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enseñanza

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permisos y licencias profesorado pública

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ÍndicePor causas familiares

Permiso por fallecimiento, accidente, enfermedad grave de un familiar u hospitalización no ambulatoria. . . . . . . . . . . . . 4

Permiso por enfermedad infecto-contagiosa de hijos menores de 9 años. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4

Reducción jornada por guarda legal o cuidado de familiar. . . . . 5

Permiso por cuidado de familiar muy grave de primer grado. . 5

Permiso por conciliación de la vida familiar y laboral. . . . . . . . . 6

Flexibilidad horaria para la conciliación de la vida familiar y laboral. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6

Permiso por matrimonio o inscripción de pareja de hecho. . . . 6

Permiso por hijo menor afectado por cáncer o enfermedad grave. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7

Relacionados con la maternidad y la paternidad

Permiso por exámenes prenatales / preparación al parto. . . . . 8

Permiso por parto, adopción o acogimiento. . . . . . . . . . . . . . . . 8

Permiso por hijos prematuros o que por otra causa permanezcan hospitalizados. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9

Permiso por lactancia o cuidado de hijo menor de 16 meses. . 9

Permiso paternal por nacimiento, guarda con fines de adopción, acogimiento o adopción de un hijo. . . . . . . . . . . . . . . 10

Licencia por riesgo durante el embarazo o la lactancia natural (MUFACE). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10

Licencia por riesgo durante el embarazo o la lactancia natural (RGSS). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11

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Otros permisos y reducciones de jornadas

Permiso por traslado de domicilio. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11

Permiso por exámenes finales / pruebas definitivas / formación. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11

Permiso para cumplimiento de deber inexcusable. . . . . . . . . . 12

Permiso para funciones sindicales o de representación. . . . . . 12

Permiso por cargo electo corporaciones locales. . . . . . . . . . . . 12

Permiso por procesos electorales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12

Reducción de jornada por interés particular. . . . . . . . . . . . . . . 13

Permiso por colaboración con ONG. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13

Permiso por razón de violencia de género. . . . . . . . . . . . . . . . . 13

Permiso por asuntos particulares retribuido. . . . . . . . . . . . . . . 13

Permiso por asuntos particulares no retribuido. . . . . . . . . . . . 14

Permiso por razones de formación no retribuido. . . . . . . . . . . 14

Otros permisos no retribuidos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14

Enfermedad o accidente

Licencia por ausencia por enfermedad o accidente (MUFACE). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15

Licencia por ausencia por enfermedad o accidente (RGSS). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15

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Permisos y Licencias Profesorado Enseñanza Pública

Por causas familiares

Permiso por fallecimiento, accidente, enfermedad grave de un familiar u hospitalización no ambulatoria.

Duración:

¾ Primer grado consanguinidad o afinidad:

� misma localidad: 3 días hábiles.

� distinta localidad: 5 días hábiles.

¾ Segundo Grado consanguinidad o afinidad:

� misma localidad: 2 días hábiles

� distinta localidad: 4 días hábiles

Trámites:

¾ Presentación: centro. A ser posible, previamente.

¾ Autorización: centro.

¾ Justificación: posterior

Observaciones:

¾ Está referenciado a la localidad de residencia.

¾ La duración del permiso nunca podrá superar al hecho causante.

¾ Disfrute: de forma ininterrumpida o alternativa, ésta última según necesida-des del servicio.

¾ Parto: se considera hospitalización sólo para los abuelos del neonato.

¾ Terminada la hospitalización, inclui-da la ambulatoria, o la fase de gravedad, el periodo que requiera especiales cui-dados en el domicilio particular, tendrá la consideración de enfermedad grave siempre que se acredite con informe médico.

¾ Fallecimiento: si se produjera fuera del horario laboral, se computará desde el día siguiente.

Permiso por enfermedad infecto-contagiosa de hijos menores de 9 años.

Duración:

¾ 3 días naturales continuados.

Trámites:

¾ Presentación: centro. A ser posible, previamente.

¾ Autorización: centro.

