perspectivas progresistas sobre ley televisa

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  • 8/18/2019 Perspectivas Progresistas Sobre Ley Televisa

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    P E R S P E

    C T I V A

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    G R E S I S T A S

    LEY

    DE MEDIOS:

    PODER SIN

    CONTRAPESOS

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    Editorial

    El pensamiento progresista ha inspirado diversos liderazgos que han impulsado latransformación democrática de la sociedad. El cumplimiento de los derechos hu-manos, la democratización del Estado y los medios de comunicación, la igualdad degénero, la ampliación y acceso al espacio público, constituyen referentes para lograrnuevas formas de hacer política, donde la diferencia de identidades, estilos de vida y

    derechos de ciudadanía encuentren canales institucionales para la realización de susreivindicaciones sociopolíticas.Con el nacimiento de Perspectivas Progresistas , publicación de la Fundación Frie-

    drich Ebert (FES) en México, pretendemos animar el debate público para pensar aMéxico desde miradas progresistas, abrir camino a la sociedad y sus actores para em-prender acciones colectivas.

    El papel de los medios de comunicación es clave para la transformación democráti-ca y la construcción de ciudadanía. Sin medios democráticos no hay democracia. Estasimple formula es válida ahora más que nunca para un desarrollo democrático a es-cala mundial. La concentración de los medios en pocas manos no es un pequeño errorcosmético sino una amenaza permanente contra la libertad de expresión y el derechoa la información. México tiene el triste mérito de haberse constituido en campeón re-gional con su duopolio Televisa-TV Azteca, que controla más de 80% de la televisiónabierta en el país. Una legislación moderna en materia de radio y televisión, así comode telecomunicaciones debe reexionar e insistir en la función social de los medioselectrónicos.

    Esta edición de Perspectivas Progresistas analiza el reciente debate y proceso po-lítico sobre las reformas a la legislación de radio, televisión y telecomunicaciones enMéxico.

    “Una ley para Televisa: crónica de una regresión política” es el título del análisisque realizó el investigador y especialista en medios Raúl Trejo Delarbre, a través preci-samente de una crónica de aquellos aciagos días que desembocaron en la aprobación atoda costa de la llamada Ley Televisa. “La aprobación a las reformas de a la Ley Fede-ral de Radio y Televisión y a la de Telecomunicaciones signica para México uno de losretrocesos más grandes en la construcción de nuestra democracia”, dice Aleida Calleja,de la Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC) en sus reexiones sobreel tema. En un texto publicado inicialmente en su columna editorial para la revistaProceso , con el signicativo nombre “Paisaje después de la batalla”, la politóloga Deni-se Dresser recuerda la triste y dura lección sobre la política mexicana contemporáneaque aprendieron varios de sus estudiantes que fueron testigos de las reuniones de laComisión de Comunicaciones y Transportes en el Senado de la República en marzo de2006. A su vez, en sus “Apuntes sobre los contenidos de da la Ley Federal de Radioy Televisión”, Damián Loreti, experto en legislación internacional de los medios elec-trónicos, desarrolla algunos principios básicos e internacionalmente reconocidos parauna legislación plural en la materia.

    Los resultados de estas reformas abrieron salidas jurídicas de varios sectores afec-tados. Como nunca antes, el tema quedo como parte de la agenda política y social, porlo que este capítulo histórico todavía seguirá.

    Jürgen MoritzFES-México

    Agradecemos a los autores que colaboraron con sus artículos para este número de Perspectivas Progresistas, asícomo a la revista Zócalo por la difusión de este suplemento. Diseño de forros: Judith Meléndrez Bayardo, diseñode interiores: Jesús Fernández. Se permite la reproducción parcial o total de este documento a condición de quesea mencionada la fuente y se haga llegar una copia al editor. Impreso por Grácos eFe, Urólogos 55, Col. El

    Triunfo, México, D.F. [email protected]. P E R S P E

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    Una leypara Televisa

    *Instituto de Investigaciones Sociales de la [email protected]://raultrejo.tripod.comhttp://mediocracia.wordpress.comNota: El texto completo de Raúl Trejo Delarbre sobre la“Ley Televisa” está en: www.fesmex.org

    L os 81 senadores que votaron a favor de laLey Televisa no tenían razones, sino con- veniencias. Aquella noche del 30 de marzo de2006 resistieron, sin arriesgar una sola réplica,durante 13 horas de persistentes argumentospor parte de los legisladores que se oponían

    a esas modicaciones. Durante los cuatro me-ses anteriores se había desarrollado un tenso y amplio debate en donde quedó claro que lasreformas a las leyes de Telecomunicaciones yde Radio y Televisión aprobadas inicialmenteen la Cámara de Diputados beneciaban, demanera ostensible, a las empresas televisorasque ya disponían de concesiones para difun-dir por ese medio.

    Por eso se le denominó Ley Televisa.

    Aquella reforma no favoreció solamente a esaempresa. Pero el interés que invirtió para di-señar, cabildear y nalmente extorsionar a un

    ignicativo segmento e a c ase po íticaexicana con e propósito e que esa refor-a fuese apro a a, acía más que apropia o

    amar e e esa manera.se 30 e marzo os sena ores que con

    ás a ínco estu iaron sus imp icaciones y

    cuya oposición a a Ley Te evisa i a más a áe cua quier an ería parti aria —Javier Co-ra y Fe ipe Vicencio e PAN, Du ce María

    Sauri y Manue Bart ett e PRI, César RaúOje a e PRD entre otros— se a ían irigi-o en ocenas e ocasiones a cuerpo egis a-

    tivo en una ata a argumenta y retórica quea ían e antemano per i a, por o menos

    en e corto p azo. Las fracciones senatoria ese os parti os Acción Naciona y Revo ucio-

    ario Instituciona a ían acor a o respa -ar a Ley Te evisa. En e Sena o a ía 40 e-is a ores, e to os os parti os, que se reco-ocían a contracorriente e a mayoría y cuyo

    voto fue, por eso, especia mente meritorio en sistema po ítico fun amenta mente resiga o a una ecisión que no se a ía toma

    en as cámaras egis ativas, ni en as irigencias parti arias, sino en as ocinas corporat

    Raúl Trejo Delarbre*

    Crónica de una regresión política

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    vas del consorcio mediático más poderosodel país.

    Aprobada en 7 minutosEl 22 de noviembre de 2005 el diputadopriista Miguel Lucero Palma había presen-tado una iniciativa de reformas a las leyesfederales de Telecomunicaciones y de Radio y Televisión. Pronto quedó claro que esa ini-ciativa no la preparó él sino alguno de losdespachos de asesoría jurídica en los que seapoya Televisa. La iniciativa fue examinadapor dos comisiones de la Cámara de Diputa-dos que la enmendaron y retocaron algunasde sus deciencias de técnica legislativa. Enesa tarea participaron, al menos formalmen-te, más de 50 diputados que integraban lascomisiones de Comunicaciones o de Radio yTelevisión de esa Cámara. Más tarde, sin em-bargo, legisladores de todas las fraccionesdirían que nunca conocieron con detalle la

    propuesta de Lucero Palma y la aprobaronsin entender sus implicaciones.En todo caso nadie manifestó objeciones

    a esa propuesta. El jueves 1 de diciembre la Junta de Coordinación Política de la Cáma-ra de Diputados solicitó que el dictamenpara adicionar y derogar varios artículos delas leyes federales de Telecomunicaciones yde Radio y Televisión fuese puesto a votaciónsin tener que ser leído como indica la rutina

    parlamentaria. Que “se turne lo antes posi-ble”, decía esa petición encabezada por eldiputado Pablo Gómez Álvarez, presidentede la Junta y coordinador del grupo parla-mentario del PRD. Junto con él rmabanEmilio Chuayffet, Jorge González Morfín, Jorge Kawhagi y Jesús Martínez Álvarez,coordinadores de las bancadas del PRI, elPAN, el Partido Verde y Convergencia. Los

    diputados de todos los partidos aprobarontales reformas con 327 votos a favor. Nohubo una sola abstención, ni voto en contra

    alguno. Todo sucedió en siete minutos.Regalo a radiodifusores

    En rigor, la que sería llamada como Ley Tele- visa no buscaba crear una nueva legislaciónsino emprender cambios y adiciones a dos le- yes federales. A la Ley de Telecomunicacionesse proponía reformarle 4 artículos y añadirle5. En la de Radio y Televisión se proponía lareforma de 13 artículos y la incorporación de15 nuevos.

    El tema central de esas reformas se encon-traba en las modicaciones sugeridas al artí-culo 28 de la Ley de Radio y Televisión. Allí seplanteó que las televisoras y radiodifusoraspudieran difundir servicios de transmisión dedatos, telefonía, Internet y otros, utilizandolas frecuencias que les fueron asignadas para

    transmisiones de radiodifusión. Para ello úni-camente deberían hacer una solicitud a la Se-cretaría de Comunicaciones y Transportes lacual, se dijo, “podrá requerir” el pago de unacontraprestación. Los servicios de telecomu-nicaciones, adicionales a los de radiodifusión,serían autorizados sin licitación o concurso adiferencia del procedimiento que en Méxicodeben cumplir las empresas de telefonía yconducción de datos cuando quieren obte-

    ner una frecuencia. Al no ser forzoso, el pago de la contra-prestación estaría sujeto a la decisión de laautoridad administrativa. Por otra parte lasradiodifusoras y televisoras de índole cultu-ral, educativa y/o gubernamental, así comolas radiodifusoras comunitarias, quedabanexcluidas de la posibilidad de ofrecer talesservicios adicionales de telecomunicaciones.

