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SECCIÓN II EL ESTADO DE JALISCO PERIÓDICO OFICIAL SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO PODER EJECUTIVO DIRECCIÓN DE PUBLICACIONES GUADALAJARA, JALISCO GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE JALISCO ENRIQUE ALFARO RAMÍREZ SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO JUAN ENRIQUE IBARRA PEDROZA DIRECTOR DE PUBLICACIONES Y DEL PERIÓDICO OFICIAL DIEGO ALEXANDERSON LÓPEZ Registrado desde el 3 de septiembre de 1921. Trisemanal: martes, jueves y sábados. Franqueo pagado. Publicación periódica. Permiso número: 0080921. Características: 117252816. Autorizado por SEPOMEX. periodicooficial.jalisco.gob.mx 13 SECCIÓN IV MARTES 5 DE MARZO DE 2019 TOMO CCCXCIV

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SECCIÓNII

EL ESTADO DE JALISCOP E R I Ó D I C O O F I C I A L

SECRETARÍA GENERALDE GOBIERNO

PODER EJECUTIVO

DIRECCIÓN DE PUBLICACIONES

GUADALAJARA, JALISCO

GOBERNADOR CONSTITUCIONALDEL ESTADO DE JALISCOENRIQUE ALFARO RAMÍREZ

SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNOJUAN ENRIQUE IBARRA PEDROZA

DIRECTOR DE PUBLICACIONESY DEL PERIÓDICO OFICIALDIEGO ALEXANDERSON LÓPEZ

Registrado desde el3 de septiembre de 1921.Trisemanal:martes, jueves y sábados.Franqueo pagado.Publicación periódica.Permiso número: 0080921.Características: 117252816.Autorizado por SEPOMEX.

periodicooficial.jalisco.gob.mx

13SECCIÓN

IV

MARTES 5 DE MARZO DE 2019

TOMO CCCXCIV

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EL ESTADO DE JALISCOP E R I Ó D I C O O F I C I A L

GOBERNADOR CONSTITUCIONALDEL ESTADO DE JALISCOENRIQUE ALFARO RAMÍREZ

SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNOJUAN ENRIQUE IBARRA PEDROZA

DIRECTOR DE PUBLICACIONESY DEL PERIÓDICO OFICIALDIEGO ALEXANDERSON LÓPEZ

Registrado desde el3 de septiembre de 1921.Trisemanal:martes, jueves y sábados.Franqueo pagado.Publicación periódica.Permiso número: 0080921.Características: 117252816.Autorizado por SEPOMEX.

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3EL ESTADO DE JALISCO

P E R I Ó D I C O O F I C I A L

GOBERNADOR CONSTITUCIONALDEL ESTADO DE JALISCOENRIQUE ALFARO RAMÍREZ

SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNOJUAN ENRIQUE IBARRA PEDROZA

DIRECTOR DE PUBLICACIONESY DEL PERIÓDICO OFICIALDIEGO ALEXANDERSON LÓPEZ

Registrado desde el3 de septiembre de 1921.Trisemanal:martes, jueves y sábados.Franqueo pagado.Publicación periódica.Permiso número: 0080921.Características: 117252816.Autorizado por SEPOMEX.

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I N S T R U C T I V O

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Gobierno del Estado de Jalisco. Poder Ejecutivo. Secretaría de Educación.

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SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO

SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN BÁSICA

DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN SECUNDARIA

DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEACIÓN

DIRECCIÓN DE ACREDITACIÓN, INCORPORACIÓN Y REVALIDACIÓN EDUCATIVA

COORDINACIÓN DE INCORPORACIÓN, REVALIDACIÓN Y EQUIVALENCIA

INSTRUCTIVO TÉCNICO PARA TRAMITAR AUTORIZACIÓN PARA IMPARTIR

EDUCACIÓN SECUNDARIA

CONVOCATORIA 2019

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I N T R O D U C C I Ó N

La prestación del servicio educativo de cualquier nivel o modalidad, podrá ser proporcionada por particulares, una vez que, en el proceso establecido de manera previa por la autoridad educativa facultada para ello, emita el acuerdo de autorización, al haberse acreditado que el solicitante cumple los requisitos que aseguren que se cubren las condiciones higiénicas, técnicas, de seguridad y pedagógicas, necesarias para operar este servicio. La educación es una actividad prioritaria que exige responsabilidad y compromiso social de parte de los particulares que la impartan, de tal manera que una vez que obtengan la autorización, se integran al Sistema Educativo Estatal y se constituyen en prestadores de un servicio público, cuyas inversiones se consideran legalmente de interés social, quedando sujetos a cumplir con todos los principios rectores del servicio educativo que establece el artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, además de las obligaciones que se deriven de las leyes, reglamentos, acuerdos, circulares y demás lineamientos que se expidan en materia educativa. Por ello, la Dirección de Acreditación, Incorporación y Revalidación Educativa con fundamento en lo que disponen los artículos 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, fracción VI; 10, 13 fracción VI de la Ley General de Educación; Acuerdo 243 por el que se establecen las bases generales de autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios; 1, 14 fracción XII y 120 de la Ley de Educación del Estado de Jalisco; y demás relativos del Reglamento de la Ley de Educación del Estado de Jalisco en materia de Incorporación de Instituciones Particulares al Sistema Educativo Estatal para los niveles de Educación Inicial, Básica, Media Superior, Superior Docente y Capacitación para el Trabajo; y 86, fracción V, del Reglamento Interno de la Secretaría de Educación del Estado de Jalisco; emite el presente instructivo a través del cual se establecen de manera clara, precisa y fundada los requisitos que deberán cumplir los particulares que deseen participar en el proceso para el otorgamiento de la autorización para impartir Educación Secundaria, para el ciclo escolar 2019-2020, asimismo se señalan los requisitos que se deberán cubrir en caso de que los particulares que ya cuenten con acuerdo de incorporación puedan aplicar cambios al mismo. Acorde a lo señalado en la convocatoria para la incorporación de escuelas particulares, el periodo para la recepción de solicitudes acompañadas de la totalidad de los requisitos exigidos en el presente instructivo comenzará a partir del día de su publicación en el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco” hasta el 31 de mayo del año 2019, y la autorización que se emita, en caso de resultar procedente la solicitud para impartir educación secundaria, será vigente para el ciclo escolar 2019-2020.

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INDICACIONES GENERALES

CUESTIONES A CONSIDERAR ANTES DE PRESENTAR SU SOLICITUD:

1. Revisar las especificaciones de cada uno de los requisitos documentales, que en este instructivo se establecen.

2. Los formatos exigidos podrá descargarlos en la dirección web http://dgaire.jalisco.gob.mx/scejal siguiendo la opción: más servicios/incorporación/instructivo de educación secundaria.

3. La solicitud y los requisitos documentales exigidos podrán ser presentados ante la Coordinación de Incorporación, Revalidación y Equivalencia, cuyas oficinas se localizan en Avenida Central Guillermo González Camarena número 615, colonia Residencial Poniente, en el municipio de Zapopan, Jalisco, durante el periodo comprendido en la convocatoria publicada en el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco” teniendo como fecha límite el 31 de mayo del año 2019. Dicha solicitud deberá presentarse de lunes a viernes en el horario de 9:00 a 14:00 horas. La expedición del formato de pago por el estudio y resolución de la solicitud de incorporación, no está sujeta a la revisión y validación del expediente, por lo que bastará la petición del particular para su expedición.

4. El trámite en el caso de persona física, sólo podrá ser efectuado por el propietario, o tratándose de persona jurídica por el representante legal, que cuente con facultades administrativas o bien por el apoderado que cuente con testimonio extendido ante notario público que lo faculte a realizar este trámite.

5. Es obligación del solicitante acompañar los documentos, que se relacionan posteriormente, en original para cotejo y dos copias en tamaño carta legibles, debiendo integrar dos expedientes completos conforme al orden requerido en el instructivo. Los expedientes deberán ser presentados en carpeta de tres aros, con divisiones que permitan identificar de manera ágil los requisitos, asimismo es necesario presentar dos memorias USB que contengan grabada la información y documentación, misma que deberá estar ordenada y separada por carpetas, etiquetando cada archivo conforme al orden del presente documento.

6. Todos los documentos que se requieren en el presente instructivo, deberán coincidir en cuanto a los datos de identificación de la persona física o jurídica solicitante y con el domicilio del inmueble propuesto como plantel.

7. Los formatos deberán presentarse impresos con firma autógrafa del solicitante, con tinta azul.

8. Cabe mencionar que el hecho de presentar la solicitud para obtener autorización para

impartir educación secundaria en los términos del presente instructivo, no presupone que esta Secretaría la emitirá en sentido favorable, en virtud de estar sujeta a la revisión y al cumplimiento de las condiciones pedagógicas, docentes, higiénicas, de seguridad, legales y administrativas que aseguren la adecuada prestación del servicio educativo; de tal manera que por ningún motivo, el particular podrá ofertar el servicio educativo de nivel secundaria si

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antes no cuenta con el acuerdo de autorización emitido por esta Secretaría, acorde a lo previsto en los artículos 54, segundo párrafo, de la Ley General de Educación y 119, fracción I, de la Ley de Educación del Estado de Jalisco. El no acatar estas disposiciones dará lugar a ser sancionado en términos de lo prescrito en los artículos 140 y 141 de la Ley de Educación del Estado de Jalisco, sin perjuicio de las responsabilidades que, en materia penal, civil o de otra índole se puedan impetrar en su contra.

9. La obligación de seguir cumpliendo con los requisitos que se establecen en el presente

instructivo, no se libera con la expedición del acuerdo de incorporación, ya que para obtener y conservar la autorización para impartir Educación Secundaria se deben continuar reuniendo las condiciones técnicas, higiénicas, pedagógicas y de seguridad que establece el artículo 120 de la Ley de Educación del Estado de Jalisco y sus disposiciones reglamentarias; lo cual deberá acreditar el particular en cada visita de supervisión. Además, deberá realizar el trámite de refrendo anualmente, conforme a los requisitos que para tal efecto establezca el nivel educativo correspondiente.

REQUISITOS PARA OBTENER LA AUTORIZACIÓN PARA IMPARTIR EDUCACIÓN SECUNDARIA 1.- SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN.

Deberá llenar y firmar el FORMATO 1. a) Si el solicitante es persona física, se acompañará identificación oficial vigente con

fotografía. b) Si el solicitante es persona jurídica, deberá acompañarse el acta constitutiva con la que

acredite que su objeto social es compatible con la impartición de educación secundaria.

c) Asimismo, quien comparezca en su nombre, acompañará el acta constitutiva o poder notariado, probando que tiene las facultades necesarias para representar y obligar a la persona jurídica solicitante, debiendo anexar copia de su identificación oficial vigente. Respecto a los documentos referidos en los incisos b) y c) deberá acompañarse la boleta con la que se acredite su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.

2.- TERNA PARA LA AUTORIZACIÓN DE NOMBRE.

Deberá llenar y firmar el FORMATO 2. Se propondrán tres nombres, en orden de preferencia. Al formato deberá acompañarse un escrito donde se expongan las razones por las que se

considera que los nombres propuestos se refieren a valores o cuestiones relacionadas con la ciencia, el arte, la educación, hechos históricos, etc.

Es requisito adjuntar biografías, monografías, así como la bibliografía que sirva de fuente de consulta de la justificación de los nombres propuestos.

Lineamientos a los que se sujetarán la autorización del nombre del plantel.

Se autorizarán nombres que se refieran a valores culturales universales como lemas, personajes, fechas o hechos históricos, científicos, técnicos o artísticos nacionales.

No se autorizarán nombres de personas vivas, salvo acuerdo expreso del C. Secretario de Educación del Estado de Jalisco.

No se autorizarán nombres relacionados con credos religiosos, salvo los personajes cuya acción merezca reconocimiento social.

No se antepondrá profesión al nombre cuando éste se refiera a personas, salvo acuerdo expreso del C. Secretario de Educación del Estado de Jalisco.

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No se podrán utilizar las palabras “nacional", "estatal", "autónoma" u otras que confundan a los educandos respecto al carácter privado de la institución.

Cuando el nombre haga alusión a un determinado nivel educativo, éste deberá corresponder al que efectivamente se imparta, ejemplo: no podrán autorizarse nombres como Liceo, Universidad o Instituto, para el nivel de Secundaria.

Se elegirán nombres que no se repitan con los autorizados por la Secretaría de Educación para el mismo nivel educativo en la localidad.

Ratificación de nombre. El particular que cuente con acuerdos de incorporación de otros servicios educativos, podrá solicitar que en el nuevo trámite se le permita utilizar el mismo nombre autorizado oficialmente, con la limitante que el nombre sujeto a ratificación reúna las condiciones para aplicarse en el servicio de educación secundaria. En este caso, deberá acompañarse copia del acuerdo de incorporación donde se autoriza el nombre del plantel que se pretende ratificar. 3.- CARTA COMPROMISO DE CUMPLIR OBLIGACIONES.

Deberá llenar y firmar el FORMATO 3. El particular debe cumplir de manera puntual y permanente con las obligaciones que se

establecen en dicho formato y las que se deriven de la Ley General de Educación, la Ley de Educación del Estado de Jalisco, las disposiciones reglamentarias y acuerdos que en materia de estas leyes resulten aplicables; y de no cumplir con dichas obligaciones será acreedor a las sanciones que de dicha normatividad se deriven, las cuales pueden consistir en multas, revocación de autorización o hasta la clausura del plantel.

4.- DOCUMENTO QUE ACREDITE LA OCUPACIÓN LEGAL DEL INMUEBLE.

Deberá acompañarse el documento con el cual se acredite la ocupación legal del inmueble, es decir, acreditar la posesión que ostente a través de compraventa, cesión, donación, usufructo, comodato, arrendamiento, etc.

Dicho documento deberá ser extendido a nombre del solicitante, es decir, de la persona física o jurídica que comparezca a tramitar la incorporación.

En caso de que la ocupación del inmueble no se tenga en carácter de propietario, el documento con el cual se acredite la posesión, deberá garantizar la ocupación por parte del solicitante, de por lo menos el ciclo escolar a partir del cual surtiría efectos la incorporación, en caso de autorizarse.

Estos documentos deberán especificar los datos de ubicación del inmueble, de las partes que intervienen en el contrato, su vigencia y precisar el uso que se dará al inmueble, el cual deberá coincidir con el servicio educativo motivo de su solicitud.

En dicho documento deberá asentarse la superficie del terreno, y en su caso de la construcción, por la cual se pueda advertir que es suficiente conforme a las condiciones técnicas necesarias para la prestación del servicio.

En el caso del punto número 5 descrito a continuación, los requisitos documentales deben de ser presentados de manera digital en la USB descrita de las “INDICACIONES GENERALES”; para el caso del punto 5.3 “CONSTANCIA EMITIDA POR EL INFEJAL”, deberá ser presentada de manera física, en el expediente presentado en la Coordinación de Incorporación, Revalidación y Equivalencia. En el entendido de que los puntos identificados como 5.1 y 5.2, deben de ser presentados de manera física ante el organismo denominado como INFEJAL, para los trámites correspondientes.

5.- PLANOS, DICTÁMENES Y CONSTANCIA EMITIDA POR EL INFEJAL. 5.1.- PLANOS.

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Planos arquitectónicos actualizados, planta de conjunto, plantas generales, fachada(s) principal(es), secciones transversal y longitudinal. Las plantas generales deben contener las dimensiones en vanos de puertas y ventanas. En el caso de diferentes niveles educativos en el mismo turno, diferenciar gráficamente en el plano arquitectónico a cuál corresponde cada uno de ellos, así como los servicios sanitarios correspondientes a cada uno de ellos.

Plano de instalación eléctrica actualizado que incluya simbología, diagrama unifilar y cuadro(s) de carga(s).

Plano de instalación hidráulica actualizado que incluya simbología. Plano de instalación sanitaria actualizado que incluya simbología. Si es el caso, plano de instalación de gas actualizado, con simbología. Si es el caso, plano de instalación de aire acondicionado actualizado, con simbología y tablas

de ubicación del equipo, indicando marca, modelo, tipo y capacidad. Anexar de manera impresa o digital fotografías de cada espacio.

Todos los planos deberán presentarse en original, legibles, sin tachaduras ni enmendaduras, en escala 1:100 o una escala apreciable, con respectivos ejes y acotado, deben contener: descripción de espacios, mobiliario básico y croquis de ubicación.

La solapa deberá contener nombre completo y firma de quien lo exhibe (propietario o representante legal), fecha de elaboración y expedición, orientación geográfica, de ser necesario simbología, datos de la escuela (nombre y nivel educativo) y del domicilio (calle, número exterior, número interior, colonia, localidad y municipio).

La totalidad de los planos descritos, deberán estar avalados con firma (color azul) de un Director Responsable de Obra (DRO) con registro vigente como perito ante el municipio donde se localice el inmueble propuesto.

Al legajo de planos deberá ser anexada una copia de la cédula profesional y del registro del perito como DRO (Director Responsable de Obra).

Los planos deberán ser digitalizados en formato PDF y con firmas originales.

5.2.- DICTÁMENES. Dictamen de seguridad estructural. La memoria de cálculo de la revisión estructural deberá

de presentarse en original y actualizado, así como ser elaborada por una persona física o moral, especializada en la materia de cálculo estructural, con experiencia acreditable en el ramo y validado por un DRO (Director Responsable de Obra) debiendo de contener como mínimo lo siguiente:

Fecha de su elaboración. Datos generales del inmueble educativo. Normatividad atendida (reglamento de construcción). Descripción general del proyecto (tipo de estructura, geometría estructural, etc.). Mencionar que la estructura pertenece al Grupo A, el factor de importancia “I”, el

coeficiente sísmico “c”, la carga viva, la carga muerta y las combinaciones de diseño para cargas gravitacionales y accidentales.

Estado físico del inmueble educativo mediante una inspección visual. Levantamiento físico y fotos de las áreas principales. Deberá de contener los análisis numéricos para fundamentar el diagnóstico

estructural. o Análisis sísmico desglosado haciendo referencia de los elementos

sismoresistentes en una planta acotada para estar en condiciones de su revisión.

o Análisis de los elementos principales haciendo referencia de los mismos en una planta para estar en condiciones de su revisión. En caso de contar con

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elementos de concreto (trabes, columnas, nervaduras) realizar sondeos o escaneos en los mismos para determinar su cuantía de acero y así poder realizar la revisión.

Mencionar la vigencia del dictamen (hasta 5 años o menor en caso de ocurrir un fenómeno perturbador).

En base a dichos análisis se hacen las conclusiones y en su caso observaciones y propuestas de refuerzo.

El calculista deberá de firmar todas las hojas. Conclusiones y en su caso observaciones y propuestas de refuerzo, dictaminando la

seguridad estructural (la hoja de conclusiones debe de contener la fecha, el nombre y la ubicación exacta de la escuela).

Datos del calculista responsable: nombre, firma y copia de la cédula profesional. Una vez firmado, escanearlo y guardarlo en un CD o USB. El dictamen de seguridad estructural se deberá acompañar con un plano

arquitectónico general firmado por el calculista, en el cual gráficamente se determinen las áreas objetos de estudio. Asimismo, de una imagen satelital en donde se observe el conjunto.

Se sugiere al interesado procurar que los dictámenes de seguridad estructural exigidos por el municipio para la tramitación del visto bueno de protección civil, así como el de esta Secretaría, reúnan las especificaciones que se exigen en el presente instructivo, a fin de que el mismo documento sirva ante cualquier instancia. Para cualquier asesoría en cuanto a dicho documento podrá acudir ante el INFEJAL. Si del cálculo estructural se advierten observaciones y propuestas de reforzamiento, el particular deberá presentar el documento avalado por el calculista que emitió el dictamen de seguridad estructural, con el que acredite que ha cumplido las observaciones y recomendaciones correspondientes, documento que deberá ser avalado por INFEJAL a través de la constancia con la que se acredite que han sido atendidas las observaciones y recomendaciones, de no presentar estos documentos, no podrá obtener la incorporación a su favor, no obstante, cumpla con la totalidad de los requisitos que se exigen en el presente Instructivo. Dictamen de instalaciones eléctricas.

Este documento deberá presentarse en original y estar actualizado. Este dictamen de verificación, deberá contar con la firma de responsabilidad de una

unidad de verificación, con la que se constate que dichas instalaciones cumplen con lo establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDE-2012.

Dictamen de instalaciones de aire acondicionado.

El dictamen sobre el correcto funcionamiento de la instalación de aire acondicionado deberá presentarse en original y actualizado, así como ser elaborado por una persona física o moral, con experiencia acreditable en el ramo y deberá de contener como mínimo lo siguiente:

Los sistemas de aire acondicionado funcionan adecuadamente. Conclusiones y en su caso, recomendaciones por escrito, dictaminando el

funcionamiento y la seguridad de las instalaciones de aire acondicionado. En caso de que el plantel no cuente con este tipo de instalaciones, deberá presentar

un escrito en donde, bajo protesta de conducirse con verdad, informe la inexistencia de las mismas, en dicho escrito deberá señalarse con exactitud el domicilio del plantel.

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Dictamen de instalación de gas LP o gas natural. Este documento deberá presentarse en original y estar actualizado. Dictamen de conformidad con la instalación, emitido por la unidad de verificación

en cumplimiento a la Norma Oficial Mexicana NOM-004-SEDG-2004, instalaciones de aprovechamiento de gas LP.

En caso de que el plantel no cuente con este tipo de instalaciones, deberá presentar un escrito en donde, bajo protesta de conducirse con verdad, informe la inexistencia de las mismas, en dicho escrito deberá señalarse con exactitud el domicilio del plantel.

Dictamen de Protección Civil. Este documento deberá tramitarse ante la instancia competente en la materia, de

nivel Municipal o Estatal. Deberá presentarse en original y estar actualizado; especificando que el inmueble sí

cumple con las especificaciones legales aplicables en materia de protección civil, que permitan reducir al máximo algún siniestro o desastre, asimismo deberá señalar la autoridad que la expide, fecha de emisión, el domicilio del plantel, nombre de la persona física o jurídica solicitante de la incorporación, en su caso, periodo de vigencia y la mención de que se autoriza para ser destinado a la prestación del servicio educativo precisando el nivel educativo.

Programa Interno de Protección Civil.

El programa interno de protección civil, deberá estar avalado, por la instancia Estatal o Municipal competente, por lo que deberá cubrir los requerimientos que dicha instancia establezca.

Se deberá contar dentro de las instalaciones del plantel, con un plan de emergencia escolar para el caso de sismos, incendio e inundaciones y demás riesgos naturales o antropogénicos, conforme a lo dispuesto por las autoridades de protección civil competentes.

El plan de emergencia o programa interno de protección civil se define como el conjunto de acciones planificadas para salvar vidas, que se ejecutan en un centro educativo, en caso de ocurrir un evento adverso. El plan incluye aspectos de prevención y mitigación, así como la reparación y respuesta, indicando lo que se hará en el plantel educativo en caso de emergencia, con el fin de reducir las consecuencias de los eventos adversos.

Respecto a este requisito será necesario presentar la constancia con la que se advierta que el programa interno respectivo, fue validado por la Dirección de Protección Civil competente, y en su caso, dicho programa deberá ser presentado de manera digital en las memorias de USB que se adjunten al expediente, por lo que no es necesario acompañarlo impreso al expediente.

5.3.- CONSTANCIA EMITIDA POR EL INFEJAL.

Constancia emitida por el Instituto de la Infraestructura Física Educativa del Estado de Jalisco, con la que se acredite que, los planos y dictámenes descritos en los puntos 5.1 y 5.2 reúnen las especificaciones que para cada uno de ellos quedó establecido en el presente instructivo y que el inmueble propuesto para plantel, reúne las condiciones de seguridad, higiénicas y de funcionalidad necesarias para operar como plantel de Educación Secundaria.

Para la revisión de documentos será necesario agendar una cita por cada servicio que pretenda incorporar en el siguiente link: https://infejal.gob.mx/sinfejal/public/citas_sej posteriormente deberá de acudir en la fecha y hora asignadas a la oficina de la Jefatura de Dictaminación del INFEJAL, que se encuentran ubicadas en Avenida Prolongación Alcalde

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número 1350, de la colonia Miraflores, municipio de Guadalajara, Jalisco, ante la cual, deberá presentar los planos y dictámenes que se han señalado.

La constancia emitida por el INFEJAL, no es determinante para establecer que el inmueble reúne las condiciones específicas aptas para prestar el servicio educativo, quedando sujeto a la revisión física, en el momento del desahogo de la visita de inspección, en caso de que el trámite llegue a esta etapa.

Una vez que el INFEJAL emita la constancia de validación de la totalidad de planos y dictámenes exigidos en los puntos 5.1 y 5.2 del presente instructivo, el particular deberá presentarlos escaneados y digitalizados en una memoria USB que entregará en dicho Instituto.

6.- IDENTIFICACIÓN DEL PLANTEL. Es necesario que el particular acompañe el FORMATO 4, mismo que deberá especificar las

calles aledañas y el acceso al plantel. Se deberán presentar fotografías, de todas las áreas del plantel, incluyendo el equipo con

que cuenta la institución; dichas fotografías deberán ser a color, con fecha impresa y acompañada del título del área.

7.- LICENCIA MUNICIPAL.

Deberá ser una licencia definitiva emitida a nombre del solicitante (persona física o jurídica). Es necesario que la licencia especifique el servicio educativo de secundaria, y referirse de

manera exacta al domicilio del plantel donde se impartirá el servicio. 8.- AVISO DE FUNCIONAMIENTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD JALISCO.

Este trámite se realiza ante la Secretaría de Salud del Estado de Jalisco. Cuando en el plantel educativo se expendan alimentos al público; entonces se deberá dar

aviso por el giro de alimentos; no por la escuela. El aviso deberá ser extendido a nombre del solicitante de la incorporación, y referirá el

domicilio del inmueble donde se va a localizar el plantel. Sólo existe obligación de presentarlo cuando en las instalaciones del plantel se pretenda

vender alimentos al público, de no ser así, será necesario acompañar un documento en el cual, bajo protesta de decir verdad, señale que no se expenderán alimentos.

9.- COMPROBANTE DE LÍNEA TELEFÓNICA FIJA EN EL DOMICILIO DEL PLANTEL.

Deberá presentar el documento con el que acredite que el plantel cuenta con una línea telefónica, para tales efectos puede acompañar el contrato realizado con la compañía correspondiente o bien alguna factura de cobro.

El citado documento deberá referirse al domicilio del inmueble propuesto como plantel y preferentemente ser extendido a nombre del solicitante de la incorporación.

10.- PAGO POR EL ESTUDIO Y LA RESOLUCIÓN DE AUTORIZACIÓN.

Se debe acompañar el recibo de pago con el cual acredite que ha cubierto el costo por el estudio y la resolución de la solicitud, según la tarifa vigente de la Ley de Ingresos del Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal 2019, por un importe de $2,747.00 (dos mil setecientos cuarenta y siete pesos 00/100 M.N.).

El pago deberá realizarse en cualquier recaudadora de la Secretaría de la Hacienda Pública del Estado de Jalisco.

Para obtener el formato de pago, podrá acudir a la Coordinación de Incorporación, Revalidación y Equivalencia, en las oficinas ubicadas en la Avenida Central Guillermo González Camarena número 615, Colonia Residencial Poniente, en el municipio de Zapopan, Jalisco, en un horario de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas, o bien en la Delegación o Subdelegación Regional en un horario de lunes a viernes de 9:00 a 14:30 horas; los domicilios

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de dichas oficinas podrán ser consultados en la siguiente página: http://info.jalisco.gob.mx/gobierno/estructura/1322.

La realización del pago, no obliga a la Secretaría de Educación del Estado de Jalisco a emitir el acuerdo de reconocimiento de validez oficial de estudios.

En caso de que obtenga la autorización, el particular está obligado a cubrir cada año el refrendo de dicha autorización, de conformidad a la tarifa que se establezca en la Ley de Ingresos del Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal correspondiente.

11.- CONTAR CON PERSONAL DIRECTIVO Y DOCENTE QUE CUBRA EL PERFIL ESTABLECIDO EN EL PRESENTE INSTRUCTIVO.

