pedro de la cruz (asambleista ecuador) y luis andrango (fenosin). seguridad alimentaria en ecuador

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LA SOBERANIA ALIMENTARIA EN LA SOBERANIA ALIMENTARIA EN EL MARCO CONSTITUCIONAL EL MARCO CONSTITUCIONAL ECUATORIANO ECUATORIANO:

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Page 1: Pedro de la Cruz (Asambleista Ecuador) y Luis Andrango (Fenosin). Seguridad alimentaria en Ecuador

LA SOBERANIA ALIMENTARIA EN LA SOBERANIA ALIMENTARIA EN EL MARCO CONSTITUCIONAL EL MARCO CONSTITUCIONAL

ECUATORIANOECUATORIANO::

Page 2: Pedro de la Cruz (Asambleista Ecuador) y Luis Andrango (Fenosin). Seguridad alimentaria en Ecuador

AntecedentesAntecedentesLa tierra ha sido la principal fuente de sustento para las La tierra ha sido la principal fuente de sustento para las

poblaciones que se asentaron en lo que hoy se conoce como la poblaciones que se asentaron en lo que hoy se conoce como la República del Ecuador.República del Ecuador.

En la conquista española, la tierra fue repartida entre los En la conquista española, la tierra fue repartida entre los conquistadores y caballeros españoles conquistadores y caballeros españoles

A partir de la Independencia en 1822, la tierra seguía A partir de la Independencia en 1822, la tierra seguía concentrada en pocas manos, y todavía era explotada bajo concentrada en pocas manos, y todavía era explotada bajo modalidades pre-capitalistas que quedaron como rezago de la modalidades pre-capitalistas que quedaron como rezago de la colonia española.colonia española.

En 1964, con la primera Ley de Reforma Agraria se promovía En 1964, con la primera Ley de Reforma Agraria se promovía la desconcentración de la propiedad de la tierra la desconcentración de la propiedad de la tierra

En el inicio del siglo XXI, la problemática de la tenencia de la En el inicio del siglo XXI, la problemática de la tenencia de la tierra es todavía latente, expresada en falta de garantías en la tierra es todavía latente, expresada en falta de garantías en la propiedad, tierra no legalizada y uso inadecuado del suelo. propiedad, tierra no legalizada y uso inadecuado del suelo.

Page 3: Pedro de la Cruz (Asambleista Ecuador) y Luis Andrango (Fenosin). Seguridad alimentaria en Ecuador

El año 2008 la producción agrícola y agroindustrila contribuyó con el 13% del PIB total El año 2008 la producción agrícola y agroindustrila contribuyó con el 13% del PIB total y generó más de 3 millones de empleos.y generó más de 3 millones de empleos.

Según los datos oficiales del INEC, del año 2007 el 61.5% de la población rural vivía Según los datos oficiales del INEC, del año 2007 el 61.5% de la población rural vivía en pobreza, pero “solo” 24.9% en las zonas urbanas. Según los datos de la FAO el en pobreza, pero “solo” 24.9% en las zonas urbanas. Según los datos de la FAO el 18.1% vive en desnutrición crónica, en la áreas rurales sube al 26.1% y en la población 18.1% vive en desnutrición crónica, en la áreas rurales sube al 26.1% y en la población indígena sube al 40.1%.indígena sube al 40.1%.

El Ecuador casi las tres cuartas partes (74%) de las personas productoras y dueñas de El Ecuador casi las tres cuartas partes (74%) de las personas productoras y dueñas de las unidades de producción son hombres (III censo Agropecuario Nacional ,2000. INEC) las unidades de producción son hombres (III censo Agropecuario Nacional ,2000. INEC) aunque las mujeres constituyen el 42% de la población activa agrícola.aunque las mujeres constituyen el 42% de la población activa agrícola.

Las Mujeres son responsables del cultivo de gran parte de los alimentos por lo que el Las Mujeres son responsables del cultivo de gran parte de los alimentos por lo que el 18.6% de los hogares rurales están bajo responsabilidad económica exclusiva de las 18.6% de los hogares rurales están bajo responsabilidad económica exclusiva de las mujeres.mujeres.

De acuerdo al censo agropecuario del 2000 el coeficiente de GINI, de la propiedad de De acuerdo al censo agropecuario del 2000 el coeficiente de GINI, de la propiedad de la tierra descendió de 0.86% en 1994 a 0.8% en el año 2000, lo cual por un lado la tierra descendió de 0.86% en 1994 a 0.8% en el año 2000, lo cual por un lado significa un crecimiento de predios rurales medianos, pero por otra parte demuestra que significa un crecimiento de predios rurales medianos, pero por otra parte demuestra que en 46 años muy poco se ha hecho por disminuir los índices de inequidad en el acceso a en 46 años muy poco se ha hecho por disminuir los índices de inequidad en el acceso a la tierra rural.la tierra rural.