    Los 81 senadores que votaron a favor de la Ley Televisa no tenían razones, sino conveniencias

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    También se proponía que la televisión yla radio fuesen reguladas por la autoridadadministrativa que hasta entonces había nor-

    mado el desempeño de las empresas de tele-comunicaciones. La Comisión Federal deesa actividad, Cofetel, tendría una nuevacomposición y sus integrantes deberían seraprobados por el Senado a propuesta delpresidente de la República.

    Ese organismo estaría sujeto a importan-tes limitaciones. En la asignación de nuevasconcesiones para radio y televisión, solamen-te podría opinar y la decisión nal seguiríasiendo de la Secretaría de Comunicaciones yTransportes. Los permisos para radiodifusiónno comercial continuarían tramitándose anteese ministerio.

    Una innovación era el establecimientode licitaciones para resolver nuevas conce-siones de radio y televisión pero sin criteriosclaros. Únicamente decía que los benecia-rios de las nuevas frecuencias deberían pa-

    gar una “contraprestación económica”. Nohabía consideraciones de benecio social, ode pertinencia cultural, en esas reglas.

    A la radiodifusión, en esa propuesta, sela entendía únicamente como un negocio,sin atender a implicaciones de otra índole.Las concesiones serían discernidas por su-basta monetaria y sin tomar en cuenta atri-butos como la capacidad en materia de pro-ducción radiofónica o televisiva o el proyecto

    cultural que se intentase difundir.La propuesta ofrecía a los radiodifusoresla posibilidad de tener 5% más del tiempoque la ley les autoriza para difundir publici-dad a cambio de que destinasen al menos20% de sus espacios a programas produci-dos por empresas distintas de los consorciosmediáticos. Pero sólo se aludía a la “produc-ción nacional independiente” sin denir ese

    término de tal manera que existía la posibili-dad de que, subcontratando con una empre-sa de su propiedad, los grandes grupos de

    radiodifusión obtuvieran la bonicación del5% en tiempo publicitario. Los auténticosproductores independientes seguirían mar-ginados de los medios electrónicos.

    Para la adquisición de espacios destina-dos a proselitismo político, la iniciativa seña-laba que se debería “informar” al InstitutoFederal Electoral “sobre la propaganda quehubiese sido contratada” por los partidos osus candidatos. Aparentemente esa disposi-ción le permitiría a la autoridad electoralscalizar el gasto de los partidos. Pero el IFEera colocado solamente como tesorero derecursos que los partidos seguirían gastandosegún acordasen con cada empresa de televi-sión o radio.

    La Ley Televisa, por otra parte, no se ocu-paba de temas que habían sido consideradosindispensables en numerosas discusiones y

    propuestas para reformar la legislación enmateria de medios electrónicos. No estable-cía límites a la concentración de las empresasde radio y/o televisión. Ignoraba a los mediosde carácter público excepto para imponerlesnuevas restricciones. No decía una sola pala-bra acerca de las responsabilidades públicasde los radiodifusores. No incluía el derechode réplica.

    Discrepancias y adhesionesUna de las primeras expresiones contra laLey Televisa fue el maniesto que 112 es-critores, artistas y productores, así comodirigentes de organismos profesionales y es-pecializados, suscribieron en la primera se-mana de diciembre para exigir que los sena-dores no la respaldaran sin una deliberación

    La Ley Televisa ignoraba a los medios de carácter público excepto para imponerles nuevas restricciones. No decía una sola palabra acerca de las

    responsabilidades públicas de los radiodifusores. No incluía el derecho de réplica

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    amplia1. Con esa opinión, aunque por otrosmotivos, coincidieron algunos operadoresde radiodifusión y telecomunicaciones. Ro-

    gerio Azcárraga, presidente del Grupo RadioFórmula, consideró que la propuesta de re-formas llegaba “al absurdo de vender partedel territorio nacional”2. La causa principalde la inconformidad de ese empresario erala ausencia, en esa iniciativa, de alguna dis-posición que les garantizara a los operadoresde radiodifusoras en la banda de AmplitudModulada la adjudicación de un canal adi-cional en la banda de Frecuencia Modulada.62 propietarios de pequeñas estaciones enlos estados, respaldaron esa posición. La Cá-mara Nacional de la Industria Electrónica,de Telecomunicaciones e Informática, Ca-nieti, expresó que la reforma era “inequitati- va al plantear una convergencia consistenteen que televisoras y radiodifusores prestenservicios de telecomunicaciones, pero no losconcesionarios de telecomunicaciones pres-

    ten servicios de TV y audio”3

    .En contradicción con esas opiniones, laCámara Nacional de la Industria de Radio yTelevisión consideró que la iniciativa no be-neciaba a nadie de manera especíca y dijoque “representa un avance signicativo”4.

    Cuando el rechazo a la que para entonces ya era conocida como Ley Televisa se exten-dió en algunos sectores de la sociedad los di-putados del Partido de la Revolución Demo-

    crática, que habían votado por ella, declararonque le retiraban su adhesión. La minuta apro-bada en la Cámara de Diputados llegó la si-

    guiente semana al Senado en donde los coor-dinadores parlamentarios del PAN y el PRIquerían aprobarla de inmediato. Sin embar-go los cuestionamientos en numerosos me-dios, así como el rechazo de varias docenasde senadores, obligó a que esa discusión fue-ra postergada hasta febrero.

    Defensores e impugnadores

    Organismos como la Red de Radiodifusoras yTelevisoras Educativas y Culturales de México y la delegación en México de la AsociaciónMundial de Radiodifusoras Comunitarias re-chazan la Ley Televisa. En el otro anco, losdefensores más notorios de esa propuestaeran abogados que trabajaban en despachosde asesoría jurídica en algunos de los cuales,según se presumía desde entonces, fue elabo-

    rada la Ley Televisa. Varios de ellos, así comoalgunos de los impugnadores de la Ley Tele- visa, fueron invitados a una reunión, el 11 deenero, con senadores del PRI.

    A comienzos de febrero el presidente dela Comisión de Comunicaciones y Transpor-tes del Senado, el panista Héctor Osuna Jai-me, convoca una consulta de la cual se reali-zarían cuatro reuniones, los días 8, 15, 22 y28 de febrero con casi medio centenar de

    participantes —especialistas representantesde agrupaciones técnicas y profesionales,entre otros—. 12 de ellos se maniestan afavor de la minuta de reformas legislativas y,en contra, 34.

    Además de esas opiniones, la comisiónsenatorial recibió los puntos de vista de cua-tro autoridades federales. Xóchitl Gálvez, ti-tular de la Comisión Nacional para el Desa-

    1 “Rechazamos una reforma al vapor”. El Universal, 12de diciembre de 2005.

    2 “Sugieren amparo contra ley de medios”. El Universal, 7 de diciembre de 2005.

    3 CANIETI, “Al Congreso de la Unión y a la opiniónpública. Lo que no debiera ocurrir con los legisladores enun país de transparencia y democracia”. El Universal, 12 dediciembre de 2005.

    4 Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televi-sión, “A la opinión pública”.Reforma, 13 de diciembre de2005.

    Los defensores más notorios de esa propuesta eran abogados quetrabajaban en despachos de asesoría jurídica en algunos de los cuales,

    según se presumía desde entonces, fue elaborada la Ley Televisa

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    rrollo de los Pueblos Indígenas, acudió paradecir que entre los defectos de la minuta es-taba la ausencia de referencias a la diversi-

    dad cultural deseable en la radiodifusión y alas radiodifusoras indígenas. Y luego, en unasesión realizada el 23 de febrero, los presi-dentes de la Comisión Federal de Compe-tencia, la Comisión Federal de Telecomuni-caciones y el Instituto Federal Electoral—este último a través de un documento— semanifestaron contra la minuta5.

    Eduardo Pérez Mota, presidente de laComisión Federal de Competencia, dijo quecon esas reformas no se promovía un merca-do de radio y televisión capaz de satisfacerlas necesidades de variedad, calidad y mejo-res precios que tienen los consumidores. Jorge Arredondo, presidente de la Cofetel,dijo que no garantizaba la rectoría del Esta-do sobre el espectro radioeléctrico. LuisCarlos Ugalde manifestó que la aprobaciónde esa reforma convertiría al propio Institu-

    to Federal Electoral, del cual es presidente,en simple “caja de cobro” de la publicidadque contratasen los partidos en radio y tele- visión.

    Mientras la Ley Televisa era, además,tema de numerosos foros especialmente enuniversidades y medios de comunicación,los senadores que se oponían a ella elabora-ban una nueva propuesta de reformas.

    Coacciones, juego sucioNo obstante que las opiniones más autoriza-das estaban en contra, Televisa se había em-peñado en que la reforma fuese aprobada.La en esos momentos muy cercana posibili-

    dad de que las elecciones las ganase el candi-dato del PRD, Andrés Manuel López Obra-dor, pudo haber apresurado esa decisión.

    La Cámara Nacional de la Televisión porCable, Canitec, inicialmente había estadoreticente a respaldar la Ley Televisa. Sin em-bargo hacia el mes de febrero su presidente, Alejandro Puente, declaró que ese organis-mo miraba “con buenos ojos” el proyecto. Elsenador Javier Corral denunció que las em-presas de cable que forman parte de la Cani-tec habían sido amenazadas por Televisa conretirarles la autorización para que transmi-tieran en sus sistemas las señales de los cana-les abiertos de esa empresa6.

