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PERIÓDICO OFICIAL ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS Periódico Oficial del Estado TAMAULIPAS RESPONSABLE SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO Registro Postal publicación periódica PP28-0009 AUTORIZADO POR SEPOMEX TOMO CXXXIX Victoria, Tam., jueves 3 de abril de 2014. Número 41 SUMARIO GOBIERNO FEDERAL PODER JUDICIAL TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO DISTRITO 30 EDICTO por el que se convoca a toda persona que se considere le asisten derechos, respecto de los que le correspondían al extinto José Carmen Hernández, Ejidatario del poblado “SAN LORENCITO” del municipio de Jaumave, Tamaulipas, Expediente 283/2013. (1ª. Publicación). 3 GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO SECRETARÍA GENERAL DECRETO No. LXII-213, mediante el cual se reforma el párrafo 2 del artículo 15 y el inciso a) del Apartado B del artículo 17, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas para el Estado de Tamaulipas……………………………………………………………………………………… 3 DECRETO No. LXII-215, mediante el cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas y de las Leyes para Prevenir, Combatir y Sancionar la Trata de Personas en el Estado de Tamaulipas, de Justicia para Adolescentes del Estado y Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Tamaulipas…………………………………………...………………………………………… 4 DECRETO No. LXII-216, mediante el cual se reforma el párrafo 2 del artículo 34 de la Ley para el Desarrollo Familiar del Estado de Tamaulipas; se reforman los artículos 3 fracción IV, 4 Fracción IV y 17 de la Ley de Protección a los Animales para el Estado de Tamaulipas; se reforman los artículos 6 fracción V y 8 fracción VII de la Ley de Fomento a la Cultura para el Estado de Tamaulipas; se reforman la Fracción II del Artículo 14 y el segundo párrafo del artículo 48 de la Ley Sobre el Sistema Estatal de Asistencia Social; se reforma el párrafo primero del artículo 29 de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas; se reforma el artículo 74 de la Ley de Transporte del Estado de Tamaulipas; se reforman los artículos 1 párrafo 3 y 12 párrafo 3 de la Ley para el Desarrollo Familiar del Estado de Tamaulipas; se reforma el artículo 5º fracción VIII de la Ley de Desarrollo Social para el Estado de Tamaulipas; se reforma el párrafo 1 del artículo 3 de la Ley para Prevenir y Erradicar la Discriminación en el Estado de Tamaulipas; se reforman los artículos 4º. fracción XV párrafo Primero, 7º. fracción XIII y 20 párrafo primero, fracción I, los Incisos A) y B) de la fracción II y el último párrafo de la Ley para el Desarrollo Económico, Competitividad e Innovación del Estado de Tamaulipas; se reforma la fracción X del artículo 52 Bis de la Ley Para el Desarrollo Urbano del Estado de Tamaulipas; se reforma la fracción VI del artículo 5 de la Ley de Fomento a las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil en el Estado de Tamaulipas……………………………. 9 CONTINÚA EN LA SIGUIENTE PÁGINA

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Page 1: PERIÓDICO OFICIAL · 2018. 10. 11. · Victoria, Tam., jueves 3 de abril de 2014 Periódico Oficial Página 2 DECRETO No. LXII-217, mediante el cual se reforman los artículos 46

PERIÓDICO OFICIAL

ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS

Periódico Oficial del Estado

TAMAULIPAS

RESPONSABLE

SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO

Registro Postal publicación periódica PP28-0009

AUTORIZADO POR SEPOMEX

TOMO CXXXIX Victoria, Tam., jueves 3 de abril de 2014. Número 41

SUMARIO

GOBIERNO FEDERAL PODER JUDICIAL

TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO DISTRITO 30

EDICTO por el que se convoca a toda persona que se considere le asisten derechos, respecto de los que le correspondían al extinto José Carmen Hernández, Ejidatario del poblado “SAN LORENCITO” del municipio de Jaumave, Tamaulipas, Expediente 283/2013. (1ª. Publicación). 3

GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO

SECRETARÍA GENERAL

DECRETO No. LXII-213, mediante el cual se reforma el párrafo 2 del artículo 15 y el inciso a) del Apartado B del artículo 17, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas para el Estado de Tamaulipas……………………………………………………………………………………… 3

DECRETO No. LXII-215, mediante el cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas y de las Leyes para Prevenir, Combatir y Sancionar la Trata de Personas en el Estado de Tamaulipas, de Justicia para Adolescentes del Estado y Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Tamaulipas…………………………………………...………………………………………… 4

DECRETO No. LXII-216, mediante el cual se reforma el párrafo 2 del artículo 34 de la Ley para el Desarrollo Familiar del Estado de Tamaulipas; se reforman los artículos 3 fracción IV, 4 Fracción IV y 17 de la Ley de Protección a los Animales para el Estado de Tamaulipas; se reforman los artículos 6 fracción V y 8 fracción VII de la Ley de Fomento a la Cultura para el Estado de Tamaulipas; se reforman la Fracción II del Artículo 14 y el segundo párrafo del artículo 48 de la Ley Sobre el Sistema Estatal de Asistencia Social; se reforma el párrafo primero del artículo 29 de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas; se reforma el artículo 74 de la Ley de Transporte del Estado de Tamaulipas; se reforman los artículos 1 párrafo 3 y 12 párrafo 3 de la Ley para el Desarrollo Familiar del Estado de Tamaulipas; se reforma el artículo 5º fracción VIII de la Ley de Desarrollo Social para el Estado de Tamaulipas; se reforma el párrafo 1 del artículo 3 de la Ley para Prevenir y Erradicar la Discriminación en el Estado de Tamaulipas; se reforman los artículos 4º. fracción XV párrafo Primero, 7º. fracción XIII y 20 párrafo primero, fracción I, los Incisos A) y B) de la fracción II y el último párrafo de la Ley para el Desarrollo Económico, Competitividad e Innovación del Estado de Tamaulipas; se reforma la fracción X del artículo 52 Bis de la Ley Para el Desarrollo Urbano del Estado de Tamaulipas; se reforma la fracción VI del artículo 5 de la Ley de Fomento a las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil en el Estado de Tamaulipas……………………………. 9

CONTINÚA EN LA SIGUIENTE PÁGINA

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Victoria, Tam., jueves 3 de abril de 2014 Periódico Oficial

Página 2

DECRETO No. LXII-217, mediante el cual se reforman los artículos 46 párrafo primero; 46 Bis párrafo primero; 108 último párrafo de la fracción I, segundo párrafo de la fracción II, Inciso a) de la fracción IV, Inciso d) de la fracción V, 212 fracción V, todos del Código Penal para el Estado de Tamaulipas; los artículos 5, fracción XIII y 32 de la Ley de Ejecución de Sanciones Privativas y Restrictivas de la Libertad del Estado de Tamaulipas; la fracción XII del artículo 53 de la Ley de Integración Social de Personas con Discapacidad; la fracción IV del artículo 9 y el inciso b) de la fracción II del artículo 13 de la Ley de Prevención de la Violencia Familiar; el párrafo 4 del artículo 16 de la Ley de Protección a las Víctimas de los Delitos para el Estado de Tamaulipas; los artículos 44 y 96 fracción III de la Ley de Salud para el Estado de Tamaulipas; la fracción XXIII del Artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas; los artículos 22 y 119 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado; el artículo 62 fracción II de la Ley Reglamentaria para Establecimientos de Bebidas Alcohólicas; el artículo 35 párrafo 2, inciso b), de la Ley Sobre la Organización y Funcionamiento Internos del Congreso del Estado de Tamaulipas……………………………………………………………….. 12

DECRETO No. LXII-219, mediante el cual se reforma el artículo transitorio sexto del Decreto No. LXII-208, publicado en el Periódico Oficial del Estado extraordinario al número 3 de fecha 7 de marzo del 2014, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado y de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas………………………………………………. 16

R. AYUNTAMIENTO NUEVO LAREDO, TAM.

CONVOCATORIA PÚBLICA 2014-10 por la que se convoca a las personas físicas y morales a participar en la Licitación de las obras que se llevarán a cabo en el municipio de Nuevo Laredo, Tamaulipas………………………………………………………………………………… 17

R. AYUNTAMIENTO VICTORIA, TAM.

ACUERDO 01/10/12, en donde se aprobó la Reforma a los Artículos 15 y 17 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Victoria, Tamaulipas……………………………..……………….. 18

AVISOS JUDICIALES Y DE INTERÉS GENERAL

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Periódico Oficial Victoria, Tam., jueves 3 de abril de 2014 Página 3

GOBIERNO FEDERAL PODER JUDICIAL

TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO DISTRITO 30

E D I C T O

A TODA PERSONA QUE SE CONSIDERE LE ASISTEN DERECHOS, RESPECTO DE LOS QUE LE CORRESPONDÍAN AL EXTINTO JOSÉ CARMEN HERNÁNDEZ, EJIDATARIO DEL POBLADO “SAN LORENCITO”, MUNICIPIO DE JAUMAVE, TAMAULIPAS. P R E S E N T E:

En cumplimiento al acuerdo dictado por este Tribunal el nueve de enero de dos mil catorce, en los autos del juicio agrario 283/2013, promovido por MA. GUADALUPE GONZÁLEZ GONZÁLEZ contra ASAMBLEA GENERAL DE EJIDATARIOS DEL POBLADO “SAN LORENCITO”, MUNICIPIO DE JAUMAVE, TAMAULIPAS, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Agraria, se llama a juicio a toda persona que se considere le asisten derechos, respecto de los que le correspondían al extinto JOSÉ CARMEN HERNÁNDEZ, ejidatario del poblado “SAN LORENCITO”, Municipio de Jaumave, Tamaulipas, por medio de Edictos, los que se publicarán dos veces dentro de un plazo de diez días en uno de los Diarios de mayor circulación en el Municipio de Jaumave, Tamaulipas, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, en las Oficinas de la Presidencia Municipal del citado Municipio, y en los estrados de este Tribunal, para que asista a la audiencia que tendrá verificativo a LAS ONCE HORAS DEL DÍA VEINTE DEL MES DE MAYO DEL DOS MIL CATORCE, en la Sala de Audiencias de este Tribunal, ubicado en calle 13 Gaspar de la Garza, entre Guerrero y Bravo número 374, Zona Centro de Ciudad Victoria, Tamaulipas; y manifiesten lo que a su interés convenga; apercibidos que de no comparecer a la audiencia antes señalada, se les tendrá por perdido su derecho para hacerlo y por conformes con las pretensiones que formulen las partes; lo anterior de conformidad en el artículo 14, 16 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 288 del supletorio Código Federal de Procedimientos Civiles. Cd. Victoria, Tamaulipas, a 9 de Enero de 2014.- ATENTAMENTE.- SECRETARIO DE ACUERDOS DEL TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO, DISTRITO 30.- LIC. VÍCTOR DAVID SANDOVAL ARMAS.- Rúbrica. (1ª. Publicación)

GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO

SECRETARÍA GENERAL

EGIDIO TORRE CANTÚ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, a sus habitantes hace saber:

Que el Honorable Congreso del Estado, ha tenido a bien expedir el siguiente Decreto:

Al margen un sello que dice:- “Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de Tamaulipas.- Poder Legislativo.

LA SEXAGÉSIMA SEGUNDA LEGISLATURA DEL CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 58 FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL Y 119 DE LA LEY SOBRE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO INTERNOS DEL CONGRESO DEL ESTADO DE TAMAULIPAS, TIENE A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE:

D E C R E T O No. LXI I -213

MEDIANTE EL CUAL SE REFORMA EL PÁRRAFO 2 DEL ARTÍCULO 15 Y EL INCISO A) DEL APARTADO B DEL ARTÍCULO 17 DE LA LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS PARA EL ESTADO DE TAMAULIPAS.

ARTÍCULO ÚNICO. Se reforma el párrafo 2 del artículo 15 y el inciso a) del Apartado B del artículo 17, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas para el Estado de Tamaulipas, para quedar como sigue:

ARTÍCULO 15.- ...

El titular de la Auditoría, deberá permanecer en su cargo al término de su período, hasta que el Pleno del Congreso designe al nuevo titular. Si es removido o se ausenta del cargo, será suplido por el primer Auditor Especial.

El Auditor …

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Victoria, Tam., jueves 3 de abril de 2014 Periódico Oficial

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ARTÍCULO 17.- … Apartado A I.-… a).- al t).-… II.-… a) .- al k)… Apartado B

… a).- Formar parte de partido político alguno, participar en actos políticos y partidistas y hacer cualquier tipo de propaganda o promoción partidista o de candidatos en forma independiente a cargos de elección popular; b).- y c).- …

T R A N S I T O R I O ARTÍCULO ÚNICO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. SALÓN DE CONVENCIONES DEL PARQUE CULTURAL REYNOSA.- Reynosa, Tam., a 13 de marzo del año 2014.- DIPUTADA PRESIDENTA.- ANA MARÍA HERRERA GUEVARA.- Rúbrica.- DIPUTADA SECRETARIA.- IRMA LETICIA TORRES SILVA.- Rúbrica.- DIPUTADA SECRETARIA.- PATRICIA GUILLERMINA RIVERA VELÁZQUEZ.- Rúbrica.” Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en la residencia del Poder Ejecutivo, en Victoria, Capital del Estado de Tamaulipas, a los veinte días del mes de marzo del año dos mil catorce. ATENTAMENTE.- “SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN”.- EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO.- EGIDIO TORRE CANTÚ.- Rúbrica.- EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO.- HERMINIO GARZA PALACIOS.- Rúbrica. EGIDIO TORRE CANTÚ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, a sus habitantes hace saber: Que el Honorable Congreso del Estado, ha tenido a bien expedir el siguiente Decreto: Al margen un sello que dice:- “Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de Tamaulipas.- Poder Legislativo. LA SEXAGÉSIMA SEGUNDA LEGISLATURA DEL CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 58 FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL Y 119 DE LA LEY SOBRE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO INTERNOS DEL CONGRESO DEL ESTADO DE TAMAULIPAS, TIENE A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE:

D E C R E T O No. LXI I -215

MEDIANTE EL CUAL SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES PARA EL ESTADO DE TAMAULIPAS Y DE LAS LEYES PARA PREVENIR, COMBATIR Y SANCIONAR LA TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE TAMAULIPAS, DE JUSTICIA PARA ADOLESCENTES DEL ESTADO Y ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE TAMAULIPAS. ARTÍCULO PRIMERO. Se deroga el quinto párrafo del artículo 109, del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas, para quedar como sigue: ARTÍCULO 109.- Habrá… a) al c).-… El… La… Para… I a la XIII.-… Derogado.

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Periódico Oficial Victoria, Tam., jueves 3 de abril de 2014 Página 5

La… ARTÍCULO SEGUNDO. Se reforman la denominación del Capítulo II del Título Tercero, la denominación del Capítulo III del Título Cuarto, los artículos 1, 3, 4, 14 fracciones V y VI, 26; se adicionan los artículos 25 Bis, 25 Ter, 25 Quater, al Capítulo II del Título Tercero, 38 al Capítulo III del Título Cuarto; y se derogan el Capítulo II del Título Primero y los artículos 5 al 11, de la Ley para Prevenir, Combatir y Sancionar la Trata de Personas en el Estado de Tamaulipas, para quedar como siguen: ARTÍCULO 1.- La presente ley tiene por objeto la prevención, investigación, persecución y sanción de los delitos en materia de trata de personas, establecidos en la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, así como la protección, atención y asistencia a las víctimas, ofendidos y testigos del mismo, a fin de garantizar el respeto a la dignidad humana y el libre desarrollo de la personalidad de las víctimas. Esta ley se aplicará en el territorio del Estado de Tamaulipas y sus disposiciones son de orden público e interés social. ARTÍCULO 3.- Las autoridades estatales, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, serán competentes para conocer investigar, perseguir y sancionar los delitos en materia de trata de personas, con excepción de los supuestos previstos en la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, de competencia exclusiva de la Federación. ARTÍCULO 4.- En todo lo no previsto por esta ley, serán aplicables supletoriamente las disposiciones de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, del Código Penal y del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas.

CAPÍTULO II Derogado

ARTÍCULO 5.- Derogado. ARTÍCULO 6.- Derogado. ARTÍCULO 7.- Derogado. ARTÍCULO 8.- Derogado. ARTÍCULO 9.- Derogado. ARTÍCULO 10.- Derogado. ARTÍCULO 11.- Derogado. ARTÍCULO 14.- La Comisión estará integrada por los titulares de las siguientes dependencias y entidades: I a la IV.… V. Secretaría de Educación del Estado de Tamaulipas; VI. Secretaría de Desarrollo Económico y Turismo; VII. a la IX. … Por…

CAPÍTULO II DE LA PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS, OFENDIDOS Y TESTIGOS

ARTÍCULO 25 Bis.- Para los efectos de esta ley, se considera víctima al titular del bien jurídico lesionado o puesto en peligro por la acción u omisión por los delitos previstos en la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos. Lo anterior con independencia de que se identifique, aprehenda, sujete a procesos o condene al autor, coautor o partícipe del delito y con independencia de la relación familiar entre éste y la víctima u ofendido. Los ofendidos gozarán de los mismos derechos reconocidos a la víctima. ARTÍCULO 25 Ter.- Tendrán la calidad de ofendido, los familiares de la víctima hasta en cuarto grado, dependientes económicos, así como a cualquier otra persona que tenga una relación de hecho o convivencia afectiva con la víctima y que sufran, hayan sufrido o se encuentren en situación de riesgo de sufrir algún daño o perjuicio por motivos o a consecuencia de la comisión del delito. Entre los que se encuentran: I. Hijos o hijas de la víctima;

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II. El cónyuge, concubina o concubinario; III. El heredero declarado judicialmente en los delitos cuyo resultado sea la muerte de la víctima u ofendido; IV. La persona que hubiere vivido de forma permanente con la víctima durante por lo menos dos años anteriores al hecho; y V. La persona que haya sufrido daños al intervenir para asistir a la víctima en peligro o para prevenir la victimización. ARTÍCULO 25 Quater.- Tendrá la calidad de testigo toda persona que de forma directa o indirecta, a través de sus sentidos tiene conocimiento de los hechos que se investigan, por lo que puede aportar información para su esclarecimiento, independientemente de su situación legal. ARTÍCULO 26.- Las autoridades estatales realizarán las acciones necesarias para identificar a las víctimas, ofendidos y testigos del delito de trata de personas, y adoptarán las siguientes medidas de atención y protección: I. Proporcionarán orientación jurídica, asistencia social, educativa y laboral a las víctimas del delito de trata de personas. En el caso de que las víctimas pertenezcan a alguna etnia o comunidad indígena o hablen un dialecto o idioma diferente al castellano se designará a un traductor, quien le asistirá en todo momento: II. Garantizarán asistencia material, médica y psicológica, en todo momento a las víctimas del delito, la cual según sea el caso, deberá ser en su lengua o idioma; III. Fomentarán oportunidades de empleo, educación y capacitación para el trabajo a las víctimas del delito; IV. Desarrollarán y ejecutarán planes y programas de asistencia, incluyendo la construcción de albergues específicamente creados para las víctimas de trata de personas, donde se les brinden las condiciones para garantizar el respeto a sus derechos fundamentales, así como alojamiento por el tiempo necesario, asistencia médica y psicológica, alimentación y cuidados, atendiendo a las necesidades particulares de las víctimas; V. Asegurarán que la estancia en los albergues o en cualquier otra instalación sea de carácter voluntario, y que la víctima pueda salir del lugar si así lo desea; VI. Garantizarán que la víctima pueda razonablemente comunicarse en todo momento con cualquier persona; VII. Brindarán orientación jurídica migratoria a las víctimas del delito que así lo requieran, facilitarán la comunicación con su representante consular y, en su caso, cooperarán en la repatriación de la víctima, otorgándole plena seguridad de sus derechos fundamentales; VIII. Garantizarán que bajo ninguna circunstancia se albergará a las víctimas en centros preventivos o penitenciarios, ni en lugares habilitados para tal efecto; IX. Proporcionarán protección, seguridad y salvaguarda de su integridad y la de sus familiares ante amenazas, agresiones, intimidaciones o venganzas de los responsables del delito o de quienes estén ligados con ellos; X. Proporcionarán asesoría jurídica respecto de los derechos y procedimientos legales a seguir; asimismo, brindarán asistencia jurídica durante todo el proceso legal, en especial para exigir la reparación del daño sufrido; y XI. Las demás que se establezcan en la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos y en la Ley de Protección a las Víctimas de los Delitos para el Estado de Tamaulipas.

CAPÍTULO III DE LOS RECURSOS Y EL FONDO

ARTÍCULO 38.- El Gobierno del Estado establecerá un Fondo para la Protección y Asistencia a las Víctimas de los delitos previstos en la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos. El Fondo previsto en el presente artículo se integrará de la siguiente manera: I. Recursos previstos para dicho fin en el presupuesto de egresos, del Estado; II. Recursos obtenidos por la enajenación de bienes decomisados en procesos penales que correspondan a los delitos materia de trata de personas; III. Recursos adicionales obtenido por los bienes que causen abandono; IV. Recursos producto de los bienes que hayan sido objeto de extinción de dominio y estén relacionados con la comisión de los delitos materia de trata de personas; V. Recursos provenientes de las fianzas o garantías que se hagan efectivas cuando los procesados incumplan con las obligaciones impuestas por la autoridad judicial;

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VI. Recursos que se produzcan por la administración de valores o los depósitos en dinero de los recursos derivados del propio Fondo, distintos a los que se refiere la fracción anterior; y VII. Las donaciones o aportaciones hechas a su favor por terceros. El Fondo para la Protección y Asistencia a las Víctimas de los delitos previstos en la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, será administrado por el Instituto de Atención a las Víctimas de los Delitos de la Secretaría General de Gobierno, siguiendo criterios de transparencia, oportunidad, eficiencia y racionalidad, el cual determinará los criterios de asignación de recursos. Los recursos que integren el Fondo, serán fiscalizados por la Auditoría Superior del Estado. Los recursos del Fondo, podrán utilizarse para el pago de la reparación del daño a la víctima, en los términos de las legislaciones Federal y local en materia de extinción de dominio, en caso de que los recursos del sentenciado sean insuficientes para cubrir el monto determinado por el juzgador. ARTÍCULO TERCERO. Se reforman los artículos 1 párrafo 1, 2 párrafo 1, 6 y 141 párrafo 1 de la Ley de Justicia para Adolescentes del Estado, para quedar como siguen: Artículo 1. 1. Esta ley se aplica a todo adolescente a quien se le atribuya la realización de una conducta tipificada como delito en las leyes penales estatales, generales y federales, éstas últimas en lo que respecta a las materias concurrentes. 2. al 4.-… Artículo 2. 1. Todo adolescente a quien se atribuya la realización de una conducta tipificada como delito en las leyes penales estatales, generales y federales, éstas últimas en lo que respecta a las materias concurrentes, será sujeto al régimen especial previsto por esta ley. En ningún caso podrá ser juzgado como adulto, ni se le aplicarán las sanciones previstas por las leyes penales para los adultos. 2. Los… Artículo 6. La interpretación y aplicación de las disposiciones contenidas en esta ley se hará en armonía con sus principios rectores, en la forma que mejor se garanticen los derechos fundamentales y específicos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado, los Tratados Internacionales de los cuales sea parte el Estado Mexicano, la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos y las leyes estatales aplicables. Artículo 141. 1. El internamiento en un Centro de Reintegración Social y Familiar para Adolescentes podrá ser aplicado únicamente en las conductas tipificadas como delito de secuestro y trata de personas establecidos en la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro y en la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, respectivamente; y en los casos de los delitos graves siguientes: I y II.… 2 y 3.... ARTÍCULO CUARTO. Se reforman los numerales 11 y 12 de la fracción II del artículo 7º y las fracciones XI y XII del apartado A) del artículo 12; y se adicionan la fracción XIII del artículo 12 y los artículos 20 Ter y 22 Bis, de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Tamaulipas, para quedar como siguen: ARTÍCULO 7°.- Al… I. La… A) y B)… II. Atender… 1. al 10… 11. Promover la reserva de identidad y otros datos personales de la víctima y el ofendido, cuando sean menores de edad; se trate de delitos de violación, secuestro, trata de personas o delincuencia organizada; y en los demás casos que se considere necesario para su protección;

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12. Informar a la víctima o al ofendido menor de edad que no está obligado a carearse con el inculpado cuando se trate de delitos de violación, secuestro o trata de personas; 13. al 22… III. a la IX.… ARTÍCULO 12.- El… A). Con… I a la X.… Xl. Unidad Especializada en la Investigación y Persecución del Secuestro; XII. Unidad Especializada en la Investigación y Persecución de los Delitos en Materia de Trata de Personas; y XIII. Agentes del Ministerio Público. B) y C).… Los… El… El… Asimismo… Los… ARTÍCULO 20 Ter.- La Unidad Especializada en la Investigación y Persecución de los Delitos en Materia de Trata de Personas, será una unidad administrativa dependiente directamente del Procurador, estará integrada con personal especializado y deberá contar, al menos, con Ministerios Públicos, Peritos, Policías Investigadores y Ministeriales, así como con los recursos humanos, financieros y materiales necesarios para su efectiva operación. Para ser integrante de la Unidad Especializada en la Investigación y Persecución de los Delitos en Materia de Trata de Personas, deberán reunir los requisitos establecidos en la presente ley. ARTÍCULO 22 Bis.- Los integrantes de la Unidad Especializada en la Investigación y Persecución de los Delitos en Materia de Trata de Personas tendrán las facultades y obligaciones previstas para los Ministerios Públicos, Peritos, Policías Investigadores y Ministeriales, previstos en la presente Ley, además de las establecidas en la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos y demás legislación aplicable.

T R A N S I T O R I O S

ARTÍCULO PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. ARTÍCULO SEGUNDO. Las disposiciones relativas a los delitos de trata de personas previstas en la Ley para Prevenir, Combatir y Sancionar la Trata de Personas en el Estado de Tamaulipas y en el Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas vigentes hasta la entrada en vigor del Decreto mediante el cual se expide la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, seguirán aplicándose por los hechos realizados durante su vigencia. Asimismo, dichos preceptos seguirán aplicándose a las personas procesadas o sentenciadas por los delitos previstos y sancionados por los mismos artículos. ARTÍCULO TERCERO. Se derogan todas aquellas disposiciones legales que se opongan al presente Decreto. SALÓN DE SESIONES DEL H. CONGRESO DEL ESTADO.- Cd. Victoria, Tam., a 19 de marzo del año 2014.- DIPUTADA PRESIDENTA.- ANA MARÍA HERRERA GUEVARA.- Rúbrica.- DIPUTADA SECRETARIA.- IRMA LETICIA TORRES SILVA.- Rúbrica.- DIPUTADA SECRETARIA.- PATRICIA GUILLERMINA RIVERA VELÁZQUEZ.- Rúbrica.” Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en la residencia del Poder Ejecutivo, en Victoria, Capital del Estado de Tamaulipas, a los veinte días del mes de marzo del año dos mil catorce. ATENTAMENTE.- “SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN”.- EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO.- EGIDIO TORRE CANTÚ.- Rúbrica.- EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO.- HERMINIO GARZA PALACIOS.- Rúbrica.

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Periódico Oficial Victoria, Tam., jueves 3 de abril de 2014 Página 9

EGIDIO TORRE CANTÚ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, a sus habitantes hace saber:

Que el Honorable Congreso del Estado, ha tenido a bien expedir el siguiente Decreto:

Al margen un sello que dice:- “Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de Tamaulipas.- Poder Legislativo.

LA SEXAGÉSIMA SEGUNDA LEGISLATURA DEL CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 58 FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL Y 119 DE LA LEY SOBRE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO INTERNOS DEL CONGRESO DEL ESTADO DE TAMAULIPAS, TIENE A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE:

D E C R E T O No. LXI I -216

MEDIANTE EL CUAL SE REFORMA EL PÁRRAFO 2 DEL ARTÍCULO 34 DE LA LEY PARA EL DESARROLLO FAMILIAR DEL ESTADO DE TAMAULIPAS; SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 3 FRACCIÓN IV, 4 FRACCIÓN IV Y 17 DE LA LEY DE PROTECCIÓN A LOS ANIMALES PARA EL ESTADO DE TAMAULIPAS; SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 6 FRACCIÓN V Y 8 FRACCIÓN VII DE LA LEY DE FOMENTO A LA CULTURA PARA EL ESTADO DE TAMAULIPAS; SE REFORMAN LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 14 Y EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 48 DE LA LEY SOBRE EL SISTEMA ESTATAL DE ASISTENCIA SOCIAL; SE REFORMA EL PÁRRAFO PRIMERO DEL ARTÍCULO 29 DE LA LEY DE EDUCACIÓN PARA EL ESTADO DE TAMAULIPAS; SE REFORMA EL ARTÍCULO 74 DE LA LEY DE TRANSPORTE DEL ESTADO DE TAMAULIPAS; SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 1 PÁRRAFO 3 Y 12 PÁRRAFO 3 DE LA LEY PARA EL DESARROLLO FAMILIAR DEL ESTADO DE TAMAULIPAS; SE REFORMA EL ARTÍCULO 5o FRACCIÓN VIII DE LA LEY DE DESARROLLO SOCIAL PARA EL ESTADO DE TAMAULIPAS; SE REFORMA EL PÁRRAFO 1 DEL ARTÍCULO 3 DE LA LEY PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA DISCRIMINACIÓN EN EL ESTADO DE TAMAULIPAS; SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 4º. FRACCIÓN XV PÁRRAFO PRIMERO, 7º. FRACCIÓN XIII Y 20 PÁRRAFO PRIMERO, FRACCIÓN I, LOS INCISOS A) Y B) DE LA FRACCIÓN II Y EL ÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LEY PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO, COMPETITIVIDAD E INNOVACIÓN DEL ESTADO DE TAMAULIPAS; SE REFORMA LA FRACCIÓN X DEL ARTÍCULO 52 BIS DE LA LEY PARA EL DESARROLLO URBANO DEL ESTADO DE TAMAULIPAS; SE REFORMA LA FRACCIÓN VI DEL ARTÍCULO 5 DE LA LEY DE FOMENTO A LAS ACTIVIDADES DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL EN EL ESTADO DE TAMAULIPAS.

ARTÍCULO PRIMERO.- Se reforma el párrafo 2 del artículo 34 de la Ley para el Desarrollo Familiar del Estado de Tamaulipas, para quedar como sigue:

ARTÍCULO 34.

1....

2. Si el hijo padeciere algún tipo de discapacidad, los padres deberán procurarle su rehabilitación y educación especial, en su caso; y, deberán velar siempre por su bien, aún cuando hubiere alcanzado la mayoría de edad, si la discapacidad le impidiere valerse por sí mismo.

3.…

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se reforman los artículos 3 fracción IV, 4 fracción IV y 17 de la Ley de Protección a los Animales para el Estado de Tamaulipas, para quedar como siguen:

ARTÍCULO 3.- Son…

I. a III. …

IV. Los animales complementarios o que son utilizados como guías, de utilidad para las actividades con personas con alguna discapacidad;

V. a XVII. …

ARTÍCULO 4.- Para…

I. a III. …

IV. Animal guía: Los animales complementarios o que son utilizados para o en apoyos terapéuticos o adiestrados para ayudar al desarrollo de las personas con alguna discapacidad;

V. a XXIII. …

ARTÍCULO 17.- Los animales que asistan a personas con discapacidad, tienen libre acceso a todos los lugares y servicios públicos.

