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PROCEDIMIENTO DE EMERGENCIA Y CRISIS.
Elaborado por:
Asesor en prevención de riesgos
Revisado por:
Analista SIGDI
Revisado por:
SIGDI Copec
Aprobado por:
Administrador de ContratoFirma : Firma : Firma : Firma :
Fecha: Fecha: Fecha: Fecha:
COPEC S.A. SISTEMA INTEGRADO DE GESTION DE DEPOSITOS INDUSTRIALES
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N° Versión Modificación Fecha
PROCEDIMIENTO DE EMERGENCIA Y CRISIS.
TABLA DE CONTENIDOS
1. PROPOSITO
2. ALCANCE
3. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS
4. RESPONSABILIDADES
5. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDAD
6. REFERENCIAS
7. ANEXOS
Código: PG-SIGDI-009 TGE Versión: 000/R18/07/2011 Página 2 de 24
PROCEDIMIENTO DE EMERGENCIA Y CRISIS.
1. PROPOSITO
Establecer pautas de preparación ante situaciones de emergencia, incluyendo los incidentes relacionados
al SIGDI (Calidad, Salud – Seguridad, Medio Ambiente y Comunidad) que se pudieren presentar en el área
de Depósitos Industriales de COPEC S.A. a efecto de gestionar los impactos reduciendo al mínimo posible
el riesgo potencial para las personas, medio ambiente y maquinarias de Transportes Géminis.
2. ALCANCE
Este procedimiento es aplicable a todas las áreas de la organización que se encuentren involucradas en
faena incluyendo al Personal Contratista relacionado con los diferentes Depósitos Industriales.
3. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS
Emergencias: Incidente físico que amenaza con poner en peligro la estabilidad física del sistema; la
vida, el medio ambiente, o la propiedad y que por lo tanto requiere inmediata acción para controlar la
situación.
Ejemplo: Un amago de incendio en el área de trabajo, donde podemos controlarlo con nuestro propio
sistema de extinción (extintores).
Crisis: Estado de la emergencia que supera los propios recursos y pone en amenaza la continuidad del
negocio, por lo que se requiere de la colaboración y acción de otros recursos externos de la empresa.
Ejemplo: El amago se declara como incendio, donde se necesita del apoyo de la brigada de emergencias
o bomberos para su extinción, y afecta la producción de la empresa.
PEE: Punto de Encuentro de Emergencias.
TGE: Transportes Géminis.
Amago de Incendio: Se refiere a un fuego incipiente que se manifiesta particularmente por su olor y
presencia de humo, el cual puede ser controlado o extinguido por un extintor portátil o agua.
Generalmente los daños son parciales y las pérdidas menores.
Incendio: Es un accidente producido por un fuego no controlado, el cuál puede ser controlado solo con
equipos calificados y personal entrenado para ello. Generalmente las pérdidas y daños son parciales.
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4. RESPONSABILIDAD Y AUTORIDAD
Administrador de Contrato y Asesor en Prevención de Riesgos: Son responsables de dar a conocer
y de hacer cumplir el presente procedimiento.
Personal: Conocer el presente procedimiento y Aplicarlo cuando se encuentre frente a una emergencia.
Administrador de Contrato y Operaciones COPEC: Encargado de comunicar a la SEC accidentes
según artículo 1.10 del DS 160.
Entidades involucradas: Las entidades involucradas por este procedimiento son todas aquellas que se
relacionen directamente y en forma inmediata con la situación.
5. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDAD
5.1 Identificación de Situaciones de Emergencia
La identificación y evaluación de las emergencias se hará a través del Procedimiento de Administración
del Riesgo del mandante.
Para los diferentes tipos de emergencias identificadas se define la siguiente infraestructura de
emergencias:
Extintores, Bocinas de aire comprimidos, elementos de contención para derrames, llaves de emergencia
y llaves de cierre rápido.
5.1.1 Emergencias con Lesiones
Accidente de trabajo: Es toda lesión que un trabajador sufre a causa o con ocasión de su Trabajo, y
que le produce una incapacidad temporal, permanente y/o muerte.
