupados en conjuntos habitacionales que contengan desde 40 hasta 150 viviendas propuesto por una Organización de trabajadores o empresarial para beneficiar a sus trabajadores derechohabientes del INFONAVIT que cuenten con un terreno de su propiedad. PEC

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Sistema de Pago Electrónico Centralizado. PROYECTO EJECUTIVO Conjunto de documentos y planos desarrollados a nivel de detalle que permiten llevar a cabo la edificación de las viviendas y en su caso urbanización del terreno en que se encuentran sembradas tomando como base la norma local y/o estatal vigente el presupuesto de obra y el programa físico – financiero; además de todas las licencias permisos y autorizaciones debidamente requisitadas por la autoridad correspondiente que permitan la completa ejecución del proyecto sin ningún impedimento y que forman parte del expediente crediticio. R. E. A. Régimen Especial de Amortización. REGLAS DE CREDITO Las Reglas para el Otorgamiento de Créditos a los Trabajadores Derechohabientes del INFONAVIT aprobadas por el H. Consejo de Administración el 30 de octubre del 2002 y publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 2002. SALDO DE LA SUBCUENTA DE VIVIENDA Suma de las aportaciones al Fondo Nacional de la Vivienda pagadas por los patrones a favor de cada trabajador así como sus rendimientos. S. G. J. F. Subdirección General Jurídica y de Fiscalización. S. G. T. D. Subdirección General Técnica y de Delegaciones. S. O. C. Sistema de Otorgamiento de Crédito. TERRENO El predio total incluyendo en su caso calles andadores plazas y banquetas en el que se vayan a sembrar las viviendas por construir. VALOR DE EDIFICACION DE LA VIVIENDA Importe de edificación de las viviendas expresado en moneda nacional que incluye costo de licencias proyecto Cuota Única de Inscripción Avalúo (Estudio de Valor) y en su caso infraestructura y urbanización interna inherentes a las mismas. No incluye el valor del terreno o lote. VALOR DEL PAQUETE DE CRÉDITOS EN LÍNEA III Monto del total de créditos individuales que se ejercen simultáneamente para la construcción de viviendas para derechohabientes que cuentan con un lote en

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propiedad dentro de un mismo terreno o bien tengan derechos fideicomisarios sobre el mismo. VALOR DE LA VIVIENDA Valor total del inmueble incluye el valor de edificación de la vivienda y del lote urbanizado que constituye el respaldo de la garantía hipotecaria. VIVIENDA ECONOMICA Inmueble cuyo valor de vivienda no exceda el equivalente a 117.06 V.S.M.M.D.F. V.S.M.M.D.F. Veces Salario Mínimo Mensual del Distrito Federal. UNIDAD DE VALUACION Persona moral que haya obtenido su registro ante la Sociedad Hipotecaria Federal para certificar a través de un controlador los Avalúos Inmobiliarios o Estudios de Valor que elaboren sus peritos registrados. El INFONAVIT aceptará los avalúos o estudios de valor que emitan aquellas Unidades de Valuación que tengan convenio de prestación de servicios con este Instituto y los dictámenes técnicos de terreno elaborados y certificados por peritos registrados que formen parte del padrón de dichas Unidades.

Responsabilidades • ASESOR DE CRÉDITO (DR): Personal adscrito al Área de Crédito o CESI que será el responsable de:

o Emitir el Dictamen Integrado del Expediente Crediticio del Trabajador. o Revisar la documentación establecida para el ejercicio de los créditos. o Verificar la documentación con la que se debe contar antes de liberar los

recursos para el pago de cada ministración. • C.R.E.A. Responsable Encargado de la Coordinación de Registro, Evaluación y Aprobación de Proyectos de Vivienda y el personal a su cargo. • DELEGADO REGIONAL: Titular de la Delegación Regional del INFONAVIT y Coordinador del Distrito Federal ó Representante de la Dirección General en la Delegación. • GERENTE DEL CESI: Responsable del Área y el personal a su cargo que interviene en el procedimiento; que eventualmente atiende público. • GRUPO DE DICTAMINACIÓN: Personal adscrito a las Área de Crédito, Técnica y de Servicios Jurídicos en la

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Delegación Regional, y sus equivalentes en la Coordinación del Distrito Federal designados para evaluar los expedientes de Paquetes de créditos en Línea III. • JEFE DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS (DR): Responsable del Área de Administración y Finanzas en la Delegación Regional y el personal a su cargo que interviene en el procedimiento. • JEFE DEL ÁREA DE CARTERA (DR): Responsable del Área de Cartera en la Delegación Regional y el personal a su cargo que interviene en el procedimiento. • JEFE DEL ÁREA DE CRÉDITO (DR): Responsable del Área de Crédito en la Delegación Regional y el personal a su cargo que interviene en el procedimiento. • JEFE DEL ÁREA DE SERVICIOS JURÍDICOS (DR): Responsable del Área de Servicios Jurídicos en la Delegación Regional, su equivalente en la Coordinación del Distrito Federal y el personal a su cargo que interviene en el procedimiento. • JEFE DEL ÁREA TÉCNICA (DR) O GERENTE DE ENLACE Y SUPERVISIÓN DE ÁREAS TÉCNICAS (D. F.): Responsable del Área Técnica en la Delegación Regional (Gerencia de Enlace y Supervisión de Áreas Técnicas en el Distrito Federal) y el personal a su cargo que interviene en el procedimiento. • S.G.C. Titular de la Subdirección General de Crédito y el personal a su cargo. • TESORERO GENERAL: Responsable del Área y el personal a su cargo que interviene en el procedimiento de transferencia de recursos para el pago del crédito.

Políticas 1. El INFONAVIT, dentro del marco del Programa Anual de Financiamientos que apruebe la Asamblea General y de la oferta y demanda existente, determinará las localidades así como el número de créditos que se podrán ejercer bajo el esquema de Paquetes en Línea III e invitará a las organizaciones de trabajadores y empresariales a presentar a su consideración los paquetes que propongan en esta modalidad.

2. Las Organizaciones de Trabajadores o Sindicatos deberán estar debidamente acreditados ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. En el caso de organismos sindicales cuyo registro ante esa Secretaría se

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encuentre en trámite, deberán ser avalados por la Central, Confederación o Sindicato Nacional al que pertenezcan. En el caso de organizaciones empresariales, deberán estar avaladas por la Confederación respectiva.

3. Por cada invitación emitida, sólo se podrá integrar un paquete, el cual por ninguna razón podrá subdividirse.

4. Es requisito para el ejercicio de los créditos en Línea III, que los lotes donde se van a edificar las viviendas, sean propiedad y estén escriturados a nombre de cada uno de los trabajadores asociados al Paquete de Créditos o de su cónyuge cuando estén casados bajo régimen de Sociedad Conyugal; estar ubicados dentro de la mancha urbana, con vialidades de acceso al conjunto pavimentadas y contar con factibilidades de servicios de agua potable, alcantarillado y electrificación vigentes.

5. Tratándose de Entidades o localidades en las que su legislación no permita escriturar lotes sin urbanizar, se podrá constituir un Fideicomiso Traslativo de Dominio y de Inversión sobre el terreno donde se edificarán las viviendas del paquete para el ejercicio de los créditos.

6. En caso de que las Organizaciones presenten solicitud de sustitución de terreno, el proceso de presentación del Paquete de Créditos se reiniciará.

7. El terreno solo podrá sustituirse una vez. Si la segunda opción resultara no viable por cualquier circunstancia, la invitación se cancelará automáticamente.

8. El trabajador puede disponer hasta la cantidad que resulte menor del 100% de su capacidad de compra ó el 100% del valor total de edificación de su vivienda, siempre y cuando se haya cumplido con los requisitos establecidos en las Reglas de Crédito y en el Instructivo de Paquetes en Línea III en vigor, previa aprobación por el H. Consejo de Administración de la viabilidad del paquete.

9. El saldo de la Subcuenta de Vivienda y el Ahorro Voluntario, (en su caso), se entregará a prorrata con cada ministración. Si la suma del crédito mas el saldo de la Subcuenta es mayor al valor de edificación de la vivienda, la diferencia se aplicará a reducir el monto de crédito.

10. El valor de la edificación propuesto por la constructora debe ser a precio alzado y definido en moneda nacional.

11. El INFONAVIT dentro de la capacidad de compra de cada trabajador sólo financiará el monto que resulte menor entre el avalúo (estudio de valor) y el propuesto por la constructora.

12. El valor en monetario propuesto para la edificación de cada prototipo de vivienda a la presentación del Paquete, no deberá incluir el valor del terreno.

13. El valor total de la vivienda no deberá exceder el equivalente a 300 VSMMDF o 350 VSMMDF si la vivienda se ubica en el D. F.

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14. La empresa Constructora seleccionada por la Organización de trabajadores o Empresarial deberá estar inscrita en el padrón del INFONAVIT, con su registro vigente y no tener antecedentes de incumplimiento o adeudos con el Instituto al momento de la presentación del paquete.

15. La organización correspondiente designará al Representante Acreditado de los Trabajadores, quien preferentemente deberá estar propuesto para vincularse a una vivienda del Paquete de Créditos y no ser accionista, directivo, empleado ni prestar servicios personales de cualquier tipo en la empresa Constructora que llevará a cabo la edificación de las viviendas.

16. Las organizaciones de trabajadores o empresariales deberán presentar el Paquete de Créditos conforme a los plazos establecidos en el Instructivo para la Presentación y Aprobación de Paquetes de Créditos en Línea III.

17. Los Paquetes de Créditos que se presenten al Instituto, podrán ser desde 40 hasta 150 viviendas.

18. El Constructor deberá pagar al INFONAVIT la Cuota Única de Inscripción equivalente al 2.0% del valor total de edificación de las viviendas que integran el paquete de créditos (incluyendo infraestructura y urbanización) sin considerar el valor del terreno, Para el caso de paquetes de Vivienda Económica, el H. Consejo de Administración aprobó la reducción de la Cuota Única de Inscripción al 1.25%. A la presentación del paquete, cubrirá el 0.5% de dicha cuota y el resto una vez aprobado por el H. Consejo de Administración, previo al ejercicio de los Créditos. En caso de que el paquete no sea aprobado o bien, no se desarrolle por alguna razón, esta Cuota no será reembolsable, ni transferible para cualquier otro pago.

19. Las Subdirecciones Generales Técnica y Jurídica y de Fiscalización; así como las Delegaciones Regionales serán las responsables de evaluar los Paquetes de Créditos en Línea III, presentados por las organizaciones.

20. La Delegación Regional deberá recabar la opinión de la Comisión Consultiva respectiva.

21. Las Organizaciones de trabajadores y empresariales solicitarán a la Delegación Regional correspondiente, a través de sus representantes legales, las precalificaciones de los trabajadores propuestos para integrar el Paquete de Créditos en Línea III. Estas se podrán obtener también, a través de los medios alternos de que dispone el INFONAVIT.

22. Los trabajadores propuestos deberán cumplir con la puntuación requerida en la localidad o municipio a que pertenezca el Paquete de Créditos, conforme al sistema de puntuación establecido en las Reglas vigentes.

23. Una vez vinculados al Paquete, los trabajadores no pueden efectuar trámites simultáneos para obtener un crédito diferente al gestionado para conformar el Paquete.

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24. Una vez que el H. Consejo de Administración apruebe el Paquete de Créditos, no procederá ninguna modificación.

25. Los trabajadores derechohabientes vinculados al paquete de créditos en Línea III, deberán constituir un Fideicomiso de Administración e Inversión u otorgarán Mandato a través de Instituciones Financieras autorizadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con objeto de que se suscriba con la Empresa Constructora designada, el contrato de obra a precio alzado y tiempo determinado, asegurar la correcta aplicación de sus créditos y constatar el otorgamiento de la Garantía Hipotecaria.

26. El Fideicomiso de Administración e Inversión ó Mandato en su caso, que se constituya por los trabajadores, deberá comprender funciones tales como: recibir las ministraciones de los créditos, celebrar cualquier tipo de contrato bajo su estricta responsabilidad (como los de obra a Precio Alzado y Tiempo Determinado y el de Supervisión de Obra) y aquellas funciones inherentes en su caso a un Fideicomiso Irrevocable Traslativo de Dominio y de Administración e Inversión, conforme a lo dispuesto en el numeral 22 del Instructivo de Paquetes Línea III.

27. En caso de que el paquete se cierre con un número menor de trabajadores al aprobado, el Fiduciario o Mandatario solo reconocerá a la Empresa Constructora, la parte proporcional de los conceptos señalados en el punto anterior.

28. El Fideicomiso o Mandato deberá contar con un Comité Técnico que será presidido por el Delegado Regional o Representante de la Dirección General a fin de vigilar y dar seguimiento al desarrollo de las obras bajo Fideicomiso o Mandato y seleccionar a la Empresa Supervisora, sesionando cuando menos una vez al mes.

29. Para poder ejercer los créditos bajo el esquema de Paquetes se deberá constituir previamente Garantía Hipotecaria a favor del INFONAVIT de manera individual sobre cada uno de los lotes propiedad de los derechohabientes vinculados al paquete. Tratándose de, localidades en las que su legislación no permita escriturar lotes sin urbanizar, la garantía se constituirá sobre la totalidad del terreno donde se edificarán las viviendas en conjunto.

30. Del Monto del Crédito otorgado, se destinará un 5% para cubrir por cuenta del trabajador acreditado, los gastos de titulación, financieros y de operación. Para el caso de Vivienda Económica, dicho porcentaje se reduce al 3%. El ejercicio de los créditos será a través de siete ministraciones periódicas conforme al numeral 25 del Instructivo de Paquetes en Línea III.