ARTÍCULO TERCERO.- Se reforman los artículos 6 fracción V y 8 fracción VII, de la Ley de Fomento a la Cultura para el Estado de Tamaulipas, para quedar como siguen:

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ARTÍCULO 6. Las… I. a IV. … V. Programar actividades culturales y artísticas entre las personas adultas mayores y personas con discapacidad; y VI. … ARTÍCULO 8. El Ejecutivo… I. a VI. … VII. Formular programas de fomento a la cultura y las artes entre personas adultas mayores y personas con discapacidad; VIII. y IX. … ARTÍCULO CUARTO.- Se reforman la fracción II del artículo 14 y el segundo párrafo del artículo 48 de la Ley sobre el Sistema Estatal de Asistencia Social, para quedar como siguen: ARTÍCULO 14.- Para los… I.-… II.- Atender a personas que, por sus carencias socioeconómicas, por discapacidad se vean impedidas para satisfacer sus requerimientos básicos de subsistencia y desarrollo; III.- a XXIV.-… ARTÍCULO 48.- El Gobierno… El Gobierno del Estado y el Organismo pondrán especial atención en la promoción de acciones de la comunidad en beneficio de menores en estado de abandono o con discapacidad. ARTÍCULO QUINTO.- Se reforma el párrafo primero del artículo 29 de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas, para quedar como sigue: ARTÍCULO 29.- La educación especial está destinada a personas con discapacidades transitorias o definitivas, así como a aquellos con aptitudes sobresalientes. Procurará atender al educando de manera adecuada a sus propias condiciones, con todo respeto a sus derechos y reconociendo su potencial, con equidad social incluyente y con perspectiva de género e igualdad de oportunidades educativas, sociales y laborales. Tratándose… Esta… Para… Las… ARTÍCULO SEXTO.- Se reforma el artículo 74 de la Ley de Transporte del Estado de Tamaulipas, para quedar como sigue: ARTÍCULO 74.- Previa aprobación de la Dependencia Estatal, los prestadores del servicio de pasajeros deberán de introducir en los vehículos con los que presten el servicio las adaptaciones necesarias para facilitar el ascenso y descenso de personas con alguna discapacidad o destinar unidades especiales para ese fin. ARTÍCULO SÉPTIMO.- Se reforman los artículos 1 párrafo 3 y 12 párrafo 3 de la Ley para el Desarrollo Familiar del Estado de Tamaulipas, para quedar como siguen: ARTÍCULO 1. 1. y 2. … 3. Las normas del derecho de familia que esta ley establece son de carácter social, tendentes a satisfacer las necesidades de subsistencia, defensa y desarrollo de los integrantes de la familia; y tutelares substancialmente de los derechos de la mujer, los menores, los adultos mayores, jubilados y ancianos, así como de todo miembro de la familia con alguna discapacidad. 4.… ARTÍCULO 12. 1. y 2. …

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3. Los menores gozarán de los derechos enunciados en este régimen, sin distinción de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias o cualquier otra que atente contra la dignidad humana. Tampoco se les discriminará por razón de la condición familiar, social, cultural, económica, política, de salud, religiosa o cualquier otra que atente contra la dignidad humana de sus padres, de sus tutores o personas responsables de ellos ante la ley. ARTÍCULO OCTAVO.- Se reforma el artículo 5º fracción VIII de la Ley de Desarrollo Social para el Estado de Tamaulipas, para quedar como sigue: ARTICULO 5°.- Son… I.- a VII.-… VIII.- Respeto a la diversidad: Reconocimiento en términos de origen étnico, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, las opiniones, preferencias, estado civil o cualquiera otra, para superar toda condición de discriminación y promover un desarrollo con igualdad y respeto a las diferencias; y IX.-… ARTÍCULO NOVENO.- Se reforma el artículo 3 párrafo 1 de la Ley para Prevenir y Erradicar la Discriminación en el Estado de Tamaulipas, para quedar como sigue: Artículo 3. 1. Queda prohibida toda discriminación motivada por el origen étnico, nacional o regional, el género, la edad, discapacidad, la condición social o económica, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil, el trabajo desempeñado, las costumbres, la raza, las ideologías o creencias, o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas. 2. Toda… ARTÍCULO DÉCIMO.- Se reforman los artículos 4o fracción XV párrafo primero, 7º. fracción XIII y 20 párrafos primero, fracción I, los incisos a) y b) de la fracción II y el último párrafo de la Ley para el Desarrollo Económico, Competitividad e Innovación del Estado de Tamaulipas, para quedar como siguen: ARTÍCULO 4o. Para… I. a XIV. … XV. Alentar acciones para incorporar a las actividades productivas a las personas con discapacidad y a los adultos mayores; Así mismo… XVI. a XXIV. … En… ARTÍCULO 7o. Las… I. a XII. … XIII. Proponer la entrega de reconocimientos a empresas tamaulipecas que contribuyan al desarrollo y la innovación científica y tecnológica; realicen acciones a favor del desarrollo sustentable y para mejorar el medio ambiente; desarrollen procedimientos para incrementar la competitividad y productividad del recurso humano; incorporen adultos mayores y personas con alguna discapacidad a su planta laboral, y participen activamente en el comercio exterior. ARTÍCULO 20. Las empresas de nueva creación o las ya establecidas que a partir de la entrada de vigor de esta ley, contraten personas de 60 años de edad o más, o con alguna discapacidad, podrán solicitar el beneficio de los estímulos fiscales siguientes: I. Bonificación integral del impuesto sobre nóminas correspondiente a las erogaciones efectuadas a personas de 60 años de edad o más, o con alguna discapacidad. II. Adicionalmente,… a) 25% de subsidio al impuesto sobre nóminas a su cargo, cuando ocupen 10% o más de su planta de trabajadores con personas mayores o con alguna discapacidad; o, b) 50% de subsidio al impuesto sobre nóminas a su cargo, cuando ocupen 20% o más de su planta de trabajadores con personas mayores o con alguna discapacidad. Para tener derecho a estos estímulos, los contribuyentes deberán solicitar al Consejo, mediante la presentación de las declaraciones del impuesto sobre nóminas, el número de personas mayores o con alguna discapacidad que trabajen en la empresa y su remuneración. El Consejo resolverá si propone al Ejecutivo el otorgamiento de los estímulos fiscales solicitados.

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ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO.- Se reforma la fracción X del artículo 52 Bis de la Ley para el Desarrollo Urbano del Estado de Tamaulipas, para quedar como sigue: ARTÍCULO 52 Bis. Quienes… I.- a IX.-… X.- Las obras y previsiones necesarias para facilitar el acceso, circulación y uso de espacios e instalaciones a las personas con discapacidad; XI.- a XIII. … ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO.- Se reforma la fracción VI del artículo 5 de la Ley de Fomento a las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil en el Estado de Tamaulipas, para quedar como sigue: Artículo 5. Para… I.- a V.-… VI. Aportación de servicios para la atención a grupos sociales con alguna discapacidad; VII.- a XVII.- …

T R A N S I T O R I O

ARTÍCULO ÚNICO. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. SALÓN DE SESIONES DEL H. CONGRESO DEL ESTADO.- Cd. Victoria, Tam., a 19 de marzo del año 2014.- DIPUTADA PRESIDENTA.- ANA MARÍA HERRERA GUEVARA.- Rúbrica.- DIPUTADA SECRETARIA.- IRMA LETICIA TORRES SILVA.- Rúbrica.- DIPUTADA SECRETARIA.- PATRICIA GUILLERMINA RIVERA VELÁZQUEZ.- Rúbrica.” Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en la residencia del Poder Ejecutivo, en Victoria, Capital del Estado de Tamaulipas, a los veinte días del mes de marzo del año dos mil catorce. ATENTAMENTE.- “SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN”.- EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO.- EGIDIO TORRE CANTÚ.- Rúbrica.- EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO.- HERMINIO GARZA PALACIOS.- Rúbrica. EGIDIO TORRE CANTÚ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, a sus habitantes hace saber: Que el Honorable Congreso del Estado, ha tenido a bien expedir el siguiente Decreto: Al margen un sello que dice:- “Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de Tamaulipas.- Poder Legislativo. LA SEXAGÉSIMA SEGUNDA LEGISLATURA DEL CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 58 FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL Y 119 DE LA LEY SOBRE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO INTERNOS DEL CONGRESO DEL ESTADO DE TAMAULIPAS, TIENE A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE:

D E C R E T O No. LXI I -217

MEDIANTE EL CUAL SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 46 PÁRRAFO PRIMERO; 46 BIS PÁRRAFO PRIMERO; 108 ÚLTIMO PÁRRAFO DE LA FRACCIÓN I, SEGUNDO PÁRRAFO DE LA FRACCIÓN II, INCISO A) DE LA FRACCIÓN IV, INCISO D) DE LA FRACCIÓN V, 212 FRACCIÓN V, TODOS DEL CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO DE TAMAULIPAS; LOS ARTÍCULOS 5, FRACCIÓN XIII Y 32 DE LA LEY DE EJECUCIÓN DE SANCIONES PRIVATIVAS Y RESTRICTIVAS DE LA LIBERTAD DEL ESTADO DE TAMAULIPAS; LA FRACCIÓN XII DEL ARTÍCULO 53 DE LA LEY DE INTEGRACIÓN SOCIAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD; LA FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 9 Y EL INCISO B) DE LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 13 DE LA LEY DE PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR; EL PÁRRAFO 4 DEL ARTÍCULO 16 DE LA LEY DE PROTECCIÓN A LAS VÍCTIMAS DE LOS DELITOS PARA EL ESTADO DE TAMAULIPAS; LOS ARTÍCULOS 44 Y 96 FRACCIÓN III DE LA LEY DE SALUD PARA EL ESTADO DE TAMAULIPAS; LA FRACCIÓN XXIII DEL ARTÍCULO 35 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE TAMAULIPAS; LOS ARTÍCULOS 22 Y 119 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO; EL ARTÍCULO 62 FRACCIÓN II DE LA LEY REGLAMENTARIA PARA ESTABLECIMIENTOS DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS; EL ARTÍCULO 35 PÁRRAFO 2, INCISO B), DE LA LEY SOBRE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO INTERNOS DEL CONGRESO DEL ESTADO DE TAMAULIPAS.

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ARTÍCULO PRIMERO.- Se reforman los artículos 46 párrafo primero; 46 BIS párrafo primero; 108 último párrafo de la fracción I, segundo párrafo de la fracción II, inciso a) de la fracción IV, inciso d) de la fracción V, 212 fracción V, todos del Código Penal para el Estado de Tamaulipas, para quedar como siguen: ARTÍCULO 46.- La pena de prisión consiste en la privación de la libertad corporal del sentenciado, desde tres días hasta cincuenta años. Esta pena se cumplirá y se entiende impuesta bajo la normatividad y con las modalidades que, para su aplicación, se establecen en este Código y en la Ley de Ejecución de Sanciones Privativas y Restrictivas de la Libertad del Estado de Tamaulipas, con la finalidad de ejercer sobre el condenado una acción que lo conduzca hacia la reinserción social. En toda ... ARTÍCULO 46 BIS.- Las penas sustitutivas de prisión tienen por objeto la aplicación de medidas temporales privativas y restrictivas de la libertad, laborales, educativas y curativas autorizadas por la Ley, conducentes a la reinserción social del condenado, bajo la orientación y cuidado de la autoridad ejecutora, y son las siguientes: I.- a la III.- … La … ARTÍCULO 108.- La pena … I.- Cuando … a).- al d).- ….. El Juez, al decretar la sustitución, forzosamente impondrá todas las penas, medidas de seguridad y actividades obligadas antes referidas al beneficiado y que resulten adecuadas a su reinserción. Sólo en casos justificados se podrá hacer excepción de las actividades que se mencionan en el inciso d) anterior. II.- Cuando … a).- al c).-…… El Juez, al decretar la sustitución, forzosamente impondrá todas las penas, medidas de seguridad y actividades obligadas antes referidas al beneficiado y que resulten adecuadas a su reinserción. Sólo en casos justificados se podrá hacer excepción de las actividades que se mencionan en el inciso c) anterior. Para … III.- … IV.- Las penas … a).- Recibir educación básica, entendiendo por ésta, la primaria, secundaria y educación media superior obligatorias para quienes no la tuvieren terminada; b).- y c).- … Estas … V.- Para … a).- al c).- … Si la … Si el … d).- La pena de prisión no se estime como más adecuada que el sustitutivo. El sustitutivo se estimará como más adecuado que la pena de prisión, salvo que en atención a las circunstancias personales del sentenciado y a su comportamiento previo o en relación al proceso, se desprendan motivos razonables por los que el órgano jurisdiccional considere preferible la de prisión, para cumplir los fines de reinserción social; y e).- … VI.- a la VIII.- … a).- al c).- … La víctima… Asimismo, … Para la … Si se … En caso …

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ARTÍCULO 212.- Al ...

Iguales …

Comete …

I.- a la IV.- …

V.- Estando encargado de cualquier Centro de Ejecución de Sanciones de instituciones de reinserción social o de custodia y rehabilitación de menores (Centro de Reintegración Social y Familiar para Adolescentes) y de reclusorios preventivos o administrativos, sin los requisitos legales reciba como presa, detenida, arrestada o interna a una persona o le mantenga privada de su libertad, sin dar parte del hecho a la autoridad correspondiente, niegue que esté detenida si lo estuviere o no cumpla la orden de libertad girada por la autoridad competente;

VI.- a la XIII.- …

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se reforman los artículos 5, fracción XIII y 32 de la Ley de Ejecución de Sanciones Privativas y Restrictivas de la Libertad del Estado de Tamaulipas, para quedar como siguen:

ARTÍCULO 5.

Son…

I. a la XII. …

XIII. Promover programas integrales de educación, trabajo, capacitación para el mismo, salud, desarrollo humano, mediación y actividades culturales, deportivas y de recreación, que propicien la reinserción social de los internos;

XIV. a la XXIX. …

ARTÍCULO 32. El Director del Centro tendrá a su cargo el establecimiento. Al efecto, ajustará su actuación a los términos de la ley y del reglamento, y cuidará primordialmente la efectiva aplicación del sistema de reinserción social; la observancia del régimen interno; el funcionamiento y administración del Centro; la seguridad del establecimiento; y la ejecución de las medidas y órdenes que se acuerden por la Subsecretaría.

ARTÍCULO TERCERO.- Se reforma la fracción XII del artículo 53 de la Ley de Integración Social de Personas con Discapacidad, para quedar como sigue:

ARTÍCULO 53.- Los …

I. a la XI. …

XII.- Centros de Ejecución de Sanciones.

ARTÍCULO CUARTO.- Se reforman la fracción IV del artículo 9 y el inciso b) de la fracción II del artículo 13 de la Ley de Prevención de la Violencia Familiar del Estado de Tamaulipas, para quedar como siguen:

Artículo 9.

Además …

I. a la III. …

IV. Establecer en los programas de reinserción social, talleres terapéutico-educativos encaminados a erradicar la violencia familiar.

Artículo 13.

Además …

I. …

II. Acordar…

a) …

b) Ordenar la asistencia obligatoria a instituciones oficiales que ejecuten los programas terapéutico-educativos para su reinserción;

c) al i) …

ARTÍCULO QUINTO.- Se reforma el párrafo 4 del artículo 16 de la Ley de Protección a las Víctimas de los Delitos para el Estado de Tamaulipas, para quedar como sigue:

ARTÍCULO 16.

1. al 3. …

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Periódico Oficial Victoria, Tam., jueves 3 de abril de 2014 Página 15

4. La Secretaría de Seguridad Pública dispondrá del personal que custodie a las víctimas o a los ofendidos del delito y sus familiares, cuando así lo solicite el Instituto de Atención a las Víctimas de los Delitos u otra instancia competente de la Procuraduría General de Justicia. Asimismo, se ocupará de todo aquello que corresponda en cuanto a la prevención y reinserción social procedente. ARTÍCULO SEXTO.- Se reforman los artículos 44 y 96 fracción III de la Ley de Salud para el Estado de Tamaulipas, para quedar como siguen: ARTÍCULO 44.- Las autoridades sanitarias e instituciones de salud, conforme a las Normas Oficiales Mexicanas, promoverán servicios de salud mental a personas que se encuentren en los Centros de Ejecución de Sanciones y Centros de Reintegración Social y Familiar para Adolescentes. Para tal efecto se coordinarán con las autoridades competentes. ARTÍCULO 96.- … I.- y II.- … III.- El fomento de estilos de vida saludables, a través de actividades de orientación, cívicas, deportivas y culturales, que coadyuven en la lucha contra el alcoholismo, especialmente en zonas rurales y entre los grupos de población considerados de alto riesgo, particularmente los Centros de Ejecución de Sanciones y de rehabilitación contra adicciones. ARTÍCULO SÉPTIMO.- Se reforma la fracción XXIII del artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas, para quedar como sigue: ARTÍCULO 35. A la Secretaría … I. a la XXII. … XXIII. Implementar, dirigir y ejecutar los programas de reinserción social de los infractores de la ley penal y administrar los Centros de Ejecución de Sanciones del Estado; XXIV. a la XXXI. … ARTÍCULO OCTAVO.- Se reforman los artículos 22 y 119 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, para quedar como siguen: ARTÍCULO 22.- El Presidente asumirá la representación del Poder Judicial del Estado y tendrá las atribuciones y obligaciones que le confieran esta ley y los demás ordenamientos legales aplicables. Su función será velar porque la administración de justicia sea pronta, completa e imparcial en todos los tribunales del Estado, en cuya virtud se encuentra facultado para establecer una vigilancia permanente y visitar personalmente o mandar visitar los Juzgados y Centros de Ejecución de Sanciones de manera periódica, por lo menos 2 veces al año; dictando al efecto las providencias que considere oportunas. ARTÍCULO 119.- El Magistrado o Juez que practique la visita al Centro de Ejecución de Sanciones lo hará acompañado del Secretario, quien levantará en cada visita un acta detallada en la que hará constar la información que reciban, así como las quejas y reclamaciones que presenten los presos a su disposición o los adolescentes infractores a quienes se hubiere impuesto tratamiento privativo de la libertad, y las observaciones que hagan los jefes o directores de los reclusorios o de los Centros de Reintegración Social y Familiar para Adolescentes. ARTÍCULO NOVENO.- Se reforma el artículo 62 fracción II de la Ley Reglamentaria para Establecimientos de Bebidas Alcohólicas, para quedar como sigue: ARTÍCULO 62.- Se prohíbe .. I.- … II.- El interior de los planteles educativos de todo nivel académico, templos, cementerios, kermesses infantiles y en los Centros de Ejecución de Sanciones; III.- y IV.- … ARTÍCULO DÉCIMO.- Se reforma el artículo 35 párrafo 2, inciso b) de la Ley sobre la Organización y Funcionamiento Internos del Congreso del Estado de Tamaulipas, para quedar como sigue: ARTÍCULO 35. 1. Las Comisiones … 2. Las Comisiones … a) … b) Seguridad Pública, Prevención y Reinserción Social;

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c) al x) … 3. y 4. …

T R A N S I T O R I O

ARTÍCULO ÚNICO. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado, con excepción de las reformas efectuadas a la Ley sobre la Organización y Funcionamiento Internos del Congreso del Estado, las cuales surtirán efectos a partir de su aprobación. SALÓN DE SESIONES DEL H. CONGRESO DEL ESTADO.- Cd. Victoria, Tam., a 19 de marzo del año 2014.- DIPUTADA PRESIDENTA.- ANA MARÍA HERRERA GUEVARA.- Rúbrica.- DIPUTADA SECRETARIA.- IRMA LETICIA TORRES SILVA.- Rúbrica.- DIPUTADA SECRETARIA.- PATRICIA GUILLERMINA RIVERA VELÁZQUEZ.- Rúbrica.” Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en la residencia del Poder Ejecutivo, en Victoria, Capital del Estado de Tamaulipas, a los veinte días del mes de marzo del año dos mil catorce. ATENTAMENTE.- “SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN”.- EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO.- EGIDIO TORRE CANTÚ.- Rúbrica.- EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO.- HERMINIO GARZA PALACIOS.- Rúbrica. EGIDIO TORRE CANTÚ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, a sus habitantes hace saber: Que el Honorable Congreso del Estado, ha tenido a bien expedir el siguiente Decreto: Al margen un sello que dice:- “Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de Tamaulipas.- Poder Legislativo. LA SEXAGÉSIMA SEGUNDA LEGISLATURA DEL CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 58 FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL Y 119 DE LA LEY SOBRE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO INTERNOS DEL CONGRESO DEL ESTADO DE TAMAULIPAS, TIENE A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE:

D E C R E T O No. LXI I -219 MEDIANTE EL CUAL SE REFORMA EL ARTÍCULO TRANSITORIO SEXTO DEL DECRETO NO. LXII-208, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO EXTRAORDINARIO AL NÚMERO 3 DE FECHA 7 DE MARZO DEL 2014, DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO Y DE LA LEY DE EDUCACIÓN PARA EL ESTADO DE TAMAULIPAS. ARTÍCULO ÚNICO. Se reforma el artículo transitorio sexto del Decreto No. LXII-208, publicado en el Periódico Oficial del Estado extraordinario al número 3 de fecha 7 de marzo del 2014, para quedar como sigue: SEXTO. La Secretaría de Educación de Tamaulipas tendrá la facultad de nombrar las Comisiones Mixtas que sean necesarias para el cumplimiento del presente Decreto.

T R A N S I T O R I O ARTÍCULO ÚNICO. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. SALÓN DE SESIONES DEL H. CONGRESO DEL ESTADO.- Cd. Victoria, Tam., a 2 de abril del año 2014.- DIPUTADA PRESIDENTA.- AÍDA ZULEMA FLORES PEÑA.- Rúbrica.- DIPUTADA SECRETARIA.- IRMA LETICIA TORRES SILVA.- Rúbrica.- DIPUTADA SECRETARIA.- PATRICIA GUILLERMINA RIVERA VELÁZQUEZ.- Rúbrica.” Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en la residencia del Poder Ejecutivo, en Victoria, Capital del Estado de Tamaulipas, a los dos días del mes de abril del año dos mil catorce. ATENTAMENTE.- “SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN”.- EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO.- EGIDIO TORRE CANTÚ.- Rúbrica.- EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO.- HERMINIO GARZA PALACIOS.- Rúbrica.

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Periódico Oficial Victoria, Tam., jueves 3 de abril de 2014 Página 17

R. AYUNTAMIENTO 2013-2016 DE NUEVO LAREDO, TAMAULIPAS CONVOCATORIA PÚBLICA 2014-10

EN CUMPLIMIENTO CON LOS ARTÍCULOS 35 FRACCIÓN I, 36 PÁRRAFO PRIMERO, 37 Y 38 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS PARA EL ESTADO DE TAMAULIPAS, EL R. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL 2013-2016, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS, DESARROLLO URBANO Y MEDIO AMBIENTE, CONVOCA A LAS PERSONAS FÍSICAS Y MORALES A PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN DE LAS SIGUIENTES OBRAS, QUE SE LLEVARÁN A CABO EN LA CIUDAD DE NUEVO LAREDO, TAMAULIPAS. PROGRAMA: OBRA DIRECTA MUNICIPAL (OD-2014) ESPECIALIDAD: 400 (URBANIZACIÓN), 700 (EDIFICACIÓN)

CONCURSO DESCRIPCIÓN Y UBICACIÓN

VENTA DE BASES

VISITA A LA OBRA

JUNTA DE ACLARACIONES

RECEPCIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES

TÉCNICA Y ECONÓMICA

PLAZO DE

EJECUCIÓN

COSTO DE LAS BASES

CAPITAL MÍNIMO

LP-SOLVIAL-OD-58/14-

01615

SUMINISTRO Y APLICACIÓN DE PINTURA TERMOPLÁSTICO EN VIALIDADES Y PINTURA DE ESMALTE EN GUARNICIONES POR EL SEGUNDO ANILLO PERIFÉRICO DESDE RADIAL 3 Y LIBRAMIENTO AEROPUERTO HASTA LA CARRETERA A PIEDRAS NEGRAS

DEL 03 AL 16 DE ABRIL DEL

2014

09-ABRIL-2014 09:00 HORAS

10-ABRIL-2014 09:00 HORAS

22-ABRIL-2014 09:00 HORAS

45 DÍAS $2,500.00 $850,000.00

LP-IE-OD-59/14-01612

CONSTRUCCIÓN DE NAVE INDUSTRIAL PARA LÍNEA DE ENSAMBLE EN EL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE NUEVO LAREDO

DEL 03 AL 16 DE ABRIL DEL

2014

09-ABRIL-2014 09:30 HORAS

10-ABRIL-2014 09:30 HORAS

22-ABRIL-2014 09:30 HORAS

180 DÍAS $2,500.00 $400,000.00

LP-REPAV-OD-60/14-

01615

REPAVIMENTACIÓN ASFÁLTICA EN VARIOS CRUCEROS Y CALLES (BLVD. REA), DE LA COLONIA EL PROGRESO.

DEL 03 AL 16 DE ABRIL DEL

2014

09-ABRIL-2014 10:00 HORAS

10-ABRIL-2014 10:00 HORAS

22-ABRIL-2014 10:00 HORAS

90 DÍAS $2,500.00 $700,000.00

LP-PP-OD-61/14-01612

CONSTRUCCIÓN DE PLAZA PIES MOJADOS EN COLONIA FRANCISCO VILLA.

DEL 03 AL 16 DE ABRIL DEL

2014

09-ABRIL-2014 10:30 HORAS

10-ABRIL-2014 10:30 HORAS

22-ABRIL-2014 10:30 HORAS

60 DÍAS $2,500.00 $300,000.00

LP-PP-OD-62/14-01612

CONSTRUCCIÓN DE PLAZA PIES MOJADOS EN EL PARQUE VIVEROS.

DEL 03 AL 16 DE ABRIL DEL

2014

09-ABRIL-2014 11:00 HORAS

10-ABRIL-2014 11:00 HORAS

22-ABRIL-2014 11:00 HORAS

90 DÍAS $2,500.00 $700,000.00

LP-VIAL-OD-63/14-01615

CONSTRUCCIÓN DE VIALIDAD EN LA CALLE PROLONGACIÓN ANZURES, DE LA AVE. MONTERREY A LAGUNA MADRE, INCLUYE PUENTE VEHICULAR.

DEL 03 AL 16 DE ABRIL DEL

2014

09-ABRIL-2014 11:30 HORAS

10-ABRIL-2014 11:30 HORAS

22-ABRIL-2014 11:30 HORAS

120 DÍAS $2,500.00 $5,000,000.00

A: REQUISITOS PARA PARTICIPAR: LOS INTERESADOS DEBERÁN CONTAR CON LAS BASES DE LICITACIÓN QUE PODRÁN ADQUIRIR EN LA SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS, DESARROLLO URBANO Y MEDIO AMBIENTE, UBICADA EN ARTEAGA 3900, SECTOR ADUANA, (FRENTE A LA PLAZA 1º DE MAYO) EN NUEVO LAREDO, TAMAULIPAS, DEBIENDO PRESENTAR LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DIRIGIDO AL C. CARLOS G. DE ANDA HERNÁNDEZ, SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS, DESARROLLO URBANO Y MEDIO AMBIENTE LA PRESENTACIÓN DE ESTA SOLICITUD SE HARÁ EN HORAS HÁBILES DE 09:00 A 14:00 HORAS Y SERÁ ACOMPAÑADA DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS: 1.- ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS O ÚLTIMA DECLARACIÓN FISCAL ANUAL INMEDIATO ANTERIOR QUE DEMUESTRE EL CAPITAL CONTABLE REQUERIDO.

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Victoria, Tam., jueves 3 de abril de 2014 Periódico Oficial

Página 18

2.- TESTIMONIO DEL ACTA CONSTITUTIVA EN CASO DE PERSONAS MORALES O ALTA EN LA S.H.C.P. PARA PERSONAS FÍSICAS. 3.- RELACIÓN DE LOS CONTRATOS DE OBRAS EN VIGOR QUE TENGA CELEBRADOS CON LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y CON PARTICULARES, SEÑALANDO EL IMPORTE TOTAL CONTRATADO, ASÍ COMO EL MONTO POR EJERCER DESGLOSADO POR ANUALIDAD (AVANCE DE OBRAS). 4.- DOCUMENTACIÓN QUE COMPRUEBE SU CAPACIDAD TÉCNICA Y EXPERIENCIA EN TRABAJOS SIMILARES A LOS QUE SON MOTIVO DE ESTA LICITACIÓN. 5.- DECLARACIÓN ESCRITA Y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD DE NO ENCONTRARSE EN LOS SUPUESTOS DEL ARTÍCULO 59 DE LA LEY DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS PARA EL ESTADO DE TAMAULIPAS. 6.- LOS CONTRATISTAS YA INSCRITOS EN EL PADRÓN DE CONTRATISTA DEL R. AYUNTAMIENTO DE NUEVO LAREDO, DEBERÁN ACOMPAÑAR EL CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN. B: DISPOSICIONES GENERALES Y FALLO: 1.- LA PRESENTACIÓN Y APERTURA DE LAS PROPOSICIONES SE HARÁ EN LA SALA DE JUNTAS DE LA SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS, DESARROLLO URBANO Y MEDIO AMBIENTE, UBICADA EN ARTEAGA NO. 3900 ALTOS, SECTOR ADUANA, (FRENTE A LA PLAZA 1º DE MAYO) EN NUEVO LAREDO, TAMAULIPAS 2.- LAS OBRAS SE REALIZARÁN CON RECURSOS MUNICIPALES, PROVENIENTES DEL PROGRAMA OBRA DIRECTA MUNICIPAL (OD). 3.- FECHA DE INICIO ESTIMADA DE LOS TRABAJOS: 20 DE MAYO DEL 2014. 4.- SE OTORGARÁ UN 30% DE ANTICIPO PARA COMPRA DE MATERIALES Y PARA INICIO DE OBRA. 5.- SI UN SOLICITANTE PARTICIPA EN DOS O MAS LICITACIONES, YA SEA EN UNA O VARIAS ENTIDADES FEDERATIVAS CON LA MISMA PLANTILLA DE PERSONAL, MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN Y QUE DEBE TENER EN DISPONIBILIDAD SEGÚN LAS ESTIPULACIONES ANOTADAS ANTES DE LA PRIMERA ADJUDICACIÓN A SU FAVOR, AUTOMÁTICAMENTE QUEDARÁ DESCARTADO PARA CONTRATARSE EN EL RESTO DE LAS QUE SE HAYA INSCRITO. 6.- LA SECRETARÍA CON BASE EN EL ANÁLISIS COMPARATIVO DE LAS PROPOSICIONES ADMITIDAS, EMITIRÁ EL FALLO MEDIANTE EL CUAL, ADJUDICARÁ EL CONTRATO A LA PERSONA FÍSICA Y/O MORAL, QUE ENTRE LAS PROPONENTES REÚNA LAS CONDICIONES LEGALES, TÉCNICAS Y ECONÓMICAS REQUERIDAS QUE GARANTICE SATISFACTORIAMENTE EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y CUENTE CON LA EXPERIENCIA REQUERIDA Y DISPONIBILIDAD PARA LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS. SI UNA VEZ ANALIZADOS LOS CRITERIOS ANTERIORES, RESULTA QUE DOS O MAS PROPOSICIONES SATISFACEN LOS REQUERIMIENTOS DE LA DIRECCIÓN, EL CONTRATO SE ADJUDICARÁ A QUIEN DE ENTRE LOS PROPONENTES PRESENTE LA POSTURA SOLVENTE ECONÓMICA MAS BAJA (±15% DEL PRESUPUESTO BASE) DE ACUERDO AL ART. 44 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS PARA EL ESTADO DE TAMAULIPAS, PARA CUALQUIER INCONFORMIDAD RELACIONADA CON EL RESULTADO DEL FALLO, SOLO PROCEDERÁ EL RECURSO DE REVOCACIÓN QUE ESTABLECE EL ART. 96 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS PARA EL ESTADO DE TAMAULIPAS. 7.- LA INFORMACIÓN DE ESTA CONVOCATORIA PUEDE SER CONSULTADA EN LA PÁGINA WEB: www.nuevolaredo.gob.mx. 8.- PARA CUMPLIMIENTO Y PLENA VALIDEZ, EL SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO AUTORIZA CON SU FIRMA EL PRESENTE DOCUMENTO, CON FUNDAMENTO EN LO PREVISTO POR LA FRACCIÓN V DEL ARTÍCULO 68 DEL CÓDIGO MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE TAMAULIPAS. NUEVO LAREDO, TAMAULIPAS, A 03 DE ABRIL DEL 2014.- ATENTAMENTE.- “NUEVO LAREDO, SIEMPRE CON LA PATRIA”.- PRESIDENTE MUNICIPAL.- C. CARLOS E. CANTUROSAS VILLARREAL.- Rúbrica.- SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO.- LIC. ERNESTO FERRARA THERIOT.- Rúbrica.

R. AYUNTAMIENTO VICTORIA, TAM.

En Quinta Sesión Extraordinaria de Cabildo del día martes 10 de diciembre de 2013 se abrobó la Reforma a los Artículos 15 y 17 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Victoria, Tamaulipas. Acuerdo 01/10/12 – 2013: Se aprueba la reforma a los Artículos 15 y 17 del Reglamento Interior del Ayuntamiento, quedando de la siguiente manera: Primero: Se reforman los Artículos 15 y 17 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Victoria, los cuales deberán quedar redactados de la siguiente forma:

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Periódico Oficial Victoria, Tam., jueves 3 de abril de 2014 Página 19

Artículo 15.- Para informar del avance de Programas de la Administración y resolver los asuntos de interés común que les corresponde, el Ayuntamiento de Victoria celebrará dos Sesiones Ordinarias y cuando menos una Sesión Extraordinaria o Solemne al mes, a través de las cuales se podrán tomar decisiones, vía Acuerdos de Cabildo; sobre las Políticas Generales de Promoción al Desarrollo y Bienestar Social de la Población del Municipio. Artículo 17.- Son Ordinarias las Sesiones que en los términos del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas se celebren el primer y tercer martes de cada mes a las 10:00 horas en el Recinto Oficial para el efecto. Segundo: La Reforma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. ATENTAMENTE.- “SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN”.- EL PRESIDENTE MUNICIPAL DE VICTORIA, TAMAULIPAS.- LIC. ALEJANDRO ETIENNE LLANO.- Rúbrica.- SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO DE VICTORIA.- HLIC. RAFAEL RODRÍGUEZ SALAZAR.- Rúbrica.

