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OTROS GASTOS CORRIENTES - REGIMEN ESPECIAL CAS- DONACIONES Y OTROS GASTOS

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TEORIA GENERAL DEL DERECHO ADMINISTRATIVO

OTROS GASTOS CORRIENTES -REGIMEN ESPECIAL CAS-DONACIONES Y OTROS GASTOS

OTROS GASTOS CORIENTESSERVICIOS DE MANTENIMIENTO ACONDICIONAMIENTO Y REPARACIONES , son los servicios que se contratan para dar un adecuado mantenimiento a los activos de la Entidad y que estos estn operativos para el adecuado servicio que brindan.ALQUILERES DE MUEBLES E INMUEBLES , de acuerdo al tipo de Entidad se puede requerir del alquiler de Equipos y/o Inmuebles para poder dar un adecuado servicio conforme a los objetivos de la mismaSERVICIOS PROFESIONALES Y TECNICOS , son los servicios de terceros que por la caracterstica del mismo se requiere que sean especialistas en las materias que se les contratar y que la entidad no cuenta con ese nivel de especializacin.

OTROS GASTOS CORIENTESSERVICIOS ADMINISTRATIVOS , cuando se utilizan los servicios de terceros para realizar actividades administrativas.SERVICIOS FINANCIEROS , los servicios que prestan las entidades financieras por sus servicios de intermediacin financiera.SERVICIOS DE SEGUROS , para asegurar los activos fijos e intangibles de cada entidad y salvaguardarlos de cualquier tipo de riesgo a que puedan estar expuestos.

OTROS GASTOS CORIENTESVIAJES gastos por viaje de personal calificado, que siendo o no funcionario o servidor pblico viaje representando al Estado para el desempeo de determinadas acciones tcnicas necesarias para la entidad. asimismo, incluye los pasajes y gastos de transporte ocasionados por personal visitante de otros organismos, en calidad de delegado, representante o similares.

OTROS GASTOS CORIENTESPRACTICANTES, SECIGRISTAS Y SIMILARES gastos por servicios eventuales prestados por animadoras y alfabetizadores, propinas para practicantes, secigristas, alumnos de escuelas militares y policiales y similares.

OTROS GASTOS CORIENTESSERVICIOS DE ENERGIA ELECTRICA, AGUA Y GAS gastos por el consumo de energa elctrica, agua potable y tratada y gas por las entidades pblicas, para el funcionamiento de sus instalacionesSERVICIOS DE TELEFONIA E INTERNET gastos por concepto de conexin a la red internacional de informacin (internet), telefona mvil y fija (telfono, telefax y celular), de uso colectivo a usuarios, prestadas por empresas pblicas o privadas.

OTROS GASTOS CORIENTESSERVICIOS DE ORGANIZACION DE EVENTOS gastos por los servicios prestados que conciernen a la organizacin y conduccin de eventos deportivos, recreacionales, espectculos, culturales, auspicio y patrocinio de eventos culturales y de arte as como otras actividades similares nacionales o internacionalesSERVICIO POR ATENCIONES Y CELEBRACIONES gastos por servicios prestados para realizar talleres, seminarios y similares, as como para las atenciones oficiales, celebraciones institucionales y otros eventos de la misma naturaleza

CASCONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS modalidad especial de contratacin laboral privada del Estado que vincula a una Entidad con una Persona Natural que presta servicios de manera subordinada. Es un rgimen transitorio. (D.L. 1057).

CAS D.L. 1057 DEFINICION

La presente norma no se aplica a los contratos de prestacin de servicios de consultora o de asesora, siempre que se desarrollen de forma autnoma, fuera de los locales o centros de trabajo de la entidad.

REQUISITOS PARA EL INGRESO O INICIO DE LA RELACION EN CAS Requerimiento realizado por la dependencia usuaria.No aplica para empresas del Estado.Existencia de disponibilidad presupuestaria.Para el proceso de seleccin, observar el procedimiento establecido en el reglamento.

NATURALEZA JURDICA DEL CASEl CAS es una modalidad contractual de la Administracin Pblica , que vincula a una entidad pblica con una persona natural que presta servicios de manera no autnoma.Se rige por normas del derecho pblico y confiere nicamente los beneficios y las obligaciones que establece el Decreto Legislativo 1057 .No est sujeto a las disposiciones del D.L. 276 ni al rgimen de la actividad privada.