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No.

Ministración % a

Ministrar

% de

Avance

1 15 15

2 15 30

3 15 45

4 15 60

5 15 75

6 15 90

7 10 100

31. El Fiduciario ó Mandatario deberá utilizar los recursos del ejercicio de los

créditos de los trabajadores derechohabientes, de conformidad con el programa físico-financiero que no deberá ser superior a 180 días calendario a partir del pago de la primera ministración y podrá solicitar al INFONAVIT, a petición del constructor, con el visto bueno del supervisor, y hasta antes del pago de la quinta ministración, prórroga sólo en tiempo, hasta por otros 60 días calendario.

32. Se dará una asignación de recursos preferencial a las primeras ministraciones de los paquetes integrados por Vivienda Económica.

33. El Fiduciario o Mandatario podrá considerar como avance de Proyecto para el cobro de la primera ministración, además de la obra ejecutada, los montos erogados por concepto de Proyecto, Licencias, Permisos y Derechos, Cuota Única de Inscripción, Avalúo (Estudio de Proyecto) y Dictamen Técnico del Terreno, previa comprobación.

34. Para estar en posibilidades de ejercer la 7ª ministración, el trabajador deberá entregar al INFONAVIT, el Aviso de Retención de Descuentos correspondiente, debidamente sellado y firmado por su patrón. En el caso de que el trabajador pierda la relación laboral durante el ejercicio de su crédito y esté imposibilitado para entregar dicho documento, se inscribirá al R. E. A., en tanto subsana su situación laboral.

35. El inicio de la amortización del crédito no podrá exceder a los 270 días naturales, a partir del cobro de la primera ministración, independientemente del número de ministraciones cobradas y del avance de las obras, ya sea a través del mecanismo de Aviso de Retención de Descuentos, Cédula de Determinación o inscripción al REA. Los 270 días naturales incluyen las prorrogas si las hubiera. Una vez transcurrido este plazo, el crédito se formalizará automáticamente, sin que proceda reclamación alguna para ejercer las ministraciones no cobradas.

36. El INFONAVIT tendrá en todo tiempo la facultad de supervisar directamente o por medio de despachos de supervisión externos, la correcta aplicación de

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los recursos en las obras financiadas y que éstas cumplan con las normas de calidad en mano de obra y materiales, así como con el Programa Físico-Financiero.

37. En caso de incumplimiento en la calidad de la obra y en los avances previstos en el Programa Físico-Financiero por parte de la empresa Constructora; el Fiduciario o Mandatario deberá aplicar las penas y sanciones que se señalen en el contrato correspondiente, asimismo en caso de prórroga o desfasamiento del Programa Físico-Financiero, deberá considerar que la empresa Constructora continuará cubriendo los gastos de la supervisión conforme a lo establecido en los “Lineamientos de Supervisión y Verificación de Vivienda INFONAVIT”.

A la conclusión de las obras y previo Dictamen Técnico Único, la Empresa Cons-tructora entregará al Fiduciario las viviendas terminadas, este a su vez, escriturará de ser el caso, constituyendo Garantía hipotecaria a favor del INFONAVIT y en-tregará a cada uno de los derechohabientes, consumado lo cual se extinguirá el Fideicomiso o Mandato

Identificación de Cambios

Septiembre 07, 2005 Ninguno de los cambios presentados en ésta versión, modifican la operación del producto.

Se alinea este procedimiento de acuerdo al OCI, (sin que opere dentro de ese sistema, actualmente sigue operando en SOC). En el apartado de Definiciones y Generalidades se actualizaron las siguientes áreas: La Coordinación General de Operación y Diseño de Productos de Crédito, se transforma en Subdirección General de Crédito. (S.G.C.)

La Subdirección General Técnica y la de Delegaciones se unifican en la Subdirección General Técnica y de Delegaciones.(S.G.T.D.)

Se incluye el formato de Solicitud de Estudio de Valor y Aviso de Selección de Unidad de Valuación.

Se incluye la participación de las Notarías en la elaboración del Dictamen Jurídico para estandarizar el proceso con los de Línea II y Línea IV.

Se retira del procedimiento el anexo “Carta de Adhesión”; actualmente esta vigente para su consulta y aplicación en el Portal de INFONAVIT.

Se actualiza el Contrato de Fideicomiso Irrevocable Traslativo de Dominio, de Administración e Inversión en lo referente al pago de los servicios profesionales de la empresa de supervisión de obra.

En el capitulo “Formatos de Registro” se renumeran los Anexos enlistados y se hace referencia a los incluidos en el Portal INFONAVIT, Sección “Para los

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trabajadores”,”Más Recursos”, “Formatos para trámites”.

Se actualizo el apartado de Autorizaciones.

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Diagrama de Flujo

DIAGRAMA DE FLUJO PG_00009

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Desarrollo

N° Puesto Descripción de la actividad I.- INVITACIÓN DE LA DESIGNACIÓN DEL REPRESENTANTE DE LOS TRABAJADORES Y DEL

CONSTRUCTOR. 1. REPRESENTANTE

DE LA ORGANIZACIÓN (TRABAJADORES O EMPRESARIAL)

Invitación a la Organización 1. Entrega a la Dirección Sectorial correspondiente, Solicitud de Invitación

para que se le autorice ejercer créditos bajo el esquema de Paquetes en Línea III, anexando en su caso, escrito en el que el propietario del terreno donde se desarrollará el paquete manifiesta su conformidad de destinarlo para la ejecución del mismo (ANEXO 1) y las correspondientes copias de Uso del Suelo, de Factibilidad de Servicios y copia de la Escritura del terreno debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad, constatando que se encuentra libre de gravamen y sin limitación de dominio.

2. DIRECTOR SECTORIAL (DE LOS TRABAJORES O EMPRESARIAL)

1. Recibe del Representante de la Organización, Solicitud de Invitación para que se le autorice ejercer créditos bajo el esquema de Paquetes en Línea III.

2. Si así lo determina, envía a la Subdirección General de Crédito (S.G.C.), oficio en el que manifiesta su apoyo y/o ratificación a la solicitud de la Organización, anexando la propia solicitud de invitación.

3. SUBDIRECTOR GENERAL DE CRÉDITO (S.G.C.)

1. Recibe de la Dirección Sectorial correspondiente, Solicitud de Invitación y oficio en el que ese Sector, manifiesta su apoyo y/o ratificación a la organización solicitante, para presentar un Paquete de Créditos de Línea III.

2. Turna al Gerente de Producto Líneas III y IV, Solicitud de Invitación, oficio de Apoyo y/o ratificación para su registro y en su caso; para que proceda a la emisión de la Invitación correspondiente.

4. GERENTE DE PRODUCTO LINEAS III Y IV (S.G.C.)

1. Recibe de la Subdirección General de Crédito (S.G.C.), solicitud de invitación y oficio en el que la Dirección Sectorial correspondiente manifiesta su apoyo y/o ratificación a la organización solicitante, para presentar un Paquete de Créditos de Línea III.

2. Registra en el Sistema de Seguimiento de Paquetes de Línea III, la Solicitud de Invitación, los datos de identificación del paquete (organización solicitante, empresa Constructora propuesta, nombre y ubicación del frente, localidad, entidad federativa y número de viviendas).

3. El Sistema asigna número consecutivo a la Solicitud.

4. De ser procedente la emisión de la Invitación, en un plazo no mayor de cinco días hábiles después de haber recibido la Solicitud, elabora la Invitación respectiva para firma del Subdirector General de Crédito (S.G.C.), conforme al Programa Anual de Financiamiento y oferta y

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demanda existente en la localidad.

5. De no ser procedente la emisión de la Invitación, sin rebasar para su respuesta los cinco días hábiles mencionados, notifica a la Subdirección General de Crédito (S.G.C.) y prepara para su firma, comunicado dirigido a la Dirección Sectorial correspondiente, señalando las causas por las que no procede.

5. SUBDIRECTOR GENERAL DE CRÉDITO (S.G.C.)

1. Recibe Invitación elaborada por el Gerente de Producto Líneas III y IV para su firma, de ser procedente, la autoriza y devuelve para su trámite, o en caso contrario, recibe comunicado de improcedencia, para ser requisitado.

6. GERENTE DE PRODUCTO LINEAS III Y IV (S.G.C.)

1. Recibe Invitación firmada por el Subdirector General de Crédito (S.G.C.) o en su caso; comunicado de improcedencia.

2. Remite a la Dirección Sectorial correspondiente la Invitación con copia a las Áreas involucradas para su conocimiento, o en su caso, el comunicado de improcedencia a la solicitud de Invitación.

7. DIRECTOR SECTORIAL (DE LOS TRABAJORES O EMPRESARIAL)

1. Recibe Invitación o en su caso, el comunicado de improcedencia a la solicitud de Invitación.

2. Comunica a la Organización correspondiente el resultado, obteniendo acuse de entrega de la Invitación y remite acuse al Gerente de Producto Líneas III y IV.

8. REPRESENTANTE DE LA ORGANIZACIÓN (TRABAJADORES O EMPRESARIAL)

1. Por conducto de la Dirección Sectorial correspondiente, recibe Invitación o en su caso comunicado de que no fue procedente la Solicitud, firma el acuse de recibo y conserva el original.

Nota: En caso de recibir la invitación solicitada, tendrá 30 días hábiles como plazo máximo a partir de la fecha de su recepción para presentar el paquete en la Delegación Regional y obtener su registro en la Coordinación de Registro, Evaluación y Aprobación de Proyectos de Vivienda. En caso de no presentar el Paquete en el plazo señalado, se cancelará la Invitación.

Designación del representante acreditado y del constructor 2. Entrega al Gerente de Producto Líneas III y IV, la Constancia del

Representante Acreditado de los trabajadores (ANEXO 2) y la Carta de Designación de la Empresa Constructora que desarrollará el paquete (ANEXO 3).

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9. GERENTE DE PRODUCTO LINEAS III Y IV (S.G.C.)

1. Recibe acuse de la Invitación por parte de la Dirección Sectorial correspondiente.

2. Recibe Constancia del Representante Acreditado de los trabajadores (ANEXO 2) y la Carta de Designación de la Empresa Constructora (ANEXO 3) para capturar información en el Sistema de Subastas de Paquetes.

II.- PRECALIFICACIÓN DE LOS TRABAJADORES, INTEGRACIÓN, PRESENTACIÓN Y REGIS-TRO DEL PAQUETE DE CRÉDITOS

10. REPRESENTANTE DE LA ORGANIZACIÓN (TRABAJADORES O EMPRESARIAL)

Precalificación de trabajadores derechohabientes 1. Precalifica a los trabajadores derechohabientes en el Portal INFONAVIT

(http://www.infonavit.org.mx) de acuerdo con lo estipulado en ITR_00000 “Guía de Precalificación, Asesoría y Alternativas para obtener el Crédito”, vigente en el Sistema de Gestión Documental ARA.

2. Imprime las Cartas de Inicio de Trámite (CIT) de cada uno los trabajadores interesados en vincularse al Paquete de Créditos y las entrega al Representante Acreditado de los trabajadores, para que las presente ante el INFONAVIT.

11. REPRESENTANTE DE LOS TRABAJADORES

1. Recibe del Representante de la Organización las Cartas de Inicio de Trámite (CIT) de los trabajadores propuestos para vincularse al Paquete de Créditos.

2. Explica a los trabajadores que representa, las características del crédito de acuerdo a lo obtenido en las Cartas de Inicio de Trámite (CIT) y el esquema crediticio en la modalidad denominada Línea III del INFONAVIT, al que se van a adherir.

3. Elabora el Listado de Trabajadores (ANEXO 4), con base en la precalificación efectuada por la Organización; consignando los datos de identificación de cada trabajador y el valor de edificación de vivienda que ofrece el desarrollador.

4. Presenta al Jefe del Área de Crédito en la Delegación Regional o al Gerente del CESI que opere en la localidad, para su validación, el Listado de Trabajadores (ANEXO 4), con las respectivas Cartas de Inicio de Trámite.

12. JEFE DEL ÁREA DE CRÉDITO (DR) O GERENTE DEL CESI

1. Recibe listado de trabajadores (ANEXO 4) con el valor propuesto de las viviendas que integran el paquete de créditos y las Cartas de Inicio de Trámite.

2. Coteja que las precalificaciones consignadas en el listado, correspondan con la información que arroja el sistema de precalificaciones. En caso de inconsistencias, consigna el dato correcto en el formato respectivo (ANEXO 4).

3. Ddetermina las diferencias que en su caso deberá pagar directamente cada trabajador, entre el valor de la vivienda propuesto y la cantidad con

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la que contaría, obteniendo consecuentemente la viabilidad inicial del paquete.

4. En un plazo máximo de 5 días hábiles a partir de su recepción, devuelve al Representante de los Trabajadores, las Cartas de Inicio de Trámite (CIT’s), junto con el resultado de la precalificación de cada uno de los interesados en vincularse al paquete, señalando las diferencias que en su caso existan entre el valor propuesto de la vivienda y la cantidad con la que contaría, datos que se consignan en el Listado de Trabajadores (ANEXO 4), para que de así estimarlo, puedan convenir con el constructor el pago de dichas diferencias.

13. REPRESENTANTE DE LOS TRABAJADORES

1. Recibe del Jefe del Área de Crédito o CESI las CIT’s y el listado de trabajadores en el que consigna el resultado de la precalificación de los trabajadores interesados en vincularse al paquete. En caso de existir diferencias, informa a los trabajadores que deberán convenir su pago con el constructor una vez que cuente con el Dictamen Integrado Procedente de cada uno de sus expedientes personales.