Procedimiento a Seguir según tipo de Accidentes:
A) ACCIDENTE DE TRABAJO LEVE:
Informar inmediatamente al Administrador de Contrato.
Prestar primeros auxilios y derivación a mutual para constatación de lesiones. Revisar espías del barco debido a marejadas o corrientes marinas.
Se reunirán las evidencias necesarias para la investigación de la causa que originaron el evento.
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B) ACCIDENTE DE TRABAJO GRAVE (Def. Circular 2345)
Es cualquier accidente del trabajo que:
- Obligue a realizar maniobras de reanimación, u
- Obligue a realizar maniobras de rescate, u
- Ocurra por caída de altura, de más de 2 mts., o
- Provoque, en forma inmediata, la amputación o pérdida de cualquier parte del cuerpo, o
- Involucre un número tal de trabajadores que afecte el desarrollo normal de los procesos.
La comunicación se realizará de acuerdo a flujograma de comunicaciones, Ver anexo N°1 organigrama,
el cual indica paso a paso que hacer durante una emergencia.
El Personal que esté en el área de la emergencia procurará lo siguiente:
Definir al líder de la emergencia.
Retirar a toda persona no necesaria en la emergencia.
Brindar primeros auxilios básicos, si se tiene conocimiento.
Que el lesionado no sea movido, salvo que por su ubicación, este expuesto a otra lesión.
Despejar el área para el ingreso de los vehículos de emergencia.
Al recibir la información de la emergencia, el Administrador y el asesor en prevención de riesgos
acudirán de inmediato al lugar de la misma.
Se reunirán las evidencias necesarias para la investigación de la causa que originó la
emergencia.
C) ACCIDENTE DE TRABAJO FATAL: (Def. Circular 2345)
Es aquel accidente que provoca la muerte del trabajador en forma inmediata o durante su traslado a
un centro asistencial.
Al ser testigo de un accidente Fatal, es importante que la persona permanezca tranquilo, procediendo
según los siguientes pasos:
No debe moverse el cuerpo de ninguna persona que haya fallecido en el lugar del accidente, ni
los elementos materiales que le rodeen.
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El cuerpo será cubierto inmediatamente una vez constatado el deceso, por parte del médico de
turno.
Por ningún motivo se debe modificar las condiciones del lugar del incidente, mover los vehículos,
equipos o maquinarias comprometidas en el accidente, salvo en el caso que se requiera rescatar
a personas que estén aún con vida y atrapadas por elementos de dichos vehículos, equipos o
maquinarias.
Transportes Géminis informará a los organismos correspondientes.
Administrador de Contrato Copec, deberá informar al Gerente de Contrato Copec.
Cualquier información hacia las autoridades y opinión pública será responsabilidad del Gerente
Zonal. A su vez la comunicación hacia el cliente será de responsabilidad del administrador de
contrato Copec.
El Asesor de Prevención de Riesgos en conjunto con el Administrador iniciarán la investigación
del accidente para posteriormente emitir el informe preliminar y así determinar causas que
ocasionaron el suceso.
5.1.2 Emergencia sin lesiones.
Definición: Emergencia sin lesiones será todo accidente con daño a la propiedad que involucre la
detención del proceso de nuestras operaciones. Ejemplo: Cortocircuito.
La comunicación, debe ser lo más clara posible, detallando el tipo de emergencia.
El Administrador que se dirigirá al punto, realizará una evaluación y si fuese necesario se
paralizará la faena y los trabajadores serán evacuados hacia el PEE (punto de encuentro de
emergencias).
Después de la evacuación de emergencia, la administración tomará las medidas correctivas para
corregir la condición que provoca la emergencia.
Al informar tener en consideración
Nombre persona
Lugar emergencia
Tipo de emergencia (accidente, derrame, amago).
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Lesionados (cuantos, gravedad).
Empresa a la que pertenecía.
Tener en depósito: camilla, cuellos ortopédicos, teléfonos de emergencia, botiquín. Todo para
realizar primeros auxilios de manera correcta.
5.1.3 Emergencias con Derrames
Se entiende por emergencia cuando existe un derrame superior o igual a 200 Litros.