Page 20: PERIÓDICO OFICIAL · 2018. 10. 11. · Victoria, Tam., jueves 3 de abril de 2014 Periódico Oficial Página 2 DECRETO No. LXII-217, mediante el cual se reforman los artículos 46

PERIÓDICO OFICIAL

ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS

Periódico Oficial del Estado

TAMAULIPAS

RESPONSABLE

SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO

Registro Postal publicación periódica PP28-0009

AUTORIZADO POR SEPOMEX

TOMO CXXXIX Victoria, Tam., jueves 3 de abril de 2014. Número 41

SUMARIO AVISOS JUDICIALES Y DE INTERÉS GENERAL

Pág. EDICTO 1498.- Expediente Número 845/2001, relativo al Juicio Hipotecario.

3

EDICTO 1499.- Expediente Número 1210/2008, deducido del Juicio Especial Hipotecario.

3

EDICTO 1500.- Expediente Número 00826/2007, relativo al Juicio Hipotecario.

3

EDICTO 1501.- Expediente Número 00238/2009, relativo al Juicio Sumario Hipotecario.

4

EDICTO 1502.- Expediente Número 00133/2014, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario.

4

EDICTO 1503.- Expediente Número 00083/2014, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario.

4

EDICTO 1504.- Expediente Número 210/2014; relativo al Juicio Sucesorio Testamentario.

4

EDICTO 1505.- Expediente Número 00116/2014, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario.

5

EDICTO 1506.- Expediente Número 00078/2014, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario.

5

EDICTO 1507.- Expediente Número 00211/2014, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario.

5

EDICTO 1508.- Expediente Número 00949/2013, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario.

5

EDICTO 1509.- Expediente Número 00069/2014; relativo al Juicio Sucesorio Testamentario.

5

EDICTO 1510.- Expediente Número 00099/2014, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario.

6

EDICTO 1511.- Expediente Número 00224/2014, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario.

6

EDICTO 1512.- Expediente Número 144/2014, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario.

6

EDICTO 1513.- Expediente Número 00059/2014, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario.

6

EDICTO 1514.- Expediente Número 00212/2014, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario.

6

EDICTO 1515.- Expediente Número 00069/2014, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario.

7

EDICTO 1516.- Expediente Número 00092/2014, relativo al Sucesión Testamentaria.

7

EDICTO 1517.- Expediente Número 0122/2014, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario.

7

EDICTO 1518.- Expediente Número 00234/2014, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario.

7

EDICTO 1519.- Expediente Número 01085/2013, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario.

7

Pág. EDICTO 1520.- Expediente Número 01779/2012, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario.

7

EDICTO 1521.- Expediente Número 00010/2014, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario.

8

EDICTO 1548.- Expediente Número 00111/2014, relativo a las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria Sobre Información Testimonial Ad-Perpetuam.

8

EDICTO 1658.- Expediente Número 158/2013, relativo al Juicio Hipotecario.

8

EDICTO 1659.- Expediente Número 00711/2013, relativo al Juicio Hipotecario.

8

EDICTO 1660.- Expediente Número 01154/2013, relativo al Juicio Hipotecario.

9

EDICTO 1661.- Expediente Número 01220/2012, relativo al Juicio Sumario Civil sobre Alimentos Definitivos.

9

EDICTO 1662.- Expediente Número 0140/2014, relativo al Juicio Ordinario Civil sobre Perdida de la Patria Potestad.

9

EDICTO 1663.- Expediente Número 00952/2013, relativo al Juicio Hipotecario.

10

EDICTO 1664.- Expediente Número 1159/2013, relativo al Juicio Hipotecario.

11

EDICTO 1665.- Expediente Número 00943/2013, relativo al Juicio Hipotecario.

11

EDICTO 1666.- Expediente Número 00946/2013, relativo al Juicio Hipotecario.

11

EDICTO 1667.- Expediente Número 01141/2013, relativo al Juicio Hipotecario.

11

EDICTO 1668.- Expediente Número 01160/2013 relativo al Juicio Hipotecario.

12

EDICTO 1669.- Expediente Número 00770/2012, relativo al Juicio Hipotecario.

12

EDICTO 1670.- Expediente Número 427/2013, relativo al Juicio Hipotecario.

13

EDICTO 1671.- Expediente Número 203/2013, relativo al Juicio Hipotecario.

14

EDICTO 1672.- Expediente Número 1153/2013, relativo al Juicio Hipotecario.

14

EDICTO 1673.- Expediente Número 01103/2013, relativo al Juicio Hipotecario.

15

EDICTO 1674.- Expediente Número 00264/2013, relativo al Juicio Ordinario Civil Sobre Divorcio Necesario.

15

CONTINÚA EN LA PÁGINA SIGUIENTE

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Victoria, Tam., jueves 3 de abril de 2014 Periódico Oficial

Página 2

Pág. EDICTO 1675.- Expediente Número 1199/2012, relativo al Juicio Ordinario Civil.

16

EDICTO 1676.- Expediente Número 00245/2010, relativo al Juicio Ordinario Civil.

16

EDICTO 1677.- Expediente Número 00901/2013, relativo al Juicio Hipotecario.

17

EDICTO 1678.- Expediente Número 00147/2014, relativo al Juicio Ordinario Civil Sobre Divorcio Necesario.

17

EDICTO 1679.- Expediente Número 00560/2013, relativo al Juicio Sumario Civil, Sobre Firma y Otorgamiento de Escritura.

18

EDICTO 1680.- Expediente Número 152/2012, relativo al Juicio Ordinario Civil Sobre Rescisión de Contrato.

18

EDICTO 1681.- Expediente Número 00589/2013, relativo al Divorcio Necesario.

18

EDICTO 1682.- Expediente Número 00025/2012, relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil.

19

EDICTO 1683.- Expediente Número 1137/2011, relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil.

19

EDICTO 1725.- Expediente Número 00045/2014, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario.

19

EDICTO 1726.- Expediente Número 00325/2014; relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario.

20

EDICTO 1727.- Expediente Número 00110/2014, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario.

20

EDICTO 1728.- Expediente Número 00088/2014, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario.

20

EDICTO 1729.- Expediente Número 00108/2014, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario.

20

EDICTO 1730.- Expediente Número 00235/2014, relativo al Juicio Sucesión Intestamentaria.

20

EDICTO 1731.- Expediente Número 00236/2014, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario.

20

EDICTO 1732.- Expediente Número 00254/2014, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario.

21

EDICTO 1733.- Expediente Número 01321/2013, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario.

21

EDICTO 1734.- Expediente Número 01130/2013, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario.

21

EDICTO 1735.- Expediente Número 00291/2014, relativo al Juicio Sucesión Intestamentaria.

21

EDICTO 1736.- Expediente Número 00216/2014, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario.

21

EDICTO 1737.- Expediente Número 00123/2013, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario.

22

EDICTO 1738.- Expediente Número 154/2014, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario.

22

EDICTO 1739.- Expediente Número 875/2013, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario.

22

EDICTO 1740.- Expediento Número 173/2014, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario.

22

EDICTO 1741.- Expediente Número 00266/2014, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario.

22

EDICTO 1742.- Expediente Número 00271/2014, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario.

23

EDICTO 1743.- Expediente Número 01252/2013, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario.

23

EDICTO 1744.- Expediente Número 00258/2014, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario.

23

EDICTO 1745.- Expediente Número 00203/2014, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario.

23

Pág. EDICTO 1746.- Expediente Número 00331/2014, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario.

23

EDICTO 1747.- Expediente Número 00463/2013, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario.

24

EDICTO 1748.- Expediente Número 00024/2014, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario.

24

EDICTO 1749.- Expediente Número 1361/2013; relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario.

24

EDICTO 1750.- Expediente Número 00181/2014, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario.

24

EDICTO 1751.- Expediente Número 00260/2014, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario.

24

EDICTO 1752.- Expediente Número 00200/2014, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario.

24

EDICTO 1753.- Expediente Número 00245/2014, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario.

25

EDICTO 1754.- Lista de Tarifas de FINSA Energéticos, S. de R.L. de C.V.

25

EDICTO 1755.- Expediente Número 315/2013, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario.

25

EDICTO 1756.- Aviso de Centro Cambiario Grupo Pérez Cerda, S.A. de C.V.

25

EDICTO 1757.- Expediente Número 239/2014, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario.

26

EDICTO 1758.- Expediente Número 99/2011, relativo al Juicio Hipotecario.

26

EDICTO 1759.- Expediente Número 1460/2010, relativo al Juicio Hipotecario.

26

EDICTO 1760.- Expediente Número 783/2011, relativo al Juicio Hipotecario.

26

EDICTO 1761.- Expediente Número 00341/2009, relativo al Juicio Hipotecario.

27

EDICTO 1762.- Expediente Número 01382/2010, relativo al Juicio Hipotecario.

27

EDICTO 1763.- Expediente Número 00935/1996, relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil.

27

EDICTO 1764.- Expediente Número 1060/210, relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil.

28

EDICTO 1765.- Expediente Número 632/2010, relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil.

28

EDICTO 1549.- Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de Laboratorios Oparin, Sociedad Anónima De Capital Variable.

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Periódico Oficial Victoria, Tam., jueves 3 de abril de 2014

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E D I C T O Juzgado Quinto de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

La Licenciada Teresa Olivia Blanco Alvizo, Juez Quinto de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial del Estado, con residencia en Altamira Tamaulipas en cumplimiento al auto de fecha veintiocho de febrero del dos mil catorce, dictado dentro del Expediente Número 845/2001 relativo al Juicio Hipotecario promovido por el Licenciado Mario Escobar Hernández apoderado de BANCA CREMI S.A., continuado por los Licenciados Amado Lince Campos y Marco Antonio Roel Martin del Campo apoderado de CONTROLADORA DE CARTERAS MEXICANAS ESPECIALES S. DE R.L. DE C.V. en contra de BLANCA ELIZABETH DÍAZ CASTILLO Y MAGDALENA CASTILLO PÉREZ, ordenó sacar a la venta en pública subasta y al mejor postor el siguientes bien inmueble:

Ubicado en calle Circuito Golfo de México número 107 de la vivienda doce, manzana tres, condominio uno de la colonia Miramapolis del municipio de ciudad Madero, Tamaulipas con las siguientes medidas y colindancias: Planta Baja: AL NORTE en 6.50 metros con planta baja de casa número 11; AL ESTE en 4.00 metros con área común al régimen (acceso); AL SUR en 6.50 metros con planta baja de casa número 13; AL OESTE en 4.00 metros con área privativa de la misma casa (jardín); Planta Alta: AL NORTE en 6.50 metros con planta alta de casa número 11; AL ESTE en 4.00 metros con vacío al área común al régimen; AL SUR en 6.50 metros con planta baja de casa número 13 y al oeste en 4.00 metros con vacío área privativa de la misma casa (jardín), con una superficie 54.40 metros cuadrados correspondiéndole a la vivienda en indiviso sobre las áreas comunes del 6.2500%; inscrita en el Registro Público de la Propiedad en la Sección I, bajo el Número 12690 Legajo 254, de fecha siete de abril de 1997 del municipio de ciudad Madero, Tamaulipas, con un valor comercial actual de $165,000.00 (CIENTO SESENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.).

Y para su publicación por medio de edictos por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado y en otro de mayor circulación de esta ciudad, convocándose a postores a la diligencia de remate en primera almoneda que tendrá verificativo en el local de este Juzgado a las ONCE HORAS DEL DÍA QUINCE DE ABRIL DEL DOS MIL CATORCE, siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes del avalúo o del precio fijado por los peritos del inmueble que se saca a remate.- En la inteligencia de que las personas que deseen participar en la subasta, deberán depositar previamente como garantía en el Fondo Auxiliar del Tribunal el 20% (veinte por ciento) del valor que sirve de base para el remate, sin cuyo requisito no serán admitidos.- Es dado en Altamira Tamaulipas a los cinco días del mes de marzo del dos mil catorce.

La C. Juez Quinto de Primera Instancia Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, LIC. TERESA OLIVIA BLANCO ALVIZO.- Rúbrica.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. ROSA BADILLO HERNÁNDEZ.- Rúbrica.

1498.- Marzo 25 y Abril 3.-2v2.

E D I C T O Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Quinto Distrito Judicial. Cd. Reynosa, Tam.

CONVOCANDO A POSTORES:

Por auto de fecha diez de febrero de dos mil catorce, dictado dentro del Expediente Número 1210/2008, deducido del Juicio Especial Hipotecario promovido por el C. LIC. ABELARDO GARZA ZAPATA, apoderado legal de INFONAVIT y continuado por el C. Lic. Daniel Domingo Perales Pacheco en contra de los C.C. ALEJANDRO LÓPEZ GUILLEN Y MARÍA

ADELA TRUJILLO SANTA, el Titular de este Juzgado Licenciado Toribio Antonio Hernández Ochoa, mandó sacar a remate en primera almoneda y subasta pública el bien inmueble hipotecado en el proceso, consistente en:

Casa ubicada en la calle la Laguna, de la Villa La Laguna, número 350, lote número 6, manzana 10, del Conjunto Habitacional "La Cima" Octava Etapa, en esta ciudad de Reynosa, Tamaulipas con una superficie de terreno de 72.00 m2 y una superficie de construcción de 62.360 m2, correspondiéndole un indiviso de 1.575% y tiene las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: en 6.00 metros con casa 62 de Condominio El Amazonas, AL SUR: en 6.00 metros con calle La Laguna, AL ESTE: en 12.00 metros con casa 05, AL OESTE: en 1.49, 8.81 y 1.70 metros con casa 07; inscrito en el Registro Público de la Propiedad del Estado en la Finca Número 147084, del municipio de Reynosa, Tamaulipas, de fecha 10 de octubre de 2013.

Por el presente, que se publicará por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado, en uno de mayor circulación de la localidad, así como en los Estrados del Juzgado, mediante el cual se convoca a postores para que concurran a la diligencia que tendrá verificativo a las DIEZ HORAS DEL DÍA QUINCE DE ABRIL DEL DOS MIL CATORCE, sirviendo como postura legal la cantidad que cubra las dos terceras partes de los avalúos practicados, el cual asciende a la cantidad de $251,000.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL).

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN",

Cd. Reynosa, Tamaulipas, a 19 de febrero de 2014.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. MANUEL SALDAÑA CASTILLO.- Rúbrica.

1499.- Marzo 25 y Abril 3.-2v2.

E D I C T O Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

La Licenciada María de Lourdes Domínguez Gómez, Juez Cuarto de Primera Instancia del Ramo Civil del Segundo Distrito Judicial del Estado, por auto dictado en fecha veintiuno de febrero de dos mil catorce, en los autos del Expediente 00826/2007, relativo al Juicio Hipotecario promovido por HIPOTECARIA NACIONAL, S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO, por conducto de su apoderado, Licenciado Adrián Lara Hernández, en contra de LUIS REY MARTÍNEZ NIETO Y WENDY LEONOR GÓMEZ CRUZ, ordenó sacar a remate el bien inmueble que se describe a continuación:

Finca urbana número 32002, ubicada en el municipio de Madero, cuyo titular es LUIS REY MARTÍNEZ NIETO Y WENDY LEONOR GÓMEZ CRUZ, tipo de inmueble, vivienda en condominio, vivienda número 23, manzana 2, condominio 3, Conjunto Habitacional Los Médanos, ubicada en Prolongación Callejón de Barriles número 601, municipio de Cd. Madero, Tamaulipas, con área construida de 39.81 m2 (treinta y nueve punto ochenta y un metros cuadrados), con medidas y colindancias: AL NORTE en 5.60 metros con área común del propio condominio; AL ESTE, en 9.85 metros con vivienda número veintidós del mismo condominio, al sur, en 5.60 metros en dos tramos; 4.25 metros con vivienda número diez del condominio número dos de la misma manzana, y 1.35 metros con vivienda número treinta y dos del condominio número uno de la misma manzana; y AL OESTE, en 9.85 metros con' vivienda número veinticuatro del mismo condominio.- Correspondiendo a la vivienda por concepto de indivisos sobre las áreas comunes del 3.5715 %. inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad en la Sección I, Número 12784, Legajo 256, municipio de Madero, Tamaulipas, de fecha15 de marzo 2000.

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Y para su debida publicación por DOS VECES, de siete en siete días, en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los de mayor circulación en el Segundo Distrito Judicial, en la inteligencia de que las publicaciones del edicto deberán realizarse en el Periódico Oficial del Estado en días hábiles, y en un periódico de los de mayor circulación en este Segundo Distrito Judicial, en días naturales.- Convocándose a postores y acreedores a la audiencia de remate en primer almoneda audiencia que tendrá verificativo el día OCHO DE ABRIL DE DOS MIL CATORCE A LAS ONCE HORAS, en el local de este Juzgado, sirviendo como postura legal la cantidad que cubra las dos terceras partes del valor pericial fijado, teniéndose como valor pericial fijado la cantidad de $179,000.00 (CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL PESOS 00/100 M.N.).- DOY FE.

ATENTAMENTE

Altamira, Tam., a 03 de marzo de 2014.- La C. Juez Cuarto de Primera Instancia del Ramo Civil, LIC. MARÍA DE LOURDES DOMÍNGUEZ GÓMEZ.- Rúbrica.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. FRANCISCO CRUZ PIERREZ.- Rúbrica.

1500.- Marzo 25 y Abril 3.-2v2.

E D I C T O Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

La Licenciada María de Lourdes Domínguez Gómez, Juez Cuarto de Primera Instancia del Ramo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, con residencia en Altamira, Tamaulipas, por auto de fecha (27) veintisiete de febrero de dos mil catorce (2014), dictado en el Expediente 00238/2009, relativo al Juicio Sumario Hipotecario, promovido por la Licenciada Karina Castillo Cruz, y continuado por la Licenciada Claudia Ivette Ávila Vázquez, apoderada del INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT), en contra de MARÍA VICTORIA GONZÁLEZ MENDOZA Y JORGE ALEJANDRO ROCHA CHÁVEZ, ordenó sacar a remate en segunda almoneda, el día catorce de abril de dos mil catorce, a las once horas, el bien inmueble siguiente:

Departamento número 223-G, edificado sobre el lote número 24, manzana 14, marcado con el número oficial 223-G de la calle Novena Avenida del Condominio San Miguel, municipio de Tampico, Tamaulipas, con una superficie privativa de 97.23 metros cuadrados (noventa y siete punto veintitrés metros cuadrados) y una superficie de construcción de 55.72 m2 (cincuenta y cinco punto setenta y dos metros cuadrados) y le corresponde un indiviso de 12.53, comprendidos dentro de las siguientes medidas y colindancias: AL NOROESTE, en 4.67 metros con lote número 1; AL SURESTE, en 4.67 metros con Privada San Miguel; AL NORESTE, en 14.02 metros con vivienda número 223-H; AL SUROESTE, en 14.00 metros con servidumbre de paso.- Inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad en la Sección I, Número 1911, Legajo 6-039, municipio de Tampico, Tamaulipas, de fecha catorce de marzo de dos mil seis.

Debiéndose convocar su venta a postores mediante la publicación de edictos por DOS VECES de siete en siete días, en el Periódico Oficial del Estado, en un periódico de mayor circulación en el Segundo Distrito Judicial, en la Oficina Fiscal del Estado, en la Ciudad de Tampico, Tamaulipas y en los Juzgados del Ramo Penal en la ciudad de Madero, Tamaulipas.- El precio base para la segunda almoneda será el valor pericial del inmueble, que lo es la cantidad de $300,000.00 (TRESCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.) menos el (20%) veinte por ciento de la tasación, por tratarse de segunda almoneda, y la postura legal, las dos terceras partes del precio base, una vez efectuada la rebaja de ley.- Las publicaciones deberán computarse de la siguiente manera: para el Periódico Oficial del Estado, Oficina Fiscal del Estado y los Juzgados, en días hábiles, y para los periódicos de mayor

circulación en este Distrito Judicial, en días naturales.- DOY FE.

ATENTAMENTE

Altamira, Tam., a 06 de marzo de 2014.- La C. Juez Cuarto de Primera Instancia del Ramo Civil, LIC. MARÍA DE LOURDES DOMÍNGUEZ GÓMEZ.- Rúbrica.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. FRANCISCO CRUZ PIERREZ.- Rúbrica.

1501.- Marzo 25 y Abril 3.-2v2.

E D I C T O Juzgado Tercero de Primera Instancia Familiar.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

La Ciudadana Licenciada Dora Alicia Hernández Francisco, Juez Tercero de Primera Instancia del Ramo Familiar del Segundo Distrito Judicial en el Estado con residencia en la ciudad de Altamira, Tamaulipas; ordenó la radicación en este órgano jurisdiccional, del Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de JUAN GONZÁLEZ ORTEGA, denunciado por CARLOTA FUENTES RODRÍGUEZ, asignándosele el Número 00133/2014 y convocar a presuntos herederos y acreedores, por medio de edicto que deberá de publicarse por DOS VECES de diez en diez días tanto en el Periódico "Oficial del Estado" como en el de mayor circulación en la localidad en la edición matutina de este Segundo Distrito Judicial, a fin de que comparezcan a deducir sus derechos hereditarios dentro del término de quince días contados a partir de la fecha de la última publicación del edicto.- Es dado el presente a los 25 de febrero de 2014.

La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. MARÍA MAGDALENA ZUMAYA JASSO.- Rúbrica.

1502.- Marzo 25 y Abril 3.-2v2.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Familiar.

Primer Distrito Judicial. Cd. Victoria, Tam.

A QUIEN CORRESPONDA:

El Ciudadano Licenciado Everardo Pérez Luna, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Familiar, del Primer Distrito Judicial en el Estado, mediante auto de fecha veintisiete de enero del presente año, ordenó la radicación del Expediente Número 00083/2014, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario a bienes de ATANACIO ELIZALDE FLORES, denunciado por MA. DEL CARMEN TORRES VEGA.

Y por el presente edicto que se publicará por DOS VECES de diez en diez días en el Periódico Oficial del Estado y en un periódico de los de mayor circulación en esta ciudad, se convoca a todos los que se consideren con derecho a la herencia y en su caso a los acreedores, para que se presenten en el Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados a partir de la última publicación del edicto.

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN".

Cd. Victoria, Tamaulipas, a 20 de febrero de 2014.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. RAMIRO FRANCISCO DEL ÁNGEL.- Rúbrica.

1503.- Marzo 25 y Abril 3.-2v2.

E D I C T O Juzgado Primero de Primera Instancia Familiar.

Quinto Distrito Judicial. Cd. Reynosa, Tam.

Cd. Reynosa, Tam; 04 de febrero de 2014.

CITANDO A HEREDEROS Y ACREEDORES.

La Ciudadana Licenciada Ana Verónica Reyes Díaz, Juez Primero de Primera Instancia de lo Familiar del Quinto Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha veinticuatro días del mes de febrero del año dos mil catorce, ordenó la radicación del

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Expediente Número 210/2014; relativo al Juicio Sucesorio Testamentario a bienes de OSNEL ALONSO DE LA CRUZ GUTIÉRREZ, denunciado por EVA ALICIA ORDUÑA CERECEDO.

Por este edicto, que se publicará por DOS VECES de diez en diez días en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los diarios de mayor circulación de la localidad, convocando a quienes se consideren con derecho a la herencia así como a acreedores a fin de que se presenten en juicio a deducirlo a una Junta que se verificara: en este Juzgado dentro de los ocho días siguientes a la citación.

ATENTAMENTE. “SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN”

El C. Secretario de Acuerdos, LIC. SIMÓN ALBERTO LÓPEZ IBARRA.- Rúbrica.

1504.- Marzo 25 y Abril 3.-2v2.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Familiar.

Cuarto Distrito Judicial. H. Matamoros, Tam.

Por auto de fecha veintinueve de enero de dos mil catorce, se radicó en este Juzgado Segundo de Primera Instancia de lo Familiar del Cuarto Distrito Judicial del Estado, el Expediente Número 00116/2014 relativo al Juicio Sucesorio Testamentario a bienes de ESTELA PAREDES CANTÚ, denunciado por IRMA ESTHELA LARA PAREDES; ordenando el C. Juez de los autos, Lic. Armando Saldaña Badillo, la publicación del presente edicto por DOS VECES de diez en diez días en el Periódico Oficial del Estado y en un periódico de mayor circulación en esta ciudad, mediante el cual se convoque a personas que se consideren con derecho a la herencia y acreedores, para que dentro del término de quince días después de hecha la última publicación, acudan ante este Juzgado a deducir sus derechos.

H. Matamoros, Tam., 06 de febrero 2014.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. JOSÉ RUIZ CASTILLO.- Rúbrica.

1505.- Marzo 25 y Abril 3.-2v2.

E D I C T O Juzgado de Primera Instancia Civil y Familiar.

Sexto Distrito Judicial. Miguel Alemán, Tam.

CONVOCANDO A HEREDEROS Y ACREEDORES.

Por auto de fecha cuatro de marzo del dos mil catorce, la Ciudadana Licenciada Marisa Iracema Rodríguez López, Titular del Juzgado de Primera Instancia de lo Civil y Familiar del Sexto Distrito Judicial en el Estado, con residencia en esta ciudad, ordenó la radicación del Expediente Número 00078/2014, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario a bienes de GUADALUPE GAYTÁN ACEVEDO, quien falleció con fecha 13 de enero del dos mil trece, en la ciudad de Monterrey, Nuevo León, lugar en el cual tuvo último domicilio, y es denunciado por la C. RUTH FERMÍN GAYTÁN.

-Y por este edicto que se ordenó publican por DOS VECES de diez en diez en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los diarios de mayor circulación de la localidad, se convoca a quienes se consideren con derecho a la herencia, así como a los acreedores, para que se presenten a Juicio a deducirlo a una junta que se verificara en este Juzgado dentro del octavo día siguiente a la publicación.

Miguel Alemán, Tam., a 04 de marzo del 2014.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. FRANCISCO JAVIER ZAPATA FLORES.- Rúbrica.

1506.- Marzo 25 y Abril 3.-2v2.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Familiar.

Primer Distrito Judicial. Cd. Victoria, Tam.

A QUIEN CORRESPONDA:

El Ciudadano Licenciado Everardo Pérez Luna, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Familiar, del Primer Distrito Judicial en el Estado, mediante auto de fecha veintisiete de febrero del presente año, ordenó la radicación del Expediente Número 00211/2014, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario a bienes de LETICIA REYES HERNÁNDEZ, denunciado por ARTURO REYES HERNÁNDEZ.

Y por el presente edicto que se publicará por DOS VECES de diez en diez días en el Periódico Oficial del Estado y en un periódico de los de mayor circulación en esta ciudad, se convoca a todos los que se consideren con derecho a la herencia y en su caso a los acreedores, para que se presenten en el Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados a partir de la última publicación del edicto.

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN".

Cd. Victoria, Tamaulipas, a 07 de marzo de 2014.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. RAMIRO FRANCISCO DEL ÁNGEL.- Rúbrica.

1507.- Marzo 25 y Abril 3.-2v2.

E D I C T O Juzgado Tercero de Primera Instancia Familiar.

Primer Distrito Judicial. Cd. Victoria, Tam.

A QUIEN CORRESPONDA:

El Ciudadano Licenciado José Ramón Uriegas Mendoza, Juez Tercero de Primera Instancia de lo Familiar, del Primer Distrito Judicial en el Estado, mediante auto de esta propia fecha, ordenó la radicación del Expediente Número 00949/2013, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario a Bienes de MARÍA ALICIA ROMERO FLORES, denunciado por el C. JOEL PÉREZ VÁZQUEZ.

Y por el presente edicto que se publicará por DOS VECES de diez en diez días en el Periódico Oficial del Estado y en un periódico de los de mayor circulación en esta ciudad, se convoca a todos los que se consideren con derecho a la herencia y en su caso a los acreedores, para que se presenten en el Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados a partir de la última publicación del edicto.

ATENTAMENTE “SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN”

Cd. Victoria, Tamaulipas, a 27 de enero de 2014.- El C. Juez Tercero de Primera Instancia de lo Familiar del Primer Distrito Judicial en el Estado, LIC. JOSÉ RAMÓN URIEGAS MENDOZA.- Rúbrica.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. ASALIA MA. CASTAÑEDA MONTELONGO.- Rúbrica.

1508.- Marzo 25 y Abril 3.-2v2.

E D I C T O Juzgado de Primera Instancia Civil y Familiar.

Sexto Distrito Judicial. Miguel Alemán, Tam.

CONVOCANDO A HEREDEROS Y ACREEDORES.

Por auto de fecha veintiuno de febrero del dos mil catorce, la Ciudadana Licenciada Marisa Iracema Rodríguez López, Juez de Primera Instancia Civil y Familiar del Sexto Distrito Judicial en el Estado, con residencia en ciudad Miguel Alemán, Tamaulipas, ordenó la radicación del Expediente Número 00069/2014; relativo al Juicio Sucesorio Testamentario a bienes de MARÍA RAMONA ELIDA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, quien falleciera el día tres de enero del dos mil ocho, en Nueva ciudad Guerrero, Tamaulipas, habiendo tenido su último domicilio en calle Juárez, número 522 entre Avenida

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Miguel Hidalgo y calle Morelos Zona Centro de Nueva ciudad Guerrero, Tamaulipas, y la publicación de edictos por DOS VECES de diez en diez días en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los de diarios de mayor circulación de la localidad, convocando a quienes se consideren con derecho a la herencia a fin de que se presenten en Juicio a deducirlo dentro del término de quince días contados a partir de la última publicación.

Y por este edicto que se publicará por DOS VECES de diez en diez días en el Periódico Oficial del Estado y en otro de mayor circulación en la región, se convoca a los que se consideren con derecho a la herencia para que comparezcan a deducirlo dentro del término de quince días contados desde la fecha de la última publicación del presente edicto.

ATENTAMENTE “SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN”

Miguel Alemán, Tam., a 25 de febrero del 2014.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. FRANCISCO JAVIER ZAPATA FLORES.- Rúbrica.

1509.- Marzo 25 y Abril 3.-2v2.

E D I C T O Juzgado Primero de Primera Instancia Familiar.

Cuarto Distrito Judicial. H. Matamoros, Tam.

El C. Licenciado Jesús López Ceballos, Juez Primero de Primera Instancia de lo Familiar del Cuarto Distrito Judicial del Estado, radicó por auto de fecha veintiocho de enero del año dos mil catorce, el Expediente Número 00099/2014, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario a bienes de la señora ELVIRA TREVIÑO GONZÁLEZ, denunciado por la C. FABIOLA DE LA CRUZ CONTRERAS BOCANEGRA, se ordenó dar publicidad a lo anterior, por medio de edictos que se publicarán por DOS VECES de diez en diez días, convocándose a los acreedores y a las personas que se consideren con derecho a la herencia, a fin de que se presenten en el Juicio a deducirlos, publicación que se hará, tanto en el Periódico Oficial del Estado, como en uno de los periódicos locales de mayor circulación en esta ciudad.

H. Matamoros, Tam., a 05 de febrero de 2014.- La C. Secretario de Acuerdos del Juzgado Primero de Primera Instancia de lo Familiar, LIC. OFELIA DE LA CRUZ HERNÁNDEZ.- Rúbrica.

1510.- Marzo 25 y Abril 3.-2v2.

E D I C T O Juzgado Tercero de Primera Instancia Familiar.

Primer Distrito Judicial. Cd. Victoria, Tam.

A QUIEN CORRESPONDA:

El Ciudadano Licenciado José Ramón Uriegas Mendoza, Juez Tercero de Primera Instancia de lo Familiar, del Primer Distrito Judicial en el Estado, mediante auto de fecha seis (06) de marzo del año dos mil catorce (2014), ordenó la radicación del Expediente Número 00224/2014, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario a bienes de PATRICIA GUEVARA DELMAS, denunciado por la C. GLORIA GUEVARA DELMAS.

Y por el presente edicto que se publicará por DOS VECES de diez en diez días en el Periódico Oficial del Estado y en un periódico de los de mayor circulación en esta ciudad, se convoca a todos los que se consideren con derecho a la herencia y en su caso a los acreedores, para que se presenten en el Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados a partir de la última publicación del edicto.

ATENTAMENTE “SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN”

Cd. Victoria, Tamaulipas, a 06 de marzo de 2014.- El C. Juez Tercero de Primera Instancia de lo Familiar del Primer Distrito Judicial en el Estado, LIC. JOSÉ RAMÓN URIEGAS

MENDOZA.- Rúbrica.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. ASALIA MA. CASTAÑEDA MONTELONGO.- Rúbrica.

1511.- Marzo 25 y Abril 3.-2v2.

E D I C T O Juzgado Primero de Primera Instancia Familiar.

Tercer Distrito Judicial. Nuevo Laredo, Tam.

CITANDO HEREDEROS Y ACREEDORES:

Por auto de fecha de quince de agosto del año dos mil once, el C. Licenciado José Alberto Ciprés Sánchez, Juez Primero de Primera Instancia de lo Familiar del Tercer Distrito Judicial en el Estado, dio por radicado el Expediente Número 144/2014, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario a bienes del C. RAFAEL COSTILLA GÓMEZ.