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permisos y licencias profesorado pública

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¾ Justificación: posterior

Observaciones:

¾ Es incompatible con los supuestos

del apartado anterior.

¾ Son titulares tanto el padre como la madre, pudiéndose alternar sin superar el máximo establecido.

Reducción jornada por guarda legal o cuidado de familiar.

Duración:

¾ Disminución 1/3 jornada: percepción 80% retribuciones.

¾ Disminución 1/2 jornada: percepción 60 % retribuciones.

¾ (Proporcional a la jornada lectiva y no lectiva).

(Disminución proporcional de las retri-buciones tanto básicas como comple-mentarias incluidos los trienios, aplicán-dose también a pagas extraordinarias)

Trámites:

¾ Autorización: Delegación y sólo una vez por curso escolar.

Observaciones:

¾ Cuidado directo de: menor de 12 años, persona mayor que requiera espe-

cial dedicación o persona discapacitada sin actividad retribuida. Igualmente, por cuidado familiar hasta 2º grado por ra-zones de edad, accidente o enfermedad que no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida.

¾ Es compatible con la reducción por lactancia e incompatible con cualquier actividad, remunerada o no, durante el horario de reducción.

¾ Salvo circunstancias sobrevenidas será por todo el curso escolar.

¾ Funcionario de carrera con destino definitivo: solicitar antes del 1 de julio.

¾ Funcionario que participe en la colo-cación de efectivos: indicar la pretensión en la solicitud de participación. La nor-mativa reguladora de la colocación de efectivos indicará un periodo de renun-cia, una vez conocido el destino.

Permiso por cuidado de familiar muy grave de primer grado.

Duración:

¾ Reducción de hasta el 50% de la jornada retribuida por el plazo máximo de 1 mes.

(Proporcional a la jornada lectiva y no lectiva).

Trámites:

¾ Autorización: Delegación.

¾ Justificación: con la solicitud.

Observaciones:

¾ Por una misma enfermedad: el sujeto causante del derecho solo podrá generarlo por una sola vez, aunque ésta se repita en el tiempo.

¾ Incompatible con cualquier actividad, remunerada o no, durante el horario de reducción.

¾ Declaración responsable de que ningún otro titular hace uso del derecho, si bien, el derecho al disfrute se podrá prorratear entre los distintos titulares.

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Permiso por conciliación de la vida familiar y laboral.

Duración:

¾ Tiempo indispensable.

Trámites:

¾ Presentación y Autorización: centro.

Observaciones:

¾ Indispensable que se justifique una situación de dependencia directa respecto del titular del derecho y no sea protegida por otros permisos.

Flexibilidad horaria para la conciliación de la vida familiar y laboral.

Duración:

¾ En los centros donde el horario lectivo del alumnado no coincida en su totalidad con el horario lectivo del docente, este podrá:

� Flexibilizar 1 hora diaria de obligada permanencia por hijo menor de 12 años, familiar de hasta 2º grado con enfermedad grave, personas mayores o con discapacidad (dependientes).

� Flexibilizar 2 horas diarias de obli-gada permanencia por tener a cargo personas con discapacidad hasta el 1º grado para conciliar con el horario de los centros que los atiendan.

¾ Podrán ausentarse por el tiempo indispensable:

� Profesorado con hijos discapacita-dos.

� Profesoras para someterse a téc-nicas de fecundación o reproducción asistida.

Trámites:

¾ Presentación y Autorización: centro.

¾ Observaciones:

¾ La flexibilidad horaria no supone reducción de la jornada de trabajo.

� Solicitud antes de 5 de septiembre de cada anualidad.

¾ El personal con hijos con discapa-cidad podrá ausentarse del centro por el tiempo indispensable para: asistir a reuniones de coordinación del centro educativo o tratamiento, o para acom-pañarlo si han de recibir apoyo en el ámbito sanitario o social.

� Permiso por técnicas de fecunda-ción o reproducción asistida: aportar justificación fehaciente de que el tratamiento no se puede realizar fuera de la jornada laboral.