    También cambió de posición la Canietique, cuando la Ley Televisa fue aprobadapor los diputados, había denunciado, comoapuntamos antes, que respondía “a interesesparticulares”7. El primero de febrero la pre-sidenta de esa Cámara, María Teresa CarrilloPrieto, exhortó a los legisladores “a conti-

    nuar con el proceso de revisión de la minutaen cuestión, en virtud de los avances que yacontempla la minuta turnada por la Cámarade Diputados”.

    Ese viraje era producto de apremios ejer-cidos por Televisa. El 1 de marzo de 2006 eldiario El Universal dio a conocer transcripcio-nes de conversaciones telefónicas del direc-tor Jurídico de Televisa, Javier Tejado8 condirectivos de empresas telefónicas miembros

    de la Canieti (como Alestra y Avantel) paraque apoyaran las reformas. En una de esasconversaciones Tejado comenta que para

    5 Jorge Teherán, “Es necesario modificar minuta, coin-ciden IFE, Cofetel y Cofeco”. El Universal, 23 de febrero de2006.

    6 Javier Corral Jurado, “La rendición”. El Universal, 13de febrero de 2006.

    7 CANIETI, “Al Congreso de la Unión...” cit.8 Fernando Pedrero y Alejandro Torres, “Ley de radio

    y TV. Al descubierto red de presiones”. El Universal, 1 demarzo de 2006.

    No obstante que las opiniones más autorizadas estaban en contra,Televisa se había empeñado en que la reforma fuese aprobada

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    persuadir a Teresa Carrillo, presidenta de laCanieti, Televisa había presionado al jefe dela empresa en donde ella trabajaba, la rma

    Hewlett Packard.La publicación de aquellas transcripcio-nes conrmó los amagos corporativos queTelevisa ejercía para forzar adhesiones a supropuesta legislativa. Pero al mismo tiempofue un recurso tramposo. El Universal nuncainformó cómo obtuvo las grabaciones y la in-tercepción al teléfono de Tejado era eviden-temente ilegal.

    El compromiso de PAN y PRI

    Y a en marcha las campañas electorales, lospartidos y sus candidatos presidenciales esta-ban ávidos por ganar espacio en los mediosde comunicación. Así que cuando los direc-tivos de Televisa les propusieron respaldarlosa cambio de que aprobaran las reformas deley, los dirigentes nacionales y los candida-

    tos presidenciales del PAN y del PRI, FelipeCalderón y Roberto Madrazo, aceptaron sinchistar. Al menos eso se puede concluir delas instrucciones que enviaron a sus legisla-dores.

    El 23 de marzo el presidente nacionaldel PAN, Manuel Espino, les dijo a los sena-dores de ese partido que “debían aprobar laminuta, por las condiciones políticas delmomento”9. Lo mismo sucedió al día si-

    guiente con los senadores del PRI: “pasandopor alto el compromiso formal de discutir laminuta en un pleno ex profeso, sin adver-tencia, en una reunión de rutina, se argu-mentó la necesidad de aprobar de inmedia-to la citada minuta en sus términos, por

    convenir a la candidatura de Roberto Ma-drazo” relató más tarde el senador ManuelBartlett, opositor a la Ley Televisa10.

    Finalmente los canales de ese consorciono otorgaron más espacio a la cobertura delas actividades del candidato panista ni delpriista. El candidato con mayor presencia enlos noticieros y programas de discusión deTelevisa fue Andrés Manuel López Obrador,del PRD11. Ese partido se opuso en el Sena-do a la Ley Televisa pero sus votos no hacíanfalta para aprobarla. López Obrador nuncacuestionó esa reforma y cuando se supo quesus rivales habían pactado con dicha empre-sa se negó a aceptarlo: “No creo que Televi-sión Azteca y Televisa hayan negociado eso. Y si no, como dice la canción, ya el corrido lodirá; nos vamos a dar cuenta”12.

    La prensa de los últimos días de marzo re-gistra numerosas expresiones contra la LeyTelevisa: la Academia Mexicana de Ingenie-ría, la Asociación Mexicana de Productores

    Independientes, la Federación Iberoamerica-na de Productores Cinematográcos, las ra-diodifusoras culturales y los radiodifusoresindependientes, dos docenas de sindicatosencabezados por la Asociación Sindical de Pi-lotos Aviadores, entre otras agrupaciones,además de docenas de artículos de opinión.La Ley Televisa no era asunto solamente deprofesionales o especialistas de la comunica-ción.

    Ya en el último tramo antes de la vota-ción senatorial, la noche del lunes 27 de

    9 Andrea Becerril, “A petición expresa de Espino, elPAN acordó votar en el Senado laley Televisa ”.La Jornada, 23de marzo de 2006.

    10 Manuel Bartlett Díaz, “Cómo fue y será esa ley”. En-foque, suplemento deReforma . 9 de abril de 2006.

    11 Así lo indica el recuento de la cobertura de campa-ñas en los medios electrónicos a partir del monitoreo queorganizó el Instituto Federal Electoral.

    12 Enrique Méndez, “Grave para la democracia si sepactó la ley Televisa : AMLO”.La Jornada , 25 de marzo de2006.

    El 23 de marzo el presidente nacional del PAN, Manuel Espino,les dijo a los senadores de ese partido que “debían aprobar la minuta,

    por las condiciones políticas del momento”

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    marzo, el noticiero que conduce JoaquínLópez Dóriga en el canal 2 de Televisa y “He-chos” con Javier Alatorre en el canal 13 de

    TV Azteca dedicaron sendos editoriales a de-fender las reformas y descalicar a sus críti-cos. “Es falso que se haya prometido a candi-datos y partidos políticos favores y preferen-cias en lo comercial o lo noticioso a cambiode aprobar la reforma”, dijo López-Dóriga.Las informaciones acerca de las reunionespanista y priista lo desmentían. Alatorre vitu-peró a los senadores que encabezaban laoposición a dicha reforma: “son emisariosque con mentiras pretenden confundir a lasociedad”, dijo sin explicar qué falsedadesdecían y en nombre de quién hablaban13.

    Por su parte los medios públicos, cultura-les y estatales —los canales 11 y 22 de televi-sión, Radio Educación, la televisión y la radiode la UNAM, el Canal del Congreso, entreotros— difundieron ampliamente sus propiasposiciones ante la inminente aprobación de

    la Ley Televisa. Quizá la protesta más originalfue la que pusieron en práctica las estacionesdel Instituto Mexicano de la Radio y sus repe-tidoras en diversos sitios del país. El miércoles29 de marzo, esas emisoras transmitieron unasola pieza musical —una distinta en cada esta-ción del IMER en la ciudad de México— paraenfatizar la monotonía que habría en materiade contenidos si los monopolios comunica-cionales seguían acaparando el panorama ra-

    diofónico.

    Aprobada sin modicaciones

    El jueves 30 de marzo, como hemos indica-do, el Senado aprobó la Ley Televisa. Durante

    más de 13 horas, los senadores que impug-naban esa reforma argumentaron, un artícu-lo tras otro, los motivos de su desacuerdo. A

    favor de esas reformas votaron 81 senadores:44 PRI, 30 del PAN y 5 del Partido Verde asícomo dos senadores sin partido. En contra deellas, votaron 40: 15 senadores del PRD, 13del PAN, 11 del PRI y un legislador sin parti-do. Se abstuvieron 3 panistas y un priista.

    La Ley Televisa fue publicada el 11 deabril en el Diario Ocial de la Federación perosu discusión no terminó allí. El 4 de mayo,47 senadores presentaron ante la SupremaCorte de Justicia una solicitud para que lasreformas a las leyes federales de Radio y Te-levisión y de Telecomunicaciones fuesen de-claradas inconstitucionales. Ese recurso tar-daría varios meses en ser resuelto y hacíaevidentes varias de las contradicciones entretales reformas y principios constitucionalescomo el que adjudica al Estado mexicano lasoberanía sobre el espacio radioeléctrico.

    El accidentado proceso de discusión y lacompulsiva aprobación de la Ley Televisadejó en sectores importantes la convicciónde que tendría consecuencias costosas parael país. El escritor Carlos Fuentes lo expresa-ba en estos términos: “La nueva ley desplura-liza. Elimina del espectro informativo a las voces culturales, opositoras, críticas, diversi-cadas, débiles... En otros tiempos, las televi-soras comerciales eran soldados del gobier-

    no. Esta vez, el gobierno es el soldado de lastelevisoras”14.

    13 “Televisoras defienden la reforma a ley de medios”. El Universal , 28 de marzo de 2006.

    14 Carlos Fuentes, “Sospechas”.Reforma , 10 de abril de2006.

    El accidentado proceso de discusión y la compulsiva aprobaciónde la Ley Televisa dejó en sectores importantes la convicción de que

    tendría consecuencias costosas para el país

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    ElEstado perdió

    *Coordinadora de Pro yectos y encargada del área de Le-gislación de la Asociación Mundial de Radios Comunitarias(AMARC-México).

    Aleida Calleja*

    L a aprobación a las reformas a la Ley Fe-deral de Radio y Televisión y la de Tele-comunicaciones signica para México unode los retrocesos más grandes en la construc-ción de nuestra democracia.

    La nueva legislación con traviene precep-

    tos cons titucionales que garantizan la libertadde expresión y derecho a la información y almismo tiempo, violan estándares mínimosque el Estado mexicano se ha obligado a cum- plir en acuerdos y tratados internacionales.