En caso que ocurriese un derrame líquido, debe ser minimizado con un sólido absorbente adecuado
como por ejemplo arena, en el caso de derrames líquidos inflamables (gasolina o petróleo), los
residuos deben ser descartados de acuerdo a instrucciones dadas por estándar del cliente. La
reposición de los baldes de arena la asumirá el Administrador. En este caso Los operadores del
Depósito Industrial en Transportes Géminis tienen como primera instancia Cerrar la llave de paso ante
una emergencia de tipo tecnológico (Clasificación de acuerdo a Transportes Géminis)
En caso de Emergencia Ambiental proceder de acuerdo a lo siguiente:
Mantenga el control y aproxímese cautelosamente al lugar del incidente siempre a favor del
viento.
Identifique la emergencia: a qué tipo de material, elemento o sustancia peligrosa se enfrenta.
De aviso inmediatamente a Despacho.
De no existir riesgo para el trabajador cortar la energía eléctrica desde tablero general y
asegurará que la fuente de derrame este cortada.
En caso que ocurriese un derrame líquido, debe ser minimizado con un sólido absorbente
adecuado como por ejemplo arena, en el caso de derrames líquidos inflamables (gasolina o
petróleo).Los residuos deben ser descartados de acuerdo a instrucciones dadas por estándar del
cliente. La reposición de los baldes de arena la asumirá el Operador.
Haga todo lo posible por aislar el área y asegurar que la gente no se exponga al riesgo.
Eliminar toda fuente de ignición en un radio de 10 metros alrededor del estanque e igual
distancia alrededor del derrame si lo hubiera.
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Contener el producto con arena de modo que no se extiendan, si el área cuenta con Slop dejar
drenar hacia él.
Evacuar a todas las personas del lugar, cuando corresponde.
Prepararse para actuar en caso de un amago, de no ocurrir esté dirigirse al Punto de Encuentro
(PEE)
No iniciar las actividades hasta orden del Administrador.
Para la limpieza del área proceder según Instructivo de Transportes Géminis.
5.1.4 Amago de incendio
Toda persona que detecte un amago de incendio debe dar inmediatamente la alerta según
flujograma de comunicaciones, indicando el lugar donde está ocurriendo y la ayuda que requiere.
Si se encuentra en condiciones físicas, síquicas y no exista peligro en el área podrá extinguirlo
con los medios disponibles en el momento (extintores).
Si no se logra extinguir el amago de incendio, puede significar que éste se convierta en
incendio, ante lo cual usted debe dirigirse al punto de Encuentro PEE.
Una vez utilizado el equipo extintor este será reemplazado a la brevedad.
5.1.5Emergencias de Tránsito y Vehiculares
En caso de detectarse cualquier emergencia de tránsito o vehicular durante el trayecto normal de un
vehículo o equipo de la Empresa, el chofer u operador informará inmediatamente, mediante radio o línea
baja (celular) el problema ocurrido, si éste es un desperfecto mecánico, se delimitará el área (conos de
seguridad, luces de advertencia de peligro, luces destellante) hasta que el personal de mantención
realice la evaluación del equipo ya sea para repararlo en el área o hacer traslado si es posible a las
instalaciones de la Empresa.
5.1.6 Terremotos o movimientos sísmicos
Ante una emergencia de este tipo el personal deberá mantener la calma.
Cerrar de manera inmediata llave de paso de combustible.
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Deberá buscar protección en un lugar seguro (marcos de puertas, bajo mesas, escritorios, áreas
libres de caídas de material o cables eléctricos)
Trabajos en altura deberán mantenerse en la estructura o superficie amarradas durante el
terremoto y posteriormente cuando todo vuelva a la normalidad, bajar a nivel de piso.
Todo el personal deberá dirigirse a la zona de seguridad (punto de encuentro PEE) y se realizará
un recuento de trabajadores.
Toda actividad ya sea el rescate de posibles víctimas y similares se coordinará con el cliente.
Toda acción posterior a la emergencia será coordinada con el administrador de faena de Copec.