¾ Estas ausencias tienen la considera-ción de permisos.

Permiso por matrimonio o inscripción de pareja de hecho.

Duración:

¾ 15 días naturales consecutivos des-de el hecho causante.

¾ 15 días diferido a un periodo distinto no coincidentes en todo o en parte con:

� Los 10 días lectivos inmediatamente

anteriores y posteriores a navidad y semana santa.

� Los 10 días lectivos inmediatamente anteriores a la finalización de clases el mes de junio.

� El mes de septiembre.

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Trámites:

¾ Presentación: centro

¾ Autorización: Delegación.

Observaciones:

¾ Solicitar con 1 mes de antelación. Plazo de entrega de la documentación acreditativa: 20 días hábiles desde su expedición.

Permiso por hijo menor afectado por cáncer o enfermedad grave.

Duración:

¾ Reducción del 50% de jornada, sin reducción de retribuciones y como máxi-mo hasta que el menor cumpla 18 años.

¾ Posibilidad de reducir hasta un 99% en determinadas circunstancias DECRE-TO 154/2017, de 3 de octubre, por el que se regula el permiso del personal fun-cionario para atender el cuidado de hijos e hijas con cáncer u otra enfermedad grave (actualiza el listado de enfermeda-des incluidas en el Anexo)

Trámites:

¾ Autorización: Delegación.

¾ Justificación: con la solicitud.

Observaciones:

¾ Enfermedades consideradas gra-ves: anexo del Decreto 154/2017, RD 1148/2011.

¾ Acreditación que el menor necesita cuidado directo, continuo y permanente.

¾ Exigencia de que ambos progenitores trabajen.

Art. 4.2. Decreto 154/2017 El requisito previsto en el apartado anterior, de que ambos progenitores, guardadores con fines de adopción, acogedores o tutores legales sean trabajadores por cuen-ta propia o ajena, no se exigirá en los siguientes supuestos:

� Si el ingreso tuviera lugar en un

centro hospitalario situado a una dis-tancia que impida el desplazamiento de ida y vuelta en el mismo día, por encontrarse a una distancia superior a 120 km del domicilio familiar, o requerir un tiempo de desplazamiento desde el citado domicilio superior a dos horas.

� Cuando se trate de familia mo-noparental, entendiendo por tal la constituida por una única persona progenitora, guardadora, acogedora o tutora y los hijos, hijas, personas tuteladas o menores sujetos a guarda o acogimiento que convivan con ella. También, a efectos de la solicitud del permiso, tendrán esta consideración las mujeres declaradas víctimas de violencia de género. En estos casos, el permiso les corresponderá con carác-ter integro en las condiciones que se establecen en el presente Decreto.

¾ Sólo podrá disfrutarlo uno de los progenitores, aunque el otro progenitor puede reducir la jornada con reducción proporcional de retribuciones.

¾ Acumulable por jornadas completas hasta un máximo de 15 días.

¾ En el supuesto de cáncer, se otorgará el permiso para el periodo de hospitali-zación como tratamiento continuado.

¾ En el supuesto de enfermedad grave, sólo el periodo de hospitalización, incrementándose si requiere cuidados especiales.

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Relacionados con la maternidad y la paternidad

Permiso por exámenes prenatales / preparación al parto.

Duración:

¾ Tiempo necesario.

Trámites:

¾ Presentación: centro.

¾ Autorización: Delegación.

Observaciones:

¾ La solicitud deberá ir acompañada

de justificante de la necesidad de su

realización y con posterioridad acreditar

su realización.

Permiso por gestación.

Duración:

¾ Desde el día primero de la semana 37 de embarazo, hasta la fecha del parto. En caso de gestación múltiple desde el 1er día de la semana 35..

Trámites:

¾ Presentación: centro.

¾ Autorización: Delegación.

Permiso por parto, adopción o acogimiento.

Duración:

¾ 16 semanas ininterrumpidas + 4 semanas adicionales, previa solicitud simultánea.

¾ Parto múltiple: 2 semanas más por cada hijo a partir del 2º.