    Ahora, el espectro radioeléctrico propie-dad de la nación, queda esencialmente regi-do por el libre mercado, y se reduce de ma-nera sustancial la rectoría del Estado sobreun bien nacional, estimulando los monopo-

    lios y destinando a la extinción a los mediospúblicos y comunitarios que ejercen unafunción social.

    Las reformas a las leyes de Radio, Televi-sión y Telecomunicaciones fueron aprobadassin tomar en cuenta las múltiples voces que

    argumentaron sobre las deciencias y vacíosque contiene; penosamente la Cámara de Di-putados sin conocimiento ni discusión lasaprobó por unanimidad y posteriormente, apesar de la gran oposición social, el Senadotambién las avaló. Diversos sectores sociales,

    medios públicos y comunitarios pidieron el veto al presidente de la República, pero elEjecutivo aceleró su promulgación sin unasola observación.

    Con este vergonzante capítulo fuimostestigos de cómo el poder mediático puso derodillas a los partidos, doblegó al Congreso yal Ejecutivo. Es grave la sensación de impu-nidad que dejó todo el proceso de discusión y aprobación de esta ley, de indefensión de

    los grupos ciudadanos frente al poder fácti-co, que en el camino fuimos viendo como seacallaban las voces, aqueaban las institucio-nes que debiendo velar por el bien común,optaron por negociar los derechos de todosen aras de conservar su pequeño terreno deganancia política en tiempos electorales.

    Indefensión, porque la Cámara de Dipu-tados aprobó en sólo 7 minutos, por unanimi-

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    dad y sin conocer su contenido, cuando du-rante 6 años diversos sectores socialestrabajamos y pugnamos por un nuevo marco

    normativo en materia de radio y televisión.La Comisión de Comunicaciones y Transpor-tes del Senado convocó a Foros de consulta,en la que participamos sectores académicos,sociales, empresariales y políticos a través delas cuáles argumentamos las serias fallas y va-cíos de la minuta, pero ni siquiera la opiniónde instituciones del Ejecutivo Federal comola propia Comisión Federal de Telecomuni-caciones, el Instituto Federal Electoral, la Co-misión de Desarrollo de los Pueblos Indíge-nas, la Comisión Federal de CompetenciaEconómica y la Secretaría de Comunicacio-nes y Transportes fueron tomadas en cuenta.

    Los mismos Senadores reconocieron quelas críticas a las reformas eran ciertas y váli-das, pero prerieron servirse del poder. Fueprecisamente la falta de visión de futuro loque hizo que los poderes fácticos aprovecha-

    rán la coyuntura electoral, pasando por enci-ma de todos. Muchos de ellos armaron antenosotros que ciertamente los permisionados,especialmente los comunitarios, quedaríanen muy malas condiciones, pero era mejorque “nada o como estamos ahora”, en otraspalabras, no importa, el sector social es sacri-cable.

    Como nunca antes en la historia del país,un tema como la legislación en radio, televi-

    sión y telecomunicaciones levantó un inte-rés y un descontento inusitado de varios sec-tores. Lo cierto es que con el arribo de laconvergencia tecnológica, el abordaje deltema se hizo complejo, pues ahora se mez-clan dos materias y leyes.

    Me concretaré a abordar aquellos temasen los que consideramos hay serio retrocesosen la materia.

    Sobre la función social ymonopolios

    Las reformas ignoran un principio funda-mental de la radiodifusión: su función social y la reduce a un bien mercantil, sujetando laconvergencia tecnológica a cuestiones pura-mente técnicas.

    De acuerdo con el artículo 28 de nuestraConstitución el espectro radioeléctrico formaparte de los recursos de la nación, conside-rando el servicio de radiodifusión área priori-taria del Estado. Ello quiere decir que el Esta-do ejerce su rectoría y dominio pero posibilitaa sectores sociales y privados tener participa-ción en las actividades que se encuadren eneste campo, previo otorgamiento de conce-siones (para explotacióncomercial) o permi-so (pa ra nes educativos y culturales). Consti-tucionalmente el Estado debe proteger y vigilar esta actividad, con una perspectiva deinterés público, para asegurar el cumplimien-

    to de su función social, y dado que es un bienconsiderado patrimonio de la nación, consti-tucionalmente establece la prohibición demonopolios.

    Como nunca antes en la historia del país, un tema como la legislaciónen radio, televisión y telecomunicaciones levantó un interés y un

    descontento inusitado de varios sectores

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    La nueva ley, lejos de acabar con la discrecionalidaddel Ejecutivo Federal, la legaliza y la promueve

    años, y lo más preocupante es que la renova-ción automática de estas concesiones nocontempla mecanismos de vericación de la

    condición fundamental de la prestación deestos servicios, es decir, el cumplimiento dela función social y no mercantil.

    Órgano Regulador

    A ún cuando las reformas proponen la re-composición y ampliación de funciones dela Comisión Federal de Telecomunicaciones(COFETEL), como órgano regulador delEstado, uno de los puntos más controverti-dos es el que se reere a su integración, yaque la ley de Radio y TV no contiene espe-cicaciones que garanticen la imparcialidadde los comisionados, sobre todo tomandoen cuenta que hablamos de un bien público,considerado área estratégica de la nación.

    En la ley se establece que los comisiona-dos de la COFETEL no podrán realizar du-

    rante sus funciones empleos, trabajos o co-misiones públicas o privadas, excepciónhecha a actividades docentes; tampoco po-drán conocer de asuntos en los que tenganun interés directo o indirecto—. Sin embar-go, no se prevén situaciones pasadas inme-diatas que también podrían afectar la impar-cialidad de los comisionados o generarconictos de intereses en el desempeño desus funciones. Por ejemplo, el haber sido di-

    rigente de algún partido político o de unaasociación religiosa, el haber sido concesio-nario o permisionario de radio y/o televi-sión directa o indirectamente, accionista odirectivo de algún medio concesionado opermisionado, por citar algunas. La ausen-cia de criterios de imparcialidad e indepen-dencia agrava aún más la situación cuandola ley establece que los comisionados podrán

    mantenerse en sus cargos hasta por ochoaños, con posibilidad de reelegirse, de talmanera que podrán mantenerse ahí hasta

    por 16 añosPermisos

    En nuestro país, la gura de permiso esta des-tinada a cubrir el servicio de radiodifusiónpara nes educativos, culturales y sociales,aquí están una buena parte de los llamadosmedios públicos que son los medios que per-tenecen a instituciones del Estado, como lasradios indigenistas que pertenecen a la Comi-sión de Desarrollo para los Pueblos Indígenas, y educativas como las radios universitarias.

    En esta gura también están los medioscomunitarios, que en los últimos años libra-ron una batalla para obtener sus permisos deoperación por parte del Estado y que perte-necen a grupos ciudadanos de los sectoresindígenas, campesinos y urbano-marginales,

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    el principal motivo por el que grupos ciuda-danos en nuestro país no obtuvieran permi-sos para operar medios era la amplia facultad

    discrecional de la autoridad para otorgarlos,pues hasta antes de la existencia de las radioscomunitarias, el Estado sólo contemplo a losmedios comerciales o a los medios de Estadoen manos de instituciones.

    La nueva ley, lejos de acabar con la “dis-crecionalidad” del Ejecutivo Federal la legali-za y la promueve cuando la reforma proponeque “de considerarlo necesario” la Secretaríade Comunicaciones y Transportes “podrá”sostener entrevistas con los interesados paraque aporten información “adicional” con re-lación a su solicitud; cuando menciona quesin perjuicio de la “demás información” quela Secretaría “considere necesario” recabarde “otras” autoridades o instancias para el ca-bal conocimiento de las características decada solicitud, del solicitante y de su “idonei-dad” para recibir el permiso de que se trate.

    Lo que profundiza aún más la discrecionali-dad es cuando la reforma establece que la Se-cretaría resolverá “a su juicio” sobre el otorga-miento del permiso. Mientras que el criterioeconómico es puntual para el otorgamientode concesiones, el criterio del “juicio”, así, sinmás ni más, es el único preciso para el otorga-miento de permisos. Sin embargo, en quéconsiste o qué debería entenderse por “jui-cio” es una incógnita. Además, ¿qué tipo de

    entrevistas podrá sostener la Secretaría?, ¿quétipo de información adicional puede solicitarla Secretaría, incluye también los datos perso-nales?,3 ¿en qué momento del procedimien-

    to?, ¿cuándo será necesario recabar informa-ción de otras autoridades o instancias?, ¿cuá-les son estas autoridades o instancias?, ¿cuáles

    son los plazos de respuesta por parte de la Se-cretaría?, ¿cuál es el plazo para el otorgamien-to del permiso?

    Las omisiones señaladas en el párrafo an-terior violan la seguridad jurídica de los inte-resados en obtener permisos. Precisamente,uno de los principios rectores de las garan-tías de seguridad jurídica contempladas porla Constitución es el de lalege maniesta , esdecir, las leyes deben ser claras, precisas,comprensibles, alejadas de formulismos os-curos y complicados. Cuando las leyes con-tienen disposiciones que no cumplen contales características, sus destinatarios se en-cuentran en una situación en la cual no pue-den prever las consecuencias jurídicas detales preceptos. En el caso concreto, ello sematerializa cuando los aspirantes a permi-sionarios no conocen previa y detalladamen-

    te los requisitos puntuales que deben cubrirsus solicitudes, violándose el artículo 14 cons-titucional. Pero, además, también se violangarantías de igualdad. Así, al abocarse altema, la Suprema Corte de Justicia de la Na-ción ha señalado que la ley no puede introdu-cir tratos desiguales de manera arbitraria.4

    Las reformas a la ley establecen sin fundamento procedimientos y requisitos notoriamente distintos e inequitativos para la obtención

    de concesiones y permisos

    3 Ello con relación a la Ley Federal de Acceso a laInformación Pública Gubernamental y a la protección dedatos personales, ya que de aprobarse este criterio podríadar lugar a que se viole el derecho protegido por la ley enmención.