Posteriormente se revisará manómetros de presión de combustible y verificar si existe o no baja
de la presión total, (se realiza de manera diaria en depósitos industriales).
5.1.7 Otras Medidas de Seguridad relacionadas con eventos naturales
Están dentro de la emergencia de tipo natural:
Neblina espesa Fuertes vientos Aluviones
Cuando se dé la orden de evacuación por cambios climáticos adversos se procederá de la
siguiente forma:
Se paralizará todo trabajo en área e instalación de Copec ubicada en faena, previa autorización.
Todo equipo y fuentes de ignición se apagarán.
Todo vehículo y personal serán despejados del área de emergencia. Los vehículos deberán estar
estacionados lejos del desastre con las llaves puestas.
Todo el personal de Transportes Géminis se mantendrá en las zonas de seguridad hasta recibir
instrucciones de volver al área sin ningún riesgo.
Recomendaciones Generales ante condiciones climáticas adversas:
Estar alerta y prevenido ante un eventual empeoramiento de las condiciones climáticas presentes en la faena.
Reportar a la Administración de la detección de cualquier condición de riesgo.
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Informarse del estado de Alerta climática presente en Transportes Géminis.
Informar de su ubicación y actividad al Administrador.
Ante una emergencia, no se arriesgue, solicite ayuda, espere en un lugar seguro o dentro del vehículo.
Ante cualquier situación no contemplada en este procedimiento, consultar al Administrador responsable.
El Administrador es responsable de revisar y controlar las condiciones de trabajo bajo cualquier alerta.
5.2 Paralización de Faena
Auto suspensión: Según lo establecido en el inciso quinto, del artículo 76 de la Ley 16.744,
en caso que ocurra un accidente o fatal, será obligación del empleador auto suspender los
trabajos en forma inmediata.
Según lo establecido en el inciso quinto, del artículo 76, de la ley Nº 16.744, la reanudación
de faenas solo podrá ser efectuada cuando, previa fiscalización del organismo fiscalizador, se
han subsanado las deficiencias constatadas.
Será responsabilidad del Administrador paralizar las faenas, en algunas áreas de trabajo ante
emergencias tales como: Sismos de gran envergadura, fenómenos climáticos que puedan
poner en peligro la integridad de los trabajadores, como así mismo, incendios, accidentes
graves o de fatalidad y daños a la propiedad.
Para reanudar los trabajos una vez solucionada la emergencia, se tendrá que solicitar las
autorizaciones formales a la Gerencia de Transportes Géminis.
5.3 Equipos de Emergencia
Los equipos de emergencia deben estar demarcados y señalizados
No se deben obstruir los equipos de emergencia
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Los extintores ubicados a la intemperie deben estar protegidos por un gabinete o fundas y no se
deben encontrar a más de 23 m. de un lugar de trabajo.
Los vehículos deben contar con un extintor portátil.
5.4 Simulacros de Emergencia
Copec Prueba periódicamente sus planes de emergencia con el fin de identificar e implementar mejoras a
éste.
Esto se realiza según lo indique el Programa de Simulacros del año en vigencia. El programa de
simulacros es elaborado anualmente por el Asesor en Prevención de Riesgos y el Administrador de
Contrato.
El Asesor en Prevención de Riesgos de la Faena en conjunto con el Administrador de Contrato realiza el
Informe de Simulacro. Las acciones para la mejora que se detecten, se gestionan a través del
procedimiento de No Conformidades, Acciones Preventivas y Correctivas.
5.5 Contaminación de Producto
El operador al realizar la descarga debe verificar a través de la pasta de agua la pureza del producto.
Si existe contaminación se debe informar al administrador de la situación acontecida y éste deberá
informar al jefe de zona.
Luego el Administrador debe informar al administrador de la situación, este último deberá informar al
jefe de zona respectivo.
Una vez controlada la situación el Administrador de Contrato comunica la situación a Planta Copec
Antofagasta para coordinar el retiro del producto contaminado. (si se trata de un estanque
subterráneo el producto debe ser retirado a través de una bomba manual anti explosiva como la de
la figura)
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El administrador de contrato deberá coordinar todas las acciones pertinentes para la limpieza del
estanque antes de volver a ser utilizado.