¾ Hijo discapacitado: 2 semanas más.

¾ Neonato hospitalizado: se amplía tantos días como esté hospitalizado hasta un máximo de 13 semanas adicio-nales.

¾ Desplazamiento adopción interna-cional: permiso de hasta 2 meses con retribuciones básicas.

Trámites:

¾ Presentación: centro.

¾ Autorización: Delegación.

¾ -Justificación: cuando se disponga de

documentos.

Observaciones:

¾ Al contrario que en la adopción o acogimiento, en caso de parto este permiso sólo se genera si la madre tra-baja, debiendo disfrutar un mínimo de 6 semanas posteriores al parto.

¾ Si ambos cónyuges trabajan el per-miso puede ser compartido.

¾ Interinos y personal laboral: solicitud al INSS. Derechos económicos según requisitos del RGSS.

¾ Si el permiso coincide con agosto, las vacaciones se disfrutan a continuación, siempre que no transcurra más de 18 meses desde el final del año en que se originó el permiso.

¾ Disfrute ininterrumpido (permiso maternal + 4 semanas adicionales + acumulación lactancia + vacaciones, en

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9

su caso).

¾ Comprende la no supervivencia del recién nacido, el fallecimiento del mis-mo durante el periodo de baja maternal o aborto del feto a partir de la 21ª sema-na de gestación.

¾ Acogimiento simple: mínimo 1 año.

¾ No existe limitación en la edad del menor acogido o adoptado.

¾ Derecho a participar en cursos de formación que convoque la Administra-ción.

Permiso por hijos prematuros o que por otra causa permanezcan hospitalizados.

Duración:

¾ 2 horas como máximo de ausencia del centro con derecho a retribución.

¾ 2 horas como máximo de reducción de jornada sin retribución.

Trámites:

¾ Autorización: Delegación.

Observaciones:

¾ Derecho del funcionario o la funcio-naria.

¾ Ausencia: indicación por escrito del periodo deseado para intentar que no coincida con la docencia directa.

¾ Reducción jornada: no se realizará exclusivamente sobre el horario lectivo.

¾ Comunicar con antelación suficiente la reincorporación a la jornada ordinaria.

Permiso por lactancia o cuidado de hijo menor de 16 meses.

Duración:

¾ 1 hora por cada hijo, pudiendo optar entre:

� Ausencia de 1 hora.

� Reducción de ½ hora al inicio y final de la jornada.

� Reducción de 1 hora al inicio o al final de la jornada.

� Permiso acumulado de 4 semanas.

Trámites:

¾ Presentación: centro, de ser posible antes de confección

¾ Horarios.

¾ Autorización: Delegación.

Observaciones:

¾ Puede disfrutarlo indistintamente por uno u otro de los progenitores.

¾ Se puede acumular a la reducción por guarda legal.

¾ Indicación por escrito del periodo de-seado para no coincidir con la docencia directa.

¾ Solicitud de acumulación prioritaria-mente junto a la solicitud del permiso de maternidad.

¾ En el supuesto de acumulación si la madre no trabaja, el permiso habrá de solicitarlo el padre conjuntamente con el de paternidad y lo comenzará inmedia-tamente después de este.

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Permiso paternal por nacimiento, guarda con fines de adopción, aco-gimiento o adopción de un hijo.

Duración:

¾ 10 semanas (5 semanas, ampliable en dos días más por cada hijo a par-tir del segundo, correspondiente a lo regulado en la legislación básica estatal y otras 5 semanas fruto del Acuerdo andaluz).

Trámites:

¾ Presentación y autorización: centro.

¾ Justificación: posterior.

Observaciones:

¾ Permiso estatal: Días de permiso ininterrumpidos a partir de la fecha del hecho causante, a disfrutar por el padre o el otro progenitor, pudiendo disfrutar la última semana dentro de los nueve meses siguientes al hecho causante, si lo solicita al inicio del hecho causante y lo autoriza la Administración Educativa en su normativa. Igualmente, si lo auto-riza la normativa, se podrá solicitar que el permiso comience en fecha posterior al hecho causante siempre que sea

antes de la finalización del correspon-diente permiso o de la suspensión del contrato por parto, adopción o acogi-miento del otro progenitor, o inmediata-mente después de su finalización (Ley 6/2018 de Presupuestos Generales del Estado de 2018).