Y por el presente edicto que se publicará por DOS VECES de diez en diez días en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los de mayor circulación en esta ciudad, se convoca a los acreedores y demás personas que se consideren con derecho a la herencia que no tengan el carácter de presuntos herederos para que se presenten a deducir sus derechos dentro del término legal.

Nuevo Laredo, Tamps., a 28 de febrero del 2014.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. AUSTIN BOONE GARZA.- Rúbrica.

1512.- Marzo 25 y Abril 3.-2v2.

E D I C T O Juzgado Quinto de Primera Instancia Familiar.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

El Licenciado Fernando Emmanuel González de la Rosa, Juez Quinto de Primera Instancia del Ramo Familiar del Segundo Distrito Judicial del Estado, con residencia en Altamira, Tamaulipas, ordenó radicar bajo el Expediente Número 00059/2014, denunciando los C.C. JOSÉ GUADALUPE CHÁVEZ HERRERA Y JUAN MANUEL RIVERA CISNEROS, la Sucesión Testamentaria a bienes de SEVERIANA CISNEROS JUÁREZ, quien falleció el día (11) once de mayo del año mil novecientos noventa y ocho (1998), en ciudad Austin, Texas de los Estado Unidos de Norteamérica, y ordenó convocar a quienes se consideren con derecho a la herencia por medio de edictos que se publicarán por (02) DOS VECES de diez en diez días en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los de mayor circulación en este Distrito Judicial, a fin de que comparezcan a deducir sus derechos si así conviniere a sus intereses.- Se expide el presente edicto a los 24 de enero de 2014.- DOY FE.

La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. ROXANA IBARRA CANUL.- Rúbrica.

1513.- Marzo 25 y Abril 3.-2v2.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Familiar.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

La Ciudadana Licenciada Antonia Pérez Anda, Juez Segundo de Primera Instancia del Ramo Familiar del Segundo Distrito Judicial en el Estado, con residencia en la ciudad y puerto de Altamira, Tamaulipas, ordenó mediante veinte del mes de febrero del dos mil catorce, radicar Juicio Sucesorio Testamentario a bienes de FERNANDO CASTILLO LARA denunciado por los C.C. MARGARITA, FERNANDO, FRANCISCO, MARÍA DE LOURDES Y MARÍA LAURA de apellidos CASTILLO CASTILLO, bajo el Número 00212/2014, ordenando convocar a presuntos herederos y acreedores por medio de edictos, que deberán de publicarse por DOS VECES de diez en diez días en el Periódico Oficial del Estado, y otro en el periódico de mayor circulación en la ciudad, a fin de que comparezcan a deducir derechos hereditarios los que se

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consideren a ello.- Para lo anterior se expide la presente a veinticinco del mes de febrero del dos mil catorce.- DOY FE.

ATENTAMENTE “SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN”

La C. Juez Segundo de Primera Instancia de lo Familiar, LIC. ANTONIA PÉREZ ANDA.- Rúbrica.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. ERIK SAIT GONZÁLEZ VILLANUEVA.- Rúbrica.

1514.- Marzo 25 y Abril 3.-2v2.

E D I C T O Juzgado Primero de Primera Instancia Familiar.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

El Lic. Luis Manuel Navarro Cruz, Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Familiar del Segundo Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha diecisiete de enero de dos mil catorce, ordenó la radicación del Expediente Número 00069/2014, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario a bienes de FRANCISCA SOLANO SAUCEDO, quien también utilizaba indistintamente los nombres FRANCISCA SOLANO, FRANCISCA SOLANO DE NEDZELSKY Y FRANCISCA SOLANO VIUDA DE NEDZELSKY denunciado por el C. TEÓFILO NESZELSKY SOLANO.

Y por el presente que se publicará por DOS VECES consecutivas de diez en diez días, tanto en el Periódico Oficial del Estado y en el periódico matutino considerado el de mayor circulación de Tampico Tamaulipas, convocando a presuntos herederos y acreedores, a fin de que si conviene a sus intereses se apersonen en este Juzgado a deducir los derechos hereditarios si los tuvieren dentro del término de quince días contados a partir de la última publicación ordenada.- Se expide la presente en Altamira, Tamaulipas, a 11 de febrero de 2014.- DOY FE.

La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. VERÓNICA MACÍAS RAMÍREZ.- Rúbrica.

1515.- Marzo 25 y Abril 3.-2v2.

E D I C T O Juzgado Primero de Primera Instancia Familiar.

Tercer Distrito Judicial. Nuevo Laredo, Tam.

CITANDO HEREDEROS Y ACREEDORES:

Por auto de fecha once de febrero del dos mil catorce, el C. Licenciado José Alberto Ciprés Sánchez, Juez Primero de Primera Instancia de lo Familiar del Tercer Distrito Judicial en el Estado, dio por radicado el Expediente Número 00092/2014, relativo al Sucesión Testamentaria a bienes de HEBERTO VILLARREAL GARCÍA.

Y por el presente edicto que se publicará por DOS VECES de diez en diez días tanto en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los de mayor circulación en esta ciudad, se convoca a los presuntos acreedores y herederos para que se presenten hacer valer sus derechos dentro del término de quince días, contando a partir de la publicación del edicto.

Nuevo Laredo, Tamps., a 11 de febrero de 2014.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. AUSTIN BOONE GARZA.- Rúbrica.

1516.- Marzo 25 y Abril 3.-2v2.

E D I C T O Juzgado Primero de Primera Instancia Familiar.

Tercer Distrito Judicial. Nuevo Laredo, Tam.

CITANDO HEREDEROS Y ACREEDORES:

Por auto de fecha 21 de febrero de 2014, el C. Licenciado José Alberto Ciprés Sánchez, Juez Primero de Primera Instancia de lo Familiar del Tercer Distrito Judicial en el Estado, dio por radicado el Expediente Número 0122/2014, relativo al

Juicio Sucesorio Testamentario a bienes de CONCEPCIÓN AGUILAR DE PHILLIPS

Y por el presente edicto que se publicará por DOS VECES de diez en diez días tanto en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los de mayor circulación en esta ciudad, se convoca a los presuntos acreedores y herederos para que se presenten hacer valer sus derechos dentro del término de quince días, contando a partir de la publicación del edicto.

Nuevo Laredo, Tamps., a 21 de febrero de 2014.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. AUSTIN BOONE GARZA.- Rúbrica.

1517.- Marzo 25 y Abril 3.-2v2.

E D I C T O Juzgado Tercero de Primera Instancia Familiar.

Quinto Distrito Judicial. Cd. Reynosa, Tam.

Cd. Reynosa, Tam., a 10 de marzo do 2014

CONVOCANDO A HEREDEROS Y ACREEDORES.

Por auto de fecha seis de marzo de dos mil catorce, el Ciudadano Licenciado José Alfredo Reyes Maldonado, Titular del Juzgado, ordenó la radicación del Expediente Número 00234/2014, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario a bienes de la señora BIRJINIA SALAS GONZÁLEZ y/o VIRGINIA SALAS GONZÁLEZ, denunciado por el C. LEOBARDO BAÑUELOS SALAS, y la publicación de edictos por DOS VECES de diez en diez en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los diarios de mayor circulación de la localidad, convocando a quienes se consideren con derecho a la herencia, así como a los acreedores, para que se presenten a Juicio a deducirlo a una junta que se verificara en este Juzgado dentro del octavo día siguiente a la publicación.

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN".

La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. CLAUDIA VIRGINIA TORRES GALLEGOS.- Rúbrica.

1518.- Marzo 25 y Abril 3.-2v2.

E D I C T O Juzgado Tercero de Primera Instancia Familiar.

Quinto Distrito Judicial. Cd. Reynosa, Tam.

Cd. Reynosa, Tamps a 23 de septiembre de 2013

CONVOCANDO A HEREDEROS Y ACREEDORES.

Par auto de fecha cinco de septiembre del año en curso, el Ciudadano Licenciado José Alfredo Reyes Maldonado, Titular del Juzgado, ordenó la radicación del Expediente Número 01085/2013, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario a bienes de DOMINGO BRAVO GUERRA, denunciado por la C. DINAH ARLENE BRAVO MEARS, y la publicación de edictos por DOS VECES de diez en diez en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los diarios de mayor circulación de la localidad, convocando a quienes se consideren con derecho a la herencia, así como a los acreedores, para que se presenten a Juicio a deducirlo a una Junta que se verificara en este Juzgado dentro del octavo día siguiente a la publicación.

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN".

La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. CLAUDIA VIRGINIA TORRES GALLEGOS.- Rúbrica.

1519.- Marzo 25 y Abril 3.-2v2.

E D I C T O Juzgado Tercero de Primera Instancia Familiar.

Quinto Distrito Judicial. Cd. Reynosa, Tam.

CONVOCANDO A HEREDEROS Y ACREEDORES.

Por auto de fecha veintitrés de agosto del dos mil doce, quien fuera Titular de esta H. Juzgado, Ciudadana Licenciada

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Victoria, Tam., jueves 3 de abril de 2014 Periódico Oficial

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Marisa Iracema Rodríguez López, Titular del Juzgado, ordenó la radicación del Expediente Número 01779/2012, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario a bienes de la señora ANA RODRÍGUEZ SOTO, denunciado por el C. ERNESTO MOYA LÓPEZ, y la publicación de edictos por DOS VECES de diez en diez en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los diarios de mayor circulación de la localidad, convocando a quienes se consideren con derecho a la herencia, así como a los acreedores, para que se presenten a juicio a deducirlo a una junta que se verificara en este Juzgado dentro del octavo día siguiente a la publicación.

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN".

Cd. Reynosa, Tam., a 29 de enero de 2014.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. CLAUDIA VIRGINIA TORRES GALLEGOS.- Rúbrica.

1520.- Marzo 25 y Abril 3.-2v2.

E D I C T O Juzgado Primero de Primera Instancia Familiar.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

El Lic. Luis Manuel Navarro Cruz, Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Familiar del Segundo Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha seis de enero de dos mil catorce ordenó la radicación del Expediente Número 00010/2014, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario a bienes de MARÍA SÁENZ RÍOS, denunciado por la C. CLAUDIA SÁENZ.

Y por el presente que se publicará por DOS VECES consecutivas de diez en diez días, tanto en el Periódico Oficial del Estado y en el periódico matutino considerado el de mayor circulación de Tampico Tamaulipas, convocando a presuntos herederos y acreedores, a fin de que si conviene a sus intereses se apersonen en este Juzgado a deducir los derechos hereditarios si los tuvieren dentro del término de quince días contados a partir de la última publicación ordenada.- Se expide la presente en Altamira, Tamaulipas, a 17 de febrero de 2014.- DOY FE.

La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. VERÓNICA MACÍAS RAMÍREZ.- Rúbrica.

1521.- Marzo 25 y Abril 3.-2v2.

E D I C T O Juzgado Sexto de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

A QUIEN CORRESPONDA:

La C. Lic. Adriana Báez López, Juez Sexto de Primera Instancia de lo Civil, del Segundo Distrito Judicial en el Estado y con residencia en Altamira, Tamaulipas.- Por auto de fecha trece de febrero del dos mil catorce, ordenó la radicación del Expediente Número 00111/2014, relativo a las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria Sobre Información Testimonial Ad-Perpetuam, a fin de hacer del conocimiento que tiene la posesión la C. CLOTILDE CORNEJO QUIÑONES, de una fracción de terreno, ubicado en calle Juan B. Tijerina número 705 de la colonia Primavera Código Postal 89130 entre calle Berlín y Londres, en Tampico, Tamaulipas, el cual se identifica como lote 1, manzana 7, de la colonia Primavera, Tampico, Tamaulipas; cuyas medidas y colindancias son las siguientes: con las siguientes medidas y colindancias AL NORTE: en 30.00 metros con calle Juan B. Tijerina, AL SUR: en 29.59 metros con lote dos, AL ORIENTE: en 6.72 metros con lote seis, AL PONIENTE: en 11 metros con calle Berlín, a la C. Josefina Arellano Cornejo quien tiene su domicilio ubicado en calle Juan B. Tijerina número 203 colonia Primavera entre calles Berlín y Londres C.P. 89130 en Tampico, Tamaulipas, así como a la C. Soledad Enríquez Chávez con domicilio en Berlín número 802 colonia Primavera entre calles Juan B. Tijerina y Avenida Ejercito Mexicano C.P. 89130 en Tampico,

Tamaulipas y a la C. María Eugenia Martínez González con domicilio en calle Berlín número 704 colonia Primavera entre calles Juan B. Tijerina y Avenida Ejercito Mexicano C.P. 89130 en Tampico, Tamaulipas.- Y ello en virtud de haberlo poseído de buena fe, en forma pacífica, publica e interrumpida desde el día diez de diciembre de mil novecientos sesenta y dos.- Por medio de edictos que se publicarán en el Periódico Oficial del Estado y en un diario de los de mayor circulación que se edite en el municipio de Altamira, Tamaulipas, por TRES VECES consecutivas, de diez en diez días, comunicándosele a quien corresponda, lo anterior en términos del artículo 162 de la ley del Registro Público de la Propiedad Inmueble y del Comercio vigente en el Estado de Tamaulipas, por Decreto Número LIX-1093, publicado el 28 de febrero de 2008 en el Periódico Oficial del estado, asimismo fíjense avisos de la solicitud en los lugares públicos de la ciudad como Oficina Fiscal y Oficina de Catastro de Altamira, Tamaulipas, por conducto del actuario quien deberá hacer constar la ubicación exacta de los lugares señalados y cumplimiento de la publicación ordenada como se encuentra ordenado en autos.-DOY FE.

Altamira, Tamps., a 28 de febrero del dos mil trece.- La C. Secretaria de Acuerdos del Juzgado, LIC. ROSA HILDA BOCK ESPINOZA.- Rúbrica.

1548.- Marzo 25, Abril 3 y 15.-2v3.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Cuarto Distrito Judicial. H. Matamoros, Tam.

C. NORMA PATRICIA RAMOS EGUIA. CUYO DOMICILIO SE IGNORA.

El Ciudadano Licenciado Joel Galván Segura, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, en proveído de fecha diecinueve de febrero de dos mil trece, radicó el Expediente Número 158/2013 relativo al Juicio Hipotecario promovido por el C. Lic. Jorge Eduardo Gallardo González, en su carácter de apoderado legal de INFONAVIT, y toda vez que su demandante dice ignorar su domicilio con fundamento en los artículos 1, 2, 4, 5, 22, 40, 52, 67 fracción IV y 105 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, se ordenó notificar al demandado NORMA PATRICIA RAMOS EGUIA por medio de edictos mediante proveído de fecha veintisiete de febrero del actual, que se publicará por TRES VECES consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en un diario de mayor circulación en esta ciudad y en los Estrados de este Juzgado, con las copias simples de la demanda, documentos y de este proveído para el traslado de ley, la cual quedara a su disposición en la Secretaria de este Tribunal para que de su contestación dentro del término de sesenta día contados a partir de la fecha de la última publicación del edicto, apercibiéndosele que deberá señalar domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificaciones y en caso de no hacerlo las subsecuentes y aún las personales se le harán en los Estrados del Juzgado como lo previene el artículo 66 del ordenamiento legal antes invocado.

H. Matamoros, Tamps., a 04 de marzo de 2014.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. HUGO FRANCISCO PÉREZ MARTÍNEZ.- Rúbrica.

1658.- Abril 1, 2 y 3.-3v3.

E D I C T O Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Cuarto Distrito Judicial. H. Matamoros, Tam.

SILVIA PATRICIA LARA VILLARREAL. CUYO DOMICILIO SE IGNORA.

La Licenciada María del Rosario Judith Cortés Montaño, Juez Primero de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, en proveído de fecha cinco de junio

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Periódico Oficial Victoria, Tam., jueves 3 de abril de 2014

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de dos mil trece, radicó el Expediente Número 00711/2013 relativo al Juicio Hipotecario promovido por INFONAVIT, en contra de SILVIA PATRICIA LARA VILLARREAL, y toda vez de que su demandante dice ignora su domicilio con fundamento en el artículo 67 fracción VI, del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, se ordenó emplazarlo por medio de edictos que se publicará por TRES VECES consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los diarios de mayor circulación así como en Estrados de este Juzgado, por medio del cual se le llama a Juicio, a fin de que dentro del término de sesenta días después de hecha la última publicación, produzca su contestación de demanda quedando en la Secretaria del Juzgado a su disposición las copias de traslado respectivas y se le previene que al ocurrir a Juicio designe abogado y domicilio de este para oír y recibir notificaciones, apercibido que en caso de no hacerlo las subsecuentes notificaciones de carácter personal se le harán en los Estrados de este Juzgado.- DOY FE.

H. Matamoros, Tamps., a 04 de marzo de 2014.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. CLAUDIA PATRICIA ESCOBEDO JAIME.- Rúbrica.

1659.- Abril 1, 2 y 3.-3v3.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Cuarto Distrito Judicial. H. Matamoros, Tam.

C.C. MARIO ALBERTO QUINTANILLA HINOJOSA Y VERÓNICA CORTEZ MARTÍNEZ. CUYO DOMICILIO SE IGNORA.

El Ciudadano Licenciado Joel Galván Segura, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, en proveído de fecha tres de octubre de dos mil trece, radicó el Expediente Número 01154/2013, relativo al Juicio Hipotecario, promovido por el Licenciado Eduviges Manzano Sánchez, en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas del INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT), en contra de MARIO ALBERTO QUINTANILLA HINOJOSA Y VERÓNICA CORTÉZ MARTÍNEZ y toda vez que su demandante dice ignorar su domicilio con fundamento en los artículos 1, 2, 4, 5, 22, 40, 52, 67 fracción VI y 105 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, se ordenó notificar al demandado MARIO ALBERTO QUINTANILLA HINOJOSA Y VERÓNICA CORTÉZ MARTÍNEZ por medio de edictos mediante proveído de fecha VEINTICINCO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL TRECE, que se publicará por TRES VECES consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en un diario de mayor circulación en esta ciudad y en los Estrados de este Juzgado, con las copias simples de la demanda, documentos y de este proveído para el traslado de ley, la cual quedara a su disposición en la Secretaria de este Tribunal para que de su contestación dentro del término de sesenta días contados a partir de la fecha de la última publicación del edicto, apercibiéndosele que deberá señalar domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificaciones y en caso de no hacerlo las subsecuentes y aún las personales se le harán en los Estrados del Juzgado como lo previene el artículo 66 del ordenamiento legal antes invocado.

H. Matamoros, Tamps., a 04 de marzo de 2014.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. HUGO FRANCISCO PÉREZ MARTÍNEZ.- Rúbrica.

1660.- Abril 1, 2 y 3.-3v3.

E D I C T O Juzgado Quinto de Primera Instancia Familiar.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

ALBERTO SOSA GAYTÁN DOMICILIO DESCONOCIDO

El Lic. Fernando Emmanuel González De La Rosa, Juez Quinto de Primera Instancia de lo Familiar del Segundo Distrito Judicial en el Estado, con residencia en ciudad Altamira, Tamaulipas.- Ordenó, mediante proveído de fecha (25) veinticinco de septiembre del año dos mil trece (2013), dictado dentro del Expediente Número 01220/2012, relativo al Juicio Sumario Civil sobre Alimentos Definitivos promovido por la C. CLAUDIA MÓNICA VILLALOBOS PRADO por derecho propio y en representación de la menor ASHLEY MICHELL SOSA VILLALOBOS, en contra de ALBERTO SOSA GAYTÁN.

Se ordena emplazar por medio de edictos, que por (03) TRES VECES consecutivas deberán de publicarse en el Periódico Oficial del Estado, en El Sol de Tampico, así como en los Estrados del Juzgado al C. ALBERTO SOSA GAYTÁN, haciéndole saber al demandado ALBERTO SOSA GAYTÁN, que se le concede el término de (60) sesenta días hábiles, a partir de la última publicación del edicto, para que produzca su contestación a la demanda instaurada en su contra, quedando a su disposición en la Secretaria del Juzgado las copias de Traslado respectivas.- Es dado el presente a los (16) dieciséis días del mes de octubre del año (2013) dos mil trece.- DOY FE.

La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. ROXANA IBARRA CANUL.- Rúbrica.

1661.- Abril 1, 2 y 3.-3v3.

E D I C T O Juzgado Quinto de Primera Instancia Familiar.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

BONIFACIO HERNÁNDEZ GARCÍA DOMICILIO DESCONOCIDO

El Lic. Fernando Emmanuel González de la Rosa, Juez Quinto de Primera Instancia de lo Familiar del Segundo Distrito Judicial en el Estado, con residencia en ciudad Altamira, Tamaulipas.- Ordenó, mediante proveído de fecha (03) tres de marzo del año (2014) dos mil catorce dictado dentro del Expediente Número 0140/2014, relativo al Juicio Ordinario Civil sobre Perdida de la Patria Potestad, promovido por los C.C. CATALINA JIMÉNEZ LAGUNEZ Y MARIO CONCEPCIÓN VALDÉZ RAMÍREZ, en contra del C. BONIFACIO HERNÁNDEZ GARCÍA.

Se ordena emplazar por medio de edictos, que por (03) TRES VECES consecutivas deberán de publicarse en el Periódico Oficial del Estado, en El Sol de Tampico, así como en los Estrados del Juzgado al C. BONIFACIO HERNÁNDEZ GARCÍA, haciéndole saber al demandado BONIFACIO HERNÁNDEZ GARCÍA, que se le concede el término de (60) sesenta días hábiles, a partir de la última publicación del edicto, para que produzca su contestación a la demanda instaurada en su contra, quedando a su disposición en la Secretaria del Juzgado las copias de Traslado respectivas.- Es dado el presente a los (16) dieciséis días del mes de octubre del año (2013) dos mil trece.- DOY FE.

La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. ROXANA IBARRA CANUL.- Rúbrica.

1662.- Abril 1, 2 y 3.-3v3.

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Victoria, Tam., jueves 3 de abril de 2014 Periódico Oficial

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E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

C. GLORIA BUSTOS NÚÑEZ. PRESENTE.

El Ciudadano Licenciado Gilberto Barrón Carmona, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, con cabecera en Altamira, Tamaulipas, hace saber que en el Expediente Número 00952/2013, radicado en el Juzgado a mi cargo, relativo al Juicio Hipotecario, promovido por el Licenciado Adrián Lara Hernández, en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas de HIPOTECARIA NACIONAL S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, a su vez su representada resulta ser mandatario de HIPOTECARIA FEDERAL, SOCIEDAD NACIONAL DE CRÉDITO, INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO, en su carácter de fiduciario sustituto de BANCO DE MÉXICO en el fideicomiso denominado FONDO DE OPERACIÓN Y FINANCIAMIENTO BANCARIO A LA VIVIENDA (FOVI), en contra de GLORIA BUSTOS NÚÑEZ, se dictaron los siguientes acuerdos que a la letra dicen.

Con esta fecha la C. Secretaria de Acuerdos da vista al titular del Juzgado con la promoción de cuenta.- Altamira, Tamaulipas, a veintitrés de octubre del año dos mil trece(2013).- Con el anterior escrito de cuenta, 7 anexos consistentes en relación de pagos vencidos, testimonio de la Escritura Número 14,810, que contiene contrato de apertura de crédito, poder general para pleitos y cobranzas, escritura número sesenta mil certificado por Notario Público, Oficio de fecha primero de noviembre del dos mil uno, oficio de fecha veintiocho de febrero del dos mil dos, ambos certificados por Notario Público, Diario Oficial de fecha once de octubre del dos mil once, certificado por Notario Público y copias simples que se acompañan.- Se tiene por presentado al Licenciado Adrián Lara Hernández, en su carácter de Apoderado general para pleitos y cobranzas de HIPOTECARIA NACIONAL, S.A. DE REGULADA, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, a su vez su representada resulta ser mandatario de HIPOTECARIA FEDERAL, SOCIEDAD NACIONAL DE CRÉDITO, INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO, en su carácter de fiduciario sustituto de BANCO DE MÉXICO en el fideicomiso denominado FONDO DE OPERACIÓN Y FINANCIAMIENTO BANCARIO A LA VIVIENDA (FOVI), personalidad que acredita con el poder que exhibe certificado por Notario Público, promoviendo Juicio Hipotecario, en contra de GLORIA BUSTOS NÚÑEZ quien tiene su domicilio en Andador Puerto Cancún n° 211, entre Andador Puerto Alvarado III y andador Puerto Cancún II del Fraccionamiento Puerto Alegre de ciudad Madero, Tamaulipas, C.P. 89506, y de quien reclama las prestaciones que se refieren en los incisos a), b), c), d), e), f), g), h), i), de su escrito de demanda, por los hechos y fundamentos que expresa.- Se admite la demanda en cuanto proceda en derecho, désele entrada, fórmese expediente, y regístrese en el Libro de Gobierno bajo el Número 00952/2013, y tomando en consideración que con las escrituras de hipoteca que exhibe se cumple con lo exigido por el artículo 531 fracción I del Código de Procedimientos Civiles en vigor, procédase a la expedición de la cédula hipotecaria para su entrega a las partes, inscripción en el Registro Público de la Propiedad y Publicación en un periódico local.- A partir de la fecha en que se entregue a los deudores la cédula hipotecaria respectiva, el inmueble dado en garantía queda en depósito judicial, junto con todos los frutos y objetos que con arreglo a la escritura y conforme al Código Civil, deben considerarse inmovilizados, y formando parte del mismo inmueble.- Procédase al avalúo del bien inmueble hipotecado.- Así mismo y conforme lo dispone el artículo 535 segundo párrafo, previa la entrega de la cédula hipotecaria, intímese al

deudor para que exprese si acepta o no la responsabilidad de depositario.- Si la diligencia no se entendiera directamente con el deudor, dentro de los tres días siguientes al traslado, deberá manifestar si acepta o no la responsabilidad de depositario, entendiéndose que no la acepta si no hace esta manifestación, y en este caso, el actor podrá pedir que se le entregue la tenencia material de la finca o nombrar depositario bajo su responsabilidad.- Con las copias simples del presente proveído, de la demanda y de los documentos anexos, debidamente selladas y rubricadas por la Secretaria del Juzgado, una vez que cumpla con lo dispuesto en los artículos 533 y 535 del Código de Procedimientos Civiles, emplácese y córrase traslado al demandado (a) en el domicilio que se señala en autos, haciéndole saber que se le concede el término de diez días para que produzca su contestación y oponga excepciones, si las tuviere.- Se tiene como domicilio convencional para oír y recibir notificaciones, el ubicado en calle Burton e Grossman No 1402 altos "B", esquina Carmen Serdán, colonia Tampico-Altamira, de Altamira, Tamaulipas, Código Postal 89609, y por autorizados para que tengan acceso al expediente a los Licenciados Reyna Patricia Flores Luna, Rodrigo Alonso Portes Castillo y Cesar Alejandro Ramírez Rodríguez.- Así y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 4°, 40, 52, 67, 227, 228, 247, 248, 470, 471, 530, 532, 533, 534, 535 y relativo del Código de Procedimientos Civiles en Vigor.- Notifíquese personalmente.- Así lo acuerda y firma el Ciudadano Licenciado Gilberto Barrón Carmona, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil, del Segundo Distrito Judicial en el Estado, actuando con Ciudadana Licenciada María del Carmen Villagrana Almaguer, Secretaria de Acuerdos que autoriza y da fe.- Dos Firmas Ilegibles.- Rúbricas.- Si Vale Doy Fe.- Enseguida se hace la publicación de Ley.- Conste.

Con esta fecha la C. Secretaria de Acuerdos da vista al Titular del Juzgado con la promoción de cuenta.- Ciudad Altamira, Tamaulipas, a doce de marzo del año dos mil catorce (2014).- A sus antecedentes el escrito presentado ante la Oficialía Común de Partes el día diez de este mismo mes y año, signado por el Licenciado Adrián Lara Hernández, quien actúa dentro de los autos del Expediente Número 00952/2013, vista su petición.- En atención a que el Instituto Federal Electoral, informo que en su base de datos no encontró domicilio del demandado y que no fue posible su localización, por lo que procédase a emplazar a dicha persona por medio de edictos que se publicarán en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los de mayor circulación en este Distrito Judicial que comprende Tampico, Madero y Altamira, por TRES VECES consecutivas, fijándose además en los Estrados del Juzgado, comunicándole al interesado que deberá presentar su contestación dentro del término de sesenta días hábiles contados a partir de la última publicación del edicto y si en caso de que el Juez, por cualquier motivo tuviere conocimiento del domicilio de esas personas, o apareciese que maliciosamente se dijo ignorarlo, el emplazamiento se tendrá por no hecho, y se lo mandara practicar en el domicilio ya conocido, quedando a su disposición las copias de traslado en la Secretaria de este Juzgado, la anterior en virtud de que el compareciente manifiesta que desconoce el domicilio.- Lo anterior con fundamento en el artículo 4, 67 fracción VI, del Código de Procedimientos Civiles del Estado.- Notifíquese y Cúmplase.- Así lo provee y firma el Licenciado Gilberto Barrón Carmona, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado ante la Licenciada María Del Carmen Villagrana Almaguer, Secretario de Acuerdos que autoriza y da fe.- Dos Firmas Ilegibles.- Rúbricas.- Si Vale Doy Fe.- C. Juez.- Lic. Gilberto Barrón Carmona.- C. Secretaria de Acuerdos.- Lic. María del Carmen Villagrana Almaguer.- Enseguida se hace la publicación de ley.- Conste.

Es dado el presente edicto en el despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de lo Civil, en Altamira, Tamaulipas, a los 12 días del mes de marzo de 2014.- DOY FE.

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Periódico Oficial Victoria, Tam., jueves 3 de abril de 2014

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ATENTAMENTE

El C. Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil, LIC. GILBERTO BARRÓN CARMONA.- Rúbrica.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. MARÍA DEL CARMEN VILLAGRANA ALMAGUER.- Rúbrica.

1663.- Abril 1, 2 y 3.-3v3.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Cuarto Distrito Judicial. H. Matamoros, Tam.

C.C. GUADALUPE TREVIÑO DE LA CRUZ Y NÉSTOR PAULINO SOLÍS CUYO DOMICILIO SE IGNORA.

El Ciudadano Licenciado Joel Galván Segura, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, en proveído de fecha nueve de enero del dos mil catorce, radicó el Expediente Número 1159/2013, relativo al Juicio Hipotecario, promovido por el C. Licenciado Eduviges Manzano Sánchez, en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas del INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT), y toda vez que su demandante dice ignorar su domicilio, con fundamento en los artículos 1, 2, 4, 5,, 22, 40, 52, 67 fracción IV y 105 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, se ordenó notificar a los demandados GUADALUPE TREVIÑO DE LA CRUZ Y NÉSTOR PAULINO SOLÍS, por medio de edictos mediante proveído de fecha nueve de enero del actual, que se publicará por TRES VECES consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en un diario de mayor circulación en esta ciudad, y en los Estrados de este Juzgado, con las copias simples de la demanda, documentos y de este proveído, para el traslado de ley, la cual quedará a su disposición en la Secretaria de este Tribunal, para que den su contestación dentro del término de sesenta días, contados a partir de la fecha de la última publicación del edicto, percibiéndoseles que deberán señalar domicilio en esta ciudad, para oír y recibir notificaciones, y en caso de no hacerlo las subsecuentes, y aún las personales, se le harán por medio de los Estrados de este Juzgado, como lo previene el artículo 66 del ordenamiento legal antes invocado.

H. Matamoros, Tamps., a 13 de enero de 2014.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. HUGO FRANCISCO PÉREZ MARTÍNEZ.- Rúbrica.

1664.- Abril 1, 2 y 3.-3v3.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Cuarto Distrito Judicial. H. Matamoros, Tam.

C. JOSÉ GUADALUPE ÁLVAREZ SÁNCHEZ. CUYO DOMICILIO SE IGNORA.

El Ciudadano Licenciado Joel Galván Segura, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, en proveído de fecha veinte de agosto de dos mil trece, radicó el Expediente Número 00943/2013 relativo al Juicio Hipotecario promovido por el Licenciado Eduviges Manzano Sánchez, en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas del INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT), en contra de JOSÉ GUADALUPE ÁLVAREZ SÁNCHEZ y toda vez que su demandante dice ignorar su domicilio con fundamento en los artículos 1, 2, 4, 5, 22, 40, 52, 67 fracción VI y 105 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, se ordenó notificar al demandado JOSÉ GUADALUPE ÁLVAREZ SÁNCHEZ por medio de edictos mediante proveído de fecha once de diciembre de dos mil trece, que se publicará por TRES VECES consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en un diario de mayor circulación en esta ciudad, y en los Estrados de este Juzgado, con las copias simples de la demanda, documentos y de este proveído, para el traslado de

ley, la cual quedará a su disposición en la Secretaria de este Tribunal, para que den su contestación dentro del término de sesenta días, contados a partir de la fecha de la última publicación del edicto, percibiéndoseles que deberán señalar domicilio en esta ciudad, para oír y recibir notificaciones, y en caso de no hacerlo las subsecuentes, y aún las personales, se le harán por medio de los Estrados de este Juzgado, como lo previene el artículo 66 del ordenamiento legal antes invocado.