Deberá llenar y firmar el FORMATO 5. Es obligación del particular proponer personal que cubra con el perfil que posteriormente se

especifica. El particular, al contratar al personal directivo del plantel en el que pretenda impartir los

estudios, preferirá a aquellos que cuenten con experiencia profesional y docente, con el propósito de facilitar las tareas administrativas que se les encomienden.

Es necesario que se proporcionen los datos y se acompañen los documentos que se puntualizan en los siguientes párrafos: Datos:

Nombre. Escolaridad. Puesto a desempeñar. Experiencia laboral.

Documentos: Acta de nacimiento. Identificación oficial vigente (credencial para votar o pasaporte). Comprobante de domicilio. CURP. Currículum vitae. Contrato laboral por un ciclo escolar 2019-2020. Título y cédula profesional federal o estatal.

En caso de extranjeros. El particular deberá acreditar que el personal extranjero que labore en el plantel, cuenta con la calidad migratoria que le permita desempeñar las funciones que se le encomienden y en caso de que dicho personal, sea profesionista con estudios cursados en el extranjero deberá contar con revalidación de estudios, cuando así proceda.

PERFILES: PERSONAL DIRECTIVO.

El Director tendrá a su cargo la responsabilidad de los aspectos académicos y docentes del plantel, con independencia de las funciones administrativas que desempeñe.

Asimismo, deberá cubrir los siguientes requisitos: Contar con título y cédula profesional que lo acredite como profesor, egresado de la

normal superior, oficial o incorporada. Contar con título y cédula profesional que lo acredite como profesionista de alguna

carrera universitaria, vinculada a la educación y en apego al profesiograma.

PERSONAL DOCENTE: Poseer título y cédula profesional, que avalen sus estudios a nivel superior en el campo en el que desempeñará sus funciones académicas o en la asignatura que impartirá de acuerdo al profesiograma, que al efecto proporcione la Dirección General de Educación Secundaria.

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Nota: El solicitante tiene la obligación de consultar y revisar en la página de la Dirección General de Profesiones el número de cédula de cada uno de sus profesionistas propuestos, ya que, en caso de haber falsedad en la plantilla propuesta, la solicitud de incorporación quedará cancelada. www.cedulaprofesional.sep.gob.mx

12.- CONTAR CON MOBILIARIO Y EQUIPO.

Deberá llenar y firmar el FORMATO 6.2, conforme a lo existente en el inmueble en el que pretende impartir el servicio de educación secundaria.

El mobiliario y equipo deberán favorecer al proceso de enseñanza-aprendizaje. 13.- CONTAR CON UN INMUEBLE QUE CUMPLA CON LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD, HIGIÉNICAS, TÉCNICAS Y PEDAGÓGICAS NECESARIAS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO.

Deberá llenar y firmar el FORMATO 6. Los espacios deberán contar con iluminación y ventilación adecuadas a las características

del medio ambiente en que se encuentren; con agua potable y servicios sanitarios, además de cumplir las disposiciones legales y administrativas en materia de construcción de inmuebles.

Las instalaciones en las que se pretenda impartir educación secundaria, deberán proporcionar a cada alumno un espacio para recibir formación académica de manera sistemática que facilite el proceso de enseñanza-aprendizaje, por lo que deberán de cumplir las condiciones higiénicas, de seguridad y pedagógicas para cumplir este objetivo.

El inmueble que se proponga como plantel sólo podrá ser utilizado para el servicio educativo, por lo que no podrá conjuntarse su uso como casa habitación.

El inmueble en el que pretenda brindar el servicio educativo deberá cumplir con los requerimientos indispensables, que se señalan a continuación:

13.1.- PLANTEL EXPROFESO.

Para toda la infraestructura física educativa (INFE) nueva (exprofeso) deberá sujetarse a las normas y especificaciones del INIFED. www.inifed.gob.mx

Apegarse a lo expuesto en el volumen 3, tomo II “Norma de Accesibilidad”, del INIFED. Para seguridad estructural, apegarse a lo establecido en el reglamento de construcción del

municipio correspondiente. Materiales de Construcción. Se procurará que sean de fácil limpieza, resistencia al tránsito, de

acuerdo a las condiciones climatológicas (se especifican acabados e instalaciones en la Norma Oficial Mexicana NOM 167).

Sujetarse tanto a lo dispuesto por las normas establecidas por el INIFED, como a la Norma Oficial Mexicana NOM-032-SSA3-2010 asistencia social. Prestación de servicios de asistencia social para niños, niñas y adolescentes en situación de riesgo y vulnerabilidad; así como a todas aquellas leyes, normas y reglamentos que se consideren necesarios.

La superficie construida podrá constar de planta baja y un máximo de dos plantas. De preferencia una planta, en caso de dos plantas, se procurará que la ubicación de servicios administrativos se encuentre en planta superior, exceptuando las áreas de control de ingreso tanto de personal, padres de familia, alumnos, visitantes y cualquier otro.

Tomar en cuenta el volumen 2, tomo III “Selección del Terreno” en su apartado 7 Requisitos, en donde se establecen las condiciones bajo las que no se autorizarán servicios educativos, mismos que se transcriben a continuación:

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Selección del terreno. Tomar en cuenta el volumen 2, tomo III “Selección del Terreno” en su apartado 7 Requisitos, conforme al cual, se establecen las condiciones bajo las que no se autorizarán servicios educativos, mismos que se transcriben a continuación:

5.1 MEDIO FÍSICO NATURAL

5.2 MEDIO FÍSICO TRANSFORMADO

5.1.1 Condiciones geológicas y geotécnicas: a) Los terrenos ubicados sobre fallas geológicas. b) Los propensos a deslizamientos del suelo o

aquellos cercanos a una posible zona de deslizamiento y que puedan ser afectados por el mismo.

c) Los ubicados en las laderas de un volcán activo o no activo.

d) Los que contengan suelos de arenas o gravas no consolidadas y con nivel freático inferior a 600 mm.

e) Los dispersivos. f) Los colapsables. g) Los cercanos a bloques rocosos, en laderas o

partes altas de cerros, con posibilidades de rodar o desprenderse, ya sea por efecto de sismo o por fenómenos erosivos.

h) Los ubicados en zonas donde haya existido o exista explotación de minas.

i) Los ubicados sobre cuevas o cavernas. j) Los ubicados en zonas pantanosas, ciénagas y

esteros. k) Los ubicados en zonas donde se pueda

manifestar el fenómeno de subsidencia, hundimiento regional y agrietamiento del terreno, ya sea por un proceso natural o antrópico.

l) Los ubicados en áreas reservadas para recargas de acuíferos.

m) Los ubicados sobre antiguas minas de arena. n) Los que no están dentro de los programas de

desarrollo urbano municipales, estatales y federales.

NOTA 1: Para las costas de Baja California, Nayarit, Jalisco, Colima, Michoacán, Guerrero, Oaxaca y Chiapas, debe elegirse particularmente un predio que se ubique a una altura de 10 m o a un 1 km de distancia de la línea de costa, que en su caso debe incluir desembocaduras de ríos. Esto en vista de que, ante la ocurrencia de un sismo de gran magnitud, existe la posibilidad de generarse un maremoto. De acuerdo a las experiencias ocurridas en Ensenada, Baja California; Zihuatanejo, Guerrero y Salina Cruz,

5.2.1 Para la construcción de escuelas, sin menoscabo de las disposiciones legales aplicables, debe evitarse la selección de terreno que presente alguna o varias de las siguientes condiciones: a) Los ubicados a una distancia igual o menor a

500 m del lindero más cercano a los depósitos de basura y/o de plantas de tratamiento de basura o de aguas residuales.

b) Los ubicados a una distancia igual o menor a 1 km del límite de depósitos de combustible.

c) Los ubicados a una distancia igual o menor a 50 m de las estaciones de servicios (gasolineras o gaseras).

d) Los ubicados a una distancia igual o menor a 500 m de ductos en los que fluyan combustibles (gasoductos, oleoductos, etc.), así como de instalaciones industriales de alta peligrosidad.

e) Los ubicados a menos de 50 m de las líneas de electrificación de alta tensión.

f) Los ubicados a menos de 30 m de líneas troncales de electrificación.

g) Los ubicados a menos de 3 m de ramales o líneas de distribución de alumbrado público, teléfono, telégrafo o televisión por cable.

h) Los ubicados dentro de los límites de influencia de campos de aviación, según las regulaciones aplicables.

i) Los ubicados en áreas de relleno provenientes de residuos industriales, químicos, contaminantes o de basura en general.

j) Los ubicados en áreas que fueron cementerios.

k) Aquellos que se encuentren en el área de influencia del desfogue o del embalse de una presa.

l) Los ubicados dentro del derecho de vía de ductos o tuberías que conduzcan a materiales peligrosos, así como de caminos, vías de ferrocarril y cuerpos superficiales de agua, por donde se transporten materiales peligrosos.

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Oaxaca, la altura máxima reportada de las olas varió entre 7 y 11 m, y la referencia de penetración de un maremoto ocurrido en Cuyutlán, en las costas de Colima, fue de 1 km.

m) Los ubicados dentro del radio de afectación por radiación de centrales núcleo-eléctricas o industrias que operen productos radioactivos.

n) Los ubicados sobre rellenos que contengan desechos sanitarios, industriales o químicos.

ñ) Los que hayan sido utilizados como depósitos de materiales corrosivos, reactivos, explosivos, tóxicos, inflamables, infecciosos o radiactivos.

o) Los ubicados dentro del radio de afectación derivado de algún desastre químico causado por fuga, derrame, explosión o incendio de industrias localizadas en la vecindad del mismo.

p) Los ubicados en intersecciones con carreteras, vialidades primarias o vías férreas.

NOTA 2: En caso de terrenos localizados al hombro o al pie de una ladera, se debe verificar la susceptibilidad a deslizarse, mediante inspección geológica y pruebas geotécnicas. En caso de que la ladera presente condiciones de inestabilidad, se puede considerar la factibilidad de su estabilización en función de los resultados de las pruebas realizadas y avaladas por los laboratorios certificados. (sic)

13.2.- PLANTEL ADAPTADO.

Las instalaciones en las que se pretenda impartir Educación Secundaria deberán contar con los espacios que satisfagan las condiciones higiénicas, de seguridad y pedagógicas y con el equipamiento necesario que permitan el adecuado desarrollo del proceso educativo, para ello deberá acreditar que cuenta con los requerimientos mínimos que se señalan posteriormente. Todos los espacios del plantel, es decir, las aulas, sanitarios y áreas recreativas, deberán guardar una estricta relación entre la matrícula que puede albergar el mismo, sus dimensiones y el equipo instalado, de tal manera que se propicie el adecuado desarrollo del proceso educativo y se cumpla con lo prescrito en este instructivo. Para infraestructura física educativa adaptada, se seguirán los criterios de superficie que se precisan en la tabla No. 5.3 del Volumen 2 “Estudios Preliminares”, Tomo I “Planeación, Programación y Evaluación” así como en lo dispuesto en el apartado 7 de los Criterios de Diseño Arquitectónico para Educación Básica, Secundaria General emitidos por el INIFED.

13.3.- AULAS.

Solamente se aprobarán instalaciones que cuenten con superficie construida para los tres grados, con sus anexos correspondientes. Cada aula deberá ser un espacio independiente, por ningún motivo tendrán en su interior sanitarios o cualquier otro servicio que interfiera en el desarrollo pedagógico, por lo tanto, tampoco podrán ser utilizadas como área de acceso a otro espacio del plantel.

Para Infraestructura Física Educativa (INFE) nueva:

Sujetarse a las normas y especificaciones del INIFED. www.inifed.gob.mx

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Para Infraestructura Física Educativa (INFE) adaptada:

Las aulas didácticas deberán tener una superficie de 1.35 m²/alumno-grupo. Se tomará en cuenta una superficie de 2.00 m2, como espacio para el docente. Las aulas didácticas, de preferencia que sean de forma rectangular con un frente

mínimo de 3 metros y un área que no sea inferior a 15 m². 13.4.- PUERTAS.

Las de acceso, intercomunicación y salida, deberán tener una altura de 2.10 m cuando menos y el ancho de acuerdo a las siguientes medidas:

13.5.- CORREDORES Y PASILLOS.

Los corredores comunes a 2 o más aulas, deberán tener un ancho de 1.20 m. y 2.30 m. de altura, con anchura adicional no menos de 0.60 m. por cada 100 usuarios.

13.6.- ESCALERAS Y RAMPAS.

Deberán de cubrir las siguientes medidas: 1.20 m de ancho cuando den servicio a una población de hasta 360 alumnos y

aumentando 0.60 m por cada 75 alumnos o fracción, pero nunca mayor de 2.40 m.

Si la cantidad de alumnos lo obligara, se aumentará el número de escaleras. La huella antiderrapante será de 25 cm. mínimo y el peralte de 18 cm. máximo,

este deberá ser cubierto, no se permiten escaleras con huecos entre escalones. Las rampas serán obligatorias en cualquier tipo de desnivel sin importar su altura,

su ancho mínimo será de 1.20 m libres más bordes laterales, siempre que exista otra forma de circulación (como escaleras) y en caso de ser el único paso deberá contar con un ancho mínimo de 1.50 m libres más bordes laterales.

Tanto escaleras como rampas contarán siempre con doble pasamanos tanto a 90, como a 75 cm, medidos a partir de la nariz del escalón.

Los barandales que sean calados deberán ser de elementos verticales con excepción del pasamano.

13.7.- ILUMINACIÓN. La iluminación natural no deberá ser inferior al 17.5% del área del local (Norma NMX-R-021-

SCFI-2013). Los niveles mínimos de iluminación artificial en los salones de clase será de 250 luxes, en talleres

y laboratorios de 330 luxes y en auditorio 330 luxes. 13.8.- VENTILACIÓN.

Las aulas en edificaciones para educación, tendrán ventilación natural por medio de ventanas que den directamente a la vía pública, terrazas, azoteas, superficies descubiertas, interiores o patios y la ventilación no deberá ser inferior al 5% del área del local (Norma NMX-R-021-SCFI-2013).

Acceso principal 1.20 m Aulas, laboratorios, talleres, etc. 1.00 m libres más marco, preferible 1.20 m

libres más marco. Salidas de emergencia 1.20 m

Auditorios o salones de reunión 1.80

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13.9.- SANITARIOS.

Sanitarios del personal. El plantel deberá contar con un área sanitaria para uso exclusivo del personal docente y

administrativo de la institución. El área sanitaria del personal, deberá contar con un baño para hombres y uno para mujeres,

independientes a los del servicio de alumnos, con un excusado y un lavabo cada uno. Sanitarios de los alumnos.

Deberá apegarse a lo dispuesto en la tabla No.3.8 del volumen 3 “Habitabilidad y Funcionamiento”, tomo I “Diseño Arquitectónico” de las normas y especificaciones del INIFED. www.inifed.gob.mx

13.10.- AGUA POTABLE. Se cubrirán las demandas mínimas que en este caso son de 25 lts/alumno /día. Las necesidades de riesgo se considerarán por separado a razón de 5 lts/ trabajadores /día.

13.11.- PATIOS. Las medidas de los patios destinados a iluminación y ventilación de las aulas, serán iguales a

un medio de altura de los parámetros que los limiten, pero nunca menores de 2.50 m.

13.12.- SEGURIDAD. Para prevenir y combatir incendios, es conveniente disponer de instalaciones y equipos

necesarios, así como observar las medidas de seguridad determinadas por el comité de seguridad y emergencia escolar del plantel.

Observar y contar con normas mínimas de seguridad para el acceso y salida de los menores.

13.13.- SERVICIOS GENERALES Y ADMINISTRATIVOS. Es necesario destinar espacios de dirección, oficina administrativa y archivo. Se sugiere que el espacio destinado a la Dirección cuente con 15m², de no contar con esta

superficie, deberá proponerse un espacio mínimo de 6 m², este espacio deberá estar dotado de la infraestructura y condiciones que permitan la privacidad para la atención a padres de familia, docentes y alumnos.

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Se sugiere que el espacio destinado a la oficina administrativa cuente con 9m², de no contar con esta superficie, deberá proponerse un espacio mínimo de 6 m².

Se sugiere que el espacio destinado al archivo cuente con 9m², de no contar con esta superficie, deberá proponerse un espacio mínimo de 6 m².

Es recomendable que se destine un área específica para intendencia y bodega.

13.14.- SERVICIOS DE ASISTENCIA EDUCATIVA. Igualmente, para la ubicación de éstos se hace necesario disponer de espacios tales como:

cubículos para el orientador vocacional y trabajador social, sala de maestros, sala de juntas y proyecciones, auditorio, cooperativa.

13.15.- BIBLIOTECA. Se recomienda que el área de biblioteca tenga una superficie de 182 m². De no contarse con la superficie señalada en el párrafo anterior, el área destinada a

biblioteca deberá contar con una superficie que permita albergar por lo menos a un grupo, por lo que sus dimensiones serán de 20 m² como mínimo, considerándose 2 m² por alumno.

Este espacio requiere de un área apropiada, con mobiliario funcional y adecuado. El acervo de la misma deberá contar inicialmente con un mínimo 300 títulos que apoyen el

estudio de las diversas asignaturas de los tres grados escolares del plan y programas de estudio vigente; este acervo deberá enriquecerse y actualizarse continuamente.

13.16.- CONTROL ESCOLAR.

Es independiente de la dirección y en ella se ubicará a la persona que realice las funciones administrativas de control escolar.

Esta área deberá contar con una superficie de 9 m².

13.17.- ÁREAS DESCUBIERTAS. El particular está obligado a contar con un espacio destinado a actividades cívicas,

deportivas y de esparcimiento; para tales efectos deberá proponer superficie descubierta, ya sea como patio cívico o cancha deportiva.

Se sugiere un área de 378m², de no contar con esta superficie, deberá proponerse un espacio mínimo de 126 m², caso en el cual, sólo podrá autorizarse una matrícula de 10 alumnos por grado, siempre y cuando se reúnan los demás requerimientos del presente instructivo.

Si el área de esparcimiento existente en el plantel supera los 126 m², podrá aumentarse la matrícula considerando una superficie de 1.40 m² por alumno.

Las actividades deportivas y de educación física no se pueden realizar fuera de las instalaciones educativas, por lo que el solicitante está deberá contar con estas áreas dentro del plantel e invariablemente deberán de localizarse en planta baja.

13.18.- LABORATORIOS. En caso de que el plantel no cuente con laboratorios especializados por materia, deberá contar como mínimo con un laboratorio polifuncional que cuente con todos los materiales e instrumentos para las prácticas de biología, física y química, que se señalan en los apartados que integran el presente punto 13.19.

POR CUESTIONES DE SEGURIDAD SE RECOMIENDA QUE LOS LABORATORIOS SE UBIQUEN EN PLANTA BAJA.

13.19.1. LABORATORIO POLIFUNCIONAL.

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13.19.1.1. INSTALACIONES. Este laboratorio deberá contar con los siguientes elementos:

Regadera de emergencia. Extintores. Seis núcleos de servicio con una o dos tarjetas de desagüe. Dos salidas de agua. Dos salidas de gas cónicas con espiras y dos salidas de corriente alterna

para cuatro contactos monofásicos. Válvulas de seguridad en general, y en cada núcleo de servicio,

instalaciones de agua y gas. Colores en tuberías conforme lo marca el reglamento en vigencia. Condiciones óptimas de ventilación. Extracción de gases. Iluminación. Orientación acústica y sistemas de seguridad. Mobiliario adecuado en áreas de guardado de aparatos y equipo, y en

área de guardado de reactivos y substancias (ver rubros correspondientes).

13.19.1.2. MOBILIARIO.

a) Para el área de trabajo y exposición del profesor deberá integrarse con: Estrado. Mesa de demostración (0.60 m x 0.60 m) equipado con tarja, salida de agua,

salida de gas y dos contactos monofásicos. Cubierta de acero inoxidable y terminado en color negro mate. Pizarrón magnético. Pantalla. Bancos de laboratorio.

b) El área de trabajo de los alumnos deberá integrarse de: 12 mesas de trabajo de estructura tubular metálica, mismo ancho y altura,

núcleos de servicio (2.0 m x 0.6 mm y de 0.85 m a 1.15 m aproximadamente), con cubierta de acero inoxidable, terminado en negro mate y tratada para soportar el uso indistinto de agua, electricidad, gas, calor.

Substancias y reactivos, con entrepaño de guardado. Bancos tipo restirador para cada alumno. Cestos metálicos para basura. Carro de servicios. Botiquín con elementos para brindar los primeros auxilios en caso de accidentes

y quemaduras.

c) El área de trabajo de los alumnos deberá integrarse de: Área para el guardado de aparatos y equipo en general, que cuente con las

siguientes características: 1. Cubículo de 14 m2 aproximadamente. 2. Ventilación propia. 3. Protección contra humedad y polvo. 4. Dos salidas de corriente alterna.

Estante para el guardado de los equipos e instrumentos. Mesa auxiliar de 1.5 m X 0.6 m. Escalerilla de 2 o 3 peldaños, plegable, y de aluminio.

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Mesa de trabajo de 1.2 m y estante para guardar cristalería. Área de reactivos y substancias, de aproximadamente 9.4 m2 con ventilación

directa al exterior. Anaquel para guardar reactivos, tratado para soportar la corrosión debida a los

gases. Tarja con una salida de agua y desagüe. No a drenaje común envío a una trampa o planta de tratamiento.

13.19.1.3 EQUIPO Y MATERIALES.

13.19.1.3 LABORATORIO DE BIOLOGÍA (calculado para un grupo de 40 alumnos -4 por equipo). 13.19.1.3.1. CRISTALERIA.

10 Vasos de precipitado, con pico de 50 ml. 10 Vasos de precipitado, con pico de 100 ml. 10 Embudos de 6 cm con tallo corto. 10 Cristalizadores de 10 o 12 cm. (Pirex). 10 Matraces de fondo plano de 500 ml. 10 Matraces Erlenmeyer de 250 ml. 10 Cajas de Petri de 100 X 15 mm. 10 Vidrios de reloj de 7.5 mm. 10 Frascos para reactivos, tapón esmerilado de 125 ml. 02 Campanas de cristal de 20 x 25 cm. de altura. 02 Cajas de portaobjetos. 02 Cajas de cubreobjetos. 30 Tubos de ensaye, con labio de 15 x 150 mm. 20 Frascos gotero color ámbar de 50 ml. 20 Gotero con bulbo de hule. 10 Probetas graduadas de 100 ml. 10 Pipetas graduadas de 10 ml. ½ Kg. de tubo de vidrio de 6 mm. 10 Lámparas de alcohol.

13.20.1.3.2. SUSTANCIAS. 3 Litros de alcohol de 96°. 100 ml. De ácido clorhídrico. 100 ml. De ácido nítrico. 250 ml. De ácido acético. 2 Litros de agua oxigenada. 3 Litros de aldehído fórmico. 50 gr. De azul de metileno. 100 ml. De bálsamo de Canadá. 1 Litro de éter sulfúrico. 500 ml. De licor de Fehling "A". 500 ml. De licor de Fehling "B". 500 gr. De grenetina en polvo. 50 ml. De hematoxilina preparada. 1 litro De hidróxido de calcio. 50 ml. De lugol. 50 ml. De rojo neutro. 250 ml. De xilol.

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13.19.1.3.3. INSTRUMENTAL. 10 Estuches de disección conteniendo bisturí, tres navajas para bisturí, tijera, pinzas

y agujas. 10 Charolas de disección cubiertas con cera. 10 Pinzas de moss. 10 Escobillones para tubos de ensaye. 10 Gradillas. 10 Lupas. 01 Caja de preparaciones permanentes. 01 Caja de alfileres para insectos. 10 Morteros con pistilo. 10 Tapones con una horadación (para matraz). 10 Tapones con 2 horadaciones (para matraz). 05 Metros de tubo de hule, color ámbar, de látex (5 mm. interior).

13.19.1.3.4. APARATOS.

10 Microscopios compuestos (40 X 50, etc. en adelante). 10 Microvisores. 10 Soportes universal completos. Proyector de transparencias Proyector de cuerpos opacos. Proyector de cine de 16 mm o videocasetera y T.V. Cañón de proyección. 10 Computadoras con conexión a internet.

13.19.1.3.5. MODELOS ANATÓMICOS Y OTROS APOYOS DIDÁCTICOS.

Torso humano. Esqueleto humano. Sistema nervioso. Órganos de los sentidos. Aparatos reproductores humanos.

13.19.1.3.6. LÁMINAS MURALES.

Microscopio compuesto. Estructura de la hoja. Aparato digestivo. Aparato respiratorio. Sistema circulatorio. Sistema nervioso. Sistema muscular. Órganos de los sentidos (ojo, oído, piel). Tejidos vegetales. Tejidos animales. Estructura de la flor. Ciclos reproductores de musgo y helecho. Aparatos de reproducción. Desarrollo embrionario.

13.19.1.3.7. OTROS APOYOS DIDÁCTICOS.

13.19.2.- LABORATORIO DE FÍSICA (calculado para un grupo de 40 alumnos)

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02 Balanzas de precisión (sensibles 2 mg). 10 Marcos de pesas desde 1 g. hasta 100 g. 10 Carritos de Hall (sin fricción). 10 Planos inclinados (con graduación angular y de altura). 10 Soportes y reglas para balanzas de movimientos balanza aritmética. 01 Modelo de torno. 01 Aparato de fuerza centrífuga. 01 Riel sin fricción. 01 Juego de 6 esferas de acero cognadas haciendo contacto. 01 Tabla con tornillos para composición y descomposición de fuerzas (profesor y alumnos

construirán las otras nueve). 10 Juegos de polea y cuadernales (dos fijas, dos cuadernales dobles). 10 Dinamómetros. 10 Calibradores o Vernier. 10 Tornillos micrométricos. 01 Balanza de Jolly (el profesor y alumnos harán las otras). 01 Cuba de hondas. 01 Juego de vasos comunicantes. 01 Modelo de bomba aspirante impelente o hidroneumática. 01 Bomba de vacío, platina, sus tubos y campana. 10 Jeringas de inyección de 10 ml. 01 Juego de hemisferios de Magdeburge. 01 Barómetro de mercurio. 01 Ludión y diablillo de Descartes y buzo cartesiano (profesor o alumnos harán los otros). 10 Metrónomos. 01 Rueda de Savat. 12 Diapasones (3 frecuencias diferentes) con caja resonadora. 01 Disco de Hartl con juego de lentes, prismas y espejos. 10 Prismas (5 cm. altura). 10 Lupas 6 a 8 cm. 10 Espejos cóncavos 8 a 10 cm. 10 Espejos cóncavos 12 x 10 cm. 10 Espejos planos 12 x 10 cm. sin marco. 01 Juego de espejo plano que formen ángulo. 01 Calorímetro de doble pared de aluminio. 01 Brújula de 3.5 a 4 cm. de diámetro en su caja de construir con agujas, clavos, alfileres de

acero, etc. 01 Electroimán de herradura. 01 Bobina de inducción (carrete de Ruhmkerf). 01 Voltam perímetro de bolsillo de 0 a 10 V y 35 ampres. 01 Generador electromagnético desmontable, operación manual. 01 Motor San Luís c/armadura p/el estudio de los principios fundamentales de generadores

y motores eléctricos. 01 Reóstato variable tubular de 4100 ohm: 32 amperes. 02 Imanes en forma de U de 20 cm. 02 Imanes en forma de barra de 20 cm. 01 Matraz de destilación de 250 ml. 10 Pinzas de Mohr. 10 Resortes, de 25 a 30 cm. de diferentes fuerzas. 50 Metros de tubo de goma o plástico (5 mm. interior). 10 Triples decímetros de madera o plástico.

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01 Juego de geometría para pizarrón. 01 Segueta para acero. 01 Tijeras. 01 Navaja de muelle. 01 Serrote. 01 Juego de lijas. 01 Juego de esferas fabricadas en madera, metal, plástico o vidrio.