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Vigente desde el 20 de octubre del 2008, luego de que fuera aprobada por la mayoría del pueblo ecuatoriano, en Referéndum del 28 de septiembre del 2008

CAPÍTULO SEGUNDO.- Derechos del Buen Vivir.- Sección Primera.- Agua y Alimentación:

Art.12.- El derecho humano al agua es fundamental e irrenunciable. El agua constituye patrimonio nacional estratégico de uso público, inalienable, imprescriptible,

inembargable y esencial para la vida.

Constitución de la República del Ecuador

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Art. 13.- Las personas y colectividades tienen derecho al acceso seguro y permanente a alimentos sanos, suficientes y nutritivos; preferentemente producidos a nivel local y en correspondencia con sus diversas identidades y tradiciones culturales.

El Estado ecuatoriano promoverá la soberanía alimentaria.

Derechos del buen vivir

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Art. 57.- Se reconoce y garantiza a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, de conformidad con la Constitución y con los pactos, convenios, declaraciones y demás instrumentos internacionales de derechos humanos, los siguientes derechos colectivos:

4) Conservar la propiedad imprescriptible de sus tierras comunitarias, que serán inalienables, inembargables e indivisibles. Estas tierras estarán exentas del pago de tasas e impuestos.

5) Mantener la posesión de las tierras y territorios ancestrales y obtener su adjudicación gratuita.

Derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades

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Art. 281.- La soberanía alimentaria constituye un objetivo estratégico y una obligación del Estado para garantizar que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades alcancen la autosuficiencia de alimentos sanos y culturalmente apropiados de forma permanente

Para ello será responsabilidad del estado:1. Impulsar la producción, transformación

agroalimentaria y pesquera de las pequeñas y medianas unidades de producción comunitarias y de la economía social y solidaria.

Soberanía Alimentaria

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2. Adoptar políticas fiscales, tributarias y arancelarias que protejan al sector agroalimentario y pesquero nacional, para evitar la dependencia de importaciones de alimentos.

4. Promover políticas redistributivas que permitan el acceso del campesinado a la tierra, al agua y otros recursos productivos.

13. Prevenir y proteger a la población del consumo de alimentos contaminados o que pongan en riesgo su salud o que la ciencia tenga incertidumbre sobre sus efectos.

Soberanía Alimentaria

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Art. 282.- El Estado normará el uso y acceso a la tierra que deberá cumplir la función social y ambiental. Un fondo nacional de tierra, establecido por ley, regulará el acceso equitativo de campesinos y campesinas a la tierra.

Se prohíbe el latifundio y la concentración de la tierra, así como el acaparamiento o privatización del agua y sus fuentes.

El Estado regulará el uso y manejo del agua de riego para la producción de alimentos, bajo los principios de equidad, eficiencia y sostenibilidad ambiental.

Soberanía Alimentaria

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Art. 319.- Se reconocen diversas formas de organización de la producción en la economía, entre otras las comunitarias, cooperativas, empresariales públicas o privadas, asociativas, familiares, domésticas, autónomas y mixtas.

El Estado promoverá las formas de producción que aseguren el buen vivir de la población y desincentivará aquellas que atenten contra sus derechos o los de la naturaleza, alentará la producción que satisfaga la demanda interna y garantice una activa participación del Ecuador en el contexto internacional.

Formas de organización de la producción y su gestión

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Art. 321.- El Estado reconoce y garantiza el derecho a la propiedad en sus formas pública, privada, comunitaria,

estatal, asociativa, cooperativa, mixta, y que deberá cumplir su función social y ambiental.

Art. 324.- El Estado garantiza la igualdad de derechos y oportunidades de mujeres y hombres en el acceso a la propiedad y en la toma de decisiones para la administración de la sociedad conyugal.

Tipos de propiedad

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Art. 409.- Es de interés público y prioridad nacional la conservación del suelo, en especial su capa fértil. Se establecerá un marco normativo para su protección y uso sustentable que prevenga su degradación, en particular la provocada por la contaminación, la desertificación y la erosión.

En áreas afectadas procesos de degradación y desertificación, el Estado desarrollará y estimulará proyectos de forestación, reforestación y revegetación que eviten el monocultivo y utilicen de manera preferente, especies nativas y adaptadas a la zona.

Suelo

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Art. 410.- El estado brindará a los agricultores y a las comunidades rurales apoyo para la conservación y restauración de los suelos, así como para el desarrollo de prácticas agrícolas que los protejan y promuevan la soberanía alimentaria.

Suelo

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Publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 583 del 5 de mayo del 2009, contiene treinta y cinco artículos, cuatro disposiciones transitorias, dos disposiciones derogatorias y una disposición final.- Principios Generales.- Acceso a los Factores de Producción Alimentaria.- Producción y Comercialización Agroalimentaria.- Consumo y Nutrición.- Participación Social para la Soberanía Alimenmtaria

Ley Orgánica del Régimen de Soberanía Alimentaria

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GRACIAS POR SU ATENCIÓNGRACIAS POR SU ATENCIÓN

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