5.6 Reanudación de actividades Post-Emergencias
Para reanudar las actividades, después de una emergencia en que se hayan detenido las actividades
normales en el lugar del incidente, se deben tener en cuenta las siguientes consideraciones:
Se deben de haber suspendidos todas las actividades que originaron el control de la
emergencia y las actividades posteriores relacionadas, como: Limpiezas, despejes del
área involucrada, salida de participantes externos, traslado de equipos o elementos de
apoyo a la emergencia, etc.
Se debe tener la instrucción escrita, en libro o bitácora de la instalación, que las
condiciones que originaron la emergencia se encuentran absolutamente superadas y que
se puede reanudar las actividades, deben detallar las restricciones, chequeos y/o
precauciones a tener y por cuánto tiempo. Se debe indicar a que personal de
Transportes Géminis, se le ha informado del evento y su acuerdo de reanudar las
actividades. Estas anotaciones deben estar firmadas por el Administrador.
La reiniciación de actividades normales solo se efectuará en la previa última de
verificación visual y repaso de los procedimientos que apliquen, por parte del operador y
el Administrador y por mutuo acuerdo de que las condiciones seguras están dadas.
5.7 Números Telefónicos para Acudir Ante una Emergencia o Crisis
Operador
Administrador
Prevención de Riesgos
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Brigada Emergencia
Operaciones COPEC
5.8 Informe de accidentes al SEC
Los operadores de las instalaciones deberán informar tanto a la Superintendencia, como a cualquier otro
organismo público que lo requiera para el ejercicio de sus funciones, los accidentes descritos a
continuación, que ocurran en sus equipos o instalaciones:
a) Explosión.
b) Atentado.
c) Incendio.
d) Contaminación de un CL con otro de menor punto de inflamación en procesos de recepción de productos, en instalación de abastecimiento de CL a vehículos.
e) Volcamiento de vehículo que transporta CL, con o sin derrame de la carga.
f) Derrame de CL superior a 5 m³ en las instalaciones de CL. Para el caso de instalaciones de abastecimiento de CL (E/S) se deberán informar todos los derrames superiores a 200 L.
g) Filtración de CL en tanques y tuberías enterradas, y fondos de tanques sobre superficie.
h) Escape incontrolado a la atmósfera, superior a 800 (L / día), de CL altamente volátil, entre otros, Clase IA.
i) Hecho derivado del manejo de CL, que origine la muerte de una o más personas o impida a las personas afectadas desarrollar las actividades que normalmente realizan, más allá del día del accidente.
j) Daño a la propiedad que afecte el normal desarrollo de la actividad de CL que se estime superior a 100 UTM.
k) Cualquier otro siniestro que, por su característica y naturaleza, sea de similar gravedad a los ya mencionados.
INFORME INMEDIATO
La obligación de informar el accidente deberá cumplirse dentro de las 24 horas siguientes de la
ocurrencia del hecho, o de su detección. Dicho informe deberá considerar la siguiente información:
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a) Antecedentes de la empresa o persona natural que opera la instalación de CL, nombre o razón
social, RUT, dirección, teléfono, representante legal (si corresponde), identificación de la
instalación siniestrada.
b) Antecedentes del propietario de la instalación, nombre o razón social, RUT, dirección, teléfono,
representante legal (si corresponde).
c) Tipificación del accidente de acuerdo a la descripción entregada en el Artículo anterior.
d) Información general del accidente: descripción detallada de los hechos, fecha, hora, lugar
exacto, condiciones ambientales, personas involucradas, tipo de CL y volumen involucrado,
duración, estimación de la detención de la operación, participación de terceros.
e) Descripción de las circunstancias que originaron el accidente y sus efectos en la condición de
seguridad de la instalación de CL afectada.
f) Consecuencias del accidente: persona(s) lesionada(s) y/o fallecida(s), daños a la propiedad, ya
sea de la instalación o de terceros, contaminación del medio ambiente, consecuencias en la
producción y/o suministro de CL.
g) Identificación de organismos relacionados en el control del accidente: Centro Asistencial u
Hospitalario, Carabineros de Chile, Compañía del Cuerpo de Bomberos de Chile, Gobernación
Marítima, entre otros.
h) Antecedentes de la persona responsable de la elaboración del informe: RUT, profesión, cargo,
dirección, teléfono.