13.19.3 LABORATORIO DE FÍSICA Y QUÍMICA (calculado para un grupo de 40 alumnos (4 por grupo). 13.19.3.1 EQUIPO. 10 Vasos de precipitado, con pico, de 50 ml. 10 Vasos de precipitado, con pico, de 100 ml. 10 Vasos de precipitado, con pico, de 350 ml. 10 Embudos de 6 cm. con tallo corto. 10 Embudos de 6 cm. con tallo largo. 10 Refrigerantes rectos (40 cm.). 10 Termómetros 10° a 260° C. 10 Probetas graduadas de 100 ml. 10 Buretas de 25 ml. 10 Pipetas de 10 ml. (graduadas). 10 Cristalizadores de 10 o 12 cm. 10 Cápsulas de porcelana de 8. 30 Tubos de ensayo, con labio de 11 X 10 mm. 05 Probetas graduadas de 2 l. 10 Matraces de fondo plano de 500 ml. 10 Matraces Erlenmeyer de 250 ml. (Pyrex). 10 Frascos gotero color ámbar. 10 Goteros con bulbo de hule. 10 Varillas de vidrio de 5 mm. Tubo de vidrio 5 mm interior. 10 Cucharillas de combustión. 10 Cubas hidroneumáticas, con puente. 10 Cápsulas de plomo de 10 a 11 cm. 10 Soportes (universal) completos (anillo, tripie, triángulos, pinzas para buretas,

tela de alambre). 10 Pinzas para tubo de ensayo. 10 Mecheros de Bunsen o lámparas de alcohol en caso de no haber

instalación de gas. 10 Aparatos de electrólisis (voltámetro) con transformador (tungar) (es

necesario cualquiera que sea el número de alumnos). 10 Tabla periódica larga y corta. 10 Tapones monohoradados (para matraz y embudo). 10 Tapones biohoradados (para matraz, termómetro y embudo). 10 Broca grande (1.25 cm.) para acero. 10 Broca gruesa para acero. 10 Desarmadores anchos. 13.19.3.2 ELEMENTOS Y SUSTANCIAS QUÍMICAS. LITIO, NATRIUM, ETC. (todos los elementos posibles de la tabla periódica).

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AMONIO Amoniaco (hidróxido de amonio, cloruro y nitrito). ALUMINIO Hidróxido y aluminio (lámina y alambre). ANTIMONIO Polvo. AZUFRE en polvo y en trozo. BARIO Oxido y cloruro. BROMO (cápsula). CADMIO Cloruro. CALCIO Cloruro, carbonato ácido, hidróxido, cloruro, sulfato acetato y calcio. CARBONO Sulfuro, carbón no mineral y carbón vegetal. COBRE Óxido (II), sulfato (II) y cobre (lámina, alambre e hilo). ESTRONCIO Cloruro. ESTAÑO. FIERRO Cloruro y fierro (lámina y alambre). FÓSFORO. LITIO Carbonato y cloruro. MAGNESIO Hidróxido, dióxido, sulfato y magnesio (cinta). MANGANESO Bióxido y cloruro. MERCURIO Nitrato y mercurio. NIQUEL Sulfato y níquel. PLATA Nitrato. PLOMO Nitrato, acetato, plomo (lámina y alambre), potasio, hidróxido (lentejas), nitrato,

dicromato, permanganato, carbonato, nitrito, yoduro, potasio y cloruro.

SODIO, carbonato, carbonato ácido, sulfato, sulfuro, hidróxido (lentejas) y silicato. ÁCIDOS Sulfúrico, nítrico, clorhídrico, fosfórico, acético y cítrico. INDICADORES Papel tornasol fenolftaleína y anaranjado de metilo. SUBSTANCIAS ORGÁNICAS Acetona, glicerina, gasolina blanca, almidón, azúcar, harina y

éter, etílico, agua oxigenada 6%, alcohol y aceites minerales.

OTROS MATERIALES Jabón neutro, detergente para ropa, detergente para loza, Papel filtro (pliego o caja), silica, celofán, dulce, madera, piedra caliza (mármol). Pilas secas (nuevas y usadas) de 1.5 V., láminas y trozos de plástico. 1 frasco de tinta azul, 1 caja de ligas. Hilo de algodón, seda plásticos y acetato.

NOTA. Para el caso de que se pretenda impartir Secundaria Técnica, se deberá de incluir a parte de los requisitos anteriormente expuestos:

Estante para el guardado de los equipos e instrumentos.

13.20.- SEÑALIZACIÓN. Se deberá contar con la señalización tanto preventiva como informativa en todo el plantel. La señalización preventiva se realizará de acuerdo a la normatividad vigente, con colores

destinados para ello y deberá ubicar por lo menos las salidas de emergencia y áreas de encuentro.

La señalización informativa se realizará colocando rótulos en cada espacio, pudiendo ser en cada puerto o bien al margen de éstas, utilizando pictogramas universales en la mayor medida posible y todos los rótulos deberán ser adaptados para débiles visuales y/o invidentes.

Se podrá apoyar tanto en el volumen 3, tomo II, así como en el Manual de Imagen y Señalización, ambos normativos del INIFED.

13.21.- ACCESIBILIDAD.

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Deberá apegarse a lo dispuesto en el volumen 3 “Habitabilidad y Funcionamiento”, tomo II “Norma de Accesibilidad” de las normas y especificaciones del INIFED. www.inifed.gob.mx 13.22.- BEBEDEROS. Deberán apegarse a lo dispuesto en el volumen 3 “Habitabilidad y Funcionamiento”, tomo V “Bebederos” de las normas y especificaciones del INIFED. www.inifed.gob.mx

13.23.- OTROS NIVELES EDUCATIVOS.

En el caso que se pretendan impartir diferentes niveles educativos en un mismo inmueble, los requerimientos de instalaciones deberán cubrirse para cada uno de ellos, por lo que no podrán conjuntarse los espacios y servicios educativos diferentes.

14.- RELACIÓN DE LOS MEDIOS E INSTRUMENTOS NECESARIOS PARA PRESTAR LOS PRIMEROS AUXILIOS Y LISTADO DE INSTITUCIONES DE SALUD ALEDAÑAS, DE AMBULANCIAS U OTROS SERVICIOS DE EMERGENCIA A LOS CUALES SE PUEDA ACUDIR EN CASO NECESARIO.

Deberá llenar y firmar el formato denominado FORMATO 6.1. Se señalará el nombre de tres instituciones de salud, públicas o privadas, a la que se pueda

acudir en caso de necesidad.

15.- CARTA COMPROMISO PARA IMPARTIR PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO OFICIALES. Deberá llenar y firmar el FORMATO 7. Una vez que el particular adquiera el acuerdo de incorporación está comprometido a

impartir la educación secundaria, en apego a los planes y programas de estudio que para tal efecto establezca la Secretaría de Educación Pública.

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INSTRUCCIONES PARA SOLICITAR LA AUTORIZACIÓN DE CAMBIOS CUANDO SE CUENTE CON

ACUERDO DE INCORPORACIÓN

De conformidad a lo que dispone el Reglamento de la Ley de Educación del Estado de Jalisco en materia de Incorporación de Instituciones Particulares al Sistema Educativo Estatal para los niveles de Educación Inicial, Básica, Media Superior, Superior Docente y Capacitación para el Trabajo, los particulares que ya cuentan con acuerdo de autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, por ningún motivo podrán implementar cambios en cuanto a representante legal, domicilio o turno, entre otros, si de manera previa no cuentan con autorización por parte de esta Secretaría, a través de la Dirección de Acreditación, Incorporación y Revalidación Educativa. GENERALIDADES.

1. La solicitud de cambios contenida en el FORMATO 1 deberá ser suscrita por el titular del acuerdo de incorporación (persona física o jurídica), en este último supuesto a través del representante legal, en términos del punto 1 de “REQUISITOS PARA OBTENER LA AUTORIZACIÓN PARA IMPARTIR EDUCACIÓN SECUNDARIA” del presente documento.

2. Dicha solicitud se presentará ante la Coordinación de Incorporación, Revalidación y

Equivalencia.

3. A la petición deberá acompañarse copia del acuerdo mediante el cual se otorgó autorización, y en su caso, de cambio de representante legal.

4. Para el cumplimiento de los requisitos que se exigen en los trámites de cambios al acuerdo, se atenderán las especificaciones que, para cada uno de ellos, se señalan en el apartado de “REQUISITOS PARA OBTENER LA AUTORIZACIÓN PARA IMPARTIR EDUCACIÓN SECUNDARIA” del presente instructivo.

5. Los requisitos que se precisan en cada supuesto, deberán presentarse en original para cotejo, con dos copias en tamaño carta legibles, debiendo integrar dos expedientes completos, con los documentos ordenados conforme a su anuncio en el presente instructivo; cada expediente deberá estar integrado en carpeta de tres aros, con divisiones que permitan identificar de manera ágil los requisitos, asimismo deberán acompañarse dos memorias USB que contengan la información y documentación requerida, la cual, deberá estar separada por carpetas, etiquetando cada archivo de manera que permita su ágil identificación. Para el trámite de cambio de representante legal, seguirán las indicaciones señaladas en el párrafo anterior, a excepción del número de expedientes exhibidos, ya que, en este caso, sólo será necesario presentar el original para cotejo y una copia del mismo.

6. Todos los formatos exigidos en este apartado deberán presentarse impresos con la firma original del propietario o su representante legal, con tinta azul.

7. Las solicitudes de autorizaciones de cambio de domicilio; ampliación o cambio de turno (únicamente cuando no implique modificaciones estructurales del inmueble), cambio de representante legal y certificación de Acuerdo podrán presentarse en cualquier tiempo.

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Certificación de Acuerdo: Copia del Acuerdo a certificar, o en su defecto, denuncia de robo o extravío ante la Fiscalía

Estatal, donde se plasme circunstancia de modo, tiempo y lugar, señale el número de acuerdo, el domicilio habilitado para impartir educación, el nivel educativo correspondiente y el nombre del titular de dicho Acuerdo.

Deberá presentarse la solicitud contenida en el FORMATO 1, acreditando su personalidad en los términos del punto 1 del presente documento.

Por último, el refrendo inmediato anterior a la solicitud de certificación, o en su defecto, presentar documento con el cual acredite que desde el inicio la persona física o jurídica que solicita la certificación, ha administrado el plantel educativo incorporado, asimismo deberá cubrir los puntos 5.3 y 7 del apartado “REQUISITOS PARA OBTENER EL RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS PARA IMPARTIR EDUCACIÓN SECUNDARIA”, que se precisan en el presente documento.

Cambio de domicilio:

Deberá presentarse la solicitud contenida en el FORMATO 1 acreditando su personalidad en los términos del punto 1 del presente instructivo, asimismo deberá cubrir los puntos 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 14 del apartado “REQUISITOS PARA OBTENER LA AUTORIZACIÓN PARA IMPARTIR EDUCACIÓN SECUNDARIA” que se precisan en el presente documento.

Cambio de representante legal:

Deberá presentarse solicitud en el FORMATO 1 en términos de lo que marca el punto 1 del presente instructivo, debiéndose acompañar de los siguientes documentos:

a) Acta constitutiva de la persona jurídica titular del acuerdo de incorporación. b) Acta de protocolización notariada, por la que se acredite la personalidad de quien fungirá

como nuevo representante legal; en su caso, el poder notarial respectivo. Respecto a los documentos referidos en los incisos a) y b) deberá acompañarse la boleta con la que se acredite su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.

La constancia con la que acredite que ha realizado el pago correspondiente al estudio y resolución del trámite de cambio de representante legal, en términos de lo que la tarifa vigente de la Ley de Ingresos del Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal 2019, por un importe de $2,747.00 (dos mil setecientos cuarenta y siete pesos 00/100 M.N.).

c) Constancia o documento que acredite que el particular solicitante ha realizado el refrendo inmediato a la fecha de la solicitud.

d) El documento que acredite la ocupación legal del inmueble, conforme a las especificaciones que se señalan en el punto 4 del presente instructivo.

e) Licencia Municipal definitiva por el año 2019, respecto al giro y nivel educativo. f) Copia del acuerdo de autorización, y en su caso, de cambio de representante legal.

Si la solicitud se presenta del 1 de octubre al 13 de diciembre de 2019, además de los documentos señalados en los incisos a), b) y c), se deberá acompañar la constancia de refrendo 2019-2020.

Ampliación o cambio de turno: Deberá presentarse la solicitud contenida en el FORMATO 1 acreditando su personalidad en

los términos del punto 1 del presente instructivo, asimismo deberá cubrir los puntos 3, 5.1 sólo en lo que respecta a los planos arquitectónicos, 5.3, 6, 7, 10, 11, 12, 13 y 15 del apartado “REQUISITOS PARA OBTENER LA AUTORIZACIÓN PARA IMPARTIR EDUCACIÓN SECUNDARIA” que se precisan en el presente documento, asimismo deberá acompañar la constancia o documento que acredite que el particular solicitante ha realizado el refrendo inmediato anterior a la fecha de la solicitud de ampliación o cambio de turno.

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JUAN CARLOS FLORES MIRAMONTESSecretario de Educación del Estado de Jalisco

(RÚBRICA)

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DAIRE/2019

FORMATO 1

TRÁMITES DIVERSOS, SELECCIONAR UNO POR SOLICITUDINCORPORACIÓNCAMBIO DE REPRESENTANTE LEGALCAMBIO DE DOMICILIO

PREESCOLAR MATUTINO FEMENINOPRIMARIA VESPERTINO MASCULINOSECUNDARIA GENERAL NOCTURNO MIXTOSECUNDARIA TÉCNICA

TRABAJO

AMPLIACIÓN DE MATRÍCULAAMPLIACIÓN DE TURNO

REAPERTURA

ALUMNADO

OTRO (ESPECIFIQUE):

DIRECCIÓN DE ACREDITACIÓN, INCORPORACIÓN Y REVALIDACIÓN EDUCATIVA

FECHA:

(DÍA / MES / AÑO)El (la) que suscribe ****ESCRIBA SU NOMBRE****, en mi carácter de *** TRANSCRIBA LA LEYENDA: PROPIETARIO O REPRESENTANTE LEGAL, según sea el caso**** de ****EN CASO DE PERSONA JURÍDICA, ESCRIBA EL NOMBRE DE LA MISMA**** , con fundamento en los artículos 3°, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,117 y 120, de la Ley de Educación del Estado de Jalisco, comparezco a presentar la solicitud para obtener autorización/cambio, en el nivel educativo *preescolar, primaria o secundaria*** para efecto de lo cual, BAJO PROTESTA DE CONDUCIRME CON VERDAD HAGO DE SU CONOCIMIENTO QUE LOS DATOS QUE POSTERIORMENTEPROPORCIONO SON CIERTOS.

PRESENTE:

SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN O CAMBIOS PARA INSTITUCIONES PARTICULARES DE EDUCACIÓN BÁSICA

DOMICILIO DEL PLANTEL PROPUESTOCALLE Y NÚMERO EXTERIOR E INTERIOR COLONIA

CLAVE DE CENTRO DE TRABAJO

NIVEL DE ESTUDIOS TURNO

CÓDIGO POSTAL DELEGACIÓN O MUNICIPIO TELÉFONO

DOMICILIO DE LA PERSONA FÍSICATIPO DE DOMICILIO CASA FISCAL

Dicho inmueble se encuentra libre de controversias legales y administrativas que impidan la prestación del servicio educativo, así mismo la vigencia del contrato queda origen a su ocupación se asegura para el ciclo escolar 2019-2020.

DATOS GENERALES DEL SOLICITANTE. (PERSONA FÍSICA)*ACOMPAÑAR: IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE.

APELLIDO PATERNO, MATERNO Y NOMBRE (S)

FECHA DE NACIMIENTO

DATOS GENERALES DEL REPRESENTANTE LEGAL SI ES PERSONA JURÍDICA*ACOMPAÑAR: IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE, ACTA CONSTITUTIVA, PODER NOTARIAL DEL REPRESENTANTE LEGAL

RAZÓN SOCIAL

TELÉFONO (LADA + NÚMERO) FAX (LADA + NÚMERO) CORREO ELECTRÓNICO

NOMBRO COMO AUTORIZADO PARA RECIBIR NOTIFICACIONES Y DAR SEGUIMIENTO A LA PRESENTE SOLICITUD DE INCORPORACIÓN A:APELLIDO PATERNO, MATERNO Y NOMBRE (S)

NOMBRE DEL REPRESENTANTE O APODERADO

CORREO ELECTRÓNICO

NOMBRE Y FIRMA DEL PROPIETARIO O REPRESENTANTE LEGAL

TELÉFONOSCORREO ELECTRÓNICO

EN TÉRMINOS DE LO ANTES EXPUESTO DECLARO QUE TENGO CONOCIMIENTO DE LAS PENAS EN QUE INCURREN LAS PERSONAS QUE DECLARAN CON FALSEDAD ANTE UNAAUTORIDAD DISTINTA A LA JUDICIAL Y ACEPTO QUE EL DOMICILIO DE LA INSTITUCIÓN SEA EL MISMO DOMICILIO PARA RECIBIR NOTIFICACIONES.

BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD

Yo persona físca titular de la solicitud de incorporación, autorizo a mi nombre y representación que, en el caso de verme favorecido con el Acuerdo correspondiente, con base en elartículo 41 del Reglamento de la Ley de Educación del Estado de Jalisco en materia de Incorporación de Instituciones Particulares al Sistema Educativo Estatal para los niveles deEducación Inical, Básica, Media Superior, Superior Docente y Capacitación para el Trabajo, designo al (a la) C. _________________________________________, permitan dar continuidad alos trámites escolares pendientes respecto del Ciclo o Calendario Escolar de que se trate.

CALLE Y NÚMERO EXTERIOR E INTERIOR COLONIA

CÓDIGO POSTAL DELEGACIÓN O MUNICIPIO ENTIDAD FEDERATIVA

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DAIRE/2019

DIRECCIÓN DE ACREDITACIÓN, INCORPORACIÓN Y REVALIDACIÓN EDUCATIVAPRESENTE: FECHA

1.-

2.-

3.-

1.-NOMBRE SOLICITADO

2.-NOMBRE AUTORIZADO

3.- NIVEL EDUCATIVO

4.-CLAVE DE CENTRO DE TRABAJO

5.-NÚMERO DE ACUERDO

6.-AUTORIDAD QUE LO OTORGA

NOMBRE COMPLETO

NOMBRE DEL SOLICITANTE (en caso de persona jurídica señalar el nombre de la A.C.,o S.C., según corresponda, en el siguiente recuadro se asentarán losdatos del representante legal. Para el caso de persona fisica solo se asentarán los datos del recuadro siguiente)

FORMATO 2SOLICITUD PARA LA AUTORIZACIÓN DE NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN

NOMBRES PROPUESTOS

NOMBRES PARA RATIFICACIÓN ESTE CAMPO SE LLENA EN CASO DE CONTAR CON OTRA INCORPORACIÓN Y DESEE CONSERVAR EL MISMO NOMBRE

** ANEXAR ESCRITO DONDE SE EXPONGAN LAS RAZONES DE POR QUÉ SE CONSIDERA QUE LOS NOMBRES PROPUESTOS SE REFIEREN A VALORES OCUESTIONES RELACIONADAS CON LA CIENCIA, EL ARTE, LA EDUCACIÓN, HECHOS HISTÓRICOS, ETC. ASÍ COMO LA BIOGRAFÍA Y BIBLIOGRAFÍA OMONOGRAFÍA POR CADA NOMBRE.

NOMBRE Y FIRMA DEL PROPIETARIO O REPRESENTANTE LEGAL

ACEPTO QUE EL REGISTRO DEL NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN O PLANTEL NO ENTRAÑA NINGUNA OBLIGACIÓN PARA LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DELGOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, CON RESPECTO LA AUTORIZACIÓN, NI ME CONFIERE DERECHO O PRERROGATIVA ALGUNO.

BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD

** EN ESTE CASO DEBERÁ ANEXAR COPIA DEL ACUERDO DE INCORPORACIÓN OTORGADO PARA OTRO NIVEL.

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DAIRE/2019

FORMATO 3

a)

b)

c)

d)

e)

f)

g)

h)

i)

j)

k)

l)

m)

n)

ñ

OBLIGACIONES QUE ADQUIERE EL PARTICULARDIRECCIÓN DE ACREDITACIÓN, INCORPORACIÓN Y REVALIDACIÓN EDUCATIVA

El (la) que suscribe ****ESCRIBA SU NOMBRE****, en mi carácter de *** TRANSCRIBA LA LEYENDA: PROPIETARIO O REPRESENTANTE LEGAL, según sea el caso**** de ****ENCASO DE PERSONA JURÍDICA, ESCRIBA EL NOMBRE DE LA MISMA**** , en atención a la solicitud para obtener autorización/cambio al acuerdo de incorporación número****, en el nivel educativo *preescolar, primaria o secundaria***, bajo protesta de conducirme con verdad en estos momentos me comprometo A NO PUBLICITAR,OFRECER NI IMPARTIR EL NIVEL EDUCATIVO MOTIVO DE MI SOLICITUD, HASTA EN TANTO CUENTE CON LA AUTORIZACIÓN POR ESCRITO, EMITIDA POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE ACREDITACIÓN, INCORPORACIÓN Y REVALIDACIÓN EDUCATIVA DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN JALISCO, y para el caso de que se me conceda dicha Autorizaciónme obligo a lo siguiente:

Cumplir con el plan y los programas vigente objeto de esta Autorización Oficial de Estudios, que la Secretaría de Educación considere procedentes.

Contar con una plantilla de profesores que acredite la preparación profesional (titulados) para impartir el programa académico de referencia, de conformidadcon los requisitos que la Secretaría de Educación Jalisco.

Guardar una relación armónica y complementaria entre las funciones de docencia, investigación y difusión de la cultura.

NOMBRE Y FIRMA DEL PROPIETARIO O REPRESENTANTE LEGAL

Facilitar y colaborar en las actividades de evaluación que el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, la Secretaría de Educación Jalisco o cualquierotra autoridad educativa ordene o ejecute.

Observar lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley de Educación del Estado de Jalisco, referente a la obligación de mencionar, en toda su documentación ypublicidad que expida, la fecha y número del acuerdo por el cual se autorizó el plan de estudios, así como la Institución que lo expidió.

Cumplir y hacer cumplir, con el personal de la institución, las disposiciones del artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Generalde Educación, la Ley de Educación del Estado de Jalisco y las normas correlativas que se dicten en materia educativa.

Acatar las normas, que en materia de autorización de estudios establezca la autoridad educativa.

BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD

Presentar ante la Secretaría de Educación, para su registro y autentificación los formatos oficiales de registro de inscripciones, altas, bajas o cambios.

Contar con un documento normativo propio de la institución en la que se incluyan los requisitos de admisión, inscripción, reinscripción, permanencia, acreditaciónde los alumnos, y las características académicas que deben reunir los docentes que participen en el programa.

Cumplir con todas las obligaciones que derivan del Reglamento para el Gobierno y Funcionamiento de las Escuelas de Educación Básica del Estado de Jalisco así como los Lineamientos para la organización y el funcionamiento de los Consejos Técnicos Escolares y asegurarse de que el Director acuda a los Consejos Técnicos Escolares de la zona escolar y de que en el plantel motivo de incorporación se instale y cesione de manera permanente el Consejo Técnico Escolar de conformidad al calendario autorizado por la Secretaría de Educación.

En caso de que obtenga la autorización oficial, me comprometo a pagar cada año el refrendo de dicha autorización de conformidad a la tarifa que para talefecto establezca la Ley de Ingresos del Estado de Jalisco, y a actualizar la información que haya proporcionado de conformidad a los lineamientos que para talefecto fije la Dirección General del nivel educativo competente.

Contar con el acervo bibliográfico y los recursos didácticos requeridos para el desarrollo del plan de estudios y sus respectivos programas.

P R E S E N T E .-

Constituir el Comité de Seguridad Escolar, de conformidad con los lineamientos establecidos en el Diario Oficial de la Federación del 4 de septiembre de 1986.

Soy conocedor de que las obligaciones señaladas en el presente documento son enunciativas más no limitativas, por lo que en estos momentos me comprometoa cumplir con todas y cada una de las disposiciones que se deriven del presente documento, así como de la Ley General de Educación, Ley de Educación delEstado de Jalisco; y de las disposiciones reglamentarías que resulten aplicables, y en estos momentos me doy por enterado de que, de no cumplir con dichasobligaciones seré acreedor de las sanciones que de dicha normatividad se deriven; las cuales pueden consistir en multas, revocación de autorizaciones o hasta laclausura del plantel, sin perjuicio de las penales y de otra índole que puedan resultar.

Facilitar y colaborar en las actividades de inspección y vigilancia que la Secretaría de Educación Jalisco realice u ordene.

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DAIRE/2019

05/03/19

FORMATO 4

LOCALIDAD

CÓDIGO POSTAL

¿El inmueble comparte espacio con otros giros comerciales? No ( ) Si ( )

Anote que tipo de giro: ________________________________________________________

Croquis 2 Observaciones

PROPUESTA DE NOMBRE PARA EL PLANTEL

CROQUIS DE UBICACIÓN DE INMUEBLE

NOMBRE DEL SOLICITANTE (en caso de persona jurídica señalar el nombre de la A.C., S.C., según corresponda) en el siguiente recuadro se asentarán los datos del representante legal. Para el caso de persona fisica sólo se asentarán los datos del recuadro siguiente)

NOMBRE (S) APELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO

CALLE Y NÚMERO

En las cercanías del plantel ¿existen centros de entretenimiento exclusivamente para adultos? (cantinas, billares, centros de apuestas o espectáculos para adultos y similares) No ( ) Si ( )

Nota: Identificar el ingreso al plantel mediante recuadro, el cual deberá contener el número de oficial de la finca.

UBICACIÓN DEL PLANTEL PROPUESTOCOLONIA MUNICIPIO

BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD

Deberá de insertar aquí, imagen de ubicación satelital donde se aprecie lascalles circunvecinas y aledañas a éstas.

TELÉFONO / EXT. FAX / EXT.

NOMBRE Y FIRMA DEL PROPIETARIO O REPRESENTANTE LEGAL

Especifique a cuantos metros se encuentra: ___________________ Que tipo de giro ______________________________________________________

ESCRIBA AQUÍ

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M a r t e s 5 d e m a r z o d e 2 0 1 9 . N ú m e r o 1 3 . S e c c i ó n I V

33DAIRE/2019

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34 DAIRE/2019

FORMATO 6

P R E S E N T E .-

CONSTRUIDO SUPERFICIE M2 ASTA BANDERA SI / NO ALTURA

DIRECCIÓNSUBDIRECCIÓN

CONTROL ESCOLAR

OFICINAS ADMINISTRATIVASATENCIÓN AL PÚBLICO

CAPACIDAD PROMEDIO (CUPO DE ALUMNOS)

SUPERFICIE (M2) ALTURA VENTILACIÓN NATURAL SI / NOILUMINACIÓN NATURAL SI /

NO

1234

CAPACIDAD PROMEDIO SUPERFICIE (M2) DESTINADO A: VENTILACIÓN NATURAL SI / NOILUMINACIÓN NATURAL SI /

NO

1234

MUY BUENA= MB SUFICIENTE = S INSUFICIENTE = INIVEL EDUCATIVO QUE SE IMPARTE: AULA 1 AULA 2 AULA 3

ILUMINACIÓNVENTILACIÓN

NÚMERO DE MINGITORIOS NÚMERO DE LAVABOS NÚMERO DE EXCUSADOS VENTILACIÓN NATURAL SI / NOILUMINACIÓN NATURAL SI /

NO

NO TIENE

SI CANTIDAD NO

I N S T A L A C I O N E SDIRECCIÓN DE ACREDITACIÓN, INCORPORACIÓN Y REVALIDACIÓN EDUCATIVA

NÚMERO DE CÉDULA PROFESIONAL

1.- DESCRIPCIÓN DE INSTALACIONES

El (la) que suscribe ****ESCRIBA SU NOMBRE****, en mi carácter de *** TRANSCRIBA LA LEYENDA: PROPIETARIO O REPRESENTANTE LEGAL, según sea el caso **** de ****EN CASO DE PERSONAJURÍDICA, ESCRIBA EL NOMBRE DE LA MISMA****, en atención a la solicitud para obtener autorización/cambio, en el nivel educativo *preescolar, primaria o secundaria***, bajo protestade conducirme con verdad manifiesto que el inmueble donde se instalará el plantel educativo cumple con las condiciones higiénicas, pedagógicas y de seguridad que establece lafracción II del artículo 120 de la Ley de Educación del Estado de Jalisco; el Instructivo Técnico para tramitar autorización para impartir Educación ****TRANSCRIBA EL NIVEL EDUCATIVOQUE IMPARTIRÁ**** Convocatoria 2019 y demás disposiciones aplicables.