H. Matamoros, Tamps., a 16 de diciembre de 2013.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. HUGO FRANCISCO PÉREZ MARTÍNEZ.- Rúbrica.

1665.- Abril 1, 2 y 3.-3v3.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Cuarto Distrito Judicial. H. Matamoros, Tam.

C. JUAN CARLOS ORTEGA VICENCIO. CUYO DOMICILIO SE IGNORA.

El Ciudadano Licenciado Joel Galván Segura, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, en proveído de fecha veinte de agosto de dos mil trece, radicó el Expediente Número 00946/2013 relativo al Juicio Hipotecario, promovido por el Licenciado Eduviges Manzano Sánchez en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas del INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT), en contra de JUAN CARLOS ORTEGA VICENCIO y toda vez que su demandante dice ignorar su domicilio con fundamento en los artículos 1, 2, 4, 5, 22, 40, 52, 67 fracción VI y 105 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, se ordenó notificar al demandado JUAN CARLOS ORTEGA VICENCIO por medio de Edictos mediante proveído de fecha once de noviembre de dos mil trece, que se publicará por TRES VECES consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en un diario de mayor circulación en esta ciudad, y en los Estrados de este Juzgado, con las copias simples de la demanda, documentos y de este proveído, para el traslado de ley, la cual quedará a su disposición en la Secretaria de este Tribunal, para que den su contestación dentro del término de sesenta días, contados a partir de la fecha de la última publicación del edicto, percibiéndoseles que deberán señalar domicilio en esta ciudad, para oír y recibir notificaciones, y en caso de no hacerlo las subsecuentes, y aún las personales, se le harán por medio de los Estrados de este Juzgado, como lo previene el artículo 66 del ordenamiento legal antes invocado.

H. Matamoros, Tamps., a 16 de diciembre de 2013.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. HUGO FRANCISCO PÉREZ MARTÍNEZ.- Rúbrica.

1666.- Abril 1, 2 y 3.-3v3.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Cuarto Distrito Judicial. H. Matamoros, Tam.

C. NORMA ALICIA MOLINA GONZÁLEZ. CUYO DOMICILIO SE IGNORA.

El Ciudadano Licenciado Joel Galván Segura, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, en proveído de fecha veintisiete de septiembre de dos mil trece, radicó el Expediente Número 01141/2013 relativo al Juicio Hipotecario promovido por el Licenciado Eduviges Manzano Sánchez, en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas del INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT), en contra de NORMA ALICIA MOLINA GONZÁLEZ y toda vez que su demandante dice ignorar su domicilio con fundamento en los artículos 1, 2, 4, 5, 22, 40, 52, 67 fracción VI y 105 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, se ordenó notificar a la demandada NORMA ALICIA MOLINA GONZÁLEZ por medio

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de edictos mediante proveído de fecha dieciséis de diciembre de dos mil trece, que se publicará por TRES VECES consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en un diario de mayor circulación en esta ciudad, y en los Estrados de este Juzgado, con las copias simples de la demanda, documentos y de este proveído, para el traslado de ley, la cual quedará a su disposición en la Secretaria de este Tribunal, para que den su contestación dentro del término de sesenta días, contados a partir de la fecha de la última publicación del edicto, percibiéndoseles que deberán señalar domicilio en esta ciudad, para oír y recibir notificaciones, y en caso de no hacerlo las subsecuentes, y aún las personales, se le harán por medio de los Estrados de este Juzgado, como lo previene el artículo 66 del ordenamiento legal antes invocado.

H. Matamoros, Tamps., a 19 de diciembre de 2013.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. HUGO FRANCISCO PÉREZ MARTÍNEZ.- Rúbrica.

1667.- Abril 1, 2 y 3.-3v3.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Cuarto Distrito Judicial. H. Matamoros, Tam.

C. RAMIRO DE LA GARZA CASTRO. CUYO DOMICILIO SE IGNORA.

El Ciudadano Licenciado Joel Galván Segura, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, en proveído de fecha tres de octubre de dos mil trece, radicó el Expediente Número 01160/2013 relativo al Juicio Hipotecario promovido por el Licenciado Eduviges Manzano Sánchez, en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas del INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT), en contra de RAMIRO DE LA GARZA CASTRO y toda vez que su demandante dice ignorar su domicilio con fundamento en los artículos 1, 2, 4, 5, 22, 40, 52, 67 fracción VI y 105, del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, se ordenó notificar al demandado RAMIRO DE LA GARZA CASTRO por medio de edictos mediante proveído de fecha nueve de enero de dos mil catorce, que se publicará por TRES VECES consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en un diario de mayor circulación en esta ciudad, y en los Estrados de este Juzgado, con las copias simples de la demanda, documentos y de este proveído, para el traslado de ley, la cual quedará a su disposición en la Secretaria de este Tribunal, para que den su contestación dentro del término de sesenta días, contados a partir de la fecha de la última publicación del edicto, percibiéndoseles que deberán señalar domicilio en esta ciudad, para oír y recibir notificaciones, y en caso de no hacerlo las subsecuentes, y aún las personales, se le harán por medio de los Estrados de este Juzgado, como lo previene el artículo 66 del ordenamiento legal antes invocado.

H. Matamoros, Tamps., a 10 de enero de 2014.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. HUGO FRANCISCO PÉREZ MARTÍNEZ.- Rúbrica.

1668.- Abril 1, 2 y 3.-3v3.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

C. ISRAEL RÍOS LUCIO PRESENTE.

El Ciudadano Licenciado Gilberto Barrón Carmona, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, con residencia en Altamira, Tamaulipas, hace saber que en el Expediente Número 00770/2012, radicado en el Juzgado a mí cargo, relativo al Juicio Hipotecario, promovido por la Lic. Claudia Ivette Ávila Vázquez en su carácter de apoderada legal del INSTITUTO DEL

FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES en contra de ISRAEL RÍOS LUCIO, se dictaron los siguientes acuerdos que a la letra dicen.

Con esta fecha la C. Secretaria de Acuerdos da vista al Titular del Juzgado con la promoción de cuenta.- Altamira, Tamaulipas, a (07) siete días del mes de septiembre del año dos mil doce (2012.- Con el anterior escrito de cuenta, 5 anexos y copias simples que acompaña.- Se tiene por presentada a la Ciudadana Licenciada Claudia Ivette Ávila Vázquez, en su carácter de apoderada legal de INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT) personalidad que acredita con el poder que exhibe, promoviendo Juicio Hipotecario, en contra de ISRAEL RÍOS LUCIO, quien tiene su domicilio en calle Santander Número 133 del Fraccionamiento "Las Haciendas I" entre las calles España y C-2 C.P. 89600 localidad Altamira Tamaulipas, y de quien reclama las prestaciones que se refieren en los incisos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, de su escrito de demanda, por los hechos y fundamentos que expresa.- Se admite la demanda en cuanto proceda en derecho, désele entrada, fórmese expediente y regístrese en el Libro de Gobierno respectivo bajo el Número 00770/2012 y tomando en consideración que con las escrituras de hipoteca que exhibe se cumple con lo exigido por el artículo 531 fracción I del Código de Procedimientos Civiles en vigor, procédase a la expedición de la cédula hipotecaria para su entrega a las partes, inscripción en el Registro Público de la Propiedad y publicación en un periódico local.- A partir de la fecha en que se entregue a los deudores la cédula hipotecaria respectiva, el inmueble dado en garantía queda en depósito judicial, junto con todos los frutos y objetos que con arreglo a la escritura y conforme al Código Civil, deben considerarse inmovilizados, y formando parte del mismo inmueble.- Procédase al avalúo del bien inmueble hipotecado.- Así mismo y conforme la dispone el artículo 535 segundo párrafo, intímese al deudor para que exprese si acepta o no la responsabilidad de depositario.- Si la diligencia no se entenderá directamente con el deudor, dentro de los tres días siguientes al traslado, deberá manifestar si acepta o no la responsabilidad de depositario, entendiéndose que no la acepta si no hace esta manifestación, y en este caso, el actor podrá pedir que se le entregue la tenencia material de la finca o nombrar depositario bajo su responsabilidad.- Con las copias simples de la demanda y de los documentos debidamente selladas y rubricadas por la Secretaria del Juzgado, una vez que cumpla con los dispuesto en artículo 533 del Código de Procedimientos Civiles emplácese y córrase traslado al demandado (a) en el domicilio que se señala en autos, haciéndole saber que se le concede el término de diez días para que produzca su contestación, si para ello tuvieren excepciones legales que hacer valer en contra de la misma.- Se tiene como domicilio convencional para oír y recibir notificaciones, el señalando como nuevo domicilio para oír y recibir notificaciones, el ubicado en calle Moctezuma No. 302 colonia Moctezuma, entre Central y Oriente C.P. 89177, en Tampico, Tamaulipas y autorizando para que tengan acceso al expediente a los profesionistas que refiere en los términos del artículo 68 BIS del Código de Procedimientos Civiles.- Así y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 40, 40, 52, 67, 227, 228, 247, 248, 470, 471, 530, 532, 533, 534, 535 y relativa del Código de Procedimientos Civiles en Vigor.- Notifíquese Personalmente.- Así lo acordó y firma la ciudadana Licenciada María del Carmen Villagrana Almaguer, Secretaria de Acuerdos del Juzgado Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, encargada del despacho por Ministerio de Ley, quien actúa con las Testigos de Asistencia Licenciadas Irma Estela Pérez del Ángel y Margarita Rodríguez Juárez, que autorizan y dan fe.- Dos Firmas Ilegibles.- Rubricas.- Si Vale Doy Fe.- Enseguida se hace la publicación de Ley.- Conste.

Con esta fecha la C. Secretaria de Acuerdos da vista al Titular del Juzgado con la promoción de cuenta.- Altamira, Tamaulipas, a veintiocho de febrero de dos mil catorce.- A sus

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Periódico Oficial Victoria, Tam., jueves 3 de abril de 2014

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antecedentes el escrito presentado ante la Oficialía Común de partes el día veintisiete de este mismo mes y año, signado por la Ciudadana Licenciada Claudia Ivette Ávila Vázquez, quien actúa dentro de los autos del Expediente Número 00770/2012, vista su petición.- Como lo solicita, toda vez que se han agotado todos los recursos para la localización del domicilio del demandado ISRAEL RÍOS LUCIO, en atención a su petición, procédase a emplazar a dicha persona por medio de edictos que se publicarán en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los de mayor circulación en este Distrito Judicial que comprende Tampico, ciudad Madero y Altamira, Tamaulipas, por tres veces consecutivas, fijándose además en los Estrados del Juzgado, comunicándole al interesado que deberá presentar su contestación dentro del término de sesenta días hábiles contados a partir de la última publicación del edicto, y en caso de que el Juez por cualquier motivo tuviere conocimiento del domicilio de esa persona, o apareciese que maliciosamente se dijo ignorarlo, el emplazamiento se tendrá por no hecho, y se la mandara practicar en el domicilio ya conocido, quedando a su disposición las copias de traslado en la Secretaria de este H. Juzgado, lo anterior en virtud de que el compareciente manifiesta que desconoce el domicilio.- Lo anterior con fundamento en los artículos, 4, 67 fracción VI del Código de Procedimientos Civiles del Estado.- Notifíquese y Cúmplase.- La acordó y firma el Ciudadano Licenciado Gilberto Barrón Carmona, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, quien actúa con la Secretaria de Acuerdos Licenciada María Del Carmen Villagrana Almaguer, que autoriza y da fe.-- Dos Firmas Ilegibles.- Rubricas.- Si Vale Doy Fe.- C. Juez.- Lic. Gilberto Barrón Carmona.- C. Secretaria De Acuerdos.- Lic. María del Carmen Villagrana Almaguer.- Enseguida se hace la publicación de ley.- Conste.

Es dado el presente edicto en el despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de lo Civil, en Altamira, Tamaulipas, el día seis de marzo de dos mil catorce.- DOY FE.

ATENTAMENTE

El C. Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil, LIC. GILBERTO BARRÓN CARMONA.- Rúbrica.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. MARÍA DEL CARMEN VILLAGRANA ALMAGUER.- Rúbrica.

1669.- Abril 1, 2 y 3.-3v3.

E D I C T O Juzgado Quinto de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

C. CONSUELO CABRERA NIETO PRESENTE.

La Licenciada Teresa Olivia Blanco Alvizo, Juez Quinto de Primera Instancia Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, con residencia en Altamira Tamaulipas radicó el Expediente número 427/2013 relativo al Juicio Hipotecario, promovido por la Licenciada Samanta del Ángel Acosta apoderada legal del INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES en contra de CONSUELO CABRERA NIETO de quien reclama las siguientes prestaciones: A.- El vencimiento anticipado del contrato de apertura de crédito simple y de la constitución de hipoteca y del plazo que mi mandante otorgo al ahora demandado para cumplir con la obligación contraída en virtud de que ha incurrido en el incumplimiento de pago de las amortizaciones al crédito concedido y formalizado con dicho contrato, tal y se encuentra previsto en la Cláusula Vigésima Primera de dicho contrato, inserto en el documento base de mi acción y que aquí adjunto como anexo 02, B.- Como consecuencia de lo anterior, se reclama al 30 de abril del 2013 con fecha de emisión del 29 de mayo del 2013, el pago de 98.7070 veces el Salario Mínimo Mensual vigente para en el Distrito Federal, según consta en el certificado de la misma fecha, que corresponde actualmente a la cantidad de

$194,324.47 (CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO PESOS 47/100 M.N.), por concepto de suerte principal más las amortizaciones que se sigan venciendo hasta la conclusión del presente Juicio, dicha cantidad resulta de las siguiente operaciones multiplicar el factor de $64.76 (Salario Mínimo Diario en el Distrito Federal para el año 2013) por 30.4 equivalente a un mes (dividir de los 365 días del año por los doce meses se obtiene el promedio de 30,4 considerando que hay meses de 28, 30 y 31 días), de dicha operación se obtiene el Salario Mínimo Mensual el cual a su vez se multiplica por las veces salario mensual que la parte demandada adeuda al instituto que represento por concepto de capital (98.7070), como se aprecia en el certificado de adeudo exhibido en esta demanda como anexo 03, obteniéndose así la cantidad en pesos que se reclama a la presente fecha misma que será actualizada al momento de ejecución de sentencia con el salario que se encuentre vigente en el Distrito Federal en la época de la ejecución, actualización que se pactó en el contrato base de mi acción, C).- Por concepto de intereses ordinarios se reclama el pago de 7.1170 veces el Salario Mínimo Mensual vigente para en el Distrito Federal equivalente a la cantidad de $14,011.23 (CATORCE MIL ONCE PESOS 23/100 M.N.) más los que se continúen generando hasta la total liquidación del adeudo según consta en el certificado de adeudo al día 30 de abril del 2013 con fecha de emisión 29 de mayo del 2013. dicha cantidad deberá actualizarse al momento de su ejecución por las circunstancias expresada en el inciso que antecede y resulta de multiplicar el factor de $64.76 (Salario Mínimo Diario en el Distrito Federal para el año 2013) por 30.4 que equivale a un mes (al dividir los 365 días del año por los doce meses se obtiene el promedio de 30.,4 considerando que hay meses de 28,30 y 31 días) dicha operación se obtiene el Salario Mínimo Mensual el cual a su vez se multiplica por las Veces Salario Mínimo que la parte demandada adeuda por concepto de intereses ordinarios al instituto que represento (7.1170) como se aprecia en el certificado de adeudo exhibido en esta demanda, D).- El pago de intereses moratorios no cubiertos más los que se continúen generando hasta la total de liquidación del adeudo, cantidad que de igual manera será determinada en ejecución de sentencia para lo cual se tendrá como Salario Mínimo General vigente en el Distrito Federal el que haya determinado la Comisión Nacional de Salarios Mínimos como se pactó en el contrato base de la acción en su cláusula décima primera de dicho contrato, E).- El pago de las primas de seguros que se pactaron en el contrato de apertura de crédito simple y constitución de hipoteca del contrato base de mi acción igualmente se reclaman los gastos de cobranza así como los gastos que se encuentren vigentes en cuanto corresponda en los términos del presente contrato base de la acción, F).- El pago de las actualizaciones de todas y cada una de las prestaciones que pretendo hacer valer derivadas del incremento al Salario Mínimo para el Distrito Federal que sea aprobado por la Comisión Nacional de Salarios Mínimos para el año en que sea ejecutable la sentencia que se dicte en el presente Juicio, toda vez que el certificado de adeudos adjunto considero el salario del año 2013 y este será actualizado a la época en que se ejecute la sentencia que se dicte en el presente Juicio toda vez que así se acordó en el contrato que nos ocupa, G).- El pago de los gastos y costas que se originen por motivo de la tramitación del presente Juicio, H).- La declaración de hacerse efectiva la garantía hipotecaria respecto del inmueble citado, tal y como fue previsto y pactado en la Cláusula Vigésima Quinta en la constitución de hipoteca del Contrato Base de mi Acción, para el caso de ser condenado el demandado y que paguen en el término de ley, ello con la consecuente desocupación y entrega física el inmueble a mi mandante.- En fecha dieciocho de febrero del dos mil catorce, se ordenó emplazar por medio de edictos que deberán de publicarse por TRES VECES consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en uno de mayor circulación en la ciudad y en la puerta del Juzgado, haciéndosele saber a la C. CONSUELO CABRERA NIETO que deberá presentar su

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Victoria, Tam., jueves 3 de abril de 2014 Periódico Oficial

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contestación de demanda dentro del término de 60 sesenta días contados a partir de la fecha de la publicación del último edicto.- Haciéndosele saber que las copias simples de la demanda y sus anexos debidamente requisitados se encuentran a su disposición en la Secretaría de este H. Juzgado.- Es dado en Altamira Tamaulipas a los veinticuatro días del mes de febrero del dos mil catorce.- DOY FE.

ATENTAMENTE

Altamira, Tamaulipas, febrero 24 del 2014.- La C. Juez Quinto de Primera Instancia Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, LIC. TERESA OLIVIA BLANCO ALVIZO.- Rúbrica.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. ROSA BADILLO HERNÁNDEZ.- Rúbrica.

1670.- Abril 1, 2 y 3.-3v3.

E D I C T O Juzgado Quinto de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

GLORIA MARROQUÍN REYES DOMICILIO IGNORADO.

La Licenciada Teresa Olivia Blanco Alvizo, Juez Quinto de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial del Estado, con residencia en Altamira Tamaulipas por auto de fecha doce de marzo del dos mil trece, radicó el Expediente Número 203/2013, relativo al Juicio Hipotecario, promovido por la Licenciada Claudia Ivette Ávila Vázquez en su carácter de apoderada del INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES a quien le reclama las siguientes prestaciones: A).- El vencimiento anticipado del contrato de apertura de crédito simple con garantía hipotecaria y del plazo que mi mandante otorgo al ahora demandado para cumplir con la obligación contraída en virtud de que han incurrido en el cumplimiento de pago de las amortizaciones al crédito concedido y formalizado con dicho contrato, tal y como se encuentra previsto en la Cláusula Primera de dicho contrato, mismo que va inserto en el documento base de mi acción y que aquí adjunto como anexo 02, B).- El pago del equivalente a 194.4450 veces el Salario Mínimo Mensual vigente en el Distrito Federal, en lo sucesivo "VSMM" que a la fecha de presentación de la presente demanda equivale a la cantidad de $382,803.88 (TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS TRES PESOS 88/00 M.N.), por concepto de capital o suerte principal misma que se desprende de la certificación de adeudos de fecha 08 de marzo de 2013, mismo que se agrega a la presente como anexo 03", dicha cantidad se obtiene de multiplicar el Salario Mínimo Diario vigente en el Distrito Federal por treinta punto cuatro días, (al dividir los 365 días del año por los doce meses se obtiene el promedio de 30.4, considerando que hay meses de 28, 30 y 31 días), obteniendo así el Salario Mínimo Mensual, mismo que se multiplica por las veces de Salario Mínimo Mensual, que el demandado adeuda a mi representada por concepto de capital al día 13 de diciembre de 2012, según certificado que adjunto, de lo que se obtiene la cantidad que en este apartado reclamo. C).- El pago del equivalente a 4.5550 "VSMM", que a la fecha de presentación de la presente demanda equivale a la cantidad de $8,957.58, (OCHO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS 58/100 M.N.) por concepto de intereses ordinarios sobre saldos insolutos, tal y como se pactó en la Cláusula Segunda del contrato de apertura de crédito simple con garantía hipotecaria, dicha cantidad se obtuvo con la misma operación aritmética utilizada en el punto que antecede, es decir, se multiplico el Salario Mínimo Diario vigente en el Distrito Federal por treinta punto cuatro días, y esto a su vez por las veces de Salario Mínimo Mensual, que el demandado adeuda a mi representada por concepto de intereses tasados al día 08 de marzo de 2013, según consta el mismo certificado, D).- El pago de intereses moratorios no cubiertos, más los que se continúen generando hasta la total de liquidación del adeudo, cantidad que será determinada en ejecución de

sentencia para lo cual se tendrá como Salario Mínimo General vigente en el Distrito Federal el que haya determinado la Comisión Nacional de Salarios Mínimos en la época de la ejecución, como se pactó en la Cláusula Segunda del contrato base de mi acción, E).- El pago de las primas de seguro que se pactaron en las Cláusulas Séptima y Octava del contrato base de mi acción, F).- El pago de las actualizaciones de todas y cada una de las prestaciones que pretendo hacer valer, derivadas del incremento el Salario Mínimo para el Distrito Federal que sea aprobado por la Comisión Nacional de Salarios Mínimos para el año en que sea ejecutable la sentencia que se dicte en el presente Juicio, ya que, el certificado de adeudos adjunto considero el salario del año 2012 de $64.76 (SESENTA Y CUATRO PESOS 76/100 M.N.), mismo que evidentemente ira aumentando anualmente y a lo cual se obligó el demandado en el contrato base de mi acción.- Para ello me permito mencionar que la actualización del saldo se pactó entre las partes en el contrato que nos ocupa. G).- El pago de los gastos y costas que se originen por motivo de la tramitación del presente Juicio, tal como fue pactado en la del contrato base de mi acción, H).- en caso de no verificarse el pago de todas y cada una de las prestaciones aquí reclamadas solicito la declaración de hacer efectiva la garantía hipotecaria del contrato de otorgamiento de crédito y constitución de garantía hipotecaria, como lo estipula el contrato base de mi acción del referido contrato para el caso de ser condenado los demandados y que no pague en el término de Ley.

Y mediante auto de fecha doce de febrero del dos mil catorce, toda vez que no fue posible su localización personal en su domicilio, por lo que se ordena emplazarla por edictos que se publicarán por TRES VECES consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en otro de los de mayor circulación de esta ciudad, así mismo se fijara además en la puerta del Juzgado haciéndosele saber a GLORIA MARROQUÍN REYES que deberá de presentar su contestación de demanda dentro del plazo de sesenta días contados a partir de la última publicación del edicto, haciéndosele saber que las copias simples de la demanda y sus anexos debidamente requisitados se encuentran a su disposición en la Secretaria de este H. Juzgado.- Es dado en Altamira, Tamaulipas a dieciocho de febrero del dos mil catorce.- DOY FE.

ATENTAMENTE

La C. Juez Quinto de Primera Instancia Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, LIC. TERESA OLIVIA BLANCO ALVIZO.- Rúbrica.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. ROSA BADILLO HERNÁNDEZ.- Rúbrica.

1671.- Abril 1, 2 y 3.-3v3.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Cuarto Distrito Judicial. H. Matamoros, Tam.

C. NORA HILDA ROCHA RIVERA CUYO DOMICILIO SE IGNORA.

El Ciudadano Licenciado Joel Galván Segura, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, en proveído de fecha veintidós de enero de dos mil catorce, radicó el Expediente Número 1153/2013 relativo al Juicio Hipotecario promovido por Eduviges Manzano Sánchez, apoderado legal de INFONAVIT, y toda vez que su demandante dice ignorar su domicilio con fundamento en los artículos 1, 2, 4, 5, 22, 40, 52, 67 fracción IV y 105 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, se ordenó notificar al demandado NORA HILDA ROCHA RIVERA por medio de edictos mediante proveído de fecha veintidós de enero del actual, que se publicará por TRES VECES consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en un diario de mayor circulación en esta ciudad, y en los Estrados de este Juzgado, con las copias simples de la demanda, documentos y de este proveído, para el traslado de ley, la cual quedará a su

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disposición en la Secretaria de este Tribunal, para que den su contestación dentro del término de sesenta días, contados a partir de la fecha de la última publicación del edicto, percibiéndoseles que deberán señalar domicilio en esta ciudad, para oír y recibir notificaciones, y en caso de no hacerlo las subsecuentes, y aún las personales, se le harán por medio de los Estrados de este Juzgado, como lo previene el artículo 66 del ordenamiento legal antes invocado.

H. Matamoros, Tamps., a 23 de enero de 2014.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. HUGO FRANCISCO PÉREZ MARTÍNEZ.- Rúbrica.

1672.- Abril 1, 2 y 3.-3v3.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Cuarto Distrito Judicial. H. Matamoros, Tam.

C. CARLOS GONZÁLEZ CHÁVEZ. CUYO DOMICILIO SE IGNORA.

El Ciudadano Licenciado Joel Galván Segura, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, en proveído de fecha veinte de septiembre de dos mil trece, radicó el Expediente Número 01103/2013 relativo al Juicio Hipotecario promovido por el Licenciado Eduviges Manzano Sánchez, en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas del INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT), en contra de CARLOS GONZÁLEZ CHÁVEZ y toda vez que su demandante dice ignorar su domicilio con fundamento en los artículos 1, 2, 4, 5, 22, 40, 52, 67 fracción VI y 105, del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, se ordenó notificar al demandado CARLOS GONZÁLEZ CHÁVEZ por medio de Edictos mediante proveído de fecha cinco de diciembre de dos mil trece, que se publicará por TRES VECES consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en un diario de mayor circulación en esta ciudad, y en los Estrados de este Juzgado, con las copias simples de la demanda, documentos y de este proveído, para el traslado de ley, la cual quedará a su disposición en la Secretaria de este Tribunal, para que den su contestación dentro del término de sesenta días, contados a partir de la fecha de la última publicación del edicto, percibiéndoseles que deberán señalar domicilio en esta ciudad, para oír y recibir notificaciones, y en caso de no hacerlo las subsecuentes, y aún las personales, se le harán por medio de los Estrados de este Juzgado, como lo previene el artículo 66 del ordenamiento legal antes invocado.

H. Matamoros, Tamps., a 10 de diciembre de 2013.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. HUGO FRANCISCO PÉREZ MARTÍNEZ.- Rúbrica.

1673.- Abril 1, 2 y 3.-3v3.

E D I C T O Juzgado Tercero de Primera Instancia Familiar.

Primer Distrito Judicial. Cd. Victoria, Tam.

C. BERTHA LETICIA GALLARDO QUINTANA DOMICILIO IGNORADO.

El C. Ciudadano José Ramón Uriegas Mendoza, Juez Tercero de Primera Familiar del Primer Distrito Judicial en el Estado, por auto de fecha once de marzo del año dos mil trece, ordenó la radiación del Expediente Número 00264/2013, relativo al Juicio Ordinario Civil Sobre Divorcio Necesario, promovido por el C. LUIS ALBERTO GARCÍA HERNÁNDEZ, en contra de usted, de quien reclama las siguientes prestaciones.

Ciudad Victoria, Tamaulipas, a los (11) once días del mes de marzo del año dos mil trece (2013), en esta propia fecha la Secretaria de Acuerdos del Juzgado Tercero de Primera Instancia de lo Familiar del Primer Distrito Judicial en el Estado, doy cuenta al Juez con el presente escrito.- Conste.

Ciudad Victoria, Tamaulipas; (11) once días del mes de marzo del año dos mil trece (2013).- Por recibido el escrito de fecha del año en curso, y anexos que acompaña, signado por el C. LUIS ALBERTO GARCÍA HERNÁNDEZ, como lo solicita, téngasele por presentado promoviendo en la Vía Ordinaria Civil, Juicio de Divorcio Necesario, en contra de BERTHA ALICIA GALLARDO QUINTANA, con Domicilio Desconocido, fundándose para lo anterior en los hechos y disposiciones que menciona, de quien reclama las siguientes prestaciones.- A).- La disolución del vínculo matrimonial que legamente nos une, B).- La disolución de la sociedad conyugal, C).- El pago de gastos y costas judiciales que se originen con motivo del presente Juicio.- Con fundamento por lo dispuesto por el artículo 252 del Código de Procedimientos Civiles, se admite a trámite la demanda de cuenta, toda vez que reúne los requisitos a que se refieren los diversos 247 y 248 del Ordenamiento Procesal Invocado.- Fórmese expediente, quedando registrado en el Libro Electrónico del Sistema de Gestión de Negocios de este Juzgado bajo el Número 00264/2013.- Por otra parte y con fundamento en el artículo 558 del Código de Procedimientos Civiles, dese la intervención legal que corresponde al C. Agente del Ministerio Público Adscrito para que exprese la que a su Representación Social convenga.- Previamente a ordenar el emplazamiento y toda vez que se desconoce el domicilio del demandado, gírense atentos oficios al Vocal del Registro Federal de Electores, Gerente de la Comisión Municipal de Agua Potable y Alcantarillado, así como al Gerente de la Comisión Federal de Electricidad y al Gerente de Teléfonos de México, para que informen a este Juzgado si el demandado tiene manifestado su domicilio al obtener su credencial para votar, y como usuario de dichas Organizaciones descentralizadas, y de ser así, precisen el domicilio particular manifestado ante dichas dependencias.- Asimismo se pone a disposición de la parte interesada el oficio de referencia ante la Secretaria de Acuerdos, a efecto de que lo haga llegar a la dependencia o empresa correspondiendo.- Téngase al promovente señalando como domicilio convencional para oír y recibir notificaciones en calle Anaya N° 548 colonia San Francisco entre las calles Matías S. Canales 12 y Gaspar de la Garza 13 C.P. 87050 de esta ciudad, y autorizando para tal efecto y como Asesores Jurídicos a los C.C. Licenciados Francisco González Sifuentes y Jorge Alberto Galván Garcés.- Se hace del conocimiento a las partes que el Supremo Tribunal de Justicia en el Estado de Tamaulipas, motivado por el interés de que los ciudadanos que tiene algún litigio ya sea que figuren como parte actora o parte demandada, cuenten con otra opción para resolver su conflicto legal, ha implementado como forma alternativa de solución a controversias legales, La Mediación, creando para tal efecto la Dirección de Mediación del Primer Distrito Judicial en el Estado, que se encuentra en el Palacio de Justicia del Supremo Tribunal con domicilio en 6 y 7 Ceros Boulevard Praxedis Balboa número 2207, de esta Ciudad, C.P. 87000, Teléfono 31-8-71-81, con atención gratuita al público de Lunes a Viernes de 8:30 a 16:00 horas.- De igual forma se hace del conocimiento de las partes, que en beneficio de los justiciables y para ofrecer un mejor servicio, el Supremo Tribunal de Justicia ha implementado la consulta de las promociones y acuerdos digitalizados, notificaciones personales y presentación de promociones electrónicas, vía internet a través de un correo electrónico, lo que permite atender sus asuntos legales desde la comodidad de su casa, despacho o cualquier lugar en el que se encuentre, sin necesidad de trasladarse a las Instalaciones del Supremo Tribunal.- Sin que la anterior información, lo exima de dar contestación a la demanda y demás obligaciones procesales derivadas del presente Juicio.- Notifíquese personalmente: BERTHA ALICIA GALLARDO QUINTANA.- Así lo acuerda firma el C. Licenciado José Ramón Uriegas Mendoza, Juez Tercero de Primera Instancia de lo Familiar del Primer Distrito Judicial en el Estado, quien actúa con Secretaria de Acuerdos Lic. Asalia María Castañeda Montelongo, que autoriza y Da Fe.- Dos Firmas Rubricas

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Legibles.- Enseguida se registró bajo el Número 00264/2013 y se publicó en lista.- Conste.

AUTO COMPLEMENTARIO.

Ciudad Victoria, Tamaulipas, a los (28) veintiocho días del mes de enero del año dos mil catorce (2014), en esta propia fecha la Secretaria de Acuerdos del Juzgado Tercero de Primera Instancia de lo Familiar del Primer Distrito Judicial en el Estado, doy cuenta al Juez con el presente escrito.- Conste.