14. CONSTRUCTOR Pago parcial de la cuota de inscripción 1. Efectúa el pago parcial de la Cuota Única de Inscripción por la cantidad

equivalente al 0.5% del valor total del paquete (edificación, infraestructura y urbanización) conforme a lo indicado en el Procedimiento PG_0004 “Depósito Referenciado en Sucursal Bancaria (Concentración de Fondos)”.

2. Recibe de la Institución Bancaria, comprobante del pago parcial de la Cuota Única de Inscripción (comprobante de depósito bancario) y lo integra al expediente.

15. REPRESENTANTE DE LOS TRABAJADORES Y CONSTRUCTOR

Integración y presentación del paquete de créditos 1. Integran el Expediente del Paquete de Créditos conforme a la Guía para

la Integración del Paquete de Créditos (ANEXO 5), que incluye:

I. Documentos Generales.

II. Documentación oficial del terreno.

III. Proyecto Ejecutivo.

2. El Representante de los Trabajadores entrega en la Delegación Regional, al Jefe del Área de Crédito, a más tardar 30 días hábiles a partir de la recepción de la invitación, un tanto del Expediente de Paquetes de Créditos, recabando acuse de recibo.

3. El Representante de los Trabajadores entrega en la C.R.E.A. un tanto del Expediente del Paquete de Créditos, con el acuse de recibido de la Delegación Regional dentro de un plazo no mayor a 5 días hábiles posteriores a su entrega en la Delegación Regional.

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16. JEFE DEL ÁREA DE CRÉDITO (DR) O GERENTE DEL CESI

1. Recibe del Representante de los Trabajadores un tanto del Expediente del Paquete de Créditos.

2. Revisa que la presentación se esté realizando dentro de los 30 días hábiles contados a partir de la fecha de recepción de la invitación solicitada.

3. Verifica que el Expediente del Paquete de Créditos presente la documentación completa, conforme a la Guía para la Integración del Paquete de Créditos (ANEXO 5)

4. De no existir inconveniente, extiende el acuse de recibo correspondiente.

5. Si el plazo ha sido rebasado, no recibe expediente y notifica por Correo Electrónico a la Gerencia de Producto Líneas III y IV, para que en su caso, se cancele la Invitación.

17. COORDINADOR DE REGISTRO, EVALUACION Y APROBACION DE PROYECTOS DE VIVIENDA (C.R.E.A.)

Registro del paquete de créditos 1. Recibe del Representante de los Trabajadores un tanto del Expediente

del Paquete de Créditos, con el acuse de recibido de la Delegación Regional. (dentro de un plazo no mayor a 5 días hábiles posteriores a su entrega en la Delegación Regional).

2. Verifica que el Expediente del Paquete de Créditos presente la documentación completa, conforme a la Guía para la Integración del Paquete de Créditos (ANEXO 5)

3. Verifica que la empresa constructora designada cuente con su registro actualizado en el Padrón de Contratistas y Supervisores del INFONAVIT y no tenga antecedentes de incumplimiento ni adeudos pendientes con el INSTITUTO.

4. A más tardar al día hábil siguiente, y de no existir inconveniente, asigna el N° de registro a la oferta, (Sistema SECTEC) y lo hace del conocimiento del Jefe del Área de Crédito (DR) vía correo electrónico.

En caso contrario, notifica por correo electrónico al representante de los trabajadores, las causas por las cuales no es posible asignar el número de registro

18. JEFE DEL ÁREA DE CRÉDITO (DR) O GERENTE DEL CESI

1. Recibe de la C.R.E.A. el número de registro de 16 dígitos asignado al Paquete de Créditos para su identificación.

2. Entrega al Jefe del Área Técnica el Expediente del Paquete de Créditos con el n° de registro asignado por la CREA, para que proceda a emitir su opinión sobre la Viabilidad Técnica del Terreno (ANEXO 12).

3. Solicita al Jefe del Área Técnica o al Gerente de Enlace y Supervisión de Áreas Técnicas (D. F.), designe a la Unidad de Valuación, que elaborará el Estudio de Valor y Dictamen Técnico del Terreno de los prototipos de viviendas que integran el Paquete de Créditos.

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III- EVALUACIÓN DEL PAQUETE DE CRÉDITOS

19. JEFE DEL AREA TECNICA (DR) O GERENTE DE ENLACE Y SUPERVISION DE AREAS TECNICAS (DF)

Verificación del terreno 1. Recibe del Jefe del Área de Crédito o del CESI que opere en la

localidad, el Expediente del Paquete de Créditos y verifica físicamente que los lotes individuales ó el terreno propuesto, cumpla con las condiciones técnicas y jurídicas necesarias para el sembrado, habitabilidad y seguridad de las viviendas.

2. Emite su opinión sobre la Viabilidad Técnica del Terreno (ANEXO 12), mismo que anexa al expediente del Paquete de Créditos.

Designación de Unidad de Valuación. 3. Derivado de la solicitud del Jefe del Área de Crédito, designa a la Unidad

de Valuación que elaborará el Estudio de Valor y Dictamen Técnico del Terreno de los prototipos de viviendas que integran el Paquete de Créditos.

4. El mismo día, entrega al Jefe del Área de Crédito o Gerente CESI, el Aviso de Selección de Unidad de Valuación (ANEXO 10), designada para el Paquete de Créditos en particular.

5. El mismo día, envía por correo electrónico a la Unidad de Valuación designada, el Aviso de Selección para que proceda a elaborar el Estudio de Valor y Dictamen Técnico del Terreno de los prototipos de viviendas que integran el Paquete de Créditos, una vez cubierta la cuota correspondiente.

6. Turna expediente al Grupo de Dictaminación.

20. JEFE DEL ÁREA DE CRÉDITO (DR) O GERENTE DEL CESI

1. Hace del conocimiento del representante de los trabajadores, el N° de registro asignado al Paquete de Créditos por la C.R.E.A.

2. Recibe del Jefe del Área Técnica la Cédula de Aviso de Selección de Unidad de Valuación (ANEXO 10)

3. Al día siguiente a mas tardar, entrega al Representante de los Trabajadores:

• Aviso de Selección de Unidad de Valuación (ANEXO 10).

• El formato de Solicitud de Estudio de Valor y Dictamen Técnico del Terreno (ANEXO 11), indicándole que el costo lo deberá cubrir el Constructor.

21. REPRESENTANTE DE LOS TRABAJADORES

1. Recibe los documentos señalados en el punto anterior.

2. Entrega al Constructor la Cédula de Aviso de Selección de la Unidad de Valuación (ANEXO 10).

3. Requisita en coordinación con el Constructor el formato de Solicitud de Estudio de Valor y Dictamen Técnico del Terreno (ANEXO 11), junto con la documentación relacionada en la propia solicitud.

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22. CONSTRUCTOR Elaboración del Estudio de Valor y Dictamen Técnico del Terreno 1. Acude a la Unidad o Instancia de Valuación asignada por el INFONAVIT

para solicitar la elaboración del Estudio de Valor y Dictamen Técnico del Terreno de los prototipos de viviendas que integran el Paquete de Créditos correspondiente.

2. Entrega a la Unidad o Instancia de Valuación asignada:

Aviso de Selección de Unidad de Valuación (ANEXO 10)

Solicitud de Estudio de Valor y Dictamen Técnico del Terreno (ANEXO 11) debidamente requisitada.

Documentación indicada en la propia Solicitud.

3. Cubre a la Unidad o Instancia de Valuación, el costo del Estudio de Valor y Dictamen Técnico del Terreno de los prototipos de viviendas que integran el Paquete de Créditos.

23. UNIDAD DE VALUACION

1. Recibe del Jefe del Área Técnica por correo electrónico el Aviso de Selección de Unidad de Valuación para elaborar el Estudio de Valor y Dictamen Técnico del Terreno.

2. Recibe del Constructor, previo pago, la Cédula de Aviso de Selección (ANEXO 10), la Solicitud de Estudio de Valor y Dictamen Técnico del Terreno (ANEXO 11) y la documentación requerida.

3. Realiza el Estudio de Valor y Dictamen Técnico del Terreno de los prototipos de viviendas que integran el Paquete de Créditos con la documentación que previamente le entregó el Constructor.

4. Entrega al Constructor original y dos copias del Estudio de Valor y Dictamen Técnico del Terreno de los prototipos de viviendas que integran el Paquete de Créditos.

5. Envía al Jefe del Área Técnica por correo electrónico el resultado del Estudio de Valor y Dictamen Técnico del Terreno de los prototipos de viviendas que integran el Paquete de Créditos.

24. CONSTRUCTOR 1. Recibe original y dos copias del Estudio de Valor y Dictamen Técnico del Terreno para que a su vez, el Representante de los trabajadores los entregue al INFONAVIT.

25. REPRESENTANTE DE LOS TRABAJADORES

1. Recibe del constructor original y dos copias del Estudio de Valor y Dictamen Técnico del Terreno.

2. Entrega al jefe del Área de Crédito original del Estudio de Valor y Dictamen Técnico del Terreno, con lo que el Expediente de Crédito queda totalmente integrado.

3. Entrega en la C.R.E.A. una copia del Estudio de Valor y Dictamen Técnico del Terreno con lo que el Expediente de Paquete de Créditos queda totalmente integrado.

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4. Conserva la copia restante del Estudio de Valor y Dictamen Técnico del Terreno

5. En su caso; entrega al Jefe del Área de Crédito (D.R.) y a la C.R.E.A., la documentación adicional necesaria para corregir o complementar el Expediente del Paquete de Créditos.

26. JEFE DEL AREA DE CREDITO (DR)

4. Recibe del Representante de los Trabajadores original del Estudio de Valor y Dictamen Técnico del Terreno de los prototipos de viviendas que integran el Paquete de Créditos y los remite al Jefe del Área Técnica, con lo que el Expediente de Paquete de Créditos queda totalmente integrado.

5. En su caso; recibe documentación original adicional para corregir o complementar el Expediente de Paquete de Créditos y acusa de recibido.

27. JEFE DEL AREA TECNICA (DR)

1. Recibe de la Unidad de Valuación correo electrónico con los datos obtenidos del Estudio de Valor y Dictamen Técnico del Terreno.

2. Recibe del Jefe del Área de Crédito original del Estudio de Valor y Dictamen Técnico del Terreno, y en su caso documentación adicional.

3. Coteja que la información coincida en ambos documentos y los integra al Expediente del Paquete.

4. Turna al Grupo de Dictaminación, el Estudio de Valor y Dictamen Técnico del Terreno, para ser integrado al Expediente.

28. COORDINADOR DE REGISTRO, EVALUACION Y APROBACION DE PROYECTOS DE VIVIENDA (C.R.E.A.)

Evaluación del Paquete de Créditos (C.R.E.A) 1. Recibe del Representante de los Trabajadores una copia del Estudio de

Valor y Dictamen Técnico del Terreno de los prototipos de Vivienda que integran el Paquete de Créditos con lo que el expediente queda totalmente integrado.

2. En su caso; recibe documentación adicional para corregir o complementar el Expediente de Crédito con acuse de recibido de la Delegación Regional.

3. Analiza el expediente y en su caso, documentación adicional

4. En caso de ser procedente, emite Dictamen Único de la Viabilidad del Paquete. En caso contrario, comunica por escrito al Representante de los Trabajadores, las causas que impiden su emisión

29. GRUPO DE DICTAMINACION (AREAS TECNICA, DE CREDITO Y JURIDICA) DR /CESI

Evaluación del Paquete de Créditos (Delegación Regional) 1. Recibe del Jefe del Área Técnica expediente del Paquete de Créditos

que incluye la opinión sobre la Viabilidad Técnica del Terreno (ANEXO 12), y en su caso documentación adicional para corregir o complementar el Expediente de Crédito.

2. Recibe el Estudio de Valor y Dictamen Técnico del Terreno,

3. En su caso; recibe documentación adicional

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4. Analiza el expediente y emite el Dictamen Delegacional (ANEXO 7) basando la evaluación en la Cedula de Integración y Revisión del Proyecto Ejecutivo (ANEXO 13).

a) En caso de que el Dictamen Delegacional resulte favorable, una vez avalado por el Delegado Regional, lo envía a la C.R.E.A. a través del Jefe del Área Técnica junto con copia de la opinión sobre la Viabilidad Técnica del Terreno (ANEXO 12).

b) De resultar el Dictamen Delegacional desfavorable, el Jefe del Área de Crédito comunica por escrito al Representante de los trabajadores directamente o a través del CESI que opere en la localidad, el resultado, indicándole las causas para que puedan ser subsanadas y corregir la situación de su paquete.

5. Integra al Expediente del Paquete de Créditos, copia del Dictamen Delegacional y lo turna al Jefe del Área Técnica.

30. REPRESENTANTE DE LOS TRABAJADORES

1. Recibe escrito de la C.R.E.A. y/o del Jefe del Área de Crédito, en el que se le comunica las causas por las cuales, el Dictamen Único de Viabilidad del Paquete y/o el Dictamen Delegacional resultan desfavorables, para que recabe y presente la documentación faltante o complementaria que subsane el expediente del Paquete de Créditos (REGRESA AL PASO 25, ACTIVIDAD 4).

31. JEFE DEL AREA TECNICA (DR)

1. Recibe del Grupo de Dictaminación, el Expediente del Paquete de Créditos.

2. En su oportunidad presenta a la Comisión Consultiva las características relativas a factibilidades de servicios, especificaciones, precio, área y tipo de las viviendas que conforman el Paquete de Créditos para que emita opinión en su próxima sesión.