P R E E S C O L A R P R I M A R I A S E C U N D A R I A

TIPO DE LUZ Y/O LÁMPARAS:

SANITARIOS

ALUMNADO MASCULINO

INSTALACIONES ADMINISTRATIVAS (M2)

DIMENSIONES M2. ÁREA CÍVICAPREDIO

DICTAMEN DE SEGURIDAD ESTRUCTURAL. DATOS DEL PROFESIONISTA

NOMBRE

EXCUSADOS CON ASIENTO Y TAPADERA:

LAVABOS:

MINGITORIOS:

PUERTAS Y MAMPARAS PARA SEPARAR W.C.

MAMPARAS PARA SEPARAR MINGITORIOS

EDUCACIÓN BÁSICAEDUCACIÓN MEDIA

EDUCACIÓN SUPERIOR

CAPACITACIÓN PARA EL TRABAJO

TIPO DE ESTUDIOS QUE SE IMPARTEN EN EL INMUEBLE ACTUALMENTE. (INDICAR NÚMERO DE ALUMNOS)

OTROS (ESPECIFIQUE)

AULAS

ILUMINACIÓN Y VENTILACIÓN EN LAS AULASILUMINACIÓN Y VENTILACIÓN EN LAS AULAS

NÚMERO DE SILLAS ESCOLARES:NÚMERO DE LÁMPARAS:

NÚMERO TOTAL

CUBÍCULOS

NÚMERO TOTAL

ALUMNADO FEMENINO

PERSONAL MASCULINO

PERSONAL FEMENINO

MOBILIARIO Y EQUIPAMIENTO DE SANITARIOS

MOBILIARIO CANTIDAD

EQUIPAMIENTO

ESPEJOS

JABONERAS

DESPACHADOR DE TOALLAS O SECADORA

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M a r t e s 5 d e m a r z o d e 2 0 1 9 . N ú m e r o 1 3 . S e c c i ó n I V

35DAIRE/2019

ÁREA EN MTS² SI NO ILUMINACIÓN VENTILACIÓN

1 DIRECCIÓN

2 OFICINAS ADMINISTRATIVAS

3 ATENCIÓN DE ALUMNOS

4 ATENCIÓN A PADRES DE FAMILIA

5 SALA DE MAESTROS

6 SALA DE JUNTAS

7 BIBLIOTECA

8 AUDITORIO O AULA DE USOS MÚLTIPLES

9 CAFETERÍA

10 ÁREAS RECREATIVAS

11 ÁREAS DEPORTIVAS

12 CAJONES DE ESTACIONAMIENTO

13 AIRE ACONDICIONADO¿EN QUÉ ÁREA?

OTRAS ÁREAS

SI / NO M2 ESPECIFICAR

MOBILIARIO CANTIDADVENTILACIÓN NATURAL

MESAS

SILLAS

LIBREROS

No. DE TÍTULOS (min. 50 por grado)

PORTARROLLOS PARA PAPEL HIGIÉNICO

CANCHA DE USOS MÚLTIPLESARENERO

ZONA DE JUEGOS MECÁNICOSÁREAS VERDES

CENTRO DE DOCUMENTACIÓN O BIBLIOTECA

DIMENSIONES (M2) ILUMINACIÓN NATURAL

CESTOS DE BASURA

ACERCA DE LAS ÁREAS

ÁREAS EN EXISTENCIA: ANOTAR: MB, S, I

DESCRIPCIÓN DEL ÁREA

ÁREAS DEPORTIVAS Y RECREATIVAS Las actividades recreativas y de educación física no se pueden realizar fuera de las instalaciones educativas, por lo que el solicitante está obligado a contar con estas áreas dentro del plantel e invariablemente localizarse en planta baja.

DESCRIPCIÓN

MATERIAL BIBLIOGRÁFICO No. DE VOLÚMENES SERVICIO DE PRÉSTAMO O SOLO DE CONSULTA

BAJO PROTESTA DE DECIR VERDADNOMBRE Y FIRMA DEL PROPIETARIO O REPRESENTANTE LEGAL

DAIRE/2019

DIRECCIÓN DE ACREDITACIÓN, INCORPORACIÓN Y REVALIDACIÓN EDUCATIVA

No.123

No.123

BAJO PROTESTA DE DECIR VERDADNOMBRE Y FIRMA DEL PROPIETARIO O REPRESENTANTE LEGAL

NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN DOMICILIO DISTANCIA

RELACIÓN DE INSTITUCIONES ALEDAÑAS, SERVICIO DE AMBULANCIAS U OTROS SERVICIOS DE EMERGENCIA A LOS CUALES RECURRIRÁ LA INSTITUCIÓN ENCASO DE NECESIDAD. (SEAN PÚBLICAS O PRIVADAS)

FORMATO 6.1

P R E S E N T E.-

El (la) que suscribe ****ESCRIBA SU NOMBRE****, en mi carácter de *** TRANSCRIBA LA LEYENDA: PROPIETARIO O REPRESENTANTE LEGAL, según sea el caso**** de **** EN CASO DE PERSONA JURÍDICA, ESCRIBA EL NOMBRE DE LA MISMA ****, en atención a la solicitud para obtener autorización/cambio, paraimpartir Educación **** TRANSCRIBA EL NIVEL Preescolar, Primaria, Secundaria *****, bajo protesta de conducirme con verdad, manifiesto que los medios,instrumentos e instalaciones aledañas al plantel educativo que se relacionan a continuación son con los que se cuenta y a los que se acudirá en casode suscitarse alguna emergencia en la institución educativa motivo de la presente solicitud.

MEDIOS E INSTRUMENTOS CARACTERÍSTICAS CANTIDAD

PRIMEROS AUXILIOS

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DAIRE/2019

DESCRIPCIÓN DE MOBILIARIO (asentar el número de instrumentos)

AULA 1 AULA 2 AULA 3

PINTARRÓNESCRITORIO PARA MAESTROSILLA DOCENTEMESA GRUPALSILLASMESABANCO INDIVIDUALLIBREROS/ ANAQUELESOTROS:

MATERIAL DIDÁCTICO AULA 1 AULA 2 AULA 3

INMUEBLE NÚMEROCOMPUTADORA NÚMEROESCRITORIO SILLASSILLAS MESASARCHIVEROS ESTUFASBANDERA/NICHO

JUNGLAESCALERA DE ARCOBARRAS PARALELASOTRO:

INSTRUMENTO O APARATO PARA ACTIVIDADES MUSICALES

OTRO ESPECIFÍQUE

FORMATO 6.2MOBILIARIO

DIRECCIÓN DE ACREDITACIÓN, INCORPORACIÓN Y REVALIDACIÓN EDUCATIVA

P R E S E N T E .-

El (la) que suscribe ****ESCRIBA SU NOMBRE****, con el carácter de *** TRANSCRIBA LA LEYENDA: PROPIETARIO O REPRESENTANTE LEGAL, según sea el caso**** de ****EN CASODE PERSONA JURÍDICA, ESCRIBA EL NOMBRE DE LA MISMA****, en atención al trámite que me permita obtener Autorización/cambio, para impartir educación preescolar,bajo protesta de conducirme con verdad manifiesto que el inmueble que propongo como plantel cuenta con el mobiliario suficiente para impartir el servicio educativomotivo de mi solicitud y para tales efectos proporciono la lista del mismo.

MOBILIARIO

JUEGO DE MESAMATERIAL PARA CIENCIAJUEGOS DE CONTEOJUEGOS DE LONGITUDMATERIAL PARA EXPERIMENTACIÓN DE PESOMATERIAL PARA EXPERIMENTACIÓN DE CANTIDAD

NOMBRE Y FIRMA DEL PROPIETARIO O REPRESENTANTE LEGAL

DIRECCIÓNCOCINA

ÁREA DE JUEGOS ÁREA DE USOS MÚLTIPLES (detalle los instrumentos con los que cuenta

PIANO

BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD

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DAIRE/2019

PRESENTE.-

CARTA - COMPROMISO PARA QUE EL PARTICULAR IMPARTA LOS PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO AUTORIZADOS POR LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

BAJO PROTESTA DE DECIR VERDADNOMBRE Y FIRMA DEL PROPIETARIO O REPRESENTANTE LEGAL

FORMATO 7

El (la) que suscribe **** ESCRIBA SU NOMBRE ****, en mi carácter de *** TRANSCRIBA LA LEYENDA: PROPIETARIO O

REPRESENTANTE LEGAL, según sea el caso **** de **** EN CASO DE PERSONA JURÍDICA, ESCRIBA EL NOMBRE DE LA

MISMA****, en atención a la solicitud para obtener autorización, en el nivel educativo *preescolar, primaria o

secundaria***, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, ME OBLIGO A ACATAR Y CUMPLIR FIELMENTE EL PLAN Y

PROGRAMA DE ESTUDIOS EMITIDO POR LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, PARA EL NIVEL EDUCATIVO MOTIVO

DE MI SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN, ASÍ COMO LAS CONDICIONES ACADÉMICAS QUE PARA IMPARTIR DICHO PLAN

Y PROGRAMA SE SEÑALEN, ATENDIENDO EN TODO MOMENTO LAS DISPOSICIONES QUE PARA TAL EFECTO

ESTABLEZCA LA DIRECCIÓN DEL NIVEL EDUCATIVO COMPETENTE.

DIRECCIÓN DE ACREDITACIÓN , INCORPORACIÓN Y REVALIDACIÓN EDUCATIVA

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SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO

SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR

DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR

DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEACIÓN

DIRECCIÓN DE ACREDITACIÓN, INCORPORACIÓN Y REVALIDACIÓN EDUCATIVA

COORDINACIÓN DE INCORPORACIÓN, REVALIDACIÓN Y EQUIVALENCIA

INSTRUCTIVO TÉCNICO PARA TRAMITAR RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS PARA IMPARTIR

EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR

CONVOCATORIA 2019

I N S T R U C T I V O

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Gobierno del Estado de Jalisco. Poder Ejecutivo. Secretaría de Educación.

Page 39: PERI ÓDICO OFICIA L · 2019-03-08 · 1.- SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN. Deberá llenar y firmar el FORMATO 1. a) Si el solicitante es persona física, se acompañará identificación

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INTRODUCCIÓN En el marco de lo dispuesto por el artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 54 y 55 de la Ley General de Educación; 14, fracción IV, de la Ley General de Educación; 1, 13, fracción IV, y 120 de la Ley de Educación del Estado de Jalisco; y en apego al Reglamento de la Ley de Educación del Estado de Jalisco en materia de Incorporación de Instituciones Particulares al Sistema Educativo Estatal para los niveles de Educación Inicial, Básica, Media Superior, Superior Docente y Capacitación para el Trabajo; los particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y modalidades; sin embargo, tratándose de educación diferente a la Básica y Normal, corresponde a las autoridades educativas federal y local, de manera concurrente, otorgar el reconocimiento de validez oficial de estudios (RVOE).

Para los efectos anteriores se expide y pone a disposición de los particulares interesados en la obtención de reconocimiento validez oficial de estudios de educación media superior, el presente Instructivo Técnico, en el que se establecen los requisitos documentales y de infraestructura que, para cada una de las opciones y modalidades de los distintos planes y programas establecidos para este nivel s e e x i g e n , a s í c o m o el perfil del docente y del director de plantel, las características técnicas que deberán cubrir los muebles e inmuebles dedicados a la prestación de los servicios educativos y los formatos para la tramitación del documento que acredita el reconocimiento de validez oficial de estudios del tipo educativo medio superior.

Ahora bien, la educación como actividad prioritaria exige responsabilidad y compromiso social de parte de los particulares que la impartan, de tal manera que una vez que obtengan la Autorización o el reconocimiento de validez oficial de estudios, se integran al Sistema Educativo Estatal y se constituyen en prestadores de un servicio público, cuyas inversiones se consideran legalmente de interés social, quedando sujetos a cumplir con todos los principios rectores del servicio educativo que establece el artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, además de las obligaciones que se deriven de las leyes, reglamentos, acuerdos, circulares y demás lineamientos que se expidan en materia educativa.

En el caso de la Educación Media Superior, existe hasta ahora una diversidad de planes y programas, que obliga a rediseñarlos, a fin de que los alumnos desarrollen un mínimo de competencias que les permita transitar de una modalidad a otra, en caso de así desearlo. Es por ello que los particulares que ofertan en este momento Educación Media Superior, y quienes deseen hacerlo, deberán cubrir los requisitos mínimos establecidos para integrarse al Sistema Nacional de Bachillerato en un marco de respeto a esa diversidad, mismos que están referidos en los Acuerdos Secretariales 442 y 444, y sus modificaciones a través del Acuerdo Secretarial 488, además del 480, así como lo dispuesto en el Acuerdo Marco de Coordinación entre la Federación y el Estado de Jalisco, que permita dar pertinencia y relevancia a los estudios correspondientes al nivel.

Este objetivo que se ha propuesto el Gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Educación, obliga a la autoridad educativa a convocar a los particulares interesados a sumarse al esfuerzo por adoptar un Marco Curricular Común, (MCC), con base en Competencias. Este MCC, por su parte, deberá permitir articular los programas de las diferentes opciones educativas de tal manera que éstos faciliten la movilidad y portabilidad en la educación media superior en Jalisco y en todo el país.

Para alcanzar estas metas, el Gobierno del Estado de Jalisco, a través de la Secretaría de Educación, ha sumado esfuerzos para adoptar la nueva orientación de la Educación Media con base en competencias, preocupación que se deriva de la Reforma Integral de la Educación Media Superior (RIEMS). Por lo que ha firmado, con la Secretaría de Educación Pública, el Convenio Marco

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de Coordinación; mediante el cual, se compromete a promover y a realizar esfuerzos para que todos los planteles en los que se imparta este nivel educativo logren su incorporación al Sistema Nacional de Bachillerato (SNB), actualmente el Sistema Nacional de Educación Media Superior, PC-SINEMS, tarea que se alcanzará una vez que estos planteles cumplan cada una de las disposiciones contenidas en el Acuerdo Número 10 del Comité Directivo del SNB y a observar las disposiciones contenidas en los Acuerdos Secretariales que le dan origen, fundamento, orden y sentido a este Sistema.

Como se establece en el Reglamento de la Ley de Educación del Estado de Jalisco en materia de Incorporación de Instituciones Particulares al Sistema Educativo Estatal para los niveles de Educación Inicial, Básica, Media Superior, Superior Docente y Capacitación para el Trabajo, y se ratifica en el presente instructivo técnico, queda prohibido prestar el servicio educativo o hacer la promoción de éste, si antes no se ha obtenido el reconocimiento de validez oficial de estudios.

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INDICACIONES GENERALES

1. Revisar las especificaciones de cada uno de los requisitos documentales, que en este instructivo se establecen.

2. Los formatos exigidos podrá descargarlos en la dirección web http://dgaire.jalisco.gob.mx/scejal siguiendo la opción: más servicios/incorporación/instructivo de educación media superior.

3. La solicitud y los requisitos documentales exigidos podrán ser presentados ante la Coordinación de Incorporación, Revalidación y Equivalencia, cuyas oficinas se localizan en Avenida Central Guillermo González Camarena número 615, colonia Residencial Poniente, en el municipio de Zapopan, Jalisco, durante el periodo comprendido en la convocatoria publicada en el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco” teniendo como fecha límite el 31 de mayo del año 2019. Dicha solicitud deberá presentarse de lunes a viernes en el horario de 9:00 a 14:00 horas.

4. El trámite en el caso de persona física, sólo podrá ser efectuado por el propietario, o tratándose de persona jurídica por el representante legal, que cuente con facultades administrativas o bien por el apoderado que cuente con testimonio extendido ante notario público que lo faculte a realizar este trámite.

5. Es obligación del solicitante acompañar los documentos, que se relacionan posteriormente, en original para cotejo y dos copias en tamaño carta legible, debiendo integrar dos expedientes completos conforme al orden requerido en el instructivo. Los expedientes deberán ser presentados en carpeta de tres aros, con divisiones que permitan identificar de manera ágil los requisitos, asimismo es necesario presentar tres memorias USB que contengan grabada la información y documentación, misma que deberá estar ordenada y separada por carpetas, etiquetando cada archivo conforme al orden del presente documento.

6. Todos los documentos que se requieren en el presente instructivo, deberán coincidir en cuanto a los datos de identificación de la persona física o jurídica solicitante y con el domicilio del inmueble propuesto como plantel.

7. Los formatos deberán presentarse impresos con firma autógrafa del solicitante, con tinta azul.

8. Por cada modalidad de Educación Media Superior que pretenda impartir, deberá presentar una solicitud y expediente diferente en los términos del presente instructivo, y el pago por el estudio y resolución del trámite, se hará por cada una de ellas.

9. La prestación del servicio de Educación Media Superior se podrá proporcionar en las modalidades escolarizada, no escolarizada, mixta y semiescolarizada, contempladas por la Ley de Educación del Estado de Jalisco y las opciones dispuestas en el Acuerdo 445 por el que se conceptualizan y definen para la educación media superior las opciones educativas en las diferentes modalidades, el Acuerdo 450 que establece los lineamientos que regulan los servicios que los particulares brindan en las distintas opciones educativas en el tipo medio superior y los Lineamientos de operación a los que se deberán ajustar quienes impartan el bachillerato intensivo semiescolarizado.

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De tal manera que los particulares que pretendan impartir Educación Media Superior, podrán presentar su propuesta de los planes y programas de estudios que se enlistan a continuación, cuyas características y particularidades se definen en el punto 15, del presente instructivo.

Bachillerato General propedéutico y con formación para el trabajo. Bachillerato Tecnológico, que opera el CECyTEJ. Educación Profesional Técnica que opera el CONALEP Jalisco. Bachillerato Intensivo Semiescolarizado. Bachillerato Virtual.

10. La solicitud para obtener el reconocimiento de validez oficial de estudios para impartir

Educación Media Superior, en los términos del presente instructivo, no presupone que esta Secretaría la emitirá en sentido favorable, en virtud de estar sujeta a la revisión y al cumplimiento de las condiciones normativas o normatividad vigente que aseguren la adecuada prestación del servicio educativo.

11. Cabe señalar que la obligación de seguir cumpliendo con los requisitos que se establecen en el presente instructivo, no se libera con la expedición del acuerdo de incorporación, ya que para obtener y conservar el reconocimiento de validez oficial de estudios se deben continuar reuniendo las condiciones técnicas, higiénicas, pedagógicas y de seguridad que establece el artículo 120 de la Ley de Educación del Estado de Jalisco y sus disposiciones reglamentarias; lo cual deberá acreditar el particular en cada visita de supervisión. Además, deberá realizar el trámite de refrendo anualmente, conforme a los requisitos que para tal efecto establezca el nivel educativo correspondiente.

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REQUISITOS PARA OBTENER RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS PARA IMPARTIR EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR

1.- SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN.

Deberá llenar y firmar el FORMATO 1. a) Si el solicitante es persona física, se acompañará identificación oficial vigente con

fotografía. b) Si el solicitante es persona jurídica, deberá acompañarse el acta constitutiva con la que

acredite que su objeto social es compatible con la impartición de educación media superior.

c) Asimismo, quien comparezca en su nombre, acompañará el acta constitutiva o poder notariado, probando que tiene las facultades necesarias para representar y obligar a la persona jurídica solicitante, debiendo anexar copia de su identificación oficial vigente. Respecto a los documentos referidos en los incisos b) y c) deberá acompañarse la boleta con la que se acredite su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.

2.- TERNA PARA LA AUTORIZACIÓN DE NOMBRE.

Deberá llenar y firmar el FORMATO 2. Se propondrán tres nombres, en orden de preferencia. Al formato deberá acompañarse un escrito donde se expongan las razones por las que se

considera que los nombres propuestos se refieren a valores o cuestiones relacionadas con la ciencia, el arte, la educación, hechos históricos, etc.

Es requisito adjuntar biografías, monografías, así como la bibliografía que sirva de fuente de consulta de la justificación de los nombres propuestos.

Lineamientos a los que se sujetarán la autorización del nombre del plantel.

Se autorizarán nombres que se refieran a valores culturales universales como lemas, personajes, fechas o hechos históricos, científicos, técnicos o artísticos nacionales.

No se autorizarán nombres de personas vivas, salvo acuerdo expreso del C. Secretario de Educación del Estado de Jalisco.

No se autorizarán nombres relacionados con credos religiosos, salvo los personajes cuya acción merezca reconocimiento social.

No se antepondrá profesión al nombre cuando éste se refiera a personas, salvo acuerdo expreso del C. Secretario de Educación del Estado de Jalisco.

No se podrán utilizar las palabras “nacional", "estatal", "autónoma" u otras que confundan a los educandos respecto al carácter privado de la institución.

Cuando el nombre haga alusión a un determinado nivel educativo, éste deberá corresponder al que efectivamente se imparta, ejemplo: no podrán autorizarse nombres como Liceo, Universidad o Instituto, para el nivel de Educación Media Superior.

Se elegirán nombres que no se repitan con los autorizados por la Secretaría de Educación para el mismo nivel educativo en la localidad.

Ratificación de nombre. El particular que cuente con acuerdos de incorporación de otros servicios educativos, podrá solicitar que en el nuevo trámite se le permita utilizar el mismo nombre autorizado oficialmente, con la limitante que el nombre sujeto a ratificación reúna las condiciones para aplicarse a educación media superior. En este caso, deberá acompañarse copia del acuerdo de incorporación donde se autoriza el nombre del plantel que se pretende ratificar.

Page 44: PERI ÓDICO OFICIA L · 2019-03-08 · 1.- SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN. Deberá llenar y firmar el FORMATO 1. a) Si el solicitante es persona física, se acompañará identificación

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3.- CARTA COMPROMISO DE CUMPLIR OBLIGACIONES.

Deberá llenar y firmar el FORMATO 3. El particular debe cumplir de manera puntual y permanente con las obligaciones que se

establecen en dicho formato y las que se deriven de la Ley General de Educación, Ley de Educación del Estado de Jalisco, las disposiciones reglamentarias y acuerdos que en materia de estas leyes resulten aplicables; y de no cumplir con dichas obligaciones será acreedor a las sanciones que de dicha normatividad se deriven, las cuales pueden consistir en multas, retiro del reconocimiento de validez oficial de estudios o hasta la clausura del plantel.

4.- DOCUMENTO QUE ACREDITE LA OCUPACIÓN LEGAL DEL INMUEBLE. Deberá acompañarse el documento con el cual se acredite la ocupación legal del inmueble,

es decir, acreditar la posesión que ostente a través de la escritura de propiedad y con la ratificación de firmas ante Notario por medio de compraventa, cesión, donación, usufructo, comodato, arrendamiento, etc.

Dicho documento deberá ser extendido a nombre del solicitante, es decir, de la persona física o jurídica que comparezca a tramitar la incorporación.

En caso de que la ocupación del inmueble no se tenga en carácter de propietario, el documento con el cual se acredite la posesión, deberá garantizar la ocupación por parte del solicitante, de por lo menos el ciclo escolar a partir del cual surtiría efectos la incorporación, en caso de que la Secretaría lo reconozca.

Estos documentos deberán especificar los datos de ubicación del inmueble, de las partes que intervienen en el contrato, su vigencia y precisar el uso que se dará al inmueble, el cual deberá coincidir con el servicio educativo motivo de su solicitud.

En dicho documento deberá asentarse la superficie del terreno, por la cual se pueda advertir que es suficiente conforme a las condiciones técnicas necesarias para la prestación del servicio.

En el caso del punto número 5 descrito a continuación, los requisitos documentales deben de ser presentados de manera digital en la USB descrita de las “INDICACIONES GENERALES”; para el caso del punto 5.3 “CONSTANCIA EMITIDA POR EL INFEJAL”, deberá ser presentada de manera física, en el expediente presentado en la Coordinación de Incorporación, Revalidación y Equivalencia. En el entendido de que los puntos identificados como 5.1 y 5.2, deben de ser presentados de manera física ante el organismo denominado como INFEJAL, para los trámites correspondientes. 5.- PLANOS, DICTÁMENES Y CONSTANCIA EMITIDA POR EL INFEJAL. 5.1.- PLANOS.

Planos arquitectónicos actualizados, planta de conjunto, plantas generales, fachada(s) principal(es), secciones transversal y longitudinal. Las plantas generales deben contener las dimensiones en vanos de puertas y ventanas. En el caso de diferentes niveles educativos en el mismo turno, diferenciar gráficamente en el plano arquitectónico a cuál corresponde cada uno de ellos, así como los servicios sanitarios correspondientes a cada uno de ellos.

Plano de instalación eléctrica actualizado que incluya simbología, diagrama unifilar y cuadro(s) de carga(s).

Plano de instalación hidráulica actualizado que incluya simbología. Plano de instalación sanitaria actualizado que incluya simbología. Si es el caso, plano de instalación de gas actualizado, con simbología. Si es el caso, plano de instalación de aire acondicionado actualizado, con simbología y tablas

de ubicación del equipo, indicando marca, modelo, tipo y capacidad. Anexar de manera impresa o digital fotografías de cada espacio.

Page 45: PERI ÓDICO OFICIA L · 2019-03-08 · 1.- SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN. Deberá llenar y firmar el FORMATO 1. a) Si el solicitante es persona física, se acompañará identificación

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Todos los planos deberán presentarse en original, legibles, sin tachaduras ni enmendaduras, en escala 1:100 o una escala apreciable, con respectivos ejes y acotado, deben contener: descripción de espacios, mobiliario básico y croquis de ubicación.

La solapa deberá contener nombre completo y firma de quien lo exhibe (propietario o representante legal), fecha de elaboración y expedición, orientación geográfica, de ser necesario simbología, datos de la escuela (nombre y nivel educativo) y del domicilio (calle, número exterior, número interior, colonia, localidad y municipio).

La totalidad de los planos descritos, deberán estar avalados con firma (con tinta de color azul) de un Director Responsable de Obra (DRO) con registro vigente como perito ante el municipio donde se localice el inmueble propuesto.

Al legajo de planos deberá ser anexada una copia de la cédula profesional y del registro del perito como DRO (Director Responsable de Obra).

Los planos deberán ser digitalizados en formato PDF y con firmas originales.

5.2.- DICTÁMENES. Dictamen de seguridad estructural. La memoria de cálculo de la revisión estructural deberá

de presentarse en original y actualizado, así como ser elaborada por una persona física o moral, especializada en la materia de cálculo estructural, con experiencia acreditable en el ramo y validado por un DRO (Director Responsable de Obra) debiendo de contener como mínimo lo siguiente:

Fecha de su elaboración. Datos generales del inmueble educativo. Normatividad atendida (reglamento de construcción). Descripción general del proyecto (tipo de estructura, geometría estructural, etc.). Mencionar que la estructura pertenece al Grupo A, el factor de importancia “I”, el

coeficiente sísmico “c”, la carga viva, la carga muerta y las combinaciones de diseño para cargas gravitacionales y accidentales.

Estado físico del inmueble educativo mediante una inspección visual. Levantamiento físico y fotos de las áreas principales. Deberá de contener los análisis numéricos para fundamentar el diagnóstico

estructural. o Análisis sísmico desglosado haciendo referencia de los elementos

sismorresistentes en una planta acotada para estar en condiciones de su revisión.

o Análisis de los elementos principales haciendo referencia de los mismos en una planta para estar en condiciones de su revisión. En caso de contar con elementos de concreto (trabes, columnas, nervaduras) realizar sondeos o escaneos en los mismos para determinar su cuantía de acero y así poder realizar la revisión.

Mencionar la vigencia del dictamen (hasta 5 años o menor en caso de ocurrir un fenómeno perturbador).