Ciudad Victoria, Tamaulipas; (28) veintiocho días del mes de enero del año dos mil catorce (20,14).- A sus antecedente el escrito por sentado en fecha (27) del presente mes y año, signado por el C. LUIS ALBERTO GARCIA HERNÁNDEZ, actuando entro del número de Expediente Número 00264/2013.- Como lo solicita, se hace la aclaración que el nombre correcto de la demandada es BERTHA LETICIA GALLARDO QUINTANA, y no como erróneamente se menciona en el auto de fecha veintiuno de enero del año en curso.- Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 4 del Código de Procedimientos Civiles.- Notifíquese.- Así lo acordó y firma el Ciudadano Licenciado José Ramón Uriegas Mendoza, Titular del Juzgado Tercero de Primera Instancia en Materia Familiar del Primer Distrito Judicial en el Estado, quien actúa con la Lic. Asalia María Castañeda Montelongo, Secretaria de Acuerdos que autoriza y da fe.- Doy Fe.- Dos Firmas Rúbricas Ilegibles.

Y por el presente que se publicará por TRES VECES consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en otro de los de mayor circulación de esta ciudad, así mismo se fijara además en la puerta del local del Juzgado, haciéndole saber que deberá presentar su contestación dentro del plazo de sesenta días, contados a partir de la fecha de la última publicación del edicto, en la inteligencia de que las copias simples de la demanda y sus anexos debidamente requisitados se encuentran a su disposición en la Secretaria de este Juzgado, y que de no comparecer a Juicio se seguirá este en su rebeldía, habiéndoselo las ulteriores notificaciones por cédula.

ATENTAMENTE “SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN”

28/01/2014.- El C. Juez Tercero de Primera Instancia de lo Familiar del Primer Distrito Judicial en el Estado, LIC. JOSÉ RAMÓN URIEGAS MENDOZA.- Rúbrica.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. ASALIA MA. CASTAÑEDA MONTELONGO.- Rúbrica.

1674.- Abril 1, 2 y 3.-3v3.

E D I C T O Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Quinto Distrito Judicial. Cd. Reynosa, Tam.

C. JOSEFINA PÉREZ VÁZQUEZ Y GRANJAS ECONÓMICAS DEL NORTE S.A.

Por auto de fecha veintisiete de mayo del año dos mil trece, el Ciudadano Licenciado Luis Gerardo Uvalle Loperena, Juez Primero de Primera Instancia de lo Civil del Quinto Distrito Judicial en el Estado, dentro el Expediente Número 1199/2012, relativo al Juicio Ordinario Civil, promovido en su contra por ERNESTINA MARTÍNEZ GARCÍA y en el que se le reclama el cumplimiento de las siguientes conceptos: A).- La acción de otorgamiento de escritura pública del contrato de compraventa, respecto de una fracción del predio denominado lote 6 fracción lote, ubicado en la sección tercera, manzana 3, del Fraccionamiento Granjas Económicas del Norte, con una superficie de 268.75 m2, que tiene las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: 12.50 M.L con número lote 18, AL SUR: 12.50 M.L. con calle Primera, AL ESTE: 21.50 M.L con lote número 7, AL OESTE 21.50 M.L con fracción Pte. lote número 7, B).- El Pago de los daños y prejuicios que se hubiesen ocasionado por la parte demandada en virtud del incumplimiento del contrato privado de compraventa que

acompaño al escrito de demanda como documento fundatorio de ml acción, C).- El pago de gastos y costas que se originen del presente Juicio Ordinario Civil sobre Otorgamiento de Escritura.- Por la que mediante el presente edicto que se publicará por TRES VECES consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, en uno de mayor circulación de la localidad y en Estrados del Juzgado, se le hace saber que deberá presentar su contestación dentro del término de sesenta días contados a partir de la fecha de la última publicación, si a sus intereses conviene, quedando a su disposición en la Secretaria de este Juzgado las copias de traslado.

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN",

Cd. Reynosa, Tamaulipas, a 7 de febrero de 2014.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. MANUEL SALDAÑA CASTILLO.- Rúbrica.

1675.- Abril 1, 2 y 3.-3v3.

E D I C T O Juzgado de Primera Instancia Familiar.

Séptimo Distrito Judicial. Cd. Mante, Tam.

C. LEOCADIO HERNÁNDEZ SALAZAR DOMICILIO IGNORADO.

El Licenciado Cuauhtémoc Castillo Infante; Juez de Primera Instancia del Ramo Familiar, del Séptimo Distrito Judicial del Estado, con residencia en Ciudad Mante, Tamaulipas, por acuerdo de fecha quince de Abril de dos mil diez, ordenó la radicación del Expediente Número 00245/2010, relativo al Juicio Ordinario Civil, promovido por LEOCADIO HERNÁNDEZ SALAZAR, en contra de NORBERTA HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ, LEONARDO DANIEL HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ Y CASSANDRA LIZETH HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, en el que le reclama las siguientes prestaciones:

a).- El pago de los alimentos definitivos en forma íntegra a que fue condenado;

b).- Que se declare que hay mejor derecho a que se paguen los alimentos de la promovente y sus representados, que el derecho que como arrendatario adquirió ABEL HERNÁNDEZ SALAZAR, mediante contrato de arrendamiento de fecha 2 de diciembre del año 2011, con relación a la parcela objeto de ese contrato;

c).- EI pago de cualquier prestación derivada del contrato de arrendamiento de fecha 2 de diciembre del año 2011 celebrado entre ABEL y LEOCADIO de apellidos HERNÁNDEZ SALAZAR, a partir de esa fecha y las subsecuentes;

d).- Que se condene a los demandados al pago de las costas judiciales en caso de oposición.

Por auto de fecha veintiséis de febrero de dos mil catorce, se ordenó emplazar por medio de edictos al tercero llamado a Juicio LEOCADIO HERNÁNDEZ SALAZAR, de la Tercera de Preferencia, promovida por la C. NORBERTA HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ, debido a que se acredito en autos que. se desconoce el domicilio actual de esa persona, en consecuencia los edictos en mención se publicarán en el Periódico Oficial del Estado y en uno de mayor circulación en esta ciudad, por TRES VECES consecutivas, se fijaran además en la puerta del Juzgado, comunicándole al interesado, que deberá presentar su contestación dentro del término de sesenta días, a partir de la fecha de la última publicación, y haciéndole del conocimiento al C. LEOCADIO HERNÁNDEZ SALAZAR, que las copias de la reclamatoria y auto de radicación y del proveído de fecha veintiséis de febrero del año actual, quedan a su disposición en la Secretaria de este Tribunal, ubicado en la calle Hidalgo número 203, Norte, Zona Centro, de ciudad Mante, Tamaulipas.- DOY FE.

Cd. Mante, Tam., a 12 de marzo de 2014.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. CLAUDIA A. OBREGÓN BALLADARES.- Rúbrica.

1676.- Abril 1, 2 y 3.-3v3.

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E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Primer Distrito Judicial. Cd. Victoria, Tam.

C.C. NANCY ANGÉLICA HERNÁNDEZ SÁNCHEZ Y JOSÉ RODOLFO NIETO ZAPATA. DOMICILIO IGNORADO.

El Licenciado Adrián Alberto Sánchez Salazar, Juez Segundo de Primera Instancia Civil del Primer Distrito Judicial en el Estado, con residencia en esta Ciudad Victoria, Tamaulipas, mediante proveído de fecha siete de marzo del presente año, dictado dentro del Expediente Número 00901/2013, relativo al Juicio Hipotecario, promovido por el C. Lic. Adrián Lara Hernández, apoderado legal de BBVA BANCOMER, SOCIEDAD ANÓNIMA INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, en contra de C. NANCY ANGÉLICA HERNÁNDEZ SÁNCHEZ, JOSÉ RODOLFO NIETO ZAPATA, ordenó se le emplazara y se le corriera traslado con las copias simples de la demanda y sus anexos, por medio de edictos que se publicarán en el Periódico Oficial del Estado y en otro de los de mayor circulación en esta ciudad, por TRES VECES consecutivas, y se fijara además en los Estrados de este Juzgado para que conteste la demanda instaurada en su contra dentro del término de sesenta días hábiles, contados a partir de la Última publicación de los edictos, quedando a su disposición en la Secretaria de este Juzgado, las copias simples de la demanda y sus anexos, demandando lo siguiente:

A).- El vencimiento anticipado del contrato de apertura de crédito simple con garantía hipotecaria del presente contrato en el que baso mi acción al entablar esta demanda en contra de sus demandados NANCY ANGÉLICA HERNÁNDEZ SÁNCHEZ Y JOSÉ RODOLFO NIETO ZAPATA.

B).- El pago de $454,130.57 (CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CIENTO TREINTA PESOS 57/100 M.N.), dicha cantidad por concepto de Saldo Insoluto, según certificación expedida al día tres de diciembre de dos mil doce, por la contadora facultada por mi poderdante C.P. Sonia Acosta Aguilar.

C).- El pago de $29,157.21 (VEINTINUEVE MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE PESOS 21/100 M.N.), lo anterior cantidad por concepto de INTERESES ORDINARIOS VENCIDOS y adeudados a mi representada, cuyo calculo abarca del periodo comprendido desde enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio y julio todas del año en curso (2013) según se desprende de la certificación expedida al día 02 de agosto de 2013, por la contadora facultada por mi poderdante C.P. Sonia Acosta Aguilar, más las cantidades que se sigan venciendo hasta la total terminación del Juicio que se inicia.

D).- El pago de $662.54 (SEISCIENTOS VEINTIDÓS PESOS 54/100 M.N.) por concepto de amortizaciones de pagadas, y adeudos a mi representada, cuyo cálculo abarca del periodo comprendido desde el mes de enero, febrero marzo, abril, mayo, junio y julio del año en curso (2013) según se desprende de la certificación expedida al día 02 de agosto de 2013 por la contadora facultada por mi poderdante C.P. Sonia Acota Aguilar, más las cantidades que se sigan venciendo hasta la total terminación del Juicio que se inicia.

E).- El pago de $796.25 (SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS 25/100 M.N.) por concepto de Gastos de Administración No Pagados y adeudados a mi representada, cuyo calculo abarca del periodo comprendido desde el mes de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio y julio todas del año en curso (2013) según se desprende de la certificación expedida el día 2 de agosto de 2013, por la contadora facultada por mi poderdante C.P. Sonia Acosta Aguilar, más las cantidades que se sigan venciendo hasta la total terminación del Juicio que se inicia.

F).- El pago de $127.40 (CIENTO VEINTISIETE PESOS 40/100 M.N.) por concepto de IVA de Gastos de Administración No Pagados y adeudos a mi representada cuyo calculo abarca del periodo comprendido desde el mes de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio y julio, todas del año en curso (2013), según se desprende de la certificación expedida el día 2 de agosto de 2013 por la contadora facultada; por mi poderdante C.P. Sonia Acosta Aguilar, más las cantidades qua se sigan venciendo hasta la total terminación desde el Juicio que se inicia.

G).- El pago de $1,373.78 (UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES PESOS 78/100 M.N.) por concepto de Gastos de Cobranza No Pagados, y adeudados a mi representada cuyo calculo abarca del periodo comprendido desde el mes de enero, febrero, marzo, mayo, junio y julio todas del año en curso (2013), según se desprende de la certificación expedida al día 2 de agosto de 2013 por la contadora facultada por mi poderdante C.P. Sonia Acosta Aguilar, más las cantidades que se sigan venciendo hasta la total terminación del juicio que se inicia.

H).- El pago de $219.81 (DOSCIENTOS DIECINUEVE PESOS 81/100 M.N.), por concepto de IVA de Gastos de Cobranza No Pagados y adeudados a mi representada cuyo cálculo abarca del periodo comprendido desde el mes de enero febrero marzo, mayo, junio y julio todas del año en curso (2013), según se desprende de la certificación expedida al día 2 de agosto de 2013 por la contadora facultada por mi poderdante C.P. Sonia Acosta Aguilar, más las cantidades que se sigan venciendo hasta la total terminación desde el juicio que se inicia.

I).- El pago de $1,471.74 (UN MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y UN PESOS 74/100 M.N.) por concepto de INTERESES MORATORIOS, adeudados a mi representada cuyo calculo abarca del periodo comprendido desde el mes de enero febrero marzo, mayo, junio y julio todas del año en curso (2013), según se desprende de la certificación expedida al día 2 de agosto de 2013 por la contadora facultada por mi poderdante C.P. Sonia Acosta Aguilar, más las cantidades que se sigan venciendo hasta la total liquidación del Juicio que se inicial.

J).- El pago de gastos y costas que se originen por la terminación del presente Juicio.

Cd. Victoria, Tamaulipas, a 10 de marzo de 2014.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. MAURA EDITH SANDOVAL DEL ÁNGEL.- Rúbrica.

1677.- Abril 1, 2 y 3.-3v3.

E D I C T O Juzgado de Primera Instancia Familiar.

Séptimo Distrito Judicial. Cd. Mante, Tam.

ARMANDO DOMÍNGUEZ ALGARATE DOMICILIO IGNORADO.

El Licenciado Cuauhtémoc Castillo Infante; Juez de Primera Instancia del Ramo Familiar, del Séptimo Distrito Judicial del Estado, con residencia en Ciudad Mante, Tamaulipas, por acuerdo de fecha once de febrero de dos mil catorce, ordenó la radicación del Expediente Número 00147/2014, relativo al Juicio Ordinario Civil Sobre Divorcio Necesario, promovido por IRENE RODRÍGUEZ ESPARZA, en contra de ARMANDO DOMÍNGUEZ ALGARATE, en el que le reclama las siguientes prestaciones:

A).- La disolución del Vínculo Matrimonial que actualmente los une;

B).- La disolución de la Sociedad Conyugal contraída con el matrimonio;

C).- La patria potestad definitiva de FERNANDA GISSEL, ERUBEY AMADO, NICTE ADELAIDA y ABNER ISAÍ todos de apellidos DOMÍNGUEZ RODRÍGUEZ;

D).- El pago de gastos y costas para el caso de oposición.

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Por auto de fecha seis de marzo de dos mil catorce, se ordenó emplazar por medio de edictos al demandado ARMANDO DOMÍNGUEZ ALGARATE, debido a que se acredito en autos que se desconoce el domicilio actual de esa persona, en consecuencia los edictos en mención se publicarán en el Periódico Oficial del Estado y en uno de mayor circulación en esta ciudad, por TRES VECES consecutivas, se fijaran además en la puerta del Juzgado, comunicándole al interesado, que deberá presentar su contestación dentro del término de sesenta días, a partir de la fecha de la última publicación, y haciéndole del conocimiento al demandado en cita que las copias de la reclamatoria y auto de radicación y del proveído de fecha seis de marzo del año actual, quedan a su disposición en la Secretaria de este Tribunal, ubicado en la calle Hidalgo número 203, Norte, Zona Centro, de ciudad Mante, Tamaulipas.- DOY FE.

Cd. Mante, Tam., a 12 de marzo de 2014.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. CLAUDIA A. OBREGÓN BALLADARES.- Rúbrica.

1678.- Abril 1, 2 y 3.-3v3.

E D I C T O Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Tercer Distrito Judicial. Nuevo Laredo, Tam.

C.C. CLARA ALICIA GONZÁLEZ ARÉVALO DE VARELA Y SOCORRO ROMUELDA ARÉVALO CASTILLO VIUDA DE GONZÁLEZ PRESENTE:-

Por auto de fecha quince de octubre del dos mil trece, dictado por el Ciudadano Licenciado Pedro Caudillo Gutiérrez, Juez Primero de Primera Instancia de lo Civil del Tercer Distrito Judicial del Estado, radicó dentro del Expediente Número 00560/2013, relativo al Juicio Sumario Civil, Sobre Firma y Otorgamiento de Escritura, promovido por el ciudadano RAMÓN DE LA CRUZ SANDOVAL ELIZONDO, en contra de las Ciudadanas CLARA ALICIA GONZÁLEZ ARÉVALO DE VARELA Y SOCORRO ROMUELDA ARÉVALO CASTILLO VIUDA DE GONZÁLEZ, ordenándose en fecha trece de marzo del dos mil catorce, el presente edicto.

Publíquese edicto por TRES VECES consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los periódicos de mayor circulación en esta ciudad emplazándose a Juicio, haciéndoles saber que tienen el término de sesenta días a partir de la última publicación para que presenten su contestación, fijándose copia del mismo en la misma forma ordenada en la Puerta del Juzgado y quedando las copias del traslado en la Secretaria del Juzgado.

Nuevo Laredo, Tamps., 20 de marzo del 2014.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. FRANCISCO JAVIER SERNA GARZA.- Rúbrica.

1679.- Abril 1, 2 y 3.-3v3.

E D I C T O Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Tercer Distrito Judicial. Nuevo Laredo, Tam.

CRÉDITO INMOBILIARIO, S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO PRESENTE:-

Por auto de fecha Seis de Febrero del año dos mil catorce, dictado por el Ciudadano Licenciado Pedro Caudillo Gutiérrez, Juez Primero de Primera Instancia de lo Civil del Tercer Distrito Judicial del Estado, se ordenó dentro del Expediente Número 152/2012 relativo al Juicio Ordinario Civil Sobre Rescisión de Contrato promovido por los Ciudadanos SILVANO SOSA MOLINA Y DORA ELIA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ, en contra de NORA IRMA TIJERINA VILLARREAL, ordenándose el presente edicto.

Nuevo Laredo, Tamaulipas, a seis días del mes de febrero del año dos mil catorce.- Visto el escrito de los Ciudadanos SILVANO SOSA MOLINA Y DORA ELIZ HERNÁNDEZ GONZÁLEZ, parte actora dentro del presente Juicio, y por cuanto a lo solicitado de que se le señale fecha y hora para la celebración de la audiencia de remate, se le dice que no ha lugar de acordar de conformidad, toda vez que al acreedor que aparece en el certificado de gravámenes, no fue debidamente y notificado del estado procesal de los autos; Por lo que cítese al acreedor CRÉDITO INMOBILIARIO, S.A. DE C.V. SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO, para que intervenga en la subasta si le conviniere y A).- Nombre perito a su costa para que intervenga en el avalúo, B).- Para que intervenga en el acto de remate hacer al Juez las observaciones que estime oportunas y C).- Para recurrir el auto de aprobación de remate.- Publíquese el presente por TRES VECES consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los periódicos de mayor circulación en esta ciudad; a efecto de que comparezca al local de este Juzgado, a fin de que manifiesten lo que a su derecho convenga.- Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2, 4, 40, 105, 108 del Código de Procedimientos Civiles.- Notifíquese personalmente a CRÉDITO INMOBILIARIO, S.A. DE C.V. SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO.- Así lo acordó y firma el Ciudadano Licenciado Pedro Caudillo Gutiérrez, Juez Primero de Primera Instancia de lo Civil del Tercer Distrito Judicial del Estado, actuando con el Ciudadano Licenciado Francisco Javier Serna Garza, Secretario de Acuerdos que autoriza y da fe.- Luego se publicó este acuerdo en lista del día.- Conste

Nuevo Laredo, Tamps., 11 de marzo del 2014.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. FRANCISCO JAVIER SERNA GARZA.- Rúbrica.

1680.- Abril 1, 2 y 3.-3v3.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Familiar.

Primer Distrito Judicial. Cd. Victoria, Tam.

C. JOSÉ LUIS HERNÁNDEZ HERRERA. DOMICILIO IGNORADO.

El C. Ciudadano Licenciado Everardo Pérez Luna, Juez Segundo de Primera Instancia del Ramo Familiar del Primer Distrito Judicial en el Estado, por auto de fecha diez de junio del año dos mil trece, ordenó la radicación del Expediente Número 00589/2013, relativo al Divorcio Necesario, promovido por la NEIVA ELIANA MARTÍNEZ MALDONADO, en contra de usted, de quien reclama las siguientes prestaciones:

A.- La disolución del vínculo matrimonial que nos une de fecha (29) veintinueve de septiembre del año (2006) dos mil seis, bajo el régimen patrimonial de Sociedad Conyugal, contraído en Ciudad Victoria, Tamaulipas ante la fe del Oficial del Registro Civil, según consta en el Acta Número (522) quinientos veintidós, inscrita en el libro, de matrimonio número (03) tres, a fojas (0510245) quinientos diez, mil doscientos cuarenta y cinco, Oficialía Número (02) dos, en virtud de que el ahora demandado y la promovente tenemos (06) seis años y (04) cuatro meses separados.

B.- Respecto de la Sociedad Conyugal, no hubo ningún tipo de Muebles e Inmuebles durante el tiempo que permanecimos juntos, debido a que desde el primer día de nuestro matrimonio conyugal fue en la casa de mis padres, por lo que NO EXISTE motivo de repartición.

C.- El pago de gastos y costas que genere el presente juicio en caso de oposición.

Y por el presente que se publicará por TRES VECES consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en otro de los de mayor circulación de, esta ciudad, así mismo se fijara además en la puerta del local del Juzgado, haciéndole saber que deberá presentar su contestación dentro del plazo de sesenta días, contados a partir de la fecha de la última

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publicación del edicto, en la inteligencia de que las copias simples de la demanda y sus anexos debidamente requisitados se encuentran a su disposición en la Secretaria de este Juzgado, y que de no comparecer a Juicio se seguirá este en su rebeldía, haciéndosele las ulteriores notificaciones por cédula.

Cd. Victoria, Tamaulipas, a 07 de marzo de 2014.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. MAURA EDITH SANDOVAL DEL ÁNGEL.- Rúbrica.

1681.- Abril 1, 2 y 3.-3v3.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

SE CONVOCA A POSTORES.

El C. Licenciado Gilberto Barrón Carmona, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, con cabecera en Altamira, Tamaulipas, ordenó sacar a remate en Segundo Almoneda con rebaja del veinte por ciento, el bien inmueble embargado dentro del Expediente Número 00025/2012, relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por el Licenciado Carlos Enrique Hernández Correa, en su carácter de endosatario en procuración de CARLOS JAVIER GONZÁLEZ TORAL, en contra de JUANA MARTÍNEZ TERÁN O JUANA DEL ROSARIO MARTÍNEZ TERÁN, consistente en:

Bien inmueble ubicado en calle Pedro J. Méndez, esquina con Allende número 411, de la colonia Primero de Mayo, en ciudad Madero, Tamaulipas, con una superficie de 186.96 metros cuadrados, y las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE en: 10.80 metros con calle Pedro J. Méndez, AL SUR en 11.70 metros con propiedad de Sara Martínez Rendón; AL ESTE, en 15.70 metros con propiedad de Jesús Nájera; y AL OESTE, en 17.55 con calle Allende, inscrito en el Registro Público de la Propiedad en la Sección I, Número 32, Legajo, 1247, de fecha 16 de junio de 1992, del municipio de Tampico, Tamaulipas, identificado como Finca No. 26419, al cual se le asigna un valor pericial de $1’150,000.00 (UN MILLÓN CIENTO CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.).

Y para su publicación por TRES VECES dentro de nueve días, en un periódico de mayor circulación en este Distrito Judicial, a la segunda almoneda, que tendrá verificativo en el local de este Juzgado, siendo postura legal la cantidad que cubra las dos terceras partes del valor pericial fijado al inmueble que se saca a remate, con rebaja del veinte por ciento, en la inteligencia de que las publicaciones que se realicen deber ser en días naturales.- Fijándose como fecha para la celebración de remate, las NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA VEINTISIETE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CATORCE.- Lo anterior es dado el dieciocho marzo de dos mil catorce.- DOY FE.

El C. Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil, LIC. GILBERTO BARRÓN CARMONA.- Rúbrica.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. MARÍA DEL CARMEN VILLAGRANA ALMAGUER.- Rúbrica.

1682.- Abril 1, 3 y 9.-2v3.

E D I C T O Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Primer Distrito Judicial. Cd. Victoria, Tam.

A QUIEN CORRESPONDA:

El C. Licenciado Gastón Ruiz Saldaña, Juez Primero de Primera Instancia de lo Civil del Primer Distrito Judicial en el Estado, por auto de fecha doce de marzo del 2014, dictado en el Expediente Número 1137/2011, relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por el Licenciado Vinicio Cano Guerrero en su carácter de endosatario en procuración de la C. MA. DEL SOCORRO DE LOS REYES ALCALÁ, en contra de

MAGDALENA MORENO PÉREZ, se ordenó sacar a remate en tercera almoneda el bien inmueble:

Consistente en: terreno urbano y construcciones en el impuestas, identificado como lote número 2, de la manzana 426, colonia Hidalgo del municipio de Victoria, Tamaulipas, con una superficie de 328.47 metros cuadrados, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE 6.80 metros con lote 17 y 14; AL NORTE: 3.90 metros con lote 17 y 14; AL NORTE: 9.00 metros con lote 17 y 14; AL SUR: 15.30 metros con calle Zaragoza; AL ESTE; 22.70 metros con l 3, AL OESTE; 18.00 metros con lotes 1 y 17; AL OESTE: 3.90 metros con lotes 1 y 17, el cual se encuentra inscrito ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio en el Estado de Tamaulipas, bajo los siguientes datos: Finca N° 52246, del municipio de Victoria, Tamaulipas, de fecha 13 de agosto de 2013, valuado en la cantidad de $985,410.00 (NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS DIEZ PESOS 00/100 M.N.), según dictamen pericial que obra en autos con la correspondiente rebaja del 20%.

Y por el presente que se publicará por TRES VECES dentro de nueve días en el Periódico Oficial del Estado y en otro de los de mayor circulación en esta ciudad, se convocan postores al remate de dicho bien, siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes del precio del avalúo, en la inteligencia de que los que desean tomar parte en la subasta deberán depositar previamente en el Fondo Auxiliar de la Administración de Justicia en el Estado y a disposición de este Juzgado el veinte por ciento que sirve de base para el presente remate, presentando al efecto el certificado de depósito respectivo, sin cuyo requisito no serán admitidos, así como por escrito en sobre cerrado la postura legal correspondiente que será sobre la base antes dicha, señalándose para tal efecto el DÍA VEINTITRÉS (23) DE ABRIL DEL DOS MIL CATORCE (2014) 12:00 HORAS para que tenga verificativo la diligencia de remate en tercera almoneda.

ATENTAMENTE

Cd. Victoria, Tamaulipas, a 28 de febrero de 2014.- El C. Secretario de Acuerdos del Juzgado Primero de Primera Instancia de lo Civil del Primer Distrito Judicial en el Estado, LIC. ANASTACIO MARTÍNEZ MELGOZA.- Rúbrica.

1683.- Abril 1, 3 y 9.-2v3.

E D I C T O Juzgado de Primera Instancia Mixto.

Décimo Distrito Judicial. Padilla, Tam.

A QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO.

Dentro de los autos que integran el Expediente Familiar Número 00045/2014 relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de VIRGILIO NAVARRO RETA, quien tuvo su último domicilio en Estación Santa Engracia, municipio de Hidalgo, Tamaulipas, intestado que fuera denunciado por ALEJANDRO HERNÁNDEZ SALINAS hago de su conocimiento que por auto de fecha diecinueve de marzo del dos mil catorce el Juez de mi adscripción tuvo por radicado el mismo, por lo cual entre otras cosas, se ordenó la publicación del presente edicto convocando a todos aquellos que se crean con derecho a la prenombrada sucesión a efecto de que si lo estiman convenientes a sus intereses, comparezcan a dicho juicio a deducirlo dentro de quince (15) contados a partir de esta publicación.

ATENTAMENTE

Padilla, Tamaulipas, a 19 de marzo de 2014.- El C. Secretario de Acuerdos de lo Civil-Familiar del Juzgado de Primera Instancia Mixto del Décimo Distrito Judicial del Estado, LIC. VÍCTOR HUGO BONILLA REQUENA.- Rúbrica.

1725.- Abril 3.-1v.

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Victoria, Tam., jueves 3 de abril de 2014 Periódico Oficial

Página 20

E D I C T O Juzgado Primero de Primera Instancia Familiar.

Quinto Distrito Judicial. Cd. Reynosa, Tam. Cd. Reynosa, Tam; 18 de marzo de 2014.

CITANDO A HEREDEROS Y ACREEDORES.

La Ciudadana Licenciada Ana Verónica Reyes Díaz, Juez Primero de Primera Instancia de lo Familiar del Quinto Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha dieciocho de marzo del año dos mil catorce, ordenó la radicación del Expediente Número 00325/2014; relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de MARÍA ISABEL JUÁREZ GÓMEZ Y/O MARÍA ISABEL JUÁREZ RODRÍGUEZ Y/O ISABEL JUÁREZ, denunciado por MARÍA DEL REFUGIO CORTEZ RODRÍGUEZ.

Por este edicto, que se publicará por UNA SOLA VEZ tanto en el Periódico Oficial del Estado como en uno de los de mayor circulación en esta localidad, convocando a los que se consideren con derecho a la herencia pasen a deducirlo dentro del término de quince días contados a partir de la última publicación del edicto.- Se designó a MARÍA DEL REFUGIO CORTEZ RODRÍGUEZ como interventor de la presente sucesión.

ATENTAMENTE.

El C. Secretario de Acuerdos, LIC. SIMÓN ALBERTO LÓPEZ IBARRA.- Rúbrica.

1726.- Abril 3.-1v.

E D I C T O Juzgado de Primera Instancia Civil y Familiar.

Décimo Tercer Distrito Judicial. Río Bravo, Tam.

CITANDO A HEREDEROS Y ACREEDORES:

EI C. Licenciado Raúl Escamilla Villegas, Juez de Primera Instancia de lo Civil y Familiar del Décimo Tercer Distrito Judicial en el Estado, por auto de fecha diecinueve de febrero del dos mil catorce, ordenó la radicación del Expediente Número 00110/2014 relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de DIONISIO OLMEDA RUIZ, PROMOVIDO POR REYNA ELIZABETH OLMEDA RAMOS.

Por este edicto que se publicará por UNA SOLA VEZ tanto en el Periódico Oficial del Estado como en uno de los de mayor circulación en esta ciudad, se convoca a los que se consideren con derecho a la herencia pasen a deducirlo dentro del término de quince días contados a partir de la última publicación del edicto.

ATENTAMENTE Río Bravo, Tam., 27 de febrero de 2014.- El C. Secretario

de Acuerdos, LIC. ADÁN MÁRQUEZ SEGURA.- Rúbrica.

1727.- Abril 3.-1v.

E D I C T O Juzgado de Primera Instancia Civil y Familiar.

Décimo Tercer Distrito Judicial. Río Bravo, Tam.

CITANDO A HEREDEROS Y ACREEDORES:

EI C. Licenciado Raúl Escamilla Villegas, Juez de Primera Instancia de lo Civil y Familiar del Décimo Tercer Distrito Judicial en el Estado, por auto de fecha once de febrero del dos mil catorce, ordenó la radicación del Expediente Número 00088/2014 relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de MARÍA CARLOTA GARCÍA NAVARRETE DE HERNÁNDEZ, promovido por ISABEL CRISTINA, ROSA ELENA y MA. ANGELINA de apellidos HERNÁNDEZ GARCÍA.

Por este edicto que se publicará por UNA SOLA VEZ tanto en el Periódico Oficial del Estado como en uno de los de mayor circulación en esta ciudad, se convoca a los que se consideren con derecho a la herencia pasen a deducirlo dentro del término

de quince días contados a partir de la última publicación del edicto.

ATENTAMENTE Río Bravo, Tam., 26 de febrero de 2014.- El C. Secretario

de Acuerdos, LIC. ADÁN MÁRQUEZ SEGURA.- Rúbrica.

1728.- Abril 3.-1v.

E D I C T O Juzgado de Primera Instancia Civil y Familiar.

Décimo Tercer Distrito Judicial. Río Bravo, Tam.

CITANDO A HEREDEROS Y ACREEDORES:

EI C. Licenciado Raúl Escamilla Villegas, Juez de Primera Instancia de lo Civil y Familiar del Décimo Tercer Distrito Judicial en el Estado, por auto de fecha diecinueve de febrero del dos mil catorce, ordenó la radicación del Expediente Número 00108/2014, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de AQUILES SALAZAR SÁNCHEZ, denunciado por JOSÉ LORENZO Y JOSÉ CLARITO SALAZAR GARCÉS.

Por este edicto que se publicará por UNA SOLA VEZ tanto en el Periódico Oficial del Estado como en uno de los de mayor circulación en esta ciudad, se convoca a los que se consideren con derecho a la herencia pasen a deducirlo dentro del término de quince días contados a partir de la última publicación del edicto.

ATENTAMENTE Río Bravo, Tam., 03 de marzo de 2014.- El C. Secretario

de Acuerdos, LIC. ADÁN MÁRQUEZ SEGURA.- Rúbrica.

1729.- Abril 3.-1v.

E D I C T O Juzgado Primero de Primera Instancia Familiar.

Primer Distrito Judicial. Cd. Victoria, Tam.

A QUIEN CORRESPONDA:

El Ciudadano Licenciado Luis Gerardo Uvalle Loperena, Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Familiar del Primer Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha 7 de marzo del presente año, ordenó la radicación del Expediente Número 00235/2014, relativo al Juicio Sucesión Intestamentaria a bienes de ELENA CARREÓN MORENO, FEDERICO RAMOS CÓRDOVA, denunciado por BENIGNO RAMOS CARREÓN, MA. DEL REFUGIO RAMOS CARREÓN, NABOR RAMOS CARREÓN, FAUSTINO RAMOS CARREÓN, ANDRÉS RAMOS CARREÓN, MARÍA ALICIA RAMOS CARREÓN, GUADALUPE RAMOS CARREÓN, JORGE LUIS RAMOS CARREÓN.