¾ Interinos: deben solicitar la presta-ción al INSS.

¾ Si el parto se produce fuera del horario laboral, surte efectos desde el día siguiente.

¾ Si coincide con agosto se disfruta en septiembre.

¾ Adopción o acogimiento el hecho causante debe entenderse a la fecha de decisión administrativa o de la resolu-ción judicial.

¾ Permiso autonómico: podrá disfru-tarse de forma ininterrumpida o bien de modo fraccionado, en este último caso, dentro de los doce meses siguientes al nacimiento, adopción o acogimiento.

Licencia por riesgo durante el embarazo o la lactancia natural (MUFACE).

Duración:

¾ Tiempo prescrito, percibiendo las retribuciones íntegras.

Trámites:

¾ Presentación: centro, día siguiente de expedición del parte.

Observaciones:

¾ Se requiere informe médico de la En-tidad e informe del Servicio de Preven-

ción de la Delegación para la concesión de la licencia.

¾ Para los tres primeros meses: un único parte médico, que se deberá pre-sentar como máximo al cuarto día del inicio de la situación.

¾ Si coincide con las vacaciones, éstas se podrán disfrutar a continuación, siempre que no transcurran más de 18 meses desde el final del año en que se originó la licencia.

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Licencia por riesgo durante el embarazo o la lactancia natural (RGSS).

Duración:

¾ Tiempo prescrito, percibiendo las retribuciones íntegras.

Trámites:

¾ Presentación: centro, día siguiente de expedición del parte.

Observaciones:

¾ Se requiere Informe del médico del

SAS y Certificación de la De-legación so-bre la actividad desarrollada y condicio-nes del puesto de trabajo, para solicitar certificación médica sobre la existencia de riesgo.

¾ Si coincide con las vacaciones, estas se podrán disfrutar a continuación, siempre que no transcurra más de 18 meses desde el final del año en que se originó la situación.

Otros permisos y reducciones de jornadas

Permiso por traslado de domicilio.

Duración:

¾ 1 día en la misma localidad.

¾ 2 días en distinta localidad.

¾ 3 días en distinta provincia.

Trámites:

¾ Presentación y autorización: centro.

Observaciones:

¾ Solicitud previamente al traslado.

¾ Presentación de justificación en el plazo de 15 días siguientes, (factura de mudanza, contrato de arrendamiento...)

Permiso por exámenes finales / pruebas definitivas / formación.

Duración:

¾ Durante los días de su celebración.

¾ Tiempo mínimo y suficiente para cubrir el objetivo.

La formación permanente se podrá autorizar cuando coincidan en todo o en parte con la jornada lectiva.

Trámites:

¾ Presentación: centro, al tener cono-cimiento.

¾ Autorización: centro.

Tramitando al Servicio de Gestión y Recursos Humanos programa de cada

actividad y medidas adoptadas para la atención del alumnado.

Observaciones:

¾ Centros oficiales.

¾ Incluye exámenes parciales liberato-rios y pruebas selectivas de las Adminis-traciones Públicas.

¾ Formación: sólo en calidad de asistente. La solicitud se presentará en Delegación con un mes de antelación. En caso de concurrencia entre el profe-sorado: el centro establece el criterio. Los permisos extraordinarios competen a la Delegación o Consejería.

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¾ Se podrá autorizar como máximo a dos personas por centro o por una mis-ma actividad, asimismo dos actividades por curso académico no más de cuatro días de ausencia por curso académico.

¾ Si es invitado como ponente por la Administración u otro organismo sin ánimo de lucro en jornada lectiva, no será necesaria la solicitud Ordenación educativa emitirá un informe para la concesión del permiso.

Permiso para cumplimiento de deber inexcusable.

Duración:

¾ Tiempo indispensable.