Con base a dichos análisis se hacen las conclusiones y en su caso observaciones y propuestas de refuerzo.

El calculista deberá de firmar todas las hojas. Conclusiones y en su caso observaciones y propuestas de refuerzo, dictaminando la

seguridad estructural (la hoja de conclusiones debe de contener la fecha, el nombre y la ubicación exacta de la escuela).

Datos del calculista responsable: nombre, firma y copia de la cédula profesional.

Page 46: PERI ÓDICO OFICIA L · 2019-03-08 · 1.- SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN. Deberá llenar y firmar el FORMATO 1. a) Si el solicitante es persona física, se acompañará identificación

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Una vez firmado, escanearlo y guardarlo en un CD o USB. El dictamen de seguridad estructural se deberá acompañar con un plano

arquitectónico general firmado por el calculista, en el cual gráficamente se determinen las áreas objetos de estudio. Asimismo, de una imagen satelital en donde se observe el conjunto.

Se sugiere al interesado procurar que los dictámenes de seguridad estructural exigidos por el Municipio para la tramitación del visto bueno de protección civil, así como el de esta Secretaría, reúnan las especificaciones que se exigen en el presente instructivo, a fin de que el mismo documento sirva ante cualquier instancia. Para cualquier asesoría en cuanto a dicho documento podrá acudir ante el INFEJAL. Si del cálculo estructural se advierten observaciones y propuestas de reforzamiento, el particular deberá presentar el documento avalado por el calculista que emitió el dictamen de seguridad estructural, con el que acredite que ha cumplido las observaciones y recomendaciones correspondientes, documento que deberá ser avalado por INFEJAL a través de la constancia con la que se acredite que han sido atendidas las observaciones y recomendaciones, de no presentar estos documentos, no podrá obtener la incorporación a su favor, no obstante, cumpla con la totalidad de los requisitos que se exigen en el presente Instructivo.

Dictamen de instalaciones eléctricas.

Este documento deberá presentarse en original y estar actualizado. Este dictamen de verificación, deberá contar con la firma de responsabilidad de una

unidad de verificación, con la que se constate que dichas instalaciones cumplen con lo establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDE-2018.

Dictamen de instalaciones de aire acondicionado.

El dictamen sobre el correcto funcionamiento de la instalación de aire acondicionado deberá presentarse en original y actualizado, así como ser elaborado por una persona física o moral, con experiencia acreditable en el ramo y deberá de contener como mínimo lo siguiente:

Los sistemas de aire acondicionado funcionan adecuadamente. Conclusiones y en su caso, recomendaciones por escrito, dictaminando el

funcionamiento y la seguridad de las instalaciones de aire acondicionado. En caso de que el plantel no cuente con este tipo de instalaciones, deberá presentar

un escrito en donde, bajo protesta de conducirse con verdad, informe la inexistencia de las mismas, en dicho escrito deberá señalarse con exactitud el domicilio del plantel.

Dictamen de instalación de gas LP o gas natural.

Este documento deberá presentarse en original y estar actualizado. Dictamen de conformidad con la instalación, emitido por la unidad de verificación

en cumplimiento a la Norma Oficial Mexicana NOM-004-SEDG-2004, instalaciones de aprovechamiento de gas LP.

En caso de que el plantel no cuente con este tipo de instalaciones, deberá presentar un escrito en donde, bajo protesta de conducirse con verdad, informe la inexistencia de las mismas, en dicho escrito deberá señalarse con exactitud el domicilio del plantel.

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Dictamen de Protección Civil.

Este documento deberá tramitarse ante la instancia competente en la materia, de nivel Municipal o Estatal.

Deberá presentarse en original y estar actualizado; especificando que el inmueble sí cumple con las especificaciones legales aplicables en materia de protección civil, que permitan reducir al máximo algún siniestro o desastre, asimismo deberá señalar la autoridad que la expide, fecha de emisión, el domicilio del plantel, nombre de la persona física o jurídica solicitante de la incorporación, en su caso, periodo de vigencia y la mención de que se autoriza para ser destinado a la prestación del servicio educativo precisando el nivel educativo.

Programa Interno de Protección Civil. El programa interno de protección civil, deberá estar avalado, por la instancia

Estatal o Municipal competente, por lo que deberá cubrir los requerimientos que dicha instancia establezca.

Se deberá contar dentro de las instalaciones del plantel, con un plan de emergencia escolar para el caso de sismos, incendio e inundaciones y demás riesgos naturales o antropogénicos, conforme a lo dispuesto por las autoridades de protección civil competentes.

El plan de emergencia o programa interno de protección civil se define como el conjunto de acciones planificadas para salvar vidas, que se ejecutan en un centro educativo, en caso de ocurrir un evento adverso. El plan incluye aspectos de prevención y mitigación, así como la reparación y respuesta, indicando lo que se hará en el plantel educativo en caso de emergencia, con el fin de reducir las consecuencias de los eventos adversos.

Respecto a este requisito será necesario presentar la constancia con la que se advierta que el programa interno respectivo, fue validado por la Dirección de Protección Civil competente, y en su caso, dicho programa deberá ser presentado de manera digital en las memorias de USB que se adjunten al expediente, por lo que no es necesario acompañarlo impreso al expediente.

5.3.- CONSTANCIA EMITIDA POR EL INFEJAL.

Constancia emitida por el Instituto de la Infraestructura Física Educativa del Estado de Jalisco, con la que se acredite que, los planos y dictámenes descritos en los puntos 5.1 y 5.2 reúnen las especificaciones que para cada uno de ellos quedó establecido en el presente instructivo y que el inmueble propuesto para plantel, reúne las condiciones de seguridad, higiénicas y de funcionalidad necesarias para operar como plantel de Educación Media Superior.

Para la revisión de documentos será necesario agendar una cita por cada servicio que pretenda incorporar en el siguiente link: https://infejal.gob.mx/sinfejal/public/citas_sej posteriormente deberá de acudir en la fecha y hora asignadas a la oficina de la Jefatura de Dictaminación del INFEJAL, que se encuentran ubicadas en Avenida Prolongación Alcalde número 1350, de la colonia Miraflores, municipio de Guadalajara, Jalisco, ante la cual, deberá presentar los planos y dictámenes que se han señalado.

La constancia emitida por el INFEJAL, no es determinante para establecer que el inmueble reúne las condiciones específicas aptas para prestar el servicio educativo, quedando sujeto a la revisión física, en el momento del desahogo de la visita de inspección, en caso de que el trámite llegue a esta etapa.

Una vez que el INFEJAL emita la constancia de validación de la totalidad de planos y dictámenes exigidos en los puntos 5.1 y 5.2 del presente instructivo, el particular deberá presentarlos escaneados y digitalizados en una memoria USB que entregará en dicho Instituto.

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6.- IDENTIFICACIÓN DEL PLANTEL.

Es necesario que el particular acompañe el FORMATO 4, mismo que deberá especificar las calles aledañas y el acceso al plantel.

Se deberán presentar fotografías, de todas las áreas del plantel, incluyendo el equipo con que cuenta la institución; dichas fotografías deberán ser a color, con fecha impresa y acompañada del título del área.

7.- LICENCIA MUNICIPAL.

Deberá ser una licencia definitiva emitida a nombre del solicitante (persona física o jurídica). Es necesario que la licencia especifique el servicio educativo de Educación Media Superior,

y referirse de manera exacta al domicilio del plantel donde se impartirá el servicio. 8.- AVISO DE FUNCIONAMIENTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD JALISCO.

Este trámite se realiza ante la Secretaría de Salud del Estado de Jalisco. Cuando en el plantel educativo se expendan alimentos al público, entonces se deberá dar

aviso por el giro de alimentos, no por la escuela. El aviso deberá ser extendido a nombre del solicitante de la incorporación, y referirá el

domicilio del inmueble donde se va a localizar el plantel. Sólo existe obligación de presentarlo cuando en las instalaciones del plantel se pretenda

vender alimentos al público, de no ser así, será necesario acompañar un documento en el cual, bajo protesta de decir verdad, señale que no se expenderán alimentos.

9.-COMPROBANTE DE LÍNEA TELEFÓNICA FIJA EN EL DOMICILIO DEL PLANTEL.

Deberá presentar el documento con el que acredite que el plantel cuenta con una línea telefónica fija, para tales efectos puede acompañar el contrato realizado con la compañía correspondiente o bien alguna factura de cobro.

El citado documento deberá referirse al domicilio del inmueble propuesto como plantel y preferentemente ser extendido a nombre del solicitante de la incorporación.

10.- PAGO POR EL ESTUDIO Y LA RESOLUCIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS. Se debe acompañar el recibo de pago con el cual acredite que ha cubierto el costo por el

estudio y la resolución de la solicitud, según la tarifa vigente de la Ley de Ingresos del Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal 2019, por un importe de $1,912.00 (mil novecientos doce pesos 00/100 M.N.).

El pago deberá realizarse en cualquier recaudadora de la Secretaría de la Hacienda Pública del Estado de Jalisco.

Para obtener el formato de pago, podrá acudir a la Coordinación de incorporación, Revalidación y Equivalencia, en las oficinas ubicadas en la Avenida Central Guillermo González Camarena número 615, colonia Residencial Poniente, en el municipio de Zapopan, Jalisco, en un horario de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas, o bien en la Delegación o Subdelegación Regional en un horario de lunes a viernes de 9:00 a 14:30 horas; los domicilios de dichas oficinas podrán ser consultados en la siguiente página: http://info.jalisco.gob.mx/gobierno/estructura/1322.

La realización del pago, no obliga a la Secretaría de Educación del Estado de Jalisco a emitir el acuerdo de reconocimiento de validez oficial de estudios.

En caso de que obtenga el reconocimiento de validez oficial de estudios, el particular está obligado a cubrir cada año el refrendo de dicho reconocimiento de conformidad a la tarifa que se establezca en la Ley de Ingresos del Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal correspondiente.

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11.- CONTAR CON PERSONAL DIRECTIVO Y DOCENTE QUE CUBRA EL PERFIL ESTABLECIDO EN EL PRESENTE INSTRUCTIVO.

Deberá llenar y firmar el formato denominado ANEXO 1, de conformidad a la guía que para su llenado se especifica en dicho documento.

Es obligación del particular proponer personal que cubra con el perfil que posteriormente se especifica y asegurará bajo protesta de decir verdad, que los profesores propuestos tienen el perfil profesional de acuerdo a lo establecido en el “Profesiograma” desarrollado por la Dirección General de Bachillerato, propiciando que el docente domine las competencias didácticas, pedagógicas y de contenido de las asignaturas que permiten alcanzar el logro educativo de sus alumnos.

El profesiograma se puede consultar en la página: https://www.dgb.sep.gob.mx/informacion-academica/profesiogramas/Profesiograma2018.pdf

Es necesario que se considere que en alineamiento con la Reforma Integral a la Educación Media Superior, (RIEMS), el docente deberá entender su función mucho más allá de la práctica tradicional, meramente disciplinar, a fin de darle un enfoque basado en competencias, es decir, hacer que sus alumnos adquieran las capacidades que son parte del Marco Curricular Común, competencias que integran conocimientos, habilidades y actitudes que facilitan ambientes de aprendizaje en los que los estudiantes desplieguen sus competencias genéricas.

Las competencias docentes son, pues, las cualidades individuales, de carácter ético, académico, profesional y social que debe reunir el docente y que consecuentemente definen su perfil, tal como lo establece el ACUERDO número 447 por el que se establecen las competencias docentes para quienes impartan educación media superior en la modalidad escolarizada.

Es necesario que se proporcionen los datos y se acompañen los documentos que se puntualizan en los siguientes párrafos:

Datos:

Nombre completo del docente. Formación profesional en la asignatura que se propone. Puesto a desempeñar.

Documentos: Acta de nacimiento. Identificación oficial vigente (credencial para votar o pasaporte). El personal docente y directivo deberá presentar en copia el título y la cédula

profesional estatal o federal de licenciatura o, en su caso, el título o certificado con el que acredite los conocimientos técnicos, artísticos o lingüísticos correspondientes, de conformidad a los perfiles que posteriormente se establecen.

En su caso, las constancias que acrediten la experiencia laboral y aquellas que acrediten haber cursado el ECODEMS, CERTIDEMS y PROFORDEMS.

NOTA. La información y documentos correspondientes a la plantilla docente se deberán mantener permanentemente actualizados y serán presentados a la Dirección General de Educación Media Superior de la Secretaría de Educación.

En caso de extranjeros: El particular deberá acreditar que el personal extranjero que labore en el plantel, cuenta con la calidad migratoria para desempeñar las funciones que se le encomienden, y en su caso, presentar la revalidación de los estudios realizados en el extranjero, supuesto en el cual, los documentos administrativos y académicos que se acompañen, deberán estar traducidos al idioma español.

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PERFILES DESCRIPTIVOS: DIRECTOR.

Poseer título y cédula profesional estatal o federal, de la licenciatura. Presentar CURP y RFC. Acreditar experiencia docente o administrativa de cinco años como mínimo, de

preferencia en el nivel medio superior. Dedicar su tiempo completo al plantel. Acreditar experiencia en el desarrollo de proyectos de gestión, innovación y mejora continua en la educación. Conocer el modelo educativo que se ofrecerá en el plantel a su cargo.

Contar con competencias (habilidades, conocimientos, cualidades individuales, de carácter ético, académico, profesional y social) que aborden los siguientes ejes:

Coordinar, asistir y motivar a los docentes en su trabajo. Diseñar, implementar y evaluar los procesos de mejora continua. Propiciar un ambiente escolar conducente al aprendizaje.

Dominio absoluto de las competencias, motivo del ACUERDO número 449 por el que se establecen las competencias que definen el perfil del Director en los planteles que imparten educación del tipo medio superior, generado dentro del marco de la Reforma Integral al Bachillerato, en el DOF del 2 de diciembre de 2008.

PERSONAL DOCENTE. Ser profesionista titulado de alguna carrera del tipo Superior, Profesor Normalista,

Técnico Superior Universitario o Profesional Asociado. En alineamiento con la Reforma Integral a la Educación Media Superior, RIEMS, y el

Nuevo Modelo Educativo, el docente deberá entender su función mucho más allá de la práctica tradicional, meramente disciplinar, a fin de darle un enfoque basado en competencias, es decir, hacer que sus alumnos adquieran las capacidades que son parte del Marco Curricular Común, competencias que integran conocimientos, habilidades y actitudes que facilitan ambientes de aprendizaje en que los estudiantes desplieguen sus competencias genéricas.

Las competencias docentes son pues, las cualidades individuales, de carácter ético, académico, profesional y social que debe reunir el docente y que consecuentemente definen su perfil. El concepto total al respecto se refiere en el Acuerdo 447, publicado en el Diario Oficial de la Federación, (DOF), el 29 de octubre de 2008.

PERSONAL DOCENTE DE ASIGNATURAS DE ÁREAS DIFERENTES A LAS CIENCIAS BÁSICAS O HUMANÍSTICAS. El personal docente encargado de impartir talleres o actividades artísticas, deberá contar con certificado de competencia laboral expedido por autoridad competente, o bien, acreditar experiencia laboral o docente de por lo menos tres años en el área respectiva emitida por una institución diferente a la que se propone laborar.

PERSONAL DOCENTE LENGUA EXTRANJERA: Contar con título o certificado de estudios expedido por alguna institución perteneciente al Sistema Educativo Estatal, en el área de idiomas y particularmente de la lengua que pretenden impartir o, en su caso, contar con alguno de los estándares internacionales que para medir el conocimiento de idiomas y la habilidad para enseñarlos que recomiende la Dirección de Acreditación, Incorporación y Revalidación Educativa de la Secretaría de Educación Pública.

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Nota: El solicitante tiene la obligación de consultar y revisar en la página de la Dirección de Profesiones del Gobierno del Estado de Jalisco, el número de cédula de cada uno de sus profesionistas propuestos, ya que en caso de haber falsedad en la plantilla propuesta, la solicitud de incorporación quedará cancelada. https://serviciossgg.jalisco.gob.mx/profesiones/consulta/

12.- CONTAR CON MOBILIARIO Y EQUIPO.

Deberá llenar y firmar el formato denominado ANEXO 2. El plantel deberá contar con el mobiliario y equipo que se especifica en el recuadro que

aparece transcrito en el punto 15 del presente instructivo. 13.- RELACIÓN DE LOS MEDIOS E INSTRUMENTOS NECESARIOS PARA PRESTAR LOS PRIMEROS AUXILIOS Y LISTADO DE INSTITUCIONES DE SALUD ALEDAÑAS, DE AMBULANCIAS U OTROS SERVICIOS DE EMERGENCIA A LOS CUALES SE PUEDA ACUDIR.

Deberá llenar y firmar el formato denominado ANEXO 2, donde se establece el apartado para cumplir con este requisito.

Se señalará el nombre de tres instituciones de salud, públicas o privadas, a la que se pueda acudir en caso de necesidad.

14.- CONTAR CON UN INMUEBLE QUE CUMPLA CON LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD, HIGIÉNICAS Y PEDAGÓGICAS NECESARIAS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO. 14.1.- REQUISITOS GENERALES.

Deberá llenar y firmar el formato denominado ANEXO 2. El inmueble que se proponga como plantel sólo podrá ser utilizado para el servicio educativo,

por lo que no podrá conjuntarse su uso como casa habitación. Las instalaciones en las que se ofrezca el servicio de Educación Media Superior, así como el

equipamiento utilizado, deberán cumplir con las más altas especificaciones para favorecer el proceso de enseñanza aprendizaje dentro y fuera del aula. Por tal motivo, se deberán tener instalaciones óptimas, apegándose a las normas técnicas vigentes para construcción e instalación de escuelas, las cuales se podrán consultar y descargar en la página www.inifed.gob.mx de manera gratuita.

Apegarse a lo expuesto en el volumen 3, tomo II “Norma de Accesibilidad”, del INIFED. El inmueble en el que pretenda brindar el servicio educativo deberá cumplir con los

requerimientos indispensables, que se señalan en todo el apartado correspondiente al punto 14.

14.2.- PLANTEL EXPROFESO.

Para Infraestructura Física Educativa (INFE) nueva (exprofeso), deberá sujetarse a las normas y especificaciones del INIFED, que puede consultar en la página www.inifed.gob.mx

Apegarse a las normas técnicas vigentes del INIFED para construcción e instalación de escuelas, las cuales se pueden consultar y/o descargar de manera gratuita en la página www.inifed.gob.mx

Apegarse a lo expuesto en el volumen 3, tomo II “Norma de Accesibilidad”, del INIFED. Para seguridad estructural, apegarse a lo establecido en el reglamento de construcción del

municipio correspondiente.

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Materiales de Construcción. Se procurará que sean de fácil limpieza, resistencia al tránsito, de acuerdo a las condiciones climatológicas (se especifican acabados e instalaciones en la Norma Oficial Mexicana NOM 167).

Tomar en cuenta el volumen 2, tomo III “Selección del Terreno” en su apartado 7 Requisitos, en donde se establecen las condiciones bajo las que no se autorizarán servicios educativos, mismos que se transcriben a continuación.

Selección del terreno. Tomar en cuenta el volumen 2, tomo III “Selección del Terreno” en su apartado 7 Requisitos, conforme al cual, se establecen las condiciones bajo las que no se autorizarán servicios educativos, mismos que se transcriben a continuación:

5.1 MEDIO FÍSICO NATURAL

5.2 MEDIO FÍSICO TRANSFORMADO

5.1.1 Condiciones geológicas y geotécnicas: a) Los terrenos ubicados sobre fallas geológicas. b) Los propensos a deslizamientos del suelo o

aquellos cercanos a una posible zona de deslizamiento y que puedan ser afectados por el mismo.

c) Los ubicados en las laderas de un volcán activo o no activo.

d) Los que contengan suelos de arenas o gravas no consolidadas y con nivel freático inferior a 600 mm.

e) Los dispersivos. f) Los colapsables. g) Los cercanos a bloques rocosos, en laderas o

partes altas de cerros, con posibilidades de rodar o desprenderse, ya sea por efecto de sismo o por fenómenos erosivos.

h) Los ubicados en zonas donde haya existido o exista explotación de minas.

i) Los ubicados sobre cuevas o cavernas. j) Los ubicados en zonas pantanosas, ciénagas y

esteros. k) Los ubicados en zonas donde se pueda

manifestar el fenómeno de subsidencia, hundimiento regional y agrietamiento del terreno, ya sea por un proceso natural o antrópico.

l) Los ubicados en áreas reservadas para recargas de acuíferos.

m) Los ubicados sobre antiguas minas de arena. n) Los que no están dentro de los programas de

desarrollo urbano municipales, estatales y federales.

NOTA 1: Para las costas de Baja California, Nayarit, Jalisco, Colima, Michoacán, Guerrero, Oaxaca y Chiapas, debe elegirse particularmente un predio que se ubique

5.2.1 Para la construcción de escuelas, sin menoscabo de las disposiciones legales aplicables, debe evitarse la selección de terreno que presente alguna o varias de las siguientes condiciones: a) Los ubicados a una distancia igual o menor a

500 m del lindero más cercano a los depósitos de basura y/o de plantas de tratamiento de basura o de aguas residuales.

b) Los ubicados a una distancia igual o menor a 1 km del límite de depósitos de combustible.

c) Los ubicados a una distancia igual o menor a 50 m de las estaciones de servicios (gasolineras o gaseras).

d) Los ubicados a una distancia igual o menor a 500 m de ductos en los que fluyan combustibles (gasoductos, oleoductos, etc.), así como de instalaciones industriales de alta peligrosidad.

e) Los ubicados a menos de 50 m de las líneas de electrificación de alta tensión.

f) Los ubicados a menos de 30 m de líneas troncales de electrificación.

g) Los ubicados a menos de 3 m de ramales o líneas de distribución de alumbrado público, teléfono, telégrafo o televisión por cable.

h) Los ubicados dentro de los límites de influencia de campos de aviación, según las regulaciones aplicables.

i) Los ubicados en áreas de relleno provenientes de residuos industriales, químicos, contaminantes o de basura en general.

j) Los ubicados en áreas que fueron cementerios.

k) Aquellos que se encuentren en el área de influencia del desfogue o del embalse de una presa.

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a una altura de 10 m o a un 1 km de distancia de la línea de costa, que en su caso debe incluir desembocaduras de ríos. Esto en vista de que, ante la ocurrencia de un sismo de gran magnitud, existe la posibilidad de generarse un maremoto. De acuerdo a las experiencias ocurridas en Ensenada, Baja California; Zihuatanejo, Guerrero y Salina Cruz, Oaxaca, la altura máxima reportada de las olas varió entre 7 y 11 m, y la referencia de penetración de un maremoto ocurrido en Cuyutlán, en las costas de Colima, fue de 1 km.

l) Los ubicados dentro del derecho de vía de ductos o tuberías que conduzcan a materiales peligrosos, así como de caminos, vías de ferrocarril y cuerpos superficiales de agua, por donde se transporten materiales peligrosos.

m) Los ubicados dentro del radio de afectación por radiación de centrales núcleo-eléctricas o industrias que operen productos radioactivos.

n) Los ubicados sobre rellenos que contengan desechos sanitarios, industriales o químicos.

ñ) Los que hayan sido utilizados como depósitos de materiales corrosivos, reactivos, explosivos, tóxicos, inflamables, infecciosos o radiactivos.

o) Los ubicados dentro del radio de afectación derivado de algún desastre químico causado por fuga, derrame, explosión o incendio de industrias localizadas en la vecindad del mismo.

p) Los ubicados en intersecciones con carreteras, vialidades primarias o vías férreas.

NOTA 2: En caso de terrenos localizados al hombro o al pie de una ladera, se debe verificar la susceptibilidad a deslizarse, mediante inspección geológica y pruebas geotécnicas. En caso de que la ladera presente condiciones de inestabilidad, se puede considerar la factibilidad de su estabilización en función de los resultados de las pruebas realizadas y avaladas por los laboratorios certificados. (sic)

14.3.- PLANTEL ADAPTADO.

En caso de no cumplir con las dimensiones de infraestructura que se precisan en el presente instructivo y en el ANEXO 2, se restringirá la matrícula de acuerdo con las áreas disponibles y la autoridad educativa evaluará si las condiciones del inmueble son adecuadas, es decir, si se cumple el área de 1.41 m2 por alumno; sin embargo, en ningún caso se autorizará un número menor de 3 aulas como lo indica el ANEXO 2, antes mencionado.

Los espacios de la institución, es decir, los laboratorios, talleres y en general el plantel, deberán guardar una estricta relación entre la matrícula que puede albergar el mismo, sus dimensiones y el equipo instalado, de tal manera que se propicie el adecuado desarrollo del proceso educativo y se cumpla con lo prescrito en este instructivo.

Las instalaciones en las que se pretenda impartir Educación Media Superior deberán contar con los espacios que satisfagan las condiciones higiénicas, de seguridad y pedagógicas y con el equipamiento necesario que permitan el adecuado desarrollo del proceso educativo, según lo establecido en la Segunda Sección “Instalaciones” del ACUERDO número 450 por el que se establecen los Lineamientos que regulan los servicios que los particulares brindan en las distintas opciones educativas en el tipo medio superior.

14.4.- AULAS.

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Cantidad Deberá proponer un mínimo de tres aulas. Es requisito indispensable que el número de aulas resulte suficiente para cubrir todos los ciclos

escolares que indiquen los programas académicos, teniendo en cuenta el uso racional de los espacios, el número de alumnos que se pretende inscribir, horarios y calendarios.

Superficie La superficie del aula deberá ser de 48 m2, midiendo 6 m de ancho x 8 m de largo y 2.70 m

de altura. En caso de que los espacios del aula no se ajusten a las dimensiones señaladas en el punto

anterior, podrán proponerse aulas con una superficie menor, pero nunca inferiores a 15 m². Los espacios áulicos, de preferencia, deberán tener forma rectangular con un frente mínimo

de 3 metros. La superficie que se requiere por alumno en el aula, es de 1.41 m2, por lo que no podrán

albergarse más de 34 alumnos por aula, y en su caso, esta capacidad se verá restringida conforme a las dimensiones de cada una de las aulas que se propongan.

Se tomará en cuenta una superficie de 2.00 m2, como espacio para el docente. Pasillos El aula deberá contar con dos pasillos de circulación de 60 cm cada uno. Puertas Todas las puertas para espacios utilizados por alumnos deben ser de 1.20m libres, sin incluir el

marco de la puerta. Iluminación. La iluminación natural no deberá ser inferior al 17.5% del área del local (Norma NMX-R-021-

SCFI-2013). La iluminación artificial en aulas debe ser entre 300 y 350 luxes. Ventilación. La ventilación natural no deberá ser inferior al 5% del área del local (Norma NMX-R-021-SCFI-

2013). Mobiliario y equipo. Un pintarrón o pizarrón de 2.44 m. x 1.22 m. Sillas tipo universitario (con paleta) para cada alumno, o mesas individuales o binarias. Escritorio y silla para el maestro. Cesto de basura.

Cada aula deberá ser un espacio independiente, por ningún motivo tendrán en su interior sanitarios o cualquier otro servicio que interfiera en el desarrollo académico, por lo tanto, tampoco podrán ser utilizadas como área de acceso a otro espacio del plantel. 14.5.- CENTRO DE DOCUMENTACIÓN O BIBLIOTECA. Dimensiones.

Deberá contar con un área de 8 m x 8 m, o bien, una superficie mínima de que no podrá ser menor a los 15 m², y en su caso, suficiente para albergar un grupo completo.

El espacio de la biblioteca de preferencia, deberá tener forma rectangular con un frente mínimo de 3 metros.

Acervo bibliográfico. Como mínimo el particular deberá contar con un acervo bibliográfico del primer y segundo

semestres o módulos: que se compondrán de 3 títulos por asignatura y 3 ejemplares de cada título.

El acervo deberá contener por lo menos 3 apoyos bibliográficos por asignatura o unidad de aprendizaje del plan de estudio; podrán consistir en libros, revistas especializadas o cualquier

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otro apoyo documental para el proceso educativo la edición de cada título deberá tener menos de cinco años de antigüedad.