Y por el presente que se publicará por UNA SOLA VEZ en el Periódico Oficial del Estado y en otro de los de mayor circulación de esta ciudad, se convoca a todos los que se consideren con derecho a la herencia y a los acreedores en su caso para que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados a partir de la publicación del edicto.

ATENTAMENTE

Cd. Victoria, Tam., 11 de marzo de 2014.- La C. Secretaria de Acuerdos del Juzgado Primero de Primera Instancia en Materia Familiar, LIC. MARÍA DEL CARMEN JUÁREZ VALDÉS.- Rúbrica.

1730.- Abril 3.-1v.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Familiar.

Primer Distrito Judicial. Cd. Victoria, Tam.

A QUIEN CORRESPONDA:

El Ciudadano Licenciado Everardo Pérez Luna, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Familiar, del Primer Distrito Judicial en el Estado, mediante auto de fecha cinco de

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Periódico Oficial Victoria, Tam., jueves 3 de abril de 2014

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marzo del año en curso, ordenó la radicación del Expediente Número 00236/2014, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de MA. SILVESTRE CHÁVEZ BARRÓN, denunciado por LUIS REYES GONZÁLEZ.

Y por el presente edicto que se publicará por UNA SOLA VEZ en el Periódico Oficial del Estado y en un periódico de los de mayor circulación en esta ciudad, se convoca a todos los que se consideren con derecho a la herencia y en su caso a los acreedores, para que se presenten en el Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados a partir de la última publicación del edicto.

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN".

Cd. Victoria, Tamaulipas, 19 de marzo de 2014.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. RAMIRO FRANCISCO DEL ÁNGEL.- Rúbrica.

1731.- Abril 3.-1v.

E D I C T O Juzgado Quinto de Primera Instancia Familiar.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

El Licenciado Fernando Emmanuel González de la Rosa, Juez Quinto de Primera Instancia del Ramo Familiar del Segundo Distrito Judicial en el Estado, con residencia en ciudad Altamira, Tamaulipas.- Ordenó radicar el Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de JULIA IGNACIA CASTAÑÓN RODRÍGUEZ, GUILLERMO GARCÍA CASTAÑÓN, CLEMENTE GARCÍA ROMÁN, quien falleció la primera el día veintiséis (26) de noviembre del año mil novecientos sesenta y cinco (1965) en ciudad Madero, Tamaulipas, el segundo el día (07) siete de Abril del año (2012) dos mil dote, en ciudad Tampico, Tamaulipas y el tercero el día (01) primero de febrero del año (1947) mil novecientos cuarenta y siete en ciudad Madero, Tamaulipas.- Sucesión denunciada por los CC. CECILIA MELLADO VALDEZ, ELIZABETH GARCÍA MELLADO Y ABRAHAM GARCÍA MELLADO.

Expediente registrado bajo el Número 00254/2014, a fin de que quienes se crean con derecho a la presente sucesión, comparezcan a deducirlo dentro del término de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, que deberá publicarse por UNA SOLA VEZ, en el Periódico Oficial del Estado y en el de mayor circulación en este Distrito Judicial.- Es dado el presente en Cd. Altamira, Tamaulipas a los 10/03/2014 09:45:19 a.m.- DOY FE.

La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. ROXANA IBARRA CANUL.- Rúbrica.

1732.- Abril 3.-1v.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Familiar.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

La C. Licenciada Antonia Pérez Anda, Juez Segundo de Primera Instancia Familiar del Segundo Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha trece de noviembre del año dos mil trece, ordenó la radicación del Expediente Número 01321/2013, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de CRUZ HERNÁNDEZ TORRES, denunciado por la C. FILOMENA HERNÁNDEZ TORRES.

Y por el presente que se publicará por UNA SOLA VEZ en el Periódico Oficial del Estado y en otro de los de mayor circulación de esta ciudad, se convoca a todos los que se consideren con derecho a la herencia y a los acreedores en su caso para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días contados a partir de la última publicación del edicto.- Se expide el presente en Altamira, Tamaulipas a los dos días del mes de diciembre del año dos mil trece.- DOY FE.

ATENTAMENTE

“SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN”

La C. Juez Segundo de Primera Instancia de lo Familiar, LIC. ANTONIA PÉREZ ANDA.- Rúbrica.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. ERIK SAIT GONZÁLEZ VILLANUEVA.- Rúbrica.

1733.- Abril 3.-1v.

E D I C T O Juzgado Primero de Primera Instancia Familiar.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

El Lic. Luis Manuel Navarro Cruz, Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Familiar del Segundo Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha ocho de octubre de dos mil trece, ordenó la radicación del Expediente Número 01130/2013 relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de JOSÉ LUIS ACHEM ORDAZ, denunciado por LILIA INÉS SARMIENTO CHÁVEZ.

Y por el presente que se publicará por UNA SOLA VEZ en el Periódico Oficial del Estado y en el periódico de mayor circulación matutino de la ciudad de Tampico, Tamaulipas, se convoca a presuntos herederos y acreedores, a fin de que si conviene a sus intereses se apersonen en este Juzgado a deducir los derechos hereditarios si los tuvieren dentro del término de quince días contados a partir de la última publicación ordenada.- Se expide la presente en Altamira, Tamaulipas a los 17 de octubre de 2013.- DOY FE.

La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. VERÓNICA MACÍAS RAMÍREZ.- Rúbrica.

1734.- Abril 3.-1v.

E D I C T O Juzgado Primero de Primera Instancia Familiar.

Primer Distrito Judicial. Cd. Victoria, Tam.

A QUIEN CORRESPONDA:

El Ciudadano Licenciado Luis Gerardo Uvalle Loperena, Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Familiar del Primer Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha veinte de marzo del dos mil catorce, ordenó la radicación del Expediente Número 00291/2014, relativo al Juicio Sucesión Intestamentaria a bienes de BENIGNO PÉREZ CASTRO, denunciado por APOLONIA RAMÍREZ GARCÍA.

Y por el presente que se publicará por UNA SOLA VEZ en el Periódico Oficial del Estado y en otro de los de mayor circulación de esta ciudad, se convoca a todos los que se consideren con derecho a la herencia y a los acreedores en su caso para que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados a partir de la publicación del edicto.

ATENTAMENTE

Cd. Victoria, Tam., 21 de marzo de 2014.- La C. Secretaria de Acuerdos del Juzgado Primero de Primera Instancia en Materia Familiar, LIC. MARÍA DEL CARMEN JUÁREZ VALDÉS.- Rúbrica.

1735.- Abril 3.-1v.

E D I C T O Juzgado Tercero de Primera Instancia Familiar.

Primer Distrito Judicial. Cd. Victoria, Tam.

A QUIEN CORRESPONDA:

El Ciudadano Licenciado José Ramón Uriegas Mendoza, Juez Tercero de Primera Instancia de lo Familiar, del Primer Distrito Judicial en el Estado, mediante auto de fecha (05) cinco de marzo del corriente, ordenó la radicación del Expediente Número 00216/2014, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de MANUEL CASTILLO HERNÁNDEZ, denunciado por la C. ROSAURA PEREA SALAZAR.

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Victoria, Tam., jueves 3 de abril de 2014 Periódico Oficial

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Y por el presente edicto que se publicará por UNA SOLA VEZ en el Periódico Oficial del Estado y en un periódico de los de mayor circulación en esta ciudad, se convoca a todos los que se consideren con derecho a la herencia y en su caso a los acreedores, para que se presenten en el Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados a partir de la última publicación del edicto.

ATENTAMENTE “SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN”

Cd. Victoria, Tamaulipas, 05/03/2014 04:01:49 p.m.- El C. Juez Tercero de Primera Instancia de lo Familiar del Primer Distrito Judicial en el Estado, LIC. JOSÉ RAMÓN URIEGAS MENDOZA.- Rúbrica.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. ASALIA MA. CASTAÑEDA MONTELONGO.- Rúbrica.

1736.- Abril 3.-1v.

E D I C T O Juzgado de Primera Instancia Mixto.

Noveno Distrito Judicial. Tula, Tam.

Tula, Tam., 19 de marzo de 2014

Por acuerdo dictado con fecha trece de diciembre del dos mil trece, lo Ciudadana Licenciada Nancy Domínguez Martínez, Juez de Primera Instancia Mixto del Noveno Distrito Judicial del Estado, con residencia en esta ciudad, ordenó lo radicación del Expediente Familiar Número 00123/2013, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de JOSÉ ANTONIO GUTIÉRREZ POSADAS Y FRANCISCA GARCÍA CASTILLO, denunciado por NORBERTA GUTIÉRREZ GARCÍA.

Asimismo, ordenó lo publicación de edictos por una sola vez en el Periódico Oficial del Estado, así como en otro local de los de mayor circulación que se editan en Ciudad Victoria, Tamaulipas, convocando por estos medios a quienes se crean con derecho a lo herencia y acreedores si los hubiere; para que comparezcan ante este Juzgado a hacer valer los mismos, dentro del término legal de quince días contados a partir de lo última publicación del edicto correspondiente.

ATENTAMENTE “SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN”

El C. Secretario de Acuerdos, LIC. ADOLFO GARCÍA IZAGUIRRE.- Rúbrica.

1737.- Abril 3.-1v.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Familiar.

Tercer Distrito Judicial. Nuevo Laredo, Tam.

Nuevo Laredo, Tamaulipas, a 05 de marzo de 2014.

A QUIEN CORRESPONDA:

Por auto de fecha veintisiete de Febrero del dos mil catorce, el C. Licenciado Armando Saldaña Badillo, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Familiar del Tercer Distrito Judicial en el Estado, dio por radicado dentro del Expediente Número 154/2014, Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de JUAN CASTILLO RIVAS y GRACIELA REYES MORALES.

Y por el presente edicto que se publicará por UNA SOLA VEZ en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los de mayor circulación en esta ciudad, se convoca a los presuntos herederos y acreedores para que se presenten a hacer valer sus derechos dentro del término de quince días, contando a partir de la publicación del edicto.

ATENTAMENTE.

El C. Secretario de Acuerdos, LIC. CARLOS GERARDO PÉREZ GÓMEZ.- Rúbrica.

1738.- Abril 3.-1v.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Familiar.

Tercer Distrito Judicial. Nuevo Laredo, Tam.

Nuevo Laredo, Tamaulipas, a 20 de noviembre de 2013.

A QUIEN CORRESPONDA:

Por auto de fecha catorce de noviembre del dos mil trece, el C. Licenciado Armando Saldaña Badillo, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Familiar del Tercer Distrito Judicial en el Estado, dio por radicado dentro del Expediente Número 875/2013, Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de DAVID ANTONIO VÁZQUEZ CASTILLO.

Y por el presente edicto que se publicará por UNA SOLA VEZ en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los de mayor circulación en esta ciudad, se convoca a los presuntos herederos y acreedores para que se presenten a hacer valer sus derechos dentro del término de quince días, contando a partir de la publicación del edicto.- Se tiene como interventor provisional para representar la presente sucesión a la C. ELISA DE LUNA MURILLO.

ATENTAMENTE.

El C. Secretario de Acuerdos, LIC. CARLOS GERARDO PÉREZ GÓMEZ.- Rúbrica.

1739.- Abril 3.-1v.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Familiar.

Tercer Distrito Judicial. Nuevo Laredo, Tam.

Nuevo Laredo, Tamaulipas, a 06 de marzo de 2014

A QUIEN CORRESPONDA:

Por auto de fecha cuatro de marzo del dos mil catorce, el C. Licenciado Armando Saldaña Badillo, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Familiar del Tercer Distrito Judicial en el Estado, dio por radicado dentro del Expediento Número 173/2014, Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de GUSTAVO RABAGO BENAVIDES.

Y por el presente edicto que se publicará por UNA SOLA VEZ en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los de mayor circulación en esta ciudad, se convoca a los presuntos herederos y acreedores para que se presenten a hacer valer sus derechos dentro del término de quince días, contando a partir de la publicación del edicto.

ATENTAMENTE.

El C. Secretario de Acuerdos, LIC. CARLOS GERARDO PÉREZ GÓMEZ.- Rúbrica.

1740.- Abril 3.-1v.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Familiar.

Primer Distrito Judicial. Cd. Victoria, Tam.

A QUIEN CORRESPONDA:

El Ciudadano Licenciado Everardo Pérez Luna, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Familiar, del Primer Distrito Judicial en el Estado, mediante auto de fecha doce de marzo del año en curso, ordenó la radicación del Expediente Número 00266/2014, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de MANUEL AGUILAR ARRIAGA, CARMEN MIRELES TREJO, denunciado por BEATRIZ CONCEPCIÓN AGUILAR MIRELES, JOSÉ LUIS AGUILAR MIRELES.

Y por el presente edicto que se publicará por UNA SOLA VEZ en el Periódico Oficial del Estado y en un periódico de los de mayor circulación en esta ciudad, se convoca a todos los que se consideren con derecho a la herencia y en su caso a los acreedores, para que se presenten en el Juzgado a

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Periódico Oficial Victoria, Tam., jueves 3 de abril de 2014

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deducirlo en el término de quince días contados a partir de la última publicación del edicto.

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN".

Cd. Victoria, Tamaulipas, 14 de marzo de 2014.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. RAMIRO FRANCISCO DEL ÁNGEL.- Rúbrica.

1741.- Abril 3.-1v.

E D I C T O Juzgado Cuarto de Primera Instancia Familiar.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

SE CONVOCA A PRESUNTOS HEREDEROS Y ACREEDORES:

El Ciudadano Licenciado Rubén Galván Cruz, Juez Cuarto de Primera Instancia de lo Familiar del Segundo Distrito Judicial del Estado, con residencia en Altamira, Tamaulipas por auto de fecha (05) cinco de marzo de (2014) dos mil catorce, ordenó la radicación del Expediente 00271/2014, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de LUCIA GÓMEZ RODRÍGUEZ Y/O LUCIA GUADALUPE GÓMEZ RODRÍGUEZ Y/O LUCIA GUADALUPE GÓMEZ DE RIVERA, quien falleció el día (14) catorce de mayo de (1993) mil novecientos noventa y tres, en Tampico, Tamaulipas, denunciado por los C.C. GABRIEL RIVERA GÓMEZ, GERARDO ALFONSO RIVERA GÓMEZ, JULIO ANTONIO RIVERA GÓMEZ Y LUCIA GUADALUPE RIVERA GÓMEZ.

Y por el presente que se publicará por UNA SOLA VEZ en el Periódico Oficial del Estado y en otro de los de mayor circulación, se convoca a todos los que se consideren con derecho a la herencia y a los acreedores en su caso para que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados a partir de la última publicación del edicto.- Es dado en ciudad Altamira, Tamaulipas, a los (07) siete días del mes de marzo de (2014) dos mil catorce.- DOY FE.

El C. Juez, LIC. RUBÉN GALVÁN CRUZ.- Rúbrica.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. MARÍA ESTHELA VALDÉS DEL ROSAL.- Rúbrica.

1742.- Abril 3.-1v.

E D I C T O Juzgado Tercero de Primera Instancia Familiar.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

La Ciudadana Licenciada Dora Alicia Hernández Francisco, Juez Tercero de Primera Instancia del Ramo Familiar del Segundo Distrito Judicial en el Estado con residencia en la ciudad de Altamira, Tamaulipas; ordenó la radicación en este órgano jurisdiccional, del Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de PEDRO CHÁVEZ GARCÍA denunciado por MARÍA EMILIA LÓPEZ JARAMILLO, asignándosele el número 01252/2013, y la publicación del presente edicto por UNA SOLA VEZ tanto en el Periódico "Oficial del Estado" como en el de mayor circulación en la localidad en la edición matutina, convocándose a los que se consideren con derecho a la herencia y a los acreedores en su caso, para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días contados a partir de la fecha de la última publicación del edicto, conforme lo establecido por el numeral 788 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado.- Es dado el presente a los 06 de noviembre de 2013.

La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. MARÍA MAGDALENA ZUMAYA JASSO.- Rúbrica.

1743.- Abril 3.-1v.

E D I C T O Juzgado Tercero de Primera Instancia Familiar.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

La Ciudadana Licenciada Dora Alicia Hernández Francisco, Juez Tercero de Primera Instancia del Ramo Familiar del Segundo Distrito Judicial en el Estado con residencia en la ciudad de Altamira, Tamaulipas; ordenó la radicación en este órgano jurisdiccional, del Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de RAFAEL RODRÍGUEZ CALDERÓN denunciado por BERTHA CALDERÓN GARCÍA, asignándosele el Número 00258/2014, y la publicación del presente edicto por UNA SOLA VEZ tanto en el Periódico "Oficial del Estado" como en el de mayor circulación en la localidad en la edición matutina, convocándose a los que se consideren con derecho a la herencia y a los acreedores en su caso, para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días contados a partir de la fecha de la última publicación del edicto, conforme lo establecido por el numeral 788 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado.- Es dado el presente a los 07 de marzo de 2014.

La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. MARÍA MAGDALENA ZUMAYA JASSO.- Rúbrica.

1744.- Abril 3.-1v.

E D I C T O Juzgado Primero de Primera Instancia Familiar.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

El Lic. Luis Manuel Navarro Cruz, Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Familiar del Segundo Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha catorce de febrero del año dos mil catorce, ordenó la radicación del Expediente Número 00203/2014 relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de EDGAR MENDOZA RICARDO, denunciado por MIRIAM MENDOZA RICARDO.

Y por el presente que se publicará por UNA SOLA VEZ en el Periódico Oficial del Estado y en el periódico de mayor circulación matutino de la ciudad de Tampico, Tamaulipas, se convoca a presuntos herederos y acreedores, a fin de que si conviene a sus intereses se apersonen en este Juzgado a deducir los derechos hereditarios si los tuvieren dentro del término de quince días contados a partir de la última publicación ordenada.- Se expide la presente en Altamira, Tamaulipas a los 12 días del mes de marzo de 2014 dos mil catorce.- DOY FE.

La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. VERÓNICA MACÍAS RAMÍREZ.- Rúbrica.

1745.- Abril 3.-1v.

E D I C T O Juzgado Tercero de Primera Instancia Familiar.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

La Ciudadana Licenciada Dora Alicia Hernández Francisco, Juez Tercero de Primera Instancia del Ramo Familiar del Segundo Distrito Judicial en el Estado con residencia en la ciudad de Altamira, Tamaulipas; ordenó la radicación en este órgano jurisdiccional, del Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de ANTONIO PALOMINO RIVERA, denunciado por las C.C. MARÍA DE LOS ÁNGELES PALOMINO MARTÍNEZ Y NORMA ANGÉLICA PALOMINO MARTÍNEZ, asignándosele el número 00331/2014, y la publicación del presente edicto por UNA SOLA VEZ tanto en el Periódico "Oficial del Estado" como en el de mayor circulación en la localidad en la edición matutina, convocándose a los que se consideren con derecho a la herencia y a los acreedores en su caso, para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días contados a partir de la fecha de la última publicación del edicto, conforme lo establecido por el numeral

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Victoria, Tam., jueves 3 de abril de 2014 Periódico Oficial

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788 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado.- Es dado el presente a los (20) veinte días del mes de marzo del año (2014) dos mil catorce.

La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. MARÍA MAGDALENA ZUMAYA JASSO.- Rúbrica.

1746.- Abril 3.-1v.

E D I C T O Juzgado de Primera Instancia Civil y Familiar.

Décimo Tercer Distrito Judicial. Río Bravo, Tam.

CITANDO A HEREDEROS Y ACREEDORES:

EI C. Licenciado Raúl Escamilla Villegas, Juez de Primera Instancia de lo Civil y Familiar del Décimo Tercer Distrito Judicial en el Estado, por auto de fecha once de julio del año en curso, ordenó la radicación del Expediente Número 00463/2013 relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de CLEOFÁS ZAPATA CASTILLO promovido por AMELIA HERNÁNDEZ AVALOS.

Por este edicto que se publicará por UNA SOLA VEZ tanto en el Periódico Oficial del Estado como en uno de los de mayor circulación en esta ciudad, se convoca a los que se consideren con derecho a la herencia pasen a deducirlo dentro .del término de quince días contados a partir de la última publicación del edicto.

ATENTAMENTE Río Bravo, Tam., 14 de agosto de 2013.- El C. Secretario

de Acuerdos, LIC. ADÁN MÁRQUEZ SEGURA.- Rúbrica.

1747.- Abril 3.-1v.

E D I C T O Juzgado de Primera Instancia Civil y Familiar.

Décimo Tercer Distrito Judicial. Río Bravo, Tam.

CITANDO A HEREDEROS Y ACREEDORES:

EI C. Licenciado Raúl Escamilla Villegas, Juez de Primera Instancia de lo Civil y Familiar del Décimo Tercer Distrito Judicial en el Estado, por auto de fecha diecisiete de enero del dos mil catorce, ordenó la radicación del Expediente Número 00024/2014 relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de GILBERTO CEPEDA HERNÁNDEZ, promovido por JOSÉ ROLANDO CEPEDA GARZA.

Por este edicto que se publicará por UNA SOLA VEZ tanto en el Periódico Oficial del Estado como en uno de los de mayor circulación en esta ciudad, se convoca a los que se consideren con derecho a la herencia pasen a deducirlo dentro .del término de quince días contados a partir de la última publicación del edicto.

ATENTAMENTE Río Bravo, Tam., 28 de enero de 2014.- El C. Secretario de

Acuerdos, LIC. ADÁN MÁRQUEZ SEGURA.- Rúbrica.

1748.- Abril 3.-1v.

E D I C T O Juzgado Tercero de Primera Instancia Familiar.

Quinto Distrito Judicial. Cd. Reynosa, Tam.

CONVOCANDO A HEREDEROS Y ACREEDORES.

Por auto de fecha quince de noviembre de dos mil trece, el Ciudadano Licenciado José Alfredo Reyes Maldonado, Titular del Juzgado, ordenó la radicación del Expediente Número 1361/2013; relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de LUCIA VÁZQUEZ CANTÚ denunciado por LORENZO RUIZ ROMO, y la publicación de edictos por UNA SOLA VEZ en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los de diarios de mayor circulación de la localidad, convocando a quienes se consideren con derecho a la herencia a fin de que se presenten en Juicio a deducirlo dentro del término de quince días contados a partir de la última publicación.

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN".

Cd. Reynosa, Tam., a 19 de diciembre de 2013.- Los C.C. Testigos de Asistencia, LIC. OLEGARIO MENDOZA GUTIÉRREZ.- Rúbrica.- LIC. JESÚS LUIS ANTONIO VARGAS GARCÍA.- Rúbrica.

1749.- Abril 3.-1v.

E D I C T O Juzgado de Primera Instancia Familiar.

Séptimo Distrito Judicial. Cd. Mante, Tam.

A QUIEN CORRESPONDA:

El Licenciado Cuauhtémoc Castillo Infante, Juez de Primera Instancia del Ramo Familiar del Séptimo Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha diecinueve de febrero de dos mil catorce (2014), ordenó la radicación del Expediente Número 00181/2014, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de APOLINAR SÁNCHEZ ORTEGA Y/O APOLINAR SÁNCHEZ, denunciado por EMMA BRICEÑO, MARTHA LAURA SÁNCHEZ BRICEÑO.

Y por el presente que se publicará por UNA SOLA VEZ en el Periódico Oficial del Estado y en uno de mayor circulación en esta ciudad, se convoca a todos los que se consideren con derecho a la herencia, para que se presenten a deducirlo, ante este propio Juzgado, ubicado en la calle Hidalgo número doscientos tres (203), Norte, Zona Centro, de ciudad Mante, Tamaulipas, dentro del término de quince días contados a partir de la última publicación del periódico que contenga el edicto.- DOY FE.

Cd. Mante, Tam., 10 de marzo de 2014.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. CLAUDIA A. OBREGÓN BALLADARES.- Rúbrica.

1750.- Abril 3.-1v.

E D I C T O Juzgado de Primera Instancia Familiar.

Séptimo Distrito Judicial. Cd. Mante, Tam.

A QUIEN CORRESPONDA:

El Licenciado Cuauhtémoc Castillo Infante, Juez de Primera Instancia del Ramo Familiar del Séptimo Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha doce de marzo de dos mil catorce (2014), ordenó la radicación del Expediente Número 00260/2014, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de JULIA GONZÁLEZ VELÁZQUEZ, denunciado por MARTIN REYNA.

Y por el presente que se publicará por UNA SOLA VEZ en el Periódico Oficial del Estado y en uno de mayor circulación en esta ciudad, se convoca a todos los que se consideren con derecho a la herencia, para que se presenten a deducirlo, ante este propio Juzgado, ubicado en la calle Hidalgo número doscientos tres (203), Norte, Zona Centro, de ciudad Mante, Tamaulipas, dentro del término de quince días contados a partir de la última publicación del periódico que contenga el edicto.- DOY FE.

Cd. Mante, Tam., 14 de marzo de 2014.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. CLAUDIA A. OBREGÓN BALLADARES.- Rúbrica.

1751.- Abril 3.-1v.

E D I C T O Juzgado de Primera Instancia Familiar.

Séptimo Distrito Judicial. Cd. Mante, Tam.

A QUIEN CORRESPONDA:

El Licenciado Cuauhtémoc Castillo Infante, Juez de Primera Instancia del Ramo Familiar del Séptimo Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha veintiséis de febrero de dos mil catorce (2014), ordenó la radicación del Expediente

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Periódico Oficial Victoria, Tam., jueves 3 de abril de 2014

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Número 00200/2014, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de MARTIN ARTURO GARCÍA RODRÍGUEZ, denunciado por la C. MA. ELENA GARCÍA RODRÍGUEZ.

Y por el presente que se publicará por UNA SOLA VEZ en el Periódico Oficial del Estado y en uno de mayor circulación en esta ciudad, se convoca a todos los que se consideren con derecho a la herencia, para que se presenten a deducirlo, ante este propio Juzgado, ubicado en la calle Hidalgo número doscientos tres (203), Norte, Zona Centro, de ciudad Mante, Tamaulipas, dentro del término de quince días contados a partir de la última publicación del periódico que contenga el edicto.- DOY FE.

Cd. Mante, Tam., 11 de marzo de 2014.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. CLAUDIA A. OBREGÓN BALLADARES.- Rúbrica.

1752.- Abril 3.-1v.

E D I C T O Juzgado de Primera Instancia Familiar.

Séptimo Distrito Judicial. Cd. Mante, Tam.

A QUIEN CORRESPONDA:

El Licenciado Cuauhtémoc Castillo Infante, Juez de Primera Instancia del Ramo Familiar del Séptimo Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha siete de marzo de dos mil catorce (2014), ordenó la radicación del Expediente Número 00245/2014, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de PEDRO MENDIOLA HERNÁNDEZ, denunciado por ANGÉLICA MOCTEZUMA GUILLEN.

Y por el presente que se publicará por UNA SOLA VEZ en el Periódico Oficial del Estado y en uno de mayor circulación en esta ciudad, se convoca a todos los que se consideren con derecho a la herencia, para que se presenten a deducirlo, ante este propio Juzgado, ubicado en la calle Hidalgo número doscientos tres (203), Norte, Zona Centro, de ciudad Mante, Tamaulipas, dentro del término de quince días contados a partir de la última publicación del periódico que contenga el edicto.- DOY FE.

Cd. Mante, Tam., 12 de marzo de 2014.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. CLAUDIA A. OBREGÓN BALLADARES.- Rúbrica.

1753.- Abril 3.-1v.

Lista de Tarifas FINSA Energéticos, S. de R.L. de C.V.

H. Matamoros, Tam. Publicación de precios y tarifas realizada de conformidad

con el Apartado Segundo Sección D Numeral 21 de la Directiva sobre la determinación de tarifas y el traslado de precios para actividades reguladas en materia de gas natural DIR-GAS-001-2007, expedida por la Comisión Reguladora de Energía, con respecto al Permiso de Transporte de Gas Natural número G/036/TRA/98 otorgado a favor de FINSA ENERGÉTICOS, S. DE R.L. DE C.V.

TARIFA DE TRANSPORTE DE GAS NATURAL

Concepto Tarifa Unidad Nota

Servicio en Base Firme

Cargo por Capacidad

Cargo por Uso

6.4290

1.0940

Pesos/Gjoule

Pesos/Gjoule

1

2

3

Servicio en Base Interrumpible

Cargo único Volumétrico

10.0955

Pesos/Gjoule

4

3

NOTAS: 1.- Aplica para usuarios con contrato que SI incluye

reserva de capacidad.

2.- Se aplica sobre la capacidad reservada. 3.- Se aplica sobre volumen conducido. 4.- Aplica para usuarios con contratos que NO incluye

reserva de capacidad.

Los precios de las tarifas no incluyen IVA.

H. Matamoros, Tamaulipas, a 14 de marzo de 2014.- Representante Legal de Finsa Energéticos, S. de R.L. de C.V., HANS JOSEF HUTTERER ARELLANO.- Rúbrica.

1754.- Abril 3.-1v.

E D I C T O Juzgado de Primera Instancia Civil.

Sexto Distrito Judicial. Miguel Alemán, Tam.

C. EVERARDO ADAME COLUNGA. DOMICILIO IGNORADO.

El Titular de este Juzgado, la Ciudadana Licenciada Marisa Iracema Rodríguez López, Juez de Primera Instancia Civil del Sexto Distrito Judicial en el Estado, por auto de fecha 23 de octubre del dos mil trece, se ordenó la radicación del Expediente Número 315/2013, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario denunciado por PATRICIA ADAME COLUNGA Y OTROS A BIENES DE LILIA COLUNGA ESTRADA, del cual se le hace saber.

Ciudad Miguel, Alemán Tamaulipas, once días del mes de marzo del año dos mil catorce.- Por recibido el escrito de cuenta que suscribe JESÚS ALBERTO ADAME COLUNGA, como lo solicita, y toda vez que en efecto no se dio con el paradero de C. DANTE ADAME COLUNGA Y EVERARDO ADAME COLUNGA, no obstante la investigación ordenada en autos, es por lo que se ordena su notificación para que en quince días comparezcan a deducir derechos hereditarios, así como para que señalen domicilio convencional en esta ciudad, con el apercibimiento que de no hacerlo las subsecuentes notificaciones personales que se le ordenen se le harán por media de cedula que se fije en Estrados del Juzgado, notificación que se ordena hacer mediante la publicación de un edicto en el Periódico Oficial del Estado, en el de mayor circulación y en la puerta del Juzgado por UNA SOLA OCASIÓN.- Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2, 4, 40, 105, 108, 789 del Código de Procedimiento Civiles vigente en el Estado.- Notifíquese y Cúmplase.- Así lo acordó y firma la Ciudadana Licenciada Marisa Iracema Rodríguez López, Juez de Primera Instancia de lo Civil y Familiar del Sexto Distrito Judicial en el Estado, quien actúa con el Ciudadano Licenciado Francisco Javier Zapata Flores, Secretario de Acuerdos que autoriza y da fe.- Doy Fe.- Juez Secretario de Acuerdos.- Enseguida se publicó en la lista del día.- Conste.

El C. Secretario de Acuerdos Adscrito al Juzgado de Primera Instancia Civil del Sexto Distrito Judicial en el Estado, LIC. FRANCISCO JAVIER ZAPATA FLORES.- Rúbrica.

1755.- Abril 3.-1v.

A V I S O Centro Cambiario Grupo Pérez Cerda, S.A. de C.V.

H. Matamoros, Tam. AVISO DE REDUCCIÓN DE CAPITAL

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 90 de la Ley General de Sociedades Mercantiles se informa que en asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada el 4 de febrero de 2014, se resolvió reducir el capital social en su parte variable mediante reembolso por la cantidad de $140,000.00 M.N., con lo que el capital social quedo en $160,000.00 M.N.

H. Matamoros, Tamps., a 5 de marzo de 2014.- Presidenta y Delegada de la Asamblea, SRA. MARICELA CERDA MARTÍNEZ.- Rúbrica.

1756.- Abril 3.-1v2.

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Victoria, Tam., jueves 3 de abril de 2014 Periódico Oficial

Página 26

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Familiar.

Cuarto Distrito Judicial. H. Matamoros, Tam.

Por auto de fecha veinticinco de febrero de dos mil catorce, se radicó en este Juzgado Segundo de Primera Instancia de lo Familiar del Cuarto Distrito Judicial del Estado, el Expediente Número 239/2014, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de MARÍA GUADALUPE TREVIÑO GRACIA, denunciado por el C. JUAN RODRIGO SOSA TREVIÑO; ordenando el C. Juez de los autos, Lic. Carlos Alejandro Corona Gracia, la publicación del presente edicto por UNA SOLA VEZ en el Periódico Oficial del Estado y en un periódico de mayor circulación en esta ciudad, mediante el cual se convoque a personas que se consideren con derecho a la herencia y acreedores, para que dentro del término de quince días después de hecha la última publicación, acudan ante este Juzgado a deducir sus derechos.

H. Matamoros, Tam., a 10 de marzo de 2014.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. JOSÉ RUIZ CASTILLO.- Rúbrica.