Trámites:

¾ Presentación y autorización: centro

Observaciones:

¾ Deber inexcusable: aquel cuyo incumplimiento genera responsabilidad penal, civil o administrativa.

¾ Solicitud: si es posible, previamente.

Permiso para funciones sindicales o de representación.

Duración:

¾ Por el tiempo que dure la designa-ción o elección.

Trámites:

¾ Presentación: centro.

¾ Autorización: Delegación.Observaciones:

¾ Incluye también actividades de for-mación sindical o funciones sindicales o representativas con carácter ocasional.

¾ Solicitud: previamente.

Permiso por cargo electo corporaciones locales.

Duración:

¾ Tiempo indispensable para asistencia a sesiones del Pleno o Comisión de Gobier-no y atención a Delegaciones.

Trámites:

¾ Presentación y autorización: centro.

Observaciones:

¾ Acreditar la celebración en horario de obligada permanencia en el centro y aportar Certificación de haber asistido.

¾ Delegaciones: atención sólo a las cuestiones de especial relevancia y siem-pre que no tenga dedicación exclusiva o parcial en el Ayuntamiento.

Permiso por procesos electorales.

Duración:

¾ Candidatos: días de campaña elec-toral.

¾ Miembros de mesas (presidente, vo-cales o interventores): día de la votación

y 5 horas del día siguiente.

¾ Apoderados: día de la votación.Trámites:

¾ Presentación: centro. ¾ Presentación y autorización: centro..

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Reducción de jornada por interés particular.

Duración:

¾ Reducción de 1/3 o de 1/2 de la jornada con la parte proporcional de retribuciones y de la carga horaria lectiva y no lectiva.

Trámites:

¾ Presentación y autorización: Delega-ción.

Observaciones:

¾ Funcionario de carrera con destino

definitivo o personal laboral indefinido: solicitar antes del 1 de julio.

¾ Funcionario que participe en la colo-cación de efectivos: indicar la pretensión en la solicitud de participación.

¾ La reducción será para todo el curso escolar (hasta 31 de agosto).

¾ Solo por una sola vez en el curso académico.

Permiso por colaboración con ONG.

Duración:

¾ Hasta 6 meses no retribuidos, am-pliable, previa autorización, por otros 6 meses..

Trámites:

¾ Presentación y autorización: Dirección General de Recursos Humanos.

Observaciones:

¾ Interinos: sólo en caso de estar ocupando vacante y en el momento de

la solicitud le reste un periodo igual o superior al tiempo solicitado. No supone la exclusión de la bolsa.

¾ Solicitud con un mes al menos de antelación acompañado de certificación oficial de la inscripción de la ONG en el registro y memoria de la labor a realizar de la persona solicitante.

¾ No se concederá permiso de tres me-ses o menos cuando coincida en todo o en parte con el tercer trimestre.

Permiso por razón de violencia de género.

Duración:

¾ Ausencia justificada por el tiempo que de-terminen los Servicios Sociales o de Salud.

¾ Reducción de jornada.

¾ Adaptación del horario.

¾ Aplicación del horario flexible.

Trámites:

¾ A ser posible, comunicación previa al

centro.

¾ Concesión: Delegación.

Observaciones:

¾ Ausencia: derechos económicos plenos.

¾ Reducción de jornada: reducción proporcional de retribuciones.

¾ Justificación de la ausencia: Servicios Sociales.

Permiso por asuntos particulares retribuido.

Duración:

¾ Hasta 6 días en periodos no lectivos.

Trámites:

¾ Presentación y autorización: centro.

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permisos y licencias profesorado pública

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Observaciones:

¾ Condicionado a las necesidades del servicio, pudiéndose denegar cuando existan actividades relacionadas con la

evaluación del alumnado o preparación del curso académico.

¾ Proporcional al periodo trabajado en el correspondiente curso académico.

Permiso por asuntos particulares no retribuido.

Duración:

¾ Hasta 3 meses cada 2 años (han de considerarse naturales).

Trámites:

¾ Presentación: centro.

¾ Autorización: Delegación.