INFORME DEFINITIVO
El operador de la instalación de CL deberá entregar a la Superintendencia dentro de treinta (30)
días hábiles de acaecido el accidente, un informe que contenga:
a) Causas del accidente, tanto directas como indirectas.
b) Acción implementada para evitar la ocurrencia de hechos de similar naturaleza.
c) Acción correctiva definitiva, incluyendo el plan o actividades previstas para su implementación y
seguimientos.
d) Accidentes o incidentes ocurridos con antelación en la unidad siniestrada.
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e) Informes Técnicos que avalen las causas identificadas del accidente.
f) Consecuencias finales del accidente, avaladas por informes técnicos.
g) Para todo accidente que involucre vehículos de transporte de CL, se deberá acompañar copia del
parte policial.
6.0 REFERENCIAS
DOC- SIGDI- 008- TGE Programa de simulacros.
Decreto Supremo Nº 160.
7.0 ANEXOS
Anexo 1: Flujograma comunicaciones Interno COPEC.
Anexo 2: Flujograma de Evacuación General.
Anexo 3: Formulario “Comunicación de Accidente relacionado con Combustibles líquidos derivados del
Petróleo”.
Anexo 4: Formulario “Informe de accidente relacionado con combustibles líquidos derivados del
Petróleo”.
Anexo 5: Ubicación PEE en Transportes Géminis
Anexo 6: AST
ANEXO 1: FLUJOGRAMA COMUNICACIONES INTERNO.
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El protagonista o testigo de la emergencia informa de manera inmediata lo acontecido primeramente a sala de control para que tome las medidas necesarias de manera inmediata, y luego comunicar al Administrador del depósito Industrial.
Sala de control informa de emergencia a la Brigada y Grupo de apoyo de emergencia para indicar los detalles de donde se encuentra la emergencia y determinar maniobras para trabajar en la emergencia.
El administrador del depósito industrial se comunica con el asesor en prevención de riesgos con el fin de realizar investigación de accidente para determinar causantes de la emergencia ocurrida.
ANEXO 2: EVACUACIÓN GENERAL
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Protagonista o Testigo EmergenciaOperador Cel: (09)
Sala de Controlfono:
Brigada Emergenciacel: (09)
Grupo Apoyo Emergencia
Administradorcel:
Asesor en prevención de riesgos.
cel:(09)
1
2 3
1
2
3
Sí observa a personas con dificultad para evaluar el área, proporciónele ayuda, siempre que sea seguro
Se declara la Emergencia
Nota:Al informar sobre una emergencia, tener en consideración:Nombre de la persona que informa.Lugar de la emergencia.Tipo de Emergencia (Accidente, derrame, amago de incendio, etc.)Lesionados (cuantos y gravedad)Empresa a la que pertenece
Transmita la información a todos
Inicio
¿Recibió la alarma para evacuar el lugar de la emergencia?
¿Salieron todas las personas del lugar de la emergencia?
Manténgase en la zona de seguridad (Puntos de Encuentro de Emergencias.
¿Recibió la notificación de fin de emergencia?
FinEspere la notificación manténgase alerta
Espere la confirmación de emergenciaNo
No
No
Si
Si
Si
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ANEXO 3: FORMULARIO DE COMUNICACIÓN DE ACCIDENTE RELACIONADO CON COMBUSTIBLES LIQUIDOS DERIVADOS DEL PETROLEO.
Código: PG-SIGDI-009 TGE Versión: 000/R18/07/2011 Página 17 de 24
PROCEDIMIENTO DE EMERGENCIA Y CRISIS.
El propietario u otra persona natural o jurídica a cargo de la operación de las instalaciones o equipos de refinación, distribución y transporte de Combustibles Líquidos, incluidos el transporte por camiones estanques, deberá informar a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles respecto de los accidentes indicados en Artículo 1.10 del DE Nº 90/96 del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, que ocurran en sus equipos o instalaciones DENTRO DE LAS 24 HORAS SIGUIENTES A LA OCURRENCIA DEL HECHO.