Dentro del centro de documentación o biblioteca, la función como centro de consulta e información documental, deberá contar con el acervo y el equipo necesarios para facilitar los servicios de búsqueda, consulta, préstamo y reproducción de documentos para las funciones académicas de la institución. Dado el carácter estratégico que un espacio así tiene para la investigación, éste deberá estar equipado con herramientas de búsqueda y demostrar la actualidad y pertinencia del acervo.

La biblioteca deberá además servir como sala de lectura aislada del ruido, con iluminación natural y artificial.

Deberá disponer de sillas y mesas de estudio individuales o colectivas (máximo 6 alumnos por mesa).

14.6.- SERVICIOS SANITARIOS. Sanitarios del personal.

El plantel deberá contar con un área sanitaria para uso exclusivo del personal docente, administrativo y de apoyo de la institución.

El área sanitaria del personal, deberá contar con un baño para hombres y uno para mujeres, independientes a los del servicio de alumnos, con un excusado y un lavabo cada uno.

Sanitarios para alumnos. Las áreas sanitarias de alumnos deberán ajustarse a lo dispuesto en la tabla que se transcribe

a continuación:

REQUERIMIENTOS MINIMOS DE MOBILIARIO DE SERVICIOS Excusado Mingitorio Regadera Lavabo Bebedero

Preparatoria con 9 grupos Alumnos Hombres 3 2 - 2 7

Mujeres 5 - - 2 Maestros Hombres 1 - - 1

Mujeres 1 - - 1 Preparatoria con 15 grupos Alumnos Hombres 3 2 - 2 7

Mujeres 5 - - 2 Maestros Hombres 1 - - 1

Mujeres 1 - - 1 Preparatoria con 24 grupos Alumnos Hombres 7 4 - 5 9

Mujeres 11 - - 5 Maestros Hombres 2 - - 1

Mujeres 2 - - 1 CETIS, CBTIS, CET del mar con 18 grupos Alumnos Hombres 7 4 - 5 9

Mujeres 11 - - 5 Maestros Hombres 2 - - 1

Mujeres 2 - - 1 Centro de estudios tecnológicos agropecuarios con 12 grupos Alumnos Hombres 7 4 - 5 9

Mujeres 11 - - 5 Maestros Hombres 2 - - 1

Mujeres 2 - - 1

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14.7.- LABORATORIO POLIFUNCIONAL. Cantidad.

El plantel deberá contar como mínimo, con un laboratorio polifuncional, para prácticas de química, física y biología.

Superficie. El laboratorio deberá tener una medida de 8m x 8m, por lo que la superficie mínima será 64

m2, tomando como referencia 1.50 m2 por alumno. Su capacidad deberá ser suficiente en función de la matrícula, a fin de que le permita

albergar un grupo completo.

Mobiliario y equipamiento. Mesas para alumnos y maestros, de material incombustible y fijas al piso, que cuenten con

instalación de gas, agua y energía eléctrica en cada una de ellas, dotadas de bancos para cada alumno y para el maestro.

En caso de que el plantel no cuente con instalaciones de gas, deberá proponer otro sistema de combustión seguro, y en dicho supuesto, el nivel educativo dictaminará si resulta suficiente para atender los requerimientos que al respecto se establezcan en el plan y programa de estudios correspondiente.

Regadera de seguridad de 8” de diámetro con cadena, instalada en una esquina de fácil acceso y con el desagüe con pendiente.

Extintor de polvo químico seco ABS. Botiquín de primeros auxilios colocado a la vista de los alumnos y maestros. Reglamento de seguridad interno de laboratorio. Área para guardar, bajo llave, sustancias químicas o peligrosas. Señalización de salidas, ruta de evacuación y señalamientos para reunión en caso de

siniestros. El laboratorio deberá contar con la instrumentación y reactivos necesarios para la realización

de las prácticas.

14.8.- CENTRO DE CÓMPUTO. Cantidad.

El plantel deberá contar como mínimo, con un centro de cómputo. Superficie.

El centro de cómputo deberá tener una medida de 8m x 8m, por lo que la superficie mínima será 64 m2, tomando como referencia 1.50 m2 por alumno.

Deberá contar con un mínimo de 12 a 15 computadoras, tomando como referencia una por cada 2 alumnos.

Si un grupo está conformado por 34 alumnos, se debe tener al menos 17 computadoras para que todos los alumnos tengan acceso.

Equipo. Se deberá contar con una impresora conectada en red para impresión de trabajos en clase

y una de reserva para uso interno del centro de cómputo. El centro de cómputo deberá tener espacio suficiente para delimitar áreas de circulación y

áreas de trabajo. Se deberá contar con mesas de cómputo para alumnos y maestros, que sean de material

incombustible con cableado oculto y conexión de tierra. Debe contarse con un extintor con fluido que no dañe a los sistemas de cómputo.

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14.9.- ÁREAS DEPORTIVAS Y DE RECREO. El área destinada a estas actividades deberá apegarse a lo dispuesto en la tabla 5.10 del

volumen 2 “Estudios Preliminares”, tomo I “Planeación, Programación y Evaluación” de las normas y especificaciones del INIFED. www.inifed.gob.mx

La plaza cívica podrá ser contabilizada como área deportiva. Las áreas cívicas, deportivas o de recreo invariablemente deberán de localizarse en planta

baja. En caso de que el plantel no cuente con canchas deportivas propias podrá utilizar otras que

le sean facilitadas por cualquier otro medio (préstamo o renta), siempre y cuando lo compruebe ante la Dirección General de Educación Media Superior, y se acredite que su localización es accesible a los alumnos.

14.10.- ÁREAS ADMINISTRATIVAS.

El plantel deberá contar con cubículos exclusivos a cada uno de los servicios administrativos que se mencionan a continuación:

Dirección Subdirección Coordinación académica Orientación educativa Control Escolar Sala de maestros

Cada uno de dichos espacios, deberá tener una dimensión de 4mx4m, como mínimo. Estos espacios deberán contar con el mobiliario suficiente para el servicio del titular del área

y dos alumnos como mínimo. Estas áreas deberán ser seguras para el manejo de información administrativa.

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Deberán ser de fácil acceso al público y comunicados con la zona escolar. Es indispensable que cuenten con iluminación y ventilación adecuada.

Control escolar. Es forzoso que dicha área cuente con equipo de cómputo, al resultar indispensable para

todas las actividades que se realizan, ya que los reportes que se entregarán a esta Secretaría serán a través de archivos digitales.

14.11.- OTROS SERVICIOS. Elevadores.

Se trata de un servicio opcional, por lo que, en caso de edificios de más de un nivel puede optarse por elevador o rampa, en el caso de elevador este puede ser de tipo “montacargas” con capacidad para una persona en silla de ruedas.

Bebederos. Deberán apegarse a lo dispuesto en el volumen 3 “Habitabilidad y Funcionamiento”,

tomo V “Bebederos” de las normas y especificaciones del INIFED. www.inifed.gob.mx Accesibilidad.

Deberá apegarse a lo dispuesto en el volumen 3 “Habitabilidad y Funcionamiento”, tomo II “Norma de Accesibilidad” de las normas y especificaciones del INIFED. www.inifed.gob.mx

En su caso, deberá contarse con un área específica destinada a la cooperativa escolar, alojamiento para el conserje, bodega y/o almacén para albergar enseres de aseo general, jardinería, mantenimiento, pintura, área de archivo muerto. 14.12.- ÁREAS DE CIRCULACIÓN EN EL PLANTEL. Pasillos.

Los pasillos deberán contar con 1.50 m de área. Escaleras.

Deberán medir 1.50 m de ancho, con doble pasamanos, iluminación artificial y ventilación natural, bordes laterales, escalones completos (apegarse a norma INIFED (Volumen 3, Tomo II).

Deberá apegarse a lo dispuesto en la tabla No. 3.8 del volumen 3 “Habitabilidad y Funcionamiento”, tomo I “Diseño Arquitectónico” de las normas y especificaciones del INIFED. www.inifed.gob.mx

Rampas. Deberán tener una medida de 1 m mínimo libre siempre y cuando exista otra forma de

circulación, o bien 1.50 m libres si es el único medio de circulación. Las rampas son obligatorias para cualquier paso que incluya un desnivel. En caso de contar con edificios y construcciones con más de un nivel, se colocará por lo

menos una rampa de acceso por cada edificio siempre que estos no se encuentren conectados. En estos casos se puede optar por rampa o elevador.

14.13.- MEDIDAS DE SEGURIDAD. Señalización General.

Se deberá contar con señalización, tanto preventiva como de información en todo el plantel. La señalización preventiva se realizará de acuerdo a normatividad vigente (ver manual de

imagen y señalización del INIFED). Es necesario marcar las salidas de emergencia y áreas de encuentro. La señalización informativa se realizará colocando un rótulo en cada espacio, pudiendo ser

este en cada puerta o al margen lateral de esta, contará con los requisitos mínimos para débiles visuales y/o invidentes tomando en cuenta lo requerido por la norma INIFED (Volumen 3, Tomo II).

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Medidas a considerar en todos los espacios del plantel. Tomar en cuenta que las instalaciones eléctricas generales, deberán estar capacitadas para

que todos los alumnos se encuentren conectados con equipos del plantel o propios a la corriente eléctrica al mismo tiempo.

Todas las puertas deberán de ser de 1.00 m libres más el marco como mínimo, preferentemente de 1.20 m libres y abatibles a ambos lados.

Las rampas y escaleras deberán contar con doble barandal, descansos obligatorios y sin huecos entre escalones.

Se procurará que el plantel cuente con guías podotáctiles y con núcleos para personas con discapacidad.

14.14.- OTROS NIVELES EDUCATIVOS.

En el caso que se pretendan impartir diferentes niveles educativos en un mismo inmueble, los requerimientos de instalaciones deberán cubrirse para cada uno de ellos, por lo que no podrán conjuntarse los espacios y servicios educativos diferentes.

14.15. REQUERIMIENTOS DE INFRAESTRUCTURA POR MODALIDAD EDUCATIVA.

Además de cumplirse con las consideraciones señaladas en los puntos 14, 14.1, 14.2 y 14.3 del presente instructivo, el inmueble que se proponga como plantel, deberá reunir los requerimientos de infraestructura, de conformidad al plan y programa de estudios que se desee impartir.

Para efectos de lo señalado, se indican los requisitos de infraestructura que se deben cubrir para cada plan y programa de estudio.

a) BACHILLERATO GENERAL MODALIDAD ESCOLARIZADA. Deberán cumplirse con todos los requerimientos específicos que se establecen en los puntos 14.4 al 14.14 del presente instructivo.

b) BACHILLERATO GENERAL PROPEDÉUTICO Y CON FORMACIÓN PARA EL TRABAJO. Deberán cumplirse con todos los requerimientos específicos que se establecen en los puntos 14.4 al 14.14 del presente instructivo.

c) BACHILLERATO TECNOLÓGICO. Deberán cumplirse con todos los requerimientos específicos que se establecen en los puntos 14.4 al 14.14 del presente instructivo, además de los laboratorios y talleres, que en su caso resulten necesarios para el desarrollo del plan y programa de estudios correspondiente.

d) BACHILLERATO INTENSIVO SEMIESCOLARIZADO. Deberán cumplirse todos los requerimientos específicos que se establecen en los puntos 14.4 al 14.14 del presente instructivo, a excepción del punto 14.9, referente a las áreas recreativas y deportivas, en su caso y previa dictaminación favorable por parte del nivel educativo, podrá proponerse un laboratorio virtual.

e) BACHILLERATO VIRTUAL. - Infraestructura área telecomunicaciones.

Contar con un espacio destinado de manera exclusiva al servicio de telecomunicaciones, el cual debe cumplir con los siguientes requerimientos: Tener una superficie mínima de 6x6 m2. Contar con mobiliario como racks, mesas, sillas y demás muebles necesarios para la

operación de dicho espacio.

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Deberá contar con los dispositivos electrónicos necesarios para la operación del sistema, es decir:

Servidores Conectividad Internet Cableado estructurado

Este espacio deberá estar dotado de piso falso, techo falso o en su caso, canaletas. Contar con instalaciones eléctricas, con sistema de alimentación ininterrumpida, y

sistema de regulación de voltaje y tierra física. Deberá estar dotado de un sistema de temperatura ambiental, y en caso, de que se

trate de sistemas informáticos medianos y grandes, deberá contar con climatización total.

- Servicios administrativos y generales. No obstante la modalidad no escolarizada del plan y programa de estudios de bachillerato virtual, el plantel deberá contar con cubículos exclusivos a cada uno de los servicios administrativos y generales que se mencionan posteriormente y que resultan indispensables para la adecuada administración y operación de la institución, en términos de lo que dispone el ACUERDO que establece LOS LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN A LOS QUE SE DEBERÁN AJUSTAR QUIENES IMPARTAN EL BACHILLERATO VIRTUAL EN JALISCO, publicado en el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco”, el 15 de noviembre de 2011.

Dirección. El artículo 13 del citado ordenamiento, precisa que las instituciones que impartan educación virtual tendrán la obligación de contar con personal directivo.

Control Escolar. Tal y como lo establece el artículo 24 del mencionado acuerdo, el plantel está obligado a resguardar los documentos originales de los estudiantes inscritos, hasta una vez terminado el proceso de validación de la inscripción, debiendo conservar en su archivo las copias cotejadas de estos. Por lo anterior, será necesario que dicha área cuente con equipo de cómputo, al resultar indispensable para todas las actividades que se realizan, ya que los reportes que se entregarán a esta Secretaría serán a través de archivos digitales.

Sala de asesores y tutores. El artículo 13 del referido ordenamiento, determina que las instituciones que impartan educación virtual tendrán la obligación de contar con personal encargado de la asesoría y tutoría de los alumnos, de tal suerte que resulta indispensable contar con un espacio destinado a dicho personal, ante el seguimiento de metas, evaluación y continuidad del servicio, asimismo, este lugar podrá servir de espacio para la atención de los alumnos que requieran asesoría, y ésta no sea realizada por medio de correo electrónico, tal y como lo prevé el artículo 12 del citado acuerdo.

Cada uno de dichos espacios, deberá tener una dimensión de 4mx4m, como mínimo. Estos espacios deberán contar con el mobiliario suficiente para el servicio del titular del área

y dos alumnos como mínimo. Deberán ser seguros para el manejo de información administrativa. Serán de fácil acceso al público y comunicados con la zona escolar. Es indispensable que cuenten con iluminación y ventilación adecuada.

El plantel deberá contar con un área sanitaria para uso exclusivo del personal docente y administrativo del plantel.

El área sanitaria del personal, deberá contar con un baño para hombres y uno para mujeres, con un excusado y un lavabo cada uno.

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En todas las áreas de la institución deberán cumplirse con los requerimientos que se establecen en los puntos 14.12 áreas de circulación en el plantel, 14.13 medidas de seguridad y 14.14 otros niveles educativos, del presente instructivo.

- Plataforma tecnológica.

El solicitante deberá acreditar que cuenta con la aplicación web enfocada al ambiente educativo virtual, con la licencia o el contrato que en su caso hubiere celebrado con la empresa correspondiente. La plataforma y el equipo con el que se le dará atención, deberán reunir los siguientes requerimientos:

En la siguiente tabla se establecen los requerimientos y capacidades que debe reunir el servidor para la plataforma, conforme a la matrícula que se pretenda atender.

Cantidad de usuarios

Cantidad de RAM

Número de procesadores

Número de núcleos

Capacidad de disco duro

Ancho de banda simétrico

50 3GB 1 2 500GB 2MB 100 6GB 1 4 500GB 4MB 150 9GB 2 2 720MG 6MB 200 12GB 2 4 720MG 10MB 250 15GB 1 6 720MG 14MB 300 18GB 1 8 1TB 16MB

Además será necesario contar las siguientes herramientas:

Portal institucional. La institución deberá contar con un portal web que compile los sitios relacionados con el proceso educativo y de administración escolar, como lo es, la presentación de la institución, administración académica, lineamientos de control escolar, entre otros, siendo imprescindible que desde dicho portal se tenga acceso al sistema de gestión de aprendizaje.

Biblioteca digital. El solicitante deberá acreditar que cuenta con los derechos de uso de una biblioteca electrónica, cuyo acervo se encuentre directamente ligado al plan y programa de estudios de bachillerato general, emitido por la Dirección General del Bachillerato de la Secretaría de Educación Pública.

Gestión de aprendizaje. Se deberá acreditar que la plataforma cuenta con las herramientas necesarias que permitan su utilización, aprovechamiento y gestión por parte de los usuarios, suficientes para el cumplimiento del proceso de enseñanza-aprendizaje, para ello, deberá contar con los siguientes apoyos:

Guías de usuario. Dirigidas al estudiante, tutor, asesor y administrador, en las que se explique de manera clara y concisa, la utilización de la plataforma.

Guías didácticas. Deberán proporcionar la información esencial del contenido de cada unidad de aprendizaje y su objetivo, los procesos de evaluación, número de créditos, descripción de las actividades a cargo del estudiante, productos y evidencias de aprendizaje, los requisitos para la acreditación, entre otros.

La interfaz de cada módulo o asignatura deberá estar diseñada para permitir que los estudiantes alcancen los objetivos de aprendizaje de manera satisfactoria, por lo que deberá reunir los requerimientos de confiabilidad, accesibilidad, funcionalidad y navegación continúa, para ello deberá garantizarse el cumplimiento de los siguientes objetivos:

Proporcionando recursos de navegación continua. Mostrando al estudiante en qué parte del contenido de la asignatura y plan de

estudios se encuentra.

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La plataforma tecnológica deberá incorporar los datos de identidad del estudiante y tutor; incluir un sistema de mensajes que garanticen una constante comunicación entre los usuarios.

Asegurar que todos los estudiantes y personal académico tendrán una cuenta de correo institucional.

Garantizar que los tiempos de respuesta y horarios de servicio sean atendidos en un mínimo de 24 horas y un máximo de 48 horas.

Contar con una opción de ayuda que oriente a los usuarios sobre temas relacionados con el funcionamiento de la interfaz.

Acreditar la efectividad en el registro de las actividades, de tal manera que permitan al estudiante regresar al último enlace de la asignatura y avanzar al próximo módulo, asignatura, actividad, etc.

- Programa académico. El solicitante deberá asegurar que la plataforma tecnológica que emplee para la impartición del bachillerato general en la modalidad virtual, esté diseñada para cumplir con el plan y programa de estudios del bachillerato general y que cuenta con las herramientas necesarias para cumplir este objetivo. Para acreditar lo anterior, como mínimo deberá contener los siguientes elementos: Introducción. En esta parte del programa deberá asegurarse que la información proporcionada al inicio del curso, asignatura y módulo, sea congruente los objetivos del plan y programa de estudios del bachillerato general y lo suficientemente clara para garantizar que los alumnos conocerán los aspectos generales de la asignatura, su duración, ubicación curricular, el calendario de actividades, valor de créditos, entre otros. Objetivo. Deberá acreditarse que la meta o el propósito a alcanzar, respecto al curso, asignatura o módulo se encuentran debidamente definidos. Actividades de aprendizaje. Es necesario que se establezcan de manera clara, las actividades sincrónicas y asincrónicas que realizarán los estudiantes para el cumplimiento de los objetivos de cada asignatura. Deberán proporcionarse instrucciones claras y completas para su realización. Retroalimentación. Es indispensable establecer mecanismos para fortalecer los conocimientos que se han obtenido en cada uno de los temas, de manera previa a las evaluaciones. Evaluación.

Deberán establecerse métodos de evaluación sincrónicos y asincrónicos. Se fijarán los criterios de evaluación de manera clara. Se deberán procurar técnicas y mecanismos de evaluación diversos. Las evaluaciones deberán reflejar el dominio de los conocimientos, y realizarse en

diversos momentos y distribuirla de manera adecuada. La plataforma deberá proveer de mecanismos, que aseguren la identidad del

estudiante que presenta la evaluación, a fin de evitar plagios. 15.- PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO.

De conformidad a lo que se establece en los artículos 31 y 32 del ACUERDO número 450 por el que se establecen los Lineamientos que regulan los servicios que los particulares brindan en las distintas opciones educativas en el tipo medio superior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de diciembre de 2008; los planes y programas de estudio establecidos por la autoridad educativa federal pretenden facilitar la integración de los

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particulares al proceso educativo, pero no restringen su participación en la innovación y desarrollo de nuevos planes, programas y métodos educativos. En términos de lo señalado, el particular podrá apegarse a lo dispuesto en los planes y programas oficiales, aplicables al bachillerato general en la modalidad escolarizada, bachillerato virtual, bachillerato intensivo semiescolarizado, o en su caso, Bachillerato Tecnológico, conforme a los planes y programas vigentes. Para los efectos anteriores, y en caso de apegarse a los planes y programas oficiales, el particular deberá requisitar y firmar el formato ANEXO 3, que contiene la carta compromiso de cada plan y programa de estudio en particular. Además, anexar el mapa curricular completando los espacios de la formación propedéutica y/o formación para el trabajo que deseen ofertar en su bachillerato. Los formatos de mapa curricular podrán ser descargados en la siguiente liga electrónica: http//edu.jalisco.gob.mx/educación-media-superior/nuevo-modelo-educativo

Para el caso de nuevas propuestas de planes y programas de estudio, el interesado deberá cubrir las competencias genéricas y las disciplinares básicas que se establecen en el plan y programa de estudios emitidos por la Secretaría de Educación Pública y en el ACUERDO número 444, por el que se establecen las competencias que constituyen el Marco Curricular Común del Sistema Nacional de Bachillerato.

Para el caso de propuestas nueva(s) unidad(es) de aprendizaje, deberá de presentar el

Programa de Estudio desarrollado con un enfoque en competencias de cada una de ellas.

Para presentar una nueva propuesta, el particular deberá firmar y requisitar el formato ANEXO 4.

15.1.- CARACTERÍSTICAS DE LOS PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO Y SUS MODALIDADES. BACHILLERATO GENERAL.

En el caso de que el particular opte por sujetarse a este plan y programa de estudios, deberá atender de manera puntual el plan y currícula emitido por la SEP, el cual puede descargar en la siguiente liga: http://www.dgb.sep.gob.mx/informacion-academica/programas-de-estudio.php.

Características. Este programa posee una trayectoria curricular preestablecida, ya que contempla una serie

de asignaturas y una secuencia para cursarlas. Los alumnos inscritos a este plan de estudios deberán cursar en seis semestres un total de 39

asignaturas y ocho sub-módulos, las cuales se agrupan en tres componentes formativos (básico, propedéutico y profesional) y corresponden con cada uno de los objetivos generales de esta propuesta curricular.

Los alumnos inscritos a este plan de estudios deberán cursar en 6 semestres, 31 asignaturas de formación básica, 8 de formación propedéutica y 8 de formación para el trabajo y corresponden con cada uno de los objetivos generales de esta propuesta curricular.

El mapa curricular actual se establece conforme a lo que se plasma en la siguiente tabla:

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Durante el quinto y el sexto semestres los alumnos cursan 8 asignaturas del componente de

formación propedéutico, las cuales se agrupan en pares correspondientes a campos disciplinares, estas asignaturas suman un total de 38 y las instituciones eligen de éstas para el diseño de sus mapas curriculares, en función de las necesidades locales y valores de la institución.

QUINTO SEMESTRE SEXTO SEMESTRE

CAMPO DE LAS MATEMÁTICAS Cálculo Diferencial Cálculo Integral Dibujo I Dibujo II Matemáticas Financieras I Matemáticas Financieras II Probabilidad y Estadística I Probabilidad y Estadística II

CAMPO DE CIENCIAS EXPERIMENTALES Ciencias de la Salud I Ciencias de la Salud II Temas Selectos de Biología I Temas Selectos de Biología II Temas Selectos de Física I Temas Selectos de Física II Temas Selectos de Química I Temas Selectos de Química II

CAMPO DE CIENCIAS SOCIALES Derecho I Derecho II Administración I Administración II Contabilidad I Contabilidad II Economía I Economía II Psicología I Psicología II Sociología I Sociología II

CAMPO DE HUMANIDADES Historia del Arte I Historia del Arte II

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Lógica Estética Temas Selectos de Filosofía I Temas Selectos de Filosofía II

CAMPO DE COMUNICACIÓN Ciencias de la Comunicación I Ciencias de la Comunicación II Etimologías Grecolatinas I Etimologías Grecolatinas II

BACHILLERATO TECNOLÓGICO. Esta modalidad permite al egresado incorporarse al nivel superior o al campo laboral, como profesional medio.

Educación Profesional Técnica. Dichos planes y programas de estudio deberán ajustarse a lo dispuesto en el ACUERDO número 653 por el que se establece el Plan de Estudios del Bachillerato Tecnológico. Para conocer los planes y programas de estudio que opera el CECyTE, puede ingresar a la liga http://www.cecytejalisco.mx/planesyprogramas La estructura curricular estará integrada de la siguiente forma:

Educación Profesional Técnica, orientada a desarrollar competencias laborales en el campo técnico y formar al estudiante para su incorporación al ámbito de la producción de bienes y servicios, posibilitando además el ingreso del estudiante a la educación superior.

Físico-matemática Químico-Biológica

1. Temas de Física7. Introducción a la

Bioquímica

2. Dibujo Técnico8. Temas de Biología

Contemporánea3. Matemáticas

Aplicadas9. Temas de Ciencias

de la Salud

Áreas propedéuticas

Económico-administrativa Humanidades y ciencias sociales

4. Temas de Administración

5. Introducción a la Economía

6. Introducción al Derecho

10. Temas de Ciencias Sociales

11. Literatura

12. Historia

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BACHILLERATO INTENSIVO SEMIESCOLARIZADO. Es una opción educativa del nivel Medio Superior, cuyo plan y programa corresponden al

bachillerato general y particularmente a la opción intensiva, en la modalidad escolarizada. Esta modalidad deberá cursarse en un mínimo de 18 y un máximo de 36 meses efectivos de

clase. El Plan de Estudios comprenderá 43 asignaturas, 30 de las cuales corresponden al Núcleo de

formación básica, 3 para orientar hacia un proyecto de vida, 4 para fortalecer la capacitación para el trabajo y 6 como formación propedéutica; el alumno podrá cursar hasta un máximo de 3 materias a la vez. Las materias pueden cursarse en el orden curricular establecido en el plan de estudios o bien de manera aleatoria dentro del mismo módulo, o del inmediato siguiente, respetando la seriación de las asignaturas que se encuentran en mapa curricular, que posteriormente se transcribe.

En caso de que el particular opte por impartir esta modalidad, deberá solicitar la autorización, de las áreas de especialización que ofrecerá a sus alumnos con relación a las materias de formación propedéutica y capacitación para el trabajo, contenidas en la tabla ASIGNATURAS DE CAPACITACIÓN PARA EL TRABAJO Y FORMACIÓN PROPEDÉUTICA (BIS) que posteriormente se transcribe.

Los particulares que pretendan ajustarse a esta modalidad, deberán cumplir con lo establecido en los Lineamientos de operación a los que se deberán ajustar quienes impartan el bachillerato intensivo semiescolarizado en Jalisco, publicado en el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco” el 19 de junio de 2014.

Mapa curricular:

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ASIGNATURAS DE CAPACITACIÓN PARA EL TRABAJO Y FORMACIÓN PROPEDÉUTICA (BIS)

ÁREA ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO FORMACIÓN TERCER MÓDULO CUARTO MÓDULO QUINTO MÓDULO SEXTO MÓDULO Capacitación para el trabajo

Formación empresarial I

Formación empresarial II Administración Calidad e innovación tecnológica

Propedéutica Economía I Economía II Contabilidad I Contabilidad II

Matemáticas Financieras I

Matemáticas Financieras II

ÁREA FÍSICO-MATÉMATICO FORMACIÓN TERCER MÓDULO CUARTO MÓDULO QUINTO MÓDULO SEXTO MÓDULO Capacitación para el trabajo

Sistemas de información I

Sistemas de información III

Aplicaciones específicas con programas integrados

Aplicaciones gráficas con programas integrados

Propedéutica Cálculo Diferencial Cálculo Integral Temas Selectos de Física I Temas Selectos de Física II

Dibujo I Dibujo II

ÁREA HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES FORMACIÓN TERCER MÓDULO CUARTO MÓDULO QUINTO MÓDULO SEXTO MÓDULO Capacitación para el trabajo

Probabilidad y Estadística I

Probabilidad y Estadística II

Ciencias de la comunicación I

Ciencias de la comunicación II

Propedéutica Psicología I Psicología II Derecho I Derecho II

Sociología I Sociología II

ÁREA QUÍMITCO-BIOLÓGICO TERCER MÓDULO CUARTO MÓDULO QUINTO MÓDULO SEXTO MÓDULO Capacitación para el trabajo

Anatomía y Fisiología Humana

Higiene y salud comunitaria

Técnica de análisis químico

Tecnología de laboratorio

Propedéutica Temas selectos de química I

Temas selectos de química II

Temas selectos de biología I

Temas selectos de biología II

Ciencias de la Salud I Ciencias de la Salud II BACHILLERATO VIRTUAL.