32. COMISION CONSULTIVA

1. Conoce las características del Paquete de Créditos, emite opinión y a través de la Delegación Regional, la remite a la C.R.E.A., a más tardar al día hábil siguiente de haber sesionado.

33. COORDINADOR DE REGISTRO, EVALUACION Y APROBACION DE PROYECTOS DE VIVIENDA (C.R.E.A.)

1. Recibe del Grupo de Dictaminación, a través del Jefe del Área Técnica, el Dictamen Delegacional favorable (ANEXO 7) con copia de la opinión sobre la Viabilidad Técnica del Terreno (ANEXO 12).

2. Informa por correo electrónico a la Delegación Regional lugar, fecha y hora para la revisión conjunta del Expediente del Paquete de Créditos.

3. Recibe Opinión de la Comisión Consultiva Regional

34. JEFE DEL AREA TECNICA (DR)

1. El Jefe del Área Técnica recibe cita para que a su vez, informe al constructor a través del Jefe del Área de Crédito, fecha, lugar y hora para la revisión conjunta del Proyecto Ejecutivo.

35. CONSTRUCTOR 1. Recibe a través del Jefe del Área de Crédito de la Delegación cita para la revisión conjunta del Proyecto Ejecutivo.

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2. Prepara un tanto del Expediente exactamente igual a los que entregó en la Delegación Regional y en la C.R.E.A, y un tanto del Proyecto Ejecutivo que integra el Expediente.

36. C. R. E. A., JEFE DEL ÁREA TÉCNICA (DR) Y CONSTRUCTOR

1. Se reúnen para verificar que el expediente cumpla con los lineamientos establecidos en la Cedula de Integración y Revisión del Proyecto Ejecutivo (ANEXO 13).

2. En caso de que el expediente no contenga la documentación completa, el constructor a través del Representante de lo trabajadores deberá entregar al Jefe del Área de Crédito o al CESI que opere en la localidad y en la C.R.E.A., en un plazo no mayor a 5 días hábiles, la documentación adicional para complementar el expediente del Paquete de Créditos (REGRESA AL PASO 25, ACTIVIDAD 4).

3. Si la revisión resulta positiva; se sellará la documentación verificada en cada uno de los tantos presentados del Expediente del Paquete de Créditos (a.-Delegación Regional, b.- C.R.E.A, c.-Constructor) y del Proyecto Ejecutivo, (d.- Supervisión).

4. El representante del Área Técnica de la Delegación conserva un ejemplar del Expediente del Paquete de Créditos (tanto “a”) y el Proyecto Ejecutivo (tanto “d”), ambos sellados para su guarda y seguimiento posterior.

5. La C.R.E.A y el Constructor, conservan los otros dos ejemplares sellados (tantos “b” y “c”)

37. COORDINADOR DE REGISTRO, EVALUACION Y APROBACION DE PROYECTOS DE VIVIENDA (C.R.E.A.)

1. Toda vez que la revisión del Expediente de Paquete de Créditos, resulto favorable, integra los dictámenes que permitan turnar el Paquete al Comité Tripartito de Paquetes de Línea III:

a) Dictamen Único de la Viabilidad del Paquete (C.R.E.A).

b) Dictamen Delegacional (ANEXO 7) y la opinión que emite el Área Técnica de la Delegación sobre la Viabilidad Técnica del Terreno (ANEXO 12)

c) Opinión de la Comisión Consultiva Regional.

2. Si los Dictámenes resultan positivos, incluye el paquete en la relación que elabora como propuestos para aprobación.

3. De existir algún dictamen negativo, comunica por escrito al Representante de los Trabajadores el resultado, indicándole que cuenta con un plazo de 15 días hábiles a partir de que reciba la notificación para corregir la situación de su paquete.

38. REPRESENTANTE DE LOS TRABAJADORES

1. Recibe de la C.R.E.A. comunicado referente a las causas del rechazo, para que recabe y presente la documentación faltante o complementaria que subsane el expediente del Paquete de Créditos (REGRESA AL

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PASO 25, ACTIVIDAD 4).

39. COORDINADOR DE REGISTRO, EVALUACION Y APROBACION DE PROYECTOS DE VIVIENDA (C.R.E.A.)

1. En un plazo máximo de 20 días hábiles contados a partir de que el Estudio de Valor y Dictamen Técnico del Terreno fue integrado al Expediente de Crédito en la C.R.E.A., Presenta el Paquete de Créditos con resultado positivo, al Comité Tripartito de Paquetes de Línea III para que se tomen en cuenta y en su caso, sean sometidos a consideración del H. Consejo de Administración para su aprobación.

IV- APROBACIÓN DEL PAQUETE DE CRÉDITOS

40. COMITÉ TRIPARTITO DE PAQUETES DE CRÉDITOS EN LÍNEA III

Aprobación del paquete de créditos 1. De resultar procedente, autoriza que el paquete se someta a

consideración del H. Consejo de Administración, para ser aprobado en su próxima Sesión.

41. H. CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN

1. Con base en la opinión positiva del Comité Tripartito, aprueba el paquete en la Sesión correspondiente mediante el acta respectiva.

42. SECRETARIO GENERAL DEL H.C.A.

1. Instruye al Coordinador de Registro, Evaluación y Aprobación de Proyectos de Vivienda, que comunique por escrito al Representante de los Trabajadores la aprobación del paquete.

43. COORDINADOR DE REGISTRO, EVALUACION Y APROBACION DE PROYECTOS DE VIVIENDA (C.R.E.A.)

1. Notifica al Representante de los Trabajadores la aprobación del Paquete.

2. Envía copia de la notificación de la aprobación del Paquete a las siguientes áreas:

o Delegado Regional o Subdirección General Técnica y de Delegaciones o Subdirección General Jurídica y de Fiscalización o Subdirección General de Crédito.

3. Solicita a la Subdirección General de Crédito (S.G.C.), realice el trámite subsecuente para Autorizar la Inscripción de los trabajadores al Sistema de Otorgamiento de Crédito (SOC).

V.- AUTORIZACIÓN DE LOS CRÉDITOS.

44. SUBDIRECTOR GENERAL DE CRÉDITO (S.G.C.)

Inscripción de los trabajadores al SOC 1. Recibe de la C.R.E.A., comunicado de la aprobación del Paquete y la

solicitud para que realice el trámite para Autorizar la Inscripción de los trabajadores al SOC.

2. Instruye al Gerente de Producto Líneas III y IV para emitir la autorización que permita la Inscripción de los trabajadores al SOC y la actualización del estatus del paquete en el Sistema de Seguimiento Físico Financiero de Subastas y Paquetes.

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45. GERENTE DE PRODUCTO LINEAS III Y IV (S.G.C.)

1. Elabora “Oficio de Autorización de Inscripción de los trabajadores al SOC” y lo envía al Subdirector General de Crédito (S.G.C.) para su firma.

46. SUBDIRECTOR GENERAL DE CRÉDITO (S.G.C.)

1. Recibe oficio elaborado por el Gerente de Producto Líneas III y IV para su firma, de ser procedente, autoriza la Inscripción de los trabajadores vinculados al paquete al Sistema de Otorgamiento de Crédito (SOC).

47. GERENTE DE PRODUCTO LINEAS III Y IV (S.G.C.)

1. Envía al Delegado Regional el “Oficio de Autorización de Inscripción de los trabajadores al SOC”

2. Actualiza el estatus del paquete en el Sistema de Seguimiento Físico Financiero de Subastas y Paquetes, captura el número y fecha del “Oficio de Autorización de Inscripción de los trabajadores al SOC”

3. Asigna al paquete aprobado la clave “APE” en el SOC.

48. SUBDIRECCIONES GENERALES : TÉCNICA Y DE DELEGACIONES, CRÉDITO Y JURIDICA Y DE FISCALIZACIÓN.

1. Recibe del Coordinador de Registro, Evaluación y Aprobación de Proyectos de Vivienda notificación de la aprobación del Paquete

49. DELEGADO REGIONAL

1. Recibe del Coordinador de Registro, Evaluación y Aprobación de Proyectos de Vivienda notificación de la aprobación del Paquete

2. Recibe del Gerente de Producto Líneas III y IV, “Oficio de Autorización de Inscripción de los trabajadores al SOC”,

3. Notifica a los Jefes de sus Áreas de Administración y Finanzas, Técnica, Servicios Jurídicos y de Crédito sobre los paquetes que fueron aprobados para esa Delegación Regional.

50. JEFE DEL AREA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS

1. Recibe del Delegado Regional notificación de la aprobación del Paquete.

2. Solicita al Jefe del Área de Crédito o a través del Gerente del CESI, que el Representante de los Trabajadores por conducto del constructor proceda a pagar el complemento de la Cuota Única de Inscripción.

51. JEFE DEL AREA TECNICA (DR)

1. Recibe del Delegado Regional notificación de la aprobación del Paquete.

2. Del Expediente del Paquete de Créditos que conserva sellado (tanto “a”), toda vez que ya fue aprobado por el H.C.A., obtiene el Proyecto Ejecutivo para su control y seguimiento durante el proceso de edificación de las viviendas y envía al Jefe del Área de Crédito el Expediente del Paquete con la documentación restante.

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3. Sigue conservando el tanto del Proyecto Ejecutivo (tanto “d”) para su posterior entrega al Comité Técnico del Fideicomiso o Mandato.

52. JEFE DEL AREA DE SERVICIOS JURIDICOS (DR) O GERENTE DEL CESI

1. Recibe del Delegado Regional notificación de la aprobación del Paquete.

2. Solicita al Jefe del Área de Crédito o a través del Gerente del CESI, que el Representante de los Trabajadores presente para su cotejo, original y copia de la Licencia de Construcción y de las autorizaciones de los servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado y energía eléctrica, expedidas por autoridad competente y los comprobantes de pago respectivo.

53. JEFE DEL AREA DE CREDITO (DR) O GERENTE DEL CESI

1. Recibe del Delegado Regional notificación de la aprobación del Paquete.

2. Recibe del Jefe del Área Técnica, para su guarda custodia y seguimiento, el Expediente del Paquete de Créditos con la documentación restante una vez que se reservó el Proyecto Ejecutivo.

3. Recibe los requerimientos de los Jefes de las Áreas de Administración y Finanzas, y Servicios Jurídicos, para transmitirlos al Representante de los Trabajadores.

4. Notifica al Representante de los Trabajadores, que derivado de la aprobación del Paquete por el H.C.A. deberá presentar en la Delegación Regional:

a) Original y copia de la Licencia de Construcción y de las autorizaciones de los servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado y energía eléctrica, expedidas por autoridad competente y los comprobantes de pago respectivos para su cotejo.

b) Expedientes Personales de los Trabajadores asociados al paquete.

c) El pago complemento de la Cuota Única de Inscripción.

54. REPRESENTANTE DE LOS TRABAJADORES

1. Recibe del Coordinador de Registro, Evaluación y Aprobación de Proyectos de Vivienda notificación de la aprobación del Paquete.

2. Recibe del Jefe del Área de Crédito los requerimientos de la Delegación regional para continuar con el otorgamiento de los Créditos.

3. Notifica al constructor que el Paquete ha sido aprobado por el H.C.A. y le indica que debe efectuar el pago del complemento de la Cuota Única de Inscripción.

4. Presenta al Jefe del Área de Crédito (DR) o Gerente CESI:

a) Original y copia de la licencia de construcción, las autorizaciones de los servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado y energía eléctrica, expedidas por autoridad competente.

b) Expedientes Personales de los Trabajadores asociados al paquete, integrados por los siguientes documentos:

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o Solicitud de Crédito (*). • Copia certificada del Acta de Nacimiento. • Copia de identificación oficial vigente y original para su cotejo. • Copia certificada del Acta de Matrimonio (en su caso).

Copia certificada del Acta de Nacimiento del Cónyuge. Copia de identificación oficial vigente del Cónyuge y original

para su cotejo. o Documento que contenga el NSS. (Estado de cuenta de AFORE,

credencial, alta, baja o carnet del servicio médico del IMSS). o Ficha de Depósito referenciado de Ahorro Voluntario (en su caso). o Carta Patronal (*).

• Carta Patronal del Cónyuge (en su caso). o Original de la Carta de Adhesión (*).

c) En su caso, presenta documentación adicional para corregir o complementar el Expediente

(*) Para la obtención de este documento, referirse al Portal INFONAVIT, Sección “Para los trabajadores”, ”Más Recursos”, “Formatos para tramites”

55. CONSTRUCTOR Pago del complemento de la Cuota de Inscripción 1. Recibe del Representante de los Trabajadores notificación de la

aprobación del Paquete por el H. Consejo de Administración y que deberá pagar el complemento de la Cuota Única de Inscripción a que se refieren los numerales 11 y 17 del Instructivo de Paquetes en Línea III. Para el caso de vivienda tradicional, la diferencia a pagar corresponde al 1.5% del valor total del las viviendas del paquete de créditos. Si se trata de un paquete del Programa de Promoción de Vivienda Económica, restaría el 0.75%.

2. Paga el complemento de la Cuota Única de Inscripción de acuerdo con el Procedimiento “Depósito Referenciado en Sucursal Bancaria (Concentración de Fondos)” (ver PG_0004 en el Sistema de Gestión Documental ARA).

3. Presenta al Jefe del Área de Crédito, o en su caso, a través del CESI que opere en la localidad, comprobante de depósito bancario.

56. JEFE DEL ÁREA DE CRÉDITO / ASESOR (DR) O GERENTE CESI

1. Recibe del Constructor o del CESI en su caso, comprobante de depósito bancario como complemento de la Cuota Única de Inscripción y lo integra al Expediente del Paquete de Créditos.