    4 La igualdad en nuestro texto constitucional constitu- ye un principio complejo que no sólo otorga a las personasla garantía de que serán iguales ante la ley (en su condiciónde destinatarios de las normas y de usuarios del sistema deadministración de justicia), sino también en la ley (en rela-ción con su contenido) (…)el legislador no puede introdu-cir tratos desiguales de manera arbitraria, sino que debehacerlo con el fin de avanzar en la consecución de objetivosadmisibles dentro de los límites marcados por las previsio-nes constitucionales, o expresamente incluidos en ellas. Ensegundo lugar, es necesario examinar la racionalidad o ade-cuación de la distinción hecha por el legislador: es necesa-rio que la introducción de una distinción constituya unmedio apto para conducir al fin u objetivo que el legisladorquiere alcanzar, es decir, que exista una relación de instru-

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    Las reformas a la ley establecen sin fun-damento procedimientos y requisitos noto-riamente distintos e inequitativos para la ob-

    tención de concesiones y permisos, noobstante se trata del ejercicio de los mismosderechos en uno y otro caso. Por lo tanto,con las reformas se viola la garantía de igual-dad establecida por el artículo 1º constitu-cional.

    Asimismo, en su conjunto, las reformasparecen establecer un procedimiento de in- vestigación policíaca de los grupos que aspi-ran a obtener un permiso. Por ejemplo, res-pecto a la información que la Secretaríapueda recabar de “otras” autoridades o ins-tancias para el cabal conocimiento de las ca-racterísticas de cada solicitud, del solicitante yde su idoneidad para recibir el permiso.

    Con relación a lo anterior, ya existen ex-periencias en este sentido durante el trámitede permisos de radios comunitarias cuandose les solicitó contar con el aval de la Secre-

    taría de la Defensa Nacional para el otorga-miento de los permisos, condición que noprospero porque ese requisito no se estable-cía en la LFRTV ni en su reglamento, ahoraes totalmente posible. Este criterio sólo seaplica a los aspirantes a permisionados sinnes de lucro y de uso social, comunitario yeducativo entre otros, legalizando una situa-

    ción inequitativa para una radiodifusión queaporta al desarrollo y servicio del país.

    Por otro lado las reformas prácticamente

    eliminan la posibilidad de existencia de me-dios comunitarios. No obstante que es un he-cho su existencia y funcionamiento, las refor-mas a la LFRTV no contemplan especíca-mente su inclusión sino que la limitan sinfundamento alguno. Aún más, las reformassólo prevén que se podrán otorgar permisosde estaciones ociales a las dependencias dela Administración Pública Federal Centraliza-da, a entidades paraestatales, a gobiernos es-tatales y municipales, y a las instituciones edu-cativas públicas. En artículo aparte, esta leyestablece que podrán otorgarse permisospara las estaciones culturales y de experimen-tación y para las escuelas radiofónicas a ciuda-danos mexicanos o sociedades mexicanas sinnes de lucro. Esta propuesta lo único quegenera es que quienes pretendan instalar yoperar medios comunitarios se conformen

    con lograr cobijarse bajo el rubro de “estacio-nes culturales”, aun y cuando puedan tenerotros nes igualmente legítimos.

    Con estas disposiciones se viola el artículo2º, apartado B, fracción VI, de la Constitu-ción, el cual establece que para abatir las ca-rencias y rezagos que afectan a los pueblos ycomunidades indígenas las autoridades tie-nen la obligación de “Extender la red de tele-comunicaciones que permita la integración

    de las comunidades, mediante la construc-ción y ampliación de vías de comunicación ytelecomunicación”, así como “Establecer con-diciones para que los pueblos y comunidadesindígenas puedan adquirir, operar y adminis-trar los medios de comunicación , en los tér-minos que las leyes de la materia determi-nen”. La nueva ley no contempla en ningúnapartado esta posibilidad.

    Se profundiza la exclusión de las mayorías en nuestro país para accedera frecuencias radioeléctricas y por ende para ejercer sus derechos

    informativos y la libertad de expresión

    mentalidad entre la medida clasificatoria y el fin pretendi-do. En tercer lugar, debe cumplirse con el requisito de laproporcionalidad: el legislador no puede tratar de alcanzarobjetivos constitucionalmente legítimos de un modo abier-tamente desproporcional, de manera que el juzgador debedeterminar si la distinción legislativa se encuentra dentrodel abanico de tratamientos que pueden considerarse pro-porcionales, habida cuenta de la situación de hecho, la fina-lidad de la ley y los bienes y derechos constitucionales afec-tados por ella; la persecución de un objetivo constitucionalno puede hacerse a costa de una afectación innecesaria odesmedida de otros bienes y derechos constitucionalmenteprotegidos.

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    Por lo tanto, se profundiza la exclusión delas mayorías en nuestro país para acceder afrecuencias radioeléctricas y por ende para

    ejercer sus derechos informativos y el ejerci-cio de la libertad de expresión, deja fuera altercer sector de la comunicación que es la ra-diodifusión comunitaria y ciudadana, que hasido reconocida por el Estado mexicano conla emisión de permisos para asociaciones civi-les sin nes de lucro, que tienen como objeti- vo el dar un servicio público a aquellas comu-nidades más vulnerables y empobrecidas delpaís. Las reformas no toman en cuenta la ac-tual realidad mediática en nuestro país, puesde facto, el Estado ha reconocido la titulari-dad de grupos sociales para operar frecuen-cias radioeléctricas en cumplimiento de lasrecomendaciones de los organismos interna-cionales de derechos humanos como la CIDH y el Alto Comisionado de las Naciones Unidaspara los Derechos Humanos, por lo que la ra-diodifusión comunitaria se encuentra como

    tema pendiente para su reconocimiento jurí-dico en el Programa Nacional de los Dere-chos Humanos.

    Por otra parte, al ser de naturaleza distin-ta en su titularidad y operación a los mediosde Estado, los medios comunitarios no cuen-tan con recursos del erario público para suexistencia. Sin embargo, aún así las reformasno contemplan los mecanismos de nancia-miento para los permisionados, máxime

    cuando está en puerta el proceso de conver-gencia tecnológica, respecto a la cual las re-formas no contemplan a los medios permi-sionados, y aún contemplándose se omite elproblema central del nanciamiento ¿Cómoharán las comunidades urbano marginales,campesinas e indígenas para dicho cambioque requiere de altísimas sumas de inver-sión? Bajo estas condiciones se condena al

    sector social de la radiodifusión a su desapa-rición y se excluye a las mayorías vulnerablesde nuestro país.

    Lo que sigue

    V ergonzante es que se haya realizado el des-pojo a la nación, pero aún quedan vías jurí-dicas para detener este atropello como la ac-ción de inconstitucionalidad que llevo a caboun grupo de senadores opositores a la ley, ytocará al poder judicial dar la última palabra y demostrar su autonomía, pero sobre tododemostrar que los mexicanos aún tenemosinstituciones que velan por el bien común,es su oportunidad histórica. Además están losamparos que han interpuesto los concesiona-rios de AM y las radios comunitarias, así lascontroversias constitucionales de los munici-pios indígenas. Además también habrá quetrabajar de manera efectiva para que el nue- vo congreso recupere su poder y dignidad

    perdida con una nueva legislación incluyenteque garantice plenamente el derecho a la in-formación de la sociedad mexicana.

    Se condena al sector social de la radiodifusión a su desaparición y se excluye a las mayorías vulnerables de nuestro país

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    PaisajeDespués dela Batalla

    *“Sobreviviente” Politóloga. Licenciatura en relacionesinternacionales de El Colegio de México con maestría ydoctorado en ciencia política de la Universidad de Prin-ceton. Es editorialista del periódicoReforma y la revistaProceso .

    M ientras expongo mis argumentos encontra de la Ley de Radio y Televisión,el senador Emilio Gamboa habla por teléfo-no en su celular. Mientras describo las omi-siones que contiene y los perjuicios que pro- voca, el senador Héctor Osuna mira al techo y se levanta para ir al baño. Me miran con

    desprecio, con sorna. No les importa un ápi-ce lo que yo u otros tenemos que decir. Loque muchos queremos objetar. Lo que mu-chos buscamos cambiar. Su actitud a lo largode las audiencias en el Senado revela lo quedespués vendrá. Una iniciativa a la cual no sele modica una coma. Unas consultas públi-cas convocadas y después ignoradas. Una leyque va en contra del interés público. Una leyque daña al consumidor.

    No se exactamente por qué empecé a ir alas audiencias del Senado. Por qué me arméde valor para pedir la palabra allí. Quizás por-que el tema me parece denitorio para el de-

    sarrollo del país. Quizás porque despertó micuriosidad una iniciativa aprobada —de ma-nera sorpresiva— por la Cámara de Diputa-dos con 327 votos a favor, 0 abstenciones, sinun solo voto en contra. Quizás porque des-pués la lei con cuidado y me preocupó sucontenido. Por lo que intentaba hacer y lo

    que buscaba evadir. Por las trabas que iba acolocar. Por el interés público que iba a sacri-car. Por la claudicación regulatoria que iba aentrañar. Porque creo que los monopolios ylos duopolios generan malos productos y po-cas opciones, como lo hizo el monopolio delPRI durante décadas. Porque México no po-drá avanzar si no los desmantela.