Es una opción educativa del nivel Medio Superior, cuyo plan y programa corresponden al bachillerato general, particularmente a la opción virtual, en la modalidad no escolarizada, con característica de temporalidad intensiva.

El Plan de Estudios comprenderá 41 unidades de aprendizaje 30 de las cuales corresponden al núcleo de formación básica, 3 para orientar hacia un proyecto de vida, 8 como formación propedéutica, debiéndose cursar una sola materia a la vez. Las unidades de aprendizaje pueden cursarse en el orden curricular establecido en el plan de estudios, o bien, de manera aleatoria dentro del mismo módulo, respetando la seriación de las mismas que se encuentran en el Mapa Curricular.

Los particulares que lo impartan deberán cumplir los Lineamientos de operación a los que se deberán ajustar quienes impartan el bachillerato virtual en Jalisco, publicado en el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco” el 15 de noviembre de 2011, además de lo establecido en el

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Acuerdo 445 por el que se conceptualizan y definen para la educación media superior las opciones educativas en las diferentes modalidades.

Características de la modalidad virtual. En esta opción no existen necesariamente coincidencias espaciales y/o temporales entre quienes participan en un programa académico y la institución que lo ofrece. Esta circunstancia implica estrategias educativas y tecnológicas específicas para efectos de comunicación educativa, acceso al conocimiento, procesos de aprendizaje, evaluación y gestiones institucionales. Esta educación se ubica dentro de la modalidad no escolarizada. Los estudiantes:

Aprenden en grupo. Por lo menos 20% de sus actividades de aprendizaje las desarrollan bajo la supervisión del docente;

Siguen una trayectoria curricular preestablecida; Cuentan con mediación docente obligatoria. En función de las tecnologías de la

información y la comunicación con que cuente el plantel, los docentes pueden desempeñar sus labores desde diversos espacios;

Tienen acceso a los materiales y herramientas necesarias y en general a las tecnologías de la información y la comunicación con las que el plantel brinda el servicio educativo, ya que en esta opción la mediación digital es imprescindible;

Pueden, en función de lo descrito en los puntos anteriores, acceder al servicio educativo desde diversos espacios;

Deben ajustarse a un calendario fijo con un horario flexible; Están sujetos a las evaluaciones que para acreditar los programas de estudio aplique

la institución educativa; Deben cumplir y acreditar el plan y programas de estudio para ser objeto de

certificación, y

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Obtienen de la institución educativa el documento de certificación correspondiente.

16.- BIBLIOGRAFÍA. Deberá llenar y firmar el formato denominado ANEXO 3, parte 2 Bibliografía. Este formato

deberá llenarse de conformidad a la guía que se acompaña a dicho documento. El particular deberá describir el acervo bibliográfico con que cuenta la institución,

atendiendo las siguientes especificaciones: La edición de cada título deberá tener no más de 5 años de antigüedad. Como mínimo el particular deberá contar con un acervo bibliográfico del primer y

segundo semestres o módulos: 3 títulos por asignatura y 3 ejemplares de cada título. En el ANEXO 3 y físicamente deberán contarse por lo menos 3 apoyos bibliográficos

por asignatura o unidad de aprendizaje del plan de estudio; podrán consistir en libros, revistas especializadas o cualquier otro apoyo documental para el proceso educativo.

17.- FUNDAMENTACIÓN DE LA CREACIÓN DE LA NUEVA INSTITUCIÓN.

Es necesario exponer los argumentos para la creación de una nueva institución o la ampliación de un servicio educativo que se ofertará a través de una institución particular.

La propuesta deberá ser sólida y basada en necesidades específicas que permitan dar soluciones efectivas y oportunas a la demanda de Educación Media Superior, es por ello que dentro de la solicitud deberá mencionarse este punto, haciendo un análisis profundo a fin de conocer la opción que se pretende ofertar por el particular en este nivel.

La identificación de las necesidades debe comprender el ámbito social, profesional e institucional. Se hará referencia a las necesidades de atención en educación media superior que serán resueltas por el ejercicio profesional del egresado y, si es necesario, verificar si presenta un análisis cualitativo y cuantitativo, así como las fuentes de información

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correspondientes, donde se señalarán las demandas sociales que deben cubrir las instituciones para la atención de necesidades de Educación Media Superior.

Deberá presentar el ideario, los principios y la filosofía educativa de la Institución, los objetivos que orientan las actividades de la misma y sus líneas generales de acción, resaltando los valores, la misión y la visión de la Institución.

18.- PERFIL DE INGRESO Y DE EGRESO. Independientemente de la modalidad y de la opción educativa para la que se solicita el

reconocimiento de validez oficial de estudios, los planes y programas deberán cubrir las competencias genéricas y las disciplinares básicas. Éstas constituyen, a partir de ahora, el marco curricular que será común a todo bachillerato; permitirá, asimismo, que dentro de las diferentes modalidades y opciones, se puedan dar la movilidad y la portabilidad de los alumnos en todo el territorio nacional, incluso en el extranjero. En todo caso, se deberá sujetar a lo previsto en el ACUERDO número 444 por el que se establecen las competencias que constituyen el marco curricular común del Sistema Nacional de Bachillerato y con el fin de ser parte del Padrón de Calidad del Sistema Nacional de Educación Media Superior, PC-SINEMS.

Se presentará igualmente una propuesta de perfil del egresado, que deberá contener necesariamente las nociones que expresan conocimientos, habilidades y actitudes que se consideran los mínimos necesarios de cada campo disciplinar para que el egresado se desarrolle de manera eficaz en diferentes contextos y situaciones a lo largo de su vida. Este perfil de egreso deberá contener el conjunto de competencias que expresan las capacidades que todo estudiante debe adquirir, independientemente del plan y programa de estudios que curse, así como la trayectoria académica o laboral que elija al terminar sus estudios de bachillerato.

En este apartado, se deberá hacer énfasis en el nivel de oportunidad de ingreso a las diversas opciones de educación superior que se localizan en las diferentes zonas del estado y considerando la posibilidad de un mercado de trabajo real, vinculado con la necesidad y problemática a atender de la población que sólo realice estudios a nivel medio superior.

19.- REGLAMENTO INTERNO DE LA INSTITUCIÓN. Deberá elaborar y presentar el reglamento interno de la institución, el cual deberá marcar

los aspectos normativos que regulan la formación y el funcionamiento con el fin de manifestar un desarrollo conjunto entre la institución y los alumnos.

La reglamentación de la institución deberá basarse en la no discriminación y trato equitativo a los educandos, además de apegarse a las disposiciones legales y administrativas dictadas por ésta Secretaría.

Dicho reglamento debe contener al menos los siguientes componentes: Requisitos de ingreso, promoción y permanencia de alumnos. Periodos de inscripciones y reinscripciones. Calendario escolar. Colegiaturas, formas y periodos de pago. Derechos y obligaciones de los alumnos. Tipos de baja de los alumnos. Reglas para el otorgamiento de becas. Requisitos y procedimientos de evaluación:

Escalas de calificaciones. Exámenes ordinarios y extraordinarios. Acreditación de las asignaturas. En su caso, exámenes a título de suficiencia u otros tipos de evaluación.

Movilidad estudiantil.

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Requisitos para el servicio social, en su caso. Expedición de certificado parcial o total, y en su caso, de título de profesional

técnico, así como costos y formas de pago. Reconocimientos académicos, en su caso. Aspectos de comercialización del servicio educativo, conforme a lo dispuesto en el

acuerdo que establece las bases mínimas de información para la comercialización de los servicios educativos que prestan los particulares, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de marzo de 1992.

Infracciones, medidas disciplinarias y sanciones. Procedimiento para la aplicación de sanciones.

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INSTRUCCIONES PARA SOLICITAR LA AUTORIZACIÓN DE CAMBIOS CUANDO SE CUENTE CON RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS

De conformidad a lo que dispone el Reglamento de la Ley de Educación del Estado de Jalisco en materia de Incorporación de Instituciones Particulares al Sistema Educativo Estatal para los niveles de Educación Inicial, Básica, Media Superior, Superior Docente y Capacitación para el Trabajo, los particulares que ya cuentan con acuerdo de autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, por ningún motivo podrán implementar cambios en cuanto a representante legal, domicilio o turno, entre otros, si de manera previa no cuentan con autorización por parte de esta Secretaría, a través de la Dirección de Acreditación, Incorporación y Revalidación Educativa. GENERALIDADES.

1. La solicitud de cambios contenida en el formato denominado FORMATO 1 deberá ser suscrita por el titular del acuerdo de incorporación (persona física o jurídica), en este último supuesto a través del representante legal, en términos del punto 1 “REQUISITOS PARA OBTENER EL RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS PARA IMPARTIR EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR” del presente documento.

2. Dicha solicitud se presentará ante la Coordinación de incorporación, Revalidación y Equivalencia.

3. A la petición deberá acompañarse copia del acuerdo mediante el cual se otorgó autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios.

4. Para el cumplimiento de los requisitos que se exigen en los trámites de cambios al acuerdo, se atenderán las especificaciones que, para cada uno de ellos, se señalan en el apartado de INDICACIONES GENERALES del presente instructivo. Los requisitos que se precisan en cada supuesto, deberán presentarse en original para cotejo, con dos copias en tamaño carta legibles, debiendo integrar dos expedientes completos, con los documentos ordenados conforme a su anuncio en el presente instructivo; cada expediente deberá estar integrado en carpeta de tres aros, con divisiones que permitan identificar de manera ágil los requisitos, asimismo deberán acompañarse dos memorias USB que contengan la información y documentación requerida, la cual, deberá estar separada por carpetas, etiquetando cada archivo de manera que permita su ágil identificación. Para el trámite de cambio de representante legal, se seguirán las indicaciones señaladas en el párrafo anterior, a excepción del número de expedientes exhibidos, ya que, en este caso, sólo será necesario presentar el original para cotejo y una copia del mismo.

5. Todos los formatos exigidos en este apartado deberán presentarse impresos con la firma original del propietario o su representante legal, con tinta azul.

6. Las solicitudes de autorizaciones de cambio de domicilio; ampliación o cambio de turno

(únicamente cuando no implique modificaciones estructurales del inmueble), cambio de representante legal y certificación de Acuerdo podrán presentarse en cualquier tiempo.

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Certificación de Acuerdo: Copia del Acuerdo a certificar, o en su defecto, denuncia de robo o extravío ante la Fiscalía

Estatal, donde se plasme circunstancia de modo, tiempo y lugar, señale el número de acuerdo, el domicilio habilitado para impartir educación, el nivel educativo correspondiente y el nombre del titular de dicho Acuerdo.

Deberá presentarse la solicitud contenida en el FORMATO 1, acreditando su personalidad en los términos del punto 1 del presente documento. Por último, el refrendo inmediato anterior a la solicitud de certificación, o en su defecto, presentar documento con el cual acredite que desde el inicio la persona física o jurídica que solicita la certificación, ha administrado el plantel educativo incorporado, asimismo deberá cubrir los puntos 5.3 y 7 del apartado “REQUISITOS PARA OBTENER EL RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS PARA IMPARTIR EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR” que se precisan en el presente documento.

Cambio de domicilio: Deberá presentarse la solicitud contenida en el FORMATO 1 acreditando su personalidad en

los términos del punto 1 del presente documento, asimismo deberá cubrir los puntos 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 11, 12, 13 y 14 del apartado “REQUISITOS PARA OBTENER EL RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS PARA IMPARTIR EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR”, que se precisan en el presente documento.

Cambio de representante legal: Deberá presentarse solicitud en el FORMATO 1 en términos de lo que marca el punto 1 del

presente instructivo, debiéndose acompañar de los siguientes documentos: a) Acta constitutiva de la persona jurídica titular del acuerdo de incorporación. b) Acta de protocolización notariada, por la que se acredite la personalidad de quien

fungirá como nuevo representante legal; en su caso, el poder notarial respectivo. Respecto a los documentos referidos en los incisos a) y b) deberá acompañarse la boleta con la que se acredite su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.

c) La constancia con la que acredite que ha realizado el pago correspondiente al estudio y resolución del trámite de cambio de representante legal, en términos de la tarifa vigente de la Ley de Ingresos del Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal 2019, por un importe de $1,912.00 (mil novecientos doce pesos 00/100 M.N.).

d) Constancia o documento que acredite que el particular solicitante ha realizado el refrendo inmediato a la fecha de la solicitud.

e) El documento que acredite la ocupación legal del inmueble, conforme a las especificaciones que se señalan en el punto 4 del presente instructivo.

f) Licencia Municipal definitiva por el año 2019, respecto al giro y nivel educativo. g) Copia del acuerdo de reconocimiento de validez oficial de estudios, y en su caso, de

cambio de representante legal. Si la solicitud se presenta del 1 de octubre al 13 de diciembre de 2019, además de los documentos señalados en los incisos a), b) y c), se deberá acompañar la constancia de refrendo 2019-2020.

Ampliación o cambio de turno:

Deberá presentarse la solicitud contenida en el FORMATO 1 acreditando su personalidad en los términos del punto 1 del presente documento, asimismo deberá cubrir los puntos 3, 4, 5.1 sólo en lo que respecta a los planos arquitectónicos, 5.3, 6, 7, 10, 11, 12 y 13 del apartado “REQUISITOS PARA OBTENER EL RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR”, debiendo acompañar la constancia o documento que

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JUAN CARLOS FLORES MIRAMONTESSecretario de Educación del Estado de Jalisco

(RÚBRICA)

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75DAIRE/2019

FORMATO1

PRESENTE:

TIPODETRÁMITE(SELECCIONEÚNICAMENTEUNTIPO)

BACHILLERATOGENERAL MATUTINO ESCOLARIZADA CUATRIMESTRALBACHILLERATOTECNOLÓGICO VESPERTINO NOESCOLARIZADA SEMESTRALBACHILLERATOINTENSIVOSEMIESCOLARIZADO NOCTURNO MIXTA ANUALEDUCACIONPROFESIONALTECNICA DISCONTINUO MODULAROTRO(ESPECIFIQUE) OTRO(ESPECIFIQUE)

PRESENCIALINTENSIVA

FEMENINO VIRTUALMASCULINO AUTOPLANEADAMIXTO MIXTA

TRABAJO

SOLICITUDDERECONOCIMIENTODEVALIDEZOFICIALDEESTUDIOSOCAMBIODEACUERDODEINCOPORACIÓNPARAINSTITUCIONESPARTICULARESDEEDUCACIÓNMEDIASUPERIOR

DIRECCIÓNDEACREDITACIÓN,INCORPORACIÓNYREVALIDACIÓNEDUCATIVA

TELÉFONOCÓDIGO POSTAL

OTRO(ESPECIFIQUE)CAMBIODEREPRESENTANTELEGAL

MODALIDAD CICLO

ALUMNADO

DOMICILIO DEL PLANTEL PROPUESTO

NIVELDEESTUDIOS TURNO

COLONIA

MUNICIPIO

Dicho inmueble se encuentra libre de controversias legales y administrativas que impidan la prestación del servicio educativo, así mismo la vigencia del contrato que daorigen a su ocupación se asegura para el ciclo escolar 2016-2017.

DATOS GENERALES DEL SOLICITANTE. (PERSONA FÍSICA)*ACOMPAÑAR: IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE.

FECHA DE NACIMIENTO

FISCALTIPO DE DOMICILIO CASACALLE Y NÚMERO EXTERIOR E INTERIOR COLONIA

ENTIDAD FEDERATIVA

NOMBRE DEL REPRESENTANTE O APODERADO

TELÉFONO (LADA + NÚMERO) FAX (LADA + NÚMERO) CORREO ELECTRÓNICO

DATOS GENERALES DEL REPRESENTANTE LEGAL SI ES PERSONA JURÍDICA*ACOMPAÑAR: IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE, ACTA CONSTITUTIVA, PODER NOTARIAL DEL REPRESENTANTE LEGAL

Yo persona físca titular de la solicitud de incorporación, autorizo a mi nombre y representación que, en el caso de verme favorecido con elAcuerdo correspondiente, con base en el artículo 41 del Reglamento de la Ley de Educación del Estado de Jalisco en materia de Incorporaciónde Instituciones Particulares al Sistema Educativo Estatal para los niveles de Educación Inical, Básica, Media Superior, Superior Docente yCapacitación para el Trabajo, designo al (a la) C. _________________________________________, permitan dar continuidad a los trámites escolarespendientes respecto del Ciclo o Calendario Escolar de que se trate.

TELÉFONOSCORREO ELECTRÓNICO

APELLIDO PATERNO, MATERNO Y NOMBRE (S)

EN TÉRMINOS DE LO ANTES EXPUESTO DECLARO QUE TENGO CONOCIMIENTO DE LAS PENAS EN QUE INCURREN LAS PERSONAS QUE DECLARAN CON FALSEDAD ANTE UNAAUTORIDAD DISTINTA A LA JUDICIAL Y ACEPTO QUE EL DOMICILIO DE LA INSTITUCIÓN SEA EL MISMO DOMICILIO PARA RECIBIR NOTIFICACIONES.

BAJO PROTESTA DE DECIR VERDADNOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO O PERSONA FÍSICA O APODERADO O PERSONA FÍSICA

APELLIDO PATERNO , MATERNO Y NOMBRE (S)

CÓDIGO POSTAL DELEGACIÓN O MUNICIPIO

DOMICILIO DE LA PERSONA FÍSICA

CORREO ELECTRÓNICO

RAZÓN SOCIAL

NOMBRO COMO AUTORIZADO PARA RECIBIR NOTIFICACIONES Y DAR SEGUIMIENTO A LA PRESENTE SOLICITUD DE INCORPORACIÓN A:

RECONOCIMIENTODEVALIDEZOFICIALDEESTUDIOSAUTORIZACIÓNCAMBIODEDOMICILIO

FECHA:

CALLE Y NÚMERO EXTERIOR E INTERIOR

NOMBRECOMPLETODELPLANDEESTUDIOSCICLOS

El (la) que suscribe ****ESCRIBA SU NOMBRE****, con el carácter de *** TRANSCRIBA LA LEYENDA: PROPIETARIO O REPRESENTANTE LEGAL, según sea el caso**** de ****ENCASO DE PERSONA JURÍDICA, ESCRIBA EL NOMBRE DE LA MISMA**** , con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3°, de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos y 117, de la Ley de Educación del Estado de Jalisco, de manera respetuosa comparezco a presentar la solicitud para obtener el Reconocimiento de ValidezOficial de Estudios/cambio para impartir Educación Media Superior y para tales efectos, bajo protesta de conducirme con verdad hago de su conocimiento que losdatos que se proporcionan a continuación son ciertos.

OPCIONES

CLAVEDECENTRODETRABAJO

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DAIRE/2019

DIRECCIÓN DE ACREDITACIÓN, INCORPORACIÓN Y REVALIDACIÓN EDUCATIVAPRESENTE:

FECHA

NOMBRES PROPUESTOS1.-2.-

3.-

1.-NOMBRE SOLICITADO

2.-NOMBRE AUTORIZADO

3.- NIVEL EDUCATIVO

4.-CLAVE DE CENTRO DE TRABAJO

5.-NÚMERO DE ACUERDO

6.-AUTORIDAD QUE LO OTORGA

NOMBRE Y FIRMA REPRESENTANTE LEGAL

** ANEXAR ESCRITO DONDE SE EXPONGAN LAS RAZONES DE POR QUÉ SE CONSIDERA QUE LOS NOMBRES PROPUESTOS SE REFIEREN A VALORES O CUESTIONES RELACIONADAS CON LA CIENCIA, EL ARTE, LA EDUCACIÓN, HECHOS HISTÓRICOS, ETC. ASÍ COMO LA BIOGRAFÍA, BIBLIOGRAFÍA O MONOGRAFÍA POR CADA NOMBRE.

RATIFICACIÓN DE NOMBRE (ESTE CAMPO SE LLENA EN CASO DE CONTAR CON ALGUNA INCORPORACIÓN Y DESEE CONSERVAR EL MISMO NOMBRE).

** EN ESTE CASO DEBERÁ ANEXAR COPIA DEL ACUERDO DE INCORPORACIÓN OTORGADO PARA OTRO NIVEL.

ACEPTO QUE EL REGISTRO DEL NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN O PLANTEL NO ENTRAÑA NINGUNA OBLIGACIÓN PARA LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DELGOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, CON RESPECTO AL RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS, NI ME CONFIERE AL SUSCRITO DERECHOO PRERROGATIVA ALGUNO.

BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD

FORMATO 2SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DEL NOMBRE DEL PLANTEL PROPUESTO

NOMBRE COMPLETO

NOMBRE DEL SOLICITANTE (en caso de persona jurídica señalar el nombre de la A.C.,o S.C., según corresponda, en el siguiente recuadro se asentarán los datos del representante legal. Para el caso de persona fisica solo se asentarán los datos del recuadro siguiente)

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DAIRE/2019

FORMATO3

a)

b)

c)

d)

e)

f)

g)

h)

i)

j)

k)

l)

m)

n)

ñ)

o)

p)

q)

r)

s)

t)

SOLICITUDDERECONOCIMIENTODEVALIDEZOFICIALDEESTUDIOS

DIRECCIÓNDEACREDITACIÓN,INCORPORACIÓNYREVALIDACIÓNEDUCATIVA

Se compromete a no publicitar, ofrecer e impartir este servicio, hasta contar con el reconocimiento de validez oficial de estudios por escrito por parte de la Dirección deAcreditación,IncorporaciónyRevalidaciónEducativa.

Acatarlasnormas,queenmateriadeReconocimientodeValidezOficialdeEstudiosestablezcalaautoridadeducativa.

OBLIGACIONESQUEADQUIEREELPARTICULAR

CumplirconelplanylosprogramasdeestudiosobjetodeReconocimientodeValidezOficial,quelaSecretaríadeEducaciónconsidereprocedentes.

Contar con una planta de profesores que acredite la preparación adecuada para impartir el programa académico de referencia, de conformidad con los requisitos que la SecretaríadeEducaciónJaliscoseñale.FacilitarycolaborarenlasactividadesdeinspecciónyvigilanciaquelaSecretaríadeEducaciónJaliscorealiceuordene.

FacilitarycolaborarenlasactividadesdeevaluaciónquelaSecretaríarealiceuordene.

El (la) suscrito (a) ****ESCRIBA SU NOMBRE****, con el carácter de *** TRANSCRIBA LA LEYENDA: PROPIETARIO O REPRESENTANTE LEGAL, según sea el caso**** de ****EN CASO DEPERSONA JURÍDICA, ESCRIBA EL NOMBRE DE LA MISMA**** , Representante Legal de la Institución declara, bajo protesta de decir verdad, manifiesta que la Secretaría de Educación delEstado de Jalisco, le ha dado a conocer previamente los requisitos y lineamientos necesarios para la obtención del reconocimiento de validez oficial de estudios, y manifiesta suconformidad con éstos. De igual forma, el suscrito acepta cumplir y se compromete con las siguientes obligaciones derivadas del otorgamiento, en su caso, del reconocimiento que sesolicita:

ProporcionarlasbecasenlostérminosqueseñalalaLeydeEducacióndeJaliscoydeloslineamientosgeneralesqueestaSecretaríadetermine.

Encasodeautorizarselaimparticióndebachilleratointensivosemiescolarizado,aobservarlodispuestoenlosLineamientosdeoperaciónalosquesedeberánajustarquienesimpartanelBachilleratoIntensivoSemiescolarizadoenJalisco”vigentes.

BAJOPROTESTADEDECIRVERDAD

ConstituirelComitédeSeguridadEscolar,deconformidadconloslineamientosestablecidosenelDiarioOficialdelaFederacióndel4deseptiembrede1986.

NOMBREYFIRMADELREPRESENTANTELEGAL

Presentar ante la Secretaría de Educación, para su registro y autentificación los formatos oficiales de registro de inscripciones de altas, bajas o cambios de calificaciones y lascertificacionesdeestudiorespectivas.

Contarconundocumentonormativopropiodelainstituciónenlaqueseincluyenlosrequisitosdeadmisión,inscripción,reinscripción,permanencia,acreditacióndelosalumnos,ylascaracterísticasacadémicasquedebenreunirlosdocentesqueparticipenenelprograma.

Observar lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley de Educación del Estado de Jalisco, referente a la obligación de mencionar, en toda su documentación y publicidad que expida, lafechaynúmerodelacuerdoporelcualseotorgóelReconocimientodeValidezOficialdeEstudios,asícomolaAutoridadqueloexpidió.

Cumplir y hacer cumplir, con el personal de la institución, las disposiciones del artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Educación, laLey de Educación del Estado de Jalisco y las normas correlativas que se dicten en materia educativa, en el entendido de que de no aceptarlas o de no cumplir con lo señalado en estasolicitud,laSecretaríadeEducaciónestaráenfacultadderetirarelreconocimientodevalidezoficialque,ensucaso,sehayaconcedido.

ObservarlodispuestoenelAcuerdo450porelqueseestablecenlosLineamientosqueregulanlosserviciosquelosparticularesbrindanenlasdistintasopcioneseducativaseneltipomediosuperior.

ObservarlodispuestoenelAcuerdonúmero442porelqueseestableceelSistemaNacionaldeBachilleratoenunmarcodediversidad.

ObservarlodispuestoenelAcuerdonúmero444porelqueseestablecenlascompetenciasqueconstituyenelMarcoCurricularComúndelSistemaNacionaldeBachillerato.

ObservarlodispuestoenelAcuerdonúmero445porelqueseconceptualizanydefinenparalaEducaciónMediaSuperiorlasopcioneseducativasenlasdiferentesmodalidades.

ObservarlodispuestoenelAcuerdonúmero447porelqueseestablecenlascompetenciasdocentesparaquienesimpartaneducaciónmediasuperiorenlamodalidadescolarizada.

Encasodeobtenerincorporaciónenlamodalidadnoescolarizada,aobservarlodispuestoenlosLineamientosdeoperaciónalosquesedeberánajustarquienesimpartanelBachilleratoVirtualenJalisco”publicadosenelPeriódicoOficial“ElEstadodeJalisco”el15denoviembrede2011.

Guardarunarelaciónarmónicaycomplementariaentrelasfuncionesdedocencia,investigaciónydifusióndelacultura.

Contarconelacervobibliográficoylosrecursosdidácticosrequeridosparaeldesarrollodelplandeestudiosysusrespectivosprogramas.

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M a r t e s 5 d e m a r z o d e 2 0 1 9 . N ú m e r o 1 3 . S e c c i ó n I V

78

DAIRE/2019

FORMATO 4

LOCALIDAD

CÓDIGO POSTAL

¿El inmueble comparte espacio con otros giros comerciales? No ( )

Si ( ) Anote que tipo de giro: ________________________________________________________

Croquis 2 Observaciones

ESCRIBA AQUÍ

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PROPUESTA DE NOMBRE PARA EL PLANTEL

TELÉFONO / EXT. FAX / EXT.

Si ( ) Especifique a cuantos metros se encuentra: ___________________

BAJO PROTESTA DE DECIR VERDADNOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO O PERSONA FÍSICA O APODERADO O PERSONA FÍSICA

ESCRIBA AQUÍ

Nota: Identificar el ingreso al plantel mediante recuadro, el cual deberá contener el número de oficial de la finca.