1757.- Abril 3.-1v.

E D I C T O Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Quinto Distrito Judicial. Cd. Reynosa, Tam.

CONVOCANDO A POSTORES:

Por auto de fecha Veintiocho de febrero de dos mil catorce, dictado dentro del Juicio Hipotecario Número 99/2011, promovido por METROFINANCIERA S.A.P.I. DE C.V. S.O.F.O.M E.N.R en contra de MARIANA PUENTE CASTILLO y el Titular de este Juzgado Lic. Toribio Antonio Hernández Ochoa, mando sacar a remate en primera almoneda y subasta pública el bien inmueble embargado en el proceso, consistente en:

Finca Urbana Número 19585, del municipio de Reynosa, Tamaulipas, consistente en calle Carlos Cantú, número 188, manzana 300, lote 45, Fraccionamiento Fundadores, con una superficie de 102.00 m2, con una superficie construida de 64.17 m2, referencia catastral 30-01-19-812-045 con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE en 6.00 M.L con calle Carlos Cantú, AL SUR en 6.00 M.L. con límite de la colonia, AL ESTE en 17.00 M.L con lote 46 y AL OESTE en 17.00 M.L con lote 44.

Por el presente, que se publicará por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado, en uno de mayor circulación de la localidad, así como en los Estrados de este Juzgado, convocando a postores para que concurran a la diligencia que tendrá verificativo el día VEINTIOCHO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL CATORCE A LAS DIEZ HORAS, en la inteligencia de que el avalúo pericial practicado sobre el bien inmueble se fijó en la cantidad de $301,000,00 (TRESCIENTOS UN MIL PESOS 00/100 M.N.) sirviendo como postura legal la cantidad que cubra las dos terceras partes de los avalúos practicados.

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN",

Cd. Reynosa, Tamaulipas, a 7 de marzo de 2014.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. MANUEL SALDAÑA CASTILLO.- Rúbrica.

1758.- Abril 3 y 10.-1v2.

E D I C T O Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Quinto Distrito Judicial. Cd. Reynosa, Tam.

CONVOCANDO A POSTORES:

Por auto de fecha veintiocho de febrero de dos mil catorce, dictado dentro del Juicio Hipotecario Número 1460/2010,

promovido por METROFINANCIERA S.A.P.I. DE C.V. S.O.F.O.M E.N.R en contra de MARIO CESAR SÁNCHEZ LIMÓN el Titular de este Juzgado Lic. Toribio Antonio Hernández Ochoa, mando sacar a remate en tercera almoneda y subasta pública el bien inmueble embargado en el proceso, consistente en:

Lote de terreno número 13 de la manzana 9, ubicada en calle Cedro, número oficial 124 del Fraccionamiento los Fresnos residencial de esta ciudad, con una superficie de 557.15 m2 (quinientos cincuenta y siete punto quince metros cuadrados) de terreno y 103.54 (ciento tres punto cincuenta y cuatro metros cuadrados de construcción) y se localiza bajo las medidas y colindancias: AL NORTE: en 23.21 M.L, con lotes 16, 17 y 18, AL SUR: en 23.21 M.L. con calle Cedro, AL ESTE: en 24.00 M.L. con lote 12, y AL OESTE en 24.00 M.L. con calle Álamo, inscrito en el Registro Público de la Propiedad del Estado como la Finca Número 140065, del municipio de Reynosa, Tamaulipas.

Por el presente, que se publicará por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado, en uno de mayor circulación de la localidad, así como en los Estrados de este Juzgado, convocando a postores para que concurran a la diligencia que tendrá verificativo el día VEINTIOCHO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL CATORCE A LAS DIEZ HORAS, en la inteligencia de que el avalúo pericial practicado sobre el bien inmueble se fijó en la cantidad de $890,000,.00 (OCHOCIENTOS NOVENTA MIL PESOS 00/100 M.N.) sirviendo como postura legal la cantidad que cubra las dos terceras partes de los avalúos practicados, sin sujeción a tipo por tratarse de tercera almoneda.

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN",

Cd. Reynosa, Tamaulipas, a 7 de marzo de 2014.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. MANUEL SALDAÑA CASTILLO.- Rúbrica.

1759.- Abril 3 y 10.-1v2.

E D I C T O Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Quinto Distrito Judicial. Cd. Reynosa, Tam.

CONVOCANDO A POSTORES:

Por auto de fecha Veintiocho de febrero de dos mil catorce, dictado dentro del Juicio Hipotecario Número 783/2011, promovido por METROFINANCIERA S.A.P.I. DE C.V. S.O.F.O.M E.N.R por sus propios derechos. y como apoderada especial para pleitos y cobranzas de ABN AMRO BANK MÉXICO S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, DIVISIÓN FIDUCIARIA en contra de CESAR JAVIER GONZÁLEZ RODRÍGUEZ Y CITLALLI ARROYO GAZCA y el Titular de este Juzgado Lic. Toribio Antonio Hernández Ochoa, mandó sacar a remate en primera almoneda y subasta pública el bien inmueble embargado en el proceso, consistente en:

El bien inmueble sujeto a Juicio Hipotecario es; lote 34, de la manzana 51, de la calle Río Santa Catarina Norte número 914, sobre el cual se encuentra construida, con una superficie de 145.00 m2 el cual cuenta con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE en 7.25 M.L. con calle Río Santa Catarina Norte, AL SUR en 7.25 M.L. con lote 4, AL ORIENTE en 20.00 M.L. con lote 35, AL PONIENTE en 20.00 M.L. con lotes 33, cuyo título de propiedad se encuentra inscrito en el Registro Público de la Propiedad en el Estado, bajo el Número de Finca 139823 de la ciudad de Reynosa, Tamaulipas.

Por el presente, que se publicará por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado, en uno de mayor circulación de la localidad, así como en los Estrados de este Juzgado, convocando a Postores para que concurran a la diligencia que tendrá verificativo el día VEINTIOCHO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL CATORCE A LAS DIEZ HORAS, en la inteligencia de que el avalúo pericial practicado sobre el

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Periódico Oficial Victoria, Tam., jueves 3 de abril de 2014

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bien inmueble se fijó en la cantidad de $470,000,00 (CUATROCIENTOS SETENTA MIL PESOS 00/100 M.N.) sirviendo como postura legal la cantidad que cubra las dos terceras partes de los avalúos practicados.

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN",

Cd. Reynosa, Tamaulipas, a 7 de marzo de 2014.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. MANUEL SALDAÑA CASTILLO.- Rúbrica.

1760.- Abril 3 y 10.-1v2.

E D I C T O Juzgado Sexto de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

La C. Licenciada Adriana Báez López, Juez Sexto Civil de Primera Instancia del Segundo Distrito Judicial en el Estado, quien actúa con la Licenciada Rosa Hilda Bock Espinoza Secretaria de Acuerdos, ordenó dentro del Expediente 00341/2009, relativo al Juicio Hipotecario promovido por la C. BLANCA ESTELA DE LA ROSA DE LA GARZA DE GONZÁLEZ, en contra de la C. HERMELINDA ORTIZ, SACAR a remate en segunda almoneda el bien inmueble embargado a la demandada C. HERMELINDA ORTIZ el que se identifica como: calle Etiopia número 208 entre las calles Afganistán y Camboya, de la colonia Solidaridad, Voluntad y Trabajo, que se identifica como lote número (7) siete, de la manzana (66) sesenta y seis, del municipio de Tampico, Tamaulipas, con una superficie de 160.00 ciento sesenta metros cuadrados, y las siguientes medidas y colindancias: AL NORESTE en 8.00 con lote 8, AL SURESTE: en 20.00 metros con lote número 9, AL SUROESTE, en 8.000 metros con calle Etiopia, y AL NOROESTE, en 20.00 metros con lote cinco, inscrito en el Registro Público de la Propiedad, en la Sección Primera, Legajo 149, bajo el Número 7446, de fecha 15/02/2000, en Tampico, Tamaulipas, a nombre de la C. HERMELINDA ORTIZ.- Debiéndose para tal efecto citar a postores mediante edictos que deberán publicarse conforme a lo dispuesto por el artículo 701 del Código de Procedimientos Civiles se precisa como postura legal del remate la cantidad de $202,666.67 (DOSCIENTOS DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS 67/100 M.N.).- Convocando a postores y acreedores a la primera almoneda, la que tendrá verificativo en el local de este Juzgado en punto de las (12:00) DOCE HORAS DEL DÍA (15) QUINCE DE ABRIL DEL DOS MIL CATORCE, hágase del conocimiento de los interesados que para acudir a la primer almoneda deberán depositar en el Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia con sede en este Distrito Judicial a disposición del juez el importe equivalente al 20% (veinte) por ciento del valor que sirve de base al remate de los bienes presentando al efecto el certificado aludido, así como escrito en sobre cerrado en que sirvan su postura.- Para este fin es dado el presente en la ciudad de Altamira, Tamaulipas, a los dieciocho días del mes de marzo del dos mil catorce.- DOY FE.

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN."

La C. Juez Sexto Civil de Primera Instancia del Segundo Distrito Judicial en el Estado, LIC. ADRIANA BÁEZ LÓPEZ.- Rúbrica.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. ROSA HILDA BOCK ESPINOZA.- Rúbrica.

1761.- Abril 3 y 10.-1v2.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Quinto Distrito Judicial. Cd. Reynosa, Tam.

CONVOCANDO A POSTORES:

El Ciudadano Licenciado Rafael Pérez Avalos, Titular del Juzgado Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Quinto Distrito Judicial del Estado con residencia en la ciudad de Reynosa, Tamaulipas, por auto de fecha veintisiete del mes de febrero del año dos mil catorce, dictado dentro del Expediente

Número 01382/2010, relativo al Juicio Hipotecario promovido por METROFINANCIERA SOCIEDAD ANÓNIMA PROMOTORA DE INVERSIÓN DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD NO REGULADA, sociedad que comparece por sus propios derechos y como apoderada especial para pleitos y cobranzas de la persona moral denominada BANCO INVEX, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, INVEX GRUPO FINANCIERO, FIDUCIARIO, en contra de la C. JOSÉ MANUEL GONZÁLEZ LARA, ordenó sacar a remate en pública subasta y en primera almoneda, el bien inmueble propiedad de la demandada ubicado en: calle Privada Trébol, número 272, lote 14, manzana 61, del Fraccionamiento Paseo de las Flores Etapa II, de esta ciudad, mismo que se identifica ante Registro Público de la Propiedad en el Estado como: Finca 46430, cuyos datos medidas y colindancias se describen en el expediente que nos ocupa; para tal efecto publíquense edictos por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad, convocando a postores a fin de que comparezcan ante este Juzgado a la audiencia que se llevará a cabo el día TRECE DE MAYO DEL PRESENTE AÑO A LAS DOCE HORAS, en la inteligencia de que los avalúos periciales practicados a dicho bien inmueble se fijaron en la cantidad de $210,000.00 (DOSCIENTOS DIEZ MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), siendo postura legal la que cubran las dos terceras partes del precio fijado a la finca hipotecada, la cantidad de $140,000.00 (CIENTO CUARENTA MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), en la inteligencia de que, para poder participar algún postor al remate en cuestión, este deberá cubrir en términos del artículo 702 fracción IV, y 703 fracción II, del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, el veinte por ciento del valor que sirvió de base para el presente remate y que resulta ser la cantidad de $28,000.00 (VEINTIOCHO MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), en el entendido de que la cantidad última citada deberá ser depositada ante el Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia del Poder Judicial, en la inteligencia de que dicho remate se llevará a cabo en el local que ocupa este Juzgado, el cual se encuentra ubicado en el Boulevard del Maestro número 2265 dos mil doscientos sesenta, y cinco de la colonia Módulo Dos Mil de esta ciudad de Reynosa, Tamaulipas.

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN",

Cd. Reynosa, Tam., a 12 de marzo del año 2014.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. SANJUANA LÓPEZ VARGAS.- Rúbrica.

1762.- Abril 3 y 10.-1v2.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

El C. Licenciado Gilberto Barrón Carmona, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, con cabecera en Altamira, Tamaulipas, ordenó sacar a remate en Primera Almoneda, los bienes inmuebles embargados dentro del Expediente Número 00935/1996, relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por el Licenciado Carlos Eduardo Robles Sánchez, en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas de SOLIDA ADMINISTRADORA DE PORTAFOLIOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, en contra de OVIDIO DE LEÓN PEÑA, OVIDIO DE LEÓN CANTÚ, MARÍA DEL CONSUELO PEÑA DE LEÓN, consistentes en:

1).- Finca N° 4730, municipio de Altamira, terreno en condominio.- calle Mar Baltico número 211, lote 2, manzana 6, provenientes de los lotes con domínales 13 y 14, Condominio Maestro Mixto Residencial de Playa "Velamar", con superficie de: 401.21 metros cuadrados, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE.- 15.01 M., con la Calle Mar Baltico, AL SUR.- 15.45 m, con la Calzada Mar del Plata, AL ESTE.-

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28.52 m, con el lote número 1 (área verde), AL OESTE.- 25.43 m, con el lote 3, indiviso 1.0188 %.- Al cual se le asignó un valor pericial de $ 1200,000.00 (UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.).

2).- Finca N° 6261, del municipio de Tampico.- terreno urbano.- calle Bajos del Chairel, colonia Águila (actualmente colonia Chairel), superficie: 79.620 metros cuadrados, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE.- 7.00 m, con propiedad de José Torres, AL SUR.- 7.00 M., con propiedad que se reserva el Sr. Efrén Arredondo Hernández, AL ESTE.- 11.250 m, con Campo de Futbol, AL OESTE.- 11.500 m, con propiedad de los menores Agustina y Manuel Arredondo del Ángel.- Al cual se le asignó un valor pericial de $ 500,000.00 (QUINIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.).

Y para su publicación por TRES VECES dentro de nueve días, en el Periódico Oficial del Estado, en un periódico de mayor circulación que se edita en Tampico, Tamaulipas, en los Estrados del Juzgado, y en las Oficinas Fiscales de Tampico, Madero y Altamira, convocándose a postores a la primera almoneda que tendrá verificativo en el local de este Juzgado, el día OCHO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CATORCE, a las NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS, siendo postura legal la cantidad que cubra las dos terceras partes del valor pericial fijado a los inmueble que se sacan a remate; en la inteligencia de que aquellos que intervengan como postores deberán exhibir el equivalente al 20% (veinte por ciento) del valor de los bienes que sirvió de base para el remate a través de certificado de depósito expedido por el Fondo Auxiliar de la Administración de Justicia del Poder Judicial del Estado de Tamaulipas y exhibir la postura en sobre cerrado.- Lo anterior es dado a los tres días del mes de marzo de dos mil catorce.- DOY FE.

ATENTAMENTE El C. Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil, LIC.

GILBERTO BARRÓN CARMONA.- Rúbrica.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. MARÍA DEL CARMEN VILLAGRANA ALMAGUER.- Rúbrica.

1763.- Abril 3, 8 y 15.-1v3.

E D I C T O Juzgado Sexto de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

La C. Licenciada Adriana Báez López, Juez Sexto Civil de Primera Instancia del Segundo Distrito Judicial en el Estado, ordeno dentro del Expediente 1060/2010, relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el C. Licenciado Ismael Fernando Fajardo Eraña, apoderado general para pleitos y cobranzas de BANCO MERCANTIL DEL NORTE, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE, en contra de la C. MARÍA EUGENIA ZUBIETA CASÁIS, sacar a remate en primera almoneda el bien inmueble embargado a la demandada C. MARÍA EUGENIA ZUBIETA CASÁIS, el que se identifica como: "terreno urbano, ubicado en calle Veracruz, esquina con Mérida, número 108, manzana 6, lote 9 y 10, con superficie de 686.43 metros cuadrados, y las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: en 40.00 metros con calle Veracruz; AL ESTE: en 14.800 metros con calle Mérida; AL SUR: en 9.350 metros con propiedad de Astrid y Alexia Almeida; AL SUR 2 metros con propiedad de Astrid y Alexia Almeida; AL SUR 8.10 metros con lote 9 y 10; AL SUR en 30.650 metros con lote 9 y 10; y AL OESTE 24.900 metros con lote 4 y 5, a nombre de la C. MARÍA EUGENIA ZUBIETA CASÁIS.- Debiéndose para tal efecto citar a postores mediante edictos que deberán publicarse en forma legal por TRES VECES dentro de nueve días en los Periódicos Oficial del Estado y uno de los de mayor circulación de esta ciudad, esto es realizándose la primera publicación el día primero del periodo y la tercera el día noveno del mismo, pudiéndose realizarse la segunda en cualquier día siempre que sea dentro de dicho periodo.- Se precisa la postura base del remate en

$3’273,333.33 (TRES MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 33/100 M.N.), que corresponde a las dos terceras partes del valor del bien mueble, convocando a postores y acreedores a la primera almoneda, la que tendrá verificativo en el local de este Juzgado en punto de las DOCE HORAS DEL DÍA SIETE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CATORCE, hágase del conocimiento de los interesados que para acudir a la primera almoneda deberán depositar en el Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia con sede en este Distrito Judicial a disposición del Juez el importe equivalente al 20% (veinte) por ciento del valor que sirve de base al remate de los bienes presentando al efecto el certificado aludido, así como escrito en sobre cerrado en que sirvan su postura; para este fin es dado el presente en la ciudad de Altamira, Tamaulipas, a los veinte días del mes de marzo del año dos mil catorce.- DOY FE.,

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN."

La C. Juez Sexto Civil de Primera Instancia del Segundo Distrito Judicial en el Estado, LIC. ADRIANA BÁEZ LÓPEZ.- Rúbrica.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. ROSA HILDA BOCK ESPINOZA.- Rúbrica.

1764.- Abril 3, 8 y 15.-1v2.

E D I C T O Juzgado Primero Menor.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

SE CONVOCA A POSTORES Y ACREEDORES: La C. Licenciada María Teresa Ruiz Alemán, Jueza

Primero Menor con Residencia en Cd. Altamira, Tamaulipas, en cumplimiento al proveído de fecha (05) cinco de marzo de (2014) dos mil catorce, dentro del Expediente 632/2010 relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por el C. Licenciado Carlos Enrique Hernández Correa, endosatario en procuración de BLANCA ESTELA CARRAZCO HERNÁNDEZ en contra de CARLOS ANTONIO MARTÍNEZ INFANTE, se ordenó sacar a remate en primera almoneda, el siguiente bien inmueble embargado a nombre del demandado de referencia:

Finca 17136, con datos de registro: Sector I, Sección I, Regional IV, colonia Felipe Carrillo Puerto, Superficie: 146.09 metros cuadrados; municipio Madero, Tamaulipas; Clave Catastral: 19-01-04-126-006; ubicado en: calle Niños Héroes 702 Poniente, fracción del lote 3-A, manzana A-7, medidas y colindancias: AL NORTE 7.44 mts., con calle Niños Héroes, AL SUR 7.62 mts con lote 3, AL ORIENTE 20.00 mts con lote 4.- Con un valor pericial de: $480,000.00 (CUATROCIENTOS OCHENTA MIL PESOS 00/100 M.N.).

Y para su publicación por TRES VECES dentro de nueve días en el periódico de mayor circulación en la Entidad Federativa, convocándose a postores y acreedores, comunicándose a aquellos que deseen tomar parte en subasta, que previamente deberán depositar en la Oficina del Fondo Auxiliar del Estado en esta ciudad, a disposición de este Juzgado emitiéndose postura por la suma que cubra las dos terceras partes del valor fijado al mismo sirva de base para remate, presentando al efecto el certificado correspondiente y sin cuyo requisito no serán admitidos, así como escrito en sobre cerrado que se abrirá al momento en que se deba proceder al remate, la postura correspondiente que deberá ser sobre la base que se haya fijado a lo legal; por lo que se señalan las 10:00 diez horas del día (22) VEINTIDÓS DE ABRIL DEL (2014) DOS MIL CATORCE, para que tenga verificativo el desahogo de la diligencia de remate en primera almoneda.

Altamira, Tamaulipas, a 12 de marzo de 2014.- La C. Jueza Primero Menor del Segundo Distrito Judicial en el Estado, LIC. MARÍA TERESA RUIZ ALEMÁN.- Rúbrica.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. NORA ELIA VÁZQUEZ SILVA.- Rúbrica.

1765.- Abril 3, 9 y 15.-1v3.

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Periódico Oficial Victoria, Tam., jueves 3 de abril de 2014

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ACTA DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD:

LABORATORIOS OPARIN, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE.

“En la Heroica Ciudad de Matamoros, Tamaulipas; siendo las diez horas del día 10 (diez) de febrero del año 2014 (dos mil catorce). reunidos en el domicilio social de la Sociedad denominada: LABORATORIOS OPARIN, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, ubicado en Avenida del Niño sin número del Fraccionamiento Satélite de esta Ciudad, lugar acostumbrado para sesionar. Se convocó a ésta reunión a los Socios Accionistas GERMINA DE LEÓN BARRÓN, MARÍA CRISTINA LARA JIMÉNEZ Y ELISEO DÁVILA BARRÓN, con el objeto de celebrar una Asamblea General Extraordinaria.

Toda vez que la convocatoria se realizó en forma verbal y estuvieron de acuerdo los Socios Accionistas en reunirse para celebrar ésta Asamblea General Extraordinaria, es por lo que no es necesario el requisito de previa convocatoria en virtud de estar representado el 100% (cien por ciento) de los Accionistas y su Capital Social, y estar en común acuerdo en llevar acabo esta Asamblea General Extraordinaria.

Los Socios Accionistas proceden entre sí a designar los puestos para el desarrollo de ésta Asamblea, los cuales por Unanimidad quedarán designados en la forma siguiente: Como Presidenta GERMINA DE LEÓN BARRÓN, como Secretaria MARÍA CRISTINA LARA JIMÉNEZ y como Escrutador ELISEO DÁVILA BARRÓN; este último en el desempeño de su cargo procede a efectuar el recuento correspondiente del Capital Social. Manifestando que el mismo se encuentra debidamente suscrito en la siguiente forma:

SOCIO ACCIONES VALOR

GERMINA DE LEÓN BARRÓN 34 $17,000.00

MARÍA CRISTINA LARA JIMÉNEZ 34 $17,000.00

ELISEO DÁVILA BARRÓN 34 $17,000.00

TOTAL 102 $51,000.00

De conformidad con lo anterior el Secretario informa a la Asamblea que se puede proceder a declararla legalmente instalada. Por lo que en uso de la voz el Presidente de la Asamblea la declara legalmente instalada y manifiesta que todos los acuerdos que se tomen en ella, serán tenidos como válidos.

Acto continuo la Secretaria de la Asamblea procede a informar a los Socios Accionistas el Orden del día sobre el cual se desarrollara ésta Asamblea.

ORDEN DEL DÍA.

1.-LISTA DE ASISTENCIA DE LOS SOCIOS ACCIONISTAS.

2.-INSTALACIÓN DE LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA, COMPROBACIÓN DEL QUÓRUM LEGAL, Y APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA.

3.-ACTA DE INICIO Y TERMINACIÓN DE DISOLUCIÓN ANTICIPADA Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD, DISCUSIÓN Y EN SU CASO APROBACIÓN DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN.

4.-PROPUESTA Y DESIGNACIÓN DEL LIQUIDADOR DE LA SOCIEDAD.

5.-DESIGNACION DEL DELEGADO ESPECIAL PARA LA PROTOCOLIZACIÓN DEL ACTA DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA ANTE NOTARIO PÚBLICO.

PASANDO AL PRIMER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA: La Presidenta GERMINA DE LEÓN BARRÓN procede a solicitarle a la Secretaria MARÍA CRISTINA LARA JIMÉNEZ que proceda a tomar la lista de asistencia de los Socios para la celebración de la presente Asamblea General Extraordinaria.

Acto continuo la Secretaria MARÍA CRISTINA LARA JIMÉNEZ procede a tomar la lista de asistencia de los Socios Accionistas y rinde su informe manifestando que se encuentra presente el 100% (cien por ciento) de los Socios Accionistas así como el Capital Social por lo que no hay inconveniente en continuar con el desahogo de los restantes puntos del Orden del día.

PASANDO AL SEGUNDO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA: La Presidenta GERMINA DE LEÓN BARRÓN procede a manifestar a los Socios Accionistas que conforme a la Certificación realizada por el Escrutador ELISEO DÁVILA BARRÓN, mediante la cual da fe de que existe QUÓRUM LEGAL por estar representados la totalidad de los Accionistas y sus Acciones al 100% (cien por ciento), y al no haber inconveniente en que este punto se someta a discusión amplia, se solicita a los Socios se resuelva éste punto del Orden del día. Después de deliberar ampliamente, la Secretaria Certifica que por UNANIMIDAD de votos se adopten las siguientes resoluciones:

I.-SE RESUELVE.- Estar los socios conformes con la forma y nombramientos que se han otorgado en la instalación de la Asamblea General Extraordinaria. Procediéndose a confirmar a las siguientes personas para ocupar los siguientes cargos: PRESIDENTA GERMINA DE LEÓN BARRÓN, SECRETARIA MARÍA CRISTINA LARA JIMÉNEZ y ESCRUTADOR ELISEO DÁVILA BARRÓN.

II.-SE RESUELVE.- Aprobar definitivamente el QUÓRUM y el ORDEN DEL DÍA en todos sus puntos, y a proceder al desahogo de los puntos restantes.

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PASANDO AL TERCER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA: En este punto la Presidenta GERMINA DE LEÓN BARRÓN manifiesta que la Sociedad LABORATORIOS OPARIN, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE; a dejado de ser sustentable y no es factible cumplir con el Objeto Social y principal por el cual fue creada la Sociedad, y dada la imposibilidad de seguir con ésta. Es por lo que conforme a lo dispuesto en la CLAUSULA TRIGÉSIMA NOVENA del Acta Constitutiva, en relación con el Capitulo X Artículo 229 fracciones II (segunda) y III (tercera) de la Ley General de Sociedades Mercantiles, pongo a consideración de ésta Asamblea que se Inicio y Terminación de la Disolución Anticipada y a la Liquidación de la Sociedad LABORATORIOS OPARIN, S. A. DE C. V. Para lo cual la Presidenta, le solicita a la Secretaria proceda a dar lectura a los Estados de Pérdidas y Ganancias de los Ejercicios del 01 de Enero al 31 de Diciembre de 2012, Ejercicios del 01 de Enero al 31 de Diciembre de 2013, Ejercicios del 01 de Enero al 05 de Febrero de 2014. Documentos que a continuación se transcriben en la presente Asamblea, por lo cual les solicito a ustedes Socios Accionistas se delibere y resuelva este punto.

La Secretaria Certifica que previa discusión de los Socios Accionistas presentes en ésta Asamblea, y después de deliberar ampliamente, resuelven y acuerdan por UNANIMIDAD de votos adoptar las siguientes resoluciones:

I.-SE RESUELVE.- Por parte de los Socios Accionistas y por Unanimidad de votos estar conformes con: LA DISOLUCIÓN ANTICIPADA de la Sociedad denominada LABORATORIOS OPARIN, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, por no ser sustentable y factible cumplir con el Objeto Social para el cual fue creada, de conformidad con lo dispuesto en la CLAUSULA TRIGÉSIMA NOVENA del Acta Constitutiva, en relación con el Capitulo X Artículo 229 fracciones II (segunda) y III (tercera) de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

II.- SE RESUELVE.- Por parte de los Socios Accionistas y por Unanimidad de votos estar conformes con los Estados de Pérdidas y Ganancias de los Ejercicios del 01 de Enero al 31 de Diciembre de 2012, Ejercicios del 01 de Enero al 31 de Diciembre de 2013, Ejercicios del 01 de Enero al 05 de Febrero de 2014, documentos signados por la CONTADORA L.C. Y MAE MARICELA IBARRA MÁRQUEZ mismos que a continuación se transcriben en el presente punto del Orden del Día.

LABORATORIOS OPARIN, S. A. DE C. V. ESTADO DE PERDIDAS Y GANANCIAS

EJERCICIO DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2012.

INGRESOS 13,097.31

UTILIDAD BRUTA EN VENTAS 130,097.31

GASTOS DE OPERACIÓN

GASTOS GENERALES 340,449.98

GASTOS FINANCIEROS 2,574.74 343,024.72

PERDIDA DE OPERACIÓN - 239,927.41

ISR RESULTADOS

IETU RESULTADOS

PERDIDA DE OPERACIÓN - 239,927.41

Contador Firma Ilegible.- L.C. Y MAE MARICELA IBARRA MÁRQUEZ.- Ced. Prof. 2660282

LABORATORIOS OPARIN, S. A. DE C. V. ESTADO DE PERDIDAS Y GANANCIAS

EJERCICIO DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2013.

INGRESOS 93,195.63

UTILIDAD BRUTA EN VENTAS 93,195.63

GASTOS DE OPERACIÓN

GASTOS GENERALES 91,808.10

GASTOS FINANCIEROS 7,211.76 99.019.86

PERDIDA DE OPERACIÓN - 5,824.23

ISR RESULTADOS

IETU RESULTADOS

PERDIDA DE OPERACIÓN - 5,824.23

Contador Firma Ilegible.- L.C. Y MAE MARICELA IBARRA MÁRQUEZ.- Ced. Prof. 2660282

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LABORATORIOS OPARIN, S. A. DE C. V. ESTADO DE PERDIDAS Y GANANCIAS

EJERCICIO DEL 01 DE ENERO AL 05 DE FEBRERO DEL 2014.

INGRESOS 0

UTILIDAD BRUTA EN VENTAS 0

GASTOS DE OPERACIÓN

GASTOS GENERALES 0

GASTOS FINANCIEROS 0 0

PERDIDA DE OPERACIÓN 0

ISR RESULTADOS

IETU RESULTADOS

PERDIDA DE OPERACIÓN 0

concluir definitivamente el Acta de Asamblea General Extraordinaria de Inicio y Terminación de Disolución anticipada de la Sociedad LABORATORIOS OPARIN, S. A. DE C. V., es necesario realizar la Clausura definitiva de ésta Asamblea, por lo que les pide que si no hay otro punto más que tratar o deliberar, se dé por terminada la presente Asamblea. En uso de la voz LA PRESIDENTA GERMINA DE LEÓN BARRÓN y LA SECRETARIA MARÍA CRISTINA LARA JIMÉNEZ, certifican que la Asamblea General Extraordinaria se da por terminada y concluida, por lo que siendo las Catorce horas del día mes y año en que se actúa, se da por terminada y redactada la presente Acta, firmando de conformidad los que en ella intervinieron.

Acta de Asamblea General Extraordinaria de Laboratorios Oparin, S. A. de C. V., Presidenta, GERMINA DE LEÓN BARRÓN.- Rúbrica.- Secretaria, MARÍA CRISTINA LARA JIMÉNEZ.- Rúbrica.- Escrutador, ELISEO DÁVILA BARRÓN.- Rúbrica.

1549.- Marzo 25, Abril 3 y 15.- 2v3.

reunidos procedan a designar a la persona que fungirá como DELEGADO ESPECIAL para la protocolización de la presente Acta. La Secretaria Certifica que por Unanimidad de votos los Socios Accionistas proceden a deliberar éste punto y a tomar las siguientes Resoluciones:

I.-SE RESUELVE.- Por Unanimidad de votos Nombrar como Delegado Especial a la C. GERMINA DE LEÓN BARRÓN, para que acuda ante el Notario Público y proceda a publicar los acuerdos de Disolución en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas, así como el último balance de la Sociedad, los cuales una vez publicados deberá ser protocolizados ante Notario Público e inscritos en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de ésta Ciudad. Acto continuo y en uso de la voz la designada como Delegado Especial acepta el cargo conferido.

PASANDO AL SEXTO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA. La Presidenta GERMINA DE LEÓN BARRÓN, solicita a los Socios que para

Contador Firma Ilegible.- L.C. Y MAE MARICELA IBARRA MÁRQUEZ.- Ced. Prof. 2660282

PASANDO AL CUARTO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA: En uso de la voz la Presidenta de la Asamblea le solicita a los Socios Accionistas que deliberen ampliamente para que se designe y nombre a la persona que fungirá como liquidador de la Sociedad.

La Secretaria certifica que los Socios Accionistas por Unanimidad de votos adoptan las siguientes resoluciones:

I.- SE RESUELVE.- Designar por Unanimidad de votos como LIQUIDADOR de la Sociedad LABORATORIOS OPARIN, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE a la C. GERMINA DE LEÓN BARRÓN, quien estando presente y en uso de la voz acepta el cargo conferido, protestando cumplir fiel y lealmente con su desempeño.

II.- SE RESUELVE.- Por Unanimidad de votos que el Liquidador designado deberá, concluir las operaciones pendientes a nombre de la Sociedad, realizar el pago de los pasivos, y en caso de que existiese un remanente éste, se repartirá entre los Socios Accionistas conforme se estableció en la CLAUSULA CUADRAGÉSIMA, del Acta Constitutiva de LABORATORIOS OPARIN, S. A. DE C. V.

PASANDO AL QUINTO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA: En uso de la voz la Presidenta, solicita a los Socios Accionistas aquí