2. Notifica a las Áreas involucradas que se efectuó el pago del complemento de la Cuota Única de Inscripción.

3. Recibe del Representante de los trabajadores o del CESI:

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a) Original y copia de la licencia de construcción, las autorizaciones de los servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado y energía eléctrica, expedidas por autoridad competente. Coteja los originales con las copias, las sella, firma y las anexa al Expediente del paquete de créditos. Regresa originales al Representante.

b) Documentación de cada uno de los Expedientes Personales de los Trabajadores asociados al Paquete de Créditos.

4. Si algún expediente de los derechohabientes no está completo o está incorrecto, informa al Representante de los Trabajadores y devuelve los documentos para corregir la situación.

5. Inicia el Dictamen Integrado de cada uno de los Expedientes Personales de los Trabajadores asociados al Paquete de Créditos de acuerdo a lo establecido en el Procedimiento de Otorgamiento de Crédito en Inscripción permanente PER__00011 y la Normatividad aplicable.

Emisión de los Comprobantes de Inicio de Autorización de Crédito y Dictamen Integrado 6. Derivado de este proceso:

o Obtiene la impresión del Comprobante de Inicio de Autorización de Crédito (CIAC) para cada trabajador derechohabiente vinculado al Paquete. Este documento consigna la fecha estimada de autorización de recursos que se deberá de considerar para continuar el trámite

o Integra copia en el Expediente del Paquete.

o Entrega los originales al Representante de los Trabajadores.

7. Muestra al Representante de los Trabajadores lista de Notarios autorizados en la Delegación o CESI para que seleccione el que más le convenga por preferencia y ubicación.

8. Entrega al Representante de los Trabajadores la documentación que a continuación se menciona de cada derechohabiente acreditado:

a) CIAC debidamente firmada b) Oficio para la Notaría c) Acta de Nacimiento d) Copia del Avalúo (Estudio de Valor) y Dictamen Técnico del

Terreno e) Lista de documentos para el Notario f) Identificación oficial g) Consentimiento de Abono en Cuenta

9. Informa al Representante de los Trabajadores que debe agendar cita con el Notario para entregar el Oficio para la Notaría, la documentación de cada derechohabiente acreditado que indica la lista de documentos para el Notario; original de la licencia de construcción, las autorizaciones de los servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado y energía eléctrica,

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expedidas por autoridad competente.

En su caso, lo asesora respecto a los importes a cobrar por parte del Notario Público y le comunica que debe presentarse al INFONAVIT en 10 días hábiles por el resultado de la Dictaminación.

10. Abre Expediente de Crédito para cada trabajador con la documentación siguiente:

- Solicitud de Crédito - Carta Patronal - Copia del Avalúo (Estudio de Valor) - Copia de identificación del derechohabiente - Copia de identificación del Representante - Oficio a la Notaria - CIAC debidamente firmada - Oficio para la Notaría

57. REPRESENTANTE DE LOS TRABAJADORES

1. Recibe del Jefe del Área de Crédito o en su caso, del CESI que opere en la localidad, los Comprobantes de Inicio de Autorización de Crédito (CIAC´s) para que los entregue a cada uno de los acreditados.

2. Se presenta con el Notario con la documentación indicada previamente.

58. TRABAJADORES DERECHOHABIENTES VINCULADOS

1. Reciben por conducto de su Representante los Comprobantes de Inicio de Autorización de Crédito a su favor.

59. NOTARIO PÚBLICO 1. Efectúa gestión y obtención del certificado de existencia o inexistencia de gravámenes.

2. Verifica la autenticidad de la licencia de construcción, las autorizaciones de los servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado y energía eléctrica, expedidas por la autoridad competente.

3. Efectúa Dictamen Jurídico.

4. Envía por correo al Jefe del Área de Crédito el Comunicado Notarial, que contiene el resultado del Dictamen Jurídico.

60. JEFE DEL AREA DE CREDITO (DR) ASESOR

1. Recibe resultado del Dictamen Jurídico a través del Comunicado Notarial.

2. Una vez que cuenta con el Comunicado Notarial, que considera el Dictamen Jurídico

o En caso de que el Dictamen Jurídico resulte “Procedente”, emite Dictamen Integrado y marca en el SOC la aprobación, captura impuestos y derechos y la Solicitud de Crédito queda en “SR” (Solicitud de Recursos).

o En caso de que el Dictamen Jurídico resulte “No Procedente”, captura los motivos del rechazo en el SOC.

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3. Informa al Representante de los trabajadores el resultado del Dictamen Integrado para cada trabajador.

o Si el dictamen Integrado resulta “Procedente”: a) Indica al Representante de los Trabajadores que están en

posibilidades de constituir el Fideicomiso ó Mandato que corresponda según el caso, y las Garantías Hipotecarias.

b) Indica al Notario designado que proceda a constituir Garantías Hipotecarias sobre los lotes propiedad de los trabajadores y sobre las viviendas que se construirán en los mismos, a favor del INFONAVIT, sin menoscabo de la documentación que deba ser integrada de acuerdo con la legislación de cada localidad. En todos los casos la garantía hipotecaria será en primer lugar a favor del INFONAVIT y se constituirá sobre la totalidad del terreno o sobre los lotes en los que se edificarán las viviendas.

o Si el Dictamen Integrado resulta “No Procedente”: o Indica los motivos del rechazo e informa al Representante de

los Trabajadores que no se puede continuar con el trámite, con excepción de que presente la documentación adicional que permita corregir o complementar el Expediente Personal de Crédito improcedente (REGRESA AL PASO 53, ACTIVIDAD 4 b).

61. REPRESENTANTE DE LOS TRABAJADORES

1. Se presenta con el Jefe del Área de Crédito para obtener el resultado de la Dictaminación.

Si el Dictamen resulta “Procedente”, inicia el trámite para la constitución del Fideicomiso o Mandato.

Si el Dictamen resulta “No Procedente”, recibe las causas del rechazo y en su caso presenta documentación adicional.

VI.- CONSTITUCIÓN DE FIDEICOMISO Y DE LAS GARANTÍAS HIPOTECARIAS 62. TRABAJADORES

DERECHOHABIENTES VINCULADOS

Constitución del Fideicomiso de Administración e Inversión o Mandato 1. Toda vez que los trabajadores cuentan con Dictamen Integrado

“Procedente”, designan a través de su Representante, Institución Financiera a fin de constituir un Fideicomiso de Administración e Inversión o Mandato.

NOTA: Sólo en aquellas entidades o localidades donde la legislación local no permita la escrituración de lotes sin urbanizar, se podrá constituir un Fideicomiso Irrevocable Traslativo de Dominio y de Administración y de Inversión, sobre el terreno donde se edificarán las viviendas del paquete.

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63. DELEGADO REGIONAL, JEFE DEL ÁREA JURÍDICA Y REPRESENTANTE DE LOS TRABAJADORES

1. Al ser designados por los fideicomitentes como miembros del Comité Técnico que se constituye derivado del contrato de Fideicomiso o Mandato, previo a la firma de los contratos, revisan que el clausulado del documento presentado, se apegue a los formatos institucionales establecidos para el caso. La falta de atención a este punto, será motivo de responsabilidad de dicho comité.

2. De no existir inconveniente, continúa el procedimiento.

64. INSTITUCION FINANCIERA, TRABAJADORES VINCULADOS Y SU REPRESENTANTE

1. Proceden a constituir el Fideicomiso ó Mandato según sea el caso:

a) Contrato de Fideicomiso de Administración e Inversión (ANEXO 14).

b) Contrato de Mandato (ANEXO 15).

c) Contrato de Fideicomiso Irrevocable Traslativo de Dominio, de Administración e Inversión (ANEXO 16).

2. En este acto, los trabajadores, otorgan los poderes respectivos a su Representante.

65. NOTARIO PÚBLICO Constitución de Garantías Hipotecarias 1. Recibe del Jefe del Área de Crédito la indicación para que proceda a

constituir las Garantías Hipotecarias.

2. Da aviso preventivo al Registro Público de la Propiedad para que no se graven por otro concepto los lotes propiedad de los trabajadores o el terreno respectivo.

66. NOTARIO PÚBLICO, INFONAVIT, TRABAJADOR ACREDITADO Y FIDUCIARIO

1. Celebran los Contratos de Otorgamiento de Créditos y Constitución de Garantías Hipotecarias en primer lugar a favor del INFONAVIT, (ANEXO 17) y notifica al Jefe del Área de Crédito o Gerente CESI.

a) En el caso de constituir Mandato o Fideicomiso de Administración y de Inversión, la Garantía Hipotecaria se constituye de manera individual o en condominio sobre cada uno de los lotes propiedad de los trabajadores y sobre las viviendas que se construirán en los mismos. El mismo día de la firma comunica por escrito al Jefe del Área de Crédito, que se han formalizado los Contratos de Otorgamiento de Créditos y Constitución de Garantías Hipotecarias y le proporciona los datos de las escrituras. Una vez que las escrituras queden inscritas como garantía en el Registro Público de la Propiedad, envía al A.N.E.C. los expedientes de cada trabajador y en su momento, al Jefe del Área de Crédito, el acuse de recibo del A.N.E.C.

b) En el caso de Fideicomiso Traslativo de Dominio y de Administración e Inversión, la Garantía Hipotecaria se constituye sobre la superficie total del terreno donde se edificarán las viviendas para su posterior individualización. Hasta el momento en que se termine la edificación

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de las viviendas y sean entregadas a cada trabajador a través del fideicomiso, se proporcionan los datos de las escrituras individuales, al Jefe del Área de Crédito al Jefe del Área de Crédito Una vez que las escrituras queden inscritas como garantía en el Registro Público de la Propiedad, envía al A.N.E.C. los expedientes de cada trabajador y en su momento, al Jefe del Área de Crédito, el acuse de recibo del A.N.E.C.

2. Entrega a cada trabajador las Escrituras de Hipoteca y los Testimonios de Escritura Pública Inscritos en el Registro Público de la Propiedad.

67. JEFE DEL ÁREA DE CREDITO (DR)

1. Recibe notificación del Notario de que celebró los Contratos de Otorgamiento de Créditos y Constitución de Garantías Hipotecarias.

2. Notifica al Área de Jefe del Administración y Finanzas sobre el trámite notarial.

68. JEFE DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

1. Recibe del Jefe del Área de Crédito, información sobre el trámite notarial.

69. COMITÉ TÉCNICO Designación de la empresa de supervisión 1. En cumplimiento al Contrato de Fideicomiso o Mandato, designa a la

empresa de Supervisión la cual deberá estar inscrita en el Padrón de INFONAVIT y no presentar antecedentes de incumplimiento.

2. Notifica al Jefe del Área Técnica la designación para que sea evaluada la Empresa de Supervisión.

70. JEFE DEL ÁREA TÉCNICA (DR)

1. Evalúa a la empresa que en su momento realizará la tarea de supervisión de acuerdo al Procedimiento EPI_00029 “Evaluación, Asignación y Contratación de Empresas Supervisoras y Verificadoras de Obra INFONAVIT” y a lo indicado por la Gerencia de Verificación y Apoyo Técnico.

2. Notifica por escrito al Comité Técnico el resultado de la Evaluación.

71. COMITÉ TÉCNICO 1. Recibe del Jefe del Área Técnica, el resultado de la Evaluación practicada a la empresa de Supervisión:

a) En caso de resultar positiva.- Le notifica al Fiduciario o Mandatario el resultado para que proceda a celebrar con la Empresa de Supervisión el Contrato correspondiente.

b) En caso de resultar negativa, selecciona y propone a otra empresa de Supervisión (REGRESA AL PASO 69, ACTIVIDAD 2).

72. JEFE DEL ÁREA TÉCNICA (DR)

1. Entrega al Comité Técnico del Fideicomiso o Mandato la copia sellada que ha conservado del Proyecto Ejecutivo del Paquete de Créditos (tanto “d”) para ser entregado a la Empresa de Supervisión.

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73. FIDUCIARIO O MANDATARIO

Contrato de obra a precio alzado y tiempo determinado Contrato de servicios profesionales de supervisión 1. A través del Comité Técnico del Fideicomiso o Mandato, recibe copia

sellada del Proyecto Ejecutivo.

2. Notifica por escrito al Constructor y al Supervisor respectivamente, lugar y fecha para celebrar los contratos correspondientes:

a) Contrato de Obra a Precio Alzado y Tiempo Determinado (ANEXO 18)

b) Contrato de Servicios Profesionales de Supervisión (Contrato de Prestación de Servicios Profesionales ANEXO 19).

74. CONSTRUCTOR Y SUPERVISOR

1. Reciben del Fiduciario o Mandatario notificación para presentarse en el lugar y fecha que se les indique para celebrar los contratos correspondientes.

2. Previo a la celebración de cada contrato, deberán exhibir fianza expedida por una institución afianzadora legalmente autorizada, por un monto equivalente al 10 % de los importes de los mismos, de conformidad a los contenidos de dichos documentos autorizados por el Fiduciario.

75. CONSTRUCTOR Y FIDUCIARIO O MANDATARIO

1. El Constructor entrega la fianza correspondiente y Programa Físico-Financiero actualizado (en original y dos copias) que no excederá de 180 días calendario para su aprobación y seguimiento del proceso de obra.