    Invito a mis alumnos del curso de “Políti-ca mexicana contemporánea” a la reunión de

    la Comisión de Comunicaciones y Transpor-tes. La encargada de protocolo intenta sacar-nos del recinto —una y otra vez— pero insis-to en que ellos tienen derecho a estar allí.Porque son ciudadanos y no puede negárse-les la capacidad de desempeñar ese papel.Para que vean, para que participen, para queaprendan a recuperar de manera cotidiana elpaís que les pertenece. Ese país del cual se

    Denise Dresser*

  • 8/18/2019 Perspectivas Progresistas Sobre Ley Televisa

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    han apropiado senadores como Emilio Gam-boa, allí sentado, fumando su puro, guardan-do silencio e imponiéndolo. Porque los pro-

    motores de la ley guardan silencio. En vez dedar la cara, la esconden. En vez de explicar suposición eluden hacerlo. Quieren acabar conel trámite —votar a favor— e irse. Cuandoanuncian que lo harán, hasta la prensa con-gregada allí comienza a abuchear.

    Y mis alumnos. Esos de 18 y 19 y 20 años,que quizás por primera vez presencian decerca cómo funciona el proceso legislativo desu país. Parados allí durante horas, aplaudien-do después de cada intervención de cada le-gislador que recomienda hacer modicacio-nes a la minuta. Caminando cabizbajoscuando queda claro que eso no ocurrirá. QueEmilio Gamboa ya ha operado, que ya hadado línea, que la iniciativa se queda comoestá. Uno de ellos se acerca al senador y lerecrimina su actitud. Otro me dice “nuncahabía sentido tanta impotencia”. Lo miro y

    me invade una tristeza profunda, profunda.Porque tiene razón. Porque hemos construi-

    do un país donde los jóvenes sienten impo-tencia. Donde los que pueden hacerlo se vana otros lugares con menos trabas, con menos

    obstáculos, con más competencia, con mejo-res gobiernos.Porque en el fondo, de eso se trataba —y

    se trata— todo este asunto. De quitar trabas,de remover obstáculos, de instaurar una re-gulación ecaz, de aspirar a algo mejor. Decrear las condiciones para una televisión másdiversa, más plural. De crear un órgano regu-lador verdaderamente autónomo, como losque existen en otros países. De frenar abusos—como la toma del Chiquihuite— que el po-der acumulado de las televisoras ha produci-do. De cambiar una ley que ha permitido lacreación de un monopoliode facto , para rem-plazarla por otra que acote esa posibilidad.De modernizar, actualizar, transparentar.Todo aquello que esta ley no logra. Porquerepresenta avances en algunos sentidos, peroconstituye un retroceso en otros.

    Quizás el “tipping point” —el punto dequiebre— como lo llamaría Malcolm Glad- well, ocurrió cuando Felipe Calderón deci-dió apoyar la ley tal y como estaba. Cuandodio instrucciones a la bancada del PAN al Se-nado en ese sentido. Pocas cosas tan doloro-sas en este episodio como contemplar la caradesencajada de varios senadores del PANcuando salieron de la reunión con HéctorLarios, donde se les dijo que Felipe necesita-

    ba remontar los diez puntos de distancia quelo separaban de AMLO. Y que para ello eranecesario que se le tratara bien en “La Paro-dia” y en “El Privilegio de Mandar”. Y quepara ello era necesario que Calderón claudi-cara antes de ganar. Pocas cosas tan lamenta-bles como enterarse de la participación de Josena Vázquez Mota en esa operación.Pensando, ellos, que todo se vale para arri-

    Los promotores de la ley guardan silencio. En vez de dar la cara,la esconden. En vez de explicar su posición eluden hacerlo. Quieren

    acabar con el trámite —votar a favor— e irse

  • 8/18/2019 Perspectivas Progresistas Sobre Ley Televisa

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    bar a la presidencia. Ignorando que con estadecisión ya han limitado el margen de ac-ción que tendrían allí. El foxismo converti-

    do en felipismo. Otro gobierno débil, atra-pado, temeroso. Celebrando México cuandose le convoque a hacerlo.

    Algún día, como dice Fátima FernándezChristlieb, se contará la verdadera historiadetrás del comportamiento de la CIRT. De laoposición inicial de algunos al apoyo gene-ralizado de todos, incluso de aquellos —los jugadores pequeños en el sector— a los cua-les les perjudica la ley. Algún día se sabrácómo los presionaron y cómo los chantajea-ron. Algún día se sabrá por qué comienza laofensiva privada en un espacio público. Horatras hora, día tras día, los “spots” disemina-dos en el radio y la televisión, en favor de laley. “Spots” tramposos que hablan del n dela discrecionalidad presidencial. “Spots” des-honestos que presentan a los opositores dela ley como defensores del autoritarismo.

    “Spots” mañosos que presentan la ley comoun avance pero esconden para quién lo esen realidad. Pero peor aun: el uso que hacenlos conductores de noticias de un espaciopúblico concesionado para defender un in-terés empresarial. Exponiendo con ello lamagnitud del conicto de interés. La dimen-sión del problema. El peso del monstruoque el país ha contribuido a crear.

    La falsa disyuntiva que esa promoción in-

    tenta producir. Porque no había solo dos op-ciones: dejar la ley vieja o aprobar la ley nuevaen sus términos. Existía una tercera opción.Una tercera vía. La de una minuta mejorada.La de una iniciativa reformada. La que fuesugerida por todos aquellos que fuimos a lasaudiencias del Senado de buen fe, sin exigir“todo o nada”. La oportunidad que no seaprovechó, porque las televisoras no querían

    que una minuta modicada regresara a la Cá-mara de Diputados. La oportunidad que nun-ca existió, porque de eso se trataba. De que

    no la hubiera. De empujar una legislación enel momento de mayor fuerza de las televiso-ras y de mayor debilidad de los políticos. Latemporada electoral, cuando quien no saleen la pantalla no existe. No gana. O eso pien-san los políticos del país.

    Llego al Senado —el día que se vota laley— al mismo tiempo que Diego Fernándezde Cevallos. Presencio cómo la multitud locondena, lo atosiga, lo agrede. El hombreque se ha ganado a pulso el oprobio público.Convertido en pararrayos de la indignacióncolectiva por quien es y por lo que enarbola. Alguien que —como abogado— representa aclientes privados ante el gobierno del cualforma parte. El que no entiende el concepto“conicto de interés”. Y lo escucho a lo largode la tarde, platicar en su celular, conversa-ción tras conversación. Sentada en el recinto

    legislativo después de pelear para que me de- jen entrar, aunque he pedido permiso desdela noche anterior para hacerlo. Porque la sec-ción de invitados ha sido ocupada por el per-sonal de “Recursos Humanos”, para que per-sonas como yo no podamos entrar. Cuandonalmente lo logro, escucho a Diego platicar.Mientras los críticos de la ley toman la tribu-na, él se queja en conversación tras conversa-ción, que le han roto su traje “Ermenegildo

    Zegna”. Su traje caro. El que ha compradocon lo que le han pagado. Y los otros simplemente mintiendo. Los

    veo, los oigo. Héctor Osuna diciendo que lainiciativa “no es un acto improvisado sino re-sultado de varios años de trabajo”, cuandotodos sabemos que se ignoraron otras inicia-tivas que el Senado había propuesto. Cuan-do todos sabemos que las mismas televisoras

    De eso se trataba. De empujar una legislación en el momentode mayor fuerza de las televisoras y de mayor debilidad de los políticos.

    La temporada electoral, cuando quien no sale en la pantalla no existe

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    elaboraron ésta. Diciendo que “se fortaleceel órgano regulador” cuando la Cofetel ac-tual ha dicho que no es así. Eric Rubio argu-

    mentando que si no se aprueba esta ley “se-guirán los monopolios” cuando precisamen-te esta ley no los combate. Emilio Gamboasugiriendo que esta ley fomentará la compe-tencia cuando la Comisión Federal de Com-petencia ha advertido lo contrario. Los de-fensores de la ley tomando la tribuna paratorcer. Para ofuscar. Para saltar al próximopuesto político y rendirse frente a la pantallacon tal de llegar allí. Senadores que como lodijo sin querer el senador Bonilla, no son“servidores públicos” sino “legisladores” y“hay una diferencia”.

    Pues después de la batalla, allí están losresultados. Una ley que inhibe la competen-cia. Una ley que fomenta la concentración.Una ley que le regala a los concesionarios elespectro radioeléctrico liberado por la digi-talización, cuando otros gobiernos han re-

    caudado millones al licitarlo. Una ley quepromete el fortalecimiento y la autonomíadel órgano regulador pero no asegura am-bas condiciones. Una ley que ofrece reducirla discrecionalidad del Ejecutivo, pero le daa Vicente Fox la capacidad de nombrar a los5 consejeros de la Cofetel, tan sólo con laobjeción del Senado. Y por lo pronto, su se-cretario particular, Emilio Goicochea Luna, ya dijo que él quiere ser el primer presidente

    de ese nuevo organismo “autónomo”. Tan“autónomo” como sería el Instituto FederalElectoral si el presidente nombrara a su con-sejeros. Una ley fársica con resultados quetambién lo son. Una ley que merece ser veta-da o llevada a la Suprema Corte.