En las cercanías del plantel ¿existen centros de entretenimiento exclusivamente para adultos? (cantinas, billares, centros de apuestas o espectáculos para adultos y similares) No ( )

Deberá de insertar aquí, imagen de ubicación satelital donde seaprecie las calles circunvecinas y aledañas a éstas.

UBICACIÓN DEL PLANTEL PROPUESTOCALLE Y NÚMERO MUNICIPIO

CROQUIS DE UBICACIÓN DE INMUEBLE

NOMBRE DEL SOLICITANTE (En caso de persona jurídica señalar el nombre de la A.C., S.C., según corresponda, en el siguiente recuadro se asentarán los datos del representante legal. Para el caso de persona fisica solo se asentarán los datos del recuadro siguiente).

NOMBRE (S) APELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO

DIRECCIÓN DE ACREDITACIÓN, INCORPORACIÓN Y REVALIDACIÓN EDUCATIVAPRESENTE

COLONIA

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79DAIRE/2019

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80

DAIRE/2019

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17

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81DAIRE/2019

ANEXO2

DIRECCIÓN DE ACREDITACIÓN, INCORPORACIÓN Y REVALIDACIÓN EDUCATIVAPRESENTE:

AUTORIDADQUEEXPIDIÓELREGISTRO:

**AGREGUELOSCUADROSQUESEANNECESARIOSDEACUERDOALACANTIDADDEAULASEXISTENTES

**AGREGUELOSCUADROSQUESEANNECESARIOSDEACUERDOALACANTIDADDEAULASEXISTENTES

DESCRIPCIÓN

TURNOSENQUESEIMPARTEEDUCACIÓNACTUALMENTE

MIXTO

OTROS

NINGUNO

ESTUDIOSQUESEIMPARTENENELINMUEBLEACTUALMENTE

CANTIDADDEALUMNOS

EDUCACIÓNBÁSICA

EDUCACIÓNMEDIASUPERIOR

ACERCADELASÁREAS

TELEVISIÓN

VIDEOGRABADORAODVD

OTROMATERIALDIDÁCTICO

CESTOPARABASURA

CANTIDAD ÁREAENM2SI NO

SEÑALIZACIÓNDESALIDAS,RUTASDEEVACUACIÓNYPUNTOSDEENCUENTRO

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VENTILACIÓN

ANOTAR:MB,S,I

AULA3

ILUMINACIÓN

AULA1 AULA2 AULA3

ACERCADELASAULAS

ILUMINACIÓN

VENTILACIÓN

MUYBUENA=MB SUFICIENTE=S

ILUMINACIÓNYVENTILACIÓNENLASAULAS

PLANDEESTUDIOSQUESEIMPARTE

EDUCACIÓNSUPERIOR

CAPACITACIÓNPARAELTRABAJO

MATUTINO

VESPERTINO

NOCTURNO

AULA2

EQUIPOYMOBILIARIOENAULAS

ESCRITORIOPARAMAESTRO

SI

AULA1

NO

NÚMERODEBUTACAS:

NÚMERODELÁMPARAS:

ILUMINACIÓNYVENTILACIÓNENLASAULAS

COLONIA

FECHADEEXPEDICIÓNDELOFICIO:AUTORIDADQUEEXPIDIÓELOFICIO:

VIGENCIADELREGISTRO:

CORREOELECTRÓNICOINSTITUCIONAL

OFICIODEUSODELSUELO

AYUNTAMIENTOQUEOTORGÓELUSODESUELO:NOMBREDELADEPENDENCIAQUELOEXPIDIÓ:

INSUFICIENTE=I

CANTIDADDEALUMNOS

DOMICILIODELAINSTITUCIÓN

CÓDIGOPOSTAL

REGISTRODELPERITO:

AUTORIDADQUEEXPIDIÓLACONSTANCIA:

FAX

**PRESENTARELDOCUMENTOQUEACREDITELAPOSESIÓNLEGAL

VIGENCIADELACONSTANCIA:

DESCRIPCIÓNDELASINSTALACIONES

NOMBREDELPERITO:

FECHADEEXPEDICIÓNDELACONSTANCIA:

CALLEYNÚMEROEXTERIOREINTERIOR

PÁGINAWEB

TELÉFONO(LADA+NÚMERO)(ANOTARDOSPORLOMENOS)

DATOSDELAAUTORIDADYDELPERITOQUEEXPIDIÓLACONSTANCIA

RENTADO

ENCOMODATO

OTRO(ESPECIFIQUE)

MIXTO

CONSTRUIDOS

CONSTANCIADELPERITAJEDESEGURIDADESTRUCTURALDELINMUEBLE

ADAPTADO

DELEGACIÓNOMUNICIPIO

CONSTRUIDOPARAESCUELA

CARACTERÍSTICASDELINMUEBLE DIMENSIONESENM2

PROPIO PREDIO

SI NO

PIZARRÓNOPINTARRÓN

DESCRIPCIÓNDELÁREA

ÁREASENEXISTENCIA

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82DAIRE/2019

AUDITORIOOAULAMAGNA

CAFETERÍA

NO

HERRAMIENTASY/OEQUIPOSDEESPECIALIDADES

EXTINTOR

MADERA=3

DIRECCIÓN

OFICINASADMINISTRATIVAS

MUJERESHOMBRES

TIPODEMATERIALESYESTADODELACONSTRUCCIÓN

PISOS: LOSETA=1 CEMENTO=2

EQUIPOYHERRAMIENTASENELTALLER

DESCRIPCIÓN SI

CESTOSDEBASURA

MUROSTIPODEMATERIAL:

ESTADO:

HERRAMIENTASY/OEQUIPOSENBUENASCONDICIONESYFUNCIONANDO

TIPODEMATERIAL:

DESCRIPCIÓN

PISOS

COMUNITARIOS(USADOSPORALUMNOSYMAESTROS)

MUROS: CONCRETO=1 TABLAROCA=2 MADERA=3

SEÑALIZACIÓNDESALIDAS,RUTASDEEVACUACIÓNYPUNTOSDEREUNIÓNENCASODESINIESTRO

HERRAMIENTAY/OEQUIPOESOBSOLETO

ALUMNOSPERSONALDOCENTEYADMINISTRATIVO

ESTADO:

BOTIQUÍNDEPRIMEROSAUXILIOS

VINIL=4

CONCRETO=1 METÁLICO=2 MADERA=3 ASBESTO=4 PLÁSTICO=5TECHOS:

SANITARIOS

EXTINTOR

BOTIQUÍNDEPRIMEROSAUXILIOS

TELEVISIÓN

REPRODUCTORDEVIDEOCASETSODVD

SI

ÁREAPARAGUARDARSUSTANCIASQUÍMICASOPELIGROSAS

CONEXIÓNAINTERNETPARALASCOMPUTADORAS

SEÑALIZACIÓNDESALIDAS,RUTASDEEVACUACIÓNYPUNTOSDEREUNIÓNENCASODESINIESTRO

PANTALLA

BOTIQUÍNDEPRIMEROSAUXILIOS

NO

MOBILIARIOYEQUIPODELLABORATORIODEESPECIALIDADES

SEÑALIZACIÓNDESALIDAS,RUTASDEEVACUACIÓNYPUNTOSDEREUNIÓNENCASODESINIESTROEXTINTORDEPOLVOQUÍMICOSECOABS

DESCRIPCIÓN

ÁREADETRABAJOPARAELPROFESORYLOSALUMNOS

MESACENTRALCONSERVICIODEGAS,AGUAYCORRIENTEALTERNA

REGADERADECADENADE8"DEDIÁMETRO

NO

ESCRITORIOPARAMAESTROCONSILLA

CONEXIÓNPARACOMPUTADORASENRED

PROYECTOROCAÑÓN

NÚMERODEBANCOSTIPORESTIRADOR

NÚMERODECOMPUTADORAS

NÚMERODEBANCOSTIPORESTIRADOR

NÚMERODELÁMPARAS

ESTADO: BUENO=B MALO=M

CONCEPTO

REGULAR=R

DESCRIPCIÓN SI

MOBILIARIO

MOBILIARIOYEQUIPODELLABORATORIOPOLIFUNCIONAL

EQUIPAMIENTO

SALADEMAESTROS

SALADEJUNTAS

BIBLIOTECA

CONCEPTO LABORATORIOPOLIFUNCIONAL LAB.DEESPECIALIDADES TALLERES

ESTADO BUENO=B MALO=M REGULAR=R

ÁREASRECREATIVAS

ÁREASDEPORTIVAS

CAJONESDEESTACIONAMIENTO

ACERCADETALLERESYLABORATORIOS

ESTADODELMOBILIARIOYEQUIPODETALLERESYLABORATORIOS

AIREACONDICIONADO¿ENQUÉÁREA?:

ATENCIÓNAPADRESDEFAMILIA

ATENCIÓNAALUMNOS

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83

DAIRE/2019

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INUTO

S)PAR

ALLEG

ARALAES

CUELA

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DAIRE/2019

ANEXO 3

PLANYPROGRAMADEESTUDIOPARAIMPARTIREDUCACIÓNMEDIASUPERIORENLAMODALIDADINTENSIVASEMIESCOLARIZADO

EL (LA) QUE SUSCRIBE ***ESCRIBA SU NOMBRE***, CON EL CARÁCTER DE *** TRANSCRIBA LA LEYENDA:PROPIETARIO O REPRESENTANTE LEGAL, según sea el caso***, de *** EN CASO DE PERSONA JURÍDICA, ESCRIBAEL NOMBRE DE LA MISMA***, EN ATENCIÓN A LA SOLITUD PARA OBTENER ***RECONOCIMIENTO DE VALIDEZOFICIAL DE ESTUDIOS/CAMBIO***, EN EL SERVICIO DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR, CON BACHILLERATOINTENSIVO SEMIESCOLARIZADO, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, MANIFIESTO QUE ACATARÉ Y CUMPLIRÉFIELMENTE EL PLAN Y PROGRAMA DE ESTUDIOS PARA EL BACHILLERATO INTENSIVO SEMIESCOLARIZADO Y MECOMPROMETO A CUMPLIR CON LOS LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN A LOS QUE SE DEBERÁN AJUSTAR QUIENESIMPARTAN BACHILLERATO INTENSIVO SEMIESCOLARIZADO EN JALISCO, ASI COMO LAS CONDICIONESACADÉMICAS QUE PARA LA IMPARTICIÓN Y EVALUACION DE DICHO PLAN Y PROGRAMA, SEÑALA LA PROPIAAUTORIDADEDUCATIVA.

BAJOPROTESTADEDECIRVERDADNOMBREYFIRMADELREPRESENTANTELEGAL

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DAIRE/2019

ANEXO 3

NOMBREYFIRMADELREPRESENTANTELEGALBAJOPROTESTADEDECIRVERDAD

PLANYPROGRAMADEESTUDIOPARAIMPARTIREDUCACIÓNMEDIASUPERIORENLAMODALIDADVIRTUAL

EL (LA) QUE SUSCRIBE ***ESCRIBA SU NOMBRE***, CON EL CARÁCTER DE *** TRANSCRIBA LA LEYENDA:PROPIETARIO O REPRESENTANTE LEGAL, según sea el caso***, de *** EN CASO DE PERSONA JURÍDICA, ESCRIBAEL NOMBRE DE LA MISMA***, EN ATENCIÓN A LA SOLITUD PARA OBTENER ***RECONOCIMIENTO DE VALIDEZOFICIAL DE ESTUDIOS/CAMBIO***, EN EL SERVICIO DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR, CON BACHILLERATO EN LAMODALIDAD VIRTUAL, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, MANIFIESTO QUE ACATARÉ Y CUMPLIRÉ FIELMENTEEL PLAN Y PROGRAMA DE ESTUDIOS PARA EL BACHILLERATO VIRTUAL Y ME COMPROMETO A CUMPLIR CON LOSLINEAMIENTOS DE OPERACIÓN A LOS QUE SE DEBERÁN AJUSTAR QUIENES IMPARTAN EL BACHILLERATO VIRTUALEN JALISCO, ASI COMO LAS CONDICIONES ACADÉMICAS QUE PARA LA IMPARTICIÓN Y EVALUACION DE DICHOPLANYPROGRAMA,SEÑALALAPROPIAAUTORIDADEDUCATIVA.

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DAIRE/2019

ANEXO 3

NOMBREYFIRMADELREPRESENTANTELEGAL

PLANYPROGRAMADEESTUDIOPARAIMPARTIREDUCACIÓNMEDIASUPERIORENLAMODALIDADGENERAL

BAJOPROTESTADEDECIRVERDAD

EL (LA) QUE SUSCRIBE ***ESCRIBA SU NOMBRE***, CON EL CARÁCTER DE *** TRANSCRIBA LA LEYENDA: PROPIETARIOO REPRESENTANTE LEGAL, según sea el caso***, de *** EN CASO DE PERSONA JURÍDICA, ESCRIBA EL NOMBRE DE LAMISMA***, EN ATENCIÓN A LA SOLITUD PARA OBTENER ***RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DEESTUDIOS/CAMBIO***, EN EL SERVICIO DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR, CON BACHILLERATO GENERAL, BAJOPROTESTA DE DECIR VERDAD, ME OBLIGO A ACATAR Y CUMPLIR FIELMENTE EL PLAN Y PROGRAMA DE ESTUDIOSEMITIDO POR LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, PARA EL NIVEL EDUCATIVO DE MEDIA SUPERIOR, EN LAMODALIDAD GENERAL, ASÍ COMO LAS CONDICIONES ACADÉMICAS QUE PARA IMPARTIR DICHO PLAN Y PROGRAMA SESEÑALEN,ATENDIENDOENTODOMOMENTOLASDISPOSICIONESQUEPARATALEFECTOESTABLEZCALAAUTORIDAD.

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DIRECCIÓN DE ACREDITACIÓN, INCORPORACIÓN Y REVALIDACIÓN EDUCATIVAPRESENTE:

CANTIDAD(2) TIPO(3) AÑO(7)

AGREGARFILASENCASODESERNECESARIO

CANTIDAD TIPO AÑO123

AGREGARLÍNEASENCASODESERNECESARIO

CANTIDAD TIPO AÑO123

AGREGARLÍNEASENCASODESERNECESARIO

1

2

3

4

5

6

7

GUÍAPARAELLLENADODELANEXO3

ANEXARELNOMBREDELAMATERIAYCLAVEDECADAASIGNATURAOUNIDADDEAPRENDIZAJE

NOTA: EL NÚMERO DE RECUADROS DEBERÁ SER IGUAL AL NÚMERO DE ASIGNATURAS O UNIDADES DE APRENDIZAJE DE LOS DOS PRIMEROS CICLOS DELPLANDEESTUDIOS.

BAJOPROTESTADEDECIRVERDADNOMBREYFIRMADELREPRESENTANTELEGAL

CLAVEYNOMBREDELAASIGNATURAOUNIDADDEAPRENDIZAJE(1)

TÍTULO AUTOR EDICIÓNYEDITORIAL

ANOTARELNÚMERODEEDICIÓNYELNOMBREDELAEDITORIAL

ANOTARELAÑODEPUBLICACIÓN,ELCUALNODEBETENERUNAANTIGÜEDADMAYORA5AÑOS.

TÍTULO(4) AUTOR(5) EDICIÓNYEDITORIAL(6)

ANOTARELNOMBREDELAUTOROAUTORES

EDICIÓNYEDITORIAL

ANEXO3.1ACERVOBIBLIOGRÁFICO

ANOTARLACANTIDADDEEJEMPLARESENEXISTENCIA(DEACUERDOALINSTRUCTIVOMINIMOTRESEJEMPLARES)

ESPECIFICARELTIPODEMATERIALBIBLIOGRAFICOQUESETIENE(LIBRO,REVISTA,TESIS,ARCHIVOMAGNÉTICO,AUDIO,DVD,CD,ETC.),DEBERÁTENERALMENOS3LIBROS.

ANOTARELNOMBRECOMPLETODELLIBROODOCUMENTOBIBLIOGRAFICO

CLAVEYNOMBREDELAASIGNATURAOUNIDADDEAPRENDIZAJE(1)

CLAVEYNOMBREDELAASIGNATURAOUNIDADDEAPRENDIZAJE(1)

TÍTULO AUTOR

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88DAIRE/2019

ANEXO4

DIRECCIÓNDEACREDITACIÓN,INCORPORACIÓNYREVALIDACIÓNEDUCATIVAPRESENTE.-

MODALIDAD(5)DURACIÓNDELCICLO(6)CLAVEDELPLANDEESTUDIOS(7)

CONDOCENTE(13)

INDEPENDIENTES(14)

SUMA(18) SUMA(19)

CONDOCENTE(13)

INDEPENDIENTES(14)

SUMA(18) SUMA(19)

SUMA(21) SUMA(22)

CONDOCENTE INDEPENDIENTES

SUMA SUMA

NÚMEROMÍNIMODECRÉDITOSQUESEDEBERÁNACREDITARENLASASIGNATURASOPTATIVAS(26)

PROPUESTADEEVALUACIÓNYACTUALIZACIÓNPERIÓDICADELPLANDEESTUDIOS(27)

(28)NOMBRE

SUMA

NÚMEROMÍNIMODEHORASQUESEDEBERÁNACREDITARENLASASIGNATURASOPTATIVAS,BAJOLACONDUCCIÓNDEUNDOCENTE(25)

SUMA(20)

SUMA(23)

ASIGNATURASOUNIDADESDEAPRENDIZAJEOPTATIVAS(24) CLAVE SERIACIÓNHORAS

CRÉDITOS INSTALACIONES

INSTALACIONES(16)

CICLOII(17)

SUMA(20)

LISTADEASIGNATURASOUNIDADESDEAPRENDIZAJE(10) CLAVE(11) SERIACIÓN(12)HORAS

CRÉDITOS(15)

CICLOI(17)

INSTALACIONES(16)

OBJETIVOGENERALDELPLANDEESTUDIOS(8)

OBJETIVOSPARTICULARESDELPLANDEESTUDIOS(8)

PERFILDELEGRESADO(9)

CONOCIMIENTOS:●●HABILIDADES:●●ACTITUDES:●●

LISTADEASIGNATURASOUNIDADESDEAPRENDIZAJE(10) CLAVE(11) SERIACIÓN(12)HORAS

CRÉDITOS(15)

PLANDEESTUDIOS(ENCASODEPROPUESTANUEVA)

NOMBREAUTORIZADODELAINSTITUCIÓN(1)

NIVELYNOMBREDELPLANDEESTUDIOS(2)

VIGENCIA(3)

ANTECEDENTESACADÉMICOSDEINGRESO(4)

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DAIRE/2019

Nota:

1

2

3

4

***

5

6

7

8

9

10

11

12

13

14

15

16

17

18

19

20

21

22

23

24

25

26

27

28

Alfinaldelplandeestudiosdeberáanexarselasumatotaldehorasqueelalumnocursarábajolaconduccióndeundocente.Estasumatoriadeberácoincidirconlamodalidadsolicitada.

Alfinaldecadacicloescolar,deberáindicarselasumadecréditosquecomprendeadichociclo,lacualdeberácoincidirconlamodalidadsolicitada.

Alfinaldecadacicloescolardeberáanexarselasumatotaldehorasqueelalumnocursarádemaneraindependiente.Estasumatoriadeberácoincidirconlamodalidadsolicitada.

Nota: Para el llenado del Anexo 1, deberá antenderse tanto a las presentes instrucciones de llenado como a lo indicado en el Instructivo Técnico para tramitar autorización para impartir EducaciónMediaSuperior,afindequeentodomomentoexistacongruenciaenelplandeestudios.

LosnúmerosentreparéntesisqueaparecenenelAnexos1queidentificanlosnumeralesdeestaGuía,deberáneliminarsealpresentareldocumentoantelaautoridadeducativa.

Anotarelañoenquesepresentalasolicitud.

Señalarladuracióndelcicloespecificando(16semanasenPeriodosCuatrimestralesó20semanasenPeríodosSemestrales)

Especificarsielplandeestudiosseimpartiráenlamodalidadescolarizada,noescolarizadaoenlamixta,tomandoenconsideraciónelporcentajedecréditosquedebancursarsebajolaconduccióndeundocenteodemaneraindependiente,segúnseespecificaenelInstructivoTécnicoparatramitarautorizaciónparaimpartirEducaciónSuperiorDocenteNivelPosgrado.ConfundamentoenlaLeydeEducacióndelEstadodeJalisco,ningunaotramodalidadseráválida.

Siesnecesarioexplicarcondetalleesteapartado,debidoaqueserequieradelaspiranteeldominiodehabilidadesoconocimientosespecíficos,talescomoelmanejodedeterminadosaparatosoinstrumentos,debeanexarselainformaciónpertinentealcaso.

Antecedentesacadémicosqueelalumnodebecumplirparateneraccesoalplandeestudios(estudiosprevios).

Dejarenblancoesteespacio

Anotarnivelynombredelplandeestudiostalycomoseasientaenlasolicitudlaautorización.

AnotarelnombreautorizadoporlaSecretaríadeEducaciónJalisco.Encasodequealafechadepresentacióndelasolicituddeautorizaciónnosecuentecondichaautorización,deberáanotarseelnombredelapersonafísicaojurídicapropietariadelainstitución.

Alfinaldecadacicloescolardeberáanexarselasumatotaldehorasqueelalumnocursarábajolaconduccióndeundocente.Estasumatoriadeberácoincidirconlamodalidadsolicitada.

Anotarelciclocorrespondiente,empleandotantosrecuadrosseannecesariosparaelnúmerodeciclostotalesquecomprendeelplandeestudios(PrimerSemestre,SegundoSemestreoPrimerCuatrimestre,SegundoCuatrimestre)

Especificarparacadaasignatura,eltipodeinstalacionesqueserequiereparalasactividadesdeaprendizajequesedesarrollaránbajolaconduccióndeundocente,deacuerdoalassiguientesclaves:(A)aula,(T)taller,(O)otros.Sepodráemplearmásdeunaclaveencadaasignaturaounidaddeaprendizaje.Estadebecoincidirconlamodalidad.

EscribirelnombredelCoordinadordeEducaciónMediaSuperior.

Detallarunapropuestadelamaneracómoseevaluaráperiódicamenteelplandeestudios,afindedeterminaroportunamentesusposiblesmodificacionesoactualizaciones.Dichapropuestadeberesponderalaspreguntas:Cómo,cuándoyquiénevaluará.

Anotarelnúmeromínimodecréditosqueelestudiantedeberáacreditarconlasasignaturasounidadesdeaprendizajeoptativas.

Anotarelnúmeromínimodehorasbajolaconduccióndeundocente,queelestudiantedeberáacreditarconlasasignaturasounidadesdeaprendizajeoptativas.

Anotar,sinabreviaturas,elnombrecompletodelasasignaturasounidadesdeaprendizajeoptativas,señalandoparacadauna,enlosrecuadroscorrespondientes,suclave,seriación(silahay),lashorasbajolaconduccióndeundocente,lashorasqueelestudiantecursarádemaneraindependienteyelnúmerodecréditosquelecorresponda,asícomolasinstalacionesquerequiereparasudesarrollo.

Alfinaldelplandeestudios,deberáindicarselasumadecréditosdetodoslosciclos,lacualdeberácoincidirconlamodalidadsolicitada.

Alfinaldelplandeestudiosdeberáanexarselasumatotaldehorasqueelalumnocursarádemaneraindependiente.Estasumatoriadeberácoincidirconlamodalidadsolicitada.

Señalarelnúmerodecréditosquecorrespondeacadaasignaturaounidaddeaprendizaje.

Especificarelnúmerodehorastotalesdeactividadesdeaprendizajequeporcadacicloyasignaturaounidaddeaprendizaje,realizaráelestudiantedemaneraindependiente.Estadebesercongruentelamodalidadyniveleducativosolicitado.Lacantidaddehorasdebeserunnúmeroentero.

Especificarelnúmerodehorastotalesdeactividadesdeaprendizajequeporcadacicloyasignaturaounidaddeaprendizaje,seimpartiránbajolaconduccióndeundocente.Estadebesercongruenteconlamodalidadyniveleducativosolicitado.Lacantidaddehorasdebeserunnúmeroentero.

Anotarla(s)clave(s)dela(s)asignatura(s)ounidad(es)deaprendizajequeesnecesariohaberacreditadoparacursarlacorrespondiente.

Anotarlasclavesdeformaalfanumerica,demaneraquelastresprimerasletrasidentifiquenlacarrera,elprimernúmeroelcicloescolarylosotrosdosindiquenlaseriación.Nopodránmencionarsedosomásasignaturasconlamismaclave.

Anotar,sinabreviaturas,elnombredelasasignaturasounidadesdeaprendizajequeconformancadaciclo,talcomosereferencianenelplandeestudios.

Describirlosconocimientos,habilidades,actitudesyvaloresaseradquiridasporelestudiante,alconcluirelplandeestudios.

Elobjetivogeneraldebeexpresarsecomounadescripcióndelosresultadosgeneralesquedebenobtenerseenunprocesoeducativo,consideradosvaliososporunainstitución,porqueconéstesecontribuyeasatisfacerunanecesidadounconjuntodenecesidadessocialesyencongruenciaconlasnecesidadesdetectadasenlajustificación.Losobjetivosparticularessonaquellosquesepretendenlograramedianoplazoyatravésdeloscualessedarácumplimientoalobjetivogeneraldelplandeestudios,ypor

GUIAPARAELLLENADODELANEXO1(PLANDEESTUDIOS)

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90 DAIRE/2019

ANEXO5DIRECCIÓN DE ACREDITACIÓN, INCORPORACIÓN Y REVALIDACIÓN EDUCATIVAPRESENTE:

CANTIDAD CAPACIDAD EQUIPAMIENTO

NOMBREYFIRMADELREPRESENTANTELEGAL

DECLARO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE LOS DATOS ASENTADOS SON CIERTOS Y QUE HE REALIZADO LOS TRÁMITES EXIGIDOS POR AUTORIDADES NOEDUCATIVAS.

BAJOPROTESTADEDECIRVERDAD

DESCRIPCIÓNDEINSTALACIONESESPECIALES

NOMBREDELAPERSONAFÍSICAOPERSONAMORALNOMBRECOMPLETODELPLANDEESTUDIOS

DESCRIPCIÓNDEINSTALACIONES ASIGNATURAQUEATIENDE

DAIRE/2019

ANEXO5.1

DIRECCIÓN DE ACREDITACIÓN, INCORPORACIÓN Y REVALIDACIÓN EDUCATIVAPRESENTE:

BAJOPROTESTADEDECIRVERDADNOMBREYFIRMADELREPRESENTANTELEGAL

Conbaseenlascaracterísticasexpresadas,ybajoprotestadedecirverdad,hagosaberdoralaautoridadquelapoblaciónestudiantilmáximaseráde____________alumnos.

Asímismo,hagodelconocimientoquetambiénlapoblaciónestudiantilmáximaatendidaporasignaturaydocenteserá__________alumnos.

DATOSDELCONTRATOOPROVEEDORDELOSSERVICIOSENLÍNEAQUEUTILIZARÁ

OTROS

MATERIALES CARACTERÍSTICAS NÚMERO

EQUIPO CARACTERÍSTICAS NÚMERODEEQUIPOS

REDES

TERMINALES

SERVICIOS

USOSDELASTICSPARAMEDIASUPERIORVIRTUAL

CÓDIGOPOSTAL DELEGACIÓNOMUNICIPIO

FAX TELÉFONO(LADA+NÚMERO)(ANOTARDOSPORLOMENOS) CORREOELECTRÓNICOINSTITUCIONAL

PÁGINAWEB

DOMICILIODELAINSTITUCIÓN

CALLEYNÚMEROEXTERIOREINTERIOR COLONIA

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EL ESTADO DE JALISCOP E R I Ó D I C O O F I C I A L

periodicooficial.jalisco.gob.mx

S U M A R I OMARTES 5 DE MARZO DE 2019

NÚMERO 13. SECCIÓN IVTOMO CCCXCIV

INSTRUCTIVO Técnico para Tramitar Autorización para impartir Educación Secundaria. Convocatoria 2019. Pág. 3

INSTRUCTIVO Técnico para Tramitar Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios para impartir Educación Media Superior. Convocatoria 2019. Pág. 38