2. Suscriben Contrato de Obra a Precio Alzado y Tiempo Determinado.

3. El Fiduciario o Mandatario, envía copia del contrato al Jefe del Área de Crédito.

76. SUPERVISOR Y FIDUCIARIO O MANDATARIO

1. El Supervisor entrega la fianza correspondiente

2. Suscriben Contrato de Prestación de Servicios Profesionales de Supervisión.

3. El Fiduciario o Mandatario entrega al Supervisor copia sellada del Proyecto Ejecutivo y el original del Programa Físico-Financiero actualizado, entregado por el constructor para seguimiento y control de la obra.

4. El Fiduciario o Mandatario, envía copia del contrato al Jefe del Área de Crédito y las dos copias del Programa Físico-Financiero actualizado.

77. JEFE DEL ÁREA DE CRÉDITO O GERENTE CESI

1. Recibe del Fiduciario o Mandatario:

o Copia de los Contratos de Obra a Precio Alzado y de Supervisión para vigilar su cumplimiento

o Dos copias del Programa Físico-Financiero actualizado.

2. Informa al Jefe del Área Técnica que se efectuaron dichos contratos y le remite las copias del Programa Físico-Financiero actualizado

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78. SUPERVISOR

1. Recibe copia del Proyecto Ejecutivo y Programa Físico Financiero actualizado para su revisión, seguimiento y con rol de la obra.

2. Acuerda con el constructor fecha de inicio de obra, con base en el Programa Físico Financiero.

3. Abre bitácora de obra para constancia, orden y seguimiento de la obra conforme a lo indicado en los “Lineamientos para la Supervisión y Verificación de Vivienda INFONAVIT” (ver EPI_00021 en el Sistema de Gestión Documental ARA).

4. Reporta al Fiduciario la fecha de inicio de obra.

79. CONSTRUCTOR

Inicio del proceso de la obra Inicia el proceso de obra con base al Programa Físico-Financiero actualizado.

VII.- EJERCICIO DE LOS CRÉDITOS, EJECUCIÓN DE LAS OBRAS Y ENTREGA DE VIVIENDAS 80. FIDUCIARIO O

MANDATARIO 1. Recibe notificación de la fecha de inicio de obra y el Programa Físico

Financiero definitivo. Primera ministración 2. Solicita por escrito al Jefe del Área Técnica, inicie el trámite de la primera

ministración para ser pagada bajo su estricta responsabilidad, una vez que se alcance el 15 % de avance de obra.

3. Envía copia de la Solicitud al Jefe del Área de Crédito.

81. JEFE DEL ÁREA TÉCNICA (DR)

1. Recibe del Fiduciario o Mandatario aviso de que se efectuaron los Contratos de Obra a Precio Alzado y de Supervisión

2. Recibe dos copias de Programa Físico-Financiero definitivo que no excederá de 180 días calendario para su aprobación y seguimiento del proceso de obra.

3. Lo analiza y en caso de aprobarlo, envía una copia al Gerente de Verificación y Apoyo Técnico (S.G.T.D.) para su seguimiento. De lo contrario lo devuelve para realizar las correcciones que convengan.

4. Conserva la copia restante para su seguimiento.

5. A más tardar un día hábil después de haber recibido del Fiduciario o Mandatario la solicitud para que se tramite el pago de la primera ministración y haya verificado con el comunicado de la Supervisora el inicio de la obra, de acuerdo al Programa Físico Financiero definitivo, remite al Jefe del Área de Crédito/Asesor por correo electrónico, su conformidad a la petición del Fiduciario o Mandatario para que efectúe la Solicitud de Recursos en el SOC.

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Procedimiento: Código: PG_00009 V. 3 Ref. a ISO 9001:

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82. JEFE DEL ÁREA DE CRÉDITO / ASESOR (DR) O GERENTE CESI

1. Al día siguiente de haber recibido la solicitud para que se tramite el pago de la primera ministración por parte del Jefe del Área Técnica, verifica que se cuente con la documentación indicada en el “Control de Documentos para el pago de ministraciones” (ANEXO 20):

• Dictamen Integrado Aprobado.

• Solicitud de Recursos por el Fiduciario.

• Garantía Hipotecaria.

• Comprobante de pago como complemento de la Cuota Única de Inscripción.

• Comprobantes de Inicio de Autorización de Crédito.

1. Ingresa la información contenida en el Dictamen Integrado Aprobado en el SOC a fin de que quede en situación “SR” (Solicitud de Recursos), conforme lo indica el Procedimiento para el “Otorgamiento de Créditos en Inscripción Permanente” (ver PER_00011 en el Sistema de Gestión Documental ARA).

83. GERENTE DE VERIFICACIÓN Y APOYO TÉCNICO (S. G. T. D.)

1. Recibe del Jefe del Área Técnica copia de Programa Físico Financiero definitivo.

84. JEFE DEL ÁREA DE CRÉDITO / ASESOR (DR) O GERENTE CESI

Nota: Una vez aprobados los recursos por el Comité de Autorización de Recursos, la solicitud cambia a situación “AR” (Aprobación de Recursos), para que conforme al Procedimiento de “Pago Electrónico Centralizado de Créditos” (ver PG_00006 en el Sistema de Gestión Documental ARA), se efectúe el pago en su oportunidad.

1. Imprime por medio del SOC, la papelería correspondiente a las "Constancias de Crédito” para que sean firmadas por los Trabajadores derechohabientes o su Representante; así como los reportes “Global y a Detalle”.

Para ello opera en el SOC:

En Menú Principal opción 3 (reportes) se da control, en Menú de Reportes se digita opción 7 (Constancias de Crédito y Aviso de Retención) se da control, despliega pantalla “impresión de papelería” para señalar con “X” el formato que se desee imprimir y digita fecha de autorización de recursos (en caso de duda podrá consultar las fechas digitando el signo “?” y pulsando la tecla control) y se da control; conforme lo indica el Procedimiento para el “Otorgamiento de Créditos en Inscripción Permanente” (ver PER_00011 en el Sistema de Gestión Documental ARA).

Regresa a Menú de Reportes, se digita opción 8 (solicitud de recursos) se da control, despliega pantalla para digitar la fecha de

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aprobación, la entidad y la letra “G” para el Reporte Global y “D” para el Reporte de Detalle se da control, despliega recuadro indicando los registros a imprimir y se digita la letra “S” para realizar la impresión.

Con lo anterior la solicitud queda en situación “IP” (Impresión de Papelería).

2. Entrega la papelería correspondiente y notifica al Representante de los Trabajadores, en su caso, a través del CESI que opere en la localidad, que para estar en posibilidades de realizar el pago de la primera ministración, deberá contar con las Constancias de Crédito debidamente firmadas.

85. REPRESENTANTE DE LOS TRABAJADORES

1. Recibe del Jefe del Área de Crédito o en su caso, a través del CESI las Constancias de Crédito.

2. Recaba firmas de los trabajadores vinculados al paquete en las Constancias de Crédito o en su caso, las firma en su representación.

3. Presenta al Jefe del Área de Crédito, o en su caso, a través del CESI las Constancias de Crédito debidamente firmadas.

86. JEFE DEL ÁREA DE CRÉDITO / ASESOR (DR) O GERENTE CESI

1. Recibe directamente del Representante de los Trabajadores, o en su caso, a través del CESI, las Constancias de Crédito debidamente firmadas, las integra al expediente.

2. Verifica que se cuente con lo indicado en el “Control de Documentos para el pago de ministraciones” (ANEXO 20):

• Constancias de Crédito firmadas por los Trabajadores vinculados al paquete o su Representante.

4. Verificado lo anterior, ingresa al SOC para que valide el n° del crédito y el de la Notaría (el sistema arroja en automático 999999999 en ausencia del n° de escritura individual que se tendrá hasta la solicitud de recursos de la séptima ministración) y se active la indicación del pago de la primera ministración. Para los efectos captura en el SOC en Menú Principal 1- captura- 19- escritura-PF6-confirma.

87. TESORERO GENERAL

1. Efectúa la transferencia del pago conforme al Procedimiento de “Pago Electrónico Centralizado de Créditos” (ver PG_00006 en el Sistema de Gestión Documental ARA), previa validación del Pago Electrónico por el Jefe del Área de Administración y Finanzas.

88. FIDUCIARIO O MANDATARIO

1. Recibe recursos con cargo a los créditos de los trabajadores.

Nota: Bajo su estricta responsabilidad efectuará el pago de la primera ministración al Constructor hasta que reciba el “Reporte de Avances de Obra por Vivienda” al 15% por parte del Supervisor.

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89. SUPERVISOR

1. Presenta al Fiduciario periódicamente, o cuando se alcancen los avances requeridos, conforme al Procedimiento para la “Emisión, Entrega y Seguimiento de Reportes de Supervisión o Verificación de Obra de Vivienda INFONAVIT” (ver EPI_00030 el Sistema de Gestión Documental ARA), el “Reporte de Avances de Obra por Vivienda para Línea III”, así como la “carátula de Reporte de Obra” en el que se consigna el Avance Global del Paquete. La emisión de este último reporte, determinará la procedencia del pago de las ministraciones.

En aquellos casos en que los proyectos se hayan segmentado por grupos de vivienda, manzana o edificio, los avances de obra de las viviendas que conforman el segmento, se considerarán en el “Reporte de Avances por Vivienda”para línea III”. Información que sustentará el Avance de Obra global del segmento, que se registrará en la “Carátula de reporte de Obra”. Dicho avance, de corresponder con el requerido, determinará la autorización de la ministración respectiva para el segmento de que se trate.

2. Anexa al reporte que presente, copia de bitácora de obra a la fecha del ejercicio de las ministraciones, que se darán conforme a la tabla siguiente:

N° DE % % DE AVANCE MINISTRACIÓN A MINISTRAR REQUERIDO PARA PAGO

1ª 15% 15% 2ª 15% 30% 3ª 15% 45% 4ª 15% 60% 5ª 15% 75% 6ª 15% 90% 7ª 10% 100%

3. Reporta al Fiduciario o Mandatario y al Jefe del Área Técnica que se ha alcanzado el 15% de avance de obra para el trámite de la primera ministración, el “Reporte de Avances de Obra por Vivienda” deberá ser emitido por la Empresa Supervisora el mismo día en que se logre el avance requerido.

90. FIDUCIARIO Ó MANDATARIO

1. Al día siguiente de alcanzado el avance requerido, recibe del Supervisor “Reporte de Avances de Obra por Vivienda”.

2. Para determinar el avance del 15%, correspondiente a la primera ministración, considerará previa comprobación, los montos erogados por concepto de proyecto, licencias, permisos y derechos, Cuota Única de Inscripción, así como en el Estudio de Factibilidad de Valor.

3. En un plazo no mayor a 2 días hábiles de haber recibido el “Reporte de Avances de Obra por Vivienda”, notifica al Jefe del Área Técnica que se logró el avance del 15% y efectúa el pago de la primera ministración al Constructor.

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91. CONSTRUCTOR 1. Recibe del Fiduciario pago de la primera ministración.

92. JEFE DEL ÁREA TÉCNICA (DR)

1. Recibe del Supervisor el “Reporte de Avances de Obra por Vivienda” al 15%.

2. Recibe del Fiduciario o Mandatario notificación de avance y calidad de obra al 15%.

3. Coteja, tanto el avance como la calidad reportados por el Supervisor y Fiduciario contra el Programa Físico Financiero y el Proyecto Ejecutivo, registrándolo en el Sistema de Seguimiento Físico Financiero de Subastas y Paquetes.

4. Envía copia del “Reporte de Avances de Obra por Vivienda” al Gerente de Verificación y Apoyo Técnico (S. G. T. D.) y al Jefe del Área de Crédito.

93. GERENTE DE VERIFICACIÓN Y APOYO TÉCNICO (S. G. T. D.)

1. Recibe del Jefe del Área Técnica el “Reporte de Avances de Obra por Vivienda”, una vez cumplido el avance de obra requerido.

94. JEFE DEL ÁREA DE CREDITO (DR)

1. Verifica a través del SOC que se efectuó el depósito para el pago de la primera ministración, e informa al Jefe del Área Técnica.

95. JEFE DEL ÁREA TÉCNICA (DR)

1. Recibe del Jefe del Área de Crédito, notificación de haberse efectuado el depósito para el pago de la primera ministración.

96. SUPERVISOR

Segunda a sexta ministración NOTA: PARA EL TRÁMITE Y PAGO DE LA 2ª A LA 6ª MINISTRACIÓN, SE REALIZARÁ LO INDICADO A PARTIR DE ESTE PASO HASTA EL 110. 1. Reporta al Fiduciario o Mandatario y al Jefe del Área Técnica, que se ha

alcanzado el avance de obra requerido para el trámite de la ministración correspondiente. El “Reporte de Avances de Obra por Vivienda” deberá ser emitido por la Empresa Supervisora el mismo día en que se logre el avance y se realizará conforme al Procedimiento para la “Emisión, Entrega y Seguimiento de Reportes de Supervisión o Verificación de Obra de Vivienda INFONAVIT” (ver EPI_00030 el Sistema de Gestión Documental ARA).

97. FIDUCIARIO Ó MANDATARIO

1. Al día siguiente de alcanzado el avance requerido para el pago de la ministración que corresponda, recibe del Supervisor el “Reporte de Avances de Obra por Vivienda”.

2. En un plazo no mayor a 2 días hábiles de haber recibido el “Reporte de Avances de Obra por Vivienda”, notifica al Jefe del Área Técnica que se logró el avance requerido y le solicita por escrito se tramiten los recursos a fin de efectuar el pago de la ministración correspondiente.