I. Identificación de la Empresa.
EmpresaDirecciónTeléfono FaxCiudad Fecha
ResponsableCargoMutual
II. Información general del accidente.
Lugar exacto del accidente
Fecha Hora de Ocurrencia
Tiempo para el control total del accidente
Condiciones Ambientales
Número de personas involucradas
III. Tipificación del Accidente (Marque con una cruz (x) lo que corresponda
Explosión
AtentadoIncendioVolcamiento de vehículo de transporte de ClDerrame de CLFiltración de CLOtro
IV. Combustibles Involucrados, Cantidad.
Código: PG-SIGDI-009 TGE Versión: 000/R18/07/2011 Página 18 de 24
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Producto Volumen (m3)
Gasolinas
Petróleo Diesel
Kerosene
Otro
V. Descripción de los hechos
VI. Consecuencias.Daños a las personas
Número de personas lesionadas
Número de personas muertas
Daño a la propiedad, expresadas en (UF)
Daños a la instalación/equipos propios
Daños a terceros
Daños al Medio Ambiente (indique área, volumen, etc.)
Mar
Tierra
Ríos, lagos, etc.
VII. Organismos Relacionados (individualice los organismos participantes en el control del accidente)
Centro Asistencial
Carabineros
Compañía de Bomberos
Gobernación Marítima
Cuerpos Apoyo otras empresas
VIII. Identificación del Informante
Nombre
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Teléfono
IX. USO EXCLUSIVO DE LA SUPERINTENDENCIA.
Fecha recepción DeclaraciónFecha Recepción InformeArchivo
ANEXO 4: INFORME DE ACCIDENTE RELACIONADO CON COMBUSTIBLES LIQUIDOS DERIVADOS DEL PETROLEO.
Código: PG-SIGDI-009 TGE Versión: 000/R18/07/2011 Página 20 de 24
PROCEDIMIENTO DE EMERGENCIA Y CRISIS.
El propietario u otra persona natural o jurídica a cargo de la operación de las instalaciones o equipos de refinación, distribución y transporte de Combustibles Líquidos, incluidos el transporte por camiones estanques, deberá ENVIAR a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles respecto de los accidentes indicados en Artículo 1.10 del DE Nº 90/96 del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, que ocurran en sus equipos o instalaciones, un informe dentro de los 30 días siguientes a la ocurrencia del hecho. Este Informe debe a lo menos contener la información que se señala a continuación.
I. Identificación de la Empresa.
EmpresaDirecciónTeléfono FaxCiudad Fecha
ResponsableCargoMutual
II. Información general del accidente.
Lugar exacto del accidente
Fecha Hora de Ocurrencia
Tiempo para el control total del accidente
Condiciones Ambientales
Número de personas involucradas
III. Consecuencias. (Evaluación final de los daños)
Daños a las personasNúmero de personas lesionadas
Número de personas muertas
Daño a la propiedad, expresadas en (UF)Daños a la instalación/equipos propios
Daños a terceros
Daños al Medio Ambiente (indique área, volumen, etc.)
Mar
Tierra
Ríos, lagos, etc.
IV. Causas. (Indicar Causas Directas e Indirectas)
Código: PG-SIGDI-009 TGE Versión: 000/R18/07/2011 Página 21 de 24
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V. Acciones Correctivas.
VI. Informe de Seguimiento a las Acciones Correctivas (Indique fechas y responsables de Auditorías de Seguimiento a las Acciones Correctivas implementadas).
VII. Identificación del Experto en Prevención de Riesgos.
NombreRUT Nº de Inscripción
VIII. Identificación del emisor del Informe.
NombreRUT Cargo
ANEXO 5: UBICACIÓN PEE
Código: PG-SIGDI-009 TGE Versión: 000/R18/07/2011 Página 22 de 24
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ANEXO 6: AST
Código: PG-SIGDI-009 TGE Versión: 000/R18/07/2011 Página 23 de 24
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