Observaciones:

¾ Solo puede disfrutarlo el funcionaria-do de carrera y está subordinado a las necesidades del servicio. Solicitud con 15 días de antelación.

¾ El cómputo de días será el compren-dido entre el primer día que se deje de prestar servicio y el día de incorporación efectiva. Si sólo se solicita un día, alcanza-rá solo a ese día.

Permiso por razones de formación no retribuido.

Duración:

¾ Hasta 6 meses, para estudios oficiales o especialización, disfrute de becas o rea-lización de viajes de formación relaciona-dos con cursos de formación.

Trámites:

¾ Presentación: centro.

¾ Autorización: Delegación.

Observaciones:

¾ Estar en activo y tener, al menos, un año de servicios efectivos en el sector público docente. El personal en régimen de sustitución no puede disfrutarlo.

¾ Solicitud con una antelación mínima de 1 mes.

Otros permisos no retribuidos.

Duración:

¾ No inferior a 7 días naturales, ni superior a 3 meses.

¾ Hasta 6 meses para tratamientos rehabiltadores de alcoholismo, toxico-manía u otras adicciones en régimen de internado en centros habilitados.

¾ Hasta 1 año por cuidados paliativos del cónyuge enfermedad grave o irreversible.Trámites:

¾ Presentación: centro.

¾ Autorización: Delegación.

Observaciones:

¾ Ser funcionario de carrera o laboral fijo o indefinido con servicios efectivos al menos de un año.

� No se concederán si es inferior a un mes y coincide su disfrute en todo o en parte con los periodos reflejados anteriormente en permisos diferidos por matrimonios.

� Supeditados a las necesidades del servicio, concediéndose dentro del mes siguiente a la solicitud.

� No podrán exceder de 12 meses cada 2 años.

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permisos y licencias profesorado pública

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¾ Ser funcionario de carrera o laboral fijo o indefinido.

� El permiso podría ser ampliado una vez por igual periodo en caso de pro-longación del proceso patológico.

� No podrán exceder de 12 meses cada 2 años.

¾ Ser funcionario de carrera o laboral fijo o indefinido.

� Podrá ser ampliado a un año más si persiste la enfermedad.

Enfermedad o accidente

Licencia por ausencia por enfermedad o accidente (MUFACE).

Duración:

¾ Máximo: 12 meses, prorrogable has-ta los 18 o 24 meses, salvo que se inicie el procedimiento de jubilación.Trámites:

¾ Presentación: centro.

¾ Concesión de la licencia: Delegación.Observaciones:

¾ Presentación de Anexo I y parte inicial de baja por IT: como máximo al cuarto día del inicio de la situación.

¾ Partes de confirmación cada 15 días

y, en caso de justificación médica, cada 30 días. Deberán presentarse en el plazo máximo de 3 días hábiles desde la fecha de emisión por el facultativo.

¾ Incorporación al trabajo al día si-guiente de finalizar la licencia.

¾ Se considera nueva enfermedad cuando el proceso patológico sea dife-rente o se hayan interrumpido las licen-cias durante un mínimo de 6 meses.

¾ Comunicar a la Delegación en caso de tener que ausentarse del domicilio habitual.

Licencia por ausencia por enfermedad o accidente (RGSS).

Duración:

¾ Máximo: 12 meses, prorrogable has-ta los 18 o 24 meses, salvo que se inicie el procedimiento de jubilación.

Trámites:

¾ Presentación: centro.

Observaciones:

¾ Presentación del parte de IT y los partes de confirmación: como máximo al tercer día de su expedición por el facultativo.

¾ Incorporación al trabajo al día siguiente de la expedición del parte de alta.

¾ Se considera nueva enfermedad cuando el proceso patológico sea dife-rente o se hayan interrumpido las licen-cias durante un mínimo de 6 meses.

¾ Comunicar a la inspección médica de la Seguridad Social en caso de tener que ausentarse del domicilio habitual.

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� Se deberán solicitar previamente mediante la presentación del Anexo I y la documentación justificativa si se dispone. Cuando no sea posible, avisar al centro y presentar con posterioridad la documentación necesaria.