3. Envía copia de la Solicitud al Jefe del Área de Crédito.

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98. JEFE DEL ÁREA TÉCNICA (DR)

1. Recibe del Supervisor el “Reporte de Avances de Obra por Vivienda”.

2. Recibe del Fiduciario o Mandatario notificación de avance y calidad de obra y Solicitud de Recursos.

3. Coteja, tanto el avance como la calidad reportados por el Fiduciario y el Supervisor contra el Programa Físico Financiero y el Proyecto Ejecutivo, registrándolo en el Sistema de Seguimiento Físico Financiero de Subastas y Paquetes.

4. Envía copia del “Reporte de Avances de Obra por Vivienda” al Gerente de Verificación y Apoyo Técnico (S. G. T. D.) y al Jefe del Área de Crédito/Asesor de la Delegación.

5. A más tardar al día hábil siguiente de haber recibido del Fiduciario o Mandatario la Solicitud de Recursos y cotejado el avance necesario, remite al Jefe del Área de Crédito/Asesor por correo electrónico, su conformidad a la petición del Fiduciario o Mandatario para que efectúe la Solicitud de Recursos en el SOC.

99. JEFE DEL ÁREA DE CRÉDITO / ASESOR (DR)

1. Al día siguiente de haber recibido por parte del Jefe del Área Técnica, la petición del pago de la ministración correspondiente y el “Reporte de Avances de Obra por Vivienda”, una vez cumplido el avance de obra requerido; ingresa al SOC, con el RFC o NSS de los Trabajadores, nombre del Asesor y fecha del Dictamen Integrado Aprobado a fin de que quede en situación “SR” (Solicitud de Recursos), conforme lo indica el Procedimiento para el “Otorgamiento de Créditos en Inscripción Permanente” (ver PER_00011 en el Sistema de Gestión Documental ARA).

100. GERENTE DE VERIFICACIÓN Y APOYO TÉCNICO (S. G. T. D.)

1. Recibe del Jefe del Área Técnica el “Reporte de Avances de Obra por Vivienda”.

101. JEFE DEL ÁREA DE CRÉDITO / ASESOR (DR) O GERENTE CESI

Aprobados los recursos por el Comité de Autorización de Recursos la solicitud cambia a situación “AR” (Aprobación de Recursos).

1. Imprime por medio del SOC, la papelería correspondiente a las "Constancias de Crédito” para que sean firmadas por los trabajadores derechohabientes o su Representante, así como los reportes Global y a Detalle.

Para ello opera en el SOC:

Se repite la operación del SOC (PASO 84, ACTIVIDAD 1).

Con lo anterior la solicitud queda en situación “IP” (Impresión de Papelería).

2. Entrega la papelería correspondiente y notifica al Representante de los

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trabajadores, en su caso, a través del CESI que opere en la localidad, que para estar en posibilidades de realizar el pago de la ministración correspondiente, deberá contar con las Constancias de Crédito debidamente requisitadas.

Aviso de Retención de Descuentos Nota: Adicionalmente, en la 6ª ministración, emite los Avisos de Retención

y los entrega al Representante de los Trabajadores, para que al solicitar los recursos de la 7ª ministración los regrese debidamente firmados y sellados por los Patrones de los trabajadores (CONTINÚA PASO 109).

3. Para imprimir los Avisos de Retención de Descuentos (6ª ministración), opera en el SOC:

En Menú Principal opción 3 (reportes) se da control, en Menú de Reportes se digita opción 7 (Constancias de Crédito y Aviso de Retención) se da control, despliega pantalla “impresión de papelería” para señalar con “X” el formato Aviso de Retención y digita fecha de autorización de recursos.

102. REPRESENTANTE DE LOS TRABAJADORES

1. Recibe del Jefe del Área de Crédito o en su caso, a través del CESI que opera en la localidad, la papelería de las Constancias de Crédito.

2. Recaba firmas de los trabajadores vinculados al paquete en las Constancias de Crédito o en su caso, las firma en su representación.

3. Presenta al Jefe del Área de Crédito, o en su caso, a través del CESI que opera en la localidad, las Constancias de Crédito debidamente firmadas.

Nota: Adicionalmente en la 6ª ministración, recibe la papelería de los Avisos de Retención, para que posteriormente los entregue debidamente firmados y sellados por los Patrones de los trabajadores para solicitar los recursos de la 7ª ministración.

103. JEFE DEL ÁREA DE CRÉDITO / ASESOR (DR) O GERENTE CESI

1. Recibe del Representante de los trabajadores, o en su caso, a través del CESI, las Constancias de Crédito debidamente firmadas, entrega copia de acuse, conserva los originales para integrarlos al expediente.

2. Verifica que se cuenta con lo indicado en el “Control de Documentos para el pago de ministraciones” (ANEXO 20):

• Reporte de Avance de Obra requerido para el pago de la ministración correspondiente.

• Solicitud de Recursos por el Fiduciario.

• Constancias de Crédito firmadas por los Trabajadores vinculados al paquete o su Representante.

3. Verificado lo anterior, ingresa al SOC para que valide el n° del crédito y

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el de la Notaría (el sistema arroja en automático 999999999 en ausencia del n° de escritura individual que se tendrá hasta la solicitud de recursos de la séptima ministración) y se active la indicación del pago de la primera ministración. Para los efectos captura en el SOC en Menú Principal 1- captura- 19- escritura-PF6-confirma.

104. TESORERO GENERAL

1. Efectúa la transferencia del pago conforme al Procedimiento de “Pago Electrónico Centralizado de Créditos” (ver PG_00006 en el Sistema de Gestión Documental ARA), previa validación del Pago Electrónico por el Jefe del Área de Administración y Finanzas.

105. FIDUCIARIO Ó MANDATARIO

1. Recibe recursos con cargo a los créditos de los trabajadores para proceder al pago de la ministración que se trate al Constructor.

106. CONSTRUCTOR 1. Recibe del Fiduciario pago de la ministración correspondiente.

107. JEFE DEL ÁREA DE CREDITO (DR)

1. Verifica a través del SOC que se efectuó el depósito para el pago de la ministración correspondiente e informa al Jefe del Área Técnica.

108. JEFE DEL ÁREA TÉCNICA (DR)

1. Recibe del Jefe del Área de Crédito, notificación de haberse efectuado el depósito para el pago de la ministración correspondiente.

109. TRABAJADOR DERECHOHABIENTE O SU REPRESENTANTE

1. En la 6ª ministración recibe el “Aviso de Retención de Descuentos” y lo presenta a la empresa en que labora (patrón) para su sello y firma.

110. EMPRESA EN LA QUE LABORA EL TRABAJADOR (PATRÓN)

1. Recibe del trabajador “Aviso de Retención de Descuentos”, lo firma, lo sella, consigna la fecha de la recepción, conserva el original y devuelve dos copias al trabajador para su tramite posterior.

111. SUPERVISOR

Séptima ministración NOTA: EL TRÁMITE Y PAGO DE LA 7ª MINISTRACIÓN, SE EFECTUARÁ DE ACUERDO CON LO QUE SE INDICA EN LOS SIGUIENTES PASOS:

1. Certifica que la obra se encuentra totalmente terminada y con todos los servicios en operación, constatando que se hayan realizado las pruebas que demuestran el buen funcionamiento de las instalaciones y que las viviendas se encuentran en condiciones habitables.

2. Reporta al Fiduciario o Mandatario y al Jefe del Área Técnica, que el desarrollo del conjunto se terminó al 100%, mediante el “Reporte de Avances de Obra por Vivienda”, que deberá ser emitido por la Empresa Supervisora el mismo día en que se logre el avance y se realizará conforme al Procedimiento para la “Emisión, Entrega y Seguimiento de Reportes de Supervisión o Verificación de Obra de Vivienda INFONAVIT” (ver EPI_00030 el Sistema de Gestión Documental ARA), para el trámite de la séptima ministración.

112. FIDUCIARIO O MANDATARIO

1. Al día siguiente de alcanzado el 100 % de avance de obra, recibe del Supervisor copia del “Reporte de Avances de Obra por Vivienda” donde

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certifica la terminación total del conjunto.

2. En un plazo no mayor a 2 días hábiles de haber recibido el “Reporte de Avances de Obra por Vivienda”, notifica al Jefe del Área Técnica que el desarrollo del Conjunto fue concluido totalmente y solicita por escrito se tramite los recursos a fin de efectuar el pago de la séptima ministración.

113. JEFE DEL ÁREA TÉCNICA (DR)

1. Recibe del Supervisor el “Reporte de Avances de Obra por Vivienda” y del Fiduciario reporte que el desarrollo del Conjunto se terminó al 100%.

2. Coteja el avance reportado por el Fiduciario y el Supervisor contra el Programa Físico Financiero y el Proyecto Ejecutivo, registrándolo en el Sistema de Seguimiento Físico Financiero de Subastas y Paquetes.

3. Envía copia del “Reporte de Avances de Obra por Vivienda” al Gerente de Verificación y Apoyo Técnico (S. G. T. D.) y al Jefe del Área de Crédito/Asesor de la Delegación.

4. A más tardar al día hábil siguiente de haber recibido del Fiduciario o Mandatario la Solicitud de Recursos y cotejado el avance necesario, remite al Jefe del Área de Crédito/Asesor por correo electrónico, su conformidad a la petición del Fiduciario o Mandatario para que efectúe la Solicitud de Recursos en el SOC.

114. GERENTE DE VERIFICACIÓN Y APOYO TÉCNICO (S. G. T. D.)

1. Recibe del Jefe del Área Técnica el “Reporte de Avances de Obra por Vivienda” al 100%.

115. JEFE DEL ÁREA DE CRÉDITO / ASESOR (DR)

1. Recibe del Jefe del Área Técnica el “Reporte de Avances de Obra por Vivienda” al 100 % y la petición del pago de la séptima ministración.

2. Solicita al Representante de los trabajadores, en su caso, a través del CESI que opere en la localidad, copia del los Avisos de Retención firmados y sellados por los Patrones de los trabajadores.

116. REPRESENTANTE DE LOS TRABAJADORES

1. Recaba y entrega al Jefe del Área de Crédito, a través del CESI que opere en la localidad, copia del los Avisos de Retención firmados y sellados por los Patrones de los trabajadores.

Nota: En el caso de que el trabajador pierda la relación laboral con su empresa durante la construcción de la vivienda y esté imposibilitado de entregar el Aviso de Retención de Descuentos, recibe instrucciones por parte del Jefe del Área de Crédito o del Gerente del CESI para que solicite al INFONATEL una línea de captura para efectuar los pagos correspondientes, integrándose de esta manera al R. E. A., mientras subsana su situación laboral.

117. JEFE DEL ÁREA DE CRÉDITO / ASESOR (DR)

1. Recibe copia de los Avisos de Retención.

2. Verifica que se encuentren debidamente firmados, fechados, con sello de recibido y que éste corresponda a la empresa señalada en el propio Aviso y lo consigna en el “Control de Documentos para el pago de

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ministraciones” (ANEXO 20):

3. Captura en el SOC la fecha de recepción del Aviso de Retención de Descuentos por parte del Patrón, a fin de actualizar la Base de Datos de Acreditados y realizar el pago de la última ministración.

Para ello opera en el SOC:

En Menú Principal se digita la opción 1 (capturas), se da control, en Menú de Capturas se digita opción 13 (registro aviso retención), se da control, despliega pantalla para digitar el RFC o NSS del trabajador (a trece posiciones) y se da control, despliega pantalla “Expediente de Vivienda Aviso de Retención” con los datos generales de identificación del trabajador y de la empresa en que labora, se registra la fecha en que el patrón recibió, selló y firmó el Aviso de Retención de Descuentos y se pulsa PF6 (aceptar) y nuevamente se pulsa PF6 para confirmar.

4. Devuelve al Representante de los Trabajadores copia de los Avisos de Retención.

118. SUPERVISOR

Emisión del Dictamen Técnico Único de las viviendas 1. Elabora el Dictamen Técnico Único de las viviendas que fueron

terminadas al 100 %, conforme al Procedimiento para la “Emisión del Dictamen Técnico Único de Vivienda INFONAVIT” (ver EPI_00028 en el Sistema de Gestión Documental ARA.

2. Envía el Dictamen Técnico Único de las Viviendas debidamente suscrito al Jefe del Área de Técnica.

119. JEFE DEL AREA TECNICA (DR)

1. Recibe el Dictamen Técnico Único de las viviendas terminadas al 100 % debidamente suscrito por el Supervisor, para que a su vez, permita llevar a cabo la entrega de las viviendas a los trabajadores, conforme al Procedimiento para la “Emisión del Dictamen Técnico Único de Vivienda INFONAVIT” (ver EPI_00028 en el Sistema de Gestión Documental ARA).

2. Envía el Dictamen Técnico Único de las viviendas al Jefe del Área de Crédito/Asesor de la Delegación y al Gerente de Verificación y Apoyo Técnico (S. G. T. D.).

120. JEFE DEL ÁREA DE CRÉDITO / ASESOR (DR)

1. Recibe el Dictamen Técnico Único de las viviendas terminadas al 100 %.

2. Verifica que se cuente con lo indicado en el “Control de Documentos para el pago de ministraciones” (ANEXO 20):

• Reporte de Avance de Obra al 100 %.

• Solicitud de Recursos por el Fiduciario.

• Aviso de Retención sellado y firmado por el Patrón.

• Dictamen Técnico Único.

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3. Ingresa al SOC a fin de registrar el Dictamen Técnico Único y que la solicitud quede en situación “SR”, conforme al Procedimiento para el “Otorgamiento de Créditos en Inscripción Permanente” (ver PER_00011 en el Sistema de Gestión Documental ARA).