    Y bueno, se nos dice que no es el n delmundo. Que los medios de cualquier mane-ra no hacen o deshacen. Que lo aprobado

    representa un paso. Que es comparable a lasprimeras modicaciones a las leyes electora-les en los 70s. Es cierto; no es el n del mun-

    do. Pero sí es una mala ley en un sector cru-cial; es una mala ley que daña al consumidor;es una mala ley que inhibe la competencia.Es cierto; los medios no denen al ganador,pero los candidatos presidenciales creenque lo hacen y por ello guardan silencio. Escierto; es comparable a los esfuerzos refor-mistas en el ámbito electoral. Pero esos cam-bios nivelaron el terreno de juego y produje-ron benecios para el electorado cuandoésta no lo hace. Es cierto; es un paso. Perono un paso hacia adelante, sino en el mejorde los casos, un paso de lado. Mientras el res-to del mundo corre, México se mueve delado. Atorado en el subdesarrollo persisten-te; aprobando leyes que están lejos de repre-sentar las mejores prácticas a nivel interna-cional; atrapado en el laberinto de laconformidad. Pensando que esto es mejor

    que nada y actuando así. Y también se nos dice que los críticos de laley no nos supimos articular. Que fuimos furi-bundos. Que no logramos construir una coa-lición alternativa. Que “los buenos” no pudi-mos ocupar los espacios democráticos yusarlos en nuestro favor. En cierta medida,esas críticas son válidas: los empresarios sabencómo cabildear y la sociedad no ha aprendi-do a hacerlo. Pero también es innegable que

    el terreno de juego nunca fue nivelado. Queesta batalla fue la de un David armado con lapequeña resortera de la indignación, contraun Goliat armado con una pantalla de televi-sión. Que jamás podremos armar un polomayoritario para derrotar iniciativas en el Se-nado que vayan en contra del interés publico,mientras no haya reelección legislativa. Quedicilmente podremos hacer pesar nuestras

    A ningún critico de la ley le ofrecieron el tiempo en los noticierosque usaron los conductores para defenderla y denostar

    a los legisladores que se oponían a ella

  • 8/18/2019 Perspectivas Progresistas Sobre Ley Televisa

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    razones cuando el lugar donde podría darseel debate —la radio y la TV— se encuentralimitado por un conicto de interés. A nin-

    gún critico de la ley le ofrecieron el tiempoen los noticieros que usaron los conductorespara defenderla y denostar a los legisladoresque se oponían a ella. A ningún crítico de laley le ofrecieron “spots” a toda hora y en todolugar. ¿Nos faltó creatividad y organización ono hay un andamiaje institucional que nospermita ser ecaces? ¿No supimos ocupar lademocracia o aún no existen espacios su-cientes en ella?

    Cuando entro al Senado el día de la vota-ción me encuentro a la senadora Silvia Her-nández quien me dice “No te preocupes;una ley se cambia con otra ley”. Estoy de

    acuerdo y por ello necesito pensar que se haperdido esta batalla más no la guerra. Esaguerra cotidiana que todo ciudadano debe

    librar. Para exigir. Para denunciar. Para par-ticipar. Para alzar la voz. Para pensar que elpaís se merece más que la televisión que tie-ne; que se merece más que los monopoliosque lo aprisionan; que se merece más quelos políticos que actúan en su contra. Y re-cuerdo las palabras de Edward R. Murrow—el célebre periodista que confronta al Se-nador Joe McCarthy— cuando dice que latelevisión deber servir para educar, para in-formar, para enaltecer. Si no, es solo una cajacon luces y sonido. Y supongo que fui todasesas veces al Senado porque creo que tienerazón.

    Necesito pensar que se ha perdido esta batalla más no la guerra.Esa guerra cotidiana que todo ciudadano debe librar. Para exigir.

    Para denunciar. Para participar. Para alzar la voz.

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    ¿Qué principiosdebe acatar una ley pluralista

    de radio y televisión?

    *Doctor en Ciencias de la Información. Vicedecano dela Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Bue-nos Aires: Consultor de la Ocina Regional para AméricaLatina de la Federación Internacional de Periodistas FIP.

    Consideraciones preliminares

    E s notorio que la distancia no permiteempaparse de los procesos previos a lassanciones de las leyes, así como permite ser

    un observador más desapasionado. Aunque no exento de perspectiva pro-pia, el trabajo que nos permitimos ofrecercomo colaboración se realiza —fundamen-talmente— tomando en cuenta los princi-pios de la Convención Americana de Dere-chos Humanos, los precedentes especícos,los dichos de la Corte Interamericana de De-rechos Humanos, la Declaración de Princi-pios de la CIDH de Octubre de 2000, y el

    contexto latinoamericano en materia de re-gulaciones sobre radiodifusión. Aún cuando se aprecian avances en el re-

    conocimiento de los tres espacios de la radio-difusión, vemos que las regulaciones especí-

    cas distan de contemplar equilibradamente acada uno de ellos. Un ámbito estatal (sobre elcual no hay muchas previsiones en materiade gobierno de los medios), un ámbito priva-do no destinado al n de lucro (permisiona-

    rios) y un ámbito de servicio comercial o con-cesionarios.La consecuencia podría considerarse ob-

    via si se considera que el principio de igual-dad ante la ley se corresponde con igual tra-to en situaciones iguales. El caso es enmateria de libertad de expresión y derecho ala información, lo que se predica de ellosson los principios de universalidad en mate-ria de medios, mensajes y, sustantivamente,

    sujetos.La ley indica que tiene por objeto regu-lar el servicio de radiodifusión, (art. 2º.), in-mediatamente dene la actividad como in-dustria al indicar que comprende el aprove-chamiento de las ondas electromagnéticas(art. 3º.)

    Ya la sola denición de industria es com-plicada para la actividad en todo aquello que

    Damián Loreti* Apuntes sobre los contenidosde la Ley Federal de Radio y Televisión

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    no tiene n de lucro, pero luego agrega quela radio y la televisión tienen la función socialde contribuir al fortalecimiento de la integra-

    ción nacional y el mejoramiento de las formasde la convivencia humana.

    A nuestro criterio, hubiera sido preferibleaanzar el rol de los medios de comunicacióna efectos de la interpretación de la ley enaquello que efectivamente son: un soportepara el ejercicio de un derecho humano fun-damental.

    Cuando la convención americana indicaque la libertad de expresión implica el dere-cho de recibir, difundir e investigar informa-ciones y opiniones por cualquier medio nohace sino priorizar el ejercicio de un derechohumano independientemente del soporteutilizado.

    Entonces, al denirse el rol o función dela ley, debería tener por objeto explícito lapromoción de la actividad radiodifusoracomo ejercicio de la libertad de expresión.

    En este sentido, los Relatores de Libertad deExpresión de la ONU, OEA y OCSE1 hanplanteado que la función primordial de laradiodifusión debe ser la promoción de ladiversidad y el pluralismo2, así como han de-tallado cómo debe estar formada y cuál debeser el rol de la autoridad regulatoria.3

    Véase que la ley dice que el Estado habráde protegerla y vigilar a la radio y a la TV. Es-timamos que sería imprescindible promover-

    la y con ello a la diversidad y al pluralismo.En las Disposiciones sobre radiodifusiónencontramos que la concepción de las fre-cuencias como dominio público estatal esobjeto de crítica por algunos autores4. Másaún, cuando se trata de las frecuencias utili-zadas por estaciones satelitales de serviciosde radiodifusión “restringida”, su alcance su-pera el territorio nacional. El criterio de laley mexicana es habitualmente incluido enlas legislaciones, es cierto, pero no deja de

    1 Informe Anual de la Comisión Interamericana de De-rechos Humanos 2001. Volumen II. Informe de la Relatoríapara la Libertad de Expresión, Anexo 5: Mecanismos Inter-nacionales para la Promoción de la Libertad de Expresión,Declaración Conjunta: Desafíos a la Libertad de Expresiónen el Nuevo Siglo, pp. 167-168.

    2 Informe Anual de la Comisión Interamericana deDerechos Humanos 2003. Volumen III. Informe de la Rela-toría para la Libertad de Expresión, Anexo 7: Comunicadosde Prensa, PREN/89/03: Observaciones Preliminares delRelator Especial para la Libertad de Expresión al finalizarsu visita oficial a México, p. 301.

    A nteriormente la Relatoría había manifestado que“[l]a existencia de prácticas monopólicas en los medios decomunicación tanto en el ámbito de la televisión como tam-bién de la radio o la prensa escrita, no es compatible con el

    libre ejercicio del derecho a la libertad de expresión en unasociedad democrática;” Ver: Informe Anual de la ComisiónInteramericana de Derechos Humanos 2000. Volumen III.Informe de la Relatoría para la Libertad de Expresión, Anexo 2: Comunicados de Prensa, PREN/24/00: Evalua-ción Preliminar sobre la Libertad de Expresión en Guate-mala, p. 139, par. 20.