� Si no se detalla lo contrario, el disfrute de los permisos, licencias y reducciones de jornadas no conlleva merma alguna en las retribuciones.

� Está equiparada la pareja estable, con inscripción en el Registro de parejas de hecho, al matrimonio, y el conviviente al cónyuge. Igualmente, el cómputo del grado de vinculación familiar deberá realizarse considerándose a la pareja estable equivalente a una relación matrimonial.

� 1er. Grado de consanguinidad o afinidad: padre, madre, suegro/a, hijo/a, yerno, nuera. 2º Grado: abuelo/a, nieto/a, hermano/a, cuñado/a. El cónyuge se equipara a 1er. Grado.

RESEÑA LEGAL:

� Acuerdo Marco de la Mesa General de negociación común del personal fun-cionario, estatutario y laboral de la administración de la junta de Andalucía, para la mejora de la calidad del empleo público y de las condiciones de trabajo del personal del sector público andaluz.

� Ley 6/2018, de 3 de julio, de presupuestos generales del estado para el año 2018. 04/07/2018. BOE 4/7/2018.

� Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley del Estatuto Básico del Empleado Público. BOE 30/10/2015.

� - Contenido vigente de la Circular de 6 de febrero de 2013, de la dirección gene-ral de gestión de recursos humanos, sobre permisos, licencias y reducciones de jornada del personal docente del ámbito de gestión de la consejería de educación de la junta de andalucía. texto refundido (circular de 5 de mayo de 2014).

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El parentesco de una persona respecto de otra se determina por el número de generaciones que las separan.

En el siguiente esquema se reflejan los grados de parentesco, tanto por línea recta o directa y colateral, como por consanguinidad y afinidad.

Trabajador/Cónyuge

Suegro/Suegra Padre/MadreGrado 1º Hijo/Hija Yerno/Nuera

Abuelo/Abuela Hermano/Hermana Nieto/Nieta Cuñado/Cuñada

Primo/Prima Tíoabuelo/Tíoabuela

Biznieto/Biznieta Sobrino/SobrinaBisabuelo/Bisabuela

Grado 2º

Grado 3º

Grado 4º

Tío/Tía

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Federación de Enseñanza de CC.OO. de AndalucíaTrajano, 1, 7ª planta - 41002 - SEVILLAhttps://www.feandalucia.ccoo.es

Sindicato de Enseñanza de CC.OO. de AlmeríaJavier Sanz, 14, Bajo dcha. - 04004 - ALMERÍATlfno: 950 18 49 25Correo-e: [email protected]

Sindicato de Enseñanza de CC.OO. de CádizAndalucía, 6, 2ª planta - 11008 - CÁDIZTlfno: 956 29 71 88Correo-e: [email protected]

Sindicato de Enseñanza de CC.OO. de CórdobaGran Capitán, 12, 1ª planta - 14008 - CÓRDOBATlfno: 957 49 12 39Correo-e: [email protected]

Sindicato de Enseñanza de CC.OO. de GranadaPeriodista Fco. Javier Cobos, 2 - 18014 - GRANADATlfno: 958 20 94 24

Correo-e: [email protected]

Sindicato de Enseñanza de CC.OO. de HuelvaGran Vía, 7, 3ª planta - 21003 - HUELVATlfno: 959 28 52 59 - 49 68 70Correo-e: [email protected]

Sindicato de Enseñanza de CC.OO. de JaénCastilla, 8, 3ª planta - 23007 - JAÉNTlfno: 953 21 79 65Correo-e: [email protected]

Sindicato de Enseñanza de CC.OO. de MálagaMuelle Heredia, 26, 5º - 29001 - MÁLAGATlfno: 952 36 14 78 - 21 97 11Correo-e: [email protected]

Sindicato de Enseñanza de CC.OO. de SevillaTrajano, 1, 3º - 41002 - SEVILLATlfno: 954 46 45 83 - 84 - 85 - 86Correo-e: [email protected]

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