Para ello opera en el SOC:

En Menú de Capturas se digita opción 11 (Dictamen Técnico Único) se da control, despliega pantalla para digitar el RFC del trabajador, nombre del Asesor (persona cuya firma aparece en el dictamen) y fecha de la dictaminación (el sistema propone la fecha actual) y se da control. Despliega pantalla con los datos generales de identificación del trabajador, digita la fecha del Dictamen Técnico Único (ésta no podrá ser mayor al plazo estipulado en “Comprobantes de Inicio de Autorización de Crédito”, excepto si se cuenta con la prórroga autorizada correspondiente) y se pulsa PF6 (aceptar), despliega pantalla del dictamen aprobado.

121. GERENTE DE VERIFICACIÓN Y APOYO TÉCNICO (S. G. T. D.)

1. Recibe del Jefe del Área Técnica el Dictamen Técnico Único de las viviendas que fueron terminadas.

122. JEFE DEL ÁREA DE CRÉDITO (DR) O GERENTE DEL CESI

Aprobados los recursos por el Comité de Autorización de Recursos la solicitud cambia a situación “AR”.

1. Imprime por medio del SOC, la papelería correspondiente a las "Constancias de Crédito” para que sean firmadas por los trabajadores derechohabiente, o en su caso, por el Representante, así como los reportes Global y a Detalle.

Para ello opera en el SOC:

Se repite la operación del SOC (PASO 84, ACTIVIDAD 1).

Con lo anterior la solicitud queda en situación “IP” (Impresión de Papelería).

2. Entrega la papelería correspondiente y notifica al Representante de los trabajadores, en su caso, a través del CESI que opere en la localidad, para realizar el pago de la 7ª ministración, deberá contar con las Constancias de Crédito debidamente firmadas.

3. Indica al Representante de los trabajadores que agende a través del Fiduciario una cita con el Notario a fin de llevar a cabo la firma de Escrituras y la entrega de copia del Aviso de Retención.

123. REPRESENTANTE DE LOS TRABAJADORES

1. Recibe del Jefe del Área de Crédito o en su caso, a través del CESI que opera en la localidad:

• Copia de los Avisos de Retención sellados y firmados por el patrón toda vez que fueron capturados en el SOC.

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• La papelería de las Constancias de Crédito

• Indicación para que agende una cita con el Notario a través del Fiduciario a fin de llevar a cabo la firma de Escrituras y la entrega de copia del Aviso de Retención.

2. Recaba firmas de los trabajadores vinculados al paquete en las Constancias de Crédito o en su caso, las firma en su representación.

3. Presenta al Jefe del Área de Crédito, o en su caso, a través del CESI que opera en la localidad, las Constancias de Crédito debidamente firmadas.

4. Solicita al Fiduciario agende cita con el Notario para que los trabajadores acreditados firmen Escrituras y entreguen la copia correspondiente del Aviso de Retención.

124. NOTARIO PÚBLICO 1. Recibe de los trabajadores la copia correspondiente del Aviso de Retención.

2. En la fecha y hora agendada con el Fiduciario da fe de la firma de las escrituras individuales de los trabajadores acreditados.

3. Envía oficio al Jefe del Área de Crédito (Responsable del S.T.I.) informando número y fecha de firma de las escrituras individuales de los trabajadores acreditados.

4. Entrega al A.N.E.C. el Expediente de los trabajadores que incluyen las Escrituras de Hipoteca y los Testimonios de Escritura Pública una vez que estén debidamente Inscritos en el Registro Público de la Propiedad.

5. En su momento entrega al Jefe del Área de Crédito acuse de recibo del A.N.E.C.

6. Entrega a cada trabajador las Escrituras de Hipoteca y los Testimonios de Escritura Pública Inscritos en el Registro Público de la Propiedad.

125. JEFE DEL ÁREA DE CRÉDITO (DR) O GERENTE DEL CESI

1. Recibe del Representante de los Trabajadores, o del CESI, en su caso, las Constancias de Crédito debidamente firmadas, entrega copia de acuse, conserva los originales para integrarlos al expediente.

2. Recibe del Notario oficio en el que se informa la fecha en que se firmaron las escrituras individuales de los trabajadores acreditados y el número de identificación de la propia escritura.

126. CONSTRUCTOR, FIDUCIARIO O MANDATARIO, SUPERVISOR, TRABAJADOR ACREDITADO

Entrega de vivienda y póliza de garantía 1. El constructor entrega las viviendas al Fiduciario, para el caso:

a) Que se haya constituido Fideicomiso de Administración, la Constructora entregará las viviendas al Fiduciario, para que éste en acatamiento a los fines del Fideicomiso, las entregue.

b) Que se haya constituido un Fideicomiso Irrevocable Traslativo de

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Dominio, la Constructora entregará las viviendas al Fiduciario, para que éste en acatamiento a los fines del Fideicomiso, las entregue y a través de notario público las escriture a los fideicomisarios, constituyendo en esa operación, hipoteca en primer lugar a favor del INFONAVIT por cada una de las viviendas, consumado lo cual se dará por extinguido el Fideicomiso.

2. El Fiduciario a su vez entrega a cada trabajador acreditado, en presencia del Supervisor:

♦ Vivienda terminada a su entera satisfacción.

♦ Póliza de Garantía de Vivienda (ANEXO 21).

♦ Manual de uso y funcionamiento de la vivienda.

♦ Reglamento de Condominio (en su caso).

♦ Anexo Técnico de “La Cédula de Presentación de Oferta de Vivienda.

3. El Fiduciario recaba el acuse de recibo del acreditado, en el Acta de Entrega de Vivienda y Garantías (ANEXO 22).

4. El Supervisor remite al Jefe del Área Técnica los originales de las Actas de Entrega de Vivienda y Garantías suscritas por los trabajadores acreditados.

127. JEFE DEL ÁREA TÉCNICA

1. Recibe Acta de Entrega de Vivienda y Garantías (ANEXO 22) con la conformidad del trabajador.

2. Envía al Jefe del Área de Crédito/Asesor las Actas de Entrega de Vivienda y Garantías (ANEXO 22).

128. JEFE DEL ÁREA DE CRÉDITO / ASESOR (DR)

1. Recibe del Jefe del Área Técnica las Actas de Entrega de Vivienda y Garantías (ANEXO 22).

2. Integra al Expediente de crédito las Actas de Entrega de Vivienda y Garantías (ANEXO 22).

3. Verifica que se cuenta con lo indicado en el “Control de Documentos para el pago de ministraciones” (ANEXO 20):

• Constancias de Crédito firmadas por los Trabajadores vinculados al paquete o su Representante.

• Actas de Entrega de Vivienda y Garantías.

• Datos de la Escritura (en caso de Fideicomiso Traslativo de Dominio).

4. Verificado lo anterior, ingresa al SOC para que se active con el número de la escritura, la indicación del pago de la séptima ministración.

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129. TESORERO GENERAL

1. Previa validación del Pago Electrónico por el Jefe del Área de Administración y Finanzas, efectúa la transferencia del pago conforme al Procedimiento de “Pago Electrónico Centralizado de Créditos” (ver PG_00006 en el Sistema de Gestión Documental ARA).

130. FIDUCIARIO Ó MANDATARIO

1. Recibe recursos con cargo a los créditos de los trabajadores para proceder al pago de la séptima ministración al Constructor.

2. Procede a extinguir el Fideicomiso o Mandato.

131. CONSTRUCTOR 1. Recibe del Fiduciario pago de la 7ª y última ministración.

132. JEFE DEL ÁREA DE CREDITO (DR)

1. Verifica a través del SOC que se efectuó el depósito para el pago de la séptima ministración, e informa al Jefe del Área Técnica.

133. JEFE DEL ÁREA TÉCNICA (DR)

1. Recibe del Jefe del Área de Crédito, notificación de haberse efectuado el depósito para el pago de la séptima ministración.

134. JEFE DEL ÁREA DE CRÉDITO / ASESOR (DR)

1. Recibe del Notario acuse de recibo del A.N.E.C. del expediente que contiene los Testimonios de Escritura Pública, debidamente Inscritos en el Registro Público de la Propiedad y lo integra al Expediente de Créditos.

2. Envía el Expediente de Créditos al A. N. E. C.

TERMINA PROCEDIMIENTO

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Referencias Do-cumentales

PG_00004 Depósito Referenciado en Sucursal Bancaria (Concentración de Fondos).

PER_00011 Otorgamiento de Créditos en Inscripción Permanente.

PG_00006 Pago Electrónico Centralizado de Créditos.

EPI_00021 Lineamientos para la Supervisión y Verificación de Vivienda INFONAVIT.

EPI_00028 Emisión del Dictamen Técnico Único de Vivienda.

EPI_00029 Evaluación, Asignación y Contratación de Empresas Supervisoras y Verificadoras de Obra INFONAVIT.

EPI_00030 Emisión, Entrega y Seguimiento de Reportes de Supervisión o Verificación de Obra de Vivienda.

ITR_00000 Precalificación y asesoría para obtener un crédito.

Normatividad Marco Jurídico Interno

• Instructivo para la Presentación y Aprobación de Paquetes de Créditos en Línea III del INFONAVIT, aprobado por el H. Consejo de Administración en la Sesión 614 celebrada el 30 de julio de 2002.

• Reglas para el Otorgamiento de Crédito a los Trabajadores derechohabientes del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, aprobadas por el H. Consejo de Administración en la Sesión 617 del 30 de octubre de 2002, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el lunes 23 de diciembre del mismo año, con vigencia a partir del 1 de enero del 2003.

• Estatuto Orgánico del Instituto Incentivos para Vivienda Económica en Línea III, aprobados por el H. Consejo de Administración en la Sesión 621 del 26 de febrero de 2003. Externo: No aplica

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Formatos de Re-gistro

ANEXO 1.- Carta de Conformidad del Propietario para destinar su terreno al paquete.

ANEXO 1 Conformidad del Prop ANEXO 2.- Constancia del Representante Acreditado.

ANEXO 2 Constancia del Rpte Acreditado ANEXO 3.- Carta de Designación de la Empresa Constructora.

ANEXO 3 Designación de la Emp ANEXO 4.- Listado de Trabajadores.

ANEXO 4 Listado de Trabajadores

ANEXO 5.- Guía de Integración para El Proyecto Ejecutivo para paquetes de crédito en Línea III

ANEXO 5 Guía Integración de Exped ANEXO 6.- Cédula de Presentación de Oferta de Paquetes de Crédito y Anexo Técnico.

ANEXO 6 Cédula de Presentación del Paq ANEXO 6 A.- Instructivo para el llenado de la Cédula de Presentación de Oferta de Paquetes de Crédito y Anexo Técnico.

ANEXO 6A Instructivo para el llen

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ANEXO 7.- Dictamen Delegacional.

ANEXO 7 Dictamen Delegacional.doc

ANEXO 8.- Programa de Obra y Programa Físico Financiero.

ANEXO 8 Programa de obra Físico y Finan ANEXO 8 A.- Instructivo para el llenado del Programa de Obra y Programa Físico Financiero.

ANEXO 8A Instructivo para llena ANEXO 9.- Carta Responsiva de Seguridad Estructural.

ANEXO 9 Carta Responsiva de Seg Es ANEXO 10.- Aviso de Selección de Unidad de Valuación.

ANEXO 10 Aviso de Selección.doc

ANEXO 11.- Solicitud de Estudio de Valor y Dictamen Técnico del Terreno. Documento disponible en el Portal de INFONAVIT (trabajadores/mas recursos/formatos para trámites.) ANEXO 12.- Viabilidad Técnica del Terreno.

ANEXO 12 Viabilidad Técnica del Terreno ANEXO 13.- Cedula para Integración y Revisión del Proyecto Ejecutivo.

ANEXO 13 Cédula Integración y Revisión

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ANEXO 14.- Contrato de Fideicomiso de Administración e Inversión.

ANEXO 14 Contrato de Fideicomiso de Adm ANEXO 15.- Modelo de Contrato de Mandato Especial Irrevocable.

ANEXO 15 Contrato de Mandato.doc

ANEXO 16.- Contrato de Fideicomiso Irrevocable Traslativo de Dominio, de Administración e Inversión.

ANEXO 16 Contrato de Fideicomiso Irrevo ANEXO 17.- Contratos de Otorgamiento de Crédito y Constitución de Garantía Hipotecaria.

ANEXO 17 Contratos Otorgamiento

ANEXO 18.- Contrato de Obra a Precio Alzado y Tiempo Determinado.

ANEXO 18 Contrato de Obra a Precio Alza ANEXO 19.- Contrato de Prestación de Servicios Profesionales de Supervisión.

ANEXO 19 Contrato de Servicios Profesion ANEXO 20.- Control de Documentos para el Pago de Ministraciones.

ANEXO 20 Control deDocumentos para el P

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ANEXO 21.- Póliza de Garantía de Vivienda.

ANEXO 21 Póliza de Garantía de Vivienda ANEXO 22.- Acta de Entrega de Vivienda y Garantías.

ANEXO 22 Acta de Entrega de Viv y Gara

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Autorizaciones

C.P. Jorge Pineda Quintana Gerencia INFONAVIT Línea III, IV y V

Subdirección General de Crédito

C.P. Arturo Avalos Pérez

Gerencia de Operación de Crédito Coordinación de Operación Hipotecaria

C.P. Juan José Flores Romero Gerencia de Administración

Subdirección General de Crédito

Lic. Carlos Javier López Islas Gerencia de Normatividad Operativa e Implementación

Subdirección General de Innovación y Calidad

Lic. Susana Flores Cuervo Normatividad de Operación

Gerencia de Normatividad Operativa e Implementación Subdirección General de Innovación y Calidad

Este documento entra en vigor a partir de su publicación en el Sistema.