    3 La promoción de la diversidad debe ser el objetivoprimordial de la reglamentación de la radiodifusión; la di- versidad implica igualdad de género en la radiodifusión e

    igualdad de oportunidades para el acceso de todos los seg-mentos de la sociedad en las ondas de radiodifusión; Lasentidades y órganos gubernamentales que regulan la radio-difusión deben estar constituidos de manera de estar prote-gidos [sic] contra las injerencias políticas y comerciales.[

    4 “...El debate acerca de la naturaleza jurídica de la ór-bita geoestacionaria y del espectro de frecuencias toca a sufin. Se halla adecuadamente regulada por el Tratado delEspacio y el Convenio Internacional de Telecomunicacio-nes... De las largas deliberaciones registradas en los últimosaños, luce con mucho contenido jurídico el art. 33 del C.Internacional de Telecomunicaciones que con el ajuste al-canzado en Nairobi se interpreta como fórmula ajustada alprincipio del patrimonio común de la humanidad. Esteprincipio, que va ganando progresivamente las nuevas ex-presiones del derecho internacional, lo enuncié y lo expli-qué por primera vez, como doctrina y procedimiento en laUniversidad de Innsbruck en 1954. En lo específico, lo ex-tendí en 1976, en la Universidad de Hawai al espectro deradiofrecuencias5... Como concepto jurídico es aceptado enel derecho energético internacional, derecho ambiental in-ternacional y derecho informático internacional. Comoprincipio ha sido incorporado en convenios relativos al de-recho cultural internacional y al derecho internacional delmar”. La condición humana en las comunicaciones. AldoCocca, Revista el Derecho, T. 126, pág. 785, Buenos Aires, Argentina

    Hubiera sido preferible aanzar el rol de los medios de comunicación aefectos de la interpretación de la ley en aquello que efectivamente son:

    un soporte para el ejercicio de un derecho humano fundamental

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    resultar vulnerable a la crítica emergente delas incorporaciones tecnológicas.

    Aún así, que se prevea que, sin perjuicio

    de ello, el estado “pueda permitir “el uso yaprovechamiento”5, implica la concesión deuna facultad que a criterio del art. 13.3 de laConvención Americana6 es en realidad unaobligación. Igual criterio puede asumirse enbase a los convenios de la UIT7.

    Vayamos a los modos de adjudicación defrecuencias. La ley distingue entre permisio-narios y concesionarios: La Declaración dePrincipios de Libertad de Expresión de laCIDH señala “Las asignaciones de radio y te-levisión deben considerar criterios democrá-ticos que garanticen una igualdad de opor-tunidades para todos los individuos en elacceso a los mismos.”8

    ¿Respetan las previsiones de la ley estainterpretación auténtica que el Sistema Inte-ramericano formula?

    En la medida en que el proceso para la

    adjudicación de frecuencias se basa en proce-sos de licitación, debemos decir que ello esen efecto más transparente que la adjudica-ción directa por la administración, pero nos

    parece que entra en crisis con la efectiva vi-gencia del principio 12 señalado.

    Analizando los informes de la CIDH, en-

    contramos que en el año 2001, en relación alos mecanismos de asignación de frecuen-cias en Guatemala, la Relatoría Especial deLibertad de Expresión señaló: La Relatoríadesea señalar que las concesiones de canalesde televisión y ondas de radiodifusión debencontemplar criterios democráticos que ase-guren la representatividad de todos los sec-tores que conforman la sociedad guatemal-teca. Las subastas que contemplen criteriosúnicamente económicos, o que otorguen las conce- siones sin una oportunidad equitativa para todoslos sectores, son incompatibles con la demo-

    5 Artículo 30 del proyecto en estudio6 “No se puede restringir el derecho de expresión por

    vías o medios indirectos, tales como el abuso de controlesoficiales o particulares de papel para periódicos, de fre-cuencias radioeléctricas, o de enseres y aparatos usados enla difusión de información o por cualesquiera otros mediosencaminados a impedir la comunicación y la circulación deideas y opiniones.”

    7 Recomendación 2 de la Resolución 69 UIT (incorpo-rada a los Acuerdos de Ginebra de diciembre 1992 en Kyotodurante 1994) se expone:“teniendo en cuenta la Declaración de

    Derechos Humanos de 1948, la Conferencia de Plenipotenciarios dela Unión Internacional de las Telecomunicaciones, consciente de losnobles principios de la libre difusión de la información y que el dere- cho a la comunicación es un derecho básico de la comunidad RE- COMIENDA: a los estados parte que faciliten la libre difusión deinformación por los servicios de telecomunicaciones”.

    8 Principio 12 in fine. CIDH (108º período de sesiones.Octubre de 2000).

    Las asignaciones de radio y televisión deben considerar criteriosdemocráticos que garanticen una igualdad de oportunidades en el acceso

    a los mismos para todos los sectores que conforman la sociedad

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    cracia participativa y con el derecho a la li-bertad de expresión e información garanti-zado en la Convención Americana sobre

    Derechos Humanos.”Respecto a la situación en Paraguay, tam-bién en el 2001, se dijo: La Relatoría ha ex-presado en varias oportunidades que las asig-naciones de radio y televisión deben conside-rar criterios democráticos que garanticen unaigualdad de oportunidades en el acceso a losmismos para todos los sectores que confor-man la sociedad. Las subastas que contem-plen criterios únicamente económicos sonincompatibles con un sistema democrático ycon el derecho a la libertad de expresión einformación garantizado en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

    Entonces, aún cuando aporten mayortransparencia, los mecanismos basados enofertas económicas no permiten ni siquiera atodos aquellos que tengan n de lucro tenerla posibilidad de acceder a una frecuencia.

    Porque aún cuando se mantenga la preferen-cia de la oferta económica, los umbrales inac-cesibles para entidades comerciales pequeñastambién cercenarían sus derechos a accedera los medios de comunicación.10

    También en orden a las frecuencias, el ar-tículo 13 de la CADH señala como mecanis-mo de restricción indirecta a la libertad deexpresión su administración arbitraria, aten-diendo al perfeccionamiento de las condicio-

    nes de aprovechamiento de un recurso esca-so como el espectro, la incorporación deavances tecnológicos es sumamente impor-tante pero no encontramos previsiones queanticipen medidas correctas como la libera-ción de bandas para aumentar las posibilida-

    des de expansión del pluralismo y la polifoníade la sociedad por vía de la utilización deavances como la radiodifusión digital.

    Sobre la escasa presencia de normas decontrol antimonopólico, nos merece la penaindicar que en el informe 2004 de la Relato-ría de Libertad de Expresión de la OEA seindica con toda contundencia que “40. Nose pueden obviar ciertas consideraciones ne-cesarias en virtud de la naturaleza misma decada medio de comunicación. En los casosde los medios electrónicos, la administra-ción del espectro radioeléctrico por partedel Estado supone una actividad positiva delEstado —la concesión de las frecuencias ra-dioeléctricas—, que puede incidir directa-mente en la mayor o menor concentraciónde los medios de comunicación. Esto no su-cede en los casos de la prensa escrita, porejemplo, donde lo que priva es una actividadnegativa del Estado.”

    De tal modo, la falta de previsión concreta

    en el texto de la ley respecto a la cantidad demedios de comunicación en poder de un mis-mo titular o sus interrelacionados, así como lafalta de previsión en materia de inserción oparticipación en audiencias potenciales loca-les y nacionales, deja abierto un interrogantesobre el efectivo respeto a las recomendacio-nes del sistema interamericano.

    La propia Relatoria de la OEAindica en el Informe 2004:El principio 12 fundamenta su lógica en elentendimiento que si los monopolios y oli-gopolios existen en los medios de comuni-cación social, sólo un pequeño número deindividuos o sectores sociales podría ejercercontrol sobre las informaciones que se brin-dan a la sociedad. De esta forma los indivi-

    10 En ese sentido, la Opinión Consultiva 5/85 de laCorte IDH es sumamente explícita.

    Los monopolios y oligopolios en los medios de comunicación conspirancontra la democracia al restringir la pluralidad y diversidad que asegura el

    pleno ejercicio del derecho de la libertad de información de los ciudadanos

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    duos podrían verse privados de recibir infor-mación proveniente de otras fuentes.

    En este sentido, la Relatoría para la Li-

    bertad de Expresión de la OEA consideraque esta provisión no limita en manera algu-na la obligación del Estado de garantizar através de la legislación la pluralidad en lapropiedad de los medios, por cuanto los mo-nopolios y oligopolios “conspiran contra lademocracia al restringir la pluralidad y di- versidad que asegura el pleno ejercicio delderecho de la libertad de información de losciudadanos”. Sin embargo, la Relatoría con-sidera que el marco del derecho de la com-petencia en muchas ocasiones puede resul-tar insuciente, particularmente en cuantoa la asignación de frecuencias radioeléctri-cas. No se impide entonces la existencia deun marco regulatorio antimonopólico queincluya normas que garanticen la pluralidadatendiendo la especial naturaleza de la liber-tad de expresión. En todo caso, a la luz del

    principio 12 los Estados no deben adoptarnormas especiales bajo la apariencia de nor-mas antimonopólicas para los medios de co-

    municación que en realidad tienen comopropósito y efecto la restricción de la liber-tad de expresión.

    Y nos parece fundamental recordar quela Corte Interamericana ha dicho que “[...]la libertad de expresión se puede ver tam-bién afectada sin la intervención directa dela acción estatal. Tal supuesto podría llegar acongurarse, por ejemplo, cuando por efec-to de la existencia de monopolios u oligopo-lios en la propiedad de los medios de comu-nicación, se establecen en la práctica “mediosencaminados a impedir la comunicación y lacirculación de ideas y opiniones”. (CorteIDH, La Colegiación Obligatoria de Perio-distas, Ob. Cit., par. 56.)

    Es, entonces, a la luz de estos principios,que debe ser observada la entrada en vigenciade las reformas a la ley de radio y televisión.

    El marco del derecho de la competencia en muchas ocasiones puede resultar insuciente, particularmente en cuanto a la asignación

    de frecuencias radioeléctricas

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