QU SE ENTIENDE POR PRESTACIN DE SERVICIO NO AUTNOMO?Una prestacin de servicio de carcter no autnomo es la prestacin de servicios que realiza una persona a favor de una Entidad Pblica de manera dependiente , sin que ello implique un vnculo laboral con la Entidad.

PLAZOS DEL CASEl CAS es un contrato a plazo determinado , no es posible que se suscriba a plazo indefinido o indeterminado.La duracin mxima del CAS es de un ao fiscal , como mximo hasta el 31 de Diciembre del ao en que se suscriba el contrato.Los contratos podrn renovarse o prorrogarse las veces que sea necesario , pero slo podr efectuarse hasta 31 de diciembre de cada ao.

PROCEDIMIENTO PARA CONTRATAR A UNA PERSONA BAJO CASEl procedimiento para contratar a una persona mediante CAS est regulado en el artculo 3 del Decreto Supremo N075 2008 PCM e incluye las siguientes etapas.PREPARATORIACONVOCATORIASELECCINSUSCRIPCIN Y REGISTRO DE CONTRATO

DERECHOS EN EL CAS

Percibir al menos una remuneracin mnimaJornada Laboral mxima de acuerdo a Constitucin.Descanso fsico de 15 das por cada ao de servicios.Ley de Seguridad y salud de trabajo.Sistema previsional de pensiones.Sistema previsional de salud.Licencia por maternidad Otros que determine el Reglamento.

OBLIGACIONES EN EL CASLas obligaciones y responsabilidades administrativas son las mismas de la ley Marco del Empleo Pblico y del D.L. N276.

CAUSAL DE EXTINCINDecisin unilateral de la entidad contratante, sustentada en el incumplimiento injustificado de las obligaciones derivadas del contrato o de las obligaciones normativas aplicables al servicio, funcin o cargo; o en la deficiencia en el cumplimiento de las tareas encomendadas.

PROHIBICIN DE CONTRATAR EMPRESAS INTERMEDIARIAS

Queda prohibido a las entidades del Sector Pblico cubrir cargos de naturaleza permanente a travs de empresas de servicios especiales o de servicios temporales. Slo se autoriza la contratacin de personal a travs de empresas intermediarias de mano de obra cuando se trate de labores complementarias, expresamente calificadas como tales, o para cubrir la ausencia temporal de un servidor permanente.

SUPLENCIA Y ENCARGO DE FUNCIONES

Las personas contratadas bajo el rgimen del Decreto Legislativo N 1057 pueden ejercer la suplencia o conformar comisiones temporales por encargo en la entidad contratante.

PROYECTO DE LEY APROBADOLa eliminacin del Rgimen CAS se producir de manera gradual con la implementacin del nuevo Rgimen del Servicio Civil.

DERECHOS SEGN LA NUEVA LEY SERVIRDERECHOS:Jornada laboral mas favorableAguinaldo por fiestas patrias y navidad30 das de vacacionesCompensacin por tiempo de serviciosLicencias conforme a los regmenes generalesSistema meritocrticoCertificado de trabajo

DONACIONESDONACIONES Y TRANSFERENCIAS CORRIENTES destinados a financiar gastos corrientes de diversas entidades del gobierno nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, fondos pblicos.DONACIONES Y TRANSFERENCIAS DE CAPITAL aportes destinados a instituciones del sector pblico, del sector privado y del exterior asi como a gobiernos regionales y locales con fines especficos de inversin en construccin de obras pblicas .

OTROS GASTOSSUBSIDIOS pueden ser a empresas publicas y/o privadas como por ejemplo a empresas privadas no financieras que prestan servicios de transporte aereo de pasajerosSUBVENCIONES A PERSONAS NATURALES gastos por la ayuda estatal de carcter financiero destinados a personas naturalesPAGO DE IMPUESTOS,DERECHOS ADMINISTRATIVOS Y MULTAS GUBERNAMENTALES gastos por concepto de pago de impuestos, derechos administrativos y multas gubernamentales. incluye arbitrios

OTROS GASTOSPAGO DE SENTENCIAS JUDICIALES, LAUDOS ARBITRALES Y SIMILARES gastos por el cumplimiento de resoluciones judiciales cuyo estado procesal tenga la condicin de cosa juzgada y se encuentre en ejecucin de sentencia. asimismo, comprende a los laudos arbitrales definitivos que tengan la calidad de consentidos o ejecutoINDEMNIZACIONES Y COMPENSACIONES gastos por el cumplimiento de indemnizaciones y compensaciones. incluye expropiaciones e indemnizaciones de carcter laboral.